boletín oficial de la provincia de segovia

Transcripción

boletín oficial de la provincia de segovia
AÑO 2015.— NUMERO 64
VIERNES, 29 DE MAYO
SUMARIO
DIPUTACIÓN DE SEGOVIA
Secretaría General
Extractos de los acuerdos adoptados por el Pleno de la Corporación, sesión ordinaria de 21 de mayo de 2015
Intervención
Aprobación definitiva de modificación Presupuestaria
Contratación y Patrimonio
........ Pág. 4
................................................................................ Pág. 5
AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA
Licitación de “Otorgamiento de la concesión administrativa del local-taquilla n.º 2 para despachos de billetes
del inmueble municipal sito en Plaza de Estación de Autobuses ....................................................................
Licitación de “Otorgamiento de la concesión administrativa del local-taquilla n.º 3 para despachos de billetes
del inmueble municipal sito en Plaza de Estación de Autobuses ....................................................................
Licitación de “Otorgamiento de la concesión administrativa del local-taquilla n.º 6 para despachos de billetes
del inmueble municipal sito en Plaza de Estación de Autobuses ....................................................................
Pág. 6
Pág. 7
Pág. 9
Licitación de “Otorgamiento de la concesión administrativa del local-taquilla n.º 10 para despachos de billetes
del inmueble municipal sito en Plaza de Estación de Autobuses ..................................................................
Pág. 10
Inicio del trámite de información pública de licencia ambiental. Expte. 3138/2013 ............................................
Pág. 11
Urbanismo, Obras y Servicios
Aprobación de iniciativa de implantación de huertos de miel, y aprobación del condicionado
por el que se rige la dinámica de actuación ............................................................................................
Pág. 12
Gobierno Interior-Personal
Listas provisionales de bomberos ........................................................................................................ Pág. 12
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Pág. 2
JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
Delegación Territorial de Segovia
Servicio Territorial de Medio Ambiente
Información pública de solicitud de ocupación temporal de terrenos de la vía pecuaria denominada
“Vereda de Marigarcía y Fuentes Nuevas” ............................................................................................
Pág. 16
JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO
Ministerio del Interior
Resolución de expedientes de pérdida de vigencia de permisos de conducción, por pérdia total
de puntos asignados ........................................................................................................................
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Pág. 17
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Segovia
Expediente de Dominio. Inmatriculación 0000408/2013 ............................................................................ Pág. 17
Juicio de Faltas 0000012 /2015
.......................................................................................................... Pág. 18
Ayuntamiento de Ayllón
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
Aprobación inicial del Presupuesto General 2015
Ayuntamiento de Bernardos
.................................................................................... Pág. 18
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza n.º 1/2013 por la que se acuerda la creación,
modificación y supresión de ficheros de datos de carácter personal del Ayuntamiento ......................................
Ayuntamiento de Cantalejo
Licitación de contrato de gestión de servicio público de camping, 2.ª categoría “Hoces del Duratón”
Ayuntamiento de El Espinar
.................... Pág. 20
Aprobación inicial y exposición pública del expediente de modificación de créditos n.º 10/2015,
créditos extraordinarios para adquisición de material escolar, financiados con baja por anulación ........................
Aprobación inicial y exposición pública del expediente de modificación de créditos n.º 9/2015,
créditos extraordinarios para inversiones, financiados con nuevos ingresos presupuestarios ..............................
Ayuntamiento de Fuentesaúco de Fuentidueña
Aprobación definitiva del Reglamento sobre el uso de la Factura Electrónica ..................................................
Ayuntamiento de Labajos
Aprobación definitiva de la Ordenanza de la Factura Electrónica
Pág. 21
Pág. 22
Pág. 22
................................................................ Pág. 23
Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza del Impuesto Bienes Inmuebles
Ayuntamiento de Martín Miguel
Pág. 19
.................................... Pág. 26
Aprobación definitiva del texto de modificación de la Ordenanza Reguladora de la Tasa por prestación
del servicio de suministro de agua a domicilio ........................................................................................
Pág. 26
Padrón cobratorio de la Tasa de Agua ..................................................................................................
Pág. 31
Ayuntamiento de Miguelañez
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Ayuntamiento de Ortigosa de Pestaño
BOPS
Pág. 3
Aprobación definitiva del Presupuesto General 2015 ................................................................................
Pág. 32
Plan Económico Financiero para el cumplimiento de la regla de gasto ..........................................................
Pág. 33
Ayuntamiento de Perosillo
Ayuntamiento de Pinarejos
.......................................................................................................... Pág. 34
Elección de Juez de Paz Titular
Ayuntamiento de Santo Tomé del Puerto
Aprobación definitiva del Reglamento de Factura Electrónica
Aprobación definitiva de la modificación del I.B.I.
.................................................................... Pág. 34
.................................................................................... Pág. 35
Ayuntamiento de Santiuste de San Juan Bautista
Exposición pública de la Cuenta General ejercicio 2014 ............................................................................
Pág. 36
Exposición pública de la Cuenta General 2014........................................................................................
Pág. 37
Aprobación inicial de la Ordenanza Reguladora del Reglamento sobre el uso de la Factura Electrónica ....................
Pág. 37
Aprobación del Padrón de Agua y Alcantarillado, correspondiente al primer cuatrimestre 2015 ..................................
Pág. 37
Ayuntamiento de Torre Val de San Pedro
Ayuntamiento de Valdevacas de Montejo
Ayuntamiento de Zarzuela del Pinar
Entidad Local Menor de Arroyo de Cuéllar
Aprobación provisional del Presupuesto General para el año 2015
Entidad Local Menor de Moraleja de Coca
.............................................................. Pág. 38
Exposición pública de la Cuenta General ejercicio 2014 ............................................................................
Mancomunidad de Municipios del Eresma
Información pública de la Cuenta General ejercicio 2014
Pág. 38
.......................................................................... Pág. 39
PARTICULARES Y OTROS ANUNCIANTES
Notaría de María Yolanda Fernández Saiz
Acta de Notoriedad de Inmatricular Exceso Finca .................................................................................... Pág. 39
Notaría de Antonio Manuel Martínez Cordero
Acta de Notoriedad para Inmatriculación de Exceso de Cabida
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.................................................................. Pág. 40
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DIPUTACIÓN DE SEGOVIA
Secretaría General
EXTRACTOS DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN
SESIÓN ORDINARIA DE 21 DE MAYO DE 2015
Presidida por el Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Vázquez Requero, Presidente de la Corporación y
con asistencia de todos los Diputados, Secretaria General e Interventor.
Se adoptan los siguientes acuerdos, que se reflejan en el extracto y que salvo indicación en contrario se acuerdan por unanimidad de los miembros presentes.
1.- Aprobar el acta de la sesión ordinaria de 28 de abril de 2015.
2.1.- Darse por enterado del Informe de evaluación formativa del Subplan de Centros del II Plan
Local de Acción Social 2011-2015, elaborado por el Servicio de Acción Social de la Diputación.
2.2.- Adjudicar el procedimiento abierto convocado para contratar la Gestión indirecta, mediante
concesión, del Servicio Público Básico de Ayuda a Domicilio de Segovia a la empresa Clece S.A., de
Madrid, por un importe total, IVA incluido, de 16 €/hora.
3.1.- Aprobar, con carácter general, los precios públicos de los espectáculos que tengan lugar en
el Teatro Juan Bravo, en una cuantía entre 50 y 1 €, delimitándose por la Presidencia de la Corporación el precio público individualizado en el momento de la adjudicación del contrato de actuación de
cada espectáculo, así como las diferentes modalidades de contratación, mediante caché o a taquilla,
de los mismos, (por mayoría, con el voto a favor de los quince Diputados del Grupo Popular, diez en
contra de los Diputados del Grupo Socialista y ninguna abstención).
4.1.- Aceptar la entrega y puesta a disposición, por parte de la Junta de Castilla y León, de varios
tramos de las carreteras provinciales SG-P-2211, SG-V-2113, SG-V-2115, SG-V-3313, SG-V-3312 y
SG-V-3122; entregar y poner a disposición de la Junta de Castilla y León antiguos tramos de las carreteras provinciales SG-P-2211 Y SG-V-2115 que pasan a formar parte de la autovía A-601, como
elementos funcionales de la misma, y remitir a la Comisión de Carreteras de la Junta de Castilla y
León el Catálogo de la Red Provincial de Carreteras, junto con las modificaciones aprobadas, para
la emisión de informe previo a la aprobación de las mismas por la Junta de Castilla y León.
4.2.- Aprobar el Plan Provincial de Protección Civil de la provincia de Segovia y remitirlo a la
Agencia de Protección Civil de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y
León para su homologación (dos abstenciones por ausencia en el punto).
5.1.- Autorizar a un trabajador de la Plantilla de Personal Laboral Fijo de la Corporación, Auxiliar
de carreteras del Servicio de Infraestructura y Obras, la compatibilidad para el ejercicio de actividad
privada profesional, por cuenta ajena, de jardinería (por mayoría, con el voto a favor de los doce Diputados presentes del Grupo Popular, trece abstenciones de los diez Diputados del Grupo Socialista
y tres por ausencia del punto y ningún voto en contra).
6.1.- Aprobar el Inventario General de Bienes y Derechos de la Corporación, rectificado y referido
a 31 de diciembre de 2014, con un total de 8.327 bienes o derechos y una valoración total de
36.399.673,27 euros.
7.- No se formula petición ni observación alguna sobre los acuerdos adoptados por el Pleno ordinario de 28 de abril de 2015.
8.- Dar cuenta de los Decretos dictados por la Presidencia de la Corporación durante el mes de
abril de 2015.
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9.- Dar cuenta de los acuerdos adoptados en las Juntas de Gobierno de la Corporación, sesiones ordinarias de 20 de abril y 4 de mayo de 2015.
10.- Por unanimidad, se acuerda declarar la urgencia de un asunto en el cual el Pleno acordó lo
siguiente:
10.1.- Rechazar la Moción presentada por el Grupo Socialista sobre rescisión de todos los contratos de comedores escolares de la provincia, aprobando la alternativa propuesta por el grupo Popular de solicitar a la Junta que se adopten las medidas necesarias y se ponga especial vigilancia en
las condiciones de los contratos, en la calidad y control de los alimentos de los comedores escolares
(por unanimidad de los veintitrés Diputados presentes, dos abstenciones por ausencia en el punto y
ninguno en contra).
Lo que se hace público para general conocimiento, con la advertencia de que el acta correspondiente puede ser examinada por cualquier interesado en la Conserjería del Palacio Provincial, en horas hábiles de oficina.
Segovia, a 26 de mayo de 2015.— La Secretaria General, M.ª Lourdes Merino Ibáñez.
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Intervención
ANUNCIO
Aprobado por el Pleno de esta Diputación provincial, en sesión celebrada el día 28 de abril de
2015, el expediente de modificaciones presupuestarias número 2 de los de competencia plenaria.
En el periodo de información pública que fue anunciado en el Boletín Oficial de la provincia número
54, de 6 de mayo de 2015, sin haberse producido reclamaciones contra el mismo, ha quedado definitivamente aprobado el expediente, de conformidad con el artículo 169.1 del R.D. Legislativo
2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
El importe de las modificaciones definitivamente aprobadas es el que, expresado a nivel de capítulos, se indica a continuación:
INGRESOS:
Capítulos
9
Capítulos
2
4
6
7
8
Denominación
Pasivos financieros
TOTAL INGRESOS
Denominación
GASTOS:
Gastos corrientes en bienes y servicios
Transferencias corriente
Inversiones reales
Transferencias de capital
Activos financieros
TOTAL GASTOS
Aumentos euros
Bajas euros
Aumentos euros
Bajas euros
300.000,00
300.000,00
128.800,00
188.150,00
119.000,00
18.000,00
50,00
454.000,00
134.000,00
20.000,00
154.000,00
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Contra el referido acuerdo, elevado a definitivo, podrán los interesados interponer directamente
recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente, con sede en Burgos, del Tribunal
Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente día al
de esta publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Segovia, a 26 de mayo de 2015.— La Secretaria General, M.ª Lourdes Merino Ibáñez.
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AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA
Contratación y Patrimonio
CONTRATACIÓN
En cumplimiento del acuerdo adoptado en La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria,
con fecha 21 de Mayo de 2015, y conforme a lo dispuesto en el art. 142 del R.D. Legislativo 3/2011
de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público se anuncia la licitación correspondiente a “Otorgamiento de la concesión administrativa de Local-Taquilla n.º 2 para Despacho de Billetes en el inmueble municipal sito en la Plaza Estación de
Autobuses“.
