7° Congreso Mundial - facultad de derecho uaslp

Transcripción

7° Congreso Mundial - facultad de derecho uaslp
M. en Arq. Manuel Fermín Villar Rubio
Rector
MA. David Vega Niño
Secretario General
Lic. Fernando Sánchez Larraga
Director de la Facultad de Derecho
Lic. José Martín Gaytan Romero
Secretario General de la Facultad
Lic. Daniel Berrones Zapata
Secretario Académico
COORDINADOR EDITORIAL:
Lic. Francisco Meza García
APOYO TÉCNICO:
Mtro Edmundo Riojas Cantú.
EQUIPO EDITORIAL:
Lic. Mario Ontiveros Nimmerfall, Cristian Ramírez Copado, Elvira Meza García, Idalia Guerrero
Reyes, Juan Jesús Mendoza, Karla Tovar Nava, Arturo Rubio, Roberto Monsiváis Rodríguez,
Ángel Paredes Zamarripa.
COLABORADORES:
Fernando Sánchez Larraga, Inocencio Noyola, Francisco Parra Barbosa, Carlos Rodríguez
Zamora, Juan Carlos Ramírez Salazar, Víctor Tovar Cuevas, Alejandro Gerardo Nava García, Rodrigo Becerra Ortiz, Francisco Camacho García, Germán Vargas, Laura Rodríguez.
COORDINACIÓN GRÁFICA: Dirección de Imagen y Promoción Institucional
LDG. Yanina Huguette Herrera Olavid.
Diseño Editorial
LDG. Karla Blanco Esqueda.
Fotografía de portada
LDG. Daniel Díaz de León
IMPRESIÓN Y ENCUADERNACIÓN: Talleres Gráficos de la UASLP
Recepción del Colaboraciones:
correo electrónico: [email protected]
Facebook: Themis Uaslp Nueva Epoca
THEMIS, es una revista de publicación trimestral, editada por la Facultad de Derecho de la
Universidad Autónoma de San Luis Potosí, con domicilio en Avenida Cuauhtémoc No. 170,
Col. Moderna, San Luis Potosí, S.L.P. Los artículos y comentarios aquí expuestos son única
y exclusivamente responsabilidad de sus autores, puesto que solo hacen ejercicio de
su libertad de expresión.
2
CONTENIDO
Revista THEMIS | No. 3 | Vol. 2 | Agosto 2015
DIRECTORIO | 02
EDITORIAL |
Lic. Fernando Sáchez Lárraga,
Director | 04
CRITERIO |
Compilación de Leyes. Difusión al alcance del público en general. Por el Mtro.
Juan Carlos Ramírez Salazar | 05
DERECHO Y SOCIEDAD |
¿Educar para ser competitivo o para ser
cooperativo? Por el Mtro. Víctor Tovar
Cuevas. | 08
Una propuesta de huerto urbano para
el campus Zona Oriente. Por Germán
Vargas Ruiz y Laura Rodríguez Arcos
(Facultad de Ciencias Sociales y Humanidades) | 10
IUS AD HOC |
Protección jurídica del nasciturus, segunda parte. Por el Lic. Alejandro Gerardo
Nava García | 13
Ponderación de los Derechos Humanos
de las víctimas del delito. Por el Lic. E.
Rodrigo Becerra Ortiz | 14
El Instituto Federal de Defensoría Pública
¿Qué es? ¿Para qué sirve? ¿Qué función
tiene? Por la Lic. Sanjuana Idalia
Guerrero Reyes | 17
Daño Moral – Por el estudiante
Francisco Camacho García | 19
CONVOCATORIA “THEMIS”.
SEMANA DE DERECHO 2014.
MEJORES ARTÍCULOS
México Estado fallido ¿verdad o mentira?
Por el Mtro. Jaime Loredo Hdz.| 22
México en el Panorama Jurídico Internacional, un recorrido desde los Derechos
Humanos. Por el Doctorando
Francisco Parra Barbosa | 24
La realidad del derecho penal internacional en el sistema jurídico mexicano.
Por el Mtro. Hugo Oscar Granja y el
estudiante Ángel Paredes Zamarripa
| 28
México, ¿Estado fallido? ¿Verdad o Mentira? Por el estudiante Roberto
Monsiváis Rodríguez | 30
México en el concierto internacional. Por
el estudiante Arturo Rubio Azuara |
32
De todo un poco, leyes ridículas. Por Ángel Paredes Zamarripa | 34
EL ABC DEL DERECHO |
El abc del Derecho. Por Karla Daniela
Tovar Nava | 35
NOSOTROS |
La revista “THEMIS” otorga reconocimientos a sus mejores colaboradores. Por Juan
Jesús Mendoza García | 36
Nuestra Facultad reconocida por la ANUIES
y la SCJN. Por la redacción | 38
Facultad de Derecho, presentó el libro:
Repensando la Constitución. Por Francisco Meza García | 39
Mtro. Fernando López Díaz de León recibió medalla Alfonso Quiroz Cuarón. Por
Elvira Meza García | 41
La UASLP presentó libro del magistrado
Ricardo Sánchez Márquez. Por Cristian
Ramírez Copado | 42
Inauguración del Centro Académico de
Justicia Alternativa. Por Karla Daniela
Tovar Nava | 43
Ofertará UASLP licenciatura en Criminología. Por la Redacción | 45
Se entrega el premio “Bufete de la Garza”
al Ensayo Jurídico. Por María Laura García Zermeño | 46
Facultad de Derecho de la UASLP, anfitrión del curso presencial del Nuevo Sistema Penal Acusatorio para abogados
litigantes. Por Sanjuana Idalia Guerrero
Reyes | 47
Se anuncian nuevos nombramientos en
la Facultad de Derecho. Por la Redacción | 48
3
EDITORIAL
E
4
l pasado 26 de marzo del 2015, el H.
