Sumario

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Sumario
Primera Sección
Buenos Aires,
viernes 8
de enero de 2016
Año CXXIV
Número 33.292
Precio $ 6,00
Sumario
DECRETOS
Pág.
DECRETOS
#I5046130I#
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 32/2016
Decreto N° 357/2002. Modificación............................................................................................. 1
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 35/2016
Decreto N° 357/2002. Modificación............................................................................................. 13
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 42/2016
Decreto N° 357/2002. Modificación............................................................................................. 16
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Decreto 44/2016
Designaciones............................................................................................................................. 23
BIENES DE CAPITAL
Decreto 51/2016
Decreto N° 594/2004. Modificación............................................................................................. 23
CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES
Decreto 56/2016
Desígnase Representante del Gobierno Nacional.......................................................................... 23
INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
Decreto 53/2016
Desígnase Presidente del Directorio............................................................................................. 23
INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO
Decreto 52/2016
Prorrógase Intervención. Desígnase Interventor............................................................................ 23
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
Decreto 55/2016
Declárase en estado de emergencia administrativa al Sistema Estadístico Nacional..................... 24
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 43/2016
Designaciones............................................................................................................................. 24
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Decreto 33/2016
Desígnase Subsecretario de Agricultura....................................................................................... 24
MINISTERIO DE CULTURA
Decreto 36/2016
Desígnase Subsecretario de Coordinación Administrativa............................................................. 24
MINISTERIO DE CULTURA
Decreto 37/2016
Desígnase Secretario de Patrimonio Cultural................................................................................ 24
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 32/2016
Decreto N° 357/2002. Modificación.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y el
Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 357/02, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentra el referido al entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA,
para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus
competencias.
Que por el Decreto N° 13/15 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto
N° 438/92) y modificatorias, estableciéndose la nueva denominación y competencias del
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
Que en función de las competencias asignadas al MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA por
el Decreto mencionado en el Considerando anterior, resulta necesario reordenar las responsabilidades de dicha área.
Que una de las premisas del Gobierno Nacional es lograr la utilización de los recursos
públicos con miras a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos
y socialmente valorados.
Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación organizativa de
los niveles políticos, basada en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una
rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y
adaptables a los cambios permanentes.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo
99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero
de 2002, sus modificatorios y complementarios —Organigrama de Aplicación de la Administración
Nacional centralizada— el Apartado XXIV, correspondiente al MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA,
el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la planilla anexa al presente
artículo, que forma parte integrante de este Decreto.
Art. 2° — Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero
de 2002, sus modificatorios y complementarios —Objetivos— el Apartado XXIV, correspondiente
MINISTERIO DE CULTURA
Decreto 38/2016
Desígnase Subsecretaria de Gestión Patrimonial.......................................................................... 24
PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN
MINISTERIO DE CULTURA
Decreto 39/2016
Desígnase Secretario de Cultura y Creatividad............................................................................. 24
SecretarÍa Legal y TÉcnica
MINISTERIO DE CULTURA
Decreto 40/2016
Desígnase Subsecretario de Economía Creativa........................................................................... 24
Continúa en página 2
Dr. PABLO CLUSELLAS
Secretario
DirecciÓn Nacional del Registro Oficial
LIC. RICARDO SARINELlI
Director Nacional
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e-mail: [email protected]
Registro Nacional de la Propiedad Intelectual
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Pág.
MINISTERIO DE CULTURA
Decreto 54/2016
Desígnase Subsecretaria de Cultura Ciudadana........................................................................... 25
MINISTERIO DE DEFENSA
Decreto 31/2016
Dase por designado el Director Nacional de Inteligencia Estratégica Militar.................................. 25
SERVICIO EXTERIOR
Decreto 48/2016
Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República del
Paraguay.........................................................................................................................25
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Decreto 45/2016
Déjase sin efecto designación...................................................................................................... 25
MINISTERIO DE TRANSPORTE
Decreto 34/2016
Transfiérese a la jurisdicción del Ministerio de Transporte la tenencia de acciones del capital
social de Intercargo Sociedad Anónima Comercial........................................................................ 25
PROGRAMA FÚTBOL PARA TODOS
Decreto 41/2016
Designación................................................................................................................................. 26
SERVICIO EXTERIOR
Decreto 30/2016
Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República Oriental
del Uruguay.................................................................................................................................. 26
SERVICIO EXTERIOR
Decreto 46/2016
Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República de
Panamá................................................................................................................................26
SERVICIO EXTERIOR
Decreto 50/2016
Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República de
Colombia.................................................................................................................................26
SERVICIO EXTERIOR
Decreto 47/2016
Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República Federativa del Brasil............................................................................................................................... 27
SERVICIO EXTERIOR
Decreto 49/2016
Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en el Estado Plurinacional de Bolivia............................................................................................................................... 27
SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS
Decreto 29/2016
Designaciones............................................................................................................................. 27
DECISIONES ADMINISTRATIVAS
HIDROCARBUROS
Decisión Administrativa 1/2016
Ley N° 24.145. Prórroga de Concesión. Apruébase Plan de Inversiones y Obras........................... 27
RESOLUCIONES
Secretaría de Comercio
IMPORTACIONES
Resolución 2/2016
Resolución N° 5/2015. Modificación............................................................................................ 29
AVISOS OFICIALES
Nuevos........................................................................................................................................ 31
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
Armas de Fuego. Solicitudes de Tenencia y Portación. ................................................................. 31
Anteriores ................................................................................................................................... 70
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al MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, el que quedará redactado de conformidad con el detalle
obrante en la planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto.
Art. 3° — Sustitúyese del Anexo III al Artículo 3° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002
—Organismos Descentralizados— el apartado XXIV - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA de conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo.
Art. 4° — Apruébase la conformación organizativa del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA de
acuerdo con el Organigrama que como Anexo I forma parte integrante del presente.
Art. 5° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo
a los créditos de las partidas de origen asignadas por el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente, facultándose al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las modificaciones pertinentes.
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Ricardo Buryaile.
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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 35/2016
Decreto N° 357/2002. Modificación.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios y el
Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 357/02, sus modificatorios y complementarios se aprobó el
Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada
hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentran los referidos al MINISTERIO
DE CULTURA, estableciendo sus competencias.
Que por el Decreto N° 13/15 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto
N° 438/92) y modificatorias.
Que en función de las competencias asignadas al MINISTERIO DE CULTURA por el Decreto mencionado en el considerando anterior, resulta necesario reordenar las responsabilidades de dicha área.
Que una de las premisas del Gobierno Nacional es lograr la utilización de los recursos
públicos con miras a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos
y socialmente valorados.
Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación organizativa de
los niveles políticos, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una
rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y
adaptables a los cambios permanentes.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo
99 inciso 1° de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo I al artículo 1° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de
2002 —Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría— el apartado XXVII - MINISTERIO DE CULTURA de conformidad con el detalle que se
aprueba como planilla anexa al presente artículo.
Art. 2° — Sustitúyese del Anexo II al artículo 2° del Decreto 357 del 21 de febrero de 2002 —
Objetivos— el apartado XXVII - MINISTERIO DE CULTURA, de conformidad con el detalle que se
aprueba como planilla anexa al presente artículo.
Art. 3° — Sustitúyese del Anexo III al artículo 3° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002
—Organismos Descentralizados— el apartado XXVII - MINISTERIO DE CULTURA de conformidad
con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo.
Art. 4° — Apruébase la conformación organizativa del MINISTERIO DE CULTURA de acuerdo
al Organigrama que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto.
Art. 5° — Hasta tanto se aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas por el presente Decreto, conservarán su vigencia las existentes que hayan sido transferidas desde otros
ministerios o secretarías con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y funciones
ejecutivas previstas en el Decreto N° 2098/08.
Art. 6° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con
cargo a los créditos de las partidas de origen asignadas por el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente, facultándose al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las modificaciones pertinentes.
Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alejandro P. Avelluto.
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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 42/2016
Decreto N° 357/2002. Modificación.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, el Decreto N° 13 de fecha 11 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 357/02, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre
los cuales se encuentran los referidos al MINISTERIO DE DEFENSA, estableciendo sus
competencias.
Que por el Decreto N° 13/15 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado Decreto
N° 438/92) y modificatorias.
Que en función de las competencias asignadas al MINISTERIO DE DEFENSA por el Decreto mencionado en el considerando anterior, resulta necesario reordenar las responsabilidades de dicha Jurisdicción.
Que una de las premisas del Gobierno Nacional es lograr de utilización los recursos públicos con miras a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos
y socialmente valorados.
Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación organizativa de los
niveles políticos y técnicos, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten
una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo
99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero
de 2002, sus modificatorios y complementarios —Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL centralizada— el Apartado XIV, correspondiente al MINISTERIO DE
DEFENSA, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al
presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto.
Art. 2° — Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero
de 2002, sus modificatorios y complementarios —Objetivos— el Apartado XIV, correspondiente al
MINISTERIO DE DEFENSA, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la
Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto.
Art. 3° — Apruébase la conformación organizativa de la MINISTERIO DE DEFENSA de acuerdo con el Organigrama que como Anexo I forma parte integrante del presente.
Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con
cargo a los créditos de las partidas de origen asignadas por el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente, facultándose al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las modificaciones pertinentes.
Art. 5° — Establécese que las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a las aquí
aprobadas, mantendrán las responsabilidades primarias, acciones y dotaciones, éstas con sus
respectivos niveles y funciones ejecutivas y de jefatura, previstas en el SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO, homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios.
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Julio C. Martinez.
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Primera Sección
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Viernes 8 de enero de 2016
Primera Sección
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AUTORIDAD REGULATORIA
NUCLEAR
Decreto 44/2016
Designaciones.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO, el artículo 99 inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Decreto N° 1224/01.
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Acéptase, a partir del 4 de enero de 2015, la renuncia presentada por el Doctor D. Diego Fabián HURTADO DE MENDOZA
(D.N.I. N° 16.198.651) al cargo de Presidente del
Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA
NUCLEAR.
Art. 2° — Desígnase, a partir del 5 de enero de 2015, al Ingeniero D. Néstor Alejandro
MASRIERA (D.N.I. N° 16.046.072) en el cargo
de Presidente del Directorio de la AUTORIDAD
REGULATORIA NUCLEAR.
Art. 3° — Acéptase, a partir del 28 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el Licenciado Julián GADANO (D.N.I. N° 16.945.354) al
cargo de Vicepresidente Primero del Directorio
de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR.
Art. 4° — Desígnase, a partir del 5 de enero
de 2015, a la Licenciada Da. Ana María LARCHER (D.N.I. N° 10.130.834) en el cargo de Vicepresidente Primero del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR.
Art. 5° — Acéptase, a partir del 4 de enero de
2015, la renuncia presentada por la Bioquímica
Analía Cecilia CANOBA (D.N.I. N° 18.454.570) al
cargo de Vicepresidente Segundo del Directorio
de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR.
Art. 6° — Desígnase, a partir del 5 de enero
de 2015, al Doctor D. Emiliano Manuel LUACES
RUDYJ (D.N.I. N° 25.989.454) en el cargo de Vicepresidente Segundo del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR.
Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dese a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Rogelio Frigerio.
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BIENES DE CAPITAL
Decreto 51/2016
Decreto N° 594/2004. Modificación.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO el Expediente N° S01:0360442/2015 del
Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud del Decreto N° 379 de fecha
29 de marzo de 2001 y sus modificaciones
se creó un Régimen de Incentivo Fiscal
para los Fabricantes de los bienes comprendidos en el Anexo I de la Resolución
N° 8 de fecha 23 de marzo de 2001 del ex
MINISTERIO DE ECONOMÍA, que contaren
con establecimientos industriales radicados en el Territorio Nacional.
Que el objeto principal del citado Régimen
consiste en mejorar la competitividad de
la industria local productora de bienes de
capital a fin de que pueda participar en
condiciones equitativas en la provisión de
tales bienes, promoviendo así su fabricación nacional.
Que los Decretos Nros. 201 de fecha 22
de febrero de 2006, 2.316 de fecha 30 de
diciembre de 2008, 188 de fecha 3 de febrero de 2010, 917 de fecha 28 de junio de
2010, 362 de fecha 22 de marzo de 2011,
430 de fecha 21 de marzo de 2012, 1.027
de fecha 2 de julio de 2012, 480 de fecha
2 de mayo de 2013. 1.591 de fecha 21 de
octubre de 2013, 965 de fecha 17 de junio
de 2014, 2.512 de fecha 18 de diciembre de
2014, 451 de fecha 25 de marzo de 2015
y 1.424 de fecha 24 de julio de 2015, mediante sendas sustituciones del Artículo 5°
del Decreto N° 594 de fecha 11 de mayo de
2004, extendieron la vigencia del Régimen
creado mediante el Decreto N° 379/01 y
sus modificaciones hasta el día 31 de diciembre de 2015, inclusive.
2016, asumiendo el compromiso por escrito
y con participación de la asociación sindical
signataria del convenio colectivo vigente, a no
reducir la plantilla de personal teniendo como
base de referencia el mayor número de empleados registrados durante el mes de diciembre de
2011, ni aplicar suspensiones sin goce de haberes. El incumplimiento de este compromiso
facultará a la Autoridad de Aplicación a rechazar las solicitudes y/o a rescindir el beneficio
otorgado.
Que el Decreto N° 1.347 de fecha 26 de octubre de 2001 aprobó el listado de las posiciones arancelarias de la Nomenclatura
Común del MERCOSUR (N.C.M.) comprendidas en el Régimen del Decreto N° 379/01
y sus modificaciones.
Facúltase al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
a dictar las disposiciones complementarias y
reglamentarias que resulten pertinentes.”
Que el Artículo 15 del Decreto N° 509 de
fecha 15 de mayo de 2007 y sus modificaciones, por medio de su Anexo XIII, sustituyó el Anexo I del mencionado Decreto
N° 1.347/01.
Que, a su vez, los Decretos Nros. 1.554 de
fecha 29 de noviembre de 2001 y 770 de
fecha 25 de junio de 2009 ampliaron el universo de bienes alcanzados por el citado
Régimen.
Que en el ámbito del Mercado Común del
Sur (MERCOSUR) no existe actualmente
óbice para mantener vigentes los regímenes de promoción en materia de bienes
de capital establecidos por cada Estado
Parte.
Art. 2° — Sustitúyese el Artículo 5° del Decreto N° 594/04 y sus modificaciones, por el
siguiente:
“ARTÍCULO 5°.- El Régimen creado por el Decreto N° 379 de fecha 29 de marzo de 2001 y
sus modificaciones tendrá vigencia hasta el día
30 de junio de 2016.”
Art. 3° — El presente decreto comenzará a
regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial, estableciéndose que los efectos resultantes de sus disposiciones se aplican a partir del
día 1 de enero de 2016.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alfonso
de Prat Gay. — Francisco A. Cabrera.
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#I5046147I#
Que el Gobierno Nacional asigna a los sectores alcanzados por la presente prioritaria
importancia en el proceso de crecimiento
productivo de la economía.
CORPORACIÓN DEL MERCADO
CENTRAL DE BUENOS AIRES
Que la inversión en capital productivo tiene como resultado directo el aumento de
la competitividad de la industria y de la
economía en general, y simultáneamente
coadyuva a consolidar el desarrollo de la
industria local productora de bienes de capital.
Desígnase Representante del Gobierno
Nacional.
Que la industria de bienes de capital es un
sector estratégico para el desarrollo económico y, al ser proveedora de todas las
cadenas productivas, su progreso técnico
impacta positivamente en la competitividad de la economía del país.
Que, en virtud de lo expuesto, se estima
oportuno y conveniente prorrogar hasta el
día 30 de junio de 2016, inclusive, el plazo
de vigencia del Régimen creado por el Decreto N° 379/01 y sus modificaciones.
Que, asimismo, resulta pertinente sustituir el inciso a) del Artículo 1° del Decreto
N° 594/04 a fin de ajustar lo allí requerido
a las nuevas condiciones emergentes de la
prórroga dispuesta.
Que han tomado intervención los Servicios
Jurídicos competentes en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7°, inciso d) de la Ley
Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549.
Que la presente medida se dicta en uso de
las facultades previstas en el Artículo 99,
inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Sustitúyese el inciso a) del
Artículo 1° del Decreto N° 594 de fecha 11 de
mayo de 2004 y sus modificaciones, por el siguiente:
“a) Informar con carácter de declaración jurada la cantidad de trabajadores en relación de
dependencia, debidamente registrados conforme el Libro Especial previsto por el Artículo 52
de la Ley N° 20.744, t.o. 1976 y sus modificaciones, al día 31 de diciembre de 2011.
Otra declaración jurada en los mismos términos, deberá presentarse al día 30 de junio de
Decreto 56/2016
Bs. As., 07/01/2016
VISTO el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que en consecuencia el cargo aludido se
encuentra vacante resultando imprescindible su cobertura, motivo por el cual y de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 45 inciso a) de la Ley N° 24.193 de
trasplante de órganos y tejidos, modificada
por la Ley N° 26.066, la SECRETARIA DE
POLITICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
del MINISTERIO DE SALUD, propone la
designación de la Doctora María del Carmen BACQUÉ (D.N.I. N° 11.026.826), para
ocupar el cargo de Presidenta del Directorio del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL
UNICO COORDINADOR DE ABLACION E
IMPLANTE (INCUCAI).
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en uso de las facultades conferidas por el artículo 45 de la Ley N° 24.193
sustituido por su similar N° 26.066 y el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase Presidenta del Directorio del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL
UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE (INCUCAI) a la Doctora María del Carmen BACQUÉ (D.N.I. N° 11.026.826), por un período de CUATRO (4) años, de acuerdo a lo establecido por el artículo 45 de la Ley N° 24.193,
sustituido por su similar N° 26.066.
Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido
con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el INSTITUTO NACIONAL
CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE (INCUCAI).
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Jorge D. Lemus.
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase Representante del
Gobierno Nacional en el Directorio de la CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE
BUENOS AIRES al señor Don Cesar Fabián MIGUELEZ (M.I. N° 14.069.369).
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Francisco A. Cabrera.
#F5046147F#
#I5046150I#
INSTITUTO NACIONAL CENTRAL
ÚNICO COORDINADOR
DE ABLACIÓN E IMPLANTE
Decreto 53/2016
Desígnase Presidente del Directorio.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO el Expediente N° 1-2002-30374/15-2 del
registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1522 de fecha 3 de
octubre de 2013 se designó Presidente del
Directorio del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE (INCUCAI) al Dr. Carlos
Alberto SORATTI (D.N.I. N° 6.306.074), por
un nuevo período de CUATRO (4) años de
acuerdo a lo establecido por el artículo 45
inciso d) de la Ley N° 24.193, sustituido por
su similar N° 26.066, contados a partir del
6 de agosto de 2013.
Que el citado profesional presentó su renuncia al referido cargo, la cual fue aceptada a partir del 16 de diciembre de 2015.
23
#F5046150F#
#I5046149I#
INSTITUTO NACIONAL
CONTRA LA DISCRIMINACIÓN,
LA XENOFOBIA Y EL RACISMO
Decreto 52/2016
Prorrógase Intervención. Desígnase Interventor.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO, el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Prorrógase por un plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días la intervención del
INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado en jurisdicción
del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS, dispuesta por el Decreto N° 756
del 10 de junio de 2011 y prorrogada por los Decretos Nros. 88 del 10 de diciembre de 2011,
2379 del 10 de diciembre de 2012, 2006 del 29
de noviembre de 2013 y 2303 del 3 de diciembre de 2014.
Art. 2° — Desígnase Interventor del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), al doctor Javier Alejandro BUJAN (D.N.I.
N° 21.123.017), por un período de CIENTO
OCHENTA (180) días, con rango y jerarquía de
Subsecretario.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Germán C. Garavano.
#F5046149F#
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
#I5046146I#
INSTITUTO NACIONAL
DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
Decreto 55/2016
Declárase en estado de emergencia administrativa al Sistema Estadístico Nacional.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO el Expediente N° S01:0363416/2015 del
Registro del MINISTERIO DE HACIENDA
Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley N° 17.622,
sus normas modificatorias y complementarias y el Decreto N° 927 de fecha 21 de julio
de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 17.622 ha colocado bajo la
dirección del INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADÍSTICA Y CENSOS, administración
desconcentrada actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
PÚBLICAS, la conducción del Sistema Estadístico Nacional (SEN) siendo una de sus
principales funciones promover la adecuada difusión de toda información estadística
de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5°, inciso f) de la citada ley.
Que la elaboración y difusión de estadísticas aporta a la gestión estatal y a las
actividades particulares una herramienta
imprescindible para la toma de decisiones
y brinda a la opinión pública nacional e internacional información social y económica
relevante para el conocimiento de la situación del país.
Que información de dominio público da
cuenta de una administración irregular
del Organismo a partir de un conjunto de
circunstancias, algunas de ellas oportunamente denunciadas ante la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional Federal,
que fueron desenvolviéndose desde el año
2006 y hasta el cambio de las autoridades
nacionales ocurrido el 10 de diciembre pasado, que dieron lugar al desplazamiento
de sus puestos de trabajo de buena parte del personal de supervisión técnica del
Organismo reemplazado en ocasiones por
personal sin la debida calificación.
Que al asumir, las nuevas autoridades del
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA
Y CENSOS han podido verificar que existe una situación anómala en el Organismo
que le impide, en la actualidad, brindar con
regularidad el servicio a su cargo, suministrando información estadística suficiente y
confiable en temas particularmente sensibles como precios al consumidor, producto
bruto interno y comercio exterior, estimando que el proceso de reordenamiento interno habrá de demorar no menos de SEIS
(6) meses.
Que las funciones a cargo del INSTITUTO
NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
no pueden ser discontinuadas, razón por
la cual se hace necesario adoptar medidas
de excepción tendientes a facilitar su funcionamiento ininterrumpido y a propiciar su
rápido reordenamiento interno.
Que no es posible que las autoridades
nacionales, provinciales y municipales; el
Poder Judicial; los ciudadanos y la opinión
pública en general, se encuentren privados
de información estadística de fuentes confiables, lo que perturba la gestión de negocios públicos y particulares.
Que por las razones expuestas, se impone
declarar en estado de emergencia administrativa al Sistema Estadístico Nacional
(SEN) y a su órgano rector, el INSTITUTO
NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS,
hasta el 31 de diciembre de 2016, delegando en el señor Ministro de Hacienda y Finanzas Públicas, las facultades necesarias
para que adopte medidas urgentes para
proceder a su normalización.
Que concierne al PODER EJECUTIVO
NACIONAL, en virtud de las atribuciones
que le confiere el Artículo 99 inciso 1 de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL, adoptar medidas conducentes al buen gobierno de la
Nación.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
#I5046135I#
Que las atribuciones que por este acto se
delegan en el señor Ministro de Hacienda
y Finanzas Públicas se encuentran circunscriptas a la designación transitoria
de directores del INSTITUTO NACIONAL
DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, a la cobertura de direcciones vacantes, también de
modo transitorio, siempre a propuesta de
su Director, y a disponer modificaciones en
la estructura orgánico funcional del Organismo y efectuar las designaciones en los
nuevos cargos que pudiesen crearse.
Que en todos los casos las designaciones
transitorias se mantendrán vigentes por el
lapso de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE HACIENDA Y
FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas
por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Declárase en estado de emergencia administrativa al Sistema Estadístico
Nacional (SEN) y a su órgano rector, el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, administración desconcentrada actuante
en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y
FINANZAS PÚBLICAS, hasta el 31 de diciembre
de 2016.
Art. 2° — Exceptúase al señor Ministro de
Hacienda y Finanzas Públicas de las previsiones del Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de
2002, sus modificatorios y complementarios, a
los efectos de cubrir cargos de dirección vacantes en el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS y efectuar las designaciones
en los nuevos cargos que fuesen creados, todo
ello a propuesta del Director de ese Instituto.
Art. 3° — Todas las designaciones a que refiere el Artículo 2° del presente decreto serán
transitorias y por el plazo de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles.
Art. 4° — Autorízase al señor Ministro de Hacienda y Finanzas Públicas a delegar en el titular del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA
Y CENSOS la facultad de limitar los servicios
de los Directores actualmente en funciones y de
designar al personal de dicho Instituto en los
términos de los artículos 2° y 3° del presente
decreto.
Art. 5° — Autorízase al señor Ministro de
Hacienda y Finanzas Públicas a disponer modificaciones en la estructura orgánico funcional
del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y
CENSOS a propuesta de su Director, debidamente fundadas, previa intervención del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección del Registro Oficial y archívese.
— MACRI. — Marcos Peña. — Alfonso de Prat
Gay.
#F5046146F#
GABINETE DE ASESORES de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, en UN (1) cargo de
carácter extraescalafonario con rango y jerarquía de Subsecretario, a la Licenciada Da. Lucía ABOUD (D.N.I. N° 30.651.815).
Art. 2° — Dáse por designada, a partir del 30
de diciembre de 2015, como COORDINADOR
DE SEGUIMIENTO Y ANÁLISIS DE OPINIÓN
PÚBLICA de la UNIDAD JEFE DE GABINETE
DE MINISTROS de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, en UN (1) cargo de carácter extraescalafonario con rango y jerarquía de Subsecretario, a la Licenciada Da. Mora Ximena
YAZBECK JOZAMI (D.N.I. N° 25.745.264).
Art. 3° — Dáse por designado, a partir del 30
de diciembre de 2015, como COORDINADOR
DE ASUNTOS LEGALES de la UNIDAD JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, en UN (1) cargo
de carácter extraescalafonario con rango y jerarquía de Subsecretario, al Doctor D. Nicanor
MORENO CROTTO (D.N.I. N° 25.983.675).
Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente
se imputará con cargo a los créditos de las
partidas específicas del presupuesto vigente
para el corriente Ejercicio de la JURISDICCIÓN 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a
la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.
#F5046142F#
#I5046131I#
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Decreto 33/2016
Desígnase Subsecretario de Agricultura.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO el Artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase al Ingeniero Agrónomo D. Luis María URRIZA (M.I. N° 21.968.994)
como Subsecretario de Agricultura de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA,
a partir del 10 de diciembre de 2015.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Ricardo
Buryaile.
#F5046131F#
#I5046134I#
MINISTERIO DE CULTURA
Decreto 36/2016
Desígnase Subsecretario de Coordinación Administrativa.
JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Bs. As., 07/01/2016
Decreto 43/2016
VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
Bs. As., 07/01/2016
VISTO, el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL.
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dáse por designada, a partir
del 30 de diciembre de 2015, como JEFE DE
MINISTERIO DE CULTURA
Decreto 37/2016
Desígnase Secretario de Patrimonio Cultural.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase al doctor Don Américo Juan CASTILLA (D.N.I. N° 4.392.757), en el
cargo de Secretario de Patrimonio Cultural del
MINISTERIO DE CULTURA.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y archívese. — MACRI. — Alejandro P. Avelluto.
#F5046135F#
#I5046136I#
MINISTERIO DE CULTURA
Decreto 38/2016
Desígnase Subsecretaria de Gestión Patrimonial.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase a la arquitecta Doña
Carmen María PORQUERES DE SYCZ (D.N.I.
N° 10.539.081), en el cargo de Subsecretaria
de Gestión Patrimonial de la SECRETARÍA DE
PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE
CULTURA.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y archívese. — MACRI. — Alejandro P. Avelluto.
#F5046136F#
#I5046137I#
MINISTERIO DE CULTURA
Decreto 39/2016
Desígnase Secretario de Cultura y Creatividad.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
#I5046142I#
Designaciones.
24
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase al licenciado Don
Enrique Luis AVOGADRO (D.N.I. N° 25.641.207),
en el cargo de Secretario de Cultura y Creatividad del MINISTERIO DE CULTURA.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y archívese. — MACRI. — Alejandro P. Avelluto.
#F5046137F#
#I5046138I#
MINISTERIO DE CULTURA
Artículo 1° — Desígnase al licenciado Don Sergio Nicolás DI FONZO (D.N.I.
N° 26.836.830), en el cargo de Subsecretario
de Coordinación Administrativa del MINISTERIO DE CULTURA.
Decreto 40/2016
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése
a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — MACRI. — Alejandro P.
Avelluto.
#F5046134F#
Bs. As., 07/01/2016
Desígnase Subsecretario de Economía
Creativa.
VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase al licenciado Don
Andrés GRIBNICOW (D.N.I. N° 23.952.369), en
el cargo de Subsecretario de Economía Creativa de la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD del MINISTERIO DE CULTURA.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése
a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — MACRI. — Alejandro P.
Avelluto.
#F5046138F#
#I5046151I#
MINISTERIO DE CULTURA
Decreto 54/2016
Desígnase Subsecretaria de Cultura Ciudadana.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase a Doña Débora
STAIFF (D.N.I. N° 17.393.742), en el cargo de
Subsecretaria de Cultura Ciudadana de la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD del
MINISTERIO DE CULTURA.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése
a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — MACRI. — Alejandro P.
Avelluto.
#F5046151F#
#I5046129I#
MINISTERIO DE DEFENSA
Decreto 31/2016
Dase por designado el Director Nacional
de Inteligencia Estratégica Militar.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO la Ley N° 27.008, el Decreto N° 491 del
12 de marzo de 2002, el Decreto N° 2098
del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, lo propuesto por el señor Ministro de
Defensa, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.008 se aprobó el
Presupuesto de Gastos y Recursos de la
Administración Nacional para el Ejercicio
2015.
Que el artículo 7° de la mencionada ley establece que las Jurisdicciones y Entidades
de la Administración Pública Nacional no
podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes al 1° de enero de 2015,
ni los que se produzcan con posterioridad
a dicha fecha, salvo decisión fundada del
Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el Decreto N° 491/02 el PODER
EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones del
personal, en el ámbito de la Administración
Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente.
Que se encuentra vacante el cargo de Director Nacional de Inteligencia Estratégica
Militar del MINISTERIO DE DEFENSA.
Que resulta indispensable cubrir transitoriamente dicho cargo, con el objeto de
asegurar el normal desenvolvimiento de la
citada Dirección Nacional.
Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria resulta menester
efectuar la designación con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de
la Ley N° 27.008.
Que el Doctor D. Eduardo Emilio SAVARINO posee las condiciones de experiencia
e idoneidad necesarias para cubrir dicho
cargo.
Que se ha dado cumplimiento a la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de
la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que ha tomado la intervención que le
compete la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
DEFENSA.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el
artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL, por los artículos 7° y 10 de la
Ley N° 27.008 y por el artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por designado, a partir del 10 de diciembre de 2015, con carácter
transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en el cargo de Director
Nacional de Inteligencia Estratégica Militar del
MINISTERIO DE DEFENSA al Doctor D. Eduardo Emilio SAVARINO (DNI. N° 14.992.275), Nivel
A Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I, con autorización excepcional por no reunir los requisitos
mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO —SINEP— homologado por el Decreto
N° 2098/08 y modificatorios, autorizándose el
correspondiente pago de la Función Ejecutiva
Nivel I, y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.008.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser
cubierto de conformidad con los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO —SINEP—
homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios, en el término de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles, contados a partir del 10 de
diciembre de 2015.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido
con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE
DEFENSA.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a
la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.
— Julio C. Martinez.
#F5046129F#
#I5046148I#
SERVICIO EXTERIOR
Decreto 48/2016
Desígnase Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario de la República en la República del Paraguay.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO el Expediente N° 40.565/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y
CONSIDERANDO:
Que oportunamente el Gobierno de la
REPÚBLICA DEL PARAGUAY concedió
el plácet de estilo al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Eduardo
Antonio ZUAIN, para su designación como
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en
el ámbito de su competencia.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el
ámbito de sus respectivas competencias.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se
halla facultado para disponer en la materia,
de acuerdo con las atribuciones conferidas
por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la
REPÚBLICA DEL PARAGUAY al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Eduardo Antonio ZUAIN (D.N.I. N° 16.017.403).
Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a
las partidas específicas del presupuesto de la
Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra.
#F5046148F#
#I5046144I#
MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
Decreto 45/2016
Déjase sin efecto designación.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO el Expediente N° 39.713/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Decreto N° 2504
de fecha 24 de noviembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por el decreto mencionado en el Visto se designó Embajador Extraordinario
y Plenipotenciario de la República en la
REPÚBLICA DE PANAMÁ al señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase D.
Enrique Luis VACA NARVAJA, acreditándolo, mientras dure la misión encomendada,
con el rango de Embajador Extraordinario
y Plenipotenciario de conformidad con el
Artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior
de la Nación N° 20.957.
Que atento razones de esta Cartera de Estado y por el expediente citado en el Visto,
se tramita dejar sin efecto la designación
del funcionario mencionado “ut supra”, dispuesto por el Decreto N° 2504/15.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en
el ámbito de su competencia.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el
ámbito de sus respectivas competencias.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se
halla facultado para disponer en la materia
de acuerdo con las atribuciones conferidas
por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Déjase sin efecto la designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DE
PANAMÁ, del señor Ministro Plenipotenciario
de Segunda Clase D. Enrique Luis VACA NAR-
25
VAJA (D.N.I. N° 12.560.835), dispuesta por el
Decreto N° 2504/15.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra.
#F5046144F#
#I5046132I#
MINISTERIO DE TRANSPORTE
Decreto 34/2016
Transfiérese a la jurisdicción del Ministerio de Transporte la tenencia de acciones
del capital social de Intercargo Sociedad
Anónima Comercial.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO los Decretos Nros. 1188 de fecha 15 de
julio de 1994 y 2117 de fecha 30 de noviembre de 1994 y la Ley de Ministerios
(Ley N° 22.520 texto ordenado por Decreto
N° 438/92 y sus modificatorias), y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1188 de fecha 15 de
julio de 1994, se aprobaron los Convenios
General y Accesorio suscriptos por el señor
Ministro de Defensa, quien en representación del ESTADO NACIONAL, adquirió la
tenencia accionaria del OCHENTA POR
CIENTO (80%) del capital social de INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL, concesionaria de la prestación del
servicio de atención en tierra de aeronaves
en aeropuertos bajo jurisdicción nacional,
consolidando así en cabeza del ESTADO
NACIONAL la propiedad de la totalidad de
las acciones de dicha empresa.
Que, por el Decreto N° 2117 de fecha 30
de noviembre de 1994, se dispuso transferir al entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
las acciones clase “A” correspondientes al
OCHENTA POR CIENTO (80%) del capital
social de la firma INTERCARGO S.A.C.
Que la transferencia a la jurisdicción del
entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS de la tenencia accionaria adquirida por parte del
ESTADO NACIONAL tuvo por objeto facilitar el cumplimiento de las obligaciones
contraídas en los Convenios General y Accesorio y su implementación, asegurando
asimismo la prestación del servicio público
que constituye la actividad de la sociedad
concesionaria, conforme a lo establecido
por el Decreto N° 1188/94.
Que el MINISTERIO DE DEFENSA posee
el restante VEINTE POR CIENTO (20%) de
la tenencia accionaria del capital social de
INTERCARGO S.A.C.
Que el MINISTERIO DE DEFENSA mantiene a través del ESTADO MAYOR GENERAL
DE LA FUERZA AÉREA su carácter de concedente del servicio público asumido en el
Contrato de Concesión de fecha 24 de abril
de 1990, en virtud de las prescripciones del
Decreto N° 2145 de fecha 20 de marzo de
1973 y sus modificatorios.
Que por la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520
texto ordenado por Decreto N° 438/92 y
sus modificatorias), se creó entre otros, el
MINISTERIO DE TRANSPORTE, teniendo
entre sus competencias, todo lo inherente
al transporte aéreo.
Que INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA
COMERCIAL tiene por objeto principal la
prestación del servicio de atención en tierra de aeronaves en aeropuertos, materia
que en lo sustancial compete al MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico pertinente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
#I5046152I#
Por ello,
El PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Transfiérese a la jurisdicción
del MINISTERIO DE TRANSPORTE la tenencia
de acciones del capital social de INTERCARGO
SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL, correspondientes al OCHENTA POR CIENTO (80%)
del total del capital social, transferidas al entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS por el Decreto N° 2117
de fecha 30 de noviembre de 1994, correspondiendo a dicho Ministerio la representación y el
ejercicio de los derechos societarios que competen al ESTADO NACIONAL por las mismas.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alfonso
de Prat Gay. — Javier Dietrich.
#F5046132F#
#I5046139I#
PROGRAMA FÚTBOL
PARA TODOS
Decreto 41/2016
Designación.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO, el artículo 99 inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase, a partir del 18 de
diciembre de 2015, Coordinador del PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS, con rango y jerarquía de Subsecretario, al Señor D. Fernando
Alfredo MARIN (D.N.I. N° 4.294.719).
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dese a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.
#F5046139F#
#I5046128I#
SERVICIO EXTERIOR
Decreto 30/2016
Desígnase Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario de la República en la República Oriental del Uruguay.
Que el Artículo 99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, faculta al Presidente de la Nación a “llenar las vacantes
de los empleos, que requieran el acuerdo
del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima
Legislatura”.
Que encontrándose en receso el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, a cuya
Cámara de Senadores corresponde prestar acuerdo a los candidatos propuestos
para su designación como Embajadores
Extraordinarios y Plenipotenciarios, resulta
constitucionalmente válida la designación
de funcionarios “en comisión” hasta el final
del próximo período de sesiones, por parte del Presidente de la Nación, conforme
la disposición constitucional citada en el
considerando precedente.
Que oportunamente el Gobierno de la
REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
concedió el plácet de estilo al señor D.
Guillermo Tristán MONTENEGRO, para su
designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante
dicho país.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en
el ámbito de su competencia.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el
ámbito de sus respectivas competencias.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se
halla facultado en la materia, de conformidad con las atribuciones conferidas por el
Artículo 99, incisos 7 y 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Nómbrase “en comisión” en el
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Y CULTO, funcionario de la Categoría “A” Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor D. Guillermo Tristán MONTENEGRO (D.N.I.
N° 16.156.529), de conformidad con lo establecido por el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, y en los términos
del Artículo 99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Bs. As., 07/01/2016
Art. 2° — Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, al señor
D. Guillermo Tristán MONTENEGRO.
VISTO el Expediente N° 39.772/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO, la Ley del Servicio
Exterior de la Nación N° 20.957, el Decreto
N° 337 de fecha 9 de marzo de 1995, y
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a
las partidas específicas del presupuesto de la
Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO.
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 5° de la Ley del Servicio
Exterior de la Nación N° 20.957 establece que “el Poder Ejecutivo Nacional podrá
designar excepcionalmente Embajadores
Extraordinarios y Plenipotenciarios a personas que, no perteneciendo al Servicio
Exterior de la Nación, posean condiciones
relevantes. Este nombramiento se considerará extendido por el tiempo que dure el
mandato del Presidente de la Nación que lo
haya efectuado”.
Que el Decreto N° 337/95 establece en
VEINTICINCO (25) los cargos previstos en
la Estructura Orgánica del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO,
para ser cubiertos por funcionarios de la
Categoría “A”, Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, designados en
virtud de lo dispuesto por el Artículo 5° de
la Ley del Servicio Exterior de la Nación
N° 20.957 o convocados al servicio activo
en orden a lo establecido en el Artículo 21,
inciso s) del mismo texto legal.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra.
#F5046128F#
#I5046145I#
SERVICIO EXTERIOR
Decreto 46/2016
Desígnase Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario de la República en la República de Panamá.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO el Expediente N° 40.613/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, el
Decreto N° 337 de fecha 9 de marzo de
1995, y
CONSIDERANDO:
SERVICIO EXTERIOR
Que el Artículo 5° de la Ley del Servicio
Exterior de la Nación N° 20.957 establece que “el Poder Ejecutivo Nacional podrá
designar excepcionalmente Embajadores
Extraordinarios y Plenipotenciarios a personas que, no perteneciendo al Servicio
Exterior de la Nación, posean condiciones
relevantes. Este nombramiento se considerará extendido por el tiempo que dure el
mandato del Presidente de la Nación que lo
haya efectuado”.
Decreto 50/2016
Que el Decreto N° 337/95 establece en
VEINTICINCO (25) los cargos previstos en
la Estructura Orgánica del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO,
para ser cubiertos por funcionarios de la
Categoría “A”, Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, designados en
virtud de lo dispuesto por el Artículo 5° de
la Ley del Servicio Exterior de la Nación
N° 20.957 o convocados al servicio activo
en orden a lo establecido en el Artículo 21,
inciso s) del mismo texto legal.
Que el Artículo 99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, faculta al Presidente
de la Nación a “llenar las vacantes de los
empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por
medio de nombramientos en comisión que
expirarán al fin de la próxima Legislatura”.
Que encontrándose en receso el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, a cuya
Cámara de Senadores corresponde prestar acuerdo a los candidatos propuestos
para su designación como Embajadores
Extraordinarios y Plenipotenciarios, resulta
constitucionalmente válida la designación
de funcionarios “en comisión” hasta el final
del próximo período de sesiones, por parte del Presidente de la Nación, conforme
la disposición constitucional citada en el
considerando precedente.
Que oportunamente el Gobierno de la REPÚBLICA DE PANAMÁ concedió el plácet
de estilo al señor D. Miguel Ignacio TORRES para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la
República ante dicho país.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en
el ámbito de su competencia.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el
ámbito de sus respectivas competencias.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se
halla facultado en la materia, de conformidad con las atribuciones conferidas por el
Artículo 99, incisos 7 y 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
26
Desígnase Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario de la República en la República de Colombia.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO el Expediente N° 39.934/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO, la Ley del Servicio
Exterior de la Nación N° 20.957, el Decreto
N° 337 de fecha 9 de marzo de 1995, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 5° de la Ley del Servicio
Exterior de la Nación N° 20.957 establece que “el Poder Ejecutivo Nacional podrá
designar excepcionalmente Embajadores
Extraordinarios y Plenipotenciarios a personas que, no perteneciendo al Servicio
Exterior de la Nación, posean condiciones
relevantes. Este nombramiento se considerará extendido por el tiempo que dure el
mandato del Presidente de la Nación que lo
haya efectuado”.
Que el Decreto N° 337/95 establece en
VEINTICINCO (25) los cargos previstos en
la Estructura Orgánica del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO,
para ser cubiertos por funcionarios de la
categoría “A”, Embajadores Extraordinarios
y Plenipotenciarios, designados en virtud
de lo dispuesto por el Artículo 5° de la Ley
N° 20.957 del Servicio Exterior de la Nación
o convocados al servicio activo en orden a
lo establecido en el Artículo 21, inciso s) del
mismo texto legal.
Que el Artículo 99, inciso 19, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, faculta al Presidente
de la Nación a “llenar las vacantes de los
empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por
medio de nombramientos en comisión que
expirarán al fin de la próxima legislatura”.
Que encontrándose en receso el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, a cuya
Cámara de Senadores corresponde prestar acuerdo a los candidatos propuestos
para su designación como Embajadores
Extraordinarios y Plenipotenciarios, resulta
constitucionalmente válida la designación
de funcionarios “en comisión” hasta el final
del próximo período de sesiones, por parte del Presidente de la Nación, conforme
la disposición constitucional citada en el
considerando precedente.
Que oportunamente el Gobierno de la REPÚBLICA DE COLOMBIA concedió el plácet de estilo al señor D. Marcelo Juan Alberto STUBRIN, para su designación como
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES.
EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el
ámbito de su competencia.
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Nómbrase “en comisión” en el
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO, funcionario de la Categoría “A” Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor D.
Miguel Ignacio TORRES (D.N.I. N° 13.377.369),
de conformidad con lo establecido por el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la
Nación N° 20.957, y en los términos del Artículo
99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Art. 2° — Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la
REPÚBLICA DE PANAMÁ, al señor D. Miguel
Ignacio TORRES.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a
las partidas específicas del presupuesto de la
Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra.
#F5046145F#
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el
ámbito de sus respectivas competencias.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se
halla facultado en la materia, de conformidad con las atribuciones conferidas por el
Artículo 99, incisos 7 y 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Nómbrase “en comisión” en
el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, funcionario de la Categoría “A”
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al
señor D. Marcelo Juan Alberto STUBRIN (D.N.I.
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
N° 8.399.903), de conformidad con lo establecido por el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, y en los términos
del Artículo 99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Art. 2° — Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DE COLOMBIA, al señor D. Marcelo
Juan Alberto STUBRIN.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a
las partidas específicas del presupuesto de la
Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra.
#F5046152F#
#I5046154I#
SERVICIO EXTERIOR
Decreto 47/2016
Desígnase Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario de la República en la República Federativa del Brasil.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO el Expediente N° 39.770/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO, la Ley del Servicio
Exterior de la Nación N° 20.957, el Decreto
N° 337 de fecha 9 de marzo de 1995, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 5° de la Ley del Servicio
Exterior de la Nación N° 20.957 establece que “el Poder Ejecutivo Nacional podrá
designar excepcionalmente Embajadores
Extraordinarios y Plenipotenciarios a personas que, no perteneciendo al Servicio
Exterior de la Nación, posean condiciones
relevantes. Este nombramiento se considerará extendido por el tiempo que dure el
mandato del Presidente de la Nación que lo
haya efectuado”.