1.- Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Ayuntamiento de Segovia.
b) Dependencia que tramita el Expediente: Patrimonio- Contratación.
c) Obtención de la documentación e información: Ayuntamiento de Segovia, Sección de Patrimonio y Contratación (3.ª planta), Plaza Mayor 1-40001-Segovia, Teléfono: 921 419 877/56, Fax 921
419 873, Correo electrónico [email protected]. Dirección de Internet del perfil de contratante:
sede.segovia.es
d) Fecha límite de obtención de documentación e información: Fecha de terminación del plazo de
licitación (15 días naturales contados a partir de la fecha de la publicación del anuncio en el BOP).
e) N.º Expediente: 000007/2015-CNT
2.- Objeto del contrato:
a) Tipo: Concesión Administrativa.
b) Descripción: Es la contratación consistente en la concesión administrativa del uso privativa del
dominio público de un local taquilla para el despacho de billetes para el transporte público regular
permanente de uso general de viajeros por carretera que tenga su origen o destino en Segovia, o figure este ciudad dentro del tráfico de dicha concesión y conforme a las exigencias establecidas en
el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
c) Lugar de ejecución: Segovia
d) Plazo de duración del contrato: La concesión se otorga por un plazo determinado de OCHO (8)
años contados a partir de la fecha de formalización del contrato.
3.- Tramitación y procedimiento:
a) Tramitación: Ordinaria
b) Procedimiento: Abierto.
c) Criterios de adjudicación:
-Mayor canon a abonar al Ayuntamiento de Segovia
4.- Canon a satisfacer:
Se establece como presupuesto de licitación un canon mínimo anual de 1.805,05 euros.-incrementado con el IVA correspondiente
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6.- Garantías exigidas:
Provisional: No se exige.
Definitiva: Una mensualidad del canon.
7.- Requisitos específicos del contratista:
a) Solvencia económica y financiera:
Deberá acreditarse mediante Informes de Instituciones Financieras.
b) Solvencia técnica y profesional:
Ser titular en el momento de la expiración del plazo de presentación de ofertas de concesión administrativa de transporte público regular permanente y de uso general que tenga origen o destino
en Segovia o que figure en el itinerario del tráfico de esta Localidad. La documentación exigida para
la comprobación de tales extremos será: Certificado exigido por la Administración concedente, que
determine los tráficos que tiene adjudicados, en los que Segovia, figure como origen, destino o forme parte del itinerario y fecha de vencimiento de la concesión.
8.- Presentación de ofertas:
a) El plazo para presentar las ofertas será de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOP.
b) Se presentarán en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Segovia. Plaza Mayor n.º 1, 40001, en el horario de 8,30 a 14:30 horas.
También podrán enviarse por correo con cumplimiento de los requisitos exigidos en el art. 80.4
del R.D. 1098/2001.
8.- Apertura de ofertas:
Finalizado el plazo de presentación de ofertas se procederá a la apertura de la documentación,
que tendrá lugar el día y hora que señale el Presidente de la Mesa de contratación, en la Casa Consistorial, sita en Plaza Mayor n.º 1 de Segovia (CP 40001) . El día y la hora de los actos públicos de
apertura de ofertas se anunciará en el perfil de contratante del órgano de contratación.
9.- Gastos de publicidad:
Se fijan en 106,72 euros.
En Segovia, a 21 de mayo de 2015.— La Alcaldesa, Clara I. Luquero Nicolás.
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En cumplimiento del acuerdo adoptado en La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria, con
fecha 21 de mayo de 2015, y conforme a lo dispuesto en el art. 142 del R.D. Legislativo 3/2011 de
14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público se anuncia la licitación correspondiente a “Otorgamiento de la concesión administrativa de LocalTaquilla n.º 3 para Despacho de Billetes en el inmueble municipal sito en la Plaza Estación de Autobuses“.
1.-Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Ayuntamiento de Segovia.
b) Dependencia que tramita el Expediente: Patrimonio- Contratación.
c) Obtención de la documentación e información: Ayuntamiento de Segovia, Sección de Patrimonio y Contratación (3.ª planta), Plaza Mayor 1-40001-Segovia, Teléfono: 921 419 877/56, Fax 921
419 873, Correo electrónico [email protected] .Dirección de Internet del perfil de contratante:
sede.segovia.es
d) Fecha límite de obtención de documentación e información: Fecha de terminación del plazo
de licitación (15 días naturales contados a partir de la fecha de la publicación del anuncio en el
BOP).
e) N.º Expediente: 000006/2015-CNT
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2.-Objeto del contrato:
a) Tipo: Concesión Administrativa.
b) Descripción: Es la contratación consistente en la concesión administrativa del uso privativa del
dominio público de un local taquilla para el despacho de billetes para el transporte público regular
permanente de uso general de viajeros por carretera que tenga su origen o destino en Segovia, o figure este ciudad dentro del tráfico de dicha concesión y conforme a las exigencias establecidas en
el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
c) Lugar de ejecución: Segovia
d) Plazo de duración del contrato: la concesión se otorga por un plazo determinado de OCHO (8)
años contados a partir de la fecha de formalización del contrato.
3.-Tramitación y procedimiento:
a) Tramitación: Ordinaria
b) Procedimiento: Abierto.
c) Criterios de adjudicación:
-Mayor canon a abonar al Ayuntamiento de Segovia
4.- Canon a satisfacer:
Se establece como presupuesto de licitación un canon mínimo anual de 1.995,06 euros.-incrementado con el IVA correspondiente
6.- Garantías exigidas:
Provisional: no se exige.
Definitiva: Una mensualidad del canon.
7.- Requisitos específicos del contratista:
a) Solvencia económica y financiera:
Deberá acreditarse mediante Informes de Instituciones Financieras.
b) Solvencia técnica y profesional:
Ser titular en el momento de la expiración del plazo de presentación de ofertas de concesión administrativa de transporte público regular permanente y de suso general que tenga origen o destino
en Segovia o que figure en el itinerario del tráfico de esta Localidad. La documentación exigida para
la comprobación de tales extremos será: Certificado exigido por la Administración concedente, que
determine los tráficos que tiene adjudicados, en los que Segovia, figure como origen, destino o forme parte del itinerario y fecha de vencimiento de la concesión.
8.- Presentación de ofertas:
a) El plazo para presentar las ofertas será de 15 dias naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el B.O.P.
b) Se presentarán en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Segovia. Plaza Mayor
n.º 1, 40001, en el horario de 8,30 a 14:30 horas.
También podrán enviarse por correo con cumplimiento de los requisitos exigidos en el art. 80.4
del R.D. 1098/2001.
8.- Apertura de ofertas:
Finalizado el plazo de presentación de ofertas se procederá a la apertura de la documentación,
que tendrá lugar el día y hora que señale el Presidente de la Mesa de contratación, en la Casa Consistorial, sita en Plaza Mayor n.º 1 de Segovia (CP 40001) . El día y la hora de los actos públicos de
apertura de ofertas se anunciará en el perfil de contratante del órgano de contratación.
9.- Gastos de publicidad:
Se fijan en 106,72 euros.
En Segovia, a 21 de mayo de 2015.— La Alcaldesa, Clara I. Luquero Nicolás.
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En cumplimiento del acuerdo adoptado en La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria, con
fecha 21 de mayo de 2015, y conforme a lo dispuesto en el art. 142 del R.D. Legislativo 3/2011 de
14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público se anuncia la licitación correspondiente a “Otorgamiento de la concesión administrativa de LocalTaquilla n.º 6 para Despacho de Billetes en el inmueble municipal sito en la Plaza Estación de Autobuses“.
1.-Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Ayuntamiento de Segovia.
b) Dependencia que tramita el Expediente: Patrimonio- Contratación.
c) Obtención de la documentación e información: Ayuntamiento de Segovia, Sección de Patrimonio y Contratación (3.ª planta), Plaza Mayor 1-40001-Segovia, Teléfono: 921 419 877/56, Fax 921
419 873, Correo electrónico [email protected]. Dirección de Internet del perfil de contratante:
sede.segovia.es
d) Fecha límite de obtención de documentación e información: Fecha de terminación del plazo de
licitación (15 días naturales contados a partir de la fecha de la publicación del anuncio en el BOP).
e) N.º Expediente: 000009/2015-CNT
2.-Objeto del contrato:
a) Tipo: Concesión Administrativa.
b) Descripción: Es la contratación consistente en la concesión administrativa del uso privativa del
dominio público de un local taquilla para el despacho de billetes para el transporte público regular
permanente de uso general de viajeros por carretera que tenga su origen o destino en Segovia, o figure este ciudad dentro del tráfico de dicha concesión y conforme a las exigencias establecidas en
el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
c) Lugar de ejecución: Segovia
d) Plazo de duración del contrato: La concesión se otorga por un plazo determinado de ocho (8)
años contados a partir de la fecha de formalización del contrato.
3.-Tramitación y procedimiento:
a) Tramitación: Ordinaria
b) Procedimiento: Abierto.
c) Criterios de adjudicación:
-Mayor canon a abonar al Ayuntamiento de Segovia
4.- Canon a satisfacer:
Se establece como presupuesto de licitación un canon mínimo anual de 1.171,44.-incrementado
con el IVA correspondiente
6.- Garantías exigidas:
Provisional: no se exige.
Definitiva: una mensualidad del canon.
7.- Requisitos específicos del contratista:
a) Solvencia económica y financiera:
Deberá acreditarse mediante Informes de Instituciones Financieras.
b) Solvencia técnica y profesional:
Ser titular en el momento de la expiración del plazo de presentación de ofertas de concesión administrativa de transporte público regular permanente y de uso general que tenga origen o destino
en Segovia o que figure en el itinerario del tráfico de esta Localidad. La documentación exigida para
la comprobación de tales extremos será: Certificado exigido por la Administración concedente, que
determine los tráficos que tiene adjudicados, en los que Segovia, figure como origen, destino o forme parte del itinerario y fecha de vencimiento de la concesión.
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8.- Presentación de ofertas :
a) El plazo para presentar las ofertas será de 15 dias naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el B.O.P.
b) Se presentarán en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Segovia. Plaza Mayor
n.º 1, 40001, en el horario de 8,30 a 14:30 horas.
También podrán enviarse por correo con cumplimiento de los requisitos exigidos en el art. 80.4
del R.D. 1098/2001.
8.- Apertura de ofertas:
Finalizado el plazo de presentación de ofertas se procederá a la apertura de la documentación,
que tendrá lugar el día y hora que señale el Presidente de la Mesa de contratación, en la Casa Consistorial, sita en Plaza Mayor n.º 1 de Segovia (CP 40001). El día y la hora de los actos públicos de
apertura de ofertas se anunciará en el perfil de contratante del órgano de contratación.
9.- Gastos de Publicidad:
Se fijan en 106,72 euros.
En Segovia, a 21 de mayo de 2015.— La Alcaldesa, Clara I. Luquero Nicolás.
11058
En cumplimiento del acuerdo adoptado en La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria, con fecha 21 de Mayo de 2015, y conforme a lo dispuesto en el art. 142 del R.D. Legislativo 3/2011 de 14 de
noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público se anuncia la licitación correspondiente a “Otorgamiento de la concesión administrativa de Local-Taquilla n.º 10
para Despacho de Billetes en el inmueble municipal sito en la Plaza Estación de Autobuses“.
1.- Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Ayuntamiento de Segovia.
b) Dependencia que tramita el Expediente: Patrimonio- Contratación.
c) Obtención de la documentación e información: Ayuntamiento de Segovia, Sección de Patrimonio y Contratación (3.ª planta), Plaza Mayor 1-40001-Segovia, Teléfono: 921 419877/56, Fax 921
419873, Correo electrónico [email protected]. Dirección de Internet del perfil de contratante:
sede.segovia.es
d) Fecha límite de obtención de documentación e información: Fecha de terminación del plazo de
licitación (15 días naturales contados a partir de la fecha de la publicación del anuncio en el BOP).
e) N.º Expediente: 000008/2015-CNT
2.- Objeto del contrato:
a) Tipo: Concesión Administrativa.
b) Descripción: Es la contratación consistente en la concesión administrativa del uso privativa del
dominio público de un local taquilla para el despacho de billetes para el transporte público regular
permanente de uso general de viajeros por carretera que tenga su origen o destino en Segovia, o figure este ciudad dentro del tráfico de dicha concesión y conforme a las exigencias establecidas en
el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
c) Lugar de ejecución: Segovia
d) Plazo de duración del contrato: La concesión se otorga por un plazo determinado de OCHO (8)
años contados a partir de la fecha de formalización del contrato.
