derechos adicionales para el azúcar

Transcripción

derechos adicionales para el azúcar
RESUMEN DEL ARANCEL ADUANERO COMÚN
DERECHO NORMAL APLICABLE PARA TERCEROS PAÍSES
ESTABLECIDO EN LA NOMENCLATURA COMBINADA
• SUSPENSIONES
• CONTINGENTES CON LICENCIAS
REBAJADO POR LAS
REDUCCIONES
ARANCELARIAS
• CONTINGENTES ARANCELARIOS
• DESTINOS ESPECIALES
• ACUERDOS PREFERENCIALES
• SISTEMA DE PREFERENCIAS GENERALIZADAS-SPG
• FRANQUICIAS ARANCELARIAS
• DERECHOS ANTIDUMPING
+
LOS RECARGOS
ARANCELARIOS
• DERECHOS COMPENSATORIOS
• DERECHOS ADICIONALES SOBRE EL AZÚCAR
• DERECHOS ADICIONALES SOBRE LA CARNE DE AVE
• OTROS DERECHOS ADICIONALES
Departamento de Aduanas e II. EE.
DERECHOS ANTIDUMPING Y
COMPENSATORIOS O ANTISUBVENCIÓN
DERECHOS ADICIONALES PARA EL AZÚCAR
DERECHOS ADICIONALES PARA LA CARNE DE AVE
OTROS DERECHOS ADICIONALES
Departamento de Aduanas e II. EE.
1.
DERECHOS ANTIDUMPING Y
COMPENSATORIOS O ANTISUBVENCIÓN
Que es un DERECHO ANTIDUMPING
Son recargos que se fijan por la UE después de un expediente y cuando se
demuestra que las mercancías importadas tienen un precio inferior al normal.
Cuando el precio inferior es como consecuencia de haberse beneficiado de
subvenciones por parte del país exportador se denominan derechos
compensatorios o anti subvención.
Los derechos antidumping pueden ser provisionales o definitivos. Los derechos
antidumping provisionales no se ingresan, únicamente se garantizan.
Pueden afectar a cualquier producto del Arancel y a cualquier país tercero.
Son derechos de importación que se calculan además del Arancel.
Departamento de Aduanas e II. EE.
1.
2.
DERECHOS ANTIDUMPING Y
COMPENSATORIOS O ANTISUBVENCIÓN
Que es un DERECHO ANTIDUMPING
Normativa básica
DERECHOS ANTIDUMPING
Reglamento (CE) 1225/2009 del Consejo de 30 de noviembre de
2009 (publicado en el L-343 de 22-12-2009)
DERECHOS COMPENSATORIOS
Reglamento Base es el 597/2009 del Consejo de 11 de junio de 2009
(publicado en el L-188 de 18-7-2009).
Cada derecho antidumping tiene su propia normativa de desarrollo
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DERECHOS ANTIDUMPING Y
COMPENSATORIOS O ANTISUBVENCIÓN
Que es un DERECHO ANTIDUMPING
Normativa básica
Establecimiento de los DERECHOS ANTIDUMPING
INICIO
INVESTIGACIÓN
DECISIÓN
PROVISIONAL
DECISIÓN
DEFINITIVA
• Por denuncia de la industria afectada en la UE.
• Entrega toda la documentación disponible.
• Justificación del perjuicio que produce.
• Consulta interservicios y decisión de iniciar el procedimiento y su publicación en el D.O. Serie C – anuncio de apertura
de procedimiento
• Se informa a los países afectados y se presentan alegaciones.
• El objetivo es determinar el nivel de perjuicio.
• Se pueden presentar aceptaciones por las empresas o países.
• Dar por terminado el procedimiento o imponer un derecho
antidumping Provisional.
• Publicación como Reglamento en el D.O. Serie L
• Se pueden presentar alegaciones y aceptaciones por las empresas
o países.
• Dar por terminado el procedimiento o imponer un derecho
antidumping Definitivo.
• Publicación como Reglamento en el D.O. Serie L
Departamento de Aduanas e II. EE.
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2.
3.
4.
DERECHOS ANTIDUMPING Y
COMPENSATORIOS O ANTISUBVENCIÓN
Que es un DERECHO ANTIDUMPING
Normativa básica
Establecimiento de los DERECHOS ANTIDUMPING
DERECHOS ANTIDUMPING definitivos
En la mayoría de las ocasiones los derechos antidumping son establecidos a empresas
determinadas. Para identificar de manera precisa a las empresas afectadas es necesario apoyarse
en la utilización de los denominados códigos adicionales.
