Boletín Oficial - Diputación Provincial de Huesca

Transcripción

Boletín Oficial - Diputación Provincial de Huesca
Boletín Oficial
Provincia de Huesca
Número 114
Jueves, 16 de Junio de 2016
Sumario
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA
......................................................................................................................................................
2745
CONTRATACIÓN
2746 OBRAS PUBLICAS Y PATRIMONIO
......................................................................................................................................................
2747 RECURSOS HUMANOS
......................................................................................................................................................
2748 RECURSOS HUMANOS
......................................................................................................................................................
2749 TESORERÍA - RECAUDACION DE TRIBUTOS - SERVICIOS CENTRALES
......................................................................................................................................................
6143
6145
6146
6153
6161
AYUNTAMIENTOS
......................................................................................................................................................
2750
AYUNTAMIENTO DE HUESCA - SECRETARÍA
2751 AYUNTAMIENTO DE HUESCA - SECRETARÍA
......................................................................................................................................................
2752 AYUNTAMIENTO DE ALTORRICÓN
......................................................................................................................................................
2753 AYUNTAMIENTO DE CASTEJÓN DEL PUENTE
......................................................................................................................................................
2754 AYUNTAMIENTO DE EL GRADO - LO GRAU
......................................................................................................................................................
2755 AYUNTAMIENTO DE LOARRE
......................................................................................................................................................
2756 AYUNTAMIENTO DE SAHÚN
......................................................................................................................................................
6164
6165
6167
6168
6169
6170
6171
COMARCAS
......................................................................................................................................................
2757
COMARCA DE SOMONTANO DE BARBASTRO
6180
2758 COMARCA DEL BAJO CINCA/BAIX CINCA
......................................................................................................................................................
6199
ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
GOBIERNO DE ARAGÓN
......................................................................................................................................................
2759
SERVICIO PROVINCIAL DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN
2760 SERVICIO PROVINCIAL DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN
......................................................................................................................................................
2761 SERVICIO PROVINCIAL DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN
......................................................................................................................................................
2762 SERVICIO PROVINCIAL DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN
......................................................................................................................................................
6208
6209
6210
6211
ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
MINISTERIOS
......................................................................................................................................................
2763
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE ......................................................................................................................................................
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO - COMISARÍA DE AGUAS
6212
2764 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE ......................................................................................................................................................
......................................................................................................................................................
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO - DIRECCIÓN TÉCNICA
6213
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUNTAS ELECTORALES
2765 JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE JACA
......................................................................................................................................................
6215
DEPÓSITO LEGAL: HU-1/1958
CSV4287YTB2D7B4BOBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA
CONTRATACIÓN
2745
ANUNCIO
La Presidencia de esta Corporación, mediante Decreto núm. 1505, de fecha 9 de junio de
2016, ha resuelto lo siguiente, cuyo texto se transcribe íntegramente:
“Examinado el expediente del Servicio de Secretaría, -Clase Servicios, año 2016, núm. 65relativo a la prórroga del Acuerdo Marco de los “servicios postales y telegráficos para la
Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus Organismos Autónomos y
restantes entes del Sector Público Autonómico y Local adheridos (Expte. SCC 27/2014),
para el período comprendido entre el 10 de junio de 2016 y el 1 de octubre de 2016.
Vistos:
Primero. El contrato formalizado entre la Diputación Provincial de Huesca y la Sociedad
Estatal Correos y Telégrafos, S.A., con fecha 28 de julio de 2015, relativo al Acuerdo Marco
de los “servicios postales y telegráficos para la Administración de la Comunidad Autónoma
de Aragón, sus Organismos Autónomos y restantes entes del Sector Público Autonómico y
Local adheridos” (Expte. SCC 27/2014).
Segundo. La Orden del Consejero de Hacienda y Administración Pública, de fecha 30 de
mayo de 2016, por la que se aprueba la prórroga del Acuerdo Marco de los “Servicios
postales y telegráficos para la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus
Organismos Autónomos y restantes entes del Sector Público Autonómico y Local adheridos
(Expte. SCC 27/2014), formalizado el 10 de junio de 2015 entre el Departamento de
Hacienda y Administración Pública y la empresa Sociedad Estatal Correos y telégrafos S.A.
Teniendo en cuenta que en el contrato suscrito entre la Diputación Provincial de Huesca y la
empresa Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A. había prevista una posible prórroga
por un período igual o inferior al inicial, según lo previsto en la cláusula 2.1.9. del pliego de
cláusulas administrativas particulares.
Esta Presidencia, en uso de las facultades que le confiere la Disposición Adicional 2ª del
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y disposiciones concordantes,
RESUELVE
Primero. Aprobar la prórroga, de 10 de junio de 2016 a 1 de octubre de 2016, ambos
inclusive, del contrato derivado del Acuerdo Marco de los “servicios postales y telegráficos
para la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus Organismos Autónomos
y restantes entes del Sector Público Autonómico y Local adheridos” (Expte. SCC 27/2014),
formalizado entre la Diputación Provincial de Huesca y la empresa Sociedad Estatal Correos
y Telégrafos S.A., de 28 de julio de 2015, con estricta sujeción al Acuerdo Marco 27/2014,
formalizado entre el Departamento de Hacienda y Administración Pública del Gobierno de
Aragón y esa sociedad, con fecha 10 de junio de 2015.
Segundo. No procede la revisión de precios, de conformidad con la cláusula 2.5.9. del
pliego de cláusulas administrativas particulares.
Tercero. El gasto correspondiente se abonará como se detalla a continuación:
6143
CSV829FYCB4B7E4ANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
Ejercicio 2016: aplicación presupuestaria núm. 91-9200-22201, documento RC núm.
2016.2.0007333.000, por importe de 16.958,33, IVA incluido.
Ejercicio 2016: aplicación presupuestaria núm. 22-9320-22201, documento RC núm.
2016.2.0007333.000, por importe de 107.916,66, IVA incluido.
Ejercicio 2016: aplicación presupuestaria núm. 41-3300-22201, documento RC núm.
2016.2.0007333.000, por importe de 3.083,33, IVA incluido.
Ejercicio 2016: aplicación presupuestaria núm. 43-9200-22201, documento RC núm.
2016.2.0000690.000, por importe de 1.695,83, IVA incluido.”
Huesca, 13 de junio de 2016. El Presidente
6144
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSV829FYCB4B7E4ANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA
OBRAS PUBLICAS Y PATRIMONIO
2746
Anuncio de Exposición Pública de Proyecto
Por Decreto de Presidencia n.º 1508 de fecha 10 de junio de 2016, se ha aprobado
inicialmente el proyecto de la obra que a continuación se cita: "Modificado nº1 del proyecto
de acceso desde la N-260 a Allué” (TM Sabiñánigo), por un importe de 354.650,77 €, IVA
74.476,66 €, que hacen un total de 429.127,43 €.
El citado documento técnico queda expuesto al público durante 15 días, en cumplimiento del
art. 345 del Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se
aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales
de Aragón (BOA n.º 139, de 25 de noviembre de 2002), plazo durante el cual los
interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Transcurrido el período de información pública sin haberse presentado reclamaciones se
entenderá aprobado definitivamente.
Huesca, 10 de junio de 2016. El Presidente, Miguel Gracia Ferrer
6145
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSV025IYCB5B7E4ANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA
RECURSOS HUMANOS
2747
ANUNCIO
Se hace público, para conocimiento de los interesados que esta Presidencia por Decreto
núm. 1555, de 13 de junio de 2016, ha dispuesto aprobar las bases de la convocatoria para
la selección, mediante concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, de dos
plazas de Técnico de Gestión, según el siguiente detalle:
BASES DE LA CONVOCATORIA, PARA LA SELECCION,
MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, DE DOS PLAZAS DE TECNICO DE
GESTION, POR EL SISTEMA DE PROMOCIÓN INTERNA, VACANTES EN LA
PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE LA DIPUTACION PROVINCIAL DE
HUESCA
Primera.- Objeto de la convocatoria.- La provisión, mediante concurso-oposición, por el
sistema de promoción interna, de dos plazas de Técnico de Gestión, encuadradas en la
Escala de Administración General, Subescala de Gestión, Grupo A, Subgrupo A2.
Dichas plazas están dotadas con una retribución anual íntegra, correspondiente al ejercicio
2016, de 30.579,82€
Segunda.- Condiciones de los aspirantes.- Para tomar parte en este concurso-oposición
será necesario:
a) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario o equivalente, o en condiciones
de obtenerlo en el momento de finalización del plazo de presentación de instancias.
b) Ser funcionario de carrera, en situación de servicio activo, de esta Diputación Provincial,
perteneciendo a la Escala de Admón. General, Subescala Administrativa, Categoría
Administrativo de Admón. General, o a la Escala de Admón. Especial, Subescala de
Servicios Especiales, Clase de Plazas de Cometidos Especiales, categoría Administrativo
de Recaudación (declarada a extinguir), y contar, como mínimo, con dos años de servicios
en la misma.
Tercera.- Instancias.- Las instancias solicitando tomar parte en el concurso-oposición, en las
que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones
exigidas en la base segunda y se comprometen a jurar o prometer acatamiento a la
Constitución española, se dirigirán al Presidente de la Diputación Provincial de Huesca
acompañadas de los justificantes de los méritos a valorar en la fase de concurso,
acreditados de la forma establecida en la base novena o la remisión al expediente personal
en la fase de concurso, siempre que consten en dicho expediente los correspondientes
justificantes.
Las instancias se presentarán en esta Diputación Provincial durante el plazo de veinte días
naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca publicado el anuncio de la
convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, que recogerá las fechas en las que hayan
sido publicadas las bases íntegras en el B.O. de la Provincia y en el Boletín Oficial de
Aragón.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley
30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
La presentación de la instancia implica, a los efectos previstos en la Ley 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el consentimiento de los afectados
para su inclusión en el Fichero de Personal de esta entidad local, cuya finalidad es la
derivada de la gestión del área de recursos humanos, siendo obligatoria su
cumplimentación, disponiendo de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y
6146
CSVS28LYCB6B7E4ANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
oposición en los términos previstos en la legalidad vigente, y siendo responsable del fichero
el Presidente de la Diputación Provincial de Huesca. Dicho fichero se encuentra inscrito en
el Registro General de Protección de Datos.
Cuarta.- Admisión de instancias.- Terminado el plazo de presentación de instancias, el
Presidente dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista provisional
de los aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la
Provincia y será expuesta en el tablón de edictos de la entidad local, concediéndose un
plazo de diez días hábiles para subsanación.
En el supuesto de presentarse reclamaciones, serán aceptadas o rechazadas en la
resolución por la que se aprueba la lista definitiva que será hecha pública, asimismo, de la
forma indicada, efectuándose, al mismo tiempo el nombramiento de los miembros del
Tribunal, concretando qué vocal actuará como Secretario, junto con el señalamiento del
lugar, día y hora de celebración del primer ejercicio, con una antelación no inferior a quince
días al comienzo de la prueba.
Quinta.- Tribunal seleccionador.- El Tribunal seleccionador será designado por el Presidente
ajustándose a los principios de imparcialidad y profesionalidad y se tenderá a la paridad
entre hombres y mujeres. Estará constituido de la siguiente forma, además de por los
respectivos suplentes:
- Presidente, a propuesta del Servicio.
- Cuatro vocales (de los cuales, uno actuará de Secretario):
. Uno designado a propuesta de la Diputación General de Aragón
. Uno a propuesta de la Universidad de Zaragoza
. Uno a propuesta de la Junta de Personal
. Uno a propuesta del Servicio
La pertenencia al Tribunal de sus miembros será a título individual. Dicho Tribunal deberá
ajustarse en su actuación a los principios de independencia y discrecionalidad técnica.
Podrán asistir Asesores técnicos, con voz y sin voto, cuya designación y actuación deberá
ajustarse a los mismos principios que los miembros del Tribunal.
Podrán asistir, asimismo, sin voz y sin voto, un representante por cada una de las Centrales
Sindicales presentes en la Mesa General de Negociación, quienes podrán, en su caso,
manifestar por escrito las irregularidades de carácter formal o procedimental que, a su juicio,
consideren que han podido producirse durante el procedimiento.
El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus
miembros, titulares o suplentes, indistintamente.
Los miembros del tribunal y los asesores técnicos, en su caso, habrán de abstenerse de
intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos,
cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.
Sexta.- Comienzo y desarrollo del concurso-oposición.- Para establecer el orden en que
habrán de actuar los opositores en aquellos ejercicios que no puedan realizarse
conjuntamente, se verificará un sorteo público, realizado en su presencia, una vez iniciado
el concurso-oposición.
Los ejercicios de la oposición no podrán comenzar hasta transcurridos, al menos, tres
meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado.
Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de
fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.
Una vez convocadas las pruebas, no será obligatorio publicar, en su caso, los sucesivos
anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia, de los restantes ejercicios, haciéndolos
públicos en el tablón de anuncios de la Diputación Provincial de Huesca.
Séptima.- Fase de Oposición.- Los aspirantes realizarán dos ejercicios de carácter
obligatorio y eliminatorio:
6147
CSVS28LYCB6B7E4ANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito en un tiempo máximo de tres horas, a
dos temas extraídos al azar de entre los figuran en el anexo a la convocatoria.
El tribunal podrá determinar que este ejercicio sea leído públicamente, pudiendo formular
preguntas aquél a los aspirantes sobre los temas expuestos.
Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar, por escrito, durante un período máximo de
cuatro horas, uno o varios supuestos prácticos, sobre materias directamente relacionadas
con las funciones a desempeñar en la plaza objeto de la presente convocatoria.
Durante el desarrollo de esta prueba, los aspirantes podrán en todo momento hacer uso, en
su caso, de calculadora y de los textos legales de que vengan provistos.
En este ejercicio se valorará la sistemática en el planteamiento y formulación de
conclusiones y el conocimiento y adecuada explicación de la normativa vigente.
Podrán realizarse conjuntamente, en una misma sesión, más de un ejercicio de la fase de
oposición.
Octava.- Calificación de la fase de oposición.- Los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y
serán calificados cada uno de ellos con un máximo de diez puntos, siendo necesario para
aprobar un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos.
El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del tribunal, en cada uno
de los ejercicios obligatorios, será de 0 a 10. Las calificaciones de cada ejercicio se
adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del tribunal y
dividiendo el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación
obtenida.
Las calificaciones se harán públicas en el mismo día en que se acuerden y serán expuestas
en el Tablón de Edictos de la Diputación Provincial de Huesca.
La puntuación total obtenida en la fase de oposición se traducirá sobre 100 puntos,
multiplicándose, a estos efectos, por 10.
Novena.- Fase de concurso.- De conformidad con lo dispuesto en el vigente Acuerdo
regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario, la fase de concurso se
valorará según el siguiente detalle:
1. FASE DE CONCURSO (máximo de 60 puntos)
a) Tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas (máximo de 30
puntos)
Trabajo desarrollado en la Administración Pública en cometidos similares a los de plaza
convocada, a razón de 2 puntos por año trabajado. Los períodos inferiores a uno año se
computarán proporcionalmente por meses.
Para convocatorias de plazas de tipo técnico se podrá valorar igualmente el trabajo
desarrollado en el ejercicio profesional fuera del ámbito de la Administración Pública, a
razón de un punto por año. Los períodos inferiores a un año se computarán
proporcionalmente por meses.
b) Titulaciones académicas (máximo de 15 puntos)
Se valorarán las titulaciones académicas que sean de igual o superior nivel al exigido por el
grupo de titulación al que se opta, al margen de la exigida como requisito de participación,
conforme al siguiente baremo y hasta un máximo de 15 puntos:
- Título de doctor: 15 puntos por cada título.
- Licenciado/a universitario/a o título de grado: 13 puntos por cada título.
- Diplomado/a universitario/a o equivalente(además de la exigida): 10 puntos por cada título.
En la promoción del subgrupo C1 al subgrupo A2, sólo se tendrán en cuenta las titulaciones
directamente relacionadas con la plaza.
6148
CSVS28LYCB6B7E4ANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
En el supuesto de aportarse varias titulaciones en la misma materia se valorará
exclusivamente el nivel de titulación más alto, entendiendo incluido en él aquellas otras
titulaciones necesarias para su obtención.
c) Formación (máximo de 15 puntos)
Se valorarán las acciones formativas detalladas en la relación de puestos de trabajo. La
valoración se efectuará atendiendo al número total de horas de formación multiplicando la
suma de las mismas por un coeficiente de 0,01 puntos por hora de curso recibida y de 0,02
puntos por hora de curso impartida.
En el supuesto de acciones formativas en las que el interesado no acredite la duración de
las mismas, se computarán con una hora de formación.
Serán objeto de valoración los cursos de doctorado y aquellos que formen parte de un plan
de estudios para la obtención de una titulación académica, siempre que no se valore el título
correspondiente.
Todos los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias.
Los citados méritos deberán acreditarse como se detalla a continuación:
- Méritos profesionales: Certificación o copia de certificación donde conste categoría
profesional, Administración pública donde se han prestado los servicios y períodos.
- Titulación académica: Copia del título correspondiente, del abono de los derechos de su
expedición o de la certificación oficial que acredite estar en posesión de la misma.
- Formación: Copia de los diplomas de asistencia, donde se indique sobre qué materias
versa el curso, así como número de horas y centro de impartición.
El orden de calificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones
obtenidas en las fases de oposición y concurso.
Décima.- Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.- Una vez
terminadas las fases de oposición y concurso, el Tribunal publicará el nombre de los
aspirantes aprobados, no pudiendo rebasar el número de plazas convocadas, elevando
dicha propuesta a la Presidencia de la Corporación para que efectúe los correspondientes
nombramientos en el plazo de un mes desde la formulación de dicha propuesta, una vez
que hayan presentado en la entidad local, dentro del plazo de veinte días naturales,
contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, copia autenticada o fotocopia
compulsada de la titulación a que hace referencia la base segunda o justificante de haber
abonado los derechos para su expedición. Si este documento estuviera expedido después
de la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias, deberán justificar el
momento en que terminaron los estudios.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, los aspirantes propuestos no
presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos no podrán ser
nombrados, quedando anulada la propuesta de nombramiento, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando
tomar parte en la oposición.
En el supuesto de que alguno de los aspirantes propuestos renunciase a su nombramiento
o no presentase la documentación en plazo, se requerirá al Tribunal para que realice
relación complementaria del/los aspirante/s que siga/n al/los propuestos.
Presentada la documentación preceptiva por los aspirantes seleccionados y una vez
aprobada la propuesta por la Presidencia de la Corporación, los opositores nombrados
deberán tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar del siguiente al que sea
publicado el nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia. En el caso de no tomar
posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, quedará en situación de cesante.
Undécima.- Incidencias.- El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se
presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso-oposición, en
todo lo no previsto en estas bases.
6149
CSVS28LYCB6B7E4ANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
Duodécima.- En lo no previsto en estas bases, será de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público y, en lo que no se opongan o contradigan al mismo,
el Decreto 80/97, de 10 de junio, del Departamento de Presidencia y Relaciones
Institucionales del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión
de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de
la Comunidad Autónoma de Aragón, el R.D. 364/1995, de 10 de marzo por el que se
aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del
Estado y el R. D. 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los
programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios
de la Administración Local.
Décimotercera.- A los efectos previstos en el anexo IV del R. D. 462/2002, de 24 de mayo,
sobre indemnización por razón de servicio, se especifica que la categoría del órgano de
selección será la segunda.
Decimocuarta.- De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra las presentes bases, que son
definitivas en vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición
potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto o recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Huesca o
aquél en el que tenga su domicilio, a su elección, en el plazo de dos meses, a contar desde
el día siguiente a la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia. Si optara
por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso
administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio.
Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
ANEXO
Tema 1.- Las Entidades Locales. Organización, funcionamiento y competencias.