3.- Tramitación y procedimiento:
a) Tramitación: Ordinaria
b) Procedimiento: Abierto.
c) Criterios de adjudicación:
-Mayor canon a abonar al Ayuntamiento de Segovia.
Núm. 64
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4.- Canon a satisfacer:
Se establece como presupuesto de licitación un canon mínimo anual de 7.223,17.-incrementado
con el IVA correspondiente
6.- Garantías exigidas:
Provisional: No se exige.
Definitiva: Una mensualidad del canon.
7.- Requisitos específicos del contratista:
a) Solvencia económica y financiera:
Deberá acreditarse mediante Informes de Instituciones Financieras.
b) Solvencia técnica y profesional:
Ser titular en el momento de la expiración del plazo de presentación de ofertas de concesión administrativa de transporte público regular permanente y de uso general que tenga origen o destino
en Segovia o que figure en el itinerario del tráfico de esta Localidad. La documentación exigida para
la comprobación de tales extremos será: Certificado exigido por la Administración concedente, que
determine los tráficos que tiene adjudicados, en los que Segovia, figure como origen, destino o forme parte del itinerario y fecha de vencimiento de la concesión.
8.- Presentación de ofertas:
a) El plazo para presentar las ofertas será de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOP.
b) Se presentarán en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Segovia. Plaza Mayor
n.º 1, 40001, en el horario de 8,30 a 14:30 horas.
También podrán enviarse por correo con cumplimiento de los requisitos exigidos en el art. 80.4
del R.D. 1098/2001.
8.- Apertura de ofertas:
Finalizado el plazo de presentación de ofertas se procederá a la apertura de la documentación,
que tendrá lugar el día y hora que señale el Presidente de la Mesa de contratación, en la Casa Consistorial, sita en Plaza Mayor n.º 1 de Segovia (CP 40001) . El día y la hora de los actos públicos de
apertura de ofertas se anunciará en el perfil de contratante del órgano de contratación.
9.- Gastos de publicidad:
Se fijan en 106,72 euros.
En Segovia, a 21 de mayo de 2015.— La Alcaldesa, Clara I. Luquero Nicolás.
Urbanismo, Obras y Servicios
10720
LICENCIAS
ANUNCIO INFORMACIÓN PÚBLICA EXPEDIENTE LICENCIA AMBIENTAL
Solicitada por Enagas Transporte SAU, la concesión de licencia ambiental para almacén de herramientas y enseres con oficinas sita en Calle Guadarrama 55 parcela 123-D local 2 poligono El
Cerro, se hace público que durante el plazo de diez días hábiles, a contar del siguiente a la inserción
del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, se podrán formular ante esta Alcaldía, por
quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer, las observaciones o alegaciones que se consideren oportunas. Pudiendo examinar en la Sección de Urbanismo el proyecto presentado.
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Lo que se hace saber en cumplimiento y a efectos de lo dispuesto en el art. 27.1 de la Ley
11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, modificada por la Ley 8/2014, de
14 de octubre.
Segovia, a 11 de mayo de 2015.— La Alcaldesa, Clara I. Luquero Nicolás.
ANUNCIO
11091
Aprobado por Decreto de Alcaldía de fecha 30 de abril de 2015 ta iniciativa de implantación de
Huertos de miel y del condicionado por el que se rige y la dinámica de actuación", queda expuesta al
público la aprobación de la iniciativa, en el Servicio de Urbanismo, Obras y Servicios de este Ayuntamiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, en el Tablón Municipal de edictos, y en la página web municipal www.segoviaes a efectos de que durante el plazo de treinta días hábiles, contado desde el siguiente a la publicación del presente anuncio, cualesquiera interesados, pueda
examinarla y deducir las reclamaciones y sugerencias pertinentes.
Segovia, a 19 de mayo de 2015.— La Alcaldesa, Clara I. Luquero Nicolás.
Gobierno Interior-Personal
11080
RESOLUCION DE LA ILMA. SRA. ALCALDESA, EN CUMPLIMIENTO DE LA BASE
QUINTA DE LA CONVOCATORIA UNITARIA DE PLAZAS VACANTES CONVOCADAS
POR EL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA DE BOMBERO CONDUCTOR
Expirado el plazo de presentación de instancias para plazas convocada en el B.O.E. de fecha de
22 de abril de 2015 y publicadas íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y Boletín Oficial
de la Comunidad Autónoma de Castilla y León de 18 y 20 de marzo de 2015 respectivamente, con
rectificación de errores en los términos publicados en el Boletín Oficial de la Provincia número 39 de
1 de abril de 2015, y en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León número 62
de 31 de marzo de 2015, en cumplimiento de lo establecido en la Base Quinta de la Convocatoria
Unitaria; vengo en dictar la presente resolución comprensiva de los siguientes asuntos:
1.º- Dar por aprobadas, provisionalmente, la lista de admitidos y excluidos de las pruebas selectivas convocadas de Bombero Conductor concediendo un plazo de diez días para subsanación de
errores en los términos previstos en el art. 71 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por Ley 4/99
de modificación de la Ley 30/92 de 26 de noviembre.
2.º- El lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas, así como la composición nominal del Tribunal Calificador nombrado conforme a lo establecido en la Base Séptima de la Convocatoria Unitaria, será el que posteriormente se indicará.
3.º- Publíquense las listas nominales de admitidos y excluidos, junto con esta Resolución, en el
Boletín Oficial de la Provincia y en la página web: www.sede.segovia.es.
TRES PLAZAS DE BOMBERO CONDUCTOR DE EXTINCION DE INCENDIOS.
Fecha de realizacion del primer ejercicio: 30 de junio de 2015, martes
Hora: 12:30 horas
Lugar: IES Andrés Laguna - Paseo Conde Sepúlveda. 18 - 40002 Segovia
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OBSERVACIONES A LOS ASPIRANTES: No se podrá acudir a la prueba con teléfonos móvil e
instrumentos electrónicos.
COMPOSICION DEL TRIBUNAL:
• Presidente:
. Titular: D. Javier Delgado González. Sargento Conductor del Servicio de Extinción de Incendios
del Ayuntamiento de Segovia.
. Suplente: D. Pablo Muñoz del Olmo.- Jefe de Bomberos y Protección Civil del Ayuntamiento de
Cuenca
• Secretaria:
. Titular: D.ª Esther Gómez Rodríguez.- Técnico de Administración General del Ayto. de Segovia
. Suplente: D.ª M.ª Pilar Arroyo San Frutos.- Técnico de Administración General del Ayuntamiento
de Segovia
•Vocales.
Vocal primero:
. Titular: D. Leonardo Rojo Manzano.- Sargento conductor del Servicio de Extinción de Incendios
del Ayuntamiento de Segovia.
. Suplente: D. Ismael Fuentes Agudo.- Cabo conductor del Servicio de Extinción de Incendios del
Ayuntamiento de Segovia.
Vocal segundo:
. Titular: Dª Miriam San Segundo López. Técnica de Prevención del Servicio Extinción de Incendios del Ayuntamiento Avila.
. Suplente: D. Mariano Bernaldo de Quirós Mateo.- Sargento del Servicio de Extinción de Incendios del Ayuntamiento de Avila.
Vocal tercero:
. Titular: D. Jacinto Jorge Esteban. Inspector de Policía Local del Ayuntamiento de Segovia.
. Suplente: D. Vicente Sanz Plaza. Inspector de Policía Local del Ayuntamiento de Segovia.
Vocal cuarto:
. Titular: D. Alfredo Toledo Vita.- Técnico de Administración General del Ayto. de Segovia
. Suplente: D. Miguel Angel Muñoz Fernández.- Arquitecto Técnico del Ayuntamiento de Segovia.
Observador del Tribunal.
. Titular: D. Manuel Mediavilla Arranz.- Bombero – Conductor del Ayuntamiento de Segovia.
. Suplente: D. Manuel Ayuso Llorente.- Bombero – Conductor del Ayuntamiento de Segovia.
Colaboradores del Tribunal.
D. Jesús Romano Tardón.
D. Manuel Alvarado Muñoz de la Espada
ADMITIDOS
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2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
ALONSO GONZALEZ, DIEGO
ARANGUEZ RODRIGUEZ, MIGUEL
ARNANZ POYATOS, JORGE
ARTALEJO MOLINERA, ALFREDO
BENITO ARRANZ, RAMON
BERGES USAN, GERMAN
BERMEJO BURGOS, BORJA
BRASERO LLORENTE, ADRIAN
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61.
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CABEZA MUÑOZ, JESUS
CALLE GONZALEZ, VICTOR
CANDELA BLANCO, JAVIER
CARRETERO TELLEZ, ISMAEL
CASADO LOPEZ, ENRIQUE EDUARDO
CASERO DE LA FUENTE, JACOBO
COO DE MEDIAVILLA, ABRAHAM
COTELO VALLEJO, TIRSO
COTRINA VINAGRE, JUAN
CRIADO CHICO, JAVIER
DEGANO FERNANDEZ, DAVID
DELGADO AITA, JAVIER
DIAZ DEL CAMPO RUIZ DE PASCUAL, JESUS V.
DIAZ ROMERO, FRANCISCO CESAR
DIEGO DE ROLDAN, JOSE LUIS
DIEZ DE DIEGO, JONATAN
DURAN HERRERO, MIGUEL ANGEL
ESCUDERO MARTIN, ALEJANDRO
FERNANDEZ MENENDEZ, ANA
FRUTOS DE ARRANZ, MIGUEL
FRUTOS DE FLORES, IGNACIO
GARCIA COBOS, JORGE
GARCIA DEL VADO, IVAN
GARCIA MARTIN, VICENTE
GOMEZ GARCIA, ANTONIO
GOMEZ GONZALEZ, GABRIEL
GOMEZ JIMENEZ, JOSE CARLOS
GOMEZ LAFUENTE, JOSE
GOMEZ PASCUAL, ISMAEL
GOMEZ SANZ, TOMAS
GONZALEZ CARRO, LUIS E.
GONZALEZ CONDE, ANTONIO
GONZALEZ GARCIA, SERGIO
GONZALEZ RAMIREZ, JESUS M.
GONZALEZ SANZ, RAMON
GUTIERREZ ARRANZ, DANIEL
GUTIERREZ HERMOSO, JULIO
HEREDERO CAMPO, MIGUEL ANGEL
HERNANDEZ PEREZ, FCO. JAVIER
HERNANDO RUANO, JONATHAN
JUARA ARRANZ, LEVI
LAZARO BALLESTEROS, DANIEL
LLORENTE MARTINEZ, ALEJANDRO
LOPEZ DIAZ, CELSO LUIS
LOPEZ SERNA, CESAR
LOPEZ VILLARON, PABLO
LORITE PERALES, JOSE MARIA
LOZANO DIAZ, FCO. VICENTE
LOZANO SERRANO, MARCOS
MANZANAL FERNANDEZ, JAVIER
MARIA HUGUET, ANGEL LUIS
MARQUES TEJEDOR, NOEL
MARTIN GARCIA, FERNANDO
MARTIN LEON, JUAN JOSE
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MARTIN PEREZ, VICTOR
MARTIN TEJEDOR, IGNACIO
MARTINEZ GAÑAN, MARCOS
MENA MARTINEZ, JESUS
MENJIBAR CABRERO, MIGUEL A.
MERINO MATEO, ABEL
MIGUEL PINTOS, VICTOR
MIGUELAÑEZ JERONIMO, IVAN
MONTES GUTIERREZ, BORJA
MORA MARTINEZ, TOMEU
MORALES PEREZ, ADRIAN
MUÑOZ GUTIERREZ, JOSE LUIS
OLOMBRADA DE SANTOS, FERNANDO
PEREZ ARRANZ, DAVID
PIEDRA GARROSA, DANIEL
POZA SANTAMARIA, JAVIER
POZO DEL MARINAS, IGNACIO
POZO RUIZ, ISMAEL
RAMOS FERNANDEZ, LUIS
ROBLEDO MORONTA, JAVIER
RODRIGUEZ GUTIERREZ, MIGUEL
RODRIGUEZ MORA, FRANCISCO
RODRIGUEZ MORAN, PABLO
RUBIO GONZALEZ, ARTURO
SANCHEZ GRECH, ALEJANDRO DAVID
SANCHEZ HERNANDEZ, JOSE LUIS
SANFRUTOS ONRUBIA, RAUL
SANTOS PASCUAL, JORGE
SANZ MAMOLAR, FRANCISCO
SANZ MIGUELSANZ, JOSE M.
SANZ REQUERO, RUBEN
TAFUR PERAL, JANO
TARRAGA PEREZ, CARLOS
TORANZO RODRIGUEZ, JAIME A.