Un ejemplo de código adicional antidumping seria:
A025 xxxx ssss Company, Silur, 343700 Khartsyzsk, Donetsk Region, Ucrania.
A026 eeee iiiiiii Ltd, Behind South Extension Part-1, Nueva Delhi, 110 003, India.
En el reglamento definitivo se tiene que especificar que se hace con los importes garantizados
que han sido retenidos durante la fase de antidumping provisional.
Durante el plazo que dura la tramitación del expediente se puede establecer lo que se denomina
como registro de importaciones por un plazo máximo de nueve meses y sirve para que las
autoridades de aduanas tengan una relación de todas las operaciones que pueden ser afectadas
por las medidas antidumping y puesto que este registro también es publicado en el DOC se
pueden poner medidas cautelares desde la fecha de publicación del aviso del registro.
Departamento de Aduanas e II. EE.
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2.
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4.
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DERECHOS ANTIDUMPING Y
COMPENSATORIOS O ANTISUBVENCIÓN
Que es un DERECHO ANTIDUMPING
Normativa básica
Establecimiento de los DERECHOS ANTIDUMPING
DERECHOS ANTIDUMPING definitivos
Consulta de datos relacionados con los DERECHOS ANTIDUMPING
Consulta BASE DE DATOS de la AEAT
https://www3.aeat.es/ADUA/internet/aduanaie.html
Consulta BASE DE DATOS de COMERCIO
http://www.comercio.mityc.es/es-ES/comercio-exterior/politicacomercial/medidas-defensa-comercial/Paginas/antidumping.aspx
Departamento de Aduanas e II. EE.
EJEMPLO DE DERECHOS ANTIDUMPING Provisional
AZULEJOS
Código TARIC 6908.90.99.00
El 27 de mayo de 2011, la empresa XXX realiza una importación de 1.228 metros cuadrados de azulejos, con un peso neto de 9.060 kg, con origen de China‐CN, y un valor CIF en Aduanas de 6920 €. El Arancel esta fijado en el 5 % y sabemos que tiene un derecho antidumping provisional del 73 %, para la empresa XXX que no tiene asignado el código adicional especifico (código residual B999).
Liquidación seria : EJEMPLO DE DERECHOS ANTIDUMPING Definitivo
PEROXOSULFATOS (Persulfatos)
Código TARIC 2833.40.00.00
El 4 de abril de 2012, la empresa ZZZ realiza una importación de 22.000 kg netos de Persulfatos, con origen de Estados Unidos‐US, y un valor CIF en Aduanas de 19.900 €. El Arancel esta fijado en el 5,5 % y sabemos que tiene un derecho antidumping definitivo de 39 %, la empresa ZZZ no tiene código específico asignado y el residual es el A999.
Liquidación seria : DERECHOS ANTIDUMPING Y
COMPENSATORIOS O ANTISUBVENCIÓN
DERECHOS ADICIONALES PARA EL AZÚCAR
DERECHOS ADICIONALES PARA LA CARNE DE AVE
OTROS DERECHOS ADICIONALES
Departamento de Aduanas e II. EE.
1.
DERECHOS ADICIONALES SOBRE EL
AZÚCAR
Que son los DERECHOS ADICIONALES para el azúcar
Son recargos que hay que SUMAR a los derechos normales del arancel.
Su finalidad es garantizar que unos determinados productos tengan una carga
fiscal efectiva en función de su precio de entrada.
Son consecuencia de la aplicación de la antigua Política Agrícola Comunitaria.
La normativa de base es :
• Reglamento 951 / 2006 (DO L-178 de 1-7-2006) Derechos Adicionales Azúcar
• Reglamento 1234 / 2007 (DO L-299 de 16-11-2007) se crea una organización
común de mercados agrícolas
Departamento de Aduanas e II. EE.
1.
2.
DERECHOS ADICIONALES SOBRE EL
AZÚCAR
Que son los DERECHOS ADICIONALES
para el azúcar
Que productos están afectados
Los productos afectados son :
- Azúcar en bruto sin adición de aromatizante ni colorante:
1701.11
- - De caña:
1701.11.10.00
- - - Que se destine al refinado.
1701.11.90.00
- - - Los demás.
1701.12
- - De remolacha:
1701.12.10.00
- - - Que se destine al refinado.
1701.12.90.00
- - - Los demás.
- Los demás:
1701.91.00.00
- - Con adición de aromatizante o colorante.
1701.99
- - Los demás:
1701.99.10
- - - Azúcar blanco:
1701.99.10.20
- - - - De caña.
1701.99.10.80
- - - - Los demás.
1701.99.90.00
- - - Los demás.
