ANEXO II Informe sobre el trabajo realizado con relación a la
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ANEXO II Informe sobre el trabajo realizado con relación a la
PLAN DE SÁNCHEZ: UNA APROXIMACIÓN A LA ESTRATEGIA PSICOJURÍDICA Plan de Sánchez. Una Aproximación a la Estrategia Psicojurídica Nieves Gómez Dupuis © Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial - ECAP Primera Edición, Diciembre 2009 Impreso en Guatemala. Ilustraciones de Portada y Contraportada: Detalles del Mural “Memoria, Verdad y Camino Hacia la Justicia”, Rabinal – Baja Verapaz – Guatemala, 12 de febrero del 2009. sobrevivientes de Genocidio, Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial – ECAP con la colaboración de la Escuela de Arte y Taller Abierto de Perquín – El Salvador. Diseño de Portada: Opciones. Autora: Nieves Gómez Dupuis Revisión del texto: Fernando Suazo y Eduardo Woltke Responsable de esta publicación: Leonel Meoño Magarin Equipo de Estudios comunitarios y Acción Psicosocial – ECAP 2ª. Avenida 1-11 Zona 3 Colonia Bran. Código Postal 01003 Telefono: (502) 2232-1430 Fax: (502) 2253-6071 Correo Electrónico: [email protected] Página Web: www.ecapguatemala.org Guatemala – Centro América Impreso en: Opciones: 16 Calle 13-94 Zona 2, Colonia Melgar Díaz Teléfonos: (502) 2254-3192; Fax: (502) 2254-9006 Correo Electrónico: opcioneslitográ[email protected] Guatemala, Centro América Esta publicación se realiza en el marco del proyecto “Tortura: Prevención y Rehabilitación en el Contexto Multicultural de Guatemala”, financiado por la Unión Europea. Los puntos de vista expresados en esta publicación reflejan la opinión de la institución responsable de la investigación (ECAP). ISBN: 978-9929-8096-3-5 Derechos reservados por el autor, prohibido su reproducción parcial o total por cualquier medio, sin autorización por escrito del editor. Agradecimientos: A todos los sobrevivientes y familiares de Plan de Sánchez, Ixchel,Pamacal, Concul, Joya de Ramos y Las Ventanas, del Municipio de Rabinal porque son ellos y ellas los que han hecho posible este trabajo con su esfuerzo y su persistente lucha por la justicia en un país lleno de impunidad. A mis compañeros y compañeras, Felipe Sarti, Delfina Chen, Hermelinda Corazón, Bonifacio Osorio, María Chen, Andrea González, Manuel Román, Fabián González y Maricruz Figueroa por sus aportes en el trabajo psicosocial. A Angélica González por su apertura a implementar una estrategia en combinación entre la psicología y la ley y por su compromiso en el trabajo legal para lograr el cumplimiento de las medidas. A Fernando Suazo y a Eduardo Woltke por sus aportes en la revisión del texto. INDICE I.- Introducción. 1 II.- Algunos hechos históricos. 4 III.- El trabajo previo a la audiencia 8 3.1.- Trabajo psicosocial en la justicia nacional. 10 3.2.- Coordinaciones con organizaciones afines y representantes legales 15 IV.- El trabajo durante el debate 4.1.- Preparación y acompañamieto en las sesiones del debate 18 4.2.- La presentación del peritaje psicosocial y las reacciones de la CorteIDH 19 4.3.- La publicación de la sentencia 20 V.- Trabajo psicosocial después. 22 5.1.- Por qué el trabajo psicosocial y psicojurídico posterior a la sentencia 23 5.2.- Acciones llevadas a cabo 25 5.2.1.- Elaboración de una propuesta de medidas de reparación. 26 5.2.2.- Difusión y socialización de la historia de lucha y el logro de la sentencia 26 5.2.3.- Trabajo psicosocial con el fin de disminuir el posible impacto negativo de la indemnización económica. 32 5.2.4.- La creación de mesas de trabajo y la implementación de otras medidas de reparación. 33 5.3.- Logros relativos a la reparación psicosocial VI.- A modo de cierre: dificultades y aprendizajes 40 43 I.- INTRODUCCIÓN Este libro ha sido elaborado con el fin de sistematizar y compartir la experiencia de trabajo psicosocial en la comunidad indígena de Plan de Sánchez y en las comunidades aledañas que fueron afectadas por la masacre en julio de 1982 y que llegaron a resolver su caso en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos en el año 2004. ECAP ya publicó el libro “Trabajo psicosocial por violaciones a derechos humanos en contextos multiculturales” donde expone los objetivos, estrategias, herramientas y acciones del trabajo psicosocial, por lo que en el presente texto no se abordarán y se recomienda para ello remitirse a esa otra publicación. La sistematización se centra en el proceso de litigio que llevaron las víctimas y familiares tanto en el sistema nacional como en el sistema internacional, antes, durante y después de la publicación de la sentencia de fondo y de reparaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en adelante, CorteIDH. Este proceso, o este camino, aún no han terminado, faltan entre otras cosas, la investigación, juicio y sanción a los responsables materiales e intelectuales de estos hechos en el sistema nacional. Sin embargo, la experiencia de trabajo a lo largo de 6 años nos permite compartir algunos aciertos y errores del trabajo psicosocial como apoyo al trabajo legal en el ámbito de litigio, orientándonos hacia la construcción de lo que se ha venido llamando la estrategia psicojurídica. El trabajo psicosocial con víctimas de violaciones a derechos humanos tiene un eje importante vinculado a los procesos de justicia en el sentido de que es difícil llevar a cabo un proceso de rehabilitación psicológica con una persona o grupo víctima en contextos de notoria impunidad, y que una vez cerrado su proceso terapéutico, el entorno en el que va a seguir creciendo y desarrollándose la ubica en condiciones de vulnerabilidad de ser víctima nuevamente. De esta forma, el ECAP apoya los procesos de litigio en el entendido de que permite construir una sociedad donde las violaciones a derechos humanos son castigadas y así se favorecen las garantías de no repetición. Esta garantía de no repetición es también una de las expectativas más fuertes que persiguen las víctimas en los procesos de litigio y que ayudan a mejorar la salud mental de las personas. El trabajo psicosocial se hace necesario porque aporta insumos y acciones que pueden hacer más humano el proceso de litigio y de esta forma lograr que el paso por la justicia de las víctimas, sobrevivientes, familiares y querellantes, se convierta en un proceso reparador y no revictimizante. Estas acciones permiten también abordar los efectos psicosociales que se derivan de la impunidad y la ausencia de justicia como son la frustración, cólera, pérdida de confianza, etiquetamiento y estigmatización hacia las víctimas/testigos, la atribución de culpas al interior de la familia, o la ruptura de las redes sociales y familiares derivado de los hechos o la búsqueda de justicia. 1 2 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica Las víctimas/familiares/sobrevivientes/testigos/querellantes, después de llevar a cabo un proceso de atención psicosocial, se ven fortalecidas y empoderadas, pierden el miedo a hablar y tienen mayor capacidad para recordar y expresar los acontecimientos vividos, lo cual aporta información más clara al proceso y refuerza la investigación en el proceso de litigio y las declaraciones en el momento del juicio. Estos procesos deben tomar en cuenta, que generalmente la población que es más vulnerable a ser víctima de violaciones a derechos humanos y que busca el apoyo de las instituciones tiene una serie de características que pueden ser: niñez, migrantes, indígenas, mujeres, personas de opción sexual diversa y personas con escasos recursos. La víctima es percibida como actor social y por ello es que se utiliza la palabra sobreviviente. El apoyo psicosocial se inicia desde la víctima, viéndola como una persona que tal vez en ese momento no cuenta con recursos emocionales, pero que tiene que ir dando pasos hasta convertirse en actor social que va buscando la solución a sus propias necesidades y expectativas y se convierte en sobreviviente. El Instituto Interamericano de Derechos Humanos a lo largo de varios años, en su proyecto “Por una vida sin tortura” fue construyendo una propuesta de trabajo psicojurídica con varios profesionales de la psicología y del derecho de diferentes organizaciones de América Latina, entre las que se encontraba el ECAP, y en una de las publicaciones expone respecto a la estrategia psicojurídica: “Esta estrategia respeta el rol de cada profesional involucrado, abogados/as y psicólogos/as, pero entremezcla las disciplinas en áreas que son cruciales para la víctima: el impacto que en ella puede producir el proceso judicial, su involucramiento directo en el mismo, su fortalecimiento como parte procesal y su preparación para el desenlace procesal. Así, corresponderá al equipo jurídico explicar a la víctima las diferentes etapas y procedimientos que conlleva su decisión de litigar su caso y definir la estrategia jurídica que más convenga. La contribución desde profesionales de la psicología es acompañar emocionalmente a las víctimas en las diferentes etapas del proceso, brindando contención y ayudando a esclarecer sus temores y angustias, así como a prepararlas y empoderarlas emocionalmente para vivir cada etapa del litigio. Víctimas mejor preparadas pueden trasmitir con mayor claridad al tribunal su vivencia, sus necesidades y sus expectativas1”. Si bien la experiencia que aquí presentamos se basa en el caso de una masacre indiscriminada ocurrida hace ya más de 20 años, en el ámbito rural e indígena, sí aporta insumos que se pueden trasladar a otros casos actuales o contextos más urbanos. Este trabajo que combina psicología y ley, y que podría incorporar otras disciplinas como la medicina o la antropología, requiere tomar en cuenta algunos elementos, como son: 1 Instituto Interamericano de Derechos Humanos (2009) “Atención integral a víctimas de tortura en procesos de litigio. Propuesta psicojurídica”. Litografia e imprenta Segura Hermanos S.A. San José de Costa Rica. Costa RicaP.15 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica ∑ El manejo de la información debe ser clara y comprensible para todas las partes tomando en cuenta que el lenguaje jurídico suele ser muy técnico y por ello requiere de una serie de explicaciones que permitan a todo/as lo/as actor/as ubicarse en el momento procesal correspondiente y mantener una mínima percepción de control sobre el proceso en el cual se encuentran involucrado/as. ∑ Mantener comunicación entre los equipos de las diferentes disciplinas, con el fin de que exista una comunicación transparente y fluida entre las partes para el manejo de la información; ∑ Lograr una toma de decisiones conjunta entre las diferentes partes en relación a aspectos del proceso que puedan afectar a las víctimas. 3 Abordar un caso en un proceso de litigio requiere que el equipo psicosocial conozca el contexto en el que llevará a cabo su acción. En el caso de Plan de Sánchez, es una comunidad indígena maya-achí, y en los momentos en los que se inició el trabajo, las condiciones estructurales eran muy precarias: no había agua potable; la mala carretera dificultaba el transporte; se carecía de teléfono y el sistema educativo y de salud eran deficientes. Un ejemplo de ello es que, el puesto de salud se había convertido en una academia de mecanografía. El contexto cultural se encuadra en la cosmovisión maya-achí que persigue las relaciones armónicas con la naturaleza y el cosmos, y las relaciones de reciprocidad entre las personas y entre los vivos y los muertos. La comunidad fue reconstruida mayoritariamente por hombres viudos que volvieron a contraer matrimonio con mujeres de otras aldeas. El sistema organizativo se basa en las relaciones jerárquicas de los hombres sobre las mujeres y en un liderazgo piramidal muy fuerte de algunos de los sobrevivientes de la masacre que ya ejercían su rol de liderazgo previo a esos sucesos históricos2. El contexto multicultural llevó a consolidar un equipo con personas de la región y así adaptar el trabajo a la cosmovisión e idioma de las víctimas y conocer las particularidades sociales, políticas y logísticas del lugar. Se conformó con psicólogo/as y promotor/as de salud mental capacitados en el diplomado en salud mental comunitaria impartido por ECAP. El equipo también se fue formando en Derechos Humanos, y algunas normas internacionales, además de tomar en cuenta documentos como los Acuerdos de Paz, la Comisión de Esclarecimiento Histórico, el convenio 169 sobre la identidad de los pueblos indígenas; y, otra serie de normas internas como los reglamentos del ministerio de salud o los programas nacionales de salud mental. 2 Se puede acceder a más información en el peritaje psicosocial presentado a la CorteIDH en la audiencia de reparaciones en abril 2004 y publicado en Gómez, N. (2009) “Peritaje Psicosocial por violaciones a derechos humanos” F&G Editores. Guatemala. II.- ALGUNOS HECHOS HISTÓRICOS. La recopilación de los hechos históricos va a ir visualizando la cotidianidad de las personas antes de ser víctima, posibles revictimizaciones, el impacto individual, familiar, grupal, comunitario y social, los mecanismos de afrontamiento o la organización social. Con esta información el equipo psicosocial logra ubicarse en el contexto y necesidades de las personas con las que se va a trabajar y construir propuestas aterrizadas a las necesidades de las personas afectadas. Además resulta una oportunidad para compartir y reconstruir la memoria histórica que muchas veces ha quedado olvidada. En 1980 los hombres de Plan de Sánchez se encontraban involucrados en actividades para la mejora de su comunidad indígena maya achí. Estas actividades eran acompañadas entre otras instituciones por la iglesia católica de Rabinal, y el Padre Melchor como uno de los curas de la parroquia que más apoyo les dio. En ese momento en la comunidad existían diferentes comités, como el Comité de mayordomos de la cofradía, el comité de religiosos y cucuruchos, el comité de catequistas y comités de desarrollo con proyectos como el proyecto de agua potable. Existían promotores de salud y educación y las comadronas llegaban de la aldea cercana Raxjut. Algunos hombres, en vistas a mejorar su situación económica y la de la comunidad, se sumaron a la Cooperativa la Huella del Varón, que en ese momento impulsaba varios proyectos agrícolas en la región de Rabinal, con préstamos a los campesinos. Cuando en la comunidad se presentaba algún problema familiar o comunitario se analizaba al interior de la familia con el padre, la madre y los abuelos, y el consejo de los ancianos era determinante para la búsqueda de una solución frente a los conflictos. De la misma forma, los ancianos dirigían las devociones y ceremonias indígenas que se realizaban para mejorar las cosechas, la salud de las personas, y en definitiva el bienestar de las 40 familias de la comunidad. El día de la Santa Cruz, el 2 y 3 de mayo, era una fecha de gran importancia para la comunidad que tenía su cofradía para ese día. En esos tiempos, existía una pequeña capilla en Chisakwin. Plan de Sánchez dependía administrativamente de Raxjut donde se encontraban varios alcaldes auxiliares que mantenían el orden en esa zona. En los años 80, fue llegando a la comunidad el Comité de Unión Campesina informando y sensibilizando a la población sobre la igualdad de derechos, la lucha contra la explotación y la marginación social hacia los pobres, campesinos e indígenas; y el interés de construir un país donde todos los ciudadanos tuvieran los mismos derechos y una ecuánime distribución de la tierra y de la riqueza. A finales de junio 1982, los hombres de Plan de Sánchez recibieron desde el destacamento militar, la orden, de formar parte de las patrullas de Autodefensa Civil en su comunidad para vigilar la zona de la posible presencia de grupos insurgentes. Ellos colaboraron para no contradecir las órdenes del ejército y formaron parte de dichas patrullas. 4 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 5 Unas semanas después cuando llegaban a uno de sus turnos de patrulla, algunos de sus compañeros les avisaron de que los hombres de Plan de Sánchez se encontraban en una lista del ejército con el fin de ejecutarlos. Desde ese momento, los hombres dejaron de acudir a los turnos de las patrullas. Durante la noche dormían en su comunidad y durante el día salían a dormir a la montaña con el temor de que llegara el ejército y los secuestrara y ejecutara. Explicaron a las mujeres de la comunidad lo que sucedía, y la decisión que habían tomado de estar fuera de la comunidad, seguros de que a las mujeres, niños y ancianos que se quedaban allí nada les sucedería ya que ellas no estaban en los listados ni eran objeto de persecución. Transcurridas dos semanas después de que los hombres se ausentarán de las patrullas, el 18 de julio 1982, día domingo y día de mercado en Rabinal, el ejército llegó a la comunidad, bloqueó las entradas y asesinó a unas 265 personas del mismo Plan de Sánchez y de las comunidades aledañas como Concul, Conculito, Joya de Ramos, Raxjut, Chipuerta, Volcan, Volcancillo, Ixchel, Pamacal y Chichupac. En la masacre las personas fueron asesinadas con actos de crueldad extrema y unas 12 mujeres fueron separadas y violadas. Al día siguiente de la masacre, las personas que consiguieron huir y que se encontraban en los alrededores escondidas, llegaron al lugar de los hechos e intentaron apagar las llamas del fuego, y rescatar los cadáveres. Al recibir la noticia de la masacre, también llegaron algunas personas de las otras comunidades como Concul, Ixchel y Raxjut. Intentaron rescatar a sus seres queridos de las llamas, y consiguieron sacar viva a una mujer de Concul y llevarla al Centro de salud de Rabinal, donde finalmente falleció. Los familiares de las víctimas y sobrevivientes, llegaron a Rabinal, al destacamento militar a informar sobre lo sucedido y allí les dijeron que tenían una hora para enterrar a sus seres queridos, bajo amenaza de muerte si no lo hacían. En la comunidad, y bajo la presión y amenaza de los victimarios enterraron rápidamente y sin ningún tipo de ritual a las personas asesinadas. Algunos familiares prefirieron recuperar los cadáveres o lo que quedaba de ellos y llevarlos a los cementerios locales y al cementerio de Rabinal. Después de los diferentes entierros precarios, cada uno tomó un camino diferente. Los 20 sobrevivientes de Plan de Sánchez huyeron a la montaña en los alrededores de su comunidad sin querer abandonar su tierra ancestral, y con la esperanza de poder instalarse de nuevo. Llegaban a la comunidad y huían de nuevo. Una semana después de la masacre, las patrullas de autodefensa civil de la aldea vecina, Raxjut, llegaron a quemar las casas que quedaban, llevarse el ganado, siembras y pertenencias que quedaban en las casas. Las personas en la montaña se encontraban en constante persecución del ejército y en condiciones de muy difícil sobrevivencia, con lluvia, sin alimentos ni ropa, sumado a lo cual las mujeres no podía alimentar a los bebés porque se les cortó la leche. Después de dos meses en esas condiciones, algunos se fueron a vivir al Municipio de Rabinal, otros a trabajar en la Costa, y otros se alistaron en el ejército de Cobán. Los familiares y sobrevivientes que vivían en las comunidades aledañas a Plan de 6 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica Sánchez, y que permanecieron en sus comunidades, fueron obligados a formar parte de las patrullas de autodefensa civil, y víctima de tortura y tratos inhumanos por parte del ejército si no colaboraban o se sospechaba que formaban parte del movimiento guerrillero. Algunos de ellos fueron posteriormente ejecutados extrajudicialmente. Las personas que vieron la oportunidad de salir de la comunidad lo hicieron y ya no quisieron regresar hasta la fecha. En 1984, se decretó una amnistía y las personas comenzaron a regresar a las comunidades. Los hombres sobrevivientes de Plan de Sánchez que regresaron tuvieron que hacerlo a Raxjut (aldea cuyos hombres quemaron casas y cosechas de Plan de Sánchez) e incorporarse a las patrullas de autodefensa civil de esta comunidad. Allí permanecieron desde 1984, hasta 1987 que lograron finalmente independizarse. Durante ese periodo de tiempo además de patrullar, fueron obligados a construir edificios de la aldea de Raxjut siéndoles negado regresar a Plan de Sánchez y reconstruir la comunidad. En 1986 se instalaron nuevamente en Plan de Sánchez y comenzaron la reconstrucción. Los hombres que habían quedado viudos se volvieron a juntar con mujeres de otras comunidades. Aquellos que no se habían casado en 1982 se casaron, también con mujeres de otras comunidades. De esta forma, los sobrevivientes formaron nuevas familias en la comunidad. Esta situación provocó que, actualmente los hombres de Plan de Sánchez son padres cuando deberían ser abuelos, y que las mujeres carecen de una red social familiar fuerte, ya que sus familias de origen viven en otros lugares más alejados. De la misma forma, la pérdida de las mujeres y de los ancianos provocó un vacío cultural. Algunos sobrevivientes, desde 1984, consiguieron de forma escondida celebrar pequeñas conmemoraciones cada 18 de julio. Estas conmemoraciones se mantienen hasta día de hoy, y con el tiempo han ido adquiriendo fuerza. En 1992, unas 10 personas sobrevivientes de la masacre y procedentes de Plan de Sánchez, pusieron una denuncia ante el Ministerio Público de Salamá con el apoyo de la organización de víctimas CONAVIGUA. En esos años, buscaron el testimonio, apoyo y solidaridad de los otros familiares y sobrevivientes de las comunidades aledañas y de la misma comunidad, pero el terror de los vecinos impidió apoyar a quienes pretendían denunciar los hechos. Fueron pasando los años, y estas 10 personas, después de llegar en numerosas ocasiones ante el Ministerio Público, dar su testimonio y unirse a otras organizaciones, consiguieron en 1994, exhumar a sus seres queridos y darles una sepultura digna en el mismo lugar en el que ocurrieron los hechos, con los rituales necesarios y acordes con su cultura. De esta forma los muertos comenzaron a descansar en paz y se logró tener un lugar donde realizar las ceremonias funerarias. También en esa fecha, consiguieron erigir una pequeña capilla en conmemoración a las víctimas de la masacre. La exhumación fue una de las primeras exhumaciones del país, y no estuvo exenta de fuertes dificultades. Los victimarios de las comunidades aledañas continuaron amenazando de muerte a los familiares y amedrentándolos. Pese a ello, continuaron con la valentía y firmeza de sacar a la luz los crímenes vividos. Para este pequeño grupo de víctimas, la exhumación e inhumación fue un paso Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 7 Unas semanas después cuando llegaban a uno de sus turnos de patrulla, algunos de sus compañeros les avisaron de que los hombres de Plan de Sánchez se encontraban en una lista del ejército con el fin de ejecutarlos. Desde ese momento, los hombres dejaron de acudir a los turnos de las patrullas. Durante la noche dormían en su comunidad y durante el día salían a dormir a la montaña con el temor de que llegara el ejército y los secuestrara y ejecutara. Explicaron a las mujeres de la comunidad lo que sucedía, y la decisión que habían tomado de estar fuera de la comunidad, seguros de que a las mujeres, niños y ancianos que se quedaban allí nada les sucedería ya que ellas no estaban en los listados ni eran objeto de persecución. Transcurridas dos semanas después de que los hombres se ausentarán de las patrullas, el 18 de julio 1982, día domingo y día de mercado en Rabinal, el ejército llegó a la comunidad, bloqueó las entradas y asesinó a unas 265 personas del mismo Plan de Sánchez y de las comunidades aledañas como Concul, Conculito, Joya de Ramos, Raxjut, Chipuerta, Volcan, Volcancillo, Ixchel, Pamacal y Chichupac. En la masacre las personas fueron asesinadas con actos de crueldad extrema y unas 12 mujeres fueron separadas y violadas. Al día siguiente de la masacre, las personas que consiguieron huir y que se encontraban en los alrededores escondidas, llegaron al lugar de los hechos e intentaron apagar las llamas del fuego, y rescatar los cadáveres. Al recibir la noticia de la masacre, también llegaron algunas personas de las otras comunidades como Concul, Ixchel y Raxjut. Intentaron rescatar a sus seres queridos de las llamas, y consiguieron sacar viva a una mujer de Concul y llevarla al Centro de salud de Rabinal, donde finalmente falleció. Los familiares de las víctimas y sobrevivientes, llegaron a Rabinal, al destacamento militar a informar sobre lo sucedido y allí les dijeron que tenían una hora para enterrar a sus seres queridos, bajo amenaza de muerte si no lo hacían. En la comunidad, y bajo la presión y amenaza de los victimarios enterraron rápidamente y sin ningún tipo de ritual a las personas asesinadas. Algunos familiares prefirieron recuperar los cadáveres o lo que quedaba de ellos y llevarlos a los cementerios locales y al cementerio de Rabinal. Después de los diferentes entierros precarios, cada uno tomó un camino diferente. Los 20 sobrevivientes de Plan de Sánchez huyeron a la montaña en los alrededores de su comunidad sin querer abandonar su tierra ancestral, y con la esperanza de poder instalarse de nuevo. Llegaban a la comunidad y huían de nuevo. Una semana después de la masacre, las patrullas de autodefensa civil de la aldea vecina, Raxjut, llegaron a quemar las casas que quedaban, llevarse el ganado, siembras y pertenencias que quedaban en las casas. Las personas en la montaña se encontraban en constante persecución del ejército y en condiciones de muy difícil sobrevivencia, con lluvia, sin alimentos ni ropa, sumado a lo cual las mujeres no podía alimentar a los bebés porque se les cortó la leche. Después de dos meses en esas condiciones, algunos se fueron a vivir al Municipio de Rabinal, otros a trabajar en la Costa, y otros se alistaron en el ejército de Cobán. Los familiares y sobrevivientes que vivían en las comunidades aledañas a Plan de 8 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica importante hacia la dignificación, reparación y memoria histórica de su comunidad y de los muertos, sin embargo, seguía existiendo la necesidad de conseguir justicia hacia los responsables materiales e intelectuales de la masacre. Consiguieron contactar con el equipo jurídico de la organización Centro para la Acción Legal y Derechos Humanos (CALDH), que aceptó litigar su caso, junto con otras comunidades que sufrieron la misma represión y violencia. Con el tiempo, se construyeron dos casos de genocidio que contemplan, 22 comunidades indígenas del país destruidas total o parcialmente, contra Altos Mandos Militares de las épocas de Lucas García y Ríos Montt como presidentes de Gobierno. Estas comunidades presentaron una denuncia ante el Ministerio Público en el año 2000 y 2001 por el delito de genocidio y crímenes de lesa humanidad. De forma paralela a la búsqueda de justicia en el sistema penal nacional, en 1996 se presentó la masacre de Plan de Sánchez ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos por denegación y enlentecimiento de la justicia. En ese mismo año, la Fundación Rigoberta Menchú, presentó una denuncia en España por la quema de la Embajada de España en Guatemala en enero de 1981, por el asesinato de sacerdotes españoles en territorio guatemalteco, y por las masacres en el país. Los delitos por los cuales se acusaba a diferentes mandos de la Policía y el ejército son torturas y crímenes de lesa humanidad. Recordar también que en ese año Guatemala firmó los Acuerdos de Paz, dando por cerrado un periodo de 36 años de conflicto armado interno. En ese momento se creó la Comisión de Esclarecimiento Histórico que documenta el pasado de la guerra con las graves violaciones a derechos humanos, registrándose un total de 626 masacres, en un 97% realizadas por el ejército, algunas de ellas con el apoyo de las patrullas de autodefensa civil; y el restante 3% por la guerrilla. En 1995 ya se había publicado el documento Guatemala Memoria del Silencio, realizado por la Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala que llegaba a los mismos resultados que la CEH, y que le valió la vida a Monseñor Gerardi, asesinado dos días después de la presentación pública del documento. El grupo de sobrevivientes de Plan de Sánchez continuaron con su camino en la búsqueda de la justicia, memoria histórica y reparación, uno de cuyos objetivos persigue que las futuras generaciones conozcan lo sucedido y que estos crímenes de lesa humanidad no vuelvan a suceder. En este camino fueron encontrando a otros grupos de víctimas que buscaban lo mismo que ellos y ellas, organizaciones nacionales e internacionales que les quisieron apoyar, y la presencia de los difuntos que los acompañan y los alientan. El camino por la justicia fue solitario, difícil, cansado y en ocasiones con riesgo para la vida. III.