Boletín Oficial - Diputación Provincial de Huesca
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Boletín Oficial - Diputación Provincial de Huesca
Boletín Oficial Provincia de Huesca Número 114 Jueves, 16 de Junio de 2016 Sumario ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA ...................................................................................................................................................... 2745 CONTRATACIÓN 2746 OBRAS PUBLICAS Y PATRIMONIO ...................................................................................................................................................... 2747 RECURSOS HUMANOS ...................................................................................................................................................... 2748 RECURSOS HUMANOS ...................................................................................................................................................... 2749 TESORERÍA - RECAUDACION DE TRIBUTOS - SERVICIOS CENTRALES ...................................................................................................................................................... 6143 6145 6146 6153 6161 AYUNTAMIENTOS ...................................................................................................................................................... 2750 AYUNTAMIENTO DE HUESCA - SECRETARÍA 2751 AYUNTAMIENTO DE HUESCA - SECRETARÍA ...................................................................................................................................................... 2752 AYUNTAMIENTO DE ALTORRICÓN ...................................................................................................................................................... 2753 AYUNTAMIENTO DE CASTEJÓN DEL PUENTE ...................................................................................................................................................... 2754 AYUNTAMIENTO DE EL GRADO - LO GRAU ...................................................................................................................................................... 2755 AYUNTAMIENTO DE LOARRE ...................................................................................................................................................... 2756 AYUNTAMIENTO DE SAHÚN ...................................................................................................................................................... 6164 6165 6167 6168 6169 6170 6171 COMARCAS ...................................................................................................................................................... 2757 COMARCA DE SOMONTANO DE BARBASTRO 6180 2758 COMARCA DEL BAJO CINCA/BAIX CINCA ...................................................................................................................................................... 6199 ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA GOBIERNO DE ARAGÓN ...................................................................................................................................................... 2759 SERVICIO PROVINCIAL DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN 2760 SERVICIO PROVINCIAL DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN ...................................................................................................................................................... 2761 SERVICIO PROVINCIAL DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN ...................................................................................................................................................... 2762 SERVICIO PROVINCIAL DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN ...................................................................................................................................................... 6208 6209 6210 6211 ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIOS ...................................................................................................................................................... 2763 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE ...................................................................................................................................................... CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO - COMISARÍA DE AGUAS 6212 2764 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE ...................................................................................................................................................... ...................................................................................................................................................... CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO - DIRECCIÓN TÉCNICA 6213 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUNTAS ELECTORALES 2765 JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE JACA ...................................................................................................................................................... 6215 DEPÓSITO LEGAL: HU-1/1958 CSV4287YTB2D7B4BOBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA CONTRATACIÓN 2745 ANUNCIO La Presidencia de esta Corporación, mediante Decreto núm. 1505, de fecha 9 de junio de 2016, ha resuelto lo siguiente, cuyo texto se transcribe íntegramente: “Examinado el expediente del Servicio de Secretaría, -Clase Servicios, año 2016, núm. 65relativo a la prórroga del Acuerdo Marco de los “servicios postales y telegráficos para la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus Organismos Autónomos y restantes entes del Sector Público Autonómico y Local adheridos (Expte. SCC 27/2014), para el período comprendido entre el 10 de junio de 2016 y el 1 de octubre de 2016. Vistos: Primero. El contrato formalizado entre la Diputación Provincial de Huesca y la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., con fecha 28 de julio de 2015, relativo al Acuerdo Marco de los “servicios postales y telegráficos para la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus Organismos Autónomos y restantes entes del Sector Público Autonómico y Local adheridos” (Expte. SCC 27/2014). Segundo. La Orden del Consejero de Hacienda y Administración Pública, de fecha 30 de mayo de 2016, por la que se aprueba la prórroga del Acuerdo Marco de los “Servicios postales y telegráficos para la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus Organismos Autónomos y restantes entes del Sector Público Autonómico y Local adheridos (Expte. SCC 27/2014), formalizado el 10 de junio de 2015 entre el Departamento de Hacienda y Administración Pública y la empresa Sociedad Estatal Correos y telégrafos S.A. Teniendo en cuenta que en el contrato suscrito entre la Diputación Provincial de Huesca y la empresa Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A. había prevista una posible prórroga por un período igual o inferior al inicial, según lo previsto en la cláusula 2.1.9. del pliego de cláusulas administrativas particulares. Esta Presidencia, en uso de las facultades que le confiere la Disposición Adicional 2ª del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y disposiciones concordantes, RESUELVE Primero. Aprobar la prórroga, de 10 de junio de 2016 a 1 de octubre de 2016, ambos inclusive, del contrato derivado del Acuerdo Marco de los “servicios postales y telegráficos para la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus Organismos Autónomos y restantes entes del Sector Público Autonómico y Local adheridos” (Expte. SCC 27/2014), formalizado entre la Diputación Provincial de Huesca y la empresa Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A., de 28 de julio de 2015, con estricta sujeción al Acuerdo Marco 27/2014, formalizado entre el Departamento de Hacienda y Administración Pública del Gobierno de Aragón y esa sociedad, con fecha 10 de junio de 2015. Segundo. No procede la revisión de precios, de conformidad con la cláusula 2.5.9. del pliego de cláusulas administrativas particulares. Tercero. El gasto correspondiente se abonará como se detalla a continuación: 6143 CSV829FYCB4B7E4ANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 Ejercicio 2016: aplicación presupuestaria núm. 91-9200-22201, documento RC núm. 2016.2.0007333.000, por importe de 16.958,33, IVA incluido. Ejercicio 2016: aplicación presupuestaria núm. 22-9320-22201, documento RC núm. 2016.2.0007333.000, por importe de 107.916,66, IVA incluido. Ejercicio 2016: aplicación presupuestaria núm. 41-3300-22201, documento RC núm. 2016.2.0007333.000, por importe de 3.083,33, IVA incluido. Ejercicio 2016: aplicación presupuestaria núm. 43-9200-22201, documento RC núm. 2016.2.0000690.000, por importe de 1.695,83, IVA incluido.” Huesca, 13 de junio de 2016. El Presidente 6144 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSV829FYCB4B7E4ANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA OBRAS PUBLICAS Y PATRIMONIO 2746 Anuncio de Exposición Pública de Proyecto Por Decreto de Presidencia n.º 1508 de fecha 10 de junio de 2016, se ha aprobado inicialmente el proyecto de la obra que a continuación se cita: "Modificado nº1 del proyecto de acceso desde la N-260 a Allué” (TM Sabiñánigo), por un importe de 354.650,77 €, IVA 74.476,66 €, que hacen un total de 429.127,43 €. El citado documento técnico queda expuesto al público durante 15 días, en cumplimiento del art. 345 del Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón (BOA n.º 139, de 25 de noviembre de 2002), plazo durante el cual los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Transcurrido el período de información pública sin haberse presentado reclamaciones se entenderá aprobado definitivamente. Huesca, 10 de junio de 2016. El Presidente, Miguel Gracia Ferrer 6145 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSV025IYCB5B7E4ANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA RECURSOS HUMANOS 2747 ANUNCIO Se hace público, para conocimiento de los interesados que esta Presidencia por Decreto núm. 1555, de 13 de junio de 2016, ha dispuesto aprobar las bases de la convocatoria para la selección, mediante concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, de dos plazas de Técnico de Gestión, según el siguiente detalle: BASES DE LA CONVOCATORIA, PARA LA SELECCION, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, DE DOS PLAZAS DE TECNICO DE GESTION, POR EL SISTEMA DE PROMOCIÓN INTERNA, VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE LA DIPUTACION PROVINCIAL DE HUESCA Primera.- Objeto de la convocatoria.- La provisión, mediante concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, de dos plazas de Técnico de Gestión, encuadradas en la Escala de Administración General, Subescala de Gestión, Grupo A, Subgrupo A2. Dichas plazas están dotadas con una retribución anual íntegra, correspondiente al ejercicio 2016, de 30.579,82€ Segunda.- Condiciones de los aspirantes.- Para tomar parte en este concurso-oposición será necesario: a) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en el momento de finalización del plazo de presentación de instancias. b) Ser funcionario de carrera, en situación de servicio activo, de esta Diputación Provincial, perteneciendo a la Escala de Admón. General, Subescala Administrativa, Categoría Administrativo de Admón. General, o a la Escala de Admón. Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase de Plazas de Cometidos Especiales, categoría Administrativo de Recaudación (declarada a extinguir), y contar, como mínimo, con dos años de servicios en la misma. Tercera.- Instancias.- Las instancias solicitando tomar parte en el concurso-oposición, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda y se comprometen a jurar o prometer acatamiento a la Constitución española, se dirigirán al Presidente de la Diputación Provincial de Huesca acompañadas de los justificantes de los méritos a valorar en la fase de concurso, acreditados de la forma establecida en la base novena o la remisión al expediente personal en la fase de concurso, siempre que consten en dicho expediente los correspondientes justificantes. Las instancias se presentarán en esta Diputación Provincial durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, que recogerá las fechas en las que hayan sido publicadas las bases íntegras en el B.O. de la Provincia y en el Boletín Oficial de Aragón. Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La presentación de la instancia implica, a los efectos previstos en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el consentimiento de los afectados para su inclusión en el Fichero de Personal de esta entidad local, cuya finalidad es la derivada de la gestión del área de recursos humanos, siendo obligatoria su cumplimentación, disponiendo de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y 6146 CSVS28LYCB6B7E4ANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 oposición en los términos previstos en la legalidad vigente, y siendo responsable del fichero el Presidente de la Diputación Provincial de Huesca. Dicho fichero se encuentra inscrito en el Registro General de Protección de Datos. Cuarta.- Admisión de instancias.- Terminado el plazo de presentación de instancias, el Presidente dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y será expuesta en el tablón de edictos de la entidad local, concediéndose un plazo de diez días hábiles para subsanación. En el supuesto de presentarse reclamaciones, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se aprueba la lista definitiva que será hecha pública, asimismo, de la forma indicada, efectuándose, al mismo tiempo el nombramiento de los miembros del Tribunal, concretando qué vocal actuará como Secretario, junto con el señalamiento del lugar, día y hora de celebración del primer ejercicio, con una antelación no inferior a quince días al comienzo de la prueba. Quinta.- Tribunal seleccionador.- El Tribunal seleccionador será designado por el Presidente ajustándose a los principios de imparcialidad y profesionalidad y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres. Estará constituido de la siguiente forma, además de por los respectivos suplentes: - Presidente, a propuesta del Servicio. - Cuatro vocales (de los cuales, uno actuará de Secretario): . Uno designado a propuesta de la Diputación General de Aragón . Uno a propuesta de la Universidad de Zaragoza . Uno a propuesta de la Junta de Personal . Uno a propuesta del Servicio La pertenencia al Tribunal de sus miembros será a título individual. Dicho Tribunal deberá ajustarse en su actuación a los principios de independencia y discrecionalidad técnica. Podrán asistir Asesores técnicos, con voz y sin voto, cuya designación y actuación deberá ajustarse a los mismos principios que los miembros del Tribunal. Podrán asistir, asimismo, sin voz y sin voto, un representante por cada una de las Centrales Sindicales presentes en la Mesa General de Negociación, quienes podrán, en su caso, manifestar por escrito las irregularidades de carácter formal o procedimental que, a su juicio, consideren que han podido producirse durante el procedimiento. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente. Los miembros del tribunal y los asesores técnicos, en su caso, habrán de abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común. Sexta.- Comienzo y desarrollo del concurso-oposición.- Para establecer el orden en que habrán de actuar los opositores en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, se verificará un sorteo público, realizado en su presencia, una vez iniciado el concurso-oposición. Los ejercicios de la oposición no podrán comenzar hasta transcurridos, al menos, tres meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal. Una vez convocadas las pruebas, no será obligatorio publicar, en su caso, los sucesivos anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia, de los restantes ejercicios, haciéndolos públicos en el tablón de anuncios de la Diputación Provincial de Huesca. Séptima.- Fase de Oposición.- Los aspirantes realizarán dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio: 6147 CSVS28LYCB6B7E4ANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito en un tiempo máximo de tres horas, a dos temas extraídos al azar de entre los figuran en el anexo a la convocatoria. El tribunal podrá determinar que este ejercicio sea leído públicamente, pudiendo formular preguntas aquél a los aspirantes sobre los temas expuestos. Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar, por escrito, durante un período máximo de cuatro horas, uno o varios supuestos prácticos, sobre materias directamente relacionadas con las funciones a desempeñar en la plaza objeto de la presente convocatoria. Durante el desarrollo de esta prueba, los aspirantes podrán en todo momento hacer uso, en su caso, de calculadora y de los textos legales de que vengan provistos. En este ejercicio se valorará la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada explicación de la normativa vigente. Podrán realizarse conjuntamente, en una misma sesión, más de un ejercicio de la fase de oposición. Octava.- Calificación de la fase de oposición.- Los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y serán calificados cada uno de ellos con un máximo de diez puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos. El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del tribunal, en cada uno de los ejercicios obligatorios, será de 0 a 10. Las calificaciones de cada ejercicio se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación obtenida. Las calificaciones se harán públicas en el mismo día en que se acuerden y serán expuestas en el Tablón de Edictos de la Diputación Provincial de Huesca. La puntuación total obtenida en la fase de oposición se traducirá sobre 100 puntos, multiplicándose, a estos efectos, por 10. Novena.- Fase de concurso.- De conformidad con lo dispuesto en el vigente Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario, la fase de concurso se valorará según el siguiente detalle: 1. FASE DE CONCURSO (máximo de 60 puntos) a) Tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas (máximo de 30 puntos) Trabajo desarrollado en la Administración Pública en cometidos similares a los de plaza convocada, a razón de 2 puntos por año trabajado. Los períodos inferiores a uno año se computarán proporcionalmente por meses. Para convocatorias de plazas de tipo técnico se podrá valorar igualmente el trabajo desarrollado en el ejercicio profesional fuera del ámbito de la Administración Pública, a razón de un punto por año. Los períodos inferiores a un año se computarán proporcionalmente por meses. b) Titulaciones académicas (máximo de 15 puntos) Se valorarán las titulaciones académicas que sean de igual o superior nivel al exigido por el grupo de titulación al que se opta, al margen de la exigida como requisito de participación, conforme al siguiente baremo y hasta un máximo de 15 puntos: - Título de doctor: 15 puntos por cada título. - Licenciado/a universitario/a o título de grado: 13 puntos por cada título. - Diplomado/a universitario/a o equivalente(además de la exigida): 10 puntos por cada título. En la promoción del subgrupo C1 al subgrupo A2, sólo se tendrán en cuenta las titulaciones directamente relacionadas con la plaza. 6148 CSVS28LYCB6B7E4ANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 En el supuesto de aportarse varias titulaciones en la misma materia se valorará exclusivamente el nivel de titulación más alto, entendiendo incluido en él aquellas otras titulaciones necesarias para su obtención. c) Formación (máximo de 15 puntos) Se valorarán las acciones formativas detalladas en la relación de puestos de trabajo. La valoración se efectuará atendiendo al número total de horas de formación multiplicando la suma de las mismas por un coeficiente de 0,01 puntos por hora de curso recibida y de 0,02 puntos por hora de curso impartida. En el supuesto de acciones formativas en las que el interesado no acredite la duración de las mismas, se computarán con una hora de formación. Serán objeto de valoración los cursos de doctorado y aquellos que formen parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación académica, siempre que no se valore el título correspondiente. Todos los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Los citados méritos deberán acreditarse como se detalla a continuación: - Méritos profesionales: Certificación o copia de certificación donde conste categoría profesional, Administración pública donde se han prestado los servicios y períodos. - Titulación académica: Copia del título correspondiente, del abono de los derechos de su expedición o de la certificación oficial que acredite estar en posesión de la misma. - Formación: Copia de los diplomas de asistencia, donde se indique sobre qué materias versa el curso, así como número de horas y centro de impartición. El orden de calificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso. Décima.- Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.- Una vez terminadas las fases de oposición y concurso, el Tribunal publicará el nombre de los aspirantes aprobados, no pudiendo rebasar el número de plazas convocadas, elevando dicha propuesta a la Presidencia de la Corporación para que efectúe los correspondientes nombramientos en el plazo de un mes desde la formulación de dicha propuesta, una vez que hayan presentado en la entidad local, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, copia autenticada o fotocopia compulsada de la titulación a que hace referencia la base segunda o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. Si este documento estuviera expedido después de la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias, deberán justificar el momento en que terminaron los estudios. Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, los aspirantes propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos no podrán ser nombrados, quedando anulada la propuesta de nombramiento, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la oposición. En el supuesto de que alguno de los aspirantes propuestos renunciase a su nombramiento o no presentase la documentación en plazo, se requerirá al Tribunal para que realice relación complementaria del/los aspirante/s que siga/n al/los propuestos. Presentada la documentación preceptiva por los aspirantes seleccionados y una vez aprobada la propuesta por la Presidencia de la Corporación, los opositores nombrados deberán tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar del siguiente al que sea publicado el nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia. En el caso de no tomar posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, quedará en situación de cesante. Undécima.- Incidencias.- El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso-oposición, en todo lo no previsto en estas bases. 6149 CSVS28LYCB6B7E4ANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 Duodécima.- En lo no previsto en estas bases, será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y, en lo que no se opongan o contradigan al mismo, el Decreto 80/97, de 10 de junio, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Aragón, el R.D. 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado y el R. D. 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local. Décimotercera.- A los efectos previstos en el anexo IV del R. D. 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnización por razón de servicio, se especifica que la categoría del órgano de selección será la segunda. Decimocuarta.- De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Huesca o aquél en el que tenga su domicilio, a su elección, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. ANEXO Tema 1.- Las Entidades Locales. Organización, funcionamiento y competencias. Tema 2.- La provincia. Especial referencia a las competencias de las diputaciones provinciales y de sus órganos de gobierno. Tema 3.- El municipio. Historia. Clases de Entes municipales en el Derecho español. El término municipal. La población municipal. Consideración especial del vecino. El empadronamiento municipal. Tema 4.- Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos colegiados locales. Tema 5.- Mancomunidades. Agrupaciones. Otras estructuras supramunicipales. Tema 6.- La Comarca en Aragón. Tema 7.- La Autonomía local. Tema 8.- El personal de servicios de las Entidades Locales. Nacimiento y extinción de la relación funcionarial. Contenido de la relación funcionarial. Deberes y derechos de los funcionarios. Los derechos económicos. La Seguridad Social de los funcionarios. Tema 9.- Comunidades Autónomas. Evolución histórica. Relaciones entre Estado, Comunidades Autónomas y Administración Local. Organización política y administrativa de las Comunidades Autónomas. Tema 10.- Legislación sectorial aragonesa sobre espectáculos públicos, cultura (patrimonio histórico-artístico, archivo, museos y bibliotecas) y bienestar social. Tema 11.- La personalidad jurídica de la Administración Pública. Clases de personas jurídicas públicas. Tema 12.- Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes de Derecho público. La Ley: Clases de leyes. Tema 13.- La Unión Europea. Origen y evolución, Organización y competencias (los objetivos Europa 2020). Los fondos estructurales (FEDER Y FSE). Incidencia en las Corporaciones locales. Tema 14.- Los objetivos de convergencia, competitividad y cooperación. La política de desarrollo rural Leader. Tema 15.- El Reglamento: Concepto y clases. Procedimiento de elaboración Límites de la potestad reglamentaria y defensa contra los reglamentos ilegales. Instrucciones y circulares. 6150 CSVS28LYCB6B7E4ANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 Tema 16.- La posición jurídica de la Administración pública. Potestades administrativas. Potestad discrecional y reglada. Tema 17.- El administrado. Concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración. Tema 18.- El procedimiento administrativo. La Ley de Régimen Jurídico y de Procedimiento Administrativo Común y su revisión. Principios y ámbito de aplicación. Tema 19.- Dimensión temporal del procedimiento. Recepción y registro de documentos. El interesado y su representación. Comunicaciones y notificaciones. Tema 20.- Las fases de procedimiento administrativo general. La obligación de resolver. El silencio administrativo. Tema 21.- La eficacia de los actos administrativos y su condicionamiento. Ejecutividad y suspensión. La ejecución de los actos administrativos. Tema 22.- Las relaciones interadministrativas. Especial referencia a los convenios interadministrativos. Tema 23.- Los contratos del sector público local. Marco normativo. Ámbito subjetivo: sector público. Ámbito objetivo: delimitación de los tipos contractuales, contratos sujetos a regulación armonizada y contratos administrativos y privados. Negocios y contratos excluidos. Tema 24.- Elementos personales de la contratación local. Órgano competente para contratar. El empresario contratista; condiciones de aptitud para contratar: capacidad de obrar, solvencia económica y técnica y prohibiciones para contratar. Tema 25.- Tramitación de un expediente de contratación por una Administración pública local. Fases de preparación y de adjudicación de los contratos. Formalización del contrato. Tema 26.- Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos en la Administración local. Modificación y resolución de los mismos. Tema 27.- El servicio público. Evolución del concepto. Servicio público y prestaciones administrativas. Los servicios públicos virtuales o impropios. Los modos de gestión del servicio público. La gestión directa. El contrato de gestión de servicios públicos. Tema 28.- El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión en los servicios públicos. Consideración especial de la concesión. Las empresas municipales. Los consorcios. Tema 29.- Régimen jurídico de las subvenciones. La Ley General de Subvenciones y legislación aragonesa. Regulación autónoma de las entidades locales. Planes Estrátegicos, bases reguladoras. Procedimiento de concesión. Tema 30.- El patrimonio privado de las Entidades públicas. La legislación del patrimonio del Estado y legislación autonómica. Tema 31. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Tema 32. La legislación sectorial relacionada con la ejecución de las obras públicas. Régimen de autorizaciones con especial referencia a la normativa de evaluación y protección del medio ambiental y a la normativa de protección del dominio público hidráulico. Tema 33.- La expropiación forzosa: concepto y naturaleza. Los sujetos; expropiante, beneficiario y expropiado. El objeto de expropiación. La causa: la utilidad pública y el interés social de la expropiación. Tema 34- Los procedimientos expropiatorios y trámites con otras administraciones y registros públicos Tema 35.- La jurisdicción Contencioso-Administrativa. Naturaleza, extensión y límites. Sistema de organización. Evolución histórica y régimen español vigente. Tema 36.- El recurso contencioso-administrativo. Las partes. Actos impugnables. Procedimiento general. La sentencia y su ejecución. Procedimientos especiales. Tema 37.- La Organización administrativa. La potestad organizatoria. Los órganos administrativos. Concepto y clases. Consideración especial de los órganos colegiados. Tema 38.- La Administración del Estado. Órganos centrales. Consejo de Estado. Administración periférica. Tema 39.- Los ingresos públicos. Conceptos y clases. Tema 40.- El presupuesto local. Contenido, aprobación, ejecución y liquidación. El gasto público local. 6151 CSVS28LYCB6B7E4ANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 Tema 41.- Los bienes de las Entidades Locales. Régimen de utilización de los de dominio público. El dominio público. Concepto y naturaleza. Bienes que lo integran. El régimen jurídico del dominio público. Las mutaciones demaniales. Tema 42.- Las licencias. Naturaleza jurídica. Régimen jurídico y procedimiento de otorgamiento. El condicionamiento de las licencias. Tema 43.- Imposición local autónoma. Tema 44.- La legislación urbanística: situación actual en Aragón. Tipos de planes urbanísticos. La clasificación del suelo. La ruína urbanística. Tema 45.- Competencias locales en materia de vías de comunicación, circulación y transporte. Especial referencia a las carreteras. Protección de la legalidad viaria y régimen de autorizaciones. Tema 46.- Competencias locales en materia de cultura, educación y deporte. Programa de acción cultural en Aragón. Tema 47.- La Ley Orgánica de Protección de Datos y legislación estatal y aragonesa en materia de transparencia. Tema 48.- Los derechos de propiedad intelectual. Tema 49.- Salud laboral. Normativa de seguridad y salud en materia de obras de construcción. La tramitación del Plan de Seguridad y Salud para la ejecución de obras públicas. Tema 50.- La ley de haciendas Locales. Principios inspiradores. Tema 51.- El presupuesto local. Contenido, aprobación, ejecución y liquidación. El gasto público local. Huesca, 13 de junio de 2016. El Presidente, Miguel Gracia Ferrer 6152 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSVS28LYCB6B7E4ANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA RECURSOS HUMANOS 2748 ANUNCIO Se hace público, para conocimiento de los interesados que esta Presidencia por Decreto núm. 1556, de 13 de junio de 2016, ha dispuesto aprobar las bases de laconvocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, de una plaza de Técnico Responsable de Telecomunicaciones y Sistemas , según el siguiente detalle: BASES DE LA CONVOCATORIA, PARA PROVEER, MEDIANTE CONCURSOOPOSICION, POR EL SISTEMA DE PROMOCIÓN INTERNA, DE UNA PLAZA DE TECNICO RESPONSABLE DE TELECOMUNICACIONES Y SISTEMAS (RPT NÚM. 315), VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA Primera.- Objeto de la convocatoria.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, de una plaza de Técnico Responsable de Telecomunicaciones y Sistemas, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase de plazas de cometidos especiales, Grupo A, Subgrupo A1. Dicha plaza está dotada con las retribuciones correspondientes al Grupo A, Subgrupo A1. Segunda.- Condiciones de los aspirantes.- Para tomar parte en esta oposición será necesario: a) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. b) Ser funcionario de carrera, en situación de servicio activo, de esta Diputación Provincial, perteneciendo a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase de plazas de cometidos especiales, Subgrupo A2 y contar, como mínimo, con dos años de servicios efectivos en la misma. Tercera.- Instancias.- Las instancias solicitando tomar parte en el concurso-oposición, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda y se comprometen a jurar o prometer acatamiento a la Constitución española, se dirigirán al Presidente de la Diputación Provincial de Huesca. Las instancias se presentarán en esta Diputación Provincial durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, que recogerá las fechas en las que hayan sido publicadas las bases íntegras en el B.O. de la Provincia y en el Boletín Oficial de Aragón. Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La presentación de la instancia implica, a los efectos previstos en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el consentimiento de los afectados para su inclusión en el Fichero de Personal de esta entidad local, cuya finalidad es la derivada de la gestión del área de recursos humanos, siendo obligatoria su cumplimentación, disponiendo de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la legalidad vigente, y siendo responsable del fichero el Presidente de la Diputación Provincial de Huesca. Cuarta.- Admisión de instancias.- Terminado el plazo de presentación de instancias, el Presidente dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista provisional 6153 CSVK26OYCB7B7E4ANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 de los aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y será expuesta en el tablón de edictos de la entidad local, concediéndose un plazo de diez días hábiles para subsanación. En el supuesto de presentarse reclamaciones, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se aprueba la lista definitiva que será hecha pública, asimismo, de la forma indicada, efectuándose, al mismo tiempo el nombramiento de los miembros del Tribunal, concretando qué vocal actuará como Secretario, junto con el señalamiento del lugar, día y hora de celebración del ejercicio, con una antelación no inferior a quince días al comienzo de la prueba. Quinta.- Tribunal seleccionador.- El Tribunal seleccionador será designado por el Presidente ajustándose a los principios de imparcialidad y profesionalidad y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres. Estará constituido de la siguiente forma, además de por los respectivos suplentes: - Presidente. - Tres vocales - Secretario. La pertenencia al Tribunal de sus miembros será a título individual. Dicho Tribunal deberá ajustarse en su actuación a los principios de independencia y discrecionalidad técnica. Podrán asistir asesores técnicos, con voz y sin voto, cuya designación y actuación deberá ajustarse a los mismos principios que los miembros del Tribunal. Podrán asistir, asimismo, sin voz y sin voto, un representante por cada una de las Centrales Sindicales presentes en la Mesa General de Negociación, quienes podrán, en su caso, manifestar por escrito las irregularidades de carácter formal o procedimental que, a su juicio, consideren que han podido producirse durante el procedimiento. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente. Los miembros del tribunal y los asesores técnicos, en su caso, habrán de abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común. Sexta.- Comienzo y desarrollo de la oposición.- El ejercicio de la oposición no podrá comenzar hasta transcurridos, al menos, tres meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Los opositores serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal. Una vez convocadas las pruebas, no será obligatorio publicar, en su caso, los sucesivos anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia, de los restantes ejercicios, haciéndolos públicos en el tablón de anuncios de la Diputación Provincial de Huesca. Séptima.- Fase de Oposición.- Los aspirantes realizarán un ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio, dividido en dos partes, sobre el contenido del programa anexo a la convocatoria, que consistirá en desarrollar por escrito, durante un periodo máximo de cuatro horas un total de cuatro temas del temario que figura como anexo de sta convocatoria, con el siguiente detalle: - Parte general: un tema de entre dos, extraídos al azar, de la parte general del temario. - Parte específica: tres temas de entre cuatro, extraídos al azar, de la parte específica del temario. El Tribunal podrá determinar que el ejercicio sea leído por los aspirantes y asimismo plantear las preguntas que consideren oportunas. Octava.- Calificación de la fase de oposición.- El ejercicio será calificado con un máximo de diez puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de cinco puntos. Cada pregunta tendrá un valor que se obtendrá de dividir 10 entre el número de preguntas de la prueba. Las calificaciones se harán públicas en el mismo día en que se acuerden y serán expuestas en el Tablón de Edictos de la Diputación Provincial de Huesca. 6154 CSVK26OYCB7B7E4ANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 Novena.- De conformidad con lo dispuesto en el vigente Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario de la Diputación Provincial de Huesca, se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes según el siguiente detalle: A) FASE DE CONCURSO (máximo de 60 puntos). a)Tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas (máximo de 30 puntos): Trabajo desarrollado en la Administración pública en cometidos similares a los de la plaza convocada, a razón de 2 puntos por año trabajado. Los periodos inferiores a un año se computarán proporcionalmente por meses. b) Titulaciones Académicas (máximo de 15 puntos). Se valorarán las titulaciones académicas que sean de igual o superior nivel al exigido para el grupo de titulación al que se opta, al margen de la exigida como requisito de participación, conforme al siguiente baremo y hasta un máximo de 15 puntos: - Título de Doctor: 15 puntos por cada título. - Licenciado/a Universitario/a o Título de Grado: 13 puntos por cada título. - Diplomado/a Universitario/a o equivalente: 10 puntos por cada título. - Técnico Superior (Formación Profesional) o equivalente: 5 puntos por cada título. - Bachiller Superior o equivalente: 3 puntos por cada título. En el supuesto de aportarse varias titulaciones en la misma materia se valorará exclusivamente el nivel de titulación más alto, entendiendo incluido en él aquellas otras titulaciones necesarias para su obtención. c) Formación (máximo de 15 puntos) Se valorarán las acciones formativas detalladas en la relación de puestos de trabajo. La valoración se efectuará atendiendo al número total de horas de formación multiplicando la suma de las mismas por un coeficiente de 0,01 puntos por hora de curso recibida y de 0,02 puntos por hora de curso impartida, hasta un máximo de 15 puntos. En el supuesto de acciones formativas en las que el interesado no acredite la duración de las mismas, se computarán como una hora de formación. Serán objeto de valoración los cursos de doctorado y aquellos que formen parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación académica, siempre que no se valore el título correspondiente. Todos los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Los citados méritos deberán acreditarse como se detalla a continuación: - Prestación de servicios: Certificación o copia de certificación donde conste categoría profesional, Administración pública donde se han prestado los servicios y períodos. - Titulación académica: Copia del título correspondiente, del abono de los derechos de su expedición o de la certificación oficial que acredite estar en posesión de la misma. - Formación: Copia de los diplomas de asistencia, donde se indique sobre qué materias versa el curso, así como número de horas y centro de impartición. El orden de calificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso. decima.- Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.- Una vez terminada la fase de oposición y concurso, el Tribunal publicará el nombre del aspirante 6155 CSVK26OYCB7B7E4ANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 aprobado, no pudiendo rebasar el número de plazas convocadas, elevando dicha propuesta a la Presidencia de la Corporación para que efectúe el correspondiente nombramiento en el plazo de un mes desde la formulación de dicha propuesta, una vez que hayan presentado en la entidad local, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, copia autenticada o fotocopia compulsada de la titulación a que hace referencia la base segunda o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. Si este documento estuviera expedido después de la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias, deberán justificar el momento en que terminaron los estudios. Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentara su documentación o no reuniera los requisitos exigidos no podrá ser nombrado, quedando anulada la propuesta de nombramiento, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la oposición. Presentada la documentación preceptiva por los aspirantes seleccionados y una vez aprobada la propuesta por la Presidencia de la Corporación, los opositores nombrados deberán tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar del siguiente al que sea publicado el nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia. En el caso de no tomar posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, quedará en situación de cesante. Undécima.