ayudas para salvar o reestructurar empresas en crisis
Transcripción
ayudas para salvar o reestructurar empresas en crisis
AYUDAS DEL INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) AYUDAS PARA SALVAR O REESTRUCTURAR EMPRESAS EN CRISIS Objetivo Favorecer el regreso a la viabilidad técnica y económica de las empresas gallegas que se encuentren en una situación de crisis. Beneficiarios Empresas gallegas que, encontrándose en situación de dificultad y siendo incapaces de reestructurarse con sus propios recursos, pretendan acometer un plan de reestructuración que asegure su viabilidad futura. Conceptos subvencionables Ayudas de salvamento: - Concesión de garantías sobre préstamos o créditos a corto plazo, cuyo destino será la financiación de los gastos de funcionamiento y su importe se restringirá a lo estrictamente necesario para mantener la empresa en funcionamiento hasta la presentación de un plan de reestructuración o de liquidación. Ayudas de reestructuración: - Garantías del 70% (máximo) sobre préstamos.- Subvenciones a fondo perdido de los gastos financieros de préstamos a largo plazo destinados a la reestructuración de pasivos. - Subvenciones a fondo perdido de los gastos financieros de préstamos a largo plazo concertados por personas físicas o jurídicas destinados a la ampliación de capital de las sociedades en crisis. - Subvención a fondo perdido de los costes externos de elaboración del plan de reestructuración de empresas en crisis acogidas a estas bases, cuando se compruebe que la empresa no está en condiciones de soportar dichos costes. Importe máximo Ayudas de salvamento: - Garantías sobre préstamos. Ayudas de reestructuración: - En el caso de garantías cobertura con carácter general no superará el 70%. - En el caso de préstamos para la reestructuración de pasivos la cuantía de la operación financiera subsidiable se determinará en función de las previsiones de tesorería. - En el caso de préstamos para la ampliación de capital se computarán los gastos financieros que se devenguen durante los 5 primeros años de vigencia de las operaciones de préstamo. Estas ayudas no excederán los límites cuantitativos establecidos relativos a las ayudas de mínimis. El importe máximo de ayuda combinada concedida a una empresa no podrá superar los 10 millones de euros. Plazo Estas bases tendrán vigencia indefinida hasta que no se publique su derogación expresa. DOG y fecha Bases: DOG de 4 de enero de 2006 Corrección de errores: DOG 7 de 11 de enero de 2006 Modificación de las bases: DOG 81 de 27 de abril de 2006 51