ANEXO II Informe sobre el trabajo realizado con relación a la

Transcripción

ANEXO II Informe sobre el trabajo realizado con relación a la
PLAN DE SÁNCHEZ: UNA APROXIMACIÓN
A LA ESTRATEGIA PSICOJURÍDICA
Plan de Sánchez.
Una Aproximación a la Estrategia Psicojurídica
Nieves Gómez Dupuis
© Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial - ECAP
Primera Edición, Diciembre 2009
Impreso en Guatemala.
Ilustraciones de Portada y Contraportada: Detalles del Mural “Memoria, Verdad y Camino
Hacia la Justicia”, Rabinal – Baja Verapaz – Guatemala, 12 de febrero del 2009. sobrevivientes
de Genocidio, Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial – ECAP con la
colaboración de la Escuela de Arte y Taller Abierto de Perquín – El Salvador.
Diseño de Portada: Opciones.
Autora: Nieves Gómez Dupuis
Revisión del texto: Fernando Suazo y Eduardo Woltke
Responsable de esta publicación: Leonel Meoño Magarin
Equipo de Estudios comunitarios y Acción Psicosocial – ECAP
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Guatemala, Centro América
Esta publicación se realiza en el marco del proyecto “Tortura: Prevención y Rehabilitación
en el Contexto Multicultural de Guatemala”, financiado por la Unión Europea. Los
puntos de vista expresados en esta publicación reflejan la opinión de la institución
responsable de la investigación (ECAP).
ISBN: 978-9929-8096-3-5
Derechos reservados por el autor, prohibido su reproducción parcial o total por
cualquier medio, sin autorización por escrito del editor.
Agradecimientos:
A todos los sobrevivientes y familiares de Plan de
Sánchez, Ixchel,Pamacal, Concul, Joya de Ramos y
Las Ventanas, del Municipio de Rabinal porque son
ellos y ellas los que han hecho posible este trabajo
con su esfuerzo y su persistente lucha por la justicia
en un país lleno de impunidad.
A mis compañeros y compañeras, Felipe Sarti,
Delfina Chen, Hermelinda Corazón, Bonifacio
Osorio, María Chen, Andrea González, Manuel
Román, Fabián González y Maricruz Figueroa por
sus aportes en el trabajo psicosocial.
A Angélica González por su apertura a implementar
una estrategia en combinación entre la psicología y
la ley y por su compromiso en el trabajo legal para
lograr el cumplimiento de las medidas.
A Fernando Suazo y a Eduardo Woltke por sus
aportes en la revisión del texto.
INDICE
I.- Introducción.
1
II.- Algunos hechos históricos.
4
III.- El trabajo previo a la audiencia
8
3.1.- Trabajo psicosocial en la justicia nacional.
10
3.2.- Coordinaciones con organizaciones afines y representantes legales
15
IV.- El trabajo durante el debate
4.1.- Preparación y acompañamieto en las sesiones del debate
18
4.2.- La presentación del peritaje psicosocial y las reacciones de la
CorteIDH
19
4.3.- La publicación de la sentencia
20
V.- Trabajo psicosocial después.
22
5.1.- Por qué el trabajo psicosocial y psicojurídico posterior a la sentencia
23
5.2.- Acciones llevadas a cabo
25
5.2.1.- Elaboración de una propuesta de medidas de reparación.
26
5.2.2.- Difusión y socialización de la historia de lucha y el logro
de la sentencia
26
5.2.3.- Trabajo psicosocial con el fin de disminuir el posible impacto
negativo de la indemnización económica.
32
5.2.4.- La creación de mesas de trabajo y la implementación de
otras medidas de reparación.
33
5.3.- Logros relativos a la reparación psicosocial
VI.- A modo de cierre: dificultades y aprendizajes
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43
I.- INTRODUCCIÓN
Este libro ha sido elaborado con el fin de sistematizar y compartir la experiencia de
trabajo psicosocial en la comunidad indígena de Plan de Sánchez y en las comunidades
aledañas que fueron afectadas por la masacre en julio de 1982 y que llegaron a resolver
su caso en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos en el año 2004. ECAP ya
publicó el libro “Trabajo psicosocial por violaciones a derechos humanos en contextos
multiculturales” donde expone los objetivos, estrategias, herramientas y acciones del
trabajo psicosocial, por lo que en el presente texto no se abordarán y se recomienda
para ello remitirse a esa otra publicación.
La sistematización se centra en el proceso de litigio que llevaron las víctimas y familiares
tanto en el sistema nacional como en el sistema internacional, antes, durante y después
de la publicación de la sentencia de fondo y de reparaciones de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos, en adelante, CorteIDH. Este proceso, o este camino, aún no
han terminado, faltan entre otras cosas, la investigación, juicio y sanción a los responsables
materiales e intelectuales de estos hechos en el sistema nacional. Sin embargo, la
experiencia de trabajo a lo largo de 6 años nos permite compartir algunos aciertos y
errores del trabajo psicosocial como apoyo al trabajo legal en el ámbito de litigio,
orientándonos hacia la construcción de lo que se ha venido llamando la estrategia
psicojurídica.
El trabajo psicosocial con víctimas de violaciones a derechos humanos tiene un eje
importante vinculado a los procesos de justicia en el sentido de que es difícil llevar a
cabo un proceso de rehabilitación psicológica con una persona o grupo víctima en
contextos de notoria impunidad, y que una vez cerrado su proceso terapéutico, el
entorno en el que va a seguir creciendo y desarrollándose la ubica en condiciones de
vulnerabilidad de ser víctima nuevamente. De esta forma, el ECAP apoya los procesos
de litigio en el entendido de que permite construir una sociedad donde las violaciones
a derechos humanos son castigadas y así se favorecen las garantías de no repetición.
Esta garantía de no repetición es también una de las expectativas más fuertes que
persiguen las víctimas en los procesos de litigio y que ayudan a mejorar la salud mental
de las personas.
El trabajo psicosocial se hace necesario porque aporta insumos y acciones que pueden
hacer más humano el proceso de litigio y de esta forma lograr que el paso por la justicia
de las víctimas, sobrevivientes, familiares y querellantes, se convierta en un proceso
reparador y no revictimizante.
Estas acciones permiten también abordar los efectos psicosociales que se derivan de
la impunidad y la ausencia de justicia como son la frustración, cólera, pérdida de
confianza, etiquetamiento y estigmatización hacia las víctimas/testigos, la atribución
de culpas al interior de la familia, o la ruptura de las redes sociales y familiares derivado
de los hechos o la búsqueda de justicia.
1
2
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
Las víctimas/familiares/sobrevivientes/testigos/querellantes, después de llevar a cabo
un proceso de atención psicosocial, se ven fortalecidas y empoderadas, pierden el miedo
a hablar y tienen mayor capacidad para recordar y expresar los acontecimientos vividos,
lo cual aporta información más clara al proceso y refuerza la investigación en el proceso
de litigio y las declaraciones en el momento del juicio.
Estos procesos deben tomar en cuenta, que generalmente la población que es más
vulnerable a ser víctima de violaciones a derechos humanos y que busca el apoyo de
las instituciones tiene una serie de características que pueden ser: niñez, migrantes,
indígenas, mujeres, personas de opción sexual diversa y personas con escasos recursos.
La víctima es percibida como actor social y por ello es que se utiliza la palabra
sobreviviente. El apoyo psicosocial se inicia desde la víctima, viéndola como una
persona que tal vez en ese momento no cuenta con recursos emocionales, pero que
tiene que ir dando pasos hasta convertirse en actor social que va buscando la solución
a sus propias necesidades y expectativas y se convierte en sobreviviente.
El Instituto Interamericano de Derechos Humanos a lo largo de varios años, en su
proyecto “Por una vida sin tortura” fue construyendo una propuesta de trabajo
psicojurídica con varios profesionales de la psicología y del derecho de diferentes
organizaciones de América Latina, entre las que se encontraba el ECAP, y en una de
las publicaciones expone respecto a la estrategia psicojurídica:
“Esta estrategia respeta el rol de cada profesional involucrado, abogados/as y
psicólogos/as, pero entremezcla las disciplinas en áreas que son cruciales para la
víctima: el impacto que en ella puede producir el proceso judicial, su involucramiento
directo en el mismo, su fortalecimiento como parte procesal y su preparación para el
desenlace procesal. Así, corresponderá al equipo jurídico explicar a la víctima las
diferentes etapas y procedimientos que conlleva su decisión de litigar su caso y definir
la estrategia jurídica que más convenga. La contribución desde profesionales de la
psicología es acompañar emocionalmente a las víctimas en las diferentes etapas del
proceso, brindando contención y ayudando a esclarecer sus temores y angustias, así
como a prepararlas y empoderarlas emocionalmente para vivir cada etapa del litigio.
Víctimas mejor preparadas pueden trasmitir con mayor claridad al tribunal su vivencia,
sus necesidades y sus expectativas1”.
Si bien la experiencia que aquí presentamos se basa en el caso de una masacre
indiscriminada ocurrida hace ya más de 20 años, en el ámbito rural e indígena, sí
aporta insumos que se pueden trasladar a otros casos actuales o contextos más urbanos.
Este trabajo que combina psicología y ley, y que podría incorporar otras disciplinas
como la medicina o la antropología, requiere tomar en cuenta algunos elementos, como
son:
1
Instituto Interamericano de Derechos Humanos (2009) “Atención integral a víctimas de tortura en procesos de litigio. Propuesta psicojurídica”.
Litografia e imprenta Segura Hermanos S.A. San José de Costa Rica. Costa RicaP.15
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
∑
El manejo de la información debe ser clara y comprensible para todas las partes
tomando en cuenta que el lenguaje jurídico suele ser muy técnico y por ello
requiere de una serie de explicaciones que permitan a todo/as lo/as actor/as
ubicarse en el momento procesal correspondiente y mantener una mínima percepción
de control sobre el proceso en el cual se encuentran involucrado/as.
∑
Mantener comunicación entre los equipos de las diferentes disciplinas, con el fin
de que exista una comunicación transparente y fluida entre las partes para el manejo
de la información;
∑
Lograr una toma de decisiones conjunta entre las diferentes partes en relación a
aspectos del proceso que puedan afectar a las víctimas.
3
Abordar un caso en un proceso de litigio requiere que el equipo psicosocial conozca
el contexto en el que llevará a cabo su acción. En el caso de Plan de Sánchez, es una
comunidad indígena maya-achí, y en los momentos en los que se inició el trabajo, las
condiciones estructurales eran muy precarias: no había agua potable; la mala carretera
dificultaba el transporte; se carecía de teléfono y el sistema educativo y de salud eran
deficientes. Un ejemplo de ello es que, el puesto de salud se había convertido en una
academia de mecanografía.
El contexto cultural se encuadra en la cosmovisión maya-achí que persigue las relaciones
armónicas con la naturaleza y el cosmos, y las relaciones de reciprocidad entre las
personas y entre los vivos y los muertos. La comunidad fue reconstruida
mayoritariamente por hombres viudos que volvieron a contraer matrimonio con mujeres
de otras aldeas. El sistema organizativo se basa en las relaciones jerárquicas de los
hombres sobre las mujeres y en un liderazgo piramidal muy fuerte de algunos de los
sobrevivientes de la masacre que ya ejercían su rol de liderazgo previo a esos sucesos
históricos2.
El contexto multicultural llevó a consolidar un equipo con personas de la región y así
adaptar el trabajo a la cosmovisión e idioma de las víctimas y conocer las
particularidades sociales, políticas y logísticas del lugar. Se conformó con psicólogo/as
y promotor/as de salud mental capacitados en el diplomado en salud mental comunitaria
impartido por ECAP. El equipo también se fue formando en Derechos Humanos, y
algunas normas internacionales, además de tomar en cuenta documentos como los
Acuerdos de Paz, la Comisión de Esclarecimiento Histórico, el convenio 169 sobre la
identidad de los pueblos indígenas; y, otra serie de normas internas como los reglamentos
del ministerio de salud o los programas nacionales de salud mental.
2
Se puede acceder a más información en el peritaje psicosocial presentado a la CorteIDH en la audiencia de reparaciones en abril 2004 y
publicado en Gómez, N. (2009) “Peritaje Psicosocial por violaciones a derechos humanos” F&G Editores. Guatemala.
II.- ALGUNOS HECHOS HISTÓRICOS.
La recopilación de los hechos históricos va a ir visualizando la cotidianidad de las
personas antes de ser víctima, posibles revictimizaciones, el impacto individual, familiar,
grupal, comunitario y social, los mecanismos de afrontamiento o la organización social.
Con esta información el equipo psicosocial logra ubicarse en el contexto y necesidades
de las personas con las que se va a trabajar y construir propuestas aterrizadas a las
necesidades de las personas afectadas. Además resulta una oportunidad para compartir
y reconstruir la memoria histórica que muchas veces ha quedado olvidada.
En 1980 los hombres de Plan de Sánchez se encontraban involucrados en actividades
para la mejora de su comunidad indígena maya achí. Estas actividades eran acompañadas
entre otras instituciones por la iglesia católica de Rabinal, y el Padre Melchor como
uno de los curas de la parroquia que más apoyo les dio.
En ese momento en la comunidad existían diferentes comités, como el Comité de
mayordomos de la cofradía, el comité de religiosos y cucuruchos, el comité de catequistas
y comités de desarrollo con proyectos como el proyecto de agua potable. Existían
promotores de salud y educación y las comadronas llegaban de la aldea cercana Raxjut.
Algunos hombres, en vistas a mejorar su situación económica y la de la comunidad,
se sumaron a la Cooperativa la Huella del Varón, que en ese momento impulsaba
varios proyectos agrícolas en la región de Rabinal, con préstamos a los campesinos.
Cuando en la comunidad se presentaba algún problema familiar o comunitario se
analizaba al interior de la familia con el padre, la madre y los abuelos, y el consejo de
los ancianos era determinante para la búsqueda de una solución frente a los conflictos.
De la misma forma, los ancianos dirigían las devociones y ceremonias indígenas que
se realizaban para mejorar las cosechas, la salud de las personas, y en definitiva el
bienestar de las 40 familias de la comunidad. El día de la Santa Cruz, el 2 y 3 de mayo,
era una fecha de gran importancia para la comunidad que tenía su cofradía para ese
día. En esos tiempos, existía una pequeña capilla en Chisakwin.
Plan de Sánchez dependía administrativamente de Raxjut donde se encontraban varios
alcaldes auxiliares que mantenían el orden en esa zona. En los años 80, fue llegando
a la comunidad el Comité de Unión Campesina informando y sensibilizando a la
población sobre la igualdad de derechos, la lucha contra la explotación y la marginación
social hacia los pobres, campesinos e indígenas; y el interés de construir un país donde
todos los ciudadanos tuvieran los mismos derechos y una ecuánime distribución de
la tierra y de la riqueza.
A finales de junio 1982, los hombres de Plan de Sánchez recibieron desde el destacamento
militar, la orden, de formar parte de las patrullas de Autodefensa Civil en su comunidad
para vigilar la zona de la posible presencia de grupos insurgentes. Ellos colaboraron
para no contradecir las órdenes del ejército y formaron parte de dichas patrullas.
4
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
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Unas semanas después cuando llegaban a uno de sus turnos de patrulla, algunos de
sus compañeros les avisaron de que los hombres de Plan de Sánchez se encontraban
en una lista del ejército con el fin de ejecutarlos. Desde ese momento, los hombres
dejaron de acudir a los turnos de las patrullas. Durante la noche dormían en su
comunidad y durante el día salían a dormir a la montaña con el temor de que llegara
el ejército y los secuestrara y ejecutara. Explicaron a las mujeres de la comunidad lo
que sucedía, y la decisión que habían tomado de estar fuera de la comunidad, seguros
de que a las mujeres, niños y ancianos que se quedaban allí nada les sucedería ya que
ellas no estaban en los listados ni eran objeto de persecución.
Transcurridas dos semanas después de que los hombres se ausentarán de las patrullas,
el 18 de julio 1982, día domingo y día de mercado en Rabinal, el ejército llegó a la
comunidad, bloqueó las entradas y asesinó a unas 265 personas del mismo Plan de
Sánchez y de las comunidades aledañas como Concul, Conculito, Joya de Ramos,
Raxjut, Chipuerta, Volcan, Volcancillo, Ixchel, Pamacal y Chichupac. En la masacre las
personas fueron asesinadas con actos de crueldad extrema y unas 12 mujeres fueron
separadas y violadas.
Al día siguiente de la masacre, las personas que consiguieron huir y que se encontraban
en los alrededores escondidas, llegaron al lugar de los hechos e intentaron apagar las
llamas del fuego, y rescatar los cadáveres. Al recibir la noticia de la masacre, también
llegaron algunas personas de las otras comunidades como Concul, Ixchel y Raxjut.
Intentaron rescatar a sus seres queridos de las llamas, y consiguieron sacar viva a una
mujer de Concul y llevarla al Centro de salud de Rabinal, donde finalmente falleció.
Los familiares de las víctimas y sobrevivientes, llegaron a Rabinal, al destacamento
militar a informar sobre lo sucedido y allí les dijeron que tenían una hora para enterrar
a sus seres queridos, bajo amenaza de muerte si no lo hacían. En la comunidad, y bajo
la presión y amenaza de los victimarios enterraron rápidamente y sin ningún tipo de
ritual a las personas asesinadas. Algunos familiares prefirieron recuperar los cadáveres
o lo que quedaba de ellos y llevarlos a los cementerios locales y al cementerio de
Rabinal.
Después de los diferentes entierros precarios, cada uno tomó un camino diferente. Los
20 sobrevivientes de Plan de Sánchez huyeron a la montaña en los alrededores de su
comunidad sin querer abandonar su tierra ancestral, y con la esperanza de poder
instalarse de nuevo. Llegaban a la comunidad y huían de nuevo. Una semana después
de la masacre, las patrullas de autodefensa civil de la aldea vecina, Raxjut, llegaron a
quemar las casas que quedaban, llevarse el ganado, siembras y pertenencias que
quedaban en las casas. Las personas en la montaña se encontraban en constante
persecución del ejército y en condiciones de muy difícil sobrevivencia, con lluvia, sin
alimentos ni ropa, sumado a lo cual las mujeres no podía alimentar a los bebés porque
se les cortó la leche. Después de dos meses en esas condiciones, algunos se fueron a
vivir al Municipio de Rabinal, otros a trabajar en la Costa, y otros se alistaron en el
ejército de Cobán.
Los familiares y sobrevivientes que vivían en las comunidades aledañas a Plan de
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Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
Sánchez, y que permanecieron en sus comunidades, fueron obligados a formar parte
de las patrullas de autodefensa civil, y víctima de tortura y tratos inhumanos por parte
del ejército si no colaboraban o se sospechaba que formaban parte del movimiento
guerrillero. Algunos de ellos fueron posteriormente ejecutados extrajudicialmente. Las
personas que vieron la oportunidad de salir de la comunidad lo hicieron y ya no
quisieron regresar hasta la fecha.
En 1984, se decretó una amnistía y las personas comenzaron a regresar a las comunidades.
Los hombres sobrevivientes de Plan de Sánchez que regresaron tuvieron que hacerlo
a Raxjut (aldea cuyos hombres quemaron casas y cosechas de Plan de Sánchez) e
incorporarse a las patrullas de autodefensa civil de esta comunidad. Allí permanecieron
desde 1984, hasta 1987 que lograron finalmente independizarse. Durante ese periodo
de tiempo además de patrullar, fueron obligados a construir edificios de la aldea de
Raxjut siéndoles negado regresar a Plan de Sánchez y reconstruir la comunidad.
En 1986 se instalaron nuevamente en Plan de Sánchez y comenzaron la reconstrucción.
Los hombres que habían quedado viudos se volvieron a juntar con mujeres de otras
comunidades. Aquellos que no se habían casado en 1982 se casaron, también con
mujeres de otras comunidades. De esta forma, los sobrevivientes formaron nuevas
familias en la comunidad. Esta situación provocó que, actualmente los hombres de
Plan de Sánchez son padres cuando deberían ser abuelos, y que las mujeres carecen
de una red social familiar fuerte, ya que sus familias de origen viven en otros lugares
más alejados. De la misma forma, la pérdida de las mujeres y de los ancianos provocó
un vacío cultural. Algunos sobrevivientes, desde 1984, consiguieron de forma escondida
celebrar pequeñas conmemoraciones cada 18 de julio. Estas conmemoraciones se
mantienen hasta día de hoy, y con el tiempo han ido adquiriendo fuerza.
En 1992, unas 10 personas sobrevivientes de la masacre y procedentes de Plan de
Sánchez, pusieron una denuncia ante el Ministerio Público de Salamá con el apoyo de
la organización de víctimas CONAVIGUA. En esos años, buscaron el testimonio, apoyo
y solidaridad de los otros familiares y sobrevivientes de las comunidades aledañas y
de la misma comunidad, pero el terror de los vecinos impidió apoyar a quienes
pretendían denunciar los hechos.
Fueron pasando los años, y estas 10 personas, después de llegar en numerosas ocasiones
ante el Ministerio Público, dar su testimonio y unirse a otras organizaciones, consiguieron
en 1994, exhumar a sus seres queridos y darles una sepultura digna en el mismo lugar
en el que ocurrieron los hechos, con los rituales necesarios y acordes con su cultura.
De esta forma los muertos comenzaron a descansar en paz y se logró tener un lugar
donde realizar las ceremonias funerarias. También en esa fecha, consiguieron erigir
una pequeña capilla en conmemoración a las víctimas de la masacre. La exhumación
fue una de las primeras exhumaciones del país, y no estuvo exenta de fuertes dificultades.
Los victimarios de las comunidades aledañas continuaron amenazando de muerte a
los familiares y amedrentándolos. Pese a ello, continuaron con la valentía y firmeza
de sacar a la luz los crímenes vividos.
Para este pequeño grupo de víctimas, la exhumación e inhumación fue un paso
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
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Unas semanas después cuando llegaban a uno de sus turnos de patrulla, algunos de
sus compañeros les avisaron de que los hombres de Plan de Sánchez se encontraban
en una lista del ejército con el fin de ejecutarlos. Desde ese momento, los hombres
dejaron de acudir a los turnos de las patrullas. Durante la noche dormían en su
comunidad y durante el día salían a dormir a la montaña con el temor de que llegara
el ejército y los secuestrara y ejecutara. Explicaron a las mujeres de la comunidad lo
que sucedía, y la decisión que habían tomado de estar fuera de la comunidad, seguros
de que a las mujeres, niños y ancianos que se quedaban allí nada les sucedería ya que
ellas no estaban en los listados ni eran objeto de persecución.
Transcurridas dos semanas después de que los hombres se ausentarán de las patrullas,
el 18 de julio 1982, día domingo y día de mercado en Rabinal, el ejército llegó a la
comunidad, bloqueó las entradas y asesinó a unas 265 personas del mismo Plan de
Sánchez y de las comunidades aledañas como Concul, Conculito, Joya de Ramos,
Raxjut, Chipuerta, Volcan, Volcancillo, Ixchel, Pamacal y Chichupac. En la masacre las
personas fueron asesinadas con actos de crueldad extrema y unas 12 mujeres fueron
separadas y violadas.
Al día siguiente de la masacre, las personas que consiguieron huir y que se encontraban
en los alrededores escondidas, llegaron al lugar de los hechos e intentaron apagar las
llamas del fuego, y rescatar los cadáveres. Al recibir la noticia de la masacre, también
llegaron algunas personas de las otras comunidades como Concul, Ixchel y Raxjut.
Intentaron rescatar a sus seres queridos de las llamas, y consiguieron sacar viva a una
mujer de Concul y llevarla al Centro de salud de Rabinal, donde finalmente falleció.
Los familiares de las víctimas y sobrevivientes, llegaron a Rabinal, al destacamento
militar a informar sobre lo sucedido y allí les dijeron que tenían una hora para enterrar
a sus seres queridos, bajo amenaza de muerte si no lo hacían. En la comunidad, y bajo
la presión y amenaza de los victimarios enterraron rápidamente y sin ningún tipo de
ritual a las personas asesinadas. Algunos familiares prefirieron recuperar los cadáveres
o lo que quedaba de ellos y llevarlos a los cementerios locales y al cementerio de
Rabinal.