Tema 2.- La provincia. Especial referencia a las competencias de las diputaciones
provinciales y de sus órganos de gobierno.
Tema 3.- El municipio. Historia. Clases de Entes municipales en el Derecho español. El
término municipal. La población municipal. Consideración especial del vecino. El
empadronamiento municipal.
Tema 4.- Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos colegiados locales.
Tema 5.- Mancomunidades. Agrupaciones. Otras estructuras supramunicipales.
Tema 6.- La Comarca en Aragón.
Tema 7.- La Autonomía local.
Tema 8.- El personal de servicios de las Entidades Locales. Nacimiento y extinción de la
relación funcionarial. Contenido de la relación funcionarial. Deberes y derechos de los
funcionarios. Los derechos económicos. La Seguridad Social de los funcionarios.
Tema 9.- Comunidades Autónomas. Evolución histórica. Relaciones entre Estado,
Comunidades Autónomas y Administración Local. Organización política y administrativa de
las Comunidades Autónomas.
Tema 10.- Legislación sectorial aragonesa sobre espectáculos públicos, cultura (patrimonio
histórico-artístico, archivo, museos y bibliotecas) y bienestar social.
Tema 11.- La personalidad jurídica de la Administración Pública. Clases de personas
jurídicas públicas.
Tema 12.- Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes de Derecho
público. La Ley: Clases de leyes.
Tema 13.- La Unión Europea. Origen y evolución, Organización y competencias (los
objetivos Europa 2020). Los fondos estructurales (FEDER Y FSE). Incidencia en las
Corporaciones locales.
Tema 14.- Los objetivos de convergencia, competitividad y cooperación. La política de
desarrollo rural Leader.
Tema 15.- El Reglamento: Concepto y clases. Procedimiento de elaboración Límites de la
potestad reglamentaria y defensa contra los reglamentos ilegales. Instrucciones y circulares.
6150
CSVS28LYCB6B7E4ANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
Tema 16.- La posición jurídica de la Administración pública. Potestades administrativas.
Potestad discrecional y reglada.
Tema 17.- El administrado. Concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas
modificativas. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.
Tema 18.- El procedimiento administrativo. La Ley de Régimen Jurídico y de Procedimiento
Administrativo Común y su revisión. Principios y ámbito de aplicación.
Tema 19.- Dimensión temporal del procedimiento. Recepción y registro de documentos. El
interesado y su representación. Comunicaciones y notificaciones.
Tema 20.- Las fases de procedimiento administrativo general. La obligación de resolver. El
silencio administrativo.
Tema 21.- La eficacia de los actos administrativos y su condicionamiento. Ejecutividad y
suspensión. La ejecución de los actos administrativos.
Tema 22.- Las relaciones interadministrativas. Especial referencia a los convenios
interadministrativos.
Tema 23.- Los contratos del sector público local. Marco normativo. Ámbito subjetivo: sector
público. Ámbito objetivo: delimitación de los tipos contractuales, contratos sujetos a
regulación armonizada y contratos administrativos y privados. Negocios y contratos
excluidos.
Tema 24.- Elementos personales de la contratación local. Órgano competente para
contratar. El empresario contratista; condiciones de aptitud para contratar: capacidad de
obrar, solvencia económica y técnica y prohibiciones para contratar.
Tema 25.- Tramitación de un expediente de contratación por una Administración pública
local. Fases de preparación y de adjudicación de los contratos. Formalización del contrato.
Tema 26.- Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos en la
Administración local. Modificación y resolución de los mismos.
Tema 27.- El servicio público. Evolución del concepto. Servicio público y prestaciones
administrativas. Los servicios públicos virtuales o impropios. Los modos de gestión del
servicio público. La gestión directa. El contrato de gestión de servicios públicos.
Tema 28.- El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión en los servicios
públicos. Consideración especial de la concesión. Las empresas municipales. Los
consorcios.
Tema 29.- Régimen jurídico de las subvenciones. La Ley General de Subvenciones y
legislación aragonesa. Regulación autónoma de las entidades locales. Planes Estrátegicos,
bases reguladoras. Procedimiento de concesión.
Tema 30.- El patrimonio privado de las Entidades públicas. La legislación del patrimonio del
Estado y legislación autonómica.
Tema 31. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.
Tema 32. La legislación sectorial relacionada con la ejecución de las obras públicas.
Régimen de autorizaciones con especial referencia a la normativa de evaluación y
protección del medio ambiental y a la normativa de protección del dominio público
hidráulico.
Tema 33.- La expropiación forzosa: concepto y naturaleza. Los sujetos; expropiante,
beneficiario y expropiado. El objeto de expropiación. La causa: la utilidad pública y el interés
social de la expropiación.
Tema 34- Los procedimientos expropiatorios y trámites con otras administraciones y
registros públicos
Tema 35.- La jurisdicción Contencioso-Administrativa. Naturaleza, extensión y límites.
Sistema de organización. Evolución histórica y régimen español vigente.
Tema 36.- El recurso contencioso-administrativo. Las partes. Actos impugnables.
Procedimiento general. La sentencia y su ejecución. Procedimientos especiales.
Tema 37.- La Organización administrativa. La potestad organizatoria. Los órganos
administrativos. Concepto y clases. Consideración especial de los órganos colegiados.
Tema 38.- La Administración del Estado. Órganos centrales. Consejo de Estado.
Administración periférica.
Tema 39.- Los ingresos públicos. Conceptos y clases.
Tema 40.- El presupuesto local. Contenido, aprobación, ejecución y liquidación. El gasto
público local.
6151
CSVS28LYCB6B7E4ANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
Tema 41.- Los bienes de las Entidades Locales. Régimen de utilización de los de dominio
público. El dominio público. Concepto y naturaleza. Bienes que lo integran. El régimen
jurídico del dominio público. Las mutaciones demaniales.
Tema 42.- Las licencias. Naturaleza jurídica. Régimen jurídico y procedimiento de
otorgamiento. El condicionamiento de las licencias.
Tema 43.- Imposición local autónoma.
Tema 44.- La legislación urbanística: situación actual en Aragón. Tipos de planes
urbanísticos. La clasificación del suelo. La ruína urbanística.
Tema 45.- Competencias locales en materia de vías de comunicación, circulación y
transporte. Especial referencia a las carreteras. Protección de la legalidad viaria y régimen
de autorizaciones.
Tema 46.- Competencias locales en materia de cultura, educación y deporte. Programa de
acción cultural en Aragón.
Tema 47.- La Ley Orgánica de Protección de Datos y legislación estatal y aragonesa en
materia de transparencia.
Tema 48.- Los derechos de propiedad intelectual.
Tema 49.- Salud laboral. Normativa de seguridad y salud en materia de obras de
construcción. La tramitación del Plan de Seguridad y Salud para la ejecución de obras
públicas.
Tema 50.- La ley de haciendas Locales. Principios inspiradores.
Tema 51.- El presupuesto local. Contenido, aprobación, ejecución y liquidación. El gasto
público local.
Huesca, 13 de junio de 2016. El Presidente, Miguel Gracia Ferrer
6152
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSVS28LYCB6B7E4ANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA
RECURSOS HUMANOS
2748
ANUNCIO
Se hace público, para conocimiento de los interesados que esta Presidencia por Decreto
núm. 1556, de 13 de junio de 2016, ha dispuesto aprobar las bases de laconvocatoria la
provisión, mediante concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, de una plaza
de Técnico Responsable de Telecomunicaciones y Sistemas , según el siguiente detalle:
BASES DE LA CONVOCATORIA, PARA PROVEER, MEDIANTE CONCURSOOPOSICION, POR EL SISTEMA DE PROMOCIÓN INTERNA, DE UNA PLAZA DE
TECNICO RESPONSABLE DE TELECOMUNICACIONES Y SISTEMAS (RPT NÚM. 315),
VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE LA DIPUTACIÓN
PROVINCIAL DE HUESCA
Primera.- Objeto de la convocatoria.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión,
mediante concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, de una plaza de Técnico
Responsable de Telecomunicaciones y Sistemas, encuadrada en la Escala de
Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase de plazas de cometidos
especiales, Grupo A, Subgrupo A1.
Dicha plaza está dotada con las retribuciones correspondientes al Grupo A, Subgrupo A1.
Segunda.- Condiciones de los aspirantes.- Para tomar parte en esta oposición será
necesario:
a) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente o en
condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
b) Ser funcionario de carrera, en situación de servicio activo, de esta Diputación Provincial,
perteneciendo a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales,
Clase de plazas de cometidos especiales, Subgrupo A2 y contar, como mínimo, con dos
años de servicios efectivos en la misma.
Tercera.- Instancias.- Las instancias solicitando tomar parte en el concurso-oposición, en las
que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones
exigidas en la base segunda y se comprometen a jurar o prometer acatamiento a la
Constitución española, se dirigirán al Presidente de la Diputación Provincial de Huesca.
Las instancias se presentarán en esta Diputación Provincial durante el plazo de veinte días
naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca publicado el anuncio de la
convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, que recogerá las fechas en las que hayan
sido publicadas las bases íntegras en el B.O. de la Provincia y en el Boletín Oficial de
Aragón.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley
30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
La presentación de la instancia implica, a los efectos previstos en la Ley 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el consentimiento de los afectados
para su inclusión en el Fichero de Personal de esta entidad local, cuya finalidad es la
derivada de la gestión del área de recursos humanos, siendo obligatoria su
cumplimentación, disponiendo de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y
oposición en los términos previstos en la legalidad vigente, y siendo responsable del fichero
el Presidente de la Diputación Provincial de Huesca.
Cuarta.- Admisión de instancias.- Terminado el plazo de presentación de instancias, el
Presidente dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista provisional
6153
CSVK26OYCB7B7E4ANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
de los aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la
Provincia y será expuesta en el tablón de edictos de la entidad local, concediéndose un
plazo de diez días hábiles para subsanación.
En el supuesto de presentarse reclamaciones, serán aceptadas o rechazadas en la
resolución por la que se aprueba la lista definitiva que será hecha pública, asimismo, de la
forma indicada, efectuándose, al mismo tiempo el nombramiento de los miembros del
Tribunal, concretando qué vocal actuará como Secretario, junto con el señalamiento del
lugar, día y hora de celebración del ejercicio, con una antelación no inferior a quince días al
comienzo de la prueba.
Quinta.- Tribunal seleccionador.- El Tribunal seleccionador será designado por el Presidente
ajustándose a los principios de imparcialidad y profesionalidad y se tenderá a la paridad
entre hombres y mujeres. Estará constituido de la siguiente forma, además de por los
respectivos suplentes:
- Presidente.
- Tres vocales
- Secretario.
La pertenencia al Tribunal de sus miembros será a título individual. Dicho Tribunal deberá
ajustarse en su actuación a los principios de independencia y discrecionalidad técnica.
Podrán asistir asesores técnicos, con voz y sin voto, cuya designación y actuación deberá
ajustarse a los mismos principios que los miembros del Tribunal.
Podrán asistir, asimismo, sin voz y sin voto, un representante por cada una de las Centrales
Sindicales presentes en la Mesa General de Negociación, quienes podrán, en su caso,
manifestar por escrito las irregularidades de carácter formal o procedimental que, a su juicio,
consideren que han podido producirse durante el procedimiento.
El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus
miembros, titulares o suplentes, indistintamente.
Los miembros del tribunal y los asesores técnicos, en su caso, habrán de abstenerse de
intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos,
cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.
Sexta.- Comienzo y desarrollo de la oposición.- El ejercicio de la oposición no podrá
comenzar hasta transcurridos, al menos, tres meses desde la fecha en que aparezca
publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Los opositores serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, salvo casos de
fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.
Una vez convocadas las pruebas, no será obligatorio publicar, en su caso, los sucesivos
anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia, de los restantes ejercicios, haciéndolos
públicos en el tablón de anuncios de la Diputación Provincial de Huesca.
Séptima.- Fase de Oposición.- Los aspirantes realizarán un ejercicio de carácter obligatorio
y eliminatorio, dividido en dos partes, sobre el contenido del programa anexo a la
convocatoria, que consistirá en desarrollar por escrito, durante un periodo máximo de cuatro
horas un total de cuatro temas del temario que figura como anexo de sta convocatoria, con
el siguiente detalle:
- Parte general: un tema de entre dos, extraídos al azar, de la parte general del temario.
- Parte específica: tres temas de entre cuatro, extraídos al azar, de la parte específica del
temario.
El Tribunal podrá determinar que el ejercicio sea leído por los aspirantes y asimismo
plantear las preguntas que consideren oportunas.
Octava.- Calificación de la fase de oposición.- El ejercicio será calificado con un máximo de
diez puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de cinco puntos. Cada pregunta
tendrá un valor que se obtendrá de dividir 10 entre el número de preguntas de la prueba.
Las calificaciones se harán públicas en el mismo día en que se acuerden y serán expuestas
en el Tablón de Edictos de la Diputación Provincial de Huesca.
6154
CSVK26OYCB7B7E4ANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
Novena.- De conformidad con lo dispuesto en el vigente Acuerdo regulador de las
condiciones de trabajo del personal funcionario de la Diputación Provincial de Huesca, se
valorarán los méritos acreditados por los aspirantes según el siguiente detalle:
A) FASE DE CONCURSO (máximo de 60 puntos).
a)Tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas (máximo de 30
puntos):
Trabajo desarrollado en la Administración pública en cometidos similares a los de la plaza
convocada, a razón de 2 puntos por año trabajado. Los periodos inferiores a un año se
computarán proporcionalmente por meses.
b) Titulaciones Académicas (máximo de 15 puntos).
Se valorarán las titulaciones académicas que sean de igual o superior nivel al exigido para
el grupo de titulación al que se opta, al margen de la exigida como requisito de participación,
conforme al siguiente baremo y hasta un máximo de 15 puntos:
- Título de Doctor: 15 puntos por cada título.
- Licenciado/a Universitario/a o Título de Grado: 13 puntos por cada título.
- Diplomado/a Universitario/a o equivalente: 10 puntos por cada título.
- Técnico Superior (Formación Profesional) o equivalente: 5 puntos por cada título.
- Bachiller Superior o equivalente: 3 puntos por cada título.
En el supuesto de aportarse varias titulaciones en la misma materia se valorará
exclusivamente el nivel de titulación más alto, entendiendo incluido en él aquellas otras
titulaciones necesarias para su obtención.
c) Formación (máximo de 15 puntos)
Se valorarán las acciones formativas detalladas en la relación de puestos de trabajo. La
valoración se efectuará atendiendo al número total de horas de formación multiplicando la
suma de las mismas por un coeficiente de 0,01 puntos por hora de curso recibida y de 0,02
puntos por hora de curso impartida, hasta un máximo de 15 puntos.
En el supuesto de acciones formativas en las que el interesado no acredite la duración de
las mismas, se computarán como una hora de formación.
Serán objeto de valoración los cursos de doctorado y aquellos que formen parte de un plan
de estudios para la obtención de una titulación académica, siempre que no se valore el título
correspondiente.
Todos los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias.
Los citados méritos deberán acreditarse como se detalla a continuación:
- Prestación de servicios: Certificación o copia de certificación donde conste categoría
profesional, Administración pública donde se han prestado los servicios y períodos.
- Titulación académica: Copia del título correspondiente, del abono de los derechos de su
expedición o de la certificación oficial que acredite estar en posesión de la misma.
- Formación: Copia de los diplomas de asistencia, donde se indique sobre qué materias
versa el curso, así como número de horas y centro de impartición.
El orden de calificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones
obtenidas en las fases de oposición y concurso.
decima.- Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.- Una vez
terminada la fase de oposición y concurso, el Tribunal publicará el nombre del aspirante
6155
CSVK26OYCB7B7E4ANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
aprobado, no pudiendo rebasar el número de plazas convocadas, elevando dicha propuesta
a la Presidencia de la Corporación para que efectúe el correspondiente nombramiento en el
plazo de un mes desde la formulación de dicha propuesta, una vez que hayan presentado
en la entidad local, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir de la
publicación de la lista de aprobados, copia autenticada o fotocopia compulsada de la
titulación a que hace referencia la base segunda o justificante de haber abonado los
derechos para su expedición. Si este documento estuviera expedido después de la fecha en
que finalizó el plazo de presentación de instancias, deberán justificar el momento en que
terminaron los estudios.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no
presentara su documentación o no reuniera los requisitos exigidos no podrá ser nombrado,
quedando anulada la propuesta de nombramiento, sin perjuicio de la responsabilidad en que
hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la oposición.
Presentada la documentación preceptiva por los aspirantes seleccionados y una vez
aprobada la propuesta por la Presidencia de la Corporación, los opositores nombrados
deberán tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar del siguiente al que sea
publicado el nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia. En el caso de no tomar
posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, quedará en situación de cesante.
Undécima.- Incidencias.- El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se
presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición, en todo lo no
previsto en estas bases.
Duodecima.- En lo no previsto en estas bases, será de aplicación la Ley 7/2007, de 13 de
abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y, en lo que no se opongan o contradigan al
mismo, el Decreto 80/97, de 10 de junio, del Departamento de Presidencia y Relaciones
Institucionales del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión
de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de
la Comunidad Autónoma de Aragón, el R.D. 364/1995, de 10 de marzo por el que se
aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del
Estado y el R. D. 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los
programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios
de la Administración Local.
Décimotercera.- A los efectos previstos en el anexo IV del R. D. 462/2002, de 24 de mayo,
sobre indemnización por razón de servicio, se especifica que la categoría del órgano de
selección será la primera.
Decimocuarta.- De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra las presentes bases, que son
definitivas en vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición
potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto o recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Huesca o
aquél en el que tenga su domicilio, a su elección, en el plazo de dos meses, a contar desde
el día siguiente a la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia. Si optara
por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso
administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio.
Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
ANEXO
Parte General (10 temas)
1. El Estatuto de Autonomía de Aragón. Organización y competencias.
2. Las Entidades locales. Organización y competencias. Especial referencia a la provincia.
Funcionamiento de los órganos provinciales. La potestad reglamentaria. Los acuerdos y
resoluciones de los órganos de gobierno local. Las actas, certificaciones, comunicaciones,
notificaciones y publicación de los acuerdos y resoluciones.
6156
CSVK26OYCB7B7E4ANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
3. Legislación sobre transparencia: autonómica y nacional. Legislación sobre protección de
datos de carácter personal.
4. La legislación sobre firma electrónica.
5. La legislación sobre factura electrónica.
6. Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
7. El personal al servicio de la Administración Local: Clases. Adquisición y pérdida de la
condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos y deberes de los
funcionarios. Régimen disciplinario.
8. Presupuesto de las Entidades Locales. Principios. Integración y documentos de que
constan. Procesos de aprobación del presupuesto local. Ejecución y liquidación del
presupuesto. Expedientes de modificación de crédito.
9. Régimen jurídico de los contratos del Sector Público. Clases de contratos. Contratos
sujetos una regulación armonizada. Órgano de contratación. Preparación de los contratos:
actuaciones preparatorias, expediente de contratación. Adjudicación de los contratos:
procedimientos de adjudicación, publicidad, licitación, selección del adjudicatario,
adjudicación y formalización del contrato.
10. Las subvenciones. Legislación aplicable. Procedimiento de concesión. Publicidad.
Parte específica (62 temas)
Bloque I. Estructura y tecnología de computadores.
1. Arquitectura de procesadores. Componentes. Esquema interno. Multitarea,
multiprogramación, multiproceso.
2. Arquitectura de la memoria. Memoria cache, memoria asociativa, memoria virtual.
3. Tecnología “Redundant Array of Independent Disks” (RAID): Funcionamiento,
ventajas, tipos de array. Niveles RAID.
4. Librerías de almacenamiento de datos: NAS, SAN, iSCSI.
Bloque II. Sistemas operativos.