Que el Decreto N° 337/95 establece en
VEINTICINCO (25) los cargos previstos en
la Estructura Orgánica del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO,
para ser cubiertos por funcionarios de la
Categoría “A”, Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, designados en
virtud de lo dispuesto por el Artículo 5° de
la Ley del Servicio Exterior de la Nación
N° 20.957 o convocados al servicio activo
en orden a lo establecido en el Artículo 21,
inciso s) del mismo texto legal.
Que el Artículo 99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL faculta al Presidente
de la Nación a “llenar las vacantes de los
empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por
medio de nombramientos en comisión que
expirarán al fin de la próxima Legislatura”.
Que encontrándose en receso el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, a cuya
Cámara de Senadores corresponde prestar acuerdo a los candidatos propuestos
para su designación como Embajadores
Extraordinarios y Plenipotenciarios, resulta
constitucionalmente válida la designación
de funcionarios “en comisión” hasta el final
del próximo período de sesiones, por parte del Presidente de la Nación, conforme
la disposición constitucional citada en el
considerando precedente.
Que oportunamente el Gobierno de la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL concedió el plácet de estilo al señor D. Juan
Carlos MAGARIÑOS, para su designación
como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en
el ámbito de su competencia.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el
ámbito de sus respectivas competencias.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se
halla facultado en la materia, de conformidad con las atribuciones conferidas por el
Artículo 99, incisos 7 y 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Nómbrase “en comisión” en
el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, funcionario de la Categoría “A”
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario
al señor D. Juan Carlos MAGARIÑOS (D.N.I.
N° 16.071.846), de conformidad con lo establecido por el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, y en los términos
del Artículo 99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Art. 2° — Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, al señor
D. Juan Carlos MAGARIÑOS.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a
las partidas específicas del presupuesto de la
Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra.
#F5046154F#
#I5046155I#
SERVICIO EXTERIOR
Decreto 49/2016
Desígnase Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario de la República en el Estado Plurinacional de Bolivia.
Bs. As., 07/01/2016
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
27
Que encontrándose en receso el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, a cuya
Cámara de Senadores corresponde prestar acuerdo a los candidatos propuestos
para su designación como Embajadores
Extraordinarios y Plenipotenciarios, resulta
constitucionalmente válida la designación
de funcionarios “en comisión” hasta el final
del próximo período de sesiones, por parte del Presidente de la Nación, conforme
la disposición constitucional citada en el
considerando precedente.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a
las partidas específicas del presupuesto de la
Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO.
Que oportunamente el Gobierno del ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA concedió el plácet de estilo al señor D. Normando
Miguel ALVAREZ GARCÍA, para su designación como Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario de la República ante dicho
país.
#I5046127I#
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en
el ámbito de su competencia.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el
ámbito de sus respectivas competencias.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se
halla facultado en la materia, de conformidad con las atribuciones conferidas por el
Artículo 99, incisos 7 y 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Nómbrase “en comisión” en el
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO, funcionario de la Categoría “A” Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor
D. Normando Miguel ALVAREZ GARCÍA (D.N.I.
N° 10.616.437), de conformidad con lo establecido por el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, y en los términos
del Artículo 99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Art. 2° — Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en el ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, al señor
D. Normando Miguel ALVAREZ GARCÍA.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra.
#F5046155F#
SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS
Y CONTENIDOS PÚBLICOS
Decreto 29/2016
Designaciones.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO, el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase a la señora Gabriela
RICARDES (D.N.I. N° 18.232.382), a partir del 23
de diciembre de 2015, en el cargo de Secretaria
de Contenidos Públicos del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PUBLICOS
dependiente de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
Art. 2° — Desígnase al señor Jorge SIGAL
(D.N.I. N° 10.893.903), a partir del 23 de diciembre de 2015, en el cargo de Secretario de
Medios Públicos del SISTEMA FEDERAL DE
MEDIOS Y CONTENIDOS PUBLICOS dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 3° — Desígnase al Licenciado D. Gustavo Esteban GONZALEZ (D.N.I. N° 16.602.765), a
partir del 23 de diciembre de 2015, en el cargo
de Subsecretario de Centros Temáticos y Expresiones Federales del SISTEMA FEDERAL
DE MEDIOS Y CONTENIDOS PUBLICOS dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a
la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.
#F5046127F#
VISTO el Expediente N° 40.569/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO, la Ley del Servicio
Exterior de la Nación N° 20.957, el Decreto
N° 337 de fecha 9 de marzo de 1995, y
DECISIONES
ADMINISTRATIVAS
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 5° de la Ley del Servicio
Exterior de la Nación N° 20.957 establece que “el Poder Ejecutivo Nacional podrá
designar excepcionalmente Embajadores
Extraordinarios y Plenipotenciarios a personas que, no perteneciendo al Servicio
Exterior de la Nación, posean condiciones
relevantes. Este nombramiento se considerará extendido por el tiempo que dure el
mandato del Presidente de la Nación que lo
haya efectuado”.
Que el Decreto N° 337/95 establece en
VEINTICINCO (25) los cargos previstos en
la Estructura Orgánica del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO,
para ser cubiertos por funcionarios de la
Categoría “A”, Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, designados en
virtud de lo dispuesto por el Artículo 5° de
la Ley del Servicio Exterior de la Nación
N° 20.957 o convocados al servicio activo
en orden a lo establecido en el Artículo 21,
inciso s) del mismo texto legal.
Que la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en su
Artículo 99, inciso 19, faculta al Presidente
de la Nación a “llenar las vacantes de los
empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por
medio de nombramientos en comisión que
expirarán al fin de la próxima Legislatura”.
#I5046140I#
HIDROCARBUROS
Decisión Administrativa 1/2016
Ley N° 24.145. Prórroga de Concesión. Apruébase Plan de Inversiones y Obras.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO el Expediente N° S01:0192737/2014 del Registro del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN
FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, los artículos 1° y 35 de la Ley N° 17.319 y
sus modificatorias; el Artículo 4° de la Ley N° 24.145, y
CONSIDERANDO:
Que la Empresa YPF SOCIEDAD ANÓNIMA es la titular de la concesión de explotación
de hidrocarburos del Área costa afuera denominada MAGALLANES, perteneciente a la
Cuenca Marina Austral, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 4° de la Ley N° 24.145.
Que la referida concesión tiene una vigencia de VEINTICINCO (25) años, cuyo vencimiento opera con fecha 14 de noviembre de 2017, pudiendo ser prorrogada por plazos sucesivos de DIEZ (10) años, según se establece en el Artículo 35 de la Ley N° 17.319 y sus
modificatorias.
Que mediante presentación de fecha 4 de septiembre de 2014 ante la ex SECRETARÍA
DE ENERGÍA entonces dependiente del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,
Viernes 8 de enero de 2016
Primera Sección
INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, YPF SOCIEDAD ANÓNIMA solicitó la prórroga de
dicha concesión por el plazo de DIEZ (10) años.
Que el concesionario de explotación funda su petición en la necesidad de contar con
un horizonte temporal más amplio que le permita continuar con el desarrollo de las
inversiones en el área, a fin de producir un caudal de gas natural en forma estable de
alrededor de CUATRO MILLONES DE METROS CÚBICOS (4.000.000 m3) por día, con
sus líquidos asociados, durante un período de CUATRO (4) años de producción continua; siendo que la producción diaria de dicho hidrocarburo al mes de octubre de 2015
es de DOS MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS METROS
CÚBICOS (2.414.400 m3).
Que a ello agrega, que tales inversiones, además de generar fuentes de trabajo perdurables y mayores ingresos fiscales, han de significar —con el consiguiente aumento de la
producción— un aporte al autoabastecimiento del país en materia energética.
Que si bien YPF SOCIEDAD ANÓNIMA es la titular de la concesión de explotación, la
operación integral del Área MAGALLANES está a cargo de la Empresa ENAP SIPETROL
ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, de acuerdo con lo previsto en el contrato de UNIÓN
TRANSITORIA DE EMPRESAS suscripto entre las empresas que las antecedieron: YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FISCALES SOCIEDAD DEL ESTADO y SOCIEDAD INTERNACIONAL PETROLERA SOCIEDAD ANÓNIMA, y en el Acuerdo Ratificatorio de fecha 25 de
abril de 1991, que fueran aprobados por Decreto N° 1.460 de fecha 1° de agosto de 1991,
teniendo cada una de ellas una participación del CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre
la producción obtenida.
Que el área en cuestión, ubicada en la boca oriental del ESTRECHO DE MAGALLANES,
tiene la particularidad de asentarse sobre TRES (3) jurisdicciones concedentes: la del ESTADO NACIONAL y las de las provincias de SANTA CRUZ y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, abarcando una superficie total de TRESCIENTOS
SESENTA Y NUEVE KILÓMETROS CUADRADOS CON DIECINUEVE HECTÓMETROS
CUADRADOS (369,19 km2).
Que la prórroga solicitada por YPF SOCIEDAD ANÓNIMA se refiere a la fracción oriental
del Área MAGALLANES que se halla bajo la jurisdicción concedente del ESTADO NACIONAL, por estar ubicada más allá de las DOCE (12) MILLAS MARINAS medidas desde las
líneas de base establecidas por la Ley N° 23.968, conforme con lo establecido por los artículos 1° y 2° de la Ley N° 26.197, por la que se transfirió a las provincias el ejercicio pleno
del dominio originario y la administración de los yacimientos de hidrocarburos ubicados
en sus respectivos territorios, incluidos los situados en el mar adyacente a sus costas
hasta la distancia arriba mencionada.
Que en consecuencia, corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL expedirse sobre la prórroga de la concesión de explotación del Área MAGALLANES, exclusivamente sobre la referida fracción, que tiene una superficie de CIENTO TREINTA KILÓMETROS CUADRADOS CON VEINTITRÉS HECTÓMETROS CUADRADOS (130,23
km2).
Que debe tenerse presente que en la referida área, ENAP SIPETROL ARGENTINA
SOCIEDAD ANÓNIMA opera CINCO (5) plataformas submarinas: AM-1, AM-2, AM-3,
AM-5 y AM-6, siendo esta última la que desarrolla actividades en el ámbito jurisdiccional del ESTADO NACIONAL.
Que el ya referido Artículo 35 de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias, establece la
facultad del Poder Concedente de prorrogar el plazo de las concesiones de explotación, siempre que el concesionario haya cumplido sus obligaciones, esté produciendo hidrocarburos en el área de que se trate, y presente un plan de inversiones
consistente con el desarrollo de la concesión.
Que al respecto cabe consignar que el Área MAGALLANES, considerada en toda su
superficie, cuenta en la actualidad con VEINTICUATRO (24) pozos en producción,
que aportaban diariamente en octubre de 2015 SETECIENTOS SESENTA Y CINCO
METROS CÚBICOS (765 m3) de petróleo crudo y DOS MILLONES CUATROCIENTOS
CATORCE MIL CUATROCIENTOS METROS CÚBICOS (2.414.400 m3) de gas natural,
habiendo sido la producción total para los primeros DIEZ (10) meses del año 2015
igual a DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA METROS CÚBICOS (218.960 m3) de petróleo crudo y SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES
SETECIENTOS SESENTA MIL METROS CÚBICOS (675.760.000 m3) de gas natural.
Que en cuanto a la ejecución de las inversiones, los últimos datos definitivos con
que se cuenta, al cierre del año 2014, determinan que las mismas ascendieron a la
suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES ONCE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL (U$S 11.425.000).
Que asimismo, se ha verificado que tanto YPF SOCIEDAD ANÓNIMA como ENAP SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, han cumplimentado el pago al ESTADO
NACIONAL de las regalías de petróleo y gas producidos a través de la Plataforma
AM-6 bajo jurisdicción nacional, al igual que el pago por parte de YPF SOCIEDAD
ANÓNIMA en su carácter de titular de la concesión, del canon de explotación sobre
la superficie del área bajo esa misma jurisdicción, en cumplimiento de lo establecido
en los artículos 58 y 59 de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias.
Que si bien durante los años 2004 a 2006 ENAP SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD
ANÓNIMA registró diversos incidentes operativos durante la ejecución de las tareas
extractivas a su cargo, que derivaron en venteos de gas por volúmenes no autorizados y derrames de petróleo crudo en inmediaciones de sus instalaciones marítimas,
que dieron lugar a la aplicación de sanciones de multa a YPF SOCIEDAD ANÓNIMA,
debe considerarse que la casi totalidad de dichas anomalías tuvieron origen en las
Plataformas que no se encuentran bajo la jurisdicción nacional.
Que sin perjuicio de esta última circunstancia, cabe dejar asentado que a partir del
año 2007 comenzó un proceso de regularización de las operaciones costa afuera
del Área MAGALLANES a cargo de ENAP SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, tal como se desprende de las distintas auditorías de seguridad y ambientales
llevadas a cabo por empresas especializadas.
Que en relación con los oleoductos y gasoductos vinculados con la evacuación de la
producción del Área MAGALLANES, YPF SOCIEDAD ANÓNIMA y ENAP SIPETROL
ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA no cumplimentaron en tiempo y forma durante el
período 2007 - 2012, con la presentación de cierta documentación técnica relacionada con los controles específicos que están a cargo de la Autoridad de Aplicación,
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
28
por lo que ambas compañías fueron penalizadas con multas; pese a lo cual debe
señalarse que dichos inconvenientes están a la fecha superados, habiendo mejorado notoriamente la gestión de las empresas en esta materia a partir del año 2013.
Que por las razones expuestas, los inconvenientes técnicos y operativos antes mencionados, no constituyen óbice para atender la solicitud de prórroga de la concesión
efectuada por YPF SOCIEDAD ANÓNIMA.
Que la Autoridad de Aplicación nacional ha aceptado el Plan de Obras e Inversiones
presentado por YPF SOCIEDAD ANÓNIMA, en tanto resulta consistente con un desarrollo apropiado del Área MAGALLANES durante el período de prórroga peticionado (años 2017 a 2027).
Que el Artículo 58 bis de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias, prevé que la Autoridad de Aplicación podrá establecer el pago de un bono de prórroga de las concesiones de explotación, cuyo monto máximo será igual a la resultante de multiplicar
las reservas comprobadas remanentes al final del período de vigencia de la concesión, por el DOS POR CIENTO (2%) del precio promedio de cuenca aplicable a
los respectivos hidrocarburos durante los DOS (2) años anteriores al momento del
otorgamiento de la prórroga.
Que las reservas hidrocarburíferas de la totalidad del Área MAGALLANES al fin de
la concesión, calculadas al 31 de diciembre de 2014, ascendieron a DOS MILLONES
DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL METROS CÚBICOS (2.271.000 m3) de petróleo,
y a SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES DE METROS CÚBICOS
(7.671.000.000 m3) de gas natural.
Que la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias, respecto
de la fracción del Área MAGALLANES bajo la jurisdicción concedente del ESTADO
NACIONAL, ha previsto que para el cálculo del importe de dicho bono, el volumen
de reservas de gas y petróleo del área a considerar debe ser proporcional a la superficie de dicha fracción.
Que tal superficie representa el TREINTA Y CINCO CON VEINTISIETE DÉCIMAS
POR CIENTO (35,27%) de la extensión total del Área MAGALLANES.
Que bajo tales premisas, la cuantía del bono de prórroga asciende a la suma de
DOLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y
NUEVE MIL OCHENTA (U$S 12.499.080).
Que el Artículo 59 de la Ley N° 17.319 establece que en caso de prórroga, corresponderá el pago de una regalía adicional de hasta TRES POR CIENTO (3%) respecto
de la regalía aplicable al momento de la primera prórroga, que a la fecha es del
DOCE POR CIENTO (12%).
Que cabe aquí dejar asentado que la Provincia de SANTA CRUZ ya ha aprobado la
prórroga de la concesión del Área MAGALLANES en la superficie correspondiente a
su jurisdicción, por el plazo de DIEZ (10) años, y a su término, por un período adicional de QUINCE (15) años, a través de un Acta Acuerdo suscripta con YPF SOCIEDAD
ANÓNIMA con fecha 2 de noviembre de 2012, que fuera ratificada por Decreto provincial N° 2.207/12 y aprobada por la Ley N° 3.295 de dicha provincia.
Que en relación con la superficie del Área MAGALLANES que se halla bajo la jurisdicción concedente de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR, y de acuerdo con la información brindada por la misma, aún
no se han iniciado tratativas con el concesionario para proceder a la prórroga de la
concesión.
Que vinculado con esta situación, cabe resaltar que el Área MAGALLANES resulta
desde el punto de vista del desarrollo de las operaciones, un área indivisa, por lo que
no resulta técnica ni económicamente factible seccionar el Plan de Obras e Inversiones mencionado precedentemente, entre las jurisdicciones del ESTADO NACIONAL
y de las Provincias de SANTA CRUZ y de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR, si bien esas inversiones han de beneficiar, claramente, aunque en distinta medida, tanto al ESTADO NACIONAL como a las citadas provincias.
Que ello no inhibe las facultades de la Provincia de SANTA CRUZ respecto de lo
ya acordado con el concesionario, en donde —por otra parte— no se han fijado
inversiones específicas para el área, ni tampoco las prerrogativas de la Provincia de
TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, en cuanto a las
inversiones que pudiera acordar con dicho concesionario, con motivo de la eventual
prórroga a ser otorgada dentro de su jurisdicción; inversiones que, en tal caso, serán
siempre adicionales y complementarias a las comprometidas por YPF SOCIEDAD
ANÓNIMA ante el ESTADO NACIONAL.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN
PÚBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 100,
incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y por los artículos 35 y 98 inciso b) de la
Ley N° 17.319 y sus modificatorias.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Prorrógase a partir del 14 de noviembre de 2017 y por el plazo de DIEZ (10)
años, la concesión de explotación de hidrocarburos sobre el Área MAGALLANES, perteneciente
a la Cuenca Marina Austral, que fuera otorgada a la Empresa YPF SOCIEDAD ANÓNIMA por el
Artículo 4° de la Ley N° 24.145, en la fracción correspondiente a la jurisdicción concedente del
ESTADO NACIONAL.
Art. 2° — Delimítase la fracción del Área MAGALLANES a que se refiere el artículo 1°, de
acuerdo con las siguientes coordenadas provisorias, en la Proyección Gauss Krüger, Faja 2, Datum Posgar 94. Superficie aproximada: CIENTO TREINTA KILÓMETROS CUADRADOS CON VEINTITRÉS HECTÓMETROS CUADRADOS (130,23 km2).
Viernes 8 de enero de 2016
Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
29
RESOLUCIONES
#I5046100I#
Secretaría de Comercio
IMPORTACIONES
Resolución 2/2016
Resolución N° 5/2015. Modificación.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO el Expediente N° S01:0363922/2015 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 24.425 aprueba el Acta Final en la que se incorporan los resultados de la
Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales; las decisiones, declaraciones y entendimientos ministeriales y el Acuerdo de Marrakech, por el que se
establece la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC).
Que entre los Acuerdos que contiene el Anexo 1 A del Acuerdo de Marrakech se
encuentra el Acuerdo sobre Procedimientos para el Trámite de las Licencias de Importación.
Que, en tal sentido, en los casos que se consideren debidamente justificados, la gestión de las solicitudes de destinación de importación definitiva para consumo puede
quedar sometida a la tramitación anticipada de Licencias Previas de Importación de
Carácter Automático y/o No Automático.
Que atento al dictado de la Resolución General N° 3.823 de fecha 21 de diciembre
de 2015 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS por
la que se aprobó el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI), resulta
oportuno utilizar el sistema mencionado para la gestión y tramitación de licencias de
importación.
Art. 3° — Apruébase el Plan de Inversiones y Obras comprometido por YPF SOCIEDAD ANÓNIMA para el período de prórroga de la concesión de explotación del Área MAGALLANES (años
2017 a 2027), que representará una inversión total de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO
SESENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL (U$S 166.500.000), de acuerdo con el siguiente
detalle:
Que mediante la Resolución N° 5 de fecha 22 de diciembre de 2015 del MINISTERIO
DE PRODUCCIÓN, se estableció que las mercaderías comprendidas en todas las
posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) con
destinación de importación definitiva para consumo deberán tramitar Licencias Automáticas de Importación, salvo aquellas posiciones arancelarias de la Nomenclatura
Común del MERCOSUR (N.C.M.) determinadas en dicha norma, o la que en el futuro
la reemplace las que deberán tramitar Licencias No Automáticas de Importación.
a) Construcción en tierra de una nueva Planta de acondicionamiento y compresión de gas, por
un valor de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL
(U$S 56.500.000).
Que se advierte la necesidad de realizar ciertas modificaciones a la norma citada
precedentemente, a fin de garantizar la transparencia y previsibilidad del sistema, y
evitar posibles distorsiones del comercio, conforme dispone el Acuerdo sobre Procedimientos para el Trámite de las Licencias de Importación mencionado.
b) Ampliación de la capacidad de separación y tratamiento de petróleo de la actual Batería
de Recepción Magallanes (BRM), por un valor de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA
MILLONES (U$S 50.000.000).
Que en tal sentido resulta oportuno modificar el Anexo I de la Resolución N° 5/15 del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN con la finalidad de facilitar la operatoria aduanera de
las mercaderías alcanzadas por el régimen de Licencias Automáticas de Importación.
c) Tendido de un nuevo ducto submarino de VEINTICUATRO PULGADAS (24”) de diámetro,
con una extensión de DIECISIETE KILÓMETROS CON OCHOCIENTOS METROS (17,8 km),
que unirá la Plataforma AM-3 con la Batería de Recepción Magallanes (BRM) por un valor de
DOLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA MILLONES (U$S 60.000.000).
Que por otra parte, corresponde efectuar ajustes en el punto 1) de determinados
Anexos de la Resolución N° 5/15 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, con el objeto de
corregir inconsistencias detectadas tanto en determinadas posiciones arancelarias
de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.), como así también, en referencias y/o sus respectivos textos.
YPF SOCIEDAD ANÓNIMA, a través de la empresa Operadora del área, remitirá en forma
trimestral a la Autoridad de Aplicación nacional, los Informes específicos que den cuenta del
avance y cumplimiento en la ejecución del Plan de Inversiones y Obras antes mencionado.
Art. 4° — Establécese en la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MILLONES
CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHENTA (U$S 12.499.080), el monto a abonar
por YPF SOCIEDAD ANÓNIMA a la Autoridad de Aplicación nacional en concepto de bono
de prórroga de la Concesión de Explotación del Área MAGALLANES, en lo que respecta a la
fracción bajo la jurisdicción concedente del ESTADO NACIONAL.
La suma antedicha deberá ser abonada por YPF SOCIEDAD ANÓNIMA dentro de los
TREINTA (30) días a contar del día siguiente de la fecha de notificación del presente acto, en
pesos, al tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACION ARGENTINA vigente al cierre
del último día hábil anterior al del efectivo pago, mediante cheque No a la Orden a favor de la
cuenta que le será comunicada por la Autoridad de Aplicación nacional al momento de dicha
notificación.
Art. 5° — Establécese que a partir de la entrada en vigencia de la prórroga de la concesión
del Área MAGALLANES que se aprueba por el artículo 1° del presente acto, YPF SOCIEDAD
ANÓNIMA pagará al ESTADO NACIONAL un porcentaje del QUINCE POR CIENTO (15%) en
concepto de regalías sobre el producido de los hidrocarburos extraídos de la fracción del Área
MAGALLANES bajo su jurisdicción.
Art. 6° — Notifíquese del dictado del presente acto a las empresas YPF SOCIEDAD ANÓNIMA y ENAP SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, y a las Provincias de SANTA
CRUZ y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, de acuerdo con lo
previsto en la reglamentación vigente.
Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Marcos Peña. — Juan José Aranguren.
#F5046140F#
Que adicionalmente se ha observado la conveniencia de incorporar ciertas mercaderías al régimen de Licencias No Automáticas de Importación a los fines de poder
efectuar el monitoreo de las importaciones, con carácter previo al libramiento a plaza
de los bienes.
Que finalmente, se estima necesario reformular el Artículo 7° de la resolución mencionada con el objeto de aclarar la situación de las Declaraciones Juradas Anticipadas
de Importación (DJAI), establecidas por la Resolución General N° 3.252 de fecha 5 de
enero de 2012 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad
autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS,
vigentes al momento de la publicación de la norma bajo trato, como así también, el
alcance de las excepciones para los regímenes de Courier y Envíos Postales.
Que mediante la Resolución General N° 3.823/15 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL
DE INGRESOS PÚBLICOS precedentemente citada, dicho Organismo Recaudador
dejó sin efecto su referida Resolución General N° 3.252/12.
Que por este motivo deviene necesario derogar la Resolución N° 1 de fecha 11 de
enero de 2012 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS por la que se resolvió adherir al mecanismo
instaurado por la ya citada Resolución General N° 3.252/12 de la Administración
Federal.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha
tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en función de lo dispuesto por el Decreto N° 357
de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, y por el Artículo 11 de la Resolución N° 5/15 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Viernes 8 de enero de 2016
Primera Sección
Por ello,
EL SECRETARIO
DE COMERCIO
RESUELVE:
Artículo 1° — Sustitúyese el Anexo I de la Resolución N° 5 de fecha 22 de diciembre de 2015
del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN por el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida.
Art. 2° — Elimínanse del punto 1) de los Anexos XII, XIV y XVI aprobados por el Artículo 3° de
la Resolución N° 5/15 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que a continuación se detallan:
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
30
excluidas del régimen establecido en la presente resolución. Aquellas mercaderías ingresadas
bajo el régimen de Courier o de envíos postales, que estuvieren alcanzadas por lo establecido
en el Artículo 3°, sólo quedarán exceptuadas de la tramitación de Licencias No Automáticas de
Importación en los casos en que sean destinadas para uso o consumo particular del importador”.
Art. 7° — Derógase la Resolución N° 1 de fecha 11 de enero de 2012 de la ex SECRETARÍA DE
COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Art. 8° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel Braun.
ANEXO I
Art. 3° — Elimínanse del punto 1) de los Anexos XI y XII aprobados por el Artículo 3° de la
Resolución N° 5/15 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las referencias correspondientes a las
posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que a continuación
se detallan:
ANEXO II
Art. 4° — Sustitúyense en el punto 1) de los Anexos VI, XII y XIV aprobados por el Artículo 3°
de la Resolución N° 5/15 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las referencias y/o textos de las mismas correspondientes a las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR
(N.C.M.) que a continuación se detallan:
(6) Excepto los destinados a la impresión de libros y revistas cuando sean importados por empresas editoras o importadoras que actúen por cuenta de terceros que sean usuarios directos acreditados por las Autoridades Competentes (Anexo II-2).
(3) Únicamente de densidad superior o igual a 60 hilos por cm2 pero inferior a 70 hilos por cm2; o de densidad superior o igual a 70 hilos por cm2 pero inferior a 80 hilos por cm2; o de densidad superior o igual a 80 hilos por cm2 pero
inferior a 95 hilos por cm2.
(1) Únicamente incompletas, excepto las semidesarmadas, conteniendo cuadro y motor (SKD) y las completamente
desarmadas, conteniendo cuadro y motor.
Art. 5° — Incorpóranse en el punto 1) de los Anexos II, III, XI, XII, XIV y XVI aprobados por el Artículo 3° de la Resolución N° 5/15 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las posiciones arancelarias
de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que se consignan en el Anexo II que forma
parte integrante de la presente medida.
Art. 6° — Sustitúyese el Artículo 7° de la Resolución N° 5/15 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, por el siguiente:
“ARTÍCULO 7°.- Exceptúase de lo dispuesto en la presente resolución a las destinaciones de
importación definitiva para consumo que, a la fecha de publicación de la presente medida, cuenten
con la Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI) en estado de aprobada, en cuyo caso
mantendrán su vigencia hasta la fecha de su caducidad, a las operaciones realizadas en el marco
de los regímenes de muestras, de donaciones y de franquicias diplomáticas, así como también en
el caso de importaciones de mercaderías con franquicias de derechos y tributos, de mercaderías
provenientes del Área Aduanera Especial de la Isla Grande de la Tierra del Fuego, comprendida en
la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, originarias de la
misma, y operaciones de importación realizadas por la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de corresponder su tramitación.
Aquellas mercaderías ingresadas bajo el régimen de Courier o de envíos postales que no
requieran tramitar las Licencias No Automáticas de Importación del presente Artículo 3°, quedan
#F5046100F#
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
Documento
AVISOS OFICIALES
Nuevos
#I5045850I#
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
Armas de Fuego.
En cumplimiento de lo establecido por la Resolución MJyDDHH N° 373/13, se detalla a continuación el listado de solicitudes de tenencia y portación de armas de fuego a efectos de que cualquier ciudadano, habitante de la Nación Argentina y entidades de la sociedad que tengan interés,
puedan oponerse a dichas solicitudes:
SOLICITUDES DE TENENCIAS DE ARMAS DE FUEGO
Documento
Denominación
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
Denominación
31
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 22155215
BARADAD TOMAS JOSE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 30370869
BARBA PABLO FEDERICO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12778149
BARBARO JOSE ANDRES
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12670649
BARBERO MARIO ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21765329
BARDI LEANDRO LUTACIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 36650431
BARENGO SANTIAGO CARLOS
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 25311121
BARRABASQUI HECTOR RUBEN
sobre CARABINA calibre .17 PLG
DNI 20545196
BARRENA RAMON IGNACIO
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 17280749
BARRERA GUILLERMO OSVALDO RAMON
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29786488
BARRERA MAXIMILIANO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 14750233
BARRERA RUBEN GUSTAVO
sobre ESCOPETA calibre 32 UAB
DNI 33397079
BARRETO JESICA PAOLA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30747420
BARRIONUEVO PABLO ALEJANDRO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 26973804
BARRIONUEVO VICTOR HUGO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24825399
BARROS ERNESTO OMAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17300933
BARROSO FERMIN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 31245097
BARZAGHI GONZALO ABEL
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 22686473
BASTACINI OSCAR VICENTE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33697307
ABREGU SERGIO DARIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28920216
BATALLA OSVALDO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14221686
ABRILE CLAUDIO HERMINIO
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 29664168
BAUDINO GABRIEL OSCAR
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 18367895
ACCETTURA SERGIO MARCELO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36463015
BAUMANN GUALTERIO FERNANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 6485617
ACHAVAL ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 20180325
BECKMANN GUILLERMO RUBEN
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 11693700
ADUM JUAN JOSE
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 93252013
BEDNARSKI MARCOS CARLOS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 29379087
AGLIERI DIEGO ALBERTO
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 94638469
BEDOYA RUIZ OVIDIO ALEXANDER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28221326
AGUILAR ANIBAL JOAQUIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21428707
BEIERBACH PASCUAL ARIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 32483022
ALBORNOZ MATIAS NICOLAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24924212
BELACHUR NESTOR OSCAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26259730
ALBORNOZ SABA MARIO DARIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27081912
BELLICO PABLO ANDRES
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 25711586
ALCARA LUCIANO MARTIN
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 4138512
BELTRAN LUIS DESALIN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 16192010
ALDERETE JOVENCIO LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17646084
BELUARDI ULISES OSCAR
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 29019901
ALDERETE JUAN PABLO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27787795
BENAVIDEZ GASTON EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26403089
ALDERETE RAUL RICARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23162596
BENCEGUEZ HERNAN RAUL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17377807
ALE EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 20398549
BENITEZ DANIEL ESTEBAN
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 17641424
ALEGRANZA GUILLERMO CESAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29133838
BENITEZ GUSTAVO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14511902
ALLASIA GABRIEL ALFREDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20882366
BENITEZ RICARDO JAVIER
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 26428530
ALLOA CASALE JAVIER IGNACIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32533048
BERESTEIN SANTIAGO JOSE
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 12088708
ALMIRON SILVIO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14697897
BERGAGNO MANUEL ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16706878
ALTAMIRANO LUCIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13445709
BERGMAN ENRIQUE FERNANDO
sobre FUSIL calibre .243 PLG
DNI 10842349
ALURRALDE ROBERTO OMAR
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 26096629
BERINI GABRIEL ADRIAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 26300787
ALVAREZ JORGE FABIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 39435233
BERNARDELLO ALEJANDRO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 37500631
ALVAREZ MAXIMILIANO DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 36 UAB
DNI 28654131
BERRIDY CLAUDIO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 37500631
ALVAREZ MAXIMILIANO DANIEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 10951411
BERTOLAMI JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30374258
ALVAREZ PABLO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23534100
BERTOSSI EDUARDO EMILIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 14564611
AMAR JUAN JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12700107
BERTOTTI NESTOR DANIEL
sobre REVOLVER calibre .45 PLG
DNI 30085351
AMARILLA GUSTAVO ESTEBAN
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 20977984
BERTOYA JOSE LUIS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24758823
AMARILLA RODOLFO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10051091
BERTOZZI JORGE DANIEL
sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM
DNI 17751676
AMERI GUSTAVO ROBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11295681
BESSONE VICTOR EDUARDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20144145
AMSLER GUSTAVO GUILLERMO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 7837423
BEUILLE EDUARDO JORGE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 26607250
ANDERSON NESTOR JOSE
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 22559220
BEURET FEDERICO RUBEN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 29479386
ANDRADA RODRIGO MATIAS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20932112
BIANCHI GUSTAVO RICARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10102266
ANDREASEN JORGE HORACIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 10492532
BIASSINI JUAN RAMON
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 14611694
ANDROVETTO CLAUDIO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 28088054
BINI ESTEBAN TOMAS
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 31039356
ANSIO SEBASTIAN AGUSTIN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 21850210
BISSO MARCELO FERNANDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 8056055
ANTONIETTA JUAN CARLOS
sobre CARABINA calibre .357 PLG
DNI 21850210
BISSO MARCELO FERNANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17474866
ANZOATEGUI LUCAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8026763
BLANCO AUGUSTO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 28557763
ARANDA FLAVIO FERNANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14533618
BLANCO HUGO ENRIQUE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18108465
ARDILES SERGIO RUBEN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26019903
BLANCO JOSE HORACIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34522751
ARENA JOSE RAMON
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11416031
BLANCO LAXAGUE LUIS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 37086133
ARESE JUAN IGNACIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 37713557
BLASICH NAHUEL GUSTAVO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31535856
AREVALO CESAR NICOLAS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25816687
BOGADO MAXIMILIANO EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34311685
ARGAÑARAZ PABLO EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25677499
BOICHUK SERGIO HERNAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18903360
ARGANDOÑA ROJAS OSCAR AUGUSTO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
LE 4596878
BONFIGLIO CARLOS MARIA
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 5411180
ARGUELLO CARLOS HUGO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 24802376
BONILLA SALAZAR FABIAN GUILLERMO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 10389639
ARGUL RAFAEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 14617548
BONO JORGE NELSON
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 10389639
ARGUL RAFAEL
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 25418899
BOREL GERARDO ANTONIO
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
DNI 16165287
ARIAS HUGO FERNANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25844964
BOZOLO PABLO ANGEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20992784
AROCA RICARDO ORLANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25498014
BRANDAN AMILCAR ADRIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24586179
ARREDONDO JAVIER ANDRES
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 11523206
BRANDAN SIMON FRANCISCO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 12160454
ARREGUI RAUL ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27016552
BRAVO OSCAR EDGARDO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 21985636
ARROYO ARIEL DAVID
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 30272791
BRECCIAROLI EMILIANO OSCAR
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 36678608
ARROYO ELIAS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 24261133
BRESSO JOSE ANTONIO
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 4971285
ASSESSORE CARLOS EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 7501088
BRITEZ MARCELO BENITO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 21858657
ASTRADA CARLOS GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26038567
BRITOS NESTOR JAVIER
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 30629143
AUDANO LEONARDO EZEQUIEL
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 26038567
BRITOS NESTOR JAVIER
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 35687363
AVALOS NESTOR GERMAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23685120
BRIZUELA MARTINEZ MARCELO F.
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 27417516
AVEIRO PAULO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 4972720
BRIZUELA ROBERTO OSCAR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 4707823
AVILA JOSE ABSALON
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 29312868
BRONDO LUIS EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14410909
AVILA RAMON ROQUE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33779274
BROSO ALBERTO MARTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 37901557
AVILA RODRIGO GASTON
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 23674317
BRUNET PABLO SANTIAGO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 34454090
AYALA VICTOR ARIEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 32727539
BRUNETTI JESUS EMILIANO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21884609
BABUSI LUIS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13072581
BRUNO NESTOR
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 26755878
BACCARINI ALDO CESAR
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 23813267
BRUNORI ARIEL LUIS JESUS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31553310
BAECK SANTIAGO JOAQUIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23949854
BUHR CESAR RODOLFO
sobre CARABINA calibre .44-40 PLG
DNI 30886064
BAEZ ALAN FAVIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13628513
BULACIO RAUL PACIFICO
sobre PISTOLON calibre 32 UAB
DNI 94006439
BAEZ SERGIO
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 13628513
BULACIO RAUL PACIFICO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 20123838
BAEZA CARLOS ENRIQUE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 35207250
BULFI MATIAS GASTON
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 23984149
BAILLO MARIA BEATRIZ
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29943201
BUPO FERNANDO JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23958618
BAJURA DARIO JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33240222
BURATTO LEANDRO MATIAS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18585083
BALBI ERNESTO MARTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14344088
BURGI JOSE LUIS
sobre ESCOPETA calibre 28 UAB
DNI 18405414
BALZARINI GUSTAVO NESTOR
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 23676577
BUSOLARI CLAUDIO RENE DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33541217
BANIS FRANCO ALBERTO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 13264712
BUSTAMANTE RICARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
Documento
Denominación
32
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 10479128
BUSTUOABAD CESAR DAVID
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10088202
CREDENTI HECTOR CARLOS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25308760
BUXTON LUCAS MIGUEL
sobre CARABINA calibre .17 PLG
DNI 13411302
CRIMELLA MARCOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14647962
CABRAL CELSO HORACIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11753933
CRIPOVICH ANDRES JOSE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20395471
CABRERA RAFAEL JULIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 30565214
CRISOL NESTOR RAUL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34339098
CACACE MAURO EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29144515
CRUCIANELLI GUSTAVO RAUL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33163593
CACERES GERONIMO
sobre CARABINA calibre .17 PLG
DNI 16236921
CRUZ ENRIQUE EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 21395307
CACERES GUILLERMO ADRIAN
sobre REVOLVER calibre .45 PLG
DNI 14468567
CUEVAS PASCUAL SILVESTRE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 5259203
CACERES JORGE OMAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16235569
CUEVAS RAMON SIMPLICIANO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 5259203
CACERES JORGE OMAR
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 16901622
CURUBERTO ANA MARIA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20566505
CAJAL LUIS ROLANDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17342256
D'ALECIO HUGO JORGE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 35626665
CALABRIGO DIEGO EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24981681
D'ANDREA MONTIEL FRANCO RENZO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30363087
CALDERANI DIEGO JESUS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12667251
D´STEFANO RICARDO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 5271182
CALDERON JOSE ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 95351722
DAI PENG
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29146364
CALVO SEBASTIAN ADRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34678621
DAL MOLIN CESAR ARIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 10636940
CAMARGO FRANCISCO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 6903209
DALMAU JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 11909365
CAMPERO RAFAEL EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33981688
DAMIANI NAHUEL ALFREDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28025104
CAMPETELLI ALEXIS NAZARENO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25132474
DANIEL JUAN ANTONIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 14540283
CAMPOS MARCOS SAUL
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 27980978
DAVID CRISTIAN JESUS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 20244888
CAMUSSONI MARCELA PILAR
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 22769208
DE LA FUENTE NESTOR JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20596225
CANDIA JOSE CELESTINO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13965077
DE LA NATIVIDAD GREGORIO GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22115720
CAÑETE JUAN JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 5384886
DE LA PIEDRA ARSENIO MIGUEL
sobre CARABINA calibre .44-40 PLG
DNI 25269747
CANOSA DIEGO AGUSTIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16799193
DE LA VEGA ALEJANDRO FABIAN
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 34410394
CANTALE JORGE ANTONIO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 25182642
DE PASCUAL DIODATI EDUARDO C.
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11205316
CANTEROS EDUARDO ENRIQUE
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 30936512
DE ROBERTO SEBASTIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 22491945
CAPELLA MARCELO RODOLFO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 92240417
DE SOUZA RICHARD ARTEMIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 37339034
CARDADOR JUAN MANUEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 31368023
DEALBERA JUAN IGNACIO
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 10531442
CARDAROPOLI JORGE OMAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 38113545
DEAN JOSE MARIA
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 25885072
CARDENAS VICTOR ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8571160
DEL BENE SERGIO ESTEBAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 92937491
CARDOZO BARRETO EVERGISTO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 11924178
DELFINO JUAN MANUEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 92947306
CARDOZO BARRETO NELSON RUBEN
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 7994248
DELGADO ANGEL LUIS MARIA
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 22363394
CARDOZO CARLOS DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16363650
DELGADO DANIEL ANÍBAL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22307766
CARDOZO FELIX ENRIQUE
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 11610603
DEO EDUARDO FRANCISCO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12965213
CARLONI HUMBERTO LORENZO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 26439063
DESTEFANI VILLAFAÑE LEONARDO M.