Después de los diferentes entierros precarios, cada uno tomó un camino diferente. Los
20 sobrevivientes de Plan de Sánchez huyeron a la montaña en los alrededores de su
comunidad sin querer abandonar su tierra ancestral, y con la esperanza de poder
instalarse de nuevo. Llegaban a la comunidad y huían de nuevo. Una semana después
de la masacre, las patrullas de autodefensa civil de la aldea vecina, Raxjut, llegaron a
quemar las casas que quedaban, llevarse el ganado, siembras y pertenencias que
quedaban en las casas. Las personas en la montaña se encontraban en constante
persecución del ejército y en condiciones de muy difícil sobrevivencia, con lluvia, sin
alimentos ni ropa, sumado a lo cual las mujeres no podía alimentar a los bebés porque
se les cortó la leche. Después de dos meses en esas condiciones, algunos se fueron a
vivir al Municipio de Rabinal, otros a trabajar en la Costa, y otros se alistaron en el
ejército de Cobán.
Los familiares y sobrevivientes que vivían en las comunidades aledañas a Plan de
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Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
importante hacia la dignificación, reparación y memoria histórica de su comunidad y
de los muertos, sin embargo, seguía existiendo la necesidad de conseguir justicia hacia
los responsables materiales e intelectuales de la masacre. Consiguieron contactar con
el equipo jurídico de la organización Centro para la Acción Legal y Derechos Humanos
(CALDH), que aceptó litigar su caso, junto con otras comunidades que sufrieron la
misma represión y violencia. Con el tiempo, se construyeron dos casos de genocidio
que contemplan, 22 comunidades indígenas del país destruidas total o parcialmente,
contra Altos Mandos Militares de las épocas de Lucas García y Ríos Montt como
presidentes de Gobierno. Estas comunidades presentaron una denuncia ante el Ministerio
Público en el año 2000 y 2001 por el delito de genocidio y crímenes de lesa humanidad.
De forma paralela a la búsqueda de justicia en el sistema penal nacional, en 1996 se
presentó la masacre de Plan de Sánchez ante el Sistema Interamericano de Derechos
Humanos por denegación y enlentecimiento de la justicia.
En ese mismo año, la Fundación Rigoberta Menchú, presentó una denuncia en España
por la quema de la Embajada de España en Guatemala en enero de 1981, por el asesinato
de sacerdotes españoles en territorio guatemalteco, y por las masacres en el país. Los
delitos por los cuales se acusaba a diferentes mandos de la Policía y el ejército son
torturas y crímenes de lesa humanidad.
Recordar también que en ese año Guatemala firmó los Acuerdos de Paz, dando por
cerrado un periodo de 36 años de conflicto armado interno. En ese momento se creó
la Comisión de Esclarecimiento Histórico que documenta el pasado de la guerra con
las graves violaciones a derechos humanos, registrándose un total de 626 masacres, en
un 97% realizadas por el ejército, algunas de ellas con el apoyo de las patrullas de
autodefensa civil; y el restante 3% por la guerrilla. En 1995 ya se había publicado el
documento Guatemala Memoria del Silencio, realizado por la Oficina de Derechos
Humanos del Arzobispado de Guatemala que llegaba a los mismos resultados que la
CEH, y que le valió la vida a Monseñor Gerardi, asesinado dos días después de la
presentación pública del documento.
El grupo de sobrevivientes de Plan de Sánchez continuaron con su camino en la
búsqueda de la justicia, memoria histórica y reparación, uno de cuyos objetivos persigue
que las futuras generaciones conozcan lo sucedido y que estos crímenes de lesa
humanidad no vuelvan a suceder. En este camino fueron encontrando a otros grupos
de víctimas que buscaban lo mismo que ellos y ellas, organizaciones nacionales e
internacionales que les quisieron apoyar, y la presencia de los difuntos que los acompañan
y los alientan. El camino por la justicia fue solitario, difícil, cansado y en ocasiones con
riesgo para la vida.
III.- EL TRABAJO PREVIO A LA AUDIENCIA
Construir la estrategia psicojurídica requiere entre otras cosas, compartir entre los
diferentes actores cuáles son las expectativas del caso y el resultado del proceso de
litigio. Estas expectativas varían entre equipo psicosocial, jurídico, organización de
víctimas, diferentes organizaciones y las propias víctimas; y va a depender de donde
surge el caso.
Nos podemos encontrar frente a un caso que es construido desde una organización de
derechos humanos o un equipo legal que persigue lograr un caso ejemplificante para
incidir en determinadas políticas públicas del país. En estos casos, se corre el riesgo
de instrumentalizar a las víctimas como una pieza procesal para lograr el fin perseguido.
De otro lado, un caso puede surgir por una o varias víctimas que desean hacer justicia
y buscan el apoyo de organizaciones y representantes legales que apoyen sus casos y
no hay una preocupación por incidir en políticas públicas, sino en hacer justicia para
el caso particular.
Hoy en día, cuando se ha venido construyendo un modelo de litigio estratégico, ahondar
en las expectativas de todos los actores se vuelve particularmente importante ya que
las acciones del litigio no van a limitarse a la investigación y acciones puramente legales,
sino que se incorporarán otras como estrategias comunicacionales y de sensibilización
a la población, incidencia en organismos públicos, búsqueda de alianzas, entrega de
memoriales en instancias públicas o, litigar el caso en diferentes espacios: civil,
administrativo, penal o internacional.
Cada
acción
proceso
litigioestratégico
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vaaagenerar
generar nuevas expectativas
Cada
acción
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proceso
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riesgo de nuevas frustraciones, por lo que es necesario que las víctimas tengan claridad de los
de que
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de ellos,
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riesgos
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pasos
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la finalidad
de cada uno
de ellos,
riesgos
la seguridad
seguridad
e
integridad
física
y
mental
y,
por
lo
tanto,
la
importancia
de
llevar
cabo de
integridad física y mental y, por lo tanto, la importancia de llevar a cabo sistemas afluidos
sistemas
fluidos
de
información
y
una
toma
de
decisiones
de
forma
conjunta.
información y una toma de decisiones de forma conjunta.
La primera entrevista3 Otras características y precauciones para llevar a cabo la entrevista
se puede encontrar en Gomez, N. (2009) “Peritaje psicosocial por violaciones a derechos
humanos” ECAP. F & G Editores. Guatemala que se realiza con una persona que ha
sido víctima de violación a sus derechos humanos y muy especialmente si se refiere
a hechos de violencia, requiere de tomar una serie de precauciones. Esta primera
entrevista se llevará a cabo dependiendo de la forma en que la persona inicie su caso
o ponga la denuncia. Puede ser un profesional de la salud en un centro médico u
hospital, la oficina de atención a la víctima de la policía o del ministerio público, un/a
médico/a forense, un/a antropólogo/a forense en el contexto de una exhumación, los
representantes legales, algún miembro de una organización de derechos humanos o
de víctimas, un/a investigador/a social, un/a trabajador/a social o un profesional de
la psicología.
3
Otras características y precauciones para llevar a cabo la entrevista se puede encontrar en Gomez, N. (2009) “Peritaje psicosocial por
violaciones a derechos humanos” ECAP. F & G Editores. Guatemala
9
10
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
Llevar a cabo esta primera entrevista y muy especialmente con niño/as, requiere de
una serie de habilidades para cualquiera de los profesionales con el fin de no revictimizar,
obtener información de calidad para la investigación del caso y establecer unas buenas
relaciones de confianza que pueden ser determinantes para que la víctima se interese
en proseguir con su caso y la búsqueda de justicia.
Se debe también tomar la precaución de tener herramientas para llevar a cabo una
atención en crisis, o un profesional al que referir rápidamente y lo pueda realizar. La
persona puede llegar en situación de crisis al lugar de la denuncia, por ejemplo un
hospital o una oficina de atención a la víctima, o, puede entrar en crisis en el transcurso
de la entrevista. Cualquiera de estas situaciones es necesario manejarlas.
Por ello, se recomienda que en la primera entrevista se deje a la víctima hablar de
principio a fin, se respeten sus silencios, llanto o cualquier otra manifestación emocional;
y, cuando haya terminado el relato, se hagan las preguntas que se considere pertinentes.
Una situación ideal, además de contar con recursos para una atención en crisis, es que,
la entrevista se lleve a cabo al mismo tiempo por los diferentes profesionales que requieren
de su testimonio, y, de esta manera no será necesario que la persona tenga que repetir
su relato frente a diferentes profesionales o instituciones.
Al inicio y cierre de la primera entrevista se debe informar y aclarar quienes son
cualquiera de los actor/as que han ido apareciendo en su proceso, y quienes más se
podrían ir añadiendo.
A lo largo de la etapa de investigación es necesario monitorear la situación de la víctima
tomando en cuenta situaciones como la protección del menor, la especial situación de
las mujeres, la situación como migrante, u otras particularidades. De igual forma, la
participación de las víctimas en un proceso de litigio y su papel como testigos, con
todas las acciones que deben llevar a cabo las va ubicando en un papel familiar, grupal
o comunitario diferenciado al resto. Esta diferenciación, además de posicionarlos en
una situación de vulnerabilidad con riesgo para su seguridad e integridad física y la
de sus familias, puede llevarlo/as a un etiquetamiento y estigmatización social en
contextos contrarios a la búsqueda de justicia. La inseguridad obliga a trabajar de forma
expresa y profunda el miedo, las medidas de seguridad, y, en algunos casos, la situación
de protección de testigos con todas las consecuencias que esa situación genera.
Paralelamente, se pueden llevar a cabo procesos de formación y sensibilización a
diferentes profesionales que intervienen en estos procesos con el fin de que se
fortalezcan o adquieran las herramientas y habilidades necesarias para llevar a cabo
entrevistas de esta naturaleza.
En el caso de Plan de Sánchez, ECAP inició trabajo psicosocial en la región en 1997, y
en la comunidad de Plan de Sánchez en el año 2002. Para ese entonces las relaciones
de confianza necesarias para llevar a cabo este tipo de trabajo se encontraban afianzadas.
El trabajo directo en la comunidad inició con la solicitud de apoyo por parte de los
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
11
representantes legales para el proceso de litigio a nivel nacional y posteriormente a
nivel internacional. Se conformó un grupo de apoyo con varias personas de la comunidad
donde se fueron analizando las expectativas en el proceso, los miedos, la seguridad
hacia los testigos o los rumores.
De la misma forma que se abordaron los problemas y desafíos en el proceso también
se fueron detectando y resaltando las fortalezas y formas de afrontamiento individuales,
familiares y comunitarias, entre las cuales se encuentran los diferentes movimientos
organizativos en la búsqueda de la memoria histórica, justicia y reparación.
3.1.- Trabajo psicosocial en la justicia nacional: No solo con los testigos, sino
con el apoyo de todos los sobrevivientes y personas que quieran
apoyarlos/as, y creando redes de solidaridad.
Una de las tareas en el marco de la estrategia psicojurídica es la selección y preparación
de los testigos.
En el caso de Plan de Sánchez esta selección ya estaba realizada por la parte legal. El
desafío desde el trabajo psicosocial, que se presenta en casos colectivos y masivos como
éste, donde las personas además tienen un enorme deseo de dar a conocer los hechos
a los que sobrevivieron, es que todos y todas quieren dar su testimonio. Esto no es
posible porque el testimonio que las personas quieren dar no es siempre relacionado
con los hechos objeto de la denuncia, o, la persona no aporta todos los detalles de los
hechos acorde con la estrategia jurídica.
Esta situación, en la cotidianidad de los grupos y comunidades, se puede traducir en
rumores, estigmatización o categorización de grupos si no se aborda de forma adecuada.
Las personas que no son seleccionadas para tener un papel histórico como testigos, se
preguntan, “¿por qué no me eligieron a mí, si yo también sufrí?”. Se suma que quienes son
testigos son citados a reuniones preparatorias, toma de declaración o reuniones con
otras organizaciones adquiriendo nuevos compromisos y dinámicas que los alejan de
sus funciones tradicionales en la familia y comunidad, que si no se explican bien
en cada contexto, se corre el riesgo de estigmatizar, aislar o rechazar a estas personas
que van adquiriendo su papel de testigos. “Saber dónde van ellos”. Esta situación en
contexto de pobreza, existencia de grupos contrarios a la justicia o programas de
reparación, también ha provocado reflexiones como “están dando las vueltas para vender
los huesos de sus finados”
Las acciones psicosociales dirigidas a mitigar este posible impacto negativo se dirigieron a
construir y consolidar un grupo de apoyo con fines de rehabilitación psicológica y social4 Para
ampliación sobre trabajo con grupos de rehabilitación psicológica y social consultar
12
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
ECAP (2010) “Trabajo psicosocial por violaciones a derechos humanos en contextos
multiculturales” Serviprensa. Guatemala, con las personas testigos y personas de
confianza y afines a la lucha por la memoria histórica, justicia y reparación, y, en esos
espacios se abordaron las secuelas que dejó la guerra y la forma de enfrentarlas. Se
compartió información sobre las acciones, avances o dificultades legales, y cómo los
testigos ejercen su función en representación de todo un grupo que también se vio
afectado.
Los testigos se convierten en los ojos, los oídos y la palabra de todas las víctimas y
sobrevivientes. Este grupo de apoyo fue un soporte en los momentos de las audiencias,
en situaciones de amenazas o un apoyo emocional frente a la frustración, el cansancio
y la desesperanza.En el caso de Plan de Sánchez se logró que llegaran 3 personas
del grupo de apoyo a la audiencia de la CorteIDH en Costa Rica.
Estas acciones de socialización y búsqueda de apoyo más allá del grupo de testigos,
se pueden extender al resto de la comunidad, municipio o país con el fin de ir
construyendo una memoria histórica que reconozca los hechos de violencia, sus
responsables y que lo sancione. De esta forma las víctimas encontrarán un contexto
social que las apoye y no las estigmatice.
Sin embargo estas acciones de difusión, sensibilización y socialización deben ser
construidas con las víctimas y con mucha cautela por los riesgos de seguridad que
pueden conllevar. Las acciones dependerán del momento histórico, de las alianzas y del
contexto.
En 1994, los sobrevivientes de Plan de Sánchez no obtuvieron ningún apoyo municipal
en la exhumación y nadie, a excepción de algunas víctimas, tenía la disponibilidad de
compartir y socializar su historia. El momento histórico estaba rodeado de miedo
a expresarse y contar la historia. Actualmente, ese contexto, en la mayoría de las
comunidades de Rabinal, ha cambiado y existe mayor apertura a hablar y menos miedo
a represalias.
En estos casos colectivos, la necesidad de sensibilizar a otras personas, grupos o
comunidades, tiene también como propósito generar un clima social en el que posibles
medidas de reparación, sean éstas individuales o colectivas, tengan una buena
receptividad, sean entendidas como medidas de reparación y no como actos de
benevolencia por parte del Gobierno.
En lugares donde el tejido social se encuentra muy debilitado, y las personas que
resultarán beneficiadas de las medidas de reparación nunca habían dado su testimonio
4
Para ampliación sobre trabajo con grupos de rehabilitación psicológica y social consultar ECAP (2010) “Trabajo psicosocial por violaciones
a derechos humanos en contextos multiculturales” Serviprensa. Guatemala
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
13
por el miedo, o no tenían conocimiento de ser parte de ese proceso de litigio, una
sentencia puede agravar una división comunitaria más propiciar la recuperación del
tejido social, lo puede seguir debilitando.
En contextos como Rabinal, donde las masacres fueron masivas, otras víctimas que no
accedan a las medidas de reparación, pueden pensar “¿Por qué unos sí y otros no?”; y,
aquéllos que están vinculados a los victimarios y en contra de la justicia, memoria y
reparación, buscarán la forma de desprestigiar la ejecución de las medidas de reparación.
En el grupo de testigos y personas de apoyo, se abordan las expectativas, las dificultades
en el proceso de litigio y las posibles soluciones a estas dificultades. La metodología
utilizada se adecúa al grupo meta al que va dirigido, que por tratarse en este caso de
un grupo campesino, se hizo una similitud con las dificultades que uno encuentra en
los momentos de la siembra.
Se construyó un camino en papel que iniciaba en los momentos anteriores a la
masacre, y en él se iban anotando sucesos históricos para el grupo y la comunidad.
Se anotaba de forma particular el momento en el que se puso la denuncia en
el Ministerio Público, el momento de la exhumación e inhumación, el caso en
el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y la denuncia por genocidio
en el año 2001.
El camino continuaba y al final se anotaban las respuestas de la pregunta
generadora “¿QUÉ ESPERAMOS AL FINAL DEL CAMINO?”. A esta pregunta
se le puede añadir: “¿CUÁNTO TIEMPO CREEMOS QUE SERÁ NECESARIO
PARA LOGRARLO?” (Posteriormente se puede contrastar los tiempos esperados
con los tiempos que han sido necesarios para otros casos)
Una vez reflexionadas y compartidas las expectativas en el camino de la justicia,
se analizaban las dificultades, problemas y desafíos en ese camino, con la
pregunta generadora: “¿QUÉ PIEDRAS Y MALAS HIERBAS
ENCONTRAREMOS EN EL CAMINO?” Algunas dificultades hacían referencia
a dificultades pasadas y otras a dificultades previstas, cada una de ellas con
una valoración de ser percibidas de mayor o menor magnitud que las demás.
De último, se reflexionó sobre las herramientas de las que se dispone para
contrarestar o eliminar las dificultades, a través de la pregunta: “¿QUÉ
HERRAMIENTAS TENEMOS PARA QUITAR LAS PIEDRAS DEL CAMINO Y
CORTAR LAS MALAS HIERBAS?
Conviene igualmente analizar quienes son lo/as actore/as del proceso y qué
se espera de cada uno de ello/as: representantes legales, representantes de las
víctimas, organización de víctimas, equipo psicosocial, organizaciones
internacionales, Ministerio Público, Procuraduría de Derechos Humanos,
instituciones de derechos humanos, …
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
14
Este ejercicio tuvo un contenido de construcción de memoria histórica colectiva, y
además sirvió para visualizar entre todos y todas las expectativas, dificultades y algunas
propuestas iniciales para enfrentar las dificultades. Permitió tener una situación
diagnóstica y un conjunto de temas psicosociales que requerían ser abordados:
•
Conocimiento de las diferentes etapas procesales y de los actores del proceso.
•
La definición de amparo o recurso.
•
El contexto de impunidad, la falta de voluntad para investigar por parte de
los operadores de justicia y la imparcialidad de los jueces.
•
La estigmatización hacia las víctimas.
•
La falta de credibilidad a los hechos vividos y al daño sufrido.
•
Falta de apoyo por parte de otras víctimas que tienen miedo, desinterés o
consideran el proceso de litigio una pérdida de tiempo.
•
Sentimientos de tristeza, desesperanza, frustración o cólera.
•
Discriminación y racismo por parte de los operadores de justicia.
•
Miedo y preocupación por el riesgo que conlleva para su integridad física y
mental para ellos y sus familias el ser testigos de un proceso penal en Guatemala.
•
Temor por la convivencia con los victimarios en el municipio y en aldeas
aledañas.
•
Amenazas por el trabajo de memoria histórica, justicia y reparación.
•
Cansancio por dar el testimonio y realizar diligencias sin obtener ningún
fruto.
•
Rumores.
Fortalezas
•
Los difuntos ayudan a dar fuerza y valor.
•
Los hijos. La preocupación de que los hijos no corran el riesgo de vivir hechos
similares.
•
La creencia en un ser superior, en general Dios, que da fuerzas para seguir
adelante.
•
El apoyo de otras instituciones nacionales e internacionales.
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
15
•
Los aprendizajes que tuvieron durante la guerra y el desplazamiento para
salvaguardar su integridad y la de sus familias.
•
El propio grupo y la comunidad que es muy cohesionada.
Este primer taller, se cerró con un resumen y reformulación de los aportes
“Estamos aquí en este camino de la justicia para que haya paz, que nos devuelvan lo que nos
quitaron, que los responsables vayan a la cárcel, que no vuelva a pasar, que todos conozcan, que
se investiguen los hechos y que no nos llamen mentirosos.
Hasta ahora nos hemos encontrado con dificultades que hemos sabido resolver, (el miedo, el
desaliento porque no se ve el final, no nos escuchan, el Ministerio Público va muy lento, las
amenazas, la tristeza..) y durante estas sesiones o talleres vamos a seguir pensando en dificultades
que nos puedan aparecer en el camino, para que llegado el momento sepamos afrontarlas lo
mejor posible, es por ello que también tenemos que ir pensando en las cosas que podemos hacer
y hemos hecho, en nuestras fortalezas como dar el testimonio, mantenerse unidos o reunirse.
Cortaron la planta, pero quedó la raíz, que va creciendo y se va haciendo fuerte, con el apoyo
de todos. Nos quisieron destruir, pero no pudieron destruir nuestra memoria y estamos aquí,
con nuestra memoria para que se conozca lo que pasó”.
A lo largo del proceso, cada uno de los temas fue abordado con el grupo en diferentes
sesiones a lo largo de los años y que se pueden agrupar de la siguiente forma:
•
Trauma: sentimientos y pensamientos derivados de la masacre y otras
violaciones, p.ej. miedo, culpa, impotencia, estigmatización, duelo alterado,
susto.
•
Derechos Humanos.
•
Formas de resolución de conflictos. Relación víctima-victimario, impunidad,
rumor, linchamientos, estigmatización, prejuicios, reestructuración social.
•
Impunidad.- inseguridad, miedo y medidas de protección.
•
Reflexiones centradas en la cultura e identidad.
•
El manejo de la información. El proceso jurídico. Análisis de coyuntura.
Problemática social, nacional y local.
•
El proceso de litigio. - fase de investigación. - Juicio.- posibles recursos y
amparos, y la preparación para declarar y dar el testimonio.
•
La reparación y diferentes medidas.
•
El concepto de reconciliación.
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
16
El análisis y reflexión en las personas y los grupos sobre el miedo es particularmente
importante fundamentalmente en contextos de impunidad donde ser testigo es una
condición de vulnerabilidad hacia la integridad de las personas. Un documento de
ayuda para trabajar la temática es “La comunidad como apoyo” de Carlos M. Beristain5
que nos propone su abordaje desde cuatro puntos: (a) Reconocer los miedos “¿qué es
lo que siento?” “¿qué es lo que pienso?”(b) Analizarlos (c) Socializarlos y (d) Descomponerlos
El miedo es un mecanismo de alarma que pone sobre aviso ante situaciones que pueden
suponer un riesgo para la integridad de las personas, sin embargo, cada contexto y
cada persona deben ser analizados de forma particularizada. En algunos lugares puede
surgir la sensación de miedo y percepción de inseguridad cuando no existe un riesgo
real; en otras situaciones puede suceder lo contrario, surgir la percepción de inseguridad,
no prestarle la debida atención y provocar un daño; por eso, se debe tomar el tiempo
necesario para dimensionar la percepción de inseguridad y adoptar las medidas
necesarias. Algunas preguntas para el análisis son “¿Qué situaciones están generando
miedo?” “¿he tenido esta sensación en otras situaciones?””¿Qué consecuencias ha tenido el
miedo?” “¿Cómo lo resolvimos?” “¿Qué medidas de seguridad podemos adoptar ahora para
prevenir un daño?”
De lo cual pueden surgir acciones como:
5
•
Reunir al equipo de trabajo en la región y realizar un análisis de contexto.
En función de ello, realizar toma de decisiones conjunta, entre ellas, si
se divulgan amenazas recibidas, u otros hechos o se interpone denuncia.
•
Reflexión y análisis sobre los rumores.
•
Aprender a trabajar cuando no hay certezas y/o ambivalencias.
•
Trabajo en red con todos los equipos de la institución y con otras
instituciones locales.
•
Mapeo previo de instituciones.
•
Medidas de seguridad personales: información, teléfonos, encriptamiento
de la información.
•
Elaborar un plan de comunicación.
•
Elaborar un plan de apoyo para personas con una situación de mayor
vulnerabilidad a ser atacados.
•
Denunciar si se considera oportuno.
•
Realizar acciones de red social.
http://www.psicosocial.net/es/centro-de-documentacion/doc_details/14-afirmacion-y-resistencia-la-comunidad-como-apoyo
(consultado 12/12/09)
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
17
3.2.- Coordinaciones con organizaciones afines y representantes legales
A lo largo del proceso de fortalecimiento de los testigos y grupos de apoyo, se
mantenía una constante comunicación con los representantes legales y se asistía
a la mayor parte de las reuniones entre representantes legales y víctimas; con
el fin de que el equipo psicosocial se mantuviera informado de las acciones
legales.