5. Concepto de sistema operativo. Componentes y funciones.
6. Gestión de memoria, memoria virtual y paginación.
7. Gestión de procesos. Sistemas multiproceso y multihilo. Protección de memoria.
Prioridad.
8. Sistema de ficheros, tipos. Sistemas transaccionales, acceso compartido, seguridad.
9. Fundamentos del sistema operativo Linux: acceso al sistema. Personalización del
entorno. Archivos y directorios. La shell.
10. Administración básica del sistema operativo Linux. Instalación. Conexión.
Superusuario. Arranques y paradas. Perfiles de usuario y grupos. Tareas de
mantenimiento.
6157
CSVK26OYCB7B7E4ANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
11. Utilización del shell de Linux: estructura de la línea de comandos. Metacaracteres.
Creación de nuevos comandos. Argumentos y parámetros en los comandos. La
salida de programas como argumentos. Variables de shell. Ampliación del
redireccionamiento de E/S. Iteración en los programas de shell.
12. Filtros en Linux. La familia grep. El editor de flujo sed. El lenguaje de manejo y
proceso de patrones awk.
13. Lenguajes de script en Linux: Bash, Awk, Python.
14. Conexión en red del sistema operativo Linux. Configuración red TCP/IP. Servicio
DHCP. Servidor DNS.
15. Convivencia de Linux con redes Windows: servidor samba, configuración, usuarios,
compartición de archivos e impresoras.
16. Servidores de aplicaciones: Tipos, configuración y optimización de su rendimiento.
17. Balanceo de carga: sistemas, disponibilidad en los servicios.
18. Herramientas de software libre orientadas a la administración de sistemas.
19. Virtualización. Xen.
Bloque III. Redes de computadores.
20. Introducción a las redes de comunicaciones. Transmisión de datos. Redes.
Protocolos y estándares.
21. Redes locales. Tipología. Medios de transmisión. Métodos de acceso. Dispositivos
de interconexión: hubs, bridges, switches, routers.
22. LAN, WAN, direccionamiento, calidad de servicio y gestión del tráfico.
23. Modelos de redes. El modelo OSI. Niveles en el modelo OSI. Familia de protocolos
TCP/IP. Direccionamiento.
24. Datos y señales. Señales analógicas y digitales. Deterioro de la transmisión. Límites
de la velocidad de datos.
25. Control de enlace de datos. Creación de tramas. Control de flujo y error. Protocolos.
26. Ethernet. Estándar ethernet. Cambios en el estándar. Fast ethernet. Ethernet gigabit.
27. WiFi: IEEE 802.11, características, variantes, seguridad.
28. Conexión de LAN, redes troncales y LAN virtuales (VLAN) 802.1q.
29. Priorización 802.1p y Calidad de Servicio (QoS).
30. Nivel de red: direccionamiento lógico. Direcciones ipv4. Direcciones ipv6.
31. Nivel de red: protocolo de Internet. Interconexión entre redes. IPv4. IPv6.
32. Nivel de transporte: comunicación proceso a proceso: udp, tcp y sctp.
6158
CSVK26OYCB7B7E4ANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
33. Nivel de aplicación. Sistema de nombres de dominio (DNS). Telnet. Correo
electrónico. El agente de transferencia de mensajes smtp. Transferencia de
archivos. WWW y http.
34. Administración de redes locales. Gestión de usuarios. LDAP, Gestión de
dispositivos. Monitorización y control de tráfico.
35. VPN's, tipos y configuración.
36. Cifrado de comunicaciones: SSL, TLS.
37. Cortafuegos: tipos y reglas, iptables.
Bloque IV. Telefonía.
38. Red telefónica básica: características, marcación.
39. Red Digital de Servicios Integrados: características, acceso básico, acceso primario.
40. xDSL: transmisión de datos sobre líneas telefónicas.
41. Telefonía móvil: características, protocolos.
42. Voz sobre IP: características, codificación, equipamiento.
43. Señalización SIP: características.
44. Centralitas Asterisk: características, programación.
45. Teléfonos IP: características, autoconfiguración.
Bloque V. Bases de datos.
46. Conceptos de bases de datos. Tipos de bases de datos.
47. Sistemas de gestión de bases de datos relacionales. El modelo Entidad-Relacion.
48. Lenguajes de consulta y manipulación de datos.
49. El lenguaje SQL.
Bloque VI. Administración de sistemas y seguridad informática.
50. Administración del Sistema operativo y software de base. Funciones y
responsabilidades. Control de cambios.
51. Administración de Sistemas de Gestión de Bases de Datos. Funciones.
Responsabilidades. Administración de datos.
52. Prácticas de mantenimiento de equipos e instalaciones. Mantenimiento preventivo,
correctivo y perfectivo.
53. Programas maliciosos: características, prevención.
6159
CSVK26OYCB7B7E4ANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
54. Plan de seguridad . Plan de contingencias. Plan de recuperación. Políticas de
salvaguarda. El método MAGERIT de gestión de la seguridad.
55. La protección de datos personales. La Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos
de Carácter Personal. El Real Decreto 994/1999 de Medidas de Seguridad y
normativa derivada. La Agencia de Protección de Datos: estructura, competencias y
funciones.
56. Criptografía y certificados. Tarjetas criptográficas
57. Esquema Nacional de Seguridad
58. Sistemas de detección de vulnerabilidades, intrusiones e incidentes basados en
software libre
Bloque VII. Buenas prácticas y organización de proyectos
59. Gestión de servicios de tecnologías de la información. Modelo ITIL
60. Gestión tradicional de proyectos informáticos. SDLC
61. Gestión ágil de proyectos informáticos. SCRUM
62. Gestión de la calidad: conceptos, modelos, técnicas.
Huesca, 13 de junio de 2016. El Presidente, Miguel Gracia Ferrer
6160
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSVK26OYCB7B7E4ANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA
TESORERÍA
RECAUDACION DE TRIBUTOS
SERVICIOS CENTRALES
2749
ANUNCIO
Por Decreto de la Presidencia de la Diputación Provincial número 1568, de fecha 14 de junio
del presente, se han aprobado los CENSOS DE CONTRIBUYENTES Y EXENTOS,
correspondientes al ejercicio 2016, de los siguientes municipios que tienen delegada la
gestión tributaria y recaudatoria en la Diputación Provincial de Huesca.
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA Y DE
CARACTERÍSTICAS ESPECIALES, EJERCICIO 2016.
ABIEGO, ABIZANDA, ADAHUESCA, AGÜERO, AÍNSA-SOBRARBE, AISA, ALBALATE DE
CINCA, ALBALATILLO, ALBELDA, ALBERO ALTO, ALBERO BAJO, ALBERUELA DE
TUBO, ALCALÁ DE GURREA, ALCALÁ DEL OBISPO, ALCAMPELL, ALCOLEA DE CINCA,
ALCUBIERRE, ALERRE, ALFÁNTEGA, ALMUDEVAR, ALMUNIA DE SAN JUAN,
ALMUNIENTE,
ALQUÉZAR,
ALTORRICÓN,
ANGÜÉS,
ANSÓ,
ANTILLÓN,
CALDEARENAS, ARAGÜÉS DEL PUERTO, ARÉN, ARGAVIESO, ARGUIS, AYERBE,
AZANUY-ALINS, AZARA, AZLOR, BAELLS, BAILO, BALDELLOU, BALLOBAR,
BANASTÁS, BARBASTRO, BARBUÉS, BARBUÑALES, BÁRCABO, BELVER DE CINCA,
BENABARRE, BENASQUE, BERANUY, BERBEGAL, CANAL DE BERDÚN, BIELSA,
BIERGE, BIESCAS, BINACED, BINÉFAR, BISAURRI, BISCARRUÉS, BLECUA-TORRES,
SOTONERA LA, BOLTAÑA, BONANSA, BORAU, BROTO, CAMPO, CAMPORRELLS,
CANDASNOS, CANFRANC, CAPDESASO, CAPELLA, CASBAS DE HUESCA, CASTEJÓN
DEL PUENTE, CASTEJÓN DE MONEGROS, CASTEJÓN DE SOS, CASTELFLORITE,
CASTIELLO DE JACA, CASTIGALEU, CASTILLAZUELO, CASTILLONROY, COLUNGO,
CHALAMERA, CHIA, CHIMILLAS, ESPLÚS, ESTADA, ESTADILLA, ESTOPIÑÁN DEL
CASTILLO, FAGO, FANLO, FISCAL, FONZ, FORADADA DEL TOSCAR, FRAGA, GISTAÍN,
GRADO EL, GRAÑÉN, GRAUS, GURREA DE GÁLLEGO, VALLE DE HECHO, HOZ Y
COSTEAN, HOZ DE JACA, SANTA MARÍA DE DULCIS, HUERTO, IBIECA, IGRIÉS,
ILCHE, JACA, JASA, LABUERDA, LALUENGA, LALUEZA, LANAJA, LAPERDIGUERA,
LASCELLAS-PONZANO, LASCUARRE, LASPAULES, LASPUÑA, LOARRE, LOPORZANO,
LOSCORRALES, LUPIÑÉN-ORTILLA, MONESMA Y CAJIGAR, MONFLORITELASCASAS, MONTANUY, MONZÓN, NAVAL, NOVALES, NUENO, OLVENA, ONTIÑENA,
OSSO DE CINCA, PALO, PANTICOSA, PEÑALBA, PERALTA DE ALCOFEA, PERALTA
DE CALASANZ, PERALTILLA, PERARRUA, PERTUSA, PIRACÉS, PLAN, POLEÑINO,
SAN MIGUEL DEL CINCA, POZÁN DE VERO, PUEBLA DE CASTRO LA, PUENTE DE
MONTAÑANA, PUÉRTOLAS, PUEYO DE ARAGUAS EL, PUEYO DE SANTA CRUZ,
QUICENA, PEÑAS DE RIGLOS LAS, ROBRES, ISÁBENA, SABIÑÁNIGO, SAHÚN, SALAS
ALTAS, SALAS BAJAS, SALILLAS, SAN ESTEBAN DE LITERA, SANGARRÉN, SAN JUAN
DE PLAN, SANTA CILIA, SANTA CRUZ DE LA SERÓS, PUENTE LA REINA DE JACA,
SANTALIESTRA Y SAN QUILEZ, SARIÑENA, SECASTILLA, SEIRA, SENA, SENÉS DE
ALCUBIERRE, SESA, SESUÉ, SIÉTAMO, SOPEIRA, TAMARITE DE LITERA,
TARDIENTA, TELLA-SIN, TIERZ, TOLVA, TORLA, TORRALBA DE ARAGÓN, TORRE LA
RIBERA, TORRENTE DE CINCA, TORRES DE ALCANADRE, TORRES DE BARBUÉS,
TRAMACED, VALFARTA, VALLE DE BARDAGI, VALLE DE LIERP, VELILLA DE CINCA,
VIACAMP Y LITERA, VICIÉN, VILLANOVA, VILLANÚA, VILLANUEVA DE SIGENA, YEBRA
DE BASA, YESERO, ZAIDIN, FUEVA LA, VENCILLÓN, HUESCA.
IMPORTE TOTAL: 65.614.298,50 €
6161
CSVC38RJCR8BTEWANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS. EJERCICIO 2016.
ABIZANDA (Agua Potable 2º semestre 2015); ALBERO ALTO (Alcantarillado año 2016);
ALBERO BAJO (Alcantarillado año 2015, Agua Potable año 2015); ALCOLEA DE CINCA
(Basuras 1º semestre 2016, Agua 1º semestre 2016); ALFÁNTEGA (Basuras 1er semestre
año 2016); ALMUDEVAR (Agua Potable 2º semestre 2015, Alcantarillado 2º semestre
2015); ALMUNIENTE (Alcantarillado año 2016); ARAGÜES DEL PUERTO (Agua año 2015);
ARGUIS (Agua Potable 2º semestre 2015); AYERBE (Agua 2º semestre año 2015),
AZANUY-ALINS (Exacciones municipales año 2016, Prestaciones Culturales año 2016);
AZARA (Alcantarillado año 2016, Basuras año 2016); AZLOR (Alcantarillado año 2016,
Basuras año 2016); BAELLS (Prestaciones culturales año 2016, Exacciones municipales
año 2016); BARBUÉS (Alcantarillado año 2016); BARBUÑALES (Alcantarillado año 2016,
Basuras año 2016); BÁRCABO (Agua Potable con 2º semestre año 2015, Alcantarillado 2º
semestre año 2015); BELVER DE CINCA (Alcantarillado año 2016, Basuras año 2016,
Vados, año 2016); BENASQUE (Alcantarillado 1er semestre 2016, Vados año 2016);
BERANUY (Agua Potable 2º semestre 2015); BIELSA (Basuras año 2016); BINÉFAR (Agua
Potable 2º semestre año 2015, Basuras 2º semestre año 2015); BONANSA (Agua Potable
2º semestre 2015); CAMPORRELLS (Agua 2º semestre año 2015); CANFRANC (Agua
Potable 1º semestre año 2015); CASTEJÓN DEL PUENTE (Alcantarillado año 2016,
Basuras año 2016); CASTILLAZUELO (Alcantarillado año 2016, Agua Potable 2º semestre
2015, Basuras año 2016); CASTILLONROY (Exacciones municipales año 2015); ESPLÚS
(Agua Potable 2º semestre año 2015, Basuras 2º semestre año 2015); ESTADILLA
(Alcantarillado año 2016); ESTOPIÑÁN DEL CASTILLO (Agua potable 2º semestre año
2015); FONZ (Basuras año 2016, Alcantarillado 2º semestre año 2015, Agua potable 2º
semestre año 2015, Cementerio año 2016); FORADADA DE TOSCAR (Agua Potable año
2016); FRAGA (Basuras 1er semestre año 2016, Vados año 2016); EL GRADO (Basuras
año 2016); GRAÑÉN (Agua Potable año 2015, Alcantarillado año 2015); IGRIES (Agua
Potable 2º semestre año 2015); LALUEZA (Agua potable 2º semestre año 2015);
LASCELLAS-PONZANO (Basuras 1er semestre año 2016); LASPUÑA (Basuras año 2016,
Cementerio año 2016); LOARRE (Agua Potable 2º semestre año 2015), MONZÓN (Vados
año 2016); NAVAL (Agua 2º semestre año 2015); OSSO DE CINCA (Agua Potable 2º
semestre año 2015); PALO (Basuras año 2016); PERALTA DE ALCOFEA (Agua Potable
1er semestre año 2016, Basuras año 2016); PERALTA DE CALASANZ (Exacciones
municipales año 2016, Agua Potable año 2016); PERALTILLA (Basuras año 2016);
PERTUSA (Alcantarillado año 2016); SAN MIGUEL DE CINCA (Agua 1er semestre 2016,
Basuras 1er semestre año 2016, Alcantarillado 1er semestre año 2016), POZÁN DE VERO
(Alcantarillado año 2016, Basuras año 2016); LA PUEBLA DE CASTRO (Alcantarillado año
2016); LA SOTONERA(Cotos de caza año 2016, Rodajes año 2016); ROBRES
(Alcantarillado año 2016); SAN ESTEBAN DE LITERA (Basuras año 2016); PUENTE LA
REINA (Agua Potable año 2015); SARIÑENA (Agua potable 2º semestre año 2015,
Alcantarillado 2º semestre año 2015); SECASTILLA (Alcantarillado año 2016); SIETAMO
(Alcantarillado año 2016); TORRES DE ALCANADRE (Alcantarillado año 2016); VALLE DE
HECHO (Agua año 2014 y Agua año 2015); LA FUEVA (Basuras año 2016); ZAIDIN
(Basuras año 2016); COMARCA DE LOS MONEGROS (Albalatillo, Albero Bajo, Alberuela
de Tubo, Alcubierre, Almuniente, Barbués, Capdesaso, Castejón de Monegros, Castelflorite,
Grañén, Huerto, Lalueza, Lanaja, Peñalba, Poleñino, Robres, Sangarrén, Sariñena, Sena,
Senés de Alcubierre, Tardienta, Torralba de Aragón, Torres de Barbués, Valfarta, Villanueva
de Sigena, Farlete, Leciñena, Perdiguera, Bujaraloz, La Almolda, Monegrillo, Basuras año
2016), COMARCA DE LA JACETANIA (Aísa, Ansó, Aragüés del Puerto, Bailo, Borau, Canal
de Berdún, Canfranc, Castiello de Jaca, Fago, Jaca, Jasa, Puente la Reina de Jaca, Santa
Cilia, Santa Cruz de la Serós, Valle de Hecho, Villanúa, Artieda, Mianos, Salvatierra de
Esca, Sigüés, Basuras año 2016), COMARCA DE LA RIBAGORZA (Arén, Benabarre,
Benasque, Beranuy, Bisaurri, Bonansa, Campo, Capella, Castejón de Sos, Castigaleu, Chía,
Estopiñán del Castillo, Foradada del Toscar, Graus, Lascuarre, Laspaules, Monesma y
Cajigar, Montanuy, Perarrúa, La Puebla De Castro, Puente De Montañana, Isábena, Sahún,
Santaliestra y San Quilez, Secastilla, Seira, Sesué, Sopeira, Tolva, Torre La Ribera, Valle
De Bardagí, Valle De Lierp, Viacamp y Litera y Villanova, Basuras año 2016).
6162
CSVC38RJCR8BTEWANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
IMPORTE TOTAL: 4.854.355,08 €
De conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, en el artículo 14.2.c) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas
Locales y en las cláusulas de los Convenios para la prestación del Servicio de Gestión y
Recaudación de ingresos de derecho público, se procede a la notificación colectiva
mediante la exposición al público durante un plazo de 10 días de los CENSOS DE
CONTRIBUYENTES Y DE EXENTOS anteriormente enumerados, los cuales podrán ser
examinados por los interesados en los Ayuntamientos respectivos, en la correspondiente
Oficina de Recaudación y en el Servicio Provincial de Tributos Locales, C/ Porches de
Galicia, nº 4 de Huesca.
El período de recaudación en voluntaria comprenderá desde el día 20 de junio hasta el día
19 de agosto de 2016, ambos inclusive.
El cargo de los recibos domiciliados en las cuentas de los contribuyentes se efectuará en
dos fechas:
- 4 de julio: Tasas, recibos de IBI Urbana de menos de 50 euros y primer plazo de recibos
de IBI Urbana de importe igual o superior a 50 euros. La devolución del primer plazo
conllevará la anulación del segundo plazo procediendo a la creación de un recibo
único por el total del importe anual.
- 3 de octubre: Segundo plazo de recibos de IBI Urbana de importe igual o superior a 50
euros.
Según lo dispuesto en el artículo 14.2 c) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre,
reguladora de las Haciendas Locales, contra la aplicación y efectividad de los datos que allí
aparecen, podrá interponerse recurso de reposición ante la Presidencia de la Diputación
Provincial en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la finalización del
período de exposición pública de los correspondientes censos. El citado recurso se
entenderá desestimado si transcurre un mes desde su interposición sin que se notifique su
resolución.
El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de
lo contencioso-administrativo de Huesca, será de dos meses, contados desde el día
siguiente al de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no
hubiera resolución expresa, el plazo será de seis meses contados desde el día siguiente en
que el recurso de reposición deba entenderse desestimado por silencio administrativo.
Huesca, 16 de junio de 2016. El Tesorero Accidental, Jorge Alejandro Floris Beamonte
6163
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSVC38RJCR8BTEWANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE HUESCA
SECRETARÍA
2750
ANUNCIO
Solicitada a esta Alcaldía por CLARA ESCUER CONSTANTE licencia ambiental de
actividad clasificada para ACADEMIA DE ENSEÑANZA MUSICAL TEMPRANA, en CALLE
CALATAYUD, 18, de conformidad con lo dispuesto en el art. 77 de la Ley 11/2014, de 4 de
diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, se abre información pública
para que durante el plazo de 15 días, contados a partir del siguiente al de inserción de este
anuncio en el B.O. de Aragón, sección Huesca, puedan quienes se consideren
perjudicados, presentar las reclamaciones u observaciones que estimen pertinentes en la
Secretaría de este Ayuntamiento a cuyo efecto, queda de manifiesto el expediente en la
indicada dependencia y por el mismo plazo.