TORRE DE LA SERRANO, FRANCISCO PABLO
TORREGO SERRANO, JUAN FRANCISCO
TORRES VALDES, CRISTIAN
UBIEDO FIGUEROA, VICTOR M.
USEROS MARUGAN, HECTOR
VARELA GARCIA DEL CARRIZO, LUIS
VAZQUEZ DEL POZO, ADRIAN
VIRUEGA VAQUERO, FCO.JAVIER
ZAMORANO ESCRIBANO, ANGEL LUIS
EXCLUIDOS
Quedan excluídos por no abonar los derechos de examen o no presentar documentación justificativa para quedar exento del pago de las tasas, consistente en:
- Vida laboral
- Declaración responsable de no percibir ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional
- Certificado del Servicio Público de Empleo donde conste que está desempleado y que no ha rechazado oferta de empleo
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DELGADO GUILLEN, LUIS MIGUEL
FERNANDEZ ALVAREZ, MIGUEL A.
FERNANDEZ VAZQUEZ, BERNARDO
LOPEZ CRESPO, DANIEL
MARTIN FERNANDEZ, ALEJANDRO
6.
7.
8.
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10.
11.
DIAZ RODRIGUEZ, ANTONIO DAVID
MELLADO MATEOS, ALBERTO
OLIVER HORTELANO, JOSE A. - ADMITIR
OLMO LOPEZ, JOSE MIGUEL
ORTEGA RECIO, JUAN MANUEL
RIQUELME ENE, JOSE MANUEL
12.
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GARCIA ABAD, ALEJANDRO JOSE
GONZALEZ BRIONES, VICTOR
LAVELA JIMENEZ, PEDRO MANUEL
MARTINEZ GARCIA, EDUARDO
ROSA DE LA MONTERO, RAFAEL
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Quedan excluídos por no presentar certificado médico oficial exigido en la convocatoria:
Queda excluído por no abonar las tasas o documentación justificativa para quedar exento del pago de las mismas y por no presentar el certificado médico oficial exigido en la convocatoria:
Queda excluído por presentar la instancia fuera del plazo establecido:
17. PARADA FERNANDEZ, ISIDRO
Segovia, a 25/05/2015.— La Alcaldesa en funciones, (Arts. 194.2 LOREG y 39.2 del ROF) Clara
I. Luquero Nicolás.
10845
JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
Delegación Territorial de Segovia
SERVICIO TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE
Por el que se somete a información pública la solicitud efectuada por Unión Fenosa Distribución,
S.A. de ocupación temporal de terrenos de la vía pecuaria denominada Vereda de Marigarcía y
Fuentes Nuevas, con objeto de instalación de apoyo de hormigón y canalización subterránea de línea eléctrica en C/ San Juan en San Rafael en el término municipal de El Espinar (EXPTE.: SG-VP002/15-O), de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías
Pecuarias.
Se concede un plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de este anuncio,
durante el cual se podrá examinar el expediente en esta oficina sita en la Plaza Reina Doña Juana
n.º 5 de esta ciudad y durante las horas hábiles (de 9 a 14 horas), para que dentro de dicho plazo se
remitan las alegaciones o reclamaciones que los interesados estimen oportunas.
El Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Segovia, José Ignacio Quintanilla Rubio
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JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO
Ministerio del Interior
EDICTO
De conformidad a lo establecido en los artículos. 59 y 61 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública la notificación de las resoluciones dictadas por el Jefe Provincial
de Tráfico de la Provincia que, una vez tramitados los correspondientes expedientes, declaran la
pérdida de vigencia de las autorizaciones administrativas para conducir de que son titulares las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el domicilio
conocido, ésta no se ha podido practicar.
Contra estas resoluciones podrá interponerse recurso de alzada dentro del plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial o Diario Oficial correspondiente, ante el Director General de Tráfico.
Estas resoluciones son inmediatamente ejecutivas, de acuerdo con lo establecido en el artículo
94 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que las personas relacionadas no podrán conducir desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial o Diario Oficial correspondiente.
Los correspondientes expedientes obran en la Jefatura Provincial de Tráfico.
Segovia, a 13 de mayo de 2015.—El Jefe Provincial de Tráfico, Pedro José Pastor del Castillo
Expediente: 4029753777.
Conductor: Tsvetelin Petrov Sofronov.
DNI/NIE: X8966922G.
Localidad: Valseca.
Fecha: 02.05.2015.
10844
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Segovia
EDICTO
D.ª Rosa Lafuente de Benito, Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número
cinco de Segovia
HAGO SABER: Que en este órgano judicial se sigue el procedimiento Expediente de Dominio. Inmatriculacion 0000408 /2013 a instancia de D. Luis García Rincón expediente de dominio de las siguientes fincas:
3. RUSTICA: UNA TIERRA en término municipal de Palazuelos de Eresma (Segovia), en su
anejo de Tabanera del Monte, al paraje de Prado de la Fuente, Polígono 1, parcela 607 dedicada a
pastos (02). Tiene una superficie según el catastro de doce áreas y cincuenta y siete centiáreas,
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siendo la superficie según el título de diez áreas. Linda: Norte, con la parcela 606 de María Mercedes Rubia Rincón; sur, con la parcela 608 de María Estrella Velasco Sastre; este, con límite del término municipal; y oeste, con Camino de San Ildefonso. Los linderos según el título son: Norte, Jesús
de la Rubia; sur, María Rincón; este, Cotera de Sonsoto; y oeste, Dehesa del Pueblo.
Referencia Catastral urbana: 40182A001006070000FP
4. RUSTICA: UNA TIERRA en término municipal de Palazuelos de Eresma (Segovia), en su
anejo de Tabanera del Monte, al paraje de la Cerca Nueva, Polígono 1, parcela 173, dedicada a
pastos (02). Tiene una superficie de diez áreas y cincuenta y una centiáreas. Linda: Norte, con las
parcelas 172 de Gregoria Marinas Velasco y la 169 de Eugenio Sastre Rincón; sur, con la parcela
154 de María Sanz del Pozo; este, con Camino; y oeste, con las parcelas 152 de Vicente Martín Llorente y la 153 de María Cristina Vacas Higuera.
Referencia Catastral urbana 40182A001001730000FR.
Por el presente y en virtud de lo acordado en resolución de esta fecha se convoca a Gregoria
Marinas Velasco y a los herederos de Paula García Olmos, para que en el término de los diez días
siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su
derecho convenga.
En Segovia, a doce de mayo de dos mil quince.—El/la Secretario Judicia, rubricado.
EDICTO
10798
D.ª Rosa Lafuente de Benito, Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número
cinco de Segovia.
Doy fe y testimonio:
Que en el Juicio de Faltas n.° 12/15 se ha acordado notificar la auto firmeza sentencia a Kameliya Georgiev Kostova e Ilko Hristov Ivanov cuyo parte dispositiva es la siguiente:
Se declara firme la Sentencia dictada en fecha 17/04/15 en la presente causa.
Siendo la sentencia absolutoria, notifíquese la presente resolución a las partes y una vez firme
procédase al archivo de las actuaciones.
Y para que conste y sirva de notificacion a los antes indicados, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín ofiqial de la Provincia de Segovia así como en el Tablón de all
os de este Juzgado, expido el presente en Segovia a catorce de mayo de dos mil quince.— La Secretario, rubricado.
10983
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
Ayuntamiento de Ayllón
ANUNCIO DE APROBACIÓN INICIAL DEL PRESUPUESTO GENERAL 2015
Aprobado inicialmente en sesión extraordinaria del Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 19 de
mayo de 2015, el Presupuesto General, Bases de Ejecución, y la plantilla de personal funcionario y
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laboral para el ejercicio económico 2015, con arreglo a lo previsto en el Artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al
público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación
de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.
De conformidad con el acuerdo adoptado, el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no se presentaran reclamaciones.
En Ayllón, a 20 de mayo de 2015.—La Alcaldesa, Sonia Palomar Moreno.
Ayuntamiento de Bernardos
11224
ANUNCIO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo adoptado, entre otros, en sesión ordinaria, celebrada el
día 20 de marzo de 2015, de aprobación inicial, con el dictamen favorable de la Comisión Especial
de Cuentas, de la modificación de la Ordenanza municipal Nº 1/2013 por la que se acuerda la creación, modificación y supresión de ficheros de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Bernardos, cuyo texto en los términos en que figura en el expediente se hace público, para su general
conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local.
“X
Ficheros de nueva creación
ANEXO I
1.- Fichero Padrón Municipal de Habitantes
X
a) Denominación del fichero, descripción de su finalidad y usos previstos:
X
a.2) Descripción de la finalidad y usos previstos: Gestión del padrón municipal de habitantes para
determinar la población del municipio, constituir prueba de la residencia y el domicilio de cada vecino, elaborar el censo electoral y las estadísticas oficiales. Comunicar a la Jefatura Provincial de Tráfico de Segovia los cambios de domicilio que deban constar en el Registro de Conductores o en el
Registro de Vehículos o en ambos, previa autorización de los interesados.
X
d) Comunicaciones de datos previstas: Están previstas comunicaciones para finalidades compatibles con las establecidas para el fichero a: Instituto Nacional de Estadística; Otras Administraciones
Públicas cuando les sean necesarios para el ejercicio de sus respectivas competencias según establece el artículo 16 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local. Comunicar a la
Jefatura Provincial de Tráfico de Segovia los cambios de domicilio que deban constar en el Registro
de Conductores o en el Registro de Vehículos o en ambos, previa autorización de los interesados.
X”
Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso–administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en el plazo de dos meses contados a partir del día si-
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guiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Bernardos, a 27 de mayo de 2015.— El Alcalde, en funciones, Jesús Pastor García.
Ayuntamiento de Cantalejo
10785
ANUNCIO PARA LA LICITACION DE CONTRATO DE GESTIÓN DE SERVICIO
PÚBLICO CAMPAMENTO TURÍSTICO
CAMPING 2ª CATEGORÍA “HOCES DEL DURATÓN”
Por Acuerdo de Pleno adoptado en sesión extraordinaria de fecha 28 de Abril de 2015, se ha
aprobado el expediente de contratación que a continuación se detalla:
1.- Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Ayuntamiento de Cantalejo
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría del Ayuntamiento
c) Obtención de documentación e información: Secretaría del Ayuntamiento.
Plaza de España n.º 3 de Cantalejo, Teléfono: 921 52 00 01 Fax: 921 52 06 78.
Correo electrónico: [email protected]
Perfil del Contratante de este Ayuntamiento: www.aytocantalejo.es
d) Fecha límite de obtención de documentos e información: Hasta la finalización del plazo de presentación de ofertas.
2.- Objeto del contrato:
a) Tipo: Gestión servicio público.
b) Descripción: Gestión y explotación Campamento Turístico “Hoces del Duratón”
c) Lugar de ejecución: Carretera SG-205 Cerezo de Abajo a Cuéllar. Cantalejo.
d) Plazo de ejecución: 10 años
e) Admisión de prórrogas: Se admite una prórroga por 5 años
f) CPV: 55200000-2 y 55200000-8
3.- Tramitacion y procedimiento:
a) Tramitación: Ordinaria
b) Procedimiento: Abierto
c) Criterios de adjudicación: Los establecidos en la Cláusula 8.ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas.
4.- Valor estimado del contrato:
60.000 € (por los quince años de duración del contrato, diez años más los cinco de posible prórroga)
5.- Presupuesto base de licitacion:
Importe neto: 4..000 €/año.
6.- Garantías exigidas:
Provisional: No se exige.
Definitiva: 5% del importe de adjudicación.
Complementaria: 5% adicional del importe de adjudicación teniendo en cuenta las instalaciones
municipales que se ponen a disposición del adjudicatario para la ejecución del contrato.
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7.- Requisitos especificos del contratista:
Conforme a las Cláusulas 9 y 10 Pliego Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones
Técnicas .
8.- Presentacion de ofertas:
a) Fecha límite de presentación de ofertas: 15 días naturales a partir del siguiente al de la publicación en el B.O.P. de Segovia de este anuncio.
Si el último día del plazo de presentación de ofertas fuera inhábil o sábado, el plazo concluirá el
día siguiente que resulte hábil.
b) Modalidad de presentación: Conforme a la Cláusula 10 del Pliego.
c) Lugar de presentación: Registro General del Ayuntamiento de Cantalejo. Plaza de España n.º
3. CP 40320 Cantalejo (Segovia)
d) Admisión de variantes: no procede
e) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Como mínimo hasta la
formalización del contrato con el adjudicatario.
f) Documentación a presentar: La establecida en la Cláusula 10 del Pliego
9.- Apertura de ofertas:
a) Descripción: Según establece la Cláusula 13 del Pliego.
b) Dirección: Ayuntamiento de Cantalejo. Plaza de España n.º 3. CP 40.320
rio.