Sin embargo, las decisiones tomadas por parte del equipo legal en su mayoría no eran
consultadas con el equipo psicosocial, lo cual hubiera sido más apropiado desde la
perspectiva psicojurídica.
Se llevó a cabo un trabajo de creación de redes de solidaridad y apoyo entre
organizaciones afines y entre víctimas-sobrevivientes y familiares de otros grupos y
municipios.
La participación de numerosos actores en el proceso, va a requerir esfuerzos por
establecer mecanismos de comunicación e información entre las partes con el fin de
que todas y todos conozcan los acontecimientos y acciones que van sucediendo o que
van a darse y prepararse para afrontarlos.
Organización de
salud mental
Víctimas/testigo
Representantes
legales
Organización
de víctimas
Fuente: Gómez, N.; Loarca, C. (2007) “Diversidad étnico-cultural y estrategia psicojurídica en casos de violaciones
a los derechos humanos” Instituto de Derechos Humanos.
El manejo de la información y los sistemas de comunicación en contextos multiculturales
y multilingües se complejizan más y se hace necesario incorporar en cada uno de los
equipos personas pertenecientes al mismo grupo étnico que las víctimas.
Por las condiciones de discriminación y racismo es probable que no se disponga de
profesionales con estas características y sea necesario la formación de promotores
18
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
legales, médicos o de salud mental que puedan llevar a cabo entrevistas, buscar
información, manejar grupos, llevar a cabo traducciones e interpretar el contexto y la
información recabada.
La experiencia nos indica que las labores de traducción en procesos de litigio que se
realizan en las diferentes etapas del proceso y por diferentes actores como pueden ser
equipo psicosocial, equipo jurídico, ministerio público, policía u otros, a menudo
recurren a personas de la familia, el grupo o la comunidad, lo cual tiene una serie de
ventajas e inconvenientes que pueden afectar en el proceso. La confianza para hablar
puede ser una ventaja, pero también un inconveniente si las personas en el marco de
su convivencia tienen problemas entre ellas. Otra dificultad es el hecho de que quien
traduce, además de carecer de la formación e información necesaria, forme parte del
grupo de beneficiarios, situación que puede llevar a centralizar la comunicación en la
persona que traduce dotándola de una relación de poder diferente al resto del grupo,
puede llevar a manipular la información y el grupo o, puede impedir que la persona
que traduce no pueda centrarse en la dinámica grupal por estar pendiente de la
traducción.
Los traductor/as requieren de conocer con antelación el material, temas y propósitos
que se tiene previsto traducir; y los objetivos que se persigue con una entrevista o un
grupo. 6
6
Más información sobre el papel del promotor/a y el traductor/a se puede revisar Gómez, N. “Peritaje por violaciones a derechos Humanos” ECAP.
F & G Editores. Guatemala
IV.- EL TRABAJO DURANTE EL DEBATE
Desde el año 2002 las víctimas-sobrevivientes y familiares se prepararon emocionalmente
para el momento de declarar y testificar tanto en las Cortes nacionales como
internacionales, por lo que su condición psicológica y emocional al llegar a la audiencia
en Costa Rica era muy buena. Sin embargo, siempre era conveniente abordar expectativas,
temores, sentimientos y pensamientos relativos al momento de la declaración.
Con los representantes legales y abogadas de la Comisión Interamericana también se
analizó el testimonio de cada testigo en función de la experiencia de cada uno.
Se presentó en la audiencia de reparaciones un peritaje psicosocial sobre el impacto
que generó la masacre. Sobre el peritaje no se ahondará en el presente texto dado que
se publicó un libro expresamente para abordar esa temática en Gómez, N. (2009)
“Peritaje Psicosocial por violaciones a derechos humanos” ECAP. F&G Editores.
Guatemala.
Aquí se centrará el interés en las reacciones del jurado frente al peritaje, y, más adelante
se abordarán las repercusiones que tuvo este peritaje en la sentencia de reparaciones.
4.1.- Preparación y acompañamiento en las sesiones del debate.
Dos días antes del juicio se realizaron sesiones de preparación emocional para el
momento de la audiencia. Las preparaciones se realizaron con los representantes legales
y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Se abordaron las emociones,
expectativas, actores en el proceso y el rol de cada uno, se concretó la exposición que
realizaría cada testigo en relación al relato de los hechos y el impacto personal en cada
uno, que fueron centrados de la siguiente forma: uno abordaría la organización
comunitaria y la cosmovisión; otro la obligatoriedad de formar parte en las patrullas
de autodefensa civil; y la mujer en el papel de la mujer en la comunidad y la experiencia
como huérfana y desplazada como consecuencia de la masacre.
El día de apertura de la audiencia hubo un tiempo de espera de una mañana completa
que no se tenía contemplado; en él representantes legales, Comisión y Representantes
del Estado debatían sobre una cuestión de fondo: la existencia de políticas genocidas.
Este tiempo de espera se aprovechó para conversar entre la perito-psicóloga y los
testigos sobre sentimientos y pensamientos en relación al momento del debate y también
de otros temas no relacionados con el mismo.
Acciones dirigidas a fortalecer a las víctimas/testigo en el juicio oral
•
Prever la existencia de características idóneas en función de la situación
de los testigos (niños, mujeres embarazadas, mujeres víctimas de violencia
sexual..).
•
Preparación de los testigos para la declaración.
19
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
20
•
Elaborar e implementar un plan de seguridad para las víctimas/testigo
si ello fuera necesario, tomando en cuenta el momento del juicio, pero
también momentos como el regreso a sus hogares o la vida en su
cotidianidad.
•
Prever la necesidad del anonimato en la declaración.
•
Reflexionar y elaborar un plan para personas que se encuentran en
situación de protección a testigos (incomunicación con la familia, situación
de los niños, imposibilidad de trabajar, estudiar o estar en su ambiente
de referencia o la ocupación del tiempo).
4.2.- La presentación del peritaje psicosocial y las reacciones de la Corte IDH
La modalidad de presentación del peritaje ante la CorteIDH, fue oral respondiendo a
las preguntas que los representantes legales, abogadas de la Comisión, representantes
del Estado y jurado realizaron; pero también fue entregado de forma escrita al secretario
de la Corte.
Los jueces y jueza formularon una serie de preguntas que reflejan cuáles fueron sus
dudas, intereses e inquietudes en relación a la implementación de las medidas de
reparación psicosocial.
•
Desarrollo de un programa de atención psicológica desde la perspectiva
individual, familiar y comunitaria con la particularidad del elemento étnico.
•
Instituciones públicas o privadas en el país, que puedan dar una atención
psicológica en este sentido.
•
¿En que se expresa la estigmatización de la sociedad respecto de las mujeres
violadas?.
•
¿Qué piensan las mujeres víctimas de la violación de ellas mismas, respecto
de la violación?.
•
¿Qué diferencia debería existir en un programa de atención a las mujeres
víctimas de las violaciones sexuales?.
•
La reconstrucción del tejido social, ¿debe ser decidida en función de todas las
personas que habitan la comunidad sean quienes sean?.
•
¿Hay alguna forma de reparación posible, incluso reparación colectiva del
vacío cultural generado además de la recuperación de la memoria?.
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
21
•
¿Puede ser reconstruida la relación vivo-muerto muchos años después de lo
ocurrido?.
•
¿Es posible recuperar la memoria desde la perspectiva generacional, también
a través de un sistema de educación formal y no formal?
•
¿Hay también alguna situación específica de los varones sobrevivientes, en
su condición de varones?.
•
¿La percepción de haber podido hacer algo por evitar la situación traumática
(la masacre) se dio en hombres y mujeres, hay alguna diferencia en este sentido
en los dos sexos?.
4.3.- La publicación de la sentencia
Una vez realizado el juicio, la publicación de la sentencia requiere de preparación
psicosocial de las víctimas y sus familias dado que es el momento aguardado
después de muchos años de lucha y espera. El resultado, además de reconocer
la culpabilidad o no de quienes son acusados o denunciados, varía en relación
a los hechos que quedaron probados, la pena o las medidas de reparación.
Esta preparación implica igualmente reflexionar sobre el proyecto de vida
después de la sentencia que puede impactar en el ámbito educativo, familiar,
laboral o social. La publicación de la sentencia puede ir acompañada de una
fuerte difusión por parte de los medios de comunicación y dar a conocer la vida
de una persona o familia cuando las personas cercanas a la misma la desconocían.
Puede también ubicar a la víctima/sobreviviente como un ejemplo a seguir
llevándola a asumir un nuevo rol social que aliente a otras víctimas.
En el caso de Plan de Sánchez, el Estado se allanó en todos los derechos, es decir,
reconoció la vulneración de los derechos integridad personal; garantías judiciales;
protección de honra y dignidad; libertad de conciencia y de religión; libertad de
pensamiento y expresión; derecho de asociación y reunión, propiedad privada; igualdad
ante la ley y protección judicial; sin embargo no aceptó la existencia de políticas
genocidas y la CorteIDH se pronunció manifestando que no tenía competencia para
pronunciarse sobre la “Convención para la prevención y la sanción del delito de
genocidio” de las Naciones Unidas.
El 29 de abril del mismo año, la CorteIDH dictó su sentencia de fondo, es decir, en
relación a los hechos, manifestó: “En relación con el tema de genocidio al que aludieron tanto
la Comisión como los representantes de las víctimas y sus familiares, la Corte hace notar que
en materia contenciosa sólo tiene competencia para declarar violaciones de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos y de otros instrumentos del sistema interamericano de
protección de derechos humanos que así se la confieren. No obstante, hechos como los señalados,
22
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
que afectaron gravemente a los miembros del pueblo maya achí en su identidad y valores y que
se desarrollaron dentro de un patrón de masacres, causan un impacto agravado que compromete
la responsabilidad internacional del Estado que esta Corte tomará en cuenta al momento de
resolver sobre reparaciones”.
El no reconocimiento de la existencia de políticas genocidas dejó un cierto sabor amargo
en las víctimas-sobrevivientes y sus familiares, porque uno de los aspectos más
importantes para ellos y ellas era que reconociera que los asesinaron y persiguieron
los años posteriores a la masacre por su condición de mayas.
V.- TRABAJO PSICOSOCIAL DESPUÉS DE LA SENTENCIA.
El proceso de trabajo psicosocial con las víctimas/familiares/testigos antes y durante
la audiencia, aportó muchos aprendizajes para cualquiera de las partes involucradas,
sin embargo, fue la etapa posterior a la sentencia lo que supuso y supone nuevos
desafíos que no se tenían contemplados.
Esta nueva etapa fue el principio de un nuevo camino con nuevas metas y
expectativas, nuevos actores, nuevas estrategias y nuevas alianzas; todo ello
con el propósito de lograr que el Estado cumpliera con las medidas de reparación
emitidas por la CorteIDH.
La sentencia de Plan de Sánchez y comunidades aledañas, resulta de enorme valor por
el carácter colectivo de la misma que incluye medidas de infraestructura, vivienda,
salud, educación, dignificación o cultura. Ello implica que toda una colectividad y casi
un municipio puede beneficiarse si la ejecución de las medidas de reparación se
construye colectivamente y se ejecuta para el conjunto del municipio.
Las medidas de reparación se convierten en una oportunidad de mejorar las
condiciones de la población siempre teniendo presente implementarlas en un
contexto dignificante que convierte la memoria histórica y la dignificación como
ejes centrales de su ejecución. Las medidas de reparación pueden ser igualmente
útiles para la transformación de políticas públicas que redunden en beneficio
de personas y colectivos que se enfrenten a la misma problemática.
En los meses posteriores a la publicación de la sentencia de reparaciones los sentimientos
fueron de alegría, acompañados de la sensación de que ya el trabajo y la lucha de los
sobrevivientes y representantes legales había terminado y que el Estado debía asumir
su responsabilidad e implementar las medidas de reparación.
Desde el equipo psicosocial se planteó que el cumplimiento de las medidas de reparación
debía ser construido con los aportes y las necesidades de lo/as beneficiario/as y para
ello era necesario conocer bien la sentencia.
Surgió también la necesidad de llevar a cabo un trabajo psicosocial con el fin de mitigar
el posible impacto psicosocial negativo de la indemnización económica y de darle su
valor en el marco de la reparación.
De último, ECAP asumió su responsabilidad de formar parte en el Comité de seguimiento
ordenado por la CorteIDH junto con las otras medidas de reparación en salud física
y mental.
23
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
24
Con todos esos razonamientos y de forma voluntaria, creativa y propositiva, se decidió
construir un plan psicosocial para trabajar con los sobrevivientes en la implementación
de las medidas de reparación que continúa hasta la actualidad. Este plan significó
trabajar cada una de las medidas con nuevos actores, nuevas metas, nuevas alianzas
y nuevas estrategias.
Los representantes legales y los sobrevivientes estuvieron de acuerdo y desde la fecha
se ha venido trabajando conjuntamente.
ECAP, como actor externo que ha tenido la oportunidad de estar tan de cerca en el
proceso, ha elaborado ya 5 informes que han sido entregados a la CorteIDH a través
de los representantes legales.
5.1.- Por qué el trabajo psicosocial y psicojurídico posterior a la sentencia
Transcurridos algunos meses de la publicación de la sentencia, comenzaron a surgir
nuevas preguntas y necesidades. La primera de ellas fue, en un país en el que no se
ha venido percibiendo un interés por parte de los diferentes gobiernos en atender las
necesidades de la población y que históricamente ha tenido dificultades y falta de
voluntad en cumplir con las medidas de reparación hacia las víctimas de violaciones
a derechos humanos, ¿estaría en la disponibilidad inmediata de cumplir con la sentencia
o sería necesario empujar, proponer y monitorear el cumplimiento? Segundo, si bien
la sentencia ordena determinadas medidas de reparación, ¿de qué forma se terminan
ejecutando? Por ejemplo, ¿quién se encargaría de recoger la indemnización económica
correspondiente al mantenimiento y mejora de la capilla? ¿Qué medios y metodología
de comunicación consideran las víctimas/sobrevivientes/familiares/querellantes más
adecuadas para la difusión de la sentencia? y, tercero, si bien las medidas se puedan
ir cumpliendo, ¿quién establece mecanismos de auditoría social, y cómo las personas
pueden hacerlo si desconocen el contenido de la sentencia?
Estas preguntas surgieron, como se indicaba en líneas anteriores, pocos meses después
de la publicación, partiendo además del supuesto de que todas las
víctimas/familiares/sobrevivientes/querellantes estaban agrupadas y conocían del
proceso de litigio, dirigiendo el trabajo meta hacia los actores estatales encargados del
cumplimiento. Sin embargo en marzo 2006 se abrió otro escenario.
En esa fecha, unos meses después de la entrega del primer pago de la indemnización
económica (8334 $ por persona), después de llevar a cabo una reunión con un aproximado
de 200 personas beneficiarias de la sentencia de reparaciones, pertenecientes a diferentes
comunidades y convocadas por los líderes de Plan de Sánchez, se plantearon nuevos
problemas y derivado de ello, nuevas necesidades psicosociales dirigidas hacia las
víctimas/familiares/sobrevivientes/querellantes y no hacia las instituciones del Estado:
•
Se identificó que las 200 personas, a excepción de los “históricos”, no conocían
nada del proceso de lucha por la verdad, justicia y reparación. Desconocían
de la exhumación-inhumación en la comunidad, la existencia de la capilla y
de que allí estaban enterrados sus seres queridos.
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
25
Desconocían de la audiencia en Costa Rica, y la petición de perdón por parte
del Estado de Guatemala el 18 julio 2005 y tampoco habían logrado dar el
sentido al monto económico recibido, que respondía a un conjunto de medidas
de reparación.
•
Algunas personas “históricas” estaban solicitando un monto económico (con
el fin de construir una Fundación) a todas las personas beneficiarias de la
indemnización económica, es decir, un total de unas 200 personas.
•
Ante la petición de los “históricos” de este monto y la falta de información,
el resto de personas y comunidades los acusaron de ladrones. De esta forma
se perdía el carácter reparador de la sentencia y se creaba una situación, que
en lugar de recuperar el tejido social lo destruía y profundizaba heridas
históricas entre Plan de Sánchez y las comunidades aledañas.
•
Ni el Estado, ni CALDH como representantes legales, estaban asumiendo la
tarea de socializar, difundir, y generar espacios de intercambio entre todos/as
los/as beneficiarios/as de las medidas de reparación; y por ello ECAP
consideró como una responsabilidad institucional disminuir los efectos
negativos de la sentencia y aprovechar la experiencia como ejemplo para
experiencias similares en Guatemala y otros países.
•
Surgieron nuevas familias con familiares masacrados que no estaban en los
listados finales de la CorteIDH y que por tanto no serían beneficiadas por la
indemnización económica; o familiares que tenían el mismo nombre, cuando
en realidad eran también víctimas y que, a causa del terror, habían abandonado
el municipio o habían guardado silencio sobre la masacre, hasta que se
sintieron seguras para hablar sin temor a represalias.
De esta forma se elaboró un plan de trabajo psicosocial y psicojurídico que inició con
la conformación de un pequeño grupo con personas de las diferentes comunidades
para que conocieran la sentencia, y así ellos pudieran reproducir la información en sus
comunidades.
Los familiares de las víctimas de la masacre que desconocían del proceso de litigio
solicitaron a ECAP y a los “históricos” conocer el camino de lucha por la justicia, verdad
y reparación y así se conformaron 5 grupos: (1) Ixchel y Pamacal (2) Concul, Conculito,
Joya de Ramos, (3) Plan de Sánchez, Raxjut, Chipuerta, (4) Personas que se desplazaron
a Rabinal, Salamá y (5) Personas que se desplazaron a la capital.
5.2.- Acciones llevadas a cabo
Las acciones psicosociales llevadas a cabo han sido variadas desde
•
Elaboración de documentos para las medidas de reparación o informes de
seguimiento de la medida de reparación psicosocial dirigidas a la CorteIDH
(ver anexos);
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
26
•
Actos como la publicación y presentación del peritaje psicosocial invitando
a autoridades del Estado, víctimas y representantes legales;
•
Adaptación de la sentencia a un lenguaje más cercano a las víctimas;
•
Difusión de la historia por la búsqueda de la justicia y la sentencia junto con
las personas de las comunidades que lo lograron;
•
Fomentar la conformación de un pequeño grupo con representantes de las
comunidades;
•
Procesos de capacitación a representantes con temas de derechos humanos
especialmente los derechos violados por la masacre y los hechos posteriores:
expresión, reunión, honra y dignidad; derechos de los Pueblos Indígenas y
acciones dirigidas a las garantías de no repetición y la construcción de un
modelo de seguridad en democracia.
•
Organización grupal y comunitaria para generar acciones en el cumplimiento
de la sentencia;
•
Presentación en el Centro de Educación Secundaria de la región de Plan de
Sánchez de dramatizaciones construidas a partir del texto de la Sentencia
popularizado, las cuales fueron presentadas por los propios estudiantes.
•
Abrir un espacio local con personas del sector salud, representantes legales,
equipo psicosocial, víctimas/sobrevivientes y personal del Estado encargado
del cumplimiento de la sentencia;
•
Formación a psicólogo/as y psiquiatras del Ministerio de Salud y personal del
centro de salud de Rabinal; hasta,
•
Participación en el comité de seguimiento de la medida de reparación en salud
física y mental.
5.2.1.- Elaboración de una propuesta de medidas de reparación.
La parte legal disponía de un mes de plazo posterior a la audiencia para proponer las
medidas de reparación. ECAP elaboró y presentó una propuesta más amplia que la
presentada en el peritaje7.Esta propuesta partió del concepto psicosocial en sentido
amplio e incorporó medidas relacionadas con educación, salud, interculturalidad o
derechos humanos.
Se recomienda para la elaboración de la propuesta tener el mayor conocimiento
posible de las condiciones locales, los recursos ya existentes y las normas y
7
Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso Masacre Plan de Sánchez Vs. Guatemala. Sentencia de reparaciones 19 noviembre 2004
http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_116_esp.pdf
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
27
leyes nacionales de los ámbitos sobre los que se va a realizar la propuesta. P.ej.
salud o educación.
Por el carácter masivo de las violaciones y la imposibilidad de que todos los casos
lleguen al sistema Interamericano, se persiguió tener una visión de transformación de
políticas públicas que pudieran beneficiar a la colectividad y no solo al grupo de
víctimas beneficiadas individualmente en la sentencia de reparaciones.
Por otro lado, en base a experiencias previas de reparación psicosocial en el país, en
las que el Estado cumplió con la medida de reparación psicosocial, pero lo hizo con
condiciones inadecuadas y con modelos teóricos no apropiados para casos de violaciones
a derechos humanos, ni contextos multiculturales, se consideró oportuno incorporar
el monitoreo externo de la implementación de la medida, con la participación de alguna
organización que pudiera asesorar al Estado en el trabajo a realizar, y propuso que la
organización ECAP lo hiciera.
5.2.2.- Difusión y socialización de la historia de lucha y el logro de la sentencia
La difusión y socialización de la historia de lucha y el logro de la sentencia tiene dos
finalidades (1) empoderar a las víctimas/familiares/sobrevivientes/querellantes que
de esta forma pueden exigir el cumplimiento y la forma en que desean que se realice
(2) Dignificación y eliminación de actitudes de etiquetamiento, estigmatización y
rumores que acompañan a las víctimas de violaciones a derechos humanos y
especialmente a las que se proponen la búsqueda de justicia, memoria histórica y
reparación.
Difusión y socialización hacia:
•
•
•
•
•
Todas las víctimas/familiares/sobrevivientes/querellantes
Jóvenes y nuevas generaciones
Centros educativos
Municipio
Cualquier persona y entidad que dirija su que hacer a implementar y
cumplir con las medidas de reparación
Mediante la construcción de materiales adaptados al público al que van dirigidos
y cercanos al lenguaje de las víctimas. Estos materiales pueden ser radiales,
audio, audiovisuales, escritos, arte u obras de teatro.
En el caso de Plan de Sánchez las acciones de socialización y difusión se iniciaron con
la conformación de un pequeño grupo de personas de las diferentes comunidades
donde se encontraban familiares afectados por la masacre y beneficiados por la sentencia;
y se trabajó con ellos la adaptación de las medidas de reparación y los derechos
vulnerados a un lenguaje más cercano para las víctimas. Con este material se elaboró
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
28
un pequeño trifoliar con fines de difusión. Las medidas quedaron redactadas de la
siguiente forma:
Primero.- El Estado debe averiguar con un pensamiento positivo, los hechos de la
masacre en Plan de Sánchez. Que se haga justicia a los responsables de la masacre,
quienes lo hicieron y quienes lo ordenaron.
Segundo.- El Estado tiene que venir a la comunidad de Plan de Sánchez a disculparse
con todos los sobrevivientes y reconocer la responsabilidad del Estado de lo que pasó.
Escuchar las peticiones de los representantes de las comunidades que fueron dañadas
por la masacre. Las palabras del representante legal del Gobierno, deben ser traducidas
en achí para que todos lo entiendan y deben transmitirse en radio, prensa y televisión.
Tercero.- El Estado tiene que escribir en el idioma maya-achí, la Convención Americana
sobre Derechos Humanos, la sentencia de los jueces de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos, de lo escrito en la sentencia y que pasó en Plan de Sánchez; y la
sentencia de lo que tiene que hacer el estado para dar el resarcimiento que está escrito
por los jueces el 19 de noviembre 2004.
Cuarto.- El Estado tiene que publicar en español y maya-achí, antes del 19 de noviembre
2005, en el Diario Oficial de Centro América y en otro diario nacional, lo que pasó en
Plan de Sánchez que fue probado en los Tribunales de Costa Rica el 23 y 24 de abril
2004, y también tiene que publicar el resarcimiento que se va a dar a las víctimas.
Quinto.- El Estado tiene que dar un dinero para mejorar la capilla de Plan de Sánchez,
que es el monumento por las víctimas de la masacre y donde se encuentran los finados.
Sexto.- El Estado debe dar atención en salud y medicinas, sin cobrar, a todas las personas
que quedaron dañadas por la masacre del 18 de julio 1982, por médicos preparados.