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 25141532
CARNERO JOSE MARIA
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 27236114
DI CRISTOFANO GABRIEL EMANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12201814
CASARES HECTOR MANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36834308
DI DOMENICO MARIANO MIGUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29261494
CASSI LUCAS SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21957206
DI MATTEO ALEJANDRO JAVIER
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 25698537
CASTAGNARI GUILLERMO OSCAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31884952
DIAZ CARLOS GUSTAVO CEFERINO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20998671
CASTILLO ADRIAN BENITO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 18605452
DIAZ CLAUDIA ALEJANDRA
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 33998021
CASTILLO DIEGO NOE
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 35289856
DIAZ CRISTIAN DAVID
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 4359502
CASTREGE ALBERTO FELIPE
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 12600567
DIAZ FABIAN ALBERTO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 28302361
CEDROLLA CARLOS MARTIN
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 13319244
DIAZ JOSE ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 21732642
CENTURION CARLOS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22755722
DIAZ SILVIO LEANDRO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 16969128
CENTURION PEDRO HECTOR
sobre ESCOPETA calibre 32 UAB
DNI 16838091
DIB CAMILO RAUL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20691629
CEPEDA FERNANDO FABIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17766449
DIEHL RICARDO ALBERTO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 27148339
CERUTTI NICOLAS MARTIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28436420
DIETA GLADYS SOLEDAD
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 32554025
CHOI VICTOR LEANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32676018
DIGILIO ALESIS DAMIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 4446110
CHOMIK MIGUEL ANGEL
sobre SUBFUSIL calibre .22 PLG
DNI 20162610
DIP ROBERTO LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26677170
CICCARELLI DIEGO RAFAEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16738593
DOLBER MARCELO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24930091
CICHERO LEANDRO MARTIN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25024082
DOME HERNAN WLADIMIR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 28571897
CICILIANI PAULO ANDRES
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 18463176
DOMENEZ NORBERTO JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24561513
CIGORRAGA NICOLAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26263029
DOMKE LEONARDO ADOLFO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 10778102
CILLIS NESTOR DANIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 92824079
DORREGO CHELONI WILSON NILO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26752084
CIMINO ADRIAN FRANCO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29720707
DOVAL SERGIO ANDRES
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 7928935
CINAT OSCAR ERWIN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 20437105
DUARTE LUIS ALCIDES
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 10566330
CINGOLANI GUALTERIO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 12693068
DUARTE RAMON
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 29208930
CIOTTA DAVID SEBASTIAN
sobre ESCOPETA calibre 28 UAB
DNI 28561292
DUARTE RUBEN EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16753928
CISNERO MANUEL FRANCISCO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 8213294
ECHAIDE OSCAR LORENZO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25543040
CISNEROS JOAQUIN RAMIRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12009681
EHRENBOLGER EDUARDO MARCOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26679021
CISNEROS MARIANO EUGENIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28413392
ELIAS DAMIAN ALFREDO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 20207506
CIVIDINI ELIDO DIEGO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 29917524
ELOY JAVIER ALEJANDRO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25781710
CLUCELLAS ESTEBAN JUAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31283360
ENGEL EMANUEL ALEJANDRO SILVIO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 25781710
CLUCELLAS ESTEBAN JUAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20429588
ENRIORI CLAUDIO DANIEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 12411564
CODARO JUAN JOSE EMILIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 35273361
ESCALADA MAXIMILIANO FABIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14778741
CODONI CLAUDIO MIGUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33187349
ESCOBAR MIGUEL DAVID
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18227413
COLARI GUILLERMO ALFREDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28507696
ESCRIÑA FEDERICO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 24209828
COLLIARD FERNANDO LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25154402
ESPIÑEIRA ELIZABETH ADRIANA
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 30820406
COMADIRA SANTIAGO LUIS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 20735856
ESPOSITO MIGUEL ANGEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25008716
COMBA MARCELO MIGUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8079151
ESQUENON ROBERTO FELIX
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17195477
CONDORIZ CARLOS FABIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16452568
ESTEBAN CARLOS ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 16894744
CONFALONIERI EDGARDO FRANCISCO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 21420823
FACCIOLI SIXTO DANILO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 16465183
CONRERO SERGIO MIGUEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20251348
FADALTI FERNANDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 32508358
CONTESTI FACUNDO EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30121687
FALCO PABLO ANDRES
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 17042373
CONTRERAS WALTER RAMON EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 13549711
FALIVA JORGE HUGO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 7775735
CORDAL ROBERTO JOSE
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 16932782
FANJUL WALTER DANIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 26748250
CORDOBA ARIEL FRANCISCO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 22793956
FARAH SEBASTIAN
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 25859548
CORDOBA GERARDO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31957471
FARINOLI ALEJANDRO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 26415106
CORDOBA MAURICO HUGO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 30223836
FASOLINO DANIEL ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 35896319
CORDONES RODRIGO IVAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 12578226
FELICES JORGE GUILLERMO
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 34568889
CORIA CRISTIAN WALDEMAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18200938
FERNANDEZ ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22796385
CORIA ESTEBAN ANDRES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24426856
FERNANDEZ GALOVICHE SERGIO A
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 30022295
CORNEJO SERGIO EMANUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31028374
FERNANDEZ GUILLERMO IVAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 22618228
CORONEL FONTI VICTOR HUGO MARIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 20246096
FERNANDEZ GUSTAVO GABRIEL
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 17409399
CORONEL MARIO RAUL
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 24981988
FERNANDEZ JUAN MARCELO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 29443187
CORREA LEONARDO GILBERTO
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 26580462
FERNANDEZ LEONARDO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26333449
CORREA MARCOS GASTON
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 33044200
FERNANDEZ MATIAS NICOLAS
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 22683236
CORTOPASSI MARCELO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33559574
FERNANDEZ NESTOR FABIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14546904
CORZO RAUL OSCAR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 13739384
FERRARIS GERARDO JORGE
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 14229355
COSENTINO GUILLERMO RUBEN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16372207
FERREYRA ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 29368127
COSTA GABRIEL OSCAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25343273
FERREYRA IVAN KURT
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 23836371
COSTA MARTIN MIGUEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25114585
FERRO SORIA DANIEL DAVID
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
Documento
Denominación
33
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 35447168
FIGUEROA MATIAS ANDRES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17229063
GUTIERREZ CARLOS LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31405424
FILIBERTI WALTER
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 27470351
GUTKOSKI ANTENOR JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21811548
FILIPUZZI SANDRO DINO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12563736
GUZMAN ERNESTO ESTEBAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 23517286
FILMANN JOSE LUIS FEDERICO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 10878657
GUZMAN JOSE REINALDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34226124
FINIS SANTIAGO MARTIN
sobre FUSIL calibre .243 PLG
DNI 12642753
HABERKORN HECTOR OMAR
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 12240693
FIUMARA SEBASTIAN
sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM
DNI 12963260
HAILE JOSE WALTER
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 14155330
FLORES GUSTAVO AMADO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 33148030
HANDL MAURO MIRKO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 5062096
FOLGADO HECTOR JOSE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 11536305
HARTMANN MIGUEL ANGEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 11635992
FONTANA ALEJANDRO DANIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20100242
HAUTEVILLE ALBERTO OSCAR
sobre CARABINA calibre .270 PLG
DNI 22195237
FONTELA JOSE RODOLFO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 10365265
HERMOSA JUAN MIGUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 6124133
FORTUNATO OSCAR ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31835779
HERMOSA PATRICIO GUILLERMO
sobre CARABINA calibre .357 PLG
DNI 24609236
FOSCHIATTI ALEJANDRO ARIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 32160907
HERNANDEZ FEDERICO ARIEL
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 29969146
FRADEJA ENRIQUE FERNANDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12392520
HERRERA MANUEL FRANCISCO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23094728
FRAGA RICARDO JAVIER
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 14485411
HERRERA RAMON NORBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
LE 8444244
FRAGAPANE ANTONINO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 35702952
HIDALGO FERNANDO ROBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20459608
FRANCISCONI OMAR ALFREDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11170585
HIRIART RICARDO JOSE
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 20735797
FRANZESE FABIO LUCIO
sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM
DNI 11170585
HIRIART RICARDO JOSE
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 21108890
FRECCERO GUILLERMO ARIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11170585
HIRIART RICARDO JOSE
sobre FUSIL calibre 12 UAB
DNI 26490686
FREDES JUAN LUIS
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 27066335
HIRSCHFELD ANDRES VICENTE
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 26490686
FREDES JUAN LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10822762
HOSCH ARTURO CESAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27155347
FREGA SEBASTIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 95017478
HUANG ZHIXIONG
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11459768
FREGOSSI LUIS RAUL
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 32143970
HUROU JOSEPH
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8100318
FUCILIERI MIGUEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 14067327
IGLESIAS CARLOS GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre 7,65 MM
DNI 27947521
FUENTES PABLO MARTIN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 21346091
IGLESIAS JUAN SANTIAGO DE JESUS
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 29506427
FUERTES GABRIEL ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 25348484
ILLANES PEDRO GUILLERMO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14713491
GAILLARD HUGO LUIS
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 17613687
IMAIN JOSE LUIS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 16187851
GALARZA LUIS ROBERTO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 17613687
IMAIN JOSE LUIS
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 10023741
GALASSI RUBEN
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 16605124
INCAMINATO GUSTAVO EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31912621
GALIGNIANA FACUNDO LUCAS
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 17287525
IPPOLITO CLAUDIO MIGUEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 20950149
GALIPO CARLOS GERMAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22104394
IPPOLITO GABRIEL ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 11797785
GALIZIA JUAN JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31816145
IRIARTE LEANDRO GABRIEL
sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM
DNI 31345846
GALLI GIAVENO AGUSTIN MARIANO LORENZO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 4913162
IRIBARREN ALFREDO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 94577953
GAMARRA BENITEZ MANUEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 26922307
ISAIA WALTER ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28614340
GAMBARTE PABLO CESAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 93002549
ISLA CARDENAS JOSUE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25433589
GANDOLA MATILDE GABRIELA
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 93002549
ISLA CARDENAS JOSUE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8428810
GARABITO RUBEN OSCAR
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 7869910
IZQUIERDO HORACIO JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 93335761
GARCIA ALVAREZ ENRIQUE MANUEL
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 24128885
JAIUT JAVIER DAMIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 36125683
GARCIA EXEQUIEL ENRIQUE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11885352
JARA ERNESTO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 24968626
GARCIA JORGE ARIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 28139490
JIMENEZ LESCANO FERNANDO DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24968626
GARCIA JORGE ARIEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 17953507
JOSE EDUARDO GUSTAVO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31853925
GARNICA JULIO CESAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17437853
JUAREZ CLAUDIO HECTOR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20023558
GAROFALO GUSTAVO MARCELO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 31052663
JUAREZ DARIO ESTEBAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 29183782
GAUDIOSO DANIEL MAXIMILIANO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 33067013
KARL EMILIO FERNANDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26203046
GAUNA RAMON EVARISTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25065270
KERLING HUGO ARIEL
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 4194918
GEORGIADES SOCRATES HECTOR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27129408
KIEK ALEXIS IVAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22413581
GERBAUDO CLAUDIO CEFERINO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34897089
KIRISKA HECTOR MAXIMILIANO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31201522
GERBER ALEJANDRO EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 5388939
KOLMAN JOSE OSCAR
sobre CARABINA calibre .44 PLG
DNI 21002857
GERES MARCOS GABRIEL
sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM
DNI 10253477
KOZAK ANDRES IGNACIO
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 18358497
GIANNONE HECTOR ADRIAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 27003073
KRACHLER SERGIO GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35386074
GIMENEZ DIAZ MARCOS FERNANDO G
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24766936
KREDE NAHIM MARCELO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16494242
GIMENEZ HECTOR HUGO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35414137
KREFF IGNACIO MIGUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31754112
GIMENEZ LUIS ALBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 36406309
KREVISKY JOAQUIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 10593305
GIMENEZ NORBERTO ANGEL DE GUADALUPE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13336324
KULIS CARLOS EDUARDO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 27381021
GIRAUDO GINES JOSE
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 29499839
LA ROCCA PABLO ESTEBAN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 18794206
GIRSON MAURICIO EDGARD
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 25067166
LABARTA JOSE LUIS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 26252035
GIUSTI FACUNDO EMILIANO
sobre FUSIL calibre .243 PLG
DNI 27829182
LACHAT LUCIANO RENE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16534389
GLUSZCZUK RUBEN DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29170125
LACROIX LUCAS AUGUSTO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 20714012
GOBBI CARLOS ALBERTO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 36072680
LAFFONT LEANDRO RAUL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 17347295
GOMEZ ALFREDO ISAMEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17128126
LALLANA OSCAR RAMON
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20973468
GOMEZ CLAUDIO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21786885
LAMM ADRIAN GUILLERMO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16131072
GOMEZ GUSTAVO EDGARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 7796366
LARRIGAUDIERE MIGUEL ALFREDO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 27346373
GOMEZ JOSE MARIA
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29594307
LARRONDO HERNAN ANDRES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31206913
GOMEZ LUIS NAZARENO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28012361
LASA DANIEL CLAUDIO MAXIMILIANO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 34398728
GOMEZ MARIO HERNAN
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 21454840
LASCOMBES EDUARDO GABRIEL
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 12375138
GOMEZ OSCAR GABRIEL
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 11624946
LATORRE RICARDO
sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM
DNI 10102684
GONZALEZ ABEL JULIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 94213564
LAURA ZEGARRA VIDAL FRANCISCO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28863481
GONZALEZ EDUARDO RUBEN
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 35144549
LEBRON JORGE ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 32860531
GONZALEZ EXEQUIEL MAURICIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27753222
LEDESMA CLAUDIO ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 30748079
GONZALEZ HECTOR RODOLFO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14839333
LEGUIZAMON CARLOS RAUL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20879130
GONZALEZ HUGO GREGORIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 27985274
LEGUIZAMON MARIELA ROSA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30113461
GONZALEZ JORGE
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 16373236
LEITES WALTER FABRICIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25373759
GONZALEZ JORGE BRUNO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18615593
LEMA CARLOS DARIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 17526176
GONZALEZ LEONARDO MIGUEL A.
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21646119
LEON ALBERTO DANIEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 37099101
GONZALEZ MARIANELA AYELEN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22091676
LEONE ADRIAN VICENTE
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 32413906
GONZALEZ NELIÑO EDGARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35102087
LEONES RAFAEL OSCAR
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20574273
GONZALEZ ROBERTO MARCELO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24235496
LEZA MAXIMILIANO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23524175
GOROSITO JUAN ANDRES
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 92739927
LIM HWI WON
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 7664189
GOYENECHE RAUL CARLOS ARMANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33837908
LLULL MIGUEL ANGEL
sobre FUSIL calibre .338 PLG
DNI 31124953
GRABOVIECKI MARCOS ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34159933
LOPEZ ABBOUD MAXIMILIANO E.
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14951475
GRAELLS RICARDO DOMINGO A.
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 21821264
LOPEZ ANDRES DAMIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 13134911
GRANERO LUCIO VICENTE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 7679585
LOPEZ ATILIO EDELMIRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 4981913
GRAZIANI LUIS ABELARDO
sobre CARABINA calibre .44-40 PLG
DNI 27361792
LOPEZ BIERTOSZ GUSTAVO ALBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 18430879
GRIMAL GUILLERMO ENRIQUE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 38192016
LOPEZ CACERES MIGUEL EDUARDO M.
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27536165
GROSSO JAVIER GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 37879314
LOPEZ CAMILO EZEQUIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 33145096
GROSSO PABLO LUIS
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 35250410
LOPEZ GASTON EMANUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 36309195
GROSSO RAFAEL MARCELO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 33693430
LOPEZ GRABAUSKIS FRANCISCO EXEQUIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 35762866
GUADANO LUIS VALENTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13263842
LOPEZ LUIS ALFREDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16070899
GUBLER ELVIO OSCAR
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 92735890
LOPEZ OMAR DARIO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 26625755
GUGLIERMETTI GUSTAVO HERNAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13258477
LOPEZ OSCAR
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 4391903
GUINLE MIGUEL ANGEL MARIA
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 24905551
LOPEZ PABLO DANIEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
Documento
Denominación
34
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 30706526
LOPEZ SILVANO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17712908
MILLAÑIR GABRIEL CLAUDIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11925590
LORENZO DANIEL OSVALDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24210975
MINCHELI GUSTAVO JAVIER
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 29258176
LORENZO GAMA RODRIGO ARIEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 23821630
MIR SALAZAR ROBERTO ARIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 5225639
LOWE HUGO DIEGO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33630542
MIRA SANTIAGO EDGARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29740455
LOZANO CARMONA HUGO DANIEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 24506041
MIRANDA MAURICIO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8301291
LUCCHINI RICARDO ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 93088436
MIRANDA SANABRIA GERARDO RAMON
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 7642125
LUCERI ROBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 30167422
MIRIANI CLAUDIO HERNAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 17934463
LUCERO ANGEL JOSE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22364390
MIZRAHI DAVID
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 16076027
LUIS MIGUEL ANGEL
sobre FUSIL calibre .243 PLG
DNI 29997901
MIZRAHI FERNANDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 23967887
LUJAN SOSA JUAN MANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17526188
MOLINA GERARDO MIGUEL
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 14023299
LUNA AMADO ALFREDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33181755
MOLINA GERMAN FELIX
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25610127
LUNA PICCARI MATIAS EDUARDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 30689736
MOMBLANC FEDERICO ANDRES
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 27205755
LUQUE ANTONIO DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20839869
MONACO LUIS ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24621515
LUQUE JULIAN ALFREDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34372944
MONDINO ALAN DAVID
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 29183584
LUQUE MARTIN HORACIO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 38158689
MONDINO KEVIN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 29183584
LUQUE MARTIN HORACIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23900503
MONDONIO MARCELO
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 21391662
LUQUES VICTOR HUGO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16287744
MONRABAL SANTIAGO MARIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 8481913
MAC DONNELL JORGE LUCIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 36000366
MONTENEGRO MARIANO OMAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25097911
MACEDO ALEJANDRO MARIA
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 34547689
MONTENEGRO PATRICIO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 25097911
MACEDO ALEJANDRO MARIA
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 16032775
MONTENEGRO RAUL MARCELO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25097911
MACEDO ALEJANDRO MARIA
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 4434706
MONTES ALBERTO ELOY
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 25097911
MACEDO ALEJANDRO MARIA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29446705
MONTES FEDERICO RAMON
sobre PISTOLON calibre 32 UAB
DNI 11769726
MACHARASHVILI VLADIMIRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23686035
MONTES JUAN MANUEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 36660095
MACHERONI DUARTE FRANCO N.
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21740060
MONTOYA EDGARDO GUSTAVO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21571985
MAGALLANES SERGIO ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27409729
MONZON DARIO NICOLAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25155748
MAGNINO MARTIN ROGELIO
sobre CARABINA calibre .270 PLG
DNI 21916132
MORALES EDUARDO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14935574
MAGNO MARIO ORLANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18138726
MORALES LUCAS PABLO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28773335
MAIZ SERGIO NICOLAS DOMINGO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 34171090
MORALES NELSON HORACIO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 16771666
MALDONADO GUIDO ARMANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 6181772
MORAN OSCAR ANIBAL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23004425
MALDONADO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17531640
MORENO CARLOS OSCAR
sobre FUSIL calibre .44-40 PLG
DNI 26968655
MALMANTILE GERMAN ANDRES
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 13624149
MORENO MARIO ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 25663022
MAMANI SANTOS VICTOR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11578292
MORENO ORLANDO ELPIDIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25640736
MANGONE FERNANDO ANDRES
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34841050
MORENO RODRIGO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20864518
MANSILLA ANIBAL ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36679813
MORES RAFAEL ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16394156
MANSILLA ARTURO UMBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26236036
MORESCHINI DANIEL VICTOR A.
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 13912175
MANSILLA JOSE ORLANDO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 24430718
MOSCHETTO DIEGO DAMIÁN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 23974078
MANSILLA MIGUEL ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 28137884
MOYANO VICTOR HUGO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 35721844
MANTEROLA FEDERICO IGNACIO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 27539810
MUCHUT MARIO
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 36746788
MANZANO CARLOS JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14453906
MUÑOZ EDGARDO ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22132320
MARCELLINI SEBASTIAN OMAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14664251
MUÑOZ FELIX
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 25149334
MARCHEGIANI PABLO ANDRES
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 37272471
MUÑOZ JONATHAN MAXIMILIANO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30519489
MARCOS CARLOS MATIAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21751225
MUÑOZ JUAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22901851
MARCOS LISANDRO OSCAR
sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM
DNI 22122572
MUÑOZ ROBERTO CELSO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 13776924
MARCOS OSVALDO HECTOR
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 92796359
MUNUCE RAMON
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29409038
MARDONES BUSTOS LUCIANO J.
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 22167197
MUSARRA MARIANO LUCAS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 30892984
MARGUATI SEBASTIAN ROBERTO
sobre REVOLVER calibre .45 PLG
DNI 24211761
NAHIM GABRIEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 29873298
MARIANETTI NICOLAS IVAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32707597
NAHIM ROGELIO ELIAS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 17004833
MARIMON MARCELO NICOLAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16019751
NARAMBUENA IRENIO ALFREDO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 34835525
MARQUEZ NAHUEL IVAN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 92086712
NARVAEZ LUIS
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 17540633
MARQUEZ SILVIA ESTHER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12173462
NAVARRETE CLAUDIO VICENTE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34647892
MARTINENGHI GUIDO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 27733244
NAVARRETE HERNAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20766870
MARTINEZ ALEJANDRO ESTEBAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17177814
NAVAS AMALIA BEATRIZ
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 35587799
MARTINEZ DAVID EMANUEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 16728657
NAVONE ALBERTO OMAR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 30369101
MARTINEZ JUAN ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20173189
NAZOR GUSTAVO FELIPE
sobre CARABINA calibre 7,62x54R MM
DNI 16218748
MARTINEZ MARIA DEL CARMEN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 12487637
NEGRI WALTER ERNESTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14479271
MARTINEZ MARIO EFRAIN
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 11606241
NEGRO UBALDO ROQUE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29012112
MARTINEZ ROLDAN DAMIAN ALBERTO
sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM
DNI 18037366
NEME PALMIRO ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 37773808
MARTINO ALEXIS SEBASTIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18037366
NEME PALMIRO ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 21803031
MARTUCCI MARCELO FABIAN GABRIEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 33290953
NENNING CONRADO FEDERICO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 21803031
MARTUCCI MARCELO FABIAN GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13063969
NEVES FAUSTINO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21803031
MARTUCCI MARCELO FABIAN GABRIEL
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 23322371
NIEDFELD GUILLERMO GERMAN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 35032131
MAS GERMAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28039367
NIEVA FRANCISCO ANTONIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24586999
MAS PABLO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36595228
NIEVA MAURO OSCAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34259098
MASCIULLI GASTON JAVIER
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 14664823
NIKOLAJUK JOSE LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23888767
MASSAFRA FACUNDO DANIEL
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 23866919
NOTARNICOLA LUCIO MIGUEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 25987195
MASSOLINI FEDERICO EUGENIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8557546
NOVAS JORGE ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10667006
MATEO HECTOR JUSTO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 11244016
NOVELLI GUSTAVO LUIS
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 4275270
MATICH VICENTE MARIO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 21478635
NOVIO FERNANDO GABRIEL
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 4275270
MATICH VICENTE MARIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13164991
NOVOA RUDECINDO JOSE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 16739891
MATTEUCCI DAMIAN CARLOS
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 31164677
NUÑEZ ALBERTO RAUL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31046857
MAXERA JUAN PABLO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31164677
NUÑEZ ALBERTO RAUL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11576320
MAZZUCCHELLI ALBERTO JORGE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26150178
NUÑEZ CLAUDIO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26320341
MEDINA ALFREDO ARIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28297592
NUÑEZ EDUARDO EZEQUIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 6559755
MELLANO MIGUEL RAUL
sobre ESCOPETA calibre 36 UAB
DNI 28297592
NUÑEZ EDUARDO EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28033981
MELONI PABLO ALEJANDRO
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 25264141
NUÑEZ HECTOR ANDRES
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 28840758
MEMMOLO ALFREDO HERNAN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 23858313
OBAID DANIEL JACOBO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23517081
MENA ADRIAN RAFAEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8005315
OBAID EDUARDO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11235412
MENAFRA HECTOR HORACIO
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 27614671
OBIGLIO AGUSTIN ERNESTO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 27367492
MENDEZ DIEGO ARIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 10015132
OCARANZA FABIAN ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 23559543
MENDEZ JOSE ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22363235
OCHOA LEANDRO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 25712329
MENDEZ JUAN JOSE
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 32246068
OLMEDO JAVIER DAVID
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 13150307
MENGO ORLANDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 30835006
ORCE DANIEL GONZALO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 20244940
MERGEN EDUARDO ADOLFO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 38446729
OREGGIONI IGNACIO ADRIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 30747488
MERLO CRISTIAN ANDRES
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 5398262
ORLANDI ARNALDO JUAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 35861321
MESTRES DIEGO MATIAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29909544
OROSCO MATIAS ADRIAN
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 28429557
META GUILLERMO MARTIN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 25903247
ORTEGA CRISTIAN ANDRES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28646981
MEZZENA HUGO FEDERICO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27347932
ORTIZ CRISTIAN OSCAR
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 30900238
MICHELA BUSTAMANTE JORGE LUIS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 21802434
ORTIZ FLAVIO MARCELO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25155519
MIGLIORELLI ROLANDO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16770655
ORTIZ GABRIEL ADRIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21981945
MILIOZZI ROBERTO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17992757
ORTIZ JORGE FABIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
Documento
Denominación
DNI 17679711
ORTIZ RUBEN ANGEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17000241
QUINTERO HUGO ARGENTINO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24280961
OVIEDO JORGE ADRIAN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 26242515
QUINTEROS ROBERTO NICOLAS A.
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 18633780
OVIEDO MANUEL ALFREDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 35903008
QUIROGA AGUIRRE JOEL NICOLAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18633780
OVIEDO MANUEL ALFREDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 5527199
QUIROGA OMAR HUMBERTO
sobre ESCOPETA calibre 36 UAB
DNI 23084699
OVIEDO NELSON JOSE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27620922
QUIROZ FEDERICO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 28487598
OVIEDO SANCHEZ WALTER FERNANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18482192
RALLO JOSE LUIS
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 13899084
OYARZABAL ERNESTO OMAR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 24630455
RAMON NESTOR FABIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 34186989
PACHECO LUIS REYES
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 13382647
RAMOS WALTER NESTOR
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 30663657
PADILLA JORGE ADRIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16807809
RATH RUBEN TEODORO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 23451779
PAEZ ARIEL JESUS
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 12987782
RECALDE GRACIELA BEATRIZ
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 33816163
PAEZ LEANDRO GERMAN
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 29526186
REFORD FRANCISCO JAVIER
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 13537028
PAEZ LOZA LEANDRO ALFREDO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 31256186
REGUERA MAXIMILIANO GASTON
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 24227366
PAGANO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 7780231
REY JORGE ROBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 10468926
PAGANO JORGE SANTOS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 7780231
REY JORGE ROBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18590770
PALADINI EDUARDO SANTOS OSCAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22537262
REYERO GABRIEL ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27976664
PALAVECINO CLAUDIO ARMANDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 6387814
REYNA CLAUDIO ROSENDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 35534749
PALLERO PATRICIO GERMAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25971362
REYNOSO LUIS ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 10811547
PALOPOLI ELIO NICOLAS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20340135
RICCHINI GUSTAVO JORGE
sobre CARABINA calibre .44 PLG
DNI 16593171
PALOTTA RUBEN GUSTAVO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16822097
RIEB GUSTAVO RAUL CRISTIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27969278
PANASITE ANTONIO JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27543180
RINALDI MAXIMILIANO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23641304
PARADA SILVIO NICOLAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23198635
RINSDAHL NELSON PABLO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23392201
PARDO BERBEL ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 13920482
RIOS EDGARDO RAMON
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 24221847
PAROLA JORGE ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 32444436
RIOS WALTER VALENTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24574581
PASTRANA CARLOS ERNESTO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 21010743
RISSOTTO GABRIEL ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24574581
PASTRANA CARLOS ERNESTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11828552
RIVAS LUIS EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28507250
PATANE NICOLAS SALVADOR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29708499
ROBOTTI RICARDO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17235607
PAULA DAS NEVES JOSE LUIS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28370598
ROBOTTI SERGIO LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24202995
PAVON MARIO FABIAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 93673232
RODRIGUEZ BURGUEÑO EUFRACIO LEONARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33745749
PELEGRINI MIGUEL ANGEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 27444150
RODRIGUEZ COSTAMAGNA MARCOS OMAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33711838
PENAYO CARLOS ARIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 17885521
RODRIGUEZ DANIEL ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22908142
PENNA GUSTAVO ADOLFO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 22851562
RODRIGUEZ DANIEL OSCAR
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 22908142
PENNA GUSTAVO ADOLFO
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 28869631
RODRIGUEZ DANIEL OSCAR
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 22908142
PENNA GUSTAVO ADOLFO
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 22805254
RODRIGUEZ DAVID JORGE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 13305278
PENTIMALLI LEONARDO EUGENIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 23579134
RODRIGUEZ DIEGO ADRIAN
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 17846796
PERAITA LUIS ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14632194
RODRIGUEZ EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29974294
PERAZZO HUGO FABRIZIO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 26013978
RODRIGUEZ FABIAN MARCELO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29766946
PERCARA YAMIL CESAR
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 25864050
RODRIGUEZ HOLANDA GASTON E.
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 92169568
PEREIRA NUÑEZ LUZARDO ELBIO MARCELO
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 25086038
RODRIGUEZ JAVIER DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29922173
PERETTI GABRIEL MARCELO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 29113401
RODRIGUEZ LAHITTE MARCELO J.
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 25323901
PEREYRA DA SILVA PEDRO RAUL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26735566
RODRIGUEZ MARCELO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 33320575
PEREYRA JUAN JOSE ROBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16797695
RODRIGUEZ MARCELO EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21537848
PEREZ ARIEL ALBOR
sobre CARABINA calibre .270 PLG
DNI 12734525
RODRIGUEZ MARIO EMILIO
sobre CARABINA calibre .357 PLG
DNI 31813830
PEREZ CARLOS MAXIMILIANO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17223351
RODRIGUEZ NESTOR EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25925438
PEREZ DANIEL FERNANDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17223351
RODRIGUEZ NESTOR EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 10109289
PEREZ JUAN ADOLFO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 26835702
RODRIGUEZ NORBERTO DOMINGO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 34963776
PEREZ LUCAS JOAQUIN
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 32670341
RODRIGUEZ PABLO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34963776
PEREZ LUCAS JOAQUIN
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 4553337
RODRIGUEZ PAZ EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28807627
PERONI JUAN SIMON
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 16829860
RODRIGUEZ QUIROGA MARTIN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 21430181
PEROTTI SERGIO EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29970873
RODRIGUEZ ROBERTO ARIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36006719
PERREN JUAN EMANUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24575484
RODRIGUEZ SALGUERO MARISA P.
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25745461
PERSICO FEDERICO CARLOS
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 27594618
RODRIGUEZ SERGIO ADRIAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 34178276
PERUGINI PABLO ANDRES
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 28673747
RODRIGUEZ VICTOR MIGUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 5269878
PERUSINI RICARDO LUIS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 26483402
ROJAS RUBEN DARIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17724840
PESCHIUTTA JOSE ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29836051
ROMANO ELIO HERNAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 13720581
PETRI SERGIO FABIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22361305
ROMERO ABEL GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 5525881
PETRONGOLO OSVALDO ANGEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11061410
ROMERO ALEJANDRO EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12493173
PETRUJNO ALEXANDRO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 10606285
ROMERO LEOCADIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23943933
PEZZETTA MARTIN AUGUSTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 30391186
ROMERO MEDINA ADRIAN DAVID
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 7598374
PHILIBERT JORGE LUIS
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 25769114
ROMERO NESTOR ANDRES
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 25244179
PIANETTI RODRIGO LUCAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33383192
ROMERO RAMON ORLANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17975326
PIAZZA RICARDO ROMAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23116054
ROMERO ZAMBRANO FELIX EUGENIO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 20212264
PICON CARLOS GUILLERMO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 23081488
ROSAS FRANCISCO DANIEL
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 25189485
PIENSO ANGEL JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30358001
ROSCHINI LUIS ALBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 30789517
PIERDOMINICI CRISTIAN GABRIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24258715
ROSELLI FERNANDO RAUL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 25872364
PIETRANTUENO GUILLERMO GUSTAVO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22536538
ROSSI BIBIANA JAQUELINA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32103065
PILI RICARDO DAVID
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 11750043
ROSSI EDUARDO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 27623950
PIÑEL SERGIO FABIAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 34355804
ROSSI GABRIEL EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 38157937
PINELLI LUCIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31649204
ROSSI JULIO DARIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 32032030
PIOTROWICZ ALFREDO EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12366522
ROSSI NESTOR ROBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24034996
PISA PATRICIA DANIELA
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23410143
ROTONDO DANIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 16818224
PISANELLI SERGIO OMAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23410143
ROTONDO DANIEL
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 27187824
PIVETTA NICOLAS EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 37075339
ROZECK LIONEL ELVIO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 26952073
PIZARRO MANUEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 35671248
RUFER MAXIMILIANO ABEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17622171
PLUIS WALTER DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26323440
RUIZ DIAZ LUIS ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 19021631
POBLETE ALFARO CRISTIAN ALEJANDRO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 12628011
RUIZ ENRIQUE ADOLFO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 19021631
POBLETE ALFARO CRISTIAN ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 33150530
RUIZ SANTIAGO ANDRES
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 19021631
POBLETE ALFARO CRISTIAN ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24131727
RURAK ARIEL LEOPOLDO JUAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 18023380
POLESE MAURICIO ALDO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 29998764
RUSCITTO MARIO DARIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 7628512
PORCEL URBANO AVELINO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 12085417
RUSSO ANGEL ARIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27885212
PRADA RICARDO OSCAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24414885
SAAD FABIAN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 36807105
PRADERIO LAUTARO ALEXIS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 16387527
SAAVEDRA DANIEL OMAR
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 30051049
PRAUSE ATILIO IGNACIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23672201
SACCHETTI IGNACIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17576549
PRIOTTI GUILLERMO MARCELO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17617465
SADA ROBERTO CARLOS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 12059578
PUGLIESE MIGUEL ANGEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27784750
SAFAR ORTIZ JORGE OMAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34458245
PUIG PABLO EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8081609
SAJUR HECTOR ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 30155584
PUÑET FEDERICO JAVIER
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 16509708
SALA GUARDIOLA RICARDO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26807627
PUPPATO ANGEL SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 20872779
SALAMONE FEDERICO JAVIER
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 13299602
PUYELLI JOSE MARIA
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 29471897
SALAZAR MIGUEL EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 21647016
QUIÑONES EDUARDO IGNACIO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 34864673
SALERNO RAMIRO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 14032222
QUIÑONEZ ALBERTO MARTIN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 32823976
SALINAS NICOLAS CARLOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
35
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
Documento
Denominación
DNI 26588300
SAMPAYO ALBERTO EDMUNDO
sobre ESCOPETA calibre 28 UAB
DNI 25141451
Documento
TORINETTO GERMAN DARIO
Denominación
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 7792086
SAN LEANDRO ADOLFO PEDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25367122
TORLETTI ALEJANDRO MIGUEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 18688894
SANABRIA ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25367122
TORLETTI ALEJANDRO MIGUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32847323
SANCHEZ ADRIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24870993
TRASSENS ARIEL OMAR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 14650824
SANCHEZ ARMANDO JORGE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33088623
TREJO JORGE ADRIAN FRANCISCO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30541127
SANCHEZ DARIO MARCELO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 29067622
TRELLES ALVARO PATRICIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16657501
SANCHEZ JUAN MANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8615730
TRELLES CARLOS ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 31038616
SANCHEZ MOISES JUAN PABLO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35513171
TRIVIÑO CARLOS LEANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28963799
SANCHEZ RAMIRO ENRIQUE
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 29077894
TRUCCO TOMAS MARTIN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 14306258
SANDOVAL LIBORIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27519676
UDOVICICH JULIO ARIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 5742215
SANDOVAL LUCAS
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 36575156
ULLMANN FERNANDO GABRIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24791632
SANDOVAL MIGUEL PABLO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25648934
URRUTIA NICOLORICH JOSE MARIA
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 33323472
SANTA CRUZ NESTOR FABIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26385144
USLENGHI JOSE LUIS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 94608942
SANTANA SILVA JOAO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 25553825
VADILLO JORGE MARTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28745616
SANTELLA LEANDRO MARTIN
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 27527837
VALDEZ VALLE RAUL ARIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31703455
SANTILLAN ERIC NAHUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 36655552
VALDEZ VELIZ NELSON
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 92296922
SANZ RODOLFO FERNANDO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 28001845
VALENZUELA LEANDRO PATRICIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 32093492
SARDI NELSON JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16041350
VALENZUELA WALTER CEFERINO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 16106002
SARMIENTO DOMINGO FAUSTINO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17838792
VAN STADEN JORGE FABIAN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
VARGAS JOSE HILARIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
36
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 28053417
SARNOVO WALTER DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33146502
DNI 22104042
SARTORI EDGAR JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32310652
VARGAS JULIO CESAR
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 11336749
SAUTER PABLO
sobre PISTOLON calibre 32 UAB
DNI 30336476
VASCO NATALIA ANABEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
VAZQUEZ FACUNDO DAMIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35956096
SCHICK JULIAN ANIBAL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20962027
DNI 23313097
SCHUMMER MARTINEZ SILVIO JOSE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 4395205
VEGA CARLOS BENIGNO
sobre FUSIL calibre 11x59R MM
DNI 12467489
SCHVARTZ JORGE ALFREDO
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 26778093
VEGA DIEGO RAFAEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14172528
SCORSA ROBERTO FABIAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 27636984
VEGA JIMENEZ DIEGO FERNANDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 24871860
SEGOVIA CLAUDIO ALFREDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24397290
VEGA JORGE RUBEN
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 23613885
SEGOVIA JUAN EDUARDO
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 25813212
VELIZ HECTOR ENRIQUE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14643491
SEGUI HUGO OSCAR
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 31972375
VELIZ SEBASTIAN NICOLAS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 24062760
SEGUNDO JAVIER HUGO
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 21734057
VELLO DABAT ALEJANDRO EDUARDO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 32590752
SEGUNDO RODRIGO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 20454484
VEMPOSTA JULIO ALBERTO
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 26073518
SEIT LUIS PABLO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 30682074
VENTURINI PABLO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26073518
SEIT LUIS PABLO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 29254074
VERA GUSTAVO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26073518
SEIT LUIS PABLO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 25558276
VERDECCHIA HERNAN SANTIAGO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23037966
SELMO JUAN MARCELO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25030296
VERGARA ANTONIO ALFREDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16269832
SEMORILE ESTEBAN ALEJANDRO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 6134928
VIGNOLO RICARDO VICENTE
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 24233897
SENA JOSE LUIS
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
DNI 13213637
VILARIÑO JORGE DANIEL
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 30393601
SENGER ALEJANDRO ANDRES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22163042
VILLAFAÑE DANIEL ALEJANDRO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20563760
SERRA CLAUDIO ENZO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22163042
VILLAFAÑE DANIEL ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 32166484
SGARLATA JAVIER IVAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34516643
VILLAFAÑE HORACIO ESTEBAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8565804
SHAFERSTEIN CARLOS MARCELO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30976101
VILLAR JUAN ALFREDO
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 30083815
SIGALOVSKY JONATHAN WOLF
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31262036
VILLARINO PABLO MARTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28190471
SILVA CESAR MANUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33624690
VILLAVERDE PABLO EZEQUIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28283935
SILVA FERNANDO EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 95403625
WANG PENG
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 13577116
SILVA HORACIO ARTURO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 30244301
WEIZEL DIEGO HERNAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22932708
SILVANO MIGUEL ANGEL
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 94558333
WENG YOUZHANG
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26301223
SINSAN FERNANDO RAMON
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 11802966
WERTHEIN GERARDO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 11315696
SITTNER FELIPE JOSE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24013106
YERGOVIC MANUEL ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 14703597
SIVADON ROBERTO ELISEO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 24013106
YERGOVIC MANUEL ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 10955150
SMOLY JOSE MANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10185752
YERMAK RICARDO ENRIQUE
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 16627604
SOLAR RUBEN RAMON
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29271753
YTURRI ROBERTO DAMIAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 20319744
SOLARI ANGEL ALBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 26834665
ZAMBRANA CRISTIAN JOSE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 32669905
SOLER POWELL FRANCISCO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31302740
ZAPATA SOLANAS ENRIQUE LUIS
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 20703282
SORBA DE FELIPPIS GUSTAVO S.
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12277471
ZAPICO EDUARDO RAMIRO
sobre CARABINA calibre 7,62x39 MM
DNI 16889551
SORIA ALCIDES
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 23410426
ZARBA MARIO ALBERTO
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 26119007
SORIA CARLOS ARIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14964682
ZENIQUEL MARCOS DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22215917
SORIA FELIX MARIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 30265790
ZERBI LEONEL EDGARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26103787
SORIANO OBREGON AGUSTIN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 95159480
ZHENG ZHAOYONG
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27415055
SOSA DIEGO CESAR
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 95296728
ZHUANG JIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13843429
SOSA EDUARDO ARGENTINO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 95296728
ZHUANG JIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16223620
SOSA GUSTAVO ARTURO
sobre SUBFUSIL calibre .22 PLG
DNI 32423969
ZUCCOTTI FIGUEROA MARIA CONSTANZA
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 16371141
SOSA JESUS RAFAEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35944777
ZUNNI MARTIN OMAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12759024
SOSA MARCELINO DIOSMEDE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23738978
ZURMUHLER JESUS PEREGRINO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23279655
SOSA STELLA MARIS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 16174048
SOTO JOSE HORACIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14495000
SOTTOMANO WALTER
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 22309161
SOUTO JOSE ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 31208502
SOUTO JUAN MANUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33399938
SPANO DARIO SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24630520
SREBERNICHE NELSON ADRIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24630520
SREBERNICHE NELSON ADRIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14515766
STERR JORGE LUIS
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 18222401
STIER RODOLFO DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28656748
STRITZKE DIEGO OSVALDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 16176873
STRUKOV BEVACQUA FLAVIAN
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 24982559
SVALUTO FERRO MAURO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22470674
SZKVARKA DIEGO ALEXIS
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
LE 7841200
SZPUK RICARDO PEDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
LE 7841200
SZPUK RICARDO PEDRO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 28273577
TALEB IGNACIO ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 24665700
TARDO DIEGO JESUS NUNZIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 29737497
TELLECHEA FRANCISCO XAVIER
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 6740904
TELLO RODOLFO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23912442
TERRE FACUNDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29062193
TERRERA WOODWARD PATRICIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18308135
TERZA EDGARDO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28735750
TOLOSA EMILIANO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 23385507
TOLRA JUAN SALVADOR
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 32113493
TONEATTI LEANDRO RUBEN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 24369893
TORANZO FABIO ARIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
SOLICITUDES DE PORTACIONES SOBRE ARMAS DE FUEGO
Documento
Denominación
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 20911801
ABBIATICI ESTEBAN GABRIEL
ámbito de COOP.DE TRAB.SOLUCIONAR
LTDA. 30644343428
DNI 27274630
ABEJERA CRISTOBAL EMANUEL
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 27943487
ACEVEDO ARENAS AMILCAR ALBANO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25646276
ACEVEDO DAMIAN RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13014314
ACOSTA ARTEMIO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26632930
ACOSTA BRIAN EMANUEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 23328898
ACOSTA FERNANDO
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 21680787
ACOSTA GABRIEL ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16354262
ACOSTA JORGE DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23003728
ACOSTA JORGE HEBER
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 31680769
ACUÑA DIEGO HERNAN
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 26081039
ACUÑA JOSE JULIO OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18676067
ACUÑA MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14846222
ADROGUE FAIMAN RUBEN ATILIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11693700
ADUM JUAN JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18552550
AGUDO MARIA LAURA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32465733
AGUERO LUCAS MAURICIO
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 22448323
AGUERO OSVALDO ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
Documento
Denominación
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
Documento
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
Denominación
37
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 24638211
AGUILAR ARIEL RAMON
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 36463015
BAUMANN GUALTERIO FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28434686
AGUILAR WALTER DAMIAN
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 30670987
BAUMBERGER ESTEBAN ROGELIO
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 17652653
BEARZI MARCELO CLAUDIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12403629
BECCARIA HECTOR JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8481217
BECERRA JORGE RAMON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18078394
BELEN VICTOR CLAUDIO
ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A.
30689011817
DNI 11554110
BELLO LUIS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16961010
BENAVIDEZ GUILLERMO NESTOR
ámbito de COMAHUE SEGURIDAD PRIVADA
S.A. 30523163171
DNI 21965952
BENEGAS LUIS MARTIN
ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A.
30689011817
DNI 12741096
BENEYTO ROBERTO ANSELMO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29133838
BENITEZ GUSTAVO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
LE 8642856
BENITEZ HERMELINDO MIGUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20882366
BENITEZ RICARDO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26119610
BENITEZ RUBEN DARIO
ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731
DNI 33913666
BENTIVEGÑA MAXIMILIANO AGUSTIN
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 33452034
BENTO NORALDINO EMANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21613018
BERRA MASON DIEGO IGNACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27577568
BERTOCCHI DIEGO MARTIN
ámbito de NOVIT S.A. 30707310657
DNI 25639761
BESSONE ARIEL GASTON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25062694
BEYTIA SERGIO JOSE SANTIAGO
ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A.
30707386068
DNI 6609239
BIANCO MANUEL JUAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31857648
BINELLO GUILLERMO ESTEBAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25949059
BISTOLETTI JUAN ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14988379
BLANCO DANIEL ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10567681
BLANCO JORGE HECTOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21680691
BLUMA JORGE JAVIER
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 11823956
AGUIRRE MANUEL GILBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8272670
AGUIRRE NORBERTO OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29558668
AGUIRRE RODOLFO MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24228711
AIETA MARCELO EDUARDO
ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638
DNI 21829461
ALBORNOZ ALEJANDRO MARCELO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26499412
ALBORNOZ DIEGO JAVIER
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 35867704
ALBORNOZ WALTER ROLANDO
ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A.
30707386068
DNI 14546711
ALCARAZ EDMUNDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8108127
ALCARAZ EPIFANIO
ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.
SRL 30662315148
DNI 17340387
ALDERETE CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16192010
ALDERETE JOVENCIO LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29019901
ALDERETE JUAN PABLO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17377807
ALE EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11822205
ALEGRE RAMON OSCAR
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 13803769
ALI TAKCH HUGO HECTOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17272540
ALIENDRO HECTOR DANIEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 18597100
ALLER ROBERTO FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13607657
ALMIRON JULIO CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13218247
ALOY JORGE PAULINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13816278
ALVAREZ ANIBAL BERNARDINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10086714
ALVAREZ DANIEL RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31003151
ALVAREZ GONZALO MAXIMILIANO
ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A.
30689011817
DNI 30374258
ALVAREZ PABLO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23996734
BOANO FLAVIO GUILLERMO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21543545
ALVAREZ RICARDO RAMON
ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A.
30707828923
DNI 25816687
BOGADO MAXIMILIANO EZEQUIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25677499
BOICHUK SERGIO HERNAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31091137
AMADEO MARIO ALBERTO
ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638
DNI 17487193
BONACHERA GUSTAVO WALTER HUGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22260892
ANDERSON PABLO JORGE
ámbito de MACO LITORAL S.A. 30708728817
DNI 14807336
BONDA ADRIAN ROLANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13112496
ANDINO AMERICO EZEQUIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12972779
BORDA VALENTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18411238
ANDINO FRANCISCO RAMON
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 33531815
BORJAS JORGE ERNESTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11198664
BORSANI ENRIQUE OSVALDO
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 32762192
BOYKO GERARDO DAMIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32776551
BRADASCHIA GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13877096
BRANDAN RENE JESUS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11523206
BRANDAN SIMON FRANCISCO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21583728
BRAVO CARLOS RAFAEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 8247265
BRAVO JUAN JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14315917
BREIZ JUAN ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24084179
BRICKA ALEJANDRO MARTIN
ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A.
30707386068
DNI 34413230
BRITEZ ADRIAN MATIAS
ámbito de ANTA NAHUEL S.A. 30709394661
DNI 32697265
BRITEZ FLAVIO OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22173240
BRITTOS ULISES DAVID
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 13533916
ANDRES JORGE ALBERTO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 22293826
ANGULO NELSON GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14430328
ANTONIUK JORGE OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21613933
AQUINO CARLOS JAVIER
ámbito de CELMA S.R.L. 30522003286
DNI 28557763
ARANDA FLAVIO FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16880748
ARANDA ROQUE CATALINO
ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L
30707425047
DNI 24074434
ARAUJO FABIAN GUSTAVO
ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.
