retención de impuesto sobre la renta por pago de dividendos

Transcripción

retención de impuesto sobre la renta por pago de dividendos
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9 7 0 73
35 96$
$28 6
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Marzo - Abril 2014
4
1
7
RETENCIÓN DE IMPUESTO SOBRE LA
RENTA POR PAGO DE DIVIDENDOS
CUENTAS INCOBRABLES COMO DEDUCCIÓN FISCAL
PARA LAS PERSONAS MORALES CONTRIBUYENTES DEL ISR
ACIVISMO TRIBUTARIO EN MÉXICO
CONCILIACIÓN NO BANCARIA
ESTUDIOS EN QUE SE BASA UN PROYECTO
DE INVERSIÓN
Colegio de Contadores Públicos de Yucatán, A.C.
ÍNDICE
Consejo Directivo 2013-2014
C.P.C. Laura Cervera Urtiaga
Presidente del Consejo Directivo 2013-2014
C.P. Miguel Ángel Ayala López
CONTENIDO
P.C.C.A. Vicepresidente de Relaciones y Difusión
C.P.C. Luis González Ortega
Presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos A.C.
C.P.C. Salvatore Cascio Traconis
Vicepresidente de Desarrollo Profesional
C.P.C. Joel Ceferino Medina Alvarado
Vicepresidente de Administración y Finanzas
C.P.C. Ligia Elizabeth Aguayo Rosado
4
Retención de Impuesto Sobre la Renta por
pago de dividendos
7
Cuentas incobrables como deducción fiscal para las
personas morales contribuyentes del ISR
C.P. Carlos Arturo Vazquez Vivanco
C.P.C María Isabel Vergara Pérez
Auditor Propietario
C.P.C. Alejandro José Ontiveros Gómez
Secretario del Sector Práctica Externa
C.P. Elsy del Carmen Mezo Palma
Secretario del Sector Gubernamental
C.P.C. Gilberto Ordaz López
Presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos
de la Región Centro Istmo Peninsular
C.P. Víctor Manuel Álvarez Palma
Secretario del Sector Empresa
Dra. Martha Bojórquez Zapata
Secretario del Sector Docencia
C.P.C. Guido Herbé Espadas Villajuana
Auditor Suplente
11
14
Civismo tributario en México
17
Estudios en que se basa un proyecto de inversión
CP. Ruben Eduardo Barrera Díaz
Conciliación no bancaria
M.C.I.C. Amenofs Acosta
C.P.C. Fernando Ojeda Llanes
12
Comisión de Trabajo Editorial
Coordinador:
C.P.C. Fernando González Hernández
Integrantes:
C.P.C.
C.P.C.
C.P.
DR.
DRA.
C.P.
C.P.
C.P.
C.P.
C.P.
C.P.
C.P.
María Isabel Vergara Pérez
Francisco Arturo Castro Abraham
Rubén Eduardo Barrera Díaz
Mario Rene Chan Magaña
María Teresa Mendoza Fernández
Javier Solís Uc
José Alfonso Canche Pérez
Karla Joanna de Belén Solís Ortega
Carlos Vazquez Vivanco
Herbe Alonzo Cime
Adriana Escalante Avilés
Alejandro Ruíz Nicolin
Política Editorial. Los artículos publicados expresan únicamente la opinión del autor o autores. El CCPY a través de su Comisión Editorial
evalúa los artículos técnicos para su inclusión en la revista. La revista se difunde a través de los portales en internet de CCPY y CMIC. No
se permite la reproducción de los artículos publicados sin la autorización escrita del Colegio de Contadores Públicos de Yucatán, A.C.
Editorial
xcelente bimest�e estimados Contadores y Empresarios, nuamos con un tema fiscal, el ar�ículo donde podremos
E
deseamos hayan concluido su período de declaraciones t�ibuta- recordar o conocer las ventajas de deducir las cuentas de
rias de acuerdo a sus ex�ectativas.
Considero es un excelente momento para tomar una pausa y
contestar�os lo sig�iente: ¿Qué hacemos en nuest�os negocios o
que recomendamos a nuest�os clientes para incrementar la
productividad, entendiendo esta como el incremento en la
productividad de los resultados integ�ales del negocio?
clientes que desg�aciadamente se consideran incobrables
para su negocio.
El “civismo” es un escudo que ha per�itido al ser humano
cont�ar�estar cor��pción, violencia, injustica social, ent�e
ot�os, ¿se ha puesto a pensar que también es aplicable en el
aspecto t�ibutario mexicano?, nuest�o autor lo hace recapacitar en este sentido.
¿Difícil?. Para encont�ar una respuesta es conveniente que
consideremos la opinión de aquellos especialistas que laboran El liderazgo es un tema de est�dio constante por lo que
en el negocio o en su caso pueden ser personas ajenas al mismo, nuest�o autor nos brinda infor�ación más que valiosa para
con el conocimiento necesario para apoyar en encont�ar las seg�ir t�abajando en el desar�ollo del mismo.
soluciones y log�ar el incremento en la productividad.
En nuest�a sección de “Finanzas para no financieros”, se
No debemos olvidar que la toma de decisión opor��na para analizan los est�dios en que se basan para un proyecto de
ejecutar dichas soluciones es par�e impor�ante en conseg�ir el inversión, tema cr�cial en el desar�ollo de negocios.
resultado integ�al esperado.
Estimado lector esperamos disfr�te esta su revista.
Como siempre ag�adecemos tanto mis Colegas miembros de
esta Comisión, así como el Consejo Directivo del Colegio de
Contadores de Yucatán por su interés y apoyo para esta revista.
Deseamos infor�ar a usted que las instalaciones del Colegio
han tenido una mejora, lo que hace sentir�os org�llosos de su
nueva vista, pero más aún del conocimiento que ahí se obtiene
constantemente de sus ex�er�os ex�ositores en las materias, si
no conoce nuest�a remodelación, es un buen momento para
que nos honre con su visita al asistir a alg�no de nuest�os
coloquios, cursos, diplomados u ot�o.
Este bimest�e contamos con ar�ículos interesantes y de diferentes temas, iniciando con un análisis de la retención para los
dividendos decretados a los accionistas de las empresas, contiEntre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014
C.P.C. Fernando González Hernández
RETENCIÓN DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR PAGO DE
DIVIDENDOS
Por: C.P. Carlos Arturo Vazquez Vivanco
Socio Director
Impuestum Contadores Mérida
[email protected]
Dentro del paquete de modificaciones de la Reforma Hacendaria 2014, la nueva disposición que establece, un impuesto
adicional por el pago de dividendos fue uno de los temas
que mayor inquietud provocó, razón por la cual presentamos un análisis de dicha disposición.
Exposición de Motivos y Dictámenes de Comisiones.
En relación al impuesto que estamos analizando, primeramente vamos a recordar algunas de las razones vertidas,
para su implementación.
• En la Exposición de motivos fue el argumento de que en
México las Personas morales pagaban sobre una tasa
efectiva baja.
• En el Dictamen de la Cámara de diputados se menciona
que el impuesto adicional no incrementa la carga tributaria de las empresas que reinvierten sus utilidades.