10.- Gastos de publicidad:
Los anuncios que resulten obligatorios según la legislación vigente serán a cargo del adjudicataEn Cantalejo, a 18 de mayo de 2015.— El Alcalde, José Antonio Sanz Martín.
Ayuntamiento El Espinar
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ANUNCIO DE LA APROBACIÓN INICIAL Y EXPOSICIÓN PÚBLICA DEL EXPEDIENTE
DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS N.º 10/2015
En sesión extraordinaria del Pleno, de fecha 21 de mayo de 2015, se ha aprobado inicialmente
sobre el presupuesto municipal prorrogado para el ejercicio 2015, el expediente de modificación de
créditos número 10/2015, por importe total de 29.500,00 euros, para la adquisición de material escolar y en la modalidad de créditos extraordinarios financiados con bajas por anulación.
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 169 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo;
el expediente se expone al público durante el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al
de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia; a efectos de que los interesados puedan examinar el expediente en las oficinas municipales y presentar las reclamaciones que
consideren oportunas ante el Pleno de la Corporación.
Transcurrido dicho plazo de exposición pública sin que se hubiesen presentado reclamaciones, el
expediente de modificación de créditos número 10/2015 quedará definitivamente aprobado sin necesidad de adoptar nuevo acuerdo.
El Espinar, a 25 de mayo de 2015.—El Alcalde, en funciones, Francisco E. Jorge Gómez.
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ANUNCIO DE LA APROBACIÓN INICIAL Y EXPOSICIÓN PÚBLICA DEL EXPEDIENTE
DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS N.º 09/2015
En sesión extraordinaria del Pleno, de fecha 21 de mayo de 2015, se ha aprobado inicialmente
sobre el presupuesto municipal prorrogado para el ejercicio 2015, el expediente de modificación de créditos número 09/2015, por importe total de 109.197,63 euros, para inversiones municipales y en la modalidad de créditos extraordinarios financiados con nuevos ingresos presupuestarios.
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 169 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; el expediente se expone al público durante el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia; a efectos de que los interesados puedan
examinar el expediente en las oficinas municipales y presentar las reclamaciones que consideren oportunas ante el Pleno de la Corporación.
Transcurrido dicho plazo de exposición pública sin que se hubiesen presentado reclamaciones, el expediente de modificación de créditos número 09/2015 quedará definitivamente aprobado sin necesidad
de adoptar nuevo acuerdo.
El Espinar, a 25 de mayo de 2015.— El Alcalde, en funciones, Francisco E. Jorge Gómez.
Ayuntamiento de Fuentesaúco de Fuentidueña
10808
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO
SOBRE EL USO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA
Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 16 de enero
de 2015, referido a la aprobación inicial del Reglamento sobre el Uso de la Factura Electrónica sin que
se haya presentado ninguna reclamación, dicho acuerdo se eleva a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, publicándose el texto íntegro del Reglamento en el anexo de este anuncio (en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la referida Ley).
Contra este acto administrativo, que es definitivo en vía administrativa pueden los interesados interponer potestativa mente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha
dictado o bien impugnarlo directamente ante el Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de dos meses,
computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la publicación del acto y todo ello
sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer cualquier otro recurso que estimen procedente.
En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso ContenciosoAdministrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
recurso interpuesto.
En Fuentesaúco de Fuentidueña, a 15 de mayo de 2015.—La Alcaldesa, Cándida Pesquera Reyes.
REGLAMENTO SOBRE EL USO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA
PREÁMBULO
La Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro
contable de facturas en el Sector Público, recoge en el artículo 4 los proveedores que están obliga-
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dos al uso de la factura electrónica y a su presentación a través del punto general de entrada que
corresponda. Establece también en el citado artículo que las Administraciones Públicas podrán excluir reglamentariamente de esta obligación de facturación electrónica a las facturas cuyo importe
sea de hasta 5.000,00 euros y a las emitidas por los proveedores a los servicios en el exterior de las
Administraciones Públicas.
Teniendo en cuenta las características de los proveedores con los que trabaja esta Entidad Local
se cree necesario hacer uso de esta facultad de exclusión para así evitar que determinados proveedores tengan dificultades para la gestión de las facturas emitidas.
La entrada en vigor del artículo 4 de la citada Ley, como recoge la Disposición final octava, sobre
obligaciones de presentación de factura electrónica a partir del 15 de enero de 2015, hace necesario
regular esta facultad que tienen las Administraciones Públicas de excluir de la obligación de facturación electrónica.
Artículo único.
Quedan excluidas de la obligación de facturación electrónica las facturas cuyo importe sea de
hasta 5.000,00 euros de las siguientes entidades:
a. Sociedades anónimas;
b. Sociedades de responsabilidad limitada;
c. Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española;
d. Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español
en los términos que establece la normativa tributaria;
e. Uniones temporales de empresas;
f. Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulación hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.
Disposición final única. Entrada en vigor:
El presente reglamento entrará en vigor a partir de la publicación de su texto íntegro en el Boletín
Oficial de la Provincia, siempre que haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. 63
Ayuntamiento de Labajos
11111
ANUNCIO APROBACION ORDENANZAS FISCALES
Aprobado inicialmente en sesión de Pleno de fecha 31 de marzo de 2015 la Ordenanza Reguladora del Uso de la Factura Electronica
Sometido a información pública, publicándose en el B.O.P. de 8-4-2015 y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, durante el plazo de un mes, sin que se hayan presentado alegaciones.
Se entiende, por tanto, definitivamente aprobada la ordenanza antes citada, procediéndose a publicar para su entrada en vigor.
Contra este acuerdo, elevado a definitivo, puede interponerse recurso contencioso-administrativo
ante el tribunal Superior de Justicia de castilla y León con sede en Burgos, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio en el B.O.P.
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ANEXO
“ORDENANZA REGULADORA DEL USO DE LA FACTURA ELECTRONICA
Artículo 1.- Ámbito objetivo.
En base a lo dispuesto en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y la creación del registro contable de facturas del sector público, se regula a través de la presente
Ordenanza los requisitos técnicos de las facturas electrónicas remitidas a través del punto general
de entrada de facturas del Estado, FACE, al que se encuentra adherido el Ayuntamiento de Labajos
Quedan excluidas de la obligación de facturación electrónica las facturas cuyo importe sea hasta
5.000 euros impuestos incluidos, las cuales podrán ser presentadas en formato papel en el registro
de entrada del Ayuntamiento de Labajos
Las facturas por importe superior a 5.000,00 euros impuestos incluidos, sí deberán presentarse
de forma electrónica a través del Punto general de Entrada del Estado, FACE al que se encuentra
adherido el Ayuntamiento de Labajos
Artículo 2.- Ámbito subjetivo.
Lo previsto en la presente Ordenanza será de aplicación a las facturas emitidas en el marco de
las relaciones jurídicas entre proveedores de bienes y servicios y el Ayuntamiento de Labajos.
Artículo 3.- Obligación de presentación de facturas en el registro.
El proveedor que haya expedido la factura por los servicios prestados o bienes entregados al
Ayuntamiento de Labajos, tendrá la obligación, a efectos de lo dispuesto en la Ley 25/2013, de 27
de diciembre, de presentarla ante un registro administrativo, en los términos previstos en el artículo
38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías o la prestación de servicios. En tanto no se cumplan los requisitos de tiempo
y forma de presentación establecidos en esta Ley no se entenderá cumplida esta obligación de presentación de facturas en el registro.
Artículo 4.- Uso de la factura electrónica.
Todos los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios al Ayuntamiento de Labajos podrán expedir y remitir factura electrónica.
En todo caso, estarán obligadas a expedir la factura electrónica a partir del 15 de enero de 2015,
y a su presentación a través del punto general de entrada que corresponda (FACE), las entidades siguientes cuando el importe de la factura sea por importe superior a 5.000,00 euros impuestos incluidos:
a) Sociedades anónimas;
b) Sociedades de responsabilidad limitada;
c) Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española;
d) Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español
en los términos que establece la normativa tributaria;
e) Uniones temporales de empresas;
f) Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.
Artículo 5.- Exclusión de facturación electrónica.
Quedan excluidas de la obligación de facturación electrónica las facturas cuyo importe sea hasta
5.000 euros impuestos incluidos, las cuales podrán ser presentadas en formato papel en el registro
de entrada del Ayuntamiento de Labajos. Las mismas deberán ajustarse a lo dispuesto en el Real
Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan
las obligaciones de facturación.
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Se determina por este Ayuntamiento establecer este importe de 5.000,00 euros incluyendo impuestos de conformidad con el criterio de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa en sus
Informes 43/2008, de 28 de julio de 2008 y 26/2008, de 2 de diciembre de 2008 dispone que el precio del contrato debe entenderse como el importe íntegro que por la ejecución del contrato percibe el
contratista, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
También quedan excluidas de la obligación de facturación electrónica las facturas emitidas por
los proveedores a los servicios en el exterior, hasta que dichas facturas puedan satisfacer los requerimientos para su presentación a través del Punto general de entrada de facturas electrónicas, de
acuerdo con la valoración del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y los servicios en
el exterior dispongan de los medios y sistemas apropiados para su recepción en dichos servicios.
Artículo 6.- Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas.
El Ayuntamiento de Labajos dispondrá de un punto general de entrada de facturas electrónicas a
través del cual se recibirán todas las facturas electrónicas que correspondan a entidades, entes y organismos vinculados o dependientes. El Ayuntamiento de Labajos está adherido a la utilización del
punto general de entrada de facturas electrónicas que proporciona el Estado, FACE.
Los códigos DIR3 de este Ayuntamiento, de acuerdo con su estructura organizaba, son:
- Código de la oficina contable: L01401076.
- Código del órgano gestor: L01401076
- Código de la unidad de tramitación: L01401076
Los pliegos de cláusulas administrativas de todos los concursos que publique este Ayuntamiento
deberán contener esta codificación, que será indispensable para la remisión de todas las facturas
electrónicas.
[El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas inicialmente ha asignado a todas las Entidades Locales los 3 códigos DIR3, siendo el mismo código para el código de entidad, el de la unidad
de tramitación y el de la oficina contable. Por tanto, los 3 códigos DIR3 son idénticos. Aquellas Entidades que quieran crear más códigos o personalizarlos deberán hacerlo accediendo a través de la
red SARA, red de acceso restringido a los Entes Públicos, a la que deberá accederse mediante un
usuario debidamente registrado y autorizado]
El punto general de entrada de facturas electrónicas proporcionará una solución de intermediación entre quien presenta la factura y la oficina contable competente para su registro.
El punto general de entrada de facturas electrónicas permitirá el envío de facturas electrónicas en
el formato que se determina en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre. El proveedor o quien haya presentado la factura podrá consultar el estado de la tramitación de la factura.
Todas las facturas electrónicas presentadas a través del punto general de entrada de facturas
electrónicas producirán una entrada automática en un registro electrónico de la Administración Pública gestora de dicho punto general de entrada de facturas electrónicas, proporcionando un acuse de
recibo electrónico con acreditación de la fecha y hora de presentación.
El punto general de entrada de facturas electrónicas proporcionará un servicio automático de
puesta a disposición o de remisión electrónica de las mismas a las oficinas contables competentes
para su registro.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Disposición Adicional Primera.- Entrada en vigor de la factura electrónica.
De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava de la Ley 25/2013, de 27 de
diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, entrara en vigor el 15 de enero de 2015.
Disposición Adicional Segunda.- Entrada en vigor.
La presente Ordenanza entrará en vigor una vez se haya publicado completamente su texto en el
Boletín Oficial de la Provincia y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/85, Reguladora de Bases de Régimen Local, todo ello, de conformidad con el artículo 70.2 de la citada Ley”.
En Labajos, a 20 de mayo de 2015.— El Alcalde, Santiago Fuentes Gómez.
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Por El Pleno del Ayuntamiento de Labajos (Segovia) en sesión de fecha 20 de mayo de 2015 se
acordó la modificación de la Ordenanza Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles, rebajando el
tipo de rústica del 0,8% al 0,6%.
Lo que en cumplimiento del artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales se somete a información pública durante el plazo de treinta días para que todos los interesados puedan consultar el expediente y formular las alegaciones. por escrito, que estimen oportunas.
En Labajos, a 20 de mayo de 2015.— El Alcalde, Santiago Fuentes Gómez.
Ayuntamiento de Martín Miguel
10997
ANUNCIO DE APROBACION DEFINITIVA
No habiéndose presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de 27 de marzo de 2015 de aprobación inicial
del texto de la modificación Ordenanza Reguladora de la tasa por prestación del servicio de suministro de agua a domicilio, cuyo texto se hace público, en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/85,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
MODIFICACION ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACION
DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO
Artículo 6.- Administración.