LTDA. 30662934174
DNI 13853548
ARDILES JOSE ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8612932
ARENAS MIGUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25242109
ARGUELLO ALEJANDRO AGUSTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16165287
ARIAS HUGO FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13066043
ARIAS MANUEL DE REYES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22452024
ARISTIZABAL ALEJANDRO AGUSTIN
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 33779274
BROSO ALBERTO MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 7977130
BRUNO ANTONIO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23606648
BRUZZO CARLOS SANTIAGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24633237
BUCOLO CRISTIAN RUBEN SEBASTIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10455576
BUERA CARLOS RAMON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17369174
BULAY OSCAR MARCELO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16206692
BULLOSA PEDRO PAULINO
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 35792687
ARISTIZABAL CLAUDIO DAMIAN
DNI 21519958
ARISTIZABAL GUSTAVO DAVID
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 16485935
ARISTIZABAL HECTOR EDUARDO
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 20020780
ARISTIZABAL MARCELO FABIAN
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 11522525
BUSTAMANTE SANTOS EULALIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21978666
ARMELLA ANIBAL NOEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11260018
BUSTOS ARMANDO ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20992784
AROCA RICARDO ORLANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14145455
BUSTOS HUGO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12527012
ARREDONDO ROBERTO BENJAMIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26440145
CAAMIÑA SERGIO ALBERTO
DNI 7599054
ARRIETA CARLOS ARTURO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 4887738
ARTEAGA ALBERTO MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18327981
CABALERI CLAUDIO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16427263
ASIS MARTINEZ GUSTAVO R.R
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28865545
CABALLERO OSCAR MARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16183485
ATENCIO JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22225504
CABANES CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12330641
AVALOS ANTONIO DAMIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34807325
CABEZON GUILLERMO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14934712
AVALOS CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14647962
CABRAL CELSO HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33901396
AVALOS EDGAR FABIAN
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 22978894
CABRAL JUAN CARLOS
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 16317474
AYALA GERARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18529227
CABRERA EDGARDO RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13691632
AZUA HECTOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11600798
CABRERA HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11954161
BAEZ FLORENCIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8386356
CABRITA MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18322167
BAGLIETTO ANIBAL OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23243694
CACCIABUE FERNANDO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8476996
BAGNATI LUIS ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12492516
CACERES GREGORIO FRANCISCO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13199265
BALBASTRO ANTONIO OSMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30350267
CACEREZ DANILO VICTORIO
ámbito de MACO LITORAL S.A. 30708728817
DNI 8267403
BALLESTEROS FELIX ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25614445
CAJAL ARIEL ANTONIO
DNI 22061051
BANUERA LUIS ALEJANDRO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 23877887
CALBO ADRIAN MARCELO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30897567
BAREIRO JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14505581
CALDARA JORGE ALFREDO
DNI 31132809
BAREIRO PABLO ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 33397079
BARRETO JESICA PAOLA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32302137
CALDARA JORGE LEANDRO
DNI 20621899
BARRIENTOS JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 27661760
BARRIONUEVO DIEGO HUGO CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22859773
CALDERON RAUL RENE
ámbito de BULL COOPERATIVA DE TRABAJO
LTDA. 30632477143
DNI 29281811
BARRIONUEVO JOSE DAVID
ámbito de CODECOP S.A. 30713954205
DNI 14904173
CAMACHO RUBEN ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14189720
BARRIONUEVO MARIO HECTOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25491021
CAMILLETTI CLAUDIO FABIAN
DNI 12646640
BARRIOS JUAN FRANCISCO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A.
30689011817
DNI 12191309
BARRIOS JUAN MANUEL
ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L.
30678784288
DNI 10231974
CAMINO HECTOR SERVANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17384043
CAMINOS ATILIO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
Documento
Denominación
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
Documento
Denominación
38
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 30567142
CAMPAGNANO DIEGO LUIS
ámbito de S & E SEGURIDAD PRIVADA S.A.
30708023619
DNI 14546904
CORZO RAUL OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21780806
CAMPO PABLO ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22669614
COSTA MARCELO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8248805
CAMPS ROBERTO JORGE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10991696
COSTA ROBERTO OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20596225
CANDIA JOSE CELESTINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17821944
COSTILLA MANUEL ANGEL
ámbito de SERV.DE INV.LA PRINCIPAL S.A.
30707436103
DNI 25917364
CANEPA JOSE MARIANO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10488393
CUCCHIARA OSCAR JOSE
DNI 12331646
CANESSINI LUIS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 24781094
CANTEROS GABRIEL GUSTAVO
ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A.
30709851191
DNI 22917172
CUELLO RAMON HECTOR
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 21870900
CARABAJAL CARLOS CESAR
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 16235569
CUEVAS RAMON SIMPLICIANO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28594064
CURA JAVIER ALEJANDRO
ámbito de SEGURIDAD EMPRESARIA S.A.
30707995544
DNI 16486774
CARABAJAL CARLOS UMBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30002417
CARAMUN JUAN CRUZ
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 16901622
CURUBERTO ANA MARIA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17196351
CARANCINI ENRIQUE EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17097708
D'AQUILA PASCUAL ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25885072
CARDENAS VICTOR ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12667251
D´STEFANO RICARDO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10399420
CARDOSO JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14922174
DAL LAGO MIGUEL
DNI 11555656
CARDOZO DAVID
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A.
30689011817
DNI 17291722
CARDOZO JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13942434
DALL ARGINE MONICA ESTHER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14830498
CARDOZO JUAN CARLOS R.
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18355401
DANERI HUGO DANIEL
DNI 27024280
CARDOZO JULIO ANDRES
ámbito de SEGURIDAD HORUS S.R.L.
30710714939
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 31195853
DE BERNARDO IGNACIO MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12578248
DE LA PORTILLA HECTOR DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21912799
DE LOS SANTOS HUGO ALFREDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 6252456
DE NAVAS GUSTAVO ADOLFO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10772113
DEASIS OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16027723
DELBUE FARIÑAS CLAUDIO CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16363650
DELGADO DANIEL ANÍBAL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16507488
CARIOLA MARCELO CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17933848
CARNA JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7857318
CARRASCO RAMON ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20824096
CASANOVAS VICTOR MARCELO
ámbito de ACCURO S.A. 30708336978
DNI 26991417
CASARES DIEGO JAVIER
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 17681832
CASERES ANGEL NORBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21407873
DEMARIA OMAR DOMINGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28503678
CASSI ISMAEL ABDON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18421940
DEMICHELI JORGE ANIBAL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25698537
CASTAGNARI GUILLERMO OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25156021
DENING RICARDO ALFREDO
DNI 24391628
CASTAÑO CARLOS JAVIER
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 4161486
DEOCARE RICARDO ROMUALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25748185
CASTAÑO MATIAS HECTOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21584916
DERPIC CARLOS VLADIMIR
DNI 20189002
CASTELLANOS EDUARDO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 21940086
CASTILLO JORGE ISMAEL
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 20174571
DESTEFANO EDUARDO HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
LE 4608979
DETER ENRIQUE OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14505587
CASTRO ANGEL ROBERTO
ámbito de KÖNER SEGURIDAD S.A.
30707700285
DNI 13712458
DI LUCA FREDI ANTONIO
ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L
30707425047
DNI 26733432
CASTRO ISMAEL EZEQUIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22549624
DI NAPOLI MAURICIO FRANCO
DNI 17804579
CATALAN RUBEN DARIO
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 13661626
DI PAULI GUILLERMO JESUS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8317086
CATALDO HERCULES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13385163
DIANTE SANTIAGO CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16801233
CATALDO LUIS ARMANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31884952
DIAZ CARLOS GUSTAVO CEFERINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8586929
CATANIA HECTOR JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18605452
DIAZ CLAUDIA ALEJANDRA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16574492
CAVERO GUILLERMO CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 35289856
DIAZ CRISTIAN DAVID
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12189812
CEBALLOS JESUS
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
LE 7702431
DIAZ DARIO ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17952276
DIAZ DIONISIO RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17326367
CEJAS ALBERTO FRANCISCO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31058483
DIAZ FERNANDO GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33572885
CEJAS JUAN DAMIAN
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 16425543
DIAZ JOSE ADOLFO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13319244
DIAZ JOSE ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28020906
DIAZ JUAN GUSTAVO
ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A.
30707386068
DNI 92504853
DIAZ PEREIRA LUIS ENRIQUE
ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A.
30689011817
DNI 29281547
CEJAS LUIS FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11075360
CENDRA FLORENCIO ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21732642
CENTURION CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23844588
CEPEDA OSVALDO DIEGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11889743
CERDAN RUBEN ALCIDES
ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA.
30644348853
DNI 29229205
DIAZ SERGIO GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13042228
DIAZ VICTOR HUGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21674494
CERIANI PAULO FEDERICO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20162610
DIP ROBERTO LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29302962
CERIONI CARLOS CRISTIAN
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 21697592
DOMINGUEZ ALBERTO JAVIER
ámbito de CHAPELCO SEG.INT. S.R.L.
30707195726
DNI 21472981
CERMELLI CELSO ARMANDO
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 11419360
DOMINGUEZ IGNACIO JORGE
ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA.
30644348853
DNI 13773544
CHACON ANTONIO MARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11286245
DOMINGUEZ MANUEL BENITO DE JESUS
DNI 25867016
CHAMORRO GABRIEL FRANCISCO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA.
30644348853
DNI 23454451
CHAVEZ WALTER ISMAEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14518644
DOMINGUEZ NESTOR JORGE
DNI 26473347
CHERENCIO FEDERICO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 25505095
CHIABORELLI WALTER OMAR
ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L
30658103837
DNI 21953621
DONATO PABLO GASTON
ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A.
30707386068
DNI 10602731
CHIFFEL JOSE CRISTOBAL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10620149
DRAGANI OSCAR ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8160994
CHOCOBAR RAUL MAMERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28561292
DUARTE RUBEN EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8277552
CHOCOVARES MARIO EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 38395150
ECHARRY LEANDRO SEBASTIAN
DNI 26345021
CHOQUE JUAN MARCELO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A.
30707386068
DNI 14778741
CODONI CLAUDIO MIGUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29597615
EGUI MAXIMILIANO ANDRES
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 4929626
COGORNO GUILLERMO EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24564342
ENRICO CESAR DAVID
DNI 24754020
COLL DIEGO GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A.
30689011817
DNI 25251735
COMES GUILLERMO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28324878
ENRIQUE FEDERICO JAVIER
DNI 4171248
CONDOMI ALCORTA CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 23178245
COQUEAN HECTOR MARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 35393123
ENRIQUEZ NELSON LEONARDO
DNI 16626538
CORA ALEJANDRO LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A.
30709851191
DNI 20282650
CORBALAN HUGO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 35273361
ESCALADA MAXIMILIANO FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14238450
CORDOBA ANTONIO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33187349
ESCOBAR MIGUEL DAVID
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26748250
CORDOBA ARIEL FRANCISCO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26766221
ESCOBEDO JUAN PAULO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30780759
CORDOBA CRISTIAN DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34702265
ESPINDOLA MARCOS NICOLAS
ámbito de COOP.PR.SERV.P/TEC.EN SEG.
PR.SAB 5 LTDA 30710839979
DNI 17700203
CORDOBA JORGE CLAUDIO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 32779898
ESPOSITO HERNAN PABLO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28964727
FABRICIO ISMAEL EDUARDO
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 4306306
FACCIUTO HECTOR ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20233054
FADINI MARCELO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14318538
FAISAL ROBERTO TEOFILO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16932782
FANJUL WALTER DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14263705
FARIÑAS ALEJANDRO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12933503
CORDOBA JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12956092
CORDOBA SIMEON ROLANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11299128
CORENGIA ANGEL ERNESTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34568889
CORIA CRISTIAN WALDEMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30364386
CORREA MATIAS EZEQUIEL
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 13921524
CORTEZ CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28827294
FELDMANN RAUL DARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25731131
CORTEZ LUIS ALBERTO
ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A.
30689011817
DNI 10230733
FERNANDEZ CORA MANUEL ALFREDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13566630
FERNANDEZ ENRIQUE ALBERTO
DNI 24011562
CORZO CHRISTIAN ANDRES
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA.
30644348853
DNI 35214674
FERNANDEZ FEDERICO MAURO
sobre armas de puño registradas a su nombre
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
Documento
Denominación
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
Documento
DNI 17255176
FERNANDEZ JORGE NELSON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23656792
GOMES SERGIO RUBEN
DNI 17697598
FERNANDEZ JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 26580462
FERNANDEZ LEONARDO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17347295
GOMEZ ALFREDO ISAMEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8591742
FERNANDEZ LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26226322
GOMEZ CARLOS ALBERTO
DNI 33559574
FERNANDEZ NESTOR FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 26799656
FERNANDEZ ROBERTO ANTONIO
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 24749690
GOMEZ CARLOS MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31569311
GOMEZ CRISTIAN DOMINGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13082879
FERNANDEZ ROQUE
ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L
30658103837
DNI 32746208
GOMEZ EDGARDO MIGUEL ANGEL
ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L
30658103837
DNI 29432298
FERNANDEZ SERGIO GABRIEL
ámbito de SECURITAS SUR S.A. 30583670676
DNI 24339494
GOMEZ GABRIEL ANDRES
DNI 13523801
FERRARO LUIS ELIAS
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 11491564
FERRERO LUIS ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11658822
GOMEZ JUAN PEDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16372207
FERREYRA ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31206913
GOMEZ LUIS NAZARENO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27644357
FERREYRA MARIA ESTELA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11638940
GOMEZ LUIS PABLO
ámbito de KONTROL DEF.ELECTRONICA S.A.
30679712337
DNI 13622537
FIGUEROA JOSE RENE
ámbito de S & E SEGURIDAD PRIVADA S.A.
30708023619
DNI 12652239
GOMEZ LUIS PABLO
ámbito de MURATA S.A. 30641063378
DNI 14216333
GOMEZ MIGUEL ARCANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13351089
GOMEZ OMAR ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17739164
GOMEZ RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21584163
GOMEZ SERGIO FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25767412
GOMEZ VICTOR JAVIER
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 27028551
GOMEZ WALTER ORLANDO
ámbito de CODECOP S.A. 30713954205
DNI 14200168
GONZALEZ CRISPIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4444437
GONZALEZ ENRIQUE JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24422799
GONZALEZ ESTEBAN ARIEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 32860531
GONZALEZ EXEQUIEL MAURICIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11530275
GONZALEZ FELIPE DIONICIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17249283
GONZALEZ GERARDO FLORENTINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10003443
GONZALEZ JUSTO RAMON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29440938
GONZALEZ LUCIANO FRANCISCO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25007095
GONZALEZ MARCELO FABIAN
ámbito de MACO LITORAL S.A. 30708728817
DNI 37099101
GONZALEZ MARIANELA AYELEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25491505
GONZALEZ MARTIN JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7671392
FIGUEROA LINARES CARLOS A.
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24377275
FIGUEROA RAMON ESTEBAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11789898
FILIPPI LUIS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8322456
FIRMA PAZ DANIEL ROBERTO
ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA.
30644348853
DNI 28337844
FLEITAS MARCELO
ámbito de ADMINIST.DE PARQUES
NACIONALES 30571910833
Denominación
39
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 14416308
FLORES JACINTO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23798781
FLORES ROLANDO BALTAZAR
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 32803275
FORCAT PABLO EZEQUIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18134194
FORLINO MARCELO CLAUDIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10571277
FORTI DARDO JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22878420
FORTUNATO CHRISTIAN MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30666926
FRANCINI GABRIEL DARIO
ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L.
30710516487
DNI 27528155
FRANCISQUINE NICOLAS SEPTIMO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28098372
FRANCO DIEGO CESAR
ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A.
30689011817
DNI 21108890
FRECCERO GUILLERMO ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14619960
GRILLE JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20230435
FRETES PEDRO RAMON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27283933
GROBA DANIEL IGNACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17561044
FUENTES HUGO SERGIO DEL V.
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 35762866
GUADANO LUIS VALENTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30160768
FULQUIN MARTIN EMILIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8591875
GUAGNINI ROBERTO OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30038667
FUNES CLAUDIO EDUARDO
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 20399938
GUANTAY OSCAR FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14296504
GUERRERO NICOLAS ANTONIO
ámbito de KONTROL DEF.ELECTRONICA S.A.
30679712337
DNI 34344532
FUNES MAXIMILIANO DANIEL
ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A.
30707386068
DNI 22642010
GUERRERO RODOLFO IRINEO
DNI 14704276
FUSARO FERNANDO ADRIAN
ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L
30658103837
ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL
33707795579
DNI 14932371
GUIGLIELMONI GUSTAVO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7597649
GAIANI ROBERTO CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11599895
GUILLERMON ALICIA BEATRIZ
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30383420
GAITAN EDUARDO GASTON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28476323
GUTIERREZ CLAUDIO FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13261554
GALEANO LUCRECIA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32180950
GUTIERREZ NESTOR MAURICIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23434075
GALEANO RAMON ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18348529
GUZMAN JOSE ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32166634
GALLI MARIANO EZEQUIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31705584
GUZMAN ROBERTO DANIEL
DNI 13297626
GALLO ROBERTO DANIEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 10247231
HERMITA RAUL DARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14866915
GALLOTTI JAVIER ADRIAN
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 11376290
HERRERA CESAR JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20519639
HERRERA RAMON ENRIQUE
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 16225348
GALVALISI HUGO CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16708569
GALVAN HUGO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 35702952
HIDALGO FERNANDO ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20227884
GARCIA JORGE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14966486
HUMACATA GERARDO RAMON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8632972
GARCIA JOSE OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10160998
IACOI VICENTE JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13804084
GARCIA NERIS HECTOR
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 25797498
IDIART WALTER DAVID
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10371324
INGRATA OSCAR RAUL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13589744
GARCIA SERGIO RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13579134
INSAURRALDE JUAN ISABELINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8577834
GARILLI OMAR ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 37872628
INSFRAN BRAIAN YAIR
ámbito de SOUNCH S.R.L. 30708973390
DNI 31853925
GARNICA JULIO CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20628149
IRIGOITIA DANIEL ANDRES
DNI 17551560
GARRO CLAUDIO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 14637546
GARZON RUBEN EDELMIRO
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 11067297
ISAURRALDE MAMERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10610761
JACINTO JULIO JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33746989
GASS GONZALO PEDRO ENRIQUE
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 22339022
JARA HORACIO JAVIER
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 28876177
GATICA GUILLERMO ALEJANDRO
ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.
LTDA. 30662934174
DNI 23439542
JARAMILLO LUIS RICARDO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 7832749
GAUNA ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16791575
JATTAR OSCAR ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16699933
GAUTO CRISTINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12288796
JOFRE RICARDO RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29116377
GAYOZO SERGIO MIGUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27452174
JORDAN PALMA GIULIETTI NICOLAS J.
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22275864
GEIERSBERG ALEJANDRO GUILLERMO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 30778842
JOUSSET PATRICIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29790569
JUAREZ ESTEBAN RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
LE 4436153
GELBLUNG SAMUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21999985
JUAREZ GUSTAVO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12167616
GEROMINEZ JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28816080
JUBER LEONARDO MATIAS
DNI 10189466
GIACOMETTI JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de ADMINIST.DE PARQUES
NACIONALES 30571910833
DNI 10475293
GIACOPELLO TOMAS ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17694350
JURE CARLOS ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11165736
GIL CLAUDIO CARMELO
ámbito de SCYTHIA S.A. 33710069749
DNI 29774104
JURICEVIC DAMIAN
DNI 21926559
GIL JOSE DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 4184675
GILARDI FRANCISCO EUGENIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32048296
KAHN VICTOR MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31014768
GILES CARLOS MATIAS
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 26466034
KASZEWSKI LEONARDO ESTEBAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 28831953
KELLER EDUARDO MATIAS
DNI 23735103
GIMENEZ CARLOS ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 23585967
GIMENEZ GUSTAVO ARIEL
ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638
DNI 34897089
KIRISKA HECTOR MAXIMILIANO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16494242
GIMENEZ HECTOR HUGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32263922
LA PAZ MAXIMILIANO GABRIEL
DNI 20845238
GIMENEZ WALTER ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 13283085
GIORDANO RUBEN OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 37236512
LA ROCCA FACUNDO NAHUEL
ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A.
30707386068
DNI 25350980
GIRARDI DARIO MARCELO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25800326
LA ROCCA JULIO EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28816683
GIRARDI GERARDO EZEQUIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30610102
LAFARGUE LORENZO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18305159
GODOY ALFREDO OSCAR
ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA.
30644348853
DNI 31743345
LAMAS LEANDRO GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25518298
LANFIUTTI GUILLERMO ANDRES
ámbito de ADMINIST.DE PARQUES
NACIONALES 30571910833
DNI 23542734
GODOY DIEGO FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
Documento
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
Documento
LARRONDE GASTON DIEGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28387490
MARTINEZ ALEJANDRO MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20582011
LARROSA ORLANDO ERNESTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27113383
MARTINEZ DANIEL HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13753373
LASCURAIN GUILLERMO HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27152501
MARTINEZ JOSE MARIA
sobre armas de puño registradas a su nombre
LE 7840611
LAZARO LUIS JORGE
ámbito de KÖNER SEGURIDAD S.A.
30707700285
DNI 20004016
MARTINEZ LEONARDO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
LAZARTE GUERRERO DANIEL M.
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 26654163
MARTINEZ LEONARDO SEBASTIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13622225
MARTINEZ LUIS ALBERTO
DNI 20571474
LEAL ETERGIDIO CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 8631183
LEANES OMAR ALFREDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16665713
MARTINEZ MARCELO FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11629685
LEDESMA JUAN CARLOS
ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.
SRL 30662315148
DNI 31039596
MARTINEZ MAURO IGNACIO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 29547755
LEFIÑANCO ALEJANDRO FROILAN
ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A.
30687288145
DNI 27464894
MARTORELL MARIO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21544586
MATOWICKI RICARDO ADRIAN
DNI 13719214
LEGUIZAMON MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 29468417
LEIVA LUIS SEBASTIAN
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 13157494
MAUBERT ARIEL NESTOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
LE 4157078
MAZZA NESTOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12627620
MEDINA CARLOS HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11552199
MELCHIORE HUGO RAUL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31088535
MELIAN PAOLO MIGUEL
ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A.
30689011817
DNI 21937997
MENDEZ JUAN CARLOS
ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A.
30707386068
DNI 33124798
MENDEZ WALTER ELIAS
ámbito de PROSEGUR SEGURIDAD S.A.
30660038724
DNI 16334418
MENGUAL HERIBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16810812
MERAVIGLIA HUGO ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16589114
MEREGALLI JAVIER ALFREDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22640312
MEZA JORGE HUGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14726741
MEZA JUAN BAUTISTA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7912914
MIDUM VALENTINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17404731
MIGUENZ FABIAN WALTER
ámbito de SCYTHIA S.A. 33710069749
DNI 26832741
MILANO CRISTIAN ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28016018
LEIVA WALTER CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18386192
LEIVA WALTER VALENTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17747332
LENCINA ALBERTO FLORENTINO
ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.
SRL 30662315148
DNI 14536045
LENCINA VICENTE DEL VALLE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22938070
LEZCANO ESTEBAN LUCIANO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 93054070
LIMPIAS SALGADO DELFO
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 10361983
LIUZZI JUAN JORGE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10116185
LOBELOS EDUARDO CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17818937
LOMONICO CEFERINO ANTONINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30369374
LOPEZ ANDRES JESUS
ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD
S.A. 30549486513
Denominación
40
DNI 24227648
DNI 92651995
Denominación
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 18294042
LOPEZ CARLOS ALBERTO
ámbito de NOVIT S.A. 30707310657
DNI 20900267
LOPEZ FRANKLIN OSVALDO
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 13247710
LOPEZ HUGO ROBERTO
ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L.
30710516487
LE 7759947
MILICH ERNESTO REINALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17712908
MILLAÑIR GABRIEL CLAUDIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13263842
LOPEZ LUIS ALFREDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27532581
MIRANDA CLAUDIO SEBASTIAN
DNI 10474193
LOPEZ MANUEL GREGORIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 10897699
LOPEZ MARIO RUDECINDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8367568
MIRANDA JOSE RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16186933
LOPEZ OMAR MIGUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26984678
MOLBERT GERMAN ALFREDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17137601
LOPEZ RODOLFO OSCAR
ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.
SRL 30662315148
DNI 14921427
MOLINA ALFREDO HUGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29377061
MOLINA CRISTIAN RODRIGO
DNI 32418701
LOPEZ TUPAC RAMON NAHUEL
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 17632355
MOLINA GUSTAVO OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29321634
LOSITO MARIANO AGUSTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12503529
MOLINA HECTOR RAUL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20855467
LOZA ROBERTO CARLOS
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 21408293
MOLINA RUBEN GERMAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18076733
MOLINA WALTER MARIO
ámbito de COOP.PR.SERV.P/TEC.EN SEG.
PR.SAB 5 LTDA 30710839979
DNI 26977257
MOMESSO ANTONIO SEBASTIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12418059
MONICA ROBERTO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13751032
MONTAÑEZ PATRICIO ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14176205
MONTELLANOS PEDRO BUENAVENTURA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11193037
MONTENEGRO ALBERTO RENE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17899377
MONTENEGRO LUIS ALEJANDRO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 36000366
MONTENEGRO MARIANO OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23341889
MONTENEGRO MARTIN GUILLERMO
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 16032775
MONTENEGRO RAUL MARCELO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21590132
MONZON HECTOR FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14504742
MONZON JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14452242
MONZON WALTER RAUL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 36466923
MORA ROLANDO IVAN
ámbito de ANTA NAHUEL S.A. 30709394661
DNI 21916132
MORALES EDUARDO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32345683
MORALES GABRIEL OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20271236
MORALES MARCELO DE JESUS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14792424
MORAN CARLOS ANIBAL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 35609162
LUCERO DIEGO GABRIEL
ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.
SRL 30662315148
DNI 20927219
LUGO MARCO MARCELO
ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A.
30707828923
DNI 11071649
LUJAN JORGE ADRIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22546266
LUNA CARLOS WALTER
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 8036842
LUNA ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4599739
LUPI ROBERTO OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33324670
LUQUE MANCA HUGO ORLANDO
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 21391662
LUQUES VICTOR HUGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4154278
LUSARDO ANIBAL FERRER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20911578
LUSARRETA HECTOR JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32664371
MACHADO EDUARDO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 5520469
MACHADO ELPIDIO ARMANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22721055
MACHUCA MIGUEL ANGEL
ámbito de S & E SEGURIDAD PRIVADA S.A.
30708023619
DNI 7671978
MACIEL JORGE RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26578044
MACIEL OMAR ANIBAL
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 24334571
MACULAN MAXIMILIANO ALEJANDRO
ámbito de MCM SECURITY S.R.L. 33709217009
DNI 29558692
MADUEÑO GONZALO ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34540990
MORENO ADRIAN ALEJANDRO
DNI 13207515
MAGADAN EDUARDO DANIEL
ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A.
30707386068
ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L
30658103837
DNI 25273952
MORENO CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33557979
MAGALDI AGUSTIN
ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A.
30709851191
DNI 34211647
MORENO MARIO GABRIEL
ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.
LTDA. 30662934174
DNI 14935574
MAGNO MARIO ORLANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14590566
MORINIGO MARIO EUSEBIO
DNI 12214123
MAGRO JORGE DANIEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 24430718
MOSCHETTO DIEGO DAMIÁN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27479257
MAIDANA ANGEL FELIX
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16984784
MOYANO SIMON EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23897292
MAIDANA RIVAS NORBERTO M.
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30142738
MUNIZ EZEQUIEL MARCELO
ámbito de ARGENT-POL S.R.L. 30691297469
DNI 31953181
MALDONADO FABIAN LEONARDO
ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A.
30707828923
DNI 37272471
MUÑOZ JONATHAN MAXIMILIANO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21751225
MUÑOZ JUAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12520209
MALDONADO GUSTAVO ADOLFO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22269538
MUÑOZ LUIS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14446936
MALDONADO RAUL EDMUNDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16060191
MUÑOZ RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25663022
MAMANI SANTOS VICTOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16584120
MURE OSVALDO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10132422
MANCINI DANIEL ALFREDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25095397
NARBAEZ DAVID ADRIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11934938
MANSICIDOR JORGE DANTE
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 7194333
NAVARRETE JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29976878
NAVARRO WALTER DAVID
ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A.
30689011817
DNI 20864518
MANSILLA ANIBAL ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29281111
MARASSI ALEJANDRO GASTON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17177814
NAVAS AMALIA BEATRIZ
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22132320
MARCELLINI SEBASTIAN OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11386721
NAVASAL RAMON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14503730
MARCIAL HUGO VICENTE
ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L.
30678784288
DNI 13222613
NICOLINO LUIS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10488370
NIETO DANIEL EDGARDO
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 25689076
MARCOFF DIEGO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11027576
MARCOLINI JORGE OMAR ADOLFO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21723167
NIETO RAMON ANTONIO
DNI 27577626
MARELLO LUIS ALBERTO
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 22434139
NIEVA NESTOR GUSTAVO
ámbito de CODECOP S.A. 30713954205
DNI 36147685
MARIN ALEXIS GERMAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13164991
NOVOA RUDECINDO JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8458131
MARIN MARIO RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26150178
NUÑEZ CLAUDIO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14058392
MARQUEZ JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25264141
NUÑEZ HECTOR ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
Documento
Denominación
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
Documento
DNI 24604009
NUÑEZ SERGIO EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17780839
QUIROZ RAMON ORLANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24587831
OBELLA CHRISTIAN MAURICIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21532018
RAMIREZ GUSTAVO FABIAN
ámbito de MACO LITORAL S.A. 30708728817
DNI 12273839
OJEDA JOSE DANIEL
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 14882580
RAMIREZ MIGUEL ANGEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 22482005
OJEDA JUAN MANUEL
ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.
SRL 30662315148
DNI 8667374
RAMOS ANGEL GASPAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27354473
RAMOS ARTURO DANIEL
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 24306714
RAMOS CLAUDIO RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11376770
RAMOS FLORENCIO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16357593
RAMOS LORENZO PABLO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7255090
RAMOS MAXIMO DARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24021471
RAU CRISTINA ALEJANDRA
ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L.
30710516487
DNI 13431986
RECALDE ALEJANDRO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4642007
REGUNAGA JORGE OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30439989
REIGADA DIEGO LUCIANO
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 27213566
REY MARTIN JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23008192
REY SERGIO CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20411264
REYES ENRIQUE GUSTAVO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7790178
RICARDES ERNESTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
LE 7801960
RICCIARDI OSVALDO JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10939395
RICIGLIANO LUIS EDUARDO
ámbito de BLUE MOON REFINING GROUP S.A.
30707977732
DNI 17494077
OLIVERA RICARDO ANDRES
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 21802434
ORTIZ FLAVIO MARCELO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29354910
ORTIZ MIGUEL GONZALO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21081266
ORTIZ RICARDO ALBERTO
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
Denominación
41
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 16592213
OSA JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30065191
OUVIÑA LUCAS EZEQUIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17786388
OYOLA ANGEL PATRICIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22025743
OYOLA HECTOR FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24768921
PACHECO MARTIN ANTONIO
ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L.
30710516487
DNI 5090209
PADILLA CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11182106
PAEZ OMAR ALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13916612
PAEZ OSCAR ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21131294
PAGELLA DANIEL ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13055471
PALACIOS JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13032889
PALEARI JORGE ALBERTO
ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L
30707425047
DNI 10439445
RIGHETTI JUAN DOMINGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33070263
PALEARI MARIANO JUAN
ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L
30707425047
DNI 32273785
RIOS FERNANDO ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13910366
RIOS JORGE ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 36860790
PALMIERI PATRICIO LEONARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33366074
RIOS MATIAS EZEQUIEL
DNI 11324906
PALOMO DOMINGO FAUSTINO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 8544117
PANIAGUA ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27785977
RIOS PABLO RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26518442
PAOLI HERNAN JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26232849
RIOS SERGIO JAVIER
DNI 28083368
PAPIO SERGIO LEONARDO
ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A.
30689011817
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 32444436
RIOS WALTER VALENTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21350586
PARED RAMON GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25466168
RIVAROLA JORGE OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21761866
PASI GUSTAVO JOSE
ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638
DNI 94074362
RIVAS PLATA FRANCO LUIS FERNANDO
DNI 28507250
PATANE NICOLAS SALVADOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 27065456
PEDROZO NICOLAS GUSTAVO
ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A.
30707386068
DNI 22467265
RIVERA ANDRES RAMIRO
ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A.
30707386068
DNI 4753968
PEIRETTI RICARDO PABLO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31704821
RIVERO DARIO CARLOS
DNI 21874398
PELAEZ JULIO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 4523408
PELLEGRINI JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21618864
RIVERO EDUARDO MIGUEL
ámbito de NORTE TRANSP. DE CAUDALES
S.A. 30707917462
DNI 28659763
PEON KEVIN IVAN
ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A.
30687288145
DNI 18145216
ROA JOSE LUIS
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 23036683
PERALTA DAVID JESUS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14645477
ROBIN MIGUEL ANGEL
DNI 13650058
PEREIRA WALTER DAVID
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 16919641
ROBLES MIGUEL ANGEL
DNI 26781401
PEREYRA JORGE ALBERTO
ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A.
30707828923
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 14096211
ROCHA WALTER OSCAR
DNI 31813830
PEREZ CARLOS MAXIMILIANO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 25346341
PEREZ GUSTAVO ALFREDO
ámbito de NORTE TRANSP. DE CAUDALES
S.A. 30707917462
DNI 17885521
RODRIGUEZ DANIEL ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13768527
RODRIGUEZ HECTOR DANIEL
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 23052450
PEREZ GUSTAVO RODOLFO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 18559736
RODRIGUEZ HECTOR FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17630382
PEREZ JULIO CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25086038
RODRIGUEZ JAVIER DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12962921
PEREZ OSCAR
ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.
SRL 30662315148
DNI 13724462
RODRIGUEZ JOSE ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13938309
RODRIGUEZ JOSE MARCELINO
ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA.
30644348853
DNI 30732892
RODRIGUEZ MILTON CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29970873
RODRIGUEZ ROBERTO ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22104546
ROJAS CESAR RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26461868
ROJAS RICARDO JAVIER
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 8272341
ROLDAN FELIPE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11188856
ROLDAN HUGO SERGIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8183788
ROLLE EUGENIO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26355773
ROLON WALDEMAR SEBASTIAN
ámbito de MACO LITORAL S.A. 30708728817
DNI 24439867
ROMERO ARIEL ORLANDO
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 11739257
ROMERO CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 5080554
ROMERO ELISEO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30718701
ROMERO HECTOR DAVID
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 24820516
ROMERO JUAN FRANCISCO GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32244184
ROMERO LUIS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30391186
ROMERO MEDINA ADRIAN DAVID
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33383192
ROMERO RAMON ORLANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21822469
ROMERO WALTER FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29601228
RONCATI DIEGO MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14154564
RONDEAU WALTER JESUS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25070224
ROS JAVIER IGNACIO
ámbito de BLUE MOON REFINING GROUP S.A.
30707977732
DNI 28034737
PEREZ RAUL EDUARDO
ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A.
30707386068
DNI 4648518
PERUGINO SALVADOR ARMANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22095753
PEZZINI CLAUDIO ALEJANDRO
ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L
30658103837
DNI 17754107
PINCHEIRA MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16853345
PINDO ANGEL EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4530267
PINTOS SAMPAIO MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16846102
PINTOS SERAPIO ISABELINO
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 32032030
PIOTROWICZ ALFREDO EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13264951
PIOTTI WALTER EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23332359
PIRILLO RITA NATALIA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8459494
PISTAN SERGIO ANTONIO
ámbito de SOUNCH S.R.L. 30708973390
DNI 13676432
POCOVI EDUARDO ANDRES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18023380
POLESE MAURICIO ALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24533689
POLVARAN MAXIMILIANO DAVID
ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L
30658103837
DNI 14980265
PONCE CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24249107
PONCE LUIS ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7628512
PORCEL URBANO AVELINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28434618
PORTILLO GUILLERMO LEANDRO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 17602725
PREGO JORGE ALEJANDRO
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 17576549
PRIOTTI GUILLERMO MARCELO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11889699
PRITZ ROBERTO ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31967068
ROSSI ANGEL EMMANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12083311
PROTO JOSE ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21351622
ROSSO ALCIDES JESUS
sobre armas de puño registradas a su nombre
ROYES DANIEL ANIBAL
ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A.
30709851191
DNI 25916551
PUCHETA VICTOR ALEJANDRO
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 26340593
DNI 12059578
PUGLIESE MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11439368
RUIZ DIAZ RAMON HUGO
DNI 34458245
PUIG PABLO EZEQUIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA.
30644348853
DNI 12920578
PUJOL JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16393677
RUIZ JORGE RAUL
DNI 24701702
PULGAR JUAN ADRIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A.
30687288145
DNI 17915790
QUINTANA AGUSTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17025098
RUIZ JUAN CARLOS
ámbito de EMP.SEG.INV.PRIV.CONDUCTA SRL
30662075643
DNI 21599873
QUINTANA LISANDRO ELADIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22501744
RUIZ NORBERTO ALEJANDRO
DNI 17000241
QUINTERO HUGO ARGENTINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 27601389
QUIROGA JAVIER OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17384297
RUIZ PEDRO HECTOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29849710
QUIROGA NORBERTO ISAIAS
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 25945838
RUIZ VELIZ MARIO ALFREDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26656380
QUIROGA VICTOR JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23685792
SACCHITELLA PIÑEIRO JAVIER ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
Documento
Denominación
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
Documento
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
Denominación
42
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 23575966
SALAS OSCAR ALCIDES
ámbito de NORTE TRANSP. DE CAUDALES
S.A. 30707917462
DNI 25384114
TEJEDA CRISTIAN BERNARDO
ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.
SRL 30662315148
DNI 13624692
SALAS SILVIO WILFRIDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8338738
TELLO JORGE ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26260812
SALCEDO RODRIGO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 6740904
TELLO RODOLFO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24297074
SALINA JORGE ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18308135
TERZA EDGARDO GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 37661042
SALINAS PABLO JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22419376
TEVEZ JORGE ALFREDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31865519
SAMANIEGO ALBERTO AMADO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28462032
THOMAS ESTEBAN FEDERICO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18128417
SAMPIETRO OSCAR BERNARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16149736
TOLEDANO JORGE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22853787
SANCHEZ ALEJANDRO ENRIQUE
ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.
SRL 30662315148
DNI 14001229
TOLOSA SANTIAGO RENE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31051034
TONCOVICH JORGE EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 92977042
TORALES ACOSTA OSVALDO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 21380275
TORO DANIEL MARCELO
ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A.
30687288145
DNI 23833139
SANCHEZ ANGEL GABRIEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 14650824
SANCHEZ ARMANDO JORGE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28459747
SANCHEZ CARLOS ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16818800
SANCHEZ EDUARDO EZEQUIEL
ámbito de SOUNCH S.R.L. 30708973390
DNI 22500363
TOROSSIAN ALBERTO RAMON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20811138
SANCHEZ ERNESTO FEDERICO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21804438
TORRES JOSE HECTOR
DNI 22417156
SANCHEZ JORGE ANTONIO
ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.
SRL 30662315148
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 12111427
TORRES JUAN ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30455561
SANCHEZ LEANDRO ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33088623
TREJO JORGE ADRIAN FRANCISCO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26812318
SANCHEZ MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31015602
TREJO PAULO ERNESTO
ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638
DNI 20127810
SANCHEZ RAUL ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29077894
TRUCCO TOMAS MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
LE 4388929
SANCHEZ RICARDO MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 36823280
SANCHEZ SERGIO FACUNDO
ámbito de PROSEGUR VIGILANCIA ACTIVA
S.A. 30616512672
DNI 12438185
TUERO OMAR ERNESTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17334542
TURENNE CLAUDIO OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12271804
USTARROZ FERNANDO LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17469511
VALDEZ MARCELO RODOLFO
ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638
DNI 27527837
VALDEZ VALLE RAUL ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23810757
VALDI CARLOS HUMBERTO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 25721741
SANCHEZ WALTER DANIEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 20548857
SANDOVAL JORGE OSVALDO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 25042124
SANGIACOMO DANIEL OSVALDO
ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A.
30689011817
LE 8537007
VALERIO MIGUEL ADAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20709935
SANTAMARIA ALFIO JAVIER
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 7899843
VALIENTE AGUSTIN RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12927315
SANTANNA DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29802135
VALIENTE FERNANDO DAVID
ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30-63267709
DNI 35584978
SANTI LUCAS SANTIAGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28505130
VALLEJO ALEJANDRO ESTEBAN
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 11934652
SARACHO JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 35459005
VALLEJOS HUGO ADRIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29922675
SARAVIA MARIANO GASTON
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 29649590
VALPREDA BURGOS JOSE GUSTAVO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27922918
VARGAS CORTEZ JUAN MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33146502
VARGAS JOSE HILARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30336476
VASCO NATALIA ANABEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14839356
VAZQUEZ ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4443036
VAZQUEZ LEONARDO ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10366916
VAZQUEZ LUIS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13474831
VEGA JORGE RAUL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13931879
VEGA ROGELIO RENE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10378272
VELIZ MANUEL ALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16106002
SARMIENTO DOMINGO FAUSTINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18105198
SASSO JORGE ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11959430
SAUCEDO VALERIANO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13789567
SAULINO ADRIANA ELISABET
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11948315
SAUSEDO JOSE HUMBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23914038
SCACCHI GERMAN ARIEL
ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L
30658103837
DNI 5198933
SCATTINI JORGE ANIBAL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12743307
SCHMIDT RICARDO VICENTE
ámbito de CELMA S.R.L. 30522003286
DNI 8586838
SCOLARI MARCELO ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17959879
VELIZ NILDA BEATRIZ
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17255791
SCORDAMAGLIA ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30682074
VENTURINI PABLO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
VERA CARLOS HUMBERTO
ámbito de EL VISOR S.R.L. 33707865399
DNI 29168249
SCUNGIO LEONARDO ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22339222
DNI 12623310
SEGOVIA JORGE ALBERTO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 29254074
VERA GUSTAVO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8338751
VERA JORGE ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L
30658103837
DNI 24427924
VERON PABLO DANIEL
ámbito de ANTA NAHUEL S.A. 30709394661
DNI 11203355
VESCOVO ROBERTO ALFONSO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17444792
VICENTE ALEJANDRO RAMON
ámbito de NOVIT S.A. 30707310657
DNI 17168231
VIDELA EDUARDO JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16402148
VILLA CARLOS ADOLFO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 18410635
VILLALBA HUGO RAMON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7596052
VILLALBA JUAN JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31321152
SEGOVIA RENAN JUAN CARLOS
DNI 30828913
SEGUNDO ANIBAL GONZALO
ámbito de SEGURIDAD EMPRESARIA S.A.
30707995544
DNI 16051252
SEGURA JOSE MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26602054
SEGURA LUCAS MATIAS
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 16057910
SEGURA NESTOR OMAR
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 30393601
SENGER ALEJANDRO ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 36615286
VILLALBA LUIS JESUS GUILLERMO
ámbito de ANTA NAHUEL S.A. 30709394661
DNI 13526547
SEQUEIRA RUBEN DARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16696974
VILLALBA RAMONA MABEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13481345
SEVERINO ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27501673
VILLALBA SERGIO RAFAEL
DNI 10691140
SGARAMELLO RUBEN MIGUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 33645285
SILVERO NESTOR ABEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 25913771
VILLALVA ADALBERTO MAURICIO
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
DNI 11315696
SITTNER FELIPE JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31262036
VILLARINO PABLO MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22766830
SOLIS TRANSITO ROLANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24120104
VILLARRUEL WALDO JOEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 38123936
SOLLA AQUINO NICOLAS
ámbito de SECURITAS COUNTRIES S.A.
30712414215
DNI 11267959
VILLEGAS QUIROGA LUIS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33343172
VIÑUELA WALTER JONATAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25059581
SORANNA CHRISTIAN ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21507739
VITALE CRISTIAN VITO
DNI 23415266
SORRILLO LEONARDO ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A.
30707841237
DNI 16371141
SOSA JESUS RAFAEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11569337
VITALI RICARDO HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25563564
VORANO GUSTAVO MARTIN
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 21934087
WAGNER OSCAR ALFREDO
ámbito de EL VISOR S.R.L. 33707865399
DNI 24190548
WICKSTROM PABLO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
WOLKOWICZ EDUARDO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 5586262
SOSA LEANDRO ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12759024
SOSA MARCELINO DIOSMEDE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14649628
SOSA NESTOR RUBEN
ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L
30658103837
DNI 14313069
SOSA ROBERTO OSVALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26387139
DNI 16174048
SOTO JOSE HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 35095559
YAÑEZ DAMIAN ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34443675
SOTOMAYOR RUBEN EXEQUIEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 23721176
YAPURAS WALTER FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10918003
YESSER ALFREDO DANIEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 24630520
SREBERNICHE NELSON ADRIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16118642
STIGLITIZ HECTOR FELICIANO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14952554
ZABALA CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31729726
SUAREZ CRISTIAN MATIAS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16270784
ZABALA JOSE DANIEL
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 18029409
SUAREZ JORGE VICENTE
ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A.