- Incidencias.- El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición, en todo lo no previsto en estas bases. Duodecima.- En lo no previsto en estas bases, será de aplicación la Ley 7/2007, de 13 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y, en lo que no se opongan o contradigan al mismo, el Decreto 80/97, de 10 de junio, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Aragón, el R.D. 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado y el R. D. 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local. Décimotercera.- A los efectos previstos en el anexo IV del R. D. 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnización por razón de servicio, se especifica que la categoría del órgano de selección será la primera. Decimocuarta.- De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Huesca o aquél en el que tenga su domicilio, a su elección, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. ANEXO Parte General (10 temas) 1. El Estatuto de Autonomía de Aragón. Organización y competencias. 2. Las Entidades locales. Organización y competencias. Especial referencia a la provincia. Funcionamiento de los órganos provinciales. La potestad reglamentaria. Los acuerdos y resoluciones de los órganos de gobierno local. Las actas, certificaciones, comunicaciones, notificaciones y publicación de los acuerdos y resoluciones. 6156 CSVK26OYCB7B7E4ANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 3. Legislación sobre transparencia: autonómica y nacional. Legislación sobre protección de datos de carácter personal. 4. La legislación sobre firma electrónica. 5. La legislación sobre factura electrónica. 6. Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público 7. El personal al servicio de la Administración Local: Clases. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios. Régimen disciplinario. 8. Presupuesto de las Entidades Locales. Principios. Integración y documentos de que constan. Procesos de aprobación del presupuesto local. Ejecución y liquidación del presupuesto. Expedientes de modificación de crédito. 9. Régimen jurídico de los contratos del Sector Público. Clases de contratos. Contratos sujetos una regulación armonizada. Órgano de contratación. Preparación de los contratos: actuaciones preparatorias, expediente de contratación. Adjudicación de los contratos: procedimientos de adjudicación, publicidad, licitación, selección del adjudicatario, adjudicación y formalización del contrato. 10. Las subvenciones. Legislación aplicable. Procedimiento de concesión. Publicidad. Parte específica (62 temas) Bloque I. Estructura y tecnología de computadores. 1. Arquitectura de procesadores. Componentes. Esquema interno. Multitarea, multiprogramación, multiproceso. 2. Arquitectura de la memoria. Memoria cache, memoria asociativa, memoria virtual. 3. Tecnología “Redundant Array of Independent Disks” (RAID): Funcionamiento, ventajas, tipos de array. Niveles RAID. 4. Librerías de almacenamiento de datos: NAS, SAN, iSCSI. Bloque II. Sistemas operativos. 5. Concepto de sistema operativo. Componentes y funciones. 6. Gestión de memoria, memoria virtual y paginación. 7. Gestión de procesos. Sistemas multiproceso y multihilo. Protección de memoria. Prioridad. 8. Sistema de ficheros, tipos. Sistemas transaccionales, acceso compartido, seguridad. 9. Fundamentos del sistema operativo Linux: acceso al sistema. Personalización del entorno. Archivos y directorios. La shell. 10. Administración básica del sistema operativo Linux. Instalación. Conexión. Superusuario. Arranques y paradas. Perfiles de usuario y grupos. Tareas de mantenimiento. 6157 CSVK26OYCB7B7E4ANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 11. Utilización del shell de Linux: estructura de la línea de comandos. Metacaracteres. Creación de nuevos comandos. Argumentos y parámetros en los comandos. La salida de programas como argumentos. Variables de shell. Ampliación del redireccionamiento de E/S. Iteración en los programas de shell. 12. Filtros en Linux. La familia grep. El editor de flujo sed. El lenguaje de manejo y proceso de patrones awk. 13. Lenguajes de script en Linux: Bash, Awk, Python. 14. Conexión en red del sistema operativo Linux. Configuración red TCP/IP. Servicio DHCP. Servidor DNS. 15. Convivencia de Linux con redes Windows: servidor samba, configuración, usuarios, compartición de archivos e impresoras. 16. Servidores de aplicaciones: Tipos, configuración y optimización de su rendimiento. 17. Balanceo de carga: sistemas, disponibilidad en los servicios. 18. Herramientas de software libre orientadas a la administración de sistemas. 19. Virtualización. Xen. Bloque III. Redes de computadores. 20. Introducción a las redes de comunicaciones. Transmisión de datos. Redes. Protocolos y estándares. 21. Redes locales. Tipología. Medios de transmisión. Métodos de acceso. Dispositivos de interconexión: hubs, bridges, switches, routers. 22. LAN, WAN, direccionamiento, calidad de servicio y gestión del tráfico. 23. Modelos de redes. El modelo OSI. Niveles en el modelo OSI. Familia de protocolos TCP/IP. Direccionamiento. 24. Datos y señales. Señales analógicas y digitales. Deterioro de la transmisión. Límites de la velocidad de datos. 25. Control de enlace de datos. Creación de tramas. Control de flujo y error. Protocolos. 26. Ethernet. Estándar ethernet. Cambios en el estándar. Fast ethernet. Ethernet gigabit. 27. WiFi: IEEE 802.11, características, variantes, seguridad. 28. Conexión de LAN, redes troncales y LAN virtuales (VLAN) 802.1q. 29. Priorización 802.1p y Calidad de Servicio (QoS). 30. Nivel de red: direccionamiento lógico. Direcciones ipv4. Direcciones ipv6. 31. Nivel de red: protocolo de Internet. Interconexión entre redes. IPv4. IPv6. 32. Nivel de transporte: comunicación proceso a proceso: udp, tcp y sctp. 6158 CSVK26OYCB7B7E4ANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 33. Nivel de aplicación. Sistema de nombres de dominio (DNS). Telnet. Correo electrónico. El agente de transferencia de mensajes smtp. Transferencia de archivos. WWW y http. 34. Administración de redes locales. Gestión de usuarios. LDAP, Gestión de dispositivos. Monitorización y control de tráfico. 35. VPN's, tipos y configuración. 36. Cifrado de comunicaciones: SSL, TLS. 37. Cortafuegos: tipos y reglas, iptables. Bloque IV. Telefonía. 38. Red telefónica básica: características, marcación. 39. Red Digital de Servicios Integrados: características, acceso básico, acceso primario. 40. xDSL: transmisión de datos sobre líneas telefónicas. 41. Telefonía móvil: características, protocolos. 42. Voz sobre IP: características, codificación, equipamiento. 43. Señalización SIP: características. 44. Centralitas Asterisk: características, programación. 45. Teléfonos IP: características, autoconfiguración. Bloque V. Bases de datos. 46. Conceptos de bases de datos. Tipos de bases de datos. 47. Sistemas de gestión de bases de datos relacionales. El modelo Entidad-Relacion. 48. Lenguajes de consulta y manipulación de datos. 49. El lenguaje SQL. Bloque VI. Administración de sistemas y seguridad informática. 50. Administración del Sistema operativo y software de base. Funciones y responsabilidades. Control de cambios. 51. Administración de Sistemas de Gestión de Bases de Datos. Funciones. Responsabilidades. Administración de datos. 52. Prácticas de mantenimiento de equipos e instalaciones. Mantenimiento preventivo, correctivo y perfectivo. 53. Programas maliciosos: características, prevención. 6159 CSVK26OYCB7B7E4ANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 54. Plan de seguridad . Plan de contingencias. Plan de recuperación. Políticas de salvaguarda. El método MAGERIT de gestión de la seguridad. 55. La protección de datos personales. La Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. El Real Decreto 994/1999 de Medidas de Seguridad y normativa derivada. La Agencia de Protección de Datos: estructura, competencias y funciones. 56. Criptografía y certificados. Tarjetas criptográficas 57. Esquema Nacional de Seguridad 58. Sistemas de detección de vulnerabilidades, intrusiones e incidentes basados en software libre Bloque VII. Buenas prácticas y organización de proyectos 59. Gestión de servicios de tecnologías de la información. Modelo ITIL 60. Gestión tradicional de proyectos informáticos. SDLC 61. Gestión ágil de proyectos informáticos. SCRUM 62. Gestión de la calidad: conceptos, modelos, técnicas. Huesca, 13 de junio de 2016. El Presidente, Miguel Gracia Ferrer 6160 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSVK26OYCB7B7E4ANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA TESORERÍA RECAUDACION DE TRIBUTOS SERVICIOS CENTRALES 2749 ANUNCIO Por Decreto de la Presidencia de la Diputación Provincial número 1568, de fecha 14 de junio del presente, se han aprobado los CENSOS DE CONTRIBUYENTES Y EXENTOS, correspondientes al ejercicio 2016, de los siguientes municipios que tienen delegada la gestión tributaria y recaudatoria en la Diputación Provincial de Huesca. IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA Y DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES, EJERCICIO 2016. ABIEGO, ABIZANDA, ADAHUESCA, AGÜERO, AÍNSA-SOBRARBE, AISA, ALBALATE DE CINCA, ALBALATILLO, ALBELDA, ALBERO ALTO, ALBERO BAJO, ALBERUELA DE TUBO, ALCALÁ DE GURREA, ALCALÁ DEL OBISPO, ALCAMPELL, ALCOLEA DE CINCA, ALCUBIERRE, ALERRE, ALFÁNTEGA, ALMUDEVAR, ALMUNIA DE SAN JUAN, ALMUNIENTE, ALQUÉZAR, ALTORRICÓN, ANGÜÉS, ANSÓ, ANTILLÓN, CALDEARENAS, ARAGÜÉS DEL PUERTO, ARÉN, ARGAVIESO, ARGUIS, AYERBE, AZANUY-ALINS, AZARA, AZLOR, BAELLS, BAILO, BALDELLOU, BALLOBAR, BANASTÁS, BARBASTRO, BARBUÉS, BARBUÑALES, BÁRCABO, BELVER DE CINCA, BENABARRE, BENASQUE, BERANUY, BERBEGAL, CANAL DE BERDÚN, BIELSA, BIERGE, BIESCAS, BINACED, BINÉFAR, BISAURRI, BISCARRUÉS, BLECUA-TORRES, SOTONERA LA, BOLTAÑA, BONANSA, BORAU, BROTO, CAMPO, CAMPORRELLS, CANDASNOS, CANFRANC, CAPDESASO, CAPELLA, CASBAS DE HUESCA, CASTEJÓN DEL PUENTE, CASTEJÓN DE MONEGROS, CASTEJÓN DE SOS, CASTELFLORITE, CASTIELLO DE JACA, CASTIGALEU, CASTILLAZUELO, CASTILLONROY, COLUNGO, CHALAMERA, CHIA, CHIMILLAS, ESPLÚS, ESTADA, ESTADILLA, ESTOPIÑÁN DEL CASTILLO, FAGO, FANLO, FISCAL, FONZ, FORADADA DEL TOSCAR, FRAGA, GISTAÍN, GRADO EL, GRAÑÉN, GRAUS, GURREA DE GÁLLEGO, VALLE DE HECHO, HOZ Y COSTEAN, HOZ DE JACA, SANTA MARÍA DE DULCIS, HUERTO, IBIECA, IGRIÉS, ILCHE, JACA, JASA, LABUERDA, LALUENGA, LALUEZA, LANAJA, LAPERDIGUERA, LASCELLAS-PONZANO, LASCUARRE, LASPAULES, LASPUÑA, LOARRE, LOPORZANO, LOSCORRALES, LUPIÑÉN-ORTILLA, MONESMA Y CAJIGAR, MONFLORITELASCASAS, MONTANUY, MONZÓN, NAVAL, NOVALES, NUENO, OLVENA, ONTIÑENA, OSSO DE CINCA, PALO, PANTICOSA, PEÑALBA, PERALTA DE ALCOFEA, PERALTA DE CALASANZ, PERALTILLA, PERARRUA, PERTUSA, PIRACÉS, PLAN, POLEÑINO, SAN MIGUEL DEL CINCA, POZÁN DE VERO, PUEBLA DE CASTRO LA, PUENTE DE MONTAÑANA, PUÉRTOLAS, PUEYO DE ARAGUAS EL, PUEYO DE SANTA CRUZ, QUICENA, PEÑAS DE RIGLOS LAS, ROBRES, ISÁBENA, SABIÑÁNIGO, SAHÚN, SALAS ALTAS, SALAS BAJAS, SALILLAS, SAN ESTEBAN DE LITERA, SANGARRÉN, SAN JUAN DE PLAN, SANTA CILIA, SANTA CRUZ DE LA SERÓS, PUENTE LA REINA DE JACA, SANTALIESTRA Y SAN QUILEZ, SARIÑENA, SECASTILLA, SEIRA, SENA, SENÉS DE ALCUBIERRE, SESA, SESUÉ, SIÉTAMO, SOPEIRA, TAMARITE DE LITERA, TARDIENTA, TELLA-SIN, TIERZ, TOLVA, TORLA, TORRALBA DE ARAGÓN, TORRE LA RIBERA, TORRENTE DE CINCA, TORRES DE ALCANADRE, TORRES DE BARBUÉS, TRAMACED, VALFARTA, VALLE DE BARDAGI, VALLE DE LIERP, VELILLA DE CINCA, VIACAMP Y LITERA, VICIÉN, VILLANOVA, VILLANÚA, VILLANUEVA DE SIGENA, YEBRA DE BASA, YESERO, ZAIDIN, FUEVA LA, VENCILLÓN, HUESCA. IMPORTE TOTAL: 65.614.298,50 € 6161 CSVC38RJCR8BTEWANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS. EJERCICIO 2016. ABIZANDA (Agua Potable 2º semestre 2015); ALBERO ALTO (Alcantarillado año 2016); ALBERO BAJO (Alcantarillado año 2015, Agua Potable año 2015); ALCOLEA DE CINCA (Basuras 1º semestre 2016, Agua 1º semestre 2016); ALFÁNTEGA (Basuras 1er semestre año 2016); ALMUDEVAR (Agua Potable 2º semestre 2015, Alcantarillado 2º semestre 2015); ALMUNIENTE (Alcantarillado año 2016); ARAGÜES DEL PUERTO (Agua año 2015); ARGUIS (Agua Potable 2º semestre 2015); AYERBE (Agua 2º semestre año 2015), AZANUY-ALINS (Exacciones municipales año 2016, Prestaciones Culturales año 2016); AZARA (Alcantarillado año 2016, Basuras año 2016); AZLOR (Alcantarillado año 2016, Basuras año 2016); BAELLS (Prestaciones culturales año 2016, Exacciones municipales año 2016); BARBUÉS (Alcantarillado año 2016); BARBUÑALES (Alcantarillado año 2016, Basuras año 2016); BÁRCABO (Agua Potable con 2º semestre año 2015, Alcantarillado 2º semestre año 2015); BELVER DE CINCA (Alcantarillado año 2016, Basuras año 2016, Vados, año 2016); BENASQUE (Alcantarillado 1er semestre 2016, Vados año 2016); BERANUY (Agua Potable 2º semestre 2015); BIELSA (Basuras año 2016); BINÉFAR (Agua Potable 2º semestre año 2015, Basuras 2º semestre año 2015); BONANSA (Agua Potable 2º semestre 2015); CAMPORRELLS (Agua 2º semestre año 2015); CANFRANC (Agua Potable 1º semestre año 2015); CASTEJÓN DEL PUENTE (Alcantarillado año 2016, Basuras año 2016); CASTILLAZUELO (Alcantarillado año 2016, Agua Potable 2º semestre 2015, Basuras año 2016); CASTILLONROY (Exacciones municipales año 2015); ESPLÚS (Agua Potable 2º semestre año 2015, Basuras 2º semestre año 2015); ESTADILLA (Alcantarillado año 2016); ESTOPIÑÁN DEL CASTILLO (Agua potable 2º semestre año 2015); FONZ (Basuras año 2016, Alcantarillado 2º semestre año 2015, Agua potable 2º semestre año 2015, Cementerio año 2016); FORADADA DE TOSCAR (Agua Potable año 2016); FRAGA (Basuras 1er semestre año 2016, Vados año 2016); EL GRADO (Basuras año 2016); GRAÑÉN (Agua Potable año 2015, Alcantarillado año 2015); IGRIES (Agua Potable 2º semestre año 2015); LALUEZA (Agua potable 2º semestre año 2015); LASCELLAS-PONZANO (Basuras 1er semestre año 2016); LASPUÑA (Basuras año 2016, Cementerio año 2016); LOARRE (Agua Potable 2º semestre año 2015), MONZÓN (Vados año 2016); NAVAL (Agua 2º semestre año 2015); OSSO DE CINCA (Agua Potable 2º semestre año 2015); PALO (Basuras año 2016); PERALTA DE ALCOFEA (Agua Potable 1er semestre año 2016, Basuras año 2016); PERALTA DE CALASANZ (Exacciones municipales año 2016, Agua Potable año 2016); PERALTILLA (Basuras año 2016); PERTUSA (Alcantarillado año 2016); SAN MIGUEL DE CINCA (Agua 1er semestre 2016, Basuras 1er semestre año 2016, Alcantarillado 1er semestre año 2016), POZÁN DE VERO (Alcantarillado año 2016, Basuras año 2016); LA PUEBLA DE CASTRO (Alcantarillado año 2016); LA SOTONERA(Cotos de caza año 2016, Rodajes año 2016); ROBRES (Alcantarillado año 2016); SAN ESTEBAN DE LITERA (Basuras año 2016); PUENTE LA REINA (Agua Potable año 2015); SARIÑENA (Agua potable 2º semestre año 2015, Alcantarillado 2º semestre año 2015); SECASTILLA (Alcantarillado año 2016); SIETAMO (Alcantarillado año 2016); TORRES DE ALCANADRE (Alcantarillado año 2016); VALLE DE HECHO (Agua año 2014 y Agua año 2015); LA FUEVA (Basuras año 2016); ZAIDIN (Basuras año 2016); COMARCA DE LOS MONEGROS (Albalatillo, Albero Bajo, Alberuela de Tubo, Alcubierre, Almuniente, Barbués, Capdesaso, Castejón de Monegros, Castelflorite, Grañén, Huerto, Lalueza, Lanaja, Peñalba, Poleñino, Robres, Sangarrén, Sariñena, Sena, Senés de Alcubierre, Tardienta, Torralba de Aragón, Torres de Barbués, Valfarta, Villanueva de Sigena, Farlete, Leciñena, Perdiguera, Bujaraloz, La Almolda, Monegrillo, Basuras año 2016), COMARCA DE LA JACETANIA (Aísa, Ansó, Aragüés del Puerto, Bailo, Borau, Canal de Berdún, Canfranc, Castiello de Jaca, Fago, Jaca, Jasa, Puente la Reina de Jaca, Santa Cilia, Santa Cruz de la Serós, Valle de Hecho, Villanúa, Artieda, Mianos, Salvatierra de Esca, Sigüés, Basuras año 2016), COMARCA DE LA RIBAGORZA (Arén, Benabarre, Benasque, Beranuy, Bisaurri, Bonansa, Campo, Capella, Castejón de Sos, Castigaleu, Chía, Estopiñán del Castillo, Foradada del Toscar, Graus, Lascuarre, Laspaules, Monesma y Cajigar, Montanuy, Perarrúa, La Puebla De Castro, Puente De Montañana, Isábena, Sahún, Santaliestra y San Quilez, Secastilla, Seira, Sesué, Sopeira, Tolva, Torre La Ribera, Valle De Bardagí, Valle De Lierp, Viacamp y Litera y Villanova, Basuras año 2016). 6162 CSVC38RJCR8BTEWANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 IMPORTE TOTAL: 4.854.355,08 € De conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en el artículo 14.2.c) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y en las cláusulas de los Convenios para la prestación del Servicio de Gestión y Recaudación de ingresos de derecho público, se procede a la notificación colectiva mediante la exposición al público durante un plazo de 10 días de los CENSOS DE CONTRIBUYENTES Y DE EXENTOS anteriormente enumerados, los cuales podrán ser examinados por los interesados en los Ayuntamientos respectivos, en la correspondiente Oficina de Recaudación y en el Servicio Provincial de Tributos Locales, C/ Porches de Galicia, nº 4 de Huesca. El período de recaudación en voluntaria comprenderá desde el día 20 de junio hasta el día 19 de agosto de 2016, ambos inclusive. El cargo de los recibos domiciliados en las cuentas de los contribuyentes se efectuará en dos fechas: - 4 de julio: Tasas, recibos de IBI Urbana de menos de 50 euros y primer plazo de recibos de IBI Urbana de importe igual o superior a 50 euros. La devolución del primer plazo conllevará la anulación del segundo plazo procediendo a la creación de un recibo único por el total del importe anual. - 3 de octubre: Segundo plazo de recibos de IBI Urbana de importe igual o superior a 50 euros. Según lo dispuesto en el artículo 14.2 c) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, contra la aplicación y efectividad de los datos que allí aparecen, podrá interponerse recurso de reposición ante la Presidencia de la Diputación Provincial en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública de los correspondientes censos. El citado recurso se entenderá desestimado si transcurre un mes desde su interposición sin que se notifique su resolución. El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Huesca, será de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubiera resolución expresa, el plazo será de seis meses contados desde el día siguiente en que el recurso de reposición deba entenderse desestimado por silencio administrativo. Huesca, 16 de junio de 2016. El Tesorero Accidental, Jorge Alejandro Floris Beamonte 6163 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSVC38RJCR8BTEWANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE HUESCA SECRETARÍA 2750 ANUNCIO Solicitada a esta Alcaldía por CLARA ESCUER CONSTANTE licencia ambiental de actividad clasificada para ACADEMIA DE ENSEÑANZA MUSICAL TEMPRANA, en CALLE CALATAYUD, 18, de conformidad con lo dispuesto en el art. 77 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, se abre información pública para que durante el plazo de 15 días, contados a partir del siguiente al de inserción de este anuncio en el B.O. de Aragón, sección Huesca, puedan quienes se consideren perjudicados, presentar las reclamaciones u observaciones que estimen pertinentes en la Secretaría de este Ayuntamiento a cuyo efecto, queda de manifiesto el expediente en la indicada dependencia y por el mismo plazo. El importe de este anuncio será de cuenta del peticionario. Huesca, 10 de junio de 2016. El Alcalde, Luis Felipe Serrate 6164 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSV436TJCR6BTEWANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE HUESCA SECRETARÍA 2751 ANUNCIO Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de información pública, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca nº 82, del día 3 de mayo de 2016, queda elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial de modificación del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Huesca. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se publica el acuerdo de aprobación definitiva de la modificación de la norma reglamentaria señalada, cuyo texto íntegro figura en el anexo de este anuncio. Contra el presente acuerdo, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso–administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Huesca, 14 de junio de 2016. El Alcalde, Luis Felipe Serrate ANEXO MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO ORGÁNICO DEL AYUNTAMIENTO DE HUESCA Aprobar la modificación del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Huesca en los siguientes términos: A) Dar nueva redacción al artículo 70.2, apartado c), según el siguiente detalle: “A continuación … reglamentado. Los turnos comenzarán por orden de grupos de menor a mayor número, salvo el del ponente (presidente de la comisión informativa o portavoz del grupo firmante de la propuesta de resolución) que será el que cerrará el debate, y siempre que previamente pidan la palabra.” B) Introducir el nuevo artículo 83 bis, cuyo contenido es el siguiente: “Artículo 83 bis. De las videoactas. 