Todas las personas afectadas por el pago de esta tasa están obligadas a comunicar todo cambio
de circunstancias, que pueda implicar modificación en el Padrón, en el Servicio de Aguas del Ayuntamiento dentro de los 30 días siguientes a aquel en que se produzca.
Artículo 8.-Preferencia de los suministros.
Los suministros para usos no domésticos estarán siempre subordinados a las necesidades de los
usos domésticos. Por consiguiente, estos suministros podrán ser interrumpidos por la Administración
cuando las circunstancias lo aconsejen.
El Ayuntamiento se reserva el derecho a dictar disposiciones especiales, condicionar el suministro e incluso suspenderlo cuando se trate de aprovechamiento cuyo uso pudiera afectar a la pureza
de las aguas o el normal abastecimiento a la población.
El Ayuntamiento no será responsable de las interrupciones que pueda sufrir el servicio por motivos de escasez de agua o avería en los sistemas de captación, depósitos y distribución. En tales casos, se reserva el derecho a interrumpir los suministros tanto con carácter general, como en sectores o zonas que así lo aconsejen las necesidades del servicio o los intereses generales del
municipio, dando publicidad previa a tales interrupciones por los medios habituales. Se procurara, no
obstante, mantener el abastecimiento mediante algún procedimiento alternativo cuando la duración
de la interrupción así lo aconseje.
Artículo 9.-Autorizaciones y permisos de otras administraciones o particulares.
Si para la realización de las obras de acometida se hicieran precisas autorizaciones de organismos de la Administración Pública o permisos de particulares, la obtención de los mismos corresponderá al interesado que los aportará para incorporar a la solicitud de licencia.
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Artículo 10.- Contadores.
Los contadores o medidores de caudales del suministro de agua potable serán de los tipos aprobados legalmente y homologado oficialmente, debiendo estar debidamente verificados y con los precintos de verificación e instalación. La lectura de los contadores será la base para la aplicación de
las tarifas de agua.
El suministro a cada edificio será controlado por un contador general, al que se asignará tantas
cuotas de abono como viviendas o dependencias sirva, sin perjuicio de ello y complementariamente
a los contadores generales el usuario del servicio podrá instalar contadores individuales para registrar el consumo correspondiente a cada domicilio o dependencia del edificio.
Es obligatoria la verificación y precinto del contador por el organismo competente previamente a
su instalación y después de toda reparación. El precinto oficial garantiza que el contador pertenece a
un sistema aprobado, que su funcionamiento en el momento de la instalación es correcto y que su
mecanismo no ha sufrido alteraciones externas.
Los contadores generales deberán instalarse en el exterior de las viviendas con fácil acceso para su lectura. En los edificios que tengan varias viviendas los contadores individuales, estarán en todo caso en cuartos de contadores independientes. Los contadores se colocarán en posición normal
de trabajo y en lugares accesibles para su control y lectura. En ningún caso se podrán instalar contadores en el interior del edificio, a distancia del inicio de la acometida.
Los gastos de adquisición del contador serán de cargo del solicitante del servicio.
Tanto los usuarios como el Ayuntamiento pueden exigir en cualquier momento la comprobación
de un determinado contador. Si como consecuencia de esa comprobación, por técnico homologado,
se descubrieran anomalías, cualquiera de las partes puede reclamar la realización de una nueva liquidación de la tasa.
Artículo 11.- Lectura del contador.
La lectura y facturación del consumo se hará cada seis meses. Excepcionalmente y por motivos
de incremento de la población estacional podrán los servicios municipales alterar la lectura de los
contadores a fechas distintas que aseguren la efectividad de la lectura del contador.
Cuando no fuese posible la lectura del contador por ausencia del abonado u otra circunstancia no
imputable al Ayuntamiento, el personal encargado de la lectura deberá dejar constancia de su visita
con una tarjeta en la que reflejará esa circunstancia. En el plazo máximo de un mes, el abonado deberá realizar la lectura del contador y anotarlo en la citada tarjeta que reenviará a las oficinas municipales para que se proceda a realizar la liquidación de la tasa que corresponda.
Si no se recibiese el impreso de lectura debidamente cubierto, se facturará de la siguiente manera:
- Cuando por cualquier causa el consumo haya sido realizado sin funcionamiento del contador o
sin lectura del mismo se liquidará y facturará con arreglo al gasto realizado en el mismo período de
tiempo y en la misma época del año anterior.
Cuando al verificarse la lectura del contador se observara cualquier tipo de anomalía, como una
avería, se dejará constancia de la misma en el domicilio del usuario y se le notificará para su inmediata reparación. Si ello no se verificara en el plazo de 1 mes, el Ayuntamiento procederá a sustituir
el contador y liquidara los costes.
Para conseguir una nueva autorización de enganche, el interesado deberá instar un nuevo expediente que generará una nueva liquidación de tasas.
Artículo 12.- Solicitud del servicio.
Los suministros, en cualquiera de sus clases se otorgaran mediante solicitud de los interesados
en el que, se reflejarán los datos propios para la identificación del interesado y el lugar de prestación
del servicio.
Artículo 13.- Obligacion de contador.
En todos los casos la concesión del servicio de suministro de agua obligara al usuario a la instalación de aparatos contadores del volumen de agua consumida.
Artículo 14.- Derechos y obligaciones.
1.- Obligaciones del Ayuntamiento
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a)- Suministro periódico:
- El Ayuntamiento tendrá la obligación de abastecer el agua potable, de manera regular y continua, sin limitación de tiempo, otorgando el servicio durante las veinticuatro horas del día.
- No obstante, las Entidades suministradoras podrán suspender temporalmente el abastecimiento
de agua potable en los siguientes casos:
— Avería.
— Obras para mejorar el servicio.
— Obras para proceder al mantenimiento de las redes de distribución.
— Escasez de agua en el lugar de captación.
- Asimismo, el Ayuntamiento deberá informar estas suspensiones temporales a los abonados,
siempre que sea posible, dando publicidad al corte de suministro veinticuatro horas antes de que se
produzca el mismo. En el caso de que hubiera necesidad de restringir el consumo de agua por escasez, las condiciones para usos domésticos serán las últimas a las que se restringirá el servicio.
b)- Obligaciones Sanitarias:
El Ayuntamiento deberá velar por el establecimiento de los criterios sanitarios que deben cumplir
las aguas de consumo humano y las instalaciones que permiten su suministro desde la captación
hasta el grifo del consumidor y el control de estas, garantizando su salubridad, calidad y limpieza,
con el fin de proteger la salud las personas de los efectos adversos derivados de cualquier tipo de
contaminación de las aguas, de conformidad con el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el
que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.
c)- Reparación de Tuberías:
El Ayuntamiento será responsable de reparar las tuberías que van desde el centro de recepción
del agua hasta el contador general que está en el pie del inmueble, a partir de ahí se considera propiedad privada y por ende el o los propietarios deberán asumir los gastos de reparación. Es decir, en
el caso de comunidades de propietarios donde nos encontramos con un contador general en el pie
del inmueble y posteriormente una red de tuberías que conecta con los contadores individuales, el
Ayuntamiento sólo está obligado a reparar los conductos que conectan con el contador general al
pie del inmueble, por cuanto el resto es de propiedad de esa comunidad vecinal (no estando incluidas entre las responsabilidades del Ayuntamiento la de reparación de las tuberías que se encuentren entre el contador general al pie del inmueble y los contadores individuales).
2.- Obligaciones de los Usuarios
a).- Obligaciones de la concesión del servicio:
- Deberán cumplir las condiciones de la concesión de la presente ordenanza y al pago de los derechos que correspondan según las tarifas vigentes en el momento de la liquidación.
- Concedido la prestación del servicio tendrá carácter indefinido, atendiéndose a la normativa y
tarifas vigentes en cada momento.
b).- Obligación de comunicación:
Los abonados deberán, en su propio interés, dar cuenta inmediata al Ayuntamiento, de todos
aquellos hechos que pudieran ser producidos a consecuencia de una avería en la red general de
distribución de agua, bien en el propio inmueble, en los inmediatos o en la vía pública, así como en
los casos de inundación de sótanos o a nivel del suelo.
c).- Permisos:
Los abonados deberán tener los permisos necesarios para efectuar las instalaciones necesarias
que exija el abastecimiento de agua potable. Ningún usuario podrá disfrutar del agua libremente a
través de conducciones o acometidas ilegales.
d).- Pago:
El abonado estará obligado al pago de los consumos de agua de modo regular, conforme a los
cuadros de tasa previamente aprobados.
La falta de pago de cualquier recibo en período voluntario implicará la apertura del procedimiento
ejecutivo y posteriormente del de apremio.
En el momento del alta, el nuevo usuario del servicio deberá abonar la tasa de acometida y los
conceptos estipulados en la correspondiente Ordenanza Fiscal Reguladora del abastecimiento domiciliario de agua.
En caso de devolución del recibo de agua, por causa no imputable al Ayuntamiento, el tercero se
ha de hacer cargo de todos los costes surgidos al Ayuntamiento derivados de dicha devolución.
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e).-Estado de las Instalaciones:
El usuario deberá conservar en buen estado las instalaciones e infraestructuras de suministro de
agua potable, prohibiéndose su manipulación o alteración de cualquier elemento de las mismas por
el personal no autorizado, pudiendo el Ayuntamiento someterlo a cuantas verificaciones considere
necesarias.
Todos los contadores que se coloquen serán sellados y precintados por el personal encargado
del servicio. Estos precintos no podrán ser retirados bajo ningún pretexto por los usuarios.
Los contadores se instalarán por el solicitante, quedando prohibido que el usuario del servicio
instale un contador distinto al fijado por el Ayuntamiento.
f).- Prohibición de Habilitación o Autorización a Terceras Personas y uso distinto:
Siendo el servicio de recepción obligatoria, los propietarios de las edificaciones o viviendas no
podrán habilitarlas o autorizar para ello a terceras personas sin que previamente se hayan abonado
al servicio, formalizada la póliza y conectado el suministro.
El usuario de un suministro no podrá utilizar el agua para uso distinto de aquel para el cual haya
sido otorgado.
g).- Cese del suministro
El cese en el suministro por clausura o demolición de los edificios o por desocupación de las viviendas, deberá ser comunicado al Ayuntamiento por el usuario interesado que solicitará la correspondiente baja en el servicio. En caso contrario, el usuario continuará sujeto al pago de las tasas y a
las demás responsabilidades que puedan derivarse del uso del servicio.
h).- Responsabilidad de los Usuarios:
Los usuarios son responsables del cumplimiento de las disposiciones de esta ordenanza, por sí y
por cuantas personas se hallen en sus locales o viviendas, así como de todos los daños y perjuicios
que cualquiera de ellos pueda causar con motivo del servicio.
i).- División de finca:
En caso de división de una finca en varias, cada una de ellas deberá contar con toma propia e independiente.
j).- Conservación de tuberías y materiales instalados en la finca:
Los abonados o propietarios estarán obligados a realizar los trabajos de conservación de tuberías y demás materiales instalados en la finca y que, por ser indispensables, al no ser reparados pudieran ocasionar perturbación en el suministro o daños a terceros.
De no hacerlo, el servicio podría suspender el suministro y anular el contrato.
3.- Derechos de los Usuarios:
a).- Derecho al suministro y extinción del servicio.
Los abonados dispondrán de un servicio permanente de suministro de agua sin interrupción,
acorde a las condiciones que figuren en su contrato, sin más limitación que las establecidas en esta
ordenanza.
El derecho al suministro puede extinguirse:
a) Por petición del usuario.
b) Por resolución justificada del Ayuntamiento, por motivos de interés público.
c) Por uso de los ocupantes de la finca, o condiciones de las instalaciones interiores, que entrañen peligrosidad en la seguridad de la red, potabilidad del agua o daños a terceros.
4.- Derechos del Ayuntamiento:
a).- Derecho a tasa
El Ayuntamiento tiene derecho al ingreso de la tasa que en cada momento se encuentre vigente,
según el tipo de suministro, en la correspondiente Ordenanza Fiscal.
b).- Inspección de Instalaciones:
El Ayuntamiento, a través de sus empleados, tiene derecho a la inspección y vigilancia de las
conducciones, instalaciones y aparatos del servicio de aguas, tanto en vías públicas o privadas o en
fincas particulares y ningún abonado puede oponerse a la entrada en sus propiedades para la inspección del servicio, todo ello para adecuar el servicio a la legalidad, evitando fraudes, así como a
los efectos de proceder a la lectura del contador en aquellos inmuebles en los que se encuentre ubicado en el interior de los mismos.