- EL TRABAJO PREVIO A LA AUDIENCIA Construir la estrategia psicojurídica requiere entre otras cosas, compartir entre los diferentes actores cuáles son las expectativas del caso y el resultado del proceso de litigio. Estas expectativas varían entre equipo psicosocial, jurídico, organización de víctimas, diferentes organizaciones y las propias víctimas; y va a depender de donde surge el caso. Nos podemos encontrar frente a un caso que es construido desde una organización de derechos humanos o un equipo legal que persigue lograr un caso ejemplificante para incidir en determinadas políticas públicas del país. En estos casos, se corre el riesgo de instrumentalizar a las víctimas como una pieza procesal para lograr el fin perseguido. De otro lado, un caso puede surgir por una o varias víctimas que desean hacer justicia y buscan el apoyo de organizaciones y representantes legales que apoyen sus casos y no hay una preocupación por incidir en políticas públicas, sino en hacer justicia para el caso particular. Hoy en día, cuando se ha venido construyendo un modelo de litigio estratégico, ahondar en las expectativas de todos los actores se vuelve particularmente importante ya que las acciones del litigio no van a limitarse a la investigación y acciones puramente legales, sino que se incorporarán otras como estrategias comunicacionales y de sensibilización a la población, incidencia en organismos públicos, búsqueda de alianzas, entrega de memoriales en instancias públicas o, litigar el caso en diferentes espacios: civil, administrativo, penal o internacional. Cada acción proceso litigioestratégico estratégicova vaaagenerar generar nuevas expectativas Cada acción deldel proceso dede litigio expectativasyycon conello ello el el riesgo de nuevas frustraciones, por lo que es necesario que las víctimas tengan claridad riesgo de nuevas frustraciones, por lo que es necesario que las víctimas tengan claridad de los de que los pasos que sedar, quieren dar, la finalidad de cada uno los de ellos, lospara riesgos para la e pasos se quieren la finalidad de cada uno de ellos, riesgos la seguridad seguridad e integridad física y mental y, por lo tanto, la importancia de llevar cabo de integridad física y mental y, por lo tanto, la importancia de llevar a cabo sistemas afluidos sistemas fluidos de información y una toma de decisiones de forma conjunta. información y una toma de decisiones de forma conjunta. La primera entrevista3 Otras características y precauciones para llevar a cabo la entrevista se puede encontrar en Gomez, N. (2009) “Peritaje psicosocial por violaciones a derechos humanos” ECAP. F & G Editores. Guatemala que se realiza con una persona que ha sido víctima de violación a sus derechos humanos y muy especialmente si se refiere a hechos de violencia, requiere de tomar una serie de precauciones. Esta primera entrevista se llevará a cabo dependiendo de la forma en que la persona inicie su caso o ponga la denuncia. Puede ser un profesional de la salud en un centro médico u hospital, la oficina de atención a la víctima de la policía o del ministerio público, un/a médico/a forense, un/a antropólogo/a forense en el contexto de una exhumación, los representantes legales, algún miembro de una organización de derechos humanos o de víctimas, un/a investigador/a social, un/a trabajador/a social o un profesional de la psicología. 3 Otras características y precauciones para llevar a cabo la entrevista se puede encontrar en Gomez, N. (2009) “Peritaje psicosocial por violaciones a derechos humanos” ECAP. F & G Editores. Guatemala 9 10 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica Llevar a cabo esta primera entrevista y muy especialmente con niño/as, requiere de una serie de habilidades para cualquiera de los profesionales con el fin de no revictimizar, obtener información de calidad para la investigación del caso y establecer unas buenas relaciones de confianza que pueden ser determinantes para que la víctima se interese en proseguir con su caso y la búsqueda de justicia. Se debe también tomar la precaución de tener herramientas para llevar a cabo una atención en crisis, o un profesional al que referir rápidamente y lo pueda realizar. La persona puede llegar en situación de crisis al lugar de la denuncia, por ejemplo un hospital o una oficina de atención a la víctima, o, puede entrar en crisis en el transcurso de la entrevista. Cualquiera de estas situaciones es necesario manejarlas. Por ello, se recomienda que en la primera entrevista se deje a la víctima hablar de principio a fin, se respeten sus silencios, llanto o cualquier otra manifestación emocional; y, cuando haya terminado el relato, se hagan las preguntas que se considere pertinentes. Una situación ideal, además de contar con recursos para una atención en crisis, es que, la entrevista se lleve a cabo al mismo tiempo por los diferentes profesionales que requieren de su testimonio, y, de esta manera no será necesario que la persona tenga que repetir su relato frente a diferentes profesionales o instituciones. Al inicio y cierre de la primera entrevista se debe informar y aclarar quienes son cualquiera de los actor/as que han ido apareciendo en su proceso, y quienes más se podrían ir añadiendo. A lo largo de la etapa de investigación es necesario monitorear la situación de la víctima tomando en cuenta situaciones como la protección del menor, la especial situación de las mujeres, la situación como migrante, u otras particularidades. De igual forma, la participación de las víctimas en un proceso de litigio y su papel como testigos, con todas las acciones que deben llevar a cabo las va ubicando en un papel familiar, grupal o comunitario diferenciado al resto. Esta diferenciación, además de posicionarlos en una situación de vulnerabilidad con riesgo para su seguridad e integridad física y la de sus familias, puede llevarlo/as a un etiquetamiento y estigmatización social en contextos contrarios a la búsqueda de justicia. La inseguridad obliga a trabajar de forma expresa y profunda el miedo, las medidas de seguridad, y, en algunos casos, la situación de protección de testigos con todas las consecuencias que esa situación genera. Paralelamente, se pueden llevar a cabo procesos de formación y sensibilización a diferentes profesionales que intervienen en estos procesos con el fin de que se fortalezcan o adquieran las herramientas y habilidades necesarias para llevar a cabo entrevistas de esta naturaleza. En el caso de Plan de Sánchez, ECAP inició trabajo psicosocial en la región en 1997, y en la comunidad de Plan de Sánchez en el año 2002. Para ese entonces las relaciones de confianza necesarias para llevar a cabo este tipo de trabajo se encontraban afianzadas. El trabajo directo en la comunidad inició con la solicitud de apoyo por parte de los Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 11 representantes legales para el proceso de litigio a nivel nacional y posteriormente a nivel internacional. Se conformó un grupo de apoyo con varias personas de la comunidad donde se fueron analizando las expectativas en el proceso, los miedos, la seguridad hacia los testigos o los rumores. De la misma forma que se abordaron los problemas y desafíos en el proceso también se fueron detectando y resaltando las fortalezas y formas de afrontamiento individuales, familiares y comunitarias, entre las cuales se encuentran los diferentes movimientos organizativos en la búsqueda de la memoria histórica, justicia y reparación. 3.1.- Trabajo psicosocial en la justicia nacional: No solo con los testigos, sino con el apoyo de todos los sobrevivientes y personas que quieran apoyarlos/as, y creando redes de solidaridad. Una de las tareas en el marco de la estrategia psicojurídica es la selección y preparación de los testigos. En el caso de Plan de Sánchez esta selección ya estaba realizada por la parte legal. El desafío desde el trabajo psicosocial, que se presenta en casos colectivos y masivos como éste, donde las personas además tienen un enorme deseo de dar a conocer los hechos a los que sobrevivieron, es que todos y todas quieren dar su testimonio. Esto no es posible porque el testimonio que las personas quieren dar no es siempre relacionado con los hechos objeto de la denuncia, o, la persona no aporta todos los detalles de los hechos acorde con la estrategia jurídica. Esta situación, en la cotidianidad de los grupos y comunidades, se puede traducir en rumores, estigmatización o categorización de grupos si no se aborda de forma adecuada. Las personas que no son seleccionadas para tener un papel histórico como testigos, se preguntan, “¿por qué no me eligieron a mí, si yo también sufrí?”. Se suma que quienes son testigos son citados a reuniones preparatorias, toma de declaración o reuniones con otras organizaciones adquiriendo nuevos compromisos y dinámicas que los alejan de sus funciones tradicionales en la familia y comunidad, que si no se explican bien en cada contexto, se corre el riesgo de estigmatizar, aislar o rechazar a estas personas que van adquiriendo su papel de testigos. “Saber dónde van ellos”. Esta situación en contexto de pobreza, existencia de grupos contrarios a la justicia o programas de reparación, también ha provocado reflexiones como “están dando las vueltas para vender los huesos de sus finados” Las acciones psicosociales dirigidas a mitigar este posible impacto negativo se dirigieron a construir y consolidar un grupo de apoyo con fines de rehabilitación psicológica y social4 Para ampliación sobre trabajo con grupos de rehabilitación psicológica y social consultar 12 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica ECAP (2010) “Trabajo psicosocial por violaciones a derechos humanos en contextos multiculturales” Serviprensa. Guatemala, con las personas testigos y personas de confianza y afines a la lucha por la memoria histórica, justicia y reparación, y, en esos espacios se abordaron las secuelas que dejó la guerra y la forma de enfrentarlas. Se compartió información sobre las acciones, avances o dificultades legales, y cómo los testigos ejercen su función en representación de todo un grupo que también se vio afectado. Los testigos se convierten en los ojos, los oídos y la palabra de todas las víctimas y sobrevivientes. Este grupo de apoyo fue un soporte en los momentos de las audiencias, en situaciones de amenazas o un apoyo emocional frente a la frustración, el cansancio y la desesperanza.En el caso de Plan de Sánchez se logró que llegaran 3 personas del grupo de apoyo a la audiencia de la CorteIDH en Costa Rica. Estas acciones de socialización y búsqueda de apoyo más allá del grupo de testigos, se pueden extender al resto de la comunidad, municipio o país con el fin de ir construyendo una memoria histórica que reconozca los hechos de violencia, sus responsables y que lo sancione. De esta forma las víctimas encontrarán un contexto social que las apoye y no las estigmatice. Sin embargo estas acciones de difusión, sensibilización y socialización deben ser construidas con las víctimas y con mucha cautela por los riesgos de seguridad que pueden conllevar. Las acciones dependerán del momento histórico, de las alianzas y del contexto. En 1994, los sobrevivientes de Plan de Sánchez no obtuvieron ningún apoyo municipal en la exhumación y nadie, a excepción de algunas víctimas, tenía la disponibilidad de compartir y socializar su historia. El momento histórico estaba rodeado de miedo a expresarse y contar la historia. Actualmente, ese contexto, en la mayoría de las comunidades de Rabinal, ha cambiado y existe mayor apertura a hablar y menos miedo a represalias. En estos casos colectivos, la necesidad de sensibilizar a otras personas, grupos o comunidades, tiene también como propósito generar un clima social en el que posibles medidas de reparación, sean éstas individuales o colectivas, tengan una buena receptividad, sean entendidas como medidas de reparación y no como actos de benevolencia por parte del Gobierno. En lugares donde el tejido social se encuentra muy debilitado, y las personas que resultarán beneficiadas de las medidas de reparación nunca habían dado su testimonio 4 Para ampliación sobre trabajo con grupos de rehabilitación psicológica y social consultar ECAP (2010) “Trabajo psicosocial por violaciones a derechos humanos en contextos multiculturales” Serviprensa. Guatemala Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 13 por el miedo, o no tenían conocimiento de ser parte de ese proceso de litigio, una sentencia puede agravar una división comunitaria más propiciar la recuperación del tejido social, lo puede seguir debilitando. En contextos como Rabinal, donde las masacres fueron masivas, otras víctimas que no accedan a las medidas de reparación, pueden pensar “¿Por qué unos sí y otros no?”; y, aquéllos que están vinculados a los victimarios y en contra de la justicia, memoria y reparación, buscarán la forma de desprestigiar la ejecución de las medidas de reparación. En el grupo de testigos y personas de apoyo, se abordan las expectativas, las dificultades en el proceso de litigio y las posibles soluciones a estas dificultades. La metodología utilizada se adecúa al grupo meta al que va dirigido, que por tratarse en este caso de un grupo campesino, se hizo una similitud con las dificultades que uno encuentra en los momentos de la siembra. Se construyó un camino en papel que iniciaba en los momentos anteriores a la masacre, y en él se iban anotando sucesos históricos para el grupo y la comunidad. Se anotaba de forma particular el momento en el que se puso la denuncia en el Ministerio Público, el momento de la exhumación e inhumación, el caso en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y la denuncia por genocidio en el año 2001. El camino continuaba y al final se anotaban las respuestas de la pregunta generadora “¿QUÉ ESPERAMOS AL FINAL DEL CAMINO?”. A esta pregunta se le puede añadir: “¿CUÁNTO TIEMPO CREEMOS QUE SERÁ NECESARIO PARA LOGRARLO?” (Posteriormente se puede contrastar los tiempos esperados con los tiempos que han sido necesarios para otros casos) Una vez reflexionadas y compartidas las expectativas en el camino de la justicia, se analizaban las dificultades, problemas y desafíos en ese camino, con la pregunta generadora: “¿QUÉ PIEDRAS Y MALAS HIERBAS ENCONTRAREMOS EN EL CAMINO?” Algunas dificultades hacían referencia a dificultades pasadas y otras a dificultades previstas, cada una de ellas con una valoración de ser percibidas de mayor o menor magnitud que las demás. De último, se reflexionó sobre las herramientas de las que se dispone para contrarestar o eliminar las dificultades, a través de la pregunta: “¿QUÉ HERRAMIENTAS TENEMOS PARA QUITAR LAS PIEDRAS DEL CAMINO Y CORTAR LAS MALAS HIERBAS? Conviene igualmente analizar quienes son lo/as actore/as del proceso y qué se espera de cada uno de ello/as: representantes legales, representantes de las víctimas, organización de víctimas, equipo psicosocial, organizaciones internacionales, Ministerio Público, Procuraduría de Derechos Humanos, instituciones de derechos humanos, … Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 14 Este ejercicio tuvo un contenido de construcción de memoria histórica colectiva, y además sirvió para visualizar entre todos y todas las expectativas, dificultades y algunas propuestas iniciales para enfrentar las dificultades. Permitió tener una situación diagnóstica y un conjunto de temas psicosociales que requerían ser abordados: • Conocimiento de las diferentes etapas procesales y de los actores del proceso. • La definición de amparo o recurso. • El contexto de impunidad, la falta de voluntad para investigar por parte de los operadores de justicia y la imparcialidad de los jueces. • La estigmatización hacia las víctimas. • La falta de credibilidad a los hechos vividos y al daño sufrido. • Falta de apoyo por parte de otras víctimas que tienen miedo, desinterés o consideran el proceso de litigio una pérdida de tiempo. • Sentimientos de tristeza, desesperanza, frustración o cólera. • Discriminación y racismo por parte de los operadores de justicia. • Miedo y preocupación por el riesgo que conlleva para su integridad física y mental para ellos y sus familias el ser testigos de un proceso penal en Guatemala. • Temor por la convivencia con los victimarios en el municipio y en aldeas aledañas. • Amenazas por el trabajo de memoria histórica, justicia y reparación. • Cansancio por dar el testimonio y realizar diligencias sin obtener ningún fruto. • Rumores. Fortalezas • Los difuntos ayudan a dar fuerza y valor. • Los hijos. La preocupación de que los hijos no corran el riesgo de vivir hechos similares. • La creencia en un ser superior, en general Dios, que da fuerzas para seguir adelante. • El apoyo de otras instituciones nacionales e internacionales. Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 15 • Los aprendizajes que tuvieron durante la guerra y el desplazamiento para salvaguardar su integridad y la de sus familias. • El propio grupo y la comunidad que es muy cohesionada. Este primer taller, se cerró con un resumen y reformulación de los aportes “Estamos aquí en este camino de la justicia para que haya paz, que nos devuelvan lo que nos quitaron, que los responsables vayan a la cárcel, que no vuelva a pasar, que todos conozcan, que se investiguen los hechos y que no nos llamen mentirosos. Hasta ahora nos hemos encontrado con dificultades que hemos sabido resolver, (el miedo, el desaliento porque no se ve el final, no nos escuchan, el Ministerio Público va muy lento, las amenazas, la tristeza..) y durante estas sesiones o talleres vamos a seguir pensando en dificultades que nos puedan aparecer en el camino, para que llegado el momento sepamos afrontarlas lo mejor posible, es por ello que también tenemos que ir pensando en las cosas que podemos hacer y hemos hecho, en nuestras fortalezas como dar el testimonio, mantenerse unidos o reunirse. Cortaron la planta, pero quedó la raíz, que va creciendo y se va haciendo fuerte, con el apoyo de todos. Nos quisieron destruir, pero no pudieron destruir nuestra memoria y estamos aquí, con nuestra memoria para que se conozca lo que pasó”. A lo largo del proceso, cada uno de los temas fue abordado con el grupo en diferentes sesiones a lo largo de los años y que se pueden agrupar de la siguiente forma: • Trauma: sentimientos y pensamientos derivados de la masacre y otras violaciones, p.ej. miedo, culpa, impotencia, estigmatización, duelo alterado, susto. • Derechos Humanos. • Formas de resolución de conflictos. Relación víctima-victimario, impunidad, rumor, linchamientos, estigmatización, prejuicios, reestructuración social. • Impunidad.- inseguridad, miedo y medidas de protección. • Reflexiones centradas en la cultura e identidad. • El manejo de la información. El proceso jurídico. Análisis de coyuntura. Problemática social, nacional y local. • El proceso de litigio. - fase de investigación. - Juicio.- posibles recursos y amparos, y la preparación para declarar y dar el testimonio. • La reparación y diferentes medidas. • El concepto de reconciliación. Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 16 El análisis y reflexión en las personas y los grupos sobre el miedo es particularmente importante fundamentalmente en contextos de impunidad donde ser testigo es una condición de vulnerabilidad hacia la integridad de las personas. Un documento de ayuda para trabajar la temática es “La comunidad como apoyo” de Carlos M. Beristain5 que nos propone su abordaje desde cuatro puntos: (a) Reconocer los miedos “¿qué es lo que siento?” “¿qué es lo que pienso?”(b) Analizarlos (c) Socializarlos y (d) Descomponerlos El miedo es un mecanismo de alarma que pone sobre aviso ante situaciones que pueden suponer un riesgo para la integridad de las personas, sin embargo, cada contexto y cada persona deben ser analizados de forma particularizada. En algunos lugares puede surgir la sensación de miedo y percepción de inseguridad cuando no existe un riesgo real; en otras situaciones puede suceder lo contrario, surgir la percepción de inseguridad, no prestarle la debida atención y provocar un daño; por eso, se debe tomar el tiempo necesario para dimensionar la percepción de inseguridad y adoptar las medidas necesarias. Algunas preguntas para el análisis son “¿Qué situaciones están generando miedo?” “¿he tenido esta sensación en otras situaciones?””¿Qué consecuencias ha tenido el miedo?” “¿Cómo lo resolvimos?” “¿Qué medidas de seguridad podemos adoptar ahora para prevenir un daño?” De lo cual pueden surgir acciones como: 5 • Reunir al equipo de trabajo en la región y realizar un análisis de contexto. En función de ello, realizar toma de decisiones conjunta, entre ellas, si se divulgan amenazas recibidas, u otros hechos o se interpone denuncia. • Reflexión y análisis sobre los rumores. • Aprender a trabajar cuando no hay certezas y/o ambivalencias. • Trabajo en red con todos los equipos de la institución y con otras instituciones locales. • Mapeo previo de instituciones. • Medidas de seguridad personales: información, teléfonos, encriptamiento de la información. • Elaborar un plan de comunicación. • Elaborar un plan de apoyo para personas con una situación de mayor vulnerabilidad a ser atacados. • Denunciar si se considera oportuno. • Realizar acciones de red social. http://www.psicosocial.net/es/centro-de-documentacion/doc_details/14-afirmacion-y-resistencia-la-comunidad-como-apoyo (consultado 12/12/09) Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 17 3.2.