El importe de este anuncio será de cuenta del peticionario.
Huesca, 10 de junio de 2016. El Alcalde, Luis Felipe Serrate
6164
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSV436TJCR6BTEWANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE HUESCA
SECRETARÍA
2751
ANUNCIO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de información pública, anunciado
en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca nº 82, del día 3 de mayo de 2016, queda
elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial de modificación del Reglamento Orgánico del
Ayuntamiento de Huesca.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, se publica el acuerdo de aprobación definitiva
de la modificación de la norma reglamentaria señalada, cuyo texto íntegro figura en el anexo
de este anuncio.
Contra el presente acuerdo, podrá interponerse por los interesados recurso
contencioso–administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente
al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Huesca, 14 de junio de 2016. El Alcalde, Luis Felipe Serrate
ANEXO
MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO ORGÁNICO DEL AYUNTAMIENTO DE HUESCA
Aprobar la modificación del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Huesca en los
siguientes términos:
A) Dar nueva redacción al artículo 70.2, apartado c), según el siguiente detalle:
“A continuación … reglamentado. Los turnos comenzarán por orden de grupos de menor a
mayor número, salvo el del ponente (presidente de la comisión informativa o portavoz del
grupo firmante de la propuesta de resolución) que será el que cerrará el debate, y siempre
que previamente pidan la palabra.”
B) Introducir el nuevo artículo 83 bis, cuyo contenido es el siguiente:
“Artículo 83 bis. De las videoactas.
1. El Ayuntamiento de Huesca utilizará de manera preferente el sistema de videoactas en
las sesiones del Pleno de la Corporación.
2. El videoacta es un documento electrónico y multimedia, compuesto al menos por los
siguientes elementos:
a) Acta sucinta: Documento electrónico que contiene los puntos del orden del día de una
sesión o reunión de un órgano colegiado municipal y los acuerdos tomados en cada uno de
esos puntos.
b) Documento audiovisual o vídeo: Grabación en vídeo de todo lo ocurrido en la sesión o
reunión, conteniendo audio e imágenes. Este documento recoge la literalidad de las
intervenciones de cada uno de los oradores, y se integra en el documento electrónico de
formada enlazada.
c) Firma electrónica: La firma electrónica de curso legal de la persona titular de la Secretaría
General del Ayuntamiento o del órgano colegiado municipal dota de fehaciencia y efectos
jurídicos al documento. Esta firma se realiza haciendo uso del certificado de firma de esa
persona. En el caso de las sesiones del Pleno de la Corporación, el videoacta lo firma el
Secretario General del Ayuntamiento y, en su caso, el Alcalde, o quienes legalmente les
sustituyan.
3. De conformidad con el apartado anterior, el videoacta es un documento público y oficial,
rubricado y validado por la persona titular de la Secretaría General del Ayuntamiento, en su
función de fedatario público. En consecuencia, se guardarán todas las cautelas respecto de
6165
CSVW30WJCR8BTEWANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
su manejo y tratamiento, y será recomendable evitar la descarga total o parcial y la
republicación, habida cuenta de que los principios de transparencia y publicidad se
salvaguardarán igualmente con el mero visionado de la parte audiovisual, la cual se
encontrará a disposición de todos los ciudadanos en el sitio oficial municipal sin límite de
reproducciones. El incumplimiento del deber de cautela previsto en este artículo dará lugar a
responsabilidad en los casos en los que el tráfico o redifusión del videoacta perjudique la
imagen o los intereses corporativos.”
6166
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSVW30WJCR8BTEWANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE ALTORRICÓN
2752
CORRECCIÓN DE ERRORES
El anuncio número 27/21 publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 113 de
fecha 15/06/2016 donde dice Ayuntamiento de Ansó debe decir Ayuntamiento de Altorricón.Altorricón, 16 de junio de 2016. David Alonso Plana
6167
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSVO35ZJCR7BTEWANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE CASTEJÓN DEL PUENTE
2753
ANUNCIO
Por Acuerdo del Pleno de fecha 6 de mayo de 2016, se acordó provisionalmente la
imposición y ordenación de las contribuciones especiales para financiar de Caminos
municipales, el cual se expone al público de forma íntegra por el plazo de treinta días,
durante el cual podrán presentarse las reclamaciones que se estimen oportunas.
"Incoado expediente por este Ayuntamiento para la Contribuciones Especiales arreglo de
Caminos de Caminos municipales, vistos los informes emitidos por los Servicios Técnicos
Municipales y por el Secretario de esta Corporación, y a la vista del artículo 22.2.e) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por el que se reconoce
la competencia del Pleno para determinar los recursos propios de carácter tributario, por
unanimidad se acuerda:
PRIMERO. La imposición de contribuciones especiales para la financiación de Caminos
municipales, cuyo hecho imponible está constituido por la obtención de un beneficio o
aumento de valor de los bienes afectos de Caminos municipales.
SEGUNDO. Proceder a la determinación y ordenación del Tributo concreto de acuerdo a lo
siguiente:
— El coste previsto de Caminos municipales se fija en 49.237 al que descontamos la
subvención prevista de DPH de 16.000 siendo el coste soportado por el Ayuntamiento en
33.237€ euros.
— Fijar la cantidad a repartir entre los beneficiarios en 29.913,30 euros, equivalente al
90% del coste soportado 33.237€. El coste total presupuestado de Caminos municipales
tendrá carácter de mera previsión. Si el coste real fuese mayor o menor que el previsto, se
tomará aquel a efectos del cálculo de las cuotas correspondientes.
— Aplicar como módulo de reparto, el siguiente:
-HAS SECANO, 100%
-HAS REGADIO 150%
-MONTES Y PASTOS 50%
-GANADO UGM 20%
TERCERO. Aprobar la relación de los sujetos que se ven beneficiados por Caminos
municipales, los cuales serán todos los contribuyentes del IBI de rústica, así como los
titulares del censo ganadero de la localidad.
CUARTO. Exponer y publicar el Acuerdo provisional íntegro en el tablón de anuncios de la
Entidad y en el Boletín Oficial de la Provincia, durante treinta días como mínimo, dentro de
los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que
estimen oportunas.
Durante dicho período los propietarios o titulares afectados podrán constituirse en
Asociación administrativa de contribuyentes, según lo dispuesto en el artículo 36.2 de la
TRLHL."
Castejón de Monegros, 13 de mayo de 2016. La Alcaldesa, Ana Puey Campos
6168
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSVG372JCR7BTEWANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE EL GRADO - LO GRAU
2754
ANUNCIO
En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de
Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2015, por un
plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán
presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.
El Grado, 15 de junio de 2016. La Alcaldesa, Laura Puyal Sánchez
6169
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSV8304JCR2BTEWANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE LOARRE
2755
EDICTO
Habiendo transcurrido sin reclamaciones el periodo de información pública del acuerdo
provisional adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión de fecha 6 de mayo
ppdo., de modificación del Artículo Sexto de la Ordenanza Fiscal Nº 10 del Ayuntamiento de
Loarre, reguladora de la tasa por utilización de la Piscina Municipal, queda elevado de
manera automática a definitivos de conformidad con lo preceptuado por el artículo 17.3 del
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, publicándose a continuación el texto íntegro del
artículo citado, en su nueva redacción dada.
ORDENANZA FISCAL Nº 10, REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DE LA
PISCINA MUNICIPAL.
“Artículo 6º. Cuota tributaria.
La tasa se exigirá con arreglo a la siguiente tarifa:
- Entrada diaria adultos:
- Entrada diaria infantil:
- Abono de temporada adultos:
- Abono de temporada infantil:
- Abono de 10 baños (no correlativos):
3,00.- €
2,00.- €
50,00.- €
25,00.- €
25,00.- €
Observaciones:
Categoría infantil: niños entre 4 y 14 años de edad cumplidos en el año natural.
Categoría adultos: a partir de 15 años cumplidos en el año natural.
Se considerarán miembros de la unidad familiar a los padres y sus hijos menores de
edad o mayores no emancipados inscritos en el Libro de Familia.”
Una vez obtenido un abono, no se permitirán canjes o cambios de modalidad
durante la temporada en función del uso que se vaya haciendo del mismo.”
En la Villa de Loarre, 15 de junio de 2016. El Alcalde Presidente, Roberto Orós Constante
6170
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSV0327JCR9BTEWANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE SAHÚN
2756
ANUNCIO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario inicial aprobatorio del Plan
Estratégico de Subvenciones de este Ayuntamiento, cuyo texto íntegro se hace público,
para su general conocimiento y en cumplimiento de los previsto en el artículo 70.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, en el artículo 141 de la Ley 7/1999, de 9
de abril, de Administración Local de Aragón, Ley General de Subvenciones y Ley General
de Subvenciones de Aragón,
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2016-2017
PREÁMBULO
La justificación de la realización del Plan Estratégico de Subvenciones se encuentra en lo
dispuesto, con carácter general, en la exposición de motivos de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, de Subvenciones, en adelante LGS, y de forma específica en el mandato
establecido en el artículo 8 de la citada norma, así como en los artículos del 4 al 7 de la Ley
5/2015 de 25 de marzo, de subvenciones de Aragón.
El citado artículo 8, desarrollado por los artículos 10 a 15 del Reglamento de la Ley general
de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, establece los
principios rectores, ámbito y contenido de los plantes estratégicos, así como la competencia
para su aprobación, el seguimiento que debe realizarse de los mismos y los efectos de su
incumplimiento, que si bien no resulta aplicable a los Ayuntamientos, recoge algunos
aspectos que pueden ser tenidos en cuenta
Este Plan, conforme al artículo 4 de la Ley 5/2015 de 25 de marzo, de subvenciones de
Aragón, pretende la racionalización de la concesión de las subvenciones basándose en los
principios de:
1. Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
2. Eficacia de los objetivos.
3. Eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos.
El Plan Estratégico contendrá los objetivos estratégicos que se espera lograr con la
actuación, los plazos de consecución, fines y su vinculación con la política presupuestaria
de gasto que se corresponda.
Dentro de los objetivos que debe cumplir cualquier administración pública, y sobre el
carácter de proximidad que caracteriza a la administración local, es lógico y coherente con
los objetivos de este Ayuntamiento, el fomento de todo tipo de actividades de utilidad
pública e interés social, cuyo fin no se encuentra en el beneficio patrimonial que reporta,
sino en el beneficio social que repercute, mejorando la calidad de vida de los vecinos e
impulsando la participación, el deporte, la salud, la implicación de la mujer, de las personas
mayores y el bien de la infancia y la juventud.
Gracias al Plan Estratégico se dispondrá de una mayor información acerca de las
subvenciones, lo que facilitará la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las
distintas Administraciones Públicas, evitando cualquier tipo de solapamiento.
Artículo 1. ÁMBITO TEMPORAL
El ámbito temporal del presente Plan Estratégico de subvenciones comprende los ejercicios
2016 y 2017, sin perjuicio de que el mismo sea modificable anualmente, cuando las
circunstancias lo requieran.
6171
CSVS39A4D70BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
Artículo 2. NATURALEZA JURÍDICA
El Plan Estratégico es un instrumento de gestión de carácter programático, que carece de
rango normativo, no creando ni derechos ni obligaciones para la Administración.
Su efectividad queda condicionada al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.
Artículo 3. COMPETENCIA
El órgano competente para la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones es el Pleno
municipal, dado que se trata de un instrumento de planificación estratégica de la actividad
subvencional o de fomento y de gestión económica, de acuerdo con lo establecido en el
apartado e) del artículo 22 de la Ley de Bases de Régimen Local.
Artículo 4. BENEFICIARIOS
Podrán ser beneficiarios las personas y entidades, que hayan de realizar la actividad que
fundamenta su otorgamiento, siempre que no se vean afectados por ninguna de las
prohibiciones de los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley General de Subvenciones (LGS).
Artículo 5. LÍNEAS DE SUBVENCIÓN
El presente Plan Estratégico del Ayuntamiento de Sahún, resulta de aplicación directa a
todas las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento.
Las líneas estratégicas de actuación previstas son las siguientes:
Línea 1. Fomento de la actividad asociativa que tenga como finalidad la promoción de la
cultura, festejos, deporte, música, juventud, ocio, tiempo libre, y la protección, promoción y
difusión de la identidad del municipio, de sus tradiciones y sus valores medioambientales.
Línea 2. Fomento de la igualdad, de la conciliación familiar y laboral, de la integración
de las personas y de la prevención en materia de drogodependencia.
Línea 3. Divulgación del uso e implantación de las nuevas tecnologías.
Línea 4. Fomento del mantenimiento y conservación de los bienes de interés cultural,
arquitectónico y social del municipio.
Las actividades subvencionables en cada anualidad por el Ayuntamiento de Sahún,
encuadradas dentro del presente Plan, se relacionan en el ANEXO de subvenciones que se
apruebe en cada ejercicio, en el que se concretan los objetivos específicos de cada
actividad subvencionada.
Las actividades subvencionables y su cuantía se determinará teniendo en cuenta diversos
factores, entre los que destacan:
1. Incidencia y reconocimiento de la actividad en la comunidad vecinal.
2. Incidencia en la promoción del territorio.
3. Tradición y continuidad de la actividad en los últimos años.
4. Razones sociales y/o humanitarias.
Artículo 5.1 LÍNEA 1 - Subvenciones para el fomento de la actividad asociativa
Objetivo estratégico:
Apoyar la realización de proyectos y actividades dirigidas al público en general y que
cuenten con la participación de los vecinos del término municipal de Sahún, de las
asociaciones existentes en el valle de Benasque, con fines de carácter social, cultural,
deportivo, juvenil o educativo.
Objetivos específicos:
Fomentar el asociacionismo local.
6172
CSVS39A4D70BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
Fomentar la participación de los vecinos en la dinámica sociocultural del municipio.
Colaborar en los gastos generados por las actividades programadas en los festejos
populares organizados por las asociaciones, en especial, las fiestas patronales.
Colaborar en el mantenimiento de las tradiciones, especialmente las Fallas de
Sahún, el Ball del Sombrers y el Ball de Grist, las romerías a San Pedro Mártir y
Santa Margarita, Carnaval, cabalgata de Reyes, etc.
Apoyar la realización de actividades deportivas organizadas por clubs o
asociaciones.
Apoyar actividades educativas y a las instituciones cuya actividad está dirigida a la
formación cultural, musical y artística en general.
Apoyar actividades de educación y difusión medioambiental.
Costes previsibles: El coste previsible de esta línea de subvención es de: 10.000 euros.
Artículo 5.2 LÍNEA 2 – Subvenciones para el fomento de la igualdad, de la conciliación
familiar y laboral.
Objetivo estratégico:
Apoyar actividades que faciliten la conciliación familiar y laboral, así como aquellas que
sirvan para prevenir la drogodependencia, alcoholismo y todo tipo de adicciones, en el
ámbito local.
Objetivos específicos:
Ayudas de comedor escolar que facilitan la conciliación de la vida familiar y laboral y
la igualdad de género.
Apoyar actividades, charlas y talleres de educación y prevención de adicciones.
Costes previsibles: El coste previsible de esta línea de subvención es de: 8.200 euros.
Artículo 5.3 LÍNEA 3 – Divulgación del uso e implantación de las nuevas tecnologías.
Objetivo estratégico:
Facilitar el acceso a las nuevas tecnologías, reduciendo la brecha digital existente,
especialmente en las personas mayores del municipio.
Objetivos específicos:
Impulsar el acceso a los avances de la sociedad de la información y la tecnología de
la información y la comunicación de los vecinos del municipio.
Fomentar la innovación, competitividad y desarrollo económico del sector de las
nuevas tecnologías y su aplicación en el resto de sectores económicos.
Costes previsibles: El coste previsible de esta línea de subvención es de: 1.500 euros.
Artículo 5.4 LÍNEA 4 –Fomento del mantenimiento y conservación de los bienes de
interés cultural, arquitectónico y social del municipio.
Objetivo estratégico:
Mantenimiento y conservación de los bienes de interés cultural, arquitectónico y social del
municipio.
Objetivos específicos:
Rehabilitación de edificios de interés cultural, arquitectónico y social del municipio, que se
encuentren en riesgo de ruina.
6173
CSVS39A4D70BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
Costes previsibles: El coste previsible de esta línea de subvención es de: 2.000 euros.
Artículo 6. PLAZOS DE EJECUCIÓN
Con carácter general, para todo tipo de subvenciones que se concedan por este
Ayuntamiento, el plazo de desarrollo de las actuaciones subvencionadas, será siempre
anual, sin perjuicio de aquellas que necesiten un plazo mayor al ejercicio anual, en cuyo
caso, deberán seguir cumpliendo anualmente los requisitos que establece la normativa.
Artículo 7. FINANCIACIÓN
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá la inclusión
de las consignaciones correspondientes en los Presupuestos municipales de cada ejercicio
y quedará supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo
que las consignaciones presupuestarias que se aprueben se acomodarán en cada momento
a dichos objetivos.
Cada una de las subvenciones que se otorgue bajo el amparo del presente Plan Estratégico
de Subvenciones se financiará íntegramente con fondos propios de naturaleza ordinaria, y
deberá corresponderse con una partida determinada del Presupuesto vigente, que deberá
disponer de saldo para hacerla efectiva.
El Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento Sahún no conllevará otro gasto
directo que el importe de cada subvención otorgada, y aquellos gastos indirectos derivados
de la propia gestión administrativa y el uso de las instalaciones municipales.
Artículo 8. PAGO ANTICIPADO DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS
De acuerdo con lo previsto en el artículo 34 de la LGS que establece:
“También se podrán realizar pagos anticipados que supondrán entregas de fondos con
carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las
actuaciones inherentes a la subvención. Dicha posibilidad y el régimen de garantías,
deberán preverse expresamente en la normativa reguladora de la subvención”,
En el caso de las subvenciones nominativas, se establecerá de forma motivada, la
posibilidad de pagos anticipados en los Convenios o Resoluciones, de acuerdo al artículo 26
de la Ley de Subvenciones de Aragón, en función de las necesidades de financiación y del
tipo de proyecto a subvencionar.
Artículo 9. PROCEDIMIENTOS DE CONCESIÓN
En la tramitación de expedientes de subvenciones, se estará en lo dispuesto en el presente
artículo, pudiendo completarse en las bases de ejecución del Presupuesto.
Las subvenciones a otorgar por el Ayuntamiento en el marco del Presupuesto General, y en
defecto de convocatoria expresa, deberán cumplir las siguientes prescripciones:
La concesión de subvenciones deberá ajustarse al Anexo de Subvenciones adjunto
al Plan Estratégico de Subvenciones.
Las subvenciones nominativas se otorgarán conforme al artículo 26 de la Ley
General de Subvenciones de Aragón.
Las subvenciones no nominativas, se otorgarán por concurrencia competitiva, previa
licitación pública, salvo cuando se acredite el interés general, en cuyo caso podrán
otorgarse directamente.
Se podrá financiar hasta el 80% de la actividad subvencionable, con la excepción de
las subvenciones directas otorgadas por razones humanitarias.
Las subvenciones previstas para una colectividad perfectamente identificable se
entenderán como subvenciones nominativas de carácter directo, sin necesidad de
concurso público, si bien requerirá convocatoria pública por el órgano competente a
los solos efectos de individualizar a los perceptores y concretar el resto de requisitos
exigidos para su acceso; con las limitaciones exigidas en el presupuesto general.
Toda subvención será compatible con la percepción de otras ayudas, ingresos o
recursos para la misma finalidad procedentes de otras administraciones o entes
públicos o privados, siempre que de la suma de todas ellas no se supere el importe
6174
CSVS39A4D70BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
total de la actividad o proyecto.