También el Estado debe traer personas preparadas para ayudar a las personas que
quedaron con nervios, también sin cobrar.
Séptimo.- El Estado debe hacer casas bien construidas para las víctimas, para que las
personas puedan vivir más mejor
Octavo.- El Estado tiene que hacer los siguientes proyectos en las comunidades que
fueron afectadas en la masacre de Plan de Sánchez:
•
Hacer un estudio en las comunidades de las víctimas, para recuperar la cultura,
para dar a conocer nuestra costumbre maya-achí .
•
Mejorar las carreteras que van desde las comunidades que fueron afectadas
hasta el pueblo de Rabinal.
•
Sistema de alcantarillas y agua potable.
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
29
•
El docente de primaria, secundaria y diversificado, sea bilingüe achí – español
y conozca la costumbre maya-achí.
•
Tiene que haber un centro de salud en la aldea Plan de Sánchez con los doctores,
enfermeras y promotores necesarios y también con el material necesario para
atender a las personas.
•
El personal del centro de salud de Rabinal debe recibir capacitación para
atender más mejor a las personas que llegan allí por problema de salud de su
cuerpo y de su mente.
En relación a los hechos: Desde ese día 18 de julio 1982 que masacraron a nuestros
seres queridos hasta día de hoy no se ha hecho justicia.
Y, en relación a la vulneración de derechos: Los jueces de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos, el día 29 de abril 2004, escribieron en una sentencia, que el Estado
de Guatemala no había respetado:
•
El derecho de las personas a su cuerpo y su mente (integridad personal);
•
Su derecho a una justicia con pensamiento positivo (garantías judiciales);
•
Su derecho a ser respetado como persona, y como persona maya (protección
de honra y dignidad; libertad de conciencia y de religión);
•
Su derecho a pensar y a decir lo que uno piensa (libertad de pensamiento y
expresión);
•
Su derecho de asociación y de reunirse;
•
Su derecho a tener sus animales, su milpa, su casa y sus cositas (propiedad
privada);
•
Su derecho a que todos somos iguales ante la ley y a que todos debemos ser
protegidos por la ley (igualdad ante la ley y protección judicial)
En el año 2006, se inició un proceso de difusión de la historia recorrida por los
sobrevivientes-querellantes y de la sentencia y medidas de reparación ya
adaptadas, en los cinco grupos conformados a raíz de la reunión con la mayoría
de lo/as beneficiario/as, y también fueron entregadas a los asistentes en la
petición de perdón por parte del Estado.
Los espacios eran facilitados en el idioma de las personas de las comunidades
y, la metodología utilizada recurrió a recortes de prensa relacionados con la
sentencia, material audiovisual y el audio de la audiencia en Costa Rica que
fue facilitado por la CorteIDH.
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
30
Así se inició un proceso dirigido por ECAP y los líderes de la comunidad. De estas
acciones surgió un profundo agradecimiento hacia los sobrevivientes querellantes que
tuvieron el valor de buscar justicia y lograron la reparación.
Este proceso de difusión duró varios meses con reuniones mensuales en cada uno de
los grupos, pero se vio frenado por una serie de amenazas hacia el equipo de trabajo,
lo que hizo necesario la solicitud de medidas provisionales de protección a la CorteIDH.
Fue hasta casi medio año después que se logró consolidar un nuevo equipo y reanudar
el trabajo.
Los temas abordados fueron los siguientes:
•
Recorrido histórico en el proceso de litigio 1982-2004: primera denuncia,
exhumación en un contexto de amenazas y ausencia de apoyo social y familiar,
construcción de una pequeña capilla con palos y hojas desde el año siguiente
a la masacre y la construcción de la actual capilla en el lugar donde se inhumaron
los restos y que hoy día es un monumento, el caso en el sistema interamericano,
la audiencia, y la situación de amenazas o la inversión de esfuerzo individual
y familiar para lograr avances.
•
Algunas de las preguntas generadoras utilizadas fueron: “¿Cómo fue?” “¿Qué
pasó?” “¿Cómo nos sentimos?” “¿Para qué nos ha servido?”.
•
Las medidas de reparación descritas en capítulo posterior.
•
Los actores involucrados: víctimas/familiares/sobrevivientes/querellantes;
representantes legales, COPREDEH o institución del Estado encargada de
defender al Estado en la audiencia y actualmente velar por el cumplimiento;
organización psicosocial o psicóloga del Centro de salud asignada al caso.
•
Sentimientos y pensamientos en relación al proceso pasado, actual y futuro:
miedos, temores o inquietudes.
•
Expectativas a futuro. “Nuestros deseos hacia futuro: Que esperamos que ocurra:
eventos positivos.- Eventos negativos: de qué forma solucionarlos”.
Las personas en las comunidades, dirigidas por su representante, transcurrido un año
de trabajo y consolidados los grupos, comenzaron a realizar actas donde figuraban los
acuerdos respecto a la forma como implementar las medidas de reparación, y éstas
eran utilizadas por los representantes legales para negociar las medidas de reparación.
Por ejemplo, con el fin de decidir de qué forma querían llevar a cabo la difusión de la
sentencia en castellano y en achí, como podría ser el uso de medios radiales, entregando
CDs o cassetes a cada familia o a través de un documento escrito. Estas actas fueron
eventos y documentos importantes, porque como dice una de las lideresas de uno de
los grupos “yo nunca había hecho un acta, pero ahí voy”. Estas reuniones tuvieron sus
dificultades, pero los líderes lo valoraron de forma muy positiva, y se sintieron
respaldados por las personas de la comunidad.
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
31
La socialización y difusión se llevó también a cabo con las nuevas generaciones en las
comunidades trabajando los jóvenes en la preparación de dos obras de teatro. Las
actividades con jóvenes se realizaron mediante alianzas con las autoridades académicas,
en el espacio del Centro de Telesecundaria de Plan de Sánchez, donde acuden jóvenes
de todas las aldeas aledañas. La primera presentación se realizó ante el Vicepresidente
de la República, como representante del gobierno que llegó a pedir perdón cómo una
de las medidas de reparación que la Corte ordenó al Estado. Con el proceso de cómo
se construyó la obra de teatro y la presentación oficial, se realizó un video que lleva
por nombre “El día que el Rabinal Achí vio llorar al Estado de Guatemala” y refleja
la mirada de los jóvenes hacia el futuro vinculado con el pasado.
La segunda obra fue construida en el año 2007 y se presentó en la conmemoración de
la masacre el 18 de julio. Esta obra representa la audiencia de reparaciones que tuvo
lugar el 24 abril 2004 en Costa Rica con el fin de que todos conocieran lo allí sucedido.
Paralelamente se llevó a cabo un proceso de formación-información y sensibilización
con los profesionales del sector salud tanto en el nivel central como en el Centro de
Salud local.
El trabajo de sensibilización hasta la fecha se ha limitado al personal de salud dependiente
del ministerio de salud, pero no ha contemplado a los profesionales que laboran en la
prestadora de servicios contratada por el Gobierno para cubrir las necesidades de salud
en las aldeas y comunidades del municipio, entre ellas, las comunidades beneficiadas
por la sentencia.
Esto lleva a que el personal del centro de salud municipal a lo largo de los años se
sensibilizó mucho con el trabajo en el marco de la sentencia, sin embargo, enfermero/as
y médicos de la ONG prestadora de servicios de salud en la comunidad no han recibido
ninguna sensibilización al respecto.
La experiencia en el proceso a lo largo de los años nos dice que es importante
elaborar un plan de información y sensibilización hacia cualquier profesional
y personal que tenga algún papel y relación con la sentencia y las
víctimas/familiares/sobrevivientes/querellantes.
Este plan debe contemplar: el conocimiento de la sentencia y las medidas de
reparación.- la memoria histórica de las víctimas.- Los derechos humanos y el
compromiso estatal en el marco del derecho internacional de los derechos
humanos al cual se ven obligados cualquiera de los funcionarios o personal
contratado por el EstadoA modo de ejemplo, los encargados de construir la vivienda, en el caso de Plan de
Sánchez, perciben la construcción como otra más, independientemente del contexto.
32
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
No diferencian entre una vivienda construida a una familia en una comunidad en el
marco de un proyecto gubernamental de desarrollo, de aquella en el marco de una
ejecución de sentencia.
El producto final será el mismo, con el mismo tipo de vivienda, sin embargo, desde
la dignificación a las víctimas y el carácter reparador de la medida, partir de la base
de que esa vivienda es construida porque la anterior fue quemada por el ejército, marca
una diferencia, que es lo que las víctimas valoran como reparador y que debe tomarse
en cuenta desde la perspectiva psicosocial.
Surge la pregunta ¿Debería haber sido el Estado-Gobierno el que hubiera debido llevar
a cabo todas las acciones expuestas anteriormente dirigidas a la difusión y socialización
de la sentencia? Uno de sus puntos resolutivos expresa:
“El Estado debe disponer de los recursos necesarios para facilitar la divulgación de
dichos textos (Convención Americana de Derechos Humanos, sentencias de fondo y
reparaciones) en Achí y en el Municipio de Rabinal y hacer entrega de los mismos a
las víctimas del presente caso”
En algunas de las reuniones con los grupos en las comunidades, los representantes y
la mesa de trabajo se sugirió que se hiciera de forma radial dado que los habitantes de
Rabinal son hablantes-achí, pero no lectores de ese idioma, sin embargo, el Gobierno
limitó su acto de difusión a un evento de dos horas a finales del año 2009, es decir, 5
años después, invitando a los familiares/víctimas/sobrevivientes/querellantes donde
varias autoridades locales hicieron una presentación que no siempre fue traducida y
se entregaron los diferentes documentos.
5.2.3.- Trabajo psicosocial con el fin de disminuir el posible impacto negativo de la
indemnización económica.
La medida de indemnización económica sobre todo en contextos de pobreza tiene
definitivamente un carácter reparador siempre y cuando se acompañe de un sentido
dignificante y encuadrándolo en la reparación material, daño emergente y lucro cesante
derivados de los hechos y la búsqueda de justicia.
Sin embargo, ese mismo contexto de pobreza, sumado al carácter masivo de las
violaciones a derechos humanos como sucede en Guatemala, la convivencia víctimavictimario, la impunidad y ausencia de reconocimiento de la historia, la aparición de
nuevas víctimas que nunca dieron su testimonio por el miedo o la diferencia en el
monto económico asignado a víctimas resarcidas a través del Sistema Interamericano
vs Programa Nacional de Resarcimiento, puede llevar a que el carácter pecuniario
provoque frustración y divisiones entre vecinos y familias. “¿Por qué a lo/as otro/as y
no a mí?” “Están comiendo de los huesos de sus finados” “¿Por qué unos tienen una indemnización
y otros otra?”
Frente a esta situación y con el objetivo de disminuir el impacto negativo de la medida de
indemnización económica y evitar una ruptura del tejido social, se elaboró y llevó a cabo un
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
33
plan que perseguía fomentar la idea de que el proceso judicial debía ser en sí mismo un mecanismo
reparador.- Los logros y la lucha por la memoria histórica, la reparación y la justicia era útil
para ser utilizado como modelo para otro/as.- Las garantías de no repetición, y muy especialmente
la sensibilización hacia la segunda generación.- “Colectivizar el dolor”: ¿somos nosotros las
únicas víctimas? y llevar a la reflexión de que en el país sucedieron muchas violaciones
a derechos humanos y crímenes de lesa humanidad, sin embargo, solo algunas víctimas
lograron llevar sus casos ante la justicia, lo cual no significa que fueran las únicas.- Por
último, “colectivizar el resarcimiento”, dando importancia y poniendo énfasis en las
medidas de carácter colectivo como educación, cultura, salud, dignificación, memoria
histórica o infraestructura.
La población meta con la que se trabajó no se limitaba a las
víctimas/sobrevivientes/familiares/querellantes, sino que también se dirigió a vecinos
de la comunidad, comunidades próximas y municipio, lo cual implicaba a los victimarios.
Se llevaron a cabo talleres con grupos con la siguiente estructura y temática:
•
1º taller: Socializar la experiencia en Costa Rica.- ¿Cómo fue? ¿Qué pasó? ¿Cómo
nos sentimos?¿Para qué nos ha servido?.
•
2º taller: El proceso en los diferentes momentos antes, actual y futuro. Revisión
de nuestro camino 1982 – 2004.- Miedos, temores, inquietudes, expectativas,
logros, limitaciones.
•
3° taller.- Conociendo las medidas de reparación.
•
4º taller. “Colectivizar el dolor” y ponerse en el lugar de otro/as.- ¿Somos las
únicas personas que han sido víctimas? ¿Cómo nos sentimos por qué llegamos a la
Corte? ¿Cómo creemos que se sentirán los que no han podido llegar?.
•
5º taller: La imposibilidad de resarcir a todos por la masividad de los casos y
el hecho de que el Plan Nacional de Resarcimiento no podrá resarcir a todos/as
como a nosotros/as, “¿Qué podemos hacer?” “¿Qué pensamos en relación a nuestro
proceso?”.
De esta forma, el proceso de reflexión a lo largo de los meses permitió que un grupo
numeroso de personas tomara conciencia de las dimensiones de la sentencia y del
papel que los “históricos” habían asumido a lo largo de los años en solitario y en un
contexto hostil de amenazas, etiquetamiento y rechazo a su lucha; y también permitió
que otras personas, hombres y mujeres, asumieran nuevos liderazgos.
5.2.4.- La creación de mesas de trabajo y la implementación de otras medidas de
reparación.
Sumado a las reuniones/talleres en los 5 grupos, en marzo 2007 se inició un proceso
intenso de trabajo con los representantes, reuniéndonos cada 15 días para continuar
analizando la sentencia y elaborando un plan de trabajo, y también se fueron capacitando
34
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
en derechos humanos, especialmente los derechos violados por el Estado, derechos de
los Pueblos Indígenas y la reflexión sobre como construir acciones dirigidas a las
garantías de no repetición en un modelo de seguridad ciudadana en democracia.
En ese espacio, se tomó la decisión de crear una mesa de trabajo de forma paralela,
para reflexionar, analizar y preguntar sobre acciones, dudas y problemas que pudieran
surgir en las comunidades a raíz de la ejecución de sentencia, en el cual participaron
todos los actores involucrados: COPREDEH local, CALDH como representantes legales,
el Centro de salud con el doctor del Centro y la psicóloga asignada al caso, los
representantes de las comunidades y ECAP.
Allí, también de forma quincenal, por periodo de un año, se fueron abordando las
diferentes medidas de reparación, construyendo las propuestas aterrizadas a las
necesidades de las personas en las comunidades y adaptadas al contexto local, que
eran recogidas por la representante legal, que a su vez redactaba el correspondiente
documento que servía de instrumento para las negociaciones en la capital con
COPREDEH central y cada funcionario concreto encargado de las diferentes medidas.
Cuadro: Ruta para la construcción de las medidas de reparación acorde con las
necesidades de las víctimas.
Comunidades se reúnen
mensualmente
Representantes recogen propuestas,
ideas o inquietudes de sus comunidades y
las analizan cada 15 días
Representantes legales recogen
ideas, elaboran documento y
negocian con COPREDEH y los
diferentes ministerios la ejecución
de las medidas.
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
35
La reflexión y propuestas de las medidas de reparación se construyen fundamentalmente
en base a los insumos de los grupos en las comunidades. En esos espacios, para favorecer
la reflexión, además de utilizar la palabra, en ocasiones se han utilizado técnicas como
la fotografía, los murales o la pintura en jícaras. Esas técnicas han permitido expresar
sentimientos y pensamientos en relación al impacto y la valoración de las medidas de
reparación.
En las etapas iniciales de la implementación de las medidas de reparación, las peticiones
y acciones se dirigían a COPREDEH como organismo nacional encargado de velar por
el cumplimiento de la sentencia, y por ello de relacionarse con cada ministerio
correspondiente dependiendo de cada medida (educación y cultura, infraestructura,
justicia, salud etc..). A lo largo del proceso de incidencia con esta institución, se fue
visualizando que dicha institución se limitaba al envío y recepción de información
entre víctimas/querellantes y sus representantes y diferentes ministerios, teniendo una
respuesta sistemática: “nos comunicamos con los diferentes ministerios, pero no
cumplen. Nosotros ya no podemos hacer nada”; o en el trabajo con el ministerio de
salud “tenemos el interés y la voluntad de trabajar, pero no tenemos un presupuesto
asignado”. De todo esto, uno de los aprendizajes del trabajo fue que cada medida
requiere actores estatales diferentes, y que es necesario conocer muy bien el
funcionamiento, organigrama y sistema de comunicación de dichas instituciones para
llevar a cabo acciones, con cada actor estatal, pero siempre con conocimiento y presencia
del órgano encargado de supervisar la medida, en este caso COPREDEH.
Por esta razón, además de llevar a cabo un trabajo de incidencia a nivel central, se llevó
a cabo un proceso de sensibilización a nivel local con la municipalidad y con diferentes
Consejos Comunitarios de Desarrollo Locales (COCODES), con el fin de que conocieran
las medidas de reparación, fundamentalmente las colectivas, y se sumarán a la lucha
por su cumplimiento entendiendo que serían beneficiosas para todo/as. De esta forma,
se realizan acciones a nivel central y a nivel local.
En las etapas iniciales del proceso psicosocial y psicojurídico se planteó abordar
todas las medidas de reparación de forma simultánea. Sin embargo, la experiencia
en el camino llevó a plantearse trabajar una o dos medidas de forma simultánea
por la complejidad que cada medida suponía.
5.2.4.1.- La capilla
“El Estado debe pagar la cantidad fijada en el párrafo 104 de la presente Sentencia,
para el mantenimiento y mejoras en la infraestructura de la capilla”.
Se mencionaba anteriormente que varias víctimas/sobrevivientes/familiares desconocían
que sus seres queridos fueron exhumados y posteriormente inhumados en la capilla
que es actualmente el monumento en homenaje y recuerdo de las personas allí
masacradas.
36
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
Sumado a ello, la historia de la comunidad de Plan de Sánchez y las comunidades
aledañas está marcada por profundas heridas desde los años de la masacre: Plan de
Sánchez fue duramente perseguida, hostigada y arrasada por el ejército y por algunos
hombres pertenecientes a esas comunidades aledañas.
Los hombres de las comunidades aledañas también sufrieron a causa de la represión,
algunos fueron torturados, ejecutados o desaparecidos por no colaborar con los militares;
sumado a ello, los de esas aldeas fueron obligados por el ejército a perseguir a los
sobrevivientes de Plan de Sánchez, destruir sus casas y cosechas, y saquear sus
pertenencias. Estas acciones llevaron a que las personas de Plan de Sánchez fueran
señaladas como guerrilleros por sus vecinos, y a que éstos fueran temidos y rechazados
por parte de los de Plan de Sánchez, como agentes de la represión.
Tomando en cuenta esta situación desde la perspectiva psicosocial y la recuperación
del tejido social surgieron las preguntas ¿será que cada comunidad deseará tener su
propio monumento? ¿Están todas las víctimas/sobrevivientes/familiares de acuerdo
con validar la actual capilla como monumento si nunca lo habían tenido como lugar
de referencia y existía un distanciamiento con los hombres de Plan de Sánchez? En el
caso de que se aceptara, ¿qué se consideraba como mantenimiento y mejoras? ¿Tomarían
en cuenta “los históricos” las propuestas de los nuevos grupos cuando ellos habían
mantenido la memoria de las víctimas y, a partir de la exhumación, que también fue
resultado de su lucha, habían construido la capilla que actualmente guarda los restos
de los masacrados?, ¿cómo hacer para que el trabajo en mantenimiento y mejoras fuera
una oportunidad para que quienes habían estado alejados del proceso de litigio se
acercaran a los “históricos” y comenzaran a apoyarlos? ¿Cómo se iba a realizar la
entrega, gestión y ejecución del monto económico?
La reflexión en los grupos y personas se trabajó a través de las siguientes preguntas
generadoras:
¿Por qué es importante la capilla? ¿Será que se mantiene la capilla como monumento a las
víctimas o sería conveniente que cada comunidad tuviera su monumento? ¿Qué se quiere
mejorar en la capilla?
El resultado de los talleres y reflexiones en los grupos fueron: “La capilla de Plan de
Sánchez es un lugar importante porque es el lugar donde se encuentra la sangre de los difuntos
y es el lugar donde pasaron los hechos. Es un lugar para la memoria y para que todos sepan lo
que pasó. Allí se pueden llevar candelas, y todos los familiares podemos llegar a reunirnos juntos
para las conmemoraciones y celebraciones. Es un recuerdo, es una memoria.
Se acordó que la capilla debe ser el único monumento y debe permanecer donde está. Los nuevos
grupos podemos dar ideas y propuestas para las mejoras y mantenimiento, pero quien tiene la
decisión final son las personas de Plan de Sánchez, porque ellas son las que lo construyeron y
lucharon por la justicia y la memoria, y las que viven allí.
Pensamos que sería bueno ampliar el espacio para que hubiera lugar para todos cuando nos
reunimos. También es necesario incorporar los nombres de las personas fallecidas que están
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
37
escritas en las paredes, porque algunos faltan. Los nombres de los familiares fallecidos permite
añadir a personas que finalmente no fueron beneficiadas por la medida de indemnización
económica por no entregar su testimonio y papelería a tiempo.
Se dieron algunas ideas como la pintura, hacer un dibujo en las paredes exteriores que lleve el
camino de justicia de los sobrevivientes desde la masacre hasta el día de hoy, también abrir un
pequeño espacio cerrado para guardar cosas relacionadas con nosotros y nuestros difuntos, como
un museo. Por ejemplo, la sentencia, la audiencia de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos, el video, fotos etc.. Otra idea fue conseguir fotos de todos los familiares y ponerlas
en el lugar.
Los familiares/sobrevivientes se ofrecieron a dar su mano de obra para la construcción si fuera
necesario.”
El gobierno, inicialmente, se desconoce si con buena o mala voluntad, para la entrega
y manejo de los fondos, dividió el monto económico entre el número de representantes
de las comunidades y les quiso entregar un cheque a cada uno, para que cada quien
decidiera que hacer. Las personas rechazaron el cheque y la propuesta, informando
que el acuerdo era que las personas de Plan de Sánchez eran las encargadas de decidir
sobre la entrega de los fondos.
Finalmente esta entrega se llevó a cabo a través de una asociación conformada por
personas de las diferentes comunidades y la apertura de una cuenta bancaria
mancomunada. Esta decisión fue tomada por los representantes legales por considerarla
como la forma más sencilla de realizar la entrega del monto económico y que además
involucraba a los familiares de otras comunidades. La asociación quedaría disuelta
una vez ejecutados los fondos porque así figura en su mandato y reglamentos.
Una vez hecha la entrega del monto económico, a lo largo de varios años, las personas
continuaron reflexionando sobre las ideas propuestas, buscaron presupuesto para
material de construcción, esperaron el paso de las lluvias, compraron un terreno anexo
a la actual capilla e iniciaron la construcción de una nueva capilla más grande con el
apoyo de las personas de las comunidades, sin embargo, hoy en día a la construcción
le falta el techo y ya no hay presupuesto.
5.2.4.2.- La carretera
“Mantenimiento y mejoras en el sistema de comunicación vial entre las indicadas
comunidades y la cabecera municipal de Rabinal”
La carretera desde hace muchos años hasta la actualidad se encuentra en mal estado,
el cual se agrava en las épocas de lluvia llegando a ser intransitable por algunos tramos.
Esta situación se agrava en los tramos de Ixchel hacia Granados y de Ixchel hacia la
aldea de Concul. El mantenimiento que se viene haciendo lo lleva a cabo la institución
COVIAL dependiendo de la solicitud de la municipalidad de Rabinal; y, en situaciones
de emergencia, son los propios comunitarios quienes lo realizan.
38
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
El mantenimiento, y fundamentalmente las mejoras en el sistema de comunicación
vial, son de especial relevancia para las comunidades. Uno, por la accesibilidad de las
personas hacia el municipio para actividades comerciales, culturales, educativas, sociales
o laborales y otro, porque de la mejora de la carretera dependen otras medidas de
reparación como por ejemplo la salud. Personas enfermas y mujeres con parto en
situación de riesgo, se trasladan hacia el centro de salud o el hospital y lo hacen pasando
por la carretera, y si ésta se encuentra en mal estado por la lluvia impedirá dichos
traslados.