El servicio tiene derecho a vigilar las condiciones y forma en que utilizan el agua sus abonados.
Los empleados del servicio, en su misión de vigilancia, procurarán no causar molestias al abonado.
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El abonado estará obligado a facilitar el paso a los empleados del servicio para que procedan a la
lectura del contador así como a facilitar a dichos agentes la posibilidad de inspección de las instalaciones de acometida y red interior de distribución
En caso de negativa, y previo requerimiento por escrito, se entenderá que el usuario renuncia a la
concesión de las formalidades legales, el corte del servicio, debiéndose abonar de nuevo la cuota por
derecho de acometida para que sea restablecido.
c).– Reserva de derecho a dictar disposiciones especiales:
El Ayuntamiento se reserva el derecho a dictar disposiciones especiales, condicionar el suministro e
incluso suspenderlo cuando se trate de aprovechamiento cuyo uso pudiera afectar a la pureza de las
aguas o el normal abastecimiento a la población.
El Ayuntamiento no será responsable de las interrupciones que pueda sufrir el servicio por motivos
de escasez de agua o avería en los sistemas de captación, depósitos y distribución. En tales casos, se
reserva el derecho de interrumpir los suministros tanto con carácter general, como en sectores o zonas
en que así lo aconsejen las necesidades del servicio o los intereses generales del municipio, dando publicidad previa a tales interrupciones por los medios habituales. Se procurara, no obstante, mantener el
abastecimiento mediante algún procedimiento alternativo cuando la duración de la interrupción así lo
aconseje.
Cuando por cualquier causa el consumo haya sido realizado sin funcionamiento del contador o sin
lectura del mismo se liquidará y facturará con arreglo al gasto realizado en el mismo período de tiempo y
en la misma época del año anterior.
Artículo 15.- Infracciones y sanciones.
La potestad sancionadora le corresponde al Alcalde, en virtud del artículo 21.1 K de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, Ley 7/1985, de 2 de Abril.
1.- Infracciones:
Todas las infracciones a lo dispuesto en esta Ordenanza será objeto de expedientes sancionadores
tramitados, en general, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y, en particular,
conforme a lo establecido en el Decreto 189/1994, de 25 de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento Regulador del procedimiento Sancionador de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Asimismo se advierte que el usuario está obligado a usar las instalaciones propias y las del Ayuntamiento correctamente, consumiendo el agua contratada de forma racional, sin abusos y evitando perjuicios al resto de usuarios.
1.1.-Se consideran Infracciones Leves las siguientes:
a) Abusar del suministro concertado, consumiendo caudales desproporcionados con la actividad normal del usuario sin causa justificada.
b) Perturbar la regularidad del suministro mediante usos anormales cuando en época de restricciones o abastecimientos racionados dichos usos puedan impedir el suministro a otros usuarios.
c) En los casos de cambio de titularidad del inmueble abastecido, la falta de comunicación del cambio en el plazo de un mes desde que éste se produzca, siendo responsable el nuevo titular.
1.2.- Se consideran Infracciones Graves las siguientes:
a) Mezclar agua del servicio con las procedentes de otros aprovechamientos, si de la mezcla resultase peligro de contaminación.
b) Impedir la entrada del personal titular del servicio al lugar donde están las instalaciones, acometidas o contadores del usuario, bien para su lectura o cuando existe indicio razonable de posible defraudación o perturbación del servicio. No tener instalado el contador exigido en la ordenanza para la prestación del servicio.
c) Manipular las instalaciones con objeto de impedir que los contadores registren el caudal realmente
consumido.
d) Por la comisión de dos infracciones leves en el plazo de un año.
e) Toda variación de la instalación o del contador por parte del abonado y sin conocimiento del Ayuntamiento.
f) Suministrar datos falsos con ánimo de lucro o para evitar el pago de los recibos.
g) La posesión de una cometida a la red general sin autorización municipal.
h) El impago de dos o más recibos de la tasa de consumo sin justificación.
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i) La no reparación del contador averiado en el plazo señalado.
j) Destinar el agua a uso distinto del solicitado o concertado.
k) Suministrar agua a terceros sin autorización del Ayuntamiento, bien sea gratuitamente o a título
oneroso salvo casos de incendio o extrema necesidad.
1.3.- Se consideraran Infracciones muy Graves las siguientes:
a) La reiteración de infracciones graves.
b) El incumplimiento de las medidas excepcionales dictadas por Bandos o decretos de alcaldía en situaciones especiales.
c) Cualquier incumplimiento que suponga un menoscabo en el suministro de agua potable a la población.
Cuando los hechos se presuman constitutivos de delito, de acuerdo con lo establecido en la legislación penal, serán denunciados ante la jurisdicción ordinaria.
2.- Sanciones:
2.1.- Las infracciones leves se castigarán con multa de hasta 120 euros.
2.2.- Las infracciones graves con multa de 121 euros a 300 euros.
2.3 Las infracciones muy graves se castigaran con multas de 301 euros a 600 euros.
Las infracciones graves y muy graves podrán dar lugar, además de la sanción económica, a una indemnización al Ayuntamiento por el posible consumo no registrado. También podrá dar lugar a la liquidación del contrato de suministro.
Se consideraran responsables de las infracciones las siguientes personas:
a) En primer lugar el ocupante de la finca en el momento de la infracción, sea a título de propietario,
inquilino, o cualquier otra figura jurídica.
b) En segundo lugar el propietario de la finca, que, en último caso, será responsable subsidiario de la
persona ocupante, por cualquier título permitido, de la finca.
c) En el caso de construcciones o instalaciones ilegales, serán responsables los que determine la
normativa urbanística.
En caso de resultar varias infracciones, las multas e indemnizaciones tendrán carácter acumulativo y
no serán excluyentes las unas de las otras. Serán impuestas sin perjuicio del pago de agua consumida
o del que se calcule que fue.
Todas las multas e indemnizaciones deberán ser abonadas en el plazo de un mes desde su notificación. Transcurrido dicho plazo se suspenderá, automáticamente, el suministro de agua potable y
se procederá con los morosos. La rehabilitación del servicio llevará aparejada el pago de nuevos derechos.
3.-En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de las sanciones que a las
mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en los artículos 178 a 212 de la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Disposicion final.
La presente modificación de dicha Ordenanza Fiscal, que fue aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 27 de marzo de 2015, entrará en vigor el mismo día de su publicación
en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación a partir del día siguiente de su publicación, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa.
En Martín Miguel, a 19 de mayo de 2015.- El Alcalde, César Palomo Sevillano.
Ayuntamiento de Miguelañez
ANUNCIO
10832
Se encuentra expuesto al público el Padrón cobratorio de la Tasa por Suministro de Agua y Tasa
de Alcantarillado correspondientes al 1.º Trimestre de 2015, aprobado por Decreto de la Alcaldía de
fecha 26 de enero de 2015, que quedan expuestos al público para su consulta y a efectos de notifi-
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cación colectiva durante el plazo de quince días, conforme establece el artículo 124.3 de la Ley General Tributaria. Periodo de cobro en Voluntaria: 15-5-2015 a 14-7-2015.
Contra los recibos resultantes de los citados padrones los contribuyentes podrán interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de un mes, previo el de reposición previsto en el art.
14.2 de Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ante el Ayuntamiento.
En Migueláñez, a 11 de may de 2015.— El Alcalde, Eugenio Payá Benedito.
10814
Ayuntamiento de Ortigosa de Pestaño
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio 2015, y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del
Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
Capítulos
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
Capítulos
1.
2.
3.
4.
6.
7.
8.
9.
INGRESOS
Denominación
Importe
A) OPERACIONES CORRIENTES
Impuestos directos..........................................................................18.000
Impuestos Indirectos ........................................................................1.240
Tasas y otros ingresos....................................................................12.100
Transferencias corrientes ..............................................................21.000
Ingresos patrimoniales......................................................................1.600
B) OPERACIONES DE CAPITAL
Enajenación de inversiones reales ....................................................—,—
Transferencias de capital................................................................16.550
Variación de activos financieros ........................................................—,—
Variación de pasivos financieros ......................................................—,—
TOTAL INGRESOS.......... ..............................................................70.490
GASTOS
Denominación
Importe
A) OPERACIONES CORRIENTES
Remuneraciones del personal ........................................................22.500
Compra de bienes corrientes y de servicios ..................................27.490
Intereses ..............................................................................................100
Transferencias corrientes ....................................................................200
B) OPERACIONES DE CAPITAL
Inversiones reales ..........................................................................20.200
Transferencias de capital ..................................................................—,—
Variación de activos financieros ........................................................—,—
Variación de pasivos financieros ......................................................—,—
TOTAL GASTOS ...........................................................................70.490
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A) Funcionarios de Carrera
Denominación de Plaza
Secretaria-Intervención
B) Personal Laboral Fijo
Denominación de Plaza
Ninguno
Ninguno
D) Personal Eventual
Denominación de Plaza
Ninguno
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PLANTILLA DE PERSONAL
N.º Plazas
Nivel
N.º Plazas
Grupo Subgrupo Nivel
1
C) Personal Laboral Temporal
Denominación de Plaza
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Subescala
Secretaria-Intervencion
N.º Plazas
Grupo Subgrupo Nivel
N.º Plazas
Grupo Subgrupo Nivel
Resumen
Funcionarios: ........................................1
Laboral Fijo: ........................................ 0
Laboral Temporal: ................................0
Eventual: ..............................................0
Total Plantilla: ......................................1
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los
requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y
en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En Ortigosa de Pestaño, a 13-5-2015.— La Alcaldesa, Milagros Alonso Martin.
Ayuntamiento de Perosillo
10799
ANUNCIO
PLAN ECONOMICO FINANCIERO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA REGLA DE GASTO
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23.4, párrafo 3.º de la Ley 2/2012, de 27 de abril, de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, mediante el presente anuncio se da publicidad al Plan Económico-Financiero aprobado por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria
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celebrada el día 29 de abril de 2015, con motivo de la situación de incumplimiento de la regla de
gasto deducida de la liquidación del Presupuesto de 2014.
Dicho Plan Económico Financiero se somete a información pública por plazo de quince días, contados desde el siguiente a su inserción en el BOP, durante los cuales podrá ser examinado en la Secretaria del Ayuntamiento, en horario de oficina.
En Perosillo, a 11 de mayo de 2015.— El Alcalde, Roberto Domingo Gonzalez.
Ayuntamiento de Pinarejos
11154
ANUNCIO ELECCION JUEZ PAZ TITULAR
Este Ayuntamiento debe elegir al Juez de Paz Titular del Municipio de Pinarejos para proponer a
la Superioridad del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, el nombramiento de quienes resulten elegidos.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 5.1 del Reglamento
3/1995 de 7 de junio de los Jueces de Paz, para quienes deseen desempeñar dicho cargo lo soliciten en la Secretaria de esta Corporación, en horario de 09.00 a 13.00 horas, de lunes a viernes, en
el Edificio del Ayuntamiento de Pinarejos, Plaza Mayor, n.º1, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación de este Edicto.
En Pinarejos, a 26 de mayo de 2015.—El Alcalde, Heliodoro Rios Alvarez.
Ayuntamiento de Santo Tomé del Puerto
10828
ANUNCIO
Habiéndose publicado en el Boletín Oficial de la Provincia 43 de fecha 10 de abril de 2015, el
anuncio relativo a la aprobación inicial del Reglamento sobre el uso de la Factura Electrónica.
Y no habiéndose presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de fecha 26 de marzo de 2015, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
REGLAMENTO SOBRE EL USO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA
PREÁMBULO
La Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, recoge en el artículo 4 los proveedores que están
obligados al uso de la factura electrónica y a su presentación a través del punto general de entrada que corresponda.
Establece también en el citado artículo que las Administraciones Públicas podrán excluir reglamentariamente de esta obligación de facturación electrónica a las facturas cuyo importe sea
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de hasta 5.000,00 euros y a las emitidas por los proveedores a los servicios en el exterior de las
Administraciones Públicas.
Teniendo en cuenta las características de los proveedores con los que trabaja esta Entidad
Local se cree necesario hacer uso de esta facultad de exclusión para así evitar que determinados proveedores tengan dificultades para la gestión de las facturas emitidas.
La entrada en vigor del artículo 4 de la citada Ley, como recoge la Disposición final octava,
sobre obligaciones de presentación de factura electrónica a partir del 15 de enero de 2015, hace
necesario regular esta facultad que tienen las Administraciones Públicas de excluir de la obligación de facturación electrónica.
Artículo único.