Consejo Directivo Universitario aprobó
por unanimidad de votos la ampliación
de la oferta educativa de esta Facultad
de Derecho “Abogado Ponciano Arriaga
Leija” de la Universidad Autónoma de
San Luis Potosí, ofreciendo una nueva
carrera, la Licenciatura en Criminología,
que iniciará sus actividades a partir del
ciclo escolar 2015-2016. Un hecho inédito para nuestra entidad académica,
ya que desde el año 1826 solo se había
impartido la Carrera de Jurisprudencia,
hoy Licenciado en Derecho, en las instituciones que históricamente la han
ofrecido en nuestro Estado (Colegio
Guadalupano Josefino, Instituto Científico y Literario y la Universidad Autónoma de San Luis Potosí).
articulada e interdependiente, la complejidad del fenómeno antisocial, entendido éste, como el producto de
procesos sociales, económicos y políticos en que se encuentran inmersas
las relaciones humanas.
Un proyecto cuyo estudio se inicia
desde el mes de junio del año 2014,
mismo que se presentó ante el H.
Consejo Técnico Consultivo de la Facultad en el mes de agosto del mismo
año, y fue aprobado finalmente por la
Secretaría Académica de la Universidad en el mes de marzo de este 2015.
Acción que se sustenta tanto en el
Plan Institucional de Desarrollo de la
UASLP 2013-2023, como en el Plan de
Desarrollo 2014-2023 de la Facultad
de Derecho.
Es pertinente destacar que la apertura de la Licenciatura en Criminología,
ha sido bien recibida no solo entre la
comunidad universitaria, sino también
por los sectores público y privado. Reconocimiento que distingue a nuestra
Facultad de Derecho, de la que orgullosamente formamos parte.
Los estudios de Criminología proporcionan los conocimientos científicos
y metodológicos, así como los recursos teóricos y prácticos, que permitirán a sus egresados identificar, analizar,
e interpretar eficientemente, de manera
Lic. Fernando Sánchez Lárraga
Director de la Facultad
Otro de los beneficios del estudio de la
criminología radica en permitir y reconocer todas las contingencias de victimización. Así como, señales y factores
de riesgo asociados, para contribuir en
una especial atención a quienes puedan encontrarse en ellas, por medio del
asesoramiento en programas y planes
preventivos y de seguridad, tanto de
instituciones gubernamentales como
no gubernamentales, encaminados a
fortalecer el bienestar de la comunidad.
“SIEMPRE AUTÓNOMA. POR MI PATRIA
EDUCARÉ”
“AD JUSTITIAM PER JUS”
THEMIS
| CRITERIO
CRITERIO
Compilación de Leyes. Difusión al
alcance del público en general
Juan Carlos Ramírez Salazar | Casa de la Cultura
Jurídica Ministro Antonio Rocha Cordero.
L
a presencia de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación en cada una de
las entidades de la república mexicana,
a través de las Casas de la Cultura Jurídica, atiende a la tarea de promover
la cultura jurisdiccional y del derecho,
fortalecer la presencia del Poder Judicial de la Federación, así como difundir
actividades como la constante actualización legislativa federal y estatal.
Esta labor va más allá de dar a conocer
los criterios interpretativos emitidos
por todos los juzgados y tribunales federales del país, implica servir tanto a
funcionaros del Poder Judicial, académicos, abogados postulantes, estudiantes, niños y a la sociedad en general.
¿Qué es el programa de
compilación de leyes?
La publicidad de las leyes es uno de
los más importantes derechos de la
sociedad. En nuestro país, durante el
gobierno del presidente Benito Juárez,
se creó el Diario Oficial, que permite
conocer la legislación y sus modificaciones a nivel federal; para el caso
de los Estados y el Distrito Federal se
cuenta con las publicaciones oficiales de cada gobierno.1 Actualmente y
atendiendo a las disposiciones sobre
transparencia y acceso a la información pública gubernamental, es muy
valiosa la publicidad de las normas,
como son: códigos, leyes, decretos,
circulares, entre otros, que sin ese requisito, no son aplicables.
El programa de compilación de leyes
es la actividad, entre otras, que brinda la Casa de la Cultura Jurídica, que
consiste en la constante actualización
legislativa estatal, que permita al Alto
Tribunal y al público en general apreciar la intención del legislador local
al aprobar las leyes y sus reformas. Se
constituye en un medio para actualizar las herramientas y bases de datos
disponibles para su consulta electrónica en la página oficial de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación.
Esta actividad se realiza de la siguiente
forma: semanalmente se asiste a recoger en las oficinas de la Dirección del
Periódico Oficial del Estado dos ejemplares del Periódico Oficial Estado. En la
parte superior derecha de la portada
del periódico se imprime el sello de
recepción de los ejemplares. Se revisa
la emisión de leyes, reformas o adiciones a leyes locales. En caso de modificaciones, inmediatamente se envía
mediante correo electrónico la imagen
escaneada de la reforma o adición al
Centro de Documentación, Análisis,
Archivos y Compilación de Leyes, órgano de la Presidencia de la Suprema
5
Ordenamientos sobresalientes
Asimismo, se pueden citar como disposiciones sobresalientes en vigor, entre otras, las siguientes:
Constitución Política del Estado Libre
y Soberano de San Luis Potosí. Fue
publicada el 2 de enero de 1918 en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí,
decretada el 5 de octubre de 1917 y
sancionada el 8 del mismo mes y año.
En relación a las modificaciones que
se le han realizado, desde su vigencia
se registran 74 reformas.
Corte, con la finalidad de mantener informado al Alto Tribunal de las últimas
modificaciones a la legislación local,
así como poner a disposición del público en general esta información en
internet en el sitio de la Suprema Corte. A continuación se realiza un listado,
que su vez alimenta una base de datos
donde se registran los periódicos recibidos, y mediante oficio se remite un
ejemplar físico de cada uno al Centro
de Documentación, Análisis, Archivos
y Compilación de Leyes, órgano que
cotejará la información previamente
enviada por medio electrónico, el otro
ejemplar se integra a la colección del
Periódico Oficial del Estado de esta
Casa de la Cultura Jurídica.
