ayudas para salvar o reestructurar empresas en crisis

Transcripción

ayudas para salvar o reestructurar empresas en crisis
AYUDAS DEL INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE)
AYUDAS PARA SALVAR O REESTRUCTURAR EMPRESAS EN CRISIS
Objetivo
Favorecer el regreso a la viabilidad técnica y económica de las empresas gallegas que se encuentren
en una situación de crisis.
Beneficiarios
Empresas gallegas que, encontrándose en situación de dificultad y siendo incapaces de
reestructurarse con sus propios recursos, pretendan acometer un plan de reestructuración
que asegure su viabilidad futura.
Conceptos subvencionables
Ayudas de salvamento:
- Concesión de garantías sobre préstamos o créditos a corto plazo, cuyo destino será la financiación
de los gastos de funcionamiento y su importe se restringirá a lo estrictamente necesario para
mantener la empresa en funcionamiento hasta la presentación de un plan de reestructuración o de
liquidación.
Ayudas de reestructuración:
- Garantías del 70% (máximo) sobre préstamos.- Subvenciones a fondo perdido de los gastos financieros
de préstamos a largo plazo destinados a la reestructuración de pasivos.
- Subvenciones a fondo perdido de los gastos financieros de préstamos a largo plazo concertados
por personas físicas o jurídicas destinados a la ampliación de capital de las sociedades en crisis.
- Subvención a fondo perdido de los costes externos de elaboración del plan de reestructuración de
empresas en crisis acogidas a estas bases, cuando se compruebe que la empresa no está en condiciones
de soportar dichos costes.
Importe máximo
Ayudas de salvamento:
- Garantías sobre préstamos.
Ayudas de reestructuración:
- En el caso de garantías cobertura con carácter general no superará el 70%.
- En el caso de préstamos para la reestructuración de pasivos la cuantía de la operación financiera
subsidiable se determinará en función de las previsiones de tesorería.
- En el caso de préstamos para la ampliación de capital se computarán los gastos financieros que se
devenguen durante los 5 primeros años de vigencia de las operaciones de préstamo.
Estas ayudas no excederán los límites cuantitativos establecidos relativos a las ayudas de mínimis.
El importe máximo de ayuda combinada concedida a una empresa no podrá superar los 10 millones
de euros.
Plazo
Estas bases tendrán vigencia indefinida hasta que no se publique su derogación expresa.
DOG y fecha
Bases: DOG de 4 de enero de 2006
Corrección de errores: DOG 7 de 11 de enero de 2006
Modificación de las bases: DOG 81 de 27 de abril de 2006
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