Hasta la fecha, no se ha recibido ninguna respuesta clara y contundente sobre cómo
se debería llevar a cabo ese mantenimiento y mejora, ni tampoco existe claridad sobre
quién tiene la responsabilidad de ejecutarla. ¿COVIAL a nivel estatal? ¿la municipalidad?
Frente a esta ausencia de respuesta, en los grupos de reflexión psicosocial sobre cada
una de las medidas, las personas de las comunidades decidieron iniciar un proceso de
búsqueda de alianzas con todas las comunidades que se ven beneficiadas por el
mantenimiento de la carretera. De esta forma, los representantes de las comunidades
elaboraron un documento y solicitaron reuniones con todos los consejos comunitarios
de desarrollo locales (COCODES) para pedir el apoyo. Así lograron más de 500 firmas
Firmas. Ese documento lo entregaron a los representantes legales y a instancias
gubernamentales locales, pero hasta la fecha no ha habido ningún tipo de respuesta.
La comunidad de Ixchel tiene jurisdicción en un municipio diferente al resto de
comunidades, situación que para los familiares que viven allí provoca una fuerte
frustración sumada a la ya existente, porque las acciones de sensibilización e incidencia
siempre se dirigen hacia la municipalidad de Rabinal y no hacia su municipio.
5.2.4.3.- Vivienda
“El Estado debe proveer de vivienda adecuada a aquellas víctimas sobrevivientes que
residan en la aldea de Plan de Sánchez y que así lo requieran”
La construcción de la vivienda exclusivamente en la aldea de Plan de Sánchez planteó
nuevos desafíos: cómo abordar en un contexto de pobreza que unas víctimas obtendrían
vivienda y otras no. ¿Qué se considera una vivienda adecuada? ¿Dónde construirían
su vivienda las personas desplazadas y aquellas que no tenían terreno?
El primer desafío, la explicación del porque sólo los habitantes de Plan de Sánchez
accederían a una vivienda, se fue abordando a través de la memoria histórica y conocer
que sólo las viviendas de esa comunidad fueron quemadas y por lo tanto, las únicas
que tenían derecho en ser reparadas. Afortunadamente, los representantes legales
lograron obtener el compromiso estatal de construir vivienda para todas las comunidades,
situación que no se ha ejecutado hasta la fecha, y que se espera se cumpla.
En reuniones con los representantes se reflexionó sobre lo que se entendía como
“vivienda adecuada”. ¿Cuántos espacios? ¿Cómo debía ser la cocina? ¿Dónde se ubican
las letrinas?
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
39
Los representantes legales llevaron a cabo un fuerte proceso de negociación en el que
las propuestas fueron variando a lo largo del tiempo y de los diferentes cambios de
funcionarios en la institución encargada, el Fondo Guatemalteco para la vivienda,
FOGUAVI. Inicialmente esta institución propuso construir unas casas a la par de las
otras, propuesta que definitivamente no se ajusta a una comunidad indígena ni
campesina que viven separadas las unas de las otras con grandes terrenos de árboles.
Finalmente se logró que se construyeran en el lugar propuesto por las víctimas; y la
opción para quienes tenían ya una casa, la construcción de un segundo nivel.
En relación al concepto de “vivienda adecuada” esta institución mantiene sus propios
criterios y no los puede variar: dos espacios dormitorio, un espacio comedor cocina y
un baño; con dos ventanas en la parte frontal.
Otro de los desafíos fueron los trámites administrativos y los requisitos solicitados por
dicha institución. La solicitud de construcción de vivienda fue iniciada como cualquier
otro ciudadano del país. Las personas tuvieron que entregar sus solicitudes y papelería
con fotocopia de cédula, partidas de nacimiento, constancias de estado civil, constancia
de ingresos, escritura, carencia de bienes; y, una vez aceptada la solicitud tener una
entrevista con un trabajador/a social que llegará a la comunidad a hacer trabajo de
campo y verificación de información y con su informe continua un trámite de aprobación
o rechazo de la construcción.
Derivado de estos requisitos, surgen algunas preguntas, ¿qué sucede si una víctima
no cumple con estos requisitos administrativos? ¿Se hubiera logrado el mismo resultado
si las víctimas hubieran realizado su trámite por la vía gubernamental como cualquier
ciudadano? Entonces, ¿cómo dignificar la medida? ¿Qué supondrá para las comunidades
la llegada de trabajador/as sociales a entrevistar a sus habitantes? ¿lo harán con enfoque
multicultural? ¿Qué impacto en el tejido social puede tener para las comunidades la
llegada de camiones con material de construcción y la presencia de hombres externos
a la comunidad trabajando? ¿podrían ser las personas de la comunidad contratadas
para la construcción?
En la actualidad, la papelería se encuentra en FOGUAVI y se está pendiente de continuar
con las entrevistas y el resto del proceso tanto administrativo como de construcción
5.2.4.4.- Petición de perdón
“El Estado debe realizar un acto público de reconocimiento de su responsabilidad de
los hechos ocurridos en este caso, y en desagravio de las víctimas de éste”.
En el año 2005, se llevó a cabo el acto público de petición de perdón por parte del
Estado de Guatemala. De forma previa a la actividad, además de llevar a cabo la
adaptación de las medidas de reparación a un lenguaje más cercano a las víctimas, se
reflexionó con los representantes de las comunidades sobre el mensaje y las palabras
de las intervenciones que ellos realizarían en el evento.
Los jóvenes estudiantes de las comunidades, con el visto bueno de algunos maestros,
40
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
y el apoyo de ECAP y las instituciones Caja Lúdica y Fusión Creativa, ensayaron
durante meses una dramatización de la masacre que fue representada delante del
vicepresidente de la República. A raíz de los ensayos, se publicó el video “Cuando el
Rabinal Achí vio llorar al Gobierno de Guatemala”
Las reflexiones posteriores sobre la petición de perdón variaron entre la alegría de ver
a un vicepresidente pidiendo perdón en la comunidad, la frustración de que no llegara
el presidente y sobre todo quienes hicieron las masacres y que se encuentran en el
Congreso de la República, y la incredulidad de que todo se limite a una petición de
perdón que no esté acompañada de otras medidas de dignificación, memoria histórica,
justicia y reparación.
5.3.- Logros relativos a la reparación psicosocial
La revisión y seguimiento de la medida en salud física y mental se encuentra ampliamente
documentada en los informes emitidos a la CorteIDH y que forman parte de los anexos
de este libro. Por razón de espacio se publica un informe que es un conglomerado de
los 3 primeros informes, y el 5° y último informe presentado en enero 2010. En este
apartado señalaremos únicamente algunos de los resultados más importantes del
proceso, recomendando la lectura de los anexos para mayor profundización.
Como resultado de la propuesta de medidas de reparación a la CorteIDH a través de
la petición de los representantes legales en el mes posterior a la audiencia, la CorteIDH
ordenó en las medidas de reparación:
“El Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud
especializadas, el tratamiento médico que requieran las víctimas incluyendo, Inter. alia,
los medicamentos que puedan ser necesarios. Asimismo, el Estado debe crear un
programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico, el cual también
debe ser brindado en forma gratuita, en los términos de los párrafos 106 a 108 y 117
de la presente Sentencia”.
Y para ello, ordena igualmente en el apartado f) Tratamiento médico y psicológico, de las
consideraciones, que el Estado cree un Comité para el seguimiento de la medida, y que
el programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico comience
inmediatamente después de la creación de ese Comité,
108. Para estos efectos, el Estado debe crear un comité que evalúe la condición física
y psíquica de las víctimas, así como las medidas que respecto de cada una habría
que tomar. En este comité deberá tener una participación activa la organización
no gubernamental Equipo de Estudios Comunitarios de Acción Psicosocial,
(….). Respecto del tratamiento médico y psicológico, éste se debe iniciar inmediatamente
después de la constitución del comité por un período de cinco años.
Después de numerosas reuniones y debates a lo largo de los primeros años, entre el
Ministerio de Salud, el Programa Nacional de Salud Mental, COPREDEH, los
representantes legales, ECAP y representantes de las comunidades, en la segunda
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
41
mitad del año 2007 se logró firmar una carta de entendimiento entre Ministerio de
Salud, Programa Nacional de salud mental, COPREDHE, representantes de las
comunidades, ECAP y CALDH para la creación del Comité de salud. Este comité tiene
las siguientes atribuciones:
a) Asesorar y participar con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, a través
del Sistema integral de atención en salud y el Programa Nacional de Salud Mental, en
relación a los siguientes contenidos temáticos:
•
Las formas de evaluación y diagnóstico de las necesidades psicosociales de la
comunidad.
•
Los programas de trabajo psicosociales en la comunidad incorporando los
temas de memoria histórica y derechos humanos según se plantean en las
recomendaciones de la Comisión de Esclarecimiento Histórico.
•
Elaboración de las Normas y Protocolos de Atención en el caso de daño
psicosocial derivado de la violencia política y graves violaciones a derechos
humanos:
•
Los planes de capacitación para el personal del centro de Salud en el Municipio
de Rabinal, Departamento de Baja Vecrapaz.
b) Elaborar indicadores que permitan ver avances del trabajo realizado por el Ministerio
de Salud Pública y el Programa Nacional de Salud Mental.
Las valoraciones más importantes que ECAP hace respecto a la carta de entendimiento
es la incorporación de temas de memoria histórica y derechos humanos que fueron un
punto fuerte de debate por parte de algunas entidades del Estado; y, la elaboración de
las normas y protocolos de atención en el caso de daño psicosocial derivado de la
violencia política y graves violaciones a derechos humanos.
El Ministerio de Salud Pública se rige por normas de atención y protocolos que cualquier
funcionario debe utilizar. Esto supone enmarcar la realidad de las personas atendidas
por el sector salud en los diferentes protocolos. En el momento de la publicación de
la sentencia, el Programa Nacional de Salud Mental disponía de protocolos de violencia
intrafamiliar, alcoholismo, drogodependencias y problemas de aprendizaje; por lo
tanto los psicólogo/as encargados de trabajar con víctimas de violaciones a derechos
humanos no tenían las herramientas y lineamientos necesarios para abordar estas
problemáticas.
A través de la medida de reparación se logró la contratación de una psicóloga, un
proceso que llevó a un cambio de actitudes en los profesionales del centro de salud,
y, los conocimientos y experiencias adquiridas por ECAP a lo largo de estos años de
trabajo, permitieron incidir en espacios estatales en el Ministerio de Salud y el Programa
Nacional de Salud Mental (PNSM) para elaborar planes de atención psicosocial con
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
42
las víctimas de graves violaciones a derechos humanos y especialmente con las víctimas
del conflicto armado interno, que se plasmaron en el “Protocolo de Normas y Atención
a víctimas del Conflicto Armado Interno” elaborado por el PNSM a raíz de la solicitud
realizada por ECAP en sus informes presentados a la CorteIDH como seguimiento de
la sentencia de reparaciones de Plan de Sánchez y en la carta de entendimiento.
Este protocolo y las capacitaciones igualmente lograron incidir en la visión y modelo
de salud mental utilizado y actualmente existe una mayor apertura a utilizar modelos
psicosociales y tener presente las violaciones a derechos humanos.
Los aprendizajes del proceso son varios, pero mencionamos dos:
•
Es necesario conocer en profundidad el organigrama y funcionamiento del
sistema de salud. Por ejemplo, qué departamentos o secretarías llevan una
parte normativa, y cuáles una parte formativa; o la existencia de subcontratas
para la ejecución de algunos servicios como las prestadoras.
•
Se debe tomar en cuenta al personal de la ONG prestadora de servicios de
salud, la cual en realidad llevaba a cabo el trabajo directamente en la medida
de salud física se encuentre igualmente involucrado como lo han estado los
funcionarios públicos.
VI.- A MODO DE CIERRE
El camino recorrido ha sido largo y no exento de dificultades: el acceso a las comunidades
fundamentalmente en épocas de lluvia, el compromiso de muchas de las personas en
otras actividades familiares, comunitarias y municipales hizo que no siempre se pudieran
llevar a cabo las actividades entre todos y todas, el desánimo porque las autoridades
no muestran una voluntad real, la percepción de no sentirse escuchado, el cansancio
de “los históricos” después de muchos años y lograr la sentencia; la preocupación por
algunas víctimas/familiares exclusivamente interesadas en la medida de indemnización
económica, el estigma por ser las voces del pasado, las amenazas y los problemas de
seguridad o las dificultades en mantener recursos económicos para el proceso.
Sin embargo, sobrellevando todas estas dificultades, el trabajo realizado con los
beneficiarios de las medidas de reparación ha permitido crear un proceso sólido de
recuperación de la memoria histórica desde las propias víctimas. Los sobrevivientes
de la masacre, no habían compartido sus experiencias en relación a la muerte de sus
seres queridos y de los esfuerzos que hicieron el 18 de julio 1982 por salvarlos y por
enterrarlos dignamente.
Los sobrevivientes de algunas comunidades aledañas, viven actualmente en una
situación de duelo alterado y, algunos de ellos, pensando que su familiar podría no
estar realmente muerto. El proceso ha permitido poder compartir pensamientos y
sentimientos que estaban silenciados por el miedo y el terror. Se han creado y fortalecido
lazos de solidaridad y apoyo que se encontraban destruidos desde hacía muchos años.
Generar el espacio para hablar y compartir las actividades realizadas durante tantos
años por las víctimas históricas ha servido para recuperar la dignidad del proceso, de
quienes lo llevaron a cabo y de sus resultados. En líneas anteriores, se mencionaba la
pérdida del carácter reparador de las medidas por un inadecuado proceso y falta de
información. Facilitando información y comunicación entre los beneficiarios de las
medidas se ha construido un grupo, que en la actualidad tiene la capacidad de continuar
luchando por el conjunto de medidas de reparación y no sólo por las medidas de
carácter económico.
La difusión y socialización en términos sencillos y con metodología pedagógica ha
servido para que todos y todas conozcan la sentencia y se apropien de ella, como
personas que deben exigir al Estado su cumplimiento.
Los grandes resultados del proceso son manifestados por los beneficiarios de las
medidas. Las personas de las comunidades aledañas, que no conocían del proceso ni
los resultados, manifiestan: “Gracias a los líderes de Plan de Sánchez por haber hecho todo
este trabajo por nuestros difuntos, y también gracias a ECAP por habernos dado la oportunidad
de conocer la sentencia y la lucha de las personas de Plan de Sánchez”
Las personas de Plan de Sánchez reconocen el trabajo: “Gracias a ECAP por llevar nuestra
lucha a las otras comunidades, así van a conocer de todo el esfuerzo que nosotros hicimos y
dejarán de pensar que sólo por nosotros hemos trabajado”
43
44
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
En las manifestaciones de las personas de las comunidades aledañas se desprende un cierto tono
de culpa por no haber apoyado a los “históricos” en todo el proceso, sobre todo aquellos a los
que se solicitó ayuda y testimonio en los momentos iniciales del proceso, a principios de los años
90; sin embargo en la actualidad intentan apoyar en el camino que queda todavía por recorrer
El trabajo también ha permitido que las personas se sientan más seguras y con menos miedo y
temor a hablar. “Entonces ahora ya se puede hablar de lo que nos pasó”
BIBLIOGRAFÍA
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Guatemala. Sentencia de 29 de abril de 2004 (Fondo)
http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_105_esp.pdf
Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso Masacre Plan de Sánchez Vs.
Guatemala. Sentencia de reparaciones 19 noviembre 2004
http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_116_esp.pdf
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contextos multiculturales" Serviprensa. Guatemala
Gómez, N. (2008) "Indigenous People and Psychosocial Reparation: The Experience
with Latin American Indigenous Communities" en Lenzerini "Reparations for
indigenous people" Oxford University Press. Oxford New York.
Gómez, N. (2009) "Peritaje Psicosocial por violaciones a derechos humanos" F&G
Editores. Guatemala
Gómez, N. "Healing Hidden Wounds" en Cultural Survival.
http://www.cs.org/publications/csq/csq-article.cfm?id=1979 (30/05/08)
Gómez, N. "Trabajo psicosocial con víctimas-sobrevivientes en el camino de la justicia
en Guatemala" en "Seminario-taller internacional. Integración de abordajes y
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Ed. ARFO Editores e impresores. Asociación AVRE.
Gómez, N.; Loarca, C. (2006) "Diversidad étnico-cultural y estrategia psicojurídica en
casos de violaciones a los derechos humanos" Instituto Interamericano de
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de tortura en procesos de litigio. Propuesta psicojurídica". Litografia e imprenta
Segura Hermanos S.A. San José de Costa Rica. Costa Rica
Martín Beristain, C (2009) "Diálogos sobre la reparación Volumen I y II" Instituto
Interamericano de Derechos Humanos en La página en la que está diálogos de
reparación
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http://www.iidh.ed.cr/BibliotecaWeb/Varios/Documentos/BD_1231064373/
Libro%20Beristain%20tomo%201.pdf
Tomo 2
http://www.iidh.ed.cr/BibliotecaWeb/Varios/Documentos/BD_1231064373/
Libro%20Beristain%20tomo%202.p
45
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Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
Martín Beristain, C (2010) "Manual sobre perspectiva psicosocial en la investigación
de derechos humanos". Universidad del País Vasco y Egoa. País Vasco. España
Martín Beristain, C. y F. Riera "Afirmación y Resistencia. La comunidad como apoyo"
http://www.psicosocial.net/es/centro-de-documentacion/doc_details/14afirmacion- y-resistencia-la-comunidad-como-apoyo (consultado 12/12/09)
Cabrera, L., Martín Beristain, C.; Albizu, J.L (1998) "Esa tarde perdimos el sentido"
Editorial El Centro. Guatemala. Guatemala
Programa Nacional de Salud Mental. Ministerio de salud pública y asistencia social.
(2007) "Protocolo para la atención en salud mental a poblaciones que sufrieron
violaciones a los derechos humanos y violencia política, durante el conflicto
armado interno" Ed. F & G Editores Guatemala. Guatemala.
ANEXO I
ANEXO II
Informe sobre el trabajo realizado con relación
a la medida de reparación psicosocial en el
caso de la masacre de Plan de Sánchez
entregado a la CorteIDH en seguimiento del
cumplimiento de sentencia.
Conglomerado de los tres informes
Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial – ECAP
Guatemala, 07 de agosto 2007
INDICE
1.-
Introducción.
53
2.-
La creación del Comité
54
3.-
Programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico
dirigido a un nivel individual, familiar y comunitario
56
3.1.-
Consideraciones y disposiciones de la Corte
56
3.2.-
En el primer informe del 2005, igualmente presentó un pequeño
diagnóstico previo, basado en el trabajo que realiza en campo.
61
4.-
3.2.1.-
Necesidades en la medida de reparación psicosocial
en la comunidad indígena de Plan de Sánchez.
61
3.2.2.-
Necesidades en la medida de reparación psicosocial
en las comunidades aledañas
62
Formación del personal del Centro de Salud Municipal de Rabinal
para que puedan dar atención médica y psicológica a víctimas de
graves violaciones a Derechos Humanos.
63
5.-
El papel de COPREDEH en las comunidades afectadas por la masacre.
64
6.-
Recomendaciones
65
51
1.- INTRODUCCIÓN.
Transcurrido dos años y 8 meses de la sentencia de reparaciones de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos, en el caso de la masacre de la comunidad
indígena de Plan de Sánchez, la organización no gubernamental guatemalteca, Equipo
de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial – ECAP – ha elaborado un consolidado
de los tres informes presentados, en virtud de sus apreciaciones en relación al proceso
llevado a cabo por el Estado de Guatemala en lo concerniente a las medidas de reparación
psicológica.
ECAP, durante el año 2006, ha venido llevando a cabo un proceso psicosocial con el
fin de que las personas puedan mantener el control de la ejecución de la sentencia y
llevar a cabo sus propias decisiones de forma informada y acorde a sus necesidades.
En este proceso se han formado 4 grupos con los beneficiarios de la sentencia de
reparaciones que viven en las comunidades de Ixchel, Concul, Conculito, Joya de
Ramos, Las Ventanas, Plan de Sánchez, Rabinal y Salamá. En este proceso se ha
abordado, junto con los líderes de la comunidad de Plan de Sánchez, y en reuniones
mensuales, la divulgación de su lucha por conseguir justicia y el contenido de la
sentencia con un pequeño documento con las disposiciones finales emitidas por la
Corte en palabras adaptadas a la población. Paulatinamente, en estos cuatro grupos,
se han ido desmenuzando cada una de las medidas de reparación. De forma paralela,
se ha trabajado con el grupo de representantes que son el nexo entre el conjunto de
comunidades y las autoridades nacionales encargadas de cumplir con las disposiciones
de la Corte. Por último, ECAP está llevando a cabo un pequeño estudio sobre el impacto
de la ejecución de las medidas de reparación.
Este trabajo en la región, las reuniones en el espacio de construcción del Comité de
salud y el análisis de los documentos presentados por el Ministerio de Salud nos
permiten ir dando seguimiento al trabajo realizado en el contexto del cumplimiento
de la medida de reparación en salud física y mental por parte del Ministerio de Salud
y el Programa Nacional de Salud Mental.
53
2.- LA CREACIÓN DEL COMITÉ
La Corte Interamericana de Derechos Humanos en su sentencia de reparaciones de 19
noviembre 2005, en el caso de la masacre de Plan de Sánchez ordena al Estado en su
disposición final número 7:
“El Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud
especializadas, el tratamiento médico que requieran las víctimas incluyendo, Inter. alia,
los medicamentos que puedan ser necesarios. Asimismo, el Estado debe crear un
programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico, el cual también
debe ser brindado en forma gratuita, en los términos de los párrafos 106 a 108 y 117
de la presente Sentencia”.
Y para ello, ordena igualmente en el apartado f) Tratamiento médico y psicológico, de las
consideraciones, que el Estado cree un Comité para el seguimiento de la medida, y
que el programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico comience
inmediatamente después de la creación de ese Comité,
108. Para estos efectos, el Estado debe crear un comité que evalúe la condición física
y psíquica de las víctimas, así como las medidas que respecto de cada una habría
que tomar. En este comité deberá tener una participación activa la organización
no gubernamental Equipo de Estudios Comunitarios de Acción Psicosocial,
(….). Guatemala deberá informar a esta Corte sobre la constitución de este
comité en el plazo de seis meses. Respecto del tratamiento médico y psicológico, éste
se debe iniciar inmediatamente después de la constitución del comité por un período de
cinco años.
Como se anotaba en el anterior informe, COPREDHE, CALDH, el Ministerio de Salud,
el Programa Nacional de Salud Mental, las víctimas y ECAP, se reunieron durante el
primer semestre del 2006 con el fin conformar el comité y establecer sus funciones,
participantes, finalidad y duración, y el propio Ministerio de Salud, consultó con su
departamento jurídico y aprobó, con breves modificaciones, las funciones propuestas
por el resto de los integrantes.
ECAP propuso las siguientes funciones del Comité:
•
Asesorar: (1) las formas de diagnóstico y evaluación de las necesidades
psicosociales de la comunidad. (2) Programas de trabajo psicosocial en la
comunidad, incorporando los temas de memoria histórica y derechos humanos,
según son planteados en las recomendaciones de la Comisión de Esclarecimiento
Histórico (3) Elaboración de las Normas y Protocolos de Atención en el caso
de daño psicosocial derivado de la violencia política y graves violaciones a
derechos humanos. (4) Contenido de formación para el personal del Centro
de Salud en el Municipio de Rabinal
•
Elaborar indicadores que permitan ver los avances del trabajo realizado por
el MPAS y PNSM.
54
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
55
•
Monitorizar y evaluar el trabajo llevado a cabo por el MPAS y el PNSM en
base a los indicadores.
•
Avalar las líneas de trabajo llevadas a cabo por el MPAS y el PNSM en respuesta
a la medida de reparación.
En base a las reuniones mantenidas entre todos, y en base a la resolución del departamento
jurídico del Ministerio de Salud, se acordó la creación de un Acuerdo Gubernativo, y
la redacción y firma de un acta inicial con el fin de dar por conformado el Comité. El
3 de noviembre 2006, se acuerda que finalmente, el Acuerdo será Ministerial y no
Gubernativo por lo tardado del trámite, siempre manteniendo la firma de un acta
temporalmente hasta la firma del Acuerdo Ministerial.