1702.90.95.00
1703
1703.10.00.00
1703.90.00.00
- - Los demás (código residual de la partida 1702 - los demás azucares).
MELAZA PROCEDENTE DE LA EXTRACCION O DEL REFINADO DEL AZUCAR:
- Melaza de caña.
- Las demás.
Departamento de Aduanas e II. EE.
1.
2.
3.
DERECHOS ADICIONALES SOBRE EL
AZÚCAR
Que son los DERECHOS ADICIONALES para el azúcar
Que productos están afectados
Funcionamiento de los DERECHOS ADICIONALES para el azúcar
X
Precio CIF DECLARADO “X”
>
Precio REPRESENTATIVO
5
Precio
DESENCADENANTE
PAGAR DERECHOS
ADICIONALES
Garantizar
una cantidad fija
PRECIOS
X
4
3
Precio
REPRESENTATIVO
Precio CIF DECLARADO “X”
<
Precio DESENCADENANTE
2
X
Hay 5 tramos
1
ACCIONES
La cantidad a pagar esta en
función de la diferencia entre el
precio CIF declarado (X) y el
precio DESENCADENANTE
ACCIONES
1.
2.
3.
4.
DERECHOS ADICIONALES SOBRE EL
AZÚCAR
Que son los DERECHOS ADICIONALES para el azúcar
Que productos están afectados
Funcionamiento de los DERECHOS ADICIONALES para el azúcar
Calculo de los DERECHOS ADICIONALES para el azúcar
• Caso 1, que la diferencia entre el precio desencadenante y el precio CIF sea inferior al 10 % del
precio desencadenante. En este caso no se aplican derechos adicionales.
• Caso 2, que la diferencia entre el precio desencadenante y el precio CIF sea superior al 10 % pero
inferior al 40 % del precio desencadenante. En este caso el cálculo seria: (0,27 * el precio
desencadenante) – (0,3 * el precio CIF) .
• Caso 3, que la diferencia entre el precio desencadenante y el precio CIF sea superior al 40 % pero
inferior al 60 % del precio desencadenante. En este caso el cálculo seria: (0,39 * el precio
desencadenante) – (0,5 * el precio CIF)
• Caso 4, que la diferencia entre el precio desencadenante y el precio CIF sea superior al 60 % pero
inferior al 75 % del precio desencadenante. En este caso el cálculo seria: (0,47 * el precio
desencadenante) – (0,7 * el precio CIF).
• Caso 5, que la diferencia entre el precio desencadenante y el precio CIF sea superior al 75 % del
precio desencadenante. En este caso el cálculo seria: (0,52 * el precio desencadenante) – (0,9 * el
precio CIF).
DERECHOS ADICIONALES SOBRE EL AZÚCAR
AZÚCAR DE CAÑA (no destinada a refinado)
Código TARIC 1701.11.90.00
El 3 de junio de 2011, se realiza una importación de 25.000 kg netos de azúcar con origen de Ecuador‐EC, y un valor CIF en Aduanas de 8.800 €. El Arancel esta fijado en el 41,9 € /QN y sabemos que tiene un derecho adicional del azúcar con un precio representativo de 44,730 €/QN, un precio desencadenante de 55,2 €/QN.
Liquidación seria : DERECHOS ADICIONALES SOBRE EL AZÚCAR
AZÚCAR DE CAÑA (no destinada a refinado).Código TARIC 1701.11.90.00
El 3 de septiembre de 2009, se realiza una importación de 418.500 kg netos de azúcar con origen de Malaui‐MW, y un valor CIF en Aduanas de 177.000 €. El Arancel esta fijado en el 41,9 € /QN y sabemos que tiene un derecho adicional del azúcar con un precio representativo de 40,4 €/QN, un precio desencadenante de 55,2 €/QN. Liquidación seria : DERECHOS ANTIDUMPING Y
COMPENSATORIOS O ANTISUBVENCIÓN
DERECHOS ADICIONALES PARA EL AZÚCAR
DERECHOS ADICIONALES PARA LA CARNE DE AVE
OTROS DERECHOS ADICIONALES
Departamento de Aduanas e II. EE.
DERECHOS ADICIONALES PARA LA CARNE DE AVE
1.
DERECHOS ADICIONALES para la carne de ave
Son recargos que hay que SUMAR a los derechos normales del arancel.
Su finalidad es garantizar que unos determinados productos tengan una carga
fiscal efectiva en función de su precio de entrada.
Son consecuencia de la aplicación de la antigua Política Agrícola Comunitaria.
Se aplican únicamente a ARGENTINA, BRASIL, Y CHILE.