Quedan excluidas de la obligación de facturación electrónica las facturas cuyo importe sea de
hasta 5.000,00 euros de las siguientes entidades:
- Sociedades anónimas;
- Sociedades de responsabilidad limitada;
- Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española;
- Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en
los términos que establece la normativa tributaria;
- Uniones temporales de empresas;
- Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente reglamento entrará en vigor a partir de la publicación de su texto íntegro en el Boletín
Oficial de la Provincia, siempre que haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en
Burgos, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Santo Tomé del Puerto, a diecinueve de mayo de dos mil quince.—El Alcalde, Vicente Gómez
del Pozo.
ANUNCIO DE MODIFICACIÓN DE ORDENANZA FISCAL
10826
Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo del Ayuntamiento de fecha 26 de
marzo de 2015, referido a la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal
que más adelante se indica, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia n.º 43 de
fecha 10 de abril de 2015, sin que se haya presentado ninguna reclamación, dicho acuerdo se
eleva a definitivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, publicándose el texto íntegro de la citada modificación tal y como figura en el
anexo de este anuncio.
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• Ordenanza n.º 1, Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Contra este acuerdo, elevado a definitivo, y su respectiva ordenanza podrán los interesados interponer recurso Contencioso Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este
acuerdo y del texto íntegro de las Ordenanzas en el "Boletín Oficial de la Provincia".
Santo Tomé del Puerto, a 19 de mayo de 2015.— El Alcalde, Vicente Gómez del Pozo.
ANEXO
“PRIMERO.- En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 15.1, 16 y 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales,
se acuerda, con carácter provisional, la modificación de la Ordenanza fiscal n.º 1, Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, dando nueva redacción a su artículo 2.º en los términos que se contienen en el texto del siguiente tenor literal:
“Artículo 2.º-Tipo de gravamen.
El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles queda fijado en la forma siguiente:
a) Para los bienes inmuebles de naturaleza urbana, el 0,40 por ciento de la base imponible
b) Para los bienes inmuebles de naturaleza rústica, el 0,80 por ciento de la base imponible
c) Para los bienes inmuebles de características especiales, el 1,30 por ciento de la base imponible
SEGUNDO.- La presente modificación, por imperativo legal, surtirá efectos a partir del día 1 de enero
de 2015, tras la publicación del texto íntegro de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
TERCERO.- De conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, el presente Acuerdo provisional se expondrá al público durante treinta días, mediante anuncio publicado en el tablón de edictos y en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen
oportunas.
CUARTO.- Transcurrido el plazo de exposición al público del Acuerdo provisional citado, y en el supuesto de que no se presenten reclamaciones o sugerencias, se entenderá definitivamente adoptado el
acuerdo de modificación de la Ordenanza fiscal anteriormente citada.
QUINTO.- El acuerdo definitivo de la modificación señalada, junto con el texto integrado de ésta, se
publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, y se aplicarán a partir de la fecha que señalada en el
punto segundo de este acuerdo.
SEXTO.- Contra el citado acuerdo definitivo, los interesados podrán interponer recurso contenciosoadministrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con Sede en Burgos, en el plazo
de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de dichos Acuerdos en el Boletín
Oficial de la Provincia”.
Ayuntamiento de Santiuste de San Juan Bautista
10879
ANUNCIO
CUENTA GENERAL 2014
En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que
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ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho
más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que
tengan por convenientes.
En Santiuste de San Juan Bautista, a 12 de mayo de 2015.— El Alcalde, Juan Martín Gómez.
Ayuntamiento de Torre Val de San Pedro
10999
ANUNCIO
CUENTA GENERAL DE 2014
En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez
que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la
Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014, por un plazo de quince días, durante los cuales, y
ocho más, quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.
Torre Val de San Pedro, a 7 de mayo de 2015.— El Alcalde, Paulino Adrián Masedo González.
Ayuntamiento de Valdevacas de Montejo
10909
ANUNCO DE APROBACION INICIAL DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL REGLAMENTO
SOBRE EL USO DE LA FACTURA ELECTRONICA
El Pleno de este Ayuntamiento en en sesión celebrada el día 17 4 2015, acordó la aprobación
inicial de la Ordenanza reguladora de el Reglamento sobre el Uso de la Factura Electrónica, y en
cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar
desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que
pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Valdevacas de Montejo, a 18 de abril del 2015.— La Alcaldesa, Ascensión Calleja Benito.
Ayuntamiento de Zarzuela del Pinar
EDICTO
10995
Aprobado por Decreto de Alcaldía de fecha 14 de mayo de 2.015 el Padrón Fiscal de la Tasa de
suministro de Agua Potable y Alcantarillado correspondiente al 1° cuatrimestre de 2015.
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El citado padrón se expone al público por plazo de un mes, contados desde el día siguiente de su
publicación en el Boletín oficial de la Provincia.
Contra las liquidaciones incorporadas en el citado Padrón podrán los interesados, interponer recurso de reposición y en el idéntico plazo señalado anteriormente, de conformidad con los artículos
108 de la Ley 7/ 1985 y el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004.
El plazo de cobro en periodo voluntario comenzará el día 25 de mayo de 2015 al 25 de julio de
2015.
Vencido el periodo voluntario de ingreso, las deudas no satisfechas incurrirán en vía administrativa de apremio, procediéndose su cobro de forma ejecutiva con los recargos, intereses de de mora y
costas aplicables según la Ley General Tributaria.
Lo que se publica a efectos de notificación colectiva a los contribuyentes sujetos a gravamen por
los referidos Tributos, conforme a lo establecido en el art. 124.3 de la Ley general Tributaria.
En Zarzuela del Pinar, a 14 de mayo de 2015— El Alcalde, E. Nicolás Ortega Lobo.
Entidad Local Menor de Arroyo de Cuéllar
11020
ANUNCIO
Por acuerdo del pleno de esta E.L.M. de Arroyo de Cuellar de fecha 14 de mayo de 2015, se
aprobaron de manera provisional los presupuestos generales correspondiente al ejercicio 2015.
En cumplimiento de los establecido en el art. 169.1 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y del articulo 20.1 del Real Decreto 500/1990 , se expone al público durante el plazo
de 15 días en la Secretaría de la Entidad y durante horas de oficina, el expediente completo a
efectos de que los interesados, puedan examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno de
esta Entidad.
En el supuesto que en el plazo de exposición pública no se presenten reclamaciones, el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo expreso.
En Arroyo de Cuéllar, a 20 de mayo de 2015.— El Alcalde Pedáneo, Jesús Jorge Muñoz
Sanz.
Entidad Local Menor de Moraleja de Coca
EDICTO
10795
Formada y rendida la Cuenta General de esta Entidad Local Menor para el ejercicio de 2.014,
constituida por los Estados y Cuentas Anuales, e informada la misma favorablemente por la Comisión Especial de Cuentas, queda expuesta al público en la SecretaríaIntervención de esta Entidad, juntamente con el expresado informe y demás justificantes, por plazo de quince días, durante los cuales y ocho más los interesados podrán presentar por escrito las reclamaciones,
reparos u observaciones que estimen pertinentes, que serán objeto de nuevo informe de dicha
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Comisión, y de no presentarse ninguna reclamación, reparos u observaciones, la Cuenta General
se someterá al Pleno de la Corporación para su aprobación, si procede, sin necesidad de nuevo
informe.
Moraleja de Coca, a 14 de mayo de 2015.— El Alcalde-Pedáneo, Juan José Sobrino Muñoz.
Mancomunidad de Municipios del Eresma
11145
ANUNCIO
Formulada y rendida la Cuenta General del Presupuesto de esta Entidad Local correspondiente al ejercicio de 2014 se expone al público, junto con sus justificantes y el informe de la Comisión Especial de Cuentas, durante quince días (15). En ese plazo y ocho (8) días más, se admitirán los reparos y observaciones que puedan formularse por escrito, los cuales serán
examinados por dicha Comisión que practicará cuantas comprobaciones crea necesarias, emitiendo nuevo informe, antes de someterlas al Pleno Corporativo, para que puedan ser examinadas y, en su caso, aprobadas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 212, números 3 y 4 del
RDL 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales.
En Encinillas, a 22 de mayo de 2015.—La Presidenta, Ana María Cabeza Resa.
10142
PARTICULARES Y OTROS ANUNCIANTES
Notaria María Yolanda Fernández Sainz
EDICTO
Yo, María Yolanda Fernandez Sainz, Notaria del Ilustre Colegio de Castilla y León, con residencia en Segovia.
HAGO CONSTAR:
Que en esta Notaría de mi cargo se ha iniciado con fecha siete de mayo de dos mil quince, Acta
de Notoriedad, tramitada conforme a lo dispuesto en el artículo 53.diez de la Ley 13/1996 de 30 de
diciembre, promovida a instancia de D. Abilio Manso García, para constatar la modificación de superficie de la siguiente finca:
UNA CASA, en la Calle de la Iglesia, señalada con el número dieciséis, o Travesía del Río número 2, en el término municipal de Anaya (Segovia), compuesta de planta baja con varias habitaciones
y sobrado. Ocupa una superficie el solar sobre el que se asienta de ciento cincuenta y dos metros
cuadrados, siendo su superficie construida de ciento cuarenta y tres metros cuadrados de los que
corresponden: Ciento once metros cuadrados a la casa, y los restantes treinta y dos metros cuadrados a sobrado. Linda todo: Por el frente, con la Travesía del Río; Derecha entrando, finca de herederos de Santiago Sanz y finca o resto matriz de D.ª Natividad Manso García, hoy finca catastral 15 de
Mariano Monjas Hernández y 07 de M. Fátima Sanz López; Por la izquierda, finca de un vecino de
Madrid y otra de Adela Pérez, hoy finca catastral 09 de Felisa Elvira Leiro y finca catastral 11 de Daniel Concepción Martín; y por el fondo, resto de la finca matriz, de D.ª Natividad Manso García, hoy
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finca catastral 15 de Mariano Monjas Hernández, lindando también por el frente, con finca de D. Abilio Manso.
INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la propiedad de Segovia n.° 2, tomo 3342, libro 21, folio
5, finca 2256, inscripción 1.ª.
Referencia catastral 9988708UL8398N0001YW.
Lo que se notifica por medio del presente Edicto a todas aquellas personas que puedan ostentar
algún derecho sobre la expresada finca, singularmente a los colindantes de la misma, quienes podrán, dentro de los veinte días siguientes al de la publicación del presente edicto, comparecer en esta Notaría de mi cargo, sita en la Calle Pintor Montalvo, n.° 1 Bajo Izquierda, de Segovia, exponiendo y justificando sus derechos.
Segovia, a siete de mayo de dos mil quince.—La Notaria, rubricado.
Notaría de Manuel Martínez Cordero
10904
EDICTO. Yo, Antonio Manuel Martinez Cordero, Notario del Ilustre Colegio de Castilla y León,
con residencia en la Villa de Sepúlveda.
HAGO CONSTAR: Que en la Notaría de mi cargo, a requerimiento Doña María Jesús Alvaro
Enebral, se está tramitando Acta de Notoriedad para Inmatriculacion de Exceso de cabida al amparo
del artículo 53.10 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, para la modificación de superficie de la finca que a continuación se describe:
Urbana.- Parcela de terreno sita en Valleruela de Pedraza (Segovia), en la Calle Calleja, Numero
tres que en Catastro figura como Polígono 3 Parcela 5659.
Tiene una superficie de cincuenta y dos metros cuadrados (52 m2) y linda: Derecha-entrando,
parcela 5658 del polígono 3, propiedad de Miguel Angel Enebral San Juan; Izquierda, parcela 5187
del polígono 3, propiedad del Ayuntamiento de Valleruela de Pedraza; Fondo, parcela 5179 del polígono 3, propiedad de Miguel Angel Enebral San Juan; y Frente, con Camino de la Hornilla (en el callejero municipal Calle Calleja, según manifiesta) y parcela 5187 del polígono 3, propiedad del Ayuntamiento de Valleruela de Pedraza.
Inscripción.- Tomo 1953, Libro 47, Folio 45, Finca número 4729, inscripción 2.ª
Referencia Catastral.- 40257A003056590000IU.
Lo que se notifica nominativamente a los colindantes mencionados y genéricamente a cuantas
personas puedan ostentar algún derecho sobre la finca o sentirse perjudicadas.
Advertencia.- Los notificados, dentro del plazo de los veinte días siguientes a la notificación, tienen derecho a comparecer en mi Notaría, alegando lo que conforme a derecho proceda.
En Sepúlveda, a dieciséis de mayo de dos mil quince.— Rubricado.
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• BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA •
D. L.: SG. - 1/1958

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