- Coordinaciones con organizaciones afines y representantes legales A lo largo del proceso de fortalecimiento de los testigos y grupos de apoyo, se mantenía una constante comunicación con los representantes legales y se asistía a la mayor parte de las reuniones entre representantes legales y víctimas; con el fin de que el equipo psicosocial se mantuviera informado de las acciones legales. Sin embargo, las decisiones tomadas por parte del equipo legal en su mayoría no eran consultadas con el equipo psicosocial, lo cual hubiera sido más apropiado desde la perspectiva psicojurídica. Se llevó a cabo un trabajo de creación de redes de solidaridad y apoyo entre organizaciones afines y entre víctimas-sobrevivientes y familiares de otros grupos y municipios. La participación de numerosos actores en el proceso, va a requerir esfuerzos por establecer mecanismos de comunicación e información entre las partes con el fin de que todas y todos conozcan los acontecimientos y acciones que van sucediendo o que van a darse y prepararse para afrontarlos. Organización de salud mental Víctimas/testigo Representantes legales Organización de víctimas Fuente: Gómez, N.; Loarca, C. (2007) “Diversidad étnico-cultural y estrategia psicojurídica en casos de violaciones a los derechos humanos” Instituto de Derechos Humanos. El manejo de la información y los sistemas de comunicación en contextos multiculturales y multilingües se complejizan más y se hace necesario incorporar en cada uno de los equipos personas pertenecientes al mismo grupo étnico que las víctimas. Por las condiciones de discriminación y racismo es probable que no se disponga de profesionales con estas características y sea necesario la formación de promotores 18 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica legales, médicos o de salud mental que puedan llevar a cabo entrevistas, buscar información, manejar grupos, llevar a cabo traducciones e interpretar el contexto y la información recabada. La experiencia nos indica que las labores de traducción en procesos de litigio que se realizan en las diferentes etapas del proceso y por diferentes actores como pueden ser equipo psicosocial, equipo jurídico, ministerio público, policía u otros, a menudo recurren a personas de la familia, el grupo o la comunidad, lo cual tiene una serie de ventajas e inconvenientes que pueden afectar en el proceso. La confianza para hablar puede ser una ventaja, pero también un inconveniente si las personas en el marco de su convivencia tienen problemas entre ellas. Otra dificultad es el hecho de que quien traduce, además de carecer de la formación e información necesaria, forme parte del grupo de beneficiarios, situación que puede llevar a centralizar la comunicación en la persona que traduce dotándola de una relación de poder diferente al resto del grupo, puede llevar a manipular la información y el grupo o, puede impedir que la persona que traduce no pueda centrarse en la dinámica grupal por estar pendiente de la traducción. Los traductor/as requieren de conocer con antelación el material, temas y propósitos que se tiene previsto traducir; y los objetivos que se persigue con una entrevista o un grupo. 6 6 Más información sobre el papel del promotor/a y el traductor/a se puede revisar Gómez, N. “Peritaje por violaciones a derechos Humanos” ECAP. F & G Editores. Guatemala IV.- EL TRABAJO DURANTE EL DEBATE Desde el año 2002 las víctimas-sobrevivientes y familiares se prepararon emocionalmente para el momento de declarar y testificar tanto en las Cortes nacionales como internacionales, por lo que su condición psicológica y emocional al llegar a la audiencia en Costa Rica era muy buena. Sin embargo, siempre era conveniente abordar expectativas, temores, sentimientos y pensamientos relativos al momento de la declaración. Con los representantes legales y abogadas de la Comisión Interamericana también se analizó el testimonio de cada testigo en función de la experiencia de cada uno. Se presentó en la audiencia de reparaciones un peritaje psicosocial sobre el impacto que generó la masacre. Sobre el peritaje no se ahondará en el presente texto dado que se publicó un libro expresamente para abordar esa temática en Gómez, N. (2009) “Peritaje Psicosocial por violaciones a derechos humanos” ECAP. F&G Editores. Guatemala. Aquí se centrará el interés en las reacciones del jurado frente al peritaje, y, más adelante se abordarán las repercusiones que tuvo este peritaje en la sentencia de reparaciones. 4.1.- Preparación y acompañamiento en las sesiones del debate. Dos días antes del juicio se realizaron sesiones de preparación emocional para el momento de la audiencia. Las preparaciones se realizaron con los representantes legales y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Se abordaron las emociones, expectativas, actores en el proceso y el rol de cada uno, se concretó la exposición que realizaría cada testigo en relación al relato de los hechos y el impacto personal en cada uno, que fueron centrados de la siguiente forma: uno abordaría la organización comunitaria y la cosmovisión; otro la obligatoriedad de formar parte en las patrullas de autodefensa civil; y la mujer en el papel de la mujer en la comunidad y la experiencia como huérfana y desplazada como consecuencia de la masacre. El día de apertura de la audiencia hubo un tiempo de espera de una mañana completa que no se tenía contemplado; en él representantes legales, Comisión y Representantes del Estado debatían sobre una cuestión de fondo: la existencia de políticas genocidas. Este tiempo de espera se aprovechó para conversar entre la perito-psicóloga y los testigos sobre sentimientos y pensamientos en relación al momento del debate y también de otros temas no relacionados con el mismo. Acciones dirigidas a fortalecer a las víctimas/testigo en el juicio oral • Prever la existencia de características idóneas en función de la situación de los testigos (niños, mujeres embarazadas, mujeres víctimas de violencia sexual..). • Preparación de los testigos para la declaración. 19 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 20 • Elaborar e implementar un plan de seguridad para las víctimas/testigo si ello fuera necesario, tomando en cuenta el momento del juicio, pero también momentos como el regreso a sus hogares o la vida en su cotidianidad. • Prever la necesidad del anonimato en la declaración. • Reflexionar y elaborar un plan para personas que se encuentran en situación de protección a testigos (incomunicación con la familia, situación de los niños, imposibilidad de trabajar, estudiar o estar en su ambiente de referencia o la ocupación del tiempo). 4.2.- La presentación del peritaje psicosocial y las reacciones de la Corte IDH La modalidad de presentación del peritaje ante la CorteIDH, fue oral respondiendo a las preguntas que los representantes legales, abogadas de la Comisión, representantes del Estado y jurado realizaron; pero también fue entregado de forma escrita al secretario de la Corte. Los jueces y jueza formularon una serie de preguntas que reflejan cuáles fueron sus dudas, intereses e inquietudes en relación a la implementación de las medidas de reparación psicosocial. • Desarrollo de un programa de atención psicológica desde la perspectiva individual, familiar y comunitaria con la particularidad del elemento étnico. • Instituciones públicas o privadas en el país, que puedan dar una atención psicológica en este sentido. • ¿En que se expresa la estigmatización de la sociedad respecto de las mujeres violadas?. • ¿Qué piensan las mujeres víctimas de la violación de ellas mismas, respecto de la violación?. • ¿Qué diferencia debería existir en un programa de atención a las mujeres víctimas de las violaciones sexuales?. • La reconstrucción del tejido social, ¿debe ser decidida en función de todas las personas que habitan la comunidad sean quienes sean?. • ¿Hay alguna forma de reparación posible, incluso reparación colectiva del vacío cultural generado además de la recuperación de la memoria?. Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 21 • ¿Puede ser reconstruida la relación vivo-muerto muchos años después de lo ocurrido?. • ¿Es posible recuperar la memoria desde la perspectiva generacional, también a través de un sistema de educación formal y no formal? • ¿Hay también alguna situación específica de los varones sobrevivientes, en su condición de varones?. • ¿La percepción de haber podido hacer algo por evitar la situación traumática (la masacre) se dio en hombres y mujeres, hay alguna diferencia en este sentido en los dos sexos?. 4.3.- La publicación de la sentencia Una vez realizado el juicio, la publicación de la sentencia requiere de preparación psicosocial de las víctimas y sus familias dado que es el momento aguardado después de muchos años de lucha y espera. El resultado, además de reconocer la culpabilidad o no de quienes son acusados o denunciados, varía en relación a los hechos que quedaron probados, la pena o las medidas de reparación. Esta preparación implica igualmente reflexionar sobre el proyecto de vida después de la sentencia que puede impactar en el ámbito educativo, familiar, laboral o social. La publicación de la sentencia puede ir acompañada de una fuerte difusión por parte de los medios de comunicación y dar a conocer la vida de una persona o familia cuando las personas cercanas a la misma la desconocían. Puede también ubicar a la víctima/sobreviviente como un ejemplo a seguir llevándola a asumir un nuevo rol social que aliente a otras víctimas. En el caso de Plan de Sánchez, el Estado se allanó en todos los derechos, es decir, reconoció la vulneración de los derechos integridad personal; garantías judiciales; protección de honra y dignidad; libertad de conciencia y de religión; libertad de pensamiento y expresión; derecho de asociación y reunión, propiedad privada; igualdad ante la ley y protección judicial; sin embargo no aceptó la existencia de políticas genocidas y la CorteIDH se pronunció manifestando que no tenía competencia para pronunciarse sobre la “Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio” de las Naciones Unidas. El 29 de abril del mismo año, la CorteIDH dictó su sentencia de fondo, es decir, en relación a los hechos, manifestó: “En relación con el tema de genocidio al que aludieron tanto la Comisión como los representantes de las víctimas y sus familiares, la Corte hace notar que en materia contenciosa sólo tiene competencia para declarar violaciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de otros instrumentos del sistema interamericano de protección de derechos humanos que así se la confieren. No obstante, hechos como los señalados, 22 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica que afectaron gravemente a los miembros del pueblo maya achí en su identidad y valores y que se desarrollaron dentro de un patrón de masacres, causan un impacto agravado que compromete la responsabilidad internacional del Estado que esta Corte tomará en cuenta al momento de resolver sobre reparaciones”. El no reconocimiento de la existencia de políticas genocidas dejó un cierto sabor amargo en las víctimas-sobrevivientes y sus familiares, porque uno de los aspectos más importantes para ellos y ellas era que reconociera que los asesinaron y persiguieron los años posteriores a la masacre por su condición de mayas. V.- TRABAJO PSICOSOCIAL DESPUÉS DE LA SENTENCIA. El proceso de trabajo psicosocial con las víctimas/familiares/testigos antes y durante la audiencia, aportó muchos aprendizajes para cualquiera de las partes involucradas, sin embargo, fue la etapa posterior a la sentencia lo que supuso y supone nuevos desafíos que no se tenían contemplados. Esta nueva etapa fue el principio de un nuevo camino con nuevas metas y expectativas, nuevos actores, nuevas estrategias y nuevas alianzas; todo ello con el propósito de lograr que el Estado cumpliera con las medidas de reparación emitidas por la CorteIDH. La sentencia de Plan de Sánchez y comunidades aledañas, resulta de enorme valor por el carácter colectivo de la misma que incluye medidas de infraestructura, vivienda, salud, educación, dignificación o cultura. Ello implica que toda una colectividad y casi un municipio puede beneficiarse si la ejecución de las medidas de reparación se construye colectivamente y se ejecuta para el conjunto del municipio. Las medidas de reparación se convierten en una oportunidad de mejorar las condiciones de la población siempre teniendo presente implementarlas en un contexto dignificante que convierte la memoria histórica y la dignificación como ejes centrales de su ejecución. Las medidas de reparación pueden ser igualmente útiles para la transformación de políticas públicas que redunden en beneficio de personas y colectivos que se enfrenten a la misma problemática. En los meses posteriores a la publicación de la sentencia de reparaciones los sentimientos fueron de alegría, acompañados de la sensación de que ya el trabajo y la lucha de los sobrevivientes y representantes legales había terminado y que el Estado debía asumir su responsabilidad e implementar las medidas de reparación. Desde el equipo psicosocial se planteó que el cumplimiento de las medidas de reparación debía ser construido con los aportes y las necesidades de lo/as beneficiario/as y para ello era necesario conocer bien la sentencia. Surgió también la necesidad de llevar a cabo un trabajo psicosocial con el fin de mitigar el posible impacto psicosocial negativo de la indemnización económica y de darle su valor en el marco de la reparación. De último, ECAP asumió su responsabilidad de formar parte en el Comité de seguimiento ordenado por la CorteIDH junto con las otras medidas de reparación en salud física y mental. 23 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 24 Con todos esos razonamientos y de forma voluntaria, creativa y propositiva, se decidió construir un plan psicosocial para trabajar con los sobrevivientes en la implementación de las medidas de reparación que continúa hasta la actualidad. Este plan significó trabajar cada una de las medidas con nuevos actores, nuevas metas, nuevas alianzas y nuevas estrategias. Los representantes legales y los sobrevivientes estuvieron de acuerdo y desde la fecha se ha venido trabajando conjuntamente. ECAP, como actor externo que ha tenido la oportunidad de estar tan de cerca en el proceso, ha elaborado ya 5 informes que han sido entregados a la CorteIDH a través de los representantes legales. 5.1.- Por qué el trabajo psicosocial y psicojurídico posterior a la sentencia Transcurridos algunos meses de la publicación de la sentencia, comenzaron a surgir nuevas preguntas y necesidades. La primera de ellas fue, en un país en el que no se ha venido percibiendo un interés por parte de los diferentes gobiernos en atender las necesidades de la población y que históricamente ha tenido dificultades y falta de voluntad en cumplir con las medidas de reparación hacia las víctimas de violaciones a derechos humanos, ¿estaría en la disponibilidad inmediata de cumplir con la sentencia o sería necesario empujar, proponer y monitorear el cumplimiento? Segundo, si bien la sentencia ordena determinadas medidas de reparación, ¿de qué forma se terminan ejecutando? Por ejemplo, ¿quién se encargaría de recoger la indemnización económica correspondiente al mantenimiento y mejora de la capilla? ¿Qué medios y metodología de comunicación consideran las víctimas/sobrevivientes/familiares/querellantes más adecuadas para la difusión de la sentencia? y, tercero, si bien las medidas se puedan ir cumpliendo, ¿quién establece mecanismos de auditoría social, y cómo las personas pueden hacerlo si desconocen el contenido de la sentencia? Estas preguntas surgieron, como se indicaba en líneas anteriores, pocos meses después de la publicación, partiendo además del supuesto de que todas las víctimas/familiares/sobrevivientes/querellantes estaban agrupadas y conocían del proceso de litigio, dirigiendo el trabajo meta hacia los actores estatales encargados del cumplimiento. Sin embargo en marzo 2006 se abrió otro escenario. En esa fecha, unos meses después de la entrega del primer pago de la indemnización económica (8334 $ por persona), después de llevar a cabo una reunión con un aproximado de 200 personas beneficiarias de la sentencia de reparaciones, pertenecientes a diferentes comunidades y convocadas por los líderes de Plan de Sánchez, se plantearon nuevos problemas y derivado de ello, nuevas necesidades psicosociales dirigidas hacia las víctimas/familiares/sobrevivientes/querellantes y no hacia las instituciones del Estado: • Se identificó que las 200 personas, a excepción de los “históricos”, no conocían nada del proceso de lucha por la verdad, justicia y reparación. Desconocían de la exhumación-inhumación en la comunidad, la existencia de la capilla y de que allí estaban enterrados sus seres queridos. Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 25 Desconocían de la audiencia en Costa Rica, y la petición de perdón por parte del Estado de Guatemala el 18 julio 2005 y tampoco habían logrado dar el sentido al monto económico recibido, que respondía a un conjunto de medidas de reparación. • Algunas personas “históricas” estaban solicitando un monto económico (con el fin de construir una Fundación) a todas las personas beneficiarias de la indemnización económica, es decir, un total de unas 200 personas. • Ante la petición de los “históricos” de este monto y la falta de información, el resto de personas y comunidades los acusaron de ladrones. De esta forma se perdía el carácter reparador de la sentencia y se creaba una situación, que en lugar de recuperar el tejido social lo destruía y profundizaba heridas históricas entre Plan de Sánchez y las comunidades aledañas. • Ni el Estado, ni CALDH como representantes legales, estaban asumiendo la tarea de socializar, difundir, y generar espacios de intercambio entre todos/as los/as beneficiarios/as de las medidas de reparación; y por ello ECAP consideró como una responsabilidad institucional disminuir los efectos negativos de la sentencia y aprovechar la experiencia como ejemplo para experiencias similares en Guatemala y otros países. • Surgieron nuevas familias con familiares masacrados que no estaban en los listados finales de la CorteIDH y que por tanto no serían beneficiadas por la indemnización económica; o familiares que tenían el mismo nombre, cuando en realidad eran también víctimas y que, a causa del terror, habían abandonado el municipio o habían guardado silencio sobre la masacre, hasta que se sintieron seguras para hablar sin temor a represalias. De esta forma se elaboró un plan de trabajo psicosocial y psicojurídico que inició con la conformación de un pequeño grupo con personas de las diferentes comunidades para que conocieran la sentencia, y así ellos pudieran reproducir la información en sus comunidades. Los familiares de las víctimas de la masacre que desconocían del proceso de litigio solicitaron a ECAP y a los “históricos” conocer el camino de lucha por la justicia, verdad y reparación y así se conformaron 5 grupos: (1) Ixchel y Pamacal (2) Concul, Conculito, Joya de Ramos, (3) Plan de Sánchez, Raxjut, Chipuerta, (4) Personas que se desplazaron a Rabinal, Salamá y (5) Personas que se desplazaron a la capital. 5.2.- Acciones llevadas a cabo Las acciones psicosociales llevadas a cabo han sido variadas desde • Elaboración de documentos para las medidas de reparación o informes de seguimiento de la medida de reparación psicosocial dirigidas a la CorteIDH (ver anexos); Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 26 • Actos como la publicación y presentación del peritaje psicosocial invitando a autoridades del Estado, víctimas y representantes legales; • Adaptación de la sentencia a un lenguaje más cercano a las víctimas; • Difusión de la historia por la búsqueda de la justicia y la sentencia junto con las personas de las comunidades que lo lograron; • Fomentar la conformación de un pequeño grupo con representantes de las comunidades; • Procesos de capacitación a representantes con temas de derechos humanos especialmente los derechos violados por la masacre y los hechos posteriores: expresión, reunión, honra y dignidad; derechos de los Pueblos Indígenas y acciones dirigidas a las garantías de no repetición y la construcción de un modelo de seguridad en democracia. • Organización grupal y comunitaria para generar acciones en el cumplimiento de la sentencia; • Presentación en el Centro de Educación Secundaria de la región de Plan de Sánchez de dramatizaciones construidas a partir del texto de la Sentencia popularizado, las cuales fueron presentadas por los propios estudiantes. • Abrir un espacio local con personas del sector salud, representantes legales, equipo psicosocial, víctimas/sobrevivientes y personal del Estado encargado del cumplimiento de la sentencia; • Formación a psicólogo/as y psiquiatras del Ministerio de Salud y personal del centro de salud de Rabinal; hasta, • Participación en el comité de seguimiento de la medida de reparación en salud física y mental. 5.2.1.- Elaboración de una propuesta de medidas de reparación. La parte legal disponía de un mes de plazo posterior a la audiencia para proponer las medidas de reparación. ECAP elaboró y presentó una propuesta más amplia que la presentada en el peritaje7.Esta propuesta partió del concepto psicosocial en sentido amplio e incorporó medidas relacionadas con educación, salud, interculturalidad o derechos humanos. Se recomienda para la elaboración de la propuesta tener el mayor conocimiento posible de las condiciones locales, los recursos ya existentes y las normas y 7 Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso Masacre Plan de Sánchez Vs. Guatemala. Sentencia de reparaciones 19 noviembre 2004 http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_116_esp.pdf Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 27 leyes nacionales de los ámbitos sobre los que se va a realizar la propuesta. P.ej. salud o educación. Por el carácter masivo de las violaciones y la imposibilidad de que todos los casos lleguen al sistema Interamericano, se persiguió tener una visión de transformación de políticas públicas que pudieran beneficiar a la colectividad y no solo al grupo de víctimas beneficiadas individualmente en la sentencia de reparaciones. Por otro lado, en base a experiencias previas de reparación psicosocial en el país, en las que el Estado cumplió con la medida de reparación psicosocial, pero lo hizo con condiciones inadecuadas y con modelos teóricos no apropiados para casos de violaciones a derechos humanos, ni contextos multiculturales, se consideró oportuno incorporar el monitoreo externo de la implementación de la medida, con la participación de alguna organización que pudiera asesorar al Estado en el trabajo a realizar, y propuso que la organización ECAP lo hiciera. 5.2.2.- Difusión y socialización de la historia de lucha y el logro de la sentencia La difusión y socialización de la historia de lucha y el logro de la sentencia tiene dos finalidades (1) empoderar a las víctimas/familiares/sobrevivientes/querellantes que de esta forma pueden exigir el cumplimiento y la forma en que desean que se realice (2) Dignificación y eliminación de actitudes de etiquetamiento, estigmatización y rumores que acompañan a las víctimas de violaciones a derechos humanos y especialmente a las que se proponen la búsqueda de justicia, memoria histórica y reparación. Difusión y socialización hacia: • • • • • Todas las víctimas/familiares/sobrevivientes/querellantes Jóvenes y nuevas generaciones Centros educativos Municipio Cualquier persona y entidad que dirija su que hacer a implementar y cumplir con las medidas de reparación Mediante la construcción de materiales adaptados al público al que van dirigidos y cercanos al lenguaje de las víctimas. Estos materiales pueden ser radiales, audio, audiovisuales, escritos, arte u obras de teatro. En el caso de Plan de Sánchez las acciones de socialización y difusión se iniciaron con la conformación de un pequeño grupo de personas de las diferentes comunidades donde se encontraban familiares afectados por la masacre y beneficiados por la sentencia; y se trabajó con ellos la adaptación de las medidas de reparación y los derechos vulnerados a un lenguaje más cercano para las víctimas. Con este material se elaboró Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 28 un pequeño trifoliar con fines de difusión. Las medidas quedaron redactadas de la siguiente forma: Primero.- El Estado debe averiguar con un pensamiento positivo, los hechos de la masacre en Plan de Sánchez. Que se haga justicia a los responsables de la masacre, quienes lo hicieron y quienes lo ordenaron. Segundo.- El Estado tiene que venir a la comunidad de Plan de Sánchez a disculparse con todos los sobrevivientes y reconocer la responsabilidad del Estado de lo que pasó. Escuchar las peticiones de los representantes de las comunidades que fueron dañadas por la masacre. Las palabras del representante legal del Gobierno, deben ser traducidas en achí para que todos lo entiendan y deben transmitirse en radio, prensa y televisión. Tercero.- El Estado tiene que escribir en el idioma maya-achí, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la sentencia de los jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de lo escrito en la sentencia y que pasó en Plan de Sánchez; y la sentencia de lo que tiene que hacer el estado para dar el resarcimiento que está escrito por los jueces el 19 de noviembre 2004. Cuarto.- El Estado tiene que publicar en español y maya-achí, antes del 19 de noviembre 2005, en el Diario Oficial de Centro América y en otro diario nacional, lo que pasó en Plan de Sánchez que fue probado en los Tribunales de Costa Rica el 23 y 24 de abril 2004, y también tiene que publicar el resarcimiento que se va a dar a las víctimas. Quinto.- El Estado tiene que dar un dinero para mejorar la capilla de Plan de Sánchez, que es el monumento por las víctimas de la masacre y donde se encuentran los finados. Sexto.- El Estado debe dar atención en salud y medicinas, sin cobrar, a todas las personas que quedaron dañadas por la masacre del 18 de julio 1982, por médicos preparados. También el Estado debe traer personas preparadas para ayudar a las personas que quedaron con nervios, también sin cobrar. Séptimo.- El Estado debe hacer casas bien construidas para las víctimas, para que las personas puedan vivir más mejor Octavo.