Desde el 1 de junio 2006 del anterior informe presentado a la Corte, los integrantes del
Comité, a excepción de los representantes del Ministerio de Salud, se han reunido en
tres ocasiones y no hay resultados concretos en materia de constitución del Comité a
fecha de 31 marzo 2007, incluyendo la firma del Acta de constitución que ya está escrito.
En el espacio de la conformación del comité se llegó al acuerdo y planificación de
reuniones mensuales, sin embargo éstas han sido continuamente canceladas por
COPREDHE, impidiendo que exista un proceso fluido de intercambio de información
y de construcción del modelo de trabajo psicológico y médico en la región obstaculizando
la ejecución de la medida de reparación ordenada por la Corte.
3.- PROGRAMA ESPECIALIZADO DE TRATAMIENTO
PSICOLÓGICO Y PSIQUIÁTRICO DIRIGIDO A UN NIVEL
INDIVIDUAL, FAMILIAR Y COMUNITARIO.
3.1.- Consideraciones y disposiciones de la Corte:
La Corte ordena en su disposición final número 7:
“El Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud
especializadas, el tratamiento médico que requieran las víctimas incluyendo, Inter. alia,
los medicamentos que puedan ser necesarios. Asimismo, el Estado debe crear un
programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico, el cual también
debe ser brindado en forma gratuita, en los términos de los párrafos 106 a 108 y 117
de la presente Sentencia.”
Consideración de la Corte apartado f) Tratamiento médico y psicológico numeral 106:
“Las víctimas que han rendido testimonio ante el Tribunal o han brindado su declaración
ante fedatario público (affidávit) han expresado padecer secuelas físicas o problemas
psicológicos como consecuencia de los hechos de este caso. Igualmente, la perito Nieves
Gómez Dupuis manifestó durante la audiencia pública que las víctimas sobrevivientes
de la masacre presentan lesiones a la salud mental y enfermedades psicosomáticas. La
Corte estima que es preciso que se disponga una medida que tenga el propósito de
reducir los padecimientos físicos y psicológicos de las víctimas del presente caso
(supra párr. 49.10), derivados de la situación de las violaciones, si ellos así lo
desean”.
Consideración de la Corte apartado f) Tratamiento médico y psicológico numeral 107.
“Con el fin de contribuir a la reparación de estos daños, el Tribunal dispone que el
Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud especializadas,
el tratamiento médico que requieran las víctimas incluyendo, Inter. alia, los medicamentos
que puedan ser necesarios. Asimismo, el Estado debe crear un programa especializado
de tratamiento psicológico y psiquiátrico, el cual también debe ser brindado en
forma gratuita. Al proveer el tratamiento psicológico y psiquiátrico se deben considerar
las circunstancias particulares de cada persona, las necesidades de cada una
de ellas, de manera que se les brinden tratamientos colectivos, familiares e
individuales. Dicho tratamiento debe desarrollarse después de una evaluación individual,
según lo que se acuerde con cada una de ellas”.
En su primer informe presentado a finales del 2005, ECAP presentó lo siguiente en
relación al trabajo realizado por el Ministerio de Salud y el Programa Nacional de
Salud Mental.
Con el fin de realizar las consideraciones oportunas al trabajo realizado por el Estado
en relación a las medidas de reparación psicológica, exponemos de forma breve, las
56
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
57
acciones llevadas a cabo por el Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud
Mental, entidad que depende de dicho Ministerio. Estas dos entidades, en el marco de
sus programas establecidos para trabajar en el país, han intencionado acciones a raíz
de la sentencia, en la actualidad de forma incompleta, las cuales mencionamos a
continuación:
1.-
El Ministerio de Salud (MPAS) y el Programa Nacional de Salud Mental (PNSM),
junto con COPREDHE, ECAP y las víctimas, iniciaron un programa para dar
respuesta a las medidas de reparación en salud física y mental al que denominaron
“Plan de Salud Integral, con especial énfasis en Salud Mental” como respuesta
a la sentencia de reparaciones de la Corte en el caso Plan de Sánchez. Este plan
queda plasmado en el documento “Informe de Resarcimiento Psicosocial” de la
Comisión Ministerial para el Resarcimiento Psicosocial del Ministerio de Salud
Pública, junio 2005 y que fue presentado oficialmente en ese mes a la Comisión
Presidencial de Derechos Humanos (COPREDHE).
2.-
El objetivo general del programa es “Desarrollar un proceso de promoción de la
salud, prevención específica, atención y rehabilitación de los trastornos psíquicos
en al población de Rabinal, mediante el fortalecimiento de servicios”
En dicho objetivo general no se menciona la especificidad del “daño derivado de
la masacre y otros hechos de impunidad”, y de esta forma situarlo en un contexto
de violencia política.
Por otro lado, el “tratamiento de trastornos psíquicos”, limita el trabajo a realizar,
a un enfoque individual y patológico, cuando el daño en estas situaciones de
graves violaciones a derechos humanos, se extiende a la comunidad, a la familia,
y a la sociedad. No se trataría de hablar de trastorno psíquico, sino de una
“respuesta normal (ansiedad, angustia, tristeza etc..), a una situación anormal
(ser víctima de una masacre y otros hechos de impunidad)”
3.-
El Programa Nacional de Salud Mental, tiene un programa de Información,
Educación y Comunicación – IEC, dirigido a personal institucional (p.ej. maestros)
y personal comunitario, que aborda cuatro ejes temáticos: violencia, adiciones,
trastornos psicosociales y desastres.
Hasta la fecha el eje de violencia se ha centrado en la violencia intrafamiliar y la
violencia en las pandillas juveniles, sin incorporar la violencia política y graves
violaciones a Derechos Humanos, ni el daño en la segunda generación derivado
de los mismos. Según las personas que trabajan en esta sección del Ministerio de
Salud, la violencia política no ha sido nunca considerada como importante en la
cartera de servicios, y solo a raíz de la sentencia de reparaciones del caso Plan de
Sánchez, se empieza a visualizar la necesidad de darle un abordaje específico.
4.-
El Programa Nacional de Salud Mental, tiene dentro de sus acciones con niños
y jóvenes dos programas: “escuelas saludables” y “espacios amigables”. Las
“escuelas saludables” van dirigidas al autocuidado y autolimpieza; y los “espacios
amigables” a la prevención de enfermedades, prevención de embarazos,
58
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
VIH-SIDA, autoestima, salud mental, drogas, alcoholismo y educación sexual.
Existe la estrategia “los adultos apoyen” para que los padres conformen comités
en las escuelas y de esta forma también se involucren en las medidas de salud.
Para dar respuesta a estas necesidades y en el contexto de los protocolos y normas
de atención, el PNSM dispone de tres protocolos: (1) Protocolo para trabajo con
niños, (2) protocolo para trabajo con jóvenes y (3) protocolo para trabajo con la
familia; y en todos ellos se abordan las problemáticas antes mencionadas, desde
sus niveles de prevención, promoción, atención y rehabilitación.
Estos programas no contemplan los temas de violencia política y las
recomendaciones de la Comisión de Esclarecimiento Histórico de Guatemala
5.-
En el Programa Nacional de Salud Mental, los psicólogos deben prestar 30% de
atención clínica individual y 70% de atención en la comunidad.
6.-
El Ministerio de Salud contrató a una psicóloga desde el mes de junio 2005, y en
los términos de referencia del contrato, presentado en el “Informe de Resarcimiento
Psicosocial”, se obliga a la psicóloga a cumplir con las acciones que reflejadas en
las Normas y Protocolos de Atención del PNSM, sin embargo, el contenido de
los protocolos no contempla en trabajo con víctimas de graves violaciones a
derechos humanos.
7.-
Observación final: El enfoque teórico que sustenta al modelo desarrollado por
el Programa Nacional de Salud Mental, parte del sujeto individual como actor
de cambios, y del concepto de autoestima y capacidad de valorarse a sí mismo
para poder valorar a los demás. Desde este enfoque, queda excluida la acción
externa hacia el sujeto, el trabajo con comunidades, el contexto social y cultural,
y muy específicamente, queda totalmente excluida la violencia política y todas
las consecuencias que esta tuvo (daño en la segunda generación, estigmatización
hacia las víctimas, discriminación, miedo, silencio, falta de participación social,
revictimización, amenazas, impunidad, duelo alterado etc…) de las que hace
reflejo el peritaje presentado por Nieves Gómez, a la Corte en la audiencia de
reparaciones.
La salud mental, está centrada en lo individual y la patologización de la persona:
maltrato infantil, salud mental en situación de desastres, trastornos psíquicos: síndrome
de Down, adicciones, depresión en niños, retraso mental, trastorno de hiperactividad
y déficit de atención8.
El ECAP en su trabajo psicosocial desde 1998 busca reducir los daños psicosociales
provocados por las masacre y otros hechos de impunidad en Guatemala. Para ello, se
8
Ministerio de Salud Pública. Dirección General de Regulación, vigilancia y control de la Salud. Departamento de Regulación de los
Programas de Atención a las Personas. Programa Nacional de Salud Mental “Escuelas saludables. Mochilas de la salud”. Sin fecha
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
59
propone que se desarrollen los siguientes tres procesos: (1) Generar espacios para
expresar sentimientos y pensamientos derivados de las graves violaciones a derechos
humanos; y de esta forma conocer que otros sufren igual, y que no solo unos fueron
víctima de la violencia política (2) En ese espacio de intercambio de la palabra, una vez
que el proceso anterior ha sido elaborado, se abordan los mecanismos de afrontamiento
individuales, familiares y comunitarios, que se han venido utilizando para salir adelante
de la situación traumática, de esta forma compartirlos, y que sirvan de modelo a otros.
Se reflexiona sobre los mecanismos utilizados y también se proponen y crean nuevos.
(3) En este último momento, el grupo ha evolucionado de un espacio donde el daño
es “privatizado”, donde el grupo es cerrado; a un grupo que quiere dar a conocer su
daño a la sociedad, y que se reconozca el sufrimiento vivido y la falta de justicia hacia
los responsables. El grupo se convierte en un actor social, con sus propias metas y
necesidades como víctimas.
Para la evolución de un proceso o etapa a otro, no hay tiempos y depende del contexto
histórico, social y local, y de los integrantes del grupo. Igualmente, no son etapas
inamovibles, y al considerarlos como procesos, unas veces avanzan y otras retroceden
siendo necesario siempre tener presente los sentimientos y pensamientos y los
mecanismos de afrontamiento también en la fase 3) o el grupo como actor social. Esta
situación es particularmente importante en contextos de impunidad como el que vive
la comunidad de Plan de Sánchez, sujeta a la falta de reparación, impunidad,
estigmatización social etc.. que genera emociones, sentimientos y pensamientos muchas
veces de cólera y enojo, que es necesario canalizar para que las personas generen
acciones propositivas.
A fecha de marzo 2007, el Programa Nacional de Salud Mental elaboró a finales de año
un “Protocolo para la atención en salud mental a poblaciones que sufrieron violaciones
a los derechos humanos y violencia política, durante el conflicto armado interno” con
la opinión de organizaciones que trabajan en Salud Mental, tal y como ECAP había
recomendado en sus anteriores informes a la Corte. Este Protocolo supone un avance
significativo en el desarrollo de un programa de atención psicológica a las víctimas de
violencia política en el país, que deberá tomarse en cuenta para los beneficiarios de las
comunidades afectadas por la masacre de Plan de Sánchez y el cumplimiento de la
medida de reparación.
Las personas contratadas por el Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud
Mental comenzaron su trabajo en junio 2005 en el Municipio de Rabinal por lo que se
requiere que este personal sea capacitado en el nuevo Protocolo elaborado por el
Ministerio de Salud, con el fin de adecuar sus habilidades y capacidades al marco
teórico y metodológico del mismo y ajustarse al cumplimiento efectivo de la medida
de reparación psicológica y médica.
Los resultados del diagnóstico elaborado por el Ministerio de Salud y el Programa
Nacional de Salud Mental entregados en el mes de noviembre 2006 en el espacio de
la conformación del Comité, requieren de ampliar y reflejar algunos aspectos que se
han invisibilizado, siendo los más destacados, la necesidad de tratar la situación de
duelo alterado de las personas que viven en las comunidades aledañas a Plan de
60
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
Sánchez en grupos terapéuticos9, que ECAP reflejó en su primer informe a la Corte, y
que se ratifica con las palabras de alguna de las víctimas cuando dice: “Yo todavía no
creo que mi hijo muriera, y todavía hoy lo espero”
Otro elemento a tener en cuenta en el diagnóstico es que debe crearse una estrategia psicosocial
dirigida a disminuir la estigmatización existente hacia las víctimas.
El Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental presentaron en su propuesta
de atención en junio 2005, la contratación de una persona con perfil de Promotor/a de Salud
Mental con el fin de adaptar la asistencia psicológica al contexto multicultural y ésto no ha sido
llevado a cabo. El “Protocolo para la atención en salud mental a poblaciones que sufrieron
violaciones a los derechos humanos y violencia política, durante el conflicto armado
interno”menciona:
“Garantizar que las actividades de salud mental se realicen en su idioma materno, ya
sea con personal bilingüe y el uso de traductores capacitados en salud mental.10
Dentro de un proceso de trabajo psicosocial con víctimas de violencia política son
elementos principales la confianza, constancia, seguridad y estabilidad en el trabajo
psicológico y psicosocial. Sin ellos, no es posible llevar a cabo un trabajo terapéutico.
Es necesario resaltar que, las acciones llevadas a cabo por el Centro de Salud en Rabinal
y por el Programa Nacional de Salud Mental en la región, no han sido compartidas,
ni discutidas en el espacio del Comité, dificultando la construcción de las medidas de
reparación psicológica y médica que respecto de cada una habría que tomar de forma
conjunta Ministerio de Salud, Programa Nacional de Salud Mental, ECAP y las víctimas,
para dar cumplimiento a las disposiciones de la Corte.
Por último, de la información obtenida en el estudio que ECAP está llevando a cabo
sobre el destino del dinero de las medidas económicas de reparación emitidas por la
Corte, varias víctimas indican que lo utilizaron para tratamientos médicos. Esto señala
que varias personas no están encontrando en el Estado la ejecución de la medida: “el
Tribunal dispone que el Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de
salud especializadas, el tratamiento médico que requieran las víctimas incluyendo, Inter. alia,
los medicamentos que puedan ser necesarios”
En conclusión, para el adecuado cumplimiento de la medida de reparación psicológica
y medica ordenada por la Corte, se ha dado un primer paso con la elaboración del
9
Los grupos poseen recursos para el apoyo de sus miembros, la interacción, la comunicación y el propio proceso de grupo son la fuente
de apoyo para sus miembros. La narrativa de las experiencias vividas por los miembros del grupo y su comunicación a los otros, es
una forma de conversación social que en si misma es una actividad que genera sentido, revelan las emociones del que narra, su
participación en la situación narrada, la manera en que la situación le afecto y como fue enfrentada. La narración de experiencias
constituye la construcción de una verdad narrada, que puede ser validada por los otros y que se convierte en una puerta de entrada a
la experiencia subjetiva e intersubjetiva de los miembros del grupo”. Pág. 20 (Noviembre 2006) Ministerio de salud pública y asistencia
social. Programa Nacional de salud mental. “Protocolo para la atención en salud mental a poblaciones que sufrieron violaciones a los
derechos humanos y violencia política, durante el conflicto armado interno”.
10
Pág. 20. (Noviembre 2006) Ministerio de salud pública y asistencia social. Programa Nacional de salud mental. “Protocolo para la
atención en salud mental a poblaciones que sufrieron violaciones a los derechos humanos y violencia política, durante el conflicto
armado interno”.
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
61
Protocolo por parte del Programa Nacional de Salud Mental, pero sigue siendo necesario
la formación al personal de salud que trabaja la ejecución de esta medida de reparación
y también necesario que las formas de tratamiento sean propuestas y consensuadas en
el espacio del Comité. Igualmente se percibe una distancia entre el sector salud de
Rabinal que ejecuta directamente la medida y las directrices que se mantienen en el
espacio del Comité ubicado en la ciudad capital, siendo adecuado que el espacio
municipal y central tengan lineamientos comunes y coordinados.
3.2.- En el primer informe del 2005, igualmente presentó un pequeño diagnóstico
previo, basado en el trabajo que realiza en campo.
Como se mencionó anteriormente, ECAP, continuó trabajando con la comunidad de
Plan de Sánchez y las comunidades aledañas, con el fin de que conocieran la sentencia,
que el grupo de representantes de las víctimas realizara una adaptación pedagógica
de la misma, y en definitiva, que se conviertan en actores sociales en la búsqueda de
la ejecución de la sentencia acorde con sus necesidades. En este contexto, se hizo visible
el estado diferencial en el que se encuentran las víctimas de unas comunidades y otras,
en relación al daño a la salud mental derivado de la masacre. Por ello, reflejamos a
continuación, un diagnóstico diferencial inicial, basado en la observación participante
y el trabajo con el grupo de representantes víctimas. Estas observaciones, indican que
es necesaria la intervención psicosocial inmediata, fundamentalmente en las comunidades
aledañas.
3.2.1.- Necesidades en la medida de reparación psicosocial en la comunidad indígena
de Plan de Sánchez.
En la comunidad indígena de Plan de Sánchez, según los procesos de trabajo psicosocial
que propone el ECAP se encuentra en una etapa en la que el grupo es actor social y
sujeto de su propia historia; podemos decir que se encuentra en una etapa 3. Si bien
el grupo se ha convertido en actor social, siempre es necesario seguir trabajando con
ellos desde una perspectiva psicosocial por encontrarse en situación de proceso, y por
el contexto de impunidad y amenazas en el que se encuentra precisamente por decidir
ser actor social y testigo de la historia.
El Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental deben, en Plan de
Sánchez (1) incorporarse al trabajo con el grupo como actor social. (2) llevar a cabo
atención clínica en la comunidad, a personas que se encuentren gravemente dañadas
en su salud mental, ya que nunca se ha dado este tipo de atención (3) elaborar un
programa de trabajo psicosocial específico para atender el daño en la segunda generación.
En este sentido, ECAP ha dado unos pasos iniciales en la telesecundaria de la comunidad,
generando espacios con los jóvenes para hablar de memoria histórica e identidad; e
igualmente trabajó con ellos para la presentación de la obra de teatro en el acto de
reconocimiento y petición de perdón por parte del Estado, el día 18 de julio 2005.
62
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
3.2.2.- Necesidades en la medida de reparación psicosocial en las comunidades aledañas
Las comunidades aledañas, son en su mayoría ladinas, no fueron comunidades arrasadas
y la participación en las patrullas de Autodefensa Civil fue muy alta. Las víctimas que
actualmente buscan justicia y reparación, perdieron a sus familiares (fundamentalmente
madres, esposas, hermanas e hijas) porque cruzaron la aldea el día de la masacre al
regresar del mercado en Rabinal. Esta situación ha producido, que las personas hoy
en día vivan en una situación de duelo alterado.
Son comunidades donde conviven víctimas y victimarios, y eso ha implicado a las
víctimas que buscan verdad y justicia, una situación de amenazas, miedo y
amedrentamiento constante al interior de su comunidad, situación que se ha agravado
después del acto de reconocimiento y petición de perdón por parte del Estado el 18 de
julio 2005; y la expectativa de la reparación económica.
En estas comunidades nunca se ha realizado ningún tipo de trabajo psicosocial, ni
psicológico, y es por ello que el Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud
Mental deben iniciar los procesos desde un momento inicial, con el aval del Comité.
Consideramos que es urgente e importante iniciar el trabajo, ya que desde hace tres
meses las personas han manifestado que están siendo amedrentados por sus propios
vecinos y esta situación les está generando problemas en su salud mental. Igualmente
importante, es comenzar a trabajar la situación de duelo alterado que viven las víctimas
de la comunidad. Para ello, se recomienda tener presente la forma de trabajo que se
ha venido exponiendo en líneas anteriores.
4.- FORMACIÓN DEL PERSONAL DEL CENTRO DE SALUD
MUNICIPAL DE RABINAL PARA QUE PUEDAN DAR
ATENCIÓN MÉDICA Y PSICOLÓGICA A VÍCTIMAS DE
GRAVES VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS.
Disposición final número 9: “El Estado debe desarrollar en las comunidades de Plan
de Sánchez, Chipuerta, Joya de Ramos, Raxjut, Volcanillo, Coxojabaj, Las Tunas, Las
Minas, Las Ventanas, Ixchel, Chiac, Concul y Chichupac los siguientes programas:
(…)y e) establecimiento de un centro salud en la aldea de Plan de Sánchez con el personal
y las condiciones adecuadas, así como la formación del personal del Centro de Salud
Municipal de Rabinal para que puedan brindar atención médica y psicológica,
a las personas que se hayan visto afectadas y que requieran de este tipo de tratamiento,
en los términos de los párrafos 109 a 111 y 117 de la presente Sentencia”.
En el Plan de Salud integral con especial énfasis en Salud Mental presentado por el
Ministerio en junio 2005, se contempla la formación del personal del Centro de Salud
Municipal, sin embargo, está pendiente (1) la presentación de cual sería el contenido
de formación y que este tuviera el aval del Comité y (2) Se inicien las acciones,
planificación y cronograma de dicha capacitación.
Es una buena oportunidad la elaboración del “Protocolo para la atención en salud
mental a poblaciones que sufrieron violaciones a los derechos humanos y violencia
política, durante el conflicto armado interno” como base para la currícula de la formación
para los trabajadores del Centro de Salud de Rabinal y específicamente de las personas
que trabajan en el área de Plan de Sánchez y de esta forma cumplir de forma adecuada
con la medida de reparación psicológica y médica a las víctimas de la masacre.
63
5.- EL PAPEL DE COPREDEH EN LAS COMUNIDADES
AFECTADAS POR LA MASACRE.
En el mes de marzo 2006, COPREDEH abrió una oficina en el Municipio de Rabinal
y contrató una persona maya achí. Valoramos positivamente el esfuerzo de acercar sus
oficinas a la población con el fin de atender los compromisos de la sentencia de
reparaciones. Sin embargo, las funciones y mandato del personal contratado no han
sido presentados ante las comunidades ni ante las personas involucradas en el Comité.
Consideramos igualmente, que por el contexto de trabajo, el personal contratado por
COPREDEH para la ejecución de la sentencia, debe tener una inducción adecuada y
un conocimiento profundo de la historia de las comunidades y del contenido de las
sentencias de fondo y de reparaciones del presente caso.
“El Estado debe pagar la cantidad fijada en el párrafo 104 de la presente
sentencia, para el mantenimiento y mejoras en la infraestructura de la capilla
en la cual las víctimas rinden tributo a las personas ejecutadas en la Masacre
Plan de Sánchez.11
En el marco de la entrega del pago de un tercio del dinero para el mantenimiento de
la capilla de Plan de Sánchez, como monumento a las víctimas, en el mes de septiembre
2006, COPREDHE, ofreció distribuir el tercio del dinero entre los representantes de las
comunidades para que cada uno utilizara el dinero para la capilla de forma individual.
Los representantes rechazaron esta propuesta y le dijeron que debía ser un solo cheque
depositado en una cuenta bancaria mancomunada con personas de varias comunidades.
Se hace mención de esta situación en el sentido de reflejar que acciones tienen
repercusiones negativas en la reconstrucción del tejido social y generan división entre
los propios beneficiarios de la sentencia, cuando el fin último de la reparación psicológica
y psicosocial es la recuperación del tejido social y el restablecimiento de las relaciones
de confianza.
11
Disposición final número 6. “Corte Interamericana de derechos humanos caso masacre Plan de Sánchez vs. Guatemala reparaciones
(art. 63.1 de la convención americana sobre derechos humanos) sentencia de 19 de noviembre de 2004. Costa Rica
64
6.- RECOMENDACIONES
A continuación, y tomando en cuenta lo expuesto en apartados anteriores, se expondrá
cuales son las necesidades, que debe ir incorporando el Ministerio de Salud y el
Programa Nacional de Salud Mental en el desarrollo del trabajo para dar respuesta a
la necesidad de reparación psicosocial derivada de la masacre y otros hechos de
impunidad posteriores en la comunidad indígena de Plan de Sánchez y las comunidades
aledañas que también fueron afectadas.