Cuando la cuantía de la subvención otorgada no supere los 3000 euros, se sustituirá
la obligación certificación positiva de estar al corriente en las obligaciones tributarias
y de la Seguridad Social, por declaración responsable a incluir junto con la solicitud
de la subvención.
El Ayuntamiento aprobará junto con este Plan los impresos de solicitud de
subvenciones que deberá facilitar a los interesados.
La competencia para otorgar cada una de las subvenciones amparadas en el
presente Plan Estratégico, corresponderá al Acalde cuando su importe no supere el
10 % de los recursos ordinarios del presupuesto, y al Pleno de la corporación
cuando exceda de dicho límite.
Artículo 10. REINTEGRO.
Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora
correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se
acuerde la procedencia del reintegro, en los siguientes casos:
Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u
ocultando aquellas que lo hubieran impedido.
Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad o del proyecto o no
adopción del comportamiento que fundamentan la concesión de la subvención.
Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente.
Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y
control financiero, así como el incumplimiento de las obligaciones contables,
registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la
imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del
objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la
concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad,
procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados, estatales, de la
Unión Europea o de organismos internacionales.
Incumplimiento de las obligaciones impuestas a las entidades colaboradoras y
beneficiarios, así como de los compromisos por estos asumidos, con motivo de la
concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran al modo en que se
consiguen los objetivos, se realiza la actividad, se ejecuta el proyecto o se adopta el
comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
Incumplimiento de las obligaciones impuestas a las entidades colaboradoras y
beneficiarios, así como de los compromisos por estos asumidos, con motivo de la
concesión de la subvención, distintos de los anteriores, cuando de ello se derive la
imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del
objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la
concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad,
procedentes de cualquier administración o entes públicos o privados, estatales, de la
Unión Europea o de organismos internacionales.
Procederá el reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad subvencionada,
así como la exigencia del interés de demora correspondiente.
6175
CSVS39A4D70BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
Reintegro parcial:
El reintegro parcial de la subvención se regirá por los criterios de gradación de los posibles
incumplimientos de las condiciones impuestas con motivo de la concesión y por el principio
de proporcionalidad.
Los criterios de gradación deberán tener en cuenta, entre otros, el porcentaje de ejecución
de la acción que se subvenciona y el cumplimiento de las obligaciones por los beneficiarios.
Artículo 11. CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL PLAN ESTRATÉGICO.
Dado el carácter anual de las Subvenciones del Plan Estratégico, y la necesidad de
proceder a un adecuado seguimiento de gestión y comprobación de su cumplimiento, se fija
como límite de plazo de justificación de las subvenciones que se otorguen al amparo del
presente Plan Estratégico el día 15 de noviembre de cada anualidad.
El control y seguimiento del presente Plan Estratégico se realizará en dos aspectos:
Control de fiscalización previo por Intervención que acredite la existencia de crédito
suficiente, previamente a su otorgamiento.
Control y seguimiento del Plan por parte del órgano instructor, siendo finalmente
recopilado por la Intervención municipal.
Artículo 12. TRANSPARENCIA DEL PLAN ESTRATÉGICO.
Al presente Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Sahun, le serán de
aplicación los requisitos que exija la legislación vigente en materia de publicidad y
transparencia.
Todas las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento, serán publicadas durante el mes
siguiente a cada trimestre natural, de acuerdo con los artículos 30y 31 del Reglamento de la
Ley 38/2003 General de Subvenciones, Sede Electrónica del Ayuntamiento, en el Tablón de
Anuncios físico, en el Boletín Oficial correspondiente cuando sea necesario y en la base
nacional de subvenciones.
INSTANCIA – SOLICITUD DE SUBVENCIÓN
SOLICITANTE: Nombre y Apellidos o Razón Social
DNI CIF NIE Pas
REPRESENTANTE: Nombre y Apellidos
DNI NIE Pas
Domicilio a efectos de notificaciones
Población
Código Postal
Provincia
Correo electrónico
Teléfono
Fax
DATOS DE LA SUBVENCIÓN SOLICITADA
Descripción
y
finalidad
de
la
actividad/programa/servicio:
Fechas previstas de realización: ________
__________________________________
___________
Identificación:
6176
CSVS39A4D70BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
No sujeta a convocatoria específica.
Sujeta a convocatoria específica:
Resolución nº
de fecha
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD
(Sustituye a la certificación administrativa positiva del art. 22 RD 887/2006)
Que no me encuentro/la entidad a la que represento no se encuentra incursa en
ninguna de las circunstancias de prohibición para la obtención de la condición de
beneficiario de ayuda o subvención, previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2006
General de Subvenciones y artículos 18 y 19 del RD 887/2006.
Que al día de la fecha me encuentro/la entidad a la que represento se encuentra al
corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y tributarias con el
Ayuntamiento de Sahún.
Que no soy beneficiario ni se han solicitado otras subvenciones o ayudas para la
actividad objeto de esta solicitud, o bien, que la suma total de las ayudas
solicitadas o concedidas, para la misma finalidad, no superan el importe total de la
actividad financiada.
(En su caso, indicar el detalle de ayudas solicitadas u obtenidas, importe, procedencia…)
MANIFIESTO
Que cumplo/la entidad a la que represento cumple los requisitos exigidos para acceder a la
subvención solicitada, comprometiéndose expresamente al cumplimiento de los objetivos
de la actividad/programa/servicio.
DOCUMENTACIÓN APORTADA
NIF/DNI o documento que acredite la representación en su caso.
Memoria descriptiva y valorada económicamente del proyecto, programa, servicio o
actividad para la que se solicita subvención, correspondiente al ejercicio en curso.
Cuenta justificativa de gastos de la totalidad del proyecto, programa, servicio o
actividad para la que se solicita subvención, correspondientes al ejercicio en curso,
debidamente desglosado y detallado, adjuntando los correspondientes justificantes
de gastos (facturas, certificados…) y de los pagos realizados.
En el caso de que los gastos subvencionados aún no se hayan ejecutado, el
solicitante se compromete a presentar cuenta justificativa de gastos de la totalidad
del proyecto, programa, servicio o actividad para la que se solicita subvención,
correspondientes al ejercicio en curso, debidamente desglosado y detallado,
adjuntando los correspondientes justificantes de gastos (facturas, certificados…) y
de los pagos realizados. En el caso de no presentarlos, el importe de la subvención
deberá ser reintegrado.
Certificado del Secretario de la entidad acreditando que los gastos presentados
corresponden a la finalidad subvencionada (en el caso de entidades).
SOLICITO
Una subvención para la finalidad descrita, rogando haga efectivo su importe en la siguiente
6177
CSVS39A4D70BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
cuenta bancaria.
(Cumplimentar los 20 dígitos con código IBAN)
Nombre
de
Entidad
y
Sucursal:
_______________________________________________________
En Sahún, a
Registro de entrada (a rellenar por elEl solicitante/ Representante
Ayuntamiento)
Fdo. ________________________________
_________
Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta
Ayuntamiento de Sahún
del
Los datos personales se obtienen para formar parte de ficheros responsabilidad de
Ayuntamiento de Sahún, único destinatario de la información aportada voluntariamente por
usted. Estos ficheros se utilizan para la gestión administrativa de la información o
documentación por usted aportada, así como para la realización por parte del Ayuntamiento
de las correspondientes comunicaciones a las partes interesadas, lo cual no podrá llevarse
a cabo sin los datos personales. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y
oposición podrán ser ejercidos mediante escrito dirigido a Ayuntamiento de Sahún, Pz.
Mayor, 1, 22468, Sahún (HUESCA), o [email protected]. Para la consecución de la
finalidad antedicha podrá producirse el tratamiento de cualquier información aportada en el
presente documento, para lo cual solicitamos que nos autorice a su uso, firmando este
documento. No obstante, en cualquier momento, usted puede ejercer sus derechos de
revocación del consentimiento por cualquiera de los medios descritos.
ANEXO PLAN DE SUBVENCIONES 2016
AplicaciónBeneficiario
Presupue Procedimiento
staria
Concesión
3230
48000
3380
48000
3380
Líneas eObjetivos
stratégic específicos
as
Usuarios
Línea 2
comedor
escolar de la
Escuela
de
Sahún
CONCESIÓN
DIRECTA
Asociación
Línea 1
cultural
de
Fiestas
de
Sahún
CONCESIÓN
DIRECTA
Asociación
Actividad/Actuación
Subvencionada
Facilitar
laAyudas
conciliación de laescolar
vida familiar y
laboral
de
Importe sImporte
ubvenció a justifi
n (€)
car (€)
comedor8000
Colaborar en losActuaciones fiestas de4000
gastos generadosSahún 2016 (San Juan
por
lasy Virgen de Guayente)
actividades
programadas en
las
fiestas
padronales
de
SAHÚN 2016
Línea 1 Colaborar en losActuaciones fiestas de4000
6178
10000
5000
5000
CSVS39A4D70BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
48000
3380
48000
3380
48000
3380
48000
4320
48000
4320
48000
4320
48000
3360
48000
Nº 114
cultural
Comisión
de
Fiestas
de
Eriste
CONCESIÓN
DIRECTA
gastos generadosEriste
2016
(San
por
lasSebastián y San Félix)
actividades
programadas en
las
fiestas
padronales
de
ERISTE 2016
Asociación
Línea 1 Colaborar en elActos relacionados con400
Cultural
Les
mantenimiento dela
promoción
y
Falles de Sahún
las tradiciones. realización
de
les
CONCESIÓN
Falles de Sahún 2016
DIRECTA
Asociación deLínea 2 Apoyar
Gastos realización día50
Familias Contra
actividades
dede la Cultura y el
las Drogas
educación
yDeporte
CONCESIÓN
prevención
de
DIRECTA
adicciones
Asociación
Línea 1 Apoyar
Coste parcial a la395
cultural
y
actividades
impartición de clases
musical de la
educativas
de instrumentos.
Ball
dirigidas
a
la
CONCESIÓN
formación musical
DIRECTA
y artística
AMPAS
yLínea 1 Fomentar
elActividades desarrollas100
AMYPAS
de
asociacionismo ypor las AMPAS durante
Centros
actividades
el curso escolar.
Escolares
del
educativas.
Valle
de
Benasque
CONCESIÓN
DIRECTA
Clubs
yLínea 1 Apoyar
laEquipación deportiva. 50
asociaciones
realización
de
deportivas
actividades
CONCESIÓN
deportivas.
DIRECTA
Asociación RibaLínea 3 Impulsar
elImplantación red wifi en1350
güifi-Eresué 2.0
acceso a InternetEresué
CONCESIÓN
a los vecinos de
DIRECTA
Eresué
Obispado BarbaLínea 4 Mantenimiento yRehabilitación Iglesia2000
stro-Monzón
conservación dede San Juan Bautista
CONCESIÓN
los bienes dede Sahún
DIRECTA
interés
arquitectónico del
municipio
500
62,5
493,75
125
62,5
1687,5
2500
Sahún, 15 de junio de 2016. La Alcaldesa, Lourdes Ascaso Dieste
6179
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSVS39A4D70BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN LOCAL
COMARCAS
COMARCA DE SOMONTANO DE BARBASTRO
2757
ANUNCIO
APROBACION DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Comarcal inicial aprobatorio del
Reglamento regulador DEL SERVICIO DE TELEASISITENCIA DOMICILIARIA DE LA
COMARCA DE SOMONTAO DE BARBASTRO, cuyo texto íntegro se hace público, para su
general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y en el artículo 141 de la Ley 7/1999, de 9 de
abril, de Administración Local de Aragón.
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA DE LA COMARCA
DE SOMONTANO DE BARBASTRO
La Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón da respuesta al mandato
expreso del Estatuto de Autonomía de Aragón, según la reforma aprobada por Ley Orgánica
5/2007, de 20 de abril, que en materia de bienestar y cohesión social incluye la obligación
de los poderes públicos de Aragón de promover y garantizar un Sistema Público de
Servicios Sociales suficiente para la atención de personas y grupos, orientado al logro de su
pleno desarrollo personal y social, así como especialmente a la eliminación de las causas y
efectos de las diversas formas de marginación o exclusión social, regulando un sistema que
reposa, funcionalmente, sobre la distinción entre servicios sociales generales, destinados al
conjunto de la población y servicios sociales especializados, dirigidos a aquéllas personas
que requieren una atención específica.
El artículo 36.2 y g) de dicha ley contempla el Servicio de Teleasistencia como
prestación de servicio de los Servicios Sociales Generales.
El Decreto 143/2011, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba
el Catálogo de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón regula el Servicio
de Teleasistencia como prestación tecnológica, de naturaleza complementaria, cuyo
reconocimiento quedará sometido a las disponibilidades presupuestarias del Sistema
Público en cada ejercicio. Para las personas en situación de dependencia, el Catálogo
define otorga a la Teleasistencia carácter esencial, constitutivas de derecho subjetivo para
todas aquéllas personas que cumplan los requisitos normativos para acceder a su disfrute o
percepción.
1.- OBJETO
Es objeto del presente Reglamento, la regulación del Servicio de Teleasistencia
Domiciliaria en el ámbito de la Comarca de Somontano.
2.- DEFINICIÓN DE LA PRESTACIÓN
La Teleasistencia Domiciliaria (en adelante TAD) es un servicio que, a través de la
línea telefónica y con un equipamiento de comunicaciones e informático específico, ubicado
en un centro de atención y en el domicilio de los usuarios, permite a las personas mayores
y/o discapacitadas, con sólo accionar el dispositivo que llevan constantemente puesto y sin
molestias, entrar en contacto verbal “manos libres” durante las 24 horas del día y los 365
días del año, con un centro atendido por personal específicamente preparado para dar
respuesta adecuada a la necesidad presentada, bien por sí mismo o movilizando otros
recursos humanos o materiales, propios del usuario o existentes en la comunidad.
Con ellos se posibilita a las personas beneficiarias del servicio, que no necesitan
atención permanente y presencial de otras personas, tener la seguridad de que ante crisis
6180
CSVK38D4D72BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
de angustia y soledad, caídas, emergencias sanitarias, fuego y/o inundación en su vivienda
puedan contactar de forma inmediata con el centro de atención.
Estará complementado con “agendas” de usuario, que permitan recordarle la
necesidad de realizar actividades concretas de momentos determinados (realización de
gestiones, toma de medicamentos…).
3.- OBJETIVOS
1. El Servicio de Teleasistencia pretende:
Conseguir y mantener el mayor grado de autonomía e independencia de las
personas en su domicilio, mejorando la calidad de vida de los usuarios.
Favorecer la permanencia e integración en el entorno familiar y social, evitando
situaciones de desarraigo y el ingreso innecesario en instituciones.
Proporcionar seguridad, confianza y una atención rápida en casos de emergencia y
crisis personales y sociales.
Constituir un medio de apoyo a las familias que asumen el cuidado.
Actuar de manera activa como apoyo en la vida cotidiana, promoviendo la compañía
y protección de la persona usuaria.
2. Este sistema posibilita:
La conexión permanente entre el usuario y la central del sistema.
El apoyo inmediato a través de la línea telefónica fija, móvil o dispositivos de
localización.
La movilización de los recursos personales, familiares y de la comunidad.
El enlace entre el usuario y el entorno socio-familiar.
La actuación en el propio domicilio ante situaciones de emergencia.
4.- FUNCIONES
Son funciones del servicio:
Garantizar una conexión permanente con el usuario fortaleciendo su sentimiento de
autonomía y seguridad.
Responder, con la máxima inmediatez, a las necesidades de la persona usuaria,
informando al órgano competente de la situación detectada.
Servir de apoyo para recordar tareas relativas al bienestar de la persona usuaria
como son: fechas de revisiones médicas, horarios de ingesta de medicamentos u
otros, en aquellos casos en que el estado de salud física o mental lo aconsejen.
5.- DESTINATARIOS
Todas aquéllas personas residentes en cualquiera de los municipios de la Comarca
del Somontano que cumplan los siguientes requisitos:
Personas mayores de 65 años y personas discapacitadas que vivan solas
permanentemente o durante gran parte del día, entendiéndose por esto último, que
pasen solas más de 5 horas consecutivas debidamente justificadas.
Personas mayores de 65 años y personas discapacitadas que conviviendo con otras
personas, éstas presentan idénticas características de edad o discapacidad.
Que tengan cubiertas sus necesidades básicas de vivienda, alimentación e higiene
personal y del domicilio de forma continuada.
Dado que el manejo del sistema requiere un cierto nivel de comprensión y
discernimiento, deben excluirse como usuarios a las personas con enfermedades
mentales graves, incluidas las demencias.
Igualmente, y dado que el sistema se basa en la comunicación verbal usuario-centro
6181
CSVK38D4D72BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
de atención, deben excluirse a aquéllas personas con deficiencias notorias de
audición y/o expresión oral. Este requisito será eliminado, en el caso de personas
sordas, en el supuesto que entre en funcionamiento un sistema de alarga visual.
Personas en situación de dependencia
Otras personas que por su situación de enfermedad requieren, con carácter
temporal, el apoyo del dispositivo de teleasistencia.
6.- TIPOLOGÍA DE USUARIOS DEL SERVICIO TAD
Tendrán condición de usuarios las siguientes personas:
El/la titular del servicio: reúne todos los requisitos para ser usuario. Dispone de un
equipo telefónico y un pulsador personal. Vive sólo o acompañado, su estado físico
psíquico le permite utilizar el equipo telefónico. No puede existir en el mismo
domicilio más de un titular.
Titular del servicio y primer beneficiario: permite que existan dos usuarios. El estado
físico y psíquico le permite utilizar el equipo telefónico. Consta de un equipo y dos
pulsadores personales. Es la persona que, conviviendo con él/la titular, reúne los
requisitos para ser usuario del servicio. Dispone de unidad de control remoto.
Titular del servicio y beneficiario sin pulsador: convive con el titular del servicio, pero
su estado de salud físico-psíquico no le permite utilizar ni el equipo ni el pulsador,
por lo que necesita a una tercera persona para poder utilizarlo. El beneficiario causa
baja del servicio de forma automática con el titular del servicio, salvo que quede
adscrito el servicio asignado a otro usuario titular con el que también conviva.
7.- REQUISITOS
Para ser beneficiario del Servicio de TAD, deben cumplirse los siguientes requisitos:
Estar empadronado y tener residencia efectiva y habitual en cualquiera de los
municipios de la Comarca de Somontano.
Disponer de suministro eléctrico, así como de los medios oportunos y condiciones
para que sea llevado a cabo el servicio.
Vivir solos permanentemente o durante gran parte del día, o bien si se convive con
otras personas, que éstas presenten similares características.
Presentar una situación de riesgo debido a su avanzada edad, estado de
discapacidad o enfermedad y aislamiento geográfico o social.
No padecer enfermedad mental grave o deterioro cognitivo, ni notorias deficiencias
de audición y/o expresión oral.
Disponer de al menos dos contactos con llave (familiares, vecinos) que residan en el
mismo término municipal, excepto cuando se trate de zonas limítrofes con otro
municipio comarcal, dispongan de teléfono y juego completo de llaves de la vivienda.
No recibir ni tener la posibilidad de acceso al Servicio de TAD de otras
administraciones públicas o privadas.
8.- CRITERIOS DE SELECCIÓN
El Servicio de TAD va dirigido prioritariamente a personas que se encuentran en alguna de
las siguientes situaciones:
Vivir sólo/a o pasar gran parte del día sin compañía.
Aislamiento social / familiar / geográfico.
Personas con escasa movilidad o riesgo de caídas.
Personas de avanzada edad, con discapacidad o enfermedad.
Con carácter excepcional, se estudiará la necesidad de su implantación en aquéllos
6182
CSVK38D4D72BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
casos no contemplados en los párrafos anteriores y que por sus especiales características
aconsejen la implantación del mismo.