- El Estado tiene que hacer los siguientes proyectos en las comunidades que fueron afectadas en la masacre de Plan de Sánchez: • Hacer un estudio en las comunidades de las víctimas, para recuperar la cultura, para dar a conocer nuestra costumbre maya-achí . • Mejorar las carreteras que van desde las comunidades que fueron afectadas hasta el pueblo de Rabinal. • Sistema de alcantarillas y agua potable. Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 29 • El docente de primaria, secundaria y diversificado, sea bilingüe achí – español y conozca la costumbre maya-achí. • Tiene que haber un centro de salud en la aldea Plan de Sánchez con los doctores, enfermeras y promotores necesarios y también con el material necesario para atender a las personas. • El personal del centro de salud de Rabinal debe recibir capacitación para atender más mejor a las personas que llegan allí por problema de salud de su cuerpo y de su mente. En relación a los hechos: Desde ese día 18 de julio 1982 que masacraron a nuestros seres queridos hasta día de hoy no se ha hecho justicia. Y, en relación a la vulneración de derechos: Los jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el día 29 de abril 2004, escribieron en una sentencia, que el Estado de Guatemala no había respetado: • El derecho de las personas a su cuerpo y su mente (integridad personal); • Su derecho a una justicia con pensamiento positivo (garantías judiciales); • Su derecho a ser respetado como persona, y como persona maya (protección de honra y dignidad; libertad de conciencia y de religión); • Su derecho a pensar y a decir lo que uno piensa (libertad de pensamiento y expresión); • Su derecho de asociación y de reunirse; • Su derecho a tener sus animales, su milpa, su casa y sus cositas (propiedad privada); • Su derecho a que todos somos iguales ante la ley y a que todos debemos ser protegidos por la ley (igualdad ante la ley y protección judicial) En el año 2006, se inició un proceso de difusión de la historia recorrida por los sobrevivientes-querellantes y de la sentencia y medidas de reparación ya adaptadas, en los cinco grupos conformados a raíz de la reunión con la mayoría de lo/as beneficiario/as, y también fueron entregadas a los asistentes en la petición de perdón por parte del Estado. Los espacios eran facilitados en el idioma de las personas de las comunidades y, la metodología utilizada recurrió a recortes de prensa relacionados con la sentencia, material audiovisual y el audio de la audiencia en Costa Rica que fue facilitado por la CorteIDH. Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 30 Así se inició un proceso dirigido por ECAP y los líderes de la comunidad. De estas acciones surgió un profundo agradecimiento hacia los sobrevivientes querellantes que tuvieron el valor de buscar justicia y lograron la reparación. Este proceso de difusión duró varios meses con reuniones mensuales en cada uno de los grupos, pero se vio frenado por una serie de amenazas hacia el equipo de trabajo, lo que hizo necesario la solicitud de medidas provisionales de protección a la CorteIDH. Fue hasta casi medio año después que se logró consolidar un nuevo equipo y reanudar el trabajo. Los temas abordados fueron los siguientes: • Recorrido histórico en el proceso de litigio 1982-2004: primera denuncia, exhumación en un contexto de amenazas y ausencia de apoyo social y familiar, construcción de una pequeña capilla con palos y hojas desde el año siguiente a la masacre y la construcción de la actual capilla en el lugar donde se inhumaron los restos y que hoy día es un monumento, el caso en el sistema interamericano, la audiencia, y la situación de amenazas o la inversión de esfuerzo individual y familiar para lograr avances. • Algunas de las preguntas generadoras utilizadas fueron: “¿Cómo fue?” “¿Qué pasó?” “¿Cómo nos sentimos?” “¿Para qué nos ha servido?”. • Las medidas de reparación descritas en capítulo posterior. • Los actores involucrados: víctimas/familiares/sobrevivientes/querellantes; representantes legales, COPREDEH o institución del Estado encargada de defender al Estado en la audiencia y actualmente velar por el cumplimiento; organización psicosocial o psicóloga del Centro de salud asignada al caso. • Sentimientos y pensamientos en relación al proceso pasado, actual y futuro: miedos, temores o inquietudes. • Expectativas a futuro. “Nuestros deseos hacia futuro: Que esperamos que ocurra: eventos positivos.- Eventos negativos: de qué forma solucionarlos”. Las personas en las comunidades, dirigidas por su representante, transcurrido un año de trabajo y consolidados los grupos, comenzaron a realizar actas donde figuraban los acuerdos respecto a la forma como implementar las medidas de reparación, y éstas eran utilizadas por los representantes legales para negociar las medidas de reparación. Por ejemplo, con el fin de decidir de qué forma querían llevar a cabo la difusión de la sentencia en castellano y en achí, como podría ser el uso de medios radiales, entregando CDs o cassetes a cada familia o a través de un documento escrito. Estas actas fueron eventos y documentos importantes, porque como dice una de las lideresas de uno de los grupos “yo nunca había hecho un acta, pero ahí voy”. Estas reuniones tuvieron sus dificultades, pero los líderes lo valoraron de forma muy positiva, y se sintieron respaldados por las personas de la comunidad. Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 31 La socialización y difusión se llevó también a cabo con las nuevas generaciones en las comunidades trabajando los jóvenes en la preparación de dos obras de teatro. Las actividades con jóvenes se realizaron mediante alianzas con las autoridades académicas, en el espacio del Centro de Telesecundaria de Plan de Sánchez, donde acuden jóvenes de todas las aldeas aledañas. La primera presentación se realizó ante el Vicepresidente de la República, como representante del gobierno que llegó a pedir perdón cómo una de las medidas de reparación que la Corte ordenó al Estado. Con el proceso de cómo se construyó la obra de teatro y la presentación oficial, se realizó un video que lleva por nombre “El día que el Rabinal Achí vio llorar al Estado de Guatemala” y refleja la mirada de los jóvenes hacia el futuro vinculado con el pasado. La segunda obra fue construida en el año 2007 y se presentó en la conmemoración de la masacre el 18 de julio. Esta obra representa la audiencia de reparaciones que tuvo lugar el 24 abril 2004 en Costa Rica con el fin de que todos conocieran lo allí sucedido. Paralelamente se llevó a cabo un proceso de formación-información y sensibilización con los profesionales del sector salud tanto en el nivel central como en el Centro de Salud local. El trabajo de sensibilización hasta la fecha se ha limitado al personal de salud dependiente del ministerio de salud, pero no ha contemplado a los profesionales que laboran en la prestadora de servicios contratada por el Gobierno para cubrir las necesidades de salud en las aldeas y comunidades del municipio, entre ellas, las comunidades beneficiadas por la sentencia. Esto lleva a que el personal del centro de salud municipal a lo largo de los años se sensibilizó mucho con el trabajo en el marco de la sentencia, sin embargo, enfermero/as y médicos de la ONG prestadora de servicios de salud en la comunidad no han recibido ninguna sensibilización al respecto. La experiencia en el proceso a lo largo de los años nos dice que es importante elaborar un plan de información y sensibilización hacia cualquier profesional y personal que tenga algún papel y relación con la sentencia y las víctimas/familiares/sobrevivientes/querellantes. Este plan debe contemplar: el conocimiento de la sentencia y las medidas de reparación.- la memoria histórica de las víctimas.- Los derechos humanos y el compromiso estatal en el marco del derecho internacional de los derechos humanos al cual se ven obligados cualquiera de los funcionarios o personal contratado por el EstadoA modo de ejemplo, los encargados de construir la vivienda, en el caso de Plan de Sánchez, perciben la construcción como otra más, independientemente del contexto. 32 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica No diferencian entre una vivienda construida a una familia en una comunidad en el marco de un proyecto gubernamental de desarrollo, de aquella en el marco de una ejecución de sentencia. El producto final será el mismo, con el mismo tipo de vivienda, sin embargo, desde la dignificación a las víctimas y el carácter reparador de la medida, partir de la base de que esa vivienda es construida porque la anterior fue quemada por el ejército, marca una diferencia, que es lo que las víctimas valoran como reparador y que debe tomarse en cuenta desde la perspectiva psicosocial. Surge la pregunta ¿Debería haber sido el Estado-Gobierno el que hubiera debido llevar a cabo todas las acciones expuestas anteriormente dirigidas a la difusión y socialización de la sentencia? Uno de sus puntos resolutivos expresa: “El Estado debe disponer de los recursos necesarios para facilitar la divulgación de dichos textos (Convención Americana de Derechos Humanos, sentencias de fondo y reparaciones) en Achí y en el Municipio de Rabinal y hacer entrega de los mismos a las víctimas del presente caso” En algunas de las reuniones con los grupos en las comunidades, los representantes y la mesa de trabajo se sugirió que se hiciera de forma radial dado que los habitantes de Rabinal son hablantes-achí, pero no lectores de ese idioma, sin embargo, el Gobierno limitó su acto de difusión a un evento de dos horas a finales del año 2009, es decir, 5 años después, invitando a los familiares/víctimas/sobrevivientes/querellantes donde varias autoridades locales hicieron una presentación que no siempre fue traducida y se entregaron los diferentes documentos. 5.2.3.- Trabajo psicosocial con el fin de disminuir el posible impacto negativo de la indemnización económica. La medida de indemnización económica sobre todo en contextos de pobreza tiene definitivamente un carácter reparador siempre y cuando se acompañe de un sentido dignificante y encuadrándolo en la reparación material, daño emergente y lucro cesante derivados de los hechos y la búsqueda de justicia. Sin embargo, ese mismo contexto de pobreza, sumado al carácter masivo de las violaciones a derechos humanos como sucede en Guatemala, la convivencia víctimavictimario, la impunidad y ausencia de reconocimiento de la historia, la aparición de nuevas víctimas que nunca dieron su testimonio por el miedo o la diferencia en el monto económico asignado a víctimas resarcidas a través del Sistema Interamericano vs Programa Nacional de Resarcimiento, puede llevar a que el carácter pecuniario provoque frustración y divisiones entre vecinos y familias. “¿Por qué a lo/as otro/as y no a mí?” “Están comiendo de los huesos de sus finados” “¿Por qué unos tienen una indemnización y otros otra?” Frente a esta situación y con el objetivo de disminuir el impacto negativo de la medida de indemnización económica y evitar una ruptura del tejido social, se elaboró y llevó a cabo un Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 33 plan que perseguía fomentar la idea de que el proceso judicial debía ser en sí mismo un mecanismo reparador.- Los logros y la lucha por la memoria histórica, la reparación y la justicia era útil para ser utilizado como modelo para otro/as.- Las garantías de no repetición, y muy especialmente la sensibilización hacia la segunda generación.- “Colectivizar el dolor”: ¿somos nosotros las únicas víctimas? y llevar a la reflexión de que en el país sucedieron muchas violaciones a derechos humanos y crímenes de lesa humanidad, sin embargo, solo algunas víctimas lograron llevar sus casos ante la justicia, lo cual no significa que fueran las únicas.- Por último, “colectivizar el resarcimiento”, dando importancia y poniendo énfasis en las medidas de carácter colectivo como educación, cultura, salud, dignificación, memoria histórica o infraestructura. La población meta con la que se trabajó no se limitaba a las víctimas/sobrevivientes/familiares/querellantes, sino que también se dirigió a vecinos de la comunidad, comunidades próximas y municipio, lo cual implicaba a los victimarios. Se llevaron a cabo talleres con grupos con la siguiente estructura y temática: • 1º taller: Socializar la experiencia en Costa Rica.- ¿Cómo fue? ¿Qué pasó? ¿Cómo nos sentimos?¿Para qué nos ha servido?. • 2º taller: El proceso en los diferentes momentos antes, actual y futuro. Revisión de nuestro camino 1982 – 2004.- Miedos, temores, inquietudes, expectativas, logros, limitaciones. • 3° taller.- Conociendo las medidas de reparación. • 4º taller. “Colectivizar el dolor” y ponerse en el lugar de otro/as.- ¿Somos las únicas personas que han sido víctimas? ¿Cómo nos sentimos por qué llegamos a la Corte? ¿Cómo creemos que se sentirán los que no han podido llegar?. • 5º taller: La imposibilidad de resarcir a todos por la masividad de los casos y el hecho de que el Plan Nacional de Resarcimiento no podrá resarcir a todos/as como a nosotros/as, “¿Qué podemos hacer?” “¿Qué pensamos en relación a nuestro proceso?”. De esta forma, el proceso de reflexión a lo largo de los meses permitió que un grupo numeroso de personas tomara conciencia de las dimensiones de la sentencia y del papel que los “históricos” habían asumido a lo largo de los años en solitario y en un contexto hostil de amenazas, etiquetamiento y rechazo a su lucha; y también permitió que otras personas, hombres y mujeres, asumieran nuevos liderazgos. 5.2.4.- La creación de mesas de trabajo y la implementación de otras medidas de reparación. Sumado a las reuniones/talleres en los 5 grupos, en marzo 2007 se inició un proceso intenso de trabajo con los representantes, reuniéndonos cada 15 días para continuar analizando la sentencia y elaborando un plan de trabajo, y también se fueron capacitando 34 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica en derechos humanos, especialmente los derechos violados por el Estado, derechos de los Pueblos Indígenas y la reflexión sobre como construir acciones dirigidas a las garantías de no repetición en un modelo de seguridad ciudadana en democracia. En ese espacio, se tomó la decisión de crear una mesa de trabajo de forma paralela, para reflexionar, analizar y preguntar sobre acciones, dudas y problemas que pudieran surgir en las comunidades a raíz de la ejecución de sentencia, en el cual participaron todos los actores involucrados: COPREDEH local, CALDH como representantes legales, el Centro de salud con el doctor del Centro y la psicóloga asignada al caso, los representantes de las comunidades y ECAP. Allí, también de forma quincenal, por periodo de un año, se fueron abordando las diferentes medidas de reparación, construyendo las propuestas aterrizadas a las necesidades de las personas en las comunidades y adaptadas al contexto local, que eran recogidas por la representante legal, que a su vez redactaba el correspondiente documento que servía de instrumento para las negociaciones en la capital con COPREDEH central y cada funcionario concreto encargado de las diferentes medidas. Cuadro: Ruta para la construcción de las medidas de reparación acorde con las necesidades de las víctimas. Comunidades se reúnen mensualmente Representantes recogen propuestas, ideas o inquietudes de sus comunidades y las analizan cada 15 días Representantes legales recogen ideas, elaboran documento y negocian con COPREDEH y los diferentes ministerios la ejecución de las medidas. Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 35 La reflexión y propuestas de las medidas de reparación se construyen fundamentalmente en base a los insumos de los grupos en las comunidades. En esos espacios, para favorecer la reflexión, además de utilizar la palabra, en ocasiones se han utilizado técnicas como la fotografía, los murales o la pintura en jícaras. Esas técnicas han permitido expresar sentimientos y pensamientos en relación al impacto y la valoración de las medidas de reparación. En las etapas iniciales de la implementación de las medidas de reparación, las peticiones y acciones se dirigían a COPREDEH como organismo nacional encargado de velar por el cumplimiento de la sentencia, y por ello de relacionarse con cada ministerio correspondiente dependiendo de cada medida (educación y cultura, infraestructura, justicia, salud etc..). A lo largo del proceso de incidencia con esta institución, se fue visualizando que dicha institución se limitaba al envío y recepción de información entre víctimas/querellantes y sus representantes y diferentes ministerios, teniendo una respuesta sistemática: “nos comunicamos con los diferentes ministerios, pero no cumplen. Nosotros ya no podemos hacer nada”; o en el trabajo con el ministerio de salud “tenemos el interés y la voluntad de trabajar, pero no tenemos un presupuesto asignado”. De todo esto, uno de los aprendizajes del trabajo fue que cada medida requiere actores estatales diferentes, y que es necesario conocer muy bien el funcionamiento, organigrama y sistema de comunicación de dichas instituciones para llevar a cabo acciones, con cada actor estatal, pero siempre con conocimiento y presencia del órgano encargado de supervisar la medida, en este caso COPREDEH. Por esta razón, además de llevar a cabo un trabajo de incidencia a nivel central, se llevó a cabo un proceso de sensibilización a nivel local con la municipalidad y con diferentes Consejos Comunitarios de Desarrollo Locales (COCODES), con el fin de que conocieran las medidas de reparación, fundamentalmente las colectivas, y se sumarán a la lucha por su cumplimiento entendiendo que serían beneficiosas para todo/as. De esta forma, se realizan acciones a nivel central y a nivel local. En las etapas iniciales del proceso psicosocial y psicojurídico se planteó abordar todas las medidas de reparación de forma simultánea. Sin embargo, la experiencia en el camino llevó a plantearse trabajar una o dos medidas de forma simultánea por la complejidad que cada medida suponía. 5.2.4.1.- La capilla “El Estado debe pagar la cantidad fijada en el párrafo 104 de la presente Sentencia, para el mantenimiento y mejoras en la infraestructura de la capilla”. Se mencionaba anteriormente que varias víctimas/sobrevivientes/familiares desconocían que sus seres queridos fueron exhumados y posteriormente inhumados en la capilla que es actualmente el monumento en homenaje y recuerdo de las personas allí masacradas. 36 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica Sumado a ello, la historia de la comunidad de Plan de Sánchez y las comunidades aledañas está marcada por profundas heridas desde los años de la masacre: Plan de Sánchez fue duramente perseguida, hostigada y arrasada por el ejército y por algunos hombres pertenecientes a esas comunidades aledañas. Los hombres de las comunidades aledañas también sufrieron a causa de la represión, algunos fueron torturados, ejecutados o desaparecidos por no colaborar con los militares; sumado a ello, los de esas aldeas fueron obligados por el ejército a perseguir a los sobrevivientes de Plan de Sánchez, destruir sus casas y cosechas, y saquear sus pertenencias. Estas acciones llevaron a que las personas de Plan de Sánchez fueran señaladas como guerrilleros por sus vecinos, y a que éstos fueran temidos y rechazados por parte de los de Plan de Sánchez, como agentes de la represión. Tomando en cuenta esta situación desde la perspectiva psicosocial y la recuperación del tejido social surgieron las preguntas ¿será que cada comunidad deseará tener su propio monumento? ¿Están todas las víctimas/sobrevivientes/familiares de acuerdo con validar la actual capilla como monumento si nunca lo habían tenido como lugar de referencia y existía un distanciamiento con los hombres de Plan de Sánchez? En el caso de que se aceptara, ¿qué se consideraba como mantenimiento y mejoras? ¿Tomarían en cuenta “los históricos” las propuestas de los nuevos grupos cuando ellos habían mantenido la memoria de las víctimas y, a partir de la exhumación, que también fue resultado de su lucha, habían construido la capilla que actualmente guarda los restos de los masacrados?, ¿cómo hacer para que el trabajo en mantenimiento y mejoras fuera una oportunidad para que quienes habían estado alejados del proceso de litigio se acercaran a los “históricos” y comenzaran a apoyarlos? ¿Cómo se iba a realizar la entrega, gestión y ejecución del monto económico? La reflexión en los grupos y personas se trabajó a través de las siguientes preguntas generadoras: ¿Por qué es importante la capilla? ¿Será que se mantiene la capilla como monumento a las víctimas o sería conveniente que cada comunidad tuviera su monumento? ¿Qué se quiere mejorar en la capilla? El resultado de los talleres y reflexiones en los grupos fueron: “La capilla de Plan de Sánchez es un lugar importante porque es el lugar donde se encuentra la sangre de los difuntos y es el lugar donde pasaron los hechos. Es un lugar para la memoria y para que todos sepan lo que pasó. Allí se pueden llevar candelas, y todos los familiares podemos llegar a reunirnos juntos para las conmemoraciones y celebraciones. Es un recuerdo, es una memoria. Se acordó que la capilla debe ser el único monumento y debe permanecer donde está. Los nuevos grupos podemos dar ideas y propuestas para las mejoras y mantenimiento, pero quien tiene la decisión final son las personas de Plan de Sánchez, porque ellas son las que lo construyeron y lucharon por la justicia y la memoria, y las que viven allí. Pensamos que sería bueno ampliar el espacio para que hubiera lugar para todos cuando nos reunimos. También es necesario incorporar los nombres de las personas fallecidas que están Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 37 escritas en las paredes, porque algunos faltan. Los nombres de los familiares fallecidos permite añadir a personas que finalmente no fueron beneficiadas por la medida de indemnización económica por no entregar su testimonio y papelería a tiempo. Se dieron algunas ideas como la pintura, hacer un dibujo en las paredes exteriores que lleve el camino de justicia de los sobrevivientes desde la masacre hasta el día de hoy, también abrir un pequeño espacio cerrado para guardar cosas relacionadas con nosotros y nuestros difuntos, como un museo. Por ejemplo, la sentencia, la audiencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el video, fotos etc.. Otra idea fue conseguir fotos de todos los familiares y ponerlas en el lugar. Los familiares/sobrevivientes se ofrecieron a dar su mano de obra para la construcción si fuera necesario.” El gobierno, inicialmente, se desconoce si con buena o mala voluntad, para la entrega y manejo de los fondos, dividió el monto económico entre el número de representantes de las comunidades y les quiso entregar un cheque a cada uno, para que cada quien decidiera que hacer. Las personas rechazaron el cheque y la propuesta, informando que el acuerdo era que las personas de Plan de Sánchez eran las encargadas de decidir sobre la entrega de los fondos. Finalmente esta entrega se llevó a cabo a través de una asociación conformada por personas de las diferentes comunidades y la apertura de una cuenta bancaria mancomunada. Esta decisión fue tomada por los representantes legales por considerarla como la forma más sencilla de realizar la entrega del monto económico y que además involucraba a los familiares de otras comunidades. La asociación quedaría disuelta una vez ejecutados los fondos porque así figura en su mandato y reglamentos. Una vez hecha la entrega del monto económico, a lo largo de varios años, las personas continuaron reflexionando sobre las ideas propuestas, buscaron presupuesto para material de construcción, esperaron el paso de las lluvias, compraron un terreno anexo a la actual capilla e iniciaron la construcción de una nueva capilla más grande con el apoyo de las personas de las comunidades, sin embargo, hoy en día a la construcción le falta el techo y ya no hay presupuesto. 5.2.4.2.- La carretera “Mantenimiento y mejoras en el sistema de comunicación vial entre las indicadas comunidades y la cabecera municipal de Rabinal” La carretera desde hace muchos años hasta la actualidad se encuentra en mal estado, el cual se agrava en las épocas de lluvia llegando a ser intransitable por algunos tramos. Esta situación se agrava en los tramos de Ixchel hacia Granados y de Ixchel hacia la aldea de Concul. El mantenimiento que se viene haciendo lo lleva a cabo la institución COVIAL dependiendo de la solicitud de la municipalidad de Rabinal; y, en situaciones de emergencia, son los propios comunitarios quienes lo realizan. 38 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica El mantenimiento, y fundamentalmente las mejoras en el sistema de comunicación vial, son de especial relevancia para las comunidades. Uno, por la accesibilidad de las personas hacia el municipio para actividades comerciales, culturales, educativas, sociales o laborales y otro, porque de la mejora de la carretera dependen otras medidas de reparación como por ejemplo la salud. Personas enfermas y mujeres con parto en situación de riesgo, se trasladan hacia el centro de salud o el hospital y lo hacen pasando por la carretera, y si ésta se encuentra en mal estado por la lluvia impedirá dichos traslados. Hasta la fecha, no se ha recibido ninguna respuesta clara y contundente sobre cómo se debería llevar a cabo ese mantenimiento y mejora, ni tampoco existe claridad sobre quién tiene la responsabilidad de ejecutarla. ¿COVIAL a nivel estatal? ¿la municipalidad? Frente a esta ausencia de respuesta, en los grupos de reflexión psicosocial sobre cada una de las medidas, las personas de las comunidades decidieron iniciar un proceso de búsqueda de alianzas con todas las comunidades que se ven beneficiadas por el mantenimiento de la carretera. De esta forma, los representantes de las comunidades elaboraron un documento y solicitaron reuniones con todos los consejos comunitarios de desarrollo locales (COCODES) para pedir el apoyo. Así lograron más de 500 firmas Firmas. Ese documento lo entregaron a los representantes legales y a instancias gubernamentales locales, pero hasta la fecha no ha habido ningún tipo de respuesta. La comunidad de Ixchel tiene jurisdicción en un municipio diferente al resto de comunidades, situación que para los familiares que viven allí provoca una fuerte frustración sumada a la ya existente, porque las acciones de sensibilización e incidencia siempre se dirigen hacia la municipalidad de Rabinal y no hacia su municipio. 