¿Cuál es el periodo que abarca la
compilación de leyes?
Del 2 de enero de 1918 con la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de San Luis Potosí al 8 de
enero de 2015 con las recientes modificaciones a la Ley de Desarrollo Social
del Estado.
De la misma forma, el acervo de la
Casa de la Cultura Jurídica alberga
6
• Recopilación de Leyes de Dublán y
Lozano, desde el periodo novohispano
a 1906.
• En el ámbito federal El Foro, de 1873
a 1893.
• A nivel local La Sombra de Zaragoza,
de 1873 a 1876.
• Igualmente a nivel local La Unión Democrática, de 1877 a 1881.
• Colección del Diario Oficial de la Federación, de 1872 a 2011.
• Colección del Periódico Oficial del Estado, de 1900 a la fecha.
La última corresponde al decreto 802,
publicado el 8 de noviembre de 2014.
Mediante esta reforma se adecúan
los contenidos de la Constitución
Local y la Ley de la Auditora Superior
del Estado, con el objetivo de que las
cuentas públicas municipales anuales
se entreguen al Congreso del Estado
y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el 31 de enero
del año siguiente al de su ejercicio. De
acuerdo a la exposición de motivos,
la reforma atiende al principio de que
no puede concebirse una democracia
sino se garantiza un mínimo control
de los ciudadanos sobre la acción de
sus gobernantes, más allá de las elecciones periódicas.
Actualmente, en la base de datos se
enlistan aproximadamente 126 ordenamientos vigentes en el Estado. Los
más recientes corresponden a la Ley
para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados, Embargados,
o Abandonados; el Código Penal; la
Ley de Ejecución de Medidas Cautelares, Penas y Medidas de Seguridad; la
Ley de Justicia Indígena y Comunitaria
y la Ley de Víctimas.
Código Familiar para el Estado de San
Luis Potosí. Publicado en la edición
extraordinaria del Periódico Oficial del
Estado, de fecha 18 de diciembre de
2008, mediante decreto número 555.
Este código, de acuerdo a la exposición de motivos, posee el honor de
ir a la vanguardia en varias disciplinas
académicas, literarias y científicas, ya
que únicamente los Estados de Morelos, Hidalgo y Zacatecas, a la fecha
ejemplares de publicaciones periódicas que datan del año de 1872 a la
fecha, de la siguiente manera:
THEMIS | CRITERIO
de publicación del citado código, contaban con una legislación especial
sobre la familia. Entre las figuras que
sobresalen, se destacan las relativas a
la familia, el matrimonio y la filiación.
En cuanto a la filiación, en el Título
Octavo se define como el derecho
irrenunciable que tiene toda persona
a ser hija o hijo desde el momento que
nace o es adoptado. A través de la filiación se genera el parentesco entre los
progenitores y las hijas y los hijos. Ante
el avance de la ciencia en materia de
reproducción humana asistida, la ciencia jurídica se ha visto obligada a actualizar sus vocablos sobre este tema;
lo que, a su vez, motivó al Poder Legislativo a un estudio minucioso respecto
a la filiación resultante de la aplicación
de técnicas de fecundación humana
asistida, proveyéndose de información
especializada sobre este complejo
tema, previendo la problemática jurídica que puede surgir cuando un
tercero donante de material genético,
pretenda ejercer su derecho a la prueba de la paternidad o, por el contrario,
cuando el padre legal no biológico,
pretenda desconocer a la hija o hijo
que no posee su material genético,
solicitando para ello la prueba del ácido desoxirribonucleico (ADN), que por
derecho le otorga la legislación vigente en el Estado.
Entrada en vigor del Código Nacional
de Procedimientos Penales. Se trata de la declaratoria publicada en la
edición extraordinaria del Periódico
Oficial del Estado, el miércoles 30 de
julio de 2014. En la exposición de motivos se señala que el nuevo Sistema
Penal Acusatorio, de corte adversarial
creado a partir de la reforma Constitucional publicada en el Diario Oficial de
la Federación el 18 de junio del 2008,
ordena en el artículo segundo transitorio su incorporación en todas las entidades federativas del país.
De acuerdo con la declaratoria, el Código Nacional de Procedimientos Penales publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 5 de marzo del 2014,
entrará en vigor con todos sus efectos
legales en el Estado de San Luis Potosí
el día 30 de septiembre del año 2014,
a partir de las 00:01 horas. Se aplicará gradualmente en cada una de las
zonas del Estado, iniciando en la del
altiplano con el Segundo Distrito Judicial que comprende los municipios
de, Matehuala, Catorce, Villa de la Paz,
Villa de Guadalupe, Cedral y Vanegas,
con residencia en la cabecera municipal de Matehuala.
que permite la difusión y alcance de
los derechos humanos, con el propósito de lograr un acercamiento con la
sociedad.
Suprema Corte de Justicia de la Nación, Normativa
Nacional e Internacional, en: https://www.scjn.gob.
mx/normativa/Paginas/presentacion.aspx. (Consultado el 22 de enero de 2015).
2
Suprema Corte de Justicia de la Nación, Casas de
la Cultura Jurídica. Presencia en México de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, SCJN, México, 2013, p. 9.
1
Por su trascendencia e interés, las anteriores disposiciones y muchas más
pueden ser consultadas en las instalaciones de la Casa de la Cultura Jurídica
en San Luis Potosí Ministro Antonio
Rocha Cordero.
Comentario final
La difusión de la constante actualización legislativa federal y local, para
brindar un servicio a funcionarios del
Poder Judicial y a la sociedad en general, bajo la lupa de la transparencia
y acceso a la información pública gubernamental, es uno de los propósitos
para el cual fueron creadas las Casas de
la Cultura Jurídica. El Ministro Juan N.
Silva Meza,2 llegó a mencionar respecto de las mismas que se han convertido, a través de su quehacer cotidiano,
en transportadoras del conocimiento
teórico y práctico para la aplicación de
las nuevas leyes y reformas constitucionales; además, de ser un vehículo
7
DERECHO Y SOCIEDAD
¿Educar para ser competitivo o
para ser cooperativo?