Los precios y derechos son para cada uno de ellos.
La normativa de base es el Reglamento 1484/1995 (DO L-145 de 29-6-1995)
Departamento de Aduanas e II. EE.
DERECHOS ADICIONALES PARA LA CARNE DE AVE
1.
2.
DERECHOS ADICIONALES para la carne de ave
Que productos están afectados
0207.12
-- Sin trocear, congelados
0207.12.10.00 --- Desplumados, eviscerados, sin la cabeza ni las patas, pero con el cuello, el corazón, el hígado y la
molleja, llamados "pollos 70 %“. Para ARGENTINA
0207.12.90.00 --- Desplumados, eviscerados, sin la cabeza ni las patas y sin el cuello, el corazón, el hígado ni la molleja,
llamados "pollos 65 %", o presentados de otro modo. Para ARGENTINA Y BRASIL
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------0207.14
-- Trozos y despojos, congelados
--- Trozos
0207.14.10.00 ---- Deshuesados. Para ARGENTINA, BRASIL Y CHILE
---- Sin deshuesar
0207.14.50.00 ----- Pechugas y trozos de pechuga. Para ARGENTINA Y BRASIL
0207.14.60.00 ----- Muslos, contra muslos, y sus trozos. Para BRASIL
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- De pavo (gallipavo
0207.25.10.00 --- Desplumados, eviscerados, sin la cabeza ni las patas, pero con el cuello, el corazón, el hígado y la
molleja, llamados "pavos 80 %“. Para BRASIL
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------0207.27
-- Trozos y despojos, congelados
--- Trozos
0207.27.10.00 ---- Deshuesados. Para BRASIL Y CHILE
Departamento de Aduanas e II. EE.
DERECHOS ADICIONALES PARA LA CARNE DE AVE
1.
2.
DERECHOS ADICIONALES para la carne de ave
Que productos están afectados
- Yemas de huevo
-- Secas
0408.11.80.00 --- Las demás. Para ARGENTINA
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------0408
Huevos de ave sin cáscara (cascarón) y yemas de huevo, frescos, secos, cocidos en agua o vapor, moldeados, congelados o
conservados de otro modo, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante
- Yemas de huevo
- Los demás
-- Secos
0408.91.80.00 --- Los demás. Para ARGENTINA
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------1602
Las demás preparaciones y conservas de carne, despojos o sangre
- De aves de la partida 0105
1602.32
-- De gallo o gallina
--- Con un contenido de carne o despojos de aves superior o igual al 57 % en peso
1602.32.11.00 ---- Sin cocer. Para la determinación del porcentaje de carne de ave; no se tomará en consideración el peso de los huesos. Para
BRASIL y CHILE
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------3502
Albúminas (incluidos los concentrados de varias proteínas del lacto suero, con un contenido de proteínas del lacto suero
superior al 80 % en peso, calculado sobre materia seca) albuminatos y demás derivados de las albúminas
- Ovoalbúmina
-- Seca
3502.11.90
--- Las demás
3502.11.90.10 ---- Cristalizada. Para ARGENTINA
3502.11.90.90 ---- Las demás. Para ARGENTINA
Departamento de Aduanas e II. EE.
DERECHOS ADICIONALES PARA LA CARNE DE AVE
1.
2.
3.
DERECHOS ADICIONALES para la carne de ave
Que productos están afectados
Funcionamiento de los DERECHOS ADICIONALES para la carne de ave
X
Precio CIF DECLARADO “X”
>
Precio REPRESENTATIVO
5
Precio
DESENCADENANTE
PAGAR DERECHOS
ADICIONALES
Garantizar
una cantidad fija
PRECIOS
X
4
3
Precio
REPRESENTATIVO
Precio CIF DECLARADO “X”
<
Precio DESENCADENANTE
2
X
Hay 5 tramos
1
ACCIONES
La cantidad a pagar esta en
función de la diferencia entre el
precio CIF declarado (X) y el
precio DESENCADENANTE
ACCIONES
DERECHOS ADICIONALES PARA LA CARNE DE AVE
1.
2.
3.
4.
DERECHOS ADICIONALES para la carne de ave
Que productos están afectados
Funcionamiento de los DERECHOS ADICIONALES para la carne de ave
Calculo de los DERECHOS ADICIONALES para la carne de ave
• Caso 1, que la diferencia entre el precio desencadenante y el precio CIF sea inferior al 10 % del
precio desencadenante. En este caso no se aplican derechos adicionales.