5.2.4.3.- Vivienda “El Estado debe proveer de vivienda adecuada a aquellas víctimas sobrevivientes que residan en la aldea de Plan de Sánchez y que así lo requieran” La construcción de la vivienda exclusivamente en la aldea de Plan de Sánchez planteó nuevos desafíos: cómo abordar en un contexto de pobreza que unas víctimas obtendrían vivienda y otras no. ¿Qué se considera una vivienda adecuada? ¿Dónde construirían su vivienda las personas desplazadas y aquellas que no tenían terreno? El primer desafío, la explicación del porque sólo los habitantes de Plan de Sánchez accederían a una vivienda, se fue abordando a través de la memoria histórica y conocer que sólo las viviendas de esa comunidad fueron quemadas y por lo tanto, las únicas que tenían derecho en ser reparadas. Afortunadamente, los representantes legales lograron obtener el compromiso estatal de construir vivienda para todas las comunidades, situación que no se ha ejecutado hasta la fecha, y que se espera se cumpla. En reuniones con los representantes se reflexionó sobre lo que se entendía como “vivienda adecuada”. ¿Cuántos espacios? ¿Cómo debía ser la cocina? ¿Dónde se ubican las letrinas? Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 39 Los representantes legales llevaron a cabo un fuerte proceso de negociación en el que las propuestas fueron variando a lo largo del tiempo y de los diferentes cambios de funcionarios en la institución encargada, el Fondo Guatemalteco para la vivienda, FOGUAVI. Inicialmente esta institución propuso construir unas casas a la par de las otras, propuesta que definitivamente no se ajusta a una comunidad indígena ni campesina que viven separadas las unas de las otras con grandes terrenos de árboles. Finalmente se logró que se construyeran en el lugar propuesto por las víctimas; y la opción para quienes tenían ya una casa, la construcción de un segundo nivel. En relación al concepto de “vivienda adecuada” esta institución mantiene sus propios criterios y no los puede variar: dos espacios dormitorio, un espacio comedor cocina y un baño; con dos ventanas en la parte frontal. Otro de los desafíos fueron los trámites administrativos y los requisitos solicitados por dicha institución. La solicitud de construcción de vivienda fue iniciada como cualquier otro ciudadano del país. Las personas tuvieron que entregar sus solicitudes y papelería con fotocopia de cédula, partidas de nacimiento, constancias de estado civil, constancia de ingresos, escritura, carencia de bienes; y, una vez aceptada la solicitud tener una entrevista con un trabajador/a social que llegará a la comunidad a hacer trabajo de campo y verificación de información y con su informe continua un trámite de aprobación o rechazo de la construcción. Derivado de estos requisitos, surgen algunas preguntas, ¿qué sucede si una víctima no cumple con estos requisitos administrativos? ¿Se hubiera logrado el mismo resultado si las víctimas hubieran realizado su trámite por la vía gubernamental como cualquier ciudadano? Entonces, ¿cómo dignificar la medida? ¿Qué supondrá para las comunidades la llegada de trabajador/as sociales a entrevistar a sus habitantes? ¿lo harán con enfoque multicultural? ¿Qué impacto en el tejido social puede tener para las comunidades la llegada de camiones con material de construcción y la presencia de hombres externos a la comunidad trabajando? ¿podrían ser las personas de la comunidad contratadas para la construcción? En la actualidad, la papelería se encuentra en FOGUAVI y se está pendiente de continuar con las entrevistas y el resto del proceso tanto administrativo como de construcción 5.2.4.4.- Petición de perdón “El Estado debe realizar un acto público de reconocimiento de su responsabilidad de los hechos ocurridos en este caso, y en desagravio de las víctimas de éste”. En el año 2005, se llevó a cabo el acto público de petición de perdón por parte del Estado de Guatemala. De forma previa a la actividad, además de llevar a cabo la adaptación de las medidas de reparación a un lenguaje más cercano a las víctimas, se reflexionó con los representantes de las comunidades sobre el mensaje y las palabras de las intervenciones que ellos realizarían en el evento. Los jóvenes estudiantes de las comunidades, con el visto bueno de algunos maestros, 40 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica y el apoyo de ECAP y las instituciones Caja Lúdica y Fusión Creativa, ensayaron durante meses una dramatización de la masacre que fue representada delante del vicepresidente de la República. A raíz de los ensayos, se publicó el video “Cuando el Rabinal Achí vio llorar al Gobierno de Guatemala” Las reflexiones posteriores sobre la petición de perdón variaron entre la alegría de ver a un vicepresidente pidiendo perdón en la comunidad, la frustración de que no llegara el presidente y sobre todo quienes hicieron las masacres y que se encuentran en el Congreso de la República, y la incredulidad de que todo se limite a una petición de perdón que no esté acompañada de otras medidas de dignificación, memoria histórica, justicia y reparación. 5.3.- Logros relativos a la reparación psicosocial La revisión y seguimiento de la medida en salud física y mental se encuentra ampliamente documentada en los informes emitidos a la CorteIDH y que forman parte de los anexos de este libro. Por razón de espacio se publica un informe que es un conglomerado de los 3 primeros informes, y el 5° y último informe presentado en enero 2010. En este apartado señalaremos únicamente algunos de los resultados más importantes del proceso, recomendando la lectura de los anexos para mayor profundización. Como resultado de la propuesta de medidas de reparación a la CorteIDH a través de la petición de los representantes legales en el mes posterior a la audiencia, la CorteIDH ordenó en las medidas de reparación: “El Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud especializadas, el tratamiento médico que requieran las víctimas incluyendo, Inter. alia, los medicamentos que puedan ser necesarios. Asimismo, el Estado debe crear un programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico, el cual también debe ser brindado en forma gratuita, en los términos de los párrafos 106 a 108 y 117 de la presente Sentencia”. Y para ello, ordena igualmente en el apartado f) Tratamiento médico y psicológico, de las consideraciones, que el Estado cree un Comité para el seguimiento de la medida, y que el programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico comience inmediatamente después de la creación de ese Comité, 108. Para estos efectos, el Estado debe crear un comité que evalúe la condición física y psíquica de las víctimas, así como las medidas que respecto de cada una habría que tomar. En este comité deberá tener una participación activa la organización no gubernamental Equipo de Estudios Comunitarios de Acción Psicosocial, (….). Respecto del tratamiento médico y psicológico, éste se debe iniciar inmediatamente después de la constitución del comité por un período de cinco años. Después de numerosas reuniones y debates a lo largo de los primeros años, entre el Ministerio de Salud, el Programa Nacional de Salud Mental, COPREDEH, los representantes legales, ECAP y representantes de las comunidades, en la segunda Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 41 mitad del año 2007 se logró firmar una carta de entendimiento entre Ministerio de Salud, Programa Nacional de salud mental, COPREDHE, representantes de las comunidades, ECAP y CALDH para la creación del Comité de salud. Este comité tiene las siguientes atribuciones: a) Asesorar y participar con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, a través del Sistema integral de atención en salud y el Programa Nacional de Salud Mental, en relación a los siguientes contenidos temáticos: • Las formas de evaluación y diagnóstico de las necesidades psicosociales de la comunidad. • Los programas de trabajo psicosociales en la comunidad incorporando los temas de memoria histórica y derechos humanos según se plantean en las recomendaciones de la Comisión de Esclarecimiento Histórico. • Elaboración de las Normas y Protocolos de Atención en el caso de daño psicosocial derivado de la violencia política y graves violaciones a derechos humanos: • Los planes de capacitación para el personal del centro de Salud en el Municipio de Rabinal, Departamento de Baja Vecrapaz. b) Elaborar indicadores que permitan ver avances del trabajo realizado por el Ministerio de Salud Pública y el Programa Nacional de Salud Mental. Las valoraciones más importantes que ECAP hace respecto a la carta de entendimiento es la incorporación de temas de memoria histórica y derechos humanos que fueron un punto fuerte de debate por parte de algunas entidades del Estado; y, la elaboración de las normas y protocolos de atención en el caso de daño psicosocial derivado de la violencia política y graves violaciones a derechos humanos. El Ministerio de Salud Pública se rige por normas de atención y protocolos que cualquier funcionario debe utilizar. Esto supone enmarcar la realidad de las personas atendidas por el sector salud en los diferentes protocolos. En el momento de la publicación de la sentencia, el Programa Nacional de Salud Mental disponía de protocolos de violencia intrafamiliar, alcoholismo, drogodependencias y problemas de aprendizaje; por lo tanto los psicólogo/as encargados de trabajar con víctimas de violaciones a derechos humanos no tenían las herramientas y lineamientos necesarios para abordar estas problemáticas. A través de la medida de reparación se logró la contratación de una psicóloga, un proceso que llevó a un cambio de actitudes en los profesionales del centro de salud, y, los conocimientos y experiencias adquiridas por ECAP a lo largo de estos años de trabajo, permitieron incidir en espacios estatales en el Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental (PNSM) para elaborar planes de atención psicosocial con Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 42 las víctimas de graves violaciones a derechos humanos y especialmente con las víctimas del conflicto armado interno, que se plasmaron en el “Protocolo de Normas y Atención a víctimas del Conflicto Armado Interno” elaborado por el PNSM a raíz de la solicitud realizada por ECAP en sus informes presentados a la CorteIDH como seguimiento de la sentencia de reparaciones de Plan de Sánchez y en la carta de entendimiento. Este protocolo y las capacitaciones igualmente lograron incidir en la visión y modelo de salud mental utilizado y actualmente existe una mayor apertura a utilizar modelos psicosociales y tener presente las violaciones a derechos humanos. Los aprendizajes del proceso son varios, pero mencionamos dos: • Es necesario conocer en profundidad el organigrama y funcionamiento del sistema de salud. Por ejemplo, qué departamentos o secretarías llevan una parte normativa, y cuáles una parte formativa; o la existencia de subcontratas para la ejecución de algunos servicios como las prestadoras. • Se debe tomar en cuenta al personal de la ONG prestadora de servicios de salud, la cual en realidad llevaba a cabo el trabajo directamente en la medida de salud física se encuentre igualmente involucrado como lo han estado los funcionarios públicos. VI.- A MODO DE CIERRE El camino recorrido ha sido largo y no exento de dificultades: el acceso a las comunidades fundamentalmente en épocas de lluvia, el compromiso de muchas de las personas en otras actividades familiares, comunitarias y municipales hizo que no siempre se pudieran llevar a cabo las actividades entre todos y todas, el desánimo porque las autoridades no muestran una voluntad real, la percepción de no sentirse escuchado, el cansancio de “los históricos” después de muchos años y lograr la sentencia; la preocupación por algunas víctimas/familiares exclusivamente interesadas en la medida de indemnización económica, el estigma por ser las voces del pasado, las amenazas y los problemas de seguridad o las dificultades en mantener recursos económicos para el proceso. Sin embargo, sobrellevando todas estas dificultades, el trabajo realizado con los beneficiarios de las medidas de reparación ha permitido crear un proceso sólido de recuperación de la memoria histórica desde las propias víctimas. Los sobrevivientes de la masacre, no habían compartido sus experiencias en relación a la muerte de sus seres queridos y de los esfuerzos que hicieron el 18 de julio 1982 por salvarlos y por enterrarlos dignamente. Los sobrevivientes de algunas comunidades aledañas, viven actualmente en una situación de duelo alterado y, algunos de ellos, pensando que su familiar podría no estar realmente muerto. El proceso ha permitido poder compartir pensamientos y sentimientos que estaban silenciados por el miedo y el terror. Se han creado y fortalecido lazos de solidaridad y apoyo que se encontraban destruidos desde hacía muchos años. Generar el espacio para hablar y compartir las actividades realizadas durante tantos años por las víctimas históricas ha servido para recuperar la dignidad del proceso, de quienes lo llevaron a cabo y de sus resultados. En líneas anteriores, se mencionaba la pérdida del carácter reparador de las medidas por un inadecuado proceso y falta de información. Facilitando información y comunicación entre los beneficiarios de las medidas se ha construido un grupo, que en la actualidad tiene la capacidad de continuar luchando por el conjunto de medidas de reparación y no sólo por las medidas de carácter económico. La difusión y socialización en términos sencillos y con metodología pedagógica ha servido para que todos y todas conozcan la sentencia y se apropien de ella, como personas que deben exigir al Estado su cumplimiento. Los grandes resultados del proceso son manifestados por los beneficiarios de las medidas. Las personas de las comunidades aledañas, que no conocían del proceso ni los resultados, manifiestan: “Gracias a los líderes de Plan de Sánchez por haber hecho todo este trabajo por nuestros difuntos, y también gracias a ECAP por habernos dado la oportunidad de conocer la sentencia y la lucha de las personas de Plan de Sánchez” Las personas de Plan de Sánchez reconocen el trabajo: “Gracias a ECAP por llevar nuestra lucha a las otras comunidades, así van a conocer de todo el esfuerzo que nosotros hicimos y dejarán de pensar que sólo por nosotros hemos trabajado” 43 44 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica En las manifestaciones de las personas de las comunidades aledañas se desprende un cierto tono de culpa por no haber apoyado a los “históricos” en todo el proceso, sobre todo aquellos a los que se solicitó ayuda y testimonio en los momentos iniciales del proceso, a principios de los años 90; sin embargo en la actualidad intentan apoyar en el camino que queda todavía por recorrer El trabajo también ha permitido que las personas se sientan más seguras y con menos miedo y temor a hablar. “Entonces ahora ya se puede hablar de lo que nos pasó” BIBLIOGRAFÍA Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso Masacre Plan de Sánchez Vs. Guatemala. Sentencia de 29 de abril de 2004 (Fondo) http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_105_esp.pdf Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso Masacre Plan de Sánchez Vs. Guatemala. Sentencia de reparaciones 19 noviembre 2004 http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_116_esp.pdf ECAP (2010) "Trabajo psicosocial por violaciones a derechos humanos en contextos multiculturales" Serviprensa. Guatemala Gómez, N. (2008) "Indigenous People and Psychosocial Reparation: The Experience with Latin American Indigenous Communities" en Lenzerini "Reparations for indigenous people" Oxford University Press. Oxford New York. Gómez, N. (2009) "Peritaje Psicosocial por violaciones a derechos humanos" F&G Editores. Guatemala Gómez, N. "Healing Hidden Wounds" en Cultural Survival. http://www.cs.org/publications/csq/csq-article.cfm?id=1979 (30/05/08) Gómez, N. 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Costa Rica Martín Beristain, C (2009) "Diálogos sobre la reparación Volumen I y II" Instituto Interamericano de Derechos Humanos en La página en la que está diálogos de reparación Tomo 1 http://www.iidh.ed.cr/BibliotecaWeb/Varios/Documentos/BD_1231064373/ Libro%20Beristain%20tomo%201.pdf Tomo 2 http://www.iidh.ed.cr/BibliotecaWeb/Varios/Documentos/BD_1231064373/ Libro%20Beristain%20tomo%202.p 45 46 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica Martín Beristain, C (2010) "Manual sobre perspectiva psicosocial en la investigación de derechos humanos". Universidad del País Vasco y Egoa. País Vasco. España Martín Beristain, C. y F. Riera "Afirmación y Resistencia. La comunidad como apoyo" http://www.psicosocial.net/es/centro-de-documentacion/doc_details/14afirmacion- y-resistencia-la-comunidad-como-apoyo (consultado 12/12/09) Cabrera, L., Martín Beristain, C.; Albizu, J.L (1998) "Esa tarde perdimos el sentido" Editorial El Centro. Guatemala. Guatemala Programa Nacional de Salud Mental. Ministerio de salud pública y asistencia social. (2007) "Protocolo para la atención en salud mental a poblaciones que sufrieron violaciones a los derechos humanos y violencia política, durante el conflicto armado interno" Ed. F & G Editores Guatemala. Guatemala. ANEXO I ANEXO II Informe sobre el trabajo realizado con relación a la medida de reparación psicosocial en el caso de la masacre de Plan de Sánchez entregado a la CorteIDH en seguimiento del cumplimiento de sentencia. Conglomerado de los tres informes Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial – ECAP Guatemala, 07 de agosto 2007 INDICE 1.- Introducción. 53 2.- La creación del Comité 54 3.- Programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico dirigido a un nivel individual, familiar y comunitario 56 3.1.- Consideraciones y disposiciones de la Corte 56 3.2.- En el primer informe del 2005, igualmente presentó un pequeño diagnóstico previo, basado en el trabajo que realiza en campo. 61 4.- 3.2.1.- Necesidades en la medida de reparación psicosocial en la comunidad indígena de Plan de Sánchez. 61 3.2.2.- Necesidades en la medida de reparación psicosocial en las comunidades aledañas 62 Formación del personal del Centro de Salud Municipal de Rabinal para que puedan dar atención médica y psicológica a víctimas de graves violaciones a Derechos Humanos. 63 5.- El papel de COPREDEH en las comunidades afectadas por la masacre. 64 6.- Recomendaciones 65 51 1.- INTRODUCCIÓN. Transcurrido dos años y 8 meses de la sentencia de reparaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso de la masacre de la comunidad indígena de Plan de Sánchez, la organización no gubernamental guatemalteca, Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial – ECAP – ha elaborado un consolidado de los tres informes presentados, en virtud de sus apreciaciones en relación al proceso llevado a cabo por el Estado de Guatemala en lo concerniente a las medidas de reparación psicológica. ECAP, durante el año 2006, ha venido llevando a cabo un proceso psicosocial con el fin de que las personas puedan mantener el control de la ejecución de la sentencia y llevar a cabo sus propias decisiones de forma informada y acorde a sus necesidades. En este proceso se han formado 4 grupos con los beneficiarios de la sentencia de reparaciones que viven en las comunidades de Ixchel, Concul, Conculito, Joya de Ramos, Las Ventanas, Plan de Sánchez, Rabinal y Salamá. En este proceso se ha abordado, junto con los líderes de la comunidad de Plan de Sánchez, y en reuniones mensuales, la divulgación de su lucha por conseguir justicia y el contenido de la sentencia con un pequeño documento con las disposiciones finales emitidas por la Corte en palabras adaptadas a la población. Paulatinamente, en estos cuatro grupos, se han ido desmenuzando cada una de las medidas de reparación. De forma paralela, se ha trabajado con el grupo de representantes que son el nexo entre el conjunto de comunidades y las autoridades nacionales encargadas de cumplir con las disposiciones de la Corte. Por último, ECAP está llevando a cabo un pequeño estudio sobre el impacto de la ejecución de las medidas de reparación. Este trabajo en la región, las reuniones en el espacio de construcción del Comité de salud y el análisis de los documentos presentados por el Ministerio de Salud nos permiten ir dando seguimiento al trabajo realizado en el contexto del cumplimiento de la medida de reparación en salud física y mental por parte del Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental. 53 2.- LA CREACIÓN DEL COMITÉ La Corte Interamericana de Derechos Humanos en su sentencia de reparaciones de 19 noviembre 2005, en el caso de la masacre de Plan de Sánchez ordena al Estado en su disposición final número 7: “El Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud especializadas, el tratamiento médico que requieran las víctimas incluyendo, Inter. alia, los medicamentos que puedan ser necesarios. Asimismo, el Estado debe crear un programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico, el cual también debe ser brindado en forma gratuita, en los términos de los párrafos 106 a 108 y 117 de la presente Sentencia”. Y para ello, ordena igualmente en el apartado f) Tratamiento médico y psicológico, de las consideraciones, que el Estado cree un Comité para el seguimiento de la medida, y que el programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico comience inmediatamente después de la creación de ese Comité, 108. Para estos efectos, el Estado debe crear un comité que evalúe la condición física y psíquica de las víctimas, así como las medidas que respecto de cada una habría que tomar. En este comité deberá tener una participación activa la organización no gubernamental Equipo de Estudios Comunitarios de Acción Psicosocial, (….). Guatemala deberá informar a esta Corte sobre la constitución de este comité en el plazo de seis meses. Respecto del tratamiento médico y psicológico, éste se debe iniciar inmediatamente después de la constitución del comité por un período de cinco años. Como se anotaba en el anterior informe, COPREDHE, CALDH, el Ministerio de Salud, el Programa Nacional de Salud Mental, las víctimas y ECAP, se reunieron durante el primer semestre del 2006 con el fin conformar el comité y establecer sus funciones, participantes, finalidad y duración, y el propio Ministerio de Salud, consultó con su departamento jurídico y aprobó, con breves modificaciones, las funciones propuestas por el resto de los integrantes. ECAP propuso las siguientes funciones del Comité: • Asesorar: (1) las formas de diagnóstico y evaluación de las necesidades psicosociales de la comunidad. (2) Programas de trabajo psicosocial en la comunidad, incorporando los temas de memoria histórica y derechos humanos, según son planteados en las recomendaciones de la Comisión de Esclarecimiento Histórico (3) Elaboración de las Normas y Protocolos de Atención en el caso de daño psicosocial derivado de la violencia política y graves violaciones a derechos humanos. (4) Contenido de formación para el personal del Centro de Salud en el Municipio de Rabinal • Elaborar indicadores que permitan ver los avances del trabajo realizado por el MPAS y PNSM. 54 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 55 • Monitorizar y evaluar el trabajo llevado a cabo por el MPAS y el PNSM en base a los indicadores. • Avalar las líneas de trabajo llevadas a cabo por el MPAS y el PNSM en respuesta a la medida de reparación. En base a las reuniones mantenidas entre todos, y en base a la resolución del departamento jurídico del Ministerio de Salud, se acordó la creación de un Acuerdo Gubernativo, y la redacción y firma de un acta inicial con el fin de dar por conformado el Comité. El 3 de noviembre 2006, se acuerda que finalmente, el Acuerdo será Ministerial y no Gubernativo por lo tardado del trámite, siempre manteniendo la firma de un acta temporalmente hasta la firma del Acuerdo Ministerial. Desde el 1 de junio 2006 del anterior informe presentado a la Corte, los integrantes del Comité, a excepción de los representantes del Ministerio de Salud, se han reunido en tres ocasiones y no hay resultados concretos en materia de constitución del Comité a fecha de 31 marzo 2007, incluyendo la firma del Acta de constitución que ya está escrito. En el espacio de la conformación del comité se llegó al acuerdo y planificación de reuniones mensuales, sin embargo éstas han sido continuamente canceladas por COPREDHE, impidiendo que exista un proceso fluido de intercambio de información y de construcción del modelo de trabajo psicológico y médico en la región obstaculizando la ejecución de la medida de reparación ordenada por la Corte. 