• Por último en la minuta del Dictamen de las Comisiones de
la Cámara de Senadores2 se menciona que el pago será
por medio de retención que efectúe la Persona Moral que
realice el pago del Dividendo y que el mismo no sería
aplicable a utilidades que se generaron con anterioridad al
2014.
Análisis de disposición fiscal vigente.
En este apartado analizaremos las disposiciones de la Nueva
Ley del Impuesto Sobre la Renta vinculadas con el pago de
dividendos:
I. Causación del ISR de la Persona Moral que distribuye
el dividendo.
En el primer párrafo del Artículo 10 se establece:
Las personas morales que distribuyan dividendos o
utilidades deberán calcular y enterar el impuesto que
corresponda a los mismos, aplicando la tasa establecida en el artículo 9 de la presente Ley. Para estos
efectos, los dividendos o utilidades distribuidos se
adicionarán con el impuesto sobre la renta que se
deba pagar en los términos de este artículo. Para
determinar el impuesto que se debe adicionar a los
dividendos o utilidades, éstos se deberán multiplicar
por el factor de 1.4286 y al resultado se le aplicará la
tasa establecida en el citado artículo 9 de esta Ley. El
Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014
impuesto correspondiente a las utilidades distribuidas a que se refiere el artículo 78 de la presente Ley, se
calculará en los términos de dicho precepto
Del primer párrafo se puede destacar:
a. Que las personas morales que distribuyan dividendos
deberán calcular y enterar el ISR aplicando a la base
gravable de los mismos la tasa del 30%.
b. Para determinar la base gravable y el ISR señalado
anteriormente, seguimos los pasos siguientes:
I. Se determina el "dividendo piramidado"
Dividendo Distribuido
x
Factor (30% entre 70% mas la unidad)
Resultado (dividendo piramidado)
70
1.4286
100
II. Se determina el monto del impuesto que se adiciona
a los dividendos distribuidos
Resultado (dividendo piramidado)
x
Tasa de ISR
Monto del impuesto que se adiciona a los
dividendos
100
30.00%
30
II. Se determina el ISR de los dividendos
Dividendo Distribuido
Monto del impuesto que se adiciona a los
dividendos
Base de ISR de Dividendos
x
Tasa de ISR
Monto del impuesto a los dividendos
70
30
100
30.00%
30
II. Supuesto en el cual no se causa el ISR de la Persona
Moral que distribuye el dividendo.
En el tercer párrafo del Artículo 10 se establece:
No se estará obligado al pago del impuesto a que se
refiere este artículo cuando los dividendos o utilidades provengan de la cuenta de utilidad fiscal neta
que establece la presente Ley.
De conformidad a lo establecido en el párrafo anterior
cuando una Persona Moral distribuya dividendos y a la fecha
de dicha distribución cuente con el suficiente saldo en la
cuenta de utilidad fiscal neta (CUFIN) no se pagara el ISR por
dichos dividendos, recordando que la CUFIN representa el
4
monto de las utilidades fiscales (a valores actualizados) que
ya pagaron ISR, para lo cual presentamos los supuestos
siguientes:
Dividendo distribuido
vs Saldo de CUFIN
Dividendo que sera objeto del ISR
A
B
C
120
50
70
120
130
0
120
0
120
Tanto en el supuesto A como en el C, por la diferencia que
sobrepasa el saldo de la CUFIN se haría el cálculo establecido en el inciso anterior de conformidad al primer párrafo
del Artículo 10 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
III.Retención de ISR en el pago de dividendo cuando
el beneficiario es Persona Física (nueva disposición):
En el segundo párrafo del Artículo 140 se establece:
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, las
personas físicas estarán sujetas a una tasa adicional del 10% sobre los dividendos o utilidades distri
buidos por las personas morales residentes en
México. Estas últimas, estarán obligadas a retener
el impuesto cuando distribuyan dichos dividendos
o utilidades, y lo enterarán conjuntamente con el
pago provisional del periodo que corresponda. El
pago realizado conforme a este párrafo será definitivo.
Del párrafo anterior identificamos los aspectos
siguientes:
a. Que el Artículo 140 corresponde a las disposiciones
del Capítulo VIII (De los Ingresos por Dividendos) del
Título IV (Personas Físicas).
b. Que independientemente de que el citado Artículo
140 sea una disposición del Título de Personas
físicas, se le impone una obligación a la persona
Moral que distribuye el dividendo, consistente en
retener una tasa adicional del 10% sobre los
dividendos distribuidos.
c. Que él impuesto adicional será un impuesto definitivo y se pagara con el pago provisional del período
que corresponda.
d. Correlacionando la disposición del segundo Párrafo
del Artículo 140 de la LISR con el Artículo 10 de la
misma ley, cuando se lleve a cabo el pago podemos
encontrarnos con opciones de pago de ISR siguientes:
Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014
El saldo de la
Cufin es
MAYOR al
monto de
dividendos que
se pagan.
b) El saldo de la
Cufin es
MENOR al
monto de
dividendos que
se pagan.
La Persona Moral
que distribuye el
dividendo paga ISR
(Art. 10 LISR)
La Persona Moral
que distribuye el
dividendo retiene el
ISR adicional (Art.
140)
NO
SI
SI
SI
a)
IV. Presentación de Caso Práctico
CALCULOS EN LA PERSONA MORAL (ART 10 LISR)
Concepto
Monto
I. Se determina el monto del dividendo que sera objeto del ISR
Dividendo distribuido
(vs) Saldo de CUFIN
Dividendo que sera objeto del ISR para la PM
170,000.00
70,000.00
100,000.00
II. Se determina la base gravable del ISR del dividendo,
piramidando el dividendo objeto de ISR
Dividendo que sera objeto del ISR para la PM
x Factor (30% entre 70% mas la unidad)
Resultado (dividendo piramidado)
100,000.00
1.4286
142,860
III. Se determina el monto del impuesto que se adiciona a los
dividendos distribuidos
Resultado (dividendo piramidado)
142,860
30.00%
x Tasa de ISR
Monto del impuesto que se adiciona a los dividendos
42,858
IV. Se determina el ISR de los dividendos
Dividendo que sera objeto del ISR para la PM
Monto del impuesto que se adiciona a los dividendos
Base de ISR de Dividendos
x Tasa de ISR
Monto del ISR a los dividendos que pagaria la PM
100,000
42,858
142,858
30.00%
42,857
CALCULO DE RETENCION DE LA PERSONA MORAL A LA PERSONA
FISICA (ART 140 LISR)
Concepto
Monto
Dividendo a distribuido a PF
(X) Tasa de Retencion
Monto a retenenido de ISR a PF
Dividendo a distribuido a PF
(menos)
Monto a retenenido de ISR a PF
Dividendo neto distribuido
170,000.00
10.00%
17,000.00
-
170,000.00
17,000.00
153,000.00
5
V. Diversas Disposiciones que se deben observar en
el pago de dividendos
a)
Formalidad en el pago de dividendos: La
fracción XI del Artículo 76 nos establece las
formalidades siguientes:
a) Efectuar los pagos con cheque nominativo
no negociable del contribuyente expedido a
nombre del accionista o a través de transferencias de fondos a la cuenta del accionista.
b) Proporcionar a las personas a quienes les
efectúen el pago del dividendo un comprobante fiscal en el que se señale su monto, el
impuesto sobre la renta retenido, así como
si éstos provienen o no provienen de CUFIN
b) Declaración anual de pago de dividendo: De
conformidad al texto de ley de ISR 2014 ya no
existe la citada disposición, pero mediante el
Noveno transitorio fracción X aplica dicha
declaración hasta el ejercicio 2016.
residentes en México, podrán adicionar el saldo
de su CUFIN generada al 31 de diciembre de
2013 con la cantidad que a los mismos les
corresponda, siempre y cuando los dividendos
se encuentren debidamente registrados en la
contabilidad de la sociedad que los distribuya y
la sociedad que los perciba no incremente con
dicha cantidad el saldo de su CUFIN generada a
partir del 1 de enero de 2014.
