Manual para realización de acuerdos académicos en movilidad
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Manual para realización de acuerdos académicos en movilidad
Manual para realización de acuerdos académicos en movilidad internacional (2013-14) Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales Contactos: Vicedecano de RRII. Francisco Javier Montoro Ríos ([email protected]) Tfno: 686 941505 (corto: 77724) Oficina de Relaciones Internacionales Tfno: 958 243732; Fax: 958 243728 José Pérez Aragón. Responsable de la Oficina de RRII ([email protected]) Maria Bautista Castillo. Alumnos outgoing ([email protected]) Patricia Ibañez Porcel. Alumnos incoming ([email protected]) Recursos: Página web de RRII de la Facultad: http://fccee.ugr.es/pages/facultad/relaciones-internacionales/index Página de Facebook de Relaciones Internacionales de la FCCEE http://www.facebook.com/FCCEE.UGR Cuenta Twitter de Relaciones internacionales de la FCCEE http://twitter.com/FCCEE_UGR Wiki de la FCCEE sobre destinos y procedimientos http://erasmusugr.wikispaces.com/ Programas de estudios de las asignaturas de la Facultad: http://fccee.ugr.es/pages/docencia/index Normativa de la UGR sobre movilidad de estudiantes http://internacional.ugr.es/pages/archivos/informacion/reglamento El presente documento desarrolla lo establecido en el Reglamento de la Universidad de Granada sobre Movilidad Internacional de Estudiantes (NCG67/2) en el ámbito de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales Antes de la partida del alumno (entre mediados de mayo y septiembre) 1. El alumno es nominado por la Oficina de Relaciones Internacionales de la UGR para un destino concreto. En el caso de los alumnos de libre movilidad, deben solicitar la autorización al vicedecano y a la universidad de destino, y posteriormente solicitud formal en la ORI central (a través de web). Por lo demás, el procedimiento para los alumnos de libre intercambio es exactamente igual que en el caso de los alumnos con beca Eramus. 2. La Oficina de Relaciones Internacionales de la Facultad le envía al alumno la información necesaria para iniciar los trámites de su desplazamiento y se le facilita el nombre y e-mail de su tutor docente en Granada. Además se le facilitan todos los documentos necesarios (entre ellos el modelo de acuerdo de estudios)1. 3. El alumno se pone en contacto con su tutor docente. El alumno entrega a su tutor docente una primera propuesta de acuerdo de estudios para su consideración (VER ÚLTIMA SECCIÓN DE ESTE DOCUMENTO). 4. El tutor docente estudia la propuesta y en su caso propone cambios. Una vez que haya consenso, hay dos posibilidades: a. Si el alumno es de doble grado (o doble licenciatura), o es de libre movilidad, el tutor académico enviará el acuerdo académico (como adjunto) desde su cuenta de correo institucional a la dirección [email protected], con el asunto “TUTOR ACADÉMICO. ACUERDO OFFLINE”. El alumno firmará el acuerdo de estudios en papel y se registrará en la Oficina de RRII. Posteriormente el vicedecano podrá validarlo con su firma, o bien rechazarlo, explicando las causas del rechazo, para que pueda ser reformulado. b. En el resto de circunstancias (movilidad Erasmus o Plan propio y alumno de GADE, GECO, GFICO, GMIM y Grado en Turismo; LADE, Economía, ITM, Diplomatura en Turismo o Diplomatura en Empresariales), el tutor académico enviará un correo, desde su cuenta institucional, a la dirección [email protected] con el asunto “TUTOR ACADÉMICO. ACUERDO ONLINE”, adjuntando el acuerdo académico que han acordado. En estos casos el proceso 1 El tutor docente no tiene entre sus funciones proporcionar información sobre alojamiento, trámites administrativos en destino etc… Dicha información se le hace llegar al alumno desde la oficina. Tampoco está entre sus funciones facilitar información sobre los trámites administrativos a realizar en Granada antes de su partida. Toda la información referente a estos aspectos está disponible en : http://internacional.ugr.es/pages/perfiles/estudiantes/estudiantes_ugr Los modelos de acuerdo académicos están disponibles en la web de la Facultad. La función del tutor docente es la de orientar al alumno y dar su conformidad a realizar las asignaturas pertinentes en destino y determinar las asignaturas de su titulación en la Universidad de Granada que les serán reconocidas. subsiguiente se desarrollará a través de administración electrónica de la forma que se comenta a continuación. 