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Primera Sección Buenos Aires, viernes 8 de enero de 2016 Año CXXIV Número 33.292 Precio $ 6,00 Sumario DECRETOS Pág. DECRETOS #I5046130I# ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL Decreto 32/2016 Decreto N° 357/2002. Modificación............................................................................................. 1 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL Decreto 35/2016 Decreto N° 357/2002. Modificación............................................................................................. 13 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL Decreto 42/2016 Decreto N° 357/2002. Modificación............................................................................................. 16 AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR Decreto 44/2016 Designaciones............................................................................................................................. 23 BIENES DE CAPITAL Decreto 51/2016 Decreto N° 594/2004. Modificación............................................................................................. 23 CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES Decreto 56/2016 Desígnase Representante del Gobierno Nacional.......................................................................... 23 INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE Decreto 53/2016 Desígnase Presidente del Directorio............................................................................................. 23 INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO Decreto 52/2016 Prorrógase Intervención. Desígnase Interventor............................................................................ 23 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS Decreto 55/2016 Declárase en estado de emergencia administrativa al Sistema Estadístico Nacional..................... 24 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 43/2016 Designaciones............................................................................................................................. 24 MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA Decreto 33/2016 Desígnase Subsecretario de Agricultura....................................................................................... 24 MINISTERIO DE CULTURA Decreto 36/2016 Desígnase Subsecretario de Coordinación Administrativa............................................................. 24 MINISTERIO DE CULTURA Decreto 37/2016 Desígnase Secretario de Patrimonio Cultural................................................................................ 24 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL Decreto 32/2016 Decreto N° 357/2002. Modificación. Bs. As., 07/01/2016 VISTO el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto N° 357/02, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentra el referido al entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias. Que por el Decreto N° 13/15 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorias, estableciéndose la nueva denominación y competencias del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA. Que en función de las competencias asignadas al MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA por el Decreto mencionado en el Considerando anterior, resulta necesario reordenar las responsabilidades de dicha área. Que una de las premisas del Gobierno Nacional es lograr la utilización de los recursos públicos con miras a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados. Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación organizativa de los niveles políticos, basada en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios —Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada— el Apartado XXIV, correspondiente al MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto. Art. 2° — Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios —Objetivos— el Apartado XXIV, correspondiente MINISTERIO DE CULTURA Decreto 38/2016 Desígnase Subsecretaria de Gestión Patrimonial.......................................................................... 24 PRESIDENCIA DE LA NACIÓN MINISTERIO DE CULTURA Decreto 39/2016 Desígnase Secretario de Cultura y Creatividad............................................................................. 24 SecretarÍa Legal y TÉcnica MINISTERIO DE CULTURA Decreto 40/2016 Desígnase Subsecretario de Economía Creativa........................................................................... 24 Continúa en página 2 Dr. PABLO CLUSELLAS Secretario DirecciÓn Nacional del Registro Oficial LIC. RICARDO SARINELlI Director Nacional www.boletinoficial.gob.ar e-mail: [email protected] Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 5.218.874 Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 Pág. MINISTERIO DE CULTURA Decreto 54/2016 Desígnase Subsecretaria de Cultura Ciudadana........................................................................... 25 MINISTERIO DE DEFENSA Decreto 31/2016 Dase por designado el Director Nacional de Inteligencia Estratégica Militar.................................. 25 SERVICIO EXTERIOR Decreto 48/2016 Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República del Paraguay.........................................................................................................................25 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Decreto 45/2016 Déjase sin efecto designación...................................................................................................... 25 MINISTERIO DE TRANSPORTE Decreto 34/2016 Transfiérese a la jurisdicción del Ministerio de Transporte la tenencia de acciones del capital social de Intercargo Sociedad Anónima Comercial........................................................................ 25 PROGRAMA FÚTBOL PARA TODOS Decreto 41/2016 Designación................................................................................................................................. 26 SERVICIO EXTERIOR Decreto 30/2016 Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República Oriental del Uruguay.................................................................................................................................. 26 SERVICIO EXTERIOR Decreto 46/2016 Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República de Panamá................................................................................................................................26 SERVICIO EXTERIOR Decreto 50/2016 Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República de Colombia.................................................................................................................................26 SERVICIO EXTERIOR Decreto 47/2016 Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República Federativa del Brasil............................................................................................................................... 27 SERVICIO EXTERIOR Decreto 49/2016 Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en el Estado Plurinacional de Bolivia............................................................................................................................... 27 SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS Decreto 29/2016 Designaciones............................................................................................................................. 27 DECISIONES ADMINISTRATIVAS HIDROCARBUROS Decisión Administrativa 1/2016 Ley N° 24.145. Prórroga de Concesión. Apruébase Plan de Inversiones y Obras........................... 27 RESOLUCIONES Secretaría de Comercio IMPORTACIONES Resolución 2/2016 Resolución N° 5/2015. Modificación............................................................................................ 29 AVISOS OFICIALES Nuevos........................................................................................................................................ 31 REGISTRO NACIONAL DE ARMAS Armas de Fuego. Solicitudes de Tenencia y Portación. ................................................................. 31 Anteriores ................................................................................................................................... 70 BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 2 al MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto. Art. 3° — Sustitúyese del Anexo III al Artículo 3° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 —Organismos Descentralizados— el apartado XXIV - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA de conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo. Art. 4° — Apruébase la conformación organizativa del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA de acuerdo con el Organigrama que como Anexo I forma parte integrante del presente. Art. 5° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos de las partidas de origen asignadas por el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente, facultándose al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las modificaciones pertinentes. Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Ricardo Buryaile. Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 3 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 4 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 5 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 6 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 7 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 8 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 9 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 10 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 11 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 12 #F5046130F# Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección #I5046133I# ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL Decreto 35/2016 Decreto N° 357/2002. Modificación. Bs. As., 07/01/2016 VISTO el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios y el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto N° 357/02, sus modificatorios y complementarios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentran los referidos al MINISTERIO DE CULTURA, estableciendo sus competencias. Que por el Decreto N° 13/15 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorias. Que en función de las competencias asignadas al MINISTERIO DE CULTURA por el Decreto mencionado en el considerando anterior, resulta necesario reordenar las responsabilidades de dicha área. Que una de las premisas del Gobierno Nacional es lograr la utilización de los recursos públicos con miras a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados. Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación organizativa de los niveles políticos, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 1° de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo I al artículo 1° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 —Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría— el apartado XXVII - MINISTERIO DE CULTURA de conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo. Art. 2° — Sustitúyese del Anexo II al artículo 2° del Decreto 357 del 21 de febrero de 2002 — Objetivos— el apartado XXVII - MINISTERIO DE CULTURA, de conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo. Art. 3° — Sustitúyese del Anexo III al artículo 3° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 —Organismos Descentralizados— el apartado XXVII - MINISTERIO DE CULTURA de conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo. Art. 4° — Apruébase la conformación organizativa del MINISTERIO DE CULTURA de acuerdo al Organigrama que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto. Art. 5° — Hasta tanto se aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas por el presente Decreto, conservarán su vigencia las existentes que hayan sido transferidas desde otros ministerios o secretarías con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto N° 2098/08. Art. 6° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos de las partidas de origen asignadas por el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente, facultándose al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las modificaciones pertinentes. Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alejandro P. Avelluto. BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 13 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 14 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 15 #F5046133F# Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección #I5046141I# ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL Decreto 42/2016 Decreto N° 357/2002. Modificación. Bs. As., 07/01/2016 VISTO el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, el Decreto N° 13 de fecha 11 de diciembre de 2015, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto N° 357/02, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentran los referidos al MINISTERIO DE DEFENSA, estableciendo sus competencias. Que por el Decreto N° 13/15 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado Decreto N° 438/92) y modificatorias. Que en función de las competencias asignadas al MINISTERIO DE DEFENSA por el Decreto mencionado en el considerando anterior, resulta necesario reordenar las responsabilidades de dicha Jurisdicción. Que una de las premisas del Gobierno Nacional es lograr de utilización los recursos públicos con miras a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados. Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación organizativa de los niveles políticos y técnicos, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios —Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL centralizada— el Apartado XIV, correspondiente al MINISTERIO DE DEFENSA, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto. Art. 2° — Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios —Objetivos— el Apartado XIV, correspondiente al MINISTERIO DE DEFENSA, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto. Art. 3° — Apruébase la conformación organizativa de la MINISTERIO DE DEFENSA de acuerdo con el Organigrama que como Anexo I forma parte integrante del presente. Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos de las partidas de origen asignadas por el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente, facultándose al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las modificaciones pertinentes. Art. 5° — Establécese que las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a las aquí aprobadas, mantendrán las responsabilidades primarias, acciones y dotaciones, éstas con sus respectivos niveles y funciones ejecutivas y de jefatura, previstas en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios. Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Julio C. Martinez. BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 16 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 17 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 18 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 19 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 20 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 21 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 22 #F5046141F# Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 #I5046143I# AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR Decreto 44/2016 Designaciones. Bs. As., 07/01/2016 VISTO, el artículo 99 inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Decreto N° 1224/01. EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Acéptase, a partir del 4 de enero de 2015, la renuncia presentada por el Doctor D. Diego Fabián HURTADO DE MENDOZA (D.N.I. N° 16.198.651) al cargo de Presidente del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR. Art. 2° — Desígnase, a partir del 5 de enero de 2015, al Ingeniero D. Néstor Alejandro MASRIERA (D.N.I. N° 16.046.072) en el cargo de Presidente del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR. Art. 3° — Acéptase, a partir del 28 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el Licenciado Julián GADANO (D.N.I. N° 16.945.354) al cargo de Vicepresidente Primero del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR. Art. 4° — Desígnase, a partir del 5 de enero de 2015, a la Licenciada Da. Ana María LARCHER (D.N.I. N° 10.130.834) en el cargo de Vicepresidente Primero del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR. Art. 5° — Acéptase, a partir del 4 de enero de 2015, la renuncia presentada por la Bioquímica Analía Cecilia CANOBA (D.N.I. N° 18.454.570) al cargo de Vicepresidente Segundo del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR. Art. 6° — Desígnase, a partir del 5 de enero de 2015, al Doctor D. Emiliano Manuel LUACES RUDYJ (D.N.I. N° 25.989.454) en el cargo de Vicepresidente Segundo del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR. Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Rogelio Frigerio. #F5046143F# #I5046153I# BIENES DE CAPITAL Decreto 51/2016 Decreto N° 594/2004. Modificación. Bs. As., 07/01/2016 VISTO el Expediente N° S01:0360442/2015 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y CONSIDERANDO: Que en virtud del Decreto N° 379 de fecha 29 de marzo de 2001 y sus modificaciones se creó un Régimen de Incentivo Fiscal para los Fabricantes de los bienes comprendidos en el Anexo I de la Resolución N° 8 de fecha 23 de marzo de 2001 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, que contaren con establecimientos industriales radicados en el Territorio Nacional. Que el objeto principal del citado Régimen consiste en mejorar la competitividad de la industria local productora de bienes de capital a fin de que pueda participar en condiciones equitativas en la provisión de tales bienes, promoviendo así su fabricación nacional. Que los Decretos Nros. 201 de fecha 22 de febrero de 2006, 2.316 de fecha 30 de diciembre de 2008, 188 de fecha 3 de febrero de 2010, 917 de fecha 28 de junio de 2010, 362 de fecha 22 de marzo de 2011, 430 de fecha 21 de marzo de 2012, 1.027 de fecha 2 de julio de 2012, 480 de fecha 2 de mayo de 2013. 1.591 de fecha 21 de octubre de 2013, 965 de fecha 17 de junio de 2014, 2.512 de fecha 18 de diciembre de 2014, 451 de fecha 25 de marzo de 2015 y 1.424 de fecha 24 de julio de 2015, mediante sendas sustituciones del Artículo 5° del Decreto N° 594 de fecha 11 de mayo de 2004, extendieron la vigencia del Régimen creado mediante el Decreto N° 379/01 y sus modificaciones hasta el día 31 de diciembre de 2015, inclusive. 2016, asumiendo el compromiso por escrito y con participación de la asociación sindical signataria del convenio colectivo vigente, a no reducir la plantilla de personal teniendo como base de referencia el mayor número de empleados registrados durante el mes de diciembre de 2011, ni aplicar suspensiones sin goce de haberes. El incumplimiento de este compromiso facultará a la Autoridad de Aplicación a rechazar las solicitudes y/o a rescindir el beneficio otorgado. Que el Decreto N° 1.347 de fecha 26 de octubre de 2001 aprobó el listado de las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) comprendidas en el Régimen del Decreto N° 379/01 y sus modificaciones. Facúltase al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN a dictar las disposiciones complementarias y reglamentarias que resulten pertinentes.” Que el Artículo 15 del Decreto N° 509 de fecha 15 de mayo de 2007 y sus modificaciones, por medio de su Anexo XIII, sustituyó el Anexo I del mencionado Decreto N° 1.347/01. Que, a su vez, los Decretos Nros. 1.554 de fecha 29 de noviembre de 2001 y 770 de fecha 25 de junio de 2009 ampliaron el universo de bienes alcanzados por el citado Régimen. Que en el ámbito del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) no existe actualmente óbice para mantener vigentes los regímenes de promoción en materia de bienes de capital establecidos por cada Estado Parte. Art. 2° — Sustitúyese el Artículo 5° del Decreto N° 594/04 y sus modificaciones, por el siguiente: “ARTÍCULO 5°.- El Régimen creado por el Decreto N° 379 de fecha 29 de marzo de 2001 y sus modificaciones tendrá vigencia hasta el día 30 de junio de 2016.” Art. 3° — El presente decreto comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial, estableciéndose que los efectos resultantes de sus disposiciones se aplican a partir del día 1 de enero de 2016. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alfonso de Prat Gay. — Francisco A. Cabrera. #F5046153F# #I5046147I# Que el Gobierno Nacional asigna a los sectores alcanzados por la presente prioritaria importancia en el proceso de crecimiento productivo de la economía. CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES Que la inversión en capital productivo tiene como resultado directo el aumento de la competitividad de la industria y de la economía en general, y simultáneamente coadyuva a consolidar el desarrollo de la industria local productora de bienes de capital. Desígnase Representante del Gobierno Nacional. Que la industria de bienes de capital es un sector estratégico para el desarrollo económico y, al ser proveedora de todas las cadenas productivas, su progreso técnico impacta positivamente en la competitividad de la economía del país. Que, en virtud de lo expuesto, se estima oportuno y conveniente prorrogar hasta el día 30 de junio de 2016, inclusive, el plazo de vigencia del Régimen creado por el Decreto N° 379/01 y sus modificaciones. Que, asimismo, resulta pertinente sustituir el inciso a) del Artículo 1° del Decreto N° 594/04 a fin de ajustar lo allí requerido a las nuevas condiciones emergentes de la prórroga dispuesta. Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos competentes en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7°, inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades previstas en el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Sustitúyese el inciso a) del Artículo 1° del Decreto N° 594 de fecha 11 de mayo de 2004 y sus modificaciones, por el siguiente: “a) Informar con carácter de declaración jurada la cantidad de trabajadores en relación de dependencia, debidamente registrados conforme el Libro Especial previsto por el Artículo 52 de la Ley N° 20.744, t.o. 1976 y sus modificaciones, al día 31 de diciembre de 2011. Otra declaración jurada en los mismos términos, deberá presentarse al día 30 de junio de Decreto 56/2016 Bs. As., 07/01/2016 VISTO el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Que en consecuencia el cargo aludido se encuentra vacante resultando imprescindible su cobertura, motivo por el cual y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 45 inciso a) de la Ley N° 24.193 de trasplante de órganos y tejidos, modificada por la Ley N° 26.066, la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, propone la designación de la Doctora María del Carmen BACQUÉ (D.N.I. N° 11.026.826), para ocupar el cargo de Presidenta del Directorio del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE (INCUCAI). Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia. Que se actúa en uso de las facultades conferidas por el artículo 45 de la Ley N° 24.193 sustituido por su similar N° 26.066 y el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase Presidenta del Directorio del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE (INCUCAI) a la Doctora María del Carmen BACQUÉ (D.N.I. N° 11.026.826), por un período de CUATRO (4) años, de acuerdo a lo establecido por el artículo 45 de la Ley N° 24.193, sustituido por su similar N° 26.066. Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE (INCUCAI). Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Jorge D. Lemus. EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase Representante del Gobierno Nacional en el Directorio de la CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES al señor Don Cesar Fabián MIGUELEZ (M.I. N° 14.069.369). Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Francisco A. Cabrera. #F5046147F# #I5046150I# INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE Decreto 53/2016 Desígnase Presidente del Directorio. Bs. As., 07/01/2016 VISTO el Expediente N° 1-2002-30374/15-2 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto N° 1522 de fecha 3 de octubre de 2013 se designó Presidente del Directorio del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE (INCUCAI) al Dr. Carlos Alberto SORATTI (D.N.I. N° 6.306.074), por un nuevo período de CUATRO (4) años de acuerdo a lo establecido por el artículo 45 inciso d) de la Ley N° 24.193, sustituido por su similar N° 26.066, contados a partir del 6 de agosto de 2013. Que el citado profesional presentó su renuncia al referido cargo, la cual fue aceptada a partir del 16 de diciembre de 2015. 23 #F5046150F# #I5046149I# INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO Decreto 52/2016 Prorrógase Intervención. Desígnase Interventor. Bs. As., 07/01/2016 VISTO, el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Prorrógase por un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días la intervención del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, dispuesta por el Decreto N° 756 del 10 de junio de 2011 y prorrogada por los Decretos Nros. 88 del 10 de diciembre de 2011, 2379 del 10 de diciembre de 2012, 2006 del 29 de noviembre de 2013 y 2303 del 3 de diciembre de 2014. Art. 2° — Desígnase Interventor del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), al doctor Javier Alejandro BUJAN (D.N.I. N° 21.123.017), por un período de CIENTO OCHENTA (180) días, con rango y jerarquía de Subsecretario. Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Germán C. Garavano. #F5046149F# Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 #I5046146I# INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS Decreto 55/2016 Declárase en estado de emergencia administrativa al Sistema Estadístico Nacional. Bs. As., 07/01/2016 VISTO el Expediente N° S01:0363416/2015 del Registro del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley N° 17.622, sus normas modificatorias y complementarias y el Decreto N° 927 de fecha 21 de julio de 2009, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 17.622 ha colocado bajo la dirección del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, administración desconcentrada actuante en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, la conducción del Sistema Estadístico Nacional (SEN) siendo una de sus principales funciones promover la adecuada difusión de toda información estadística de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5°, inciso f) de la citada ley. Que la elaboración y difusión de estadísticas aporta a la gestión estatal y a las actividades particulares una herramienta imprescindible para la toma de decisiones y brinda a la opinión pública nacional e internacional información social y económica relevante para el conocimiento de la situación del país. Que información de dominio público da cuenta de una administración irregular del Organismo a partir de un conjunto de circunstancias, algunas de ellas oportunamente denunciadas ante la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, que fueron desenvolviéndose desde el año 2006 y hasta el cambio de las autoridades nacionales ocurrido el 10 de diciembre pasado, que dieron lugar al desplazamiento de sus puestos de trabajo de buena parte del personal de supervisión técnica del Organismo reemplazado en ocasiones por personal sin la debida calificación. Que al asumir, las nuevas autoridades del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS han podido verificar que existe una situación anómala en el Organismo que le impide, en la actualidad, brindar con regularidad el servicio a su cargo, suministrando información estadística suficiente y confiable en temas particularmente sensibles como precios al consumidor, producto bruto interno y comercio exterior, estimando que el proceso de reordenamiento interno habrá de demorar no menos de SEIS (6) meses. Que las funciones a cargo del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS no pueden ser discontinuadas, razón por la cual se hace necesario adoptar medidas de excepción tendientes a facilitar su funcionamiento ininterrumpido y a propiciar su rápido reordenamiento interno. Que no es posible que las autoridades nacionales, provinciales y municipales; el Poder Judicial; los ciudadanos y la opinión pública en general, se encuentren privados de información estadística de fuentes confiables, lo que perturba la gestión de negocios públicos y particulares. Que por las razones expuestas, se impone declarar en estado de emergencia administrativa al Sistema Estadístico Nacional (SEN) y a su órgano rector, el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, hasta el 31 de diciembre de 2016, delegando en el señor Ministro de Hacienda y Finanzas Públicas, las facultades necesarias para que adopte medidas urgentes para proceder a su normalización. Que concierne al PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las atribuciones que le confiere el Artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, adoptar medidas conducentes al buen gobierno de la Nación. BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 #I5046135I# Que las atribuciones que por este acto se delegan en el señor Ministro de Hacienda y Finanzas Públicas se encuentran circunscriptas a la designación transitoria de directores del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, a la cobertura de direcciones vacantes, también de modo transitorio, siempre a propuesta de su Director, y a disponer modificaciones en la estructura orgánico funcional del Organismo y efectuar las designaciones en los nuevos cargos que pudiesen crearse. Que en todos los casos las designaciones transitorias se mantendrán vigentes por el lapso de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Declárase en estado de emergencia administrativa al Sistema Estadístico Nacional (SEN) y a su órgano rector, el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, administración desconcentrada actuante en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, hasta el 31 de diciembre de 2016. Art. 2° — Exceptúase al señor Ministro de Hacienda y Finanzas Públicas de las previsiones del Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002, sus modificatorios y complementarios, a los efectos de cubrir cargos de dirección vacantes en el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS y efectuar las designaciones en los nuevos cargos que fuesen creados, todo ello a propuesta del Director de ese Instituto. Art. 3° — Todas las designaciones a que refiere el Artículo 2° del presente decreto serán transitorias y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles. Art. 4° — Autorízase al señor Ministro de Hacienda y Finanzas Públicas a delegar en el titular del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS la facultad de limitar los servicios de los Directores actualmente en funciones y de designar al personal de dicho Instituto en los términos de los artículos 2° y 3° del presente decreto. Art. 5° — Autorízase al señor Ministro de Hacienda y Finanzas Públicas a disponer modificaciones en la estructura orgánico funcional del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS a propuesta de su Director, debidamente fundadas, previa intervención del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN. Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alfonso de Prat Gay. #F5046146F# GABINETE DE ASESORES de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en UN (1) cargo de carácter extraescalafonario con rango y jerarquía de Subsecretario, a la Licenciada Da. Lucía ABOUD (D.N.I. N° 30.651.815). Art. 2° — Dáse por designada, a partir del 30 de diciembre de 2015, como COORDINADOR DE SEGUIMIENTO Y ANÁLISIS DE OPINIÓN PÚBLICA de la UNIDAD JEFE DE GABINETE DE MINISTROS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en UN (1) cargo de carácter extraescalafonario con rango y jerarquía de Subsecretario, a la Licenciada Da. Mora Ximena YAZBECK JOZAMI (D.N.I. N° 25.745.264). Art. 3° — Dáse por designado, a partir del 30 de diciembre de 2015, como COORDINADOR DE ASUNTOS LEGALES de la UNIDAD JEFE DE GABINETE DE MINISTROS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en UN (1) cargo de carácter extraescalafonario con rango y jerarquía de Subsecretario, al Doctor D. Nicanor MORENO CROTTO (D.N.I. N° 25.983.675). Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente Ejercicio de la JURISDICCIÓN 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. #F5046142F# #I5046131I# MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA Decreto 33/2016 Desígnase Subsecretario de Agricultura. Bs. As., 07/01/2016 VISTO el Artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase al Ingeniero Agrónomo D. Luis María URRIZA (M.I. N° 21.968.994) como Subsecretario de Agricultura de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, a partir del 10 de diciembre de 2015. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Ricardo Buryaile. #F5046131F# #I5046134I# MINISTERIO DE CULTURA Decreto 36/2016 Desígnase Subsecretario de Coordinación Administrativa. JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Bs. As., 07/01/2016 Decreto 43/2016 VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, Bs. As., 07/01/2016 VISTO, el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL. EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Dáse por designada, a partir del 30 de diciembre de 2015, como JEFE DE MINISTERIO DE CULTURA Decreto 37/2016 Desígnase Secretario de Patrimonio Cultural. Bs. As., 07/01/2016 VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase al doctor Don Américo Juan CASTILLA (D.N.I. N° 4.392.757), en el cargo de Secretario de Patrimonio Cultural del MINISTERIO DE CULTURA. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Alejandro P. Avelluto. #F5046135F# #I5046136I# MINISTERIO DE CULTURA Decreto 38/2016 Desígnase Subsecretaria de Gestión Patrimonial. Bs. As., 07/01/2016 VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase a la arquitecta Doña Carmen María PORQUERES DE SYCZ (D.N.I. N° 10.539.081), en el cargo de Subsecretaria de Gestión Patrimonial de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Alejandro P. Avelluto. #F5046136F# #I5046137I# MINISTERIO DE CULTURA Decreto 39/2016 Desígnase Secretario de Cultura y Creatividad. Bs. As., 07/01/2016 VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, #I5046142I# Designaciones. 24 EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase al licenciado Don Enrique Luis AVOGADRO (D.N.I. N° 25.641.207), en el cargo de Secretario de Cultura y Creatividad del MINISTERIO DE CULTURA. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Alejandro P. Avelluto. #F5046137F# #I5046138I# MINISTERIO DE CULTURA Artículo 1° — Desígnase al licenciado Don Sergio Nicolás DI FONZO (D.N.I. N° 26.836.830), en el cargo de Subsecretario de Coordinación Administrativa del MINISTERIO DE CULTURA. Decreto 40/2016 Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Alejandro P. Avelluto. #F5046134F# Bs. As., 07/01/2016 Desígnase Subsecretario de Economía Creativa. VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase al licenciado Don Andrés GRIBNICOW (D.N.I. N° 23.952.369), en el cargo de Subsecretario de Economía Creativa de la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD del MINISTERIO DE CULTURA. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Alejandro P. Avelluto. #F5046138F# #I5046151I# MINISTERIO DE CULTURA Decreto 54/2016 Desígnase Subsecretaria de Cultura Ciudadana. Bs. As., 07/01/2016 VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase a Doña Débora STAIFF (D.N.I. N° 17.393.742), en el cargo de Subsecretaria de Cultura Ciudadana de la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD del MINISTERIO DE CULTURA. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Alejandro P. Avelluto. #F5046151F# #I5046129I# MINISTERIO DE DEFENSA Decreto 31/2016 Dase por designado el Director Nacional de Inteligencia Estratégica Militar. Bs. As., 07/01/2016 VISTO la Ley N° 27.008, el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002, el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 27.008 se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015. Que el artículo 7° de la mencionada ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes al 1° de enero de 2015, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros. Que por el Decreto N° 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones del personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente. Que se encuentra vacante el cargo de Director Nacional de Inteligencia Estratégica Militar del MINISTERIO DE DEFENSA. Que resulta indispensable cubrir transitoriamente dicho cargo, con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la citada Dirección Nacional. Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria resulta menester efectuar la designación con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.008. Que el Doctor D. Eduardo Emilio SAVARINO posee las condiciones de experiencia e idoneidad necesarias para cubrir dicho cargo. Que se ha dado cumplimiento a la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.008 y por el artículo 1° del Decreto N° 491/02. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Dase por designado, a partir del 10 de diciembre de 2015, con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en el cargo de Director Nacional de Inteligencia Estratégica Militar del MINISTERIO DE DEFENSA al Doctor D. Eduardo Emilio SAVARINO (DNI. N° 14.992.275), Nivel A Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO —SINEP— homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I, y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.008. Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO —SINEP— homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 10 de diciembre de 2015. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Julio C. Martinez. #F5046129F# #I5046148I# SERVICIO EXTERIOR Decreto 48/2016 Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República del Paraguay. Bs. As., 07/01/2016 VISTO el Expediente N° 40.565/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y CONSIDERANDO: Que oportunamente el Gobierno de la REPÚBLICA DEL PARAGUAY concedió el plácet de estilo al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Eduardo Antonio ZUAIN, para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia. BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias. Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DEL PARAGUAY al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Eduardo Antonio ZUAIN (D.N.I. N° 16.017.403). Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra. #F5046148F# #I5046144I# MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Decreto 45/2016 Déjase sin efecto designación. Bs. As., 07/01/2016 VISTO el Expediente N° 39.713/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Decreto N° 2504 de fecha 24 de noviembre de 2015, y CONSIDERANDO: Que por el decreto mencionado en el Visto se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DE PANAMÁ al señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase D. Enrique Luis VACA NARVAJA, acreditándolo, mientras dure la misión encomendada, con el rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de conformidad con el Artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957. Que atento razones de esta Cartera de Estado y por el expediente citado en el Visto, se tramita dejar sin efecto la designación del funcionario mencionado “ut supra”, dispuesto por el Decreto N° 2504/15. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia. Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias. Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia de acuerdo con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Déjase sin efecto la designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DE PANAMÁ, del señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase D. Enrique Luis VACA NAR- 25 VAJA (D.N.I. N° 12.560.835), dispuesta por el Decreto N° 2504/15. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra. #F5046144F# #I5046132I# MINISTERIO DE TRANSPORTE Decreto 34/2016 Transfiérese a la jurisdicción del Ministerio de Transporte la tenencia de acciones del capital social de Intercargo Sociedad Anónima Comercial. Bs. As., 07/01/2016 VISTO los Decretos Nros. 1188 de fecha 15 de julio de 1994 y 2117 de fecha 30 de noviembre de 1994 y la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520 texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias), y CONSIDERANDO: Que por el Decreto N° 1188 de fecha 15 de julio de 1994, se aprobaron los Convenios General y Accesorio suscriptos por el señor Ministro de Defensa, quien en representación del ESTADO NACIONAL, adquirió la tenencia accionaria del OCHENTA POR CIENTO (80%) del capital social de INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL, concesionaria de la prestación del servicio de atención en tierra de aeronaves en aeropuertos bajo jurisdicción nacional, consolidando así en cabeza del ESTADO NACIONAL la propiedad de la totalidad de las acciones de dicha empresa. Que, por el Decreto N° 2117 de fecha 30 de noviembre de 1994, se dispuso transferir al entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS las acciones clase “A” correspondientes al OCHENTA POR CIENTO (80%) del capital social de la firma INTERCARGO S.A.C. Que la transferencia a la jurisdicción del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS de la tenencia accionaria adquirida por parte del ESTADO NACIONAL tuvo por objeto facilitar el cumplimiento de las obligaciones contraídas en los Convenios General y Accesorio y su implementación, asegurando asimismo la prestación del servicio público que constituye la actividad de la sociedad concesionaria, conforme a lo establecido por el Decreto N° 1188/94. Que el MINISTERIO DE DEFENSA posee el restante VEINTE POR CIENTO (20%) de la tenencia accionaria del capital social de INTERCARGO S.A.C. Que el MINISTERIO DE DEFENSA mantiene a través del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA su carácter de concedente del servicio público asumido en el Contrato de Concesión de fecha 24 de abril de 1990, en virtud de las prescripciones del Decreto N° 2145 de fecha 20 de marzo de 1973 y sus modificatorios. Que por la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520 texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias), se creó entre otros, el MINISTERIO DE TRANSPORTE, teniendo entre sus competencias, todo lo inherente al transporte aéreo. Que INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL tiene por objeto principal la prestación del servicio de atención en tierra de aeronaves en aeropuertos, materia que en lo sustancial compete al MINISTERIO DE TRANSPORTE. Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico pertinente. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL. Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 #I5046152I# Por ello, El PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Transfiérese a la jurisdicción del MINISTERIO DE TRANSPORTE la tenencia de acciones del capital social de INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL, correspondientes al OCHENTA POR CIENTO (80%) del total del capital social, transferidas al entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS por el Decreto N° 2117 de fecha 30 de noviembre de 1994, correspondiendo a dicho Ministerio la representación y el ejercicio de los derechos societarios que competen al ESTADO NACIONAL por las mismas. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alfonso de Prat Gay. — Javier Dietrich. #F5046132F# #I5046139I# PROGRAMA FÚTBOL PARA TODOS Decreto 41/2016 Designación. Bs. As., 07/01/2016 VISTO, el artículo 99 inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase, a partir del 18 de diciembre de 2015, Coordinador del PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS, con rango y jerarquía de Subsecretario, al Señor D. Fernando Alfredo MARIN (D.N.I. N° 4.294.719). Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. #F5046139F# #I5046128I# SERVICIO EXTERIOR Decreto 30/2016 Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República Oriental del Uruguay. Que el Artículo 99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, faculta al Presidente de la Nación a “llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura”. Que encontrándose en receso el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, a cuya Cámara de Senadores corresponde prestar acuerdo a los candidatos propuestos para su designación como Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, resulta constitucionalmente válida la designación de funcionarios “en comisión” hasta el final del próximo período de sesiones, por parte del Presidente de la Nación, conforme la disposición constitucional citada en el considerando precedente. Que oportunamente el Gobierno de la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY concedió el plácet de estilo al señor D. Guillermo Tristán MONTENEGRO, para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia. Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias. Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado en la materia, de conformidad con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, incisos 7 y 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Nómbrase “en comisión” en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, funcionario de la Categoría “A” Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor D. Guillermo Tristán MONTENEGRO (D.N.I. N° 16.156.529), de conformidad con lo establecido por el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, y en los términos del Artículo 99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Bs. As., 07/01/2016 Art. 2° — Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, al señor D. Guillermo Tristán MONTENEGRO. VISTO el Expediente N° 39.772/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, el Decreto N° 337 de fecha 9 de marzo de 1995, y Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. CONSIDERANDO: Que el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 establece que “el Poder Ejecutivo Nacional podrá designar excepcionalmente Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios a personas que, no perteneciendo al Servicio Exterior de la Nación, posean condiciones relevantes. Este nombramiento se considerará extendido por el tiempo que dure el mandato del Presidente de la Nación que lo haya efectuado”. Que el Decreto N° 337/95 establece en VEINTICINCO (25) los cargos previstos en la Estructura Orgánica del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, para ser cubiertos por funcionarios de la Categoría “A”, Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, designados en virtud de lo dispuesto por el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 o convocados al servicio activo en orden a lo establecido en el Artículo 21, inciso s) del mismo texto legal. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra. #F5046128F# #I5046145I# SERVICIO EXTERIOR Decreto 46/2016 Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República de Panamá. Bs. As., 07/01/2016 VISTO el Expediente N° 40.613/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, el Decreto N° 337 de fecha 9 de marzo de 1995, y CONSIDERANDO: SERVICIO EXTERIOR Que el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 establece que “el Poder Ejecutivo Nacional podrá designar excepcionalmente Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios a personas que, no perteneciendo al Servicio Exterior de la Nación, posean condiciones relevantes. Este nombramiento se considerará extendido por el tiempo que dure el mandato del Presidente de la Nación que lo haya efectuado”. Decreto 50/2016 Que el Decreto N° 337/95 establece en VEINTICINCO (25) los cargos previstos en la Estructura Orgánica del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, para ser cubiertos por funcionarios de la Categoría “A”, Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, designados en virtud de lo dispuesto por el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 o convocados al servicio activo en orden a lo establecido en el Artículo 21, inciso s) del mismo texto legal. Que el Artículo 99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, faculta al Presidente de la Nación a “llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura”. Que encontrándose en receso el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, a cuya Cámara de Senadores corresponde prestar acuerdo a los candidatos propuestos para su designación como Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, resulta constitucionalmente válida la designación de funcionarios “en comisión” hasta el final del próximo período de sesiones, por parte del Presidente de la Nación, conforme la disposición constitucional citada en el considerando precedente. Que oportunamente el Gobierno de la REPÚBLICA DE PANAMÁ concedió el plácet de estilo al señor D. Miguel Ignacio TORRES para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia. Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias. Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado en la materia, de conformidad con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, incisos 7 y 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Por ello, 26 Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República de Colombia. Bs. As., 07/01/2016 VISTO el Expediente N° 39.934/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, el Decreto N° 337 de fecha 9 de marzo de 1995, y CONSIDERANDO: Que el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 establece que “el Poder Ejecutivo Nacional podrá designar excepcionalmente Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios a personas que, no perteneciendo al Servicio Exterior de la Nación, posean condiciones relevantes. Este nombramiento se considerará extendido por el tiempo que dure el mandato del Presidente de la Nación que lo haya efectuado”. Que el Decreto N° 337/95 establece en VEINTICINCO (25) los cargos previstos en la Estructura Orgánica del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, para ser cubiertos por funcionarios de la categoría “A”, Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, designados en virtud de lo dispuesto por el Artículo 5° de la Ley N° 20.957 del Servicio Exterior de la Nación o convocados al servicio activo en orden a lo establecido en el Artículo 21, inciso s) del mismo texto legal. Que el Artículo 99, inciso 19, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, faculta al Presidente de la Nación a “llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima legislatura”. Que encontrándose en receso el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, a cuya Cámara de Senadores corresponde prestar acuerdo a los candidatos propuestos para su designación como Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, resulta constitucionalmente válida la designación de funcionarios “en comisión” hasta el final del próximo período de sesiones, por parte del Presidente de la Nación, conforme la disposición constitucional citada en el considerando precedente. Que oportunamente el Gobierno de la REPÚBLICA DE COLOMBIA concedió el plácet de estilo al señor D. Marcelo Juan Alberto STUBRIN, para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES. EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia. EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Nómbrase “en comisión” en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, funcionario de la Categoría “A” Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor D. Miguel Ignacio TORRES (D.N.I. N° 13.377.369), de conformidad con lo establecido por el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, y en los términos del Artículo 99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Art. 2° — Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DE PANAMÁ, al señor D. Miguel Ignacio TORRES. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra. #F5046145F# Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias. Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado en la materia, de conformidad con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, incisos 7 y 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Nómbrase “en comisión” en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, funcionario de la Categoría “A” Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor D. Marcelo Juan Alberto STUBRIN (D.N.I. Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 N° 8.399.903), de conformidad con lo establecido por el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, y en los términos del Artículo 99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Art. 2° — Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DE COLOMBIA, al señor D. Marcelo Juan Alberto STUBRIN. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra. #F5046152F# #I5046154I# SERVICIO EXTERIOR Decreto 47/2016 Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República Federativa del Brasil. Bs. As., 07/01/2016 VISTO el Expediente N° 39.770/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, el Decreto N° 337 de fecha 9 de marzo de 1995, y CONSIDERANDO: Que el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 establece que “el Poder Ejecutivo Nacional podrá designar excepcionalmente Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios a personas que, no perteneciendo al Servicio Exterior de la Nación, posean condiciones relevantes. Este nombramiento se considerará extendido por el tiempo que dure el mandato del Presidente de la Nación que lo haya efectuado”. Que el Decreto N° 337/95 establece en VEINTICINCO (25) los cargos previstos en la Estructura Orgánica del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, para ser cubiertos por funcionarios de la Categoría “A”, Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, designados en virtud de lo dispuesto por el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 o convocados al servicio activo en orden a lo establecido en el Artículo 21, inciso s) del mismo texto legal. Que el Artículo 99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL faculta al Presidente de la Nación a “llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura”. Que encontrándose en receso el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, a cuya Cámara de Senadores corresponde prestar acuerdo a los candidatos propuestos para su designación como Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, resulta constitucionalmente válida la designación de funcionarios “en comisión” hasta el final del próximo período de sesiones, por parte del Presidente de la Nación, conforme la disposición constitucional citada en el considerando precedente. Que oportunamente el Gobierno de la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL concedió el plácet de estilo al señor D. Juan Carlos MAGARIÑOS, para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia. Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias. Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado en la materia, de conformidad con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, incisos 7 y 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Nómbrase “en comisión” en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, funcionario de la Categoría “A” Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor D. Juan Carlos MAGARIÑOS (D.N.I. N° 16.071.846), de conformidad con lo establecido por el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, y en los términos del Artículo 99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Art. 2° — Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, al señor D. Juan Carlos MAGARIÑOS. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra. #F5046154F# #I5046155I# SERVICIO EXTERIOR Decreto 49/2016 Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en el Estado Plurinacional de Bolivia. Bs. As., 07/01/2016 BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 27 Que encontrándose en receso el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, a cuya Cámara de Senadores corresponde prestar acuerdo a los candidatos propuestos para su designación como Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, resulta constitucionalmente válida la designación de funcionarios “en comisión” hasta el final del próximo período de sesiones, por parte del Presidente de la Nación, conforme la disposición constitucional citada en el considerando precedente. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. Que oportunamente el Gobierno del ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA concedió el plácet de estilo al señor D. Normando Miguel ALVAREZ GARCÍA, para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país. #I5046127I# Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia. Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias. Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado en la materia, de conformidad con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, incisos 7 y 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Nómbrase “en comisión” en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, funcionario de la Categoría “A” Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor D. Normando Miguel ALVAREZ GARCÍA (D.N.I. N° 10.616.437), de conformidad con lo establecido por el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, y en los términos del Artículo 99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Art. 2° — Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en el ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, al señor D. Normando Miguel ALVAREZ GARCÍA. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra. #F5046155F# SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS Decreto 29/2016 Designaciones. Bs. As., 07/01/2016 VISTO, el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL. EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase a la señora Gabriela RICARDES (D.N.I. N° 18.232.382), a partir del 23 de diciembre de 2015, en el cargo de Secretaria de Contenidos Públicos del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PUBLICOS dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Art. 2° — Desígnase al señor Jorge SIGAL (D.N.I. N° 10.893.903), a partir del 23 de diciembre de 2015, en el cargo de Secretario de Medios Públicos del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PUBLICOS dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Art. 3° — Desígnase al Licenciado D. Gustavo Esteban GONZALEZ (D.N.I. N° 16.602.765), a partir del 23 de diciembre de 2015, en el cargo de Subsecretario de Centros Temáticos y Expresiones Federales del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PUBLICOS dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. #F5046127F# VISTO el Expediente N° 40.569/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, el Decreto N° 337 de fecha 9 de marzo de 1995, y DECISIONES ADMINISTRATIVAS CONSIDERANDO: Que el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 establece que “el Poder Ejecutivo Nacional podrá designar excepcionalmente Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios a personas que, no perteneciendo al Servicio Exterior de la Nación, posean condiciones relevantes. Este nombramiento se considerará extendido por el tiempo que dure el mandato del Presidente de la Nación que lo haya efectuado”. Que el Decreto N° 337/95 establece en VEINTICINCO (25) los cargos previstos en la Estructura Orgánica del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, para ser cubiertos por funcionarios de la Categoría “A”, Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, designados en virtud de lo dispuesto por el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 o convocados al servicio activo en orden a lo establecido en el Artículo 21, inciso s) del mismo texto legal. Que la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en su Artículo 99, inciso 19, faculta al Presidente de la Nación a “llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura”. #I5046140I# HIDROCARBUROS Decisión Administrativa 1/2016 Ley N° 24.145. Prórroga de Concesión. Apruébase Plan de Inversiones y Obras. Bs. As., 07/01/2016 VISTO el Expediente N° S01:0192737/2014 del Registro del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, los artículos 1° y 35 de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias; el Artículo 4° de la Ley N° 24.145, y CONSIDERANDO: Que la Empresa YPF SOCIEDAD ANÓNIMA es la titular de la concesión de explotación de hidrocarburos del Área costa afuera denominada MAGALLANES, perteneciente a la Cuenca Marina Austral, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 4° de la Ley N° 24.145. Que la referida concesión tiene una vigencia de VEINTICINCO (25) años, cuyo vencimiento opera con fecha 14 de noviembre de 2017, pudiendo ser prorrogada por plazos sucesivos de DIEZ (10) años, según se establece en el Artículo 35 de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias. Que mediante presentación de fecha 4 de septiembre de 2014 ante la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA entonces dependiente del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, YPF SOCIEDAD ANÓNIMA solicitó la prórroga de dicha concesión por el plazo de DIEZ (10) años. Que el concesionario de explotación funda su petición en la necesidad de contar con un horizonte temporal más amplio que le permita continuar con el desarrollo de las inversiones en el área, a fin de producir un caudal de gas natural en forma estable de alrededor de CUATRO MILLONES DE METROS CÚBICOS (4.000.000 m3) por día, con sus líquidos asociados, durante un período de CUATRO (4) años de producción continua; siendo que la producción diaria de dicho hidrocarburo al mes de octubre de 2015 es de DOS MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS METROS CÚBICOS (2.414.400 m3). Que a ello agrega, que tales inversiones, además de generar fuentes de trabajo perdurables y mayores ingresos fiscales, han de significar —con el consiguiente aumento de la producción— un aporte al autoabastecimiento del país en materia energética. Que si bien YPF SOCIEDAD ANÓNIMA es la titular de la concesión de explotación, la operación integral del Área MAGALLANES está a cargo de la Empresa ENAP SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, de acuerdo con lo previsto en el contrato de UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS suscripto entre las empresas que las antecedieron: YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FISCALES SOCIEDAD DEL ESTADO y SOCIEDAD INTERNACIONAL PETROLERA SOCIEDAD ANÓNIMA, y en el Acuerdo Ratificatorio de fecha 25 de abril de 1991, que fueran aprobados por Decreto N° 1.460 de fecha 1° de agosto de 1991, teniendo cada una de ellas una participación del CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre la producción obtenida. Que el área en cuestión, ubicada en la boca oriental del ESTRECHO DE MAGALLANES, tiene la particularidad de asentarse sobre TRES (3) jurisdicciones concedentes: la del ESTADO NACIONAL y las de las provincias de SANTA CRUZ y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, abarcando una superficie total de TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE KILÓMETROS CUADRADOS CON DIECINUEVE HECTÓMETROS CUADRADOS (369,19 km2). Que la prórroga solicitada por YPF SOCIEDAD ANÓNIMA se refiere a la fracción oriental del Área MAGALLANES que se halla bajo la jurisdicción concedente del ESTADO NACIONAL, por estar ubicada más allá de las DOCE (12) MILLAS MARINAS medidas desde las líneas de base establecidas por la Ley N° 23.968, conforme con lo establecido por los artículos 1° y 2° de la Ley N° 26.197, por la que se transfirió a las provincias el ejercicio pleno del dominio originario y la administración de los yacimientos de hidrocarburos ubicados en sus respectivos territorios, incluidos los situados en el mar adyacente a sus costas hasta la distancia arriba mencionada. Que en consecuencia, corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL expedirse sobre la prórroga de la concesión de explotación del Área MAGALLANES, exclusivamente sobre la referida fracción, que tiene una superficie de CIENTO TREINTA KILÓMETROS CUADRADOS CON VEINTITRÉS HECTÓMETROS CUADRADOS (130,23 km2). Que debe tenerse presente que en la referida área, ENAP SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA opera CINCO (5) plataformas submarinas: AM-1, AM-2, AM-3, AM-5 y AM-6, siendo esta última la que desarrolla actividades en el ámbito jurisdiccional del ESTADO NACIONAL. Que el ya referido Artículo 35 de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias, establece la facultad del Poder Concedente de prorrogar el plazo de las concesiones de explotación, siempre que el concesionario haya cumplido sus obligaciones, esté produciendo hidrocarburos en el área de que se trate, y presente un plan de inversiones consistente con el desarrollo de la concesión. Que al respecto cabe consignar que el Área MAGALLANES, considerada en toda su superficie, cuenta en la actualidad con VEINTICUATRO (24) pozos en producción, que aportaban diariamente en octubre de 2015 SETECIENTOS SESENTA Y CINCO METROS CÚBICOS (765 m3) de petróleo crudo y DOS MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS METROS CÚBICOS (2.414.400 m3) de gas natural, habiendo sido la producción total para los primeros DIEZ (10) meses del año 2015 igual a DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA METROS CÚBICOS (218.960 m3) de petróleo crudo y SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS SESENTA MIL METROS CÚBICOS (675.760.000 m3) de gas natural. Que en cuanto a la ejecución de las inversiones, los últimos datos definitivos con que se cuenta, al cierre del año 2014, determinan que las mismas ascendieron a la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES ONCE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL (U$S 11.425.000). Que asimismo, se ha verificado que tanto YPF SOCIEDAD ANÓNIMA como ENAP SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, han cumplimentado el pago al ESTADO NACIONAL de las regalías de petróleo y gas producidos a través de la Plataforma AM-6 bajo jurisdicción nacional, al igual que el pago por parte de YPF SOCIEDAD ANÓNIMA en su carácter de titular de la concesión, del canon de explotación sobre la superficie del área bajo esa misma jurisdicción, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 58 y 59 de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias. Que si bien durante los años 2004 a 2006 ENAP SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA registró diversos incidentes operativos durante la ejecución de las tareas extractivas a su cargo, que derivaron en venteos de gas por volúmenes no autorizados y derrames de petróleo crudo en inmediaciones de sus instalaciones marítimas, que dieron lugar a la aplicación de sanciones de multa a YPF SOCIEDAD ANÓNIMA, debe considerarse que la casi totalidad de dichas anomalías tuvieron origen en las Plataformas que no se encuentran bajo la jurisdicción nacional. Que sin perjuicio de esta última circunstancia, cabe dejar asentado que a partir del año 2007 comenzó un proceso de regularización de las operaciones costa afuera del Área MAGALLANES a cargo de ENAP SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, tal como se desprende de las distintas auditorías de seguridad y ambientales llevadas a cabo por empresas especializadas. Que en relación con los oleoductos y gasoductos vinculados con la evacuación de la producción del Área MAGALLANES, YPF SOCIEDAD ANÓNIMA y ENAP SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA no cumplimentaron en tiempo y forma durante el período 2007 - 2012, con la presentación de cierta documentación técnica relacionada con los controles específicos que están a cargo de la Autoridad de Aplicación, BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 28 por lo que ambas compañías fueron penalizadas con multas; pese a lo cual debe señalarse que dichos inconvenientes están a la fecha superados, habiendo mejorado notoriamente la gestión de las empresas en esta materia a partir del año 2013. Que por las razones expuestas, los inconvenientes técnicos y operativos antes mencionados, no constituyen óbice para atender la solicitud de prórroga de la concesión efectuada por YPF SOCIEDAD ANÓNIMA. Que la Autoridad de Aplicación nacional ha aceptado el Plan de Obras e Inversiones presentado por YPF SOCIEDAD ANÓNIMA, en tanto resulta consistente con un desarrollo apropiado del Área MAGALLANES durante el período de prórroga peticionado (años 2017 a 2027). Que el Artículo 58 bis de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias, prevé que la Autoridad de Aplicación podrá establecer el pago de un bono de prórroga de las concesiones de explotación, cuyo monto máximo será igual a la resultante de multiplicar las reservas comprobadas remanentes al final del período de vigencia de la concesión, por el DOS POR CIENTO (2%) del precio promedio de cuenca aplicable a los respectivos hidrocarburos durante los DOS (2) años anteriores al momento del otorgamiento de la prórroga. Que las reservas hidrocarburíferas de la totalidad del Área MAGALLANES al fin de la concesión, calculadas al 31 de diciembre de 2014, ascendieron a DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL METROS CÚBICOS (2.271.000 m3) de petróleo, y a SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES DE METROS CÚBICOS (7.671.000.000 m3) de gas natural. Que la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias, respecto de la fracción del Área MAGALLANES bajo la jurisdicción concedente del ESTADO NACIONAL, ha previsto que para el cálculo del importe de dicho bono, el volumen de reservas de gas y petróleo del área a considerar debe ser proporcional a la superficie de dicha fracción. Que tal superficie representa el TREINTA Y CINCO CON VEINTISIETE DÉCIMAS POR CIENTO (35,27%) de la extensión total del Área MAGALLANES. Que bajo tales premisas, la cuantía del bono de prórroga asciende a la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHENTA (U$S 12.499.080). Que el Artículo 59 de la Ley N° 17.319 establece que en caso de prórroga, corresponderá el pago de una regalía adicional de hasta TRES POR CIENTO (3%) respecto de la regalía aplicable al momento de la primera prórroga, que a la fecha es del DOCE POR CIENTO (12%). Que cabe aquí dejar asentado que la Provincia de SANTA CRUZ ya ha aprobado la prórroga de la concesión del Área MAGALLANES en la superficie correspondiente a su jurisdicción, por el plazo de DIEZ (10) años, y a su término, por un período adicional de QUINCE (15) años, a través de un Acta Acuerdo suscripta con YPF SOCIEDAD ANÓNIMA con fecha 2 de noviembre de 2012, que fuera ratificada por Decreto provincial N° 2.207/12 y aprobada por la Ley N° 3.295 de dicha provincia. Que en relación con la superficie del Área MAGALLANES que se halla bajo la jurisdicción concedente de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, y de acuerdo con la información brindada por la misma, aún no se han iniciado tratativas con el concesionario para proceder a la prórroga de la concesión. Que vinculado con esta situación, cabe resaltar que el Área MAGALLANES resulta desde el punto de vista del desarrollo de las operaciones, un área indivisa, por lo que no resulta técnica ni económicamente factible seccionar el Plan de Obras e Inversiones mencionado precedentemente, entre las jurisdicciones del ESTADO NACIONAL y de las Provincias de SANTA CRUZ y de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, si bien esas inversiones han de beneficiar, claramente, aunque en distinta medida, tanto al ESTADO NACIONAL como a las citadas provincias. Que ello no inhibe las facultades de la Provincia de SANTA CRUZ respecto de lo ya acordado con el concesionario, en donde —por otra parte— no se han fijado inversiones específicas para el área, ni tampoco las prerrogativas de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, en cuanto a las inversiones que pudiera acordar con dicho concesionario, con motivo de la eventual prórroga a ser otorgada dentro de su jurisdicción; inversiones que, en tal caso, serán siempre adicionales y complementarias a las comprometidas por YPF SOCIEDAD ANÓNIMA ante el ESTADO NACIONAL. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención de su competencia. Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y por los artículos 35 y 98 inciso b) de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Prorrógase a partir del 14 de noviembre de 2017 y por el plazo de DIEZ (10) años, la concesión de explotación de hidrocarburos sobre el Área MAGALLANES, perteneciente a la Cuenca Marina Austral, que fuera otorgada a la Empresa YPF SOCIEDAD ANÓNIMA por el Artículo 4° de la Ley N° 24.145, en la fracción correspondiente a la jurisdicción concedente del ESTADO NACIONAL. Art. 2° — Delimítase la fracción del Área MAGALLANES a que se refiere el artículo 1°, de acuerdo con las siguientes coordenadas provisorias, en la Proyección Gauss Krüger, Faja 2, Datum Posgar 94. Superficie aproximada: CIENTO TREINTA KILÓMETROS CUADRADOS CON VEINTITRÉS HECTÓMETROS CUADRADOS (130,23 km2). Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 29 RESOLUCIONES #I5046100I# Secretaría de Comercio IMPORTACIONES Resolución 2/2016 Resolución N° 5/2015. Modificación. Bs. As., 07/01/2016 VISTO el Expediente N° S01:0363922/2015 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 24.425 aprueba el Acta Final en la que se incorporan los resultados de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales; las decisiones, declaraciones y entendimientos ministeriales y el Acuerdo de Marrakech, por el que se establece la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC). Que entre los Acuerdos que contiene el Anexo 1 A del Acuerdo de Marrakech se encuentra el Acuerdo sobre Procedimientos para el Trámite de las Licencias de Importación. Que, en tal sentido, en los casos que se consideren debidamente justificados, la gestión de las solicitudes de destinación de importación definitiva para consumo puede quedar sometida a la tramitación anticipada de Licencias Previas de Importación de Carácter Automático y/o No Automático. Que atento al dictado de la Resolución General N° 3.823 de fecha 21 de diciembre de 2015 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS por la que se aprobó el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI), resulta oportuno utilizar el sistema mencionado para la gestión y tramitación de licencias de importación. Art. 3° — Apruébase el Plan de Inversiones y Obras comprometido por YPF SOCIEDAD ANÓNIMA para el período de prórroga de la concesión de explotación del Área MAGALLANES (años 2017 a 2027), que representará una inversión total de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO SESENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL (U$S 166.500.000), de acuerdo con el siguiente detalle: Que mediante la Resolución N° 5 de fecha 22 de diciembre de 2015 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se estableció que las mercaderías comprendidas en todas las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) con destinación de importación definitiva para consumo deberán tramitar Licencias Automáticas de Importación, salvo aquellas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) determinadas en dicha norma, o la que en el futuro la reemplace las que deberán tramitar Licencias No Automáticas de Importación. a) Construcción en tierra de una nueva Planta de acondicionamiento y compresión de gas, por un valor de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL (U$S 56.500.000). Que se advierte la necesidad de realizar ciertas modificaciones a la norma citada precedentemente, a fin de garantizar la transparencia y previsibilidad del sistema, y evitar posibles distorsiones del comercio, conforme dispone el Acuerdo sobre Procedimientos para el Trámite de las Licencias de Importación mencionado. b) Ampliación de la capacidad de separación y tratamiento de petróleo de la actual Batería de Recepción Magallanes (BRM), por un valor de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MILLONES (U$S 50.000.000). Que en tal sentido resulta oportuno modificar el Anexo I de la Resolución N° 5/15 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN con la finalidad de facilitar la operatoria aduanera de las mercaderías alcanzadas por el régimen de Licencias Automáticas de Importación. c) Tendido de un nuevo ducto submarino de VEINTICUATRO PULGADAS (24”) de diámetro, con una extensión de DIECISIETE KILÓMETROS CON OCHOCIENTOS METROS (17,8 km), que unirá la Plataforma AM-3 con la Batería de Recepción Magallanes (BRM) por un valor de DOLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA MILLONES (U$S 60.000.000). Que por otra parte, corresponde efectuar ajustes en el punto 1) de determinados Anexos de la Resolución N° 5/15 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, con el objeto de corregir inconsistencias detectadas tanto en determinadas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.), como así también, en referencias y/o sus respectivos textos. YPF SOCIEDAD ANÓNIMA, a través de la empresa Operadora del área, remitirá en forma trimestral a la Autoridad de Aplicación nacional, los Informes específicos que den cuenta del avance y cumplimiento en la ejecución del Plan de Inversiones y Obras antes mencionado. Art. 4° — Establécese en la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHENTA (U$S 12.499.080), el monto a abonar por YPF SOCIEDAD ANÓNIMA a la Autoridad de Aplicación nacional en concepto de bono de prórroga de la Concesión de Explotación del Área MAGALLANES, en lo que respecta a la fracción bajo la jurisdicción concedente del ESTADO NACIONAL. La suma antedicha deberá ser abonada por YPF SOCIEDAD ANÓNIMA dentro de los TREINTA (30) días a contar del día siguiente de la fecha de notificación del presente acto, en pesos, al tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACION ARGENTINA vigente al cierre del último día hábil anterior al del efectivo pago, mediante cheque No a la Orden a favor de la cuenta que le será comunicada por la Autoridad de Aplicación nacional al momento de dicha notificación. Art. 5° — Establécese que a partir de la entrada en vigencia de la prórroga de la concesión del Área MAGALLANES que se aprueba por el artículo 1° del presente acto, YPF SOCIEDAD ANÓNIMA pagará al ESTADO NACIONAL un porcentaje del QUINCE POR CIENTO (15%) en concepto de regalías sobre el producido de los hidrocarburos extraídos de la fracción del Área MAGALLANES bajo su jurisdicción. Art. 6° — Notifíquese del dictado del presente acto a las empresas YPF SOCIEDAD ANÓNIMA y ENAP SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, y a las Provincias de SANTA CRUZ y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, de acuerdo con lo previsto en la reglamentación vigente. Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Juan José Aranguren. #F5046140F# Que adicionalmente se ha observado la conveniencia de incorporar ciertas mercaderías al régimen de Licencias No Automáticas de Importación a los fines de poder efectuar el monitoreo de las importaciones, con carácter previo al libramiento a plaza de los bienes. Que finalmente, se estima necesario reformular el Artículo 7° de la resolución mencionada con el objeto de aclarar la situación de las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación (DJAI), establecidas por la Resolución General N° 3.252 de fecha 5 de enero de 2012 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, vigentes al momento de la publicación de la norma bajo trato, como así también, el alcance de las excepciones para los regímenes de Courier y Envíos Postales. Que mediante la Resolución General N° 3.823/15 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS precedentemente citada, dicho Organismo Recaudador dejó sin efecto su referida Resolución General N° 3.252/12. Que por este motivo deviene necesario derogar la Resolución N° 1 de fecha 11 de enero de 2012 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS por la que se resolvió adherir al mecanismo instaurado por la ya citada Resolución General N° 3.252/12 de la Administración Federal. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete. Que la presente resolución se dicta en función de lo dispuesto por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, y por el Artículo 11 de la Resolución N° 5/15 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN. Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección Por ello, EL SECRETARIO DE COMERCIO RESUELVE: Artículo 1° — Sustitúyese el Anexo I de la Resolución N° 5 de fecha 22 de diciembre de 2015 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN por el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida. Art. 2° — Elimínanse del punto 1) de los Anexos XII, XIV y XVI aprobados por el Artículo 3° de la Resolución N° 5/15 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que a continuación se detallan: BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 30 excluidas del régimen establecido en la presente resolución. Aquellas mercaderías ingresadas bajo el régimen de Courier o de envíos postales, que estuvieren alcanzadas por lo establecido en el Artículo 3°, sólo quedarán exceptuadas de la tramitación de Licencias No Automáticas de Importación en los casos en que sean destinadas para uso o consumo particular del importador”. Art. 7° — Derógase la Resolución N° 1 de fecha 11 de enero de 2012 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. Art. 8° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Art. 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel Braun. ANEXO I Art. 3° — Elimínanse del punto 1) de los Anexos XI y XII aprobados por el Artículo 3° de la Resolución N° 5/15 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las referencias correspondientes a las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que a continuación se detallan: ANEXO II Art. 4° — Sustitúyense en el punto 1) de los Anexos VI, XII y XIV aprobados por el Artículo 3° de la Resolución N° 5/15 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las referencias y/o textos de las mismas correspondientes a las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que a continuación se detallan: (6) Excepto los destinados a la impresión de libros y revistas cuando sean importados por empresas editoras o importadoras que actúen por cuenta de terceros que sean usuarios directos acreditados por las Autoridades Competentes (Anexo II-2). (3) Únicamente de densidad superior o igual a 60 hilos por cm2 pero inferior a 70 hilos por cm2; o de densidad superior o igual a 70 hilos por cm2 pero inferior a 80 hilos por cm2; o de densidad superior o igual a 80 hilos por cm2 pero inferior a 95 hilos por cm2. (1) Únicamente incompletas, excepto las semidesarmadas, conteniendo cuadro y motor (SKD) y las completamente desarmadas, conteniendo cuadro y motor. Art. 5° — Incorpóranse en el punto 1) de los Anexos II, III, XI, XII, XIV y XVI aprobados por el Artículo 3° de la Resolución N° 5/15 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que se consignan en el Anexo II que forma parte integrante de la presente medida. Art. 6° — Sustitúyese el Artículo 7° de la Resolución N° 5/15 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, por el siguiente: “ARTÍCULO 7°.- Exceptúase de lo dispuesto en la presente resolución a las destinaciones de importación definitiva para consumo que, a la fecha de publicación de la presente medida, cuenten con la Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI) en estado de aprobada, en cuyo caso mantendrán su vigencia hasta la fecha de su caducidad, a las operaciones realizadas en el marco de los regímenes de muestras, de donaciones y de franquicias diplomáticas, así como también en el caso de importaciones de mercaderías con franquicias de derechos y tributos, de mercaderías provenientes del Área Aduanera Especial de la Isla Grande de la Tierra del Fuego, comprendida en la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, originarias de la misma, y operaciones de importación realizadas por la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de corresponder su tramitación. Aquellas mercaderías ingresadas bajo el régimen de Courier o de envíos postales que no requieran tramitar las Licencias No Automáticas de Importación del presente Artículo 3°, quedan #F5046100F# Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 Documento AVISOS OFICIALES Nuevos #I5045850I# REGISTRO NACIONAL DE ARMAS Armas de Fuego. En cumplimiento de lo establecido por la Resolución MJyDDHH N° 373/13, se detalla a continuación el listado de solicitudes de tenencia y portación de armas de fuego a efectos de que cualquier ciudadano, habitante de la Nación Argentina y entidades de la sociedad que tengan interés, puedan oponerse a dichas solicitudes: SOLICITUDES DE TENENCIAS DE ARMAS DE FUEGO Documento Denominación BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego Denominación 31 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 22155215 BARADAD TOMAS JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 30370869 BARBA PABLO FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12778149 BARBARO JOSE ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12670649 BARBERO MARIO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21765329 BARDI LEANDRO LUTACIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 36650431 BARENGO SANTIAGO CARLOS sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 25311121 BARRABASQUI HECTOR RUBEN sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 20545196 BARRENA RAMON IGNACIO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 17280749 BARRERA GUILLERMO OSVALDO RAMON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29786488 BARRERA MAXIMILIANO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 14750233 BARRERA RUBEN GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 32 UAB DNI 33397079 BARRETO JESICA PAOLA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30747420 BARRIONUEVO PABLO ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 26973804 BARRIONUEVO VICTOR HUGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24825399 BARROS ERNESTO OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17300933 BARROSO FERMIN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 31245097 BARZAGHI GONZALO ABEL sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 22686473 BASTACINI OSCAR VICENTE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33697307 ABREGU SERGIO DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28920216 BATALLA OSVALDO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14221686 ABRILE CLAUDIO HERMINIO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 29664168 BAUDINO GABRIEL OSCAR sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 18367895 ACCETTURA SERGIO MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36463015 BAUMANN GUALTERIO FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 6485617 ACHAVAL ALBERTO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 20180325 BECKMANN GUILLERMO RUBEN sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 11693700 ADUM JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 93252013 BEDNARSKI MARCOS CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 29379087 AGLIERI DIEGO ALBERTO sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 94638469 BEDOYA RUIZ OVIDIO ALEXANDER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28221326 AGUILAR ANIBAL JOAQUIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21428707 BEIERBACH PASCUAL ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 32483022 ALBORNOZ MATIAS NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24924212 BELACHUR NESTOR OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26259730 ALBORNOZ SABA MARIO DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27081912 BELLICO PABLO ANDRES sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 25711586 ALCARA LUCIANO MARTIN sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 4138512 BELTRAN LUIS DESALIN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 16192010 ALDERETE JOVENCIO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17646084 BELUARDI ULISES OSCAR sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 29019901 ALDERETE JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27787795 BENAVIDEZ GASTON EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26403089 ALDERETE RAUL RICARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23162596 BENCEGUEZ HERNAN RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17377807 ALE EDUARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 20398549 BENITEZ DANIEL ESTEBAN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 17641424 ALEGRANZA GUILLERMO CESAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29133838 BENITEZ GUSTAVO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14511902 ALLASIA GABRIEL ALFREDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20882366 BENITEZ RICARDO JAVIER sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 26428530 ALLOA CASALE JAVIER IGNACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32533048 BERESTEIN SANTIAGO JOSE sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 12088708 ALMIRON SILVIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14697897 BERGAGNO MANUEL ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16706878 ALTAMIRANO LUCIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 13445709 BERGMAN ENRIQUE FERNANDO sobre FUSIL calibre .243 PLG DNI 10842349 ALURRALDE ROBERTO OMAR sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 26096629 BERINI GABRIEL ADRIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 26300787 ALVAREZ JORGE FABIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 39435233 BERNARDELLO ALEJANDRO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 37500631 ALVAREZ MAXIMILIANO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 36 UAB DNI 28654131 BERRIDY CLAUDIO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 37500631 ALVAREZ MAXIMILIANO DANIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 10951411 BERTOLAMI JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30374258 ALVAREZ PABLO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23534100 BERTOSSI EDUARDO EMILIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 14564611 AMAR JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12700107 BERTOTTI NESTOR DANIEL sobre REVOLVER calibre .45 PLG DNI 30085351 AMARILLA GUSTAVO ESTEBAN sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 20977984 BERTOYA JOSE LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24758823 AMARILLA RODOLFO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10051091 BERTOZZI JORGE DANIEL sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM DNI 17751676 AMERI GUSTAVO ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11295681 BESSONE VICTOR EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20144145 AMSLER GUSTAVO GUILLERMO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 7837423 BEUILLE EDUARDO JORGE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26607250 ANDERSON NESTOR JOSE sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 22559220 BEURET FEDERICO RUBEN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 29479386 ANDRADA RODRIGO MATIAS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20932112 BIANCHI GUSTAVO RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10102266 ANDREASEN JORGE HORACIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 10492532 BIASSINI JUAN RAMON sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 14611694 ANDROVETTO CLAUDIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 28088054 BINI ESTEBAN TOMAS sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 31039356 ANSIO SEBASTIAN AGUSTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 21850210 BISSO MARCELO FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 8056055 ANTONIETTA JUAN CARLOS sobre CARABINA calibre .357 PLG DNI 21850210 BISSO MARCELO FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17474866 ANZOATEGUI LUCAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8026763 BLANCO AUGUSTO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 28557763 ARANDA FLAVIO FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14533618 BLANCO HUGO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18108465 ARDILES SERGIO RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26019903 BLANCO JOSE HORACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 34522751 ARENA JOSE RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11416031 BLANCO LAXAGUE LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 37086133 ARESE JUAN IGNACIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 37713557 BLASICH NAHUEL GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31535856 AREVALO CESAR NICOLAS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 25816687 BOGADO MAXIMILIANO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34311685 ARGAÑARAZ PABLO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25677499 BOICHUK SERGIO HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18903360 ARGANDOÑA ROJAS OSCAR AUGUSTO sobre FUSIL calibre .22 PLG LE 4596878 BONFIGLIO CARLOS MARIA sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 5411180 ARGUELLO CARLOS HUGO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24802376 BONILLA SALAZAR FABIAN GUILLERMO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 10389639 ARGUL RAFAEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 14617548 BONO JORGE NELSON sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 10389639 ARGUL RAFAEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 25418899 BOREL GERARDO ANTONIO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 16165287 ARIAS HUGO FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25844964 BOZOLO PABLO ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20992784 AROCA RICARDO ORLANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25498014 BRANDAN AMILCAR ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24586179 ARREDONDO JAVIER ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 11523206 BRANDAN SIMON FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 12160454 ARREGUI RAUL ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27016552 BRAVO OSCAR EDGARDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 21985636 ARROYO ARIEL DAVID sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 30272791 BRECCIAROLI EMILIANO OSCAR sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 36678608 ARROYO ELIAS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 24261133 BRESSO JOSE ANTONIO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 4971285 ASSESSORE CARLOS EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 7501088 BRITEZ MARCELO BENITO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 21858657 ASTRADA CARLOS GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26038567 BRITOS NESTOR JAVIER sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 30629143 AUDANO LEONARDO EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 26038567 BRITOS NESTOR JAVIER sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 35687363 AVALOS NESTOR GERMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23685120 BRIZUELA MARTINEZ MARCELO F. sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 27417516 AVEIRO PAULO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 4972720 BRIZUELA ROBERTO OSCAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 4707823 AVILA JOSE ABSALON sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 29312868 BRONDO LUIS EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14410909 AVILA RAMON ROQUE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33779274 BROSO ALBERTO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 37901557 AVILA RODRIGO GASTON sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 23674317 BRUNET PABLO SANTIAGO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 34454090 AYALA VICTOR ARIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 32727539 BRUNETTI JESUS EMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21884609 BABUSI LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13072581 BRUNO NESTOR sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 26755878 BACCARINI ALDO CESAR sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 23813267 BRUNORI ARIEL LUIS JESUS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31553310 BAECK SANTIAGO JOAQUIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23949854 BUHR CESAR RODOLFO sobre CARABINA calibre .44-40 PLG DNI 30886064 BAEZ ALAN FAVIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13628513 BULACIO RAUL PACIFICO sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 94006439 BAEZ SERGIO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 13628513 BULACIO RAUL PACIFICO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 20123838 BAEZA CARLOS ENRIQUE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 35207250 BULFI MATIAS GASTON sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 23984149 BAILLO MARIA BEATRIZ sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29943201 BUPO FERNANDO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23958618 BAJURA DARIO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33240222 BURATTO LEANDRO MATIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18585083 BALBI ERNESTO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14344088 BURGI JOSE LUIS sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI 18405414 BALZARINI GUSTAVO NESTOR sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 23676577 BUSOLARI CLAUDIO RENE DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33541217 BANIS FRANCO ALBERTO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 13264712 BUSTAMANTE RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 Documento Denominación 32 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 10479128 BUSTUOABAD CESAR DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10088202 CREDENTI HECTOR CARLOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 25308760 BUXTON LUCAS MIGUEL sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 13411302 CRIMELLA MARCOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14647962 CABRAL CELSO HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11753933 CRIPOVICH ANDRES JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20395471 CABRERA RAFAEL JULIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 30565214 CRISOL NESTOR RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34339098 CACACE MAURO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29144515 CRUCIANELLI GUSTAVO RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33163593 CACERES GERONIMO sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 16236921 CRUZ ENRIQUE EDUARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 21395307 CACERES GUILLERMO ADRIAN sobre REVOLVER calibre .45 PLG DNI 14468567 CUEVAS PASCUAL SILVESTRE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 5259203 CACERES JORGE OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16235569 CUEVAS RAMON SIMPLICIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 5259203 CACERES JORGE OMAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 16901622 CURUBERTO ANA MARIA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20566505 CAJAL LUIS ROLANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17342256 D'ALECIO HUGO JORGE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 35626665 CALABRIGO DIEGO EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24981681 D'ANDREA MONTIEL FRANCO RENZO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30363087 CALDERANI DIEGO JESUS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12667251 D´STEFANO RICARDO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 5271182 CALDERON JOSE ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 95351722 DAI PENG sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29146364 CALVO SEBASTIAN ADRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34678621 DAL MOLIN CESAR ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 10636940 CAMARGO FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 6903209 DALMAU JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 11909365 CAMPERO RAFAEL EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33981688 DAMIANI NAHUEL ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28025104 CAMPETELLI ALEXIS NAZARENO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25132474 DANIEL JUAN ANTONIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 14540283 CAMPOS MARCOS SAUL sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 27980978 DAVID CRISTIAN JESUS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 20244888 CAMUSSONI MARCELA PILAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 22769208 DE LA FUENTE NESTOR JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20596225 CANDIA JOSE CELESTINO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13965077 DE LA NATIVIDAD GREGORIO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22115720 CAÑETE JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 5384886 DE LA PIEDRA ARSENIO MIGUEL sobre CARABINA calibre .44-40 PLG DNI 25269747 CANOSA DIEGO AGUSTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16799193 DE LA VEGA ALEJANDRO FABIAN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 34410394 CANTALE JORGE ANTONIO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 25182642 DE PASCUAL DIODATI EDUARDO C. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11205316 CANTEROS EDUARDO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 30936512 DE ROBERTO SEBASTIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 22491945 CAPELLA MARCELO RODOLFO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 92240417 DE SOUZA RICHARD ARTEMIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 37339034 CARDADOR JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 31368023 DEALBERA JUAN IGNACIO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 10531442 CARDAROPOLI JORGE OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 38113545 DEAN JOSE MARIA sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 25885072 CARDENAS VICTOR ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8571160 DEL BENE SERGIO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 92937491 CARDOZO BARRETO EVERGISTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 11924178 DELFINO JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 92947306 CARDOZO BARRETO NELSON RUBEN sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 7994248 DELGADO ANGEL LUIS MARIA sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 22363394 CARDOZO CARLOS DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16363650 DELGADO DANIEL ANÍBAL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22307766 CARDOZO FELIX ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 11610603 DEO EDUARDO FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12965213 CARLONI HUMBERTO LORENZO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 26439063 DESTEFANI VILLAFAÑE LEONARDO M. sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 25141532 CARNERO JOSE MARIA sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 27236114 DI CRISTOFANO GABRIEL EMANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12201814 CASARES HECTOR MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36834308 DI DOMENICO MARIANO MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29261494 CASSI LUCAS SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21957206 DI MATTEO ALEJANDRO JAVIER sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 25698537 CASTAGNARI GUILLERMO OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31884952 DIAZ CARLOS GUSTAVO CEFERINO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20998671 CASTILLO ADRIAN BENITO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 18605452 DIAZ CLAUDIA ALEJANDRA sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 33998021 CASTILLO DIEGO NOE sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 35289856 DIAZ CRISTIAN DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 4359502 CASTREGE ALBERTO FELIPE sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 12600567 DIAZ FABIAN ALBERTO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 28302361 CEDROLLA CARLOS MARTIN sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 13319244 DIAZ JOSE ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 21732642 CENTURION CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22755722 DIAZ SILVIO LEANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 16969128 CENTURION PEDRO HECTOR sobre ESCOPETA calibre 32 UAB DNI 16838091 DIB CAMILO RAUL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20691629 CEPEDA FERNANDO FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17766449 DIEHL RICARDO ALBERTO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 27148339 CERUTTI NICOLAS MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28436420 DIETA GLADYS SOLEDAD sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 32554025 CHOI VICTOR LEANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32676018 DIGILIO ALESIS DAMIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 4446110 CHOMIK MIGUEL ANGEL sobre SUBFUSIL calibre .22 PLG DNI 20162610 DIP ROBERTO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26677170 CICCARELLI DIEGO RAFAEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16738593 DOLBER MARCELO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24930091 CICHERO LEANDRO MARTIN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 25024082 DOME HERNAN WLADIMIR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 28571897 CICILIANI PAULO ANDRES sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 18463176 DOMENEZ NORBERTO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24561513 CIGORRAGA NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26263029 DOMKE LEONARDO ADOLFO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 10778102 CILLIS NESTOR DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 92824079 DORREGO CHELONI WILSON NILO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26752084 CIMINO ADRIAN FRANCO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29720707 DOVAL SERGIO ANDRES sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 7928935 CINAT OSCAR ERWIN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 20437105 DUARTE LUIS ALCIDES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 10566330 CINGOLANI GUALTERIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 12693068 DUARTE RAMON sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 29208930 CIOTTA DAVID SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI 28561292 DUARTE RUBEN EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16753928 CISNERO MANUEL FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 8213294 ECHAIDE OSCAR LORENZO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 25543040 CISNEROS JOAQUIN RAMIRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12009681 EHRENBOLGER EDUARDO MARCOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26679021 CISNEROS MARIANO EUGENIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28413392 ELIAS DAMIAN ALFREDO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 20207506 CIVIDINI ELIDO DIEGO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 29917524 ELOY JAVIER ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25781710 CLUCELLAS ESTEBAN JUAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31283360 ENGEL EMANUEL ALEJANDRO SILVIO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 25781710 CLUCELLAS ESTEBAN JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20429588 ENRIORI CLAUDIO DANIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 12411564 CODARO JUAN JOSE EMILIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 35273361 ESCALADA MAXIMILIANO FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14778741 CODONI CLAUDIO MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33187349 ESCOBAR MIGUEL DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18227413 COLARI GUILLERMO ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28507696 ESCRIÑA FEDERICO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 24209828 COLLIARD FERNANDO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25154402 ESPIÑEIRA ELIZABETH ADRIANA sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 30820406 COMADIRA SANTIAGO LUIS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 20735856 ESPOSITO MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25008716 COMBA MARCELO MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8079151 ESQUENON ROBERTO FELIX sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17195477 CONDORIZ CARLOS FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16452568 ESTEBAN CARLOS ALBERTO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 16894744 CONFALONIERI EDGARDO FRANCISCO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 21420823 FACCIOLI SIXTO DANILO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16465183 CONRERO SERGIO MIGUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20251348 FADALTI FERNANDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 32508358 CONTESTI FACUNDO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30121687 FALCO PABLO ANDRES sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 17042373 CONTRERAS WALTER RAMON EDUARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 13549711 FALIVA JORGE HUGO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 7775735 CORDAL ROBERTO JOSE sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 16932782 FANJUL WALTER DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26748250 CORDOBA ARIEL FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 22793956 FARAH SEBASTIAN sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 25859548 CORDOBA GERARDO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31957471 FARINOLI ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 26415106 