Manual para realización de acuerdos académicos en movilidad

Transcripción

Manual para realización de acuerdos académicos en movilidad
Manual para realización de acuerdos académicos en
movilidad internacional (2013-14)
Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales
Contactos:
Vicedecano de RRII. Francisco Javier Montoro Ríos
([email protected]) Tfno: 686 941505 (corto: 77724)
Oficina de Relaciones Internacionales Tfno: 958 243732; Fax: 958 243728

José Pérez Aragón. Responsable de la Oficina de RRII ([email protected])

Maria Bautista Castillo. Alumnos outgoing ([email protected])

Patricia Ibañez Porcel. Alumnos incoming ([email protected])
Recursos:
Página web de RRII de la Facultad:
http://fccee.ugr.es/pages/facultad/relaciones-internacionales/index
Página de Facebook de Relaciones Internacionales de la FCCEE
http://www.facebook.com/FCCEE.UGR
Cuenta Twitter de Relaciones internacionales de la FCCEE
http://twitter.com/FCCEE_UGR
Wiki de la FCCEE sobre destinos y procedimientos
http://erasmusugr.wikispaces.com/
Programas de estudios de las asignaturas de la Facultad:
http://fccee.ugr.es/pages/docencia/index
Normativa de la UGR sobre movilidad de estudiantes
http://internacional.ugr.es/pages/archivos/informacion/reglamento
El presente documento desarrolla lo establecido en el Reglamento de la Universidad de
Granada sobre Movilidad Internacional de Estudiantes (NCG67/2) en el ámbito de la Facultad
de Ciencias Económicas y Empresariales
Antes de la partida del alumno (entre mediados de mayo y
septiembre)
1. El alumno es nominado por la Oficina de Relaciones Internacionales de la UGR para un
destino concreto. En el caso de los alumnos de libre movilidad, deben solicitar la
autorización al vicedecano y a la universidad de destino, y posteriormente solicitud
formal en la ORI central (a través de web). Por lo demás, el procedimiento para los
alumnos de libre intercambio es exactamente igual que en el caso de los alumnos con
beca Eramus.
2. La Oficina de Relaciones Internacionales de la Facultad le envía al alumno la
información necesaria para iniciar los trámites de su desplazamiento y se le facilita el
nombre y e-mail de su tutor docente en Granada. Además se le facilitan todos los
documentos necesarios (entre ellos el modelo de acuerdo de estudios)1.
3. El alumno se pone en contacto con su tutor docente. El alumno entrega a su tutor
docente una primera propuesta de acuerdo de estudios para su consideración (VER
ÚLTIMA SECCIÓN DE ESTE DOCUMENTO).
4. El tutor docente estudia la propuesta y en su caso propone cambios. Una vez que haya
consenso, hay dos posibilidades:
a. Si el alumno es de doble grado (o doble licenciatura), o es de libre movilidad, el
tutor académico enviará el acuerdo académico (como adjunto) desde su
cuenta de correo institucional a la dirección [email protected], con el asunto
“TUTOR ACADÉMICO. ACUERDO OFFLINE”. El alumno firmará el acuerdo de
estudios en papel y se registrará en la Oficina de RRII. Posteriormente el
vicedecano podrá validarlo con su firma, o bien rechazarlo, explicando las
causas del rechazo, para que pueda ser reformulado.
b. En el resto de circunstancias (movilidad Erasmus o Plan propio y alumno de
GADE, GECO, GFICO, GMIM y Grado en Turismo; LADE, Economía, ITM,
Diplomatura en Turismo o Diplomatura en Empresariales), el tutor académico
enviará un correo, desde su cuenta institucional, a la dirección
[email protected] con el asunto “TUTOR ACADÉMICO. ACUERDO ONLINE”,
adjuntando el acuerdo académico que han acordado. En estos casos el proceso
1
El tutor docente no tiene entre sus funciones proporcionar información sobre alojamiento, trámites
administrativos en destino etc… Dicha información se le hace llegar al alumno desde la oficina.
