CAPÍTULO 10. FABRICACIÓN DE ESTRUCTURAS TUBU
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CAPÍTULO 10. FABRICACIÓN DE ESTRUCTURAS TUBU
CAPÍTULO 10. FABRICACIÓN DE ESTRUCTURAS TUBULARES Las siguientes especificaciones son complementarias de las establecidas en el Capítulo M del Reglamento CIRSOC 301-2005, las que serán de aplicación para la fabricación, montaje y control de calidad de las estructuras realizadas con tubos. (1) Cuando se pueda acumular agua dentro de un tubo, ya sea durante la construcción o en la estructura en servicio, el tubo se deberá sellar en sus extremos, provisto de un agujero de drenaje en su base, o protegido mediante otro medio adecuado. (2) El tubo se deberá limpiar con un solvente adecuado si se lo pinta de acuerdo con lo especificado en la Sección M.3.1. del Reglamento CIRSOC 301-2005. (3) El tubo se deberá limpiar con un solvente adecuado en las ubicaciones de las soldaduras. Reglamento CIRSOC 302 Cap.10 - 87 Reglamento Argentino de Elementos Estructurales de Tubos de Acero para Edificios Cap. 10 - 88