CORDOBA MAURICO HUGO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 30223836 FASOLINO DANIEL ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 35896319 CORDONES RODRIGO IVAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 12578226 FELICES JORGE GUILLERMO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 34568889 CORIA CRISTIAN WALDEMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18200938 FERNANDEZ ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22796385 CORIA ESTEBAN ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24426856 FERNANDEZ GALOVICHE SERGIO A sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 30022295 CORNEJO SERGIO EMANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31028374 FERNANDEZ GUILLERMO IVAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 22618228 CORONEL FONTI VICTOR HUGO MARIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 20246096 FERNANDEZ GUSTAVO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 17409399 CORONEL MARIO RAUL sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 24981988 FERNANDEZ JUAN MARCELO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 29443187 CORREA LEONARDO GILBERTO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 26580462 FERNANDEZ LEONARDO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26333449 CORREA MARCOS GASTON sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 33044200 FERNANDEZ MATIAS NICOLAS sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 22683236 CORTOPASSI MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33559574 FERNANDEZ NESTOR FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14546904 CORZO RAUL OSCAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 13739384 FERRARIS GERARDO JORGE sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 14229355 COSENTINO GUILLERMO RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16372207 FERREYRA ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 29368127 COSTA GABRIEL OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25343273 FERREYRA IVAN KURT sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23836371 COSTA MARTIN MIGUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25114585 FERRO SORIA DANIEL DAVID sobre ESCOPETA calibre 12 UAB Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 Documento Denominación 33 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 35447168 FIGUEROA MATIAS ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17229063 GUTIERREZ CARLOS LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31405424 FILIBERTI WALTER sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 27470351 GUTKOSKI ANTENOR JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21811548 FILIPUZZI SANDRO DINO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12563736 GUZMAN ERNESTO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 23517286 FILMANN JOSE LUIS FEDERICO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 10878657 GUZMAN JOSE REINALDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 34226124 FINIS SANTIAGO MARTIN sobre FUSIL calibre .243 PLG DNI 12642753 HABERKORN HECTOR OMAR sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 12240693 FIUMARA SEBASTIAN sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM DNI 12963260 HAILE JOSE WALTER sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 14155330 FLORES GUSTAVO AMADO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 33148030 HANDL MAURO MIRKO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 5062096 FOLGADO HECTOR JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 11536305 HARTMANN MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 11635992 FONTANA ALEJANDRO DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20100242 HAUTEVILLE ALBERTO OSCAR sobre CARABINA calibre .270 PLG DNI 22195237 FONTELA JOSE RODOLFO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 10365265 HERMOSA JUAN MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 6124133 FORTUNATO OSCAR ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31835779 HERMOSA PATRICIO GUILLERMO sobre CARABINA calibre .357 PLG DNI 24609236 FOSCHIATTI ALEJANDRO ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 32160907 HERNANDEZ FEDERICO ARIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 29969146 FRADEJA ENRIQUE FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12392520 HERRERA MANUEL FRANCISCO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23094728 FRAGA RICARDO JAVIER sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 14485411 HERRERA RAMON NORBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB LE 8444244 FRAGAPANE ANTONINO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 35702952 HIDALGO FERNANDO ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20459608 FRANCISCONI OMAR ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11170585 HIRIART RICARDO JOSE sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 20735797 FRANZESE FABIO LUCIO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM DNI 11170585 HIRIART RICARDO JOSE sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 21108890 FRECCERO GUILLERMO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11170585 HIRIART RICARDO JOSE sobre FUSIL calibre 12 UAB DNI 26490686 FREDES JUAN LUIS sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 27066335 HIRSCHFELD ANDRES VICENTE sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 26490686 FREDES JUAN LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10822762 HOSCH ARTURO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27155347 FREGA SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 95017478 HUANG ZHIXIONG sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11459768 FREGOSSI LUIS RAUL sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 32143970 HUROU JOSEPH sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8100318 FUCILIERI MIGUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 14067327 IGLESIAS CARLOS GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 7,65 MM DNI 27947521 FUENTES PABLO MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 21346091 IGLESIAS JUAN SANTIAGO DE JESUS sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 29506427 FUERTES GABRIEL ALBERTO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 25348484 ILLANES PEDRO GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14713491 GAILLARD HUGO LUIS sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 17613687 IMAIN JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 16187851 GALARZA LUIS ROBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 17613687 IMAIN JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 10023741 GALASSI RUBEN sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 16605124 INCAMINATO GUSTAVO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31912621 GALIGNIANA FACUNDO LUCAS sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 17287525 IPPOLITO CLAUDIO MIGUEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 20950149 GALIPO CARLOS GERMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22104394 IPPOLITO GABRIEL ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11797785 GALIZIA JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31816145 IRIARTE LEANDRO GABRIEL sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI 31345846 GALLI GIAVENO AGUSTIN MARIANO LORENZO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 4913162 IRIBARREN ALFREDO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 94577953 GAMARRA BENITEZ MANUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26922307 ISAIA WALTER ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28614340 GAMBARTE PABLO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 93002549 ISLA CARDENAS JOSUE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25433589 GANDOLA MATILDE GABRIELA sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 93002549 ISLA CARDENAS JOSUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8428810 GARABITO RUBEN OSCAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 7869910 IZQUIERDO HORACIO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 93335761 GARCIA ALVAREZ ENRIQUE MANUEL sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 24128885 JAIUT JAVIER DAMIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 36125683 GARCIA EXEQUIEL ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11885352 JARA ERNESTO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 24968626 GARCIA JORGE ARIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 28139490 JIMENEZ LESCANO FERNANDO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24968626 GARCIA JORGE ARIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 17953507 JOSE EDUARDO GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31853925 GARNICA JULIO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17437853 JUAREZ CLAUDIO HECTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20023558 GAROFALO GUSTAVO MARCELO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 31052663 JUAREZ DARIO ESTEBAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 29183782 GAUDIOSO DANIEL MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 33067013 KARL EMILIO FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26203046 GAUNA RAMON EVARISTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 25065270 KERLING HUGO ARIEL sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 4194918 GEORGIADES SOCRATES HECTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27129408 KIEK ALEXIS IVAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22413581 GERBAUDO CLAUDIO CEFERINO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 34897089 KIRISKA HECTOR MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31201522 GERBER ALEJANDRO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 5388939 KOLMAN JOSE OSCAR sobre CARABINA calibre .44 PLG DNI 21002857 GERES MARCOS GABRIEL sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI 10253477 KOZAK ANDRES IGNACIO sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 18358497 GIANNONE HECTOR ADRIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 27003073 KRACHLER SERGIO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35386074 GIMENEZ DIAZ MARCOS FERNANDO G sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24766936 KREDE NAHIM MARCELO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16494242 GIMENEZ HECTOR HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35414137 KREFF IGNACIO MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31754112 GIMENEZ LUIS ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 36406309 KREVISKY JOAQUIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 10593305 GIMENEZ NORBERTO ANGEL DE GUADALUPE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13336324 KULIS CARLOS EDUARDO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 27381021 GIRAUDO GINES JOSE sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 29499839 LA ROCCA PABLO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 18794206 GIRSON MAURICIO EDGARD sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 25067166 LABARTA JOSE LUIS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26252035 GIUSTI FACUNDO EMILIANO sobre FUSIL calibre .243 PLG DNI 27829182 LACHAT LUCIANO RENE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16534389 GLUSZCZUK RUBEN DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29170125 LACROIX LUCAS AUGUSTO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 20714012 GOBBI CARLOS ALBERTO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 36072680 LAFFONT LEANDRO RAUL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 17347295 GOMEZ ALFREDO ISAMEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17128126 LALLANA OSCAR RAMON sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20973468 GOMEZ CLAUDIO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21786885 LAMM ADRIAN GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16131072 GOMEZ GUSTAVO EDGARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 7796366 LARRIGAUDIERE MIGUEL ALFREDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 27346373 GOMEZ JOSE MARIA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29594307 LARRONDO HERNAN ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31206913 GOMEZ LUIS NAZARENO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28012361 LASA DANIEL CLAUDIO MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 34398728 GOMEZ MARIO HERNAN sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 21454840 LASCOMBES EDUARDO GABRIEL sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 12375138 GOMEZ OSCAR GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 11624946 LATORRE RICARDO sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI 10102684 GONZALEZ ABEL JULIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 94213564 LAURA ZEGARRA VIDAL FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28863481 GONZALEZ EDUARDO RUBEN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 35144549 LEBRON JORGE ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 32860531 GONZALEZ EXEQUIEL MAURICIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27753222 LEDESMA CLAUDIO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 30748079 GONZALEZ HECTOR RODOLFO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14839333 LEGUIZAMON CARLOS RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20879130 GONZALEZ HUGO GREGORIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 27985274 LEGUIZAMON MARIELA ROSA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30113461 GONZALEZ JORGE sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 16373236 LEITES WALTER FABRICIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25373759 GONZALEZ JORGE BRUNO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18615593 LEMA CARLOS DARIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 17526176 GONZALEZ LEONARDO MIGUEL A. sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21646119 LEON ALBERTO DANIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 37099101 GONZALEZ MARIANELA AYELEN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22091676 LEONE ADRIAN VICENTE sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 32413906 GONZALEZ NELIÑO EDGARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35102087 LEONES RAFAEL OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20574273 GONZALEZ ROBERTO MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24235496 LEZA MAXIMILIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23524175 GOROSITO JUAN ANDRES sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 92739927 LIM HWI WON sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 7664189 GOYENECHE RAUL CARLOS ARMANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33837908 LLULL MIGUEL ANGEL sobre FUSIL calibre .338 PLG DNI 31124953 GRABOVIECKI MARCOS ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 34159933 LOPEZ ABBOUD MAXIMILIANO E. sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14951475 GRAELLS RICARDO DOMINGO A. sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 21821264 LOPEZ ANDRES DAMIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 13134911 GRANERO LUCIO VICENTE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 7679585 LOPEZ ATILIO EDELMIRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 4981913 GRAZIANI LUIS ABELARDO sobre CARABINA calibre .44-40 PLG DNI 27361792 LOPEZ BIERTOSZ GUSTAVO ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 18430879 GRIMAL GUILLERMO ENRIQUE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 38192016 LOPEZ CACERES MIGUEL EDUARDO M. sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27536165 GROSSO JAVIER GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 37879314 LOPEZ CAMILO EZEQUIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 33145096 GROSSO PABLO LUIS sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 35250410 LOPEZ GASTON EMANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 36309195 GROSSO RAFAEL MARCELO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 33693430 LOPEZ GRABAUSKIS FRANCISCO EXEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 35762866 GUADANO LUIS VALENTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13263842 LOPEZ LUIS ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16070899 GUBLER ELVIO OSCAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 92735890 LOPEZ OMAR DARIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 26625755 GUGLIERMETTI GUSTAVO HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13258477 LOPEZ OSCAR sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 4391903 GUINLE MIGUEL ANGEL MARIA sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 24905551 LOPEZ PABLO DANIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 Documento Denominación 34 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 30706526 LOPEZ SILVANO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17712908 MILLAÑIR GABRIEL CLAUDIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11925590 LORENZO DANIEL OSVALDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24210975 MINCHELI GUSTAVO JAVIER sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 29258176 LORENZO GAMA RODRIGO ARIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 23821630 MIR SALAZAR ROBERTO ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 5225639 LOWE HUGO DIEGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33630542 MIRA SANTIAGO EDGARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29740455 LOZANO CARMONA HUGO DANIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 24506041 MIRANDA MAURICIO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8301291 LUCCHINI RICARDO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 93088436 MIRANDA SANABRIA GERARDO RAMON sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 7642125 LUCERI ROBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 30167422 MIRIANI CLAUDIO HERNAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 17934463 LUCERO ANGEL JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22364390 MIZRAHI DAVID sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 16076027 LUIS MIGUEL ANGEL sobre FUSIL calibre .243 PLG DNI 29997901 MIZRAHI FERNANDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23967887 LUJAN SOSA JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17526188 MOLINA GERARDO MIGUEL sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 14023299 LUNA AMADO ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33181755 MOLINA GERMAN FELIX sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 25610127 LUNA PICCARI MATIAS EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 30689736 MOMBLANC FEDERICO ANDRES sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 27205755 LUQUE ANTONIO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20839869 MONACO LUIS ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24621515 LUQUE JULIAN ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 34372944 MONDINO ALAN DAVID sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 29183584 LUQUE MARTIN HORACIO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 38158689 MONDINO KEVIN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 29183584 LUQUE MARTIN HORACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23900503 MONDONIO MARCELO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 21391662 LUQUES VICTOR HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16287744 MONRABAL SANTIAGO MARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 8481913 MAC DONNELL JORGE LUCIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 36000366 MONTENEGRO MARIANO OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25097911 MACEDO ALEJANDRO MARIA sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 34547689 MONTENEGRO PATRICIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 25097911 MACEDO ALEJANDRO MARIA sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 16032775 MONTENEGRO RAUL MARCELO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 25097911 MACEDO ALEJANDRO MARIA sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 4434706 MONTES ALBERTO ELOY sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 25097911 MACEDO ALEJANDRO MARIA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29446705 MONTES FEDERICO RAMON sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 11769726 MACHARASHVILI VLADIMIRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23686035 MONTES JUAN MANUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 36660095 MACHERONI DUARTE FRANCO N. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21740060 MONTOYA EDGARDO GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21571985 MAGALLANES SERGIO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27409729 MONZON DARIO NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25155748 MAGNINO MARTIN ROGELIO sobre CARABINA calibre .270 PLG DNI 21916132 MORALES EDUARDO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14935574 MAGNO MARIO ORLANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18138726 MORALES LUCAS PABLO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28773335 MAIZ SERGIO NICOLAS DOMINGO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 34171090 MORALES NELSON HORACIO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 16771666 MALDONADO GUIDO ARMANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 6181772 MORAN OSCAR ANIBAL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23004425 MALDONADO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17531640 MORENO CARLOS OSCAR sobre FUSIL calibre .44-40 PLG DNI 26968655 MALMANTILE GERMAN ANDRES sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 13624149 MORENO MARIO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 25663022 MAMANI SANTOS VICTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11578292 MORENO ORLANDO ELPIDIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25640736 MANGONE FERNANDO ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 34841050 MORENO RODRIGO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20864518 MANSILLA ANIBAL ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36679813 MORES RAFAEL ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16394156 MANSILLA ARTURO UMBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26236036 MORESCHINI DANIEL VICTOR A. sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 13912175 MANSILLA JOSE ORLANDO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 24430718 MOSCHETTO DIEGO DAMIÁN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23974078 MANSILLA MIGUEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 28137884 MOYANO VICTOR HUGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 35721844 MANTEROLA FEDERICO IGNACIO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 27539810 MUCHUT MARIO sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 36746788 MANZANO CARLOS JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14453906 MUÑOZ EDGARDO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22132320 MARCELLINI SEBASTIAN OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14664251 MUÑOZ FELIX sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 25149334 MARCHEGIANI PABLO ANDRES sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 37272471 MUÑOZ JONATHAN MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30519489 MARCOS CARLOS MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21751225 MUÑOZ JUAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22901851 MARCOS LISANDRO OSCAR sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI 22122572 MUÑOZ ROBERTO CELSO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 13776924 MARCOS OSVALDO HECTOR sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 92796359 MUNUCE RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29409038 MARDONES BUSTOS LUCIANO J. sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 22167197 MUSARRA MARIANO LUCAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 30892984 MARGUATI SEBASTIAN ROBERTO sobre REVOLVER calibre .45 PLG DNI 24211761 NAHIM GABRIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 29873298 MARIANETTI NICOLAS IVAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32707597 NAHIM ROGELIO ELIAS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 17004833 MARIMON MARCELO NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16019751 NARAMBUENA IRENIO ALFREDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 34835525 MARQUEZ NAHUEL IVAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 92086712 NARVAEZ LUIS sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 17540633 MARQUEZ SILVIA ESTHER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12173462 NAVARRETE CLAUDIO VICENTE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34647892 MARTINENGHI GUIDO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 27733244 NAVARRETE HERNAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20766870 MARTINEZ ALEJANDRO ESTEBAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17177814 NAVAS AMALIA BEATRIZ sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 35587799 MARTINEZ DAVID EMANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 16728657 NAVONE ALBERTO OMAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 30369101 MARTINEZ JUAN ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20173189 NAZOR GUSTAVO FELIPE sobre CARABINA calibre 7,62x54R MM DNI 16218748 MARTINEZ MARIA DEL CARMEN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 12487637 NEGRI WALTER ERNESTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14479271 MARTINEZ MARIO EFRAIN sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 11606241 NEGRO UBALDO ROQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29012112 MARTINEZ ROLDAN DAMIAN ALBERTO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM DNI 18037366 NEME PALMIRO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 37773808 MARTINO ALEXIS SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18037366 NEME PALMIRO ALBERTO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 21803031 MARTUCCI MARCELO FABIAN GABRIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 33290953 NENNING CONRADO FEDERICO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 21803031 MARTUCCI MARCELO FABIAN GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13063969 NEVES FAUSTINO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21803031 MARTUCCI MARCELO FABIAN GABRIEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 23322371 NIEDFELD GUILLERMO GERMAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 35032131 MAS GERMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28039367 NIEVA FRANCISCO ANTONIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24586999 MAS PABLO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36595228 NIEVA MAURO OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34259098 MASCIULLI GASTON JAVIER sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 14664823 NIKOLAJUK JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23888767 MASSAFRA FACUNDO DANIEL sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 23866919 NOTARNICOLA LUCIO MIGUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 25987195 MASSOLINI FEDERICO EUGENIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8557546 NOVAS JORGE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10667006 MATEO HECTOR JUSTO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 11244016 NOVELLI GUSTAVO LUIS sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 4275270 MATICH VICENTE MARIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 21478635 NOVIO FERNANDO GABRIEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 4275270 MATICH VICENTE MARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13164991 NOVOA RUDECINDO JOSE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 16739891 MATTEUCCI DAMIAN CARLOS sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 31164677 NUÑEZ ALBERTO RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31046857 MAXERA JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31164677 NUÑEZ ALBERTO RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11576320 MAZZUCCHELLI ALBERTO JORGE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26150178 NUÑEZ CLAUDIO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26320341 MEDINA ALFREDO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28297592 NUÑEZ EDUARDO EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 6559755 MELLANO MIGUEL RAUL sobre ESCOPETA calibre 36 UAB DNI 28297592 NUÑEZ EDUARDO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28033981 MELONI PABLO ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 25264141 NUÑEZ HECTOR ANDRES sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 28840758 MEMMOLO ALFREDO HERNAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 23858313 OBAID DANIEL JACOBO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23517081 MENA ADRIAN RAFAEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8005315 OBAID EDUARDO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11235412 MENAFRA HECTOR HORACIO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 27614671 OBIGLIO AGUSTIN ERNESTO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 27367492 MENDEZ DIEGO ARIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 10015132 OCARANZA FABIAN ALBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 23559543 MENDEZ JOSE ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22363235 OCHOA LEANDRO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 25712329 MENDEZ JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 32246068 OLMEDO JAVIER DAVID sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 13150307 MENGO ORLANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 30835006 ORCE DANIEL GONZALO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 20244940 MERGEN EDUARDO ADOLFO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 38446729 OREGGIONI IGNACIO ADRIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 30747488 MERLO CRISTIAN ANDRES sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 5398262 ORLANDI ARNALDO JUAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 35861321 MESTRES DIEGO MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29909544 OROSCO MATIAS ADRIAN sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 28429557 META GUILLERMO MARTIN sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 25903247 ORTEGA CRISTIAN ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28646981 MEZZENA HUGO FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27347932 ORTIZ CRISTIAN OSCAR sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 30900238 MICHELA BUSTAMANTE JORGE LUIS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 21802434 ORTIZ FLAVIO MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25155519 MIGLIORELLI ROLANDO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16770655 ORTIZ GABRIEL ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21981945 MILIOZZI ROBERTO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17992757 ORTIZ JORGE FABIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 Documento Denominación DNI 17679711 ORTIZ RUBEN ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17000241 QUINTERO HUGO ARGENTINO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24280961 OVIEDO JORGE ADRIAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 26242515 QUINTEROS ROBERTO NICOLAS A. sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 18633780 OVIEDO MANUEL ALFREDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 35903008 QUIROGA AGUIRRE JOEL NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18633780 OVIEDO MANUEL ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 5527199 QUIROGA OMAR HUMBERTO sobre ESCOPETA calibre 36 UAB DNI 23084699 OVIEDO NELSON JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27620922 QUIROZ FEDERICO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 28487598 OVIEDO SANCHEZ WALTER FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18482192 RALLO JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 13899084 OYARZABAL ERNESTO OMAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24630455 RAMON NESTOR FABIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 34186989 PACHECO LUIS REYES sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 13382647 RAMOS WALTER NESTOR sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 30663657 PADILLA JORGE ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16807809 RATH RUBEN TEODORO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23451779 PAEZ ARIEL JESUS sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 12987782 RECALDE GRACIELA BEATRIZ sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 33816163 PAEZ LEANDRO GERMAN sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 29526186 REFORD FRANCISCO JAVIER sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 13537028 PAEZ LOZA LEANDRO ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 31256186 REGUERA MAXIMILIANO GASTON sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24227366 PAGANO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 7780231 REY JORGE ROBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 10468926 PAGANO JORGE SANTOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 7780231 REY JORGE ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18590770 PALADINI EDUARDO SANTOS OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22537262 REYERO GABRIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27976664 PALAVECINO CLAUDIO ARMANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 6387814 REYNA CLAUDIO ROSENDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 35534749 PALLERO PATRICIO GERMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25971362 REYNOSO LUIS ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 10811547 PALOPOLI ELIO NICOLAS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20340135 RICCHINI GUSTAVO JORGE sobre CARABINA calibre .44 PLG DNI 16593171 PALOTTA RUBEN GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16822097 RIEB GUSTAVO RAUL CRISTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27969278 PANASITE ANTONIO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27543180 RINALDI MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23641304 PARADA SILVIO NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23198635 RINSDAHL NELSON PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23392201 PARDO BERBEL ANTONIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 13920482 RIOS EDGARDO RAMON sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 24221847 PAROLA JORGE ALBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 32444436 RIOS WALTER VALENTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24574581 PASTRANA CARLOS ERNESTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 21010743 RISSOTTO GABRIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24574581 PASTRANA CARLOS ERNESTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11828552 RIVAS LUIS EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28507250 PATANE NICOLAS SALVADOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29708499 ROBOTTI RICARDO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17235607 PAULA DAS NEVES JOSE LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28370598 ROBOTTI SERGIO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24202995 PAVON MARIO FABIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 93673232 RODRIGUEZ BURGUEÑO EUFRACIO LEONARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33745749 PELEGRINI MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 27444150 RODRIGUEZ COSTAMAGNA MARCOS OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33711838 PENAYO CARLOS ARIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 17885521 RODRIGUEZ DANIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22908142 PENNA GUSTAVO ADOLFO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 22851562 RODRIGUEZ DANIEL OSCAR sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 22908142 PENNA GUSTAVO ADOLFO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 28869631 RODRIGUEZ DANIEL OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 22908142 PENNA GUSTAVO ADOLFO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 22805254 RODRIGUEZ DAVID JORGE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 13305278 PENTIMALLI LEONARDO EUGENIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 23579134 RODRIGUEZ DIEGO ADRIAN sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 17846796 PERAITA LUIS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14632194 RODRIGUEZ EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29974294 PERAZZO HUGO FABRIZIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 26013978 RODRIGUEZ FABIAN MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29766946 PERCARA YAMIL CESAR sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 25864050 RODRIGUEZ HOLANDA GASTON E. sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 92169568 PEREIRA NUÑEZ LUZARDO ELBIO MARCELO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 25086038 RODRIGUEZ JAVIER DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29922173 PERETTI GABRIEL MARCELO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 29113401 RODRIGUEZ LAHITTE MARCELO J. sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 25323901 PEREYRA DA SILVA PEDRO RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26735566 RODRIGUEZ MARCELO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 33320575 PEREYRA JUAN JOSE ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16797695 RODRIGUEZ MARCELO EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21537848 PEREZ ARIEL ALBOR sobre CARABINA calibre .270 PLG DNI 12734525 RODRIGUEZ MARIO EMILIO sobre CARABINA calibre .357 PLG DNI 31813830 PEREZ CARLOS MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17223351 RODRIGUEZ NESTOR EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25925438 PEREZ DANIEL FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17223351 RODRIGUEZ NESTOR EDUARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 10109289 PEREZ JUAN ADOLFO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 26835702 RODRIGUEZ NORBERTO DOMINGO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 34963776 PEREZ LUCAS JOAQUIN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 32670341 RODRIGUEZ PABLO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34963776 PEREZ LUCAS JOAQUIN sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 4553337 RODRIGUEZ PAZ EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28807627 PERONI JUAN SIMON sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16829860 RODRIGUEZ QUIROGA MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 21430181 PEROTTI SERGIO EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29970873 RODRIGUEZ ROBERTO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36006719 PERREN JUAN EMANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24575484 RODRIGUEZ SALGUERO MARISA P. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25745461 PERSICO FEDERICO CARLOS sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 27594618 RODRIGUEZ SERGIO ADRIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 34178276 PERUGINI PABLO ANDRES sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 28673747 RODRIGUEZ VICTOR MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 5269878 PERUSINI RICARDO LUIS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26483402 ROJAS RUBEN DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17724840 PESCHIUTTA JOSE ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29836051 ROMANO ELIO HERNAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 13720581 PETRI SERGIO FABIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22361305 ROMERO ABEL GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 5525881 PETRONGOLO OSVALDO ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11061410 ROMERO ALEJANDRO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12493173 PETRUJNO ALEXANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 10606285 ROMERO LEOCADIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23943933 PEZZETTA MARTIN AUGUSTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 30391186 ROMERO MEDINA ADRIAN DAVID sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 7598374 PHILIBERT JORGE LUIS sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 25769114 ROMERO NESTOR ANDRES sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 25244179 PIANETTI RODRIGO LUCAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33383192 ROMERO RAMON ORLANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17975326 PIAZZA RICARDO ROMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23116054 ROMERO ZAMBRANO FELIX EUGENIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 20212264 PICON CARLOS GUILLERMO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23081488 ROSAS FRANCISCO DANIEL sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 25189485 PIENSO ANGEL JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30358001 ROSCHINI LUIS ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 30789517 PIERDOMINICI CRISTIAN GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24258715 ROSELLI FERNANDO RAUL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 25872364 PIETRANTUENO GUILLERMO GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22536538 ROSSI BIBIANA JAQUELINA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32103065 PILI RICARDO DAVID sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 11750043 ROSSI EDUARDO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 27623950 PIÑEL SERGIO FABIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 34355804 ROSSI GABRIEL EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 38157937 PINELLI LUCIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31649204 ROSSI JULIO DARIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 32032030 PIOTROWICZ ALFREDO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12366522 ROSSI NESTOR ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24034996 PISA PATRICIA DANIELA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23410143 ROTONDO DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16818224 PISANELLI SERGIO OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23410143 ROTONDO DANIEL sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 27187824 PIVETTA NICOLAS EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 37075339 ROZECK LIONEL ELVIO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 26952073 PIZARRO MANUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 35671248 RUFER MAXIMILIANO ABEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17622171 PLUIS WALTER DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26323440 RUIZ DIAZ LUIS ALBERTO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 19021631 POBLETE ALFARO CRISTIAN ALEJANDRO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 12628011 RUIZ ENRIQUE ADOLFO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 19021631 POBLETE ALFARO CRISTIAN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 33150530 RUIZ SANTIAGO ANDRES sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 19021631 POBLETE ALFARO CRISTIAN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24131727 RURAK ARIEL LEOPOLDO JUAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 18023380 POLESE MAURICIO ALDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 29998764 RUSCITTO MARIO DARIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 7628512 PORCEL URBANO AVELINO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 12085417 RUSSO ANGEL ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27885212 PRADA RICARDO OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24414885 SAAD FABIAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 36807105 PRADERIO LAUTARO ALEXIS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 16387527 SAAVEDRA DANIEL OMAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 30051049 PRAUSE ATILIO IGNACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23672201 SACCHETTI IGNACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17576549 PRIOTTI GUILLERMO MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17617465 SADA ROBERTO CARLOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 12059578 PUGLIESE MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27784750 SAFAR ORTIZ JORGE OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34458245 PUIG PABLO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8081609 SAJUR HECTOR ANTONIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 30155584 PUÑET FEDERICO JAVIER sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 16509708 SALA GUARDIOLA RICARDO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26807627 PUPPATO ANGEL SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 20872779 SALAMONE FEDERICO JAVIER sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 13299602 PUYELLI JOSE MARIA sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 29471897 SALAZAR MIGUEL EDUARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 21647016 QUIÑONES EDUARDO IGNACIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 34864673 SALERNO RAMIRO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 14032222 QUIÑONEZ ALBERTO MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 32823976 SALINAS NICOLAS CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM 35 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 Documento Denominación DNI 26588300 SAMPAYO ALBERTO EDMUNDO sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI 25141451 Documento TORINETTO GERMAN DARIO Denominación sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 7792086 SAN LEANDRO ADOLFO PEDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25367122 TORLETTI ALEJANDRO MIGUEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 18688894 SANABRIA ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 25367122 TORLETTI ALEJANDRO MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32847323 SANCHEZ ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24870993 TRASSENS ARIEL OMAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 14650824 SANCHEZ ARMANDO JORGE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33088623 TREJO JORGE ADRIAN FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30541127 SANCHEZ DARIO MARCELO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 29067622 TRELLES ALVARO PATRICIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16657501 SANCHEZ JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8615730 TRELLES CARLOS ALBERTO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 31038616 SANCHEZ MOISES JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35513171 TRIVIÑO CARLOS LEANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28963799 SANCHEZ RAMIRO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 29077894 TRUCCO TOMAS MARTIN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 14306258 SANDOVAL LIBORIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27519676 UDOVICICH JULIO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 5742215 SANDOVAL LUCAS sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 36575156 ULLMANN FERNANDO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24791632 SANDOVAL MIGUEL PABLO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 25648934 URRUTIA NICOLORICH JOSE MARIA sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 33323472 SANTA CRUZ NESTOR FABIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26385144 USLENGHI JOSE LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 94608942 SANTANA SILVA JOAO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 25553825 VADILLO JORGE MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28745616 SANTELLA LEANDRO MARTIN sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 27527837 VALDEZ VALLE RAUL ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31703455 SANTILLAN ERIC NAHUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 36655552 VALDEZ VELIZ NELSON sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 92296922 SANZ RODOLFO FERNANDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 28001845 VALENZUELA LEANDRO PATRICIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 32093492 SARDI NELSON JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16041350 VALENZUELA WALTER CEFERINO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 16106002 SARMIENTO DOMINGO FAUSTINO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17838792 VAN STADEN JORGE FABIAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG VARGAS JOSE HILARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM 36 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 28053417 SARNOVO WALTER DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33146502 DNI 22104042 SARTORI EDGAR JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32310652 VARGAS JULIO CESAR sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 11336749 SAUTER PABLO sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 30336476 VASCO NATALIA ANABEL sobre PISTOLA calibre 9 MM VAZQUEZ FACUNDO DAMIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35956096 SCHICK JULIAN ANIBAL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20962027 DNI 23313097 SCHUMMER MARTINEZ SILVIO JOSE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 4395205 VEGA CARLOS BENIGNO sobre FUSIL calibre 11x59R MM DNI 12467489 SCHVARTZ JORGE ALFREDO sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 26778093 VEGA DIEGO RAFAEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14172528 SCORSA ROBERTO FABIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 27636984 VEGA JIMENEZ DIEGO FERNANDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24871860 SEGOVIA CLAUDIO ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24397290 VEGA JORGE RUBEN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 23613885 SEGOVIA JUAN EDUARDO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 25813212 VELIZ HECTOR ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14643491 SEGUI HUGO OSCAR sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 31972375 VELIZ SEBASTIAN NICOLAS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 24062760 SEGUNDO JAVIER HUGO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 21734057 VELLO DABAT ALEJANDRO EDUARDO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 32590752 SEGUNDO RODRIGO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 20454484 VEMPOSTA JULIO ALBERTO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 26073518 SEIT LUIS PABLO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 30682074 VENTURINI PABLO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26073518 SEIT LUIS PABLO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 29254074 VERA GUSTAVO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26073518 SEIT LUIS PABLO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 25558276 VERDECCHIA HERNAN SANTIAGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23037966 SELMO JUAN MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25030296 VERGARA ANTONIO ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16269832 SEMORILE ESTEBAN ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 6134928 VIGNOLO RICARDO VICENTE sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 24233897 SENA JOSE LUIS sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 13213637 VILARIÑO JORGE DANIEL sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 30393601 SENGER ALEJANDRO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22163042 VILLAFAÑE DANIEL ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20563760 SERRA CLAUDIO ENZO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22163042 VILLAFAÑE DANIEL ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 32166484 SGARLATA JAVIER IVAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 34516643 VILLAFAÑE HORACIO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8565804 SHAFERSTEIN CARLOS MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30976101 VILLAR JUAN ALFREDO sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 30083815 SIGALOVSKY JONATHAN WOLF sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31262036 VILLARINO PABLO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28190471 SILVA CESAR MANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33624690 VILLAVERDE PABLO EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28283935 SILVA FERNANDO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 95403625 WANG PENG sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 13577116 SILVA HORACIO ARTURO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 30244301 WEIZEL DIEGO HERNAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22932708 SILVANO MIGUEL ANGEL sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 94558333 WENG YOUZHANG sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26301223 SINSAN FERNANDO RAMON sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 11802966 WERTHEIN GERARDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 11315696 SITTNER FELIPE JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24013106 YERGOVIC MANUEL ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 14703597 SIVADON ROBERTO ELISEO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 24013106 YERGOVIC MANUEL ALBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 10955150 SMOLY JOSE MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10185752 YERMAK RICARDO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 16627604 SOLAR RUBEN RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29271753 YTURRI ROBERTO DAMIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 20319744 SOLARI ANGEL ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26834665 ZAMBRANA CRISTIAN JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 32669905 SOLER POWELL FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31302740 ZAPATA SOLANAS ENRIQUE LUIS sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 20703282 SORBA DE FELIPPIS GUSTAVO S. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12277471 ZAPICO EDUARDO RAMIRO sobre CARABINA calibre 7,62x39 MM DNI 16889551 SORIA ALCIDES sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23410426 ZARBA MARIO ALBERTO sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 26119007 SORIA CARLOS ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14964682 ZENIQUEL MARCOS DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22215917 SORIA FELIX MARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 30265790 ZERBI LEONEL EDGARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26103787 SORIANO OBREGON AGUSTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 95159480 ZHENG ZHAOYONG sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27415055 SOSA DIEGO CESAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 95296728 ZHUANG JIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 13843429 SOSA EDUARDO ARGENTINO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 95296728 ZHUANG JIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16223620 SOSA GUSTAVO ARTURO sobre SUBFUSIL calibre .22 PLG DNI 32423969 ZUCCOTTI FIGUEROA MARIA CONSTANZA sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 16371141 SOSA JESUS RAFAEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35944777 ZUNNI MARTIN OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12759024 SOSA MARCELINO DIOSMEDE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23738978 ZURMUHLER JESUS PEREGRINO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23279655 SOSA STELLA MARIS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16174048 SOTO JOSE HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14495000 SOTTOMANO WALTER sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 22309161 SOUTO JOSE ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 31208502 SOUTO JUAN MANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33399938 SPANO DARIO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24630520 SREBERNICHE NELSON ADRIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24630520 SREBERNICHE NELSON ADRIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14515766 STERR JORGE LUIS sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 18222401 STIER RODOLFO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28656748 STRITZKE DIEGO OSVALDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 16176873 STRUKOV BEVACQUA FLAVIAN sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 24982559 SVALUTO FERRO MAURO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22470674 SZKVARKA DIEGO ALEXIS sobre PISTOLA calibre .45 PLG LE 7841200 SZPUK RICARDO PEDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM LE 7841200 SZPUK RICARDO PEDRO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 28273577 TALEB IGNACIO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 24665700 TARDO DIEGO JESUS NUNZIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 29737497 TELLECHEA FRANCISCO XAVIER sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 6740904 TELLO RODOLFO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23912442 TERRE FACUNDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29062193 TERRERA WOODWARD PATRICIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18308135 TERZA EDGARDO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28735750 TOLOSA EMILIANO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23385507 TOLRA JUAN SALVADOR sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 32113493 TONEATTI LEANDRO RUBEN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24369893 TORANZO FABIO ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB SOLICITUDES DE PORTACIONES SOBRE ARMAS DE FUEGO Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 20911801 ABBIATICI ESTEBAN GABRIEL ámbito de COOP.DE TRAB.SOLUCIONAR LTDA. 30644343428 DNI 27274630 ABEJERA CRISTOBAL EMANUEL ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 27943487 ACEVEDO ARENAS AMILCAR ALBANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25646276 ACEVEDO DAMIAN RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13014314 ACOSTA ARTEMIO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26632930 ACOSTA BRIAN EMANUEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 23328898 ACOSTA FERNANDO ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 21680787 ACOSTA GABRIEL ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16354262 ACOSTA JORGE DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23003728 ACOSTA JORGE HEBER ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 31680769 ACUÑA DIEGO HERNAN ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 26081039 ACUÑA JOSE JULIO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18676067 ACUÑA MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14846222 ADROGUE FAIMAN RUBEN ATILIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11693700 ADUM JUAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18552550 AGUDO MARIA LAURA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32465733 AGUERO LUCAS MAURICIO ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 22448323 AGUERO OSVALDO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego Documento BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 Denominación 37 Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 24638211 AGUILAR ARIEL RAMON ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 36463015 BAUMANN GUALTERIO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28434686 AGUILAR WALTER DAMIAN ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 30670987 BAUMBERGER ESTEBAN ROGELIO ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 17652653 BEARZI MARCELO CLAUDIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12403629 BECCARIA HECTOR JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8481217 BECERRA JORGE RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18078394 BELEN VICTOR CLAUDIO ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817 DNI 11554110 BELLO LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16961010 BENAVIDEZ GUILLERMO NESTOR ámbito de COMAHUE SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30523163171 DNI 21965952 BENEGAS LUIS MARTIN ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817 DNI 12741096 BENEYTO ROBERTO ANSELMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29133838 BENITEZ GUSTAVO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre LE 8642856 BENITEZ HERMELINDO MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20882366 BENITEZ RICARDO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26119610 BENITEZ RUBEN DARIO ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731 DNI 33913666 BENTIVEGÑA MAXIMILIANO AGUSTIN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 33452034 BENTO NORALDINO EMANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21613018 BERRA MASON DIEGO IGNACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27577568 BERTOCCHI DIEGO MARTIN ámbito de NOVIT S.A. 30707310657 DNI 25639761 BESSONE ARIEL GASTON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25062694 BEYTIA SERGIO JOSE SANTIAGO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068 DNI 6609239 BIANCO MANUEL JUAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31857648 BINELLO GUILLERMO ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25949059 BISTOLETTI JUAN ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14988379 BLANCO DANIEL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10567681 BLANCO JORGE HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21680691 BLUMA JORGE JAVIER ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 11823956 AGUIRRE MANUEL GILBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8272670 AGUIRRE NORBERTO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29558668 AGUIRRE RODOLFO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24228711 AIETA MARCELO EDUARDO ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638 DNI 21829461 ALBORNOZ ALEJANDRO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26499412 ALBORNOZ DIEGO JAVIER ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 35867704 ALBORNOZ WALTER ROLANDO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068 DNI 14546711 ALCARAZ EDMUNDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8108127 ALCARAZ EPIFANIO ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL 30662315148 DNI 17340387 ALDERETE CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16192010 ALDERETE JOVENCIO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29019901 ALDERETE JUAN PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17377807 ALE EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11822205 ALEGRE RAMON OSCAR ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 13803769 ALI TAKCH HUGO HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17272540 ALIENDRO HECTOR DANIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 18597100 ALLER ROBERTO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13607657 ALMIRON JULIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13218247 ALOY JORGE PAULINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13816278 ALVAREZ ANIBAL BERNARDINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10086714 ALVAREZ DANIEL RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31003151 ALVAREZ GONZALO MAXIMILIANO ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817 DNI 30374258 ALVAREZ PABLO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23996734 BOANO FLAVIO GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21543545 ALVAREZ RICARDO RAMON ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A. 30707828923 DNI 25816687 BOGADO MAXIMILIANO EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25677499 BOICHUK SERGIO HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31091137 AMADEO MARIO ALBERTO ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638 DNI 17487193 BONACHERA GUSTAVO WALTER HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22260892 ANDERSON PABLO JORGE ámbito de MACO LITORAL S.A. 30708728817 DNI 14807336 BONDA ADRIAN ROLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13112496 ANDINO AMERICO EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12972779 BORDA VALENTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18411238 ANDINO FRANCISCO RAMON ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 33531815 BORJAS JORGE ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11198664 BORSANI ENRIQUE OSVALDO ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 32762192 BOYKO GERARDO DAMIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32776551 BRADASCHIA GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13877096 BRANDAN RENE JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11523206 BRANDAN SIMON FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21583728 BRAVO CARLOS RAFAEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 8247265 BRAVO JUAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14315917 BREIZ JUAN ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24084179 BRICKA ALEJANDRO MARTIN ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068 DNI 34413230 BRITEZ ADRIAN MATIAS ámbito de ANTA NAHUEL S.A. 30709394661 DNI 32697265 BRITEZ FLAVIO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22173240 BRITTOS ULISES DAVID ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 13533916 ANDRES JORGE ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 22293826 ANGULO NELSON GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14430328 ANTONIUK JORGE OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21613933 AQUINO CARLOS JAVIER ámbito de CELMA S.R.L. 30522003286 DNI 28557763 ARANDA FLAVIO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16880748 ARANDA ROQUE CATALINO ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L 30707425047 DNI 24074434 ARAUJO FABIAN GUSTAVO ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG. LTDA. 30662934174 DNI 13853548 ARDILES JOSE ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8612932 ARENAS MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25242109 ARGUELLO ALEJANDRO AGUSTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16165287 ARIAS HUGO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13066043 ARIAS MANUEL DE REYES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22452024 ARISTIZABAL ALEJANDRO AGUSTIN ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 33779274 BROSO ALBERTO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 7977130 BRUNO ANTONIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23606648 BRUZZO CARLOS SANTIAGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24633237 BUCOLO CRISTIAN RUBEN SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10455576 BUERA CARLOS RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17369174 BULAY OSCAR MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16206692 BULLOSA PEDRO PAULINO ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 35792687 ARISTIZABAL CLAUDIO DAMIAN DNI 21519958 ARISTIZABAL GUSTAVO DAVID ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 16485935 ARISTIZABAL HECTOR EDUARDO ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 20020780 ARISTIZABAL MARCELO FABIAN ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 11522525 BUSTAMANTE SANTOS EULALIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21978666 ARMELLA ANIBAL NOEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11260018 BUSTOS ARMANDO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20992784 AROCA RICARDO ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14145455 BUSTOS HUGO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12527012 ARREDONDO ROBERTO BENJAMIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26440145 CAAMIÑA SERGIO ALBERTO DNI 7599054 ARRIETA CARLOS ARTURO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 4887738 ARTEAGA ALBERTO MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18327981 CABALERI CLAUDIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16427263 ASIS MARTINEZ GUSTAVO R.R sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28865545 CABALLERO OSCAR MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16183485 ATENCIO JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22225504 CABANES CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12330641 AVALOS ANTONIO DAMIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34807325 CABEZON GUILLERMO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14934712 AVALOS CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14647962 CABRAL CELSO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33901396 AVALOS EDGAR FABIAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 22978894 CABRAL JUAN CARLOS ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 16317474 AYALA GERARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18529227 CABRERA EDGARDO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13691632 AZUA HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11600798 CABRERA HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11954161 BAEZ FLORENCIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8386356 CABRITA MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18322167 BAGLIETTO ANIBAL OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23243694 CACCIABUE FERNANDO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8476996 BAGNATI LUIS ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12492516 CACERES GREGORIO FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13199265 BALBASTRO ANTONIO OSMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30350267 CACEREZ DANILO VICTORIO ámbito de MACO LITORAL S.A. 30708728817 DNI 8267403 BALLESTEROS FELIX ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25614445 CAJAL ARIEL ANTONIO DNI 22061051 BANUERA LUIS ALEJANDRO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 23877887 CALBO ADRIAN MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30897567 BAREIRO JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14505581 CALDARA JORGE ALFREDO DNI 31132809 BAREIRO PABLO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 33397079 BARRETO JESICA PAOLA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32302137 CALDARA JORGE LEANDRO DNI 20621899 BARRIENTOS JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 27661760 BARRIONUEVO DIEGO HUGO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22859773 CALDERON RAUL RENE ámbito de BULL COOPERATIVA DE TRABAJO LTDA. 30632477143 DNI 29281811 BARRIONUEVO JOSE DAVID ámbito de CODECOP S.A. 30713954205 DNI 14904173 CAMACHO RUBEN ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14189720 BARRIONUEVO MARIO HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25491021 CAMILLETTI CLAUDIO FABIAN DNI 12646640 BARRIOS JUAN FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817 DNI 12191309 BARRIOS JUAN MANUEL ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30678784288 DNI 10231974 CAMINO HECTOR SERVANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17384043 CAMINOS ATILIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 Documento Denominación 38 Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 30567142 CAMPAGNANO DIEGO LUIS ámbito de S & E SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30708023619 DNI 14546904 CORZO RAUL OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21780806 CAMPO PABLO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22669614 COSTA MARCELO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8248805 CAMPS ROBERTO JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10991696 COSTA ROBERTO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20596225 CANDIA JOSE CELESTINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17821944 COSTILLA MANUEL ANGEL ámbito de SERV.DE INV.LA PRINCIPAL S.A. 30707436103 DNI 25917364 CANEPA JOSE MARIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10488393 CUCCHIARA OSCAR JOSE DNI 12331646 CANESSINI LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 24781094 CANTEROS GABRIEL GUSTAVO ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30709851191 DNI 22917172 CUELLO RAMON HECTOR ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 21870900 CARABAJAL CARLOS CESAR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 16235569 CUEVAS RAMON SIMPLICIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28594064 CURA JAVIER ALEJANDRO ámbito de SEGURIDAD EMPRESARIA S.A. 30707995544 DNI 16486774 CARABAJAL CARLOS UMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30002417 CARAMUN JUAN CRUZ ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 16901622 CURUBERTO ANA MARIA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17196351 CARANCINI ENRIQUE EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17097708 D'AQUILA PASCUAL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25885072 CARDENAS VICTOR ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12667251 D´STEFANO RICARDO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10399420 CARDOSO JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14922174 DAL LAGO MIGUEL DNI 11555656 CARDOZO DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817 DNI 17291722 CARDOZO JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13942434 DALL ARGINE MONICA ESTHER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14830498 CARDOZO JUAN CARLOS R. sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18355401 DANERI HUGO DANIEL DNI 27024280 CARDOZO JULIO ANDRES ámbito de SEGURIDAD HORUS S.R.L. 30710714939 ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 31195853 DE BERNARDO IGNACIO MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12578248 DE LA PORTILLA HECTOR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21912799 DE LOS SANTOS HUGO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 6252456 DE NAVAS GUSTAVO ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10772113 DEASIS OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16027723 DELBUE FARIÑAS CLAUDIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16363650 DELGADO DANIEL ANÍBAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16507488 CARIOLA MARCELO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17933848 CARNA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7857318 CARRASCO RAMON ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20824096 CASANOVAS VICTOR MARCELO ámbito de ACCURO S.A. 30708336978 DNI 26991417 CASARES DIEGO JAVIER ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 17681832 CASERES ANGEL NORBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21407873 DEMARIA OMAR DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28503678 CASSI ISMAEL ABDON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18421940 DEMICHELI JORGE ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25698537 CASTAGNARI GUILLERMO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25156021 DENING RICARDO ALFREDO DNI 24391628 CASTAÑO CARLOS JAVIER ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 4161486 DEOCARE RICARDO ROMUALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25748185 CASTAÑO MATIAS HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21584916 DERPIC CARLOS VLADIMIR DNI 20189002 CASTELLANOS EDUARDO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 21940086 CASTILLO JORGE ISMAEL ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 20174571 DESTEFANO EDUARDO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre LE 4608979 DETER ENRIQUE OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14505587 CASTRO ANGEL ROBERTO ámbito de KÖNER SEGURIDAD S.A. 30707700285 DNI 13712458 DI LUCA FREDI ANTONIO ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L 30707425047 DNI 26733432 CASTRO ISMAEL EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22549624 DI NAPOLI MAURICIO FRANCO DNI 17804579 CATALAN RUBEN DARIO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380 ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 13661626 DI PAULI GUILLERMO JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8317086 CATALDO HERCULES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13385163 DIANTE SANTIAGO CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16801233 CATALDO LUIS ARMANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31884952 DIAZ CARLOS GUSTAVO CEFERINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8586929 CATANIA HECTOR JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18605452 DIAZ CLAUDIA ALEJANDRA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16574492 CAVERO GUILLERMO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 35289856 DIAZ CRISTIAN DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12189812 CEBALLOS JESUS ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 LE 7702431 DIAZ DARIO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17952276 DIAZ DIONISIO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17326367 CEJAS ALBERTO FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31058483 DIAZ FERNANDO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33572885 CEJAS JUAN DAMIAN ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 16425543 DIAZ JOSE ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13319244 DIAZ JOSE ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28020906 DIAZ JUAN GUSTAVO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068 DNI 92504853 DIAZ PEREIRA LUIS ENRIQUE ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817 DNI 29281547 CEJAS LUIS FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11075360 CENDRA FLORENCIO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21732642 CENTURION CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23844588 CEPEDA OSVALDO DIEGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11889743 CERDAN RUBEN ALCIDES ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA. 30644348853 DNI 29229205 DIAZ SERGIO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13042228 DIAZ VICTOR HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21674494 CERIANI PAULO FEDERICO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20162610 DIP ROBERTO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29302962 CERIONI CARLOS CRISTIAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 21697592 DOMINGUEZ ALBERTO JAVIER ámbito de CHAPELCO SEG.INT. S.R.L. 30707195726 DNI 21472981 CERMELLI CELSO ARMANDO ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 11419360 DOMINGUEZ IGNACIO JORGE ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA. 30644348853 DNI 13773544 CHACON ANTONIO MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11286245 DOMINGUEZ MANUEL BENITO DE JESUS DNI 25867016 CHAMORRO GABRIEL FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA. 30644348853 DNI 23454451 CHAVEZ WALTER ISMAEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14518644 DOMINGUEZ NESTOR JORGE DNI 26473347 CHERENCIO FEDERICO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 25505095 CHIABORELLI WALTER OMAR ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 21953621 DONATO PABLO GASTON ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068 DNI 10602731 CHIFFEL JOSE CRISTOBAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10620149 DRAGANI OSCAR ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8160994 CHOCOBAR RAUL MAMERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28561292 DUARTE RUBEN EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8277552 CHOCOVARES MARIO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 38395150 ECHARRY LEANDRO SEBASTIAN DNI 26345021 CHOQUE JUAN MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068 DNI 14778741 CODONI CLAUDIO MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29597615 EGUI MAXIMILIANO ANDRES ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 4929626 COGORNO GUILLERMO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24564342 ENRICO CESAR DAVID DNI 24754020 COLL DIEGO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817 DNI 25251735 COMES GUILLERMO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28324878 ENRIQUE FEDERICO JAVIER DNI 4171248 CONDOMI ALCORTA CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 23178245 COQUEAN HECTOR MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 35393123 ENRIQUEZ NELSON LEONARDO DNI 16626538 CORA ALEJANDRO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30709851191 DNI 20282650 CORBALAN HUGO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 35273361 ESCALADA MAXIMILIANO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14238450 CORDOBA ANTONIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33187349 ESCOBAR MIGUEL DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26748250 CORDOBA ARIEL FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26766221 ESCOBEDO JUAN PAULO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30780759 CORDOBA CRISTIAN DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34702265 ESPINDOLA MARCOS NICOLAS ámbito de COOP.PR.SERV.P/TEC.EN SEG. PR.SAB 5 LTDA 30710839979 DNI 17700203 CORDOBA JORGE CLAUDIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 32779898 ESPOSITO HERNAN PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28964727 FABRICIO ISMAEL EDUARDO ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 4306306 FACCIUTO HECTOR ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20233054 FADINI MARCELO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14318538 FAISAL ROBERTO TEOFILO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16932782 FANJUL WALTER DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14263705 FARIÑAS ALEJANDRO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12933503 CORDOBA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12956092 CORDOBA SIMEON ROLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11299128 CORENGIA ANGEL ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34568889 CORIA CRISTIAN WALDEMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30364386 CORREA MATIAS EZEQUIEL ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 13921524 CORTEZ CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28827294 FELDMANN RAUL DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25731131 CORTEZ LUIS ALBERTO ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817 DNI 10230733 FERNANDEZ CORA MANUEL ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13566630 FERNANDEZ ENRIQUE ALBERTO DNI 24011562 CORZO CHRISTIAN ANDRES ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA. 30644348853 DNI 35214674 FERNANDEZ FEDERICO MAURO sobre armas de puño registradas a su nombre Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 Documento Denominación BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 Solicitud de Portación de Arma de Fuego Documento DNI 17255176 FERNANDEZ JORGE NELSON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23656792 GOMES SERGIO RUBEN DNI 17697598 FERNANDEZ JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 26580462 FERNANDEZ LEONARDO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17347295 GOMEZ ALFREDO ISAMEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8591742 FERNANDEZ LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26226322 GOMEZ CARLOS ALBERTO DNI 33559574 FERNANDEZ NESTOR FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 26799656 FERNANDEZ ROBERTO ANTONIO ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 24749690 GOMEZ CARLOS MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31569311 GOMEZ CRISTIAN DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13082879 FERNANDEZ ROQUE ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 32746208 GOMEZ EDGARDO MIGUEL ANGEL ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 29432298 FERNANDEZ SERGIO GABRIEL ámbito de SECURITAS SUR S.A. 30583670676 DNI 24339494 GOMEZ GABRIEL ANDRES DNI 13523801 FERRARO LUIS ELIAS sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 11491564 FERRERO LUIS ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11658822 GOMEZ JUAN PEDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16372207 FERREYRA ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31206913 GOMEZ LUIS NAZARENO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27644357 FERREYRA MARIA ESTELA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11638940 GOMEZ LUIS PABLO ámbito de KONTROL DEF.ELECTRONICA S.A. 30679712337 DNI 13622537 FIGUEROA JOSE RENE ámbito de S & E SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30708023619 DNI 12652239 GOMEZ LUIS PABLO ámbito de MURATA S.A. 30641063378 DNI 14216333 GOMEZ MIGUEL ARCANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13351089 GOMEZ OMAR ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17739164 GOMEZ RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21584163 GOMEZ SERGIO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25767412 GOMEZ VICTOR JAVIER ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 27028551 GOMEZ WALTER ORLANDO ámbito de CODECOP S.A. 30713954205 DNI 14200168 GONZALEZ CRISPIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4444437 GONZALEZ ENRIQUE JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24422799 GONZALEZ ESTEBAN ARIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 32860531 GONZALEZ EXEQUIEL MAURICIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11530275 GONZALEZ FELIPE DIONICIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17249283 GONZALEZ GERARDO FLORENTINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10003443 GONZALEZ JUSTO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29440938 GONZALEZ LUCIANO FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25007095 GONZALEZ MARCELO FABIAN ámbito de MACO LITORAL S.A. 30708728817 DNI 37099101 GONZALEZ MARIANELA AYELEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25491505 GONZALEZ MARTIN JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7671392 FIGUEROA LINARES CARLOS A. sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24377275 FIGUEROA RAMON ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11789898 FILIPPI LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8322456 FIRMA PAZ DANIEL ROBERTO ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA. 30644348853 DNI 28337844 FLEITAS MARCELO ámbito de ADMINIST.DE PARQUES NACIONALES 30571910833 Denominación 39 Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 14416308 FLORES JACINTO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23798781 FLORES ROLANDO BALTAZAR ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 32803275 FORCAT PABLO EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18134194 FORLINO MARCELO CLAUDIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10571277 FORTI DARDO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22878420 FORTUNATO CHRISTIAN MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30666926 FRANCINI GABRIEL DARIO ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L. 30710516487 DNI 27528155 FRANCISQUINE NICOLAS SEPTIMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28098372 FRANCO DIEGO CESAR ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817 DNI 21108890 FRECCERO GUILLERMO ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14619960 GRILLE JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20230435 FRETES PEDRO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27283933 GROBA DANIEL IGNACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17561044 FUENTES HUGO SERGIO DEL V. sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 35762866 GUADANO LUIS VALENTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30160768 FULQUIN MARTIN EMILIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8591875 GUAGNINI ROBERTO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30038667 FUNES CLAUDIO EDUARDO ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 20399938 GUANTAY OSCAR FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14296504 GUERRERO NICOLAS ANTONIO ámbito de KONTROL DEF.ELECTRONICA S.A. 30679712337 DNI 34344532 FUNES MAXIMILIANO DANIEL ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068 DNI 22642010 GUERRERO RODOLFO IRINEO DNI 14704276 FUSARO FERNANDO ADRIAN ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL 33707795579 DNI 14932371 GUIGLIELMONI GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7597649 GAIANI ROBERTO CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11599895 GUILLERMON ALICIA BEATRIZ sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30383420 GAITAN EDUARDO GASTON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28476323 GUTIERREZ CLAUDIO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13261554 GALEANO LUCRECIA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32180950 GUTIERREZ NESTOR MAURICIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23434075 GALEANO RAMON ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18348529 GUZMAN JOSE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32166634 GALLI MARIANO EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31705584 GUZMAN ROBERTO DANIEL DNI 13297626 GALLO ROBERTO DANIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 10247231 HERMITA RAUL DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14866915 GALLOTTI JAVIER ADRIAN ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 11376290 HERRERA CESAR JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20519639 HERRERA RAMON ENRIQUE ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 16225348 GALVALISI HUGO CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16708569 GALVAN HUGO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 35702952 HIDALGO FERNANDO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20227884 GARCIA JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14966486 HUMACATA GERARDO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8632972 GARCIA JOSE OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10160998 IACOI VICENTE JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13804084 GARCIA NERIS HECTOR ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 25797498 IDIART WALTER DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10371324 INGRATA OSCAR RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13589744 GARCIA SERGIO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13579134 INSAURRALDE JUAN ISABELINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8577834 GARILLI OMAR ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 37872628 INSFRAN BRAIAN YAIR ámbito de SOUNCH S.R.L. 30708973390 DNI 31853925 GARNICA JULIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20628149 IRIGOITIA DANIEL ANDRES DNI 17551560 GARRO CLAUDIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 14637546 GARZON RUBEN EDELMIRO ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 11067297 ISAURRALDE MAMERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10610761 JACINTO JULIO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33746989 GASS GONZALO PEDRO ENRIQUE ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 22339022 JARA HORACIO JAVIER ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 28876177 GATICA GUILLERMO ALEJANDRO ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG. LTDA. 30662934174 DNI 23439542 JARAMILLO LUIS RICARDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 7832749 GAUNA ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16791575 JATTAR OSCAR ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16699933 GAUTO CRISTINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12288796 JOFRE RICARDO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29116377 GAYOZO SERGIO MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27452174 JORDAN PALMA GIULIETTI NICOLAS J. sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22275864 GEIERSBERG ALEJANDRO GUILLERMO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 30778842 JOUSSET PATRICIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29790569 JUAREZ ESTEBAN RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre LE 4436153 GELBLUNG SAMUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21999985 JUAREZ GUSTAVO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12167616 GEROMINEZ JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28816080 JUBER LEONARDO MATIAS DNI 10189466 GIACOMETTI JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de ADMINIST.DE PARQUES NACIONALES 30571910833 DNI 10475293 GIACOPELLO TOMAS ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17694350 JURE CARLOS ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11165736 GIL CLAUDIO CARMELO ámbito de SCYTHIA S.A. 33710069749 DNI 29774104 JURICEVIC DAMIAN DNI 21926559 GIL JOSE DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 4184675 GILARDI FRANCISCO EUGENIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32048296 KAHN VICTOR MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31014768 GILES CARLOS MATIAS ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 26466034 KASZEWSKI LEONARDO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 28831953 KELLER EDUARDO MATIAS DNI 23735103 GIMENEZ CARLOS ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 23585967 GIMENEZ GUSTAVO ARIEL ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638 DNI 34897089 KIRISKA HECTOR MAXIMILIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16494242 GIMENEZ HECTOR HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32263922 LA PAZ MAXIMILIANO GABRIEL DNI 20845238 GIMENEZ WALTER ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 13283085 GIORDANO RUBEN OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 37236512 LA ROCCA FACUNDO NAHUEL ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068 DNI 25350980 GIRARDI DARIO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25800326 LA ROCCA JULIO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28816683 GIRARDI GERARDO EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30610102 LAFARGUE LORENZO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18305159 GODOY ALFREDO OSCAR ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA. 30644348853 DNI 31743345 LAMAS LEANDRO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25518298 LANFIUTTI GUILLERMO ANDRES ámbito de ADMINIST.DE PARQUES NACIONALES 30571910833 DNI 23542734 GODOY DIEGO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 Documento Solicitud de Portación de Arma de Fuego Documento LARRONDE GASTON DIEGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28387490 MARTINEZ ALEJANDRO MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20582011 LARROSA ORLANDO ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27113383 MARTINEZ DANIEL HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13753373 LASCURAIN GUILLERMO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27152501 MARTINEZ JOSE MARIA sobre armas de puño registradas a su nombre LE 7840611 LAZARO LUIS JORGE ámbito de KÖNER SEGURIDAD S.A. 30707700285 DNI 20004016 MARTINEZ LEONARDO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre LAZARTE GUERRERO DANIEL M. ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 26654163 MARTINEZ LEONARDO SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13622225 MARTINEZ LUIS ALBERTO DNI 20571474 LEAL ETERGIDIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 8631183 LEANES OMAR ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16665713 MARTINEZ MARCELO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11629685 LEDESMA JUAN CARLOS ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL 30662315148 DNI 31039596 MARTINEZ MAURO IGNACIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 29547755 LEFIÑANCO ALEJANDRO FROILAN ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 27464894 MARTORELL MARIO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21544586 MATOWICKI RICARDO ADRIAN DNI 13719214 LEGUIZAMON MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 29468417 LEIVA LUIS SEBASTIAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 13157494 MAUBERT ARIEL NESTOR sobre armas de puño registradas a su nombre LE 4157078 MAZZA NESTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12627620 MEDINA CARLOS HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11552199 MELCHIORE HUGO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31088535 MELIAN PAOLO MIGUEL ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817 DNI 21937997 MENDEZ JUAN CARLOS ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068 DNI 33124798 MENDEZ WALTER ELIAS ámbito de PROSEGUR SEGURIDAD S.A. 30660038724 DNI 16334418 MENGUAL HERIBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16810812 MERAVIGLIA HUGO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16589114 MEREGALLI JAVIER ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22640312 MEZA JORGE HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14726741 MEZA JUAN BAUTISTA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7912914 MIDUM VALENTINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17404731 MIGUENZ FABIAN WALTER ámbito de SCYTHIA S.A. 33710069749 DNI 26832741 MILANO CRISTIAN ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28016018 LEIVA WALTER CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18386192 LEIVA WALTER VALENTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17747332 LENCINA ALBERTO FLORENTINO ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL 30662315148 DNI 14536045 LENCINA VICENTE DEL VALLE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22938070 LEZCANO ESTEBAN LUCIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 93054070 LIMPIAS SALGADO DELFO ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 10361983 LIUZZI JUAN JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10116185 LOBELOS EDUARDO CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17818937 LOMONICO CEFERINO ANTONINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30369374 LOPEZ ANDRES JESUS ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513 Denominación 40 DNI 24227648 DNI 92651995 Denominación BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 18294042 LOPEZ CARLOS ALBERTO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657 DNI 20900267 LOPEZ FRANKLIN OSVALDO ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 13247710 LOPEZ HUGO ROBERTO ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L. 30710516487 LE 7759947 MILICH ERNESTO REINALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17712908 MILLAÑIR GABRIEL CLAUDIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13263842 LOPEZ LUIS ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27532581 MIRANDA CLAUDIO SEBASTIAN DNI 10474193 LOPEZ MANUEL GREGORIO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 10897699 LOPEZ MARIO RUDECINDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8367568 MIRANDA JOSE RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16186933 LOPEZ OMAR MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26984678 MOLBERT GERMAN ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17137601 LOPEZ RODOLFO OSCAR ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL 30662315148 DNI 14921427 MOLINA ALFREDO HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29377061 MOLINA CRISTIAN RODRIGO DNI 32418701 LOPEZ TUPAC RAMON NAHUEL ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 17632355 MOLINA GUSTAVO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29321634 LOSITO MARIANO AGUSTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12503529 MOLINA HECTOR RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20855467 LOZA ROBERTO CARLOS ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 21408293 MOLINA RUBEN GERMAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18076733 MOLINA WALTER MARIO ámbito de COOP.PR.SERV.P/TEC.EN SEG. PR.SAB 5 LTDA 30710839979 DNI 26977257 MOMESSO ANTONIO SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12418059 MONICA ROBERTO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13751032 MONTAÑEZ PATRICIO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14176205 MONTELLANOS PEDRO BUENAVENTURA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11193037 MONTENEGRO ALBERTO RENE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17899377 MONTENEGRO LUIS ALEJANDRO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 36000366 MONTENEGRO MARIANO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23341889 MONTENEGRO MARTIN GUILLERMO ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 16032775 MONTENEGRO RAUL MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21590132 MONZON HECTOR FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14504742 MONZON JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14452242 MONZON WALTER RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 36466923 MORA ROLANDO IVAN ámbito de ANTA NAHUEL S.A. 30709394661 DNI 21916132 MORALES EDUARDO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32345683 MORALES GABRIEL OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20271236 MORALES MARCELO DE JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14792424 MORAN CARLOS ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 35609162 LUCERO DIEGO GABRIEL ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL 30662315148 DNI 20927219 LUGO MARCO MARCELO ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A. 30707828923 DNI 11071649 LUJAN JORGE ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22546266 LUNA CARLOS WALTER ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 8036842 LUNA ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4599739 LUPI ROBERTO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33324670 LUQUE MANCA HUGO ORLANDO ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 21391662 LUQUES VICTOR HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4154278 LUSARDO ANIBAL FERRER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20911578 LUSARRETA HECTOR JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32664371 MACHADO EDUARDO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5520469 MACHADO ELPIDIO ARMANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22721055 MACHUCA MIGUEL ANGEL ámbito de S & E SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30708023619 DNI 7671978 MACIEL JORGE RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26578044 MACIEL OMAR ANIBAL ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 24334571 MACULAN MAXIMILIANO ALEJANDRO ámbito de MCM SECURITY S.R.L. 33709217009 DNI 29558692 MADUEÑO GONZALO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34540990 MORENO ADRIAN ALEJANDRO DNI 13207515 MAGADAN EDUARDO DANIEL ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068 ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 25273952 MORENO CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33557979 MAGALDI AGUSTIN ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30709851191 DNI 34211647 MORENO MARIO GABRIEL ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG. LTDA. 30662934174 DNI 14935574 MAGNO MARIO ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14590566 MORINIGO MARIO EUSEBIO DNI 12214123 MAGRO JORGE DANIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 24430718 MOSCHETTO DIEGO DAMIÁN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27479257 MAIDANA ANGEL FELIX sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16984784 MOYANO SIMON EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23897292 MAIDANA RIVAS NORBERTO M. sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30142738 MUNIZ EZEQUIEL MARCELO ámbito de ARGENT-POL S.R.L. 30691297469 DNI 31953181 MALDONADO FABIAN LEONARDO ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A. 30707828923 DNI 37272471 MUÑOZ JONATHAN MAXIMILIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21751225 MUÑOZ JUAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12520209 MALDONADO GUSTAVO ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22269538 MUÑOZ LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14446936 MALDONADO RAUL EDMUNDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16060191 MUÑOZ RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25663022 MAMANI SANTOS VICTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16584120 MURE OSVALDO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10132422 MANCINI DANIEL ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25095397 NARBAEZ DAVID ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11934938 MANSICIDOR JORGE DANTE ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 7194333 NAVARRETE JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29976878 NAVARRO WALTER DAVID ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817 DNI 20864518 MANSILLA ANIBAL ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29281111 MARASSI ALEJANDRO GASTON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17177814 NAVAS AMALIA BEATRIZ sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22132320 MARCELLINI SEBASTIAN OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11386721 NAVASAL RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14503730 MARCIAL HUGO VICENTE ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30678784288 DNI 13222613 NICOLINO LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10488370 NIETO DANIEL EDGARDO ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 25689076 MARCOFF DIEGO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11027576 MARCOLINI JORGE OMAR ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21723167 NIETO RAMON ANTONIO DNI 27577626 MARELLO LUIS ALBERTO ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 22434139 NIEVA NESTOR GUSTAVO ámbito de CODECOP S.A. 30713954205 DNI 36147685 MARIN ALEXIS GERMAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13164991 NOVOA RUDECINDO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8458131 MARIN MARIO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26150178 NUÑEZ CLAUDIO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14058392 MARQUEZ JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25264141 NUÑEZ HECTOR ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 Documento Denominación BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 Solicitud de Portación de Arma de Fuego Documento DNI 24604009 NUÑEZ SERGIO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17780839 QUIROZ RAMON ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24587831 OBELLA CHRISTIAN MAURICIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21532018 RAMIREZ GUSTAVO FABIAN ámbito de MACO LITORAL S.A. 30708728817 DNI 12273839 OJEDA JOSE DANIEL ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 14882580 RAMIREZ MIGUEL ANGEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 22482005 OJEDA JUAN MANUEL ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL 30662315148 DNI 8667374 RAMOS ANGEL GASPAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27354473 RAMOS ARTURO DANIEL ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 24306714 RAMOS CLAUDIO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11376770 RAMOS FLORENCIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16357593 RAMOS LORENZO PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7255090 RAMOS MAXIMO DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24021471 RAU CRISTINA ALEJANDRA ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L. 30710516487 DNI 13431986 RECALDE ALEJANDRO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4642007 REGUNAGA JORGE OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30439989 REIGADA DIEGO LUCIANO ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 27213566 REY MARTIN JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23008192 REY SERGIO CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20411264 REYES ENRIQUE GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7790178 RICARDES ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre LE 7801960 RICCIARDI OSVALDO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10939395 RICIGLIANO LUIS EDUARDO ámbito de BLUE MOON REFINING GROUP S.A. 30707977732 DNI 17494077 OLIVERA RICARDO ANDRES ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 21802434 ORTIZ FLAVIO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29354910 ORTIZ MIGUEL GONZALO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21081266 ORTIZ RICARDO ALBERTO ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 Denominación 41 Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 16592213 OSA JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30065191 OUVIÑA LUCAS EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17786388 OYOLA ANGEL PATRICIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22025743 OYOLA HECTOR FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24768921 PACHECO MARTIN ANTONIO ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L. 30710516487 DNI 5090209 PADILLA CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11182106 PAEZ OMAR ALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13916612 PAEZ OSCAR ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21131294 PAGELLA DANIEL ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13055471 PALACIOS JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13032889 PALEARI JORGE ALBERTO ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L 30707425047 DNI 10439445 RIGHETTI JUAN DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33070263 PALEARI MARIANO JUAN ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L 30707425047 DNI 32273785 RIOS FERNANDO ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13910366 RIOS JORGE ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 36860790 PALMIERI PATRICIO LEONARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33366074 