1.-
Resaltarla idea de que nos encontramos ante “una respuesta normal, ante una
situación anormal” y que la existencia de trastornos psíquicos y patológicos y su
correspondiente tratamiento, no deberían ser el objetivo último de la medida de
reparación. La salud mental debe ser entendida de forma global, y no individual
y clínica exclusivamente. Las víctimas, viven actualmente una continua
estigmatización social, amenazas e impunidad, falta de reconocimiento social de
los hechos vividos, discriminación y racismo, imposibilidad de compartir su
experiencia en espacios públicos, miedo a la participación social y política etc…
que provocan en la persona, familia y comunidad un deterioro de su salud mental.
Es por tanto necesario, trabajar con las víctimas, y es indispensable igualmente
el trabajo con la sociedad o los espacios comunitarios (escuelas, programas radiales,
comités de desarrollo locales y municipales etc.), con el fin de que las víctimas
puedan dar a conocer a nivel local los hechos ocurridos, el porqué de los mismos
y romper los silencios que permiten que los victimarios permanezcan en el poder
y continúen amedrentando y estigmatizando a las víctimas.
2.-
Elaborar un plan de trabajo psicosocial, junto con las víctimas de la masacre,
y con el visto bueno del comité, con el fin de que las acciones correspondan a
las necesidades de las víctimas, tal y como se plantea en el Plan de Salud Integral
con especial énfasis en Salud Mental y en el marco del “Protocolo para la
atención en salud mental a poblaciones que sufrieron violaciones a los derechos
humanos y violencia política, durante el conflicto armado interno” del Programa
Nacional de Salud Mental.
3.-
Es necesario la implementación inmediata de la medida de reparación psicosocial,
con el visto bueno del Comité, en las comunidades aledañas de Plan de Sánchez.
Las víctimas en estas comunidades se encuentran en una situación de amenazas,
miedo y duelo alterado y las víctimas nunca han sido atendidas.
4.-
Dar una mayor coherencia a las necesidades de salud física y mental como
respuesta a las necesidades de la población guatemalteca en su conjunto, frente
a las necesidades en salud física y mental que se derivan de ser víctima de una
masacre, si el objetivo del plan es la reparación. Además de esta obligación de
debido cumplimiento constitucional, se añade la obligación de dar respuesta
a los daños y efectos en la salud física y mental en las víctimas de la masacre
5.-
Realizar exámenes en profundidad con las correspondientes pruebas, para
discriminar entre enfermedades físicas y psicosomáticas, tal y como se plantea
65
66
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
en el peritaje presentado a la Corte en la sentencia de reparaciones por Nieves
Gómez y en los resultados del diagnóstico elaborado por el Ministerio de Salud
y el Programa Nacional de Salud Mental
6.-
En el Plan de Salud Integral con especial énfasis en Salud Mental, queda
desdibujado el daño producido por la violencia política y graves violaciones a
Derechos Humanos, y en este caso por la masacre, y como consecuencia de ello,
las acciones de reparación quedarían igualmente difuminadas. Se hace pues,
necesario, visualizar una respuesta específica a la situación descrita en el peritaje
presentado a la Corte en la audiencia de reparaciones en el mes de abril 2004:
miedo, desconfianza profunda, silencio, duelo alterado, trastorno de estrés
postraumático, daño en la segunda generación, estigmatización hacia las víctimas,
culpabilidad, miedo a la participación social, situación de niñez desaparecida,
desplazamiento interno, pérdida del proyecto de vida y educación en respeto a
los Derechos Humanos.
7.-
Incorporar en el programa de Información, Educación y Comunicación – IEC, los
derechos humanos y los temas relacionados con la construcción de una sociedad
en paz.
8.-
Incorporar en las “escuelas saludables” y “espacios amigables” programas (1)
en Derechos Humanos adaptados para las edades a las que van dirigidos; (2)
Memoria Histórica, (3) Cultura y respeto a la interculturalidad.
9.-
Incorporar en el trabajo con Profesores capacitaciones en derechos humanos,
historia de la masacre, efectos y afrontamientos de la violencia política, cultura
y respeto a la interculturalidad.
10.-
Por la importancia de las Normas y Protocolos de Atención como herramienta
de trabajo para el Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental,
es conveniente y necesario, incorporar un protocolo específico para trabajo
psicosocial con víctimas de graves violaciones a derechos humanos. Esta
necesidad se refleja en el plan de trabajo realizado por el MPAS y presentado
en el mencionado informe, en su actividad 4 “Fortalecer y desarrollar instrumentos
y metodología para la atención y recuperación psicosocial de las poblaciones
víctimas de la violencia política”, consideramos conveniente, tal y como se
plantea en las tareas a realizar en el plan del MPAS; revisar los instrumentos
metodológicos existentes del Programa Nacional de Salud Mental y la actualización
de los mismos (Módulos de trabajo psicosocial con niñez, adolescencia y familias,
Manual de capacitación y Normas); y elaborar un módulo de trabajo o protocolo,
específico para abordar el trabajo psicosocial con víctimas de graves violaciones
a derechos humanos. Este protocolo se debe trabajar de forma paralela a las
líneas y necesidades de trabajo psicosocial que se construyan con las víctimas,
y con el visto bueno del comité; y que la evolución de este trabajo sirva de
insumo para la construcción del protocolo.
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
67
11.- Este “plan de salud integral con especial énfasis en salud mental” supone la primera
iniciativa por parte del Estado de incorporar el trabajo psicológico y psicosocial
con víctimas de violencia política y graves violaciones a Derechos Humanos, y
es por ello que se hace necesario que el Ministerio de Salud en su Programa
Nacional de Salud Mental elabore e incorpore, al igual que lo ha hecho para otras
necesidades; las Normas de Atención y Protocolo de salud mental derivado de las
situaciones de violencia política y graves violaciones a los Derechos Humanos.
12.- Por la inexistencia de esta cartera de servicios en el programa, sería conveniente
y recomendable, que la elaboración de estas Normas y Protocolo de actuación, se
realizarán con el asesoramiento de una organización que tenga experiencia en
trabajo con salud mental y violencia política, con el Programa Nacional de
Resarcimiento en su sección de reparación psicosocial en el contexto del conflicto
armado interno y con el visto bueno del Comité.
13.- Formalización con Acuerdo Ministerial del Comité como ente garante del
cumplimiento de la medida de reparación psicosocial acorde con las necesidades
de las víctimas y en su defecto del acta de la reunión donde se acordó la constitución
del mismo.
14.- Incorporación en el Comité de tres personas representantes de las comunidades:
dos hombres y una mujer 15.- Por las condiciones de pobreza, el Estado de
Guatemala facilite el desplazamiento, alojamiento y gastos derivados de la
participación en el Comité de las personas de las comunidades siempre y cuando
así lo deseen.
16.-
Mayor relación, comunicación y coherencia entre el trabajo realizado por el
Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental en Rabinal y las
comunidades beneficiarias de la sentencia, el Protocolo de Normas y Atención
a víctimas del Conflicto Armado Interno y el Comité de salud que tiene por
objeto dar el seguimiento a las medidas de reparación psicológica y social.
17.-
Trabajar en grupos terapéuticos abordando la situación de duelo alterado y la
estigmatización hacia las víctimas
18.-
Contratar a promotores de salud mental comunitaria maya achí capacitándolos
con el “Protocolo para la atención en salud mental a poblaciones que sufrieron
violaciones a los derechos humanos y violencia política, durante el conflicto
armado interno”
19.-
Formación al personal de salud de Rabinal y a las psicólogas que trabajan en
el Municipio sobre aplicación del “Protocolo para la atención en salud mental
a poblaciones que sufrieron violaciones a los derechos humanos y violencia
política, durante el conflicto armado interno”
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
68
20.-
Que COPREDEH elabore, consensue y presente al Comité, un plan de ejecución
del conjunto de medidas de reparación teniendo en cuenta la repercusión que
dichas medidas pueden tener en la recuperación del tejido social frente a generar
división entre las personas.
Equipo de Estudios Comunitarios
y Acción Psicosocial – ECAP
Guatemala 07 agosto 2007
ANEXO II
Informe sobre el trabajo realizado con relación
a la medida de reparación psicosocial en el
caso de la masacre de Plan de Sánchez
entregado a la CorteIDH en el seguimiento de
la ejecución de la sentencia.
(5° informe)
Equipo De Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial – ECAP
Guatemala, Febrero 2010
INDICE
1.-
Introducción.
73
2.-
La creación del Comité
74
3.-
Programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico
dirigido a un nivel individual, familiar y comunitario
76
3.1.-
Consideraciones y disposiciones de la Corte
76
3.2.-
El trabajo psicosocial del ECAP después de la sentencia hasta
la fecha.
76
3.3.-
“El Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus
instituciones de salud especializadas, el tratamiento médico
que requieran las víctimas incluyendo, Inter. alia, los
medicamentos que puedan ser necesarios”
77
“Al proveer el tratamiento psicológico y psiquiátrico se deben
considerar las circunstancias particulares de cada persona, las
necesidades de cada una de ellas, de manera que se les brinden
tratamientos colectivos, familiares e individuales”
79
3.5.-
Creación de la “Unidad de atención de la salud de los Pueblos
Indígenas e interculturalidad de Guatemala”
80
3.6.-
Monitoreo de otras medidas de reparación desde la perspectiva
psicosocial
80
3.4.-
3.6.1.-
Donde, quien y como atiende las necesidades de las
víctimas-sobrevivientes y sus familiares.
81
3.6.2.-
La construcción de las viviendas.
81
3.6.3.-
“Estudio y difusión de la cultura maya achí en las
comunidades afectadas” y “dotación de personal
docente capacitado en enseñanza intercultural y
bilingüe en la educación primaria, secundaria y
diversificada de dichas comunidades”
82
71
72
4.-
5.-
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
Formación del personal del Centro de Salud Municipal de Rabinal
para que puedan dar atención médica y psicológica a víctimas de
graves violaciones a Derechos Humanos.
84
Conclusiones y recomendaciones
85
1.- INTRODUCCIÓN
Transcurrido cinco años de la sentencia de reparaciones de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos, en el caso de la masacre de la comunidad indígena de Plan de
Sánchez, y dos años del último informe presentado, la organización no gubernamental
guatemalteca, Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial – ECAP – ha
elaborado un quinto informe, en virtud de sus apreciaciones en relación al proceso
llevado a cabo por el Estado de Guatemala en lo concerniente a las medidas de reparación
psicológica y médica.
ECAP, durante el año 2009, continuó llevando a cabo un proceso psicosocial con el fin
de que las víctimas sobrevivientes mantuvieran una participación activa en el proceso
de ejecución de la sentencia y llevar a cabo sus propias decisiones de forma informada
y acorde a sus necesidades. En este proceso se ha continuado con el trabajo de los cinco
grupos con los beneficiarios de la sentencia de reparaciones que viven en las diferentes
comunidades y con desplazados en la ciudad capital. De forma paralela se ha continuado
con el trabajo con el grupo de representantes de las comunidades, y se ha propiciado
la continuidad de la mesa de trabajo local en el Municipio de Rabinal, donde se reúne
el sector salud del Municipio, las personas de COPREDEH locales, ECAP, los
representantes legales (CALDH) y los representantes de las víctimas.
De forma paralela, ECAP ha abierto espacios de formación, de un lado, junto con el
sector salud local de Rabinal y, de otro con el Programa Nacional de Salud Mental, con
el fin de capacitar a personal del sector salud de Rabinal y psicologo/as del Programa
Nacional de Salud Mental que trabajan en toda la República, para atender de forma
adecuada a las víctimas/sobrevivientes del Conflicto Armado Interno en Guatemala.
El trabajo en la región de Rabinal y las reuniones en el espacio de construcción del
Comité de salud nos permiten ir dando seguimiento al trabajo realizado en el contexto
del cumplimiento de la medida de reparación en salud física y mental por parte del
Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental.
73
2.- LA CREACIÓN DEL COMITÉ
La Corte Interamericana de Derechos Humanos en su sentencia de reparaciones de 19
noviembre 2005, en el caso de la masacre de Plan de Sánchez ordena al Estado en su
disposición final número 7:
“El Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud especializadas,
el tratamiento médico que requieran las víctimas incluyendo, Inter. alia, los medicamentos que
puedan ser necesarios. Asimismo, el Estado debe crear un programa especializado de
tratamiento psicológico y psiquiátrico, el cual también debe ser brindado en forma gratuita,
en los términos de los párrafos 106 a 108 y 117 de la presente Sentencia”.
Y para ello, ordena igualmente en el apartado f) Tratamiento médico y psicológico, de las
consideraciones, que el Estado cree un Comité para el seguimiento de la medida, y que
el programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico comience
inmediatamente después de la creación de ese Comité,
108. Para estos efectos, el Estado debe crear un comité que evalúe la condición física
y psíquica de las víctimas, así como las medidas que respecto de cada una habría
que tomar. En este comité deberá tener una participación activa la organización
no gubernamental Equipo de Estudios Comunitarios de Acción Psicosocial,
(….). Guatemala deberá informar a esta Corte sobre la constitución de este
comité en el plazo de seis meses. Respecto del tratamiento médico y psicológico, éste
se debe iniciar inmediatamente después de la constitución del comité por un período de
cinco años.
A finales del año 2007 se conformó el comité con las siguientes funciones:
a) Asesorar y participar con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y al
Programa Nacional de Salud Mental, en relación a los siguientes contendidos
temáticos:
•
Las formas de diagnóstico y evaluación de las necesidades psicosociales de la
comunidad.
•
Los programas de trabajo psicosocial en la comunidad, incorporando los temas
de memoria histórica y derechos humanos, según se plantean en las recomendaciones de la Comisión de Esclarecimiento Histórico.
•
Elaboración de las Normas y Protocolos de Atención en el caso de daño psicosocial
derivado de la violencia política y graves violaciones a derechos humanos;
•
Los planes de capacitación para el personal del Centro de Salud en el Municipio
de Rabinal.
74
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
75
b) Elaborar indicadores que permitan ver los avances del trabajo realizado por el
Ministerio de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental
c) Generar procesos de auditoria social del trabajo llevado a cabo por el Ministerio
de Salud y el Programa Nacional de Salud Mental con base a los indicadores.
d) Elaborar observaciones y recomendaciones al trabajo realizado por el MPSPAS y
el PNSM con el fin de que se coordine con dichas entidades el mejoramiento de los
servicios que se otorgan a favor de las víctimas sobrevivientes.
e) Elaborar sus propios planes de trabajo.
f) Elaborar informes trimestrales acerca de la función y gestión del Comité, a la
Presidencia de la Comisión Presidencial de Derechos Humanos, para que esta
institución pueda remitir los informes pertinentes a la Honorable Corte
Interamericana, en vista de encontrarse el caso de Plan de Sánchez en la fase de
supervisión de cumplimiento de la sentencia.
En los primeros meses del 2008 los integrantes del comité se reunieron en dos ocasiones
logrando avanzar en la elaboración de indicadores, pero sin lograr terminarlos hasta
la fecha actual.
Desde el segundo semestre del 2008 hasta la actualidad no ha tenido lugar ninguna
reunión del comité, siendo COPREDEH el ente encargado de convocar y dinamizar el
Comité. Ello, sin embargo, no ha hecho que ECAP detenga su trabajo con las comunidades
y haya continuado avanzando en diferentes acciones.
Actualmente el Comité de Salud no está ejerciendo ningún control sobre la ejecución
de las acciones vinculadas a la medida de reparación y no se ha contado con la
participación de las autoridades pertinentes en forma continua en el proceso iniciado.
Esta situación ha contribuido a que las acciones realizadas en las comunidades no
correspondan a las demandas propuestas y solicitadas por las víctimas/sobrevivientes,
generando una sensación de incumplimiento total en relación a la medida, ya que no
perciben que el trabajo del Ministerio de Salud sea el adecuado para cubrir las necesidades
generadas por los hechos de violencia en la masacre.
3.- PROGRAMA ESPECIALIZADO DE TRATAMIENTO
PSICOLÓGICO Y PSIQUIÁTRICO DIRIGIDO A UN NIVEL
INDIVIDUAL, FAMILIAR Y COMUNITARIO.
3.1.- Consideraciones y disposiciones de la Corte:
La Corte ordena en su disposición final número 7:
“El Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud
especializadas, el tratamiento médico que requieran las víctimas incluyendo, Inter.
alia, los medicamentos que puedan ser necesarios. Asimismo, el Estado debe crear
un programa especializado de tratamiento psicológico y psiquiátrico, el cual
también debe ser brindado en forma gratuita, en los términos de los párrafos 106 a
108 y 117 de la presente Sentencia.”
Consideración de la Corte apartado f) Tratamiento médico y psicológico numeral 106:
“La Corte estima que es preciso que se disponga una medida que tenga el propósito
de reducir los padecimientos físicos y psicológicos de las víctimas del presente
caso (supra párr. 49.10), derivados de la situación de las violaciones, si ellos así
lo desean”.
Consideración de la Corte apartado f) Tratamiento médico y psicológico numeral 107.
“Con el fin de contribuir a la reparación de estos daños, el Tribunal dispone que el
Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud especializadas,
el tratamiento médico que requieran las víctimas incluyendo, Inter. alia, los medicamentos
que puedan ser necesarios. Asimismo, el Estado debe crear un programa especializado
de tratamiento psicológico y psiquiátrico, el cual también debe ser brindado en
forma gratuita. Al proveer el tratamiento psicológico y psiquiátrico se deben considerar
las circunstancias particulares de cada persona, las necesidades de cada una
de ellas, de manera que se les brinden tratamientos colectivos, familiares e
individuales. Dicho tratamiento debe desarrollarse después de una evaluación individual,
según lo que se acuerde con cada una de ellas”.
3.2.- El trabajo psicosocial del ECAP después de la sentencia hasta la fecha.
El ECAP ha llevado un proceso de trabajo psicosocial a lo largo de estos años. Este
trabajo psicosocial se ha desarrollado de la siguiente forma: (1) Grupos de reflexión
mensuales en las comunidades de Ixchel, Joya de Ramos, Concul, Plan de Sánchez,
Chipuerta y la capital con víctimas-sobrevivientes y familiares de la masacre de Plan
de Sánchez (2) Visitas comunitarias de forma mensual en dichas comunidades (3)
Encuentros intercomunitarios anuales en el Municipio de Rabinal entre las personas
de los grupos de estas comunidades (4) Espacios de formación a 2 personas de cada
76
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
77
comunidad con contenido en historia, salud mental, derechos humanos, derechos de
los pueblos indígenas y habilidades para fomentar la participación ciudadana y el
liderazgo (5) Reuniones mensuales en Rabinal con los representantes de las comunidades
(6) Contacto continuado con el Centro de Salud de Rabinal
Este proceso ha abierto espacios de reflexión en relación a cada una de las medidas de
reparación con el fin de que las víctimas-sobrevivientes, sus familiares y la población
en general conocieran las medidas de reparación y participaran de forma activa en su
implementación. Estos espacios también tienen como finalidad adelantarse a posibles
impactos negativos de alguna de las medidas. De esta forma, además de monitorear
la medida de salud física y mental, se ha acompañado desde la perspectiva psicosocial
las demandas de las víctimas para la construcción de la carretera, el proceso de
construcción de la capilla, la difusión de la sentencia, el proceso de justicia a nivel
nacional o la petición de perdón por parte del Estado de Guatemala, y para el año 2010
se acompañará la medida relativa a la construcción de la vivienda, y, se realizarán
propuestas para el cumplimiento de la medida sobre la difusión de la cultura maya
achí y la dotación de profesorado especializado en enseñanza multicultural y bilingüe.
A lo largo de este proceso se ha logrado un empoderamiento o apropiación de la
sentencia por parte de un número importante de víctimas-sobrevivientes y sus familiares,
se ha consolidado un grupo de representantes de las diferentes comunidades que tienen
capacidad para formular sus propuestas y entregarlas a las entidades encargadas del
cumplimiento de las medidas de reparación, y, se ha consolidado un proceso de
monitoreo de la ejecución de la sentencia.
3.3.- “El Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud
especializadas, el tratamiento médico que requieran las víctimas incluyendo, Inter.
alia, los medicamentos que puedan ser necesarios”
Las comunidades han elaborado peticiones claras en los espacios facilitados por ECAP
con el fin de obtener mejoras en el servicio de salud. Dentro de las solicitudes específicas
se encuentran:
1.- Que el Centro de Atención Permanente ubicado en el Caserío Plan de Sánchez,
y en los puestos de salud de Concul y Joya de Ramos, cuente con las siguientes
condiciones de personal, infraestructura, accesibilidad y medicamentos:
El personal de salud en atención física ha venido atendiendo a las víctimas/sobrevivientes
y familiares sin la especialización necesaria, en varios casos estudiantes de la universidad,
y con una fuerte rotación en su personal lo cual no facilita ni la especialización y
conocimiento de las personas atendidas, ni llegar a establecer relaciones de confianza
con los pacientes, sobre todo tomando en cuenta que no están acompañados de
promotores de salud que hablan en idioma maya achí y conocen de las prácticas y
costumbres de la comunidad. Por ello, se recomienda que:
•
Medico/a graduado/a, enfermero/a auxiliar con conocimiento y formación
sobre la adecuada atención a los padecimientos y enfermedades físicas originadas
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
78
por las condiciones de violencia a las que fueron sometidos en el tiempo posterior
a la masacre y con conocimiento en la cosmovisión maya achí.
•
Infraestructura y material: Dotar de un edificio con 5 habitaciones, 1 sala y 1
dormitorio; sanitario; agua potable; camillas, estufa para esterilizar; archivos,
mesas, sillas; estetoscopio, termómetro y esfigmomanómetro.
Medicamentos: Antibióticos simples, diclofenaco, Complejo B, Ibuprofeno,
Acetaminofen, y medicamentos para el tratamiento de diarreas, analgésicos
con el fin de reducir el dolor en situación de emergencia/accidente las personas
y anestésicos para algunas operaciones pequeñas de emergencia.
Abastecer a la comunidad de Ixchel de forma que siempre tengan los
medicamentos necesarios.
•
Contar con la posibilidad de atender emergencias dentro del Puesto de Salud
de Plan de Sánchez, para lo cual se debe proveer del material necesario, tener
una carretera en condiciones adecuadas y una ambulancia en el Centro de Salud
de Rabinal que permita trasladar al enfermo en situación de emergencia en
condiciones adecuadas y dignas.
•
Llevar a cabo un diagnóstico sobre las enfermedades físicas por profesionales
independientes, como pueden ser los médicos cubanos que trabajan en el país.
2.- Tipo de servicio en atención en salud.
Se quiere anotar que por las informaciones disponibles a través del personal del centro
de salud, no hay claridad en la dotación presupuestaria para la dotación de personal,
infraestructura, medicinas y tipo de servicios específicos para el cumplimiento de la
sentencia. Esta situación interfiere en la efectividad para aplicar la medida de reparación.
En relación a los tipos de servicios para las víctimas/sobrevivientes y sus familiares
deben existir diferentes niveles de atención médica, y cada nivel requerirá de una
dotación de recursos específicos, que no necesariamente se encontrarán disponibles en
la comunidad de Plan de Sánchez, dado que son servicios que se proporcionan a la
población en función del número de habitantes. Es por ello, que el Estado debe asegurar
un traslado digno y adecuado para las víctimas/sobrevivientes y sus familiares cuando
así lo requieran.
Los diferentes niveles de atención hacen referencia a las siguientes situaciones:
•
Nivel básico de atención que es el que existe actualmente en la comunidad, que
requiere de mejoras de medicina, atención y personal.
•
Nivel de atención para las 1ª emergencias en situación de accidentes o
enfermedad. Este nivel de atención es actualmente cubierto por personas de
las comunidades formadas y con experiencia para ello tanto por el sistema de
salud nacional como desde las prácticas indígenas. Se propone que este nivel
de atención pueda continuar siendo atendido por estas personas con los siguientes
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
79
necesidad (c) Acceso a analgésicos y anestésicos, y (d) Formar parte de la planilla del
Ministerio de Salud o del SIAS y de esta forma obtener remuneración económica.