Como último punto del presente Artículo debemos manifestar que la autoridad no se ha pronunciado respecto al
supuesto de pagar un dividendo en especie tanto en el
tema de la formalidad de pago que establece la fracción XI
del Articulo 76, como lo relativo al tratamiento del
Impuesto Adicional a los dividendos para ese mismo
supuesto, por lo que debemos de esperar que se fije una
postura.
1 Gaceta Parlamentaria Número 3887-IX, Año XVI, jueves 17 de octubre de 2013
2 Gaceta del Senado 41, Segundo Año de Ejercicio LXII Legislatura, martes, 29
de octubre de 2013
c) Control de CUFINES: mediante disposición transitoria se establece que las personas morales
tendrán la obligación de mantener en cuentas
separadas la CUFIN generada hasta el 31 de
diciembre de 2013, de la que se generará a
partir del 2014. Con lo cual buscan evitar que se
cause el impuesto adicional del 10% a los
dividendos generados con anterioridad al
ejercicio del 2014.
d) CUFINES pagadas entre Personas Morales: La
Regla I.3.9.6 de la RMF 2014 señala que las
personas morales que a partir del 1 de enero de
2014 perciban dividendos generados al 31 de
diciembre de 2013 de otras personas morales
Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014
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CUENTAS INCOBRABLES COMO DEDUCCIÓN FISCAL PARA
LAS PERSONAS MORALES CONTRIBUYENTES DEL ISR
Por: C.P.C María Isabel Vergara Pérez
Big 99 S.A. DE C.V.
[email protected]
El ciclo financiero en las empresas es la suma de los días
transcurridos desde el momento en el que se realiza el
primer desembolso para la adquisición de bienes que serán
posteriormente comercializados hasta que se recibe el pago
total resultante de su comercialización, este es uno de los
factores que pueden impulsar o frenar el crecimiento de las
empresas variando de empresa a empresa, dependiendo
tanto del giro de la misma, como de la naturaleza y origen de
los productos que comercializa o produce.
El ciclo financiero puede oscilar entre los 60 y 180 días por
ejemplo en el caso de los productos de origen asiático, el
ciclo financiero inicia con el anticipo enviado al momento de
colocar la orden al proveedor, el cual debe ser pagado
mínimo 45 días antes del envío del producto a efectos de
fincar la orden de producción y el saldo de la compra debe
ser pagado al realizarse el embarque de la mercancía. El
tiempo de transportación de los productos por barco desde
Asia a México es de 45 días, y el proceso de importación
puede llevar una semana, es decir, ya tenemos 100 días
desde que se otorgó el anticipo hasta que se reciben estos
en la bodega de la empresa; si se parte del supuesto que los
productos se envían al cliente en un proceso “just in time” en
un plazo de 4 días a partir del ingreso a las bodegas de la
empresa y que el mercado en promedio demanda un
mínimo de financiamiento a los clientes de 15 a 30 días, en
otros casos de 60 a 90 días para poder ser competitivo, llegamos a una cifra final de alrededor de 180 días contados a
partir de que se otorgó el anticipo hasta que se recibe el
pago del cliente.
Cabe aclarar que dependiendo de la capacidad de negociación y conocimiento del mercado del área de ventas este
ciclo puede ser acortado hasta un máximo de 120 días, en
algunos casos, es importante señalar que si esta situación no
es calculada adecuadamente por el área de finanzas, puede
comprometer financieramente a la empresa.
Lo anterior constituye un preámbulo para iniciar el análisis
del impacto que las cuentas por cobrar a clientes, tienen en
el ciclo financiero de la empresa y la importancia de realizar
un análisis minucioso de su integración al finalizar el ejercicio, analizando su antigüedad, viabilidad de cobro y respaldo documental en materia legal a efectos que en el caso de
Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014
una contingencia pueda ser recuperada por ésta vía.
Es preciso señalar que como medio de presión para la recuperación de créditos, los enajenantes solían conservar en su
poder los originales de las facturas de venta pendientes de
cobro y enviarlas a los clientes al recibir el pago, sin embargo, actualmente con los sistemas de facturación electrónica
esto ya no es posible toda vez que la factura es emitida y
enviada al adquirente al concretarse la venta independientemente si ha sido pagada o no.
Por lo anterior, es importante que al momento de cerrar una
operación con el cliente, se pacten por escrito las condiciones y plazo de pago. Algunos elementos de protección
documental para una recuperación por la vía legal de los
créditos con los clientes son las facturas firmadas, los pagarés, letras o cheques posfechados..
Adicionalmente contar con un esquema de remuneraciones
al área responsable de ventas, basada en las facturas cobradas en lugar de lo facturado. Así como una filosofía corporativa enfocada a ventas sanas susceptibles de ser cobradas.
Con el propósito de adentrarnos en temas fiscales es conveniente considerar lo siguiente:
Crédito: es el derecho que tiene una persona llamada acreedor de recibir de otra llamada deudora, el cumplimiento de
una obligación derivada de alguna operación convenida
(Compra-venta, prestación de servicios, arrendamientos,
etc.)
7
Por otra parte, crédito incobrable: es cuando un crédito no
es cubierto en los plazos y términos fijados y que se ejerzan
acciones legales para su cobro y que no se obtenga el pago
correspondiente.
En materia fiscal la Ley de Impuesto Sobre la Renta LISR
(2014) en su artículo 27 fracción XV establece la mecánica
para la deducción de las cuentas incobrables señalando
entre otras cosas:
"Que en el caso de pérdidas por créditos incobrables, éstas
se consideren realizadas en el mes en el que se consuma el
plazo de prescripción, que corresponda, o antes si fuera
notoria la imposibilidad práctica de cobro.
Deducción máxima de acuerdo al inciso a) del artículo 27 de
la LISR 2014 sería la siguiente:
Cantidad
Valor UDI
Importe
30,000
5.051105
151,533
Cabe aclarar que es necesario presentar aviso ante el SAT
antes del 15 de febrero del año siguiente al que se pretende
realizar la deducción, así mismo es preciso avisar el deudor
que se realizará la deducción a efectos de respetar el principio de simetría fiscal.
En el caso de créditos superiores a las 30,000 UDIS, se haya
demandado ante la autoridad judicial el pago del crédito o
se haya iniciado el procedimiento arbitral convenido para su
cobro y adicionalmente se presente el aviso ante el SAT
antes del 15 de febrero y se le avise al deudor que se realizará la deducción del crédito a su cargo.