3.- PROGRAMA ESPECIALIZADO DE TRATAMIENTO PSICOLÓGICO Y PSIQUIÁTRICO DIRIGIDO A UN NIVEL INDIVIDUAL, FAMILIAR Y COMUNITARIO. 3.1.- Consideraciones y disposiciones de la Corte: La Corte ordena en su disposición final número 7: “El Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud especializadas, el tratamiento médico que requieran las víctimas incluyendo, Inter. alia, los medicamentos que puedan ser necesarios. Asimismo, el Estado debe crear un programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico, el cual también debe ser brindado en forma gratuita, en los términos de los párrafos 106 a 108 y 117 de la presente Sentencia.” Consideración de la Corte apartado f) Tratamiento médico y psicológico numeral 106: “Las víctimas que han rendido testimonio ante el Tribunal o han brindado su declaración ante fedatario público (affidávit) han expresado padecer secuelas físicas o problemas psicológicos como consecuencia de los hechos de este caso. Igualmente, la perito Nieves Gómez Dupuis manifestó durante la audiencia pública que las víctimas sobrevivientes de la masacre presentan lesiones a la salud mental y enfermedades psicosomáticas. La Corte estima que es preciso que se disponga una medida que tenga el propósito de reducir los padecimientos físicos y psicológicos de las víctimas del presente caso (supra párr. 49.10), derivados de la situación de las violaciones, si ellos así lo desean”. Consideración de la Corte apartado f) Tratamiento médico y psicológico numeral 107. “Con el fin de contribuir a la reparación de estos daños, el Tribunal dispone que el Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud especializadas, el tratamiento médico que requieran las víctimas incluyendo, Inter. alia, los medicamentos que puedan ser necesarios. Asimismo, el Estado debe crear un programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico, el cual también debe ser brindado en forma gratuita. Al proveer el tratamiento psicológico y psiquiátrico se deben considerar las circunstancias particulares de cada persona, las necesidades de cada una de ellas, de manera que se les brinden tratamientos colectivos, familiares e individuales. Dicho tratamiento debe desarrollarse después de una evaluación individual, según lo que se acuerde con cada una de ellas”. En su primer informe presentado a finales del 2005, ECAP presentó lo siguiente en relación al trabajo realizado por el Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental. Con el fin de realizar las consideraciones oportunas al trabajo realizado por el Estado en relación a las medidas de reparación psicológica, exponemos de forma breve, las 56 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 57 acciones llevadas a cabo por el Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental, entidad que depende de dicho Ministerio. Estas dos entidades, en el marco de sus programas establecidos para trabajar en el país, han intencionado acciones a raíz de la sentencia, en la actualidad de forma incompleta, las cuales mencionamos a continuación: 1.- El Ministerio de Salud (MPAS) y el Programa Nacional de Salud Mental (PNSM), junto con COPREDHE, ECAP y las víctimas, iniciaron un programa para dar respuesta a las medidas de reparación en salud física y mental al que denominaron “Plan de Salud Integral, con especial énfasis en Salud Mental” como respuesta a la sentencia de reparaciones de la Corte en el caso Plan de Sánchez. Este plan queda plasmado en el documento “Informe de Resarcimiento Psicosocial” de la Comisión Ministerial para el Resarcimiento Psicosocial del Ministerio de Salud Pública, junio 2005 y que fue presentado oficialmente en ese mes a la Comisión Presidencial de Derechos Humanos (COPREDHE). 2.- El objetivo general del programa es “Desarrollar un proceso de promoción de la salud, prevención específica, atención y rehabilitación de los trastornos psíquicos en al población de Rabinal, mediante el fortalecimiento de servicios” En dicho objetivo general no se menciona la especificidad del “daño derivado de la masacre y otros hechos de impunidad”, y de esta forma situarlo en un contexto de violencia política. Por otro lado, el “tratamiento de trastornos psíquicos”, limita el trabajo a realizar, a un enfoque individual y patológico, cuando el daño en estas situaciones de graves violaciones a derechos humanos, se extiende a la comunidad, a la familia, y a la sociedad. No se trataría de hablar de trastorno psíquico, sino de una “respuesta normal (ansiedad, angustia, tristeza etc..), a una situación anormal (ser víctima de una masacre y otros hechos de impunidad)” 3.- El Programa Nacional de Salud Mental, tiene un programa de Información, Educación y Comunicación – IEC, dirigido a personal institucional (p.ej. maestros) y personal comunitario, que aborda cuatro ejes temáticos: violencia, adiciones, trastornos psicosociales y desastres. Hasta la fecha el eje de violencia se ha centrado en la violencia intrafamiliar y la violencia en las pandillas juveniles, sin incorporar la violencia política y graves violaciones a Derechos Humanos, ni el daño en la segunda generación derivado de los mismos. Según las personas que trabajan en esta sección del Ministerio de Salud, la violencia política no ha sido nunca considerada como importante en la cartera de servicios, y solo a raíz de la sentencia de reparaciones del caso Plan de Sánchez, se empieza a visualizar la necesidad de darle un abordaje específico. 4.- El Programa Nacional de Salud Mental, tiene dentro de sus acciones con niños y jóvenes dos programas: “escuelas saludables” y “espacios amigables”. Las “escuelas saludables” van dirigidas al autocuidado y autolimpieza; y los “espacios amigables” a la prevención de enfermedades, prevención de embarazos, 58 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica VIH-SIDA, autoestima, salud mental, drogas, alcoholismo y educación sexual. Existe la estrategia “los adultos apoyen” para que los padres conformen comités en las escuelas y de esta forma también se involucren en las medidas de salud. Para dar respuesta a estas necesidades y en el contexto de los protocolos y normas de atención, el PNSM dispone de tres protocolos: (1) Protocolo para trabajo con niños, (2) protocolo para trabajo con jóvenes y (3) protocolo para trabajo con la familia; y en todos ellos se abordan las problemáticas antes mencionadas, desde sus niveles de prevención, promoción, atención y rehabilitación. Estos programas no contemplan los temas de violencia política y las recomendaciones de la Comisión de Esclarecimiento Histórico de Guatemala 5.- En el Programa Nacional de Salud Mental, los psicólogos deben prestar 30% de atención clínica individual y 70% de atención en la comunidad. 6.- El Ministerio de Salud contrató a una psicóloga desde el mes de junio 2005, y en los términos de referencia del contrato, presentado en el “Informe de Resarcimiento Psicosocial”, se obliga a la psicóloga a cumplir con las acciones que reflejadas en las Normas y Protocolos de Atención del PNSM, sin embargo, el contenido de los protocolos no contempla en trabajo con víctimas de graves violaciones a derechos humanos. 7.- Observación final: El enfoque teórico que sustenta al modelo desarrollado por el Programa Nacional de Salud Mental, parte del sujeto individual como actor de cambios, y del concepto de autoestima y capacidad de valorarse a sí mismo para poder valorar a los demás. Desde este enfoque, queda excluida la acción externa hacia el sujeto, el trabajo con comunidades, el contexto social y cultural, y muy específicamente, queda totalmente excluida la violencia política y todas las consecuencias que esta tuvo (daño en la segunda generación, estigmatización hacia las víctimas, discriminación, miedo, silencio, falta de participación social, revictimización, amenazas, impunidad, duelo alterado etc…) de las que hace reflejo el peritaje presentado por Nieves Gómez, a la Corte en la audiencia de reparaciones. La salud mental, está centrada en lo individual y la patologización de la persona: maltrato infantil, salud mental en situación de desastres, trastornos psíquicos: síndrome de Down, adicciones, depresión en niños, retraso mental, trastorno de hiperactividad y déficit de atención8. El ECAP en su trabajo psicosocial desde 1998 busca reducir los daños psicosociales provocados por las masacre y otros hechos de impunidad en Guatemala. Para ello, se 8 Ministerio de Salud Pública. Dirección General de Regulación, vigilancia y control de la Salud. Departamento de Regulación de los Programas de Atención a las Personas. Programa Nacional de Salud Mental “Escuelas saludables. Mochilas de la salud”. Sin fecha Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 59 propone que se desarrollen los siguientes tres procesos: (1) Generar espacios para expresar sentimientos y pensamientos derivados de las graves violaciones a derechos humanos; y de esta forma conocer que otros sufren igual, y que no solo unos fueron víctima de la violencia política (2) En ese espacio de intercambio de la palabra, una vez que el proceso anterior ha sido elaborado, se abordan los mecanismos de afrontamiento individuales, familiares y comunitarios, que se han venido utilizando para salir adelante de la situación traumática, de esta forma compartirlos, y que sirvan de modelo a otros. Se reflexiona sobre los mecanismos utilizados y también se proponen y crean nuevos. (3) En este último momento, el grupo ha evolucionado de un espacio donde el daño es “privatizado”, donde el grupo es cerrado; a un grupo que quiere dar a conocer su daño a la sociedad, y que se reconozca el sufrimiento vivido y la falta de justicia hacia los responsables. El grupo se convierte en un actor social, con sus propias metas y necesidades como víctimas. Para la evolución de un proceso o etapa a otro, no hay tiempos y depende del contexto histórico, social y local, y de los integrantes del grupo. Igualmente, no son etapas inamovibles, y al considerarlos como procesos, unas veces avanzan y otras retroceden siendo necesario siempre tener presente los sentimientos y pensamientos y los mecanismos de afrontamiento también en la fase 3) o el grupo como actor social. Esta situación es particularmente importante en contextos de impunidad como el que vive la comunidad de Plan de Sánchez, sujeta a la falta de reparación, impunidad, estigmatización social etc.. que genera emociones, sentimientos y pensamientos muchas veces de cólera y enojo, que es necesario canalizar para que las personas generen acciones propositivas. A fecha de marzo 2007, el Programa Nacional de Salud Mental elaboró a finales de año un “Protocolo para la atención en salud mental a poblaciones que sufrieron violaciones a los derechos humanos y violencia política, durante el conflicto armado interno” con la opinión de organizaciones que trabajan en Salud Mental, tal y como ECAP había recomendado en sus anteriores informes a la Corte. Este Protocolo supone un avance significativo en el desarrollo de un programa de atención psicológica a las víctimas de violencia política en el país, que deberá tomarse en cuenta para los beneficiarios de las comunidades afectadas por la masacre de Plan de Sánchez y el cumplimiento de la medida de reparación. Las personas contratadas por el Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental comenzaron su trabajo en junio 2005 en el Municipio de Rabinal por lo que se requiere que este personal sea capacitado en el nuevo Protocolo elaborado por el Ministerio de Salud, con el fin de adecuar sus habilidades y capacidades al marco teórico y metodológico del mismo y ajustarse al cumplimiento efectivo de la medida de reparación psicológica y médica. Los resultados del diagnóstico elaborado por el Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental entregados en el mes de noviembre 2006 en el espacio de la conformación del Comité, requieren de ampliar y reflejar algunos aspectos que se han invisibilizado, siendo los más destacados, la necesidad de tratar la situación de duelo alterado de las personas que viven en las comunidades aledañas a Plan de 60 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica Sánchez en grupos terapéuticos9, que ECAP reflejó en su primer informe a la Corte, y que se ratifica con las palabras de alguna de las víctimas cuando dice: “Yo todavía no creo que mi hijo muriera, y todavía hoy lo espero” Otro elemento a tener en cuenta en el diagnóstico es que debe crearse una estrategia psicosocial dirigida a disminuir la estigmatización existente hacia las víctimas. El Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental presentaron en su propuesta de atención en junio 2005, la contratación de una persona con perfil de Promotor/a de Salud Mental con el fin de adaptar la asistencia psicológica al contexto multicultural y ésto no ha sido llevado a cabo. El “Protocolo para la atención en salud mental a poblaciones que sufrieron violaciones a los derechos humanos y violencia política, durante el conflicto armado interno”menciona: “Garantizar que las actividades de salud mental se realicen en su idioma materno, ya sea con personal bilingüe y el uso de traductores capacitados en salud mental.10 Dentro de un proceso de trabajo psicosocial con víctimas de violencia política son elementos principales la confianza, constancia, seguridad y estabilidad en el trabajo psicológico y psicosocial. Sin ellos, no es posible llevar a cabo un trabajo terapéutico. Es necesario resaltar que, las acciones llevadas a cabo por el Centro de Salud en Rabinal y por el Programa Nacional de Salud Mental en la región, no han sido compartidas, ni discutidas en el espacio del Comité, dificultando la construcción de las medidas de reparación psicológica y médica que respecto de cada una habría que tomar de forma conjunta Ministerio de Salud, Programa Nacional de Salud Mental, ECAP y las víctimas, para dar cumplimiento a las disposiciones de la Corte. Por último, de la información obtenida en el estudio que ECAP está llevando a cabo sobre el destino del dinero de las medidas económicas de reparación emitidas por la Corte, varias víctimas indican que lo utilizaron para tratamientos médicos. Esto señala que varias personas no están encontrando en el Estado la ejecución de la medida: “el Tribunal dispone que el Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud especializadas, el tratamiento médico que requieran las víctimas incluyendo, Inter. alia, los medicamentos que puedan ser necesarios” En conclusión, para el adecuado cumplimiento de la medida de reparación psicológica y medica ordenada por la Corte, se ha dado un primer paso con la elaboración del 9 Los grupos poseen recursos para el apoyo de sus miembros, la interacción, la comunicación y el propio proceso de grupo son la fuente de apoyo para sus miembros. La narrativa de las experiencias vividas por los miembros del grupo y su comunicación a los otros, es una forma de conversación social que en si misma es una actividad que genera sentido, revelan las emociones del que narra, su participación en la situación narrada, la manera en que la situación le afecto y como fue enfrentada. La narración de experiencias constituye la construcción de una verdad narrada, que puede ser validada por los otros y que se convierte en una puerta de entrada a la experiencia subjetiva e intersubjetiva de los miembros del grupo”. Pág. 20 (Noviembre 2006) Ministerio de salud pública y asistencia social. Programa Nacional de salud mental. “Protocolo para la atención en salud mental a poblaciones que sufrieron violaciones a los derechos humanos y violencia política, durante el conflicto armado interno”. 10 Pág. 20. (Noviembre 2006) Ministerio de salud pública y asistencia social. Programa Nacional de salud mental. “Protocolo para la atención en salud mental a poblaciones que sufrieron violaciones a los derechos humanos y violencia política, durante el conflicto armado interno”. Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 61 Protocolo por parte del Programa Nacional de Salud Mental, pero sigue siendo necesario la formación al personal de salud que trabaja la ejecución de esta medida de reparación y también necesario que las formas de tratamiento sean propuestas y consensuadas en el espacio del Comité. Igualmente se percibe una distancia entre el sector salud de Rabinal que ejecuta directamente la medida y las directrices que se mantienen en el espacio del Comité ubicado en la ciudad capital, siendo adecuado que el espacio municipal y central tengan lineamientos comunes y coordinados. 3.2.- En el primer informe del 2005, igualmente presentó un pequeño diagnóstico previo, basado en el trabajo que realiza en campo. Como se mencionó anteriormente, ECAP, continuó trabajando con la comunidad de Plan de Sánchez y las comunidades aledañas, con el fin de que conocieran la sentencia, que el grupo de representantes de las víctimas realizara una adaptación pedagógica de la misma, y en definitiva, que se conviertan en actores sociales en la búsqueda de la ejecución de la sentencia acorde con sus necesidades. En este contexto, se hizo visible el estado diferencial en el que se encuentran las víctimas de unas comunidades y otras, en relación al daño a la salud mental derivado de la masacre. Por ello, reflejamos a continuación, un diagnóstico diferencial inicial, basado en la observación participante y el trabajo con el grupo de representantes víctimas. Estas observaciones, indican que es necesaria la intervención psicosocial inmediata, fundamentalmente en las comunidades aledañas. 3.2.1.- Necesidades en la medida de reparación psicosocial en la comunidad indígena de Plan de Sánchez. En la comunidad indígena de Plan de Sánchez, según los procesos de trabajo psicosocial que propone el ECAP se encuentra en una etapa en la que el grupo es actor social y sujeto de su propia historia; podemos decir que se encuentra en una etapa 3. Si bien el grupo se ha convertido en actor social, siempre es necesario seguir trabajando con ellos desde una perspectiva psicosocial por encontrarse en situación de proceso, y por el contexto de impunidad y amenazas en el que se encuentra precisamente por decidir ser actor social y testigo de la historia. El Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental deben, en Plan de Sánchez (1) incorporarse al trabajo con el grupo como actor social. (2) llevar a cabo atención clínica en la comunidad, a personas que se encuentren gravemente dañadas en su salud mental, ya que nunca se ha dado este tipo de atención (3) elaborar un programa de trabajo psicosocial específico para atender el daño en la segunda generación. En este sentido, ECAP ha dado unos pasos iniciales en la telesecundaria de la comunidad, generando espacios con los jóvenes para hablar de memoria histórica e identidad; e igualmente trabajó con ellos para la presentación de la obra de teatro en el acto de reconocimiento y petición de perdón por parte del Estado, el día 18 de julio 2005. 62 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 3.2.2.- Necesidades en la medida de reparación psicosocial en las comunidades aledañas Las comunidades aledañas, son en su mayoría ladinas, no fueron comunidades arrasadas y la participación en las patrullas de Autodefensa Civil fue muy alta. Las víctimas que actualmente buscan justicia y reparación, perdieron a sus familiares (fundamentalmente madres, esposas, hermanas e hijas) porque cruzaron la aldea el día de la masacre al regresar del mercado en Rabinal. Esta situación ha producido, que las personas hoy en día vivan en una situación de duelo alterado. Son comunidades donde conviven víctimas y victimarios, y eso ha implicado a las víctimas que buscan verdad y justicia, una situación de amenazas, miedo y amedrentamiento constante al interior de su comunidad, situación que se ha agravado después del acto de reconocimiento y petición de perdón por parte del Estado el 18 de julio 2005; y la expectativa de la reparación económica. En estas comunidades nunca se ha realizado ningún tipo de trabajo psicosocial, ni psicológico, y es por ello que el Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental deben iniciar los procesos desde un momento inicial, con el aval del Comité. Consideramos que es urgente e importante iniciar el trabajo, ya que desde hace tres meses las personas han manifestado que están siendo amedrentados por sus propios vecinos y esta situación les está generando problemas en su salud mental. Igualmente importante, es comenzar a trabajar la situación de duelo alterado que viven las víctimas de la comunidad. Para ello, se recomienda tener presente la forma de trabajo que se ha venido exponiendo en líneas anteriores. 4.- FORMACIÓN DEL PERSONAL DEL CENTRO DE SALUD MUNICIPAL DE RABINAL PARA QUE PUEDAN DAR ATENCIÓN MÉDICA Y PSICOLÓGICA A VÍCTIMAS DE GRAVES VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS. Disposición final número 9: “El Estado debe desarrollar en las comunidades de Plan de Sánchez, Chipuerta, Joya de Ramos, Raxjut, Volcanillo, Coxojabaj, Las Tunas, Las Minas, Las Ventanas, Ixchel, Chiac, Concul y Chichupac los siguientes programas: (…)y e) establecimiento de un centro salud en la aldea de Plan de Sánchez con el personal y las condiciones adecuadas, así como la formación del personal del Centro de Salud Municipal de Rabinal para que puedan brindar atención médica y psicológica, a las personas que se hayan visto afectadas y que requieran de este tipo de tratamiento, en los términos de los párrafos 109 a 111 y 117 de la presente Sentencia”. En el Plan de Salud integral con especial énfasis en Salud Mental presentado por el Ministerio en junio 2005, se contempla la formación del personal del Centro de Salud Municipal, sin embargo, está pendiente (1) la presentación de cual sería el contenido de formación y que este tuviera el aval del Comité y (2) Se inicien las acciones, planificación y cronograma de dicha capacitación. Es una buena oportunidad la elaboración del “Protocolo para la atención en salud mental a poblaciones que sufrieron violaciones a los derechos humanos y violencia política, durante el conflicto armado interno” como base para la currícula de la formación para los trabajadores del Centro de Salud de Rabinal y específicamente de las personas que trabajan en el área de Plan de Sánchez y de esta forma cumplir de forma adecuada con la medida de reparación psicológica y médica a las víctimas de la masacre. 63 5.- EL PAPEL DE COPREDEH EN LAS COMUNIDADES AFECTADAS POR LA MASACRE. En el mes de marzo 2006, COPREDEH abrió una oficina en el Municipio de Rabinal y contrató una persona maya achí. Valoramos positivamente el esfuerzo de acercar sus oficinas a la población con el fin de atender los compromisos de la sentencia de reparaciones. Sin embargo, las funciones y mandato del personal contratado no han sido presentados ante las comunidades ni ante las personas involucradas en el Comité. Consideramos igualmente, que por el contexto de trabajo, el personal contratado por COPREDEH para la ejecución de la sentencia, debe tener una inducción adecuada y un conocimiento profundo de la historia de las comunidades y del contenido de las sentencias de fondo y de reparaciones del presente caso. “El Estado debe pagar la cantidad fijada en el párrafo 104 de la presente sentencia, para el mantenimiento y mejoras en la infraestructura de la capilla en la cual las víctimas rinden tributo a las personas ejecutadas en la Masacre Plan de Sánchez.11 En el marco de la entrega del pago de un tercio del dinero para el mantenimiento de la capilla de Plan de Sánchez, como monumento a las víctimas, en el mes de septiembre 2006, COPREDHE, ofreció distribuir el tercio del dinero entre los representantes de las comunidades para que cada uno utilizara el dinero para la capilla de forma individual. Los representantes rechazaron esta propuesta y le dijeron que debía ser un solo cheque depositado en una cuenta bancaria mancomunada con personas de varias comunidades. Se hace mención de esta situación en el sentido de reflejar que acciones tienen repercusiones negativas en la reconstrucción del tejido social y generan división entre los propios beneficiarios de la sentencia, cuando el fin último de la reparación psicológica y psicosocial es la recuperación del tejido social y el restablecimiento de las relaciones de confianza. 11 Disposición final número 6. “Corte Interamericana de derechos humanos caso masacre Plan de Sánchez vs. Guatemala reparaciones (art. 63.1 de la convención americana sobre derechos humanos) sentencia de 19 de noviembre de 2004. Costa Rica 64 6.- RECOMENDACIONES A continuación, y tomando en cuenta lo expuesto en apartados anteriores, se expondrá cuales son las necesidades, que debe ir incorporando el Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental en el desarrollo del trabajo para dar respuesta a la necesidad de reparación psicosocial derivada de la masacre y otros hechos de impunidad posteriores en la comunidad indígena de Plan de Sánchez y las comunidades aledañas que también fueron afectadas. 1.