Para determinar el derecho y prioridad de acceso al servicio se aplicará el baremo
correspondiente. Ver ANEXO I.
9.- PROCEDIMIENTO
El procedimiento podrá iniciarse:
1.- A instancia de parte: Las personas interesadas deberán presentar solicitud en el
Registro General de la Comarca de Somontano de Barbastro, dirigida al Sr. Presidente.
Junto a la solicitud se presentará la documentación acreditativa de su situación personal,
necesaria para resolver. No será necesaria la presentación de aquéllos documentos que
obren en los Servicios sociales de la administración comarcal.
La documentación a presentar por los solicitantes será la siguiente:
Solicitud, según modelo (ver anexo II)
DNI / NIE
Certificado de residencia y convivencia
Tarjeta sanitarias
Informe de salud, según modelo (ver anexo IV)
Documentación complementaria (ver anexo V)
Documentación justificativa a presentar junto a la solicitud y resto de anexos.
Justificantes de ingresos de la unidad familiar de convivencia procedentes de
pensiones, intereses bancarios, actividades económicas, nóminas, prestaciones
sociales, etc.
Certificado de discapacidad.
Autorización tratamiento de datos (ver anexo VI).
Autorización bancaria identificada con el titular (ver anexo VIII).
Resolución de grado de dependencia, y resolución de prestaciones y servicios del
Sistema de Atención a la Dependencia si las hubiere.
Documento “Contactos” debidamente firmado por la persona o personas que
ejercen como contactos.
Cualquier otro documento que se considere necesario para valorar la solicitud y el
cumplimiento de los requisitos.
Autorización al tratamiento de sus datos en los ficheros informáticos y cesión de los
mismos a las empresas y entidades gestoras para su exclusiva utilización en la
gestión del servicio de Teleasistencia, así como a las Administraciones Públicas para
el desarrollo de sus competencias y funciones.
2.- Procedimiento de oficio para la atención en casos de urgente necesidad. Una vez
aplicado el baremo de valoración correspondiente, y comunicada la situación de urgencia a
la entidad titular del servicio, podrá iniciarse la prestación del servicio, debiéndose aportar
en el plazo de diez días la documentación que proceda para proseguir la tramitación del
expediente y resolución.
10.- TRAMITACIÓN
Las solicitudes una vez cumplimentadas y junto con la documentación requerida,
será atendida y valorada por el trabajador/a social, quién emitirá informe social adjuntando
la aplicación del baremo e indicando si procede, la concesión o denegación, debidamente
motivada.
Aquellos expedientes de solicitud que esté incorrectos y/o incompletos se requerirá al
interesado para que proceda en la subsanación de los defectos que en ella se observen en
un plazo máximo de quince días desde la recepción de la notificación.
La resolución de concesión o denegación del servicio deberá contener, siempre y en
todo caso, los siguientes extremos:
6183
CSVK38D4D72BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
Apellidos y nombre del titular y beneficiarios, si los hubiere.
Domicilio y localidad.
D.N.I / N.I.E.
Si procede o no la concesión de la ayuda, así como la motivación en caso de
denegación.
Tipología de la prestación.
Su inclusión en lista de espera, si procede.
Fecha probable de alta o situación en lista de espera.
Coste del servicio y tasa a abonar por el beneficiario/a.
La prelación en la fecha de presentación de las solicitudes no comportará derecho
de preferencia en la asignación del servicio, salvo en el supuesto de situaciones con
idéntico nivel de puntuación o idéntico nivel de ingresos económicos.
El órgano competente de la Entidad dictará resolución, en un plazo máximo de 3
meses contados desde la fecha de entrada de la solicitud en el Registro General de la
entidad local competente. Dicha resolución se notificará al interesado en el plazo máximo de
diez días, haciendo constar en la misma la concesión o denegación del servicio, o la
inclusión en la lista de espera hasta que sea posible hacer efectiva la prestación del
servicio. El acceso estará condicionado, en todo caso, a la disponibilidad presupuestaria y
de recursos humanos de la entidad local. Cuando la disponibilidad de atención sea inferior a
las solicitudes presentadas, el orden de prioridad para el acceso se establecerá en función
de los puntos obtenidos en el baremo contemplado en el Anexo I del presente Reglamento.
Las solicitudes que se encuentran en lista de espera se ordenarán en función de la mayor
puntuación obtenida en el baremo correspondiente y tendrán vigencia durante el año
siguiente a su presentación. Trascurrido este plazo y de seguir la persona solicitante
interesada en el servicio, se solicitará actualizar la documentación.
11.- ACCESO AL SERVICIO
El acceso al servicio de Teleasistencia estará condicionado a la existencia de crédito
presupuestario suficiente.
12.- SEGUIMIENTO DE LA PRESTACIÓN
Los trabajadores sociales realizarán las tareas de:
Información del servicio, orientación, tramitación y valoración del expediente.
Elaboración del informe social y la propuesta de atención conforme a lo establecido
en el presente Reglamento y la Ordenanza Fiscal correspondiente.
Realizar el seguimiento individualizado de cada caso, realizando visitas periódicas,
adecuando los contenidos de la prestación del servicio de Teleasistencia Domiciliaria
a la situación real de usuario y a la calidad del servicio y que conllevará el
mantenimiento, modificación, suspensión temporal o extinción del servicio.
Una vez presentada la solicitud debidamente valorada, los Servicios Sociales
procederán al visto bueno para dictar la correspondiente propuesta de Resolución y cursar
la orden de instalación.
13.- REVISIÓN
La prestación del servicio podrá ser revisada como consecuencia de la modificación
de circunstancias que dieron origen a la concesión del servicio. Podrá realizarse de
oficio por el Centro de Servicios Sociales, o a solicitud de la persona interesada o de
su representante legal, cuando se produzcan variaciones suficientemente
acreditadas de las circunstancias que dieron origen a la misma.
La revisión del servicio podrá dar lugar a la modificación, suspensión temporal o
extinción del mismo.
6184
CSVK38D4D72BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
Las modificaciones puntuales en la prestación del servicio que no afecten al derecho
reconocido, no requerirán la apertura de nuevo procedimiento.
14.- INSTALACIÓN DEL SERVICIO
Se cursará orden de prestación del Servicio de TAD a la empresa prestataria del
servicio en el plazo de diez días desde la fecha de la resolución de concesión del servicio y
en función de la disponibilidad terminales / aparatos, previa suscripción del documento
consignado en Anexo VII.
15.- CAUSAS DE DENEGACIÓN
Serán de denegación del servicio de TAD:
No CUMPLIR LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL PRESENTE Reglamento.
Dificultar la labor técnica de valoración de la solicitud realizada.
Que las funciones para las que se solicita el Servicio de Teleasistencia no estén
contempladas como funciones propias del servicio.
16.- CAUSAS DE SUSPENSIÓN TEMPORAL
Los usuarios que no precisen el servicio concedido durante un periodo de tiempo
determinado -por situaciones como visitas a familiares, ingresos hospitalarios
prolongados, o alojamiento temporal en establecimiento de serivicos socialesdeberán comunicar su ausencia a los Serviicos Sociales de la Comarca de
Somontano y en su caso, a la entidad prestadora, excepto si dicha ausencia se
produce por causa imprevisible, en cuyo caso se comunicará posteriormente.
Tal situación se entenderá como suspensión temporal en el Servicio, siempre que la
duración no sea superior a cuatro meses a lo largo del año. En el caso de superar
este plazo, la prestación se considerará extinguida.
17 .- CAUSAS DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO
Fallecimiento del beneficiario.
Renuncia voluntaria expresa de la persona usuaria o su representante legal.
Ingreso con carácter permanente en establecimiento residencial.
Por modificación de las causas psico-físicas y de convivencia que dieron lugar a la
concesión del servicio.
Por no presentar la documentación requerida en los plazos marcados por la
administración.
Por ocultación, falsedad o incumplimiento reiterado de alguna de las obligaciones y
deberes establecidos en la presente norma.
Por inadecuada y reiterada manipulación o incorrecta conservación del equipo
individual instalado.
Dificultar la labor de seguimiento de los profesionales de los Servicios Sociales y/o
de la empresa prestataria del servicio.
No cumplir las disposiciones citadas en este Reglamento que impidan el buen
funcionamiento del servicio.
No satisfacer la tasa correspondiente.
Traslado de domicilio definitivo a otro municipio en el que la entidad comarcal no sea
competente en la prestación del servicio.
Por superar el tiempo máximo de suspensión temporal.
Por uso inadecuado del servicio.
La extinción del servicio, excepto casos de fallecimiento será acordada mediante
6185
CSVK38D4D72BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
resolución de la Presidencia Comarcal y notificada a la persona titular o, en su caso, a su
representante legal.
18.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS BENEFICIARIOS
Con carácter general, las personas beneficiarias y titulares del servicio de
Teleasistencia respecto a los derechos y deberes se estará a lo dispuesto en los artículos
6,7 y 8 de la Ley 5/2009, de 30 de junio de Servicios Sociales de Aragón.
Derechos:
Ser respetadas y tratadas con dignidad.
La confidencialidad en la recogida y el tratamiento de sus datos, de acuerdo con la
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal.
Recibir una atención individualizada acorde con sus necesidades específicas.
Recibir orientación sobre los recursos alternativos que, en su caso, resulten
necesarios.
Recibir información puntual de las condiciones y contenido, así como de las
modificaciones que pudieran producirse en el régimen del servicio.
Ser informados sobre el estado de tramitación de su expediente.
Ser oídos sobre cuantas incidencias relevantes observen en la prestación del
servicio, así como a conocer y utilizar los cauces formales establecidos para formular
quejas y sugerencias.
Cesar en la utilización del servicio por voluntad propia.
Cualesquiera otros que les reconozcan las normas vigentes.
Deberes:
Aceptar y cumplir las condiciones que exige el servicio, establecidas en el acuerdo
firmado entre las partes. (Anexo IV).
Permitir la entrada en el domicilio, facilitar el ejercicio de las tareas del personal que
atiende el servicio, así como poner a su disposición los medios materiales
adecuados para el desarrollo de las mismas.
Mantener un trato respetuoso y correcto con las personas que prestan el servicio.
Corresponsabilizarse en el coste del servicio en función de su capacidad económica
personal.
Facilitar correctamente los datos necesarios para la concesión y prestación del
Servicio, así como responsabilizarse de la veracidad de los mismos, e informar de
cualquier cambio que se produzca en su situación personal, familiar, social y
económica que pudiera dar lugar a la modificación, suspensión o extinción del
servicio.
Comunicar con suficiente antelación cualquier ausencia temporal del domicilio que
impida la prestación del servicio.
No exigir tareas o actividades no incluidas en la prestación del servicio.
Poner en conocimiento del técnico responsable del servicio y/o del trabajador/a
social de referencia cualquier anomalía o irregularidad que detecte en la prestación.
Conservar correctamente los dispositivos técnicos instalados.
19.- FINANCIACIÓN DEL SERVICIO
La financiación del Servicio de Teleasistencia domiciliaria correrá a cargo de la
Administración de la Comunidad Autónoma, La Comarca del Somontano y la aportación de
los beneficiarios mediante la tasa correspondiente que se fijará en la correspondiente
Ordenanza fiscal.
20.- PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA
6186
CSVK38D4D72BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
Las personas reconocidas con grado de dependencia que tengan concedida la
prestación de Teleasistencia Domiciliaria en la correspondiente resolución del Instituto
Aragonés de Servicios Sociales, estarán a lo dispuesto en la normativa vigente respecto a
este servicio como prestación del Sistema de Atención a la Dependencia.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Hasta tanto el Gobierno de Aragón no apruebe el Servicio de Teleasistencia
Domiciliaria del Sistema de Atención a la Dependencia a aquéllas personas que dispongan
del Servicio de Teleasistencia comarcal, éste se seguirá prestando por la Comarca del
Somontano, en las condiciones establecidas en el presente Reglamento, así como en la
Ordenanza Fiscal correspondiente.
DISPOSICIÓN FINAL. ENTRADA EN VIGOR.
El presente Reglamento entrará en vigor una vez transcurridos quince días contados
desde el día siguiente al de la publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de la
Provincia de Huesca
Barbastro, a 6 de abril de 2016
ANEXOS
ANEXO I.
ANEXO II.
ANEXO III.
ANEXO IV.
ANEXO V.
ANEXO VI.
ANEXO VII.
ANEXO VIII.
BAREMO
SOLICITUD
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUNTO A LA SOLICITUD
INFORME DE SALUD
INFORME SOCIAL
AUTORIZACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS
ORDEN DE INSTALACIÓN
AUTORIZACIÓN BANCARIA
ANEXO I. BAREMO
Debe seleccionarse una única variable en cada apartado.
A Características personales (máximo 30 puntos)
A.1. Edad (máximo 15 puntos)
puntos
0
2
5
10
15
60 años o menos
De 61 a 65 años
De 66 a 70 años
De 71 a 80 años
81 años o más
A.2. Discapacidad (máximo 15 puntos)
puntos
0
5
10
15
< 33 %
De 33 a 65 %
De 66 a 74%
De 75 a 100 %
B) Autonomía y vivencia psicológica (máximo 20 puntos)
B.1. Autonomía para la realización de las actividades básicas de la vida diaria -ABVD
(máximo 10 puntos).
puntos
6187
CSVK38D4D72BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Realiza las ABVD
Necesita ayuda para todas las ABVD
Realiza las ABVD con ayuda puntual
Nº 114
0
5
10
B. 2. Vivencia psicológica (máximo 10 puntos)
puntos
0
5
10
Vivencia en estado general de tranquilidad
Vivencia en estado general de preocupación
Vivencia en estado general de angustia
C) Situación sociofamiliar (máximo 35 puntos)
C. 1. Convivencia (máximo 20 puntos)
Convive con persona no dependiente todo el día
Convive con persona no dependiente parte del día
Convive con persona dependiente moderada
Convive con persona dependiente severa o grave
Vive sólo/a
puntos
0
5
10
15
20
C. 2. Relaciones (máximo 15 puntos)
Tiene familiares que le prestan apoyo frecuente
Tiene familiares que le prestan apoyo ocasional
Tiene apoyo ocasional de personas no familiares
No tiene apoyo
puntos
0
5
10
15
D) Vivienda (máximo 10 puntos)
Vivienda en comunidad de vecinos o independiente al lado de otras
Vivienda aislada de otras viviendas habitadas
puntos
5
10
E) Otros factores (máximo 5 puntos)
puntos
2
5
Situación de riesgo para la salud
Otras situaciones (con informe social)
RESUMEN
A) Características personales
B) Autonomía y vivencia psicológica
C) Situación sociofamiliar
D) Vivienda
E) Otros factores
PUNTUACIÓN TOTAL (A+B+C+D+E)
Máximo puntuación
30
20
35
10
5
100
6188
Puntos obtenidos
CSVK38D4D72BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
Anexos 2 y 3
ANEXO II
SOLICITUD DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA
TITULAR
!
#
$
% &'
"
!
Beneficiario
D. ................................................................................. con DNI.............................................,
con el mismo domicilio que el titular, solicita acogerse al Servicio de Teleasistencia Domiciliaria
como:
-Beneficiario con colgante.
-Beneficiario sin colgante.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos
de Carácter Personal,
quedo enterado/a de que los datos personales recogidos en esta Solicitud serán incorporados y
tratados en el fichero “TD (Teleasistencia Domiciliaria). El responsable del fichero es el Servicio Social de Base de la
Comarca de Somontano de Barbastro, pudiendo ejercer ante dicho Organismo los derechos de acceso, rectificación
cancelación en su caso.
DECLARA ser ciertos todos los datos consignados en esta solicitud y la documentación que se acompaña.
AUTORIZA a que se realicen las verificaciones y las consultas necesarias en ficheros públicos, para acreditar los datos
declarados con los que obren en poder de otras Administraciones Públicas..
Así mismo ME COMPROMETO a cumplir las normas de funcionamiento de dicho servicio y a COMUNICAR, lo antes posible,
cualquier cambio de circunstancias que puedan afectar al Servicio (Ausencias del domicilio, Cambio de domicilio,
Fallecimiento del Titular o del Beneficiario, etc...).
SOLICITA acogerse al Servicio de Teleasistencia Domiciliaria como Titular y Beneficiario (si lo hubiere), para lo que
aporto/aportamos los anexos y documentación requerida.
…...... ...................…., a ...... .... de............................... de 20…...…..
El Titular,
El Beneficiario,
SR. PRESIDENTE DE LA COMARCA DE SOMONTANO DE BARBASTRO
6189
CSVK38D4D72BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
A
ANEXO III
TELEASISTENCIA DOMICILIARIA
!
"
#
$
%&
#
!'
6190
CSVK38D4D72BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
Anexo 4
ANEXO IV
INFORME MÉDICO
(Este informe se emite exclusivamente a efectos de solicitar acogerse al programa de Teleasistencia Domiciliaria).
(Se ruega sea cumplimentado por el médico de cabecera o médico de familia con letra clara y mayúscula).
Usuario: ..........................................................................................................................................................
Profesional que emite el informe: Apellidos, Nombre y Nº colegiado: ..........................................................
.........................................................................................................................................................................
Centro de Salud: .............................................................................................................................................
En su defecto número/números de teléfono de la consulta/urgencias: ..........................................................
Señalar las siguientes enfermedades que padece:
Enfermedad o déficits auditivos. Cuáles: ......................................................................................................................
Enfermedad o déficits visuales. Cuáles: ........................................................................................................................
Respiratorias. Cuáles: ...................................................................................................................................................
Cardiocirculatorias. Cuáles: ...........................................................................................................................................
Osteo-articulares (fracturas, reumáticas). Cuáles: ........................................................................................................
Neuro-psiquiátricas. Cuales: ..........................................................................................................................................
Genito-urinarias (incontinencias). Cuáles: .....................................................................................................................
Digestivas. Cuáles: ........................................................................................................................................................
Endocrinas (diabetes, etc.). Cuáles: ..............................................................................................................................
Infecciones. Cuáles: ......................................................................................................................................................
Otras: .............................................................................................................................................................................
ALERGIAS (si tiene): .....................................................................................................................................................
......................................................................................................................................................................................
MEDICACIÓN (Indicar la patología y dosis). Si se considera muy fundamental la toma de alguna medicación en
concreto, especificarlo, así como si sería conveniente el recordatorio de la misma al paciente). .............................
......................................................................................................................................................................................
......................................................................................................................................................................................
RIESGOS ESPECÍFICOS (si tiene):
Caídas
Pérdidas de conciencia
Posibles contagios
Otros (especificar cuales)
6191
CSVK38D4D72BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
A
Considera que sus aptitudes ante las diferentes actividades cotidianas son las siguientes:
(señale con una X en el recuadro correspondiente)
VISION
MOVILIDAD
Ve bien
Se mueve solo
No puede leer
Necesita ayuda
Ceguera total
Necesita andadores, bastón o muletas
Va en silla de ruedas
RESPIRACION
AUDICIÓN
Respira bien
Oye bien (con o sin audífono)
Se cansa o le cuesta respirar
Hay que hablarle fuerte
Se ahoga a menudo
No oye
Necesita oxigenoterapia esporádicamente
HABLA
DESORIENTACIÓN
Se encuentra bien
No se manifiesta
Cuesta entenderle un diálogo confuso, incoherente
Escucha pero no comprende
Problemas de memoria
ESTADO ANÍMICO
Se siente bien
Se siente solo
Está deprimido
RESUMEN DE LA HISTORIA CLÍNICA: ................................................................................................
....................................................................................................................................................................
....................................................................................................................................................................
....................................................................................................................................................................
....................................................................................................................................................................
....................................................................................................................................................................
OBSERVACIONES: ...................................................................................................................................
....................................................................................................................................................................
....................................................................................................................................................................
....................................................................................................................................................................
