Comunicado de instrucciones para Formulario de Certificado de

Transcripción

Comunicado de instrucciones para Formulario de Certificado de
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
REGISTRO CIVIL
INSTRUCCIONES PARA COMPLETAR EL FORMULARIO DE
CERTIFICADO DE DECLARACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL
EL REGISTRO CIVIL RECOMIENDA LEER DETENIDAMENTE ESTAS INSTRUCCIONES,
LAS CUALES LE PERMITIRÁN COMPLETAR EL FORMULARIO DE DECLARACIÓN DE
MATRIMONIO CIVIL EN UNA FORMA FÁCIL Y ACERTIVA, PUES LE BRINDARÁN UN
CONOCIMIENTO MÁS AMPLIO Y CONCRETO SOBRE LOS DATOS A COMPLETAR Y
EVITAR ERRORES QUE PERJUDIQUEN LA EXACTITUD Y FIDELIDAD DE LA
INSCRIPCIÓN.
1. Se debe consignar en este certificado y con toda claridad, la información
que se le solicita. Asimismo, corroborar los datos consignados en el
certificado de declaración con la persona declarante y constatar que
ninguna casilla quede en blanco. En el registro de la información, NO se
permiten tachones, ni la utilización de corrector líquido, en su lugar se debe
utilizar la casilla de OBSERVACIONES para indicar alguna aclaración.
2. De conformidad con lo que establece los artículos 31 del Código de Familia
y 28 del Reglamento del Registro del Estado Civil, los certificados de
declaración de matrimonio civil (original y duplicado) deberán remitirse al
Registro Civil, dentro de los ocho días hábiles siguientes a la celebración
del matrimonio. El triplicado debe entregarse en el momento de la
declaración a la persona interesada.
3. No deben utilizarse abreviaturas en los nombres y apellidos de las
personas.
4. En caso de que alguno de los contrayentes sea viudo o viuda o bien
divorciado o divorciada, se debe hacer constar esta circunstancia en el
campo correspondiente. De igual manera, se debe indicar el nombre y
apellidos de quien se divorció o enviudó, anotando para ello la fecha y el
lugar del suceso (Casilla 6 y 15).
5. Cuando alguno o ambos contrayentes sean mayores de 15 pero menores
de 18 años, debe consignarse el nombre de la persona, que en el ejercicio
de la patria potestad, dio el asentimiento, de conformidad con lo dispuesto
por el artículo 21 del Código de Familia.
6. En las casillas 4 y 13 del formulario de declaración se debe consignar la
profesión u oficio de la persona al momento de la celebración del
matrimonio. Se debe anotar en forma clara y en términos en español la
ocupación que ostenta, como por ejemplo: Abogado, Chofer, Ebanista,
Peón Agrícola, Oficios del Hogar, etc. Si la persona tiene un oficio y
actualmente es desempleada, se debe indicar el oficio que tiene e indicar
que se encuentra desocupada, ya que este dato es importante para fines
estadísticos. Se le sugiere no indicar términos tales como profesional,
artesano, empleado público, etc., los cuales resultan ser muy generales y
no especifican la ocupación real de la persona.
7. “…Transitorio.- Se establece un plazo de dos años a partir de la publicación
de las reformas al presente reglamento para que las personas que ejerzan
la función notarial se inscriban ante la Sección de Inscripciones para
declarar digitalmente los matrimonios que celebren.
(*) Reformado el artículo 42 por el artículo 1 del decreto del TSE n.° 5-2014,
publicado en La Gaceta n.° 178 de1 17 de setiembre de 2014.”

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