- Resaltarla idea de que nos encontramos ante “una respuesta normal, ante una situación anormal” y que la existencia de trastornos psíquicos y patológicos y su correspondiente tratamiento, no deberían ser el objetivo último de la medida de reparación. La salud mental debe ser entendida de forma global, y no individual y clínica exclusivamente. Las víctimas, viven actualmente una continua estigmatización social, amenazas e impunidad, falta de reconocimiento social de los hechos vividos, discriminación y racismo, imposibilidad de compartir su experiencia en espacios públicos, miedo a la participación social y política etc… que provocan en la persona, familia y comunidad un deterioro de su salud mental. Es por tanto necesario, trabajar con las víctimas, y es indispensable igualmente el trabajo con la sociedad o los espacios comunitarios (escuelas, programas radiales, comités de desarrollo locales y municipales etc.), con el fin de que las víctimas puedan dar a conocer a nivel local los hechos ocurridos, el porqué de los mismos y romper los silencios que permiten que los victimarios permanezcan en el poder y continúen amedrentando y estigmatizando a las víctimas. 2.- Elaborar un plan de trabajo psicosocial, junto con las víctimas de la masacre, y con el visto bueno del comité, con el fin de que las acciones correspondan a las necesidades de las víctimas, tal y como se plantea en el Plan de Salud Integral con especial énfasis en Salud Mental y en el marco del “Protocolo para la atención en salud mental a poblaciones que sufrieron violaciones a los derechos humanos y violencia política, durante el conflicto armado interno” del Programa Nacional de Salud Mental. 3.- Es necesario la implementación inmediata de la medida de reparación psicosocial, con el visto bueno del Comité, en las comunidades aledañas de Plan de Sánchez. Las víctimas en estas comunidades se encuentran en una situación de amenazas, miedo y duelo alterado y las víctimas nunca han sido atendidas. 4.- Dar una mayor coherencia a las necesidades de salud física y mental como respuesta a las necesidades de la población guatemalteca en su conjunto, frente a las necesidades en salud física y mental que se derivan de ser víctima de una masacre, si el objetivo del plan es la reparación. Además de esta obligación de debido cumplimiento constitucional, se añade la obligación de dar respuesta a los daños y efectos en la salud física y mental en las víctimas de la masacre 5.- Realizar exámenes en profundidad con las correspondientes pruebas, para discriminar entre enfermedades físicas y psicosomáticas, tal y como se plantea 65 66 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica en el peritaje presentado a la Corte en la sentencia de reparaciones por Nieves Gómez y en los resultados del diagnóstico elaborado por el Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental 6.- En el Plan de Salud Integral con especial énfasis en Salud Mental, queda desdibujado el daño producido por la violencia política y graves violaciones a Derechos Humanos, y en este caso por la masacre, y como consecuencia de ello, las acciones de reparación quedarían igualmente difuminadas. Se hace pues, necesario, visualizar una respuesta específica a la situación descrita en el peritaje presentado a la Corte en la audiencia de reparaciones en el mes de abril 2004: miedo, desconfianza profunda, silencio, duelo alterado, trastorno de estrés postraumático, daño en la segunda generación, estigmatización hacia las víctimas, culpabilidad, miedo a la participación social, situación de niñez desaparecida, desplazamiento interno, pérdida del proyecto de vida y educación en respeto a los Derechos Humanos. 7.- Incorporar en el programa de Información, Educación y Comunicación – IEC, los derechos humanos y los temas relacionados con la construcción de una sociedad en paz. 8.- Incorporar en las “escuelas saludables” y “espacios amigables” programas (1) en Derechos Humanos adaptados para las edades a las que van dirigidos; (2) Memoria Histórica, (3) Cultura y respeto a la interculturalidad. 9.- Incorporar en el trabajo con Profesores capacitaciones en derechos humanos, historia de la masacre, efectos y afrontamientos de la violencia política, cultura y respeto a la interculturalidad. 10.- Por la importancia de las Normas y Protocolos de Atención como herramienta de trabajo para el Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental, es conveniente y necesario, incorporar un protocolo específico para trabajo psicosocial con víctimas de graves violaciones a derechos humanos. Esta necesidad se refleja en el plan de trabajo realizado por el MPAS y presentado en el mencionado informe, en su actividad 4 “Fortalecer y desarrollar instrumentos y metodología para la atención y recuperación psicosocial de las poblaciones víctimas de la violencia política”, consideramos conveniente, tal y como se plantea en las tareas a realizar en el plan del MPAS; revisar los instrumentos metodológicos existentes del Programa Nacional de Salud Mental y la actualización de los mismos (Módulos de trabajo psicosocial con niñez, adolescencia y familias, Manual de capacitación y Normas); y elaborar un módulo de trabajo o protocolo, específico para abordar el trabajo psicosocial con víctimas de graves violaciones a derechos humanos. Este protocolo se debe trabajar de forma paralela a las líneas y necesidades de trabajo psicosocial que se construyan con las víctimas, y con el visto bueno del comité; y que la evolución de este trabajo sirva de insumo para la construcción del protocolo. Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 67 11.- Este “plan de salud integral con especial énfasis en salud mental” supone la primera iniciativa por parte del Estado de incorporar el trabajo psicológico y psicosocial con víctimas de violencia política y graves violaciones a Derechos Humanos, y es por ello que se hace necesario que el Ministerio de Salud en su Programa Nacional de Salud Mental elabore e incorpore, al igual que lo ha hecho para otras necesidades; las Normas de Atención y Protocolo de salud mental derivado de las situaciones de violencia política y graves violaciones a los Derechos Humanos. 12.- Por la inexistencia de esta cartera de servicios en el programa, sería conveniente y recomendable, que la elaboración de estas Normas y Protocolo de actuación, se realizarán con el asesoramiento de una organización que tenga experiencia en trabajo con salud mental y violencia política, con el Programa Nacional de Resarcimiento en su sección de reparación psicosocial en el contexto del conflicto armado interno y con el visto bueno del Comité. 13.- Formalización con Acuerdo Ministerial del Comité como ente garante del cumplimiento de la medida de reparación psicosocial acorde con las necesidades de las víctimas y en su defecto del acta de la reunión donde se acordó la constitución del mismo. 14.- Incorporación en el Comité de tres personas representantes de las comunidades: dos hombres y una mujer 15.- Por las condiciones de pobreza, el Estado de Guatemala facilite el desplazamiento, alojamiento y gastos derivados de la participación en el Comité de las personas de las comunidades siempre y cuando así lo deseen. 16.- Mayor relación, comunicación y coherencia entre el trabajo realizado por el Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental en Rabinal y las comunidades beneficiarias de la sentencia, el Protocolo de Normas y Atención a víctimas del Conflicto Armado Interno y el Comité de salud que tiene por objeto dar el seguimiento a las medidas de reparación psicológica y social. 17.- Trabajar en grupos terapéuticos abordando la situación de duelo alterado y la estigmatización hacia las víctimas 18.- Contratar a promotores de salud mental comunitaria maya achí capacitándolos con el “Protocolo para la atención en salud mental a poblaciones que sufrieron violaciones a los derechos humanos y violencia política, durante el conflicto armado interno” 19.- Formación al personal de salud de Rabinal y a las psicólogas que trabajan en el Municipio sobre aplicación del “Protocolo para la atención en salud mental a poblaciones que sufrieron violaciones a los derechos humanos y violencia política, durante el conflicto armado interno” Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 68 20.- Que COPREDEH elabore, consensue y presente al Comité, un plan de ejecución del conjunto de medidas de reparación teniendo en cuenta la repercusión que dichas medidas pueden tener en la recuperación del tejido social frente a generar división entre las personas. Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial – ECAP Guatemala 07 agosto 2007 ANEXO II Informe sobre el trabajo realizado con relación a la medida de reparación psicosocial en el caso de la masacre de Plan de Sánchez entregado a la CorteIDH en el seguimiento de la ejecución de la sentencia. (5° informe) Equipo De Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial – ECAP Guatemala, Febrero 2010 INDICE 1.- Introducción. 73 2.- La creación del Comité 74 3.- Programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico dirigido a un nivel individual, familiar y comunitario 76 3.1.- Consideraciones y disposiciones de la Corte 76 3.2.- El trabajo psicosocial del ECAP después de la sentencia hasta la fecha. 76 3.3.- “El Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud especializadas, el tratamiento médico que requieran las víctimas incluyendo, Inter. alia, los medicamentos que puedan ser necesarios” 77 “Al proveer el tratamiento psicológico y psiquiátrico se deben considerar las circunstancias particulares de cada persona, las necesidades de cada una de ellas, de manera que se les brinden tratamientos colectivos, familiares e individuales” 79 3.5.- Creación de la “Unidad de atención de la salud de los Pueblos Indígenas e interculturalidad de Guatemala” 80 3.6.- Monitoreo de otras medidas de reparación desde la perspectiva psicosocial 80 3.4.- 3.6.1.- Donde, quien y como atiende las necesidades de las víctimas-sobrevivientes y sus familiares. 81 3.6.2.- La construcción de las viviendas. 81 3.6.3.- “Estudio y difusión de la cultura maya achí en las comunidades afectadas” y “dotación de personal docente capacitado en enseñanza intercultural y bilingüe en la educación primaria, secundaria y diversificada de dichas comunidades” 82 71 72 4.- 5.- Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica Formación del personal del Centro de Salud Municipal de Rabinal para que puedan dar atención médica y psicológica a víctimas de graves violaciones a Derechos Humanos. 84 Conclusiones y recomendaciones 85 1.- INTRODUCCIÓN Transcurrido cinco años de la sentencia de reparaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso de la masacre de la comunidad indígena de Plan de Sánchez, y dos años del último informe presentado, la organización no gubernamental guatemalteca, Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial – ECAP – ha elaborado un quinto informe, en virtud de sus apreciaciones en relación al proceso llevado a cabo por el Estado de Guatemala en lo concerniente a las medidas de reparación psicológica y médica. ECAP, durante el año 2009, continuó llevando a cabo un proceso psicosocial con el fin de que las víctimas sobrevivientes mantuvieran una participación activa en el proceso de ejecución de la sentencia y llevar a cabo sus propias decisiones de forma informada y acorde a sus necesidades. En este proceso se ha continuado con el trabajo de los cinco grupos con los beneficiarios de la sentencia de reparaciones que viven en las diferentes comunidades y con desplazados en la ciudad capital. De forma paralela se ha continuado con el trabajo con el grupo de representantes de las comunidades, y se ha propiciado la continuidad de la mesa de trabajo local en el Municipio de Rabinal, donde se reúne el sector salud del Municipio, las personas de COPREDEH locales, ECAP, los representantes legales (CALDH) y los representantes de las víctimas. De forma paralela, ECAP ha abierto espacios de formación, de un lado, junto con el sector salud local de Rabinal y, de otro con el Programa Nacional de Salud Mental, con el fin de capacitar a personal del sector salud de Rabinal y psicologo/as del Programa Nacional de Salud Mental que trabajan en toda la República, para atender de forma adecuada a las víctimas/sobrevivientes del Conflicto Armado Interno en Guatemala. El trabajo en la región de Rabinal y las reuniones en el espacio de construcción del Comité de salud nos permiten ir dando seguimiento al trabajo realizado en el contexto del cumplimiento de la medida de reparación en salud física y mental por parte del Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental. 73 2.- LA CREACIÓN DEL COMITÉ La Corte Interamericana de Derechos Humanos en su sentencia de reparaciones de 19 noviembre 2005, en el caso de la masacre de Plan de Sánchez ordena al Estado en su disposición final número 7: “El Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud especializadas, el tratamiento médico que requieran las víctimas incluyendo, Inter. alia, los medicamentos que puedan ser necesarios. Asimismo, el Estado debe crear un programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico, el cual también debe ser brindado en forma gratuita, en los términos de los párrafos 106 a 108 y 117 de la presente Sentencia”. Y para ello, ordena igualmente en el apartado f) Tratamiento médico y psicológico, de las consideraciones, que el Estado cree un Comité para el seguimiento de la medida, y que el programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico comience inmediatamente después de la creación de ese Comité, 108. Para estos efectos, el Estado debe crear un comité que evalúe la condición física y psíquica de las víctimas, así como las medidas que respecto de cada una habría que tomar. En este comité deberá tener una participación activa la organización no gubernamental Equipo de Estudios Comunitarios de Acción Psicosocial, (….). Guatemala deberá informar a esta Corte sobre la constitución de este comité en el plazo de seis meses. Respecto del tratamiento médico y psicológico, éste se debe iniciar inmediatamente después de la constitución del comité por un período de cinco años. A finales del año 2007 se conformó el comité con las siguientes funciones: a) Asesorar y participar con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y al Programa Nacional de Salud Mental, en relación a los siguientes contendidos temáticos: • Las formas de diagnóstico y evaluación de las necesidades psicosociales de la comunidad. • Los programas de trabajo psicosocial en la comunidad, incorporando los temas de memoria histórica y derechos humanos, según se plantean en las recomendaciones de la Comisión de Esclarecimiento Histórico. • Elaboración de las Normas y Protocolos de Atención en el caso de daño psicosocial derivado de la violencia política y graves violaciones a derechos humanos; • Los planes de capacitación para el personal del Centro de Salud en el Municipio de Rabinal. 74 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 75 b) Elaborar indicadores que permitan ver los avances del trabajo realizado por el Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental c) Generar procesos de auditoria social del trabajo llevado a cabo por el Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental con base a los indicadores. d) Elaborar observaciones y recomendaciones al trabajo realizado por el MPSPAS y el PNSM con el fin de que se coordine con dichas entidades el mejoramiento de los servicios que se otorgan a favor de las víctimas sobrevivientes. e) Elaborar sus propios planes de trabajo. f) Elaborar informes trimestrales acerca de la función y gestión del Comité, a la Presidencia de la Comisión Presidencial de Derechos Humanos, para que esta institución pueda remitir los informes pertinentes a la Honorable Corte Interamericana, en vista de encontrarse el caso de Plan de Sánchez en la fase de supervisión de cumplimiento de la sentencia. En los primeros meses del 2008 los integrantes del comité se reunieron en dos ocasiones logrando avanzar en la elaboración de indicadores, pero sin lograr terminarlos hasta la fecha actual. Desde el segundo semestre del 2008 hasta la actualidad no ha tenido lugar ninguna reunión del comité, siendo COPREDEH el ente encargado de convocar y dinamizar el Comité. Ello, sin embargo, no ha hecho que ECAP detenga su trabajo con las comunidades y haya continuado avanzando en diferentes acciones. Actualmente el Comité de Salud no está ejerciendo ningún control sobre la ejecución de las acciones vinculadas a la medida de reparación y no se ha contado con la participación de las autoridades pertinentes en forma continua en el proceso iniciado. Esta situación ha contribuido a que las acciones realizadas en las comunidades no correspondan a las demandas propuestas y solicitadas por las víctimas/sobrevivientes, generando una sensación de incumplimiento total en relación a la medida, ya que no perciben que el trabajo del Ministerio de Salud sea el adecuado para cubrir las necesidades generadas por los hechos de violencia en la masacre. 3.- PROGRAMA ESPECIALIZADO DE TRATAMIENTO PSICOLÓGICO Y PSIQUIÁTRICO DIRIGIDO A UN NIVEL INDIVIDUAL, FAMILIAR Y COMUNITARIO. 3.1.- Consideraciones y disposiciones de la Corte: La Corte ordena en su disposición final número 7: “El Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud especializadas, el tratamiento médico que requieran las víctimas incluyendo, Inter. alia, los medicamentos que puedan ser necesarios. Asimismo, el Estado debe crear un programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico, el cual también debe ser brindado en forma gratuita, en los términos de los párrafos 106 a 108 y 117 de la presente Sentencia.” Consideración de la Corte apartado f) Tratamiento médico y psicológico numeral 106: “La Corte estima que es preciso que se disponga una medida que tenga el propósito de reducir los padecimientos físicos y psicológicos de las víctimas del presente caso (supra párr. 49.10), derivados de la situación de las violaciones, si ellos así lo desean”. Consideración de la Corte apartado f) Tratamiento médico y psicológico numeral 107. “Con el fin de contribuir a la reparación de estos daños, el Tribunal dispone que el Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud especializadas, el tratamiento médico que requieran las víctimas incluyendo, Inter. alia, los medicamentos que puedan ser necesarios. Asimismo, el Estado debe crear un programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico, el cual también debe ser brindado en forma gratuita. Al proveer el tratamiento psicológico y psiquiátrico se deben considerar las circunstancias particulares de cada persona, las necesidades de cada una de ellas, de manera que se les brinden tratamientos colectivos, familiares e individuales. Dicho tratamiento debe desarrollarse después de una evaluación individual, según lo que se acuerde con cada una de ellas”. 3.2.- El trabajo psicosocial del ECAP después de la sentencia hasta la fecha. El ECAP ha llevado un proceso de trabajo psicosocial a lo largo de estos años. Este trabajo psicosocial se ha desarrollado de la siguiente forma: (1) Grupos de reflexión mensuales en las comunidades de Ixchel, Joya de Ramos, Concul, Plan de Sánchez, Chipuerta y la capital con víctimas-sobrevivientes y familiares de la masacre de Plan de Sánchez (2) Visitas comunitarias de forma mensual en dichas comunidades (3) Encuentros intercomunitarios anuales en el Municipio de Rabinal entre las personas de los grupos de estas comunidades (4) Espacios de formación a 2 personas de cada 76 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 77 comunidad con contenido en historia, salud mental, derechos humanos, derechos de los pueblos indígenas y habilidades para fomentar la participación ciudadana y el liderazgo (5) Reuniones mensuales en Rabinal con los representantes de las comunidades (6) Contacto continuado con el Centro de Salud de Rabinal Este proceso ha abierto espacios de reflexión en relación a cada una de las medidas de reparación con el fin de que las víctimas-sobrevivientes, sus familiares y la población en general conocieran las medidas de reparación y participaran de forma activa en su implementación. Estos espacios también tienen como finalidad adelantarse a posibles impactos negativos de alguna de las medidas. De esta forma, además de monitorear la medida de salud física y mental, se ha acompañado desde la perspectiva psicosocial las demandas de las víctimas para la construcción de la carretera, el proceso de construcción de la capilla, la difusión de la sentencia, el proceso de justicia a nivel nacional o la petición de perdón por parte del Estado de Guatemala, y para el año 2010 se acompañará la medida relativa a la construcción de la vivienda, y, se realizarán propuestas para el cumplimiento de la medida sobre la difusión de la cultura maya achí y la dotación de profesorado especializado en enseñanza multicultural y bilingüe. A lo largo de este proceso se ha logrado un empoderamiento o apropiación de la sentencia por parte de un número importante de víctimas-sobrevivientes y sus familiares, se ha consolidado un grupo de representantes de las diferentes comunidades que tienen capacidad para formular sus propuestas y entregarlas a las entidades encargadas del cumplimiento de las medidas de reparación, y, se ha consolidado un proceso de monitoreo de la ejecución de la sentencia. 3.3.- “El Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud especializadas, el tratamiento médico que requieran las víctimas incluyendo, Inter. alia, los medicamentos que puedan ser necesarios” Las comunidades han elaborado peticiones claras en los espacios facilitados por ECAP con el fin de obtener mejoras en el servicio de salud. Dentro de las solicitudes específicas se encuentran: 1.- Que el Centro de Atención Permanente ubicado en el Caserío Plan de Sánchez, y en los puestos de salud de Concul y Joya de Ramos, cuente con las siguientes condiciones de personal, infraestructura, accesibilidad y medicamentos: El personal de salud en atención física ha venido atendiendo a las víctimas/sobrevivientes y familiares sin la especialización necesaria, en varios casos estudiantes de la universidad, y con una fuerte rotación en su personal lo cual no facilita ni la especialización y conocimiento de las personas atendidas, ni llegar a establecer relaciones de confianza con los pacientes, sobre todo tomando en cuenta que no están acompañados de promotores de salud que hablan en idioma maya achí y conocen de las prácticas y costumbres de la comunidad. Por ello, se recomienda que: • Medico/a graduado/a, enfermero/a auxiliar con conocimiento y formación sobre la adecuada atención a los padecimientos y enfermedades físicas originadas Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 78 por las condiciones de violencia a las que fueron sometidos en el tiempo posterior a la masacre y con conocimiento en la cosmovisión maya achí. • Infraestructura y material: Dotar de un edificio con 5 habitaciones, 1 sala y 1 dormitorio; sanitario; agua potable; camillas, estufa para esterilizar; archivos, mesas, sillas; estetoscopio, termómetro y esfigmomanómetro. Medicamentos: Antibióticos simples, diclofenaco, Complejo B, Ibuprofeno, Acetaminofen, y medicamentos para el tratamiento de diarreas, analgésicos con el fin de reducir el dolor en situación de emergencia/accidente las personas y anestésicos para algunas operaciones pequeñas de emergencia. Abastecer a la comunidad de Ixchel de forma que siempre tengan los medicamentos necesarios. • Contar con la posibilidad de atender emergencias dentro del Puesto de Salud de Plan de Sánchez, para lo cual se debe proveer del material necesario, tener una carretera en condiciones adecuadas y una ambulancia en el Centro de Salud de Rabinal que permita trasladar al enfermo en situación de emergencia en condiciones adecuadas y dignas. • Llevar a cabo un diagnóstico sobre las enfermedades físicas por profesionales independientes, como pueden ser los médicos cubanos que trabajan en el país. 2.- Tipo de servicio en atención en salud. Se quiere anotar que por las informaciones disponibles a través del personal del centro de salud, no hay claridad en la dotación presupuestaria para la dotación de personal, infraestructura, medicinas y tipo de servicios específicos para el cumplimiento de la sentencia. Esta situación interfiere en la efectividad para aplicar la medida de reparación. En relación a los tipos de servicios para las víctimas/sobrevivientes y sus familiares deben existir diferentes niveles de atención médica, y cada nivel requerirá de una dotación de recursos específicos, que no necesariamente se encontrarán disponibles en la comunidad de Plan de Sánchez, dado que son servicios que se proporcionan a la población en función del número de habitantes. Es por ello, que el Estado debe asegurar un traslado digno y adecuado para las víctimas/sobrevivientes y sus familiares cuando así lo requieran. Los diferentes niveles de atención hacen referencia a las siguientes situaciones: • Nivel básico de atención que es el que existe actualmente en la comunidad, que requiere de mejoras de medicina, atención y personal. • Nivel de atención para las 1ª emergencias en situación de accidentes o enfermedad. Este nivel de atención es actualmente cubierto por personas de las comunidades formadas y con experiencia para ello tanto por el sistema de salud nacional como desde las prácticas indígenas. Se propone que este nivel de atención pueda continuar siendo atendido por estas personas con los siguientes Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 79 necesidad (c) Acceso a analgésicos y anestésicos, y (d) Formar parte de la planilla del Ministerio de Salud o del SIAS y de esta forma obtener remuneración económica. • Nivel 2ª emergencia en situaciones que requieran de traslado de urgencia al centro de salud en Rabinal o al hospital de Salamá. Para ello, es necesario, además de recibir una atención adecuada, pronta y oportuna por el personal de salud, a) Mejoramiento de la carretera (b) Disponibilidad de ambulancia (c) dotar de las medicinas necesarias para atender las enfermedades entre ellas e n f e r m e d a d e s c r ó n i c a s , d e g e n e r a t i v a s o a f e c c i o n e s m a y o re s . • 3° Nivel hace referencia al servicio médico en casos que requieran especialización. En la actualidad esta atención se da en Rabinal y sobre todo en el centro de salud de Salamá. Lo que sería adecuado es asegurar el pago de los exámenes médicos necesario, el traslado a los lugares y los gastos económicos en los que incurren las víctimas/sobrevivientes y sus familiares cuando se encuentran en la necesidad de acceder a estos servicios, y de nuevo, la construcción de la carretera permitiría a las personas enfermas trasladarse de forma digna. El Estado a través de FONAPAZ ha llevado a cabo jornadas médicas en diferentes lugares del país, por lo que, una propuesta es fortalecer el trabajo ya realizado por el Centro de Salud de Rabinal con jornadas médicas específicas. 