Fecha y firma
6192
CSVK38D4D72BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
Anexos 5 y 6
ANEXO V
SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA
INFORME SOCIAL
Profesional que emite el informe: _______________________________________________________
Beneficiario/a:______________________________________________________________________
SITUACIÓN PERSONAL Y FAMILIAR
SALUD
VIVIENDA
RELACIONES SOCIO-FAMILIARES
OCIO Y TIEMPO LIBRE
JUSTIFICACIÓN DE LA DEMANDA
VALORACIÓN PROFESIONAL
BARBASTRO, _________________________
6193
CSVK38D4D72BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
A
ANEXO VI
TELEASISTENCIA DOMICILIARIA
AUTORIZACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS
(uno por cada persona titular y/o beneficiario)
D. / Dña.: ______________________________________, D.N.I.: _________________
con domicilio en ________________________________________________________,
C. P. : ____________
AUTORIZO:
•
A la Comarca de somontano de Barbastro al tratamiento de sus datos en los
ficheros informáticos y cesión de los mismos a las empresas y entidades
gestoras para su exclusiva utilización en la gestión del Servicio de Teleasistencia
domiciliaria, así como a las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus
competencias y funciones.
BARBASTRO, a ______ de ______________ de _________
SR. PRESIDENTE DE LA COMARCA DE SOMONTANO DE BARBASTRO
6194
CSVK38D4D72BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
Anexo 7
ANEXO VII
ORDEN DE INSTALACIÓN
DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA A LA EMPRESA PRESTATARIA
(Se adjunta documentación complementaria)
TITULAR DEL SERVICIO:
D./Dña.: _______________________________________, DNI: ___________________
Domicilio para la instalación: _______________________________________________
CP : ____________ LOCALIDAD: __________________________________________
Tfno.: _________________________________________________________________
BENEFICIARIO/A:
D./Dña. ________________________________________. DNI ___________________
CON COLGANTE SI NO
OBSERVACIONES
* El dispositivo de Teleasistencia (Terminal y unidad de control remoto) deberá instalarse a
la mayor brevedad posible desde la recepción de esta notificación.
* A efectos de gestión del Servicio ruego comunique a la Comarca de Somontano de
Barbastro la fecha de instalación del servicio de Teleasistencia.
BARBASTRO, a _________________________________
EL PRESIDENTE,
6195
CSVK38D4D72BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
Anexo 8
FICHA DE TERCEROS
C.I.F. P-2200123-D
AVDA. NAVARRA, 1
22300.- BARBASTRO (Huesca)
Tel: 974 306 006
Fax: 974 306 052
Correo electrónico: [email protected]
Página web: www.somontano.org
Alta
Modificación de datos
A RELLENAR POR EL INTERESADO
Cumplimentar a máquina o en letras mayúsculas
N.I.F. / N.I.E. / C.I.F.: _________________________
Nombre o razón social: _________________________________________________________
Nombre Comercial: ____________________________________________________________
Domicilio: ____________________________________________________________________
Nº: _________
Piso: ______
Escalera: ______
Puerta: ____
Población: ________________________________________Código Postal: ___________
Provincia: ___________________________________ País: ________________________
Teléfono: __________________ Fax: ___________________ Móvil: __________________
Correo electrónico: __________________________ Página web: _____________________
Los datos identificativos y bancarios que figuran en esta ficha deberán ser tenidos en cuenta a partir de
esta fecha en todo pago que deba efectuarse al que suscribe por la Comarca de Somontano de Barbastro.
_________________ a ___ de ____________ de _____
El Interesado, *
* Cuando se trate de persona jurídica, debe incluir sello
DATOS BANCARIOS: PAGOS POR TRANSFERENCIA
Cód. IBAN // Cód. Banco
__ __ __ __ // __ __ __ __
CODIGO DE LA CUENTA
Cód. Sucursal D.C.
Número de Cuenta
__ __ __ __
__ __
__ __ __ __ __ __ __ __ __ __
Cód. BIC: __ __ __ __ __ __ __ __
Certifico: Que los datos bancarios reseñados corresponden a la cuenta que el titular de referencia tiene abierta en la
entidad que se especifica y que será utilizada por la Comarca de Somontano mientras no se notifique lo contrario.
Fecha:
Sigue al dorso
6196
CSVK38D4D72BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
A
A RELLENAR POR EL INTERESADO: EN CASO DE PERSONA FÍSICA
Conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal, le informamos de que los datos recogidos formarán parte de un
fichero de Gestión Económico-Administrativa, cuyo responsable es la Comarca de Somontano,
cuya finalidad es ”recoger los datos de necesarios para la gestión económica, contable,
presupuestaria, interventora, tributaria y de recaudación, como la gestión de la facturación y la
gestión fiscal”.
Se le informa asimismo, sobre la posibilidad que Ud. tiene de ejercitar los derechos de acceso,
rectificación y cancelación, en relación con sus datos personales, en los términos establecidos
legalmente, utilizando los formularios correspondientes disponibles en el sitio web de la Agencia
de Protección de Datos (www.agpd.es ) y enviándolos cumplimentados a la siguiente dirección:
Avd. Navarra Nº 1, CP 22300 Barbastro, Huesca.
Sus datos no serán cedidos a terceros, salvo en los casos en los que la ley lo permita o exija
expresamente.
Fecha y firma de la persona que da sus datos.
_________________ a ___ de ____________ de _____
El Interesado,
INFORMACIÓN ADICIONAL
Si considera que el volumen de negocios con la Comarca de Somontano de Barbastro superará
los 500,00 € anuales, deberá aportar:
-
Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones con la misma.
Certificado de la Delegación de Hacienda de estar al corriente en el cumplimiento de
obligaciones tributarias.
Estos certificados tienen una validez de seis meses, por lo que se deberán aportar dos veces al
año.
La Comarca de Somontano de Barbastro tiene autorización para recabar los datos fiscales de sus
terceros, por lo que existe un “Modelo de autorización” que debidamente rellenado facilita la
obtención de este certificado.
Los modelos se podrán descargar de la dirección:
- www.somontano.org/modelos
6197
CSVK38D4D72BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
Contra el presente Acuerdo[1], se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad
Autónoma de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Barbastro, a 15 de junio de 2016. El Presidente, Fdo.: Jaime Facerías Sancho
[1] Téngase en cuenta que de conformidad con el artículo 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo común, contra las disposiciones administrativas de carácter general no cabrá
recurso en vía administrativa.
6198
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSVK38D4D72BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN LOCAL
COMARCAS
COMARCA DEL BAJO CINCA/BAIX CINCA
2758
ANUNCIO
Por Resolución de Presidencia n.º 170/2016, de fecha 14 de junio, se aprobaron las bases
de la convocatoria para la provisión, mediante el procedimiento de concurso-oposición libre,
de una plaza de Conductor/Acompañante de Transporte Social Adaptado, vacante en la
plantilla de personal laboral de la Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca, con arreglo a las
siguientes bases:
BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN POR
PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE, DE UNA PLAZA DE
CONDUCTOR/ACOMPAÑANTE TRANSPORTE SOCIAL ADAPTADO, EN RÉGIMEN DE
LABORAL FIJO DE LA COMARCA DEL BAJO CINCA/BAIX CINCA
PRIMERA. Normas Generales
El objeto de las presentes bases es la provisión, mediante concurso-oposición libre, de una
plaza de Conductor/Acompañante Transporte Social Adaptado, vacante en la plantilla de
personal laboral de la Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca e incluida en la oferta pública de
empleo correspondiente al ejercicio del año 2016, aprobada por Resolución de Presidencia
n.º 125/2016 de fecha 6 de mayo, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
n.º 88, de fecha 11 de mayo de 2016. Igualmente se creará una bolsa de trabajo para cubrir
de modo temporal vacantes de personal laboral que no se puedan cubrir por el personal
laboral de la entidad, sustitución transitoria de los titulares, ejecución de programas de
carácter temporal y exceso o acumulación de tareas. El puesto tiene las siguientes
características: Denominación plaza: Conductor/Acompañante Transporte Social Adaptado.
Número vacantes: Una. Jornada: completa 37,5h/semana, de lunes a viernes, con los
descansos que establece la ley. En la modalidad de jornada partida y horario flexible, según
necesidades del servicio de "Acompañamiento social de personas dependientes, puerta a
puerta". El Puesto de trabajo tiene carácter itinerante, por lo que el productor acepta prestar
servicios en cualquier municipio de la Comarca. Grupo y nivel: C2, nivel 17. Sistema
selección: concurso oposición libre. Régimen: laboral fijo. La plaza está adscrita al área de
Servicios Sociales de esta Comarca y las funciones encomendadas son:
Funciones conductor
-Conducir el vehículo y tareas propias de utilización del vehículo.
-Mantenimiento de condiciones mecánicas, higiénicas etc... del vehículo.
-Registro de kilómetros, consumo e incidentes.
-Movilizaciones de los usuarios dependientes o movilidad reducida.
Funciones acompañante
-Recoger al usuario en el domicilio - acompañar al centro y viceversa.
-Valoración de necesidades de los usuarios, que deben transmitirse a la Trabajadora Social
( ropa inadecuada, conductas durante el trayecto, necesidad de materiales específicos,
incumplimiento por parte de los familiares de los acuerdos adoptados, etc.....).
-Informes al personal del centro y T. Social, sobre incidencias u observaciones habidas en
el trayecto.
-Registros de tiempos de recogida usuarios.
SEGUNDA. Modalidad del Contrato
La contratación se realizará en régimen de derecho laboral, conforme a la legislación laboral
6199
CSVC37G4D76BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
vigente en cada momento. La modalidad del contrato es la regulada en el artículo 15.1 del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. El carácter del contrato es fijo, y en régimen de
dedicación a jornada completa (37,5h/semana). La relación laboral se regirá por lo dispuesto
en el estatuto de los Trabajadores. En la modalidad de jornada partida, de lunes a viernes,
en horario flexible, según necesidades del servicio de "Acompañamiento social de personas
dependientes, puerta a puerta". El Puesto de trabajo tiene carácter itinerante, por lo que el
productor acepta prestar servicios en cualquier municipio de la Comarca.
La plaza se halla dotada con el sueldo correspondiente al grupo: C2, nivel 17, dos pagas
extraordinarias, trienios y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la
legislación vigente: todo ello condicionado a los cambios normativos que el Gobierno de la
Nación, o en su caso el Gobierno Autonómico, puedan establecer en el futuro. En relación a
otras condiciones laborales: retribuciones, licencias, permisos, vacaciones... se estará al
Convenio Colectivo del Personal Laboral de esta Comarca.
TERCERA. Condiciones de Admisión de Aspirantes
Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos
establecidos en el artículo 56 de la Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. No padecer enfermedad
o limitación física o psíquica que sea incompatible para el desempeño de las funciones
propias de las plazas convocadas.
c) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima
de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral,
en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado,
no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al
empleado público.
e) Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria, Graduado Escolar o
cualquier otro equivalente a los anteriores, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en
que termine el plazo de presentación de instancias. En el caso de titulación obtenida en el
extranjero deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación y Cultura o
cualquier otro órgano de la Administración competente para ello.
f) Estar en posesión del carnet de conducir clase D.
g)Estar en posesión del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación
inicial para los conductores de vehículos destinados al transporte por carretera de viajeros.
CUARTA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias
Las solicitudes, requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las
que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes
bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr. Presidente de la Comarca del
Bajo Cinca/Baix Cinca, según modelo del Anexo I y se presentarán en el Registro de
entrada de este Comarca o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 38.4 de la
Ley 30/1992, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la
6200
CSVC37G4D76BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de
Huesca, en el tablón de edictos y página web de esta Comarca.
La solicitud deberá ir acompañada por:
Fotocopia del NIF o, en su caso, pasaporte.
Fotocopia de la titulación exigida en la convocatoria.
Justificante del pago de derecho de examen, que asciende a la cantidad de 6,55
euros, y que deberá ingresarse en la cuenta comarcal n.º ES73 2085 5339 47
0332691394.
Fotocopia del carnet de conducir clase D
Fotocopia del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial
para los conductores de vehículos destinados al transporte por carretera de viajeros.
Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen a efectos de valoración
en la fase de concurso. Deberán ser anteriores a la fecha que finalice el plazo para
la presentación de instancias solicitando tomar parte en la convocatoria.
La presentación de la instancia de participación supondrá la aceptación íntegra del
contenido de las presentes bases.
QUINTA. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará resolución en el
plazo de máximo un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos,
con indicación de la causa de exclusión. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín
Oficial de la Provincia de Huesca y en el tablón de edictos de la Comarca (sito en Calle
Manuel Alabart, 23 de Fraga (Huesca), se concederá un plazo de diez días hábiles para la
subsanación. Transcurrido el plazo de subsanación por la Presidencia, se aprobará la lista
definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la
Provincia de Huesca y en el tablón de edictos de la Comarca. En la misma publicación se
hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las pruebas. En el
supuesto de presentarse reclamaciones, estas serán aceptadas o rechazadas en la misma
resolución indicada. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, se indica que tras la publicación de los anuncios referidos en el
BOPHU, los sucesivos anuncios del proceso selectivo se harán públicos en el tablón de
edictos de la Comarca.
SEXTA. Tribunal Calificador
Los órganos de selección se constituirán en cada convocatoria y deberán estar formados
por un número impar de miembros, uno de los cuales, al menos, será designado a
propuesta de la representación de los trabajadores. Por asimilación y conforme señala el
artículo 11 del Real Decreto 364/1995, el número de miembros del tribunal será de cinco,
debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes, y en su composición se
velará por el cumplimiento del principio de especialidad. La totalidad de los vocales deberá
poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en el cuerpo o escala
de que se trate.
Los Tribunales calificadores estarán constituidos por: Presidente y cuatro Vocales, de los
cuales uno realizará la labor de Secretario, designados mediante Resolución de
Presidencia, pudiendo ser recusados por los aspirantes en el plazo de diez días hábiles
siguientes a su publicación. Los órganos de selección serán colegiados y su composición
deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. De
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre la
6201
CSVC37G4D76BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie. La abstención y recusación de los
miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las
bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y
valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o
reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de
la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán
resueltas por el Tribunal, por mayoría. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la
asistencia al menos de tres de sus miembros, siendo siempre necesaria la asistencia del
presidente y del secretario.
SÉPTIMA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases: —
Oposición. — Concurso.
FASE OPOSICIÓN:
La fase de oposición consistirá en la realización de dos pruebas, que serán eliminatorias y
obligatorias para los aspirantes, una prueba escrita y una de carácter práctica, las cuales
tendrán carácter de prueba única y, por lo tanto, se realizarán dentro del mismo día si el
tribunal lo estima conveniente.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición
quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y
libremente apreciada por el Tribunal. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los
opositores para que acrediten su personalidad. Los candidatos deberán acudir provistos del
NIF o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Las pruebas de la oposición serán las siguientes:
Primera prueba. Consistirá en la realización por escrito, de una escala de aptitudes sobre
dependencia y movilización, relacionadas con el programa detallado en el Anexo II. Esta
prueba se valorará sobre un máximo de 10 puntos. Para pasar a la segunda prueba es
preciso que los aspirantes hayan obtenido un mínimo de 5 puntos. Finalizado y calificado el
ejercicio, el tribunal hará público en el tablón de edictos de esta Comarca los aspirantes que
hayan superado el mismo con las puntuaciones obtenidas, señalando la hora en que tendrá
lugar la segunda prueba.
Segunda prueba. Consistirá en la realización de una prueba práctica relacionada con las
funciones propias del puesto de trabajo. Esta prueba se valorará sobre un máximo de 10
puntos. Para pasar a la fase de concurso, es preciso que los aspirantes hayan obtenido un
mínimo de 5 puntos. La puntuación del ejercicio se hallará calculando la media aritmética de
las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal.
La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en la
prueba escrita y práctica.
FASE CONCURSO:
a) Titulación: Por poseer título superior al exigido en la convocatoria: 0,25 puntos por
titulación presentada. Hasta un máximo de 1 punto.
b) Formación y perfeccionamiento:
6202
CSVC37G4D76BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
b) 1. Se valorarán los cursos, seminarios... relacionados con la plaza objeto de la
convocatoria, de la siguiente forma:
Hasta 30 horas: 0,10 puntos por curso
De 31 a 80 horas: 0,20 puntos por curso
De 81 a 130 horas: 0,30 puntos por curso
De 131 a 180 horas: 0,40 puntos por curso
De 181 en adelante: 0,50 puntos por curso
Se valorarán los cursos, seminarios... impartidos por las administraciones públicas o centros
homologados. Los aspirantes deberán aportar el documento acreditativo de su participación
en el curso, seminario... No serán valorados aquellos cursos, seminarios... en los que no se
haga constar la duración en horas o créditos. Hasta un máximo de 1 punto.
b) 2. Estar en posesión del Carnet de conducir:
Por cada categoría superior a la clase D: 0,25. Hasta un máximo de 1 punto.
c) Experiencia: Por servicios prestados en el traslado y acompañamiento de personas con
discapacidad y/o en situación de dependencia en administración pública y/o empresa
privada o puesto similar, 0,10 puntos por mes trabajado en la administración pública y 0,05
puntos por mes trabajado en la empresa privada, despreciándose las fracciones inferiores al
mes.
Dicho extremo se acreditará mediante certificación expedida por la administración pública o
empresa correspondiente, en la que se hará constar: Tipo de contrato laboral o
nombramiento de funcionario de carrera o interino, categoría profesional, duración de los
servicios prestados por el interesado en dicho puesto de trabajo y funciones desarrolladas.
Hasta un máximo de 2 puntos.
OCTAVA. Calificación
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de oposición y la
obtenida en la fase de concurso. En caso de empate se estará a lo dispuesto en el artículo
44 del Real Decreto 364//1995, de 10 de marzo, el orden será el siguiente:
Mayor valoración de los servicios prestados en la administración pública
De persistir el empate, se resolverá por sorteo público.
NOVENA. Relación de Aprobados, Presentación de Documentos y Nombramiento
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el tribunal hará pública la relación de
aspirantes que hayan superado las dos pruebas de la fase de oposición, por orden de
puntuación, una vez sumada la fase de concurso, en el tablón de edictos de la Comarca del
Bajo Cinca/Baix Cinca. Dicha relación se elevará al Presidente Comarcal, ordenada de
mayor a menor, proponiendo la contratación del aspirante con mayor puntuación. No
obstante lo anterior, y si se produjese la renuncia del candidato seleccionado antes de su
contratación, se procedería a la contratación del aspirante que ocupe el segundo lugar y así
sucesivamente.
El candidato propuesto aportará ante la Administración dentro del plazo de veinte días
naturales desde que se publican en el tablón de edictos de la Comarca los siguientes
documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la
convocatoria:
Fotocopia compulsada del D.N.I.
6203
CSVC37G4D76BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
Fotocopia compulsada del Título de Graduado en Educación Secundaria, Graduado
Escolar o cualquier otro equivalente.
Declaración jurada de no estar afectado por ninguna causa de incapacidad o
incompatibilidad, ni haber sido despedido laboralmente mediante despido laboral
procedente.
Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni estar afectado por
limitación física o psíquica que sea incompatible para el desempeño de las funciones
propias de la plaza convocada.
Fotocopia compulsada del carnet de conducir clase D
Fotocopia compulsada del certificado de aptitud profesional acreditativo de la
cualificación inicial para los conductores de vehículos destinados al transporte por
carretera de viajeros.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos
exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio
de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación. En todo caso el tribunal formulará propuesta a favor del siguiente en la lista.
Cumplidos los requisitos precedentes y una vez aprobado el nombramiento para el puesto
por la Presidencia Comarcal, se procederá a la formalización del contrato laboral
correspondiente.