5. PARA EL DESARROLLO DEL ACUERDO DE ESTUDIOS A TRAVÉS DE E-ADMINISTRACIÓN: a. El el alumno debe formalizar el acuerdo de estudios a través del formulario correspondiente disponible en el “Catálogo de procedimientos” del portal de administración electrónica (https://oficinavir.ugr.es/sede/catalogo-deprocedimientos/index.html?cf=&cat-pag=3). Para poder realizarlo es necesario que el alumno cuente con un certificado digital (ver tutorial en http://internacional.ugr.es/pages/archivos/impresos/tutorialacuerdoestudiost elematico1). b. El formulario de solicitud debe cumplimentarse de forma que respete con total exactitud lo acordado con el tutor docente. En caso de que no sea así, el acuerdo será rechazado. c. Cuando el formulario está completo y libre de errores, el alumno firmará electrónicamente la solicitud y el acuerdo quedará enviado. d. Una vez realizada la solicitud pasará a la firma por parte del vicedecano para su confirmación o denegación. En ambos casos, el alumno recibirá e-mail informando de la decisión. Pueden darse tres situaciones: i. El vicedecano aprueba el acuerdo. Desde ese momento, el alumno puede descargarse el acuerdo desde la sección “mis procedimientos” y enviar el acuerdo de estudios firmado electrónicamente a su universidad de destino, la cual deberá validarlo mediante firma y sello, o mediante firma electrónica si dispone de tal sistema. Una vez que dicho documento sea firmado por el destino, el alumno debe enviar una copia escaneada a la dirección [email protected]. ii. El vicedecano rechaza el acuerdo. Adjuntará una motivación razonada del rechazo. Tras ello el expediente quedará cerrado y el alumno podrá comenzar un nuevo procedimiento con una propuesta nueva consensuada con el tutor docente. iii. El vicedecano no ha firmado el acuerdo transcurrido un mes desde su formalización por parte del alumno. En este caso, según el artículo 21.3 del NGC67/2, el acuerdo queda aprobado y el alumno puede proceder de la misma forma que en el punto i. 6. Plazos: a. Para movilidades en el primer semestre y curso completo: Hasta el 30 de septiembre, y en cualquier caso antes de comenzar su estancia en la universidad de destino. b. Para movilidades en el segundo semestre: De 1/1/2014 a 28/2/2014, y en cualquier caso antes de comenzar su estancia en la universidad de destino Durante la estancia del alumno (septiembre- octubre y febreromarzo) 1. En caso de que el plan de estudios a realizar en destino no sea factible, el alumno deberá realizar la modificación del acuerdo. Para ello debe ponerse en contacto con el tutor docente. Una vez que se alcance un acuerdo, hay dos posibilidades: a. Si el alumno es de doble grado (o doble licenciatura), o es de libre movilidad, el tutor académico enviará la modificación del acuerdo académico (como adjunto) desde su cuenta de correo institucional a la dirección [email protected], con el asunto “TUTOR ACADÉMICO. MODIFICACIÓN DE ACUERDO OFFLINE”, y con el nombre del alumno en el cuerpo del mensaje. El alumno enviará por correo tradicional a la Oficina de RRII de la Facultad, el documento conteniendo la modificación (en el formato oficial) firmado por el propio alumno y por la universidad de destino. Una vez que llegue a la oficina de RRII se le dará entrada en registro y el vicedecano podrá validarlo con su firma, o bien rechazarlo, explicando las causas del rechazo, para que pueda ser reformulado. b. En el resto de circunstancias (movilidad Erasmus o Plan propio y alumno de GADE, GECO, GFICO, GMIM y Grado en Turismo; LADE, Economía, ITM, Diplomatura en Turismo o Diplomatura en Empresariales), el tutor académico enviará la modificación del acuerdo académico (como adjunto) desde su cuenta de correo institucional a la dirección [email protected], con el asunto “TUTOR ACADÉMICO. MODIFICACIÓN DE ACUERDO ONLINE”, y con el nombre del alumno en el cuerpo del mensaje. En estos casos el proceso subsiguiente se desarrollará a través de administración electrónica siguiendo los pasos establecidos en el punto 5 del epígrafe anterior, con las siguientes particularidades: i. Si el alumno realizó el acuerdo académico original por vía telemática, le aparecerá precargado en el formulario de modificación, y solo tendrá que cumplimentar los campos correspondientes a la modificación, que deberán coincidir de forma exacta con el acuerdo al que llegue con el tutor. ii. Una vez relleno el formulario, el alumno lo enviará con su firma electrónica. iii. Una vez realizada la solicitud pasará a la firma por parte del vicedecano para su confirmación o denegación. En ambos casos, el alumno recibirá un correo electrónico de confirmación o rechazo en su cuenta @correo.ugr.es. Las posibles situaciones que pueden darse son idénticas a las recogidas en el punto 5.2 de la sección anterior (aceptación, rechazo o silencio administrativo en el plazo de