3.4.- “Al proveer el tratamiento psicológico y psiquiátrico se deben considerar las circunstancias particulares de cada persona, las necesidades de cada una de ellas, de manera que se les brinden tratamientos colectivos, familiares e individuales” En la actualidad se mantiene la presencia de la psicóloga en el Municipio, sin embargo, las víctimas/sobrevivientes y familiares refieren que no siempre ha cumplido con las citas y encuentros acordados en las comunidades provocando un cierto inconformismo con su trabajo. ECAP quiere recordar que uno de los efectos psicosociales en las víctimas es la pérdida de confianza en los otros, y muy especialmente en los funcionarios públicos y las personas que trabajan para el Estado, por lo que recomienda tener mucha precaución cuando se adquieren compromisos y posteriormente no se cumplen. Las víctimas/sobrevivientes y familiares proponen que se establezcan fechas y horarios de visita y reuniones y que éstas se respeten; y en caso de que no se puedan cumplir se informe de forma adecuada a las personas que fueron citadas. Se retoma la propuesta realizada en anteriores informes de seguimiento que lleven ae aprovechar los espacios en el Programa Nacional de Salud Mental “escuelas saludables” y “espacios amigables”, igualmente mencionados en anteriores informes. Por el carácter multicultural y multilingüe de los beneficiarios de las medidas de reparación se insiste en la necesidad de contratar una persona, o más, con perfil de promotor/a en Salud Mental Comunitaria mencionado en anteriores informes. Esta propuesta es compartida por el Jefe de Área de salud, y el apoyos: (a) Actualización y formación, de preferencia con médicos cubanos, (b) teléfono de contacto directo con un doctor que lo pueda asesorar en caso de personal del centro de salud de Rabinal. 80 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica Para ello se requiere de la asignación de una partida presupuestaria. En anteriores informes se ha señalado que el trabajo psicológico y social debe estar acompañado por un equipo que tenga uno o más promotores de salud mental que sean maya achís. Esta situación no ha tenido lugar hasta la fecha, por lo cual se insta a que se contrate a una persona con estas características de forma rápida. El tratamiento psicológico implementado hasta la fecha ha tenido avances desde una perspectiva individual y familiar, sin embargo, las acciones dirigidas hacia lo social y comunitario sugeridas en anteriores informes, no se han implementado. (Revisar informes, escuelas, espacios, radios…) 3.5.- Creación de la “Unidad de atención de la salud de los Pueblos Indígenas e interculturalidad de Guatemala” Este acuerdo ministerial debe ser plenamente considerado e implementado en el caso de la comunidad indígena de Plan de Sánchez y así poder dar una atención en salud física y mental considerando “las circunstancias particulares de cada persona”, en este caso, sus circunstancias culturales. El 16 de noviembre 2009, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, publicó el acuerdo Ministerial número 1632-2009, con el que crea la “Unidad de atención de la salud de los Pueblos Indígenas e interculturalidad de Guatemala”, la naturaleza y ámbito de competencia de esta unidad será, entre otros: a. El desarrollo de la salud de los Pueblos indígenas en Guatemala; b. La valoración, reconocimiento y respeto de los conocimientos, elementos terapéuticos, métodos y prácticas de los sistemas de salud de los pueblos indígenas en Guatemala. c. La modificación y evaluación de los actuales servicios de salud para que sean adecuados a la cultura de los pueblos, que no agrede a sus formas de vida y cosmovisión. d. El fortalecimiento y promoción de las prácticas de salud Indígena, intencionando estudios e investigación, sensibilización de la red del sistema nacional de salud, sobre la lógica de los sistemas de salud indígenas. 3.6.- Monitoreo de otras medidas de reparación desde la perspectiva psicosocial Derivado del trabajo de ECAP en el municipio y sus comunidades reflejado en un apartado anterior, y, derivado de la conceptualización que se hace de “un programa especializado de tratamiento psicológico (…) se deben considerar las circunstancias particulares de cada persona, las necesidades de cada una de ellas, de manera que se les brinden tratamientos colectivos, familiares e individuales” entendemos que se debe también aportar insumos Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 81 y acciones psicosociales con el fin de que el proceso de ejecución de sentencia de cualquiera de las medidas de reparación sea reparador para las víctimas y no genere un mayor daño, o una revictimización como puede ser la frustración por los incumplimientos, la cólera, la tristeza, la profundización de la pérdida de confianza en el estado o el etiquetamiento y estigmatización hacia las víctimas. Es por ello, que en este apartado se quiere reflejar las consecuencias psicosociales que están teniendo el cumplimiento o incumplimiento de determinadas medidas, y también hacer propuestas para mejorar o implementar las medidas con un fin reparador. 3.6.1.- Donde, quien y como atiende las necesidades de las víctimas-sobrevivientes y sus familiares. La dificultad más fuerte con las que se encuentran las víctimas-sobrevivientes es con la carencia de espacios serios en los que entregar sus demandas. Las víctimassobrevivientes tienen un proceso y el Estado lleva otro, sin consulta a las comunidades y sin relación con otras entidades del Estado encargadas de ejecutar la medida. En este sentido, las víctimas-sobrevivientes y sus familiares se han organizado y redactado sus demandas para la ejecución del mejoramiento de la carretera en un documento que fue entregado en varias instancias: el Gabinete de la Presidencia, COPREDEH a través de sus representantes legales y el alcalde del municipio de Rabinal, sin que a la fecha nadie les haya dado una respuesta, ni tampoco se tenga la certeza de saber cual es la entidad más adecuada para tramitar sus solicitudes con éxito. Una situación similar sucede en el caso de la comunidad de Ixchel que depende del Municipio de Granados para la cobertura de atención en salud, y obras de infraestructura como la carretera, que en ese tramo específico está en pésimas condiciones. El municipio de Granados no ha sido tomado en cuenta para la implementación de las medidas de reparación y no tiene la misma sensibilización, conocimiento y formación en relación a la sentencia que el municipio de Rabinal, por lo que la implementación de la medida de reparación en salud, y el mejoramiento de la carretera para esta comunidad no se logra concretar. Las víctimas/sobrevivientes y sus familiares poco a poco van teniendo un estado de cansancio, agotamiento y frustración ante la ausencia de respuesta a sus demandas, fundamentalmente en la medida de salud física y el mejoramiento y mantenimiento de la carretera. 3.6.2.- La construcción de las viviendas. Se tiene conocimiento de que FOGUAVI llevará a cabo la construcción de las viviendas como lo realizaría en cualquier otro lugar y municipio del país, sin que la institución ni el personal que ejecutará el proyecto en las comunidades conozca la historia de la comunidad, los hechos ocurridos, la sentencia de reparación, ni consulte a la población la forma más adecuada de llevar a cabo la construcción de las viviendas. Desde la mirada psicosocial, se quiere señalar que la circulación de camiones en la carretera y la presencia del personal que llevará a cabo la construcción pueden tener un impacto psicosocial que hay que prever como el etiquetamiento hacia las víctimas, “por qué solo Plan de Sánchez tendrá vivienda cuando otras muchas comunidades del Municipio 82 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica cuando otras muchas comunidades del Municipio también fueron arrasadas”, o la atención a las personas que llevarán a cabo las construcciones. De forma previa a la construcción de las viviendas FOGUAVI llevará a cabo un estudio por profesionales del trabajo social, sobre la situación socioeconómica de las personas a las que irá destinada la vivienda y así justificar la construcción de las mismas. Este procedimiento, en el caso de que se considere estrictamente indispensable, deberá realizarse partiendo del conocimiento de la sentencia, llevando a cabo con respeto hacia la población y manejando las entrevistas en el idioma materno de las víctimas sobrevivientes. 3.6.3.- “Estudio y difusión de la cultura maya achí en las comunidades afectadas” y “dotación de personal docente capacitado en enseñanza intercultural y bilingüe en la educación primaria, secundaria y diversificada de dichas comunidades” A lo largo del año pasado, el ECAP junto con los representantes de las comunidades inició un proceso de reflexión sobre estas medidas de reparación ordenadas por la CorteIDH; y, a lo largo del presente año, se quiere apoyar a los representantes y comunidades en tener una propuesta concreta de educación multicultural y bilingüe. Esta educación multicultural y bilingüe no solo supone el manejo de un idioma, sino el conocimiento profundo de las costumbres y cosmovisión de la cultura maya-achí. La educación en las comunidades afectadas por la masacre de Plan de Sánchez, es en su mayoría educación en idioma español, hay una rotación del profesorado muy grande, y, en muchas ocasiones lo/as profesor/as tienen actitudes racistas y excluyentes hacia niños y jóvenes, y no necesariamente tienen la disposición de hablar del Conflicto Armado Interno en Guatemala en las aulas por considerarlo temas del pasado que se deben superar. La implementación de esta medida en los diferentes centros educativos de las comunidades supone una oportunidad para regularizar la enseñanza multicultural y bilingüe reconocida por la Constitución Guatemalteca, el Acuerdo sobre identidad y derechos de los Pueblos Indígenas de los Acuerdos de Paz, el convenio 169 sobre los Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes, de la Organización Internacional del trabajo y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas entre otros instrumentos nacionales e internacionales. Actualmente existen los estudios para profesorado en enseñanza multicultural y bilingüe y, este tipo de enseñanza maya-achí-español está implementada en el Municipio de Cubulco (Baja Verapaz), por lo que se podría tomar como modelo para la implementación de este sistema educativo. Sumado a la existencia de profesorado multicultural y bilingüe en espacios educativos formales y regulados por el Ministerio de Educación, se plantea la difusión de la cultura maya achí que debe hacerse en dos niveles: (1) Nivel básico para la población en general centrado con los maestro/as para que ellos lo trabajen con sus alumnos en los currículums, con seguimiento del Museo Comunitario de Rabinal y la Academia de Lenguas Mayas. (2) Nivel especializado con grupos interesados en espacios extraaulas con el apoyo del Museo Comunitario y la Academia de Lenguas Mayas. Se reconoce que en el Municipio de Rabinal hay un esfuerzo importante por rescatar la cultura maya achí y difundirla, como son los esfuerzos del Museo Comunitario de Rabinal, las cofradías, u organizaciones como ASECSA que lo hacen desde la perspectiva de la salud. Sin embargo, estos esfuerzos no llegan a las comunidades del Municipio, y entre ellas las comunidades afectadas por la masacre de Plan de Sánchez. Es por ello que, en los espacios de reflexión entre ECAP y los representantes de las comunidades surgieron las siguientes propuestas a desarrollar en las comunidades: • Tal como dice la sentencia, poder apoyarse en la Academia de Lenguas Mayas que tiene una sede en el Municipio de Rabinal • Aprovechar la experiencia del Museo Comunitario de Rabinal en conocimiento, difusión y formación sobre la cultura del Municipio. El Museo Comunitario de Rabinal tiene experiencia en sistematizar la experiencia de los bailes de Rabinal, el barro, las jícaras, o abrir talleres para la realización de máscaras y trajes utilizados en los bailes. • Contar con el apoyo de los guías espirituales para abrir espacios de formación sobre la cosmovisión maya hacia la población en general, y, en particular, poder formar a nuevas generaciones para que lleguen a ser guías espirituales. • Contar con el apoyo de las cofradías. • Contar con la experiencia de ECAP, las telesecundarias, Caja Lúdica y Fusión Creativa para llevar a cabo representaciones teatrales que visualicen escenas de la historia y cultura de las comunidades. • Abrir un espacio para el conocimiento de los instrumentos musicales ancestrales y la formación en música. • Actualmente hay 18 bailes en Rabinal que se presentan en la feria de San Pablo. Algunos de estos bailes, requieren de una especial preparación, rituales y un fuerte compromiso con el Pueblo maya achí, uno de ellos, el baile del RabinalAchí. • Fortalecer el espacio de la capilla de Plan de Sánchez que se convertirá en Museo Comunitario. • Utilizar espacios radiales para difundir la cultura. 83 4.- FORMACIÓN DEL PERSONAL DEL CENTRO DE SALUD MUNICIPAL DE RABINAL PARA QUE PUEDAN DAR ATENCIÓN MÉDICA Y PSICOLÓGICA A VÍCTIMAS DE GRAVES VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS. Disposición final número 9: “El Estado debe desarrollar en las comunidades de Plan de Sánchez, Chipuerta, Joya de Ramos, Raxjut, Volcanillo, Coxojabaj, Las Tunas, Las Minas, Las Ventanas, Ixchel, Chiac, Concul y Chichupac los siguientes programas: (…)y e) establecimiento de un centro salud en la aldea de Plan de Sánchez con el personal y las condiciones adecuadas, así como la formación del personal del Centro de Salud Municipal de Rabinal para que puedan brindar atención médica y psicológica, a las personas que se hayan visto afectadas y que requieran de este tipo de tratamiento, en los términos de los párrafos 109 a 111 y 117 de la presente Sentencia”. A lo largo de estos años el ECAP, con recursos propios, ha venido facilitando espacios de formación en la capital a los psicólogos y psiquiatras del Programa Nacional de Salud Mental dependientes del Ministerio de Salud en temas relacionados con la violencia política y las herramientas psicosociales necesarias para abordar esos casos con perspectiva de género y multicultural. En el Municipio de Rabinal también ha facilitado espacios de formación para los enfermero/as y los promotores de salud del SIAS. ECAP y los profesionales de la salud que han llevado a cabo estos procesos formativos, valoran muy positivamente estos espacios de formación y se considera que se han producido cambios en el abordaje del trabajo con víctimas de violencia política. Si bien se tiene esta valoración positiva del proceso, siempre hay que señalar que existe una rotación fuerte de personal lo que supone Con la creación de la “Unidad de atención de la salud de los Pueblos Indígenas e interculturalidad de Guatemala” en 2009 surge una nueva oportunidad para que el personal del Área de Salud de Baja Verapaz pueda obtener los conocimientos necesarios para el abordaje de la Salud desde la perspectiva multicultural. Los representantes de las comunidades, Ecap y Caldh esperan que esta disposición sea puesta en práctica de inmediato en la Región de Rabinal, ya que de esta manera coadyuvara para mejorar la atención en una de las formas que los sobrevivientes esperan. Además es indispensable que el “Protocolo para la atención en salud mental a poblaciones que sufrieron violaciones a los derechos humanos y violencia política, durante el conflicto armado interno” y su “Guía Operativa” sean integradas, en las prácticas cotidianas del personal de Salud, para lo cual se propone que se realicen las capacitaciones pertinentes sobre la implementación de dicho protocolo y que además se dote al personal de los ejemplares físicos necesarios. 84 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 85 5.- CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES Se presentan a continuación las conclusiones y recomendaciones para dar seguimiento a la implementación de las medidas de reparación desde la perspectiva psicosocial. 1. El comité de seguimiento y monitoreo de la medida de reparación en salud física y mental no ha cumplido con sus funciones desde la segunda mitad del 2008 hasta la fecha, por lo que se recomienda a COPREDEH, en representación del Estado, reactivar el funcionamiento del Comité, .y establecer reuniones periódicas para la evaluación y monitoreo del proceso de implementación de la medida de reparación en salud. 2. El perfil de los profesionales que están cubriendo las necesidades de salud es variable por la rotación de personal existente, y, no siempre tiene los conocimientos y actitudes necesarios para la atención a las comunidades, por ello, se recomienda, que se provea de personal fijo para la comunidad y que en el marco del comité, se elaborare un perfil del puesto de los diferentes profesionales involucrados en la medida de atención en salud física y mental, y así poder llevar a cabo un proceso de evaluación de desempeño y monitoreo. 3. El proceso de construcción de indicadores en el marco del comité está detenido lo cual impide poder realizar un monitoreo externo, por ello, se recomienda finalizar la elaboración de indicadores y elaborar un plan de atención en salud física y mental con sus correspondientes indicadores de avance y que pueda ser monitorizado a lo largo del proceso. 4. Si bien se han abierto espacios de formación con diferentes profesionales del Programa Nacional de Salud Mental, éstos no necesariamente son asumidos por las diferentes áreas de salud que tienen independencia a nivel de gestión. Por ello, se recomienda que se elaboren planes de formación institucionales y que estos sean trasladados a las directrices de áreas de salud. 5. Una de las funciones del Comité es “Asesorar y participar con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y al Programa Nacional de Salud Mental, en relación a (…) Los programas de trabajo psicosocial en la comunidad, incorporando los temas de memoria histórica y derechos humanos, según se plantean en las recomendaciones de la Comisión de Esclarecimiento Histórico”. Esta función del Comité no se ha cumplido por lo que se recomienda diseñar un programa de formación con las características especificadas en las funciones del Comité y tomando en cuenta el Protocolo para la atención en salud mental a poblaciones que sufrieron violaciones a los derechos humanos y violencia política, durante el conflicto armado interno” del Programa Nacional de Salud Mental; con el fin de implementarlo hacia los profesionales del sector salud y en los “espacios saludables” y “escuelas amigables”. 86 Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica 6. Los representantes de las comunidades han venido presentando sus demandas en relación al mejoramiento de la carretera y en relación a la necesidad de determinadas medicinas a diferentes actores estatales sin lograr encontrar una respuesta, ni tener la certeza de que fueron presentados ante las entidades adecuadas para ello. Así se va generando cansancio y frustración. Por ello se recomienda que COPREDEH presente con claridad a los representantes y comunidades, quienes son los actores, y estancias gubernamentales competentes para implementar cualquiera de las medidas de reparación y de esta forma evitar la revictimización. 7. Las víctimas/sobrevivientes y sus familiares consideran que hay un avance en la implementación de la medida de salud en relación a dotación de recursos donde previo a la sentencia no existía ninguno. Sin embargo, estas mejoras se ven estancadas y las personas no se sienten satisfechas con los diagnósticos y atención recibidos para sus problemas de salud física. Por ello, se recomienda realizar exámenes en profundidad con las correspondientes pruebas para atender las enfermedades. Por el transcurso del tiempo y la insatisfacción de las víctimas/sobrevivientes y familiares en relación a los diagnósticos llevados a cabo se solicita que sean realizado por profesionales independientes, como pueden ser las Unidades de médicos cubanos. 8. En situaciones de enfermedad las personas no encuentran las medicinas necesarias en los diferentes centros y puestos de salud de las comunidades afectadas por la masacre de Plan de Sánchez. Ante situaciones de emergencia tampoco existen analgésicos o anestésicos para operaciones mínimas. En el caso de ser necesario el traslado de un/a paciente la carretera se encuentra en condiciones muy precarias para el traslado de un enfermo y no hay una ambulancia que llegue a trasladar al enfermo. En los casos de requerir especialistas y exámenes específicos la situación es similar por lo que se recomienda, dotar al Centro de Atención Permanente ubicado en el Caserío Plan de Sánchez, y en los puestos de salud de Concul y Joya de Ramos, de condiciones en relación a personal contratado, infraestructura, accesibilidad a los servicios de 2°, 3° nivel y emergencias, y medicamentos tal como se indica en el punto 3.3 del presente informe. 9. Por las condiciones de pobreza, se recomienda que el Estado de Guatemala facilite el desplazamiento, alojamiento y gastos derivados de la participación en el Comité de las personas de las comunidades siempre y cuando así lo deseen 10. La población a la que va dirigida la medida de salud es en su mayoría maya achí por lo que se recomienda implementar en el Municipio de Rabinal y sus comunidades la “Unidad de atención de la salud de los Pueblos Indígenas e interculturalidad de Guatemala” aprobado en Acuerdo Ministerial del Ministerio de Salud, en el año 2009; y contratar a promotores de salud mental comunitaria maya achí capacitándolos con el “Protocolo para la atención en salud mental a poblaciones que sufrieron violaciones a los derechos humanos y violencia política, durante el conflicto armado interno” y que formen parte de dicha Unidad. 11. El programa de atención psicológica se ha centrado en el ámbito individual y familiar por lo que se recomienda ampliar el trabajo psicológico llevado a cabo en las comunidades con una propuesta dirigida al ámbito comunitario, municipal y social y recomendar a otras instancias gubernamentales, las formas en las que el resto de medidas de reparación deben ser implementadas con el fin de no revictimizar. 12. La implementación de cualquiera de las medidas de reparación puede dañar el tejido social comunitario si no se toman en cuenta criterios psicosociales por ello, se recomienda a COPREDEH que elabore, presente y consensue al Comité, un plan de ejecución del conjunto de medidas de reparación teniendo en cuenta la repercusión que dichas medidas pueden tener en la recuperación del tejido social frente a generar división entre las personas. 13. El proceso de construcción de las viviendas puede tener un impacto psicosocial negativo si no se toman las precauciones adecuadas, por ello, se recomienda que previo al inicio de la presencia de FOGUAVI en la comunidad se elabore un plan de mitigación de las posibles repercusiones negativas, junto con los representantes de las comunidades. 14. En la actualidad la enseñanza en las comunidades afectadas por la masacre de Plan de Sánchez es fundamentalmente en español, con profesorado/a que no cumple con las características adecuadas en enseñanza multicultural y bilingüe, conocimiento y respeto hacia la cultura y cosmovión maya-achí, por lo que se recomienda que se inicie el proceso de implementación de esta medida pudiendo tomar como ejemplo la enseñanza impartida en el Municipio de Cubulco (Baja Verapaz) 15. Por la necesidad de generar procesos de cambio de actitudes en los profesor/as, se recomienda que el Ministerio de Educación incorpore en el trabajo con Profesores capacitaciones en derechos humanos, historia de la masacre, efectos y afrontamientos de la violencia política, cultura y respeto a la interculturalidad. 16. En la actualidad existe en el Municipio de Rabinal esfuerzos serios e importantes por recuperar y difundir la cultura maya-achí desde entidades como el Museo Comunitario de Rabinal y las cofradías. Estos esfuerzos pueden servir de insumos para la implementación de la medida de reparación cultural, junto con otros aportes, ideas e intereses que presenten las víctimas/sobrevivientes y sus familiares y las nuevas generaciones de las comunidades afectadas y así implementar la medida de reparación cultural. Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial – ECAP Agosto 2007 Ciudad de Guatemala, Guatemala Esta publicación fué impresa en los Talleres de Opciones en el mes de Diciembre del año 2009. La edición consta de 1,00 ejemplares impresos en Papel Bond Crema 80 gramos.