Tampoco está entre sus funciones facilitar información sobre los trámites administrativos a realizar en
Granada antes de su partida. Toda la información referente a estos aspectos está disponible en :
http://internacional.ugr.es/pages/perfiles/estudiantes/estudiantes_ugr
Los modelos de acuerdo académicos están disponibles en la web de la Facultad.
La función del tutor docente es la de orientar al alumno y dar su conformidad a realizar las asignaturas
pertinentes en destino y determinar las asignaturas de su titulación en la Universidad de Granada que
les serán reconocidas.
subsiguiente se desarrollará a través de administración electrónica de la forma
que se comenta a continuación.
5. PARA EL DESARROLLO DEL ACUERDO DE ESTUDIOS A TRAVÉS DE E-ADMINISTRACIÓN:
a. El el alumno debe formalizar el acuerdo de estudios a través del formulario
correspondiente disponible en el “Catálogo de procedimientos” del portal de
administración
electrónica
(https://oficinavir.ugr.es/sede/catalogo-deprocedimientos/index.html?cf=&cat-pag=3). Para poder realizarlo es necesario
que el alumno cuente con un certificado digital (ver tutorial en
http://internacional.ugr.es/pages/archivos/impresos/tutorialacuerdoestudiost
elematico1).
b. El formulario de solicitud debe cumplimentarse de forma que respete con total
exactitud lo acordado con el tutor docente. En caso de que no sea así, el
acuerdo será rechazado.
c. Cuando el formulario está completo y libre de errores, el alumno firmará
electrónicamente la solicitud y el acuerdo quedará enviado.
d. Una vez realizada la solicitud pasará a la firma por parte del vicedecano para su
confirmación o denegación. En ambos casos, el alumno recibirá e-mail
informando de la decisión. Pueden darse tres situaciones:
i. El vicedecano aprueba el acuerdo. Desde ese momento, el alumno
puede descargarse el acuerdo desde la sección “mis procedimientos” y
enviar el acuerdo de estudios firmado electrónicamente a su
universidad de destino, la cual deberá validarlo mediante firma y sello,
o mediante firma electrónica si dispone de tal sistema. Una vez que
dicho documento sea firmado por el destino, el alumno debe enviar
una copia escaneada a la dirección [email protected].
ii. El vicedecano rechaza el acuerdo. Adjuntará una motivación razonada
del rechazo. Tras ello el expediente quedará cerrado y el alumno
podrá comenzar un nuevo procedimiento con una propuesta nueva
consensuada con el tutor docente.
iii. El vicedecano no ha firmado el acuerdo transcurrido un mes desde su
formalización por parte del alumno. En este caso, según el artículo
21.3 del NGC67/2, el acuerdo queda aprobado y el alumno puede
proceder de la misma forma que en el punto i.
6. Plazos:
a. Para movilidades en el primer semestre y curso completo: Hasta el 30 de
septiembre, y en cualquier caso antes de comenzar su estancia en la
universidad de destino.
b. Para movilidades en el segundo semestre: De 1/1/2014 a 28/2/2014, y en
cualquier caso antes de comenzar su estancia en la universidad de destino
Durante la estancia del alumno (septiembre- octubre y febreromarzo)
1. En caso de que el plan de estudios a realizar en destino no sea factible, el alumno
deberá realizar la modificación del acuerdo. Para ello debe ponerse en contacto con el
tutor docente. Una vez que se alcance un acuerdo, hay dos posibilidades:
a. Si el alumno es de doble grado (o doble licenciatura), o es de libre movilidad, el
tutor académico enviará la modificación del acuerdo académico (como
adjunto) desde su cuenta de correo institucional a la dirección
[email protected], con el asunto “TUTOR ACADÉMICO. MODIFICACIÓN DE
ACUERDO OFFLINE”, y con el nombre del alumno en el cuerpo del mensaje. El
alumno enviará por correo tradicional a la Oficina de RRII de la Facultad, el
documento conteniendo la modificación (en el formato oficial) firmado por el
propio alumno y por la universidad de destino. Una vez que llegue a la oficina
de RRII se le dará entrada en registro y el vicedecano podrá validarlo con su
firma, o bien rechazarlo, explicando las causas del rechazo, para que pueda ser
reformulado.