DÉCIMA. Funcionamiento de la Bolsa de Trabajo
Todas las personas que superen el proceso de selección y no resulten contratadas, serán
incluidas en una bolsa de trabajo, en función del total de puntuaciones obtenidas, que se
destinará a la contratación del personal que la integre (salvo que la normativa exija otro
procedimiento) cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
Cuando se produzca la situación de vacante temporal con reserva del puesto de
trabajo del titular del servicio.
Cuando sea necesario la sustitución transitoria del titular del servicio con ocasión de
bajas médicas, vacaciones, licencias o circunstancias análogas.
La ejecución de programas o proyectos de carácter temporal.
Exceso o acumulación de tareas.
La resolución de la Presidencia por la que se apruebe la bolsa de trabajo será publicada en
el tablón de edictos de esta comarca. El llamamiento para la plaza a cubrir se efectuará por
riguroso orden de puntuación.
El integrante de la bolsa que obtenga un contrato de trabajo causará baja en la bolsa, y una
vez que finalice su contrato de trabajo con la Comarca volverá a causar alta en la bolsa de
empleo en el puesto de la misma que le corresponda en relación con los puntos obtenidos.
La no contestación a la oferta de contratación dará lugar a la baja de la bolsa. La renuncia a
un puesto de trabajo ofertado supondrá el pase del aspirante al último lugar de la bosa de
empleo, salvo que concurra una de las siguientes circunstancias:
Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite
debidamente.
Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Esta bolsa de empleo tendrá una vigencia máxima de cuatro años.
6204
CSVC37G4D76BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
UNDÉCIMA. Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo
establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los
efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social. Contra la convocatoria y
sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso
de reposición en el plazo de un mes ante la Presidencia, previo al contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
de Huesca o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al
de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca (artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases, será de aplicación la Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se
establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el
procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el Real Decreto
Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local y el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
Fraga, 14 de junio de 2016. El Presidente, José Evaristo Cabistañ Cuchí
6205
CSVC37G4D76BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ANEXO I
ANEXO I (MODELO DE INSTANCIA)
D…………………………………………………………….., de ……………….. años de edad,
nacido el día ………… de ……………… de ……, vecino de ……………………., provincia de
………………………,
con
domicilio
a
efectos
de
notificaciones
en
C/
……………………………………….……….,
número
……………….,
teléfono…………………..,
email......................................... y con D.N.I. ………………………………… comparece y
tiene a bien exponer:
EXPONE
PRIMERA. Que vista la convocatoria anunciada en el Boletín Oficial de la
Provincia de Huesca n.º ___________, de fecha __________, en relación con la
convocatoria por concurso-oposición libre, para la provisión de una plaza de
Conductor/Acompañante de Transporte Social Adaptado, en régimen laboral fijo,
conforme a las bases que se publicaron en el citado boletín.
SEGUNDO. Que cree reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en
las bases referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la
instancia.
TERCERO. Que declara conocer las bases generales de la convocatoria
relativas a las pruebas de selección de personal laboral de la plantilla comarcal.
CUARTO. Acompaño junto a la solicitud de admisión a las pruebas de
selección, los siguientes documentos:
 Fotocopia del NIF o, en su caso, pasaporte
 Fotocopia de la titulación exigida en la convocatoria
 Justificante del pago de derecho de examen.
 Fotocopia del carnet de conducir clase D
 Fotocopia del certificado de aptitud profesional acreditativo de la
cualificación inicial para los conductores de vehículos destinados al transporte por
carretera de viajeros.
 Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen a efectos
de valoración en la fase de concurso
Por lo expuesto,
SOLICITA
Que se admita esta solicitud para las pruebas de selección de personal
referenciada y declaro bajo mi responsabilidad ser ciertos los datos que se
consignan.
En __________________, a _____ de __________ de 20__. (Firma del
solicitante)
ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA COMARCA DEL BAJO/BAIX CINCA
De acuerdo con la LO 15/1999, de Protección de Datos Personales, le informamos que los datos contenidos en el presente documento serán almacenados en el
fichero de Registro de entradas, titularidad de la Comarca del Bajo Cinca, con la finalidad de controlar la presentación de documentos. Asimismo, le
informamos de la posibilidad que Ud. tiene de ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, en relación a sus datos personales, en los términos
establecidos por la Agencia Española de Protección de Datos Personales. Sus datos no serán cedidos a terceros.
6206
CSVC37G4D76BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ANEXO II
ANEXO II
PROGRAMA
-Características y necesidades de las personas en situación de dependencia
- Planificación y control de las intervenciones
- Atención y apoyo psicosocial.
- Apoyo a la comunicación.
- Movilización de personas con capacidades reducidas.
- Relaciones en el equipo de trabajo
- Conducción racional y segura
- Mantenimiento básico de los vehículos.
- Servicio de transporte de viajeros
6207
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSVC37G4D76BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
GOBIERNO DE ARAGÓN
SERVICIO PROVINCIAL DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN
2759
ANUNCIO del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca por el que se somete
a información pública la solicitud de autorización administrativa de instalación eléctrica en
SABIÑANIGO, expediente AT-56/2016
A los efectos previstos en el artículo 39 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre del Sector
Eléctrico y el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, y de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 30/1992, se somete a información pública la
siguiente solicitud de autorización de instalación eléctrica.
Peticionario: ENERGIAS DE ARAGON I, S.L.U..- C/ San Miguel, 10.- ZARAGOZA
Finalidad: mejorar el suministro eléctrico en el T.M. de Sabiñánigo (Huesca).
Tipo
de
instalación:
Extensión
natural
financiada
por
empresa
de
distribución.
Características: Reforma del C.T. "CRT. BIESCAS (Z07526)", situado en el Polígono
Industrial s/n de Sabiñánigo, de tipo caseta en planta de obra aislada, con 1 transformador,
de 400 kVA de potencia, preparado para 630 kVA existente. Sustitución de la aparamenta
de corte al aire por 2 celdas de línea y una de protección con aislamiento SF6 y un
telemando. Se realizarán nuevas conexiones con las nuevas celdas.
Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán examinar el
proyecto y en su caso, presentar sus alegaciones, por duplicado, en este Servicio Provincial
de Huesca, sito en Plaza Cervantes nº 1 (Edificio de servicios múltiples), durante el plazo de
veinte días.
Huesca, 27 de mayo de 2016. La Directora del Servicio Provincial, Marta P. Rodríguez
Vicente
6208
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSV431I4D74BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
GOBIERNO DE ARAGÓN
SERVICIO PROVINCIAL DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN
2760
ANUNCIO
ANUNCIO del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca por el que se somete
a información pública la solicitud de autorización administrativa de instalación eléctrica en
GAVIN, T.M. DE BIESCAS, expediente AT-55/2016
A los efectos previstos en el artículo 39 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre del Sector
Eléctrico y el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, y de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 30/1992, se somete a información pública la
siguiente solicitud de autorización de instalación eléctrica.
Peticionario: ENERGIAS DE ARAGON I, S.L.U..- C/ San Miguel, 10.- ZARAGOZA
Finalidad: mejorar el suministro eléctrico en Gavín T.M. de Biescas (Huesca).
Tipo
de
instalación:
Extensión
natural
financiada
por
empresa
de
distribución.
Características: Reforma C.T. "GAVIN (Z08746)", situado en la C/ Única 100C de Gavín, de
tipo obra civil en edificio aislado tipo terreón, con 1 transformador, de 400 kVA de potencia,
preparado para 630 kVA existente. Sustitución de aparamenta de aire por 3 celdas de línea
y una de protección con aislamiento SF6 y un telemando. Se realizarán 2 conversiones
aéreo-subterráneas y las conexiones con las nuevas celdas, de 0,052 km de longitud y
conductores RH5Z1 12/20 kV de 3x1x240 mm2 Al y 3x1x95 mm2 Al.
Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán examinar el
proyecto y en su caso, presentar sus alegaciones, por duplicado, en este Servicio Provincial
de Huesca, sito en Plaza Cervantes nº 1 (Edificio de servicios múltiples), durante el plazo de
veinte días.
Huesca, 27 de mayo de 2016. La Directora del Servicio Provincial, Marta P. Rodríguez
Vicente
6209
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSVW38L4D78BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
GOBIERNO DE ARAGÓN
SERVICIO PROVINCIAL DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN
2761
ANUNCIO del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca por el que se somete
a información pública la solicitud de autorización administrativa de instalación eléctrica en
FORMIGAL, expediente AT-54/2016
A los efectos previstos en el artículo 39 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre del Sector
Eléctrico y el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, y de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 30/1992, se somete a información pública la
siguiente solicitud de autorización de instalación eléctrica.
Peticionario: ENERGIAS DE ARAGON I, S.L.U..- C/ San Miguel, 10.- ZARAGOZA
Finalidad: mejorar el suministro eléctrico en el T.M. de Formigal (Huesca).
Tipo
de
instalación:
Extensión
natural
financiada
por
empresa
de
distribución.
Características: Reforma del C.T. "ALMONSA FORMIGAL (Z08158)", situado en el Edificio
Almonsa, Av/ Huesca nº 6 en Formigal, de tipo obra civil, con 1 transformador, de 400 kVA
de potencia, preparado para 630 kVA existente, por el cambio de la aparamenta de corte en
aceite y al aire por 3 celdas de línea y una de protección con aislamiento SF6 y un
telemando. Se realizarán las conexiones entre las líneas existentes y las nuevas
celdas.
Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán examinar el
proyecto y en su caso, presentar sus alegaciones, por duplicado, en este Servicio Provincial
de Huesca, sito en Plaza Cervantes nº 1 (Edificio de servicios múltiples), durante el plazo de
veinte días.
Huesca, 27 de mayo de 2016. La Directora del Servicio Provincial, Marta P. Rodríguez
Vicente
6210
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSVO39O4D78BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
GOBIERNO DE ARAGÓN
SERVICIO PROVINCIAL DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN
2762
ANUNCIO
ANUNCIO del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca por el que se somete
a información pública la solicitud de autorización administrativa de instalación eléctrica en
FORMIGAL, T.M. DE SALLENT DE GALLEGO, expediente AT-58/2016
A los efectos previstos en el artículo 39 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre del Sector
Eléctrico y el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, y de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 30/1992, se somete a información pública la
siguiente solicitud de autorización de instalación eléctrica.
Peticionario: ENERGIAS DE ARAGON I, S.L.U..- C/ San Miguel, 10.- ZARAGOZA
Finalidad: mejorar el suministro eléctrico en Formigal, T.M. de Sallent de Gállego (Huesca).
Tipo
de
instalación:
Extensión
natural
financiada
por
empresa
de
distribución.
Características: Reforma del C.D. "FRONTON (Z08154)", de tipo obra civil en edificio
aislado, con 1 transformador, de 400 kVA de potencia, preparado para 630 kVA existente.
Sustitución de la aparamenta de corte al aire por 3 celdas de línea y una de protección con
aislamiento SF6 y telemando.
Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán examinar el
proyecto y en su caso, presentar sus alegaciones, por duplicado, en este Servicio Provincial
de Huesca, sito en Plaza Cervantes nº 1 (Edificio de servicios múltiples), durante el plazo de
veinte días.
Huesca, 27 de mayo de 2016. La Directora del Servicio Provincial, Marta P. Rodríguez
Vicente
6211
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSVG34R4D77BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
MINISTERIOS
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO
COMISARÍA DE AGUAS
2763
NOTA-ANUNCIO
REF.: 2015-S-483
D. Antonio López Sanjuan ha solicitado la autorización cuyos datos y circunstancias se
indican a continuación:
CIRCUNSTANCIAS:
Solicitante: ANTONIO LÓPEZ SANJUAN
Objeto: AUTORIZACIÓN VERTIDO AGUAS RESIDUALES PROCEDENTES DE UNA
VIVIENDA CON BAR-MERENDERO.
Cauce: BARRANCO DEL MONTE (RÍO SORROSAL)
Término Municipal del Vertido: TORLA-ORDESA (HUESCA)
Se trata del vertido, al barranco del Monte, de las aguas residuales procedentes de un barmerendero en Linás de Broto (Huesca), actualmente en construcción, cuyo caudal de
vertido ascenderá a 2 m3/día y 156 m3/año, tras ser depurado en decantador-digestor con
filtro biológico, así como un separador de grasas previo para las aguas residuales de la
cocina.
Lo que se hace público para general conocimiento y para que quienes se consideren
perjudicados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la
Confederación Hidrográfica del Ebro, durante el plazo de treinta días hábiles, contados a
partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a cuyo
efecto el expediente estará de manifiesto en la Confederación Hidrográfica del Ebro, Pº de
Sagasta 26-28, Zaragoza, en horas hábiles de oficina.
Zaragoza, 27 de mayo de 2016. El Comisario de aguas, P.D. El Comisario adjunto,
Francisco José Hijós Bitrián
6212
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSV838T4D71BFEOANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
MINISTERIOS
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO
DIRECCIÓN TÉCNICA
2764
NOTA-ANUNCIO
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Ebro por el que se somete a Información
Pública el “Proyecto 07/15 de optimización energética del embalse de San Salvador:
Tubería de conexión de los desagües de fondo con el canal de Zaidín. Términos
municipales de Albalate de Cinca y Belver de Cinca (Huesca)” y la relación de bienes y
derechos afectados por las obras.
Clave: 09.259-0449/2111
El referido Proyecto es promovido por la Sociedad Estatal Aguas de las Cuencas de
España, Sociedad anónima (ACUAES).
La actuación “Embalse de San Salvador” se encuentra declarada de interés general al estar
incluida en el Anexo II “Listado de inversiones” de la Ley 10/2001, de 5 de Julio, del Plan
Hidrológico Nacional.
También la actuación Embalse de San Salvador y la de Modernización del Canal de Aragón
y Cataluña, se encuentran en el Anejo de inversiones del Plan Hidrológico Nacional (Ley
10/2001, de 5 de julio), posteriormente modificado por la Ley 11/2005, de 22 de junio. Su
mejora energética es una subactuación de este proyecto y en ella se contempla la conexión
del tercer conducto de la galería de los desagües de fondo del embalse con el Canal de
Zaidín a la altura del punto kilométrico 28, canal que forma parte del Canal de Aragón y
Cataluña.
En el Convenio de Gestión Directa entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente y la Sociedad Estatal Aguas de las Cuencas de España, Sociedad anónima,
firmado el 30 de junio de 2014, se incluye en el epígrafe A.2.01.2 la actuación objeto de este
proyecto “Mejoras de optimización energética de la explotación del embalse de San
Salvador”.
En dicho Convenio viene caracterizada la reserva competencial que para sí hace el
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en lo referente a la expropiación
de los bienes y derechos para la ejecución de las obras implicadas en el mismo declaradas
de interés general, ostentando la Sociedad Estatal la condición de beneficiaria.
El 23 de Marzo de 2015 el Servicio de Coordinación Ambiental de la Dirección General del
Agua, resolvió que la actuación propuesta no requiere tramitarse conforme a los
procedimientos de evaluación de impacto ambiental al no formar parte del ámbito de
aplicación regulado en el artículo 7 de la Ley 21/2013.
Con fecha 10 de febrero de 2016 la Dirección General del Agua resolvió autorizar a la
Confederación Hidrográfica del Ebro a incoar el expediente de información pública del
“Proyecto 07/15 de optimización energética del embalse de San Salvador: Tubería de
conexión de los desagües de fondo con el canal de Zaidín. Términos municipales de
Albalate de Cinca y Belver de Cinca (Huesca).” de los bienes y derechos afectados por las
obras.
1. Objeto del Proyecto
El objeto del proyecto es la construcción de la tubería de conexión entre el tercer conducto
de la galería de desagües de fondo del embalse de San Salvador con el canal de Zaidín, así
como los elementos necesarios de regulación de caudales y un edificio de regulación.
Con la construcción de esta conducción, se reducirán las necesidades de consumo
energético, y con ello la factura eléctrica, para alimentar el canal de Zaidín desde el embalse
de San Salvador.
6213
CSV043WQDM9B1EGANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
2. Descripción del Proyecto
El proyecto comprende las siguientes infraestructuras:
· Tubería de conexión: entre el tercer conducto existente en la galería de desagües de fondo
del embalse de San Salvador y el canal de Zaidín a la altura del punto kilométrico 28, con
una longitud total de 9.690,01 metros y DN 1.800, a presión. Al llegar al Edificio de
regulación se bifurca en 2 conductos de DN 800.
· Edificio de regulación: formado por una casa de válvulas, de 10,70 x 18,72 x 7 metros,
donde se alojan los equipos eléctricos, válvula de mariposa de DN 1.200, 2 válvulas de
compuerta deslizante circulares DN 800 tipo Bureau, un canal de restitución y un cajón
curvo situado en el punto kilométrico final de la tubería de conexión, justo antes de la
entrega al canal de Zaidín.
· Válvulas: todas las ventosas, desagües y válvulas de seccionamiento que garanticen el
correcto funcionamiento de la tubería de conexión, así como dos válvulas Howell-Bunger o
de “chorro hueco” finales, fuera del edificio de regulación, que regulan caudales, rompen
carga y alivian el agua al canal de restitución.
El Presupuesto Base de Licitación, asciende a 14.675.793,34 euros.
3. Conclusión
Por eso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2 de la Ley de Expropiación
Forzosa en aplicación conjunta con el artículo 17 del Reglamento de Expropiación Forzosa,
se hace público para general conocimiento y se somete a Información Pública el “Proyecto
07/15 de optimización energética del embalse de San Salvador: Tubería de conexión de los
desagües de fondo con el canal de Zaidín. Términos municipales de Albalate de Cinca y
Belver de Cinca (Huesca)” y la relación de bienes y derechos afectados por las obras a fin
de que cuantos puedan considerarse interesados o afectados por las obras del proyecto
formulen por escrito sus alegaciones ante esta Confederación Hidrográfica del Ebro, en el
plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta NotaAnuncio en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca. A
efectos del cómputo de dicho plazo se tendrá en cuenta la fecha de publicación más tardía.
A tal fin, la documentación consistente en el Proyecto y la relación de bienes y derechos
afectados que forma parte del Proyecto como Anejo número 14 a la Memoria
(Expropiaciones y servidumbres), estará expuesta al público durante el plazo indicado en
horas hábiles, en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Ebro en Zaragoza, Paseo
de Sagasta, 24-28 y en los Ayuntamientos de Albalate de Cinca y Belver de Cinca (Huesca).
Todas las entidades y particulares interesados podrán dirigir a la Confederación Hidrográfica
del Ebro, por escrito, las alegaciones y observaciones que estimen pertinentes dentro del
plazo indicado. En todo escrito se hará constar el nombre, apellidos, documento nacional de
identidad, domicilio, localidad del reclamante o cuando las reclamaciones se realicen en
nombre de una entidad (Ayuntamiento, Comunidad, Asociación) deberá acreditarse
documentalmente el cargo o representación de quien encabece.
Zaragoza, 20 de mayo de 2016. El Director Técnico, P.A., El Director Adjunto Jefe de
Explotación, Alfonso Mariscal de Gante López
6214
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSV043WQDM9B1EGANBOP
16 Junio 2016
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 114
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUNTAS ELECTORALES
JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE JACA
2765
EDICTO
En virtud de lo acordado en sesión de 14 de junio de 2016 ha sido constituida
definitivamente esta Junta Electoral de Zona de Jaca, integrada por los siguientes
miembros:
PRESIDENTE:
D. SANTIAGO MANUEL BELTRÁN MONFORTE
VOCALES JUDICIALES:
Dª MARIA ESTUDILLO SEBASTIÁN
Dª PILAR GRACIA LACASTA
VOCALES NO JUDICIALES:
D. JOSÉ LUIS LALAGUNA LÓPEZ
Dª MARÍA DOLORES DEL VAL ESTEBAN
SECRETARIA: Dª ISABEL LABRADOR GIMENO
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, expido el presente en
Jaca, a 14 de junio de 2016.
La Secretaria de la Junta Electoral de Zona de Jaca
6215
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
CSVS48ZQDM9B1EGANBOP

Documentos relacionados