30689011817
DNI 11175669
ZAMBRANO LUIS ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26421204
ZARATE CESAR AUGUSTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23445428
SUAREZ LUIS ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30081136
ZARATE CLAUDIO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17458227
SUASNABAR ARNOLDO GUSTAVO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 37334064
ZARATE GASTON JAVIER
DNI 26279156
SVETAC GUSTAVO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L
30707425047
DNI 4206424
TABORDA CARLOS LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26688989
ZICARI OSVALDO RAUL
DNI 12022199
TAFFAJA CARLOS ISMAEL
ámbito de S & E SEGURIDAD PRIVADA S.A.
30708023619
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 10509148
ZUÑIGA JOSE EMILIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27677695
TAJES CARLOS JAVIER
ámbito de SEGURIDAD HORUS S.R.L.
30710714939
DNI 35944777
ZUNNI MARTIN OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14586754
TECHEIRA HUGO CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27230471
TEDINI EXEQUIEL SEBASTIAN
ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A.
30707386068
Dr. GUSTAVO J. REVORA, Director Técnico Registral, Registro Nacional de Armas, Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos.
e. 08/01/2016 N° 871/16 v. 08/01/2016
#F5045850F#
Viernes 8 de enero de 2016
Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
#I5044425I#
43
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR
Dra. GRACIELA H. PEIRETTI, Directora de Coordinación y Asuntos Internacionales en Materia de Propiedad Intelectual, Dirección Nacional del Derecho de Autor.
e. 08/01/2016 N° 285/16 v. 08/01/2016
#F5044425F#
#I5043981I#
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 1010/2015
Bs. As., 29/12/2015
VISTO el Expediente N° 0044116/2015 del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE
AVIACIÓN CIVIL, y
CONSIDERANDO:
Que la Empresa DYRUS SOCIEDAD ANÓNIMA (ALAS URUGUAY o ALAS U), solicitó autorización para operar servicios regulares de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo en las rutas
MONTEVIDEO (REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY) - BUENOS AIRES (AEROPARQUE JORGE
NEWBERY - REPÚBLICA ARGENTINA) y viceversa y PUNTA DEL ESTE (REPÚBLICA ORIENTAL
DEL URUGUAY) - BUENOS AIRES (AEROPARQUE JORGE NEWBERY - REPÚBLICA ARGENTINA)
y viceversa, con aeronaves de gran porte BOEING B737-300.
Que la operatoria propuesta se encuentra contemplada en el Acuerdo de Transporte Aéreo
Regular entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY suscripto
con fecha 10 de febrero de 1983, aprobado por Ley N° 23.369 y en las Actas de Reunión de Consulta de fechas 30 de octubre de 2012, 24 de febrero de 2005, 19 de diciembre de 2003 y 17 de
diciembre de 1997, que rigen las relaciones aerocomerciales entre ambos países.
Que el transportador ha sido designado por el gobierno de su país, de conformidad con lo
dispuesto a nivel bilateral, para operar los servicios requeridos.
Que las operaciones proyectadas por la transportadora uruguaya involucran el ejercicio de
derechos de tráfico de tercera y cuarta libertades.
Que la Empresa acreditó los recaudos legales y administrativos exigidos por la normativa
vigente para efectuar las prestaciones solicitadas.
Que en consecuencia, no observándose inconvenientes para la explotación de tales prestaciones, se hace necesario dictar la norma administrativa que haga efectivo el otorgamiento de los
servicios solicitados a favor de la compañía aérea uruguaya, de conformidad con lo convenido a
nivel bilateral con su país de bandera.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Decreto N° 1770 de fecha 29 de noviembre de 2007, el dictado del acto administrativo se efectúa en ejercicio de las competencias
que normativamente corresponden a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN
CIVIL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta de conformidad con lo normado por el artículo 129 del
Código Aeronáutico y por el artículo 16 del Decreto N° 1770 de fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL
DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a la Empresa DYRUS SOCIEDAD ANÓNIMA (ALAS URUGUAY o
ALAS U) a explotar servicios regulares internacionales de transporte aéreo de pasajeros, correo
y carga en las rutas MONTEVIDEO (REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY) - BUENOS AIRES
(AEROPARQUE JORGE NEWBERY - REPÚBLICA ARGENTINA) y viceversa y PUNTA DEL ESTE
(REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY) - BUENOS AIRES (AEROPARQUE JORGE NEWBERY REPÚBLICA ARGENTINA) y viceversa, con aeronaves de gran porte BOEING B737-300.
ARTÍCULO 2° — La Empresa operará sus servicios de conformidad con la autorización, la
designación y la asignación de frecuencias efectuadas por el Gobierno de su país y con estricta
sujeción a lo acordado en el marco bilateral aplicable en materia de transporte aéreo, así como
también a las leyes y demás normas nacionales e internacionales vigentes y a las condiciones de
reciprocidad de tratamiento por parte de las autoridades de la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY para con las empresas de bandera argentina que soliciten similares servicios.
ARTÍCULO 3° — Antes de iniciar las operaciones, la Empresa deberá someter a consideración
de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL para su aprobación, sus sistemas de
operaciones, de comunicaciones, de mantenimiento de sus aeronaves, libros de quejas, horarios,
las tarifas que serán aplicadas, la concertación de los seguros de ley por los riesgos emergentes de dichas prestaciones, correspondiendo idéntico trámite a toda incorporación, sustitución
o modificación de la capacidad comercial de sus aeronaves, así como a la iniciación y eventual
suspensión y/o reanudación de sus servicios.
ARTÍCULO 4° — La Empresa deberá presentar la documentación operativa de las aeronaves
a utilizar en la prestación de los servicios autorizados.
ARTÍCULO 5° — La Empresa deberá presentar a los fines estadísticos, la información establecida en la Disposición N° 39 de fecha 6 de julio de 1989 de la ex - DIRECCIÓN NACIONAL DE
TRANSPORTE AÉREO COMERCIAL de la entonces SECRETARÍA DE TRANSPORTE Y OBRAS
PÚBLICAS del ex - MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y en la Resolución N° 418
de fecha 3 de noviembre de 1994 de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
ARTÍCULO 6° — La Empresa deberá dar cumplimiento durante el ejercicio de la presente autorización, a lo establecido en la Disposición N° 82 de fecha 20 de noviembre de 2000, emanada
de la entonces SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL de la SECRETARÍA DE
TRANSPORTE del ex - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, en la Disposición N° 6
de fecha 11 de diciembre de 2003 de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL
de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN
FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y en toda otra normativa o reglamentación vigente
en la materia.
ARTÍCULO 7° — Notifíquese a la Empresa DYRUS SOCIEDAD ANÓNIMA (ALAS URUGUAY o
ALAS U).
ARTÍCULO 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Ing. PAOLO MARINO, Director Nacional de Seguridad Operacional, Administración
Nacional de Aviación Civil.
e. 08/01/2016 N° 135/16 v. 08/01/2016
#F5043981F#
#I5044054I#
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 1006/2015
Bs. As., 29/12/2015
VISTO el Expediente N° 0026892/2015 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE
AVIACIÓN CIVIL, el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007 y la Resolución N° 46 de
fecha 27 de enero de 2014 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Normas de Vuelo de la Dirección de Operaciones de Aeronaves, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL de esta ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) elaboró el proyecto de adopción de los Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos (LAR) relacionados con la Parte 91 - “Reglas de Vuelo y Operación
General: Parte I - Aeronaves y Parte II - Aviones Grandes y Turborreactores” - de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC).
Que mediante la Resolución ANAC N° 46 de fecha 27 de enero de 2014 se aprobó el “Plan de
Trabajo para la adopción de los Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos (LAR) o su armonización con las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC)”.
Viernes 8 de enero de 2016
Primera Sección
Que el Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos dependiente
de la Unidad de Planificación y Control de Gestión y la Dirección de Asuntos Jurídicos, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA, ambos de esta Administración Nacional, han tomado la intervención que les compete.
Que en el caso, corresponde implementar el proceso de Elaboración Participativa de Normas
establecido por el Decreto N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL
DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárase abierto el procedimiento de Elaboración Participativa de Normas
respecto del proyecto de la Parte 91 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL
(RAAC), armonizada con los Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos (LAR) 91, que, como
Anexo, integra la presente resolución.
ARTÍCULO 2° — Se recibirán comentarios y observaciones hasta NOVENTA (90) días corridos
a contar de la fecha de publicación de la presente medida, los que deberán ser dirigidos a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), con domicilio en Avenida Paseo Colón
N° 1.452 (C1063ADO) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de lunes a viernes en el horario de 9
a 15 horas, indicando como referencia el número de expediente que surge del Visto de la presente
resolución.
ARTÍCULO 3° — Los interesados podrán tomar vista de las actuaciones durante el plazo establecido en el artículo anterior, en el Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos de la Unidad de Planificación y Control de Gestión de esta Administración Nacional,
con asiento en la Calle Azopardo N° 1.405, piso 7° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de
lunes a viernes en el horario de 10 a 15 horas.
ARTÍCULO 4° — Facúltase al Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos de la Unidad de Planificación y Control de Gestión para llevar el registro de las presentaciones a que hace referencia el Artículo 15 del Anexo V al Decreto N° 1.172 de fecha 3 de
diciembre de 2003 y habilítase la casilla de correo “[email protected]” a los efectos de recibir
los comentarios aludidos en el Artículo 17 del mismo ordenamiento legal.
ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
para su publicación por DOS (2) días en el Boletín Oficial, póngase a disposición de los interesados
y por un plazo de NOVENTA (90) días en la página web institucional y, cumplido, vuelva a la Unidad
de Planificación y Control de Gestión - Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos para la continuación del trámite. — Ing. Aer. PAOLO MARINO, Director Nacional
de Seguridad Operacional, Administración Nacional de Aviación Civil.
NOTA: Esta Resolución se publica sin anexos. Los mismos podrán ser consultados en la pág.
web: www.anac.gob.ar, sección normativa.
e. 08/01/2016 N° 174/16 v. 11/01/2016
#F5044054F#
#I5045493I#
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 2/2016
Bs. As., 06/01/2016
VISTO el Expediente N° 0000938/2015 del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE
AVIACIÓN CIVIL, y
CONSIDERANDO:
Que la Empresa AMERICAN LOGISTIC SOCIEDAD ANÓNIMA solicita autorización para explotar servicios no regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y
correo, utilizando aeronaves de reducido porte.
Que la mencionada transportadora ha dado cumplimiento a la totalidad de las exigencias que
sobre el particular establece el Código Aeronáutico.
Que se ha comprobado oportunamente que la compañía aérea acredita la capacidad técnica
y económico - financiera a que se refiere el Artículo 105 del Código Aeronáutico.
44
Que la presente resolución se dicta de conformidad con lo normado por los Artículos 102 y 128
del Código Aeronáutico y en el Decreto N° 239 de fecha 15 de marzo de 2007 y del Artículo 16 del
Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL
DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
Que dicho procedimiento brindará la posibilidad de que los sectores interesados y toda persona, en general, puedan expresar su opinión y propuestas respecto del proyecto elaborado.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en los Decretos Nros.
1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
ARTÍCULO 1° — Autorízase a la Empresa AMERICAN LOGISTIC SOCIEDAD ANÓNIMA a explotar servicios no regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y
correo, utilizando aeronaves de reducido porte.
ARTÍCULO 2° — Con carácter previo al ejercicio de los derechos que se confieren mediante la
presente resolución, la Empresa deberá obtener el Certificado de Explotador de Servicios Aéreos.
ARTÍCULO 3° — La Empresa deberá iniciar las operaciones dentro de los CIENTO OCHENTA
(180) días siguientes a la fecha de obtención del Certificado de Explotador de Servicios Aéreos.
ARTÍCULO 4° — En su explotación no deberá interferir, tanto en su faz comercial como operativa, los servicios regulares de transporte aéreo.
ARTÍCULO 5° — La base de operaciones se encuentra en el Aeropuerto de SAN FERNANDO
(Provincia de Buenos Aires).
ARTÍCULO 6° — La Empresa ajustará su actividad y la prestación de los servicios conferidos a
los requisitos previstos en el Código Aeronáutico y sus modificatorias, la Ley N° 19.030, las normas
reglamentarias vigentes y las que se dicten durante el ejercicio de la presente autorización.
ARTÍCULO 7° — La Empresa deberá solicitar la afectación de sus aeronaves y, previo a ello,
deberá acreditar mediante constancia emitida por los organismos competentes de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL que tales equipos han cumplido con todos y cada uno
de los requisitos exigidos por los mismos.
ARTÍCULO 8° — Asimismo, deberá someter a consideración de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL las tarifas a aplicar, los seguros de ley, los talonarios de recibos y libros
de quejas para su habilitación, correspondiendo idéntico trámite a toda incorporación, sustitución
o modificación de la capacidad comercial de sus aeronaves, como así también de sus seguros,
tarifas, cambio de domicilio y/o base de operaciones.
ARTÍCULO 9° — La Empresa deberá proceder a la afectación del personal que desempeñe
funciones aeronáuticas según lo establecido en la Disposición N° 3 de fecha 20 de abril de 2004
de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL dependiente de la SECRETARÍA
DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.
ARTÍCULO 10. — Dentro de los QUINCE (15) días siguientes a la fecha de notificación de la
presente resolución, la Empresa deberá presentar ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AÉREO de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL las constancias de haber
constituido el depósito de garantía prescripto por el Artículo 112 del Código Aeronáutico.
ARTÍCULO 11. — En caso de desarrollar la explotación de servicios de transporte aéreo como
actividad principal o accesoria dentro de un rubro más general, la Empresa deberá discriminar sus
negocios de forma de delimitar la gestión correspondiente a tales servicios y mostrar claramente
sus resultados, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 100 del Código Aeronáutico.
ARTÍCULO 12. — Regístrese, notifíquese a la Empresa AMERICAN LOGISTIC SOCIEDAD
ANÓNIMA, publíquese mediante la intervención del Boletín Oficial y cumplido archívese. — Ing.
Aer. PAOLO MARINO, Director Nacional de Seguridad Operacional a cargo de la Administración
Nacional de Aviación Civil.
e. 08/01/2016 N° 779/16 v. 08/01/2016
#F5045493F#
#I5044055I#
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Resolución 1917/2015
Bs. As., 09/12/2015
VISTO las renuncias presentadas por el Licenciado D. Pablo Julio LÓPEZ (M.I. N° 26.315.997)
y el Doctor D. Federico THEA (D.N.I. N° 30.223.329) como Presidente y Director, respectivamente, del Comité Ejecutivo del Fideicomiso de Asistencia al FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL (FAFFFIR), y
CONSIDERANDO:
Que la peticionaria acreditó debidamente la base de operaciones, mediante autorización otorgada por autoridad competente.
Que resulta necesario proveer de acuerdo con la circunstancia señalada en el Visto y aceptar
las respectivas renuncias.
Que dada la clase de servicios solicitados, los mismos no deberán interferir, tanto en su aspecto comercial como operativo, en el normal desenvolvimiento de las empresas regulares de
transporte aéreo.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 1°, inciso c) del Decreto N° 101 del 16 de enero de 1985.
Que los servicios a operar tienden a abarcar un sector de necesidades no satisfecho por las
empresas prestatarias de servicios aerocomerciales regulares y que, dado lo reducido del porte
del material de vuelo a ser utilizado, éste no ofrece posibilidad de competencia a las mismas,
quedando comprendido en la excepción prevista por el Artículo 102, aplicable en el orden internacional por el Artículo 128, ambos del Código Aeronáutico.
Que las instancias de asesoramiento se han expedido favorablemente con relación a los servicios no regulares requeridos.
Que la Empresa deberá ajustar la prestación de los servicios solicitados a los requisitos previstos en el Código Aeronáutico, en la Ley N° 19.030 (Política Nacional de Transporte Aerocomercial) y a las normas reglamentarias vigentes establecidas en el Decreto N° 326 de fecha 10 de
febrero de 1982 y en el Decreto N° 2.186 de fecha 25 de noviembre de 1992.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN
CIVIL ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
EL MINISTRO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Acéptanse, a partir del 10 de diciembre, las renuncias presentadas por
el Licenciado D. Pablo Julio LÓPEZ (M.I. N° 26.315.997) y el Doctor D. Federico THEA (D.N.I.
N° 30.223.329) como Presidente y Director, respectivamente, del Comité Ejecutivo del Fideicomiso
de Asistencia al FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL (FAFFFIR),
para los que fueran designados mediante la Resolución N° 27 del 13 de febrero de 2014 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.
e. 08/01/2016 N° 175/16 v. 08/01/2016
#F5044055F#
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
#I5044056I#
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Resolución 1920/2015
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
45
nario de Coordinador General Legal y Administrativo de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con rango y jerarquía de
Subsecretario.
ARTÍCULO 8° — Agradécense a los citados funcionarios los importantes servicios prestados
en el cumplimiento de las funciones que le fueran oportunamente encomendadas.
Bs. As., 09/12/2015
VISTO la renuncia presentada por el Licenciado D. Juan DONNINI (M.I. N° 30.144.360) al cargo
de Subsecretario de Planificación Económica de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y
PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
ARTÍCULO 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.
e. 08/01/2016 N° 184/16 v. 08/01/2016
#F5044064F#
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario proveer de acuerdo con la circunstancia señalada en el Visto y aceptar
la citada renuncia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 1°, inciso c) del Decreto N° 101 del 16 de enero de 1985.
Por ello,
#I5044069I#
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Resolución 1892/2015
Bs. As., 03/12/2015
EL MINISTRO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVE:
VISTO la renuncia presentada por el Doctor D. Andrés Maximiliano USLENGHI (M.I.
N° 24.365.741) al cargo extraescalafonario de Coordinador General Técnico y Operativo de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
ARTÍCULO 1° — Dase por aceptada, a partir del 3 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el Licenciado D. Juan DONNINI (M.I. N° 30.144.360) al cargo de Subsecretario de
Planificación Económica de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL
DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 2° — Agradécense al citado funcionario los importantes servicios prestados en el
cumplimiento de las funciones que le fueran oportunamente encomendadas.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario proveer de acuerdo con la circunstancia señalada en el Visto y aceptar
la citada renuncia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 1°, inciso c) del Decreto N° 101 del 16 de enero de 1985.
Por ello,
EL MINISTRO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVE:
e. 08/01/2016 N° 176/16 v. 08/01/2016
#F5044056F#
#I5044064I#
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Resolución 1933/2015
Bs. As., 09/12/2015
VISTO y CONSIDERANDO:
ARTÍCULO 1° — Dase por aceptada, a partir del 30 de noviembre de 2015, la renuncia presentada por el Doctor D. Andrés Maximiliano USLENGHI (M.I. N° 24.365.741) al cargo extraescalafonario de Coordinador General Técnico y Operativo de la SECRETARÍA DE COMERCIO del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 2° — Agradécense al citado funcionario los importantes servicios prestados en el
cumplimiento de las funciones que le fueran oportunamente encomendadas.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.
Que el día 10 de diciembre de 2015 concluye el actual mandato presidencial.
Que en atención a lo expuesto precedentemente, resulta pertinente aceptar la renuncia de los
titulares de cargos extraescalafonarios con rango y jerarquía de Subsecretario, dependientes de
este Ministerio.
Que, asimismo, corresponde agradecer los valiosos servicios prestados por dichos funcionarios en el desempeño de sus respectivos cargos.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 1°, inciso c) del Decreto N° 101 del 16 de enero de 1985.
e. 08/01/2016 N° 189/16 v. 08/01/2016
#F5044069F#
#I5044070I#
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Resolución 1938/2015
Bs. As., 09/12/2015
VISTO y CONSIDERANDO:
Por ello,
EL MINISTRO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el
Licenciado Don Alejandro Daniel ALEGRETTI (M.I. N° 27.258.011) al cargo de 2° Jefe de Gabinete
de Asesores del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con rango y jerarquía de
Subsecretario.
ARTÍCULO 2° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el
Licenciado Don Carlos Ariel LIEUTIER (M.I. N° 26.318.148) al cargo extraescalafonario de Coordinador General Institucional de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL
DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con rango y jerarquía de
Subsecretario.
Que el día 10 de diciembre de 2015 concluye el actual mandato presidencial.
Que en atención a lo expuesto precedentemente, resulta pertinente aceptar la renuncia de los
titulares de las distintas Subsecretarías dependientes de este Ministerio.
Que, asimismo, corresponde agradecer los valiosos servicios prestados por dichos funcionarios, en el desempeño de sus respectivos cargos.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 1°, inciso c) del Decreto N° 101 del 16 de enero de 1985.
Por ello,
EL MINISTRO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 3° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por la
Licenciada Doña Sofía BALBUENA (M.I. N° 30.628.313) al cargo extraescalafonario de Coordinador de Articulación Institucional de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA
DE LA COMPETITIVIDAD del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con rango y
jerarquía de Subsecretario.
ARTÍCULO 1° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por
el Licenciado D. Pablo Matías MOLDOVAN (M.I. N° 29.499.797) al cargo de Subsecretario de Desarrollo de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 4° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por
el Licenciado Don Nicolás Pablo DINER (M.I. N° 25.296.876) al cargo extraescalafonario de Coordinador General de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS, con rango y jerarquía de Subsecretario.
ARTÍCULO 2° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por
la Licenciada Da. Ana Laura FERNÁNDEZ (M.I. N° 26.133.474) al cargo de Subsecretario de Coordinación Económica de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA
COMPETITIVIDAD del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 5° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por
el Licenciado Don Santiago MÓNACO (M.I. N° 23.453.712) al cargo extraescalafonario de Jefe de
Gabinete de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con rango y jerarquía de Subsecretario.
ARTÍCULO 3° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el
Licenciado D. Nicolás BONOFIGLIO (M.I. N° 26.317.336) al cargo de Subsecretario de Mejora de la
Competitividad de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 6° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por
el Licenciado Don Juan Santiago FRASCHINA (M.I. N° 25.563.455) al cargo extraescalafonario de
Coordinador de Comercio de Proximidad de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con rango y jerarquía de Subsecretario.
ARTÍCULO 4° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el
Licenciado D. Ariel Alberto LANGER (M.I. N° 23.464.869) al cargo de Subsecretario de Comercio Interior de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 7° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada
por la Licenciada Da. Verónica Daniela ÁLVAREZ (M.I. N° 17.481.162) al cargo extraescalafo-
ARTÍCULO 5° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por la
Licenciada Da. Paula Irene ESPAÑOL (M.I. N° 24.711.083) al cargo de Subsecretario de Comercio Exterior de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
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ARTÍCULO 6° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el
Licenciado D. Agustín Pablo SIMONE (M.I. N° 26.474.221) al cargo de Subsecretario de Relaciones
Financieras Internacionales de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 7° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por
el Licenciado D. Facundo BOCCO PROIETTI (M.I. N° 18.843.159) al cargo de Subsecretario de
Financiamiento de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS.
ARTÍCULO 8° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el
Licenciado D. Raúl Enrique RIGO (M.I. N° 18.448.841) al cargo de Subsecretario de Presupuesto de
la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 9° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por
la Doctora Da. Nora María FRACCAROLI (M.I. N° 10.669.686) al cargo de Subsecretario de Relaciones con Provincias de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 10. — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por
el Contador Público D. Luis María CAPELLANO (M.I. N° 12.217.173) al cargo de Subsecretario de
Ingresos Públicos de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 11. — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por
el Doctor D. Rodolfo Nicolás Patricio DIANA (M.I. N° 24.270.432) al cargo de Subsecretario Legal
de la SECRETARÍA DE LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS.
ARTÍCULO 12. — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por
el Contador Público D. Oscar Marcelo MAFFE (M.I. N° 16.532.795) al cargo de Subsecretario de
Administración y Normalización Patrimonial de la SECRETARÍA DE LEGAL Y ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 13. — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por
la Licenciada Da. Carolina NAHÓN (M.I. N° 25.433.528) al cargo de Subsecretario de Relaciones
Institucionales de la SECRETARÍA DE LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA
Y FINANZAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 14. — Agradécense a los citados funcionarios los importantes servicios prestados
en el cumplimiento de las funciones que le fueran oportunamente encomendadas.
ARTÍCULO 15. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.
e. 08/01/2016 N° 190/16 v. 08/01/2016
#F5044070F#
#I5044071I#
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
SECRETARÍA DE HACIENDA
Resolución 360/2015
Bs. As., 09/12/2015
VISTO el Expediente N° S01:0338210/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS, lo establecido en las Leyes Nros. 11.672 Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2014), 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones, 25.152 de Administración de los Recursos Públicos y
27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015 y sus respectivas modificaciones y el Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones,
la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015 de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, la Resolución N° 1.397 de fecha 22 de noviembre de 1993 del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, las Resoluciones Nros. 25 de fecha 2 de agosto de 1995, 226 de fecha 17 de noviembre de 1995 y sus
modificaciones y 47 de fecha 5 de febrero de 1997 todas ellas de la SECRETARÍA DE HACIENDA
del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, las Resoluciones Nros.
199 de fecha 1 de diciembre de 2003 y 396 de fecha 1 de diciembre de 2006 ambas de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, las Resoluciones Nros.
81 de fecha 13 de abril de 2012, 87 de fecha 11 de abril de 2014 y 289 de fecha 12 de noviembre de
2014, todas ellas de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS, la Resolución Conjunta N° 464 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y N° 97 de la SECRETARÍA DE FINANZAS, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN de fecha
29 de noviembre de 2007, la Resolución N° 65 de fecha 28 de junio de 1995 de la SINDICATURA
GENERAL DE LA NACIÓN, Organismo Descentralizado de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y la
Disposición N° 20 de fecha 18 de octubre de 2013 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que los Artículos 41, 42, 43, 91, 92 y 95 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, refieren al cierre de
cuentas del ejercicio.
Que el Artículo 41 de la citada ley determina que las cuentas del Presupuesto de Recursos y
Gastos se cerrarán al 31 de diciembre de cada año, por lo que después de esa fecha, los recursos
que se recauden se considerarán parte del ejercicio vigente, con independencia de la fecha en que
se hubiese originado la obligación de pago o liquidación de los mismos, al tiempo que se establece
que con posterioridad a dicha fecha no podrán asumirse compromisos ni devengarse gastos con
cargo al ejercicio que se cierra.
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centralizar la información relacionada con el cierre del Presupuesto de Recursos y Gastos de la
Administración Nacional.
Que el Artículo 87 de la ley citada anteriormente, establece que el Sistema de Contabilidad
Gubernamental deberá ser común, único, uniforme y aplicable a todos los Organismos del Sector
Público Nacional, permitiendo integrar la información presupuestaria, financiera y patrimonial, produciendo de manera simultánea los Estados Presupuestarios, Financieros y Patrimoniales.
Que por el inciso a) del Artículo 91 de la citada ley se le asigna a la mencionada Contaduría
competencia para prescribir la metodología, periodicidad, estructura y características de los Estados Contables y Financieros a producir por las entidades públicas.
Que el inciso h) del citado artículo define la competencia de la CONTADURÍA GENERAL DE
LA NACIÓN para preparar anualmente la Cuenta de Inversión que contempla la CONSTITUCIÓN
NACIONAL, a fin de su presentación ante el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
Que el Artículo 92 de la Ley N° 24.156, modificado por su similar 38 de la Ley N° 24.764, determina el plazo dentro del cual las Entidades del Sector Público Nacional, excluida la Administración
Central, deben entregar los estados contables financieros de su gestión anterior, con las notas y
anexos que correspondan.
Que el Artículo 95 de la Ley N° 24.156 impone a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
la obligación de elaborar la Cuenta de Inversión y determinar el contenido mínimo de dicho documento.
Que el Artículo 44 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o.
2014) establece la caducidad de las Órdenes de Pago que ingresen, o sean informadas mediante Formularios resúmenes, al Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF) administrado por la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, al cierre del ejercicio posterior al de su conformidad en dicho sistema, salvo aquellas
a las que se les hayan efectuado pagos parciales o cuando correspondan a la cancelación de
obligaciones judiciales.
Que la Resolución N° 1.397 de fecha 22 de noviembre de 1993 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, modificada por la Resolución N° 473 de fecha 26 de
julio de 1996 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS, aprueba y dispone la aplicación en el ámbito de la Administración Nacional del “Catálogo Básico de Cuentas de la Contabilidad General” y los modelos de “Estados de
Recursos y Gastos Corrientes”, “Estado de Origen y Aplicación de Fondos”, “Estado de Evolución
del Patrimonio Neto” y “Balance General”.
Que asimismo, la Disposición N° 20 de fecha 18 de octubre de 2013 de la CONTADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, aprueba el Plan
de Cuentas de la Administración Nacional definido para el Módulo de Contabilidad General del
Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF).
Que por la Resolución N° 25 de fecha 2 de agosto de 1995 de la SECRETARÍA DE HACIENDA
del citado ex Ministerio se aprobaron los “Fundamentos y Alcances de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados y Normas Generales de Contabilidad”, los “Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados” y las “Normas Generales de Contabilidad”.
Que la Resolución N° 226 de fecha 17 de noviembre de 1995 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y sus modificaciones, facultan a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a la TESORERÍA
GENERAL DE LA NACIÓN, ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la
SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, a no dar
curso a las Órdenes de Pago o selección de Órdenes de Pago de aquellos Organismos que no
cumplimenten en tiempo y forma los pedidos de información efectuados por los Órganos Rectores
del Sistema de Administración Financiera.
Que la Resolución N° 47 de fecha 5 de febrero de 1997 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
citado ex Ministerio aprueba los procedimientos generales de valuación aplicables al relevamiento
de bienes inmuebles, muebles, de cambio, de consumo y activos financieros.
Que la Resolución N° 396 de fecha 1 de diciembre de 2006 de la SECRETARÍA DE HACIENDA
del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN establece que los intereses que surjan por
inmovilización de saldos en las cuentas bancarias y/o de la inversión temporaria de fondos de un
proyecto financiado por Organismos Internacionales Financieros o No Financieros deberán ser
ingresados al Tesoro Nacional.
Que la resolución mencionada precedentemente establece que las UNIDADES EJECUTORAS
DE PRÉSTAMOS Y TRANSFERENCIAS EXTERNAS (U.E.P.E.X.) deberán presentar en la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la
SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS el Cuadro
Anexo 5.4 - “Unidades Ejecutoras de Préstamos y Transferencias Externos” - Intereses Percibidos
por Saldos Inmovilizados, el Cuadro Anexo 5.2 - “Estado de Movimientos Financieros - Bancos Cuentas Corrientes y de Ahorro - Unidades Ejecutoras de Préstamos y Transferencias Externos”
y el Cuadro Anexo 5.3 - “Estado de Movimientos Financieros - Unidades Ejecutoras de Préstamos
y Transferencias Externos”, a los efectos de contar con la información necesaria para proceder al
cierre de cuentas.
Que la Resolución N° 81 de fecha 13 de abril de 2012 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, aprueba el Marco Conceptual, los Comprobantes y los Descriptivos del circuito del Módulo de Gastos del Sistema Integrado de Información
Financiera Internet (e-SIDIF).
Que la Resolución N° 87 de fecha 11 de abril de 2014 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS reglamenta el Régimen de Fondos Rotatorios, Fondos Rotatorios Internos y Cajas Chicas, previsto por el Artículo 81 de la Ley N° 24.156 y
del Anexo al Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007.
Que el Artículo 42 de la Ley N° 24.156 dispone el tratamiento financiero y contable a dispensar
a los gastos devengados y no pagados al 31 de diciembre de cada año, como así también, para
los comprometidos y no devengados a esa fecha.
Que la Resolución Conjunta N° 464 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y N° 97 de la SECRETARÍA DE FINANZAS ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN de fecha 29 de
noviembre de 2007, establece que los plazos de presentación de los Cuadros y Anexos correspondientes al cuarto trimestre del año, que deberá presentar y remitir la OFICINA NACIONAL DE CRÉDITO PÚBLICO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO de la SECRETARÍA DE
FINANZAS del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, a la CONTADURÍA GENERAL DE
LA NACIÓN, estarán determinados en la presente resolución.
Que el Artículo 43 de la mencionada norma determina que la CONTADURÍA GENERAL DE
LA NACIÓN, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, es el órgano responsable de
Que en el corriente año se continuó con el despliegue de los Módulos de Gastos y Fondo
Rotatorio y contabilidad del Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF) en los
Servicios Administrativo Financieros, así como también se prosiguió con la implementación del
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subsistema de Programación y Ejecución Física de Programas y Proyectos e-PEF y el Módulo de
Recursos y se implementó el Módulo de Conciliación Bancaria, tanto en los organismos como en
los Órganos Rectores.
Que se completó el proceso de incorporación institucional al Módulo de Programación y Ejecución Física de Programas y Proyectos e-PEF, en el marco del e-SIDIF.
Que a fin de optimizar el proceso de elaboración de la Cuenta de Inversión resulta conveniente
incluir un resumen ejecutivo por programa complementario al envío de la información de gestión
física de los mismos.
Que mediante la Resolución N° 289 de fecha 12 de noviembre de 2014 de la SECRETARÍA DE
HACIENDA se aprobó el Marco Conceptual de Recursos del Sistema Integrado de Información
Financiera Internet (e-SIDIF), con los correspondientes comprobantes y descriptivos.
Que a fin de una adecuada exposición contable es necesario requerir a los Servicios Administrativo Financieros de la Administración Central información sobre sus créditos con terceros.
Que atento a lo dispuesto por el Artículo 35 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente
de Presupuesto (t.o. 2014), corresponde autorizar a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a
depurar créditos que encuadren dentro de los términos de dicho articulado, en especial a los que
han constituido remanentes presupuestarios y no ingresados oportunamente.
Que en razón de todo lo expuesto, es necesario establecer metodologías para que los Organismos de la Administración Nacional procedan al cierre de las cuentas del Ejercicio 2015.
Que la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN y
la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, todas ellas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE
PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS, han tomado la intervención correspondiente a su específica competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones del Artículo 6° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus
modificaciones.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE HACIENDA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — La CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA
Y FINANZAS PÚBLICAS, con la información que surja de los registros del Sistema Integrado de
Información Financiera (SIDIF) en su entorno Internet (e-SIDIF), y con la complementaria requerida
por la presente resolución, efectuará el cierre de las cuentas correspondientes al Ejercicio 2015 y
procederá a confeccionar la Cuenta de Inversión para su remisión, a través del PODER EJECUTIVO NACIONAL, al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en los términos del Artículo 95
de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional
N° 24.156 y sus modificaciones.
ARTÍCULO 2° — Los gastos devengados y no pagados al cierre del Ejercicio 2015, constituirán
deuda exigible de ese ejercicio y se registrarán en las cuentas a pagar del Pasivo Corriente de la
Contabilidad General de cada Ente contable. Los saldos se podrán cancelar en el ejercicio siguiente, de acuerdo a los términos consignados en el Artículo 42 de la Ley N° 24.156.
ARTÍCULO 3° — Los gastos registrados como compromisos y no devengados al 31 de diciembre de 2015 deberán ser apropiados como compromisos del Ejercicio 2016, afectando los créditos
presupuestarios previstos para ese período y las cuotas asignadas para el primer trimestre.
ARTÍCULO 4° — La CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN recibirá por la vía de rutina, y
conforme los plazos que se establecen a continuación, los Formularios y/o Comprobantes, según
corresponda, de ejecución presupuestaria y no presupuestaria de gastos del ejercicio que se cierra, elaborados por los Servicios Administrativo Financieros para el pertinente trámite de registro
de sus transacciones.
La CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN devolverá sin procesar los Formularios citados en
el presente artículo que posean algún tipo de error, cualquiera fuere el mismo.
ARTÍCULO 5° — Operada la caducidad de las Órdenes de Pago ingresadas o informadas mediante formularios resúmenes al Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF) con cargo al
ejercicio anterior al que se cierra, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 44 de la Ley N° 11.672
Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) y sus modificaciones, los Servicios Administrativo Financieros de Administración Central y los Organismos Descentralizados deberán
proceder a desafectarlas conforme los procedimientos vigentes y dentro de los plazos para la presentación de Formularios/Comprobantes, según corresponda, establecidos por la CONTADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN.
De subsistir el derecho del acreedor al cobro, el Servicio Administrativo Financiero deberá
imputar el gasto a los créditos y cuotas del Ejercicio 2016, emitiendo en ese ejercicio un Formulario C-41 “Orden de Pago” o Comprobante “Orden de Pago Presupuestaria”, según corresponda.
ARTÍCULO 6° — Los Formularios de ejecución presupuestaria y no presupuestaria de recursos C-10 “Informe de Recursos” y los Comprobantes Informe de Recursos (IR), según corresponda, con cargo al 31 de diciembre de 2015, deberán tramitarse y registrarse hasta las fechas que
seguidamente se detallan:
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ARTÍCULO 9° — Las Entidades Descentralizadas, incluidas las Instituciones de la Seguridad
Social, deberán elaborar y presentar los Cuadros, Anexos y los Estados Contables y Financieros
de su gestión, con las Notas aclaratorias que a tal fin disponga la CONTADURÍA GENERAL DE LA
NACIÓN.
ARTÍCULO 10. — Fíjanse las 15 horas del día 15 de febrero de 2016 como plazo límite para la
presentación, conforme los procedimientos que determine la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, de los Cuadros, Anexos y Estados de Cierre, correspondientes a la Administración Central.
ARTÍCULO 11. — Fíjanse las 15 horas del día 15 de febrero de 2016 como plazo límite para
la presentación, conforme los procedimientos que determine la CONTADURÍA GENERAL DE LA
NACIÓN, de los Cuadros, Anexos, Estados Contables y Financieros, correspondientes a los Organismos Descentralizados e Instituciones de la Seguridad Social.
ARTÍCULO 12. — Establécese en lo que respecta a la recepción de la información, que sólo
se aceptarán y darán por recibidas las entregas completas. En ningún caso se recibirá información
parcializada que no cumpla con las formalidades dispuestas para ella. Tampoco se aceptarán
Estados que adolezcan de deficiencias formales o de contenido que determinen su inconsistencia
evidente.
Las solicitudes de rectificaciones que se requieran a la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS deberán ser efectuadas hasta el penúltimo
día hábil del Ejercicio 2015.
Aquellos Cuadros, Anexos y Estados de Cierre para los cuales no se registren transacciones
se presentarán cruzados con la leyenda “Sin Movimiento”, excepto que se trate de cuadros de
Fondos Fiduciarios, atendiendo lo establecido en el Manual de Cierre de Ejercicio Anual aprobado
por la Disposición N° 71 de fecha 28 de diciembre de 2010 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA
NACIÓN, y modificatorias.
Los requerimientos efectuados por la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN a los Organismos de Administración Central y Descentralizados, referentes a regularizaciones de operaciones
ocurridas en las cuentas del Tesoro Nacional correspondientes al Ejercicio 2015 (presentación de
Formularios C-10 “Informe de Recursos”, “Comprobante Informe de Recursos IR”, C-55 “Regularización y Modificaciones al Registro” o “Comprobante de Modificación de Registro” o “Comprobante de Regularización Global”, según corresponda), deberán ser cumplimentadas por los
Servicios Administrativo Financieros hasta el 31 de enero de 2016.
La CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN podrá retener por un máximo de OCHO (8) días
hábiles los cierres incompletos y el noveno día procederá a la devolución de la información que no
cumpla con los requisitos señalados, con la constancia de no recepción, comunicándolo simultáneamente a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y a la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
respectiva.
ARTÍCULO 7° — Los Servicios Administrativo Financieros de la Administración Central y de
los Organismos Descentralizados que hubieren constituido Fondos Rotatorios, cualquiera fuere su
fuente de financiamiento, deberán rendir la totalidad de los gastos efectuados hasta el cierre del
ejercicio, mediante la emisión de los pertinentes Formularios C-75 “Ejecución Presupuestaria de
Gastos para la Administración Nacional” o C-43 “Fondo Rotatorio” de Ejecución o “Comprobante
Rendición Administrativa de Fondo Rotatorio” (RENADM DE FONDO ROTATORIO), según corresponda. Los Formularios C-43 “Fondo Rotatorio” de Ejecución y los Comprobantes de Rendición
Administrativa de Fondo Rotatorio deberán ser enviados por la vía de rutina a la CONTADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN hasta la fecha indicada en el Artículo 4° de la presente medida. Las
disponibilidades sobrantes de dicho fondo continuarán en poder del Servicio Administrativo Financiero titular del mismo.
De existir gestiones pendientes sobre comprobantes de gastos incurridos en el Ejercicio 2014
que hayan sido reimputados al Ejercicio 2015, deberán completarse y ser incluidos en una rendición administrativa antes del 29 de diciembre de 2015. De igual modo, en caso de existir comprobantes de gastos incurridos en el Ejercicio 2014 que no hayan sido reimputados al Ejercicio 2015
y que se encuentren en estado No final, deberán finalizar la gestión antes del 31 de diciembre de
2015. En ambos casos, dichas gestiones deberán concluirse indefectiblemente antes de la fecha
indicada y no podrán ser nuevamente reimputadas al Ejercicio 2016.
Por otra parte, aquellos anticipos de fondos cuyo ejercicio sea anterior al Ejercicio 2014, deberán indefectiblemente culminar su gestión antes del 31 de diciembre de 2015, debiendo ser
rendidos administrativamente con cargo al Ejercicio 2015, o anulados.
Asimismo, los Servicios Administrativo Financieros de la Administración Central y de los Organismos Descentralizados deberán observar lo dispuesto en la Resolución N° 87 de fecha 11
de abril de 2014 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS, en todo lo atinente a la creación, adecuación, incremento y cierre de sus Fondos Rotatorios, Fondos Rotatorios Internos y Cajas Chicas, como así también a su registro y rendición al
cierre del presente ejercicio.
En ocasión de presentar la copia certificada correspondiente al acto administrativo de creación o adecuación del Fondo Rotatorio en la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y en la
TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, deberán acompañar una copia simple de la normativa que
respalda la composición de Fondos Rotatorios Internos y Cajas Chicas. Asimismo, deberán remitir
copia simple de cualquier modificación producida en dicha composición durante el ejercicio.
De verificarse el incumplimiento de las disposiciones del presente artículo, los órganos Rectores podrán no dar curso a las Órdenes de Pago, Selección de Pago y Órdenes Bancarias, según
corresponda, de los Organismos involucrados, conforme lo establecido por la Resolución N° 226
de fecha 17 de noviembre de 1995 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
ARTÍCULO 13. — Las Universidades Nacionales deberán elaborar y enviar a la SECRETARÍA
DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, hasta el día 15 de febrero de
2016, los Cuadros, Anexos y los Estados Contables y Financieros de la gestión, con las Notas y
Anexos que correspondan.
Posteriormente dicha Secretaría remitirá, hasta el día 11 de marzo de 2016, a la CONTADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN la información que ésta le requiera a los fines de elaborar la Cuenta de
Inversión.
ARTÍCULO 14. — Los responsables de los Entes citados en los incisos b), c) y d) del Artículo 8°
de la Ley N° 24.156, incluidas las Empresas, Entes en estado de liquidación, Empresas Residuales,
Entes Públicos y Fondos Fiduciarios, deberán elaborar y remitir a la CONTADURÍA GENERAL DE
LA NACIÓN, dentro de los DOS (2) meses de concluido su ejercicio financiero los Cuadros, Anexos
y Estados Contables con la información económica, financiera, patrimonial y contable de su ejecución al 31 de diciembre de 2015, con los alcances fijados en la Resolución N° 1.397 de fecha 22 de
noviembre de 1993 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus
modificatorias y complementarias, y la Resolución N° 25 de fecha 2 de agosto de 1995 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
Asimismo presentarán la correspondiente Memoria y una nota informando la participación,
porcentual y en pesos, del ESTADO NACIONAL en su Patrimonio Neto (desagregado por Entidad,
Jurisdicción o Empresa).
Los Entes residuales o en estado de liquidación, remitirán los Estados Contables correspondientes por intermedio de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 15. — Los Organismos del Sector Público Nacional, en caso de no contar con
los Estados Contables auditados, remitirán en carácter provisorio la información antes requerida,
indicando por nota cuáles han sido los motivos por los que no cuentan con dictamen de la AUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN e informando cual ha sido el último auditado. Una vez concluida
la pertinente auditoría deberán remitir copia de los Estados Contables juntamente con la opinión
de su auditor.