b. En el resto de circunstancias (movilidad Erasmus o Plan propio y alumno de
GADE, GECO, GFICO, GMIM y Grado en Turismo; LADE, Economía, ITM,
Diplomatura en Turismo o Diplomatura en Empresariales), el tutor académico
enviará la modificación del acuerdo académico (como adjunto) desde su
cuenta de correo institucional a la dirección [email protected], con el asunto
“TUTOR ACADÉMICO. MODIFICACIÓN DE ACUERDO ONLINE”, y con el nombre
del alumno en el cuerpo del mensaje. En estos casos el proceso subsiguiente
se desarrollará a través de administración electrónica siguiendo los pasos
establecidos en el punto 5 del epígrafe anterior, con las siguientes
particularidades:
i. Si el alumno realizó el acuerdo académico original por vía telemática,
le aparecerá precargado en el formulario de modificación, y solo
tendrá que cumplimentar los campos correspondientes a la
modificación, que deberán coincidir de forma exacta con el acuerdo al
que llegue con el tutor.
ii. Una vez relleno el formulario, el alumno lo enviará con su firma
electrónica.
iii. Una vez realizada la solicitud pasará a la firma por parte del vicedecano
para su confirmación o denegación. En ambos casos, el alumno
recibirá un correo electrónico de confirmación o rechazo en su cuenta
@correo.ugr.es. Las posibles situaciones que pueden darse son
idénticas a las recogidas en el punto 5.2 de la sección anterior
(aceptación, rechazo o silencio administrativo en el plazo de un mes).
De igual forma se debe enviar una copia escaneada a la dirección
[email protected] firmado por la universidad de destino y por el propio
alumno. El alumno debe mantener en su poder el documento con las
firmas originales y entregarlo a su vuelta.
iv. En cualquier caso, solo se realizará una modificación como máximo por
cuatrimestre (VER ÚLTIMA SECCIÓN DE ESTE DOCUMENTO). El alumno
dispone de un plazo para realizar esta modificación que será
establecido anualmente por la Universidad de Granada en función de
los plazos de alteración de matrícula (art. 22.5 de NGC67/2). Si
transcurridos el plazo establecido no fuera posible cerrar la
modificación por problemas debidos a la ordenación docente de la
universidad de destino, el alumno podrá solicitar una prórroga para
dicho plazo. En el caso de los alumnos que realizan estancias de un
curso completo podrán contar con otro plazo de modificación en el
segundo semestre.
v. La modificación de la matricula se realizará de forma automática desde
la oficina de RRII una vez que el acuerdo esté validado por el
vicedecano, por lo que el alumno no tendrá que realizar ningún
cambio adicional a la modificación del acuerdo académico.
Al regreso de la estancia ( junio y en adelante)
1. El alumno se pondrá en contacto con su coordinador para concertar una cita y realizar
el reconocimiento de los estudios cursados en destino, una vez que tenga en su poder
el certificado de calificaciones (Transcript of Records: documento oficial de
calificaciones expedido por la universidad de destino, con firma y sello)2. La solicitud
de reconocimiento académico debe realizarse con anterioridad al 30 de septiembre,
incluso si no se dispone del original de calificaciones en destino, en cuyo caso quedaría
en suspenso.
2. El alumno debe rellenar el documento “solicitud de reconocimiento académico”,
excepto el campo referente al informe del coordinador. Lo debe rellenar en el propio
archivo (nunca a mano).
3. El alumno entregará el archivo al coordinador, el cual procederá a incluir o revisará las
calificaciones correspondientes en base a la tabla oficial de conversión de
calificaciones (la cual está disponible en http://internacional.ugr.es/pages/conversioncalificaciones/conversion-de-calificaciones). Además, el alumno debe presentar al
coordinador el acuerdo de estudios y una copia del expediente académico
actualizado3.