Víctor Tovar Cuevas | Posgrado de la Facultad de
Derecho. Posgrado de la Facultad de Contaduría
y Administración. Sistema de Bibliotecas.
El secreto es la cooperación y la ayuda.
“Y de hacer bien y de la ayuda mutua no os olvidéis; porque de tales sacrificios se agrada Dios”. Hebreos 13:16.
En el fondo no hay diferencia de clases ni de personas ni de intereses.
Todos estamos embarcados en el mismo barco y debemos, relegar
el egoísmo envolvente, remar hacia buen puerto. No hay
desconfianza hacia el futuro porque no existe el futuro. Sólo
nos vale el presente, el gestionar bien nuestras vidas y alianzas
para poder, cuando salgamos de esta, tener un referente
moral, un mensaje de esperanza para las nuevas generaciones, un firme valor de generosidad y cooperación entre
todos, un nuevo paradigma en la convivencia social desde
la igualdad, la libertad y la fraternidad
entre todos, seamos nobles de
portada o de corazón.
Cartas Dharana
Imagen: http://www.freepik.es/
L
a educación ha sido vinculada
como determinante del crecimiento
y en un sentido ampliado del desarrollo, prevaleciendo y fundamentándose
en las teorías de que tú puedes ser un
hombre de éxito, de renombre y competitivo, estas teorías educativas se han
convertido en un fuerte fundamento
de la política educativa y laboral, en el
que destacan preceptos conceptuales,
evaluativos y económicos, por encima
de fundamentos de carácter multidisciplinario, formativo y social. Se observa
que el fomento del enfoque de formación por competencias, éxito y renombre, lejos de favorecer el aprendizaje a
lo largo de la vida, pueden desalentarlo,
ser poco efectivos y muy costosos.
8
Las teorías educativas actuales nos
han creado un mundo sobre la idea
de que necesitamos ser importantes a
costa de otros. Ese es el mensaje que
recibimos desde niños, sepárate de
la manada se el número uno, y gana.
Nos alienta a ser los mejores competidores. La naturaleza humana es competitiva y la seguimos alimentando
con teorías educativas de competitividad (rivalidad, lucha, disputa, reto, enfrentamiento, debate, desafío, poder,
autoridad, capacidad, dominio, habilidad, talento, pericia, destreza) generadoras de grandes competidores en
todos ámbitos y niveles, hambrientos
de competir y ganar para ser el mejor
a costa de otros.
Es hora de preguntarnos ¿qué estamos haciendo mal?, ¿tenemos que
cambiar la mente?, ¿cambiar las percepciones —las teorías educativas—
con las cuales estamos formando a
nuestros alumnos? En alguna ocasión
Ralph Waldo Emerson (escritor, filósofo y poeta) escribió: el mundo es de
aquel que puede ver a través de sus
apariencias, si lo ves como una mentira, habrás acertado.
La respuesta clara y evidente a la pregunta ¿qué estamos haciendo mal?
es el ponernos a competir, a vernos
como rivales, a demostrar quién es el
mejor tanto en lo individual como en
lo organizacional, ese es el gran error
de las teorías educativas en todos los
THEMIS | DERECHO Y SOCIEDAD
niveles, y en todas las latitudes geográficas, guiarse de teorías educativas
que fomentan la división, desigualdad,
arrogancia, soberbia y vanidad, dejando de un lado las teorías fundamentales de un sistema, del servicio, del trabajo en equipo, del apoyo, del amor,
del respeto, la cooperación, la democracia y la humildad.
Competición egoísta frente a la
cooperación:
Lo que se ve es la construcción a lo largo del tiempo de una conciencia hasta el punto que esa conciencia captó
a un gran número de personas y estas
actúan sobre esa conciencia. Cuando
se empiece a captar la idea de suplir
las teorías educativas de competitivo,
exitoso, eminente, superior, excelente,
supremo, notable, distinguido, soberano, magnífico, destacado, ilustre; por
teorías que se fundamenten en la cooperación, apoyo, el servicio y la humildad, la democracia, la sistematización,
el equilibrio en todos sus sentidos y en
el amor el cual permitirá dar la oportunidad de ser humanos completos,
empezaremos a arreglar las cosas.
Es posible que hayamos mirado el
mundo donde la realidad es incorrecta
y de ser así como cambiamos las cosas, como cambiamos algo. Allí también se tiene que observar la historia
y preguntarnos: ¿Dónde cambiaron las
cosas? ¿y cómo cambiaron? Las crisis
siempre traen consigo oportunidades,
queda de parte nuestra comprenderlas para poder encontrarles a los adolescentes una salida que nos permita
resolverlas, y aprovechar esas oportunidades que de otra manera pasarían
desapercibidas. Aunque comprender
las crisis es tarea individual, su resolución generalmente requiere de la participación colectiva.
Imagen: http://www.freepik.es/
Por lo expuesto, lo que la a educación
necesita saber para reconocer sus poderes es que los actos cotidianos y pequeños pueden construir con el tiempo un gran movimiento. Este es un
proceso complejo, que por lo general
pasa desapercibido, pero cuyas implicaciones tienen raíces muy profundas,
llegando a modificar el subconsciente, tanto individual como colectivo,
y como parte de ese nuevo proceso
crear una nueva cultura. El trabajo
duro y hacer los máximos esfuerzos
no nos sacarán de un pozo. En realidad, sólo por medio de la luz de los
conocimientos procedentes del exterior podremos darnos cuenta de que
estamos en un pozo. Los economistas
nos han enseñado que la competencia resolverá nuestros problemas. En
realidad, la competencia, lo vemos
ahora es, destructiva. Sería mejor que
todos trabajaran juntos formando
un sistema, con el fin de que todo el
mundo gane.