ARTÍCULO 16. — Los Servicios Administrativo Financieros de las Jurisdicciones y Entidades
deberán presentar, hasta el día 15 de febrero de 2016, en la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA
del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la información de la gestión física de los
programas para los que se hayan establecido metas de producción terminal o en proceso, y de los
proyectos y sus obras, de acuerdo con el detalle que aquélla determine y que solicite directamente
o a través de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 8° — Para elaborar la Cuenta de Inversión se tomarán como válidos los registros
obrantes en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF) en su entorno Internet (e-SIDIF)
a la fecha de cierre de las operaciones del Ejercicio 2015, conforme disponga la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. No obstante ello, y a los fines de lograr una mejor calidad de información,
una vez finalizado el procesamiento de los Formularios y Comprobantes respectivos, la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN pondrá a disposición de los Servicios Administrativo Financieros
de la Administración Nacional que no operan con el e-SIDIF los listados finales de ejecución del
presupuesto del ejercicio cerrado, a fin que éstos procedan a su verificación y conciliación. Dentro
de los DIEZ (10) días corridos de su puesta a disposición, dichos listados deberán ser remitidos
a esa Contaduría General debidamente conformados, siendo responsabilidad del Secretario o
Subsecretario de quien dependa cada centro de registro, el cumplimiento de lo dispuesto en este
artículo.
Asimismo, deberán cumplimentar el envío de la información y comentarios complementarios,
incluyendo un Resumen Ejecutivo por programa, así como de indicadores representativos de gestión, hasta el día 11 de marzo de 2016. Esta obligación es extensiva para aquellos programas que
no hubieren definido indicadores de producción física.
En caso de existir discrepancias entre los datos emergentes de sus sistemas y los que surjan
del Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF) en sus distintos entornos o bien de los
registros conformados al cierre del 31 de diciembre de 2015 o de los listados parametrizados de
recursos y gastos oportunamente remitidos, el Servicio Administrativo Financiero deberá generar
los Formularios de ajuste pertinentes. Estos Formularios o Comprobantes, acompañados de una
nota explicativa suscripta por el Secretario o Subsecretario del que depende el Servicio Administrativo Financiero, en la que conste el origen de las diferencias y que se trata de movimientos con
incidencia en el Ejercicio 2015, deberán remitirse a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
dentro del plazo señalado precedentemente.
En caso que se determine un remanente a favor del Tesoro Nacional, se deberá incorporar una
partida en el Organismo continuador (si lo hubiere) en el siguiente ejercicio y transferir los fondos
en forma extrapresupuestaria a favor de éste.
Tanto la falta de conformidad como las discrepancias se comunicarán a la SINDICATURA
GENERAL DE LA NACIÓN, Organismo Descentralizado en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN y a la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA respectiva.
ARTÍCULO 17. — Aquellos Organismos que durante el ejercicio hayan sido objeto de modificaciones (fusiones, disoluciones, absorciones, exclusión del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional u otro tipo de modificaciones) o sus continuadores, según corresponda,
deberán cumplir con el cierre definitivo de las operaciones presupuestarias, contables y financieras al 31 de diciembre de 2015, en los términos establecidos por la Resolución N° 199 de fecha
1 de diciembre de 2003 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
PRODUCCIÓN.
Aquellos Organismos que estén excluidos del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional, deberán incorporar una partida en su propio presupuesto, oportunamente aprobado previo dictamen de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO y transferir los fondos a favor
del Tesoro Nacional de acuerdo con los procedimientos vigentes.
Los Organismos modificados o disueltos durante el ejercicio presupuestario, o en su defecto
los Organismos continuadores, deberán gestionar la correspondiente modificación presupuestaria
para igualar el crédito vigente a los montos correspondientes del compromiso y devengado ejecutado, dentro del plazo establecido en el Artículo 21 de la presente norma.
Viernes 8 de enero de 2016
Primera Sección
El cierre de Fondos Rotatorios deberá efectuarse mediante el depósito de las sumas correspondientes hasta las CUARENTA Y OCHO (48) horas antes del último día hábil del año en curso.
Los respectivos Formularios C-43 y Comprobantes de Cierre de Fondo Rotatorio deberán presentarse hasta el 6 de enero de 2016.
La TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN podrán solicitar toda información que consideren pertinente a los fines de este artículo.
ARTÍCULO 18. — Aquellos Organismos que se hubieren fusionado presentarán la información
en forma independiente hasta el momento de la unificación de las partidas presupuestarias, y a
partir de esa fecha, la incluirán en el nuevo Servicio Administrativo Financiero. En caso de verificarse la separación de un Organismo la información deberá ser desagregada por cada uno de los
nuevos, a partir de la fecha de división de los créditos.
La gestión física correspondiente deberá presentarse en concordancia con lo establecido en
el párrafo anterior para la ejecución presupuestaria registrada al cierre del ejercicio.
ARTÍCULO 19. — Facúltase a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a solicitar a las
UEPEX la información que resulte necesaria a los efectos de elaborar la Cuenta de Inversión 2015.
La información financiera relativa a las Fuentes de Financiamiento 21 “Transferencias Externas” y 22 “Crédito Externo” al cierre del ejercicio, y sin perjuicio del cumplimiento de la Resolución
N° 396 de fecha 1 de diciembre de 2006 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, deberá ser remitida por las UEPEX a la Jurisdicción o Entidad en la
cual se encuentre presupuestariamente incorporada a fin de su envío a la CONTADURÍA GENERAL
DE LA NACIÓN junto con el resto de la información que se requiera.
ARTÍCULO 20. — La TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN remitirá a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN los Cuadros que ésta determine con la información sobre las operaciones
de financiamiento de corto plazo efectuadas durante el Ejercicio 2015. Asimismo, y a los efectos
de su inclusión en la Cuenta de Inversión, remitirá una nota explicativa de la “Situación Actual del
Tesoro” y sus aspectos metodológicos.
ARTÍCULO 21. — Fíjase el día 18 de diciembre de 2015 como fecha límite para la presentación,
ante la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, de las solicitudes de modificaciones presupuestarias y de reprogramaciones de cuotas de ejecución del Ejercicio 2015, cuyas facultades no se
encuentran delegadas por los apartados I, III, V y VI del Artículo 3° y por el Artículo 15 de la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015.
ARTÍCULO 22. — La responsabilidad por la información que surge de los Estados y Cuadros
requeridos para la elaboración de la Cuenta de Inversión, de su respaldo documental, del cumplimiento de su presentación en tiempo y forma y de la confección y registro de los Formularios
o Comprobantes de contabilidad correspondientes a los ajustes que disponga la CONTADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN recae, en el ámbito de su competencia jerárquica, en el Secretario o
Subsecretario de Coordinación Administrativa, el Jefe del Servicio Administrativo Financiero y el
Responsable de la Unidad de Registro Contable de cada Servicio Administrativo de la Administración Central. Para el resto de los Entes obligados, aquella responsabilidad recaerá en la máxima
autoridad de cada uno.
Las firmas digitales y holográficas, según corresponda, en los términos de la normativa vigente, de todos y cada uno de los Comprobantes/Formularios, Estados, Cuadros y demás información
por parte de los responsables del Servicio Administrativo Financiero certifican que se ha tenido
a la vista la documentación de respaldo, cuyos originales se encuentran en el archivo oficial de la
Entidad.
ARTÍCULO 23. — La CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN determinará la forma y los
contenidos de los estados, cuadros y demás información que deberán remitir los Entes del Sector
Público Nacional para la elaboración de la Cuenta de Inversión del Ejercicio 2015.
ARTÍCULO 24. — A efectos de que los Estados Contables reflejen las sentencias judiciales
que resulten adversas para el ESTADO NACIONAL, o que eventualmente lo pudieren ser, facúltase
a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a solicitar a la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA
NACIÓN el detalle de las causas judiciales de contenido económico en las que el ESTADO NACIONAL sea parte y una estimación en cada caso del monto que por todo concepto éste podría estar
obligado a hacer frente, en el supuesto de recaer en las mismas una sentencia adversa. No obstante ello, la Dirección General de Administración de cada Organismo de la Administración Central
deberá remitir, antes del 1 de marzo de 2016, el detalle de tales juicios firmado por el responsable
del Área Jurídica, en las condiciones que requiera la citada Contaduría General.
ARTÍCULO 25. — Los Organismos de la Administración Central, deberán remitir a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN en los plazos y condiciones que esta determine, y a los efectos
de su inclusión en el Balance de la Administración Nacional, el monto de sus acreencias con personas físicas y/o jurídicas. La citada Contaduría General será autoridad de aplicación del presente
artículo.
ARTÍCULO 26. — Encomiéndase a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a solicitar a la
SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS la situación relativa a las tenencias accionarias del
ESTADO NACIONAL e información complementaria que aquella determine.
ARTÍCULO 27. — Encomiéndase a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a solicitar a la
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO Organismo Descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS el detalle y movimientos de bienes y demás
información necesaria para proceder a su exposición dentro de la Cuenta de Inversión.
ARTICULO 28. — El incumplimiento total o parcial de los requerimientos previstos en la presente resolución habilitará directamente a los Órganos Rectores de los Sistemas de Administración Financiera a efectuar las comunicaciones que correspondan a la SINDICATURA GENERAL
DE LA NACIÓN, en los términos de la Resolución N° 65 de fecha 28 de junio de 1995 del citado
Organismo de Control, sin perjuicio de las sanciones expresamente previstas por la SECRETARÍA
DE HACIENDA.
ARTÍCULO 29. — Facúltase a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a requerir a los Organismos de la Administración Nacional el detalle de sus cuentas a cobrar al cierre del ejercicio,
conforme la clasificación que aquella determine.
ARTICULO 30. — Facúltase a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a dar de baja de sus
registros las sumas adeudadas al Tesoro Nacional por Organismos de la Administración Nacional
que a la fecha de cierre hubiesen dejado de operar y cuyas funciones no hubieren sido transferidas
a otro Ente continuador, y las contenidas en el Cuadro N° 30 de la Cuenta de Inversión con una
antigüedad mayor de DIEZ (10) años.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
49
Las operaciones de depuración dispuesta en el presente artículo serán comunicadas a la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 31. — Facúltase a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a establecer los
plazos de presentación de los Formularios y Comprobantes no mencionados en la presente resolución.
ARTÍCULO 32. — Fíjase el día 11 de marzo de 2016 como plazo límite para la presentación
de los cuadros y anexos detallados en la Resolución Conjunta N° 464 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y N° 97 de la SECRETARÍA DE FINANZAS, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
PRODUCCIÓN de fecha 29 de noviembre de 2007.
ARTÍCULO 33. — Facúltase a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a requerir a las Entidades y Jurisdicciones de la Administración Nacional la remisión de la rendición de cuentas de los
subsidios y aportes que hubiesen ejecutado durante el presente ejercicio.
ARTÍCULO 34. — La CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, la OFICINA NACIONAL DE
PRESUPUESTO y la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN serán los Órganos de interpretación
de las normas relacionadas al cierre de cada ejercicio, conforme las competencias de cada una de
ellas, quedando facultadas a requerir la información que estimen pertinente y a emitir las normas
complementarias, interpretativas y aclaratorias a que hubiere lugar.
ARTÍCULO 35. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — JUAN CARLOS PEZOA, Secretario de Hacienda.
e. 08/01/2016 N° 191/16 v. 08/01/2016
#F5044071F#
#I5044075I#
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
Resolución 797/2015
Bs. As., 04/12/2015
VISTO el Expediente N° S01:0151010/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Resolución N° 98 de fecha 28 de octubre 2009 y sus
modificatorias, de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA y la Resolución N° 223 de fecha
11 de septiembre de 2015 de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación de la agente ALTOMARI Mónica
Claudia (M.I. N° 17.778.407) de Planta Permanente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DE DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, en condiciones de percibir la Bonificación por Desempeño Destacado correspondiente a
las funciones ejecutivas del período 2012, conforme a lo establecido por el “RÉGIMEN PARA LA
APROBACIÓN DE LA ASIGNACIÓN DE LA BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO AL
PERSONAL COMPRENDIDO EN EL RÉGIMEN ESTABLECIDO EN EL SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO”, aprobado por el Anexo II de la Resolución N° 98 de fecha 28 de octubre de
2009 y sus modificatorias de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Que han ejercido la veeduría que les compete las entidades sindicales, expresando su conformidad según consta en el Acta N° 82 de fecha 2 de julio de 2015.
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el “RÉGIMEN PARA LA APROBACIÓN DE LA
ASIGNACIÓN DE LA BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO AL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL RÉGIMEN ESTABLECIDO EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO” aprobado por el Anexo II a la Resolución N° 98/09 de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorios, motivo por el cual corresponde
la aprobación de la agente citada pasible de percibir la Bonificación.
Que en el expediente del Visto obra la respectiva certificación de existencia de financiamiento
presupuestario para afrontar el gasto que demandará la presente medida.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido por el Artículo 1° del Anexo II
de la Resolución N° 98/09 de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorios, y lo normado por el Decreto N° 357 de fecha 21
de febrero de 2002 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO
LEGAL Y ADMINISTRATIVO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la Bonificación por Desempeño Destacado de la agente ALTOMARI, Mónica Claudia (M.I. N° 17.778.407) de Planta Permanente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA
ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DE DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS, y en condiciones de percibirla establecida por el Artículo 89 del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, correspondiente a las funciones ejecutivas del período 2012.
ARTÍCULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado
con cargo a la partida específica del presupuesto vigente de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS - Servicio Administrativo Financiero 357.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dr. FEDERICO G. THEA, Secretario Legal y Administrativo.
e. 08/01/2016 N° 195/16 v. 08/01/2016
#F5044075F#
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
#I5044084I#
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
INTENDENCIA DEL PARQUE NACIONAL EL PALMAR
50
Que en Latinoamérica se están desarrollando con éxito experiencias de incorporación de
nuevas tecnologías para el tamizaje, como la prueba de VPH-CH2.
Que a diferencia de la prueba del PAP, la prueba de VPH tiene una sensibilidad mayor al 95%
para la detección de lesiones de alto grado y un alto valor predictivo negativo.
Que la recomendación científica y de los organismos internacionales de salud pública, es la
implementación de Estrategias de demostración para cambiar los programas al nuevo paradigma
de la prevención del cáncer cérvicouterino basado en la prueba de VPH como tamizaje primario.
Disposición 341/2015
Parque Nacional El Palmar, 15/12/2015
VISTO la necesidad de establecer pautas de seguridad básica dentro del Parque Nacional El
Palmar, y
CONSIDERANDO:
Que la totalidad de los caminos internos del Parque Nacional El Palmar es de ripio.
Que dicha superficie puede afectar el agarre y la maniobrabilidad que experimentan los vehículos y por ende es necesario fijar pautas básicas para la conducción sobre los mismos.
Que los caminos internos son utilizados además por ciclistas y personas a pie a los cuales es
necesario brindar pautas razonables de seguridad.
Que además de lo anterior, es común que la fauna silvestre, cruce los caminos o se acueste
sobre la calzada.
Que es conveniente que el público adopte conductas que garanticen la conservación de la
naturaleza al visitar un área protegida.
Que por lo expuesto, es indispensable establecer las velocidades máximas admitidas dentro
del Parque Nacional El Palmar y las pautas de conducta al conducir cualquier tipo de vehículo
motorizado.
Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por la Resolución N° 537/11
de la Presidencia del Directorio de la Administración de Parques Nacionales.
Por ello,
EL INTENDENTE
DEL PARQUE NACIONAL EL PALMAR
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Establecer como velocidad máxima de circulación los CUARENTA (40) kilómetros por hora en todos los caminos vehiculares del Área Protegida, entendiendo como vehículos
a todos los medios de transporte a motor cualquiera sea su tipo.
Que, desde el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, resulta ineludible coordinar con las
jurisdicciones provinciales, las acciones conducentes a la obtención de estrategias que optimicen
la prevención del cáncer cérvicouterino en el marco de programas organizados.
Que uno de los objetivos específicos del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, creado por
el Decreto 1286/10, es la implementación de estrategias de detección temprana promoviendo la
inclusión de programas de prevención y control de dicha enfermedad en las diferentes jurisdicciones, con el objeto principal de disminuir la incidencia y mortalidad por cáncer.
Que el Programa Nacional de Prevención de Cáncer Cérvicouterino, creado mediante Resolución Ministerial N° 1261/11, tiene como funciones el fortalecimiento institucional y de la capacidad de gestión de los programas provinciales; el desarrollo de estrategias para el aumento
de la cobertura de tamizaje de mujeres en edad objetivo; la garantía de la calidad de la prueba
de tamizaje; el desarrollo de una red eficiente de derivación, seguimiento y tratamiento de mujeres con lesiones precancerosas y cáncer; y el establecimiento de un sistema de información
estratégica que incluya la vigilancia epidemiológica, el monitoreo y la evaluación de la calidad
y del impacto del programa.
Que mediante la Resolución Ministerial N° 1407/14 se transfiere el Programa Nacional de
Prevención de Cáncer Cérvicouterino a la órbita del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER por
razones operativas derivadas de los lineamientos estratégicos del MINISTERIO DE SALUD DE
LA NACIÓN.
Que motivado en las consideraciones precedentes, este MINISTERIO resolvió mediante la Resolución Ministerial N° 1472/11 la aprobación de la Estrategia para la Incorporación de la Prueba de
VPH como Tamizaje Primario en la Provincia de Jujuy, en razón de que dicha jurisdicción provincial
es una de las que registraba mayores tasas de mortalidad por cáncer cérvicouterino.
Que la experiencia llevada a cabo en la citada Provincia ha resultado exitosa, en tanto los
resultados hasta el momento confirman las ventajas del tamizaje basado en el test de VPH, indicando que es un test de alta sensibilidad y con un alto valor predictivo negativo, lo que permite
espaciar el intervalo del tamizaje. Asimismo, permite incrementar la identificación de lesiones al
mejorar la sensibilidad del PAP, también se ha logrado duplicar la tasa de detección de lesiones
pre-cancerosas, permitiendo discriminar mujeres con alto riesgo de padecer lesiones de alto grado o más. Por último, la presente experiencia de Jujuy, ha demostrado que la Prueba de VPH tiene
una alta aceptabilidad tanto en las mujeres como en los equipos de salud.
ARTÍCULO 2° — DETERMINAR que los conductores deberán disminuir la velocidad de circulación a VEINTE (20) kilómetros por hora en las proximidades de los estacionamientos, miradores,
el Área Administrativa o ante presencia de fauna silvestre o personas sobre los caminos.
Que, consecuentemente, resulta propicio continuar avanzando con las acciones llevadas a
cabo en el marco de la Estrategia precitada, ampliando el ámbito territorial de las mismas y avanzando en la ejecución del mismo, a través de una nueva Estrategia que resultará de la Incorporación de la Prueba de VPH como Tamizaje Primario, en aquellas Provincias que deseen adherir a
la misma.
ARTÍCULO 3° — Determinar que el incumplimiento de lo establecido en la presente Disposición, se considerará una infracción al inciso d) del artículo 1° del Reglamento de Infracciones
Generales aprobado por Resolución 871/76.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su
competencia.
ARTÍCULO 4° — Instruir al Área de Educación Ambiental para que se le de amplia difusión a la
presente en los medios de comunicación, página WEB del Parque, Redes Sociales, etc.
Que se dicta la presente medida en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22520 (T.O. 1992) y modificatorias.
ARTÍCULO 5° — Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a las Dirección
Nacional de Interior y a la Dirección de conservación de Áreas Protegidas. Tomen conocimiento
el Departamento de Protección y Guardaparques y la División ICE. Cumplido y con las debidas
constancias archívese. — Gpque. MARIANO CALVI, Intendente, Parque Nacional “El Palmar”.
e. 08/01/2016 N° 204/16 v. 08/01/2016
#F5044084F#
#I5044088I#
MINISTERIO DE SALUD
Resolución 2381/2015
Bs. As., 04/12/2015
VISTO el Expediente N° 1-2002-17490-15-1 del registro del MINISTERIO DE SALUD, el Decreto N° 1286 del 9 de septiembre de 2010, las Resoluciones Ministeriales N° 1261/11, N° 1407/14 y
N° 1472/11 de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que el cáncer cérvicouterino es la segunda causa de muerte por cáncer en mujeres entre 35
y 64 años.
Que en la Argentina se diagnostican alrededor de CUATRO MIL (4.000) casos nuevos por año
de cáncer cérvicouterino, muriendo MIL OCHOCIENTAS (1.800) mujeres por año por esta enfermedad.
Por ello,
EL MINISTRO
DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase la “ESTRATEGIA DE INCORPORACIÓN DE LA PRUEBA DE VPH
COMO TAMIZAJE PRIMARIO”, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida,
en el ámbito del Programa Nacional de Prevención de Cáncer Cérvicouterino, dependiente del
INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, a fin de coordinar las acciones para desarrollar una estrategia de prevención basada en la prueba de VPH como método primario de tamizaje.
ARTICULO 2° — Invítese a las Provincias a adherirse a la “ESTRATEGIA DE INCORPORACIÓN
DE LA PRUEBA DE VPH COMO TAMIZAJE PRIMARIO”, mediante la suscripción de un convenio
que, como ANEXO II, se incluye en la presente resolución.
ARTICULO 3° — La Estrategia estará a cargo de un Director de Estrategia, que dependerá
directamente del Programa Nacional de Prevención de Cáncer Cérvicouterino.
ARTICULO 4° — Facúltese al Director del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER a dictar las
normas complementarias, interpretativas y aclaratorias de la presente Resolución.
ARTICULO 5° — El gasto que demande la ejecución efectiva de la “ESTRATEGIA PARA LA
INCORPORACIÓN DE LA PRUEBA DE VPH COMO TAMIZAJE PRIMARIO”, será afectado a las
partidas específicas del presupuesto vigente, y queda sujeto a limitación en función de la capacidad financiera con que se cuente.
ARTICULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial a sus efectos y archívese. — Dr. DANIEL GUSTAVO GOLLAN, Ministro de Salud.
ANEXO I
Que existen limitaciones para reducir la incidencia y mortalidad por cáncer cérvicouterino,
inherentes al tamizaje basado en la citología convencional (Prueba de Papanicolaou —PAP—).
Que estas limitaciones están generalmente asociadas a la baja cobertura de mujeres tamizadas, el bajo porcentaje de adhesión al seguimiento y tratamiento de lesiones, y a las dificultades
operativas derivadas de la sensibilidad moderada de la prueba del PAP para la detección de lesiones de alto grado, que es de entre el CINCUENTA y SESENTA POR CIENTO (50% y 60%), y de su
limitado valor predictivo negativo.
PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCIÓN DE CÁNCER CERVICOUTERINO
INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER (INC)
El cáncer cervicouterino es el segundo cáncer más diagnosticado en mujeres entre 35 y 64
años en Argentina. Se diagnostican alrededor de 5.000 casos nuevos por año, y mueren 1800
mujeres por esta enfermedad.
Viernes 8 de enero de 2016
Primera Sección
Se ha comprobado que la causa necesaria del cáncer cervicouterino es la infección por
el Virus Papiloma Humano (HPV), cuya principal vía de transmisión es la vía sexual (Bosch
FX., 2002). Existe una asociación de más del 99% entre el HPV y el cáncer de cuello de útero
(Castellsagué X., 2006). Se han encontrado más de 100 tipos de HPV, de los cuales alrededor de 15 son considerados de alto riesgo oncogénico (los más comunes son el 16 y el 18,
responsables de aproximadamente el 70% de los casos de cáncer cervicouterino, seguidos
por el 31 y el 45).
A diferencia de los países desarrollados, los países latinoamericanos que han implementado programas organizados de prevención basados en la citología convencional se han encontrado con limitaciones para alcanzar el impacto deseado en la reducción de la incidencia
y mortalidad. Las principales limitaciones se asocian con la baja cobertura de mujeres tamizadas; el bajo porcentaje de mujeres con Pap anormal que son efectivamente seguidas y
tratadas; la sensibilidad de la prueba que es entre moderada y baja, lo que obliga a repeticiones frecuentes del tamizaje para reducir el porcentaje de falsos positivos; las numerosas
instancias que pueden afectar la calidad de la lectura (toma, transporte, coloración, calidad
de la muestra, etc.).
A partir de la década del 90, los avances de la biología molecular pudieron confirmar la relación
del 99% entre el Virus del Papiloma Humano (VPH) y el CCU y, en consecuencia, se desarrollaron
dos nuevas tecnologías para prevenir este tipo de tumor: la vacuna contra el VPH y el Test de VPH.
La recomendación de la OPS, IARC-OMS de cambiar los programas de prevención de cáncer cervicouterino al nuevo paradigma de la prevención basado en el Test de VPH como tamizaje
primario, sumado al abordaje integral de prevención con la implementación de la vacuna contra
el virus de papiloma humano, han promovido que el Ministerio de Salud de la Nación incorpore
en nuestro país el Test de VPH como tamizaje primario en mujeres de 30 años y más seguido de
citología en caso de Test de VPH positivo, buscando reducir las limitaciones tecnológicas y organizativas derivadas del tamizaje basado en la citología.
El Test de VPH es un método que permite detectar la presencia de ADN de HPV de
alto riesgo oncogénico en las células del cuello del útero. Se trata de una tecnología para
el tamizaje del cáncer cervicouterino cuya sensibilidad es muy superior a la del Pap, y su
efectividad para reducir la incidencia y mortalidad por cáncer de cuello de útero ha sido demostrada científicamente. En efecto, existe un estudio publicado realizado en la India cuyo
objetivo era medir el impacto de tres diferentes métodos de tamizaje en la reducción de la
incidencia y mortalidad por cáncer cervicouterino fue realizado en India (Sankaranarayanan
et al., 2009). En dicho estudio se concluyó que las tasas de incidencia y mortalidad fueron
significativamente mayores para los grupos que fueron tamizados con citología o Inspección
Visual con ácido acético (VIA) que en el caso del grupo al que se le aplicó la prueba de VPH.
El tamizaje mediante la prueba de VPH contribuyó a alcanzar una reducción de casi el 50%
en la tasa de mortalidad.
Diversos estudios han demostrado un mejor desempeño de la prueba de VPH como
método de tamizaje primario13-16 dada su mayor sensibilidad para la detección de lesiones
precancerosas y cáncer (95% para CIN3),17 su alto valor predictivo negativo luego de 5 años
(lo que posibilita extender el intervalo del tamizaje),18-21 la no dependencia de un operador
entrenado para detectar las lesiones precancerosas y, además, un potencial para romper
con algunas barreras de acceso al tamizaje a través de la modalidad autotoma (AT) de la
prueba. 22-30 Por otro lado, si bien el test de VPH posee una especificidad menor con respecto a la citología, su uso como prueba de tamizaje primario ha posibilitado incrementar
la sensibilidad del Pap para la identificación de lesiones de alto grado cuando es utilizado
como prueba de triage. 31,32 Estas ventajas comparativas del test de VPH constituyen una
gran oportunidad para mejorar el funcionamiento de los programas de prevención de CCU
existentes. Sin embargo, como toda oportunidad, el test de VPH también presenta sus desafíos. Su efectiva implementación debe alcanzar altos niveles de organización sobre una serie
de componentes y procesos del tamizaje. Antes de la realización de la prueba deben estar
asegurados los mecanismos de logística, entre los que se incluyen el transporte y el sistema
de conservación. Por esta razón es que se recalca que la introducción del test de VPH necesita contar con programas de prevención organizados, acompañados en una fortalecida red
sanitario de atención provincial.
La existencia (y buen funcionamiento) de programas organizados de prevención de cáncer de
cuello de útero es determinante para disminuir la mortalidad de esta enfermedad. Un programa organizado consiste en un sistema integrado en el cual las mujeres son invitadas, tamizadas, reciben
y entienden los resultados, son derivadas para su tratamiento si es necesario y regresan a repetir
las pruebas de tamizaje según las guías programáticas vigentes. Si la calidad de las pruebas de
tamizaje, la cobertura, el seguimiento y tratamiento de las mujeres con lesiones precancerosas es
alto, la incidencia de esta enfermedad puede reducirse a más del 80%.
En la actualidad, existe una amplia literatura especializada en la problemática que indica que
las técnicas de tamizaje para ser efectivas, deben emplearse en contextos de programas organizados; con una frecuencia y población objetivo basados en evidencia científica; con redes de
servicios de diagnóstico y tratamiento adecuados; y con una alta coordinación entre servicios y
profesionales de la salud.
La introducción del test de VPH en el sistema de salud implica una transformación de la
organización del trabajo antes realizado y, por lo tanto, implica una oportunidad para la movilización de recursos y la motivación de diferentes actores involucrados con la problemática.
Dichos cambios deben ser acompañados por altos niveles de organización para su efectivo
desempeño como, así también, de cambios en los modos de entender el problema, organizar
y llevar adelante las prácticas de trabajo al interior de los servicios de ginecología y citología/
patología cervical. Por tal motivo, el consenso, el acuerdo y el apoyo de todos los actores
involucrados con la prevención de esta enfermedad es indispensable. La Estrategia del test
de VPH no puede ser pensada ni implementada sin tener en cuenta el compromiso de los actores participantes y de una decisión política que acompañe al proceso de su implementación
desde su inicio.
Las actividades preparatorias para el cambio de las prácticas de tamizaje es un proceso
de cambio que no sólo afecta al laboratorio sino que involucra a diferentes servicios y sectores;
además de modificar las prácticas y percepciones de las mujeres sobre la prevención de esta
enfermedad.33
Con el propósito de llevar a cabo el desarrollo de dicha Estrategia se prevé la suscripción de
un Convenio con cada Provincia, donde se establecerán las acciones tendientes a la implementación de la misma.
A continuación se detallan las actividades principales para la implementación de la Estrategia del Test de VPH como tamizaje primario que requieren de un cronograma acordado con
todos los actores involucrados en la prevención y atención del cáncer cervicouterino de cada
provincia. La designación consensuada de responsables y plazos para su concreción, como
la información del plan de acción, apunta a una reestructuración de la red sanitaria en pos del
éxito de la estrategia.
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Anexo II
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Que a la misma asistieron especialistas en derechos sexuales y derechos reproductivos de
las mujeres, en derechos sexuales de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (LGBT) y derechos humanos, en derechos de niñas niños y adolescentes y derechos de las personas con discapacidad.
Asimismo asistieron las Dras. Nelly Minyersky, Eleonora Lamm y Marisa Herrera quienes fueron
integrantes del equipo de redacción del Código Civil y Comercial de la Nación, siendo ésta última
co-directora del Código Civil y Comercial de la Nación Comentado por el Sistema Argentino de
Información Jurídica (InfoJus- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS); y la Dra. Silvia
Fernández como autora de los comentarios realizados al Capítulo 2, Título Primero Parte General de
la edición antedicha; equipos de PROGRAMA NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y PROCREACIÓN
RESPONSABLE, PROGRAMA NACIONAL DE SALUD INTEGRAL EN LA ADOLESCENCIA, DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD MENTAL, DIRECCIÓN NACIONAL DE MATERNIDAD E INFANCIA,
DIRECCIÓN NACIONAL DE SIDA Y ENFERMEDADES DE TRANSMISIÓN SEXUAL, de la SECRETARÍA DE SALUD COMUNITARIA y de la SECRETARÍA DE POLITICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS.
Que, en dichos encuentros se abordó en lectura conjunta y participativa entre las distintas temáticas atinentes a la gestión de la salud sexual y reproductiva resultando de este proceso de construcción colectiva un documento de consenso que analiza las implicancias del nuevo marco normativo
en la implementación de los PROGRAMAS y Políticas Públicas en salud sexual y reproductiva.
Que tal documento de consensos se torna de vital importancia para una implementación
integrada y unificada por parte de este MINISTERIO de la política pública en salud sexual y salud
reproductiva dadas las divergencias interpretativas que pudieran surgir debido al incipiente estado
del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la “Ley de Ministerios - T.O. 1992”, modificada por su similar Ley N° 26.338 y de la competencia delegada mediante
Resolución Ministerial N° 1992/2014.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE SALUD COMUNITARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébese como marco interpretativo del Código Civil y Comercial vigente
el documento de acuerdos elaborado en la “Mesa de Trabajo: Nuevo Código Civil y Comercial,
lectura desde los Derechos Sexuales y los Derechos y Reproductivos” realizada los días 10, 18 y
23 de Noviembre de 2015 que como ANEXO I forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2° — Incorpórase la presente al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA.
e. 08/01/2016 N° 208/16 v. 08/01/2016
#F5044088F#
#I5044089I#
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE SALUD COMUNITARIA
Resolución 65/2015
Bs. As., 09/12/2015
VISTO el Expediente N° 1-2002-28969/15-7 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y las Leyes N° 26.485, N° 25.673, N° 26.529 modificada por Ley N° 26.742, N° 26.743, N° 26.618, N° 26.862,
N° 26.657 y N° 26.378, y
CONSIDERANDO:
Que la República Argentina adoptó el Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo alcanzado en agosto de 2013 para dar seguimiento al Programa de Acción de El Cairo después de 2014,
donde se decidió adoptar como medidas prioritarias la implementación de programas de salud sexual
y salud reproductiva integrales, oportunos y de calidad para adolescentes y jóvenes que garanticen
el acceso a métodos anticonceptivos modernos, seguros y eficaces respetando el principio de confidencialidad y privacidad para que adolescentes y jóvenes ejerzan sus derechos sexuales y derechos
reproductivos, tengan una vida sexual responsable placentera y saludable, eviten embarazos tempranos y los no deseados, la transmisión del VIH y otras infecciones de transmisión sexual; y tomen decisiones libres, informadas y responsables con relación a su vida sexual y reproductiva y al ejercicio de
su orientación sexual; la promoción de políticas que contribuyan a asegurar que las personas ejerzan
sus derechos sexuales; la revisión de la legislación, las normas y prácticas que restringen el acceso
a los servicios de salud sexual y reproductiva y asegurar el acceso a la información completa sobre
todas las opciones de servicios disponibles para todas las personas sin discriminación de ningún tipo.
Que la normativa de fondo en materia civil y comercial fue reformada de manera integral
mediante el dictado de la Ley N° 26.994, que entró en vigencia el día 1° de agosto de 2015. Que
dicha reforma trajo aparejadas importantes modificaciones y avances en materia de derechos en
relación a la salud sexual y salud reproductiva (Leyes N° 25.673 y N° 26.743), principalmente en
relación a criterios etarios relativos a la capacidad para el ejercicio de los derechos vinculados al
cuidado del propio cuerpo (artículo 4 del Decreto N° 1282/2003, Reglamentario de la Ley N° 25.673
y artículos 25 y 26 de la Ley N° 26.994).
Que en este contexto, el PROGRAMA NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y PROCREACIÓN RESPONSABLE junto al PROGRAMA NACIONAL DE SALUD INTEGRAL EN LA ADOLESCENCIA manifestaron la imperiosa necesidad para los equipos de salud y de la gestión en salud de establecer
por este MINISTERIO un marco interpretativo para la aplicación de la nueva normativa civil de fondo enfocado a al acceso a la salud integral en el marco de los derechos sexuales y reproductivos.
Que para lograr dicho objetivo los PROGRAMAS NACIONALES mencionados propusieron la
realización de una mesa de trabajo con expertos, en la que a partir de las inquietudes y necesidades
de las coordinaciones y los equipos de trabajo de ambos programas, las y los especialistas invitados
aportaran sus interpretaciones de la nueva normativa para dar lugar a un intercambio y debate que
permitiera la construcción de un documento de acuerdos, documento que permitiera aclarar dudas
y ambigüedades en la interpretación de la legislación en lo referente a la atención de la salud integral
en los aspectos relacionados con los derechos sexuales y derechos reproductivos, para facilitar
tanto el ejercicio de la gestión como de la atención cotidiana que efectúan los equipos de salud.
Que dicha mesa de trabajo se celebró en tres jornadas los días 10, 18 y 23 de Noviembre en
el salón Oñativia de este MINISTERIO.
ARTÍCULO 3° — Difúndase a través del PROGRAMA NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y PROCREACIÓN RESPONSABLE y por el PROGRAMA NACIONAL DE SALUD INTEGRAL EN LA ADOLESCENCIA.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese intervención a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Dr. NICOLÁS KREPLAK, Secretario de Salud Comunitaria, Ministerio de Salud de la Nación.
ANEXO I
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#I5044090I#
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MINISTERIO DE SALUD
Resolución 2340/2015
Bs. As., 03/12/2015
VISTO el expediente N° 1-2002-27960-15-6 el registro del MINISTERIO DE SALUD, la Ley
23.277 y su Decreto Reglamentario N° 905/1995 y el Decretos N° 10 de fecha 3 de enero de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario afirmar el rol de Rectoría del MINISTERIO DE SALUD en el desarrollo y calidad de los Recursos Humanos en Salud, teniendo en cuenta también los procesos de integración
regional.
Que el ordenamiento racional, la planificación y distribución de los Recursos Humanos en
Salud son un componente central en la política sanitaria de este Ministerio.
Que la profesión de la psicología ha desarrollado diversas modalidades de formación de post
grado y esto permite determinar en algunas de esas modalidades, especializaciones en la profesión que es necesario determinar y validar, como por ejemplo residencias específicas de la profesión, residencias interdisciplinarias o carreras de especialistas universitarias.
Que resulta pertinente armonizar con las jurisdicciones provinciales cuáles especialidades
deberán ser reconocidas en todo el país, con el objeto de estimular su formación en función de las
necesidades de la población.
Que el reconocimiento de especialidades es dinámico y requiere de actualizaciones periódicas por la evolución científica y las necesidades de recursos humanos caracterizados.
Que en ese marco, se presentó para el estudio y consideración de la Comisión Nacional
Asesora creada por la Resolución N° 1105 de fecha 27 de julio de 2006 los formularios correspondientes para el reconocimiento de la especialidad PSICOLOGÍA CLÍNICA en la profesión de
psicología.
Que la ASOCIACIÓN DE UNIDADES ACADÉMICAS DE PSICOLOGÍA (AUAPSI) y la FEDERACIÓN DE PSICÓLOGOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (FEPRA) respaldaron el reconocimiento
de esta especialidad, siendo los iniciadores de dicha propuesta.
Que la especialidad propuesta ha sido sometida a consideración de los representantes técnicos de las distintas jurisdicciones provinciales no habiendo recibido objeciones expresas a la
misma, no así a las orientaciones presentadas en el mismo momento y que requerirán una profundización en su análisis.
Que la DIRECCION NACIONAL DE REGULACION SANITARIA Y CALIDAD EN SERVICIOS DE
SALUD, la DIRECCION NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL, la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS, la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION y la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS han prestado conformidad a esta propuesta.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios - T.O. 1992, modificada por su similar Ley N° 26.338.
Por ello,
EL MINISTRO
DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébese la especialidad PSICOLOGÍA CLÍNICA como especialidad
de la profesión de PSICOLOGÍA, sin perjuicio de la determinación de nuevas especialidades
a través del mecanismo instituido por la Resolución Ministerial N° 1105 de fecha 27 de julio
de 2006.
ARTICULO 2° — Las modalidades de certificación de los psicólogos especialistas en
PSICOLOGÍA CLÍNICA serán análogas a las aceptadas para la certificación de especialistas
médicos y especialistas odontólogos establecidas en el DECRETO N° 10 de fecha 3 de enero
de 2003.
ARTICULO 3° — Invítese a los Señores Ministros del CONSEJO FEDERAL DE SALUD (CO.
FE.SA) a adherir y adecuar las normativas jurisdiccionales que permitan la aplicación de la presente resolución.
ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Boletín Oficial y archívese. — Dr. DANIEL GUSTAVO GOLLAN, Ministro de Salud de la Nación.
e. 08/01/2016 N° 210/16 v. 08/01/2016
#F5044090F#
#I5044143I#
MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
Disposición 114/2015
Bs. As., 03/12/2015
e. 08/01/2016 N° 209/16 v. 08/01/2016
#F5044089F#
VISTO el Expediente N° 1-2002-11125/12-5 del registro del MINISTERIO DE SALUD y las Resoluciones de este Ministerio N° 450 de fecha 7 de abril de 2006; N° 1922 de fecha 6 de diciembre de
2006; N° 1342 de fecha 10 de octubre de 2007; N° 908 de fecha 14 de junio de 2012; y las Disposiciones de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN N° 29 de fecha
14 de septiembre de 2010, N° 13 de fecha 6 de abril de 2011 y;
Viernes 8 de enero de 2016
Primera Sección
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen
criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros.
Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD —COFESA— como rector
de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL
DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA,
integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por Entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial N° 450
de fecha 7 de abril de 2006.
Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades Evaluadoras, conformado
por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MINISTERIO DE SALUD.
Que mediante Disposición Subsecretarial N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010, se ha
aprobado el Instrumento Nacional de Evaluación de Residencias del Equipo de Salud y los Estándares Nacionales de Acreditación, a los efectos de que los mismos definan los criterios mínimos
para el funcionamiento de los programas de formación de residencias, refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE
ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.
Que conforme lo establecido en el artículo 3° de la Disposición Subsecretarial N° 29 de fecha
14 de septiembre de 2010 serán acreditadas aquellas residencias de las especialidades que se
encuentran reconocidas en la Resolución N° 908 de fecha 14 de junio de 2012.
Qué la especialidad médica DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES está incluida en el listado de
especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD (RM. 908/2012).
Que mediante Disposición N° 13 de fecha 6 de abril de 2011 de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la SOCIEDAD ARGENTINA DE RADIOLOGÍA ha sido
incorporada al Registro de Entidades Evaluadoras.
Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en un programa de
formación que se encuadra en lo prescripto en la Resolución Ministerial N° 1342 de fecha 10 de
Octubre de 2007.
Que la SOCIEDAD ARGENTINA DE RADIOLOGÍA ha realizado la evaluación de la residencia de DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES del CENTRO DE EDUCACIÓN MÉDICA E INVESTIGACIONES CLÍNICAS
(C.A.B.A.), utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que la Residencia está en condiciones de ser acreditada por un período de TRES (3) años y ha formulado recomendaciones para su mejora.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL elaboró un
Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los Estándares Nacionales de Acreditación y a las encuestas realizadas a los residentes, expidiéndose en
igual sentido y proponiendo asignar la categoría B.
Que el MINISTERIO DE SALUD a los efectos de orientar el proceso de mejora de la calidad de
la formación de esta residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes.
Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha
supervisado el procedimiento realizado.
Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la acreditación de
la residencia DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES del CENTRO DE EDUCACIÓN MÉDICA E INVESTIGACIONES CLÍNICAS (C.A.B.A.).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial
N° 450 de fecha 7 de abril de 2006.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO
DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Acredítase la Residencia médica de DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES del
CENTRO DE EDUCACIÓN MÉDICA E INVESTIGACIONES CLÍNICAS (C.A.B.A.), en la Categoría
B por un período de TRES (3) años a partir de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo
con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora SOCIEDAD ARGENTINA DE RADIOLOGÍA y la
DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL y en concordancia con
los Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del Equipo de Salud.
ARTICULO 2° — La Residencia Médica de DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES del CENTRO DE
EDUCACIÓN MÉDICA E INVESTIGACIONES CLÍNICAS (C.A.B.A.) deberá:
a) Estandarizar y unificar el programa según normativa y adecuarlo según la guía para la formulación de programas de residencias del Ministerio de Salud de la Nación, incluyendo claramente el perfil, los objetivos y las rotaciones a realizar.
b) Incluir todos los contenidos transversales en el programa de formación.
c) Distribuir uniformemente las guardias durante los años de cursada.
d) Promover la formación pedagógica en el equipo docente.
e) Implementar las acciones necesarias para supervisar las situaciones de cansancio manifestadas por los residentes.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
60
CIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL el listado correspondiente a los residentes activos y de los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la Acreditación.
ARTICULO 4° — La nueva acreditación deberá gestionarse ante este Ministerio 6 meses antes
de su vencimiento conforme lo establece la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de
2006 y en esta, se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones establecidas en el ARTÍCULO 2° para mantener o superar la categoría.
ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese y notifíquese al interesado, dése a
la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS y a la
Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Dr. PABLO E. KOHAN, Subsecretario, Políticas, Regulación y Fiscalización, Ministerio de Salud de la Nación.
e. 08/01/2016 N° 221/16 v. 08/01/2016
#F5044143F#
#I5044144I#
MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
Disposición 113/2015
Bs. As., 03/12/2015
VISTO el Expediente N° 1-2002-8832-13/9 del registro del MINISTERIO DE SALUD y
las Resoluciones de este Ministerio N° 450 de fecha 7 de abril de 2006; N° 1922 de fecha
6 de diciembre de 2006; N° 1342 de fecha 10 de octubre de 2007; N° 1814 de fecha 9 de
octubre de 2015; y las Disposiciones de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN
Y FISCALIZACIÓN N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010 N° 6 de fecha 28 de agosto de
2009 y;
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen
criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros.
Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD —COFESA— como rector
de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE
CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL
DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por Entidades
representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial N° 450 de fecha
7 de abril de 2006.
Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades Evaluadoras, conformado
por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MINISTERIO DE SALUD.
Que mediante Disposición Subsecretarial N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010, se ha
aprobado el Instrumento Nacional de Evaluación de Residencias del Equipo de Salud y los Estándares Nacionales de Acreditación, a los efectos de que los mismos definan los criterios mínimos
para el funcionamiento de los programas de formación de residencias, refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE
ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.