2
El documento de calificaciones (Transcript of records) en base al que se realice el reconocimiento tiene
que ser un original
3
Se deben incluir todas las asignaturas que aparezcan en el acuerdo final de estudios. Aquellas que
apareciendo en el acuerdo final de estudios no aparezcan en el “Transcript of Records” se incluirán
como no presentadas (aunque hayan sido suspensas).
Con carácter general, la calificación se establecerá siguiendo la tabla de conversiones que ha
desarrollado la UGR.
Se podrán reconocer asignaturas con matrícula de honor, pero para ello, además de haber obtenido la
calificación requerida según la tabla de conversión de calificaciones publicada por el Vicerrectorado de
RRII, debería (salvo en el caso de universidades italianas) de aportar una recomendación del profesor
que le ha otorgado dicha calificación. Las matriculas que se conceden a alumnos Erasmus quedan fuera
del cupo de matrículas de honor del profesor
4. Se imprimirá una copia de dicha solicitud que será firmada por el alumno y por el
coordinador en todas las páginas.
5. El alumno registrará la copia de la solicitud de reconocimiento académico
debidamente firmada en la Oficina de Relaciones Internacionales de la Facultad
Además, entregará el certificado de calificaciones original.
6. En la Oficina de Relaciones Internacionales :
a. El Vicedecano dará el visto bueno a la solicitud de reconocimiento con su
firma.
b. La decana autorizará el reconocimiento con su firma.
c. Se procederá a la incorporación de las calificaciones al expediente del alumno.
CUESTIONES CLAVE RESPECTO AL ACUERDO ACADÉMICO Y SU
MODIFICACIÓN
La norma que regula con carácter general el acuerdo de estudios es el Reglamento de la
Universidad de Granada sobre Movilidad Internacional de Estudiantes, disponible en:
http://internacional.ugr.es/pages/archivos/informacion/reglamento
Una vez firmado, el acuerdo académico tiene carácter vinculante para todas las partes
Aspectos más relevantes a tener en cuenta en la elaboración del acuerdo:
• ¿Quién debe realizar la primera propuesta?: La primera propuesta de acuerdo
académico la debe realizar el alumno. Para ello debe visitar la página web de la
universidad de destino y buscar la oferta académica de ésta. Por otro lado, en caso de
que la universidad de destino envie alguna información relevante, la ORI se la enviará
a los alumnos nominados a dicha universidad. El tutor docente puede asesorarle y
orientarle en esta labor.
• Número máximo de créditos a incluir en el acuerdo: 60 para los nuevos grados,
excepto el Doble Grado LADE Derecho que tendrá un máximo de 76 créditos. Respecto
a las titulaciones antiguas, los límites máximos serán 60 créditos para las dos
diplomaturas y para la LITM. 75 para las Licenciaturas en Economía y para LADE, así
como para la Doble Licenciatura LADE-Derecho. La mitad para el caso de estancias de
un solo semestre. Estas cifras se corresponden con la carga media por curso de cada
una de esas titulaciones.
Es posible que en destino tengan por norma no permitir más de 60 créditos ECTS. En
esos casos, el alumno no podrá incluir más créditos de 60, aunque pertenezca a
algunas de las Licenciaturas con una carga anual superior. Puede matricularse en la
UGR de más créditos, pero como alumno no Erasmus (y realizarlos a su vuelta, o a
distancia, si la metodología docente lo permite). En cualquier caso, el alumno debe ser
consciente de que una carga superior a 60 créditos en un curso puede repercutir en su
rendimiento académico.
Para el cómputo anterior, el alumno debe tener en cuenta que el límite máximo de
créditos reconocibles en programas de movilidad internacional será el 50% del total de
los créditos de su titulación (art. 19 del NGC67/2)
• Número mínimo de créditos a incluir en el acuerdo: El número mínimo de créditos a
cursar en destino es el que corresponde a un estudiante a tiempo completo (43 ECTS),
con la excepción de aquellos a los que les queden una menor cantidad para acabar la
titulación. Por otro lado, para recibir la ayuda de la Junta se considera un mínimo de
16 créditos superados y reconocidos por curso (8 créditos por semestre).