Conclusiones
“O cambiamos o morimos, esa es la alternativa. (…) En momentos de crisis total necesitamos consultar la fuente origi-
naria de todo, la naturaleza. ¿Qué es lo
que ella nos enseña? Ella nos enseña —
(…)— que la ley básica del universo no
es la competencia que divide y excluye,
sino la cooperación que suma e incluye.
Todas las energías, todos los elementos,
todos los seres vivos, desde las bacterias
y los virus hasta los seres más complejos,
estamos inter-retro-relacionados y, por
eso, somos interdependientes. Una tela
de conexiones nos envuelve por todos
lados, haciéndonos seres cooperativos y
solidarios. Lo queramos o no esa es la ley
del universo.
Aquí se encuentra la salida para un nuevo
sueño civilizatorio y para un futuro para
nuestras sociedades: haremos de esta ley
de la naturaleza, conscientemente, un
proyecto personal y colectivo, seremos
seres cooperativos. (…) Urge comenzar
con las revoluciones moleculares. Comencemos por nosotros mismos, siendo
cooperativos, solidarios, compasivos,
simplemente humanos. De este modo,
definiremos la dirección correcta. En ella
está la esperanza de vida para nosotros
y para la Tierra. (Leonardo Boff, presentación de “El principio de cooperación:
en busca de una nueva racionalidad” de
Mauricio Abdalla).
9
THEMIS | DERECHO Y SOCIEDAD
Una Propuesta de Huerto Urbano
para el campus Zona Oriente
Germán Vargas Ruiz y Laura Rodríguez Arcos
| Facultad de Ciencias Sociales y Humanidades
H
ablar sobre agricultura urbana
y producción de hortalizas es útil en
nuestros días. No nos basta con tener
conocimiento sobre estas alternativas de consumo alimenticio, puesto
que la aplicación en nuestro entorno
es necesaria.
Se entiende por huerto urbano al “espacio que se encuentre en un territorio urbano no rural destinado al cultivo
con cualquier tipo de fin: productivo,
autoconsumo, educativo, demostrativo, recreacional, político-social, etc.;
tanto en tierra como en recipientes de
todo tipo” (Mullins 2010: 10).
Los huertos urbanos surgieron hace
más de dos siglos y han ido cambiando su significado. En sus comienzos,
en las ciudades Europeas de mediados del siglo XIX, era necesario llevar a
cabo esta práctica para la sobrevivencia, aunque regulada por las autoridades para generar poca resistencia en
contra del sistema industrial. Durante
las guerras mundiales tuvieron un
carácter de esfuerzo patriótico, y en
un contexto de economía en guerra,
aplicar métodos de producción alimenticia sustentables fue una manera
de salvar vidas. Ya en los años 70 del
siglo pasado, en los Estados Unidos se
comienza a englobar la idea de actividades de jardinería comunitaria con
autogestión, el mejoramiento en el
10
desarrollo local, la integración social y
la educación ambiental.
En nuestros días, además de los valores
recreativos que se le atribuyen a este
tipo de proyectos, va haciéndose cada
vez más fuerte la idea de generar ciudades sustentables, producir paisajes verdes e introducir esa parte de la naturaleza de la cual ya estamos muy alejados.
La creación de huertos dentro del
ámbito académico no es nada nuevo,
inclusive para México, pues instituciones como SAGARPA ha impulsado la
creación de éstos en escuelas públicas
cuyo objetivo ha sido el de la concientización agrícola, así como la creación
de Uni-Huerto Urbano ubicado en la
Facultad de Ingeniería de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, que
desde el 2011 se encuentra en funcionamiento a través de la planeación y capacitación de estudiantes de las Facultades de Ingeniería, Hábitat, Contaduría
y Administración y de la Facultad de
Psicología y Agronomía.
La tarea para el futuro, en cuanto a estos proyectos, consiste en darles una
constante incidencia en nuestro entorno inmediato para la proliferación
de huertos, y no solo verlos de manera
esporádica y particular, si no tratar de
aumentar dichas áreas verdes que nos
permitan seguir desarrollándonos dentro del ámbito académico y ecológico.
En el mundo somos más de 7,000,
000,000 millones de personas, sobrepoblación que genera necesidades excesivas de alimentación y conlleva a la
creación industrial de alimentos en el
mundo que llegan a generar contaminación ambiental.
La industria alimenticia más que nutrirnos y fortalecer ese apego por la
tierra, en realidad nos separa cada
vez más de este mundo haciéndolo
ajeno a nosotros e induciéndonos a
THEMIS | DERECHO Y SOCIEDAD
consumir productos de dudosa procedencia, o en su defecto productos de
calidad pero de accesibilidad remota o
precios exorbitantes.
Como alumnos de la Facultad de Ciencias Sociales y Humanidades, nuestro
interés por la educación ambiental
sustentable se debe a que es una de
las partes más importantes en nuestro
desarrollo como futuros trabajadores
sociales, para así poder generar una visión integral en el cuidado ambiental
y fomentar ese desarrollo ecológico
para futuras generaciones.
Basándonos en el Plan de Desarrollo
2014-2023 de la Facultad de Ciencias
Sociales y Humanidades aprobado por
el H. Consejo Directivo Universitario en
su sesión Ordinaria del 27 de noviembre de 2014 y apoyándonos con materias de las licenciaturas de Geografía,
Historia, Antropologia y Arqueología
tales como: Desarrollo Sustentable,
Sistemas Ecológicos Terrestres, Geografía Ambiental de México, Recursos Naturales de México, Planeación
General y Regional de México, Ordenamiento Territorial y Ordenamiento
Ecológico, Historia Ambiental, Antropología del Género, Antropologías de
las Juventudes Contemporáneas en
América Latina, Problemas Políticos,
Económicos y Sociales de México, Ecología Cultural, Revolución Neolítica,
entre otras, podemos ver que la FCSyH
tiene contenidos curriculares ambientalistas y de sustentabilidad, más específicamente con conocimientos sobre
justicia, equidad y bienestar, en donde
se pretende reforzar esta relación olvidada de la sociedad con el ambiente.