•
Nivel 2ª emergencia en situaciones que requieran de traslado de urgencia al
centro de salud en Rabinal o al hospital de Salamá. Para ello, es necesario,
además de recibir una atención adecuada, pronta y oportuna por el personal
de salud, a) Mejoramiento de la carretera (b) Disponibilidad de ambulancia
(c) dotar de las medicinas necesarias para atender las enfermedades entre ellas
e n f e r m e d a d e s c r ó n i c a s , d e g e n e r a t i v a s o a f e c c i o n e s m a y o re s .
•
3° Nivel hace referencia al servicio médico en casos que requieran especialización.
En la actualidad esta atención se da en Rabinal y sobre todo en el centro de
salud de Salamá. Lo que sería adecuado es asegurar el pago de los exámenes
médicos necesario, el traslado a los lugares y los gastos económicos en los que
incurren las víctimas/sobrevivientes y sus familiares cuando se encuentran en
la necesidad de acceder a estos servicios, y de nuevo, la construcción de la
carretera permitiría a las personas enfermas trasladarse de forma digna.
El Estado a través de FONAPAZ ha llevado a cabo jornadas médicas en diferentes
lugares del país, por lo que, una propuesta es fortalecer el trabajo ya realizado por el
Centro de Salud de Rabinal con jornadas médicas específicas.
3.4.- “Al proveer el tratamiento psicológico y psiquiátrico se deben considerar las
circunstancias particulares de cada persona, las necesidades de cada una de ellas, de
manera que se les brinden tratamientos colectivos, familiares e individuales”
En la actualidad se mantiene la presencia de la psicóloga en el Municipio, sin embargo,
las víctimas/sobrevivientes y familiares refieren que no siempre ha cumplido con las
citas y encuentros acordados en las comunidades provocando un cierto inconformismo
con su trabajo. ECAP quiere recordar que uno de los efectos psicosociales en las víctimas
es la pérdida de confianza en los otros, y muy especialmente en los funcionarios públicos
y las personas que trabajan para el Estado, por lo que recomienda tener mucha precaución
cuando se adquieren compromisos y posteriormente no se cumplen.
Las víctimas/sobrevivientes y familiares proponen que se establezcan fechas y horarios
de visita y reuniones y que éstas se respeten; y en caso de que no se puedan cumplir
se informe de forma adecuada a las personas que fueron citadas.
Se retoma la propuesta realizada en anteriores informes de seguimiento que lleven ae
aprovechar los espacios en el Programa Nacional de Salud Mental “escuelas saludables”
y “espacios amigables”, igualmente mencionados en anteriores informes.
Por el carácter multicultural y multilingüe de los beneficiarios de las medidas de
reparación se insiste en la necesidad de contratar una persona, o más, con perfil de
promotor/a en Salud Mental Comunitaria mencionado en anteriores informes. Esta
propuesta es compartida por el Jefe de Área de salud, y el apoyos: (a) Actualización
y formación, de preferencia con médicos cubanos, (b) teléfono de contacto directo con
un doctor que lo pueda asesorar en caso de personal del centro de salud de Rabinal.
80
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
Para ello se requiere de la asignación de una partida presupuestaria.
En anteriores informes se ha señalado que el trabajo psicológico y social debe estar
acompañado por un equipo que tenga uno o más promotores de salud mental que sean
maya achís. Esta situación no ha tenido lugar hasta la fecha, por lo cual se insta a que
se contrate a una persona con estas características de forma rápida.
El tratamiento psicológico implementado hasta la fecha ha tenido avances desde una
perspectiva individual y familiar, sin embargo, las acciones dirigidas hacia lo social y
comunitario sugeridas en anteriores informes, no se han implementado. (Revisar
informes, escuelas, espacios, radios…)
3.5.- Creación de la “Unidad de atención de la salud de los Pueblos Indígenas e
interculturalidad de Guatemala”
Este acuerdo ministerial debe ser plenamente considerado e implementado en el caso
de la comunidad indígena de Plan de Sánchez y así poder dar una atención en salud
física y mental considerando “las circunstancias particulares de cada persona”, en este
caso, sus circunstancias culturales.
El 16 de noviembre 2009, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, publicó el
acuerdo Ministerial número 1632-2009, con el que crea la “Unidad de atención de la
salud de los Pueblos Indígenas e interculturalidad de Guatemala”, la naturaleza y
ámbito de competencia de esta unidad será, entre otros:
a. El desarrollo de la salud de los Pueblos indígenas en Guatemala;
b. La valoración, reconocimiento y respeto de los conocimientos, elementos
terapéuticos, métodos y prácticas de los sistemas de salud de los pueblos
indígenas en Guatemala.
c. La modificación y evaluación de los actuales servicios de salud para que sean
adecuados a la cultura de los pueblos, que no agrede a sus formas de vida y
cosmovisión.
d. El fortalecimiento y promoción de las prácticas de salud Indígena, intencionando
estudios e investigación, sensibilización de la red del sistema nacional de salud,
sobre la lógica de los sistemas de salud indígenas.
3.6.- Monitoreo de otras medidas de reparación desde la perspectiva psicosocial
Derivado del trabajo de ECAP en el municipio y sus comunidades reflejado en un
apartado anterior, y, derivado de la conceptualización que se hace de “un programa
especializado de tratamiento psicológico (…) se deben considerar las circunstancias particulares
de cada persona, las necesidades de cada una de ellas, de manera que se les brinden tratamientos
colectivos, familiares e individuales” entendemos que se debe también aportar insumos
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
81
y acciones psicosociales con el fin de que el proceso de ejecución de sentencia de
cualquiera de las medidas de reparación sea reparador para las víctimas y no genere
un mayor daño, o una revictimización como puede ser la frustración por los
incumplimientos, la cólera, la tristeza, la profundización de la pérdida de confianza
en el estado o el etiquetamiento y estigmatización hacia las víctimas. Es por ello, que
en este apartado se quiere reflejar las consecuencias psicosociales que están teniendo
el cumplimiento o incumplimiento de determinadas medidas, y también hacer propuestas
para mejorar o implementar las medidas con un fin reparador.
3.6.1.- Donde, quien y como atiende las necesidades de las víctimas-sobrevivientes y
sus familiares.
La dificultad más fuerte con las que se encuentran las víctimas-sobrevivientes es con
la carencia de espacios serios en los que entregar sus demandas. Las víctimassobrevivientes tienen un proceso y el Estado lleva otro, sin consulta a las comunidades
y sin relación con otras entidades del Estado encargadas de ejecutar la medida. En este
sentido, las víctimas-sobrevivientes y sus familiares se han organizado y redactado sus
demandas para la ejecución del mejoramiento de la carretera en un documento que
fue entregado en varias instancias: el Gabinete de la Presidencia, COPREDEH a través
de sus representantes legales y el alcalde del municipio de Rabinal, sin que a la fecha
nadie les haya dado una respuesta, ni tampoco se tenga la certeza de saber cual es la
entidad más adecuada para tramitar sus solicitudes con éxito. Una situación similar
sucede en el caso de la comunidad de Ixchel que depende del Municipio de Granados
para la cobertura de atención en salud, y obras de infraestructura como la carretera,
que en ese tramo específico está en pésimas condiciones. El municipio de Granados
no ha sido tomado en cuenta para la implementación de las medidas de reparación y
no tiene la misma sensibilización, conocimiento y formación en relación a la sentencia
que el municipio de Rabinal, por lo que la implementación de la medida de reparación
en salud, y el mejoramiento de la carretera para esta comunidad no se logra concretar.
Las víctimas/sobrevivientes y sus familiares poco a poco van teniendo un estado de
cansancio, agotamiento y frustración ante la ausencia de respuesta a sus demandas,
fundamentalmente en la medida de salud física y el mejoramiento y mantenimiento
de la carretera.
3.6.2.- La construcción de las viviendas.
Se tiene conocimiento de que FOGUAVI llevará a cabo la construcción de las viviendas
como lo realizaría en cualquier otro lugar y municipio del país, sin que la institución
ni el personal que ejecutará el proyecto en las comunidades conozca la historia de la
comunidad, los hechos ocurridos, la sentencia de reparación, ni consulte a la población
la forma más adecuada de llevar a cabo la construcción de las viviendas. Desde la
mirada psicosocial, se quiere señalar que la circulación de camiones en la carretera y
la presencia del personal que llevará a cabo la construcción pueden tener un impacto
psicosocial que hay que prever como el etiquetamiento hacia las víctimas, “por qué
solo Plan de Sánchez tendrá vivienda cuando otras muchas comunidades del Municipio
82
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
cuando otras muchas comunidades del Municipio también fueron arrasadas”, o la
atención a las personas que llevarán a cabo las construcciones.
De forma previa a la construcción de las viviendas FOGUAVI llevará a cabo un estudio
por profesionales del trabajo social, sobre la situación socioeconómica de las personas
a las que irá destinada la vivienda y así justificar la construcción de las mismas. Este
procedimiento, en el caso de que se considere estrictamente indispensable, deberá
realizarse partiendo del conocimiento de la sentencia, llevando a cabo con respeto hacia
la población y manejando las entrevistas en el idioma materno de las víctimas
sobrevivientes.
3.6.3.- “Estudio y difusión de la cultura maya achí en las comunidades afectadas” y
“dotación de personal docente capacitado en enseñanza intercultural y bilingüe en la
educación primaria, secundaria y diversificada de dichas comunidades”
A lo largo del año pasado, el ECAP junto con los representantes de las comunidades
inició un proceso de reflexión sobre estas medidas de reparación ordenadas por la
CorteIDH; y, a lo largo del presente año, se quiere apoyar a los representantes y
comunidades en tener una propuesta concreta de educación multicultural y bilingüe.
Esta educación multicultural y bilingüe no solo supone el manejo de un idioma, sino
el conocimiento profundo de las costumbres y cosmovisión de la cultura maya-achí.
La educación en las comunidades afectadas por la masacre de Plan de Sánchez, es en
su mayoría educación en idioma español, hay una rotación del profesorado muy grande,
y, en muchas ocasiones lo/as profesor/as tienen actitudes racistas y excluyentes hacia
niños y jóvenes, y no necesariamente tienen la disposición de hablar del Conflicto
Armado Interno en Guatemala en las aulas por considerarlo temas del pasado que se
deben superar.
La implementación de esta medida en los diferentes centros educativos de las
comunidades supone una oportunidad para regularizar la enseñanza multicultural y
bilingüe reconocida por la Constitución Guatemalteca, el Acuerdo sobre identidad y
derechos de los Pueblos Indígenas de los Acuerdos de Paz, el convenio 169 sobre los
Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes, de la Organización Internacional
del trabajo y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas entre otros instrumentos nacionales e internacionales. Actualmente existen
los estudios para profesorado en enseñanza multicultural y bilingüe y, este tipo de
enseñanza maya-achí-español está implementada en el Municipio de Cubulco (Baja
Verapaz), por lo que se podría tomar como modelo para la implementación de este
sistema educativo.
Sumado a la existencia de profesorado multicultural y bilingüe en espacios educativos
formales y regulados por el Ministerio de Educación, se plantea la difusión de la cultura
maya achí que debe hacerse en dos niveles: (1) Nivel básico para la población en general
centrado con los maestro/as para que ellos lo trabajen con sus alumnos en los currículums,
con seguimiento del Museo Comunitario de Rabinal y la Academia de Lenguas Mayas.
(2) Nivel especializado con grupos interesados en espacios extraaulas con el apoyo del
Museo Comunitario y la Academia de Lenguas Mayas.
Se reconoce que en el Municipio de Rabinal hay un esfuerzo importante por rescatar
la cultura maya achí y difundirla, como son los esfuerzos del Museo Comunitario de
Rabinal, las cofradías, u organizaciones como ASECSA que lo hacen desde la perspectiva
de la salud. Sin embargo, estos esfuerzos no llegan a las comunidades del Municipio,
y entre ellas las comunidades afectadas por la masacre de Plan de Sánchez.
Es por ello que, en los espacios de reflexión entre ECAP y los representantes de las
comunidades surgieron las siguientes propuestas a desarrollar en las comunidades:
•
Tal como dice la sentencia, poder apoyarse en la Academia de Lenguas Mayas
que tiene una sede en el Municipio de Rabinal
•
Aprovechar la experiencia del Museo Comunitario de Rabinal en conocimiento,
difusión y formación sobre la cultura del Municipio. El Museo Comunitario de
Rabinal tiene experiencia en sistematizar la experiencia de los bailes de Rabinal,
el barro, las jícaras, o abrir talleres para la realización de máscaras y trajes
utilizados en los bailes.
•
Contar con el apoyo de los guías espirituales para abrir espacios de formación
sobre la cosmovisión maya hacia la población en general, y, en particular, poder
formar a nuevas generaciones para que lleguen a ser guías espirituales.
•
Contar con el apoyo de las cofradías.
•
Contar con la experiencia de ECAP, las telesecundarias, Caja Lúdica y Fusión
Creativa para llevar a cabo representaciones teatrales que visualicen escenas
de la historia y cultura de las comunidades.
•
Abrir un espacio para el conocimiento de los instrumentos musicales ancestrales
y la formación en música.
•
Actualmente hay 18 bailes en Rabinal que se presentan en la feria de San Pablo.
Algunos de estos bailes, requieren de una especial preparación, rituales y un
fuerte compromiso con el Pueblo maya achí, uno de ellos, el baile del RabinalAchí.
•
Fortalecer el espacio de la capilla de Plan de Sánchez que se convertirá en
Museo Comunitario.
•
Utilizar espacios radiales para difundir la cultura.
83
4.- FORMACIÓN DEL PERSONAL DEL CENTRO DE SALUD
MUNICIPAL DE RABINAL PARA QUE PUEDAN DAR
ATENCIÓN MÉDICA Y PSICOLÓGICA A VÍCTIMAS DE
GRAVES VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS.
Disposición final número 9: “El Estado debe desarrollar en las comunidades de Plan
de Sánchez, Chipuerta, Joya de Ramos, Raxjut, Volcanillo, Coxojabaj, Las Tunas, Las
Minas, Las Ventanas, Ixchel, Chiac, Concul y Chichupac los siguientes programas:
(…)y e) establecimiento de un centro salud en la aldea de Plan de Sánchez con el personal
y las condiciones adecuadas, así como la formación del personal del Centro de Salud
Municipal de Rabinal para que puedan brindar atención médica y psicológica,
a las personas que se hayan visto afectadas y que requieran de este tipo de tratamiento,
en los términos de los párrafos 109 a 111 y 117 de la presente Sentencia”.
A lo largo de estos años el ECAP, con recursos propios, ha venido facilitando espacios
de formación en la capital a los psicólogos y psiquiatras del Programa Nacional de
Salud Mental dependientes del Ministerio de Salud en temas relacionados con la
violencia política y las herramientas psicosociales necesarias para abordar esos casos
con perspectiva de género y multicultural. En el Municipio de Rabinal también ha
facilitado espacios de formación para los enfermero/as y los promotores de salud del
SIAS. ECAP y los profesionales de la salud que han llevado a cabo estos procesos
formativos, valoran muy positivamente estos espacios de formación y se considera que
se han producido cambios en el abordaje del trabajo con víctimas de violencia política.
Si bien se tiene esta valoración positiva del proceso, siempre hay que señalar que existe
una rotación fuerte de personal lo que supone
Con la creación de la “Unidad de atención de la salud de los Pueblos Indígenas e
interculturalidad de Guatemala” en 2009 surge una nueva oportunidad para que el
personal del Área de Salud de Baja Verapaz pueda obtener los conocimientos necesarios
para el abordaje de la Salud desde la perspectiva multicultural. Los representantes de
las comunidades, Ecap y Caldh esperan que esta disposición sea puesta en práctica de
inmediato en la Región de Rabinal, ya que de esta manera coadyuvara para mejorar
la atención en una de las formas que los sobrevivientes esperan.
Además es indispensable que el “Protocolo para la atención en salud mental a poblaciones
que sufrieron violaciones a los derechos humanos y violencia política, durante el
conflicto armado interno” y su “Guía Operativa” sean integradas, en las prácticas
cotidianas del personal de Salud, para lo cual se propone que se realicen las capacitaciones
pertinentes sobre la implementación de dicho protocolo y que además se dote al
personal de los ejemplares físicos necesarios.
84
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
85
5.- CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
Se presentan a continuación las conclusiones y recomendaciones para dar seguimiento
a la implementación de las medidas de reparación desde la perspectiva psicosocial.
1.
El comité de seguimiento y monitoreo de la medida de reparación en salud física
y mental no ha cumplido con sus funciones desde la segunda mitad del 2008
hasta la fecha, por lo que se recomienda a COPREDEH, en representación del
Estado, reactivar el funcionamiento del Comité, .y establecer reuniones periódicas
para la evaluación y monitoreo del proceso de implementación de la medida de
reparación en salud.
2.
El perfil de los profesionales que están cubriendo las necesidades de salud es
variable por la rotación de personal existente, y, no siempre tiene los conocimientos
y actitudes necesarios para la atención a las comunidades, por ello, se recomienda,
que se provea de personal fijo para la comunidad y que en el marco del comité,
se elaborare un perfil del puesto de los diferentes profesionales involucrados en
la medida de atención en salud física y mental, y así poder llevar a cabo un
proceso de evaluación de desempeño y monitoreo.
3.
El proceso de construcción de indicadores en el marco del comité está detenido
lo cual impide poder realizar un monitoreo externo, por ello, se recomienda
finalizar la elaboración de indicadores y elaborar un plan de atención en salud
física y mental con sus correspondientes indicadores de avance y que pueda ser
monitorizado a lo largo del proceso.
4.
Si bien se han abierto espacios de formación con diferentes profesionales del
Programa Nacional de Salud Mental, éstos no necesariamente son asumidos por
las diferentes áreas de salud que tienen independencia a nivel de gestión. Por
ello, se recomienda que se elaboren planes de formación institucionales y que
estos sean trasladados a las directrices de áreas de salud.
5.
Una de las funciones del Comité es “Asesorar y participar con el Ministerio de
Salud Pública y Asistencia Social y al Programa Nacional de Salud Mental, en
relación a (…) Los programas de trabajo psicosocial en la comunidad, incorporando
los temas de memoria histórica y derechos humanos, según se plantean en las
recomendaciones de la Comisión de Esclarecimiento Histórico”. Esta función del
Comité no se ha cumplido por lo que se recomienda diseñar un programa de
formación con las características especificadas en las funciones del Comité y
tomando en cuenta el Protocolo para la atención en salud mental a poblaciones
que sufrieron violaciones a los derechos humanos y violencia política, durante
el conflicto armado interno” del Programa Nacional de Salud Mental; con el fin
de implementarlo hacia los profesionales del sector salud y en los “espacios
saludables” y “escuelas amigables”.
86
Plan de Sánchez: Una aproximación a la estrategia psicojurídica
6.
Los representantes de las comunidades han venido presentando sus demandas
en relación al mejoramiento de la carretera y en relación a la necesidad de
determinadas medicinas a diferentes actores estatales sin lograr encontrar una
respuesta, ni tener la certeza de que fueron presentados ante las entidades
adecuadas para ello. Así se va generando cansancio y frustración. Por ello se
recomienda que COPREDEH presente con claridad a los representantes y
comunidades, quienes son los actores, y estancias gubernamentales competentes
para implementar cualquiera de las medidas de reparación y de esta forma evitar
la revictimización.
7.
Las víctimas/sobrevivientes y sus familiares consideran que hay un avance en
la implementación de la medida de salud en relación a dotación de recursos
donde previo a la sentencia no existía ninguno. Sin embargo, estas mejoras se
ven estancadas y las personas no se sienten satisfechas con los diagnósticos y
atención recibidos para sus problemas de salud física. Por ello, se recomienda
realizar exámenes en profundidad con las correspondientes pruebas para atender
las enfermedades. Por el transcurso del tiempo y la insatisfacción de las
víctimas/sobrevivientes y familiares en relación a los diagnósticos llevados a
cabo se solicita que sean realizado por profesionales independientes, como pueden
ser las Unidades de médicos cubanos.
8.
En situaciones de enfermedad las personas no encuentran las medicinas necesarias
en los diferentes centros y puestos de salud de las comunidades afectadas por la
masacre de Plan de Sánchez. Ante situaciones de emergencia tampoco existen
analgésicos o anestésicos para operaciones mínimas. En el caso de ser necesario
el traslado de un/a paciente la carretera se encuentra en condiciones muy precarias
para el traslado de un enfermo y no hay una ambulancia que llegue a trasladar
al enfermo. En los casos de requerir especialistas y exámenes específicos la
situación es similar por lo que se recomienda, dotar al Centro de Atención
Permanente ubicado en el Caserío Plan de Sánchez, y en los puestos de salud de
Concul y Joya de Ramos, de condiciones en relación a personal contratado,
infraestructura, accesibilidad a los servicios de 2°, 3° nivel y emergencias, y
medicamentos tal como se indica en el punto 3.3 del presente informe.
9.
Por las condiciones de pobreza, se recomienda que el Estado de Guatemala
facilite el desplazamiento, alojamiento y gastos derivados de la participación
en el Comité de las personas de las comunidades siempre y cuando así lo deseen
10.
La población a la que va dirigida la medida de salud es en su mayoría maya
achí por lo que se recomienda implementar en el Municipio de Rabinal y sus
comunidades la “Unidad de atención de la salud de los Pueblos Indígenas e
interculturalidad de Guatemala” aprobado en Acuerdo Ministerial del Ministerio
de Salud, en el año 2009; y contratar a promotores de salud mental comunitaria
maya achí capacitándolos con el “Protocolo para la atención en salud mental
a poblaciones que sufrieron violaciones a los derechos humanos y violencia
política, durante el conflicto armado interno” y que formen parte de dicha
Unidad.
11.
El programa de atención psicológica se ha centrado en el ámbito individual y
familiar por lo que se recomienda ampliar el trabajo psicológico llevado a cabo
en las comunidades con una propuesta dirigida al ámbito comunitario, municipal
y social y recomendar a otras instancias gubernamentales, las formas en las que
el resto de medidas de reparación deben ser implementadas con el fin de no
revictimizar.
12.
La implementación de cualquiera de las medidas de reparación puede dañar
el tejido social comunitario si no se toman en cuenta criterios psicosociales por
ello, se recomienda a COPREDEH que elabore, presente y consensue al Comité,
un plan de ejecución del conjunto de medidas de reparación teniendo en cuenta
la repercusión que dichas medidas pueden tener en la recuperación del tejido
social frente a generar división entre las personas.
13.
El proceso de construcción de las viviendas puede tener un impacto psicosocial
negativo si no se toman las precauciones adecuadas, por ello, se recomienda
que previo al inicio de la presencia de FOGUAVI en la comunidad se elabore
un plan de mitigación de las posibles repercusiones negativas, junto con los
representantes de las comunidades.
14.
En la actualidad la enseñanza en las comunidades afectadas por la masacre de
Plan de Sánchez es fundamentalmente en español, con profesorado/a que no
cumple con las características adecuadas en enseñanza multicultural y bilingüe,
conocimiento y respeto hacia la cultura y cosmovión maya-achí, por lo que se
recomienda que se inicie el proceso de implementación de esta medida pudiendo
tomar como ejemplo la enseñanza impartida en el Municipio de Cubulco (Baja
Verapaz)
15.
Por la necesidad de generar procesos de cambio de actitudes en los profesor/as,
se recomienda que el Ministerio de Educación incorpore en el trabajo con
Profesores capacitaciones en derechos humanos, historia de la masacre, efectos
y afrontamientos de la violencia política, cultura y respeto a la interculturalidad.
16.
En la actualidad existe en el Municipio de Rabinal esfuerzos serios e importantes
por recuperar y difundir la cultura maya-achí desde entidades como el Museo
Comunitario de Rabinal y las cofradías. Estos esfuerzos pueden servir de
insumos para la implementación de la medida de reparación cultural, junto con
otros aportes, ideas e intereses que presenten las víctimas/sobrevivientes y sus
familiares y las nuevas generaciones de las comunidades afectadas y así
implementar la medida de reparación cultural.
Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial – ECAP
Agosto 2007 Ciudad de Guatemala, Guatemala
Esta publicación fué impresa en los Talleres de Opciones
en el mes de Diciembre del año 2009. La edición consta de
1,00 ejemplares impresos en Papel Bond Crema 80 gramos.

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