• Equivalencia créditos en destino y en origen: 1x1 en todos los casos (siempre que en
destino se siga una metodología ECTS). El saldo final de créditos en destino y en
Granada debe ser equivalente. Si hay un exceso de créditos en destino se podrán
reconocer los sobrantes como créditos optativos sin especificar. Si hay un exceso de
créditos en origen habrá que añadir créditos a realizar en destino.
• Asignaturas que se pueden incluir en el acuerdo: Cualquiera del plan de estudios,
incluidas aquellas de las que ya haya estado matriculado y haya suspendido. No se
pueden incluir asignaturas de las que se va a examinar en una próxima convocatoria en
Granada. En estos casos, el alumno debería esperar a conocer el resultado de las
calificaciones antes de realizar el acuerdo de estudios. Respecto a las asignaturas a
hacer equivaler, y con carácter general:
• Para asignaturas troncales y obligatorias: Se buscará una equivalencia
suficiente con la asignatura por la cual se le vaya a reconocer (lo cual debe
ser evaluado por el tutor). En caso de que en destino no exista ninguna
•
•
•
•
•
asignatura similar a la que pretende reconocer en Granada, no se le permitirá
incluir ésta en el acuerdo.
Para la optatividad: con carácter general, el tutor docente permitirá incluir
asignaturas relacionadas con los estudios que esté cursando, aunque en
Granada no se ofrezca nada similar. Estas asignaturas se podrán hacer
corresponder por “créditos optativos sin especificar” en caso de que no
exista equivalencia con asignaturas optativas en Granada. No se permitirá
reconocer más de 18 créditos optativos por una sola asignatura cursada en
destino. Se debe asignar una (y solo una) bolsa de créditos optativos a cada
una de las asignaturas a reconocer por créditos optativos (i.e. no hacer bolsas
comunes de materias optativas).
Créditos de libre configuración: se podrá seguir una fórmula similar a la
descrita para la optatividad, aunque las materias que puede cursar podrán
ser más variadas (idiomas, asignaturas ofertadas en otras facultades
diferentes, etc…). En el caso de los nuevos grados no se incluirán créditos de
libre configuración.
En los casos en los que una asignatura UGR sea reconocida por varias
asignaturas en destino: Por defecto se le asignará la nota resultante de
aplicar la media ponderada (calificación x créditos) al conjunto de asignaturas
incluidas en dicha correspondencia. En caso de que se desee otro
tratamiento, deberá ponerse una nota aclaratoria al respecto en el propio
acuerdo académico.
Prácticas: Las prácticas a realizar en destino se pueden incluir en el Acuerdo
de Estudios, a reconocer por créditos optativos, siempre que se vaya a
disponer de un certificado de la universidad de destino atestiguando la
realización de las prácticas y el número de crécitos ECTS, o en su defecto el
número de horas realizadas en las prácticas. El máximo de créditos a incluir
por prácticas será de 12.
En caso de que las prácticas sean realizadas fuera del ámbito de la
universidad de destino, y que por tanto el estudiante vaya a disponer solo de
un certificado de la empresa, no se podrá incluir en el acuerdo de estudios, y
en este caso el alumno podrá solicitar la convalidación a su vuelta, por los
cauces establecidos para el reconocimiento de prácticas.