Si consultamos el criterio normativo aplicable a las cuentas
incobrables nos señala lo siguiente:
CRITERIO NORMATIVO
63/2013/ISR Pérdidas por créditos incobrables. Notoria
imposibilidad práctica de cobro.
El artículo 31, fracción XVI de la Ley del Impuesto sobre la
Renta establece como requisito para deducir las pérdidas
por créditos incobrables, que éstas se consideren realizadas
en el mes en el que se consuma el plazo de prescripción que
corresponda o antes si fuera notoria la imposibilidad práctica de cobro. Para los efectos del mismo artículo, el inciso b)
Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014
de la fracción citada considera que existe notoria imposibilidad práctica de cobro, entre otros casos, tratándose de
créditos cuya suerte principal al día de su vencimiento sea
mayor a 30,000 unidades de inversión, cuando el acreedor
haya demandado ante la autoridad judicial el pago del
crédito o se haya iniciado el procedimiento arbitral convenido para su cobro y además se cumpla con lo previsto en el
párrafo final del inciso a) de la misma fracción. El último
párrafo del inciso a) de la fracción referida prevé que cuando
el deudor del crédito de que se trate sea contribuyente que
realiza actividades empresariales y el acreedor informe por
escrito al deudor de que se trate, que efectuará la deducción
del crédito incobrable, a fin de que el deudor acumule el
ingreso derivado de la deuda no cubierta en los términos de
la Ley del Impuesto sobre la Renta y que los contribuyentes
que apliquen lo dispuesto en el párrafo citado, deberán
informar a más tardar el 15 de febrero de cada año de los
créditos incobrables que dedujeron en los términos de ese
párrafo en el año calendario inmediato anterior.
En este sentido, la expresión -se cumpla- utilizada en el
inciso b), al referirse al párrafo final del inciso a), alude a una
obligación.
Por tanto, el deber previsto en el inciso b), sólo es aplicable
a la segunda parte del párrafo final del inciso a), en cuanto a
la obligación del acreedor de informar por escrito al deudor
que efectuará la deducción de la pérdida por el crédito incobrable, para que éste acumule el ingreso derivado de la
deuda no cubierta, y la de informar a más tardar el 15 de
febrero de cada año, de las pérdidas por créditos incobrables que dedujo en el año inmediato anterior.
A continuación se presenta un ejemplo del escrito libre para
comunicar al Servicio de Administración Tributaria las cuentas incobrables que se deducirán en el ejercicio.
8
SERVICIO DE ADMNISTRACION TRIBUTARIA
C. ADMINISTRADOR LOCAL DE RECAUDACION DE _____
ASUNTO: Declaración Informativa de Créditos Incobrables en el Ejercicio 2013
_________, mexicano por nacimiento, mayor de edad legal, compareciendo en
representación de “XXX”, S. A. DE C. V., cuya clave en el Registro Federal de
Contribuyentes es _____ y con domicilio fiscal en__, en ____, ante usted, con el debido
respeto por medio del presente vengo a dar cumplimiento a la obligación establecida en la
Ley del Impuesto sobre la Renta en materia de deducciones (2013 aplicable al ejercicio en
cuestión) en su artículo 31 fracción XVI inciso “b) Tratándose de créditos cuya suerte
principal al día de su vencimiento sea mayor a treinta mil unidades de inversión cuando el
acreedor haya demandado ante la autoridad judicial el pago del crédito o se haya iniciado
el procedimiento arbitral convenido para su cobro y además se cumpla con lo previsto en
el párrafo final del inciso anterior.”
Es decir: Los contribuyentes que apliquen lo dispuesto en este párrafo, deberán informar
a más tardar el 15 de febrero de cada año de los créditos incobrables que dedujeron en
los términos de este párrafo en el año calendario inmediato anterior.
A continuación señalo el importe de pérdidas por cuentas incobrables que mi
representada pretende deducir en el ejercicio fiscal 2013:
RFC
NOMBRE DEL CLIENTE
IMPORTE
IVA
TOTAL
A tal efecto se adjunta al presente copia de la demanda presentada que respalda la
deducibilidad del crédito en cuestión.
A USTED, CIUDADANO ADMINISTRADOR, atentamente pido se sirva:
UNICO. Tenerme por presentado con este escrito en tiempo y forma el cumplimiento de la
obligación establecida para la deducción del crédito referido.
Protesto lo necesario en la ciudad ___________ de 2014
NOMBRE DE LA EMPRESA
__________________________________
Nombre del Representante
Representante Legal
Los créditos incobrables son una opción interesante para la reducción de
cargas fiscales de las empresas, siempre y cuando se cumplan con los
requisitos de forma como la presentación de la declaración informativa,
aviso al deudor y se reúna la documentación comprobatoria que demuestre
la imposibilidad práctica de cobro.
Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014
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Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014
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CIVISMO TRIBUTARIO EN MÉXICO
Por: C.P. Ruben Eduardo Barrera Díaz.
Coordinador de Administración y Personal Peninsular
Diconsa, S.A. de C.V.
[email protected]
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
(CPEUM), en su artículo 31 fracción IV, obliga a los gobernados a contribuir con el gasto público, según como dispongan las leyes correspondientes; este mandato no nos menciona la forma de contribuir, por lo que se crean leyes específicas de los diferentes impuestos que imponen tributo, estas
leyes están apegadas a los principios constitucionales de las
contribuciones (Proporcionalidad, Equidad, Legalidad y
Destino al Gasto Público), y en conjunto garantizan a los
mismos gobernados que es inválido todo acto de poderes
públicos que no sea conforme a la Ley.
Dentro de la actividad financiera que cotidianamente el
Estado realiza, la recaudación de contribuciones constituye
un elemento indispensable y de gran importancia como un
medio para desarrollar su función pública. El sistema tributario se rige por las normas vigentes, teniendo como máxima
la CPEUM, y por debajo de ella los Tratados Internacionales
de que México sea parte, Ley de Ingresos de la Federación
(LIF), las Leyes especiales o especificas (aplicable de acuerdo
a la materia que se aplique, por ejemplo: Impuesto Sobre la
Renta, Impuesto al Valor agregado (IVA), etc.), Código Fiscal
de la Federación (CCF) (ordenamiento que se aplica de
manera supletoria a las leyes fiscales), Derecho Común
(supletorio a todo lo que no esté contenido en el CFF), los
Reglamentos, Reglas Misceláneas y Circulares y Publicaciones en general de carácter administrativo.
Conforme el paso de los años este sistema ha ido modificándose, adaptándose a la economía de la época así como las
tendencias coyunturales que marcan cada etapa de la historia en el país, determinadas en cuatro etapas: la prehispánica, la colonial, México independiente, y moderna.
Actualmente el ciudadano (Contribuyente, gobernado o
sujeto pasivo) es un hombre que proviene de la ciudad, pero
más que eso, es un ser que tiene conciencia de sí mismo y
que, por tanto, puede auto determinarse. Este dominio
racional, permite que el hombre adquiera la calidad de
persona, que en el derecho civil es un sujeto que es capaz de
ejercer derechos y cumplir obligaciones, posee ciertos
atributos que sirven para diferenciarlo de los demás,
definiendo su relación con la familia y con sus semejantes,
así como el poder de la propia persona respecto a los bienes,
que tiene en posesión o que no son de su propiedad.
Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014
En la CPEUM (2013) en su artículo 34 menciona que: son
ciudadanos de la Republica los varones y mujeres que,
teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además los
siguientes requisitos: haber cumplido 18 años y tener un
modo honesto de vivir. La calidad de mexicanos no es otra
cosa que la nacionalidad que nos remite al artículo 30 de la
misma Constitución que menciona que la nacionalidad
mexicana se adquiere por nacimiento o naturalización.
La base sin duda de un buen ciudadano es la ética y los
valores humanos, ya que de ello dependerá el compromiso
de cada ciudadano con el cumplimento de sus obligaciones
para con el Estado, y si estos cimientos morales no están
bien fundamentados difícilmente se tendrá un ciudadano
digno de confianza, y probablemente compartirá sus distorsión de los valores con la gente más cercana o en el entorno
familiar y haciendo que la desobligación sea una constante
y reproducción viral entre la ciudadanía.
Actualmente cobra mayor importancia el tema de la ética, la
moral y los valores en el servicio público. Hay una responsabilidad directa en la gestión de los asuntos públicos, que
cabe a exigir a los gobiernos, así como a las empresas. La
corrupción, es sus nuevas y cambiantes formas de expresión
es, además de un delito, también un modo de desorganización de la sociedad a lo que se unen los fenómenos éticos y
morales inherentes de la ciencia y la tecnología.
En la medida que se abre la economía del país y en que crece
la inversión extranjera, los peligros de trasgresión de los
principios éticos y de violación de los valores morales
propios de nuestro pueblo, por parte de determinados
dirigentes y funcionarios son mayores. Es por ello que se
11
debe promover un gran valor, el trabajo educativo y preventivo, a la formación y al reforzamiento en ellos, de los valores
que consideramos que deben caracterizarlos.
fuerza jurídica en al país, es la medida en que seguiremos
leyendo a diversos autores apostando por la educación, por
el civismo tributario en nuestro país.
En la página del SAT (2013) define cultura tributaria de las
siguiente manera: “Entiéndase la Cultura Tributaria como el
conjunto de valores, creencias y actitudes compartido por
una sociedad respecto a la tributación y las leyes que lo
rigen, lo que conduce al cumplimiento permanente de los
deberes fiscales”, entendiendo así los valores y principios que
anteriormente se mencionaron, como parte fundamental
para este cumplimiento.
Un claro ejemplo de la importancia de invertir en esta educación lo podemos encontrar prácticamente en varios países
como en el caso de Buenos Aires, en su boletín oficial núm.
2187 el 10 de mayo de 2005, de la ciudad autónoma de
buenos aires, donde aprueban el acuerdo para mantener un
sistema tributario adecuado: “La Dirección General de rentas
(que es el equivalente al SAT en México) contribuya a la
gestación de una nueva cultura tributaria, de conformidad
con lo establecido en el artículo 51 de la Constitución de la
Ciudad Autónoma de Buenos aires (que habla sobre los
principios constitucionales de las contribuciones), para
coadyuvar al fortalecimiento de la democracia…” si bien no
podría ser novedoso el hecho de que los encargados de
recaudar las contribuciones tengan la intensión de fomentar
el civismo tributario en ambos países, aquí lo relevante es la
constante búsqueda de crear conciencia adecuada en la
sociedad, dejar bases sólidas en ellos para el eficaz funcionamiento del ciclo de las contribuciones, y el cumplimiento
voluntario de estas.
El objetivo de la cultura tributaria, debe ser, romper con el
circulo vicioso que ha permeando en parte de los ciudadanos al no cumplir con sus obligaciones y por parte del Estado
de no educar a sus gobernados de la manera adecuada;
hacer conciencia de que la tributación no solo es una obligación legal, sino un deber de cada persona ante la sociedad.
Además, se le debe convencer del que cumplir con tal
responsabilidad le confiere la autoridad moral necesaria para
exigir al Estado que haga un uso correcto y transparente de
los recursos públicos, con este conjunto de acciones se fortalecerá la confianza en las Instituciones, que se encargan de
administrar mencionados recursos para la obtención de
resultados, que no son otra cosa que el crecimiento del país,
en todos los sentidos; ya que sin estos recursos y esta organización no existiría orden público y caos social consecuente,
una total des estabilización a nivel nación.
El presidente de la suprema corte de justicia, Mariano Azuela
Güitrón, declaro el 27 de junio de 2006 en el periódico Reforma de México lo siguiente: “Urge crear una cultura tributaria
por la cual los gobiernos cumplan su obligación de usar los
impuestos para los fines que marca la constitución y los
ciudadanos con la de pagarlos”.
Como se puede encontrar en varias publicaciones en
diferentes años, la necesidad de implementar el civismo
tributario dentro los sistemas educativos del país, merece
una solución viable, pronta y mediática, ya que es evidente
que los frutos de esta inversión serán a largo plazo y mientras
más se tarde en implementar estos sistemas con la suficiente
Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014
Margain (2000) respondió al percibir al Civismo Tributario
como un conjunto de condiciones de creación y recepción
de mensaje y de significados mediante los cuales los individuos se apropian de las formas que le permiten estructurar
su lenguaje y su visión del mundo. Es por esta razón que
tiene un doble rol en la estructuración en los sistemas sociales y las lógicas institucionales, ya que ofrece representación
general que sirven como instrumento de interpretación para
todos los temas relacionados con las actividades políticas.
El civismo tributario es entonces el conjuntos de valores y
principios que al ciudadano debe poseer, conocedor de las
normas jurídicas más importante de su país, se caracteriza el
compromiso para su país, y que de forma voluntaria y veraz
cumple con su obligación para garantizar el orden de la
economía nacional, y el orden de las instituciones, quienes
son las encargadas de vigilar que las normas jurídicas se
cumplan, siendo estas instituciones las que administren de
manera eficiente y eficaz los recurso obtenidos por los ingre-
12
sos tributarios y sus funcionaros gozaran con el mismo
sentido de valores y principios que el resto de los ciudadanos, para garantizar la transparencia y la buena administración de estos.
Cortazar Velarde en la publicación en la Revista del CLAD
Reforma y Democracia, menciona (no.:17 año: 2000): “Es
necesario desarrollar una cultura tributaria, que permita a
los ciudadanos concebir las obligaciones tributarias como
un deber sustantivo, acorde con los valores democráticos.
Un mayor de nivel de conciencia cívica respecto al cumplimiento tributario, junto a una percepción de riesgo efectivo
por el incumplimiento, permitirá a los países de la región
(latinoamericanos) disminuir los elevados índices de
evasión y contrabando existentes”.
propia de guiarse en el tema de contribuciones, no entienden lo que es bueno y malo, el educar consiste en proporcionar todos los ejemplos necesarios para comprender que
el mundo no se moldea a sus deseos o caprichos, que la
convivencia en sociedad tiene sus normas y que, si no son
respetadas, el sistema se torna corrupto y consecuentemente injusto.
En mi opinión particular: Una propuesta Constitucional o
una reforma en los métodos de enseñanza congruente,
para establecer una materia obligatoria en los sistemas
educativos de primaria, hasta nivel profesional, para
coadyuvar al fortalecimiento del Civismo Tributario en
México son fundamentales para el correcto desempeño del
Sistema Tributario.
