Domicilio Legal: Jujuy 330 PB. Ciudad de Córdoba (Argentina) CP

Transcripción

Domicilio Legal: Jujuy 330 PB. Ciudad de Córdoba (Argentina) CP
Domicilio Legal: Jujuy 330 PB.
Ciudad de Córdoba (Argentina) CP: 5000
[email protected]
Santa Rosa, 18 de Noviembre de 2016
Sres. Representantes del
Instituto superior PT- 164
“Diocesano san José”
__________________s/d
Tengo el agrado de dirigirme a los señores/as representantes
del Instituto San José, en mi carácter de presidenta de la Federación Argentina de
Asociaciones Profesionales de Servicio Social, con vistas a manifestar el profundo rechazo
de los 24 Colegios profesionales que conformamos esta institución, por la aparición como
oferta educativa de una Tecnicatura Superior de Trabajo Social en la Provincia de
Mendoza, que va a contramano de las luchas y los logros que hemos alcanzado afianzar
con nuestra carrera de Licenciados/as en Trabajo Social con título de grado (5 años de
estudio).
De igual modo, apoyamos en todos sus términos las
gestiones que se encuentra llevando a cabo el Colegio de Profesionales de Trabajo Social
de la provincia de Mendoza con relación a la necesidad de esclarecimiento de esta
situación.
Al respecto informamos que además de la legislación vigente
en la Provincia de Mendoza para matricular profesionales del Trabajo Social, nuestra
reciente Ley Federal de Trabajo Social 27072/ Diciembre de 2014. En la misma se
establecen nuestros derechos, obligaciones e incumbencias profesionales que delimitan
con claridad nuestro quehacer.
En su artículo 7 se establece quiénes poseen título habilitante
para ejercer la profesión; en su art. 6° de define de aquí en adelante la denominación del
título y las homologaciones necesaria de realizar a partir de su sanción; y en su art. 11° la
obligatoriedad de la matriculación.
Título:
Art. 7°.- Título habilitante profesional. La profesión de licenciatura en trabajo social sólo podrá ser ejercida por
personas físicas con título de grado habilitante expedido por universidades e institutos universitarios legalmente
reconocidos en el país y que integren el sistema universitario argentino.
Domicilio Legal: Jujuy 330 PB.
Ciudad de Córdoba (Argentina) CP: 5000
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Denominación del título:
Art. 6°.- Denominación del título profesional. Homológase bajo la denominación de Licenciado/a en Trabajo Social los
títulos de Licenciado/a en Trabajo Social y Licenciado/a en Servicio Social, expedidos por las universidades e
institutos universitarios legalmente reconocidos en el país y que integren el sistema universitario argentino. Esta
norma regirá para los nuevos planes de estudios o las modificaciones de planes de estudios que se aprueben o
reconozcan a partir de la vigencia de esta ley.
Obligaciones:
Art. 11° inc. a : Matricularse en el colegio o consejo profesional de la jurisdicción donde ejerza la profesión y
mantener al día el pago de la matrícula habilitante respectiva. Esta obligación rige también para quienes ejerzan la
profesión de trabajo social en organismos públicos nacionales, binacionales o internacionales con representación en
el país;
Por último, solicitamos mantener una pronta reunión para
esclarecerlos en la normativa nacional vigente; para solicitar se revea la iniciación de la
tecnicatura y ofrecer nuestro conocimiento y experiencia en la profesión para evitar se
avance en propuesta que tendrá serios problemas en el campo laboral.
Sin otro particular, los saludamos atte.

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