Que conforme lo establecido en el artículo 3° de la Disposición Subsecretarial N° 29 de fecha
14 de septiembre de 2010 serán acreditadas aquellas residencias de las especialidades que se
encuentren reconocidas.
Qué la especialidad médica Neurocirugía está incluida en el listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD (RM. 1814/2015).
Que mediante Disposición N° 6 de fecha 28 de agosto de 2009 de la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la entidad Sociedad Argentina de Neurocirugía ha
sido incorporada al Registro de Entidades Evaluadoras.
Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en un programa de
formación que se encuadra en lo prescripto en la Resolución Ministerial N° 1342 de fecha 10 de
Octubre de 2007.
Que la entidad Sociedad Argentina de Neurocirugía ha realizado la evaluación de la residencia
de Neurocirugía de la institución Hospital General N° 601 - Hospital Militar Central Dr. Cosme Argerich (CABA), utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que la Residencia
está en condiciones de ser acreditada por un período de CINCO (5) años y ha formulado recomendaciones para su mejora.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL elaboró un
Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los Estándares Nacionales de Acreditación y a las encuestas realizadas a los residentes, expidiéndose en
igual sentido y proponiendo asignar la categoría A.
Que el MINISTERIO DE SALUD a los efectos de orientar el proceso de mejora de la calidad de
la formación de esta residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes.
Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha
supervisado el procedimiento realizado.
f) Procurar que la actividad asistencial no se realice en desmedro de la actividad académica.
Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la acreditación
de la residencia de Neurocirugía de la institución Hospital General N° 601 - Hospital Militar Central
Dr. Cosme Argerich (CABA).
g) Formalizar y sistematizar la evaluación de los residentes, incluyendo la de las rotaciones,
estableciendo la metodología su momento, propósito y registro.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su
competencia.
ARTICULO 3° — La Residencia Médica DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES del CENTRO DE EDUCACIÓN MÉDICA E INVESTIGACIONES CLÍNICAS (C.A.B.A.), deberá anualmente informar a la DIREC-
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial
N° 450 de fecha 7 de abril de 2006.
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
Por ello,
EL SUBSECRETARIO
DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DISPONE:
ARTICULO 1° — Acredítase la Residencia médica de Neurocirugía de la institución Hospital
General N° 601 - Hospital Militar Central Dr. Cosme Argerich (CABA), en la especialidad Neurocirugía en la Categoría A por un período de CINCO (5) años a partir de la fecha de publicación de la
presente, de acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora Sociedad Argentina de
Neurocirugía y la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL y en
concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del Equipo
de Salud.
ARTICULO 2° — La Residencia Médica de Neurocirugía de la institución Hospital General
N° 601 - Hospital Militar Central Dr. Cosme Argerich (CABA) deberá:
a) Adecuar al programa a los Estándares Nacionales de Acreditación. Se sugiere emplear la
guía para la formulación de programas de residencias del Ministerio de Salud de la Nación.
b) Incluir todos los contenidos transversales en el Programa de Formación y asegurar su desarrollo formativo.
c) Sistematizar la utilización instrumentos de evaluación para valorar el desempeño en la adquisición de competencias de los residentes.
d) Adecuar y reducir la extensión de la jornada asistencial del residente.
e) Adecuar la cantidad y distribución de guardias en los diferentes años de la residencia a lo
establecido en los Estándares Nacionales, incluir el descanso postguardia y explicitar el mecanismo para asegurar descanso intraguardia.
ARTICULO 3° — La Residencia Médica de Neurocirugía de la institución Hospital General
N° 601 - Hospital Militar Central Dr. Cosme Argerich (CABA), deberá anualmente informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL el listado correspondiente
a los residentes activos y de los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la
Acreditación.
ARTICULO 4° — La nueva acreditación deberá gestionarse ante este Ministerio 6 meses antes
de su vencimiento conforme lo establece la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de
2006 y en esta, se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones establecidas en el ARTÍCULO 2° para mantener o superar la categoría.
ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese y notifíquese al interesado, dése a
la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS y a la
Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Dr. PABLO E. KOHAN, Subsecretario de
Políticas, Regulación y Fiscalización, Ministerio de Salud de la Nación.
e. 08/01/2016 N° 222/16 v. 08/01/2016
#F5044144F#
#I5044145I#
MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
Disposición 112/2015
Bs. As., 03/12/2015
VISTO el Expediente N° 1-2002-23850-14/3 del registro del MINISTERIO DE SALUD y las Resoluciones de este Ministerio N° 450 de fecha 7 de abril de 2006; N° 1922 de fecha 6 de diciembre
de 2006; N° 1342 de fecha 10 de octubre de 2007; N° 1073 de fecha 30 de julio de 2015; N° 1814
de fecha 9 de octubre de 2015; y las Disposiciones de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010 y N° 5 de fecha 19 de marzo
de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen los
criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros.
Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD —COFESA— como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL
DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA,
integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por entidades
representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial N° 450 de fecha
7 de abril de 2006.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
61
Que conforme lo establecido en el artículo 3° de la Disposición Subsecretarial N° 29 de fecha
14 de septiembre de 2010 serán acreditadas aquellas residencias de las especialidades que se
encuentren reconocidas.
Que la especialidad médica Pediatría está incluida en el listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD (RM. 1814/2015).
Que mediante Disposición N° 5 de fecha 19 de marzo de 2009 de la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la entidad Sociedad Argentina de Pediatría ha sido
incorporada al Registro de Entidades Evaluadoras.
Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en un programa de
formación que se encuadra en lo prescripto en la Resolución Ministerial N° 1342 de fecha 10 de
Octubre de 2007.
Que la entidad evaluadora Sociedad Argentina de Pediatría ha realizado la evaluación de la
residencia de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Municipal Ostaciana B. de Lavignole
(Morón - Buenos Aires), utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que la
Residencia está en condiciones de ser acreditada por un período de TRES (3) años y ha formulado
recomendaciones para su mejora.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL elaboró un
Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los Estándares Nacionales de Acreditación, al Marco de Referencia de la Especialidad y a las encuestas
realizadas a los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la categoría B.
Que el MINISTERIO DE SALUD a los efectos de orientar el proceso de mejora de la calidad de
la formación de esta residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes.
Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha
supervisado el procedimiento realizado.
Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la acreditación de
la residencia de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Municipal Ostaciana B. de Lavignole
(Morón - Buenos Aires).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial
N° 450 de fecha 7 de abril de 2006.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO
DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DISPONE:
ARTICULO 1° — Acredítase la Residencia médica de Clínica Pediátrica de la institución
Hospital Municipal Ostaciana B. de Lavignole (Morón - Buenos Aires), en la especialidad Pediatría, en la Categoría B por un período de TRES (3) años a partir de la fecha de publicación de
la presente, de acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora Sociedad Argentina de Pediatría y la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL
y en concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del
Equipo de Salud.
ARTICULO 2° — La Residencia Médica de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Municipal Ostaciana B. de Lavignole (Morón - Buenos Aires) deberá:
a) Ajustar el nombre de la residencia a la denominación aprobada por Resolución 1814/2015
para la especialidad de “Pediatría”.
b) Implementar las acciones necesarias para supervisar las situaciones de cansancio manifestadas por los residentes.
c) Ampliar el tiempo destinado a la formación en ambulatorio, sobre todo en lo referente a la
atención de niño sano.
d) Incorporar estrategias para evaluación de competencias.
e) Incorporar un registro de procedimientos realizados por cada residente.
f) Incorporar dentro de la formación un espacio dedicado al entrenamiento en investigación
clínica y búsqueda bibliográfica.
g) Implementar un régimen de descanso post-guardia, señalando que la cantidad de guardias
debe ajustarse a normativa y distribuirse de forma uniforme en todos los años.
h) Garantizar que todas las actividades formativas sean sin costo para los residentes.
Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades Evaluadoras, conformado
por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MINISTERIO DE SALUD.
ARTICULO 3° — La Residencia Médica de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Municipal Ostaciana B. de Lavignole (Morón - Buenos Aires), deberá anualmente informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL el listado correspondiente a
los residentes activos y de los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la
Acreditación.
Que por Resolución Ministerial N° 1073 de fecha 30 de julio de 2015 se han aprobado los
Marcos de Referencia de las Especialidades Médicas Pediatría, Medicina General y/o Familiar
y Tocoginecología. Y que los mismos fueron incorporados como estándar de evaluación de las
residencias que se acrediten en el marco del SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.
ARTICULO 4° — La nueva acreditación deberá gestionarse ante este Ministerio 6 (SEIS) meses
antes de su vencimiento conforme lo establece la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril
de 2006 y en esta, se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones establecidas en el ARTÍCULO 2° para mantener o superar la categoría.
Que mediante Disposición Subsecretarial N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010, se ha
aprobado el Instrumento Nacional de Evaluación de Residencias del Equipo de Salud y los Estándares Nacionales de Acreditación, a los efectos de que los mismos definan los criterios mínimos
para el funcionamiento de los programas de formación de residencias, refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE
ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.
ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese y notifíquese al interesado, dése a
la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS y a la
Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Dr. PABLO E. KOHAN, Subsecretario de
Políticas, Regulación y Fiscalización, Ministerio de Salud de la Nación.
e. 08/01/2016 N° 223/16 v. 08/01/2016
#F5044145F#
Viernes 8 de enero de 2016
Primera Sección
#I5044147I#
MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
Disposición 111/2015
Bs. As., 03/12/2015
VISTO el Expediente N° 1-2002-16108-15-6 del registro del MINISTERIO DE SALUD y las Resoluciones de este Ministerio N° 450 de fecha 7 de abril de 2006; N° 1922 de fecha 6 de diciembre
de 2006; N° 1342 de fecha 10 de octubre de 2007; N° 908 de fecha 14 de junio de 2012; N° 1073
de fecha 30 de julio de 2015 y las Disposiciones de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010 y N° 9 de fecha 10 de marzo
de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen los
criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros.
Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD —COFESA— como rector
de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE
CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL
DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por entidades
representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial N° 450 de fecha
7 de abril de 2006.
Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades Evaluadoras, conformado
por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MINISTERIO DE SALUD.
Que por Resolución Ministerial N° 1073 de fecha 30 de julio de 2015 se han aprobado los
Marcos de Referencia de las Especialidades Médicas Pediatría, Medicina General y/o Familiar
y Tocoginecología. Y que los mismos fueron incorporados como estándar de evaluación de las
residencias que se acrediten en el marco del SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.
Que mediante Disposición Subsecretarial N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010,
se ha aprobado el Instrumento Nacional de Evaluación de Residencias del Equipo de
Salud y los Estándares Nacionales de Acreditación, a los efectos de que los mismos
definan los criterios mínimos para el funcionamiento de los programas de formación de
residencias, refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL
EQUIPO DE SALUD.
Que conforme lo establecido en el artículo 3° de la Disposición Subsecretarial N° 29 de fecha
14 de septiembre de 2010 serán acreditadas aquellas residencias de las especialidades que se
encuentran reconocidas en la Resolución N° 908 de fecha 14 de junio de 2012.
Que la especialidad médica Pediatría está incluida en el listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD (RM. 908/2012).
Que mediante Disposición N° 9 de fecha 10 de marzo de 2010 de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la Sociedad Argentina de Pediatría ha sido incorporada
al Registro de Entidades Evaluadoras.
Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en un programa de
formación que se encuadra en lo prescripto en la Resolución Ministerial N° 1342 de fecha 10 de
Octubre de 2007.
Que la Sociedad Argentina de Pediatría ha realizado la evaluación de la residencia de Clínica
Pediátrica de la institución Hospital Interzonal General de Agudos Pedro Fiorito (Localidad de
Avellaneda - Buenos Aires), utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que
la Residencia está en condiciones de ser acreditada por un período de CUATRO (4) años y ha formulado recomendaciones para su mejora.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL elaboró
un Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los
Estándares Nacionales de Acreditación, al Marco de Referencia de la Especialidad y a las
encuestas realizadas a los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar
la categoría A.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
62
Sociedad Argentina de Pediatría y la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD
OCUPACIONAL y en concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las
Residencias del Equipo de Salud.
ARTÍCULO 2° — La Residencia Médica de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Interzonal General de Agudos Pedro Fiorito (Localidad de Avellaneda - Buenos Aires) deberá:
a) Anexar al Programa general jurisdiccional especificaciones sobre las rotaciones, actividades y evaluación propias de la sede de la residencia.
b) Incorporar la rotación por Adolescencia, según las especificaciones del marco de referencia.
c) Aumentar el tiempo destinado a la formación en neonatología.
Cumplimentar en forma adecuada el descanso post guardia para todos los residentes.
d) Ampliar el tiempo destinado a la formación en el ámbito ambulatorio y disminuir el destinado
a internación.
e) Ajustar el nombre de la residencia a la denominación aprobada por Resolución 908/2012
para la especialidad.
ARTÍCULO 3° — La Residencia Médica de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Interzonal General de Agudos Pedro Fiorito (Localidad de Avellaneda - Buenos Aires), deberá anualmente
informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL el listado
correspondiente a los residentes activos y de los egresados durante el período correspondiente a
la vigencia de la Acreditación.
ARTÍCULO 4° — La nueva acreditación deberá gestionarse ante este Ministerio 6 meses antes
de su vencimiento conforme lo establece la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de
2006 y en esta, se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones establecidas en el ARTÍCULO 2° para mantener o superar la categoría.
ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese y notifíquese al interesado, dése a
la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS y a la
Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Dr. PABLO E. KOHAN, Subsecretario de
Políticas, Regulación y Fiscalización, Ministerio de Salud de la Nación.
e. 08/01/2016 N° 225/16 v. 08/01/2016
#F5044147F#
#I5044493I#
MINISTERIO DE SALUD
Resolución 2335/2015
Bs. As., 03/12/2015
VISTO el Expediente N° 1-2002-19456-15-5 del registro del MINISTERIO DE SALUD y las Resoluciones Ministeriales N° 282/00 del 19 de Abril de 2000 y N° 749 del 27 de Noviembre de 2009,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Ministerial N° 282/00 se creó el Programa de Becas Anuales de Investigación para Profesionales “Ramón Carrillo - Arturo Oñativia” en el ámbito de la COMISIÓN NACIONAL SALUD INVESTIGA.
Que son facultades de la COMISIÓN NACIONAL SALUD INVESTIGA determinar las categorías
de becas a otorgarse, definir las áreas temáticas y los lineamientos específicos de cada convocatoria, las bases para la presentación de proyectos, los procesos de preselección de proyectos y las
herramientas de evaluación y selección, designar a los evaluadores externos y elaborar el listado
final de ganadores de becas y de sus reemplazos.
Que mediante Resolución Ministerial N° 749 del 27 de noviembre de 2009 se creó un Comité
de Ética en Investigación “Ad - Hoc”, en el ámbito de la COMISIÓN NACIONAL SALUD INVESTIGA,
con el propósito de asegurar una evaluación ética para proyectos de investigadores que no cuenten con un Comité de Ética en su jurisdicción.
Que se cuenta con la conformidad de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES SANITARIAS E
INVESTIGACIÓN, dependiente de la SECRETARÍA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS.
Que el MINISTERIO DE SALUD a los efectos de orientar el proceso de mejora de la calidad de
la formación de esta residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha
supervisado el procedimiento realizado.
Que se actúa en virtud de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios N° 22.520, Artículo 23 ter - (T.O. Decreto N° 438/92).
Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la acreditación de
la residencia de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Interzonal General de Agudos Pedro
Fiorito (Localidad de Avellaneda - Buenos Aires).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial
N° 450 de fecha 7 de abril de 2006.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO
DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Acredítase la Residencia médica de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Interzonal General de Agudos Pedro Fiorito (Localidad de Avellaneda - Buenos Aires), en la
especialidad Pediatría, en la Categoría A por un período de CUATRO (4) años a partir de la fecha
de publicación de la presente, de acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora
Por ello,
EL MINISTRO
DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Establécense las áreas de conocimiento y los lineamientos específicos priorizados para la Convocatoria 2016 a Becas “Ramón Carrillo - Arturo Oñativia” que constan en el
ANEXO I de la presente Resolución.
ARTICULO 2° — Apruébanse las condiciones, los montos y la distribución por categorías para
la Convocatoria 2016 a Becas “Ramón Carrillo - Arturo Oñativia” que constan en el ANEXO II de la
presente Resolución.
ARTICULO 3° — El gasto que demande la ejecución de las Becas aprobadas por la presente
Resolución será imputado a las partidas presupuestarias del Programa 19, Actividad 1, Inciso 3.9.6
del ejercicio correspondiente al año 2016.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial.
Cumplido, archívese. — Dr. DANIEL GUSTAVO GOLLAN, Ministro de Salud.
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
ANEXO I
ÁREAS DE CONOCIMIENTO Y LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS PRIORIZADOS - CONVOCATORIA
2016 BECAS “RAMÓN CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA”
1) Becas Individuales
Áreas temáticas y enfoques priorizados Convocatoria 2016
ÁREAS TEMÁTICAS
1. Salud materna y perinatal
2. Salud infantil
3. Salud de adolescentes
4. Salud de adultos mayores
5. Enfermedades crónicas no transmisibles
6. Enfermedades transmisibles y descuidadas
7. Enfermedades raras
8. Lesiones
9. Salud mental y adicciones
10. Salud sexual y reproductiva
11. Salud y ambiente
12. Salud bucal
13. Salud laboral
14. Salud alimentaria
15. Discapacidad
16. Cuidados paliativos
17. Salud e interculturalidad
18. Recursos humanos en salud
19. Donación y trasplante de órganos. Hemodonación
20. Inmunizaciones
21. Gestión y políticas sanitarias. Economía de la salud. Política de medicamentos
22. Seguridad del paciente
23. Salud y comunicación
ENFOQUES TEÓRICO - METODOLÓGICOS DE LA INVESTIGACIÓN
a) Determinantes y condicionantes de la salud: sociales, culturales, de género, económicos y
ambientales. Equidad.
b) Planificación, monitoreo y evaluación de programas y servicios de salud. Calidad e innovación en gestión.
c) Prevención, promoción y educación para la salud
d) Epidemiología y factores de riesgo
2) Estudios Multicéntricos
Áreas temáticas y temas priorizados
1. Enfermedades crónicas no transmisibles ECNT
1.1 Evaluación de sistemas de monitoreo y control de enfermedades crónicas no transmisibles
en la atención primaria de la salud.
1.2 Evaluación de intervenciones para el abordaje territorial de las ECNT.
1.3 Estudios sobre calidad de atención en enfermedades cardiovasculares: sistemas de atención de eventos cardiovasculares (infarto de miocardio y/o accidente cerebrovascular).
1.4 Estudios sobre calidad de atención en casos de violencia de género.
2. Enfermedades transmisibles
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
63
3.2 Estudios de factores de riesgo relacionados con la mortalidad infantil domiciliaria.
3.3. Estudios de base poblacional sobre problemas de salud prevalentes en niños en edad
escolar.
3.4 Estudio de causas indirectas de mortalidad materna.
3.5 Estudios epidemiológicos de seguimiento de los recién nacidos prematuros en maternidades públicas argentinas.
4. Recursos humanos en salud
4.1 Dotación, formación, distribución, remuneración o condiciones laborales del RRHH y su
relación con las necesidades del subsector público de salud en Argentina.
4.2 Evaluación de eficacia de las estrategias para orientar la formación del RRHH en especialidades prioritarias.
4.3 Estudios de las formas de contratación, nivel de formación y salarios de enfermería en las
distintas jurisdicciones del país.
5. Gestión y políticas sanitarias
5.1 Estudios de modelos de gestión organizacional e inversión pública en el subsector público
de salud.
5.2 Estudios de barreras y oportunidades para la conformación de redes de servicios de salud.
5.3 Evaluación de resultados o impacto de programas sanitarios
5.4 Evaluación de impacto de la aplicación de la ley de salud mental en las jurisdicciones del país.
5.5 Envejecimiento y políticas sanitarias.
5.6 Estudios sobre la eficiencia del gasto en programas y prestaciones de salud prioritarios.
5.7 Análisis de la demanda y el acceso a los medicamentos, uso racional de medicamentos.
6. Salud y ambiente
6.1 La gestión de residuos en Establecimientos de Atención de la Salud.
6.2 Impacto poblacional sanitario de los agroquímícos.
6.3 Gestión segura de productos domisanitarios.
6.4 Impactos del Cambio Climático sobre la salud.
6.5 Impacto poblacional sanitario de la exposición a radiación ultravioleta.
6.6 Impacto poblacional sanitario del consumo de aguas arsenicales.
7. Salud alimentaria
7.1 Evaluación del efecto de intervenciones comunitarias para aumentar el consumo poblacional de frutas y verduras.
7.2 Estudios sobre prevención y tratamiento de la obesidad infanto juvenil.
7.3 Evaluación de impacto de estrategias de promoción de la alimentación saludable (priorizando dieta hiposódica).
7.4 Estudios sobre la relación entre publicidad y consumos de alimentos poco saludables en
niños.
8. Salud mental y adicciones
8.1 Evaluación de intervenciones para mejorar el acceso de pacientes con consumo de sustancias psicoactivas y pacientes con padecimientos mentales al sistema público de salud.
8.2 Magnitud, características y factores asociados a problemas de salud mental prevalentes.
8.3 Intervenciones en las urgencias y criterios de internación en el marco de la ley 26657 de
salud mental y adicciones.
8.4 Intervenciones clínicas interdisciplinarias en salud mental. Nuevas subjetividades, nuevos
dispositivos.
8.5 Estrategias de intervención en el primer nivel de atención en salud mental y adicciones.
8.6 Abordaje del consumo problemático en el ámbito de la atención en salud mental.
8.7 Determinantes y condicionantes de la salud / salud mental: sociales, culturales, de género,
económicos y ambientales.
9. Salud de Adolescentes
2.1 Estudios de base poblacional de seroprevalencias de las hepatitis virales en el país ( B y C).
9.1 Evaluación de impacto de intervenciones para resolver consumos problemáticos de alcohol y drogas en adolescentes.
2.2 Evaluación de impacto de intervenciones para la prevención o el control de enfermedades
transmisibles.
9.2 Evaluación de intervenciones para prevenir: a) enfermedades de transmisión sexual, o b)
embarazo precoz, en adolescentes.
2.3 Dificultades en el tratamiento de patologías transmisibles prevalentes en población vulnerable.
2.4 Evaluación de impacto de intervenciones para la prevención o control de enfermedades
transmitidas por vectores (priorizando dengue y chikunguña).
3. Salud materna/perinatal e infantil
3.1 Evaluación de intervenciones clínicas o de salud pública para reducir la morbimortalidad
materna y perinatal.
10. Discapacidad y rehabilitación
10.1 Evaluación de efectividad de técnicas de rehabilitación.
10.2 Estudios de incidencia y prevalencia de discapacidades en Argentina.
10.3 Acceso a la salud de las personas con discapacidad.
10.4 Rehabilitación neurológica de personas, tanto niños como adultos, con lesiones cerebrales y/o medulares congénitas y/o adquiridas.
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
#I5044424I#
ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO
ANEXO II
CONDICIONES Y DISTRIBUCIÓN DE LAS BECAS “RAMÓN CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA”
2016 SEGÚN CATEGORÍAS
Los postulantes a las Becas “Ramón Carrillo - Arturo Oñativia” deberán cumplir con los
requisitos establecidos para la Convocatoria 2016 que constan en las Bases de cada categoría
de Becas. Las mismas se publicarán en la página web de la Comisión Nacional Salud Investiga
-www.saludinvestiga.org.ar- a partir del 21 de septiembre de 2015.
El período para la postulación de los proyectos comenzará el 21 de septiembre de 2015 y
finalizará el 4 de diciembre de 2015.
La duración de las Becas es de un año, con dedicación a tiempo parcial. El período de ejecución comenzará el 15 de Mayo de 2016 y finalizará el 15 de Mayo de 2017.
Se otorgarán TRESCIENTAS (300) Becas.
El monto total de cada beca es de PESOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($62.500.-),
distribuidos en: PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ($55.500.) de estipendio
para el becario y PESOS SIETE MIL ($ 7.000.-) destinados a la Institución que avale la Investigación.
El monto total de cada beca se abonará en DOS (2) pagos semestrales. El primer pago se efectuará aproximadamente a los tres meses de comenzada la beca. El segundo desembolso quedará
sujeto a la aprobación por la COMISIÓN NACIONAL SALUD INVESTIGA del informe de avance
correspondiente al primer semestre.
Las Becas “Ramón Carrillo - Arturo Oñativia” para el período 2016 se distribuirán de la siguiente forma:
64
Resolución 54/2015
04/12/2015
El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) ha dictado en el Expediente N° 1765-13 la Resolución ERAS N° 54 de fecha 4/12/2015, por la cual se prorroga a partir
del día 19 de diciembre de 2015 la licitación privada adjudicada a la empresa EXTERNAL MARKET
S.R.L., transcribiendo a continuación los artículos:
“ARTÍCULO 1°.- Renuévase a partir del día 19 de diciembre de 2015 y por el plazo de DOCE
(12) meses la licitación privada adjudicada a la empresa EXTERNAL MARKET S.R.L. por Resolución ERAS N° 42/13 para la contratación en comodato de equipos de fotocopiado para el ENTE
REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS), por un importe de PESOS CIENTO CUARENTA
Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 147.450,00.-) IVA incluido, en las mismas condiciones pactadas y manteniéndose las prestaciones en las formas detalladas en el “Pliego de
Cláusulas Particulares y Especificaciones Técnicas” aprobado por la Resolución ERAS N° 25/13.
ARTÍCULO 2°.- Autorízase al DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO a emitir la correspondiente
orden de contratación.
ARTÍCULO 3°.- La presente resolución deberá ser ratificada en la primera reunión de Directorio del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS).
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, tome intervención el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO para que
prosiga con las tramitaciones correspondientes, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación extractada y, cumplido, archívese.”
Firma: Dr. Hugo Oscar Segura - Presidente.
Dr. HUGO OSCAR SEGURA, Presidente.
1.BECAS PARA ESTUDIOS INDIVIDUALES
e. 08/01/2016 N° 284/16 v. 08/01/2016
#F5044424F#
CIEN(160) becas de investigación clínica y de salud pública, categorías iniciación y perfeccionamiento.
Monto parcial: PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000.-).
2. BECAS PARA ESTUDIOS MULTICÉNTRICOS.
a) OCHENTA (80) becas para Estudios Multicéntricos por convocatoria pública: Montó parcial:
PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000 .-).
b) SESENTA (60) becas para Estudios Multicéntricos por Invitación sobre temas priorizados por la Autoridad Sanitaria: Monto Parcial: TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL
($3.750.000.-).
3. MONTO TOTAL BECAS “RAMÓN CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA” CONVOCATORIA 2016:
PESOS DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($18.750.000.-).
- Tanto las becas individuales como los Estudios Multicéntricos tienen como plazo de inscripción la Convocatoria en curso iniciada el 22 de septiembre y como fecha de finalización el día 4 de
diciembre de 2015.
- Todas las postulaciones, sean individuales o estudios multicéntricos de cualquier tipo, serán
sometidas a evaluación externa.
e. 08/01/2016 N° 313/16 v. 08/01/2016
#F5044493F#
#I5045779I#
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES
SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN
Disposición 995/2015
12/11/2015
EXTRACTO DE DISPOSICIÓN N° 995 DE FECHA 12 DE NOVIEMBRE DE 2015.
ARTICULO 1º.- Categorízase a la institución “XEREBRO EQUIPO INTERDISCIPLINARIO” de
Claudia Mabel ESTÉFANO, Natalia Claudia CAVELLO ESTÉFANO y Gastón Daniel CAVELLO ESTÉFANO C.U.I.T. N° 33-71404315-9, con domicilio legal y real en la calle General San Martín N° 676,
Código Postal 8302, de la localidad de Neuquén, provincia del Neuquén, en la modalidad prestacional de Servicio de Apoyo a la Integración Escolar.
ARTICULO 2º.- Encuádrase la atención brindada por el citado establecimiento en la modalidad prestacional de Servicio de Apoyo a la Integración Escolar.
ARTICULO 3º.- Inscríbase a la institución “XEREBRO EQUIPO INTERDISCIPLINARIO” de
Claudia Mabel ESTÉFANO, Natalia Claudia CAVELLO ESTÉFANO y Gastón Daniel CAVELLO ESTÉFANO en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
ARTÍCULO 4°.- Déjase establecido que la presente categorización se ha otorgado hasta
el día 7 de julio de 2016, según lo establecido por Disposición N° 747 del 7 de julio de 2015
del Director Provincial de Calidad de la Gestión de la Subsecretaría de Salud de la Provincia
de Neuquén.
ARTICULO 5º.- Contra el presente acto podrá deducirse el Recurso de Reconsideración previsto en el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto
Nº 1759/72 (t.o. 1991) el que deberá interponerse en el plazo de diez (10) días de notificada
la presente.
Dra. MARCELA ALEJANDRA GABA, Directora, Servicio Nacional de Rehabilitación.
e. 08/01/2016 N° 844/16 v. 08/01/2016
#F5045779F#
#I5044508I#
DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
Resolución 157/2015
Bs. As., 28/12/2015
VISTO el Expediente Nº 246/2015 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual
Nº 26.522 y las Audiencias Públicas realizadas durante el año 2015 por este Organismo, la CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS, la DECLARACIÓN CONJUNTA DE LOS
RELATORES DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN SOBRE DIVERSIDAD EN LA RADIODIFUSIÓN (2007)
y la DECLARACIÓN CONJUNTA DE LOS RELATORES DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN SOBRE UNIVERSALIDAD Y DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN (2014), la CONVENCIÓN SOBRE LA
PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA DIVERSIDAD DE LAS EXPRESIONES CULTURALES de la
ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN LA CIENCIA Y LA CULTURA
(UNESCO), y
CONSIDERANDO:
Que la configuración de patrones socioculturales excluyentes en los servicios de comunicación audiovisual produce un efecto de exclusión sistemática de la esfera mediática de algunos
sectores sociales y dificulta la participación y el ejercicio igualitario de la libertad de expresión. El
motivo de esta exclusión se asocia a distintas formas de violencias y desigualdades que resultan
en injusticias comunicacionales y, por ende, culturales1, expresadas fundamentalmente a través
de estereotipos negativos, estigmatizaciones, fijación desigual de roles preestablecidos y expresiones discriminatorias.
Al mismo tiempo, esta matriz de exclusión comunicacional impacta en la capacidad de las
personas discriminadas de expresarse en la esfera pública, de ser reconocidas y legitimadas por
los demás, de contar con suficiente autoestima comunicacional para difundir sus propias demandas y, en definitiva, tener un grado de participación en los procesos sociales y políticos. En
consecuencia, opera un efecto de silenciamiento2, ya que se desvalorizan las voces y demandas
de estos grupos marginados de los medios de comunicación y se perpetúa su situación de subordinación social, a la luz de Paulo FREIRE, de opresión comunicacional,
Que se trata del grave problema que afrontan las democracias contemporáneas, aquello que
Owen FISS denominó la “censura empresarial”3, que se produce cuando los servicios de comunicación audiovisual —respondiendo a la presión económica, más que al interés público— no le
otorgan relevancia a temas de interés social de manera justa e imparcial, logrando los objetivos
de pluralidad y diversidad de todo servicio de comunicación audiovisual y, por ello, fracasan en el
cumplimiento de sus deberes democráticos.
El conflicto se encuentra en el predominio de una lógica económica en la comunicación audiovisual y en la definición de los criterios y jerarquizaciones periodísticas que determinan la agenda
mediática a partir de lógicas mercantilistas, clasistas, machistas y “de dominio”, como señala
Guillermo OROZCO, que actúa en detrimento de una visión más igualitaria y democrática de la
comunicación.
La transformación de estas injusticias culturales requiere el despliegue de medidas y políticas públicas que actúen sobre las estructuras sociopolíticas que producen y reproducen las
representaciones culturales en el corto y el largo plazo. Justamente, la actividad que desarrollan
los servicios de comunicación audiovisual, en tanto uno de los principales productores culturales
de sentidos, es el campo sobre el cual deben intervenir las políticas que pretendan revertir las
representaciones sociales discriminatorias y las diferentes formas de violencias comunicacionales
que profundizan la desigualdad, horadan la autoestima comunicacional, unifican los discursos,
consolidan la subordinación social y por ende causan un grave daño social.
Que este diagnóstico sobre las relaciones entre el público audiovisual, entendido como un
colectivo heterogéneo, con necesidades e intereses múltiples, y las representaciones que de ellos
construyen y reproducen los servicios de comunicación audiovisual quedó reflejado en las Audiencias Públicas que ha realizado este Organismo durante 2013 y 2014 en distintas regiones del país.
Y, como consecuencia de esa primera radiografía comunicacional, se destinaron las Audiencias
Públicas del año 2015 especialmente a profundizar el conocimiento sobre las representaciones
mediáticas, a partir de las preguntas “¿Cómo nos ven los medios?”, “¿Nos representan como somos?”. La Ciudad de PARANÁ fue la sede de la primera audiencia destinada a la Región Centro;
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Primera Sección
luego en la ciudad de SANTIAGO DEL ESTERO se realizó la segunda audiencia correspondiente a
la Región Norte; más tarde la Ciudad de TRELEW fue la sede de la tercera audiencia de la Región
Sur; y finalmente, la Ciudad de MAR DEL PLATA fue la sede de la última audiencia pública del año,
en la Región de Buenos Aires; donde además se realizó el Encuentro Anual, con representantes de
las provincias de todo el país.
La experiencia de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL desde su efectiva puesta en funcionamiento y particularmente lo expresado en las
distintas Audiencias Públicas que se han realizado, demuestran que el público audiovisual se encuentra constituido por múltiples y diversas expresiones colectivas, donde conviven diferentes
sectores y grupos de la sociedad, entre los cuales se pueden mencionar a los niños, niñas y
adolescentes; los adultos y adultas mayores; las mujeres; las comunidades campesinas; los y las
afrodescendientes, los y las migrantes, la comunidad LGBTTTIQ y las personas con discapacidad,
entre otros.
No obstante esta heterogeneidad del público, persiste un patrón de exclusión sociocultural
que caracteriza a todo los grupos y colectivos que lo configuran, en tanto la desigualdad estructural en las posibilidades de acceder y de ser representados de modo igualitario, en los servicios
de comunicación audiovisual se traduce en prácticas comunicacionales que alternan entre las representaciones negativas, las operaciones retóricas estigmatizantes y discriminatorias y la directa
invisibilización, entendida también como una forma más de exclusión.
Que en cualquier caso, la distancia entre las experiencias populares y las representaciones
que les devuelven los servicios de comunicación audiovisual masiva con fines de lucro, demuestran una fuerte crisis de representación colectiva, que lesiona el imaginario social plural y condiciona la realización de una comunicación más democrática.
Que así fue expresado sobre todo en las Audiencias Públicas realizadas durante 2015, donde
la mayoría de las intervenciones de quienes expusieron permitió evidenciar una serie de operaciones comunicacionales discriminatorias que giraron en torno a “la no representación” o la
“representación negativa”, “la representación peyorativa’’, la “estigmatización”, “la violencia”, la
“invisibilización”, la “espectacularización”, las coberturas periodísticas “prejuiciosas”, la “objetivación”, “la construcción de un imaginario social equivocado”, la “victimización”, la “comunicación
hegemónica’’, la “distorsión comunicacional”, la exclusión “de la agenda mediática”, la creación
de “una sola verdad que se presenta como neutral” y, como consecuencia, para contrarrestar los
daños producidos, la necesidad de reparación, de “reconocer las identidades” marginadas y de
comenzar a decirse a sí mismos, para dejar de ser dichos por otros, con intereses económicos y
no sociales, que pueden terminar por moldear subjetividades negativizadas.
En este sentido, las personas más jóvenes expresaron que en los servicios de comunicación
audiovisual se los estigmatiza y asocia constantemente al consumo de drogas y alcohol, a las
vagancias y violencias, demonizándolos y criminalizándolos, sobre todo si viven en barrios populares, por sus ideas, por sus formas de vestir y por la música que escuchan. Asi, reconocieron
que todo ello configura una forma hegemónica de representar una juventud única y totalizadora,
bajo un estatus de inferioridad que tendenciosamente desconoce las diferentes expresiones de
las juventudes y sus acciones positivas como sujetos que construyen la sociedad democrática.
De modo similar, las personas adultas mayores expresaron que son representadas en los
servicios de comunicación audiovisual a través de estereotipos prejuiciosos, que construyen un
imaginario social sesgado, donde se los muestra como objetos de intervención antes que como
sujetos de derechos. De acuerdo con sus propias palabras las noticias los reflejan como personas asexuadas, solitarias, relacionadas con la muerte, la enfermedad, encerradas en geriátricos y
como víctimas de hechos de violencia. Por ello, proponen otro paradigma de la vejez, que tenga en
cuenta que hacen deportes, disfrutan de su sexualidad, participan en espacios educativos, culturales, tienen proyectos de vida y también construyen la sociedad democrática cada día.
Por su parte, las mujeres sostuvieron que los servicios de comunicación audiovisual las siguen representando como objeto de deseo, de posesión y dominio, encerradas en el espacio de
lo doméstico, como se pretendía en los siglos pasados, y sin reconocerles los mismos derechos
que a los hombres. Asimismo, expresaron que a pesar de los avances de los últimos años en
las coberturas sobre feminicidios, aún persisten abordajes prejuiciosos, que incurren en lenguaje sexista, culpabilizan a las víctimas de los hechos realizados por los victimarios, no consultan
fuentes informativas especializadas, espectacularizan y banalizan los hechos, los circunscriben
a un episodio policial y olvidan la problemática histórica, social y cultural en la que se inscriben,
no suelen brindar información sobre los victimarios, aunque sí siempre de las mujeres asesinadas
por su condición de mujer, a la vez que no suelen sostener en el tiempo la información, sino que
cada hecho se muestra aislado y luego cae en el olvido o muere a merced de otra información más
impactante.
Por ello, exigen que se reconozca que hay muchas formas de ser mujeres, sostienen la necesidad de producir contenidos que incorporen la igualdad de género y aseguran que se debe
promover la formación en perspectiva de género para quienes trabajan en los medios de comunicación audiovisuales.
Los pueblos originarios manifestaron que no se respetan sus cosmovisiones en los servicios
de comunicación audiovisual y se los representa por medio de prejuicios que distorsionan sus
luchas históricas por la recuperación de sus tierras ancestrales, ya que son presentados como
agresores y usurpadores. Aseguran que se construye una sola verdad que se presenta como neutral y no se tienen en cuenta las leyes y los tratados internacionales que reconocen sus derechos.
Que se los vincula con las vagancias y las violencias y se ocultan sus cosmovisiones, cuando no
se las usurpan personas ajenas a las comunidades para obtener beneficios económicos. Por lo
tanto, exigen que los medios de comunicación visibilicen las distintas culturas originarias y se
multipliquen los servicios de comunicación audiovisual propios.
El colectivo LGBTTTIQ manifestó que a pesar de alcanzar la igualdad jurídica, aún resta la
igualdad cultural. Aseguran que en los medios de comunicación no se diferencia adecuadamente
a las distintas comunidades que componen el colectivo y, a su vez, se confunde identidad de género, prácticas sexuales y orientación sexual. Por un lado, expresan que las noticias sobre personas
trans son negativas, las criminalizan, las asocian con enfermedades de transmisión sexual, con
la prostitución, las drogas y no se habla del machismo, el acoso callejero, la discriminación y la
persecución policial. Por otra parte, la homosexualidad o el lesbianismo aparecen bajo representaciones estereotipadas y no se respeta la intimidad ni la privacidad de las personas respecto de
su sexualidad. Finalmente, denuncian discriminación en las publicidades porque sólo hay familias
heterosexuales y aseguran que las conquistas del colectivo no forman parte de la agenda mediática, que reproduce miradas estereotipadas centradas en lógicas de normalidad.
Las personas con discapacidad expresaron que no se sienten identificadas en los servicios
de comunicación audiovisual, ya que son invisibilizadas y no se respetan sus derechos relativos
a la accesibilidad que establece la Ley N° 26.522. Ante la pregunta cómo nos ven los medios,
tuvieron una respuesta inmediata: “no nos ven”. Por ello, demandan que se incorporen de modo
efectivo herramientas de comunicación visual adicional, tales como subtitulado oculto, lengua de
señas argentina y audio descripción narrativa, para la recepción por personas con discapacidades
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
65
sensoriales, adultos mayores y otras personas que puedan tener dificultades para acceder a los
contenidos, en cumplimiento del Artículo 66 de la Ley Nº 26.522.
Asimismo, la comunidad afrodescendiente manifestó que sufren una permanente invisibilización en los servicios de comunicación audiovisual o, cuando aparecen, se los representa de modo
peyorativo y discriminatorio, sin comprender la identidad afrodescendiente más allá de la negritud.
Los migrantes expresaron que la comunicación concentrada los desinforman y los muestran
sólo asociados a actividades ilícitas como el tráfico de drogas o la ocupación de tierras y no reflejan su diversidad cultural y sus contribuciones positivas a nivel social y económico para el país.
La comunidad campesina aseguró que la lucha por sus derechos no tiene lugar en los servicios de comunicación audiovisual, también son invisibilizados, al igual que otras organizaciones
sociales y distintos representantes de la sociedad civil, que no pueden acceder en igualdad de
condiciones a expresarse y formar parte del debate público que se da en la esfera mediática.
Que lo expresado en estas Audiencias Públicas —que para la Defensoría del Público son un
mecanismo de participación igualitaria, profundamente democrática, para canalizar institucionalmente la opiniones del público audiovisual, entendido como sujeto que participa activamente en la
implementación de las políticas públicas que establece la Ley N° 26.522— se suman los contundentes resultados del Monitoreo de los programas de noticias de los principales canales abiertos
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, realizados durante 2013, 2014 y los meses de febrero,
abril y junio de 2015.
El Monitoreo, luego de un estudio exhaustivo de las programaciones analizadas, demuestra
con datos empíricos el tipo de fuente, la cantidad de noticias y su tiempo de duración en base a
distintos tópicos, como “Géneros”; “Niños, niñas y adolescentes”, “Pueblos originarios y migraciones” y respecto de los temas abordados se incluyen los tópicos: “Derechos Humanos”, “Policiales
e inseguridad’’, “Protesta social y demandas de la sociedad civil” y “Ciencias y tecnología”.
El cruce de la información que arrojan las SIETE MIL CIENTO DIECIOCHO (7.118) noticias
analizadas durante este año demuestra que el tópico “Niños, niñas y adolescentes” apenas se
trata del 4,2% del total de noticias, el tópico “Géneros” el 4,9% del total, donde sólo CUATRO (4)
noticias del universo corresponde al colectivo LGBTTTIQ, es decir casi un irrespetuoso 0,056%,
el tópico “Pueblos originarios y migraciones” representa apenas el 0,3% de este total. En términos
de temas: por un lado, el tópico “Policiales e inseguridad” representa el 27,7% del total de noticias,
mientras que contrasta con otros tópicos de alto valor social como “Derechos Humanos” que
no llega al 1%, ya que apenas suma el 0,8%, el tópico “Ciencia y tecnología” el 1,4% y el tópico
“Protesta social y demandas de la sociedad civil” el 3,4% del total de noticias respectivamente,
y no con información profunda y relevante, sino como un impedimento al libre tránsito vehicular.
En cuanto al tiempo que abarcaron los tópicos en los monitoreos, sobre el total de DOSCIENTAS SESENTA Y NUEVE (269) horas analizadas, el tópico “Policiales e inseguridad” alcanza
el 39,3%, es decir que CUATRO (4) minutos de cada DIEZ (10) son destinados de manera plena a
noticias vinculadas con delitos a la propiedad privada y la integridad física, mientras que los tópicos “Derechos Humanos” y “Ciencia y tecnología” no llegan a superar el 0,5% del total del tiempo
del monitoreo. De DOSCIENTAS SESENTA Y NUEVO (269) horas, apenas se les dedicó poco más
de una hora y media. Por su parte, el tópico “Pueblos originarios y migrantes” apenas el 0,2% del
total, es decir que desciende aún más cuando se considera el tiempo que ocupan las noticias.
En el análisis de fuentes de información del tópico “Niñas, niños y adolescentes”, es decir sobre quienes son enunciatarios de la palabra, resalta la ausencia de participación del Estado. Prevalecen las categorías que se ciñen al ámbito privado y, ante todo, familiares, vecinos/as o testigos
de las situaciones relatadas. Asimismo, resalta la consulta a las propias víctimas o protagonistas
de los hechos y la utilización de información de Internet para documentar el relato periodístico. A
pesar de tener el derecho a ser oídos y a que su opinión sea realmente tenida en cuenta, la mayoría
de las veces los niños, niñas y adolescentes fueron representados como víctimas y en relación a
situaciones de violencia.