La educación ambiental para el desarrollo sustentable es medular en el trabajo académico de los cinco Cuerpos
Académicos (CA) de la Facultad. Esta
relevancia se manifiesta en tres ámbitos
del quehacer de los CA: I) las líneas
de generación y aplicación del conocimiento (LGAC); II) la formación de
recursos humanos (licenciatura y posgrado); y III) la obtención de financiamiento para el desarrollo de proyectos
de investigación.
Estos tres ámbitos se complementan
con una intensa labor de divulgación
sobre esta temática. (Extraído del Plan
de Desarrollo 2014-2023 de La Facultad
de Ciencias Sociales y Humanidades).
Nuestra propuesta es desarrollar un
Huerto Urbano en las instalaciones
de la Facultad de Ciencias Sociales
y Humanidades para poder llevar a
cabo las teorías y prácticas por parte
de las materias curriculares, manejarla a un nivel de Praxis refiriéndonos a
no dejarla en la mera especulación y
contemplación, no dejar esos conocimientos solo dentro de una aula, si no
generar conciencia en base a la experiencia y reflexividad con nuestro entorno inmediato.
Proyectos como este generan una
participación saludable y comunitaria,
la cual hace falta en la Facultad y en la
ciudad. Este tipo de proyectos propician la integración para las diferentes
disciplinas de nuestra escuela, áreas
verdes vistas como pulmones para la
ciudad, espacios de intercambio y encuentro con posibilidades muy grandes de enseñanzas lúdicas, educativas
y reflexivas para cualquier individuo.
Nuestro Huerto pretende tener un
carácter ecológico, con esto nos referimos a que cualquier actividad que
realicemos será con respeto a nuestro
medio ambiente. La propuesta es recuperar variedad de hortalizas locales
capaces de reproducirse en nuestro
suelo, además de rescatar las maneras
de producción de antaño. Haciéndolo
de manera artesanal dejando de lado
11
THEMIS | DERECHO Y SOCIEDAD
talleres, actividades escolares, festejos en cuanto al calendario Hortícola,
exposiciones, tianguis ecológicos solidarios, donación de productos del
huerto para fines sociales, etc.
Pretendemos desarrollar un espacio
de respiro y concientización contrarrestando esos colores grises que nos
sumergen en la cotidianidad del urbanismo. Tratar de rescatar ese lado
humano con la naturaleza, recordándonos el valor de trabajar la tierra en
cooperación con nuestros iguales. Haciéndole frente a un contexto donde
las relaciones son meramente superficiales y sin incidencia, donde se vive
solo para el hoy y se piensa en el yo,
donde no hay tiempo más que de comidas rápidas y alimentos transgénicos, queremos detenernos y reflexionar hacia donde nos dirigimos.
maquinaria ya sea eléctrica o mecánica, así como herbicidas, pesticidas u
otros productos químicos para generar productos 100% naturales, a través
de un compostaje de abono natural.
De este modo aprenderemos a trabajar la tierra, cultivarla, cuidarla, recolectarla, tomar conciencia de donde
provienen los alimentos, alimentarnos
mejor y lo más importante, trabajar en
equipo comprometiéndonos con y
para el otro.
12
Nuestro huerto será un lugar comunitario fomentador de relaciones intergeneracionales; un espacio abierto a
todo tipo de disciplinas que se puedan llevar a la practica en el medio
ambiente, un lugar abierto al aprendizaje, el dialogo y el debate para las
mejoras aplicables en nuestro entorno. Se tienen pensadas actividades
públicas generadoras de reflexión social y educación ambiental, todo esto
en jornadas de trabajo en el huerto,
BIBLIOGRAFÍA
• HUERTOS URBANOS EN TRES CIUDADES EUROPEAS:
LONDRES, BERLÍN, MADRID. NEREA MORÁN ALONSO.
Trabajo de investigación tutelada. Doctorado
Periferias, Sostenibilidad y Vitalidad urbana. Curso
2008–2009. Tutor: AGUSTÍN HERNÁNDEZ AJA. Departamento de Urbanística y Ordenación del Territorio.
Escuela Técnica Superior de Arquitectura | Universidad Politécnica de Madrid.
• http://www.uaslp.mx/Spanish/Academicas/fcsh/
Transparencia/plandesarrollo/Documents/PLADE-FCSyH-2014-2023.pdf
• Mullins Garcés, Isabel, 2010. Cosechando Experiencias
en los Huertos Urbanos de Barcelona, el modelo de
ficha urbe-hortícola como recurso de comunicación social-ambiental. I, Universidad de Barcelona, Barcelona.
THEMIS
| IUSHOC
AD HOC
IUS AD
Protección Jurídica del Nasciturus.
Segunda Parte
Lic. Alejandro Gerardo Nava García
E
s de vital importancia reconocer
que el nasciturus es un ser humano
desde el momento mismo de la fecundación y desde entonces debe de
gozar de la protección jurídica que la
legislación de cada país otorgue.
En la Convención Americana sobre
Derechos Humanos (Pacto de San
José Costa Rica), en el artículo 4º referente al Derecho a la Vida establece lo
siguiente: “Toda persona tiene derecho
a que se respete su vida. Este derecho
estará protegido por la Ley y en general
a partir del momento de la concepción”.
Se pudiera decir que el nasciturus está
representado por sus padres pero
esta representación descansa en la
existencia del representado, de manera que se admite que el embrión
humano es persona y que tiene capacidad mínima para considerarlo sujeto de derechos.
Nuestra Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4º (párrafo cuarto) establece ad
literam lo siguiente: “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud”,
y ésto da entender que el embrión y
el feto, al ser personas, también tienen
derecho a la protección de su salud y
de su bienestar. Así, cualquier manipulación del nasciturus debe perseguir siempre su bienestar y la procuración de su salud.
Por otro lado la SCJN, en su papel de intérprete última de nuestra Constitución
estableció en su tesis jurisprudencial
13/2002 que “el producto de la concepción se encuentra protegido desde ese
momento y puede ser designado como
heredero o donatario”. Se concluye que
el Derecho a la Vida del producto de la
concepción, deriva tanto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como de los Tratados Internacionales y las Leyes Federales y Locales.