un mes). De igual forma se debe enviar una copia escaneada a la dirección [email protected] firmado por la universidad de destino y por el propio alumno. El alumno debe mantener en su poder el documento con las firmas originales y entregarlo a su vuelta. iv. En cualquier caso, solo se realizará una modificación como máximo por cuatrimestre (VER ÚLTIMA SECCIÓN DE ESTE DOCUMENTO). El alumno dispone de un plazo para realizar esta modificación que será establecido anualmente por la Universidad de Granada en función de los plazos de alteración de matrícula (art. 22.5 de NGC67/2). Si transcurridos el plazo establecido no fuera posible cerrar la modificación por problemas debidos a la ordenación docente de la universidad de destino, el alumno podrá solicitar una prórroga para dicho plazo. En el caso de los alumnos que realizan estancias de un curso completo podrán contar con otro plazo de modificación en el segundo semestre. v. La modificación de la matricula se realizará de forma automática desde la oficina de RRII una vez que el acuerdo esté validado por el vicedecano, por lo que el alumno no tendrá que realizar ningún cambio adicional a la modificación del acuerdo académico. Al regreso de la estancia ( junio y en adelante) 1. El alumno se pondrá en contacto con su coordinador para concertar una cita y realizar el reconocimiento de los estudios cursados en destino, una vez que tenga en su poder el certificado de calificaciones (Transcript of Records: documento oficial de calificaciones expedido por la universidad de destino, con firma y sello)2. La solicitud de reconocimiento académico debe realizarse con anterioridad al 30 de septiembre, incluso si no se dispone del original de calificaciones en destino, en cuyo caso quedaría en suspenso. 2. El alumno debe rellenar el documento “solicitud de reconocimiento académico”, excepto el campo referente al informe del coordinador. Lo debe rellenar en el propio archivo (nunca a mano). 3. El alumno entregará el archivo al coordinador, el cual procederá a incluir o revisará las calificaciones correspondientes en base a la tabla oficial de conversión de calificaciones (la cual está disponible en http://internacional.ugr.es/pages/conversioncalificaciones/conversion-de-calificaciones). Además, el alumno debe presentar al coordinador el acuerdo de estudios y una copia del expediente académico actualizado3. 2 El documento de calificaciones (Transcript of records) en base al que se realice el reconocimiento tiene que ser un original 3 Se deben incluir todas las asignaturas que aparezcan en el acuerdo final de estudios. Aquellas que apareciendo en el acuerdo final de estudios no aparezcan en el “Transcript of Records” se incluirán como no presentadas (aunque hayan sido suspensas). Con carácter general, la calificación se establecerá siguiendo la tabla de conversiones que ha desarrollado la UGR. Se podrán reconocer asignaturas con matrícula de honor, pero para ello, además de haber obtenido la calificación requerida según la tabla de conversión de calificaciones publicada por el Vicerrectorado de RRII, debería (salvo en el caso de universidades italianas) de aportar una recomendación del profesor que le ha otorgado dicha calificación. Las matriculas que se conceden a alumnos Erasmus quedan fuera del cupo de matrículas de honor del profesor 4. Se imprimirá una copia de dicha solicitud que será firmada por el alumno y por el coordinador en todas las páginas. 5. El alumno registrará la copia de la solicitud de reconocimiento académico debidamente firmada en la Oficina de Relaciones Internacionales de la Facultad Además, entregará el certificado de calificaciones original. 6. En la Oficina de Relaciones Internacionales : a. El Vicedecano dará el visto bueno a la solicitud de reconocimiento con su firma. b. La decana autorizará el reconocimiento con su firma. c. Se procederá a la incorporación de las calificaciones al expediente del alumno. CUESTIONES CLAVE RESPECTO AL ACUERDO ACADÉMICO Y SU MODIFICACIÓN La norma que regula con carácter general el acuerdo de estudios es el Reglamento de la Universidad de Granada sobre Movilidad Internacional de Estudiantes, disponible en: http://internacional.ugr.es/pages/archivos/informacion/reglamento Una vez firmado, el acuerdo académico tiene carácter vinculante para todas las partes Aspectos más relevantes a tener en cuenta en la elaboración del acuerdo: • ¿Quién debe realizar la primera propuesta?: La primera propuesta de acuerdo académico la debe realizar el alumno. Para ello debe visitar la página web de la universidad de destino y buscar la oferta académica de ésta. Por otro lado, en caso de que la universidad de