En el tópico “Géneros” se reproduce el mismo patrón que en el tópico “Niñas, niños y adolescentes” agrupado. Prevalecen las fuentes correspondientes al ámbito privado y, fundamentalmente, aquellas correspondientes a la órbita de los familiares, testigos y/o vecinos/as. Aparece
el ESTADO NACIONAL a través del Poder Ejecutivo, que da cuenta de una participación que no
alcanza el CINCO POR CIENTO (5%) de las asignaciones.
La cantidad de fuentes utilizadas para el tópico “Pueblos originarios y migraciones” es absolutamente escasa —se registran sólo 9 asignaciones. Considerando que en todo el monitoreo
se registraron DIECIOCHO (18) noticias, este dato permite concluir que los noticieros no llegan a
ofrecer ni una fuente por noticia (0,5 fuentes por noticia). Esto implica que el colectivo de referencia
en estas noticias no sólo está sub-representado sino que cuando es tematizado en los medios, no
se ofrecen fundamentos suficientes para sostener la información ofrecida.
Que a lo dicho, corresponde agregar que este análisis jurídico-comunicacional se inscribe en
un contexto regional, que pone de manifiesto una agenda común en Latinoamérica, marcada por
los efectos negativos de la comunicación concentrada y la desigualdad en el ejercicio de la libertad
de expresión. A los tradicionales obstáculos para acceder de modo más equitativo a la propiedad
de licencias de radios y televisión, se suma la homogeneización discursiva, que impide la realización del derecho a la pluralidad informativa y la inclusión de representaciones simbólicas diversas
en los servicios de comunicación audiovisual.
Así fue expresado en el primer y segundo CONGRESO LATINOAMERICANO DE LA DEFENSORÍAS DE LAS AUDIENCIAS llevados a cabo en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES,
REPÚBLICA ARGENTINA, y en el DISTRITO TURÍSTICO Y CULTURAL DE CARTAGENA DE INDIAS, COLOMBIA, donde participaron representantes de Defensorías de BRASIL, COLOMBIA.
MÉXICO, CHILE, PERÚ, PANAMÁ Y BOLIVIA, en el marco de la ORGANIZACIÓN INTERAMERICANA DE DEFENSORÍAS DE LAS AUDIENCIAS (OID), realizadas durante 2014 y 2015. Allí se
expresaron las potencialidades y problemáticas existentes en materia de respeto a los derechos
de las audiencias en los medios audiovisuales de la región y se pudo comprobar la persistencia de
tensiones y desafíos comunes, que obedecen a una misma estructura comunicacional excluyente.
Este mapa comunicacional profundamente desigual, se caracteriza por la predominancia de
altos niveles de violencias y discriminaciones; por la criminalización de niñas, niños y adolescentes
y la demonización de la juventud; por un alto grado de sexualización y cosificación de la mujer;
por la no inclusión de mecanismos de accesibilidad para las personas con discapacidad y donde
se estigmatiza e invisibiliza a grupos vulnerabilizados, como el colectivo LGBTTTIQ, a los Pueblos
Originarios y a las mujeres campesinas en los servicios de comunicación audiovisual, entre otros
sectores sociales.
Que ello obliga a los Estados Latinoamericanos, y especialmente a sus Defensorías de las audiencias, a realizar una alianza estratégica y asumir un rol activo para garantizar el derecho a la comunicación en términos universales y, al mismo tiempo, impulsar políticas publicas integrales que
democraticen el acceso a los servicios de comunicación audiovisual para nuevos actores sociales.
Viernes 8 de enero de 2016
Primera Sección
Que la vinculación entre las distintas intervenciones de las últimas Audiencias Públicas, los
resultados del Monitoreo y el panorama latinoamericano resultan concluyentes respecto del lugar
que ocupan estos colectivos sociales en los medios audiovisuales en términos de representaciones simbólicas y su incidencia sobre el derecho a la pluralidad informativa del público audiovisual.
Es decir, hay un círculo de exclusión informativa, ya sea por la invisibilización, la subrepresentación
o la estereotipación negativa, la construcción de subjetividades de ciertos grupos sociales se
termina plasmando en el tipo de información que producen y difunden los servicios de comunicación audiovisual concentrada. En tanto estas ausencias y discriminaciones configuran un escenario mediático donde no hay lugar para las noticias sobre DERECHOS HUMANOS, la difusión de
avances científicos y tecnológicos, la cobertura sobre las luchas populares por la ampliación de
derechos sociales, la agenda de las mujeres y la comunidad LGBTTTIQ, las organizaciones campesinas y pueblos originarios. Ni siquiera hay espacio para la educación, ni la salud.
Cada vez que se silencia o manipula a un grupo social, se silencia y manipulan perspectivas,
ideas, opiniones, formas de ver la vida y el mundo. Se silencian personas y se incumple con los
objetivos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522 y los de la propia Democracia.
¿Cómo no considerar lo dicho por las propias audiencias en cuanto a que reconocen violencias que invisibilizan, violencias que subordinan, violencias que distorsionan, violencias que discriminan y silencian? ¿Cómo no reconocer que, los servicios de comunicación audiovisual, cuando
continúan performando realidades a partir de sus intereses sectoriales no producen operaciones
retóricas que naturalizan sentidos y tienen la capacidad de profundizar la desigualdad4?
¿Cómo escindir violencias de desigualdades y discriminaciones, si la comunicación democrática tiene que construirse con un consorcio de voces plural y diverso, que hoy está siendo
oprimido?
Que frente a esta situación de discriminación histórica que han sufrido lo que se llamó “minorías” —pero que en su conjunto terminan configurando mayorías sociales discriminadas, manipuladas y olvidadas— y los demás grupos sociales, es necesario que puedan representarse y
que cuando son representados por otros, no sean configurados como alteridades amenazantes,
desechables y excluibles. Para ello, resulta fundamental partir de la perspectiva estructural de la
libertad de expresión y del sentido social del derecho a la información, que exigen mayor pluralismo y las más amplias oportunidades de expresión de los distintos sectores representativos de
la sociedad, a fin de evitar el empobrecimiento del debate público y materializar una democracia
inclusiva, que reconoce las diferencias culturales.
Que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522 promueve políticas redistributivas a nivel material y simbólico, tendientes a revertir estos daños sociales en sus múltiples
sentidos, tanto en la propiedad y acceso a los servicios de comunicación audiovisual, a través
del reconocimiento de nuevos grupos sociales como actores comunicacionales, así como en la
definición de una serie de objetivos y obligaciones positivas que los servicios de comunicación
audiovisual deben desarrollar para combatir la discriminación, los estereotipos negativos, los prejuicios y las prácticas excluyentes5.
Conforme los estándares definidos en la DECLARACIÓN CONJUNTA DE LOS RELATORES
DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN SOBRE DIVERSIDAD EN LA RADIODIFUSIÓN (2007) y la DECLARACIÓN CONJUNTA DE LOS RELATORES DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN SOBRE UNIVERSALIDAD Y DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN (2014), la Ley 26.522 reconoce el carácter
universal de la libertad de expresión que “implica para los Estados tanto el deber de abstenerse de
restringir indebidamente este derecho como la obligación positiva de asegurar que todas las personas y grupos de la sociedad puedan ejercer ese derecho sin discriminación en lo que respecta
a obtener y recibir información, e impartir información e ideas”.
La matriz que sustenta esta política normativa de redistribución y reconocimiento diferenciado
parte de la comprensión de la comunicación como una actividad social de interés público y un
derecho humano fundamental que no debe ser reducido a su mera dimensión comercial, atento
al carácter cultural y portador de identidades, valores y significados de la comunicación, en línea
con los estándares establecidos en la CONVENCIÓN SOBRE LA PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN
DE LA DIVERSIDAD DE LAS EXPRESIONES CULTURALES de la UNESCO de fecha 20 de octubre
de 2005 y en la DIRECTIVA EUROPEA N° 2007/65/CE de fecha 11 de diciembre de 2007. Estos instrumentos internacionales fundamentalmente promueven el respeto de las identidades culturales,
la diversidad lingüística, las religiones y los usos y costumbres de los distintos sectores sociales y,
en particular, de los grupos vulnerables.
Que en este mismo orden de ideas, en el ámbito doméstico la Corte Suprema de Justicia de la
Nación en su sentencia de fecha 29 de octubre de 2013 recaída en la causa “Grupo Clarín y otros c/
PODER EJECUTIVO NACIONAL y otro s/acción meramente declarativa” dejó expresado: “Vivimos
en sociedades pluralistas, diversas, con multiplicidad de opiniones que deben encontrar el lugar
mediático donde expresarse” y “… a diferencia de lo que sucede con la libertad de expresión en
su dimensión individual donde (...) la actividad regulatoria del Estado es mínima, la faz colectiva
exige una protección activa por parte del Estado, por lo que su intervención aquí se intensifica”
(Considerandos N° 23 y 24, pág. 38).
En sentido contrario, dejar librado a las reglas del mercado nuestra configuración cultural
‘‘sería simple y sencillamente un suicidio cultural” en los términos de Raúl Eugenio ZAFFARONI,
ya que la “... homogenización de nuestra cultura a través de la monopolización de los medios audiovisuales, sería la destrucción de nuestro pluralismo, como lo es cualquier uniformización, por
definición antípoda de la igualdad republicana y democrática. El derecho a ser diferente quedaría a
merced de los intereses pecuniarios —o de cualquier otro orden— de los grupos económicos dominantes. Y en nuestro caso el derecho a ser diferente es mucho más importante, precisamente,
porque todos nosotros somos muy diferentes y nuestra cultura, la que todos vamos creando día a
día, es la que nos permite coexistir en la diferencia” (Grupo Clarín y otros c/ PODER EJECUTIVO
NACIONAL y otro s/acción meramente declarativa, sentencia de fecha 29 de octubre de 2013, voto
del Ministro Raúl Eugenio ZAFFARONI considerando N° 21, págs. 194/196, voto).
Debe procurarse, entonces, la generación de mecanismos positivos que reviertan y busquen
evitar patrones estructurales de discriminación en la configuración cultural expresada en la programación de los servicios de comunicación audiovisual. Para ello la Ley N° 26.522 define objetivos y obligaciones que deben perseguir, entre los cuales se incluyen la participación de los
medios de comunicación como formadores de sujetos, de actores sociales y de diferentes modos
de comprensión de la vida y el mundo, con pluralidad de puntos de vista y debate pleno de ideas;
la obligación de evitar mensajes que promuevan o inciten tratos discriminatorios de cualquier tipo;
la promoción de la protección de la igualdad entre hombres y mujeres y la preservación de la promoción de la identidad y los valores culturales de los Pueblos Originarios.
Así, el Articulo 70 de la Ley N° 26.522 establece en cabeza de los servicios de comunicación
audiovisual la obligación de “evitar contenidos que promuevan o inciten tratos discriminatorios basados en la raza, el color, el sexo, la orientación sexual, el idioma, la religión, las opiniones políticas
o de cualquier índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento, el aspecto
físico, la presencia de discapacidades o que menoscaben la dignidad humana”.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
66
Por su parte, el Artículo 71 de la misma Ley N° 26.522 agrega que “quienes produzcan, distribuyan, emitan o de cualquier forma obtengan beneficios por la transmisión de programas y/o
publicidad velarán por el cumplimiento de lo dispuesto” por la Ley N° 25.280 que aprueba la Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad, la Ley N° 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar
la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, la
Ley N° 26.061 sobre protección integral de niñas, niños y adolescentes y las normas que se dicten
para la protección ante conductas discriminatorias.
Que a su vez, además del rol que debe asumir el Estado en la materia, desde la perspectiva de
los titulares de servicios de comunicación audiovisual el reconocimiento de la comunicación como
una actividad de interés público y un derecho humano fundamental implica que deben asumir su
responsabilidad social y respetar el Estado de Derecho democrático y los derechos humanos,
conforme las obligaciones emergentes de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y
demás tratados incorporados en la Constitución Nacional (Ley N° 26.522, Artículos 2° y 3°).
Es decir, las obligaciones de resguardo de los derechos humanos tienen un efecto horizontal6,
rigen también de modo directo en las relaciones entre los servicios de comunicación y el público
audiovisual. Ello significa que deben abstenerse de infringir los derechos humanos de terceros y
de la sociedad en su conjunto, en nombre de la faz colectiva del derecho humano a la comunicación, y hacer frente a las consecuencias negativas en las que tengan alguna participación.
Que en este contexto, el rol de la DEFENSORIA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL se relaciona con la promoción del debido respeto y la protección de los
derechos fundamentales de las audiencias involucrados en la actividad que desarrollan los servicios de comunicación audiovisual. Para ello, en diálogo permanente con los principales actores de
la comunicación, elabora de manera colectiva herramientas orientativas, para promover prácticas
respetuosas de derechos y tratamientos diferenciados cuando los posibles afectados son grupos
en situación de vulnerabilidad.
Que, asimismo, reconoce que la palabra puede dañar, pero también puede sanar y por eso
promueve la reparación simbólica de los daños producidos por posibles afectaciones de derechos
comunicacionales. Estas reparaciones pueden implicar pedidos de disculpas y retractaciones públicas, derecho a réplica, capacitaciones y recomendaciones a los medios audiovisuales para la
adopción de medidas de prevención de nuevas vulneraciones como garantías de no repetición,
encuentros de diálogo y reflexión crítica con quienes son responsables y trabajan en señales, canales y radios, hasta la recomendación de prácticas diligentes para el abordaje de problemáticas
específicas, para evitar afectaciones directas o indirectas a derechos fundamentales.
Que específicamente la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL durante el año 2015 ha impulsado distintas acciones y líneas de trabajo para remover prácticas mediáticas discriminatorias y promover perspectivas comunicacionales igualitarias,
dirigidas entre otros a niñas, niñas y adolescentes, en general, a mujeres en los diversos ámbitos
de participación cultural, social y política, a organizaciones campesinas y pueblos originarios, a
personas con discapacidad, a adultos mayores, a migrantes y afrodescendientes.
Que, a modo de ejemplo, el organismo viene desarrollando la actividad “La Defensoría va al
barrio: miradas jóvenes en primera persona” sobre jóvenes y medios, una propuesta para analizar,
debatir y producir que tiene como eje los modos en que los barrios y la juventud son representados
en los medíos de comunicación audiovisual. En el marco del año por la inclusión de niñas, niños
y adolescentes en los medios audiovisuales, durante el año 2015 jóvenes de distintos barrios de
nuestro país conocieron sus derechos comunicacionales, analizaron el modo en que los medios
los mencionan y produjeron sus propios materiales audiovisuales.
Para hacerlo, primero fue necesario promover una búsqueda de la propia identidad y de la
identidad barrial, pensándose a sí mismos y en función de su barrio. A la vez que se deconstruyeron y desnaturalizaron las formas de producción audiovisual que aparecen como únicas y, en ese
camino de reflexión colectiva, se propuso una construcción comunicacional propia, al servicio de
los intereses de ese espacio y no de otros que no los representan. El resultado de este trabajo son
TRECE (13) producciones que dan cuenta de otros modos de contar los barrios y la vida de las y
los jóvenes en ellos, diferentes a los que construyen sobre todo la televisión comercial.
En los videos que cierran cada proceso de formación e intercambio, los chicos y chicas se
asumieron como productores y mostraron su barrio en primera persona. Al compartirlos, dijeron
que intentaron “romper las imágenes discriminatorias hacia los y las jóvenes” pero también hacerlos “visibles”. Propusieron rescatar “lo que hacen de manera colectiva, las cosas que les gustan”,
“mostrar el barrio y sus realidades de forma espontánea, franca y auténtica a partir de sus propios
lenguajes”, agregó uno de los referentes.
Esta experiencia demuestra la importancia de crear miradas respetuosas de los y las niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos, con realidades complejas y que den cuenta de las
problemáticas que atraviesan. Es en este sentido que los medios audiovisuales deberían promover
programaciones para audiencias con derechos, atendiendo al modo en que se producen y aumentan la diversidad de propuestas comunicacionales destinadas a niñas, niños y adolescentes7.
Que esta línea de trabajo evidencia la necesidad de multiplicar la tarea en todas las provincias
del país y con otros colectivos sociales, como paso necesario para avanzar hacia una comunicación más democrática, igualitaria y respetuosa de los derechos humanos.
Es que la perduración de patrones estructurales de discriminación y violencia que afectan a
diversos grupos y colectivos sociales y condicionan su capacidad de ejercer de modo igualitario
la libertad de expresión, obliga a impulsar nuevas estrategias y a fortalecer estas acciones para
revertir en el corto y largo plazo la exclusión de la esfera mediática y el debate público. En una
sociedad democrática no debe haber subordinación ni opresión por ningún motivo, ni por ninguna
condición económica, étnica, cultural, religiosa, ideológica o social.
Que la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL procura transformar la crisis de representación social que distancia las experiencias de las audiencias
y la imagen que de ellas devuelven los medios audiovisuales, como señalaron las audiencias,
sobre todo los que tienen finalidad de lucro, y más aún los concentrados, teniendo en cuenta el
respeto y la promoción del enfoque de igualdad sustancial y la dimensión social de la libertad de
expresión, entendidos como mandatos de inclusión, de respeto por la representaciones diversas,
de difusión de la información plural y la construcción de imaginarios sociales no discriminatorios
en los medios audiovisuales.
Que en el marco de la Ley 26.522, una de las principales misiones y funciones de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL consiste en impulsar un
debate permanente y políticas comunicacionales que permitan articular el vínculo conflictivo entre
igualdad y libertad de expresión, con el objetivo de revertir las injusticias comunicacionales que
condicionan el ejercicio de derechos por parte de los grupos y colectivos sociales, invisibilizados
o representados a través de patrones socioculturales excluyentes.
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
Teniendo como eje fundamental promover y garantizar mayores condiciones de igualdad en
las representaciones que construyen y reproducen los servicios de comunicación audiovisual, se
convocará por un lado a los distintos organismos competentes de los Estados Nacional, Provincial y Municipal y, por otro lado, a las organizaciones de la sociedad civil, culturales, académicas,
sindicales y de derechos humanos, a adherir y diseñar de manera conjunta el plan de acción estratégico para el año 2016. En cumplimiento del compromiso asumido por el Organismo de impulsar
políticas participativas y federales, abiertas a todos los sectores y regiones del país.
Que es por todo ello que la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL impulsa la declaración del año “2016: Año contra las discriminaciones y las violencias en los medios de comunicación audiovisual”, estableciendo una guía que impulse las acciones cotidianas de la este Organismo, teniendo en cuenta el eje que el público y las audiencias con
su participación ciudadana los han señalado como prioritario para el período.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA en el ámbito de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los Artículos 19° y 20° de la
Ley N° 26.522.
Por ello,
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
67
Que es necesario continuar con la implementación del Sistema de Inspección Fitosanitaria
de los embalajes de madera, cualquiera sea la mercadería que transporten, estableciendo pautas
para el ingreso y tránsito en el país de mercaderías de importación acondicionadas en embalajes
de madera y maderas de acomodación.
Que mediante la Resolución N° 614 del 1 de diciembre de 2015 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se implementa el Sistema Integrado de Gestión de Embalajes
de Madera de Importación (SIG Embalajes) del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, vinculado al Sistema Informático Malvina (SIM) de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Que con el objeto de garantizar la operatividad del sistema que vincula los sistemas informáticos de ambos organismos, la Dirección Nacional de Protección Vegetal estima necesario prorrogar la entrada en vigencia de la Resolución N° 614 del 1 de diciembre de 2015 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA por el plazo de 30 días.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 21 de la Resolución N° 614 del 1 de Diciembre de 2015.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL
DE PROTECCION VEGETAL
DISPONE:
LA DEFENSORA DEL PÚBLICO
DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárese, en el ámbito de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE
COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, al año 2016 como “Año contra las discriminaciones y las violencias en los medios de comunicación audiovisual”.
ARTÍCULO 1° — PRÓRROGA. Se prorroga por el término de TREINTA (30) días corridos la
entrada en vigencia de la Resolución 614 del 1 de Diciembre de 2015 del Servicio Nacional de
Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
ARTÍCULO 2° — Incorpórese a partir del dictado de la presente y durante el año 2016, a toda
la papelería e instrumentos de comunicación oficial a utilizar por la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO
DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, el sello, membrete o inscripción con la Leyenda “2016 - Año contra las discriminaciones y las violencias en los medios de comunicación
audiovisual”.
ARTÍCULO 2° — VIGENCIA. La presente Disposición entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3° — Dispóngase que, en orden a lo establecido en el Artículo 1° del presente, la
DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL podrá auspiciar
las actividades, jornadas, seminarios, encuentros, conferencias y/o programas pedagógicos, materiales de difusión y campañas de concientización que contribuyan a la promoción de la igualdad
comunicacional y la erradicación de las discriminaciones y las violencias sobre grupos sociales y
colectivos vulnerados en los servicios de comunicación audiovisual.
ARTÍCULO 4° — Instrúyase a todas las Direcciones de la DEFENSORÍA DEL PÚLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, para que en el ámbito de sus competencias, establezcan los mecanismos y herramientas pertinentes para la implementación eficaz de lo dispuesto
en los Artículos 2° y 3°.
ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL, y oportunamente archívese. — Lic. CYNTHIA OTTAVIANO, Defensora del
Público de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Nancy Fraser, “¿De la redistribución al reconocimiento? Dilemas en torno a la justicia en una época ‘postsocialista”,
1997, en Iustitia Interrupta. Reflexiones críticas desde la posición ‘postsocialista”, Universidad de los Andes - Siglo
del Hombre Editores, págs. 17 a 52.
2
Owen Fiss, “El efecto silenciador de la libertad de expresión”, 1996, Faculty Scholarship Series. Paper 1325. Disponible en: http://digitalcommons.law.yale.edu/cgi/viewcontent.cgi?article=2314&context=fss_papers.
3
Owen Fiss, “Las dos caras del Estado”, conferencia dictada el día 30 de junio de 2008 en la Universidad de Palermo
y publicada en la Revista Jurídica de la misma Universidad, págs. 215 a 220, disponible en: http://www.palermo.edu/
derecho/revista_juridica/pub-10/10Jurica08.pdf.
4
Conforme Victor Abramovich, Conferencia magistral sobre libertad de expresión y derecho a la no discriminación,
en el marco del “Seminario Latinoamericano de Comunicación y Género: El debate regional en el contexto de Beijing+20”, realizado el día 13 de agosto de 2015.
5
Conforme Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, Informe sobre Comunicación y Derechos Humanos, presentado en el marco de la audiencia pública organizada por la Comisión de Ciudadanía y Derechos Humanos del Parlamento del Mercosur, Buenos Aires, Mayo de 2014.
6
También llamada doctrina Drittwirkung der Grundrechte (efectos de los derechos fundamentales frente a los terceros), su origen se remonta a la formulación realizada por el Tribunal Constitucional Alemán y ha impulsado la constitucionalización del derecho privado, al entender que los derechos humanos no sólo rigen las relaciones entre el
Estado y los particulares, sino también entre los actores no estatales. En nuestro país, esta doctrina inspiró la sanción del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y se pueden encontrar en el precedente jurisprudencial de la
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala H, del 16 de diciembre de 2002 sobre “Fundación Mujeres en Igualdad y otro c/Freddo S.A. s/Amparo” y recientemente la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en
“Rodriguez, María Belén c/ Google Inc. s/ daños y perjuicios”.
7
Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, “Declaración sobre la Juventud y los Medios
de Comunicación Audiovisual”, CABA, 27 de noviembre de 2014, principalmente los puntos 5, 6 y 7. Se trata del
documento que sintetiza las conclusiones más importantes del trabajo realizado por el organismo durante las siete
Audiencias Públicas en las que jóvenes de todo el país se expresaron acerca de sus derechos comunicacionales.
Participaron 1.750 chicas y chicos, casi mil fueron oradores/as, representaron a 220 organizaciones, escuelas y otros
espacios de pertenencia de las 24 provincias argentinas. Este proceso fue acompañado por 170 instancias de formación y de debate en las que participaron 4.000 jóvenes. Disponible en: http://www.defensadelpublico.gob.ar/es/
declaracion-juventud-y-medios-audiovisuales-0
1
e. 08/01/2016 N° 328/16 v. 08/01/2016
#F5044508F#
#I5044708I#
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
Disposición 1/2016
Bs. As., 05/01/2016
VISTO el Expediente N° 80771/2015 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y la
Resolución N° 614 del 1 de diciembre de 2015 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA y
CONSIDERANDO:
Que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA está facultado
para establecer las exigencias fitosanitarias para el ingreso y egreso de productos al país que
puedan ser vehículo de plagas.
ARTÍCULO 3° — DE FORMA. Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Ingeniero Agrónomo PABLO LUIS CORTESE, A/C de la Dirección
Nacional de Protección Vegetal, Resolución SENASA N° 96/2012.
e. 08/01/2016 N° 435/16 v. 08/01/2016
#F5044708F#
#I5045359I#
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL
Resolución 18905/2015
Bs. As., 13/11/2015
VISTO el Expediente N° E-56422-2015 del Registro del MINSTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la Licitación Privada N° 15/2015, autorizada por Resolución SCyMI N° 13947 de fecha 21 de Agosto de 2015, enmarcada en los alcances de los
artículos 24, 25 inciso c) y 26 del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos
17, 34 inciso b) y 50 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios; tendiente a lograr la adquisición
de indumentaria para el personal de los depósitos pertenecientes a este Ministerio, para el personal de
entrega de Ayudas Urgentes y Talleres Familiares de la Dirección de Coordinación de Logística.
Que conforme el acta de apertura de fecha 14 de Septiembre de 2015, en la Licitación Privada
N° 15/2015, se presentaron las siguientes firmas: PEIRE GUILLERMO NICOLAS (oferta 1), GUTIERREZ CASTAÑO MARIO ANDRES (oferta 2), SECURITY SUPPLY S.A. (oferta 3), CONFAL S.A.
(oferta 4), MARACANA S.R.L. (oferta 5), A Y M D’ESPOSITO S.R.L. (oferta 6), LO BRUNO S.A. (oferta 7), PEPAN S.A. (oferta 8), KERTZMAN MARCELO JAVIER (oferta 9), DAWIDOWSKI EZEQUIEL
MARTIN (oferta 10) y DECOPI S.A. (oferta 11).
Que la Comisión Evaluadora de este Ministerio en función de los análisis técnicos preliminares y la
documentación obrante en el expediente respectivo suscribió el Dictamen de Evaluación N° 433/2015,
sugiriendo las ofertas a desestimar y estableciendo los Órdenes de Mérito correspondientes.
Que se han efectuado las notificaciones pertinentes del Dictamen de Evaluación N° 433/2015
y se ha remitido para su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos
por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modificatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01
de Septiembre de 2014.
Que no se han efectuado impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 433/2015.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente Resolución se dicta dentro del Régimen establecido por el Decreto
N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012
y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias
y complementarios, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, y los Decretos
N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 112 del 10 de Diciembre de 2011 y la Resolución MDS N° 574/2010.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL
DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la Licitación Privada N° 15/2015, autorizada por Resolución SCyMI N° 13947 de fecha 21 de Agosto de 2015, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
inciso c) y 26 del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 17, 34 inciso b) y 50 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios; tendiente a lograr la adquisición de
indumentaria para el personal de los depósitos pertenecientes a este Ministerio, para el personal
de entrega de Ayudas Urgentes y Talleres Familiares de la Dirección de Coordinación de Logística.
ARTÍCULO 2° — Desestímanse en la Licitación Privada N° 15/2015 las ofertas presentadas por
las firmas SECURITY SUPPLY S.A. (oferta 3), MARACANA S.R.L. (oferta 5), KERTZMAN MARCELO
JAVIER (oferta 9) y DECOPI S.A. (oferta 11), acorde el Dictamen de Evaluación N° 433/2015.
ARTÍCULO 3° — Desestímanse en la Licitación Privada N° 15/2015 para los renglones 1 y 4 la
oferta de la firma CONFAL S.A. (oferta 4); para los renglones 1, 2, 3 y 5 la oferta de la firma A Y M
D’ESPOSITO S.R.L. (oferta 6); para los renglones 1, 2, 3, 4 y 5 la oferta de la firma LO BRUNO S.A.
(oferta 7); para los renglones 2 y 3 la oferta de la firma PEPAN S.A. (oferta 8) y para el renglón 5 la
oferta de la firma DAWIDOWSKI EZEQUIEL MARTIN (oferta 10), acorde lo expuesto en el Dictamen
de Evaluación N° 433/2015.
ARTÍCULO 4º — Adjudícase en la Licitación Privada N° 15/2015, acorde lo expuesto en el Dictamen de Evaluación Nº 433/2015, a las firmas, renglones, cantidades, marcas y montos consignados en el Anexo que forma parte de la presente, cuyo monto total asciende a la suma de PESOS
TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON SESENTA Y UN
CENTAVOS ($383.264,61.-).
ARTÍCULO 5° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir las Órdenes
de Compra correspondientes conforme las adjudicaciones consignadas en el Anexo que integra
la presente.
ARTÍCULO 6° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS
OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON SESENTA Y UN CENTAVOS
($383.264,61.-) con cargo a los créditos específicos de este MINISTERIO para el ejercicio que
corresponda.
ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Cdor. CARLOS D. CASTAGNETO, Secretario de Coordinación y Monitoreo Institucional, Ministerio de Desarrollo Social.
ANEXO
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
68
Que el DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES solicita la ampliación en un importe
inferior al veinte por ciento (20%) de la Orden de Compra antes mencionada.
Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 596/2015, acorde lo previsto
en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del
Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto
N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012
y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y
complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos
N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.
Por ello,
LA SUBSECRETARÍA
DE COORDINACION, MONITOREO Y LOGÍSTICA
DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 596/2015 emitida a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO DE LA CONSTRUCCION JORGE CANELLES LIMITADA, correspondiente a la
Contratación Directa N° 216/2015, en la suma de PESOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS
CUARENTA Y SEIS CON CINCUENTA CENTAVOS ($85.546,50.-), por las causales expuestas en
los Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS OCHENTA
Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON CINCUENTA CENTAVOS ($85.546,50.-), con
cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan.
ARTÍCULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva
Orden de Compra.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación Monitoreo y
Logística, Ministerio de Desarrollo Social.
e. 08/01/2016 N° 682/16 v. 08/01/2016
#F5045360F#
#I5045362I#
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA
Disposición 466/2015
Bs. As., 02/11/2015
VISTO el Expediente N° E-DEPO-942-2015 del registro de la SECRETARÍA DE DEPORTE, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y
el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente N° E-DEPO-208-2014 se tramitó la Licitación Privada N° 30/2014 llevada
a cabo para la contratación de un servicio de mantenimiento de cámaras frigoríficas, freezers y
heladeras, pertenecientes al Laboratorio de Control de Doping, emitiéndose la Orden de Compra
N° 956/2014, a favor de la firma FABIAN DERISO, por un período de doce (12) meses, con opción a
prórroga a criterio de este Ministerio, por un período similar al originalmente contratado.
Que la Secretaria de Deportes solicita prorrogar la Orden de Compra aludida a partir de su
vencimiento, por un período de doce (12) meses.
Que consecuentemente procede realizar la prórroga solicitada en el Considerando precedente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
e. 08/01/2016 N° 681/16 v. 08/01/2016
#F5045359F#
#I5045360I#
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA
Disposición 514/2015
Bs. As., 20/11/2015
VISTO el Expediente N° E-83538-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y
modificatorios; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente N° E-19932-2015, se tramitó la Contratación Directa N° 216/2015, para la
provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para realizar los trabajos del
nuevo tableado de electricidad, datos y telefonía; provisión e instalación de tablero eléctrico, realización de canalizaciones; provisión y colocación de sesenta (60) puestos de trabajo, instalación
eléctrica para aire acondicionado y nuevos artefactos, de iluminación en oficinas del 1° piso, sector Dorrego para el edificio ubicado en Delfin Huergo N° 131, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
emitiéndose la Orden de Compra N° 596/2015, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO DE LA
CONSTRUCCION JORGE CANELLES LIMITADA.
Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto
N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012
y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y
complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos
N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA
DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA
DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Prorrógase a partir de su vencimiento la Orden de Compra N° 956/2014 emitida a favor de la firma FABIAN DERISO, correspondiente a la Licitación Privada N° 30/2014, en la
suma de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA ($ 53.760.-), por los motivos
expuestos en los Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS CINCUENTA
Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA ($ 53.760.-), con cargo a los créditos del presupuesto de
este Ministerio para los ejercicios que correspondan.
ARTÍCULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva
Orden de Compra.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo
y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.
e. 08/01/2016 N° 684/16 v. 08/01/2016
#F5045362F#
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
#I5045364I#
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA
69
Orden de Compra N° 465/2014, a favor de la firma INTERCONNECT S.A., la cual contempla un
período de doce (12) meses, con opción a prórroga a favor de este Ministerio por un período igual
al originalmente contratado.
Que el DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES solicita prorrogar la Orden de Compra
N° 465/2014, a partir de su vencimiento.
Disposición 257/2015
Bs. As., 13/07/2015
VISTO el Expediente N° E-42028-2015 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012
y modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la renovación de la póliza de seguro
automotor N° 879623, por una vigencia anual a partir del vencimiento de la póliza cesante, 16 de
julio de 2015.
Que luce la composición accionaria perteneciente a la firma NACIÓN SEGUROS S.A., que la
acredita como cocontratante de jurisdicción o entidad del Estado Nacional.
Que consecuentemente procede realizar la prórroga solicitada en el Considerando precedente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto
N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012
y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias
y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los
Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS
N° 574/2010.
Por ello,
Que en el marco del Convenio celebrado entre este Ministerio y la firma precitada, protocolizado por Resolución SCyMI N° 289 de fecha 29 de diciembre de 2011, se le requirió a esta última
la cotización aludida mediante el Pliego de Bases y Condiciones Particulares / Convenio.
Que obra el presupuesto presentado por la firma aseguradora mencionada precedentemente,
debidamente conformado por el Departamento de Servicios Generales.
Que en función de la naturaleza de dicho servicio, se tramita la Contratación Directa
N° 255/2015, enmarcada en las previsiones del artículo 25, inciso d, apartado 8) del Decreto
N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 27 y 144 del Anexo al Decreto
N° 893/2012 y modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Disposición se dicta dentro del Régimen establecido por el Decreto
N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012
y modificatorios, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y
complementarias, la Ley N° 24.156 de la Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos
N° 357/2002 modificatorios y complementarios, N° 632/2012, y la Resolución MDS N° 574/2010.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA
DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA
DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances
del artículo 25, inciso d), apartado 8) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por
los artículos 19, 27 y 144 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la
renovación de la póliza de seguro automotor N° 879623, por una vigencia anual a partir del vencimiento de la póliza cesante, 16 de julio de 2015.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares / Convenio, que se
agrega como Anexo a la presente.
ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 255/2015 conforme las pautas detalladas en el Artículo 1° de la presente.
ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 255/2015 a la firma NACIÓN SEGUROS S.A., por la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCO MIL SETECIENTOS VEINTISÉIS CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2.105.726,55), conforme las causales expuestas
en los Considerandos de la presente.
LA SUBSECRETARIA
DE COORDINACION, MONITOREO Y LOGISTICA
DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DISPONE:
ARTICULO 1° — Prorrógase a partir de su vencimiento la Orden de Compra N° 465/2014 emitida a favor de la firma INTERCONNECT S.A., correspondiente a la Licitación Privada N° 09/2014,
en la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS
($199.956.-), por el término de doce (12) meses, por los motivos expuestos en los Considerandos
de la presente.
ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($199.956.-), con cargo a los créditos del
presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan.
ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva
Orden de Compra.
ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo
y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.
e. 08/01/2016 N° 695/16 v. 08/01/2016
#F5045373F#
#I5045374I#
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA
Disposición 521/2015
Bs. As., 24/11/2015
VISTO el Expediente N° E-84800-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y
modificatorios; y
CONSIDERANDO:
ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCO MIL SETECIENTOS VEINTISÉIS CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS
($ 2.105.726,55), con cargo a los créditos del Presupuesto de este MINISTERIO para el ejercicio
que corresponda.
Que por Expediente N° E-19910-2015, se tramitó Contratación Directa N° 210/2015, tendiente
a lograr la provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para realizar trabajos de canalizaciones, cableados y tableros para el funcionamiento de un centro de distribución
eléctrica en el edificio ubicado en la calle Delfín Huergo 131, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
emitiéndose la Orden de Compra N° 597/2015, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO ANTONIO ALAK LIMITADA.
ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva
Orden de Compra.
Que el DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES solicita la ampliación en un importe
inferior al veinte por ciento (20%) de la Orden de Compra antes mencionada.
ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo
y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.
Que obra conformidad de dicha Cooperativa para llevar a cabo la ampliación de la Orden de
Compra anteriormente mencionada.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA
—www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 08/01/2016 N° 686/16 v. 08/01/2016
#F5045364F#
#I5045373I#
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA
Disposición 535/2015
Bs. As., 25/11/2015
VISTO el Expediente N° E-84801-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente N° E-5113-2014 se tramitó la Licitación Privada N° 09/2014 llevada a cabo
para la contratación de un servicio de mantenimiento de una central telefónica, emitiéndose la
Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 597/2015, acorde lo previsto
en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del
Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto
N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012
y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias
y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los
Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS
N° 574/2010.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA
DE COORDINACION, MONITOREO Y LOGÍSTICA
DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 597/2015 emitida a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO ANTONIO ALAK LIMITADA, correspondiente a la Contratación Directa
N° 210/2015, en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO ($ 145.325.-), por las causales expuestas en los Considerandos de la presente.
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
ARTÍCULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS CIENTO
CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO ($ 145.325.-), con cargo a los créditos del
presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.
ARTÍCULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva
Orden de Compra.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo
y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.
e. 08/01/2016 N° 696/16 v. 08/01/2016
#F5045374F#
#I5045375I#
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA
Disposición 491/2015
#I5045860I#
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
70
— NOTA ACLARATORIA —
MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
Resolución 1/2015
En la edición del Boletín Oficial N° 33.291 del 7 de Enero de 2016, página 8 aviso N° 348/16,
donde se publicó la citada norma se deslizó el siguiente error de imprenta.
Donde dice:
ARTÍCULO 4° — Por el Departamento Secretaría General, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA JURÍDICA, regístrese, comuníquese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DOCUMENTOS DE VIAJE, DIRECCIÓN NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN, DIRECCIÓN NACIONAL DE
ATENCIÓN AL CIUDADANO Y RELACIONES INSTITUCIONALES, DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO Y LOGÍSTICA y a la DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN,
publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JUAN
CARLOS MORÓN...
Debe decir:
Bs. As., 10/11/2015
VISTO el Expediente N° E-80857-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y
modificatorios; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente N° E-99476-2014 se tramitó la Contratación Directa N° 487/2014 llevada a
cabo para un servicio de apuntalamiento; adecuación de suministros, demoliciones y desmontes;
impermeabilizaciones, cimentaciones, estructura, albañilería, revoques, contrapisos y carpeta en
el casco histórico del edificio ubicado en Av. Chivilcoy N° 3301, Ciudad Autónoma de Buenos,
emitiéndose la Orden de Compra N° 93/2015, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO BUENA
VISTA LIMITADA.
ARTÍCULO 4° — Por el Departamento Secretaría General, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA JURÍDICA, regístrese, comuníquese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DOCUMENTOS DE VIAJE, DIRECCIÓN NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN, DIRECCIÓN NACIONAL DE
ATENCIÓN AL CIUDADANO Y RELACIONES INSTITUCIONALES, DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO Y LOGÍSTICA y a la DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN,
publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JUAN
CARLOS MORÁN...
e. 08/01/2016 N° 881/16 v. 08/01/2016
#F5045860F#
Que el Departamento de Servicios Generales solicita la ampliación en un importe menor al
veinte por ciento (20%) de la Orden de Compra mencionada en el Considerando precedente.
Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 93/2015, acorde lo previsto
en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del
Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.
AVISOS OFICIALES
Anteriores
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto
N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012
y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y
complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos
N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA
DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA
DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DISPONE:
ARTICULO 1° — Ampliase la Orden de Compra N° 93/2015, emitida a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO BUENA VISTA LIMITADA, correspondiente a la Contratación Directa N° 487/2014,
en la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTIDOS CON DIEZ CENTAVOS ($166.722,10.-), por las causales expuestas en los Considerandos de la presente.
ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTIDOS CON DIEZ CENTAVOS ($166.722,10.-), con cargo a
los créditos del presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.
ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva
Orden de Compra.
ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo
y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.
e. 08/01/2016 N° 697/16 v. 08/01/2016
#F5045375F#
#I5045953I#
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS
Resolución 1/2016
Bs. As., 06/01/2016
VISTO el Expediente JGM N° 81548/15 y el Decreto N° 101/85
EL TITULAR
DEL SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PUBLICOS
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
#I5040303I#
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
EDICTO
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a la firme Bolcanix S.R.L. (D.N.I.
N° 30-68985884-4) y a las señoras Daniela Yanela Vélez (D.N.I. N° 26.670.499) y Margarita
Juana María Merlo Pich (LC. N° 6.119.431) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles
bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO,
sita en Reconquista 250, piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N° 4795, Expediente N° 100.630/11,
caratulado “BOLCANIX S.R.L. Y OTROS”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de
la Ley N° 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía.
Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — FEDERICO G. SOSA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — SILVINA A. OJEDA, Analista Sr., Gerencia de
Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 04/01/2016 N° 179860/15 v. 08/01/2016
#F5040303F#
#I5040306I#
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
EDICTO
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a los señores Ghitan Mihai (Pasaporte de Rumania N° 050.017.480), Cimpoieru Costinel lonut (Pasaporte de Rumania N° 13.281.691)
y Ticu Bogdan Costinel (Pasaporte de Rumania N° 15.175.778) para que dentro del plazo de 10
(diez) días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO
CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a
13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N° 6103, Expediente N° 100.914/11,
caratulado “GHITAN MIHAI Y OTROS”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley
N° 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese
por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — FEDERICO G. SOSA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos
Contenciosos en lo Cambiario. — SILVINA A. OJEDA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 04/01/2016 N° 179863/15 v. 08/01/2016
#F5040306F#
#I5040308I#
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
EDICTO
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Ing. HERNÁN S. LOMBARDI, Titular, Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos.
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días
hábiles bancarios al señor JUAN MANUEL CONTERNO PERDOMO (D.N.I. N° 27.859.784), para
que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista
250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 101.488/12,
Sumario N° 6162, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del
Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso
de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.
— HERNÁN F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 08/01/2016 N° 937/16 v. 08/01/2016
#F5045953F#
e. 04/01/2016 N° 179865/15 v. 08/01/2016
#F5040308F#
ARTÍCULO 1° — Dáse por aceptada a partir del día 22 de diciembre de 2015, la renuncia
presentada por el señor D. Fabián RODRIGUEZ, al cargo de Presidente del Directorio de TELAM
Sociedad del Estado.
Primera Sección
Viernes 8 de enero de 2016
#I5040310I#
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
71
#I5040313I#
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
EDICTO
EDICTO
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a la firme Manufactura Argentina
e Italiana de Piles S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-62575515-4) y a la señora Laura Petracca De Cicalello
(D.N.I. N° 93.412.388) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezcan
en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250,
piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N° 4890, Expediente N° 100.912/07, caratulado “MANUFACTURA
ARGENTINA E ITALIANA DE PIELES S.R.L. Y OTROS”, que se le instruye en los términos del
artículo 8 de la Ley N° 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su
rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de
Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — FEDERICO G.
SOSA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza al señor Eduardo Marcos
Glastra (D.N.I. N° 17.634.317) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios
comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en
Reconquista 250, piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar
vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N° 4932, Expediente N° 101.112/07, caratulado “REXCEL S.A. Y OTROSS”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la
Ley N° 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía.
Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — FEDERICO G.
SOSA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 04/01/2016 N° 179870/15 v. 08/01/2016
#F5040313F#
e. 04/01/2016 N° 179867/15 v. 08/01/2016
#F5040310F#
#I5040312I#
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
#I5042262I#
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
EDICTO
EDICTO
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días
hábiles bancarios a la firma AGROINDUSTRIA MEDITERRANEA S.A. (CUIT N° 30-71022777-9)
para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Sumario N° 6505,
Expediente N° 100.919/12, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de
la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento
en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín
Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia
de Asuntos Contenciosos. — FEDERICO G. SOSA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 04/01/2016 N° 179869/15 v. 08/01/2016
#F5040312F#
El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de Diez (10) días
hábiles bancarios al representante legal de la firma “NAWERK MADERAS S.C.” (C.U.I.T. N° 3067012084-4) para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita
en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente
N° 100.523/11, Sumario N° 5851, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8°
de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento
en caso de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín
Oficial. — HERNÁN F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. —
VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 06/01/2016 N° 180682/15 v. 12/01/2016
#F5042262F#
Primera Sección
CENTRAL B
CORREO
ARGENTINO
Viernes 8 de enero de 2016
FRANQUEO
A PAGAR
Cuenta N° 16769 F1
Impreso por Talleres Gráficos Valdez SA y Graficase SRL
BOLETIN OFICIAL Nº 33.292
72

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