RIOS MATIAS EZEQUIEL DNI 11324906 PALOMO DOMINGO FAUSTINO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 8544117 PANIAGUA ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27785977 RIOS PABLO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26518442 PAOLI HERNAN JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26232849 RIOS SERGIO JAVIER DNI 28083368 PAPIO SERGIO LEONARDO ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817 ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 32444436 RIOS WALTER VALENTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21350586 PARED RAMON GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25466168 RIVAROLA JORGE OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21761866 PASI GUSTAVO JOSE ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638 DNI 94074362 RIVAS PLATA FRANCO LUIS FERNANDO DNI 28507250 PATANE NICOLAS SALVADOR sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 27065456 PEDROZO NICOLAS GUSTAVO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068 DNI 22467265 RIVERA ANDRES RAMIRO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068 DNI 4753968 PEIRETTI RICARDO PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31704821 RIVERO DARIO CARLOS DNI 21874398 PELAEZ JULIO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 4523408 PELLEGRINI JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21618864 RIVERO EDUARDO MIGUEL ámbito de NORTE TRANSP. DE CAUDALES S.A. 30707917462 DNI 28659763 PEON KEVIN IVAN ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 18145216 ROA JOSE LUIS ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 23036683 PERALTA DAVID JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14645477 ROBIN MIGUEL ANGEL DNI 13650058 PEREIRA WALTER DAVID ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 16919641 ROBLES MIGUEL ANGEL DNI 26781401 PEREYRA JORGE ALBERTO ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A. 30707828923 ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 14096211 ROCHA WALTER OSCAR DNI 31813830 PEREZ CARLOS MAXIMILIANO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 25346341 PEREZ GUSTAVO ALFREDO ámbito de NORTE TRANSP. DE CAUDALES S.A. 30707917462 DNI 17885521 RODRIGUEZ DANIEL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13768527 RODRIGUEZ HECTOR DANIEL ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 23052450 PEREZ GUSTAVO RODOLFO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 18559736 RODRIGUEZ HECTOR FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17630382 PEREZ JULIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25086038 RODRIGUEZ JAVIER DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12962921 PEREZ OSCAR ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL 30662315148 DNI 13724462 RODRIGUEZ JOSE ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13938309 RODRIGUEZ JOSE MARCELINO ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA. 30644348853 DNI 30732892 RODRIGUEZ MILTON CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29970873 RODRIGUEZ ROBERTO ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22104546 ROJAS CESAR RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26461868 ROJAS RICARDO JAVIER ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 8272341 ROLDAN FELIPE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11188856 ROLDAN HUGO SERGIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8183788 ROLLE EUGENIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26355773 ROLON WALDEMAR SEBASTIAN ámbito de MACO LITORAL S.A. 30708728817 DNI 24439867 ROMERO ARIEL ORLANDO ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 11739257 ROMERO CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5080554 ROMERO ELISEO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30718701 ROMERO HECTOR DAVID ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 24820516 ROMERO JUAN FRANCISCO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32244184 ROMERO LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30391186 ROMERO MEDINA ADRIAN DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33383192 ROMERO RAMON ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21822469 ROMERO WALTER FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29601228 RONCATI DIEGO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14154564 RONDEAU WALTER JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25070224 ROS JAVIER IGNACIO ámbito de BLUE MOON REFINING GROUP S.A. 30707977732 DNI 28034737 PEREZ RAUL EDUARDO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068 DNI 4648518 PERUGINO SALVADOR ARMANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22095753 PEZZINI CLAUDIO ALEJANDRO ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 17754107 PINCHEIRA MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16853345 PINDO ANGEL EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4530267 PINTOS SAMPAIO MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16846102 PINTOS SERAPIO ISABELINO ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 32032030 PIOTROWICZ ALFREDO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13264951 PIOTTI WALTER EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23332359 PIRILLO RITA NATALIA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8459494 PISTAN SERGIO ANTONIO ámbito de SOUNCH S.R.L. 30708973390 DNI 13676432 POCOVI EDUARDO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18023380 POLESE MAURICIO ALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24533689 POLVARAN MAXIMILIANO DAVID ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 14980265 PONCE CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24249107 PONCE LUIS ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7628512 PORCEL URBANO AVELINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28434618 PORTILLO GUILLERMO LEANDRO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 17602725 PREGO JORGE ALEJANDRO ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 17576549 PRIOTTI GUILLERMO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11889699 PRITZ ROBERTO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31967068 ROSSI ANGEL EMMANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12083311 PROTO JOSE ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21351622 ROSSO ALCIDES JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre ROYES DANIEL ANIBAL ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30709851191 DNI 25916551 PUCHETA VICTOR ALEJANDRO ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 26340593 DNI 12059578 PUGLIESE MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11439368 RUIZ DIAZ RAMON HUGO DNI 34458245 PUIG PABLO EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA. 30644348853 DNI 12920578 PUJOL JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16393677 RUIZ JORGE RAUL DNI 24701702 PULGAR JUAN ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 17915790 QUINTANA AGUSTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17025098 RUIZ JUAN CARLOS ámbito de EMP.SEG.INV.PRIV.CONDUCTA SRL 30662075643 DNI 21599873 QUINTANA LISANDRO ELADIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22501744 RUIZ NORBERTO ALEJANDRO DNI 17000241 QUINTERO HUGO ARGENTINO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 27601389 QUIROGA JAVIER OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17384297 RUIZ PEDRO HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29849710 QUIROGA NORBERTO ISAIAS ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 25945838 RUIZ VELIZ MARIO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26656380 QUIROGA VICTOR JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23685792 SACCHITELLA PIÑEIRO JAVIER ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego Documento BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 Denominación 42 Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 23575966 SALAS OSCAR ALCIDES ámbito de NORTE TRANSP. DE CAUDALES S.A. 30707917462 DNI 25384114 TEJEDA CRISTIAN BERNARDO ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL 30662315148 DNI 13624692 SALAS SILVIO WILFRIDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8338738 TELLO JORGE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26260812 SALCEDO RODRIGO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 6740904 TELLO RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24297074 SALINA JORGE ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18308135 TERZA EDGARDO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 37661042 SALINAS PABLO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22419376 TEVEZ JORGE ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31865519 SAMANIEGO ALBERTO AMADO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28462032 THOMAS ESTEBAN FEDERICO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18128417 SAMPIETRO OSCAR BERNARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16149736 TOLEDANO JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22853787 SANCHEZ ALEJANDRO ENRIQUE ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL 30662315148 DNI 14001229 TOLOSA SANTIAGO RENE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31051034 TONCOVICH JORGE EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 92977042 TORALES ACOSTA OSVALDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 21380275 TORO DANIEL MARCELO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 23833139 SANCHEZ ANGEL GABRIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 14650824 SANCHEZ ARMANDO JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28459747 SANCHEZ CARLOS ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16818800 SANCHEZ EDUARDO EZEQUIEL ámbito de SOUNCH S.R.L. 30708973390 DNI 22500363 TOROSSIAN ALBERTO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20811138 SANCHEZ ERNESTO FEDERICO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21804438 TORRES JOSE HECTOR DNI 22417156 SANCHEZ JORGE ANTONIO ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL 30662315148 ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 12111427 TORRES JUAN ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30455561 SANCHEZ LEANDRO ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33088623 TREJO JORGE ADRIAN FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26812318 SANCHEZ MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31015602 TREJO PAULO ERNESTO ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638 DNI 20127810 SANCHEZ RAUL ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29077894 TRUCCO TOMAS MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre LE 4388929 SANCHEZ RICARDO MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 36823280 SANCHEZ SERGIO FACUNDO ámbito de PROSEGUR VIGILANCIA ACTIVA S.A. 30616512672 DNI 12438185 TUERO OMAR ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17334542 TURENNE CLAUDIO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12271804 USTARROZ FERNANDO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17469511 VALDEZ MARCELO RODOLFO ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638 DNI 27527837 VALDEZ VALLE RAUL ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23810757 VALDI CARLOS HUMBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 25721741 SANCHEZ WALTER DANIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 20548857 SANDOVAL JORGE OSVALDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 25042124 SANGIACOMO DANIEL OSVALDO ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817 LE 8537007 VALERIO MIGUEL ADAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20709935 SANTAMARIA ALFIO JAVIER ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 7899843 VALIENTE AGUSTIN RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12927315 SANTANNA DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29802135 VALIENTE FERNANDO DAVID ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30-63267709 DNI 35584978 SANTI LUCAS SANTIAGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28505130 VALLEJO ALEJANDRO ESTEBAN ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 11934652 SARACHO JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 35459005 VALLEJOS HUGO ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29922675 SARAVIA MARIANO GASTON ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 29649590 VALPREDA BURGOS JOSE GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27922918 VARGAS CORTEZ JUAN MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33146502 VARGAS JOSE HILARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30336476 VASCO NATALIA ANABEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14839356 VAZQUEZ ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4443036 VAZQUEZ LEONARDO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10366916 VAZQUEZ LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13474831 VEGA JORGE RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13931879 VEGA ROGELIO RENE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10378272 VELIZ MANUEL ALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16106002 SARMIENTO DOMINGO FAUSTINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18105198 SASSO JORGE ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11959430 SAUCEDO VALERIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13789567 SAULINO ADRIANA ELISABET sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11948315 SAUSEDO JOSE HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23914038 SCACCHI GERMAN ARIEL ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 5198933 SCATTINI JORGE ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12743307 SCHMIDT RICARDO VICENTE ámbito de CELMA S.R.L. 30522003286 DNI 8586838 SCOLARI MARCELO ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17959879 VELIZ NILDA BEATRIZ sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17255791 SCORDAMAGLIA ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30682074 VENTURINI PABLO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre VERA CARLOS HUMBERTO ámbito de EL VISOR S.R.L. 33707865399 DNI 29168249 SCUNGIO LEONARDO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22339222 DNI 12623310 SEGOVIA JORGE ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 29254074 VERA GUSTAVO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8338751 VERA JORGE ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 24427924 VERON PABLO DANIEL ámbito de ANTA NAHUEL S.A. 30709394661 DNI 11203355 VESCOVO ROBERTO ALFONSO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17444792 VICENTE ALEJANDRO RAMON ámbito de NOVIT S.A. 30707310657 DNI 17168231 VIDELA EDUARDO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16402148 VILLA CARLOS ADOLFO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 18410635 VILLALBA HUGO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7596052 VILLALBA JUAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31321152 SEGOVIA RENAN JUAN CARLOS DNI 30828913 SEGUNDO ANIBAL GONZALO ámbito de SEGURIDAD EMPRESARIA S.A. 30707995544 DNI 16051252 SEGURA JOSE MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26602054 SEGURA LUCAS MATIAS ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 16057910 SEGURA NESTOR OMAR ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 30393601 SENGER ALEJANDRO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 36615286 VILLALBA LUIS JESUS GUILLERMO ámbito de ANTA NAHUEL S.A. 30709394661 DNI 13526547 SEQUEIRA RUBEN DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16696974 VILLALBA RAMONA MABEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13481345 SEVERINO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27501673 VILLALBA SERGIO RAFAEL DNI 10691140 SGARAMELLO RUBEN MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 33645285 SILVERO NESTOR ABEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 25913771 VILLALVA ADALBERTO MAURICIO ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 11315696 SITTNER FELIPE JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31262036 VILLARINO PABLO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22766830 SOLIS TRANSITO ROLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24120104 VILLARRUEL WALDO JOEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 38123936 SOLLA AQUINO NICOLAS ámbito de SECURITAS COUNTRIES S.A. 30712414215 DNI 11267959 VILLEGAS QUIROGA LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33343172 VIÑUELA WALTER JONATAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25059581 SORANNA CHRISTIAN ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21507739 VITALE CRISTIAN VITO DNI 23415266 SORRILLO LEONARDO ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237 DNI 16371141 SOSA JESUS RAFAEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11569337 VITALI RICARDO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25563564 VORANO GUSTAVO MARTIN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 21934087 WAGNER OSCAR ALFREDO ámbito de EL VISOR S.R.L. 33707865399 DNI 24190548 WICKSTROM PABLO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre WOLKOWICZ EDUARDO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5586262 SOSA LEANDRO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12759024 SOSA MARCELINO DIOSMEDE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14649628 SOSA NESTOR RUBEN ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 14313069 SOSA ROBERTO OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26387139 DNI 16174048 SOTO JOSE HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 35095559 YAÑEZ DAMIAN ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34443675 SOTOMAYOR RUBEN EXEQUIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 23721176 YAPURAS WALTER FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10918003 YESSER ALFREDO DANIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 24630520 SREBERNICHE NELSON ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16118642 STIGLITIZ HECTOR FELICIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14952554 ZABALA CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31729726 SUAREZ CRISTIAN MATIAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16270784 ZABALA JOSE DANIEL ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 18029409 SUAREZ JORGE VICENTE ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817 DNI 11175669 ZAMBRANO LUIS ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26421204 ZARATE CESAR AUGUSTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23445428 SUAREZ LUIS ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30081136 ZARATE CLAUDIO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17458227 SUASNABAR ARNOLDO GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 37334064 ZARATE GASTON JAVIER DNI 26279156 SVETAC GUSTAVO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L 30707425047 DNI 4206424 TABORDA CARLOS LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26688989 ZICARI OSVALDO RAUL DNI 12022199 TAFFAJA CARLOS ISMAEL ámbito de S & E SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30708023619 ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 10509148 ZUÑIGA JOSE EMILIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27677695 TAJES CARLOS JAVIER ámbito de SEGURIDAD HORUS S.R.L. 30710714939 DNI 35944777 ZUNNI MARTIN OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14586754 TECHEIRA HUGO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27230471 TEDINI EXEQUIEL SEBASTIAN ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068 Dr. GUSTAVO J. REVORA, Director Técnico Registral, Registro Nacional de Armas, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. e. 08/01/2016 N° 871/16 v. 08/01/2016 #F5045850F# Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 #I5044425I# 43 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR Dra. GRACIELA H. PEIRETTI, Directora de Coordinación y Asuntos Internacionales en Materia de Propiedad Intelectual, Dirección Nacional del Derecho de Autor. e. 08/01/2016 N° 285/16 v. 08/01/2016 #F5044425F# #I5043981I# ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL Resolución 1010/2015 Bs. As., 29/12/2015 VISTO el Expediente N° 0044116/2015 del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y CONSIDERANDO: Que la Empresa DYRUS SOCIEDAD ANÓNIMA (ALAS URUGUAY o ALAS U), solicitó autorización para operar servicios regulares de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo en las rutas MONTEVIDEO (REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY) - BUENOS AIRES (AEROPARQUE JORGE NEWBERY - REPÚBLICA ARGENTINA) y viceversa y PUNTA DEL ESTE (REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY) - BUENOS AIRES (AEROPARQUE JORGE NEWBERY - REPÚBLICA ARGENTINA) y viceversa, con aeronaves de gran porte BOEING B737-300. Que la operatoria propuesta se encuentra contemplada en el Acuerdo de Transporte Aéreo Regular entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY suscripto con fecha 10 de febrero de 1983, aprobado por Ley N° 23.369 y en las Actas de Reunión de Consulta de fechas 30 de octubre de 2012, 24 de febrero de 2005, 19 de diciembre de 2003 y 17 de diciembre de 1997, que rigen las relaciones aerocomerciales entre ambos países. Que el transportador ha sido designado por el gobierno de su país, de conformidad con lo dispuesto a nivel bilateral, para operar los servicios requeridos. Que las operaciones proyectadas por la transportadora uruguaya involucran el ejercicio de derechos de tráfico de tercera y cuarta libertades. Que la Empresa acreditó los recaudos legales y administrativos exigidos por la normativa vigente para efectuar las prestaciones solicitadas. Que en consecuencia, no observándose inconvenientes para la explotación de tales prestaciones, se hace necesario dictar la norma administrativa que haga efectivo el otorgamiento de los servicios solicitados a favor de la compañía aérea uruguaya, de conformidad con lo convenido a nivel bilateral con su país de bandera. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Decreto N° 1770 de fecha 29 de noviembre de 2007, el dictado del acto administrativo se efectúa en ejercicio de las competencias que normativamente corresponden a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL. Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ha tomado la intervención que le compete. Que la presente resolución se dicta de conformidad con lo normado por el artículo 129 del Código Aeronáutico y por el artículo 16 del Decreto N° 1770 de fecha 29 de noviembre de 2007. Por ello, EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL RESUELVE: ARTÍCULO 1° — Autorízase a la Empresa DYRUS SOCIEDAD ANÓNIMA (ALAS URUGUAY o ALAS U) a explotar servicios regulares internacionales de transporte aéreo de pasajeros, correo y carga en las rutas MONTEVIDEO (REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY) - BUENOS AIRES (AEROPARQUE JORGE NEWBERY - REPÚBLICA ARGENTINA) y viceversa y PUNTA DEL ESTE (REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY) - BUENOS AIRES (AEROPARQUE JORGE NEWBERY REPÚBLICA ARGENTINA) y viceversa, con aeronaves de gran porte BOEING B737-300. ARTÍCULO 2° — La Empresa operará sus servicios de conformidad con la autorización, la designación y la asignación de frecuencias efectuadas por el Gobierno de su país y con estricta sujeción a lo acordado en el marco bilateral aplicable en materia de transporte aéreo, así como también a las leyes y demás normas nacionales e internacionales vigentes y a las condiciones de reciprocidad de tratamiento por parte de las autoridades de la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY para con las empresas de bandera argentina que soliciten similares servicios. ARTÍCULO 3° — Antes de iniciar las operaciones, la Empresa deberá someter a consideración de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL para su aprobación, sus sistemas de operaciones, de comunicaciones, de mantenimiento de sus aeronaves, libros de quejas, horarios, las tarifas que serán aplicadas, la concertación de los seguros de ley por los riesgos emergentes de dichas prestaciones, correspondiendo idéntico trámite a toda incorporación, sustitución o modificación de la capacidad comercial de sus aeronaves, así como a la iniciación y eventual suspensión y/o reanudación de sus servicios. ARTÍCULO 4° — La Empresa deberá presentar la documentación operativa de las aeronaves a utilizar en la prestación de los servicios autorizados. ARTÍCULO 5° — La Empresa deberá presentar a los fines estadísticos, la información establecida en la Disposición N° 39 de fecha 6 de julio de 1989 de la ex - DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AÉREO COMERCIAL de la entonces SECRETARÍA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS del ex - MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y en la Resolución N° 418 de fecha 3 de noviembre de 1994 de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS. ARTÍCULO 6° — La Empresa deberá dar cumplimiento durante el ejercicio de la presente autorización, a lo establecido en la Disposición N° 82 de fecha 20 de noviembre de 2000, emanada de la entonces SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, en la Disposición N° 6 de fecha 11 de diciembre de 2003 de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y en toda otra normativa o reglamentación vigente en la materia. ARTÍCULO 7° — Notifíquese a la Empresa DYRUS SOCIEDAD ANÓNIMA (ALAS URUGUAY o ALAS U). ARTÍCULO 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. PAOLO MARINO, Director Nacional de Seguridad Operacional, Administración Nacional de Aviación Civil. e. 08/01/2016 N° 135/16 v. 08/01/2016 #F5043981F# #I5044054I# ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL Resolución 1006/2015 Bs. As., 29/12/2015 VISTO el Expediente N° 0026892/2015 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007 y la Resolución N° 46 de fecha 27 de enero de 2014 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y CONSIDERANDO: Que el Departamento Normas de Vuelo de la Dirección de Operaciones de Aeronaves, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) elaboró el proyecto de adopción de los Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos (LAR) relacionados con la Parte 91 - “Reglas de Vuelo y Operación General: Parte I - Aeronaves y Parte II - Aviones Grandes y Turborreactores” - de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC). Que mediante la Resolución ANAC N° 46 de fecha 27 de enero de 2014 se aprobó el “Plan de Trabajo para la adopción de los Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos (LAR) o su armonización con las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC)”. Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección Que el Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos dependiente de la Unidad de Planificación y Control de Gestión y la Dirección de Asuntos Jurídicos, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA, ambos de esta Administración Nacional, han tomado la intervención que les compete. Que en el caso, corresponde implementar el proceso de Elaboración Participativa de Normas establecido por el Decreto N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003. Por ello, EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL RESUELVE: ARTÍCULO 1° — Declárase abierto el procedimiento de Elaboración Participativa de Normas respecto del proyecto de la Parte 91 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC), armonizada con los Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos (LAR) 91, que, como Anexo, integra la presente resolución. ARTÍCULO 2° — Se recibirán comentarios y observaciones hasta NOVENTA (90) días corridos a contar de la fecha de publicación de la presente medida, los que deberán ser dirigidos a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), con domicilio en Avenida Paseo Colón N° 1.452 (C1063ADO) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de lunes a viernes en el horario de 9 a 15 horas, indicando como referencia el número de expediente que surge del Visto de la presente resolución. ARTÍCULO 3° — Los interesados podrán tomar vista de las actuaciones durante el plazo establecido en el artículo anterior, en el Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos de la Unidad de Planificación y Control de Gestión de esta Administración Nacional, con asiento en la Calle Azopardo N° 1.405, piso 7° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10 a 15 horas. ARTÍCULO 4° — Facúltase al Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos de la Unidad de Planificación y Control de Gestión para llevar el registro de las presentaciones a que hace referencia el Artículo 15 del Anexo V al Decreto N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y habilítase la casilla de correo “[email protected]” a los efectos de recibir los comentarios aludidos en el Artículo 17 del mismo ordenamiento legal. ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación por DOS (2) días en el Boletín Oficial, póngase a disposición de los interesados y por un plazo de NOVENTA (90) días en la página web institucional y, cumplido, vuelva a la Unidad de Planificación y Control de Gestión - Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos para la continuación del trámite. — Ing. Aer. PAOLO MARINO, Director Nacional de Seguridad Operacional, Administración Nacional de Aviación Civil. NOTA: Esta Resolución se publica sin anexos. Los mismos podrán ser consultados en la pág. web: www.anac.gob.ar, sección normativa. e. 08/01/2016 N° 174/16 v. 11/01/2016 #F5044054F# #I5045493I# ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL Resolución 2/2016 Bs. As., 06/01/2016 VISTO el Expediente N° 0000938/2015 del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y CONSIDERANDO: Que la Empresa AMERICAN LOGISTIC SOCIEDAD ANÓNIMA solicita autorización para explotar servicios no regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, utilizando aeronaves de reducido porte. Que la mencionada transportadora ha dado cumplimiento a la totalidad de las exigencias que sobre el particular establece el Código Aeronáutico. Que se ha comprobado oportunamente que la compañía aérea acredita la capacidad técnica y económico - financiera a que se refiere el Artículo 105 del Código Aeronáutico. 44 Que la presente resolución se dicta de conformidad con lo normado por los Artículos 102 y 128 del Código Aeronáutico y en el Decreto N° 239 de fecha 15 de marzo de 2007 y del Artículo 16 del Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007. Por ello, EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL RESUELVE: Que dicho procedimiento brindará la posibilidad de que los sectores interesados y toda persona, en general, puedan expresar su opinión y propuestas respecto del proyecto elaborado. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en los Decretos Nros. 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007. BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 ARTÍCULO 1° — Autorízase a la Empresa AMERICAN LOGISTIC SOCIEDAD ANÓNIMA a explotar servicios no regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, utilizando aeronaves de reducido porte. ARTÍCULO 2° — Con carácter previo al ejercicio de los derechos que se confieren mediante la presente resolución, la Empresa deberá obtener el Certificado de Explotador de Servicios Aéreos. ARTÍCULO 3° — La Empresa deberá iniciar las operaciones dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días siguientes a la fecha de obtención del Certificado de Explotador de Servicios Aéreos. ARTÍCULO 4° — En su explotación no deberá interferir, tanto en su faz comercial como operativa, los servicios regulares de transporte aéreo. ARTÍCULO 5° — La base de operaciones se encuentra en el Aeropuerto de SAN FERNANDO (Provincia de Buenos Aires). ARTÍCULO 6° — La Empresa ajustará su actividad y la prestación de los servicios conferidos a los requisitos previstos en el Código Aeronáutico y sus modificatorias, la Ley N° 19.030, las normas reglamentarias vigentes y las que se dicten durante el ejercicio de la presente autorización. ARTÍCULO 7° — La Empresa deberá solicitar la afectación de sus aeronaves y, previo a ello, deberá acreditar mediante constancia emitida por los organismos competentes de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL que tales equipos han cumplido con todos y cada uno de los requisitos exigidos por los mismos. ARTÍCULO 8° — Asimismo, deberá someter a consideración de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL las tarifas a aplicar, los seguros de ley, los talonarios de recibos y libros de quejas para su habilitación, correspondiendo idéntico trámite a toda incorporación, sustitución o modificación de la capacidad comercial de sus aeronaves, como así también de sus seguros, tarifas, cambio de domicilio y/o base de operaciones. ARTÍCULO 9° — La Empresa deberá proceder a la afectación del personal que desempeñe funciones aeronáuticas según lo establecido en la Disposición N° 3 de fecha 20 de abril de 2004 de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL dependiente de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS. ARTÍCULO 10. — Dentro de los QUINCE (15) días siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución, la Empresa deberá presentar ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AÉREO de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL las constancias de haber constituido el depósito de garantía prescripto por el Artículo 112 del Código Aeronáutico. ARTÍCULO 11. — En caso de desarrollar la explotación de servicios de transporte aéreo como actividad principal o accesoria dentro de un rubro más general, la Empresa deberá discriminar sus negocios de forma de delimitar la gestión correspondiente a tales servicios y mostrar claramente sus resultados, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 100 del Código Aeronáutico. ARTÍCULO 12. — Regístrese, notifíquese a la Empresa AMERICAN LOGISTIC SOCIEDAD ANÓNIMA, publíquese mediante la intervención del Boletín Oficial y cumplido archívese. — Ing. Aer. PAOLO MARINO, Director Nacional de Seguridad Operacional a cargo de la Administración Nacional de Aviación Civil. e. 08/01/2016 N° 779/16 v. 08/01/2016 #F5045493F# #I5044055I# MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS Resolución 1917/2015 Bs. As., 09/12/2015 VISTO las renuncias presentadas por el Licenciado D. Pablo Julio LÓPEZ (M.I. N° 26.315.997) y el Doctor D. Federico THEA (D.N.I. N° 30.223.329) como Presidente y Director, respectivamente, del Comité Ejecutivo del Fideicomiso de Asistencia al FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL (FAFFFIR), y CONSIDERANDO: Que la peticionaria acreditó debidamente la base de operaciones, mediante autorización otorgada por autoridad competente. Que resulta necesario proveer de acuerdo con la circunstancia señalada en el Visto y aceptar las respectivas renuncias. Que dada la clase de servicios solicitados, los mismos no deberán interferir, tanto en su aspecto comercial como operativo, en el normal desenvolvimiento de las empresas regulares de transporte aéreo. Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 1°, inciso c) del Decreto N° 101 del 16 de enero de 1985. Que los servicios a operar tienden a abarcar un sector de necesidades no satisfecho por las empresas prestatarias de servicios aerocomerciales regulares y que, dado lo reducido del porte del material de vuelo a ser utilizado, éste no ofrece posibilidad de competencia a las mismas, quedando comprendido en la excepción prevista por el Artículo 102, aplicable en el orden internacional por el Artículo 128, ambos del Código Aeronáutico. Que las instancias de asesoramiento se han expedido favorablemente con relación a los servicios no regulares requeridos. Que la Empresa deberá ajustar la prestación de los servicios solicitados a los requisitos previstos en el Código Aeronáutico, en la Ley N° 19.030 (Política Nacional de Transporte Aerocomercial) y a las normas reglamentarias vigentes establecidas en el Decreto N° 326 de fecha 10 de febrero de 1982 y en el Decreto N° 2.186 de fecha 25 de noviembre de 1992. Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS RESUELVE: ARTÍCULO 1° — Acéptanse, a partir del 10 de diciembre, las renuncias presentadas por el Licenciado D. Pablo Julio LÓPEZ (M.I. N° 26.315.997) y el Doctor D. Federico THEA (D.N.I. N° 30.223.329) como Presidente y Director, respectivamente, del Comité Ejecutivo del Fideicomiso de Asistencia al FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL (FAFFFIR), para los que fueran designados mediante la Resolución N° 27 del 13 de febrero de 2014 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas. e. 08/01/2016 N° 175/16 v. 08/01/2016 #F5044055F# Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 #I5044056I# MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS Resolución 1920/2015 BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 45 nario de Coordinador General Legal y Administrativo de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con rango y jerarquía de Subsecretario. ARTÍCULO 8° — Agradécense a los citados funcionarios los importantes servicios prestados en el cumplimiento de las funciones que le fueran oportunamente encomendadas. Bs. As., 09/12/2015 VISTO la renuncia presentada por el Licenciado D. Juan DONNINI (M.I. N° 30.144.360) al cargo de Subsecretario de Planificación Económica de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y ARTÍCULO 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas. e. 08/01/2016 N° 184/16 v. 08/01/2016 #F5044064F# CONSIDERANDO: Que resulta necesario proveer de acuerdo con la circunstancia señalada en el Visto y aceptar la citada renuncia. Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 1°, inciso c) del Decreto N° 101 del 16 de enero de 1985. Por ello, #I5044069I# MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS Resolución 1892/2015 Bs. As., 03/12/2015 EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS RESUELVE: VISTO la renuncia presentada por el Doctor D. Andrés Maximiliano USLENGHI (M.I. N° 24.365.741) al cargo extraescalafonario de Coordinador General Técnico y Operativo de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y ARTÍCULO 1° — Dase por aceptada, a partir del 3 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el Licenciado D. Juan DONNINI (M.I. N° 30.144.360) al cargo de Subsecretario de Planificación Económica de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. ARTÍCULO 2° — Agradécense al citado funcionario los importantes servicios prestados en el cumplimiento de las funciones que le fueran oportunamente encomendadas. ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas. CONSIDERANDO: Que resulta necesario proveer de acuerdo con la circunstancia señalada en el Visto y aceptar la citada renuncia. Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 1°, inciso c) del Decreto N° 101 del 16 de enero de 1985. Por ello, EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS RESUELVE: e. 08/01/2016 N° 176/16 v. 08/01/2016 #F5044056F# #I5044064I# MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS Resolución 1933/2015 Bs. As., 09/12/2015 VISTO y CONSIDERANDO: ARTÍCULO 1° — Dase por aceptada, a partir del 30 de noviembre de 2015, la renuncia presentada por el Doctor D. Andrés Maximiliano USLENGHI (M.I. N° 24.365.741) al cargo extraescalafonario de Coordinador General Técnico y Operativo de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. ARTÍCULO 2° — Agradécense al citado funcionario los importantes servicios prestados en el cumplimiento de las funciones que le fueran oportunamente encomendadas. ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas. Que el día 10 de diciembre de 2015 concluye el actual mandato presidencial. Que en atención a lo expuesto precedentemente, resulta pertinente aceptar la renuncia de los titulares de cargos extraescalafonarios con rango y jerarquía de Subsecretario, dependientes de este Ministerio. Que, asimismo, corresponde agradecer los valiosos servicios prestados por dichos funcionarios en el desempeño de sus respectivos cargos. Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 1°, inciso c) del Decreto N° 101 del 16 de enero de 1985. e. 08/01/2016 N° 189/16 v. 08/01/2016 #F5044069F# #I5044070I# MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS Resolución 1938/2015 Bs. As., 09/12/2015 VISTO y CONSIDERANDO: Por ello, EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS RESUELVE: ARTÍCULO 1° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el Licenciado Don Alejandro Daniel ALEGRETTI (M.I. N° 27.258.011) al cargo de 2° Jefe de Gabinete de Asesores del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con rango y jerarquía de Subsecretario. ARTÍCULO 2° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el Licenciado Don Carlos Ariel LIEUTIER (M.I. N° 26.318.148) al cargo extraescalafonario de Coordinador General Institucional de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con rango y jerarquía de Subsecretario. Que el día 10 de diciembre de 2015 concluye el actual mandato presidencial. Que en atención a lo expuesto precedentemente, resulta pertinente aceptar la renuncia de los titulares de las distintas Subsecretarías dependientes de este Ministerio. Que, asimismo, corresponde agradecer los valiosos servicios prestados por dichos funcionarios, en el desempeño de sus respectivos cargos. Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 1°, inciso c) del Decreto N° 101 del 16 de enero de 1985. Por ello, EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS RESUELVE: ARTÍCULO 3° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por la Licenciada Doña Sofía BALBUENA (M.I. N° 30.628.313) al cargo extraescalafonario de Coordinador de Articulación Institucional de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con rango y jerarquía de Subsecretario. ARTÍCULO 1° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el Licenciado D. Pablo Matías MOLDOVAN (M.I. N° 29.499.797) al cargo de Subsecretario de Desarrollo de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. ARTÍCULO 4° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el Licenciado Don Nicolás Pablo DINER (M.I. N° 25.296.876) al cargo extraescalafonario de Coordinador General de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con rango y jerarquía de Subsecretario. ARTÍCULO 2° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por la Licenciada Da. Ana Laura FERNÁNDEZ (M.I. N° 26.133.474) al cargo de Subsecretario de Coordinación Económica de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. ARTÍCULO 5° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el Licenciado Don Santiago MÓNACO (M.I. N° 23.453.712) al cargo extraescalafonario de Jefe de Gabinete de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con rango y jerarquía de Subsecretario. ARTÍCULO 3° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el Licenciado D. Nicolás BONOFIGLIO (M.I. N° 26.317.336) al cargo de Subsecretario de Mejora de la Competitividad de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. ARTÍCULO 6° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el Licenciado Don Juan Santiago FRASCHINA (M.I. N° 25.563.455) al cargo extraescalafonario de Coordinador de Comercio de Proximidad de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con rango y jerarquía de Subsecretario. ARTÍCULO 4° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el Licenciado D. Ariel Alberto LANGER (M.I. N° 23.464.869) al cargo de Subsecretario de Comercio Interior de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. ARTÍCULO 7° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por la Licenciada Da. Verónica Daniela ÁLVAREZ (M.I. N° 17.481.162) al cargo extraescalafo- ARTÍCULO 5° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por la Licenciada Da. Paula Irene ESPAÑOL (M.I. N° 24.711.083) al cargo de Subsecretario de Comercio Exterior de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 ARTÍCULO 6° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el Licenciado D. Agustín Pablo SIMONE (M.I. N° 26.474.221) al cargo de Subsecretario de Relaciones Financieras Internacionales de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. ARTÍCULO 7° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el Licenciado D. Facundo BOCCO PROIETTI (M.I. N° 18.843.159) al cargo de Subsecretario de Financiamiento de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. ARTÍCULO 8° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el Licenciado D. Raúl Enrique RIGO (M.I. N° 18.448.841) al cargo de Subsecretario de Presupuesto de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. ARTÍCULO 9° — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por la Doctora Da. Nora María FRACCAROLI (M.I. N° 10.669.686) al cargo de Subsecretario de Relaciones con Provincias de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. ARTÍCULO 10. — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el Contador Público D. Luis María CAPELLANO (M.I. N° 12.217.173) al cargo de Subsecretario de Ingresos Públicos de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. ARTÍCULO 11. — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el Doctor D. Rodolfo Nicolás Patricio DIANA (M.I. N° 24.270.432) al cargo de Subsecretario Legal de la SECRETARÍA DE LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. ARTÍCULO 12. — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el Contador Público D. Oscar Marcelo MAFFE (M.I. N° 16.532.795) al cargo de Subsecretario de Administración y Normalización Patrimonial de la SECRETARÍA DE LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. ARTÍCULO 13. — Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por la Licenciada Da. Carolina NAHÓN (M.I. N° 25.433.528) al cargo de Subsecretario de Relaciones Institucionales de la SECRETARÍA DE LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. ARTÍCULO 14. — Agradécense a los citados funcionarios los importantes servicios prestados en el cumplimiento de las funciones que le fueran oportunamente encomendadas. ARTÍCULO 15. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas. e. 08/01/2016 N° 190/16 v. 08/01/2016 #F5044070F# #I5044071I# MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS SECRETARÍA DE HACIENDA Resolución 360/2015 Bs. As., 09/12/2015 VISTO el Expediente N° S01:0338210/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, lo establecido en las Leyes Nros. 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones, 25.152 de Administración de los Recursos Públicos y 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015 y sus respectivas modificaciones y el Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones, la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Resolución N° 1.397 de fecha 22 de noviembre de 1993 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, las Resoluciones Nros. 25 de fecha 2 de agosto de 1995, 226 de fecha 17 de noviembre de 1995 y sus modificaciones y 47 de fecha 5 de febrero de 1997 todas ellas de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, las Resoluciones Nros. 199 de fecha 1 de diciembre de 2003 y 396 de fecha 1 de diciembre de 2006 ambas de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, las Resoluciones Nros. 81 de fecha 13 de abril de 2012, 87 de fecha 11 de abril de 2014 y 289 de fecha 12 de noviembre de 2014, todas ellas de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Resolución Conjunta N° 464 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y N° 97 de la SECRETARÍA DE FINANZAS, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN de fecha 29 de noviembre de 2007, la Resolución N° 65 de fecha 28 de junio de 1995 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, Organismo Descentralizado de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y la Disposición N° 20 de fecha 18 de octubre de 2013 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO: Que los Artículos 41, 42, 43, 91, 92 y 95 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, refieren al cierre de cuentas del ejercicio. Que el Artículo 41 de la citada ley determina que las cuentas del Presupuesto de Recursos y Gastos se cerrarán al 31 de diciembre de cada año, por lo que después de esa fecha, los recursos que se recauden se considerarán parte del ejercicio vigente, con independencia de la fecha en que se hubiese originado la obligación de pago o liquidación de los mismos, al tiempo que se establece que con posterioridad a dicha fecha no podrán asumirse compromisos ni devengarse gastos con cargo al ejercicio que se cierra. BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 46 centralizar la información relacionada con el cierre del Presupuesto de Recursos y Gastos de la Administración Nacional. Que el Artículo 87 de la ley citada anteriormente, establece que el Sistema de Contabilidad Gubernamental deberá ser común, único, uniforme y aplicable a todos los Organismos del Sector Público Nacional, permitiendo integrar la información presupuestaria, financiera y patrimonial, produciendo de manera simultánea los Estados Presupuestarios, Financieros y Patrimoniales. Que por el inciso a) del Artículo 91 de la citada ley se le asigna a la mencionada Contaduría competencia para prescribir la metodología, periodicidad, estructura y características de los Estados Contables y Financieros a producir por las entidades públicas. Que el inciso h) del citado artículo define la competencia de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN para preparar anualmente la Cuenta de Inversión que contempla la CONSTITUCIÓN NACIONAL, a fin de su presentación ante el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN. Que el Artículo 92 de la Ley N° 24.156, modificado por su similar 38 de la Ley N° 24.764, determina el plazo dentro del cual las Entidades del Sector Público Nacional, excluida la Administración Central, deben entregar los estados contables financieros de su gestión anterior, con las notas y anexos que correspondan. Que el Artículo 95 de la Ley N° 24.156 impone a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN la obligación de elaborar la Cuenta de Inversión y determinar el contenido mínimo de dicho documento. Que el Artículo 44 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) establece la caducidad de las Órdenes de Pago que ingresen, o sean informadas mediante Formularios resúmenes, al Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF) administrado por la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, al cierre del ejercicio posterior al de su conformidad en dicho sistema, salvo aquellas a las que se les hayan efectuado pagos parciales o cuando correspondan a la cancelación de obligaciones judiciales. Que la Resolución N° 1.397 de fecha 22 de noviembre de 1993 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, modificada por la Resolución N° 473 de fecha 26 de julio de 1996 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, aprueba y dispone la aplicación en el ámbito de la Administración Nacional del “Catálogo Básico de Cuentas de la Contabilidad General” y los modelos de “Estados de Recursos y Gastos Corrientes”, “Estado de Origen y Aplicación de Fondos”, “Estado de Evolución del Patrimonio Neto” y “Balance General”. Que asimismo, la Disposición N° 20 de fecha 18 de octubre de 2013 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, aprueba el Plan de Cuentas de la Administración Nacional definido para el Módulo de Contabilidad General del Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF). Que por la Resolución N° 25 de fecha 2 de agosto de 1995 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del citado ex Ministerio se aprobaron los “Fundamentos y Alcances de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados y Normas Generales de Contabilidad”, los “Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados” y las “Normas Generales de Contabilidad”. Que la Resolución N° 226 de fecha 17 de noviembre de 1995 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y sus modificaciones, facultan a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, a no dar curso a las Órdenes de Pago o selección de Órdenes de Pago de aquellos Organismos que no cumplimenten en tiempo y forma los pedidos de información efectuados por los Órganos Rectores del Sistema de Administración Financiera. Que la Resolución N° 47 de fecha 5 de febrero de 1997 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del citado ex Ministerio aprueba los procedimientos generales de valuación aplicables al relevamiento de bienes inmuebles, muebles, de cambio, de consumo y activos financieros. Que la Resolución N° 396 de fecha 1 de diciembre de 2006 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN establece que los intereses que surjan por inmovilización de saldos en las cuentas bancarias y/o de la inversión temporaria de fondos de un proyecto financiado por Organismos Internacionales Financieros o No Financieros deberán ser ingresados al Tesoro Nacional. Que la resolución mencionada precedentemente establece que las UNIDADES EJECUTORAS DE PRÉSTAMOS Y TRANSFERENCIAS EXTERNAS (U.E.P.E.X.) deberán presentar en la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS el Cuadro Anexo 5.4 - “Unidades Ejecutoras de Préstamos y Transferencias Externos” - Intereses Percibidos por Saldos Inmovilizados, el Cuadro Anexo 5.2 - “Estado de Movimientos Financieros - Bancos Cuentas Corrientes y de Ahorro - Unidades Ejecutoras de Préstamos y Transferencias Externos” y el Cuadro Anexo 5.3 - “Estado de Movimientos Financieros - Unidades Ejecutoras de Préstamos y Transferencias Externos”, a los efectos de contar con la información necesaria para proceder al cierre de cuentas. Que la Resolución N° 81 de fecha 13 de abril de 2012 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, aprueba el Marco Conceptual, los Comprobantes y los Descriptivos del circuito del Módulo de Gastos del Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF). Que la Resolución N° 87 de fecha 11 de abril de 2014 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS reglamenta el Régimen de Fondos Rotatorios, Fondos Rotatorios Internos y Cajas Chicas, previsto por el Artículo 81 de la Ley N° 24.156 y del Anexo al Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007. Que el Artículo 42 de la Ley N° 24.156 dispone el tratamiento financiero y contable a dispensar a los gastos devengados y no pagados al 31 de diciembre de cada año, como así también, para los comprometidos y no devengados a esa fecha. Que la Resolución Conjunta N° 464 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y N° 97 de la SECRETARÍA DE FINANZAS ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN de fecha 29 de noviembre de 2007, establece que los plazos de presentación de los Cuadros y Anexos correspondientes al cuarto trimestre del año, que deberá presentar y remitir la OFICINA NACIONAL DE CRÉDITO PÚBLICO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO de la SECRETARÍA DE FINANZAS del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, estarán determinados en la presente resolución. Que el Artículo 43 de la mencionada norma determina que la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, es el órgano responsable de Que en el corriente año se continuó con el despliegue de los Módulos de Gastos y Fondo Rotatorio y contabilidad del Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF) en los Servicios Administrativo Financieros, así como también se prosiguió con la implementación del Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 47 subsistema de Programación y Ejecución Física de Programas y Proyectos e-PEF y el Módulo de Recursos y se implementó el Módulo de Conciliación Bancaria, tanto en los organismos como en los Órganos Rectores. Que se completó el proceso de incorporación institucional al Módulo de Programación y Ejecución Física de Programas y Proyectos e-PEF, en el marco del e-SIDIF. Que a fin de optimizar el proceso de elaboración de la Cuenta de Inversión resulta conveniente incluir un resumen ejecutivo por programa complementario al envío de la información de gestión física de los mismos. Que mediante la Resolución N° 289 de fecha 12 de noviembre de 2014 de la SECRETARÍA DE HACIENDA se aprobó el Marco Conceptual de Recursos del Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF), con los correspondientes comprobantes y descriptivos. Que a fin de una adecuada exposición contable es necesario requerir a los Servicios Administrativo Financieros de la Administración Central información sobre sus créditos con terceros. Que atento a lo dispuesto por el Artículo 35 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), corresponde autorizar a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a depurar créditos que encuadren dentro de los términos de dicho articulado, en especial a los que han constituido remanentes presupuestarios y no ingresados oportunamente. Que en razón de todo lo expuesto, es necesario establecer metodologías para que los Organismos de la Administración Nacional procedan al cierre de las cuentas del Ejercicio 2015. Que la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, todas ellas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, han tomado la intervención correspondiente a su específica competencia. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones del Artículo 6° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones. Por ello, EL SECRETARIO DE HACIENDA RESUELVE: ARTÍCULO 1° — La CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con la información que surja de los registros del Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF) en su entorno Internet (e-SIDIF), y con la complementaria requerida por la presente resolución, efectuará el cierre de las cuentas correspondientes al Ejercicio 2015 y procederá a confeccionar la Cuenta de Inversión para su remisión, a través del PODER EJECUTIVO NACIONAL, al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en los términos del Artículo 95 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones. ARTÍCULO 2° — Los gastos devengados y no pagados al cierre del Ejercicio 2015, constituirán deuda exigible de ese ejercicio y se registrarán en las cuentas a pagar del Pasivo Corriente de la Contabilidad General de cada Ente contable. Los saldos se podrán cancelar en el ejercicio siguiente, de acuerdo a los términos consignados en el Artículo 42 de la Ley N° 24.156. ARTÍCULO 3° — Los gastos registrados como compromisos y no devengados al 31 de diciembre de 2015 deberán ser apropiados como compromisos del Ejercicio 2016, afectando los créditos presupuestarios previstos para ese período y las cuotas asignadas para el primer trimestre. ARTÍCULO 4° — La CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN recibirá por la vía de rutina, y conforme los plazos que se establecen a continuación, los Formularios y/o Comprobantes, según corresponda, de ejecución presupuestaria y no presupuestaria de gastos del ejercicio que se cierra, elaborados por los Servicios Administrativo Financieros para el pertinente trámite de registro de sus transacciones. La CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN devolverá sin procesar los Formularios citados en el presente artículo que posean algún tipo de error, cualquiera fuere el mismo. ARTÍCULO 5° — Operada la caducidad de las Órdenes de Pago ingresadas o informadas mediante formularios resúmenes al Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF) con cargo al ejercicio anterior al que se cierra, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 44 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) y sus modificaciones, los Servicios Administrativo Financieros de Administración Central y los Organismos Descentralizados deberán proceder a desafectarlas conforme los procedimientos vigentes y dentro de los plazos para la presentación de Formularios/Comprobantes, según corresponda, establecidos por la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. De subsistir el derecho del acreedor al cobro, el Servicio Administrativo Financiero deberá imputar el gasto a los créditos y cuotas del Ejercicio 2016, emitiendo en ese ejercicio un Formulario C-41 “Orden de Pago” o Comprobante “Orden de Pago Presupuestaria”, según corresponda. ARTÍCULO 6° — Los Formularios de ejecución presupuestaria y no presupuestaria de recursos C-10 “Informe de Recursos” y los Comprobantes Informe de Recursos (IR), según corresponda, con cargo al 31 de diciembre de 2015, deberán tramitarse y registrarse hasta las fechas que seguidamente se detallan: Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 48 ARTÍCULO 9° — Las Entidades Descentralizadas, incluidas las Instituciones de la Seguridad Social, deberán elaborar y presentar los Cuadros, Anexos y los Estados Contables y Financieros de su gestión, con las Notas aclaratorias que a tal fin disponga la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. ARTÍCULO 10. — Fíjanse las 15 horas del día 15 de febrero de 2016 como plazo límite para la presentación, conforme los procedimientos que determine la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, de los Cuadros, Anexos y Estados de Cierre, correspondientes a la Administración Central. ARTÍCULO 11. — Fíjanse las 15 horas del día 15 de febrero de 2016 como plazo límite para la presentación, conforme los procedimientos que determine la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, de los Cuadros, Anexos, Estados Contables y Financieros, correspondientes a los Organismos Descentralizados e Instituciones de la Seguridad Social. ARTÍCULO 12. — Establécese en lo que respecta a la recepción de la información, que sólo se aceptarán y darán por recibidas las entregas completas. En ningún caso se recibirá información parcializada que no cumpla con las formalidades dispuestas para ella. Tampoco se aceptarán Estados que adolezcan de deficiencias formales o de contenido que determinen su inconsistencia evidente. Las solicitudes de rectificaciones que se requieran a la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS deberán ser efectuadas hasta el penúltimo día hábil del Ejercicio 2015. Aquellos Cuadros, Anexos y Estados de Cierre para los cuales no se registren transacciones se presentarán cruzados con la leyenda “Sin Movimiento”, excepto que se trate de cuadros de Fondos Fiduciarios, atendiendo lo establecido en el Manual de Cierre de Ejercicio Anual aprobado por la Disposición N° 71 de fecha 28 de diciembre de 2010 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, y modificatorias. Los requerimientos efectuados por la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN a los Organismos de Administración Central y Descentralizados, referentes a regularizaciones de operaciones ocurridas en las cuentas del Tesoro Nacional correspondientes al Ejercicio 2015 (presentación de Formularios C-10 “Informe de Recursos”, “Comprobante Informe de Recursos IR”, C-55 “Regularización y Modificaciones al Registro” o “Comprobante de Modificación de Registro” o “Comprobante de Regularización Global”, según corresponda), deberán ser cumplimentadas por los Servicios Administrativo Financieros hasta el 31 de enero de 2016. La CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN podrá retener por un máximo de OCHO (8) días hábiles los cierres incompletos y el noveno día procederá a la devolución de la información que no cumpla con los requisitos señalados, con la constancia de no recepción, comunicándolo simultáneamente a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y a la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA respectiva. ARTÍCULO 7° — Los Servicios Administrativo Financieros de la Administración Central y de los Organismos Descentralizados que hubieren constituido Fondos Rotatorios, cualquiera fuere su fuente de financiamiento, deberán rendir la totalidad de los gastos efectuados hasta el cierre del ejercicio, mediante la emisión de los pertinentes Formularios C-75 “Ejecución Presupuestaria de Gastos para la Administración Nacional” o C-43 “Fondo Rotatorio” de Ejecución o “Comprobante Rendición Administrativa de Fondo Rotatorio” (RENADM DE FONDO ROTATORIO), según corresponda. Los Formularios C-43 “Fondo Rotatorio” de Ejecución y los Comprobantes de Rendición Administrativa de Fondo Rotatorio deberán ser enviados por la vía de rutina a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN hasta la fecha indicada en el Artículo 4° de la presente medida. Las disponibilidades sobrantes de dicho fondo continuarán en poder del Servicio Administrativo Financiero titular del mismo. De existir gestiones pendientes sobre comprobantes de gastos incurridos en el Ejercicio 2014 que hayan sido reimputados al Ejercicio 2015, deberán completarse y ser incluidos en una rendición administrativa antes del 29 de diciembre de 2015. De igual modo, en caso de existir comprobantes de gastos incurridos en el Ejercicio 2014 que no hayan sido reimputados al Ejercicio 2015 y que se encuentren en estado No final, deberán finalizar la gestión antes del 31 de diciembre de 2015. En ambos casos, dichas gestiones deberán concluirse indefectiblemente antes de la fecha indicada y no podrán ser nuevamente reimputadas al Ejercicio 2016. Por otra parte, aquellos anticipos de fondos cuyo ejercicio sea anterior al Ejercicio 2014, deberán indefectiblemente culminar su gestión antes del 31 de diciembre de 2015, debiendo ser rendidos administrativamente con cargo al Ejercicio 2015, o anulados. Asimismo, los Servicios Administrativo Financieros de la Administración Central y de los Organismos Descentralizados deberán observar lo dispuesto en la Resolución N° 87 de fecha 11 de abril de 2014 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, en todo lo atinente a la creación, adecuación, incremento y cierre de sus Fondos Rotatorios, Fondos Rotatorios Internos y Cajas Chicas, como así también a su registro y rendición al cierre del presente ejercicio. En ocasión de presentar la copia certificada correspondiente al acto administrativo de creación o adecuación del Fondo Rotatorio en la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y en la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, deberán acompañar una copia simple de la normativa que respalda la composición de Fondos Rotatorios Internos y Cajas Chicas. Asimismo, deberán remitir copia simple de cualquier modificación producida en dicha composición durante el ejercicio. De verificarse el incumplimiento de las disposiciones del presente artículo, los órganos Rectores podrán no dar curso a las Órdenes de Pago, Selección de Pago y Órdenes Bancarias, según corresponda, de los Organismos involucrados, conforme lo establecido por la Resolución N° 226 de fecha 17 de noviembre de 1995 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS. ARTÍCULO 13. — Las Universidades Nacionales deberán elaborar y enviar a la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, hasta el día 15 de febrero de 2016, los Cuadros, Anexos y los Estados Contables y Financieros de la gestión, con las Notas y Anexos que correspondan. Posteriormente dicha Secretaría remitirá, hasta el día 11 de marzo de 2016, a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN la información que ésta le requiera a los fines de elaborar la Cuenta de Inversión. ARTÍCULO 14. — Los responsables de los Entes citados en los incisos b), c) y d) del Artículo 8° de la Ley N° 24.156, incluidas las Empresas, Entes en estado de liquidación, Empresas Residuales, Entes Públicos y Fondos Fiduciarios, deberán elaborar y remitir a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dentro de los DOS (2) meses de concluido su ejercicio financiero los Cuadros, Anexos y Estados Contables con la información económica, financiera, patrimonial y contable de su ejecución al 31 de diciembre de 2015, con los alcances fijados en la Resolución N° 1.397 de fecha 22 de noviembre de 1993 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y la Resolución N° 25 de fecha 2 de agosto de 1995 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS. Asimismo presentarán la correspondiente Memoria y una nota informando la participación, porcentual y en pesos, del ESTADO NACIONAL en su Patrimonio Neto (desagregado por Entidad, Jurisdicción o Empresa). Los Entes residuales o en estado de liquidación, remitirán los Estados Contables correspondientes por intermedio de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. ARTÍCULO 15. — Los Organismos del Sector Público Nacional, en caso de no contar con los Estados Contables auditados, remitirán en carácter provisorio la información antes requerida, indicando por nota cuáles han sido los motivos por los que no cuentan con dictamen de la AUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN e informando cual ha sido el último auditado. Una vez concluida la pertinente auditoría deberán remitir copia de los Estados Contables juntamente con la opinión de su auditor. ARTÍCULO 16. — Los Servicios Administrativo Financieros de las Jurisdicciones y Entidades deberán presentar, hasta el día 15 de febrero de 2016, en la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la información de la gestión física de los programas para los que se hayan establecido metas de producción terminal o en proceso, y de los proyectos y sus obras, de acuerdo con el detalle que aquélla determine y que solicite directamente o a través de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. ARTÍCULO 8° — Para elaborar la Cuenta de Inversión se tomarán como válidos los registros obrantes en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF) en su entorno Internet (e-SIDIF) a la fecha de cierre de las operaciones del Ejercicio 2015, conforme disponga la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. No obstante ello, y a los fines de lograr una mejor calidad de información, una vez finalizado el procesamiento de los Formularios y Comprobantes respectivos, la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN pondrá a disposición de los Servicios Administrativo Financieros de la Administración Nacional que no operan con el e-SIDIF los listados finales de ejecución del presupuesto del ejercicio cerrado, a fin que éstos procedan a su verificación y conciliación. Dentro de los DIEZ (10) días corridos de su puesta a disposición, dichos listados deberán ser remitidos a esa Contaduría General debidamente conformados, siendo responsabilidad del Secretario o Subsecretario de quien dependa cada centro de registro, el cumplimiento de lo dispuesto en este artículo. Asimismo, deberán cumplimentar el envío de la información y comentarios complementarios, incluyendo un Resumen Ejecutivo por programa, así como de indicadores representativos de gestión, hasta el día 11 de marzo de 2016. Esta obligación es extensiva para aquellos programas que no hubieren definido indicadores de producción física. En caso de existir discrepancias entre los datos emergentes de sus sistemas y los que surjan del Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF) en sus distintos entornos o bien de los registros conformados al cierre del 31 de diciembre de 2015 o de los listados parametrizados de recursos y gastos oportunamente remitidos, el Servicio Administrativo Financiero deberá generar los Formularios de ajuste pertinentes. Estos Formularios o Comprobantes, acompañados de una nota explicativa suscripta por el Secretario o Subsecretario del que depende el Servicio Administrativo Financiero, en la que conste el origen de las diferencias y que se trata de movimientos con incidencia en el Ejercicio 2015, deberán remitirse a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dentro del plazo señalado precedentemente. En caso que se determine un remanente a favor del Tesoro Nacional, se deberá incorporar una partida en el Organismo continuador (si lo hubiere) en el siguiente ejercicio y transferir los fondos en forma extrapresupuestaria a favor de éste. Tanto la falta de conformidad como las discrepancias se comunicarán a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, Organismo Descentralizado en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA respectiva. ARTÍCULO 17. — Aquellos Organismos que durante el ejercicio hayan sido objeto de modificaciones (fusiones, disoluciones, absorciones, exclusión del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional u otro tipo de modificaciones) o sus continuadores, según corresponda, deberán cumplir con el cierre definitivo de las operaciones presupuestarias, contables y financieras al 31 de diciembre de 2015, en los términos establecidos por la Resolución N° 199 de fecha 1 de diciembre de 2003 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN. Aquellos Organismos que estén excluidos del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional, deberán incorporar una partida en su propio presupuesto, oportunamente aprobado previo dictamen de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO y transferir los fondos a favor del Tesoro Nacional de acuerdo con los procedimientos vigentes. Los Organismos modificados o disueltos durante el ejercicio presupuestario, o en su defecto los Organismos continuadores, deberán gestionar la correspondiente modificación presupuestaria para igualar el crédito vigente a los montos correspondientes del compromiso y devengado ejecutado, dentro del plazo establecido en el Artículo 21 de la presente norma. Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección El cierre de Fondos Rotatorios deberá efectuarse mediante el depósito de las sumas correspondientes hasta las CUARENTA Y OCHO (48) horas antes del último día hábil del año en curso. Los respectivos Formularios C-43 y Comprobantes de Cierre de Fondo Rotatorio deberán presentarse hasta el 6 de enero de 2016. La TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN podrán solicitar toda información que consideren pertinente a los fines de este artículo. ARTÍCULO 18. — Aquellos Organismos que se hubieren fusionado presentarán la información en forma independiente hasta el momento de la unificación de las partidas presupuestarias, y a partir de esa fecha, la incluirán en el nuevo Servicio Administrativo Financiero. En caso de verificarse la separación de un Organismo la información deberá ser desagregada por cada uno de los nuevos, a partir de la fecha de división de los créditos. La gestión física correspondiente deberá presentarse en concordancia con lo establecido en el párrafo anterior para la ejecución presupuestaria registrada al cierre del ejercicio. ARTÍCULO 19. — Facúltase a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a solicitar a las UEPEX la información que resulte necesaria a los efectos de elaborar la Cuenta de Inversión 2015. La información financiera relativa a las Fuentes de Financiamiento 21 “Transferencias Externas” y 22 “Crédito Externo” al cierre del ejercicio, y sin perjuicio del cumplimiento de la Resolución N° 396 de fecha 1 de diciembre de 2006 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, deberá ser remitida por las UEPEX a la Jurisdicción o Entidad en la cual se encuentre presupuestariamente incorporada a fin de su envío a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN junto con el resto de la información que se requiera. ARTÍCULO 20. — La TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN remitirá a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN los Cuadros que ésta determine con la información sobre las operaciones de financiamiento de corto plazo efectuadas durante el Ejercicio 2015. Asimismo, y a los efectos de su inclusión en la Cuenta de Inversión, remitirá una nota explicativa de la “Situación Actual del Tesoro” y sus aspectos metodológicos. ARTÍCULO 21. — Fíjase el día 18 de diciembre de 2015 como fecha límite para la presentación, ante la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, de las solicitudes de modificaciones presupuestarias y de reprogramaciones de cuotas de ejecución del Ejercicio 2015, cuyas facultades no se encuentran delegadas por los apartados I, III, V y VI del Artículo 3° y por el Artículo 15 de la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015. ARTÍCULO 22. — La responsabilidad por la información que surge de los Estados y Cuadros requeridos para la elaboración de la Cuenta de Inversión, de su respaldo documental, del cumplimiento de su presentación en tiempo y forma y de la confección y registro de los Formularios o Comprobantes de contabilidad correspondientes a los ajustes que disponga la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN recae, en el ámbito de su competencia jerárquica, en el Secretario o Subsecretario de Coordinación Administrativa, el Jefe del Servicio Administrativo Financiero y el Responsable de la Unidad de Registro Contable de cada Servicio Administrativo de la Administración Central. Para el resto de los Entes obligados, aquella responsabilidad recaerá en la máxima autoridad de cada uno. Las firmas digitales y holográficas, según corresponda, en los términos de la normativa vigente, de todos y cada uno de los Comprobantes/Formularios, Estados, Cuadros y demás información por parte de los responsables del Servicio Administrativo Financiero certifican que se ha tenido a la vista la documentación de respaldo, cuyos originales se encuentran en el archivo oficial de la Entidad. ARTÍCULO 23. — La CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN determinará la forma y los contenidos de los estados, cuadros y demás información que deberán remitir los Entes del Sector Público Nacional para la elaboración de la Cuenta de Inversión del Ejercicio 2015. ARTÍCULO 24. — A efectos de que los Estados Contables reflejen las sentencias judiciales que resulten adversas para el ESTADO NACIONAL, o que eventualmente lo pudieren ser, facúltase a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a solicitar a la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN el detalle de las causas judiciales de contenido económico en las que el ESTADO NACIONAL sea parte y una estimación en cada caso del monto que por todo concepto éste podría estar obligado a hacer frente, en el supuesto de recaer en las mismas una sentencia adversa. No obstante ello, la Dirección General de Administración de cada Organismo de la Administración Central deberá remitir, antes del 1 de marzo de 2016, el detalle de tales juicios firmado por el responsable del Área Jurídica, en las condiciones que requiera la citada Contaduría General. ARTÍCULO 25. — Los Organismos de la Administración Central, deberán remitir a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN en los plazos y condiciones que esta determine, y a los efectos de su inclusión en el Balance de la Administración Nacional, el monto de sus acreencias con personas físicas y/o jurídicas. La citada Contaduría General será autoridad de aplicación del presente artículo. ARTÍCULO 26. — Encomiéndase a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a solicitar a la SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS la situación relativa a las tenencias accionarias del ESTADO NACIONAL e información complementaria que aquella determine. ARTÍCULO 27. — Encomiéndase a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a solicitar a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO Organismo Descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS el detalle y movimientos de bienes y demás información necesaria para proceder a su exposición dentro de la Cuenta de Inversión. ARTICULO 28. — El incumplimiento total o parcial de los requerimientos previstos en la presente resolución habilitará directamente a los Órganos Rectores de los Sistemas de Administración Financiera a efectuar las comunicaciones que correspondan a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, en los términos de la Resolución N° 65 de fecha 28 de junio de 1995 del citado Organismo de Control, sin perjuicio de las sanciones expresamente previstas por la SECRETARÍA DE HACIENDA. ARTÍCULO 29. — Facúltase a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a requerir a los Organismos de la Administración Nacional el detalle de sus cuentas a cobrar al cierre del ejercicio, conforme la clasificación que aquella determine. ARTICULO 30. — Facúltase a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a dar de baja de sus registros las sumas adeudadas al Tesoro Nacional por Organismos de la Administración Nacional que a la fecha de cierre hubiesen dejado de operar y cuyas funciones no hubieren sido transferidas a otro Ente continuador, y las contenidas en el Cuadro N° 30 de la Cuenta de Inversión con una antigüedad mayor de DIEZ (10) años. BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 49 Las operaciones de depuración dispuesta en el presente artículo serán comunicadas a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN. ARTÍCULO 31. — Facúltase a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a establecer los plazos de presentación de los Formularios y Comprobantes no mencionados en la presente resolución. ARTÍCULO 32. — Fíjase el día 11 de marzo de 2016 como plazo límite para la presentación de los cuadros y anexos detallados en la Resolución Conjunta N° 464 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y N° 97 de la SECRETARÍA DE FINANZAS, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN de fecha 29 de noviembre de 2007. ARTÍCULO 33. — Facúltase a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN a requerir a las Entidades y Jurisdicciones de la Administración Nacional la remisión de la rendición de cuentas de los subsidios y aportes que hubiesen ejecutado durante el presente ejercicio. ARTÍCULO 34. — La CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO y la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN serán los Órganos de interpretación de las normas relacionadas al cierre de cada ejercicio, conforme las competencias de cada una de ellas, quedando facultadas a requerir la información que estimen pertinente y a emitir las normas complementarias, interpretativas y aclaratorias a que hubiere lugar. ARTÍCULO 35. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — JUAN CARLOS PEZOA, Secretario de Hacienda. e. 08/01/2016 N° 191/16 v. 08/01/2016 #F5044071F# #I5044075I# MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA Resolución 797/2015 Bs. As., 04/12/2015 VISTO el Expediente N° S01:0151010/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Resolución N° 98 de fecha 28 de octubre 2009 y sus modificatorias, de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA y la Resolución N° 223 de fecha 11 de septiembre de 2015 de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación de la agente ALTOMARI Mónica Claudia (M.I. N° 17.778.407) de Planta Permanente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DE DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, en condiciones de percibir la Bonificación por Desempeño Destacado correspondiente a las funciones ejecutivas del período 2012, conforme a lo establecido por el “RÉGIMEN PARA LA APROBACIÓN DE LA ASIGNACIÓN DE LA BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO AL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL RÉGIMEN ESTABLECIDO EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO”, aprobado por el Anexo II de la Resolución N° 98 de fecha 28 de octubre de 2009 y sus modificatorias de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Que han ejercido la veeduría que les compete las entidades sindicales, expresando su conformidad según consta en el Acta N° 82 de fecha 2 de julio de 2015. Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el “RÉGIMEN PARA LA APROBACIÓN DE LA ASIGNACIÓN DE LA BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO AL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL RÉGIMEN ESTABLECIDO EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO” aprobado por el Anexo II a la Resolución N° 98/09 de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorios, motivo por el cual corresponde la aprobación de la agente citada pasible de percibir la Bonificación. Que en el expediente del Visto obra la respectiva certificación de existencia de financiamiento presupuestario para afrontar el gasto que demandará la presente medida. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido por el Artículo 1° del Anexo II de la Resolución N° 98/09 de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorios, y lo normado por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios. Por ello, EL SECRETARIO LEGAL Y ADMINISTRATIVO RESUELVE: ARTÍCULO 1° — Apruébase la Bonificación por Desempeño Destacado de la agente ALTOMARI, Mónica Claudia (M.I. N° 17.778.407) de Planta Permanente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DE DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y en condiciones de percibirla establecida por el Artículo 89 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, correspondiente a las funciones ejecutivas del período 2012. ARTÍCULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a la partida específica del presupuesto vigente de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS - Servicio Administrativo Financiero 357. ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. FEDERICO G. THEA, Secretario Legal y Administrativo. e. 08/01/2016 N° 195/16 v. 08/01/2016 #F5044075F# Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 #I5044084I# MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES INTENDENCIA DEL PARQUE NACIONAL EL PALMAR 50 Que en Latinoamérica se están desarrollando con éxito experiencias de incorporación de nuevas tecnologías para el tamizaje, como la prueba de VPH-CH2. Que a diferencia de la prueba del PAP, la prueba de VPH tiene una sensibilidad mayor al 95% para la detección de lesiones de alto grado y un alto valor predictivo negativo. Que la recomendación científica y de los organismos internacionales de salud pública, es la implementación de Estrategias de demostración para cambiar los programas al nuevo paradigma de la prevención del cáncer cérvicouterino basado en la prueba de VPH como tamizaje primario. Disposición 341/2015 Parque Nacional El Palmar, 15/12/2015 VISTO la necesidad de establecer pautas de seguridad básica dentro del Parque Nacional El Palmar, y CONSIDERANDO: Que la totalidad de los caminos internos del Parque Nacional El Palmar es de ripio. Que dicha superficie puede afectar el agarre y la maniobrabilidad que experimentan los vehículos y por ende es necesario fijar pautas básicas para la conducción sobre los mismos. Que los caminos internos son utilizados además por ciclistas y personas a pie a los cuales es necesario brindar pautas razonables de seguridad. Que además de lo anterior, es común que la fauna silvestre, cruce los caminos o se acueste sobre la calzada. Que es conveniente que el público adopte conductas que garanticen la conservación de la naturaleza al visitar un área protegida. Que por lo expuesto, es indispensable establecer las velocidades máximas admitidas dentro del Parque Nacional El Palmar y las pautas de conducta al conducir cualquier tipo de vehículo motorizado. Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por la Resolución N° 537/11 de la Presidencia del Directorio de la Administración de Parques Nacionales. Por ello, EL INTENDENTE DEL PARQUE NACIONAL EL PALMAR DISPONE: ARTÍCULO 1° — Establecer como velocidad máxima de circulación los CUARENTA (40) kilómetros por hora en todos los caminos vehiculares del Área Protegida, entendiendo como vehículos a todos los medios de transporte a motor cualquiera sea su tipo. Que, desde el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, resulta ineludible coordinar con las jurisdicciones provinciales, las acciones conducentes a la obtención de estrategias que optimicen la prevención del cáncer cérvicouterino en el marco de programas organizados. Que uno de los objetivos específicos del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, creado por el Decreto 1286/10, es la implementación de estrategias de detección temprana promoviendo la inclusión de programas de prevención y control de dicha enfermedad en las diferentes jurisdicciones, con el objeto principal de disminuir la incidencia y mortalidad por cáncer. Que el Programa Nacional de Prevención de Cáncer Cérvicouterino, creado mediante Resolución Ministerial N° 1261/11, tiene como funciones el fortalecimiento institucional y de la capacidad de gestión de los programas provinciales; el desarrollo de estrategias para el aumento de la cobertura de tamizaje de mujeres en edad objetivo; la garantía de la calidad de la prueba de tamizaje; el desarrollo de una red eficiente de derivación, seguimiento y tratamiento de mujeres con lesiones precancerosas y cáncer; y el establecimiento de un sistema de información estratégica que incluya la vigilancia epidemiológica, el monitoreo y la evaluación de la calidad y del impacto del programa. Que mediante la Resolución Ministerial N° 1407/14 se transfiere el Programa Nacional de Prevención de Cáncer Cérvicouterino a la órbita del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER por razones operativas derivadas de los lineamientos estratégicos del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN. Que motivado en las consideraciones precedentes, este MINISTERIO resolvió mediante la Resolución Ministerial N° 1472/11 la aprobación de la Estrategia para la Incorporación de la Prueba de VPH como Tamizaje Primario en la Provincia de Jujuy, en razón de que dicha jurisdicción provincial es una de las que registraba mayores tasas de mortalidad por cáncer cérvicouterino. Que la experiencia llevada a cabo en la citada Provincia ha resultado exitosa, en tanto los resultados hasta el momento confirman las ventajas del tamizaje basado en el test de VPH, indicando que es un test de alta sensibilidad y con un alto valor predictivo negativo, lo que permite espaciar el intervalo del tamizaje. Asimismo, permite incrementar la identificación de lesiones al mejorar la sensibilidad del PAP, también se ha logrado duplicar la tasa de detección de lesiones pre-cancerosas, permitiendo discriminar mujeres con alto riesgo de padecer lesiones de alto grado o más. Por último, la presente experiencia de Jujuy, ha demostrado que la Prueba de VPH tiene una alta aceptabilidad tanto en las mujeres como en los equipos de salud. ARTÍCULO 2° — DETERMINAR que los conductores deberán disminuir la velocidad de circulación a VEINTE (20) kilómetros por hora en las proximidades de los estacionamientos, miradores, el Área Administrativa o ante presencia de fauna silvestre o personas sobre los caminos. Que, consecuentemente, resulta propicio continuar avanzando con las acciones llevadas a cabo en el marco de la Estrategia precitada, ampliando el ámbito territorial de las mismas y avanzando en la ejecución del mismo, a través de una nueva Estrategia que resultará de la Incorporación de la Prueba de VPH como Tamizaje Primario, en aquellas Provincias que deseen adherir a la misma. ARTÍCULO 3° — Determinar que el incumplimiento de lo establecido en la presente Disposición, se considerará una infracción al inciso d) del artículo 1° del Reglamento de Infracciones Generales aprobado por Resolución 871/76. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia. ARTÍCULO 4° — Instruir al Área de Educación Ambiental para que se le de amplia difusión a la presente en los medios de comunicación, página WEB del Parque, Redes Sociales, etc. Que se dicta la presente medida en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22520 (T.O. 1992) y modificatorias. ARTÍCULO 5° — Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a las Dirección Nacional de Interior y a la Dirección de conservación de Áreas Protegidas. Tomen conocimiento el Departamento de Protección y Guardaparques y la División ICE. Cumplido y con las debidas constancias archívese. — Gpque. MARIANO CALVI, Intendente, Parque Nacional “El Palmar”. e. 08/01/2016 N° 204/16 v. 08/01/2016 #F5044084F# #I5044088I# MINISTERIO DE SALUD Resolución 2381/2015 Bs. As., 04/12/2015 VISTO el Expediente N° 1-2002-17490-15-1 del registro del MINISTERIO DE SALUD, el Decreto N° 1286 del 9 de septiembre de 2010, las Resoluciones Ministeriales N° 1261/11, N° 1407/14 y N° 1472/11 de este Ministerio, y CONSIDERANDO: Que el cáncer cérvicouterino es la segunda causa de muerte por cáncer en mujeres entre 35 y 64 años. Que en la Argentina se diagnostican alrededor de CUATRO MIL (4.000) casos nuevos por año de cáncer cérvicouterino, muriendo MIL OCHOCIENTAS (1.800) mujeres por año por esta enfermedad. Por ello, EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE: ARTICULO 1° — Apruébase la “ESTRATEGIA DE INCORPORACIÓN DE LA PRUEBA DE VPH COMO TAMIZAJE PRIMARIO”, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida, en el ámbito del Programa Nacional de Prevención de Cáncer Cérvicouterino, dependiente del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, a fin de coordinar las acciones para desarrollar una estrategia de prevención basada en la prueba de VPH como método primario de tamizaje. ARTICULO 2° — Invítese a las Provincias a adherirse a la “ESTRATEGIA DE INCORPORACIÓN DE LA PRUEBA DE VPH COMO TAMIZAJE PRIMARIO”, mediante la suscripción de un convenio que, como ANEXO II, se incluye en la presente resolución. ARTICULO 3° — La Estrategia estará a cargo de un Director de Estrategia, que dependerá directamente del Programa Nacional de Prevención de Cáncer Cérvicouterino. ARTICULO 4° — Facúltese al Director del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER a dictar las normas complementarias, interpretativas y aclaratorias de la presente Resolución. ARTICULO 5° — El gasto que demande la ejecución efectiva de la “ESTRATEGIA PARA LA INCORPORACIÓN DE LA PRUEBA DE VPH COMO TAMIZAJE PRIMARIO”, será afectado a las partidas específicas del presupuesto vigente, y queda sujeto a limitación en función de la capacidad financiera con que se cuente. ARTICULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial a sus efectos y archívese. — Dr. DANIEL GUSTAVO GOLLAN, Ministro de Salud. ANEXO I Que existen limitaciones para reducir la incidencia y mortalidad por cáncer cérvicouterino, inherentes al tamizaje basado en la citología convencional (Prueba de Papanicolaou —PAP—). Que estas limitaciones están generalmente asociadas a la baja cobertura de mujeres tamizadas, el bajo porcentaje de adhesión al seguimiento y tratamiento de lesiones, y a las dificultades operativas derivadas de la sensibilidad moderada de la prueba del PAP para la detección de lesiones de alto grado, que es de entre el CINCUENTA y SESENTA POR CIENTO (50% y 60%), y de su limitado valor predictivo negativo. PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCIÓN DE CÁNCER CERVICOUTERINO INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER (INC) El cáncer cervicouterino es el segundo cáncer más diagnosticado en mujeres entre 35 y 64 años en Argentina. Se diagnostican alrededor de 5.000 casos nuevos por año, y mueren 1800 mujeres por esta enfermedad. Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección Se ha comprobado que la causa necesaria del cáncer cervicouterino es la infección por el Virus Papiloma Humano (HPV), cuya principal vía de transmisión es la vía sexual (Bosch FX., 2002). Existe una asociación de más del 99% entre el HPV y el cáncer de cuello de útero (Castellsagué X., 2006). Se han encontrado más de 100 tipos de HPV, de los cuales alrededor de 15 son considerados de alto riesgo oncogénico (los más comunes son el 16 y el 18, responsables de aproximadamente el 70% de los casos de cáncer cervicouterino, seguidos por el 31 y el 45). A diferencia de los países desarrollados, los países latinoamericanos que han implementado programas organizados de prevención basados en la citología convencional se han encontrado con limitaciones para alcanzar el impacto deseado en la reducción de la incidencia y mortalidad. Las principales limitaciones se asocian con la baja cobertura de mujeres tamizadas; el bajo porcentaje de mujeres con Pap anormal que son efectivamente seguidas y tratadas; la sensibilidad de la prueba que es entre moderada y baja, lo que obliga a repeticiones frecuentes del tamizaje para reducir el porcentaje de falsos positivos; las numerosas instancias que pueden afectar la calidad de la lectura (toma, transporte, coloración, calidad de la muestra, etc.). A partir de la década del 90, los avances de la biología molecular pudieron confirmar la relación del 99% entre el Virus del Papiloma Humano (VPH) y el CCU y, en consecuencia, se desarrollaron dos nuevas tecnologías para prevenir este tipo de tumor: la vacuna contra el VPH y el Test de VPH. La recomendación de la OPS, IARC-OMS de cambiar los programas de prevención de cáncer cervicouterino al nuevo paradigma de la prevención basado en el Test de VPH como tamizaje primario, sumado al abordaje integral de prevención con la implementación de la vacuna contra el virus de papiloma humano, han promovido que el Ministerio de Salud de la Nación incorpore en nuestro país el Test de VPH como tamizaje primario en mujeres de 30 años y más seguido de citología en caso de Test de VPH positivo, buscando reducir las limitaciones tecnológicas y organizativas derivadas del tamizaje basado en la citología. El Test de VPH es un método que permite detectar la presencia de ADN de HPV de alto riesgo oncogénico en las células del cuello del útero. Se trata de una tecnología para el tamizaje del cáncer cervicouterino cuya sensibilidad es muy superior a la del Pap, y su efectividad para reducir la incidencia y mortalidad por cáncer de cuello de útero ha sido demostrada científicamente. En efecto, existe un estudio publicado realizado en la India cuyo objetivo era medir el impacto de tres diferentes métodos de tamizaje en la reducción de la incidencia y mortalidad por cáncer cervicouterino fue realizado en India (Sankaranarayanan et al., 2009). En dicho estudio se concluyó que las tasas de incidencia y mortalidad fueron significativamente mayores para los grupos que fueron tamizados con citología o Inspección Visual con ácido acético (VIA) que en el caso del grupo al que se le aplicó la prueba de VPH. El tamizaje mediante la prueba de VPH contribuyó a alcanzar una reducción de casi el 50% en la tasa de mortalidad. Diversos estudios han demostrado un mejor desempeño de la prueba de VPH como método de tamizaje primario13-16 dada su mayor sensibilidad para la detección de lesiones precancerosas y cáncer (95% para CIN3),17 su alto valor predictivo negativo luego de 5 años (lo que posibilita extender el intervalo del tamizaje),18-21 la no dependencia de un operador entrenado para detectar las lesiones precancerosas y, además, un potencial para romper con algunas barreras de acceso al tamizaje a través de la modalidad autotoma (AT) de la prueba. 22-30 Por otro lado, si bien el test de VPH posee una especificidad menor con respecto a la citología, su uso como prueba de tamizaje primario ha posibilitado incrementar la sensibilidad del Pap para la identificación de lesiones de alto grado cuando es utilizado como prueba de triage. 31,32 Estas ventajas comparativas del test de VPH constituyen una gran oportunidad para mejorar el funcionamiento de los programas de prevención de CCU existentes. Sin embargo, como toda oportunidad, el test de VPH también presenta sus desafíos. Su efectiva implementación debe alcanzar altos niveles de organización sobre una serie de componentes y procesos del tamizaje. Antes de la realización de la prueba deben estar asegurados los mecanismos de logística, entre los que se incluyen el transporte y el sistema de conservación. Por esta razón es que se recalca que la introducción del test de VPH necesita contar con programas de prevención organizados, acompañados en una fortalecida red sanitario de atención provincial. La existencia (y buen funcionamiento) de programas organizados de prevención de cáncer de cuello de útero es determinante para disminuir la mortalidad de esta enfermedad. Un programa organizado consiste en un sistema integrado en el cual las mujeres son invitadas, tamizadas, reciben y entienden los resultados, son derivadas para su tratamiento si es necesario y regresan a repetir las pruebas de tamizaje según las guías programáticas vigentes. Si la calidad de las pruebas de tamizaje, la cobertura, el seguimiento y tratamiento de las mujeres con lesiones precancerosas es alto, la incidencia de esta enfermedad puede reducirse a más del 80%. En la actualidad, existe una amplia literatura especializada en la problemática que indica que las técnicas de tamizaje para ser efectivas, deben emplearse en contextos de programas organizados; con una frecuencia y población objetivo basados en evidencia científica; con redes de servicios de diagnóstico y tratamiento adecuados; y con una alta coordinación entre servicios y profesionales de la salud. La introducción del test de VPH en el sistema de salud implica una transformación de la organización del trabajo antes realizado y, por lo tanto, implica una oportunidad para la movilización de recursos y la motivación de diferentes actores involucrados con la problemática. Dichos cambios deben ser acompañados por altos niveles de organización para su efectivo desempeño como, así también, de cambios en los modos de entender el problema, organizar y llevar adelante las prácticas de trabajo al interior de los servicios de ginecología y citología/ patología cervical. Por tal motivo, el consenso, el acuerdo y el apoyo de todos los actores involucrados con la prevención de esta enfermedad es indispensable. La Estrategia del test de VPH no puede ser pensada ni implementada sin tener en cuenta el compromiso de los actores participantes y de una decisión política que acompañe al proceso de su implementación desde su inicio. Las actividades preparatorias para el cambio de las prácticas de tamizaje es un proceso de cambio que no sólo afecta al laboratorio sino que involucra a diferentes servicios y sectores; además de modificar las prácticas y percepciones de las mujeres sobre la prevención de esta enfermedad.33 Con el propósito de llevar a cabo el desarrollo de dicha Estrategia se prevé la suscripción de un Convenio con cada Provincia, donde se establecerán las acciones tendientes a la implementación de la misma. A continuación se detallan las actividades principales para la implementación de la Estrategia del Test de VPH como tamizaje primario que requieren de un cronograma acordado con todos los actores involucrados en la prevención y atención del cáncer cervicouterino de cada provincia. La designación consensuada de responsables y plazos para su concreción, como la información del plan de acción, apunta a una reestructuración de la red sanitaria en pos del éxito de la estrategia. BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 51 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 52 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 Anexo II 53 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 54 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 55 Que a la misma asistieron especialistas en derechos sexuales y derechos reproductivos de las mujeres, en derechos sexuales de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (LGBT) y derechos humanos, en derechos de niñas niños y adolescentes y derechos de las personas con discapacidad. Asimismo asistieron las Dras. Nelly Minyersky, Eleonora Lamm y Marisa Herrera quienes fueron integrantes del equipo de redacción del Código Civil y Comercial de la Nación, siendo ésta última co-directora del Código Civil y Comercial de la Nación Comentado por el Sistema Argentino de Información Jurídica (InfoJus- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS); y la Dra. Silvia Fernández como autora de los comentarios realizados al Capítulo 2, Título Primero Parte General de la edición antedicha; equipos de PROGRAMA NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y PROCREACIÓN RESPONSABLE, PROGRAMA NACIONAL DE SALUD INTEGRAL EN LA ADOLESCENCIA, DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD MENTAL, DIRECCIÓN NACIONAL DE MATERNIDAD E INFANCIA, DIRECCIÓN NACIONAL DE SIDA Y ENFERMEDADES DE TRANSMISIÓN SEXUAL, de la SECRETARÍA DE SALUD COMUNITARIA y de la SECRETARÍA DE POLITICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS. Que, en dichos encuentros se abordó en lectura conjunta y participativa entre las distintas temáticas atinentes a la gestión de la salud sexual y reproductiva resultando de este proceso de construcción colectiva un documento de consenso que analiza las implicancias del nuevo marco normativo en la implementación de los PROGRAMAS y Políticas Públicas en salud sexual y reproductiva. Que tal documento de consensos se torna de vital importancia para una implementación integrada y unificada por parte de este MINISTERIO de la política pública en salud sexual y salud reproductiva dadas las divergencias interpretativas que pudieran surgir debido al incipiente estado del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la “Ley de Ministerios - T.O. 1992”, modificada por su similar Ley N° 26.338 y de la competencia delegada mediante Resolución Ministerial N° 1992/2014. Por ello, EL SECRETARIO DE SALUD COMUNITARIA RESUELVE: ARTÍCULO 1° — Apruébese como marco interpretativo del Código Civil y Comercial vigente el documento de acuerdos elaborado en la “Mesa de Trabajo: Nuevo Código Civil y Comercial, lectura desde los Derechos Sexuales y los Derechos y Reproductivos” realizada los días 10, 18 y 23 de Noviembre de 2015 que como ANEXO I forma parte integrante de la presente Resolución. ARTÍCULO 2° — Incorpórase la presente al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA. e. 08/01/2016 N° 208/16 v. 08/01/2016 #F5044088F# #I5044089I# MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE SALUD COMUNITARIA Resolución 65/2015 Bs. As., 09/12/2015 VISTO el Expediente N° 1-2002-28969/15-7 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y las Leyes N° 26.485, N° 25.673, N° 26.529 modificada por Ley N° 26.742, N° 26.743, N° 26.618, N° 26.862, N° 26.657 y N° 26.378, y CONSIDERANDO: Que la República Argentina adoptó el Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo alcanzado en agosto de 2013 para dar seguimiento al Programa de Acción de El Cairo después de 2014, donde se decidió adoptar como medidas prioritarias la implementación de programas de salud sexual y salud reproductiva integrales, oportunos y de calidad para adolescentes y jóvenes que garanticen el acceso a métodos anticonceptivos modernos, seguros y eficaces respetando el principio de confidencialidad y privacidad para que adolescentes y jóvenes ejerzan sus derechos sexuales y derechos reproductivos, tengan una vida sexual responsable placentera y saludable, eviten embarazos tempranos y los no deseados, la transmisión del VIH y otras infecciones de transmisión sexual; y tomen decisiones libres, informadas y responsables con relación a su vida sexual y reproductiva y al ejercicio de su orientación sexual; la promoción de políticas que contribuyan a asegurar que las personas ejerzan sus derechos sexuales; la revisión de la legislación, las normas y prácticas que restringen el acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva y asegurar el acceso a la información completa sobre todas las opciones de servicios disponibles para todas las personas sin discriminación de ningún tipo. Que la normativa de fondo en materia civil y comercial fue reformada de manera integral mediante el dictado de la Ley N° 26.994, que entró en vigencia el día 1° de agosto de 2015. Que dicha reforma trajo aparejadas importantes modificaciones y avances en materia de derechos en relación a la salud sexual y salud reproductiva (Leyes N° 25.673 y N° 26.743), principalmente en relación a criterios etarios relativos a la capacidad para el ejercicio de los derechos vinculados al cuidado del propio cuerpo (artículo 4 del Decreto N° 1282/2003, Reglamentario de la Ley N° 25.673 y artículos 25 y 26 de la Ley N° 26.994). Que en este contexto, el PROGRAMA NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y PROCREACIÓN RESPONSABLE junto al PROGRAMA NACIONAL DE SALUD INTEGRAL EN LA ADOLESCENCIA manifestaron la imperiosa necesidad para los equipos de salud y de la gestión en salud de establecer por este MINISTERIO un marco interpretativo para la aplicación de la nueva normativa civil de fondo enfocado a al acceso a la salud integral en el marco de los derechos sexuales y reproductivos. Que para lograr dicho objetivo los PROGRAMAS NACIONALES mencionados propusieron la realización de una mesa de trabajo con expertos, en la que a partir de las inquietudes y necesidades de las coordinaciones y los equipos de trabajo de ambos programas, las y los especialistas invitados aportaran sus interpretaciones de la nueva normativa para dar lugar a un intercambio y debate que permitiera la construcción de un documento de acuerdos, documento que permitiera aclarar dudas y ambigüedades en la interpretación de la legislación en lo referente a la atención de la salud integral en los aspectos relacionados con los derechos sexuales y derechos reproductivos, para facilitar tanto el ejercicio de la gestión como de la atención cotidiana que efectúan los equipos de salud. Que dicha mesa de trabajo se celebró en tres jornadas los días 10, 18 y 23 de Noviembre en el salón Oñativia de este MINISTERIO. ARTÍCULO 3° — Difúndase a través del PROGRAMA NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y PROCREACIÓN RESPONSABLE y por el PROGRAMA NACIONAL DE SALUD INTEGRAL EN LA ADOLESCENCIA. ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese intervención a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. NICOLÁS KREPLAK, Secretario de Salud Comunitaria, Ministerio de Salud de la Nación. ANEXO I Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 56 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 57 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 58 Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 #I5044090I# 59 MINISTERIO DE SALUD Resolución 2340/2015 Bs. As., 03/12/2015 VISTO el expediente N° 1-2002-27960-15-6 el registro del MINISTERIO DE SALUD, la Ley 23.277 y su Decreto Reglamentario N° 905/1995 y el Decretos N° 10 de fecha 3 de enero de 2003, y CONSIDERANDO: Que es necesario afirmar el rol de Rectoría del MINISTERIO DE SALUD en el desarrollo y calidad de los Recursos Humanos en Salud, teniendo en cuenta también los procesos de integración regional. Que el ordenamiento racional, la planificación y distribución de los Recursos Humanos en Salud son un componente central en la política sanitaria de este Ministerio. Que la profesión de la psicología ha desarrollado diversas modalidades de formación de post grado y esto permite determinar en algunas de esas modalidades, especializaciones en la profesión que es necesario determinar y validar, como por ejemplo residencias específicas de la profesión, residencias interdisciplinarias o carreras de especialistas universitarias. Que resulta pertinente armonizar con las jurisdicciones provinciales cuáles especialidades deberán ser reconocidas en todo el país, con el objeto de estimular su formación en función de las necesidades de la población. Que el reconocimiento de especialidades es dinámico y requiere de actualizaciones periódicas por la evolución científica y las necesidades de recursos humanos caracterizados. Que en ese marco, se presentó para el estudio y consideración de la Comisión Nacional Asesora creada por la Resolución N° 1105 de fecha 27 de julio de 2006 los formularios correspondientes para el reconocimiento de la especialidad PSICOLOGÍA CLÍNICA en la profesión de psicología. Que la ASOCIACIÓN DE UNIDADES ACADÉMICAS DE PSICOLOGÍA (AUAPSI) y la FEDERACIÓN DE PSICÓLOGOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (FEPRA) respaldaron el reconocimiento de esta especialidad, siendo los iniciadores de dicha propuesta. Que la especialidad propuesta ha sido sometida a consideración de los representantes técnicos de las distintas jurisdicciones provinciales no habiendo recibido objeciones expresas a la misma, no así a las orientaciones presentadas en el mismo momento y que requerirán una profundización en su análisis. Que la DIRECCION NACIONAL DE REGULACION SANITARIA Y CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD, la DIRECCION NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL, la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS, la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION y la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS han prestado conformidad a esta propuesta. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios - T.O. 1992, modificada por su similar Ley N° 26.338. Por ello, EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE: ARTICULO 1° — Apruébese la especialidad PSICOLOGÍA CLÍNICA como especialidad de la profesión de PSICOLOGÍA, sin perjuicio de la determinación de nuevas especialidades a través del mecanismo instituido por la Resolución Ministerial N° 1105 de fecha 27 de julio de 2006. ARTICULO 2° — Las modalidades de certificación de los psicólogos especialistas en PSICOLOGÍA CLÍNICA serán análogas a las aceptadas para la certificación de especialistas médicos y especialistas odontólogos establecidas en el DECRETO N° 10 de fecha 3 de enero de 2003. ARTICULO 3° — Invítese a los Señores Ministros del CONSEJO FEDERAL DE SALUD (CO. FE.SA) a adherir y adecuar las normativas jurisdiccionales que permitan la aplicación de la presente resolución. ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Boletín Oficial y archívese. — Dr. DANIEL GUSTAVO GOLLAN, Ministro de Salud de la Nación. e. 08/01/2016 N° 210/16 v. 08/01/2016 #F5044090F# #I5044143I# MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN Disposición 114/2015 Bs. As., 03/12/2015 e. 08/01/2016 N° 209/16 v. 08/01/2016 #F5044089F# VISTO el Expediente N° 1-2002-11125/12-5 del registro del MINISTERIO DE SALUD y las Resoluciones de este Ministerio N° 450 de fecha 7 de abril de 2006; N° 1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; N° 1342 de fecha 10 de octubre de 2007; N° 908 de fecha 14 de junio de 2012; y las Disposiciones de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010, N° 13 de fecha 6 de abril de 2011 y; Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros. Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD —COFESA— como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por Entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006. Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MINISTERIO DE SALUD. Que mediante Disposición Subsecretarial N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010, se ha aprobado el Instrumento Nacional de Evaluación de Residencias del Equipo de Salud y los Estándares Nacionales de Acreditación, a los efectos de que los mismos definan los criterios mínimos para el funcionamiento de los programas de formación de residencias, refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. Que conforme lo establecido en el artículo 3° de la Disposición Subsecretarial N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010 serán acreditadas aquellas residencias de las especialidades que se encuentran reconocidas en la Resolución N° 908 de fecha 14 de junio de 2012. Qué la especialidad médica DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES está incluida en el listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD (RM. 908/2012). Que mediante Disposición N° 13 de fecha 6 de abril de 2011 de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la SOCIEDAD ARGENTINA DE RADIOLOGÍA ha sido incorporada al Registro de Entidades Evaluadoras. Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en un programa de formación que se encuadra en lo prescripto en la Resolución Ministerial N° 1342 de fecha 10 de Octubre de 2007. Que la SOCIEDAD ARGENTINA DE RADIOLOGÍA ha realizado la evaluación de la residencia de DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES del CENTRO DE EDUCACIÓN MÉDICA E INVESTIGACIONES CLÍNICAS (C.A.B.A.), utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que la Residencia está en condiciones de ser acreditada por un período de TRES (3) años y ha formulado recomendaciones para su mejora. Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL elaboró un Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los Estándares Nacionales de Acreditación y a las encuestas realizadas a los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la categoría B. Que el MINISTERIO DE SALUD a los efectos de orientar el proceso de mejora de la calidad de la formación de esta residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes. Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado. Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la acreditación de la residencia DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES del CENTRO DE EDUCACIÓN MÉDICA E INVESTIGACIONES CLÍNICAS (C.A.B.A.). Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006. Por ello, EL SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN DISPONE: ARTÍCULO 1° — Acredítase la Residencia médica de DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES del CENTRO DE EDUCACIÓN MÉDICA E INVESTIGACIONES CLÍNICAS (C.A.B.A.), en la Categoría B por un período de TRES (3) años a partir de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora SOCIEDAD ARGENTINA DE RADIOLOGÍA y la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL y en concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del Equipo de Salud. ARTICULO 2° — La Residencia Médica de DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES del CENTRO DE EDUCACIÓN MÉDICA E INVESTIGACIONES CLÍNICAS (C.A.B.A.) deberá: a) Estandarizar y unificar el programa según normativa y adecuarlo según la guía para la formulación de programas de residencias del Ministerio de Salud de la Nación, incluyendo claramente el perfil, los objetivos y las rotaciones a realizar. b) Incluir todos los contenidos transversales en el programa de formación. c) Distribuir uniformemente las guardias durante los años de cursada. d) Promover la formación pedagógica en el equipo docente. e) Implementar las acciones necesarias para supervisar las situaciones de cansancio manifestadas por los residentes. BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 60 CIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL el listado correspondiente a los residentes activos y de los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la Acreditación. ARTICULO 4° — La nueva acreditación deberá gestionarse ante este Ministerio 6 meses antes de su vencimiento conforme lo establece la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006 y en esta, se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones establecidas en el ARTÍCULO 2° para mantener o superar la categoría. ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese y notifíquese al interesado, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS y a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Dr. PABLO E. KOHAN, Subsecretario, Políticas, Regulación y Fiscalización, Ministerio de Salud de la Nación. e. 08/01/2016 N° 221/16 v. 08/01/2016 #F5044143F# #I5044144I# MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN Disposición 113/2015 Bs. As., 03/12/2015 VISTO el Expediente N° 1-2002-8832-13/9 del registro del MINISTERIO DE SALUD y las Resoluciones de este Ministerio N° 450 de fecha 7 de abril de 2006; N° 1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; N° 1342 de fecha 10 de octubre de 2007; N° 1814 de fecha 9 de octubre de 2015; y las Disposiciones de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010 N° 6 de fecha 28 de agosto de 2009 y; CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros. Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD —COFESA— como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por Entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006. Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MINISTERIO DE SALUD. Que mediante Disposición Subsecretarial N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010, se ha aprobado el Instrumento Nacional de Evaluación de Residencias del Equipo de Salud y los Estándares Nacionales de Acreditación, a los efectos de que los mismos definan los criterios mínimos para el funcionamiento de los programas de formación de residencias, refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. Que conforme lo establecido en el artículo 3° de la Disposición Subsecretarial N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010 serán acreditadas aquellas residencias de las especialidades que se encuentren reconocidas. Qué la especialidad médica Neurocirugía está incluida en el listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD (RM. 1814/2015). Que mediante Disposición N° 6 de fecha 28 de agosto de 2009 de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la entidad Sociedad Argentina de Neurocirugía ha sido incorporada al Registro de Entidades Evaluadoras. Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en un programa de formación que se encuadra en lo prescripto en la Resolución Ministerial N° 1342 de fecha 10 de Octubre de 2007. Que la entidad Sociedad Argentina de Neurocirugía ha realizado la evaluación de la residencia de Neurocirugía de la institución Hospital General N° 601 - Hospital Militar Central Dr. Cosme Argerich (CABA), utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que la Residencia está en condiciones de ser acreditada por un período de CINCO (5) años y ha formulado recomendaciones para su mejora. Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL elaboró un Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los Estándares Nacionales de Acreditación y a las encuestas realizadas a los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la categoría A. Que el MINISTERIO DE SALUD a los efectos de orientar el proceso de mejora de la calidad de la formación de esta residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes. Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado. f) Procurar que la actividad asistencial no se realice en desmedro de la actividad académica. Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la acreditación de la residencia de Neurocirugía de la institución Hospital General N° 601 - Hospital Militar Central Dr. Cosme Argerich (CABA). g) Formalizar y sistematizar la evaluación de los residentes, incluyendo la de las rotaciones, estableciendo la metodología su momento, propósito y registro. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia. ARTICULO 3° — La Residencia Médica DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES del CENTRO DE EDUCACIÓN MÉDICA E INVESTIGACIONES CLÍNICAS (C.A.B.A.), deberá anualmente informar a la DIREC- Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006. Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 Por ello, EL SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN DISPONE: ARTICULO 1° — Acredítase la Residencia médica de Neurocirugía de la institución Hospital General N° 601 - Hospital Militar Central Dr. Cosme Argerich (CABA), en la especialidad Neurocirugía en la Categoría A por un período de CINCO (5) años a partir de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora Sociedad Argentina de Neurocirugía y la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL y en concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del Equipo de Salud. ARTICULO 2° — La Residencia Médica de Neurocirugía de la institución Hospital General N° 601 - Hospital Militar Central Dr. Cosme Argerich (CABA) deberá: a) Adecuar al programa a los Estándares Nacionales de Acreditación. Se sugiere emplear la guía para la formulación de programas de residencias del Ministerio de Salud de la Nación. b) Incluir todos los contenidos transversales en el Programa de Formación y asegurar su desarrollo formativo. c) Sistematizar la utilización instrumentos de evaluación para valorar el desempeño en la adquisición de competencias de los residentes. d) Adecuar y reducir la extensión de la jornada asistencial del residente. e) Adecuar la cantidad y distribución de guardias en los diferentes años de la residencia a lo establecido en los Estándares Nacionales, incluir el descanso postguardia y explicitar el mecanismo para asegurar descanso intraguardia. ARTICULO 3° — La Residencia Médica de Neurocirugía de la institución Hospital General N° 601 - Hospital Militar Central Dr. Cosme Argerich (CABA), deberá anualmente informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL el listado correspondiente a los residentes activos y de los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la Acreditación. ARTICULO 4° — La nueva acreditación deberá gestionarse ante este Ministerio 6 meses antes de su vencimiento conforme lo establece la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006 y en esta, se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones establecidas en el ARTÍCULO 2° para mantener o superar la categoría. ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese y notifíquese al interesado, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS y a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Dr. PABLO E. KOHAN, Subsecretario de Políticas, Regulación y Fiscalización, Ministerio de Salud de la Nación. e. 08/01/2016 N° 222/16 v. 08/01/2016 #F5044144F# #I5044145I# MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN Disposición 112/2015 Bs. As., 03/12/2015 VISTO el Expediente N° 1-2002-23850-14/3 del registro del MINISTERIO DE SALUD y las Resoluciones de este Ministerio N° 450 de fecha 7 de abril de 2006; N° 1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; N° 1342 de fecha 10 de octubre de 2007; N° 1073 de fecha 30 de julio de 2015; N° 1814 de fecha 9 de octubre de 2015; y las Disposiciones de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010 y N° 5 de fecha 19 de marzo de 2009, y CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen los criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros. Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD —COFESA— como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006. BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 61 Que conforme lo establecido en el artículo 3° de la Disposición Subsecretarial N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010 serán acreditadas aquellas residencias de las especialidades que se encuentren reconocidas. Que la especialidad médica Pediatría está incluida en el listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD (RM. 1814/2015). Que mediante Disposición N° 5 de fecha 19 de marzo de 2009 de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la entidad Sociedad Argentina de Pediatría ha sido incorporada al Registro de Entidades Evaluadoras. Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en un programa de formación que se encuadra en lo prescripto en la Resolución Ministerial N° 1342 de fecha 10 de Octubre de 2007. Que la entidad evaluadora Sociedad Argentina de Pediatría ha realizado la evaluación de la residencia de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Municipal Ostaciana B. de Lavignole (Morón - Buenos Aires), utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que la Residencia está en condiciones de ser acreditada por un período de TRES (3) años y ha formulado recomendaciones para su mejora. Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL elaboró un Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los Estándares Nacionales de Acreditación, al Marco de Referencia de la Especialidad y a las encuestas realizadas a los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la categoría B. Que el MINISTERIO DE SALUD a los efectos de orientar el proceso de mejora de la calidad de la formación de esta residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes. Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado. Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la acreditación de la residencia de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Municipal Ostaciana B. de Lavignole (Morón - Buenos Aires). Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006. Por ello, EL SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN DISPONE: ARTICULO 1° — Acredítase la Residencia médica de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Municipal Ostaciana B. de Lavignole (Morón - Buenos Aires), en la especialidad Pediatría, en la Categoría B por un período de TRES (3) años a partir de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora Sociedad Argentina de Pediatría y la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL y en concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del Equipo de Salud. ARTICULO 2° — La Residencia Médica de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Municipal Ostaciana B. de Lavignole (Morón - Buenos Aires) deberá: a) Ajustar el nombre de la residencia a la denominación aprobada por Resolución 1814/2015 para la especialidad de “Pediatría”. b) Implementar las acciones necesarias para supervisar las situaciones de cansancio manifestadas por los residentes. c) Ampliar el tiempo destinado a la formación en ambulatorio, sobre todo en lo referente a la atención de niño sano. d) Incorporar estrategias para evaluación de competencias. e) Incorporar un registro de procedimientos realizados por cada residente. f) Incorporar dentro de la formación un espacio dedicado al entrenamiento en investigación clínica y búsqueda bibliográfica. g) Implementar un régimen de descanso post-guardia, señalando que la cantidad de guardias debe ajustarse a normativa y distribuirse de forma uniforme en todos los años. h) Garantizar que todas las actividades formativas sean sin costo para los residentes. Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MINISTERIO DE SALUD. ARTICULO 3° — La Residencia Médica de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Municipal Ostaciana B. de Lavignole (Morón - Buenos Aires), deberá anualmente informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL el listado correspondiente a los residentes activos y de los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la Acreditación. Que por Resolución Ministerial N° 1073 de fecha 30 de julio de 2015 se han aprobado los Marcos de Referencia de las Especialidades Médicas Pediatría, Medicina General y/o Familiar y Tocoginecología. Y que los mismos fueron incorporados como estándar de evaluación de las residencias que se acrediten en el marco del SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. ARTICULO 4° — La nueva acreditación deberá gestionarse ante este Ministerio 6 (SEIS) meses antes de su vencimiento conforme lo establece la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006 y en esta, se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones establecidas en el ARTÍCULO 2° para mantener o superar la categoría. Que mediante Disposición Subsecretarial N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010, se ha aprobado el Instrumento Nacional de Evaluación de Residencias del Equipo de Salud y los Estándares Nacionales de Acreditación, a los efectos de que los mismos definan los criterios mínimos para el funcionamiento de los programas de formación de residencias, refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese y notifíquese al interesado, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS y a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Dr. PABLO E. KOHAN, Subsecretario de Políticas, Regulación y Fiscalización, Ministerio de Salud de la Nación. e. 08/01/2016 N° 223/16 v. 08/01/2016 #F5044145F# Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección #I5044147I# MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN Disposición 111/2015 Bs. As., 03/12/2015 VISTO el Expediente N° 1-2002-16108-15-6 del registro del MINISTERIO DE SALUD y las Resoluciones de este Ministerio N° 450 de fecha 7 de abril de 2006; N° 1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; N° 1342 de fecha 10 de octubre de 2007; N° 908 de fecha 14 de junio de 2012; N° 1073 de fecha 30 de julio de 2015 y las Disposiciones de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010 y N° 9 de fecha 10 de marzo de 2010, y CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen los criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros. Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD —COFESA— como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006. Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MINISTERIO DE SALUD. Que por Resolución Ministerial N° 1073 de fecha 30 de julio de 2015 se han aprobado los Marcos de Referencia de las Especialidades Médicas Pediatría, Medicina General y/o Familiar y Tocoginecología. Y que los mismos fueron incorporados como estándar de evaluación de las residencias que se acrediten en el marco del SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. Que mediante Disposición Subsecretarial N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010, se ha aprobado el Instrumento Nacional de Evaluación de Residencias del Equipo de Salud y los Estándares Nacionales de Acreditación, a los efectos de que los mismos definan los criterios mínimos para el funcionamiento de los programas de formación de residencias, refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. Que conforme lo establecido en el artículo 3° de la Disposición Subsecretarial N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010 serán acreditadas aquellas residencias de las especialidades que se encuentran reconocidas en la Resolución N° 908 de fecha 14 de junio de 2012. Que la especialidad médica Pediatría está incluida en el listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD (RM. 908/2012). Que mediante Disposición N° 9 de fecha 10 de marzo de 2010 de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la Sociedad Argentina de Pediatría ha sido incorporada al Registro de Entidades Evaluadoras. Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en un programa de formación que se encuadra en lo prescripto en la Resolución Ministerial N° 1342 de fecha 10 de Octubre de 2007. Que la Sociedad Argentina de Pediatría ha realizado la evaluación de la residencia de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Interzonal General de Agudos Pedro Fiorito (Localidad de Avellaneda - Buenos Aires), utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que la Residencia está en condiciones de ser acreditada por un período de CUATRO (4) años y ha formulado recomendaciones para su mejora. Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL elaboró un Informe Técnico de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los Estándares Nacionales de Acreditación, al Marco de Referencia de la Especialidad y a las encuestas realizadas a los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la categoría A. BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 62 Sociedad Argentina de Pediatría y la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL y en concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del Equipo de Salud. ARTÍCULO 2° — La Residencia Médica de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Interzonal General de Agudos Pedro Fiorito (Localidad de Avellaneda - Buenos Aires) deberá: a) Anexar al Programa general jurisdiccional especificaciones sobre las rotaciones, actividades y evaluación propias de la sede de la residencia. b) Incorporar la rotación por Adolescencia, según las especificaciones del marco de referencia. c) Aumentar el tiempo destinado a la formación en neonatología. Cumplimentar en forma adecuada el descanso post guardia para todos los residentes. d) Ampliar el tiempo destinado a la formación en el ámbito ambulatorio y disminuir el destinado a internación. e) Ajustar el nombre de la residencia a la denominación aprobada por Resolución 908/2012 para la especialidad. ARTÍCULO 3° — La Residencia Médica de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Interzonal General de Agudos Pedro Fiorito (Localidad de Avellaneda - Buenos Aires), deberá anualmente informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL el listado correspondiente a los residentes activos y de los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la Acreditación. ARTÍCULO 4° — La nueva acreditación deberá gestionarse ante este Ministerio 6 meses antes de su vencimiento conforme lo establece la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006 y en esta, se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones establecidas en el ARTÍCULO 2° para mantener o superar la categoría. ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese y notifíquese al interesado, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS y a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Dr. PABLO E. KOHAN, Subsecretario de Políticas, Regulación y Fiscalización, Ministerio de Salud de la Nación. e. 08/01/2016 N° 225/16 v. 08/01/2016 #F5044147F# #I5044493I# MINISTERIO DE SALUD Resolución 2335/2015 Bs. As., 03/12/2015 VISTO el Expediente N° 1-2002-19456-15-5 del registro del MINISTERIO DE SALUD y las Resoluciones Ministeriales N° 282/00 del 19 de Abril de 2000 y N° 749 del 27 de Noviembre de 2009, CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial N° 282/00 se creó el Programa de Becas Anuales de Investigación para Profesionales “Ramón Carrillo - Arturo Oñativia” en el ámbito de la COMISIÓN NACIONAL SALUD INVESTIGA. Que son facultades de la COMISIÓN NACIONAL SALUD INVESTIGA determinar las categorías de becas a otorgarse, definir las áreas temáticas y los lineamientos específicos de cada convocatoria, las bases para la presentación de proyectos, los procesos de preselección de proyectos y las herramientas de evaluación y selección, designar a los evaluadores externos y elaborar el listado final de ganadores de becas y de sus reemplazos. Que mediante Resolución Ministerial N° 749 del 27 de noviembre de 2009 se creó un Comité de Ética en Investigación “Ad - Hoc”, en el ámbito de la COMISIÓN NACIONAL SALUD INVESTIGA, con el propósito de asegurar una evaluación ética para proyectos de investigadores que no cuenten con un Comité de Ética en su jurisdicción. Que se cuenta con la conformidad de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACIÓN, dependiente de la SECRETARÍA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS. Que el MINISTERIO DE SALUD a los efectos de orientar el proceso de mejora de la calidad de la formación de esta residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia. Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado. Que se actúa en virtud de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios N° 22.520, Artículo 23 ter - (T.O. Decreto N° 438/92). Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para la acreditación de la residencia de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Interzonal General de Agudos Pedro Fiorito (Localidad de Avellaneda - Buenos Aires). Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006. Por ello, EL SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN DISPONE: ARTÍCULO 1° — Acredítase la Residencia médica de Clínica Pediátrica de la institución Hospital Interzonal General de Agudos Pedro Fiorito (Localidad de Avellaneda - Buenos Aires), en la especialidad Pediatría, en la Categoría A por un período de CUATRO (4) años a partir de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora Por ello, EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE: ARTICULO 1° — Establécense las áreas de conocimiento y los lineamientos específicos priorizados para la Convocatoria 2016 a Becas “Ramón Carrillo - Arturo Oñativia” que constan en el ANEXO I de la presente Resolución. ARTICULO 2° — Apruébanse las condiciones, los montos y la distribución por categorías para la Convocatoria 2016 a Becas “Ramón Carrillo - Arturo Oñativia” que constan en el ANEXO II de la presente Resolución. ARTICULO 3° — El gasto que demande la ejecución de las Becas aprobadas por la presente Resolución será imputado a las partidas presupuestarias del Programa 19, Actividad 1, Inciso 3.9.6 del ejercicio correspondiente al año 2016. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Cumplido, archívese. — Dr. DANIEL GUSTAVO GOLLAN, Ministro de Salud. Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 ANEXO I ÁREAS DE CONOCIMIENTO Y LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS PRIORIZADOS - CONVOCATORIA 2016 BECAS “RAMÓN CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA” 1) Becas Individuales Áreas temáticas y enfoques priorizados Convocatoria 2016 ÁREAS TEMÁTICAS 1. Salud materna y perinatal 2. Salud infantil 3. Salud de adolescentes 4. Salud de adultos mayores 5. Enfermedades crónicas no transmisibles 6. Enfermedades transmisibles y descuidadas 7. Enfermedades raras 8. Lesiones 9. Salud mental y adicciones 10. Salud sexual y reproductiva 11. Salud y ambiente 12. Salud bucal 13. Salud laboral 14. Salud alimentaria 15. Discapacidad 16. Cuidados paliativos 17. Salud e interculturalidad 18. Recursos humanos en salud 19. Donación y trasplante de órganos. Hemodonación 20. Inmunizaciones 21. Gestión y políticas sanitarias. Economía de la salud. Política de medicamentos 22. Seguridad del paciente 23. Salud y comunicación ENFOQUES TEÓRICO - METODOLÓGICOS DE LA INVESTIGACIÓN a) Determinantes y condicionantes de la salud: sociales, culturales, de género, económicos y ambientales. Equidad. b) Planificación, monitoreo y evaluación de programas y servicios de salud. Calidad e innovación en gestión. c) Prevención, promoción y educación para la salud d) Epidemiología y factores de riesgo 2) Estudios Multicéntricos Áreas temáticas y temas priorizados 1. Enfermedades crónicas no transmisibles ECNT 1.1 Evaluación de sistemas de monitoreo y control de enfermedades crónicas no transmisibles en la atención primaria de la salud. 1.2 Evaluación de intervenciones para el abordaje territorial de las ECNT. 1.3 Estudios sobre calidad de atención en enfermedades cardiovasculares: sistemas de atención de eventos cardiovasculares (infarto de miocardio y/o accidente cerebrovascular). 1.4 Estudios sobre calidad de atención en casos de violencia de género. 2. Enfermedades transmisibles BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 63 3.2 Estudios de factores de riesgo relacionados con la mortalidad infantil domiciliaria. 3.3. Estudios de base poblacional sobre problemas de salud prevalentes en niños en edad escolar. 3.4 Estudio de causas indirectas de mortalidad materna. 3.5 Estudios epidemiológicos de seguimiento de los recién nacidos prematuros en maternidades públicas argentinas. 4. Recursos humanos en salud 4.1 Dotación, formación, distribución, remuneración o condiciones laborales del RRHH y su relación con las necesidades del subsector público de salud en Argentina. 4.2 Evaluación de eficacia de las estrategias para orientar la formación del RRHH en especialidades prioritarias. 4.3 Estudios de las formas de contratación, nivel de formación y salarios de enfermería en las distintas jurisdicciones del país. 5. Gestión y políticas sanitarias 5.1 Estudios de modelos de gestión organizacional e inversión pública en el subsector público de salud. 5.2 Estudios de barreras y oportunidades para la conformación de redes de servicios de salud. 5.3 Evaluación de resultados o impacto de programas sanitarios 5.4 Evaluación de impacto de la aplicación de la ley de salud mental en las jurisdicciones del país. 5.5 Envejecimiento y políticas sanitarias. 5.6 Estudios sobre la eficiencia del gasto en programas y prestaciones de salud prioritarios. 5.7 Análisis de la demanda y el acceso a los medicamentos, uso racional de medicamentos. 6. Salud y ambiente 6.1 La gestión de residuos en Establecimientos de Atención de la Salud. 6.2 Impacto poblacional sanitario de los agroquímícos. 6.3 Gestión segura de productos domisanitarios. 6.4 Impactos del Cambio Climático sobre la salud. 6.5 Impacto poblacional sanitario de la exposición a radiación ultravioleta. 6.6 Impacto poblacional sanitario del consumo de aguas arsenicales. 7. Salud alimentaria 7.1 Evaluación del efecto de intervenciones comunitarias para aumentar el consumo poblacional de frutas y verduras. 7.2 Estudios sobre prevención y tratamiento de la obesidad infanto juvenil. 7.3 Evaluación de impacto de estrategias de promoción de la alimentación saludable (priorizando dieta hiposódica). 7.4 Estudios sobre la relación entre publicidad y consumos de alimentos poco saludables en niños. 8. Salud mental y adicciones 8.1 Evaluación de intervenciones para mejorar el acceso de pacientes con consumo de sustancias psicoactivas y pacientes con padecimientos mentales al sistema público de salud. 8.2 Magnitud, características y factores asociados a problemas de salud mental prevalentes. 8.3 Intervenciones en las urgencias y criterios de internación en el marco de la ley 26657 de salud mental y adicciones. 8.4 Intervenciones clínicas interdisciplinarias en salud mental. Nuevas subjetividades, nuevos dispositivos. 8.5 Estrategias de intervención en el primer nivel de atención en salud mental y adicciones. 8.6 Abordaje del consumo problemático en el ámbito de la atención en salud mental. 8.7 Determinantes y condicionantes de la salud / salud mental: sociales, culturales, de género, económicos y ambientales. 9. Salud de Adolescentes 2.1 Estudios de base poblacional de seroprevalencias de las hepatitis virales en el país ( B y C). 9.1 Evaluación de impacto de intervenciones para resolver consumos problemáticos de alcohol y drogas en adolescentes. 2.2 Evaluación de impacto de intervenciones para la prevención o el control de enfermedades transmisibles. 9.2 Evaluación de intervenciones para prevenir: a) enfermedades de transmisión sexual, o b) embarazo precoz, en adolescentes. 2.3 Dificultades en el tratamiento de patologías transmisibles prevalentes en población vulnerable. 2.4 Evaluación de impacto de intervenciones para la prevención o control de enfermedades transmitidas por vectores (priorizando dengue y chikunguña). 3. Salud materna/perinatal e infantil 3.1 Evaluación de intervenciones clínicas o de salud pública para reducir la morbimortalidad materna y perinatal. 10. Discapacidad y rehabilitación 10.1 Evaluación de efectividad de técnicas de rehabilitación. 10.2 Estudios de incidencia y prevalencia de discapacidades en Argentina. 10.3 Acceso a la salud de las personas con discapacidad. 10.4 Rehabilitación neurológica de personas, tanto niños como adultos, con lesiones cerebrales y/o medulares congénitas y/o adquiridas. Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 #I5044424I# ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO ANEXO II CONDICIONES Y DISTRIBUCIÓN DE LAS BECAS “RAMÓN CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA” 2016 SEGÚN CATEGORÍAS Los postulantes a las Becas “Ramón Carrillo - Arturo Oñativia” deberán cumplir con los requisitos establecidos para la Convocatoria 2016 que constan en las Bases de cada categoría de Becas. Las mismas se publicarán en la página web de la Comisión Nacional Salud Investiga -www.saludinvestiga.org.ar- a partir del 21 de septiembre de 2015. El período para la postulación de los proyectos comenzará el 21 de septiembre de 2015 y finalizará el 4 de diciembre de 2015. La duración de las Becas es de un año, con dedicación a tiempo parcial. El período de ejecución comenzará el 15 de Mayo de 2016 y finalizará el 15 de Mayo de 2017. Se otorgarán TRESCIENTAS (300) Becas. El monto total de cada beca es de PESOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($62.500.-), distribuidos en: PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ($55.500.) de estipendio para el becario y PESOS SIETE MIL ($ 7.000.-) destinados a la Institución que avale la Investigación. El monto total de cada beca se abonará en DOS (2) pagos semestrales. El primer pago se efectuará aproximadamente a los tres meses de comenzada la beca. El segundo desembolso quedará sujeto a la aprobación por la COMISIÓN NACIONAL SALUD INVESTIGA del informe de avance correspondiente al primer semestre. Las Becas “Ramón Carrillo - Arturo Oñativia” para el período 2016 se distribuirán de la siguiente forma: 64 Resolución 54/2015 04/12/2015 El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) ha dictado en el Expediente N° 1765-13 la Resolución ERAS N° 54 de fecha 4/12/2015, por la cual se prorroga a partir del día 19 de diciembre de 2015 la licitación privada adjudicada a la empresa EXTERNAL MARKET S.R.L., transcribiendo a continuación los artículos: “ARTÍCULO 1°.- Renuévase a partir del día 19 de diciembre de 2015 y por el plazo de DOCE (12) meses la licitación privada adjudicada a la empresa EXTERNAL MARKET S.R.L. por Resolución ERAS N° 42/13 para la contratación en comodato de equipos de fotocopiado para el ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS), por un importe de PESOS CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 147.450,00.-) IVA incluido, en las mismas condiciones pactadas y manteniéndose las prestaciones en las formas detalladas en el “Pliego de Cláusulas Particulares y Especificaciones Técnicas” aprobado por la Resolución ERAS N° 25/13. ARTÍCULO 2°.- Autorízase al DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO a emitir la correspondiente orden de contratación. ARTÍCULO 3°.- La presente resolución deberá ser ratificada en la primera reunión de Directorio del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS). ARTÍCULO 4°.- Regístrese, tome intervención el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO para que prosiga con las tramitaciones correspondientes, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación extractada y, cumplido, archívese.” Firma: Dr. Hugo Oscar Segura - Presidente. Dr. HUGO OSCAR SEGURA, Presidente. 1.BECAS PARA ESTUDIOS INDIVIDUALES e. 08/01/2016 N° 284/16 v. 08/01/2016 #F5044424F# CIEN(160) becas de investigación clínica y de salud pública, categorías iniciación y perfeccionamiento. Monto parcial: PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000.-). 2. BECAS PARA ESTUDIOS MULTICÉNTRICOS. a) OCHENTA (80) becas para Estudios Multicéntricos por convocatoria pública: Montó parcial: PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000 .-). b) SESENTA (60) becas para Estudios Multicéntricos por Invitación sobre temas priorizados por la Autoridad Sanitaria: Monto Parcial: TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($3.750.000.-). 3. MONTO TOTAL BECAS “RAMÓN CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA” CONVOCATORIA 2016: PESOS DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($18.750.000.-). - Tanto las becas individuales como los Estudios Multicéntricos tienen como plazo de inscripción la Convocatoria en curso iniciada el 22 de septiembre y como fecha de finalización el día 4 de diciembre de 2015. - Todas las postulaciones, sean individuales o estudios multicéntricos de cualquier tipo, serán sometidas a evaluación externa. e. 08/01/2016 N° 313/16 v. 08/01/2016 #F5044493F# #I5045779I# MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN Disposición 995/2015 12/11/2015 EXTRACTO DE DISPOSICIÓN N° 995 DE FECHA 12 DE NOVIEMBRE DE 2015. ARTICULO 1º.- Categorízase a la institución “XEREBRO EQUIPO INTERDISCIPLINARIO” de Claudia Mabel ESTÉFANO, Natalia Claudia CAVELLO ESTÉFANO y Gastón Daniel CAVELLO ESTÉFANO C.U.I.T. N° 33-71404315-9, con domicilio legal y real en la calle General San Martín N° 676, Código Postal 8302, de la localidad de Neuquén, provincia del Neuquén, en la modalidad prestacional de Servicio de Apoyo a la Integración Escolar. ARTICULO 2º.- Encuádrase la atención brindada por el citado establecimiento en la modalidad prestacional de Servicio de Apoyo a la Integración Escolar. ARTICULO 3º.- Inscríbase a la institución “XEREBRO EQUIPO INTERDISCIPLINARIO” de Claudia Mabel ESTÉFANO, Natalia Claudia CAVELLO ESTÉFANO y Gastón Daniel CAVELLO ESTÉFANO en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD. ARTÍCULO 4°.- Déjase establecido que la presente categorización se ha otorgado hasta el día 7 de julio de 2016, según lo establecido por Disposición N° 747 del 7 de julio de 2015 del Director Provincial de Calidad de la Gestión de la Subsecretaría de Salud de la Provincia de Neuquén. ARTICULO 5º.- Contra el presente acto podrá deducirse el Recurso de Reconsideración previsto en el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991) el que deberá interponerse en el plazo de diez (10) días de notificada la presente. Dra. MARCELA ALEJANDRA GABA, Directora, Servicio Nacional de Rehabilitación. e. 08/01/2016 N° 844/16 v. 08/01/2016 #F5045779F# #I5044508I# DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL Resolución 157/2015 Bs. As., 28/12/2015 VISTO el Expediente Nº 246/2015 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual Nº 26.522 y las Audiencias Públicas realizadas durante el año 2015 por este Organismo, la CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS, la DECLARACIÓN CONJUNTA DE LOS RELATORES DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN SOBRE DIVERSIDAD EN LA RADIODIFUSIÓN (2007) y la DECLARACIÓN CONJUNTA DE LOS RELATORES DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN SOBRE UNIVERSALIDAD Y DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN (2014), la CONVENCIÓN SOBRE LA PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA DIVERSIDAD DE LAS EXPRESIONES CULTURALES de la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN LA CIENCIA Y LA CULTURA (UNESCO), y CONSIDERANDO: Que la configuración de patrones socioculturales excluyentes en los servicios de comunicación audiovisual produce un efecto de exclusión sistemática de la esfera mediática de algunos sectores sociales y dificulta la participación y el ejercicio igualitario de la libertad de expresión. El motivo de esta exclusión se asocia a distintas formas de violencias y desigualdades que resultan en injusticias comunicacionales y, por ende, culturales1, expresadas fundamentalmente a través de estereotipos negativos, estigmatizaciones, fijación desigual de roles preestablecidos y expresiones discriminatorias. Al mismo tiempo, esta matriz de exclusión comunicacional impacta en la capacidad de las personas discriminadas de expresarse en la esfera pública, de ser reconocidas y legitimadas por los demás, de contar con suficiente autoestima comunicacional para difundir sus propias demandas y, en definitiva, tener un grado de participación en los procesos sociales y políticos. En consecuencia, opera un efecto de silenciamiento2, ya que se desvalorizan las voces y demandas de estos grupos marginados de los medios de comunicación y se perpetúa su situación de subordinación social, a la luz de Paulo FREIRE, de opresión comunicacional, Que se trata del grave problema que afrontan las democracias contemporáneas, aquello que Owen FISS denominó la “censura empresarial”3, que se produce cuando los servicios de comunicación audiovisual —respondiendo a la presión económica, más que al interés público— no le otorgan relevancia a temas de interés social de manera justa e imparcial, logrando los objetivos de pluralidad y diversidad de todo servicio de comunicación audiovisual y, por ello, fracasan en el cumplimiento de sus deberes democráticos. El conflicto se encuentra en el predominio de una lógica económica en la comunicación audiovisual y en la definición de los criterios y jerarquizaciones periodísticas que determinan la agenda mediática a partir de lógicas mercantilistas, clasistas, machistas y “de dominio”, como señala Guillermo OROZCO, que actúa en detrimento de una visión más igualitaria y democrática de la comunicación. La transformación de estas injusticias culturales requiere el despliegue de medidas y políticas públicas que actúen sobre las estructuras sociopolíticas que producen y reproducen las representaciones culturales en el corto y el largo plazo. Justamente, la actividad que desarrollan los servicios de comunicación audiovisual, en tanto uno de los principales productores culturales de sentidos, es el campo sobre el cual deben intervenir las políticas que pretendan revertir las representaciones sociales discriminatorias y las diferentes formas de violencias comunicacionales que profundizan la desigualdad, horadan la autoestima comunicacional, unifican los discursos, consolidan la subordinación social y por ende causan un grave daño social. Que este diagnóstico sobre las relaciones entre el público audiovisual, entendido como un colectivo heterogéneo, con necesidades e intereses múltiples, y las representaciones que de ellos construyen y reproducen los servicios de comunicación audiovisual quedó reflejado en las Audiencias Públicas que ha realizado este Organismo durante 2013 y 2014 en distintas regiones del país. Y, como consecuencia de esa primera radiografía comunicacional, se destinaron las Audiencias Públicas del año 2015 especialmente a profundizar el conocimiento sobre las representaciones mediáticas, a partir de las preguntas “¿Cómo nos ven los medios?”, “¿Nos representan como somos?”. La Ciudad de PARANÁ fue la sede de la primera audiencia destinada a la Región Centro; Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección luego en la ciudad de SANTIAGO DEL ESTERO se realizó la segunda audiencia correspondiente a la Región Norte; más tarde la Ciudad de TRELEW fue la sede de la tercera audiencia de la Región Sur; y finalmente, la Ciudad de MAR DEL PLATA fue la sede de la última audiencia pública del año, en la Región de Buenos Aires; donde además se realizó el Encuentro Anual, con representantes de las provincias de todo el país. La experiencia de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL desde su efectiva puesta en funcionamiento y particularmente lo expresado en las distintas Audiencias Públicas que se han realizado, demuestran que el público audiovisual se encuentra constituido por múltiples y diversas expresiones colectivas, donde conviven diferentes sectores y grupos de la sociedad, entre los cuales se pueden mencionar a los niños, niñas y adolescentes; los adultos y adultas mayores; las mujeres; las comunidades campesinas; los y las afrodescendientes, los y las migrantes, la comunidad LGBTTTIQ y las personas con discapacidad, entre otros. No obstante esta heterogeneidad del público, persiste un patrón de exclusión sociocultural que caracteriza a todo los grupos y colectivos que lo configuran, en tanto la desigualdad estructural en las posibilidades de acceder y de ser representados de modo igualitario, en los servicios de comunicación audiovisual se traduce en prácticas comunicacionales que alternan entre las representaciones negativas, las operaciones retóricas estigmatizantes y discriminatorias y la directa invisibilización, entendida también como una forma más de exclusión. Que en cualquier caso, la distancia entre las experiencias populares y las representaciones que les devuelven los servicios de comunicación audiovisual masiva con fines de lucro, demuestran una fuerte crisis de representación colectiva, que lesiona el imaginario social plural y condiciona la realización de una comunicación más democrática. Que así fue expresado sobre todo en las Audiencias Públicas realizadas durante 2015, donde la mayoría de las intervenciones de quienes expusieron permitió evidenciar una serie de operaciones comunicacionales discriminatorias que giraron en torno a “la no representación” o la “representación negativa”, “la representación peyorativa’’, la “estigmatización”, “la violencia”, la “invisibilización”, la “espectacularización”, las coberturas periodísticas “prejuiciosas”, la “objetivación”, “la construcción de un imaginario social equivocado”, la “victimización”, la “comunicación hegemónica’’, la “distorsión comunicacional”, la exclusión “de la agenda mediática”, la creación de “una sola verdad que se presenta como neutral” y, como consecuencia, para contrarrestar los daños producidos, la necesidad de reparación, de “reconocer las identidades” marginadas y de comenzar a decirse a sí mismos, para dejar de ser dichos por otros, con intereses económicos y no sociales, que pueden terminar por moldear subjetividades negativizadas. En este sentido, las personas más jóvenes expresaron que en los servicios de comunicación audiovisual se los estigmatiza y asocia constantemente al consumo de drogas y alcohol, a las vagancias y violencias, demonizándolos y criminalizándolos, sobre todo si viven en barrios populares, por sus ideas, por sus formas de vestir y por la música que escuchan. Asi, reconocieron que todo ello configura una forma hegemónica de representar una juventud única y totalizadora, bajo un estatus de inferioridad que tendenciosamente desconoce las diferentes expresiones de las juventudes y sus acciones positivas como sujetos que construyen la sociedad democrática. De modo similar, las personas adultas mayores expresaron que son representadas en los servicios de comunicación audiovisual a través de estereotipos prejuiciosos, que construyen un imaginario social sesgado, donde se los muestra como objetos de intervención antes que como sujetos de derechos. De acuerdo con sus propias palabras las noticias los reflejan como personas asexuadas, solitarias, relacionadas con la muerte, la enfermedad, encerradas en geriátricos y como víctimas de hechos de violencia. Por ello, proponen otro paradigma de la vejez, que tenga en cuenta que hacen deportes, disfrutan de su sexualidad, participan en espacios educativos, culturales, tienen proyectos de vida y también construyen la sociedad democrática cada día. Por su parte, las mujeres sostuvieron que los servicios de comunicación audiovisual las siguen representando como objeto de deseo, de posesión y dominio, encerradas en el espacio de lo doméstico, como se pretendía en los siglos pasados, y sin reconocerles los mismos derechos que a los hombres. Asimismo, expresaron que a pesar de los avances de los últimos años en las coberturas sobre feminicidios, aún persisten abordajes prejuiciosos, que incurren en lenguaje sexista, culpabilizan a las víctimas de los hechos realizados por los victimarios, no consultan fuentes informativas especializadas, espectacularizan y banalizan los hechos, los circunscriben a un episodio policial y olvidan la problemática histórica, social y cultural en la que se inscriben, no suelen brindar información sobre los victimarios, aunque sí siempre de las mujeres asesinadas por su condición de mujer, a la vez que no suelen sostener en el tiempo la información, sino que cada hecho se muestra aislado y luego cae en el olvido o muere a merced de otra información más impactante. Por ello, exigen que se reconozca que hay muchas formas de ser mujeres, sostienen la necesidad de producir contenidos que incorporen la igualdad de género y aseguran que se debe promover la formación en perspectiva de género para quienes trabajan en los medios de comunicación audiovisuales. Los pueblos originarios manifestaron que no se respetan sus cosmovisiones en los servicios de comunicación audiovisual y se los representa por medio de prejuicios que distorsionan sus luchas históricas por la recuperación de sus tierras ancestrales, ya que son presentados como agresores y usurpadores. Aseguran que se construye una sola verdad que se presenta como neutral y no se tienen en cuenta las leyes y los tratados internacionales que reconocen sus derechos. Que se los vincula con las vagancias y las violencias y se ocultan sus cosmovisiones, cuando no se las usurpan personas ajenas a las comunidades para obtener beneficios económicos. Por lo tanto, exigen que los medios de comunicación visibilicen las distintas culturas originarias y se multipliquen los servicios de comunicación audiovisual propios. El colectivo LGBTTTIQ manifestó que a pesar de alcanzar la igualdad jurídica, aún resta la igualdad cultural. Aseguran que en los medios de comunicación no se diferencia adecuadamente a las distintas comunidades que componen el colectivo y, a su vez, se confunde identidad de género, prácticas sexuales y orientación sexual. Por un lado, expresan que las noticias sobre personas trans son negativas, las criminalizan, las asocian con enfermedades de transmisión sexual, con la prostitución, las drogas y no se habla del machismo, el acoso callejero, la discriminación y la persecución policial. Por otra parte, la homosexualidad o el lesbianismo aparecen bajo representaciones estereotipadas y no se respeta la intimidad ni la privacidad de las personas respecto de su sexualidad. Finalmente, denuncian discriminación en las publicidades porque sólo hay familias heterosexuales y aseguran que las conquistas del colectivo no forman parte de la agenda mediática, que reproduce miradas estereotipadas centradas en lógicas de normalidad. Las personas con discapacidad expresaron que no se sienten identificadas en los servicios de comunicación audiovisual, ya que son invisibilizadas y no se respetan sus derechos relativos a la accesibilidad que establece la Ley N° 26.522. Ante la pregunta cómo nos ven los medios, tuvieron una respuesta inmediata: “no nos ven”. Por ello, demandan que se incorporen de modo efectivo herramientas de comunicación visual adicional, tales como subtitulado oculto, lengua de señas argentina y audio descripción narrativa, para la recepción por personas con discapacidades BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 65 sensoriales, adultos mayores y otras personas que puedan tener dificultades para acceder a los contenidos, en cumplimiento del Artículo 66 de la Ley Nº 26.522. Asimismo, la comunidad afrodescendiente manifestó que sufren una permanente invisibilización en los servicios de comunicación audiovisual o, cuando aparecen, se los representa de modo peyorativo y discriminatorio, sin comprender la identidad afrodescendiente más allá de la negritud. Los migrantes expresaron que la comunicación concentrada los desinforman y los