Entonces el embrión humano, desde
el momento de su concepción, tiene
derecho a la protección que debe ser
dada por nuestras leyes, a toda persona es decir, tiene derecho a la vida, a
que se respete su dignidad como ser
humano, a la libertad y a preservar su
salud. Y no obstante que su vida dependa biológicamente de su madre,
el embrión tiene su propia individualidad, su propio código genético, que
lo hace un ser único e irrepetible cuya
existencia debe protegerse.
Para el ser humano, la vida no solo es
un hecho empíricamente comprobable
sino que es un derecho. Que debe protegerse tanto en el ser ya nacido como
en el por nacer, de donde deriva la ilegitimidad del aborto. El derecho a la vida
es la esencia de los derechos humanos,
pues sin vida no existiría la humanidad,
y como todo derecho es exigible.
Concluyo de la siguiente manera, Primero: Desde el primer momento de la
concepción posee plena dignidad humana y por lo tanto, posee también el
derecho fundamental de la vida, por lo
cual se le debe otorgan la protección
jurídica necesaria.
Segundo: La postura de afirmar que
la vida y la dignidad del ser humano
son valores primordiales de la sociedad, cuyo respeto y protección da
sentido a todos los demás derechos y
libertades fundamentales en el Estado
Democrático de Derecho; pues el ser
humano es la referencia última de la
imputación de derechos y libertades
fundamentales.
Tercera: La desvalorización que hacen
algunas personas a la persona humana en sus primeros estadios es un grave atentado al embrión humano y a su
dignidad como persona, por ello es de
suma importancia que la legislación
de cada país lo reconozca como sujeto
de derechos.
BIBLIOGRAFÍA
ABELLAN SALORT, Jose Carlos, “La autonomía del embrión humano en el inicio de la vida” (Identidad y estatuto
del embrión humano), 2ª edición., Biblioteca de Autores
Cristianos, Madrid, 1999.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
Editorial Porrúa, México, 2010.
LEJEUNE. Jerome, ¿Qué es el embrión humano? Documentos del Instituto de Ciencias para la Familia, Ediciones Rialp, Madrid, 1993.
13
THEMIS | IUS AD HOC
Ponderación de los Derechos Humanos
de las víctimas del delito
Rodrigo Becerra Ortiz
Imagen: http://miled.com/wp-content/uploads/2015/01/secuestroo.jpg
L
a historia de la humanidad, ha sido
siempre, la de una marcha constante
hacia su liberación y de un ascenso
hacia formas más elevadas de dignidad y justicia. Por eso, la fórmula de
Ulpiano, se ha venido enriqueciendo
con el tiempo, y adquiriendo cada vez,
mayores y más ricos significados, así
como nuevos grupos urgidos de tutela, salvaguarda y protección.
La palabra “ponderación” deviene del
latín “pondos” que significa peso; y es la
forma en que se aplican los principios
jurídicos, es decir, las normas que tiene
la estructura de mandatos de optimización. Estas normas no determinan
exactamente lo que debe hacerse, sino
que ordenan que algo sea realizado en
la mayor medida posible, dentro de las
posibilidades jurídicas y reales existentes.
Así las cosas, uno de los temas que actualmente interesa a ocupados y preocupados del Derecho, así como a la literatura académica, es sin duda alguna, el de
“la ponderación jurídica” y ello obedece a
su gran importancia, y relevancia, dentro
del campo del derecho.
Para establecer esa “mayor medida
posible” en que debe realizarse un
principio, es necesario confrontarlo con los principios opuestos o con
los principios que respaldan a las reglas opuestas. Esto se lleva a cabo en
una colisión entre principios. Existe
14
colisión de principios, cuando en un
caso concreto son relevantes dos o
más disposiciones jurídicas que fundamentan prima facie dos normas
incompatibles entre sí, y que pueden
ser propuestas como soluciones para
el caso concreto.
El uso de la palabra “ponderación”,
constituye, obviamente, una metáfora,
la cual evoca una balanza, en la que las
distintas normas, son “pesadas”, y la decisión final, dependerá del “peso” que
tenga cada uno de los principios, en las
circunstancias del caso a decidir y prevalecerá, la solución establecida por
aquel principio de mayor “peso”, ya que
habrá inclinado la balanza a su favor.1
THEMIS | IUS AD HOC
Imagen: http://www.lopezdoriga.com/wp-content/uploads/2015/01/oriente20-secuestro-angustia-y-desesperacic3b3n-011.jpg
De esta guisa se puede afirmar que la
ponderación es un procedimiento de
tipo racional, y estrictamente argumentativo que guarda estrecha correspondencia con los principios de, idoneidad,
necesidad y proporcionalidad; a resumidas cuentas, es la forma de resolver la
incompatibilidad entre normas, prima
facie, verbigracia, cuando se enfrenta
el derecho de una persona física a vivir
en un medio ambiente sano, frente al
de una moral con derecho al comercio.
En este ejemplo y teniendo en cuenta
que la persona moral para conseguir
su derecho al comercio quizá podría
hacerlo contaminando con su producción, aguas, suelo, aire, etc., etc., se vería
afectado no sólo el derecho de la persona física a vivir y desarrollarse en un
medio ambiente sano, sino que afecta
el derecho de la sociedad. Es aquí donde entra en juego “la ponderación” al
sopesar ambos derechos y emitir de
manera cabalmente razonada y bien
argumentada, su sentencia.
En pocas palabras, Robert Alexy,
creador de la “Ley de la ponderación”
atinadamente afirma que : “cuanto
mayor es el grado de la satisfacción o
de la afectación de un principio, tanto mayor tiene que ser la importancia
de la satisfacción del otro”2.