1. El Ayuntamiento de Huesca utilizará de manera preferente el sistema de videoactas en las sesiones del Pleno de la Corporación. 2. El videoacta es un documento electrónico y multimedia, compuesto al menos por los siguientes elementos: a) Acta sucinta: Documento electrónico que contiene los puntos del orden del día de una sesión o reunión de un órgano colegiado municipal y los acuerdos tomados en cada uno de esos puntos. b) Documento audiovisual o vídeo: Grabación en vídeo de todo lo ocurrido en la sesión o reunión, conteniendo audio e imágenes. Este documento recoge la literalidad de las intervenciones de cada uno de los oradores, y se integra en el documento electrónico de formada enlazada. c) Firma electrónica: La firma electrónica de curso legal de la persona titular de la Secretaría General del Ayuntamiento o del órgano colegiado municipal dota de fehaciencia y efectos jurídicos al documento. Esta firma se realiza haciendo uso del certificado de firma de esa persona. En el caso de las sesiones del Pleno de la Corporación, el videoacta lo firma el Secretario General del Ayuntamiento y, en su caso, el Alcalde, o quienes legalmente les sustituyan. 3. De conformidad con el apartado anterior, el videoacta es un documento público y oficial, rubricado y validado por la persona titular de la Secretaría General del Ayuntamiento, en su función de fedatario público. En consecuencia, se guardarán todas las cautelas respecto de 6165 CSVW30WJCR8BTEWANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 su manejo y tratamiento, y será recomendable evitar la descarga total o parcial y la republicación, habida cuenta de que los principios de transparencia y publicidad se salvaguardarán igualmente con el mero visionado de la parte audiovisual, la cual se encontrará a disposición de todos los ciudadanos en el sitio oficial municipal sin límite de reproducciones. El incumplimiento del deber de cautela previsto en este artículo dará lugar a responsabilidad en los casos en los que el tráfico o redifusión del videoacta perjudique la imagen o los intereses corporativos.” 6166 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSVW30WJCR8BTEWANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE ALTORRICÓN 2752 CORRECCIÓN DE ERRORES El anuncio número 27/21 publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 113 de fecha 15/06/2016 donde dice Ayuntamiento de Ansó debe decir Ayuntamiento de Altorricón.Altorricón, 16 de junio de 2016. David Alonso Plana 6167 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSVO35ZJCR7BTEWANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE CASTEJÓN DEL PUENTE 2753 ANUNCIO Por Acuerdo del Pleno de fecha 6 de mayo de 2016, se acordó provisionalmente la imposición y ordenación de las contribuciones especiales para financiar de Caminos municipales, el cual se expone al público de forma íntegra por el plazo de treinta días, durante el cual podrán presentarse las reclamaciones que se estimen oportunas. "Incoado expediente por este Ayuntamiento para la Contribuciones Especiales arreglo de Caminos de Caminos municipales, vistos los informes emitidos por los Servicios Técnicos Municipales y por el Secretario de esta Corporación, y a la vista del artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por el que se reconoce la competencia del Pleno para determinar los recursos propios de carácter tributario, por unanimidad se acuerda: PRIMERO. La imposición de contribuciones especiales para la financiación de Caminos municipales, cuyo hecho imponible está constituido por la obtención de un beneficio o aumento de valor de los bienes afectos de Caminos municipales. SEGUNDO. Proceder a la determinación y ordenación del Tributo concreto de acuerdo a lo siguiente: — El coste previsto de Caminos municipales se fija en 49.237 al que descontamos la subvención prevista de DPH de 16.000 siendo el coste soportado por el Ayuntamiento en 33.237€ euros. — Fijar la cantidad a repartir entre los beneficiarios en 29.913,30 euros, equivalente al 90% del coste soportado 33.237€. El coste total presupuestado de Caminos municipales tendrá carácter de mera previsión. Si el coste real fuese mayor o menor que el previsto, se tomará aquel a efectos del cálculo de las cuotas correspondientes. — Aplicar como módulo de reparto, el siguiente: -HAS SECANO, 100% -HAS REGADIO 150% -MONTES Y PASTOS 50% -GANADO UGM 20% TERCERO. Aprobar la relación de los sujetos que se ven beneficiados por Caminos municipales, los cuales serán todos los contribuyentes del IBI de rústica, así como los titulares del censo ganadero de la localidad. CUARTO. Exponer y publicar el Acuerdo provisional íntegro en el tablón de anuncios de la Entidad y en el Boletín Oficial de la Provincia, durante treinta días como mínimo, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Durante dicho período los propietarios o titulares afectados podrán constituirse en Asociación administrativa de contribuyentes, según lo dispuesto en el artículo 36.2 de la TRLHL." Castejón de Monegros, 13 de mayo de 2016. La Alcaldesa, Ana Puey Campos 6168 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSVG372JCR7BTEWANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE EL GRADO - LO GRAU 2754 ANUNCIO En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2015, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes. El Grado, 15 de junio de 2016. La Alcaldesa, Laura Puyal Sánchez 6169 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSV8304JCR2BTEWANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE LOARRE 2755 EDICTO Habiendo transcurrido sin reclamaciones el periodo de información pública del acuerdo provisional adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión de fecha 6 de mayo ppdo., de modificación del Artículo Sexto de la Ordenanza Fiscal Nº 10 del Ayuntamiento de Loarre, reguladora de la tasa por utilización de la Piscina Municipal, queda elevado de manera automática a definitivos de conformidad con lo preceptuado por el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, publicándose a continuación el texto íntegro del artículo citado, en su nueva redacción dada. ORDENANZA FISCAL Nº 10, REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DE LA PISCINA MUNICIPAL. “Artículo 6º. Cuota tributaria. La tasa se exigirá con arreglo a la siguiente tarifa: - Entrada diaria adultos: - Entrada diaria infantil: - Abono de temporada adultos: - Abono de temporada infantil: - Abono de 10 baños (no correlativos): 3,00.- € 2,00.- € 50,00.- € 25,00.- € 25,00.- € Observaciones: Categoría infantil: niños entre 4 y 14 años de edad cumplidos en el año natural. Categoría adultos: a partir de 15 años cumplidos en el año natural. Se considerarán miembros de la unidad familiar a los padres y sus hijos menores de edad o mayores no emancipados inscritos en el Libro de Familia.” Una vez obtenido un abono, no se permitirán canjes o cambios de modalidad durante la temporada en función del uso que se vaya haciendo del mismo.” En la Villa de Loarre, 15 de junio de 2016. El Alcalde Presidente, Roberto Orós Constante 6170 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSV0327JCR9BTEWANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AYUNTAMIENTO DE SAHÚN 2756 ANUNCIO Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario inicial aprobatorio del Plan Estratégico de Subvenciones de este Ayuntamiento, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de los previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, en el artículo 141 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, Ley General de Subvenciones y Ley General de Subvenciones de Aragón, PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2016-2017 PREÁMBULO La justificación de la realización del Plan Estratégico de Subvenciones se encuentra en lo dispuesto, con carácter general, en la exposición de motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de Subvenciones, en adelante LGS, y de forma específica en el mandato establecido en el artículo 8 de la citada norma, así como en los artículos del 4 al 7 de la Ley 5/2015 de 25 de marzo, de subvenciones de Aragón. El citado artículo 8, desarrollado por los artículos 10 a 15 del Reglamento de la Ley general de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, establece los principios rectores, ámbito y contenido de los plantes estratégicos, así como la competencia para su aprobación, el seguimiento que debe realizarse de los mismos y los efectos de su incumplimiento, que si bien no resulta aplicable a los Ayuntamientos, recoge algunos aspectos que pueden ser tenidos en cuenta Este Plan, conforme al artículo 4 de la Ley 5/2015 de 25 de marzo, de subvenciones de Aragón, pretende la racionalización de la concesión de las subvenciones basándose en los principios de: 1. Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación. 2. Eficacia de los objetivos. 3. Eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos. El Plan Estratégico contendrá los objetivos estratégicos que se espera lograr con la actuación, los plazos de consecución, fines y su vinculación con la política presupuestaria de gasto que se corresponda. Dentro de los objetivos que debe cumplir cualquier administración pública, y sobre el carácter de proximidad que caracteriza a la administración local, es lógico y coherente con los objetivos de este Ayuntamiento, el fomento de todo tipo de actividades de utilidad pública e interés social, cuyo fin no se encuentra en el beneficio patrimonial que reporta, sino en el beneficio social que repercute, mejorando la calidad de vida de los vecinos e impulsando la participación, el deporte, la salud, la implicación de la mujer, de las personas mayores y el bien de la infancia y la juventud. Gracias al Plan Estratégico se dispondrá de una mayor información acerca de las subvenciones, lo que facilitará la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas, evitando cualquier tipo de solapamiento. Artículo 1. ÁMBITO TEMPORAL El ámbito temporal del presente Plan Estratégico de subvenciones comprende los ejercicios 2016 y 2017, sin perjuicio de que el mismo sea modificable anualmente, cuando las circunstancias lo requieran. 6171 CSVS39A4D70BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 Artículo 2. NATURALEZA JURÍDICA El Plan Estratégico es un instrumento de gestión de carácter programático, que carece de rango normativo, no creando ni derechos ni obligaciones para la Administración. Su efectividad queda condicionada al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril. Artículo 3. COMPETENCIA El órgano competente para la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones es el Pleno municipal, dado que se trata de un instrumento de planificación estratégica de la actividad subvencional o de fomento y de gestión económica, de acuerdo con lo establecido en el apartado e) del artículo 22 de la Ley de Bases de Régimen Local. Artículo 4. BENEFICIARIOS Podrán ser beneficiarios las personas y entidades, que hayan de realizar la actividad que fundamenta su otorgamiento, siempre que no se vean afectados por ninguna de las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley General de Subvenciones (LGS). Artículo 5. LÍNEAS DE SUBVENCIÓN El presente Plan Estratégico del Ayuntamiento de Sahún, resulta de aplicación directa a todas las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento. Las líneas estratégicas de actuación previstas son las siguientes: Línea 1. Fomento de la actividad asociativa que tenga como finalidad la promoción de la cultura, festejos, deporte, música, juventud, ocio, tiempo libre, y la protección, promoción y difusión de la identidad del municipio, de sus tradiciones y sus valores medioambientales. Línea 2. Fomento de la igualdad, de la conciliación familiar y laboral, de la integración de las personas y de la prevención en materia de drogodependencia. Línea 3. Divulgación del uso e implantación de las nuevas tecnologías. Línea 4. Fomento del mantenimiento y conservación de los bienes de interés cultural, arquitectónico y social del municipio. Las actividades subvencionables en cada anualidad por el Ayuntamiento de Sahún, encuadradas dentro del presente Plan, se relacionan en el ANEXO de subvenciones que se apruebe en cada ejercicio, en el que se concretan los objetivos específicos de cada actividad subvencionada. Las actividades subvencionables y su cuantía se determinará teniendo en cuenta diversos factores, entre los que destacan: 1. Incidencia y reconocimiento de la actividad en la comunidad vecinal. 2. Incidencia en la promoción del territorio. 3. Tradición y continuidad de la actividad en los últimos años. 4. Razones sociales y/o humanitarias. Artículo 5.1 LÍNEA 1 - Subvenciones para el fomento de la actividad asociativa Objetivo estratégico: Apoyar la realización de proyectos y actividades dirigidas al público en general y que cuenten con la participación de los vecinos del término municipal de Sahún, de las asociaciones existentes en el valle de Benasque, con fines de carácter social, cultural, deportivo, juvenil o educativo. Objetivos específicos: Fomentar el asociacionismo local. 6172 CSVS39A4D70BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 Fomentar la participación de los vecinos en la dinámica sociocultural del municipio. Colaborar en los gastos generados por las actividades programadas en los festejos populares organizados por las asociaciones, en especial, las fiestas patronales. Colaborar en el mantenimiento de las tradiciones, especialmente las Fallas de Sahún, el Ball del Sombrers y el Ball de Grist, las romerías a San Pedro Mártir y Santa Margarita, Carnaval, cabalgata de Reyes, etc. Apoyar la realización de actividades deportivas organizadas por clubs o asociaciones. Apoyar actividades educativas y a las instituciones cuya actividad está dirigida a la formación cultural, musical y artística en general. Apoyar actividades de educación y difusión medioambiental. Costes previsibles: El coste previsible de esta línea de subvención es de: 10.000 euros. Artículo 5.2 LÍNEA 2 – Subvenciones para el fomento de la igualdad, de la conciliación familiar y laboral. Objetivo estratégico: Apoyar actividades que faciliten la conciliación familiar y laboral, así como aquellas que sirvan para prevenir la drogodependencia, alcoholismo y todo tipo de adicciones, en el ámbito local. Objetivos específicos: Ayudas de comedor escolar que facilitan la conciliación de la vida familiar y laboral y la igualdad de género. Apoyar actividades, charlas y talleres de educación y prevención de adicciones. Costes previsibles: El coste previsible de esta línea de subvención es de: 8.200 euros. Artículo 5.3 LÍNEA 3 – Divulgación del uso e implantación de las nuevas tecnologías. Objetivo estratégico: Facilitar el acceso a las nuevas tecnologías, reduciendo la brecha digital existente, especialmente en las personas mayores del municipio. Objetivos específicos: Impulsar el acceso a los avances de la sociedad de la información y la tecnología de la información y la comunicación de los vecinos del municipio. Fomentar la innovación, competitividad y desarrollo económico del sector de las nuevas tecnologías y su aplicación en el resto de sectores económicos. Costes previsibles: El coste previsible de esta línea de subvención es de: 1.500 euros. Artículo 5.4 LÍNEA 4 –Fomento del mantenimiento y conservación de los bienes de interés cultural, arquitectónico y social del municipio. Objetivo estratégico: Mantenimiento y conservación de los bienes de interés cultural, arquitectónico y social del municipio. Objetivos específicos: Rehabilitación de edificios de interés cultural, arquitectónico y social del municipio, que se encuentren en riesgo de ruina. 6173 CSVS39A4D70BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 Costes previsibles: El coste previsible de esta línea de subvención es de: 2.000 euros. Artículo 6. PLAZOS DE EJECUCIÓN Con carácter general, para todo tipo de subvenciones que se concedan por este Ayuntamiento, el plazo de desarrollo de las actuaciones subvencionadas, será siempre anual, sin perjuicio de aquellas que necesiten un plazo mayor al ejercicio anual, en cuyo caso, deberán seguir cumpliendo anualmente los requisitos que establece la normativa. Artículo 7. FINANCIACIÓN El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los Presupuestos municipales de cada ejercicio y quedará supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben se acomodarán en cada momento a dichos objetivos. Cada una de las subvenciones que se otorgue bajo el amparo del presente Plan Estratégico de Subvenciones se financiará íntegramente con fondos propios de naturaleza ordinaria, y deberá corresponderse con una partida determinada del Presupuesto vigente, que deberá disponer de saldo para hacerla efectiva. El Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento Sahún no conllevará otro gasto directo que el importe de cada subvención otorgada, y aquellos gastos indirectos derivados de la propia gestión administrativa y el uso de las instalaciones municipales. Artículo 8. PAGO ANTICIPADO DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS De acuerdo con lo previsto en el artículo 34 de la LGS que establece: “También se podrán realizar pagos anticipados que supondrán entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. Dicha posibilidad y el régimen de garantías, deberán preverse expresamente en la normativa reguladora de la subvención”, En el caso de las subvenciones nominativas, se establecerá de forma motivada, la posibilidad de pagos anticipados en los Convenios o Resoluciones, de acuerdo al artículo 26 de la Ley de Subvenciones de Aragón, en función de las necesidades de financiación y del tipo de proyecto a subvencionar. Artículo 9. PROCEDIMIENTOS DE CONCESIÓN En la tramitación de expedientes de subvenciones, se estará en lo dispuesto en el presente artículo, pudiendo completarse en las bases de ejecución del Presupuesto. Las subvenciones a otorgar por el Ayuntamiento en el marco del Presupuesto General, y en defecto de convocatoria expresa, deberán cumplir las siguientes prescripciones: La concesión de subvenciones deberá ajustarse al Anexo de Subvenciones adjunto al Plan Estratégico de Subvenciones. Las subvenciones nominativas se otorgarán conforme al artículo 26 de la Ley General de Subvenciones de Aragón. Las subvenciones no nominativas, se otorgarán por concurrencia competitiva, previa licitación pública, salvo cuando se acredite el interés general, en cuyo caso podrán otorgarse directamente. Se podrá financiar hasta el 80% de la actividad subvencionable, con la excepción de las subvenciones directas otorgadas por razones humanitarias. Las subvenciones previstas para una colectividad perfectamente identificable se entenderán como subvenciones nominativas de carácter directo, sin necesidad de concurso público, si bien requerirá convocatoria pública por el órgano competente a los solos efectos de individualizar a los perceptores y concretar el resto de requisitos exigidos para su acceso; con las limitaciones exigidas en el presupuesto general. Toda subvención será compatible con la percepción de otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de otras administraciones o entes públicos o privados, siempre que de la suma de todas ellas no se supere el importe 6174 CSVS39A4D70BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 total de la actividad o proyecto. Cuando la cuantía de la subvención otorgada no supere los 3000 euros, se sustituirá la obligación certificación positiva de estar al corriente en las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, por declaración responsable a incluir junto con la solicitud de la subvención. El Ayuntamiento aprobará junto con este Plan los impresos de solicitud de subvenciones que deberá facilitar a los interesados. La competencia para otorgar cada una de las subvenciones amparadas en el presente Plan Estratégico, corresponderá al Acalde cuando su importe no supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto, y al Pleno de la corporación cuando exceda de dicho límite. Artículo 10. REINTEGRO. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los siguientes casos: Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que lo hubieran impedido. Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad o del proyecto o no adopción del comportamiento que fundamentan la concesión de la subvención. Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente. Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Incumplimiento de las obligaciones impuestas a las entidades colaboradoras y beneficiarios, así como de los compromisos por estos asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran al modo en que se consiguen los objetivos, se realiza la actividad, se ejecuta el proyecto o se adopta el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención. Incumplimiento de las obligaciones impuestas a las entidades colaboradoras y beneficiarios, así como de los compromisos por estos asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, distintos de los anteriores, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entes públicos o privados, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Procederá el reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad subvencionada, así como la exigencia del interés de demora correspondiente. 