Es sin duda una serie de conocimientos que es deseable
que el ciudadano conozca, comprenda y las adopte en su
vida, para tener una país más organizado, civilizado y con
fortaleza contributiva necesaria para soportar los cambios
económicos que pudieran darse a suscitar en el futuro; y los
beneficios en infraestructura en el país cualquiera que esta
fuera que de igual forma se pudieran beneficiar los ciudadanos logrando sino la totalidad de las características mencionadas anteriormente si una gran parte de ellas.
Las sanciones quizás no sean la mejor forma para erradicar
la baja recaudación, la evasión o alusión fiscal en el país, ya
que su finalidad es la de sancionar un acto fuera de la
norma que ya se cometió y corregir al ciudadano por esta
falta a la norma contributiva, por lo que es importante que
las autoridades implementen estrategias de educación de
conciencia en el ciudadano en el cumplimiento de sus
obligaciones coadyuvando así a la correcta educación
contributiva por medio del civismo tributario.
La educación del civismo tributario debe de ser imprescindible desde los primeros pasos en la construcción del ser
humano. Debido a que no existe una formación tributaria
eficiente, existen ciudadanos que no tienen experiencia
Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014
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CONCILIACIÓN NO BANCARIA
Por: M.C.I.C. Amenofs Acosta
Master Coach Internacional Certificado
Socio Director de M.P.M. Grupo
[email protected]
La Conciliación Bancaria es un proceso administrativo
común y corriente que pasa en casi todos los procesos contables razonablemente serios. Esta posibilidad de confrontar y
conciliar valores para un mejor control del efectivo es sin
duda una de las mejores prácticas de las empresas hoy día.
Por otra parte en las empresas hay otros lugares donde mirar
para hacer una buena conciliación, en este caso una “no
bancaria”, me refiero a la conciliación con las personas, práctica no tan común en muchas de las empresas que conozco.
Uno de los argumentos para no conciliar es simple: “la
empresa no es una democracia y por ende la alineación no es
optativa, es un decreto que se sigue y punto” ¿usted qué
opina?
Coincido con la premisa de que la empresa es como un
barco, en el cual los que vamos a bordo remamos en la
misma dirección, si no el barco no se mueve. Lo que me
pregunto es ¿cuál será la mejor forma de mover los
remos?¿serán nuestros antiguos modelos de liderazgo aún
válidos? ¿porqué será que cada vez es más recurrente que la
evaluación del desempeño de un ejecutivo se toma en
cuenta si llego a su meta, y además el cómo lo hizo?
Algunos de nosotros pensamos que hacer una “conciliación
sistémica” es una práctica que empuja los resultados hacia la
estratósfera. Me explico: Imagine usted un mapa donde
pueda organizar a todas y cada una de las personas con
quien interactúa día con día. Agregue ahora una calificación
a estos individuos, en dos niveles: primero, calificando la
relevancia (qué tan importante y estratégica es para usted
esa persona) y, segundo, calificando el estado de la relación
(qué tan cómoda y asertiva es la comunicación que tenemos). ¿cómo sería ese resultado? ¿será que con todas las
personas tengo una buena relación? ¿solo con algunas?
En otras ocasiones a estas alturas del partido me han dicho
“si no soy monedita de oro…” y coincido. Ninguno lo somos.
Pero eso no quiere decir que no pueda intervenir en lo que
veo. Si me doy cuenta, me puedo hacer cargo. Y no para
intentar ser el “cáeme-bien” de la compañía, pero si para
poder alcanzar mejores resultados con la gente que me
rodea. Es muy distinto decir “no se puede” a admitir “no sé
cómo hacerlo”.
Le ofrezco algunos tips que utilizan muchos de los líderes
Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014
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exitosos hoy en día:
1. Identifique a las personas que le rodean, observe,
perciba. El simple hecho que se le haya olvidado
alguien, por ejemplo, ya es información.
2. Sea sincero consigo mismo, nadie está viendo su
mapa, si no es sincero con usted, ¿con quién?
3. Dé prioridad a las relaciones más relevantes, ya sea
por su jerarquía o por su rol para que usted alcance
los resultados que está buscando.
4. Deje de contarse historias, yo sé que la relación está
así porque usted es muy justo y la otra persona no
tanto (jajaja), pero alguien tiene que dar el primer
paso, normalmente es usted.
la emoción del esclavo, porque solo aquél que lo
siente lo sufre, a la otra persona no le afecta.
9. Identifique el beneficio, si encuentra el para qué
hacer lo que hace, seguramente lo hará con más
determinación y gusto.
10. Se vale disfrutar, pasamos demasiado tiempo
trabajando, como para padecerlo.
El ser un profesional de la Contabilidad o las Finanzas no le
priva de la posibilidad de desarrollarse en otras áreas, por
ejemplo el liderar personas. Le invito a explorar todo su
potencial, seguramente será el primer beneficiado de los
resultados.
5. Re-diseñe sus juicios, es decir, piense los juicios que
tiene del otro y cuestiónese si son válidos, o mejor
aún si puede cambiarlos por otros
que ayuden a mirar la relación de
distinta manera, una más productiva
digamos.
6. Haga un plan de acción y dele seguimiento, valore los resultados,
pregúntese qué podría hacer diferente, mejor.
7. Recuerde que no puede hacer nada
“en el otro”, el único lugar donde
puede intervenir es en sí mismo, y
con eso basta para que todo su
entorno cambie. ¿Quiere mover al
mundo? Muévase a si mismo.
8. Despréndase del rencor y las viejas
historias. El rencor, según Nitzche, es
Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014
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“ENTRE CONTADORES Y EMPRESARIOS”
TE INVITA A PARTICIPAR
Estimado Colega Contador Público o Empresario, te invitamos a
colaborar, si cuentas con material escrito relativo a temas contables,
financieros, económicos, fiscales, laborales, auditoría o de actualidad.
ENTRE CONTADORES Y EMPRESARIOS puede publicar tus artículos.
Sólo debes enviar tu artículo al correo electrónico
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Hernández, cumpliendo con las siguientes características:
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tu artículo recibirás una constancia de 12 puntos con validez para el
cumplimiento de tu Educación Profesional Continua (EPC)
Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014
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ESTUDIOS EN QUE SE BASA UN PROYECTO DE INVERSION
Por: C.P.C. Fernando Ojeda Llanes
Director de Servicios Financieros
Ojeda, Llanes y Asociados, S.C.P.
[email protected]
En los Proyectos de Inversión se requiere cuando menos de
los siguientes estudios para tener los elementos necesarios
para llegar a evaluar el proyecto y decidir sobre su viabilidad
para su realización final. Aunque debemos tomar en cuenta
que al evaluar un proyecto y no resulta ser viable, este resultado no sería definitivo para desecharlo, cuando verdaderamente se trata de una buena idea, cuando se presentan
resultados negativos, antes de su rechazo total deben analizarse las variables que se tomaron en cuenta para su evaluación, porque si alguna de éstas está afectando su factibilidad
y puede ser modificada sin alterar el objetivo del citado
proyecto, esto es válido cumpliendo una serie de requisitos
financieros que comentaré en su oportunidad.