Idiomas: Es necesario tener en cuenta las siguientes cuestiones en lo que se
refiere a la inclusión de idiomas en los acuerdos académicos:
• En los nuevos grados no se pueden incluir contenidos de
idioma, salvo en el caso del Grado en Turismo. Esta decisión es
adoptada por el equipo decanal de la Facultad, y se justifica en
el hecho de que los decretos que regulan estos grados no
indican nada sobre el reconocimiento de idiomas (a diferencia
de lo que ocurría en las antiguas licenciaturas). No obstante
podrán solicitar
• En el Grado en Turismo se pueden incluir asignaturas de
idioma para ser reconocidas por las correspondientes
obligatorias (Inglés, Alemán, Francés). Se puede incluir
también optatividad a través de estos idiomas, siempre que se
acredite que el nivel del curso de idioma es como mínimo
equivalente a un B2. Además se puede incluir optatividad para
idiomas distintos de los tres anteriores, siempre que se
acredite que el nivel del curso de idioma es como mínimo
equivalente a un B1. El número máximo de céditos de idioma
•
a reconocer como optatividad por alumnos del grado en
turismo será de 12 ECTS.
• En la (antigua) Doble Licenciatura LADE-Derecho no se pueden
incluir contenidos de idioma.
• En el caso de las (antiguas) licenciaturas de ADE y Economía,
se podrán incluir hasta un máximo de 9 créditos de idiomas en
optatividad (teniendo en cuenta que los créditos de idiomas
que ya tenga el alumno en el expediente cuentan para dicho
máximo).
• En el caso de la (antigua) Licenciatura en Investigación y
Técnicas de Mercado no se pueden incluir créditos de idiomas.
Trabajo Fin de Grado (TFG): Es plenamente reconocible como cualquier otra
asignatura. En caso de que el Trabajo Fin de Grado realizado en destino
incorpore un número superior de créditos a los asignados en nuestros grados
(6 ECTS), la diferencia se podrá computar como créditos optativos.
Se recuerda que existen unas normas particulares para la realización del TFG
en cada uno de los grados, recogidas en las normativas particulares de cada
uno de ellos, y que se resumen a continuación ya que son aplicables también a
los alumnos en movilidad:
1. No es posible matricularse en TFG hasta el último curso.
2. Cuando se matricule del TFG, debe matricularse del total de
créditos que falten para finalizar el grado.
3. El TFG no se puede incorporar al expediente hasta que no haya
aprobado el resto de créditos para completar la titulación.
4. Para poder matricular el TFG el estudiante debe haber SUPERADO
un mínimo de créditos que depende de la titulación que curse:
i. GADE: 72 créditos FB + 90 Obl.
ii. GFICO: 72 créditos FB + 78 Obl. + 6 Opt.
iii. GECO: 72 créditos FB + 90 Obl.
iv. GTUR: 60 créditos FB + 102 Obl.
v. GMIM: 72 créditos FB + 90 Obl.
vi. GADE-Derecho: 72 créditos FB + 90 Obl. en ADE + 180
créd. en Derecho
Con carácter general, los tutores académicos deberían permitir modificaciones
(solicitando justificación fehaciente de ello) por causas como:
• No se oferta una asignatura que aparecía ofertada en la página web.
• Los horarios han cambiado y le resultará imposible asistir a las clases.
• El coordinador de destino ha aconsejado (por escrito) un cambio por razones
académicas (por ejemplo la asignatura elegida a priori tiene un nivel superior
al que puede acometer el alumno).
•
•
•
Modelo: Con carácter general se utilizará el modelo de acuerdo de estudios publicado
por el Vicerrectorado y disponible en la página web de la Facultad.
Suplemento Europeo al Título: Además de los resultados académicos obtenidos, todas
aquellas actividades realizadas por el alumno en la universidad de destino, acreditadas
oficialmente y no incluidas en el acuerdo de estudios, podrán ser recogidas en el
Suplemento Europeo al Título.
Alumnos de GADE-Derecho que quieran incluir asignaturas del segundo semestre de
quinto curso. Es posible hacerlo como asignaturas sin especificar incluyendo entre
paréntesis el nombre de la asignatura. Cuando las asignaturas estén activas (durante el
curso 2014-15) quedarán especificadas en el expediente.
NOTA FINAL: El alumno es siempre responsable de alcanzar un nivel mínimo de idioma que
le permita un seguimiento adecuado de las clases.

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