6175 CSVS39A4D70BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 Reintegro parcial: El reintegro parcial de la subvención se regirá por los criterios de gradación de los posibles incumplimientos de las condiciones impuestas con motivo de la concesión y por el principio de proporcionalidad. Los criterios de gradación deberán tener en cuenta, entre otros, el porcentaje de ejecución de la acción que se subvenciona y el cumplimiento de las obligaciones por los beneficiarios. Artículo 11. CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL PLAN ESTRATÉGICO. Dado el carácter anual de las Subvenciones del Plan Estratégico, y la necesidad de proceder a un adecuado seguimiento de gestión y comprobación de su cumplimiento, se fija como límite de plazo de justificación de las subvenciones que se otorguen al amparo del presente Plan Estratégico el día 15 de noviembre de cada anualidad. El control y seguimiento del presente Plan Estratégico se realizará en dos aspectos: Control de fiscalización previo por Intervención que acredite la existencia de crédito suficiente, previamente a su otorgamiento. Control y seguimiento del Plan por parte del órgano instructor, siendo finalmente recopilado por la Intervención municipal. Artículo 12. TRANSPARENCIA DEL PLAN ESTRATÉGICO. Al presente Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Sahun, le serán de aplicación los requisitos que exija la legislación vigente en materia de publicidad y transparencia. Todas las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento, serán publicadas durante el mes siguiente a cada trimestre natural, de acuerdo con los artículos 30y 31 del Reglamento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, Sede Electrónica del Ayuntamiento, en el Tablón de Anuncios físico, en el Boletín Oficial correspondiente cuando sea necesario y en la base nacional de subvenciones. INSTANCIA – SOLICITUD DE SUBVENCIÓN SOLICITANTE: Nombre y Apellidos o Razón Social DNI CIF NIE Pas REPRESENTANTE: Nombre y Apellidos DNI NIE Pas Domicilio a efectos de notificaciones Población Código Postal Provincia Correo electrónico Teléfono Fax DATOS DE LA SUBVENCIÓN SOLICITADA Descripción y finalidad de la actividad/programa/servicio: Fechas previstas de realización: ________ __________________________________ ___________ Identificación: 6176 CSVS39A4D70BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 No sujeta a convocatoria específica. Sujeta a convocatoria específica: Resolución nº de fecha DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD (Sustituye a la certificación administrativa positiva del art. 22 RD 887/2006) Que no me encuentro/la entidad a la que represento no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias de prohibición para la obtención de la condición de beneficiario de ayuda o subvención, previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2006 General de Subvenciones y artículos 18 y 19 del RD 887/2006. Que al día de la fecha me encuentro/la entidad a la que represento se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y tributarias con el Ayuntamiento de Sahún. Que no soy beneficiario ni se han solicitado otras subvenciones o ayudas para la actividad objeto de esta solicitud, o bien, que la suma total de las ayudas solicitadas o concedidas, para la misma finalidad, no superan el importe total de la actividad financiada. (En su caso, indicar el detalle de ayudas solicitadas u obtenidas, importe, procedencia…) MANIFIESTO Que cumplo/la entidad a la que represento cumple los requisitos exigidos para acceder a la subvención solicitada, comprometiéndose expresamente al cumplimiento de los objetivos de la actividad/programa/servicio. DOCUMENTACIÓN APORTADA NIF/DNI o documento que acredite la representación en su caso. Memoria descriptiva y valorada económicamente del proyecto, programa, servicio o actividad para la que se solicita subvención, correspondiente al ejercicio en curso. Cuenta justificativa de gastos de la totalidad del proyecto, programa, servicio o actividad para la que se solicita subvención, correspondientes al ejercicio en curso, debidamente desglosado y detallado, adjuntando los correspondientes justificantes de gastos (facturas, certificados…) y de los pagos realizados. En el caso de que los gastos subvencionados aún no se hayan ejecutado, el solicitante se compromete a presentar cuenta justificativa de gastos de la totalidad del proyecto, programa, servicio o actividad para la que se solicita subvención, correspondientes al ejercicio en curso, debidamente desglosado y detallado, adjuntando los correspondientes justificantes de gastos (facturas, certificados…) y de los pagos realizados. En el caso de no presentarlos, el importe de la subvención deberá ser reintegrado. Certificado del Secretario de la entidad acreditando que los gastos presentados corresponden a la finalidad subvencionada (en el caso de entidades). SOLICITO Una subvención para la finalidad descrita, rogando haga efectivo su importe en la siguiente 6177 CSVS39A4D70BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 cuenta bancaria. (Cumplimentar los 20 dígitos con código IBAN) Nombre de Entidad y Sucursal: _______________________________________________________ En Sahún, a Registro de entrada (a rellenar por elEl solicitante/ Representante Ayuntamiento) Fdo. ________________________________ _________ Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta Ayuntamiento de Sahún del Los datos personales se obtienen para formar parte de ficheros responsabilidad de Ayuntamiento de Sahún, único destinatario de la información aportada voluntariamente por usted. Estos ficheros se utilizan para la gestión administrativa de la información o documentación por usted aportada, así como para la realización por parte del Ayuntamiento de las correspondientes comunicaciones a las partes interesadas, lo cual no podrá llevarse a cabo sin los datos personales. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ser ejercidos mediante escrito dirigido a Ayuntamiento de Sahún, Pz. Mayor, 1, 22468, Sahún (HUESCA), o [email protected]. Para la consecución de la finalidad antedicha podrá producirse el tratamiento de cualquier información aportada en el presente documento, para lo cual solicitamos que nos autorice a su uso, firmando este documento. No obstante, en cualquier momento, usted puede ejercer sus derechos de revocación del consentimiento por cualquiera de los medios descritos. ANEXO PLAN DE SUBVENCIONES 2016 AplicaciónBeneficiario Presupue Procedimiento staria Concesión 3230 48000 3380 48000 3380 Líneas eObjetivos stratégic específicos as Usuarios Línea 2 comedor escolar de la Escuela de Sahún CONCESIÓN DIRECTA Asociación Línea 1 cultural de Fiestas de Sahún CONCESIÓN DIRECTA Asociación Actividad/Actuación Subvencionada Facilitar laAyudas conciliación de laescolar vida familiar y laboral de Importe sImporte ubvenció a justifi n (€) car (€) comedor8000 Colaborar en losActuaciones fiestas de4000 gastos generadosSahún 2016 (San Juan por lasy Virgen de Guayente) actividades programadas en las fiestas padronales de SAHÚN 2016 Línea 1 Colaborar en losActuaciones fiestas de4000 6178 10000 5000 5000 CSVS39A4D70BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca 48000 3380 48000 3380 48000 3380 48000 4320 48000 4320 48000 4320 48000 3360 48000 Nº 114 cultural Comisión de Fiestas de Eriste CONCESIÓN DIRECTA gastos generadosEriste 2016 (San por lasSebastián y San Félix) actividades programadas en las fiestas padronales de ERISTE 2016 Asociación Línea 1 Colaborar en elActos relacionados con400 Cultural Les mantenimiento dela promoción y Falles de Sahún las tradiciones. realización de les CONCESIÓN Falles de Sahún 2016 DIRECTA Asociación deLínea 2 Apoyar Gastos realización día50 Familias Contra actividades dede la Cultura y el las Drogas educación yDeporte CONCESIÓN prevención de DIRECTA adicciones Asociación Línea 1 Apoyar Coste parcial a la395 cultural y actividades impartición de clases musical de la educativas de instrumentos. Ball dirigidas a la CONCESIÓN formación musical DIRECTA y artística AMPAS yLínea 1 Fomentar elActividades desarrollas100 AMYPAS de asociacionismo ypor las AMPAS durante Centros actividades el curso escolar. Escolares del educativas. Valle de Benasque CONCESIÓN DIRECTA Clubs yLínea 1 Apoyar laEquipación deportiva. 50 asociaciones realización de deportivas actividades CONCESIÓN deportivas. DIRECTA Asociación RibaLínea 3 Impulsar elImplantación red wifi en1350 güifi-Eresué 2.0 acceso a InternetEresué CONCESIÓN a los vecinos de DIRECTA Eresué Obispado BarbaLínea 4 Mantenimiento yRehabilitación Iglesia2000 stro-Monzón conservación dede San Juan Bautista CONCESIÓN los bienes dede Sahún DIRECTA interés arquitectónico del municipio 500 62,5 493,75 125 62,5 1687,5 2500 Sahún, 15 de junio de 2016. La Alcaldesa, Lourdes Ascaso Dieste 6179 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSVS39A4D70BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN LOCAL COMARCAS COMARCA DE SOMONTANO DE BARBASTRO 2757 ANUNCIO APROBACION DEFINITIVA Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Comarcal inicial aprobatorio del Reglamento regulador DEL SERVICIO DE TELEASISITENCIA DOMICILIARIA DE LA COMARCA DE SOMONTAO DE BARBASTRO, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y en el artículo 141 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón. REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA DE LA COMARCA DE SOMONTANO DE BARBASTRO La Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón da respuesta al mandato expreso del Estatuto de Autonomía de Aragón, según la reforma aprobada por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, que en materia de bienestar y cohesión social incluye la obligación de los poderes públicos de Aragón de promover y garantizar un Sistema Público de Servicios Sociales suficiente para la atención de personas y grupos, orientado al logro de su pleno desarrollo personal y social, así como especialmente a la eliminación de las causas y efectos de las diversas formas de marginación o exclusión social, regulando un sistema que reposa, funcionalmente, sobre la distinción entre servicios sociales generales, destinados al conjunto de la población y servicios sociales especializados, dirigidos a aquéllas personas que requieren una atención específica. El artículo 36.2 y g) de dicha ley contempla el Servicio de Teleasistencia como prestación de servicio de los Servicios Sociales Generales. El Decreto 143/2011, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Catálogo de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón regula el Servicio de Teleasistencia como prestación tecnológica, de naturaleza complementaria, cuyo reconocimiento quedará sometido a las disponibilidades presupuestarias del Sistema Público en cada ejercicio. Para las personas en situación de dependencia, el Catálogo define otorga a la Teleasistencia carácter esencial, constitutivas de derecho subjetivo para todas aquéllas personas que cumplan los requisitos normativos para acceder a su disfrute o percepción. 1.- OBJETO Es objeto del presente Reglamento, la regulación del Servicio de Teleasistencia Domiciliaria en el ámbito de la Comarca de Somontano. 2.- DEFINICIÓN DE LA PRESTACIÓN La Teleasistencia Domiciliaria (en adelante TAD) es un servicio que, a través de la línea telefónica y con un equipamiento de comunicaciones e informático específico, ubicado en un centro de atención y en el domicilio de los usuarios, permite a las personas mayores y/o discapacitadas, con sólo accionar el dispositivo que llevan constantemente puesto y sin molestias, entrar en contacto verbal “manos libres” durante las 24 horas del día y los 365 días del año, con un centro atendido por personal específicamente preparado para dar respuesta adecuada a la necesidad presentada, bien por sí mismo o movilizando otros recursos humanos o materiales, propios del usuario o existentes en la comunidad. Con ellos se posibilita a las personas beneficiarias del servicio, que no necesitan atención permanente y presencial de otras personas, tener la seguridad de que ante crisis 6180 CSVK38D4D72BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 de angustia y soledad, caídas, emergencias sanitarias, fuego y/o inundación en su vivienda puedan contactar de forma inmediata con el centro de atención. Estará complementado con “agendas” de usuario, que permitan recordarle la necesidad de realizar actividades concretas de momentos determinados (realización de gestiones, toma de medicamentos…). 3.- OBJETIVOS 1. El Servicio de Teleasistencia pretende: Conseguir y mantener el mayor grado de autonomía e independencia de las personas en su domicilio, mejorando la calidad de vida de los usuarios. Favorecer la permanencia e integración en el entorno familiar y social, evitando situaciones de desarraigo y el ingreso innecesario en instituciones. Proporcionar seguridad, confianza y una atención rápida en casos de emergencia y crisis personales y sociales. Constituir un medio de apoyo a las familias que asumen el cuidado. Actuar de manera activa como apoyo en la vida cotidiana, promoviendo la compañía y protección de la persona usuaria. 2. Este sistema posibilita: La conexión permanente entre el usuario y la central del sistema. El apoyo inmediato a través de la línea telefónica fija, móvil o dispositivos de localización. La movilización de los recursos personales, familiares y de la comunidad. El enlace entre el usuario y el entorno socio-familiar. La actuación en el propio domicilio ante situaciones de emergencia. 4.- FUNCIONES Son funciones del servicio: Garantizar una conexión permanente con el usuario fortaleciendo su sentimiento de autonomía y seguridad. Responder, con la máxima inmediatez, a las necesidades de la persona usuaria, informando al órgano competente de la situación detectada. Servir de apoyo para recordar tareas relativas al bienestar de la persona usuaria como son: fechas de revisiones médicas, horarios de ingesta de medicamentos u otros, en aquellos casos en que el estado de salud física o mental lo aconsejen. 5.- DESTINATARIOS Todas aquéllas personas residentes en cualquiera de los municipios de la Comarca del Somontano que cumplan los siguientes requisitos: Personas mayores de 65 años y personas discapacitadas que vivan solas permanentemente o durante gran parte del día, entendiéndose por esto último, que pasen solas más de 5 horas consecutivas debidamente justificadas. Personas mayores de 65 años y personas discapacitadas que conviviendo con otras personas, éstas presentan idénticas características de edad o discapacidad. Que tengan cubiertas sus necesidades básicas de vivienda, alimentación e higiene personal y del domicilio de forma continuada. Dado que el manejo del sistema requiere un cierto nivel de comprensión y discernimiento, deben excluirse como usuarios a las personas con enfermedades mentales graves, incluidas las demencias. Igualmente, y dado que el sistema se basa en la comunicación verbal usuario-centro 6181 CSVK38D4D72BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 de atención, deben excluirse a aquéllas personas con deficiencias notorias de audición y/o expresión oral. Este requisito será eliminado, en el caso de personas sordas, en el supuesto que entre en funcionamiento un sistema de alarga visual. Personas en situación de dependencia Otras personas que por su situación de enfermedad requieren, con carácter temporal, el apoyo del dispositivo de teleasistencia. 6.- TIPOLOGÍA DE USUARIOS DEL SERVICIO TAD Tendrán condición de usuarios las siguientes personas: El/la titular del servicio: reúne todos los requisitos para ser usuario. Dispone de un equipo telefónico y un pulsador personal. Vive sólo o acompañado, su estado físico psíquico le permite utilizar el equipo telefónico. No puede existir en el mismo domicilio más de un titular. Titular del servicio y primer beneficiario: permite que existan dos usuarios. El estado físico y psíquico le permite utilizar el equipo telefónico. Consta de un equipo y dos pulsadores personales. Es la persona que, conviviendo con él/la titular, reúne los requisitos para ser usuario del servicio. Dispone de unidad de control remoto. Titular del servicio y beneficiario sin pulsador: convive con el titular del servicio, pero su estado de salud físico-psíquico no le permite utilizar ni el equipo ni el pulsador, por lo que necesita a una tercera persona para poder utilizarlo. El beneficiario causa baja del servicio de forma automática con el titular del servicio, salvo que quede adscrito el servicio asignado a otro usuario titular con el que también conviva. 7.- REQUISITOS Para ser beneficiario del Servicio de TAD, deben cumplirse los siguientes requisitos: Estar empadronado y tener residencia efectiva y habitual en cualquiera de los municipios de la Comarca de Somontano. Disponer de suministro eléctrico, así como de los medios oportunos y condiciones para que sea llevado a cabo el servicio. Vivir solos permanentemente o durante gran parte del día, o bien si se convive con otras personas, que éstas presenten similares características. Presentar una situación de riesgo debido a su avanzada edad, estado de discapacidad o enfermedad y aislamiento geográfico o social. No padecer enfermedad mental grave o deterioro cognitivo, ni notorias deficiencias de audición y/o expresión oral. Disponer de al menos dos contactos con llave (familiares, vecinos) que residan en el mismo término municipal, excepto cuando se trate de zonas limítrofes con otro municipio comarcal, dispongan de teléfono y juego completo de llaves de la vivienda. No recibir ni tener la posibilidad de acceso al Servicio de TAD de otras administraciones públicas o privadas. 8.- CRITERIOS DE SELECCIÓN El Servicio de TAD va dirigido prioritariamente a personas que se encuentran en alguna de las siguientes situaciones: Vivir sólo/a o pasar gran parte del día sin compañía. Aislamiento social / familiar / geográfico. Personas con escasa movilidad o riesgo de caídas. Personas de avanzada edad, con discapacidad o enfermedad. Con carácter excepcional, se estudiará la necesidad de su implantación en aquéllos 6182 CSVK38D4D72BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 casos no contemplados en los párrafos anteriores y que por sus especiales características aconsejen la implantación del mismo. Para determinar el derecho y prioridad de acceso al servicio se aplicará el baremo correspondiente. Ver ANEXO I. 9.- PROCEDIMIENTO El procedimiento podrá iniciarse: 1.- A instancia de parte: Las personas interesadas deberán presentar solicitud en el Registro General de la Comarca de Somontano de Barbastro, dirigida al Sr. Presidente. Junto a la solicitud se presentará la documentación acreditativa de su situación personal, necesaria para resolver. No será necesaria la presentación de aquéllos documentos que obren en los Servicios sociales de la administración comarcal. La documentación a presentar por los solicitantes será la siguiente: Solicitud, según modelo (ver anexo II) DNI / NIE Certificado de residencia y convivencia Tarjeta sanitarias Informe de salud, según modelo (ver anexo IV) Documentación complementaria (ver anexo V) Documentación justificativa a presentar junto a la solicitud y resto de anexos. Justificantes de ingresos de la unidad familiar de convivencia procedentes de pensiones, intereses bancarios, actividades económicas, nóminas, prestaciones sociales, etc. Certificado de discapacidad. Autorización tratamiento de datos (ver anexo VI). Autorización bancaria identificada con el titular (ver anexo VIII). Resolución de grado de dependencia, y resolución de prestaciones y servicios del Sistema de Atención a la Dependencia si las hubiere. Documento “Contactos” debidamente firmado por la persona o personas que ejercen como contactos. Cualquier otro documento que se considere necesario para valorar la solicitud y el cumplimiento de los requisitos. Autorización al tratamiento de sus datos en los ficheros informáticos y cesión de los mismos a las empresas y entidades gestoras para su exclusiva utilización en la gestión del servicio de Teleasistencia, así como a las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus competencias y funciones. 2.- Procedimiento de oficio para la atención en casos de urgente necesidad. Una vez aplicado el baremo de valoración correspondiente, y comunicada la situación de urgencia a la entidad titular del servicio, podrá iniciarse la prestación del servicio, debiéndose aportar en el plazo de diez días la documentación que proceda para proseguir la tramitación del expediente y resolución. 10.