• Caso 2, que la diferencia entre el precio desencadenante y el precio CIF sea superior al 10 % pero
inferior al 40 % del precio desencadenante. En este caso el cálculo seria: (0,27 * el precio
desencadenante) – (0,3 * el precio CIF) .
• Caso 3, que la diferencia entre el precio desencadenante y el precio CIF sea superior al 40 % pero
inferior al 60 % del precio desencadenante. En este caso el cálculo seria: (0,39 * el precio
desencadenante) – (0,5 * el precio CIF)
• Caso 4, que la diferencia entre el precio desencadenante y el precio CIF sea superior al 60 % pero
inferior al 75 % del precio desencadenante. En este caso el cálculo seria: (0,47 * el precio
desencadenante) – (0,7 * el precio CIF).
• Caso 5, que la diferencia entre el precio desencadenante y el precio CIF sea superior al 75 % del
precio desencadenante. En este caso el cálculo seria: (0,52 * el precio desencadenante) – (0,9 * el
precio CIF).
Departamento de Aduanas e II. EE.
DERECHOS ADICIONALES PARA LA CARNE DE AVE
PECHUGAS DE PAVO DESHUESADO
Código TARIC 0207.14.10.00
El 4 de julio de 2011, la empresa ZZZ realiza una importación de 22.000 kg netos de carne de pavo deshuesado, con origen de Brasil‐BR, y un valor CIF en Aduanas de 47.500 €. El Arancel esta fijado en el 102,4 €/QN y sabemos que tiene un derecho adicional para la carne de ave con un precio desencadenante de 333,5 €/QN, un precio representativo de 202,4 €/QN y una garantía de 29 €/QN
Liquidación seria : DERECHOS ADICIONALES PARA LA CARNE DE AVE
PECHUGAS DE POLLO SIN PIEL Y SIN HUESO
Código TARIC 0207.14.10.00
El 17 de septiembre de 2009, la empresa ZZZ realiza una importación de 15.000 kg netos de pechugas de pollo congeladas sin piel y sin huesos, con origen de Brasil‐BR, y un valor CIF en Aduanas de 24.300 €. El Arancel esta fijado en el 102,4 €/QN y sabemos que tiene un derecho adicional para la carne de ave con un precio representativo de 333,5 €/QN, un precio desencadenante de 202,6 €/QN. Liquidación seria : DERECHOS ANTIDUMPING Y
COMPENSATORIOS O ANTISUBVENCIÓN
DERECHOS ADICIONALES PARA EL AZÚCAR
DERECHOS ADICIONALES PARA LA CARNE DE AVE
OTROS DERECHOS ADICIONALES
Departamento de Aduanas e II. EE.
OTROS DERECHOS ADICIONALES
1.
Otros DERECHOS ADICIONALES
Son derechos que se establecen generalmente por sanciones a un país o como
medidas de salvaguardias.
En la actualidad únicamente están vigentes los derechos adicionales sobre
determinados productos originarios de ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Estos derechos adicionales se impusieron como sanción
Son recargos que hay que SUMAR a los derechos normales del arancel.
El derecho adicional está fijado en el 15 %
La normativa de base es el Reglamento 673/2005 (DO L-110), modificado en
ultimo lugar por el Reg 311/2011 (L 86 de 1-4-2011).
Departamento de Aduanas e II. EE.
OTROS DERECHOS ADICIONALES
1.
2.
Otros DERECHOS ADICIONALES
Que productos están afectados
Desde el 1 de mayo de 2011 (Reg. 311/2011 L-86 de 1-4-2011)
0710.40.00
Maíz
8705.10
Camiones grúa
9003.19
Monturas de gafas
Departamento de Aduanas e II. EE.
OTROS DERECHOS ADICIONALES
1.
2.
3.
Otros DERECHOS ADICIONALES
Que productos están afectados
Consulta de datos relacionados con los DERECHOS ADICIONALES
Consulta BASE DE DATOS de la AEAT
https://www3.aeat.es/ADUA/internet/aduanaie.html
Consulta BASE DE DATOS de la COMISIÓN
http://ec.europa.eu/taxation_customs/dds/tarhome_es.htm
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OTROS DERECHOS ADICIONALES
MAÍZ DULCE
Código TARIC 0710.40.00.00
El 4 de abril de 2012, se realiza una importación de 23.000 kg netos escurrido de maíz dulce congelado, con origen de Estados Unidos‐US, y un valor CIF en Aduanas de 25.000 €. El Arancel esta fijado en el 5,1 % + 9,4 €/Quintal neto escurrido y sabemos que tiene un derecho adicional del 15 %.
Liquidación seria : Departamento de Aduanas e II. EE.
Muchas gracias por su atención
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