ACUERDO 828/13 - Asignación no remunerativa en abril de

Transcripción

ACUERDO 828/13 - Asignación no remunerativa en abril de
.
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 6 días del mes de mayo de 2013 ,entre
@~'I
l~~~~!
los"'-._~'
Sres. RAUL AMANCIO MARTINEZ, DNI N° 5.049.760, en su carácter de Secretario
General,
el Dr. JORGE ALBERTO SOLA DNI 17.310.288 en su carácter de
Secretario Gremial y de Relaciones Laborales,
con el patrocinio letrado de la DRA.
ALELI NATALIA PREVIGNANO, todos ellos en representación del SINDICATO DEL
SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, con domicilio constituido en la calle
Carlos Pellegrini 575 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires por una parte, y por
la otra
el Sr.
Presidente
ALFREDO A. GONZALEZ, DNI N° 4.308.908, en su carácter de
de
la
ASOCIACION
MUTUALIDADES DE SEGUROS,
ARGENTINA
DE
COOPERATIVAS
y
con domicilio constituido en la Av. De Mayo 1370
10 piso de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el patrocinio letrado del DR.
ENRIQUE JOSE QUINTANA,
en adelante "Las
Partes",
suscriben el presente
acuerdo:
PRIMERA: INCREMENTO A CUENTA DE PARITARIAS
Las partes expresamente acuerdan un adicional del 15% no remunerativo a todos los
trabajadores de la empresa, que se calculará sobre los salarios del Convenio Colectivo
vigente al mes de abril de 2013.-
SEGUNDA: ABSORCiÓN
Los incrementos que resulten de la aplicación de lo establecido en el presente
convenio absorberán hasta su concurrencia y resultarán compensables con cualquier
otro incremento de cualquier naturaleza - remunerativo o no - que el Gobierno
Nacional y/o cualquier autoridad de aplicación pudiera determinar
o
que acordare
convencionalmente en el futuro.
TECERO: VIGENCIA
•
Las partes expresamente pactan que las sumas acordadas en el artículo primero del
presente convenio entrarán en vigencia a partir del primero de mayo del corriente
año y se mantendrán hasta que el Sindicato del Seguro de la República Argentina
acuerde nuevos en el ámbito del CCT 264/1995.
Una vez acordados dichos salarios, la empresa
deberá ajustar los montos y rubros
pactados en la cláusula primera del presente al porcentaje de los incrementos que
resulten de la aplicación del referido convenio, debiendo ser liquidados en la forma que
allí se estipule, por lo cual el referido ajuste tendrá vigor desde la fecha en que entre
en vigencia el nuevo acuerdo salarial en el ámbito del CCT 264/1995.
/1 "-
ti
~
•. ,
-CUARTO: HOMOLOGACiÓN
Las Partes se comprometen a presentar el presente acuerdo por ante la autoridad de
aplicación para su homologación.
En prueba de buena fe y de conformidad, se firman cuatro ejemplares de un mismo
tenor ya un solo efecto.
FIRMAS:
CJkJ_~Q .~l.
Jorge A. Sola
•
)
•./ltfÁu4l~ de f?7~~J
cffm¡de<;- Jlf~idad
foáa¿
EXPEDIENTE N° 1.567.786/13
En la ciudad de Buenos Aires a los 28 días del mes de junio de 2013, siendo
las 12:00 horas comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL
TRABAJO.,
ante mí, Lic. Juliana CALIFA, Secretaria de Conciliación del
Departamento
de
Relaciones
Laborales
N° 1, en
representación
del
SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLlCA ARGENTINA, el Sr. Jorge
~-
"¡¿;LA~ ~:~r~t~~;-G~;;;;'¡;í~"I~Ó;~:e Aí~ítp.R'EVIG~JAÑO~pofuñaparte, ~.~~" ia
otra, en representación
de la empresa ASOCIACiÓN
",~;_~,,-:
COOPERATIVAS
t<'...... ..
-~':'''.r'._
y
'~!':"V':""~':>'~:":.':'-:'.'
MUTUALIDADES
..~
•.•••
'<~i'Ií;;,¡i~:¡II(AiWlr
DE SEGUROS,
","",,:r( •.,.:'..'.~-.::<;;r"l>'"
'.""-"
.':~,
ARGENTINA
i.:; .•....,., ", .". - ..:," .,- ,",:.,~".,,'¡.t••~~
el
Sr.
DE
••l>""""
Alfredo
••. :•••"'-
.•••-...,_.~
GONZALEZ, apoderado; con el patrocinio del Dr. Enrique QUINTANA (ro 16,
'~'lI"r;,",i_:,:'_
..•••
F 937 CPACF), Av. de Mayo 1370 piso 1 Izquierda, CABA.O
Abierto el acto por la funcionaria actuante, se notifica a las partes de la
Disposición DNRT N° 374/13, con entrega de copia debidamente autenticada
•
de la misma .
Luego AMBAS REPRESENTACIONES en conjunto
y de común acuerdo
manifiestan que: ratifican y solicitan la homologación del acuerdo que luce a fs.
2/3 de las presentes actuaciones, celebrado en el marco del CCT N° 264/95.-
El Sindicato deja constancia que en la empresa no cuenta con delegados de
personal.-
~-TflJ¿¿LL
L.IC..JJA~A ~'L:;F~
----~Siíéretaria
de Concillacl6l
Oepto. R.L. N9 1 - D.N.C
O.N.R.T
IIIITFv 8~
•••.
r;'::'~"::':"~....
,,(/f'
"2013- Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente
de 1813';£/;'"
~q;
')0'
".
~í(y~";
¿!
•
- .co'v'v
-\
.~
':".7'IJIO ••
En este estado la funcionaria actuante hace saber a las partes que remitirá el .
presente a la Asesoría Técnico Legal para su conocimiento y consideración.-
No siendo para más a las 12:30 horas finaliza el acto. Firman los
comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que certifico.REPRESENTACiÓN
REPRESENTACiÓN
SINDICAL
i
I
L
,//
2
é __
~.
__.-l..1'
IIJ
~¡Jv
..JJ.'AN~
"AL.IF-
ecretaria de Gonciliaclól
•
--
Depto. R. L. N9 ~ D.NJ
O.N.R.l . MT¡;' 1/ RF
P
I
EMPRESARIA
\

Documentos relacionados