- TRAMITACIÓN Las solicitudes una vez cumplimentadas y junto con la documentación requerida, será atendida y valorada por el trabajador/a social, quién emitirá informe social adjuntando la aplicación del baremo e indicando si procede, la concesión o denegación, debidamente motivada. Aquellos expedientes de solicitud que esté incorrectos y/o incompletos se requerirá al interesado para que proceda en la subsanación de los defectos que en ella se observen en un plazo máximo de quince días desde la recepción de la notificación. La resolución de concesión o denegación del servicio deberá contener, siempre y en todo caso, los siguientes extremos: 6183 CSVK38D4D72BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 Apellidos y nombre del titular y beneficiarios, si los hubiere. Domicilio y localidad. D.N.I / N.I.E. Si procede o no la concesión de la ayuda, así como la motivación en caso de denegación. Tipología de la prestación. Su inclusión en lista de espera, si procede. Fecha probable de alta o situación en lista de espera. Coste del servicio y tasa a abonar por el beneficiario/a. La prelación en la fecha de presentación de las solicitudes no comportará derecho de preferencia en la asignación del servicio, salvo en el supuesto de situaciones con idéntico nivel de puntuación o idéntico nivel de ingresos económicos. El órgano competente de la Entidad dictará resolución, en un plazo máximo de 3 meses contados desde la fecha de entrada de la solicitud en el Registro General de la entidad local competente. Dicha resolución se notificará al interesado en el plazo máximo de diez días, haciendo constar en la misma la concesión o denegación del servicio, o la inclusión en la lista de espera hasta que sea posible hacer efectiva la prestación del servicio. El acceso estará condicionado, en todo caso, a la disponibilidad presupuestaria y de recursos humanos de la entidad local. Cuando la disponibilidad de atención sea inferior a las solicitudes presentadas, el orden de prioridad para el acceso se establecerá en función de los puntos obtenidos en el baremo contemplado en el Anexo I del presente Reglamento. Las solicitudes que se encuentran en lista de espera se ordenarán en función de la mayor puntuación obtenida en el baremo correspondiente y tendrán vigencia durante el año siguiente a su presentación. Trascurrido este plazo y de seguir la persona solicitante interesada en el servicio, se solicitará actualizar la documentación. 11.- ACCESO AL SERVICIO El acceso al servicio de Teleasistencia estará condicionado a la existencia de crédito presupuestario suficiente. 12.- SEGUIMIENTO DE LA PRESTACIÓN Los trabajadores sociales realizarán las tareas de: Información del servicio, orientación, tramitación y valoración del expediente. Elaboración del informe social y la propuesta de atención conforme a lo establecido en el presente Reglamento y la Ordenanza Fiscal correspondiente. Realizar el seguimiento individualizado de cada caso, realizando visitas periódicas, adecuando los contenidos de la prestación del servicio de Teleasistencia Domiciliaria a la situación real de usuario y a la calidad del servicio y que conllevará el mantenimiento, modificación, suspensión temporal o extinción del servicio. Una vez presentada la solicitud debidamente valorada, los Servicios Sociales procederán al visto bueno para dictar la correspondiente propuesta de Resolución y cursar la orden de instalación. 13.- REVISIÓN La prestación del servicio podrá ser revisada como consecuencia de la modificación de circunstancias que dieron origen a la concesión del servicio. Podrá realizarse de oficio por el Centro de Servicios Sociales, o a solicitud de la persona interesada o de su representante legal, cuando se produzcan variaciones suficientemente acreditadas de las circunstancias que dieron origen a la misma. La revisión del servicio podrá dar lugar a la modificación, suspensión temporal o extinción del mismo. 6184 CSVK38D4D72BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 Las modificaciones puntuales en la prestación del servicio que no afecten al derecho reconocido, no requerirán la apertura de nuevo procedimiento. 14.- INSTALACIÓN DEL SERVICIO Se cursará orden de prestación del Servicio de TAD a la empresa prestataria del servicio en el plazo de diez días desde la fecha de la resolución de concesión del servicio y en función de la disponibilidad terminales / aparatos, previa suscripción del documento consignado en Anexo VII. 15.- CAUSAS DE DENEGACIÓN Serán de denegación del servicio de TAD: No CUMPLIR LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL PRESENTE Reglamento. Dificultar la labor técnica de valoración de la solicitud realizada. Que las funciones para las que se solicita el Servicio de Teleasistencia no estén contempladas como funciones propias del servicio. 16.- CAUSAS DE SUSPENSIÓN TEMPORAL Los usuarios que no precisen el servicio concedido durante un periodo de tiempo determinado -por situaciones como visitas a familiares, ingresos hospitalarios prolongados, o alojamiento temporal en establecimiento de serivicos socialesdeberán comunicar su ausencia a los Serviicos Sociales de la Comarca de Somontano y en su caso, a la entidad prestadora, excepto si dicha ausencia se produce por causa imprevisible, en cuyo caso se comunicará posteriormente. Tal situación se entenderá como suspensión temporal en el Servicio, siempre que la duración no sea superior a cuatro meses a lo largo del año. En el caso de superar este plazo, la prestación se considerará extinguida. 17 .- CAUSAS DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO Fallecimiento del beneficiario. Renuncia voluntaria expresa de la persona usuaria o su representante legal. Ingreso con carácter permanente en establecimiento residencial. Por modificación de las causas psico-físicas y de convivencia que dieron lugar a la concesión del servicio. Por no presentar la documentación requerida en los plazos marcados por la administración. Por ocultación, falsedad o incumplimiento reiterado de alguna de las obligaciones y deberes establecidos en la presente norma. Por inadecuada y reiterada manipulación o incorrecta conservación del equipo individual instalado. Dificultar la labor de seguimiento de los profesionales de los Servicios Sociales y/o de la empresa prestataria del servicio. No cumplir las disposiciones citadas en este Reglamento que impidan el buen funcionamiento del servicio. No satisfacer la tasa correspondiente. Traslado de domicilio definitivo a otro municipio en el que la entidad comarcal no sea competente en la prestación del servicio. Por superar el tiempo máximo de suspensión temporal. Por uso inadecuado del servicio. La extinción del servicio, excepto casos de fallecimiento será acordada mediante 6185 CSVK38D4D72BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 resolución de la Presidencia Comarcal y notificada a la persona titular o, en su caso, a su representante legal. 18.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS BENEFICIARIOS Con carácter general, las personas beneficiarias y titulares del servicio de Teleasistencia respecto a los derechos y deberes se estará a lo dispuesto en los artículos 6,7 y 8 de la Ley 5/2009, de 30 de junio de Servicios Sociales de Aragón. Derechos: Ser respetadas y tratadas con dignidad. La confidencialidad en la recogida y el tratamiento de sus datos, de acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Recibir una atención individualizada acorde con sus necesidades específicas. Recibir orientación sobre los recursos alternativos que, en su caso, resulten necesarios. Recibir información puntual de las condiciones y contenido, así como de las modificaciones que pudieran producirse en el régimen del servicio. Ser informados sobre el estado de tramitación de su expediente. Ser oídos sobre cuantas incidencias relevantes observen en la prestación del servicio, así como a conocer y utilizar los cauces formales establecidos para formular quejas y sugerencias. Cesar en la utilización del servicio por voluntad propia. Cualesquiera otros que les reconozcan las normas vigentes. Deberes: Aceptar y cumplir las condiciones que exige el servicio, establecidas en el acuerdo firmado entre las partes. (Anexo IV). Permitir la entrada en el domicilio, facilitar el ejercicio de las tareas del personal que atiende el servicio, así como poner a su disposición los medios materiales adecuados para el desarrollo de las mismas. Mantener un trato respetuoso y correcto con las personas que prestan el servicio. Corresponsabilizarse en el coste del servicio en función de su capacidad económica personal. Facilitar correctamente los datos necesarios para la concesión y prestación del Servicio, así como responsabilizarse de la veracidad de los mismos, e informar de cualquier cambio que se produzca en su situación personal, familiar, social y económica que pudiera dar lugar a la modificación, suspensión o extinción del servicio. Comunicar con suficiente antelación cualquier ausencia temporal del domicilio que impida la prestación del servicio. No exigir tareas o actividades no incluidas en la prestación del servicio. Poner en conocimiento del técnico responsable del servicio y/o del trabajador/a social de referencia cualquier anomalía o irregularidad que detecte en la prestación. Conservar correctamente los dispositivos técnicos instalados. 19.- FINANCIACIÓN DEL SERVICIO La financiación del Servicio de Teleasistencia domiciliaria correrá a cargo de la Administración de la Comunidad Autónoma, La Comarca del Somontano y la aportación de los beneficiarios mediante la tasa correspondiente que se fijará en la correspondiente Ordenanza fiscal. 20.- PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA 6186 CSVK38D4D72BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 Las personas reconocidas con grado de dependencia que tengan concedida la prestación de Teleasistencia Domiciliaria en la correspondiente resolución del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, estarán a lo dispuesto en la normativa vigente respecto a este servicio como prestación del Sistema de Atención a la Dependencia. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Hasta tanto el Gobierno de Aragón no apruebe el Servicio de Teleasistencia Domiciliaria del Sistema de Atención a la Dependencia a aquéllas personas que dispongan del Servicio de Teleasistencia comarcal, éste se seguirá prestando por la Comarca del Somontano, en las condiciones establecidas en el presente Reglamento, así como en la Ordenanza Fiscal correspondiente. DISPOSICIÓN FINAL. ENTRADA EN VIGOR. El presente Reglamento entrará en vigor una vez transcurridos quince días contados desde el día siguiente al de la publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Barbastro, a 6 de abril de 2016 ANEXOS ANEXO I. ANEXO II. ANEXO III. ANEXO IV. ANEXO V. ANEXO VI. ANEXO VII. ANEXO VIII. BAREMO SOLICITUD DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUNTO A LA SOLICITUD INFORME DE SALUD INFORME SOCIAL AUTORIZACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS ORDEN DE INSTALACIÓN AUTORIZACIÓN BANCARIA ANEXO I. BAREMO Debe seleccionarse una única variable en cada apartado. A Características personales (máximo 30 puntos) A.1. Edad (máximo 15 puntos) puntos 0 2 5 10 15 60 años o menos De 61 a 65 años De 66 a 70 años De 71 a 80 años 81 años o más A.2. Discapacidad (máximo 15 puntos) puntos 0 5 10 15 < 33 % De 33 a 65 % De 66 a 74% De 75 a 100 % B) Autonomía y vivencia psicológica (máximo 20 puntos) B.1. Autonomía para la realización de las actividades básicas de la vida diaria -ABVD (máximo 10 puntos). puntos 6187 CSVK38D4D72BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Realiza las ABVD Necesita ayuda para todas las ABVD Realiza las ABVD con ayuda puntual Nº 114 0 5 10 B. 2. Vivencia psicológica (máximo 10 puntos) puntos 0 5 10 Vivencia en estado general de tranquilidad Vivencia en estado general de preocupación Vivencia en estado general de angustia C) Situación sociofamiliar (máximo 35 puntos) C. 1. Convivencia (máximo 20 puntos) Convive con persona no dependiente todo el día Convive con persona no dependiente parte del día Convive con persona dependiente moderada Convive con persona dependiente severa o grave Vive sólo/a puntos 0 5 10 15 20 C. 2. Relaciones (máximo 15 puntos) Tiene familiares que le prestan apoyo frecuente Tiene familiares que le prestan apoyo ocasional Tiene apoyo ocasional de personas no familiares No tiene apoyo puntos 0 5 10 15 D) Vivienda (máximo 10 puntos) Vivienda en comunidad de vecinos o independiente al lado de otras Vivienda aislada de otras viviendas habitadas puntos 5 10 E) Otros factores (máximo 5 puntos) puntos 2 5 Situación de riesgo para la salud Otras situaciones (con informe social) RESUMEN A) Características personales B) Autonomía y vivencia psicológica C) Situación sociofamiliar D) Vivienda E) Otros factores PUNTUACIÓN TOTAL (A+B+C+D+E) Máximo puntuación 30 20 35 10 5 100 6188 Puntos obtenidos CSVK38D4D72BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 Anexos 2 y 3 ANEXO II SOLICITUD DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA TITULAR ! # $ % &' " ! Beneficiario D. ................................................................................. con DNI............................................., con el mismo domicilio que el titular, solicita acogerse al Servicio de Teleasistencia Domiciliaria como: -Beneficiario con colgante. -Beneficiario sin colgante. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, quedo enterado/a de que los datos personales recogidos en esta Solicitud serán incorporados y tratados en el fichero “TD (Teleasistencia Domiciliaria). El responsable del fichero es el Servicio Social de Base de la Comarca de Somontano de Barbastro, pudiendo ejercer ante dicho Organismo los derechos de acceso, rectificación cancelación en su caso. DECLARA ser ciertos todos los datos consignados en esta solicitud y la documentación que se acompaña. AUTORIZA a que se realicen las verificaciones y las consultas necesarias en ficheros públicos, para acreditar los datos declarados con los que obren en poder de otras Administraciones Públicas.. Así mismo ME COMPROMETO a cumplir las normas de funcionamiento de dicho servicio y a COMUNICAR, lo antes posible, cualquier cambio de circunstancias que puedan afectar al Servicio (Ausencias del domicilio, Cambio de domicilio, Fallecimiento del Titular o del Beneficiario, etc...). SOLICITA acogerse al Servicio de Teleasistencia Domiciliaria como Titular y Beneficiario (si lo hubiere), para lo que aporto/aportamos los anexos y documentación requerida. …...... ...................…., a ...... .... de............................... de 20…...….. El Titular, El Beneficiario, SR. PRESIDENTE DE LA COMARCA DE SOMONTANO DE BARBASTRO 6189 CSVK38D4D72BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 A ANEXO III TELEASISTENCIA DOMICILIARIA ! " # $ %& # !' 6190 CSVK38D4D72BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 Anexo 4 ANEXO IV INFORME MÉDICO (Este informe se emite exclusivamente a efectos de solicitar acogerse al programa de Teleasistencia Domiciliaria). (Se ruega sea cumplimentado por el médico de cabecera o médico de familia con letra clara y mayúscula). Usuario: .......................................................................................................................................................... Profesional que emite el informe: Apellidos, Nombre y Nº colegiado: .......................................................... ......................................................................................................................................................................... Centro de Salud: ............................................................................................................................................. En su defecto número/números de teléfono de la consulta/urgencias: .......................................................... Señalar las siguientes enfermedades que padece: Enfermedad o déficits auditivos. Cuáles: ...................................................................................................................... Enfermedad o déficits visuales. Cuáles: ........................................................................................................................ Respiratorias. Cuáles: ................................................................................................................................................... Cardiocirculatorias. Cuáles: ........................................................................................................................................... Osteo-articulares (fracturas, reumáticas). Cuáles: ........................................................................................................ Neuro-psiquiátricas. Cuales: .......................................................................................................................................... Genito-urinarias (incontinencias). Cuáles: ..................................................................................................................... Digestivas. Cuáles: ........................................................................................................................................................ Endocrinas (diabetes, etc.). Cuáles: .............................................................................................................................. Infecciones. Cuáles: ...................................................................................................................................................... Otras: ............................................................................................................................................................................. ALERGIAS (si tiene): ..................................................................................................................................................... ...................................................................................................................................................................................... MEDICACIÓN (Indicar la patología y dosis). Si se considera muy fundamental la toma de alguna medicación en concreto, especificarlo, así como si sería conveniente el recordatorio de la misma al paciente). ............................. ...................................................................................................................................................................................... ...................................................................................................................................................................................... RIESGOS ESPECÍFICOS (si tiene): Caídas Pérdidas de conciencia Posibles contagios Otros (especificar cuales) 6191 CSVK38D4D72BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 A Considera que sus aptitudes ante las diferentes actividades cotidianas son las siguientes: (señale con una X en el recuadro correspondiente) VISION MOVILIDAD Ve bien Se mueve solo No puede leer Necesita ayuda Ceguera total Necesita andadores, bastón o muletas Va en silla de ruedas RESPIRACION AUDICIÓN Respira bien Oye bien (con o sin audífono) Se cansa o le cuesta respirar Hay que hablarle fuerte Se ahoga a menudo No oye Necesita oxigenoterapia esporádicamente HABLA DESORIENTACIÓN Se encuentra bien No se manifiesta Cuesta entenderle un diálogo confuso, incoherente Escucha pero no comprende Problemas de memoria ESTADO ANÍMICO Se siente bien Se siente solo Está deprimido RESUMEN DE LA HISTORIA CLÍNICA: ................................................................................................ .................................................................................................................................................................... .................................................................................................................................................................... .................................................................................................................................................................... .................................................................................................................................................................... .................................................................................................................................................................... OBSERVACIONES: ................................................................................................................................... .................................................................................................................................................................... .................................................................................................................................................................... .................................................................................................................................................................... Fecha y firma 6192 CSVK38D4D72BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 Anexos 5 y 6 ANEXO V SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA INFORME SOCIAL Profesional que emite el informe: _______________________________________________________ Beneficiario/a:______________________________________________________________________ SITUACIÓN PERSONAL Y FAMILIAR SALUD VIVIENDA RELACIONES SOCIO-FAMILIARES OCIO Y TIEMPO LIBRE JUSTIFICACIÓN DE LA DEMANDA VALORACIÓN PROFESIONAL BARBASTRO, _________________________ 6193 CSVK38D4D72BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 A ANEXO VI TELEASISTENCIA DOMICILIARIA AUTORIZACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS (uno por cada persona titular y/o beneficiario) D. / Dña.: ______________________________________, D.N.I.: _________________ con domicilio en ________________________________________________________, C. P. : ____________ AUTORIZO: • A la Comarca de somontano de Barbastro al tratamiento de sus datos en los ficheros informáticos y cesión de los mismos a las empresas y entidades gestoras para su exclusiva utilización en la gestión del Servicio de Teleasistencia domiciliaria, así como a las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus competencias y funciones. BARBASTRO, a ______ de ______________ de _________ SR. PRESIDENTE DE LA COMARCA DE SOMONTANO DE BARBASTRO 6194 CSVK38D4D72BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 Anexo 7 ANEXO VII ORDEN DE INSTALACIÓN DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA A LA EMPRESA PRESTATARIA (Se adjunta documentación complementaria) TITULAR DEL SERVICIO: D./Dña.: _______________________________________, DNI: ___________________ Domicilio para la instalación: _______________________________________________ CP : ____________ LOCALIDAD: __________________________________________ Tfno.: _________________________________________________________________ BENEFICIARIO/A: D./Dña. ________________________________________. DNI ___________________ CON COLGANTE SI NO OBSERVACIONES * El dispositivo de Teleasistencia (Terminal y unidad de control remoto) deberá instalarse a la mayor brevedad posible desde la recepción de esta notificación. * A efectos de gestión del Servicio ruego comunique a la Comarca de Somontano de Barbastro la fecha de instalación del servicio de Teleasistencia. BARBASTRO, a _________________________________ EL PRESIDENTE, 6195 CSVK38D4D72BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 Anexo 8 FICHA DE TERCEROS C.I.F. P-2200123-D AVDA. NAVARRA, 1 22300.