destino envie alguna información relevante, la ORI se la enviará a los alumnos nominados a dicha universidad. El tutor docente puede asesorarle y orientarle en esta labor. • Número máximo de créditos a incluir en el acuerdo: 60 para los nuevos grados, excepto el Doble Grado LADE Derecho que tendrá un máximo de 76 créditos. Respecto a las titulaciones antiguas, los límites máximos serán 60 créditos para las dos diplomaturas y para la LITM. 75 para las Licenciaturas en Economía y para LADE, así como para la Doble Licenciatura LADE-Derecho. La mitad para el caso de estancias de un solo semestre. Estas cifras se corresponden con la carga media por curso de cada una de esas titulaciones. Es posible que en destino tengan por norma no permitir más de 60 créditos ECTS. En esos casos, el alumno no podrá incluir más créditos de 60, aunque pertenezca a algunas de las Licenciaturas con una carga anual superior. Puede matricularse en la UGR de más créditos, pero como alumno no Erasmus (y realizarlos a su vuelta, o a distancia, si la metodología docente lo permite). En cualquier caso, el alumno debe ser consciente de que una carga superior a 60 créditos en un curso puede repercutir en su rendimiento académico. Para el cómputo anterior, el alumno debe tener en cuenta que el límite máximo de créditos reconocibles en programas de movilidad internacional será el 50% del total de los créditos de su titulación (art. 19 del NGC67/2) • Número mínimo de créditos a incluir en el acuerdo: El número mínimo de créditos a cursar en destino es el que corresponde a un estudiante a tiempo completo (43 ECTS), con la excepción de aquellos a los que les queden una menor cantidad para acabar la titulación. Por otro lado, para recibir la ayuda de la Junta se considera un mínimo de 16 créditos superados y reconocidos por curso (8 créditos por semestre). • Equivalencia créditos en destino y en origen: 1x1 en todos los casos (siempre que en destino se siga una metodología ECTS). El saldo final de créditos en destino y en Granada debe ser equivalente. Si hay un exceso de créditos en destino se podrán reconocer los sobrantes como créditos optativos sin especificar. Si hay un exceso de créditos en origen habrá que añadir créditos a realizar en destino. • Asignaturas que se pueden incluir en el acuerdo: Cualquiera del plan de estudios, incluidas aquellas de las que ya haya estado matriculado y haya suspendido. No se pueden incluir asignaturas de las que se va a examinar en una próxima convocatoria en Granada. En estos casos, el alumno debería esperar a conocer el resultado de las calificaciones antes de realizar el acuerdo de estudios. Respecto a las asignaturas a hacer equivaler, y con carácter general: • Para asignaturas troncales y obligatorias: Se buscará una equivalencia suficiente con la asignatura por la cual se le vaya a reconocer (lo cual debe ser evaluado por el tutor). En caso de que en destino no exista ninguna • • • • • asignatura similar a la que pretende reconocer en Granada, no se le permitirá incluir ésta en el acuerdo. Para la optatividad: con carácter general, el tutor docente permitirá incluir asignaturas relacionadas con los estudios que esté cursando, aunque en Granada no se ofrezca nada similar. Estas asignaturas se podrán hacer corresponder por “créditos optativos sin especificar” en caso de que no exista equivalencia con asignaturas optativas en Granada. No se permitirá reconocer más de 18 créditos optativos por una sola asignatura cursada en destino. Se debe asignar una (y solo una) bolsa de créditos optativos a cada una de las asignaturas a reconocer por créditos optativos (i.e. no hacer bolsas comunes de materias optativas). Créditos de libre configuración: se podrá seguir una fórmula similar a la descrita para la optatividad, aunque las materias que puede cursar podrán ser más variadas (idiomas, asignaturas ofertadas en otras facultades diferentes, etc…). En el caso de los nuevos grados no se incluirán créditos de libre configuración. En los casos en los que una asignatura UGR sea reconocida por varias asignaturas en destino: Por defecto se le asignará la nota resultante de aplicar la media ponderada (calificación x créditos) al conjunto de asignaturas incluidas en dicha correspondencia. En caso de que se desee otro tratamiento, deberá ponerse una nota aclaratoria al respecto en el propio acuerdo académico. Prácticas: Las prácticas a realizar en destino se pueden incluir en el Acuerdo de Estudios, a reconocer por créditos optativos, siempre que se vaya a disponer de un certificado de la universidad de destino atestiguando la realización de las prácticas y el número de crécitos ECTS, o en