muestran sólo asociados a actividades ilícitas como el tráfico de drogas o la ocupación de tierras y no reflejan su diversidad cultural y sus contribuciones positivas a nivel social y económico para el país. La comunidad campesina aseguró que la lucha por sus derechos no tiene lugar en los servicios de comunicación audiovisual, también son invisibilizados, al igual que otras organizaciones sociales y distintos representantes de la sociedad civil, que no pueden acceder en igualdad de condiciones a expresarse y formar parte del debate público que se da en la esfera mediática. Que lo expresado en estas Audiencias Públicas —que para la Defensoría del Público son un mecanismo de participación igualitaria, profundamente democrática, para canalizar institucionalmente la opiniones del público audiovisual, entendido como sujeto que participa activamente en la implementación de las políticas públicas que establece la Ley N° 26.522— se suman los contundentes resultados del Monitoreo de los programas de noticias de los principales canales abiertos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, realizados durante 2013, 2014 y los meses de febrero, abril y junio de 2015. El Monitoreo, luego de un estudio exhaustivo de las programaciones analizadas, demuestra con datos empíricos el tipo de fuente, la cantidad de noticias y su tiempo de duración en base a distintos tópicos, como “Géneros”; “Niños, niñas y adolescentes”, “Pueblos originarios y migraciones” y respecto de los temas abordados se incluyen los tópicos: “Derechos Humanos”, “Policiales e inseguridad’’, “Protesta social y demandas de la sociedad civil” y “Ciencias y tecnología”. El cruce de la información que arrojan las SIETE MIL CIENTO DIECIOCHO (7.118) noticias analizadas durante este año demuestra que el tópico “Niños, niñas y adolescentes” apenas se trata del 4,2% del total de noticias, el tópico “Géneros” el 4,9% del total, donde sólo CUATRO (4) noticias del universo corresponde al colectivo LGBTTTIQ, es decir casi un irrespetuoso 0,056%, el tópico “Pueblos originarios y migraciones” representa apenas el 0,3% de este total. En términos de temas: por un lado, el tópico “Policiales e inseguridad” representa el 27,7% del total de noticias, mientras que contrasta con otros tópicos de alto valor social como “Derechos Humanos” que no llega al 1%, ya que apenas suma el 0,8%, el tópico “Ciencia y tecnología” el 1,4% y el tópico “Protesta social y demandas de la sociedad civil” el 3,4% del total de noticias respectivamente, y no con información profunda y relevante, sino como un impedimento al libre tránsito vehicular. En cuanto al tiempo que abarcaron los tópicos en los monitoreos, sobre el total de DOSCIENTAS SESENTA Y NUEVE (269) horas analizadas, el tópico “Policiales e inseguridad” alcanza el 39,3%, es decir que CUATRO (4) minutos de cada DIEZ (10) son destinados de manera plena a noticias vinculadas con delitos a la propiedad privada y la integridad física, mientras que los tópicos “Derechos Humanos” y “Ciencia y tecnología” no llegan a superar el 0,5% del total del tiempo del monitoreo. De DOSCIENTAS SESENTA Y NUEVO (269) horas, apenas se les dedicó poco más de una hora y media. Por su parte, el tópico “Pueblos originarios y migrantes” apenas el 0,2% del total, es decir que desciende aún más cuando se considera el tiempo que ocupan las noticias. En el análisis de fuentes de información del tópico “Niñas, niños y adolescentes”, es decir sobre quienes son enunciatarios de la palabra, resalta la ausencia de participación del Estado. Prevalecen las categorías que se ciñen al ámbito privado y, ante todo, familiares, vecinos/as o testigos de las situaciones relatadas. Asimismo, resalta la consulta a las propias víctimas o protagonistas de los hechos y la utilización de información de Internet para documentar el relato periodístico. A pesar de tener el derecho a ser oídos y a que su opinión sea realmente tenida en cuenta, la mayoría de las veces los niños, niñas y adolescentes fueron representados como víctimas y en relación a situaciones de violencia. En el tópico “Géneros” se reproduce el mismo patrón que en el tópico “Niñas, niños y adolescentes” agrupado. Prevalecen las fuentes correspondientes al ámbito privado y, fundamentalmente, aquellas correspondientes a la órbita de los familiares, testigos y/o vecinos/as. Aparece el ESTADO NACIONAL a través del Poder Ejecutivo, que da cuenta de una participación que no alcanza el CINCO POR CIENTO (5%) de las asignaciones. La cantidad de fuentes utilizadas para el tópico “Pueblos originarios y migraciones” es absolutamente escasa —se registran sólo 9 asignaciones. Considerando que en todo el monitoreo se registraron DIECIOCHO (18) noticias, este dato permite concluir que los noticieros no llegan a ofrecer ni una fuente por noticia (0,5 fuentes por noticia). Esto implica que el colectivo de referencia en estas noticias no sólo está sub-representado sino que cuando es tematizado en los medios, no se ofrecen fundamentos suficientes para sostener la información ofrecida. Que a lo dicho, corresponde agregar que este análisis jurídico-comunicacional se inscribe en un contexto regional, que pone de manifiesto una agenda común en Latinoamérica, marcada por los efectos negativos de la comunicación concentrada y la desigualdad en el ejercicio de la libertad de expresión. A los tradicionales obstáculos para acceder de modo más equitativo a la propiedad de licencias de radios y televisión, se suma la homogeneización discursiva, que impide la realización del derecho a la pluralidad informativa y la inclusión de representaciones simbólicas diversas en los servicios de comunicación audiovisual. Así fue expresado en el primer y segundo CONGRESO LATINOAMERICANO DE LA DEFENSORÍAS DE LAS AUDIENCIAS llevados a cabo en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, REPÚBLICA ARGENTINA, y en el DISTRITO TURÍSTICO Y CULTURAL DE CARTAGENA DE INDIAS, COLOMBIA, donde participaron representantes de Defensorías de BRASIL, COLOMBIA. MÉXICO, CHILE, PERÚ, PANAMÁ Y BOLIVIA, en el marco de la ORGANIZACIÓN INTERAMERICANA DE DEFENSORÍAS DE LAS AUDIENCIAS (OID), realizadas durante 2014 y 2015. Allí se expresaron las potencialidades y problemáticas existentes en materia de respeto a los derechos de las audiencias en los medios audiovisuales de la región y se pudo comprobar la persistencia de tensiones y desafíos comunes, que obedecen a una misma estructura comunicacional excluyente. Este mapa comunicacional profundamente desigual, se caracteriza por la predominancia de altos niveles de violencias y discriminaciones; por la criminalización de niñas, niños y adolescentes y la demonización de la juventud; por un alto grado de sexualización y cosificación de la mujer; por la no inclusión de mecanismos de accesibilidad para las personas con discapacidad y donde se estigmatiza e invisibiliza a grupos vulnerabilizados, como el colectivo LGBTTTIQ, a los Pueblos Originarios y a las mujeres campesinas en los servicios de comunicación audiovisual, entre otros sectores sociales. Que ello obliga a los Estados Latinoamericanos, y especialmente a sus Defensorías de las audiencias, a realizar una alianza estratégica y asumir un rol activo para garantizar el derecho a la comunicación en términos universales y, al mismo tiempo, impulsar políticas publicas integrales que democraticen el acceso a los servicios de comunicación audiovisual para nuevos actores sociales. Viernes 8 de enero de 2016 Primera Sección Que la vinculación entre las distintas intervenciones de las últimas Audiencias Públicas, los resultados del Monitoreo y el panorama latinoamericano resultan concluyentes respecto del lugar que ocupan estos colectivos sociales en los medios audiovisuales en términos de representaciones simbólicas y su incidencia sobre el derecho a la pluralidad informativa del público audiovisual. Es decir, hay un círculo de exclusión informativa, ya sea por la invisibilización, la subrepresentación o la estereotipación negativa, la construcción de subjetividades de ciertos grupos sociales se termina plasmando en el tipo de información que producen y difunden los servicios de comunicación audiovisual concentrada. En tanto estas ausencias y discriminaciones configuran un escenario mediático donde no hay lugar para las noticias sobre DERECHOS HUMANOS, la difusión de avances científicos y tecnológicos, la cobertura sobre las luchas populares por la ampliación de derechos sociales, la agenda de las mujeres y la comunidad LGBTTTIQ, las organizaciones campesinas y pueblos originarios. Ni siquiera hay espacio para la educación, ni la salud. Cada vez que se silencia o manipula a un grupo social, se silencia y manipulan perspectivas, ideas, opiniones, formas de ver la vida y el mundo. Se silencian personas y se incumple con los objetivos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522 y los de la propia Democracia. ¿Cómo no considerar lo dicho por las propias audiencias en cuanto a que reconocen violencias que invisibilizan, violencias que subordinan, violencias que distorsionan, violencias que discriminan y silencian? ¿Cómo no reconocer que, los servicios de comunicación audiovisual, cuando continúan performando realidades a partir de sus intereses sectoriales no producen operaciones retóricas que naturalizan sentidos y tienen la capacidad de profundizar la desigualdad4? ¿Cómo escindir violencias de desigualdades y discriminaciones, si la comunicación democrática tiene que construirse con un consorcio de voces plural y diverso, que hoy está siendo oprimido? Que frente a esta situación de discriminación histórica que han sufrido lo que se llamó “minorías” —pero que en su conjunto terminan configurando mayorías sociales discriminadas, manipuladas y olvidadas— y los demás grupos sociales, es necesario que puedan representarse y que cuando son representados por otros, no sean configurados como alteridades amenazantes, desechables y excluibles. Para ello, resulta fundamental partir de la perspectiva estructural de la libertad de expresión y del sentido social del derecho a la información, que exigen mayor pluralismo y las más amplias oportunidades de expresión de los distintos sectores representativos de la sociedad, a fin de evitar el empobrecimiento del debate público y materializar una democracia inclusiva, que reconoce las diferencias culturales. Que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522 promueve políticas redistributivas a nivel material y simbólico, tendientes a revertir estos daños sociales en sus múltiples sentidos, tanto en la propiedad y acceso a los servicios de comunicación audiovisual, a través del reconocimiento de nuevos grupos sociales como actores comunicacionales, así como en la definición de una serie de objetivos y obligaciones positivas que los servicios de comunicación audiovisual deben desarrollar para combatir la discriminación, los estereotipos negativos, los prejuicios y las prácticas excluyentes5. Conforme los estándares definidos en la DECLARACIÓN CONJUNTA DE LOS RELATORES DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN SOBRE DIVERSIDAD EN LA RADIODIFUSIÓN (2007) y la DECLARACIÓN CONJUNTA DE LOS RELATORES DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN SOBRE UNIVERSALIDAD Y DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN (2014), la Ley 26.522 reconoce el carácter universal de la libertad de expresión que “implica para los Estados tanto el deber de abstenerse de restringir indebidamente este derecho como la obligación positiva de asegurar que todas las personas y grupos de la sociedad puedan ejercer ese derecho sin discriminación en lo que respecta a obtener y recibir información, e impartir información e ideas”. La matriz que sustenta esta política normativa de redistribución y reconocimiento diferenciado parte de la comprensión de la comunicación como una actividad social de interés público y un derecho humano fundamental que no debe ser reducido a su mera dimensión comercial, atento al carácter cultural y portador de identidades, valores y significados de la comunicación, en línea con los estándares establecidos en la CONVENCIÓN SOBRE LA PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA DIVERSIDAD DE LAS EXPRESIONES CULTURALES de la UNESCO de fecha 20 de octubre de 2005 y en la DIRECTIVA EUROPEA N° 2007/65/CE de fecha 11 de diciembre de 2007. Estos instrumentos internacionales fundamentalmente promueven el respeto de las identidades culturales, la diversidad lingüística, las religiones y los usos y costumbres de los distintos sectores sociales y, en particular, de los grupos vulnerables. Que en este mismo orden de ideas, en el ámbito doméstico la Corte Suprema de Justicia de la Nación en su sentencia de fecha 29 de octubre de 2013 recaída en la causa “Grupo Clarín y otros c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL y otro s/acción meramente declarativa” dejó expresado: “Vivimos en sociedades pluralistas, diversas, con multiplicidad de opiniones que deben encontrar el lugar mediático donde expresarse” y “… a diferencia de lo que sucede con la libertad de expresión en su dimensión individual donde (...) la actividad regulatoria del Estado es mínima, la faz colectiva exige una protección activa por parte del Estado, por lo que su intervención aquí se intensifica” (Considerandos N° 23 y 24, pág. 38). En sentido contrario, dejar librado a las reglas del mercado nuestra configuración cultural ‘‘sería simple y sencillamente un suicidio cultural” en los términos de Raúl Eugenio ZAFFARONI, ya que la “... homogenización de nuestra cultura a través de la monopolización de los medios audiovisuales, sería la destrucción de nuestro pluralismo, como lo es cualquier uniformización, por definición antípoda de la igualdad republicana y democrática. El derecho a ser diferente quedaría a merced de los intereses pecuniarios —o de cualquier otro orden— de los grupos económicos dominantes. Y en nuestro caso el derecho a ser diferente es mucho más importante, precisamente, porque todos nosotros somos muy diferentes y nuestra cultura, la que todos vamos creando día a día, es la que nos permite coexistir en la diferencia” (Grupo Clarín y otros c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL y otro s/acción meramente declarativa, sentencia de fecha 29 de octubre de 2013, voto del Ministro Raúl Eugenio ZAFFARONI considerando N° 21, págs. 194/196, voto). Debe procurarse, entonces, la generación de mecanismos positivos que reviertan y busquen evitar patrones estructurales de discriminación en la configuración cultural expresada en la programación de los servicios de comunicación audiovisual. Para ello la Ley N° 26.522 define objetivos y obligaciones que deben perseguir, entre los cuales se incluyen la participación de los medios de comunicación como formadores de sujetos, de actores sociales y de diferentes modos de comprensión de la vida y el mundo, con pluralidad de puntos de vista y debate pleno de ideas; la obligación de evitar mensajes que promuevan o inciten tratos discriminatorios de cualquier tipo; la promoción de la protección de la igualdad entre hombres y mujeres y la preservación de la promoción de la identidad y los valores culturales de los Pueblos Originarios. Así, el Articulo 70 de la Ley N° 26.522 establece en cabeza de los servicios de comunicación audiovisual la obligación de “evitar contenidos que promuevan o inciten tratos discriminatorios basados en la raza, el color, el sexo, la orientación sexual, el idioma, la religión, las opiniones políticas o de cualquier índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento, el aspecto físico, la presencia de discapacidades o que menoscaben la dignidad humana”. BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 66 Por su parte, el Artículo 71 de la misma Ley N° 26.522 agrega que “quienes produzcan, distribuyan, emitan o de cualquier forma obtengan beneficios por la transmisión de programas y/o publicidad velarán por el cumplimiento de lo dispuesto” por la Ley N° 25.280 que aprueba la Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad, la Ley N° 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, la Ley N° 26.061 sobre protección integral de niñas, niños y adolescentes y las normas que se dicten para la protección ante conductas discriminatorias. Que a su vez, además del rol que debe asumir el Estado en la materia, desde la perspectiva de los titulares de servicios de comunicación audiovisual el reconocimiento de la comunicación como una actividad de interés público y un derecho humano fundamental implica que deben asumir su responsabilidad social y respetar el Estado de Derecho democrático y los derechos humanos, conforme las obligaciones emergentes de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y demás tratados incorporados en la Constitución Nacional (Ley N° 26.522, Artículos 2° y 3°). Es decir, las obligaciones de resguardo de los derechos humanos tienen un efecto horizontal6, rigen también de modo directo en las relaciones entre los servicios de comunicación y el público audiovisual. Ello significa que deben abstenerse de infringir los derechos humanos de terceros y de la sociedad en su conjunto, en nombre de la faz colectiva del derecho humano a la comunicación, y hacer frente a las consecuencias negativas en las que tengan alguna participación. Que en este contexto, el rol de la DEFENSORIA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL se relaciona con la promoción del debido respeto y la protección de los derechos fundamentales de las audiencias involucrados en la actividad que desarrollan los servicios de comunicación audiovisual. Para ello, en diálogo permanente con los principales actores de la comunicación, elabora de manera colectiva herramientas orientativas, para promover prácticas respetuosas de derechos y tratamientos diferenciados cuando los posibles afectados son grupos en situación de vulnerabilidad. Que, asimismo, reconoce que la palabra puede dañar, pero también puede sanar y por eso promueve la reparación simbólica de los daños producidos por posibles afectaciones de derechos comunicacionales. Estas reparaciones pueden implicar pedidos de disculpas y retractaciones públicas, derecho a réplica, capacitaciones y recomendaciones a los medios audiovisuales para la adopción de medidas de prevención de nuevas vulneraciones como garantías de no repetición, encuentros de diálogo y reflexión crítica con quienes son responsables y trabajan en señales, canales y radios, hasta la recomendación de prácticas diligentes para el abordaje de problemáticas específicas, para evitar afectaciones directas o indirectas a derechos fundamentales. Que específicamente la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL durante el año 2015 ha impulsado distintas acciones y líneas de trabajo para remover prácticas mediáticas discriminatorias y promover perspectivas comunicacionales igualitarias, dirigidas entre otros a niñas, niñas y adolescentes, en general, a mujeres en los diversos ámbitos de participación cultural, social y política, a organizaciones campesinas y pueblos originarios, a personas con discapacidad, a adultos mayores, a migrantes y afrodescendientes. Que, a modo de ejemplo, el organismo viene desarrollando la actividad “La Defensoría va al barrio: miradas jóvenes en primera persona” sobre jóvenes y medios, una propuesta para analizar, debatir y producir que tiene como eje los modos en que los barrios y la juventud son representados en los medíos de comunicación audiovisual. En el marco del año por la inclusión de niñas, niños y adolescentes en los medios audiovisuales, durante el año 2015 jóvenes de distintos barrios de nuestro país conocieron sus derechos comunicacionales, analizaron el modo en que los medios los mencionan y produjeron sus propios materiales audiovisuales. Para hacerlo, primero fue necesario promover una búsqueda de la propia identidad y de la identidad barrial, pensándose a sí mismos y en función de su barrio. A la vez que se deconstruyeron y desnaturalizaron las formas de producción audiovisual que aparecen como únicas y, en ese camino de reflexión colectiva, se propuso una construcción comunicacional propia, al servicio de los intereses de ese espacio y no de otros que no los representan. El resultado de este trabajo son TRECE (13) producciones que dan cuenta de otros modos de contar los barrios y la vida de las y los jóvenes en ellos, diferentes a los que construyen sobre todo la televisión comercial. En los videos que cierran cada proceso de formación e intercambio, los chicos y chicas se asumieron como productores y mostraron su barrio en primera persona. Al compartirlos, dijeron que intentaron “romper las imágenes discriminatorias hacia los y las jóvenes” pero también hacerlos “visibles”. Propusieron rescatar “lo que hacen de manera colectiva, las cosas que les gustan”, “mostrar el barrio y sus realidades de forma espontánea, franca y auténtica a partir de sus propios lenguajes”, agregó uno de los referentes. Esta experiencia demuestra la importancia de crear miradas respetuosas de los y las niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos, con realidades complejas y que den cuenta de las problemáticas que atraviesan. Es en este sentido que los medios audiovisuales deberían promover programaciones para audiencias con derechos, atendiendo al modo en que se producen y aumentan la diversidad de propuestas comunicacionales destinadas a niñas, niños y adolescentes7. Que esta línea de trabajo evidencia la necesidad de multiplicar la tarea en todas las provincias del país y con otros colectivos sociales, como paso necesario para avanzar hacia una comunicación más democrática, igualitaria y respetuosa de los derechos humanos. Es que la perduración de patrones estructurales de discriminación y violencia que afectan a diversos grupos y colectivos sociales y condicionan su capacidad de ejercer de modo igualitario la libertad de expresión, obliga a impulsar nuevas estrategias y a fortalecer estas acciones para revertir en el corto y largo plazo la exclusión de la esfera mediática y el debate público. En una sociedad democrática no debe haber subordinación ni opresión por ningún motivo, ni por ninguna condición económica, étnica, cultural, religiosa, ideológica o social. Que la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL procura transformar la crisis de representación social que distancia las experiencias de las audiencias y la imagen que de ellas devuelven los medios audiovisuales, como señalaron las audiencias, sobre todo los que tienen finalidad de lucro, y más aún los concentrados, teniendo en cuenta el respeto y la promoción del enfoque de igualdad sustancial y la dimensión social de la libertad de expresión, entendidos como mandatos de inclusión, de respeto por la representaciones diversas, de difusión de la información plural y la construcción de imaginarios sociales no discriminatorios en los medios audiovisuales. Que en el marco de la Ley 26.522, una de las principales misiones y funciones de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL consiste en impulsar un debate permanente y políticas comunicacionales que permitan articular el vínculo conflictivo entre igualdad y libertad de expresión, con el objetivo de revertir las injusticias comunicacionales que condicionan el ejercicio de derechos por parte de los grupos y colectivos sociales, invisibilizados o representados a través de patrones socioculturales excluyentes. Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 Teniendo como eje fundamental promover y garantizar mayores condiciones de igualdad en las representaciones que construyen y reproducen los servicios de comunicación audiovisual, se convocará por un lado a los distintos organismos competentes de los Estados Nacional, Provincial y Municipal y, por otro lado, a las organizaciones de la sociedad civil, culturales, académicas, sindicales y de derechos humanos, a adherir y diseñar de manera conjunta el plan de acción estratégico para el año 2016. En cumplimiento del compromiso asumido por el Organismo de impulsar políticas participativas y federales, abiertas a todos los sectores y regiones del país. Que es por todo ello que la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL impulsa la declaración del año “2016: Año contra las discriminaciones y las violencias en los medios de comunicación audiovisual”, estableciendo una guía que impulse las acciones cotidianas de la este Organismo, teniendo en cuenta el eje que el público y las audiencias con su participación ciudadana los han señalado como prioritario para el período. Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA en el ámbito de su competencia. Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los Artículos 19° y 20° de la Ley N° 26.522. Por ello, BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 67 Que es necesario continuar con la implementación del Sistema de Inspección Fitosanitaria de los embalajes de madera, cualquiera sea la mercadería que transporten, estableciendo pautas para el ingreso y tránsito en el país de mercaderías de importación acondicionadas en embalajes de madera y maderas de acomodación. Que mediante la Resolución N° 614 del 1 de diciembre de 2015 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se implementa el Sistema Integrado de Gestión de Embalajes de Madera de Importación (SIG Embalajes) del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, vinculado al Sistema Informático Malvina (SIM) de la Administración Federal de Ingresos Públicos. Que con el objeto de garantizar la operatividad del sistema que vincula los sistemas informáticos de ambos organismos, la Dirección Nacional de Protección Vegetal estima necesario prorrogar la entrada en vigencia de la Resolución N° 614 del 1 de diciembre de 2015 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA por el plazo de 30 días. Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete. Que el suscripto es competente para dictar el presente acto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Resolución N° 614 del 1 de Diciembre de 2015. Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL DISPONE: LA DEFENSORA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL RESUELVE: ARTÍCULO 1° — Declárese, en el ámbito de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, al año 2016 como “Año contra las discriminaciones y las violencias en los medios de comunicación audiovisual”. ARTÍCULO 1° — PRÓRROGA. Se prorroga por el término de TREINTA (30) días corridos la entrada en vigencia de la Resolución 614 del 1 de Diciembre de 2015 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria. ARTÍCULO 2° — Incorpórese a partir del dictado de la presente y durante el año 2016, a toda la papelería e instrumentos de comunicación oficial a utilizar por la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, el sello, membrete o inscripción con la Leyenda “2016 - Año contra las discriminaciones y las violencias en los medios de comunicación audiovisual”. ARTÍCULO 2° — VIGENCIA. La presente Disposición entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial. ARTÍCULO 3° — Dispóngase que, en orden a lo establecido en el Artículo 1° del presente, la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL podrá auspiciar las actividades, jornadas, seminarios, encuentros, conferencias y/o programas pedagógicos, materiales de difusión y campañas de concientización que contribuyan a la promoción de la igualdad comunicacional y la erradicación de las discriminaciones y las violencias sobre grupos sociales y colectivos vulnerados en los servicios de comunicación audiovisual. ARTÍCULO 4° — Instrúyase a todas las Direcciones de la DEFENSORÍA DEL PÚLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, para que en el ámbito de sus competencias, establezcan los mecanismos y herramientas pertinentes para la implementación eficaz de lo dispuesto en los Artículos 2° y 3°. ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y oportunamente archívese. — Lic. CYNTHIA OTTAVIANO, Defensora del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual. Nancy Fraser, “¿De la redistribución al reconocimiento? Dilemas en torno a la justicia en una época ‘postsocialista”, 1997, en Iustitia Interrupta. Reflexiones críticas desde la posición ‘postsocialista”, Universidad de los Andes - Siglo del Hombre Editores, págs. 17 a 52. 2 Owen Fiss, “El efecto silenciador de la libertad de expresión”, 1996, Faculty Scholarship Series. Paper 1325. Disponible en: http://digitalcommons.law.yale.edu/cgi/viewcontent.cgi?article=2314&context=fss_papers. 3 Owen Fiss, “Las dos caras del Estado”, conferencia dictada el día 30 de junio de 2008 en la Universidad de Palermo y publicada en la Revista Jurídica de la misma Universidad, págs. 215 a 220, disponible en: http://www.palermo.edu/ derecho/revista_juridica/pub-10/10Jurica08.pdf. 4 Conforme Victor Abramovich, Conferencia magistral sobre libertad de expresión y derecho a la no discriminación, en el marco del “Seminario Latinoamericano de Comunicación y Género: El debate regional en el contexto de Beijing+20”, realizado el día 13 de agosto de 2015. 5 Conforme Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, Informe sobre Comunicación y Derechos Humanos, presentado en el marco de la audiencia pública organizada por la Comisión de Ciudadanía y Derechos Humanos del Parlamento del Mercosur, Buenos Aires, Mayo de 2014. 6 También llamada doctrina Drittwirkung der Grundrechte (efectos de los derechos fundamentales frente a los terceros), su origen se remonta a la formulación realizada por el Tribunal Constitucional Alemán y ha impulsado la constitucionalización del derecho privado, al entender que los derechos humanos no sólo rigen las relaciones entre el Estado y los particulares, sino también entre los actores no estatales. En nuestro país, esta doctrina inspiró la sanción del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y se pueden encontrar en el precedente jurisprudencial de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala H, del 16 de diciembre de 2002 sobre “Fundación Mujeres en Igualdad y otro c/Freddo S.A. s/Amparo” y recientemente la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en “Rodriguez, María Belén c/ Google Inc. s/ daños y perjuicios”. 7 Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, “Declaración sobre la Juventud y los Medios de Comunicación Audiovisual”, CABA, 27 de noviembre de 2014, principalmente los puntos 5, 6 y 7. Se trata del documento que sintetiza las conclusiones más importantes del trabajo realizado por el organismo durante las siete Audiencias Públicas en las que jóvenes de todo el país se expresaron acerca de sus derechos comunicacionales. Participaron 1.750 chicas y chicos, casi mil fueron oradores/as, representaron a 220 organizaciones, escuelas y otros espacios de pertenencia de las 24 provincias argentinas. Este proceso fue acompañado por 170 instancias de formación y de debate en las que participaron 4.000 jóvenes. Disponible en: http://www.defensadelpublico.gob.ar/es/ declaracion-juventud-y-medios-audiovisuales-0 1 e. 08/01/2016 N° 328/16 v. 08/01/2016 #F5044508F# #I5044708I# MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL Disposición 1/2016 Bs. As., 05/01/2016 VISTO el Expediente N° 80771/2015 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y la Resolución N° 614 del 1 de diciembre de 2015 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y CONSIDERANDO: Que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA está facultado para establecer las exigencias fitosanitarias para el ingreso y egreso de productos al país que puedan ser vehículo de plagas. ARTÍCULO 3° — DE FORMA. Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ingeniero Agrónomo PABLO LUIS CORTESE, A/C de la Dirección Nacional de Protección Vegetal, Resolución SENASA N° 96/2012. e. 08/01/2016 N° 435/16 v. 08/01/2016 #F5044708F# #I5045359I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL Resolución 18905/2015 Bs. As., 13/11/2015 VISTO el Expediente N° E-56422-2015 del Registro del MINSTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la Licitación Privada N° 15/2015, autorizada por Resolución SCyMI N° 13947 de fecha 21 de Agosto de 2015, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25 inciso c) y 26 del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 17, 34 inciso b) y 50 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios; tendiente a lograr la adquisición de indumentaria para el personal de los depósitos pertenecientes a este Ministerio, para el personal de entrega de Ayudas Urgentes y Talleres Familiares de la Dirección de Coordinación de Logística. Que conforme el acta de apertura de fecha 14 de Septiembre de 2015, en la Licitación Privada N° 15/2015, se presentaron las siguientes firmas: PEIRE GUILLERMO NICOLAS (oferta 1), GUTIERREZ CASTAÑO MARIO ANDRES (oferta 2), SECURITY SUPPLY S.A. (oferta 3), CONFAL S.A. (oferta 4), MARACANA S.R.L. (oferta 5), A Y M D’ESPOSITO S.R.L. (oferta 6), LO BRUNO S.A. (oferta 7), PEPAN S.A. (oferta 8), KERTZMAN MARCELO JAVIER (oferta 9), DAWIDOWSKI EZEQUIEL MARTIN (oferta 10) y DECOPI S.A. (oferta 11). Que la Comisión Evaluadora de este Ministerio en función de los análisis técnicos preliminares y la documentación obrante en el expediente respectivo suscribió el Dictamen de Evaluación N° 433/2015, sugiriendo las ofertas a desestimar y estableciendo los Órdenes de Mérito correspondientes. Que se han efectuado las notificaciones pertinentes del Dictamen de Evaluación N° 433/2015 y se ha remitido para su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial. Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modificatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014. Que no se han efectuado impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 433/2015. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete. Que la presente Resolución se dicta dentro del Régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarios, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, y los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 112 del 10 de Diciembre de 2011 y la Resolución MDS N° 574/2010. Por ello, EL SECRETARIO DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL RESUELVE: ARTÍCULO 1° — Apruébase la Licitación Privada N° 15/2015, autorizada por Resolución SCyMI N° 13947 de fecha 21 de Agosto de 2015, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25 Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 inciso c) y 26 del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 17, 34 inciso b) y 50 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios; tendiente a lograr la adquisición de indumentaria para el personal de los depósitos pertenecientes a este Ministerio, para el personal de entrega de Ayudas Urgentes y Talleres Familiares de la Dirección de Coordinación de Logística. ARTÍCULO 2° — Desestímanse en la Licitación Privada N° 15/2015 las ofertas presentadas por las firmas SECURITY SUPPLY S.A. (oferta 3), MARACANA S.R.L. (oferta 5), KERTZMAN MARCELO JAVIER (oferta 9) y DECOPI S.A. (oferta 11), acorde el Dictamen de Evaluación N° 433/2015. ARTÍCULO 3° — Desestímanse en la Licitación Privada N° 15/2015 para los renglones 1 y 4 la oferta de la firma CONFAL S.A. (oferta 4); para los renglones 1, 2, 3 y 5 la oferta de la firma A Y M D’ESPOSITO S.R.L. (oferta 6); para los renglones 1, 2, 3, 4 y 5 la oferta de la firma LO BRUNO S.A. (oferta 7); para los renglones 2 y 3 la oferta de la firma PEPAN S.A. (oferta 8) y para el renglón 5 la oferta de la firma DAWIDOWSKI EZEQUIEL MARTIN (oferta 10), acorde lo expuesto en el Dictamen de Evaluación N° 433/2015. ARTÍCULO 4º — Adjudícase en la Licitación Privada N° 15/2015, acorde lo expuesto en el Dictamen de Evaluación Nº 433/2015, a las firmas, renglones, cantidades, marcas y montos consignados en el Anexo que forma parte de la presente, cuyo monto total asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($383.264,61.-). ARTÍCULO 5° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir las Órdenes de Compra correspondientes conforme las adjudicaciones consignadas en el Anexo que integra la presente. ARTÍCULO 6° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($383.264,61.-) con cargo a los créditos específicos de este MINISTERIO para el ejercicio que corresponda. ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Cdor. CARLOS D. CASTAGNETO, Secretario de Coordinación y Monitoreo Institucional, Ministerio de Desarrollo Social. ANEXO BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 68 Que el DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES solicita la ampliación en un importe inferior al veinte por ciento (20%) de la Orden de Compra antes mencionada. Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 596/2015, acorde lo previsto en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010. Por ello, LA SUBSECRETARÍA DE COORDINACION, MONITOREO Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DISPONE: ARTÍCULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 596/2015 emitida a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO DE LA CONSTRUCCION JORGE CANELLES LIMITADA, correspondiente a la Contratación Directa N° 216/2015, en la suma de PESOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON CINCUENTA CENTAVOS ($85.546,50.-), por las causales expuestas en los Considerandos de la presente. ARTÍCULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON CINCUENTA CENTAVOS ($85.546,50.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan. ARTÍCULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra. ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social. e. 08/01/2016 N° 682/16 v. 08/01/2016 #F5045360F# #I5045362I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA Disposición 466/2015 Bs. As., 02/11/2015 VISTO el Expediente N° E-DEPO-942-2015 del registro de la SECRETARÍA DE DEPORTE, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y CONSIDERANDO: Que por Expediente N° E-DEPO-208-2014 se tramitó la Licitación Privada N° 30/2014 llevada a cabo para la contratación de un servicio de mantenimiento de cámaras frigoríficas, freezers y heladeras, pertenecientes al Laboratorio de Control de Doping, emitiéndose la Orden de Compra N° 956/2014, a favor de la firma FABIAN DERISO, por un período de doce (12) meses, con opción a prórroga a criterio de este Ministerio, por un período similar al originalmente contratado. Que la Secretaria de Deportes solicita prorrogar la Orden de Compra aludida a partir de su vencimiento, por un período de doce (12) meses. Que consecuentemente procede realizar la prórroga solicitada en el Considerando precedente. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia. e. 08/01/2016 N° 681/16 v. 08/01/2016 #F5045359F# #I5045360I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA Disposición 514/2015 Bs. As., 20/11/2015 VISTO el Expediente N° E-83538-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y CONSIDERANDO: Que por Expediente N° E-19932-2015, se tramitó la Contratación Directa N° 216/2015, para la provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para realizar los trabajos del nuevo tableado de electricidad, datos y telefonía; provisión e instalación de tablero eléctrico, realización de canalizaciones; provisión y colocación de sesenta (60) puestos de trabajo, instalación eléctrica para aire acondicionado y nuevos artefactos, de iluminación en oficinas del 1° piso, sector Dorrego para el edificio ubicado en Delfin Huergo N° 131, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, emitiéndose la Orden de Compra N° 596/2015, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO DE LA CONSTRUCCION JORGE CANELLES LIMITADA. Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010. Por ello, LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DISPONE: ARTÍCULO 1° — Prorrógase a partir de su vencimiento la Orden de Compra N° 956/2014 emitida a favor de la firma FABIAN DERISO, correspondiente a la Licitación Privada N° 30/2014, en la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA ($ 53.760.-), por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente. ARTÍCULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA ($ 53.760.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan. ARTÍCULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra. ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social. e. 08/01/2016 N° 684/16 v. 08/01/2016 #F5045362F# Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 #I5045364I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA 69 Orden de Compra N° 465/2014, a favor de la firma INTERCONNECT S.A., la cual contempla un período de doce (12) meses, con opción a prórroga a favor de este Ministerio por un período igual al originalmente contratado. Que el DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES solicita prorrogar la Orden de Compra N° 465/2014, a partir de su vencimiento. Disposición 257/2015 Bs. As., 13/07/2015 VISTO el Expediente N° E-42028-2015 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la renovación de la póliza de seguro automotor N° 879623, por una vigencia anual a partir del vencimiento de la póliza cesante, 16 de julio de 2015. Que luce la composición accionaria perteneciente a la firma NACIÓN SEGUROS S.A., que la acredita como cocontratante de jurisdicción o entidad del Estado Nacional. Que consecuentemente procede realizar la prórroga solicitada en el Considerando precedente. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010. Por ello, Que en el marco del Convenio celebrado entre este Ministerio y la firma precitada, protocolizado por Resolución SCyMI N° 289 de fecha 29 de diciembre de 2011, se le requirió a esta última la cotización aludida mediante el Pliego de Bases y Condiciones Particulares / Convenio. Que obra el presupuesto presentado por la firma aseguradora mencionada precedentemente, debidamente conformado por el Departamento de Servicios Generales. Que en función de la naturaleza de dicho servicio, se tramita la Contratación Directa N° 255/2015, enmarcada en las previsiones del artículo 25, inciso d, apartado 8) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 27 y 144 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente Disposición se dicta dentro del Régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de la Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002 modificatorios y complementarios, N° 632/2012, y la Resolución MDS N° 574/2010. Por ello, LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DISPONE: ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 8) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 27 y 144 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la renovación de la póliza de seguro automotor N° 879623, por una vigencia anual a partir del vencimiento de la póliza cesante, 16 de julio de 2015. ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares / Convenio, que se agrega como Anexo a la presente. ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 255/2015 conforme las pautas detalladas en el Artículo 1° de la presente. ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 255/2015 a la firma NACIÓN SEGUROS S.A., por la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCO MIL SETECIENTOS VEINTISÉIS CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2.105.726,55), conforme las causales expuestas en los Considerandos de la presente. LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION, MONITOREO Y LOGISTICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DISPONE: ARTICULO 1° — Prorrógase a partir de su vencimiento la Orden de Compra N° 465/2014 emitida a favor de la firma INTERCONNECT S.A., correspondiente a la Licitación Privada N° 09/2014, en la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($199.956.-), por el término de doce (12) meses, por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente. ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($199.956.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan. ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra. ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social. e. 08/01/2016 N° 695/16 v. 08/01/2016 #F5045373F# #I5045374I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA Disposición 521/2015 Bs. As., 24/11/2015 VISTO el Expediente N° E-84800-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y CONSIDERANDO: ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCO MIL SETECIENTOS VEINTISÉIS CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2.105.726,55), con cargo a los créditos del Presupuesto de este MINISTERIO para el ejercicio que corresponda. Que por Expediente N° E-19910-2015, se tramitó Contratación Directa N° 210/2015, tendiente a lograr la provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para realizar trabajos de canalizaciones, cableados y tableros para el funcionamiento de un centro de distribución eléctrica en el edificio ubicado en la calle Delfín Huergo 131, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, emitiéndose la Orden de Compra N° 597/2015, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO ANTONIO ALAK LIMITADA. ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra. Que el DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES solicita la ampliación en un importe inferior al veinte por ciento (20%) de la Orden de Compra antes mencionada. ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social. Que obra conformidad de dicha Cooperativa para llevar a cabo la ampliación de la Orden de Compra anteriormente mencionada. NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires). e. 08/01/2016 N° 686/16 v. 08/01/2016 #F5045364F# #I5045373I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA Disposición 535/2015 Bs. As., 25/11/2015 VISTO el Expediente N° E-84801-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y CONSIDERANDO: Que por Expediente N° E-5113-2014 se tramitó la Licitación Privada N° 09/2014 llevada a cabo para la contratación de un servicio de mantenimiento de una central telefónica, emitiéndose la Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 597/2015, acorde lo previsto en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010. Por ello, LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION, MONITOREO Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DISPONE: ARTÍCULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 597/2015 emitida a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO ANTONIO ALAK LIMITADA, correspondiente a la Contratación Directa N° 210/2015, en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO ($ 145.325.-), por las causales expuestas en los Considerandos de la presente. Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 ARTÍCULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO ($ 145.325.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015. ARTÍCULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra. ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social. e. 08/01/2016 N° 696/16 v. 08/01/2016 #F5045374F# #I5045375I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA Disposición 491/2015 #I5045860I# BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 70 — NOTA ACLARATORIA — MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS Resolución 1/2015 En la edición del Boletín Oficial N° 33.291 del 7 de Enero de 2016, página 8 aviso N° 348/16, donde se publicó la citada norma se deslizó el siguiente error de imprenta. Donde dice: ARTÍCULO 4° — Por el Departamento Secretaría General, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA JURÍDICA, regístrese, comuníquese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DOCUMENTOS DE VIAJE, DIRECCIÓN NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN, DIRECCIÓN NACIONAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO Y RELACIONES INSTITUCIONALES, DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO Y LOGÍSTICA y a la DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JUAN CARLOS MORÓN... Debe decir: Bs. As., 10/11/2015 VISTO el Expediente N° E-80857-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y CONSIDERANDO: Que por Expediente N° E-99476-2014 se tramitó la Contratación Directa N° 487/2014 llevada a cabo para un servicio de apuntalamiento; adecuación de suministros, demoliciones y desmontes; impermeabilizaciones, cimentaciones, estructura, albañilería, revoques, contrapisos y carpeta en el casco histórico del edificio ubicado en Av. Chivilcoy N° 3301, Ciudad Autónoma de Buenos, emitiéndose la Orden de Compra N° 93/2015, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO BUENA VISTA LIMITADA. ARTÍCULO 4° — Por el Departamento Secretaría General, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA JURÍDICA, regístrese, comuníquese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DOCUMENTOS DE VIAJE, DIRECCIÓN NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN, DIRECCIÓN NACIONAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO Y RELACIONES INSTITUCIONALES, DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO Y LOGÍSTICA y a la DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JUAN CARLOS MORÁN... e. 08/01/2016 N° 881/16 v. 08/01/2016 #F5045860F# Que el Departamento de Servicios Generales solicita la ampliación en un importe menor al veinte por ciento (20%) de la Orden de Compra mencionada en el Considerando precedente. Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 93/2015, acorde lo previsto en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios. AVISOS OFICIALES Anteriores Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010. Por ello, LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DISPONE: ARTICULO 1° — Ampliase la Orden de Compra N° 93/2015, emitida a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO BUENA VISTA LIMITADA, correspondiente a la Contratación Directa N° 487/2014, en la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTIDOS CON DIEZ CENTAVOS ($166.722,10.-), por las causales expuestas en los Considerandos de la presente. ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTIDOS CON DIEZ CENTAVOS ($166.722,10.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015. ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra. ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social. e. 08/01/2016 N° 697/16 v. 08/01/2016 #F5045375F# #I5045953I# JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS Resolución 1/2016 Bs. As., 06/01/2016 VISTO el Expediente JGM N° 81548/15 y el Decreto N° 101/85 EL TITULAR DEL SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PUBLICOS DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE: #I5040303I# BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EDICTO El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a la firme Bolcanix S.R.L. (D.N.I. N° 30-68985884-4) y a las señoras Daniela Yanela Vélez (D.N.I. N° 26.670.499) y Margarita Juana María Merlo Pich (LC. N° 6.119.431) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N° 4795, Expediente N° 100.630/11, caratulado “BOLCANIX S.R.L. Y OTROS”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N° 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — FEDERICO G. SOSA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — SILVINA A. OJEDA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. e. 04/01/2016 N° 179860/15 v. 08/01/2016 #F5040303F# #I5040306I# BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EDICTO El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a los señores Ghitan Mihai (Pasaporte de Rumania N° 050.017.480), Cimpoieru Costinel lonut (Pasaporte de Rumania N° 13.281.691) y Ticu Bogdan Costinel (Pasaporte de Rumania N° 15.175.778) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N° 6103, Expediente N° 100.914/11, caratulado “GHITAN MIHAI Y OTROS”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N° 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — FEDERICO G. SOSA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — SILVINA A. OJEDA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. e. 04/01/2016 N° 179863/15 v. 08/01/2016 #F5040306F# #I5040308I# BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EDICTO ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. HERNÁN S. LOMBARDI, Titular, Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos. El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor JUAN MANUEL CONTERNO PERDOMO (D.N.I. N° 27.859.784), para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 101.488/12, Sumario N° 6162, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — HERNÁN F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. e. 08/01/2016 N° 937/16 v. 08/01/2016 #F5045953F# e. 04/01/2016 N° 179865/15 v. 08/01/2016 #F5040308F# ARTÍCULO 1° — Dáse por aceptada a partir del día 22 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el señor D. Fabián RODRIGUEZ, al cargo de Presidente del Directorio de TELAM Sociedad del Estado. Primera Sección Viernes 8 de enero de 2016 #I5040310I# BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 71 #I5040313I# BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EDICTO EDICTO El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a la firme Manufactura Argentina e Italiana de Piles S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-62575515-4) y a la señora Laura Petracca De Cicalello (D.N.I. N° 93.412.388) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezcan en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N° 4890, Expediente N° 100.912/07, caratulado “MANUFACTURA ARGENTINA E ITALIANA DE PIELES S.R.L. Y OTROS”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N° 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — FEDERICO G. SOSA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza al señor Eduardo Marcos Glastra (D.N.I. N° 17.634.317) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N° 4932, Expediente N° 101.112/07, caratulado “REXCEL S.A. Y OTROSS”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N° 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — FEDERICO G. SOSA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. e. 04/01/2016 N° 179870/15 v. 08/01/2016 #F5040313F# e. 04/01/2016 N° 179867/15 v. 08/01/2016 #F5040310F# #I5040312I# BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA #I5042262I# BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EDICTO EDICTO El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a la firma AGROINDUSTRIA MEDITERRANEA S.A. (CUIT N° 30-71022777-9) para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Sumario N° 6505, Expediente N° 100.919/12, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — FEDERICO G. SOSA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. e. 04/01/2016 N° 179869/15 v. 08/01/2016 #F5040312F# El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de Diez (10) días hábiles bancarios al representante legal de la firma “NAWERK MADERAS S.C.” (C.U.I.T. N° 3067012084-4) para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.523/11, Sumario N° 5851, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — HERNÁN F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. e. 06/01/2016 N° 180682/15 v. 12/01/2016 #F5042262F# Primera Sección CENTRAL B CORREO ARGENTINO Viernes 8 de enero de 2016 FRANQUEO A PAGAR Cuenta N° 16769 F1 Impreso por Talleres Gráficos Valdez SA y Graficase SRL BOLETIN OFICIAL Nº 33.292 72