- BARBASTRO (Huesca) Tel: 974 306 006 Fax: 974 306 052 Correo electrónico: [email protected] Página web: www.somontano.org Alta Modificación de datos A RELLENAR POR EL INTERESADO Cumplimentar a máquina o en letras mayúsculas N.I.F. / N.I.E. / C.I.F.: _________________________ Nombre o razón social: _________________________________________________________ Nombre Comercial: ____________________________________________________________ Domicilio: ____________________________________________________________________ Nº: _________ Piso: ______ Escalera: ______ Puerta: ____ Población: ________________________________________Código Postal: ___________ Provincia: ___________________________________ País: ________________________ Teléfono: __________________ Fax: ___________________ Móvil: __________________ Correo electrónico: __________________________ Página web: _____________________ Los datos identificativos y bancarios que figuran en esta ficha deberán ser tenidos en cuenta a partir de esta fecha en todo pago que deba efectuarse al que suscribe por la Comarca de Somontano de Barbastro. _________________ a ___ de ____________ de _____ El Interesado, * * Cuando se trate de persona jurídica, debe incluir sello DATOS BANCARIOS: PAGOS POR TRANSFERENCIA Cód. IBAN // Cód. Banco __ __ __ __ // __ __ __ __ CODIGO DE LA CUENTA Cód. Sucursal D.C. Número de Cuenta __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ __ Cód. BIC: __ __ __ __ __ __ __ __ Certifico: Que los datos bancarios reseñados corresponden a la cuenta que el titular de referencia tiene abierta en la entidad que se especifica y que será utilizada por la Comarca de Somontano mientras no se notifique lo contrario. Fecha: Sigue al dorso 6196 CSVK38D4D72BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 A A RELLENAR POR EL INTERESADO: EN CASO DE PERSONA FÍSICA Conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos de que los datos recogidos formarán parte de un fichero de Gestión Económico-Administrativa, cuyo responsable es la Comarca de Somontano, cuya finalidad es ”recoger los datos de necesarios para la gestión económica, contable, presupuestaria, interventora, tributaria y de recaudación, como la gestión de la facturación y la gestión fiscal”. Se le informa asimismo, sobre la posibilidad que Ud. tiene de ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, en relación con sus datos personales, en los términos establecidos legalmente, utilizando los formularios correspondientes disponibles en el sitio web de la Agencia de Protección de Datos (www.agpd.es ) y enviándolos cumplimentados a la siguiente dirección: Avd. Navarra Nº 1, CP 22300 Barbastro, Huesca. Sus datos no serán cedidos a terceros, salvo en los casos en los que la ley lo permita o exija expresamente. Fecha y firma de la persona que da sus datos. _________________ a ___ de ____________ de _____ El Interesado, INFORMACIÓN ADICIONAL Si considera que el volumen de negocios con la Comarca de Somontano de Barbastro superará los 500,00 € anuales, deberá aportar: - Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la misma. Certificado de la Delegación de Hacienda de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias. Estos certificados tienen una validez de seis meses, por lo que se deberán aportar dos veces al año. La Comarca de Somontano de Barbastro tiene autorización para recabar los datos fiscales de sus terceros, por lo que existe un “Modelo de autorización” que debidamente rellenado facilita la obtención de este certificado. Los modelos se podrán descargar de la dirección: - www.somontano.org/modelos 6197 CSVK38D4D72BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 Contra el presente Acuerdo[1], se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En Barbastro, a 15 de junio de 2016. El Presidente, Fdo.: Jaime Facerías Sancho [1] Téngase en cuenta que de conformidad con el artículo 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, contra las disposiciones administrativas de carácter general no cabrá recurso en vía administrativa. 6198 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSVK38D4D72BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN LOCAL COMARCAS COMARCA DEL BAJO CINCA/BAIX CINCA 2758 ANUNCIO Por Resolución de Presidencia n.º 170/2016, de fecha 14 de junio, se aprobaron las bases de la convocatoria para la provisión, mediante el procedimiento de concurso-oposición libre, de una plaza de Conductor/Acompañante de Transporte Social Adaptado, vacante en la plantilla de personal laboral de la Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca, con arreglo a las siguientes bases: BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN POR PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE, DE UNA PLAZA DE CONDUCTOR/ACOMPAÑANTE TRANSPORTE SOCIAL ADAPTADO, EN RÉGIMEN DE LABORAL FIJO DE LA COMARCA DEL BAJO CINCA/BAIX CINCA PRIMERA. Normas Generales El objeto de las presentes bases es la provisión, mediante concurso-oposición libre, de una plaza de Conductor/Acompañante Transporte Social Adaptado, vacante en la plantilla de personal laboral de la Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca e incluida en la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio del año 2016, aprobada por Resolución de Presidencia n.º 125/2016 de fecha 6 de mayo, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca n.º 88, de fecha 11 de mayo de 2016. Igualmente se creará una bolsa de trabajo para cubrir de modo temporal vacantes de personal laboral que no se puedan cubrir por el personal laboral de la entidad, sustitución transitoria de los titulares, ejecución de programas de carácter temporal y exceso o acumulación de tareas. El puesto tiene las siguientes características: Denominación plaza: Conductor/Acompañante Transporte Social Adaptado. Número vacantes: Una. Jornada: completa 37,5h/semana, de lunes a viernes, con los descansos que establece la ley. En la modalidad de jornada partida y horario flexible, según necesidades del servicio de "Acompañamiento social de personas dependientes, puerta a puerta". El Puesto de trabajo tiene carácter itinerante, por lo que el productor acepta prestar servicios en cualquier municipio de la Comarca. Grupo y nivel: C2, nivel 17. Sistema selección: concurso oposición libre. Régimen: laboral fijo. La plaza está adscrita al área de Servicios Sociales de esta Comarca y las funciones encomendadas son: Funciones conductor -Conducir el vehículo y tareas propias de utilización del vehículo. -Mantenimiento de condiciones mecánicas, higiénicas etc... del vehículo. -Registro de kilómetros, consumo e incidentes. -Movilizaciones de los usuarios dependientes o movilidad reducida. Funciones acompañante -Recoger al usuario en el domicilio - acompañar al centro y viceversa. -Valoración de necesidades de los usuarios, que deben transmitirse a la Trabajadora Social ( ropa inadecuada, conductas durante el trayecto, necesidad de materiales específicos, incumplimiento por parte de los familiares de los acuerdos adoptados, etc.....). -Informes al personal del centro y T. Social, sobre incidencias u observaciones habidas en el trayecto. -Registros de tiempos de recogida usuarios. SEGUNDA. Modalidad del Contrato La contratación se realizará en régimen de derecho laboral, conforme a la legislación laboral 6199 CSVC37G4D76BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 vigente en cada momento. La modalidad del contrato es la regulada en el artículo 15.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. El carácter del contrato es fijo, y en régimen de dedicación a jornada completa (37,5h/semana). La relación laboral se regirá por lo dispuesto en el estatuto de los Trabajadores. En la modalidad de jornada partida, de lunes a viernes, en horario flexible, según necesidades del servicio de "Acompañamiento social de personas dependientes, puerta a puerta". El Puesto de trabajo tiene carácter itinerante, por lo que el productor acepta prestar servicios en cualquier municipio de la Comarca. La plaza se halla dotada con el sueldo correspondiente al grupo: C2, nivel 17, dos pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente: todo ello condicionado a los cambios normativos que el Gobierno de la Nación, o en su caso el Gobierno Autonómico, puedan establecer en el futuro. En relación a otras condiciones laborales: retribuciones, licencias, permisos, vacaciones... se estará al Convenio Colectivo del Personal Laboral de esta Comarca. TERCERA. Condiciones de Admisión de Aspirantes Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 56 de la Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre: a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. No padecer enfermedad o limitación física o psíquica que sea incompatible para el desempeño de las funciones propias de las plazas convocadas. c) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público. e) Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria, Graduado Escolar o cualquier otro equivalente a los anteriores, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En el caso de titulación obtenida en el extranjero deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación y Cultura o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello. f) Estar en posesión del carnet de conducir clase D. g)Estar en posesión del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial para los conductores de vehículos destinados al transporte por carretera de viajeros. CUARTA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias Las solicitudes, requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr. Presidente de la Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca, según modelo del Anexo I y se presentarán en el Registro de entrada de este Comarca o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la 6200 CSVC37G4D76BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, en el tablón de edictos y página web de esta Comarca. La solicitud deberá ir acompañada por: Fotocopia del NIF o, en su caso, pasaporte. Fotocopia de la titulación exigida en la convocatoria. Justificante del pago de derecho de examen, que asciende a la cantidad de 6,55 euros, y que deberá ingresarse en la cuenta comarcal n.º ES73 2085 5339 47 0332691394. Fotocopia del carnet de conducir clase D Fotocopia del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial para los conductores de vehículos destinados al transporte por carretera de viajeros. Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen a efectos de valoración en la fase de concurso. Deberán ser anteriores a la fecha que finalice el plazo para la presentación de instancias solicitando tomar parte en la convocatoria. La presentación de la instancia de participación supondrá la aceptación íntegra del contenido de las presentes bases. QUINTA. Admisión de Aspirantes Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará resolución en el plazo de máximo un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca y en el tablón de edictos de la Comarca (sito en Calle Manuel Alabart, 23 de Fraga (Huesca), se concederá un plazo de diez días hábiles para la subsanación. Transcurrido el plazo de subsanación por la Presidencia, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca y en el tablón de edictos de la Comarca. En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las pruebas. En el supuesto de presentarse reclamaciones, estas serán aceptadas o rechazadas en la misma resolución indicada. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se indica que tras la publicación de los anuncios referidos en el BOPHU, los sucesivos anuncios del proceso selectivo se harán públicos en el tablón de edictos de la Comarca. SEXTA. Tribunal Calificador Los órganos de selección se constituirán en cada convocatoria y deberán estar formados por un número impar de miembros, uno de los cuales, al menos, será designado a propuesta de la representación de los trabajadores. Por asimilación y conforme señala el artículo 11 del Real Decreto 364/1995, el número de miembros del tribunal será de cinco, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes, y en su composición se velará por el cumplimiento del principio de especialidad. La totalidad de los vocales deberá poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en el cuerpo o escala de que se trate. Los Tribunales calificadores estarán constituidos por: Presidente y cuatro Vocales, de los cuales uno realizará la labor de Secretario, designados mediante Resolución de Presidencia, pudiendo ser recusados por los aspirantes en el plazo de diez días hábiles siguientes a su publicación. Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre la 6201 CSVC37G4D76BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie. La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal, por mayoría. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia al menos de tres de sus miembros, siendo siempre necesaria la asistencia del presidente y del secretario. SÉPTIMA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases: — Oposición. — Concurso. FASE OPOSICIÓN: La fase de oposición consistirá en la realización de dos pruebas, que serán eliminatorias y obligatorias para los aspirantes, una prueba escrita y una de carácter práctica, las cuales tendrán carácter de prueba única y, por lo tanto, se realizarán dentro del mismo día si el tribunal lo estima conveniente. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad. Los candidatos deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir. Las pruebas de la oposición serán las siguientes: Primera prueba. Consistirá en la realización por escrito, de una escala de aptitudes sobre dependencia y movilización, relacionadas con el programa detallado en el Anexo II. Esta prueba se valorará sobre un máximo de 10 puntos. Para pasar a la segunda prueba es preciso que los aspirantes hayan obtenido un mínimo de 5 puntos. Finalizado y calificado el ejercicio, el tribunal hará público en el tablón de edictos de esta Comarca los aspirantes que hayan superado el mismo con las puntuaciones obtenidas, señalando la hora en que tendrá lugar la segunda prueba. Segunda prueba. Consistirá en la realización de una prueba práctica relacionada con las funciones propias del puesto de trabajo. Esta prueba se valorará sobre un máximo de 10 puntos. Para pasar a la fase de concurso, es preciso que los aspirantes hayan obtenido un mínimo de 5 puntos. La puntuación del ejercicio se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal. La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en la prueba escrita y práctica. FASE CONCURSO: a) Titulación: Por poseer título superior al exigido en la convocatoria: 0,25 puntos por titulación presentada. Hasta un máximo de 1 punto. b) Formación y perfeccionamiento: 6202 CSVC37G4D76BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 b) 1. Se valorarán los cursos, seminarios... relacionados con la plaza objeto de la convocatoria, de la siguiente forma: Hasta 30 horas: 0,10 puntos por curso De 31 a 80 horas: 0,20 puntos por curso De 81 a 130 horas: 0,30 puntos por curso De 131 a 180 horas: 0,40 puntos por curso De 181 en adelante: 0,50 puntos por curso Se valorarán los cursos, seminarios... impartidos por las administraciones públicas o centros homologados. Los aspirantes deberán aportar el documento acreditativo de su participación en el curso, seminario... No serán valorados aquellos cursos, seminarios... en los que no se haga constar la duración en horas o créditos. Hasta un máximo de 1 punto. b) 2. Estar en posesión del Carnet de conducir: Por cada categoría superior a la clase D: 0,25. Hasta un máximo de 1 punto. c) Experiencia: Por servicios prestados en el traslado y acompañamiento de personas con discapacidad y/o en situación de dependencia en administración pública y/o empresa privada o puesto similar, 0,10 puntos por mes trabajado en la administración pública y 0,05 puntos por mes trabajado en la empresa privada, despreciándose las fracciones inferiores al mes. Dicho extremo se acreditará mediante certificación expedida por la administración pública o empresa correspondiente, en la que se hará constar: Tipo de contrato laboral o nombramiento de funcionario de carrera o interino, categoría profesional, duración de los servicios prestados por el interesado en dicho puesto de trabajo y funciones desarrolladas. Hasta un máximo de 2 puntos. OCTAVA. Calificación La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de oposición y la obtenida en la fase de concurso. En caso de empate se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 364//1995, de 10 de marzo, el orden será el siguiente: Mayor valoración de los servicios prestados en la administración pública De persistir el empate, se resolverá por sorteo público. NOVENA. Relación de Aprobados, Presentación de Documentos y Nombramiento Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el tribunal hará pública la relación de aspirantes que hayan superado las dos pruebas de la fase de oposición, por orden de puntuación, una vez sumada la fase de concurso, en el tablón de edictos de la Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca. Dicha relación se elevará al Presidente Comarcal, ordenada de mayor a menor, proponiendo la contratación del aspirante con mayor puntuación. No obstante lo anterior, y si se produjese la renuncia del candidato seleccionado antes de su contratación, se procedería a la contratación del aspirante que ocupe el segundo lugar y así sucesivamente. El candidato propuesto aportará ante la Administración dentro del plazo de veinte días naturales desde que se publican en el tablón de edictos de la Comarca los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria: Fotocopia compulsada del D.N.I. 6203 CSVC37G4D76BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 Fotocopia compulsada del Título de Graduado en Educación Secundaria, Graduado Escolar o cualquier otro equivalente. Declaración jurada de no estar afectado por ninguna causa de incapacidad o incompatibilidad, ni haber sido despedido laboralmente mediante despido laboral procedente. Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible para el desempeño de las funciones propias de la plaza convocada. Fotocopia compulsada del carnet de conducir clase D Fotocopia compulsada del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial para los conductores de vehículos destinados al transporte por carretera de viajeros. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación. En todo caso el tribunal formulará propuesta a favor del siguiente en la lista. Cumplidos los requisitos precedentes y una vez aprobado el nombramiento para el puesto por la Presidencia Comarcal, se procederá a la formalización del contrato laboral correspondiente. DÉCIMA. Funcionamiento de la Bolsa de Trabajo Todas las personas que superen el proceso de selección y no resulten contratadas, serán incluidas en una bolsa de trabajo, en función del total de puntuaciones obtenidas, que se destinará a la contratación del personal que la integre (salvo que la normativa exija otro procedimiento) cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias: Cuando se produzca la situación de vacante temporal con reserva del puesto de trabajo del titular del servicio. Cuando sea necesario la sustitución transitoria del titular del servicio con ocasión de bajas médicas, vacaciones, licencias o circunstancias análogas. La ejecución de programas o proyectos de carácter temporal. Exceso o acumulación de tareas. La resolución de la Presidencia por la que se apruebe la bolsa de trabajo será publicada en el tablón de edictos de esta comarca. El llamamiento para la plaza a cubrir se efectuará por riguroso orden de puntuación. El integrante de la bolsa que obtenga un contrato de trabajo causará baja en la bolsa, y una vez que finalice su contrato de trabajo con la Comarca volverá a causar alta en la bolsa de empleo en el puesto de la misma que le corresponda en relación con los puntos obtenidos. La no contestación a la oferta de contratación dará lugar a la baja de la bolsa. La renuncia a un puesto de trabajo ofertado supondrá el pase del aspirante al último lugar de la bosa de empleo, salvo que concurra una de las siguientes circunstancias: Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas. Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite debidamente. Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo. Esta bolsa de empleo tendrá una vigencia máxima de cuatro años. 6204 CSVC37G4D76BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 UNDÉCIMA. Incidencias Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Presidencia, previo al contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). En lo no previsto en las bases, será de aplicación la Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Fraga, 14 de junio de 2016. El Presidente, José Evaristo Cabistañ Cuchí 6205 CSVC37G4D76BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ANEXO I ANEXO I (MODELO DE INSTANCIA) D…………………………………………………………….., de ……………….. años de edad, nacido el día ………… de ……………… de ……, vecino de ……………………., provincia de ………………………, con domicilio a efectos de notificaciones en C/ ……………………………………….………., número ………………., teléfono………………….., email......................................... y con D.N.I. ………………………………… comparece y tiene a bien exponer: EXPONE PRIMERA. Que vista la convocatoria anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca n.º ___________, de fecha __________, en relación con la convocatoria por concurso-oposición libre, para la provisión de una plaza de Conductor/Acompañante de Transporte Social Adaptado, en régimen laboral fijo, conforme a las bases que se publicaron en el citado boletín. SEGUNDO. Que cree reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la instancia. TERCERO. Que declara conocer las bases generales de la convocatoria relativas a las pruebas de selección de personal laboral de la plantilla comarcal. CUARTO. Acompaño junto a la solicitud de admisión a las pruebas de selección, los siguientes documentos: Fotocopia del NIF o, en su caso, pasaporte Fotocopia de la titulación exigida en la convocatoria Justificante del pago de derecho de examen. Fotocopia del carnet de conducir clase D Fotocopia del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial para los conductores de vehículos destinados al transporte por carretera de viajeros. Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen a efectos de valoración en la fase de concurso Por lo expuesto, SOLICITA Que se admita esta solicitud para las pruebas de selección de personal referenciada y declaro bajo mi responsabilidad ser ciertos los datos que se consignan. En __________________, a _____ de __________ de 20__. (Firma del solicitante) ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA COMARCA DEL BAJO/BAIX CINCA De acuerdo con la LO 15/1999, de Protección de Datos Personales, le informamos que los datos contenidos en el presente documento serán almacenados en el fichero de Registro de entradas, titularidad de la Comarca del Bajo Cinca, con la finalidad de controlar la presentación de documentos. Asimismo, le informamos de la posibilidad que Ud. tiene de ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, en relación a sus datos personales, en los términos establecidos por la Agencia Española de Protección de Datos Personales. Sus datos no serán cedidos a terceros. 6206 CSVC37G4D76BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ANEXO II ANEXO II PROGRAMA -Características y necesidades de las personas en situación de dependencia - Planificación y control de las intervenciones - Atención y apoyo psicosocial. - Apoyo a la comunicación. - Movilización de personas con capacidades reducidas. - Relaciones en el equipo de trabajo - Conducción racional y segura - Mantenimiento básico de los vehículos. - Servicio de transporte de viajeros 6207 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSVC37G4D76BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA GOBIERNO DE ARAGÓN SERVICIO PROVINCIAL DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN 2759 ANUNCIO del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa de instalación eléctrica en SABIÑANIGO, expediente AT-56/2016 A los efectos previstos en el artículo 39 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre del Sector Eléctrico y el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 30/1992, se somete a información pública la siguiente solicitud de autorización de instalación eléctrica. Peticionario: ENERGIAS DE ARAGON I, S.L.U..- C/ San Miguel, 10.- ZARAGOZA Finalidad: mejorar el suministro eléctrico en el T.M. de Sabiñánigo (Huesca). Tipo de instalación: Extensión natural financiada por empresa de distribución. Características: Reforma del C.T. "CRT. BIESCAS (Z07526)", situado en el Polígono Industrial s/n de Sabiñánigo, de tipo caseta en planta de obra aislada, con 1 transformador, de 400 kVA de potencia, preparado para 630 kVA existente. Sustitución de la aparamenta de corte al aire por 2 celdas de línea y una de protección con aislamiento SF6 y un telemando. Se realizarán nuevas conexiones con las nuevas celdas. Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán examinar el proyecto y en su caso, presentar sus alegaciones, por duplicado, en este Servicio Provincial de Huesca, sito en Plaza Cervantes nº 1 (Edificio de servicios múltiples), durante el plazo de veinte días. Huesca, 27 de mayo de 2016. La Directora del Servicio Provincial, Marta P. Rodríguez Vicente 6208 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSV431I4D74BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA GOBIERNO DE ARAGÓN SERVICIO PROVINCIAL DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN 2760 ANUNCIO ANUNCIO del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa de instalación eléctrica en GAVIN, T.M. DE BIESCAS, expediente AT-55/2016 A los efectos previstos en el artículo 39 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre del Sector Eléctrico y el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 30/1992, se somete a información pública la siguiente solicitud de autorización de instalación eléctrica. Peticionario: ENERGIAS DE ARAGON I, S.L.U..- C/ San Miguel, 10.- ZARAGOZA Finalidad: mejorar el suministro eléctrico en Gavín T.M. de Biescas (Huesca). Tipo de instalación: Extensión natural financiada por empresa de distribución. Características: Reforma C.T. "GAVIN (Z08746)", situado en la C/ Única 100C de Gavín, de tipo obra civil en edificio aislado tipo terreón, con 1 transformador, de 400 kVA de potencia, preparado para 630 kVA existente. Sustitución de aparamenta de aire por 3 celdas de línea y una de protección con aislamiento SF6 y un telemando. Se realizarán 2 conversiones aéreo-subterráneas y las conexiones con las nuevas celdas, de 0,052 km de longitud y conductores RH5Z1 12/20 kV de 3x1x240 mm2 Al y 3x1x95 mm2 Al. Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán examinar el proyecto y en su caso, presentar sus alegaciones, por duplicado, en este Servicio Provincial de Huesca, sito en Plaza Cervantes nº 1 (Edificio de servicios múltiples), durante el plazo de veinte días. Huesca, 27 de mayo de 2016. La Directora del Servicio Provincial, Marta P. Rodríguez Vicente 6209 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSVW38L4D78BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA GOBIERNO DE ARAGÓN SERVICIO PROVINCIAL DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN 2761 ANUNCIO del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa de instalación eléctrica en FORMIGAL, expediente AT-54/2016 A los efectos previstos en el artículo 39 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre del Sector Eléctrico y el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 30/1992, se somete a información pública la siguiente solicitud de autorización de instalación eléctrica. Peticionario: ENERGIAS DE ARAGON I, S.L.U..- C/ San Miguel, 10.- ZARAGOZA Finalidad: mejorar el suministro eléctrico en el T.M. de Formigal (Huesca). Tipo de instalación: Extensión natural financiada por empresa de distribución. Características: Reforma del C.T. "ALMONSA FORMIGAL (Z08158)", situado en el Edificio Almonsa, Av/ Huesca nº 6 en Formigal, de tipo obra civil, con 1 transformador, de 400 kVA de potencia, preparado para 630 kVA existente, por el cambio de la aparamenta de corte en aceite y al aire por 3 celdas de línea y una de protección con aislamiento SF6 y un telemando. Se realizarán las conexiones entre las líneas existentes y las nuevas celdas. Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán examinar el proyecto y en su caso, presentar sus alegaciones, por duplicado, en este Servicio Provincial de Huesca, sito en Plaza Cervantes nº 1 (Edificio de servicios múltiples), durante el plazo de veinte días. Huesca, 27 de mayo de 2016. La Directora del Servicio Provincial, Marta P. Rodríguez Vicente 6210 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSVO39O4D78BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA GOBIERNO DE ARAGÓN SERVICIO PROVINCIAL DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN 2762 ANUNCIO ANUNCIO del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa de instalación eléctrica en FORMIGAL, T.M. DE SALLENT DE GALLEGO, expediente AT-58/2016 A los efectos previstos en el artículo 39 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre del Sector Eléctrico y el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 30/1992, se somete a información pública la siguiente solicitud de autorización de instalación eléctrica. Peticionario: ENERGIAS DE ARAGON I, S.L.U..- C/ San Miguel, 10.- ZARAGOZA Finalidad: mejorar el suministro eléctrico en Formigal, T.M. de Sallent de Gállego (Huesca). Tipo de instalación: Extensión natural financiada por empresa de distribución. Características: Reforma del C.D. "FRONTON (Z08154)", de tipo obra civil en edificio aislado, con 1 transformador, de 400 kVA de potencia, preparado para 630 kVA existente. Sustitución de la aparamenta de corte al aire por 3 celdas de línea y una de protección con aislamiento SF6 y telemando. Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán examinar el proyecto y en su caso, presentar sus alegaciones, por duplicado, en este Servicio Provincial de Huesca, sito en Plaza Cervantes nº 1 (Edificio de servicios múltiples), durante el plazo de veinte días. Huesca, 27 de mayo de 2016. La Directora del Servicio Provincial, Marta P. Rodríguez Vicente 6211 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSVG34R4D77BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIOS MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO COMISARÍA DE AGUAS 2763 NOTA-ANUNCIO REF.: 2015-S-483 D. Antonio López Sanjuan ha solicitado la autorización cuyos datos y circunstancias se indican a continuación: CIRCUNSTANCIAS: Solicitante: ANTONIO LÓPEZ SANJUAN Objeto: AUTORIZACIÓN VERTIDO AGUAS RESIDUALES PROCEDENTES DE UNA VIVIENDA CON BAR-MERENDERO. Cauce: BARRANCO DEL MONTE (RÍO SORROSAL) Término Municipal del Vertido: TORLA-ORDESA (HUESCA) Se trata del vertido, al barranco del Monte, de las aguas residuales procedentes de un barmerendero en Linás de Broto (Huesca), actualmente en construcción, cuyo caudal de vertido ascenderá a 2 m3/día y 156 m3/año, tras ser depurado en decantador-digestor con filtro biológico, así como un separador de grasas previo para las aguas residuales de la cocina. Lo que se hace público para general conocimiento y para que quienes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del Ebro, durante el plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a cuyo efecto el expediente estará de manifiesto en la Confederación Hidrográfica del Ebro, Pº de Sagasta 26-28, Zaragoza, en horas hábiles de oficina. Zaragoza, 27 de mayo de 2016. El Comisario de aguas, P.D. El Comisario adjunto, Francisco José Hijós Bitrián 6212 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSV838T4D71BFEOANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIOS MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO DIRECCIÓN TÉCNICA 2764 NOTA-ANUNCIO Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Ebro por el que se somete a Información Pública el “Proyecto 07/15 de optimización energética del embalse de San Salvador: Tubería de conexión de los desagües de fondo con el canal de Zaidín. Términos municipales de Albalate de Cinca y Belver de Cinca (Huesca)” y la relación de bienes y derechos afectados por las obras. Clave: 09.259-0449/2111 El referido Proyecto es promovido por la Sociedad Estatal Aguas de las Cuencas de España, Sociedad anónima (ACUAES). La actuación “Embalse de San Salvador” se encuentra declarada de interés general al estar incluida en el Anexo II “Listado de inversiones” de la Ley 10/2001, de 5 de Julio, del Plan Hidrológico Nacional. También la actuación Embalse de San Salvador y la de Modernización del Canal de Aragón y Cataluña, se encuentran en el Anejo de inversiones del Plan Hidrológico Nacional (Ley 10/2001, de 5 de julio), posteriormente modificado por la Ley 11/2005, de 22 de junio. Su mejora energética es una subactuación de este proyecto y en ella se contempla la conexión del tercer conducto de la galería de los desagües de fondo del embalse con el Canal de Zaidín a la altura del punto kilométrico 28, canal que forma parte del Canal de Aragón y Cataluña. En el Convenio de Gestión Directa entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Sociedad Estatal Aguas de las Cuencas de España, Sociedad anónima, firmado el 30 de junio de 2014, se incluye en el epígrafe A.2.01.2 la actuación objeto de este proyecto “Mejoras de optimización energética de la explotación del embalse de San Salvador”. En dicho Convenio viene caracterizada la reserva competencial que para sí hace el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en lo referente a la expropiación de los bienes y derechos para la ejecución de las obras implicadas en el mismo declaradas de interés general, ostentando la Sociedad Estatal la condición de beneficiaria. El 23 de Marzo de 2015 el Servicio de Coordinación Ambiental de la Dirección General del Agua, resolvió que la actuación propuesta no requiere tramitarse conforme a los procedimientos de evaluación de impacto ambiental al no formar parte del ámbito de aplicación regulado en el artículo 7 de la Ley 21/2013. Con fecha 10 de febrero de 2016 la Dirección General del Agua resolvió autorizar a la Confederación Hidrográfica del Ebro a incoar el expediente de información pública del “Proyecto 07/15 de optimización energética del embalse de San Salvador: Tubería de conexión de los desagües de fondo con el canal de Zaidín. Términos municipales de Albalate de Cinca y Belver de Cinca (Huesca).” de los bienes y derechos afectados por las obras. 1. Objeto del Proyecto El objeto del proyecto es la construcción de la tubería de conexión entre el tercer conducto de la galería de desagües de fondo del embalse de San Salvador con el canal de Zaidín, así como los elementos necesarios de regulación de caudales y un edificio de regulación. Con la construcción de esta conducción, se reducirán las necesidades de consumo energético, y con ello la factura eléctrica, para alimentar el canal de Zaidín desde el embalse de San Salvador. 6213 CSV043WQDM9B1EGANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 2. Descripción del Proyecto El proyecto comprende las siguientes infraestructuras: · Tubería de conexión: entre el tercer conducto existente en la galería de desagües de fondo del embalse de San Salvador y el canal de Zaidín a la altura del punto kilométrico 28, con una longitud total de 9.690,01 metros y DN 1.800, a presión. Al llegar al Edificio de regulación se bifurca en 2 conductos de DN 800. · Edificio de regulación: formado por una casa de válvulas, de 10,70 x 18,72 x 7 metros, donde se alojan los equipos eléctricos, válvula de mariposa de DN 1.200, 2 válvulas de compuerta deslizante circulares DN 800 tipo Bureau, un canal de restitución y un cajón curvo situado en el punto kilométrico final de la tubería de conexión, justo antes de la entrega al canal de Zaidín. · Válvulas: todas las ventosas, desagües y válvulas de seccionamiento que garanticen el correcto funcionamiento de la tubería de conexión, así como dos válvulas Howell-Bunger o de “chorro hueco” finales, fuera del edificio de regulación, que regulan caudales, rompen carga y alivian el agua al canal de restitución. El Presupuesto Base de Licitación, asciende a 14.675.793,34 euros. 3. Conclusión Por eso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2 de la Ley de Expropiación Forzosa en aplicación conjunta con el artículo 17 del Reglamento de Expropiación Forzosa, se hace público para general conocimiento y se somete a Información Pública el “Proyecto 07/15 de optimización energética del embalse de San Salvador: Tubería de conexión de los desagües de fondo con el canal de Zaidín. Términos municipales de Albalate de Cinca y Belver de Cinca (Huesca)” y la relación de bienes y derechos afectados por las obras a fin de que cuantos puedan considerarse interesados o afectados por las obras del proyecto formulen por escrito sus alegaciones ante esta Confederación Hidrográfica del Ebro, en el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta NotaAnuncio en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca. A efectos del cómputo de dicho plazo se tendrá en cuenta la fecha de publicación más tardía. A tal fin, la documentación consistente en el Proyecto y la relación de bienes y derechos afectados que forma parte del Proyecto como Anejo número 14 a la Memoria (Expropiaciones y servidumbres), estará expuesta al público durante el plazo indicado en horas hábiles, en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Ebro en Zaragoza, Paseo de Sagasta, 24-28 y en los Ayuntamientos de Albalate de Cinca y Belver de Cinca (Huesca). Todas las entidades y particulares interesados podrán dirigir a la Confederación Hidrográfica del Ebro, por escrito, las alegaciones y observaciones que estimen pertinentes dentro del plazo indicado. En todo escrito se hará constar el nombre, apellidos, documento nacional de identidad, domicilio, localidad del reclamante o cuando las reclamaciones se realicen en nombre de una entidad (Ayuntamiento, Comunidad, Asociación) deberá acreditarse documentalmente el cargo o representación de quien encabece. Zaragoza, 20 de mayo de 2016. El Director Técnico, P.A., El Director Adjunto Jefe de Explotación, Alfonso Mariscal de Gante López 6214 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSV043WQDM9B1EGANBOP 16 Junio 2016 Boletín Oficial de la Provincia de Huesca Nº 114 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUNTAS ELECTORALES JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE JACA 2765 EDICTO En virtud de lo acordado en sesión de 14 de junio de 2016 ha sido constituida definitivamente esta Junta Electoral de Zona de Jaca, integrada por los siguientes miembros: PRESIDENTE: D. SANTIAGO MANUEL BELTRÁN MONFORTE VOCALES JUDICIALES: Dª MARIA ESTUDILLO SEBASTIÁN Dª PILAR GRACIA LACASTA VOCALES NO JUDICIALES: D. JOSÉ LUIS LALAGUNA LÓPEZ Dª MARÍA DOLORES DEL VAL ESTEBAN SECRETARIA: Dª ISABEL LABRADOR GIMENO Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, expido el presente en Jaca, a 14 de junio de 2016. La Secretaria de la Junta Electoral de Zona de Jaca 6215 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) CSVS48ZQDM9B1EGANBOP