Me referiré a los contenidos de los estudios de: Mercado,
técnico, financiero y de organización.
El Estudio de Mercado tiene como objetivo estimar las ventas
o los ingresos, para lo cual es necesario definir el producto o
servicio, las unidades de venta o producción: piezas, litros,
kilos, etcétera. Después se debe estudiar la demanda de este
producto, quien lo compra y cuánto se compra en la ciudad o
en el área donde se encuentra el “mercado”.
Se debe estudiar la oferta, es decir, la competencia: dónde se
encuentra, qué productos distribuye, cuántos puntos de
venta tiene. De la oferta y la demanda se definirá cuánto será
lo que se oferte y a qué precio, este será el presupuesto de
ingresos.
Sin un estudio de mercado bien elaborado y con los objetivos perfectamente bien definidos, el proyecto de inversión
no tendría bases fundamentales para determinar sus ingresos, sobre todo cuando se trata de una nueva idea.
Es importante tomar en cuenta que cuando se solicita a
algún especialista la realización de un estudio de mercado, se
le proporcione con toda claridad el objetivo, así como la
actividad y la idea completa del proyecto, lo anterior en
virtud de que en mi experiencia me he encontrado con
empresas que han realizado su proyecto de inversión con
éxito aun cuando el estudio de mercado respectivo señalaba
lo contrario. Al analizar esta situación pude percibir que no
había coincidencia entre los objetivos determinados por los
responsables del estudio de mercado y los del proyecto.
Asimismo también me he encontrado con proyectos de
Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014
inversión que se suspendieron porque el estudio de mercado
se realizó posteriormente al estudio técnico y el mercado
enviaba señales de que no habría la demanda necesaria para
los productos y servicios del relacionado proyecto.
El Estudio técnico tiene como objetivo diseñar cómo se
producirá aquello que se venderá. Si se elige una idea es
porque se sabe o se puede investigar cómo se hace un
producto, o porque alguna actividad gusta de modo especial, se debe definir: ubicación de la empresa, de las instalaciones del proyecto. Donde obtener los materiales, productos o materia prima Qué máquinas y procesos usar. Qué
personal es necesario para llevar a cabo el proyecto.
El Estudio financiero demuestra lo importante: si la idea es
rentable. Para saberlo se parte de tres presupuestos: Ventas o
ingresos, Inversión, costos y gastos que salieron de los estudios anteriores. Con esto se decidirá si el proyecto es viable o
si necesita cambios, como por ejemplo: si se debe vender
más, comprar máquinas más baratas o gastar menos.
Hay que recordar que cualquier cambio en los presupuestos
debe ser realista y alcanzable, si la ganancia no puede ser
satisfactoria, considerando todos los cambios y opciones
posibles, entonces no será viable el proyecto y será necesario
encontrar otra idea de inversión. Así, después de las modificaciones y cambios, en su caso, y una vez seguros de que el
proyecto es viable, entonces se pasará al último estudio.
Estudio de Organización que consiste en definir cómo se
hará la empresa, o qué cambios hay que hacer si la empresa
está formada: Régimen fiscal, pasos a dar para registrar el
proyecto, la organización de la empresa cuando el proyecto
esté en operación.
17
POLIZA CONTABLE MARZO
Boletín Informativo
En el mes de febrero pasado se llevó
a cabo el Evento Técnico denominado
“Sueldos y Salarios Declaración Anual”.
La exposición se llevó a cabo el día 06
de Febrero, siendo impartido por el
C.P.C. Jorge Alfredo López Quian
contando con una concurrida asistencia.
XI Jornadas de Contabilidad Gubernamental
, contamos con una concurrida "Retos
asistencia.
de la Reforma a la Ley de Contabilidad
Gubernamental"
D
urante el mes, se llevaron a cabo tres de las cinco últimas fechas que constituyeron las XI Jornadas de Contabilidad
Gubernamental, 08 de Febrero, se contó con la asistencia del C.P.C. Rosé Ricardo Camacho Acevo, Socio de Baker Tilly
International, con el tema Trasparencia y Difusión de la Información Financiera, el 15 de Febrero el C.P.C. Mauricio Romo Flores,
Consultor Gubernamental del Estado de Guanajuato, con el tema PBR y evaluación al Desempeño y el 22 de Febrero el C.P. Luis
Farías Valdés, PCCA, Auditor Especial de Desempeño de la Auditoría Superior del Estado de Coahuila, en el tema Registro
Patrimonial y Estados Financieros Contables y Presupuestales .
Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014
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El 10 de Febrero, se llevó a cabo el
evento técnico denominado “Fraude:
Puntos a Analizar de Caos Reales”.
Fue
impartido por el Mtro. Horacio
Rocha San Miguel, contando igualmente
con una concurrida asistencia.
Aprovechamos
este
espacio
para
felicitar sinceramente a los socios que
en el periodo comprendido del 16 Marzo
al 15 de Abril, festejan sus onomásticos,
realmente son nuestros deseos de lo
mejor para ellos, sus familias y quienes
son parte de su entorno profesional.
Herberth Antonio Adam Alcocer, osé
Antonio
Blanco
Baeza,
Adela
Evangelina Canto Jairala, Eduardo José
Cisneros Rodriguez, Mario Humberto
Caamal Cauich, Juan Francisco Colonia
Varguez, Manuel Alejandro Chan
Herrera, Mauricio Marcelo Flota López,
Leonardo Gomez Montero, Gerardo
Jesús Herrera Marín, Raúl Zacarías
Kantún Assy, Elias Nazer Metri Duarte,
Rene Humberto Marquez Arcila, Manuel
Jesús Mendoza Díaz, Gabriel Armin
Montañez Chale, Wilberth José Novelo
Ceballos, Benjamin Ramón Negroe
Monforte, Fernando Ojeda Gongora,
Roberto Alejandro Ordaz Gonzalez,
Jorge Rolando Peniche Martín, Alfredo
Polanco y Araujo,
Jorge Alberto
Paredes Chi, Ligia Guadalupe Quintal
Valencia, Genner Alberto Ruiz Moguel,
Fernando Gabriel Rodriguez Sansores,
Jorge Anuar Rodriguez Arias, Joel José
Santizo Gonzalez, Francisca Rosalía
Sabido
Aviles,
Roberto
Vega
Castellanos.
El 12 de Febrero, se llevó a cabo el
evento
técnico
denominado
“Perspectivas Económicas y Fiscales
2014”.
Fue
Felicidades
impartido por el C.P.C. Y L.C. I.
Francisco Macías Valadez Treviño, Socio
Retirado Activo del Despacho Deloitte,
Autor del Libro Medio Electrónicos en
Materia Fiscal y Ex Presidente del IMCP,
contando igualmente con una concurrida
asistencia.
El 19 de Febrero, se llevó a cabo el
evento técnico denominado “Muestreo
de Auditoría”.
Fue
impartido por la C.P.C. Susana
Martinez Septien, Integrante de la
Comisión
Consultiva
de
Auditoría,
contando igualmente con una concurrida
asistencia.
Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014
19
El 21 de Febrero, se llevó a cabo el
evento técnico denominado
“Como
renovar su Registro de CPR ante el
SAT. Código Fiscal de la Federación,
principales
modificaciones
al
Dictamen”.