su defecto el número de horas realizadas en las prácticas. El máximo de créditos a incluir por prácticas será de 12. En caso de que las prácticas sean realizadas fuera del ámbito de la universidad de destino, y que por tanto el estudiante vaya a disponer solo de un certificado de la empresa, no se podrá incluir en el acuerdo de estudios, y en este caso el alumno podrá solicitar la convalidación a su vuelta, por los cauces establecidos para el reconocimiento de prácticas. Idiomas: Es necesario tener en cuenta las siguientes cuestiones en lo que se refiere a la inclusión de idiomas en los acuerdos académicos: • En los nuevos grados no se pueden incluir contenidos de idioma, salvo en el caso del Grado en Turismo. Esta decisión es adoptada por el equipo decanal de la Facultad, y se justifica en el hecho de que los decretos que regulan estos grados no indican nada sobre el reconocimiento de idiomas (a diferencia de lo que ocurría en las antiguas licenciaturas). No obstante podrán solicitar • En el Grado en Turismo se pueden incluir asignaturas de idioma para ser reconocidas por las correspondientes obligatorias (Inglés, Alemán, Francés). Se puede incluir también optatividad a través de estos idiomas, siempre que se acredite que el nivel del curso de idioma es como mínimo equivalente a un B2. Además se puede incluir optatividad para idiomas distintos de los tres anteriores, siempre que se acredite que el nivel del curso de idioma es como mínimo equivalente a un B1. El número máximo de céditos de idioma • a reconocer como optatividad por alumnos del grado en turismo será de 12 ECTS. • En la (antigua) Doble Licenciatura LADE-Derecho no se pueden incluir contenidos de idioma. • En el caso de las (antiguas) licenciaturas de ADE y Economía, se podrán incluir hasta un máximo de 9 créditos de idiomas en optatividad (teniendo en cuenta que los créditos de idiomas que ya tenga el alumno en el expediente cuentan para dicho máximo). • En el caso de la (antigua) Licenciatura en Investigación y Técnicas de Mercado no se pueden incluir créditos de idiomas. Trabajo Fin de Grado (TFG): Es plenamente reconocible como cualquier otra asignatura. En caso de que el Trabajo Fin de Grado realizado en destino incorpore un número superior de créditos a los asignados en nuestros grados (6 ECTS), la diferencia se podrá computar como créditos optativos. Se recuerda que existen unas normas particulares para la realización del TFG en cada uno de los grados, recogidas en las normativas particulares de cada uno de ellos, y que se resumen a continuación ya que son aplicables también a los alumnos en movilidad: 1. No es posible matricularse en TFG hasta el último curso. 2. Cuando se matricule del TFG, debe matricularse del total de créditos que falten para finalizar el grado. 3. El TFG no se puede incorporar al expediente hasta que no haya aprobado el resto de créditos para completar la titulación. 4. Para poder matricular el TFG el estudiante debe haber SUPERADO un mínimo de créditos que depende de la titulación que curse: i. GADE: 72 créditos FB + 90 Obl. ii. GFICO: 72 créditos FB + 78 Obl. + 6 Opt. iii. GECO: 72 créditos FB + 90 Obl. iv. GTUR: 60 créditos FB + 102 Obl. v. GMIM: 72 créditos FB + 90 Obl. vi. GADE-Derecho: 72 créditos FB + 90 Obl. en ADE + 180 créd. en Derecho Con carácter general, los tutores académicos deberían permitir modificaciones (solicitando justificación fehaciente de ello) por causas como: • No se oferta una asignatura que aparecía ofertada en la página web. • Los horarios han cambiado y le resultará imposible asistir a las clases. • El coordinador de destino ha aconsejado (por escrito) un cambio por razones académicas (por ejemplo la asignatura elegida a priori tiene un nivel superior al que puede acometer el alumno). • • • Modelo: Con carácter general se utilizará el modelo de acuerdo de estudios publicado por el Vicerrectorado y disponible en la página web de la Facultad. Suplemento Europeo al Título: Además de los resultados académicos obtenidos, todas aquellas actividades realizadas por el alumno en la universidad de destino, acreditadas oficialmente y no incluidas en el acuerdo de estudios, podrán ser recogidas en el Suplemento Europeo al Título. Alumnos de GADE-Derecho que quieran incluir asignaturas del segundo semestre de quinto curso. Es posible hacerlo como asignaturas sin especificar incluyendo entre paréntesis el nombre de la asignatura. Cuando las asignaturas estén activas (durante el curso 2014-15) quedarán especificadas en el expediente. NOTA FINAL: El alumno es siempre responsable de alcanzar un nivel mínimo de idioma que le permita un seguimiento adecuado de las clases.