Fue impartido por la C.P.C. Daniel Oscar
Echeverría Arceo, Integrante de la
Comisión de AGAFF ante el IMCP, Ex
presidente e integrante de la Comisión
Consultiva
de
Auditoria,
contando
igualmente con una concurrida asistencia.
“Paellada de la Amistad"
El 22 de Febrero, se llevó a cabo el evento “Paellada de la Amistad”
Después de mucho tiempo re realizo la Paellada de la Amistad, en la cual asistieron ex
presidentes, Coordinadores de Comisiones Consultivas de trabajo y amigos.
Se degusto de una deliciosa paellada acompañada de vino.
Si deseas aportar ideas para mejorar este evento envíanosla, aceptamos críticas
constructivas también, la dirección es: [email protected]
Bienvenida:
P
or este medio deseamos comunicar a nuestros socios la incorporación a
nuestro Colegio de:
C.P. Jesús Ángel Mar Salazar, él forma parte de Fundación Donde Banco, S.A. BM.
Es motivo para congratularse el que nuestro colegio cuente con nuevos
socios, esto fortalece nuestra profesión organizada.
Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014
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POLIZA CONTABLE ABRIL
Boletín Informativo
En el mes de marzo pasado se llevó a
cabo el Evento Técnico denominado
“Taller de Declaración Anual de
Personas Morales”.
La exposición se llevó a cabo el día 06
de Marzo, siendo impartido por el C.P.C.
Victor Manuel Villasuso Pino, socio e
Integrante de la Comisión Consultiva de
Fiscal de nuestro Colegio, contando con
una concurrida asistencia.
El 07 de Marzo, se llevó a cabo
, contamos con una concurrida asistencia.
una reunión organizada por
la
Federación
de
Colegio
de
Profesionales de Yucatán, A.C.,
donde nuestro Colegio fue la sede
anfitriona del mismo, teniendo como
invitado al rector de la Universidad
Autónoma de Yucatán, el MVZ. M.
Phil. Alfredo F. J. Dajer Abimerhi
con el propósito de presentar los
Logros y Avances del Plan de
Desarrollo Institucional de la
Universidad Autónoma de Yucatán.
El 02 de Marzo, se llevó
Desayuno de Entrega de Constancias de
a
cabo
el
evento
Desayuno de Entrega de
Constancias E.P.C., con
el tema denominado
“Derecho al Ahorro y a la
Seguridad Social”.
E.P.C. 2013
Fue
impartido
por
el
Abog.
José
Gomez
Porchini, Presidente del
Colegio de Abogados de
Monterrey, este evento se
llevó a cabo en el Hotel
White Town, contando
igualmente
con
una
concurrida asistencia.
Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014
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XI Jornadas de Contabilidad Gubernamental
"Retos de la Reforma a la Ley de Contabilidad
Gubernamental"
El
08 de Marzo, se llevó a cabo el
Plazos, Avances y Sanciones
ultimo módulo de las
XI Jornadas de
Contabilidad
Gubernamental, estuvo a
cargo de L.C.P. José Antonio Suárez
Barriga, Director Especialista en Gobierno,
PWC México y del Dr. Moisés Alcalde
Virgen, Socio Gubernamental de Ernst &
Young y Ex titular de la Unidad de
Contabilidad Gubernamental.
Bienvenida:
El 26 de Marzo, se llevó a cabo el
evento técnico denominado “Nuevo
Entorno Financiero y Social: Redes
Sociales”.
Fue
impartido por la Lic. Lourdes
Alina Cuevas López, experta en el
tema, contando igualmente con una
concurrida asistencia.
P
or este medio deseamos comunicar a
nuestros socios la incorporación a nuestro
Colegio de:
C.P. Ricardo Rodriguez Cardeña, él forma parte de
Automotriz Toy del Sureste, SRL. CV.
C.P. Sharon Amor Sosa Azcorra, ella forma parte de
Proteínas y Oleicos, S.A. de C.V.
C.P. Maria José Leal Huchin, él forma parte del
Gobierno del Estado de Yucatán, Secretaria de
Administración y Finanzas, Dirección de Recursos
Humanos.
C.P. Ada Leticia Yam Xicum, él forma parte de AGD
Consultoría Global/ Asistencia Gerencia y Directiva,
S.C.
C.P. Andres Ix, él forma parte de Mr Buho, S.A. de
C.V. o Moda Caribeña S.A de C.V.
Es motivo para congratularse el que nuestro
Felicidades
Aprovechamos
este
espacio
para
felicitar sinceramente a los socios que
en el periodo comprendido del 16 Abril
al 15 de Mayo, festejan sus
onomásticos, realmente son nuestros
deseos de lo mejor para ellos, sus
familias y quienes son parte de su
entorno profesional.
José Antonio Azcorra Rejón, Mirnelena
Araujo Koyoc, Carlos Enrique Arcila
Martinez, Herbe David Alonzo Cime,
Miguel Ángel Baquedano Perez, Miguel
Ángel Canto y Canto, Martín Roberto
Chale Durán, Cesar Renan Cisneros
Rodriguez, Loyda Adlemy Caamal
Novelo, Luis Felipe Cervantes Gonzalez,
Ligia Patricia Castillo Gongora, Eduardo
Manuel Canto Castilla, Beatriz Adriana
Caro Garcia, Tenorio Lucia de la Guerra
Tenorio, Héctor Hernán de Jesús Erosa
Martinez, Daniel Oscar Echeverria
Arceo, María Teresa Escalante Alcocer,
Lorena Espinosa Rodriguez, Mario
Alberto Fernandez Camara, Jose
Gabriel Gongora Biachi, Jorge de Jesús
Garcia Sansores, José Mateo Gamboa
Cab, Rolando Herrera Castillo, José
Antonio Keb Briceño, Luis Alfonso de
Jesús López Castro, Jorge Adolfo López
Cortes, Alejandro Marrufo Gasque,
Pedro José Millan Gonzalez, Ana Elena
Marquez Lara, Humberto Antonio
Median Tzab, Nancy Christian Mejía
Fonseca,
Rita
Xaneet
Novelo
Hernandez, Ramón Ivan Núñez Castillo,
Luis Jorge Novelo Montalvo, Eduardo
Antonio Perez Irabien, Andres Ricardo
Polanco Alamilla, Wilma del Rosario
Pech Yam, Luis Antonio Parra Pacheco,
Jesús Oswaldo Palomo Canche, Jorge
Alberto Pool Kantún, Rodolfo de Jesús
Sanders Guerrero, Claudia Gabriela
Solis Rodriguez, David Roberto Suarez
Pacheco, Olga Maria Tun Martin, Ángel
Ricardo Tzab Valladares, Cecilia
Guadalupe Vargas Ake,
colegio cuente con nuevos socios, esto fortalece
nuestra profesión organizada.
Entre Contadores y Empresarios * Marzo - Abril 2014
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ENTRE CONTADORES Y EMPRESARIOS
Revista electrónica del CCPY que sirve de enlace entre la comunidad contable y el empresariado. La revista
Entre Contadores y Empresarios está indexada en LATINDEX www.latindex.org
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