Ahora bien, al hablar de una “adecuada” ponderación dentro del campo criminal o penal, debe entenderse que el
ponderar entre derechos en general,
implica siempre una afectación para
alguna de las partes; en materia Constitucional, el enfrentamiento entre derechos fundamentales, es totalmente
ponderable, ya que se podría decir
que ambos sujetos de derechos en
conflicto se encuentran en un plano
de igualdad.3 Cosa distinta sucede en
el derecho netamente Penal, ya que en
el triángulo procesal penal, los sujetos
involucrados, no se encuentran en un
plano homeostático, habida cuenta de
que la balanza teórica, de derechos, de
referencia, de protección, etc., siempre
se encuentra cargada hacia el reo.
Es entonces cuando el derecho de la
víctima, es decir el “derecho a la justicia”,
se enfrenta a un derecho específico,
dentro de los múltiples que tiene el
protervo delincuente; es aquí, donde
una “adecuada ponderación”, debe hacer su aparición en escena, y el juez conocedor del Ius, debe emitir y aplicar,
un criterio adecuadamente argumentado de ponderación.
Así, se manifiesta que, el principio
de proporcionalidad, es considerado
como un principio general del ordenamiento jurídico y domina la discusión
moderna sobre las injerencias estatales en los derechos fundamentales,
debido a su función de medida de
ponderación entre los fines colectivos
del Estado o de la sociedad, por una
parte, y la garantía del contenido esencial de los derechos del reo, por otra.
De esta guisa, se puede inferir que,
frente al derecho del delincuente, se
encuentran vulnerados, no sólo el sujeto pasivo del ilícito, sino también la
sociedad, ya que, el índice delictivo,
inevitablemente la afecta, no sólo en
el ámbito social, laboral, económico,
moral, ético, etc, etc, sino además en el
jurídico y el de los derechos humanos;
15
THEMIS | IUS AD HOC
Luego entonces, cabe la cuestión, que
estoy seguro se ha preguntado una y
mil veces la sociedad en general y que
deberían formularse de manera constante los jueces en materia penal a la
hora de emitir sentencia: en la balanza
ponderativa, ¿qué pesa más, el derecho del reo, o el derecho a la justicia
de la entidad colectiva de la sociedad
(víctima)? Entendida aquí, por “justicia”,
no sólo la reparación física, material o
económica del daño, sino el compurgue de una pena corporal del reo, en
un centro de reintegración social.
Olas de narcotráfico, secuestros, homicidios, robo en general, por mencionar
algunos, nutren la interminable lista de
delitos que se hacen presentes día con
día en la sociedad mexicana. Luego entonces, caen como anillo al dedo las siguientes interrogantes: ¿en qué debería estribar una verdadera justicia para
las víctimas y ofendidos del crimen?,
y ¿cómo, y de qué manera, deben ser
desagraviadas y reparadas esas víctimas por el daño y perjuicio que sufren
por parte de la delincuencia?
El derecho internacional, considera
como verdadero acceso a la justicia en
materia penal, la sanción para el delincuente y la garantía de no repetición.
Este esfuerzo por “justiciar” a la víctima
es totalmente plausible, pues denota el
verdadero compromiso y la inagotable
lucha por balancear los derechos de la
víctima y el victimario, así como el de
reducir los índices delictivos en cualquier sociedad. En el derecho mexicano, los funcionarios públicos involucrados a lo largo del proceso penal,
16
Imagen: https://noticiasmicrojuris.files.wordpress.com/2014/01/shutterstock_153567077.jpg
lo que también la convierte de manera
irremediable, en una víctima secundaria o indirecta.
e inclusive de la averiguación previa,
deben decidir, a través del equilibrado
ejercicio de ponderación, cuáles de
los derechos deben prevalecer sobre
otros, ya que pueden cometerse injusticias en caso de observar los derechos
de sólo una de las partes, sin tener en
cuenta los de la otra. Debe observarse todo lo anterior, pues el hecho de
que el victimario no sea sancionado,
se convierte en una violación crasa de
los derechos de la víctima.4
“En otras palabras, la víctima del
delito, con todo el sufrimiento que
ello conlleva, no puede volver a ser
víctima de un sistema de procuración
e impartición de justicia que no responda a sus derechos humanos y a
sus legítimas exigencias”.5
Desgraciadamente la doctrina, hace
escaza referencia al ejercicio ponderativo, y son pocas las ocasiones en
las que esta verborrea, se traduce en
algo más, que en una simple teoría,
que queda empolvada en voluminosos tomos, sin tener un radio de efectiva aplicación.
1
MARTINEZ ZORRILLA, David, Metodología jurídica y
argumentación, Madrid, Ed. Marcial Pons, 2010, p. 153.
2
ALEXY, Robert, La construcción de los derechos fundamentales, Buenos Aires, Ed. Ad Hoc, 2010, P. 30
3
Supra.
4
Vid. ATIENZA, Manuel, Curso de argumentación jurídica,
Madrid, Ed. Trotta, 2013, cap. VI 5.8.
5
Vid. VÁZQUEZ RAÑA, Mario, 15 Marzo 2012, http://
www.oem.com.mx/laprensa/notas/n2468039.htm
THEMIS | IUS AD HOC
El Instituto Federal de Defensoría
Pública ¿Qué es?, ¿Para qué sirve?,
¿Qué función tiene?
Lic. Sanjuana Idalia Guerrero Reyes
Imagen: http://www.incda.org.mx/images/slide-3.jpg
S
on algunas preguntas que nos hemos hecho alguna vez, algunos hasta
hemos confundido a la defensoría social y de oficio, con la Defensoría Federal
de Oficio. El Instituto Federal de Defensoría Pública es un órgano del Poder
Judicial de la Federación y del Consejo
de la Judicatura Federal cuya función
es garantizar el derecho a la defensa
publica en materia penal y el acceso a
la justicia mediante la orientación, asesoría y representación jurídica en las
materias administrativas, fiscal, civil y
derivadas de las causas penales, permitiendo atender a la población menos
favorecida del país, bajo los principio de
gratuidad, probidad, honradez y profesionalismo, contribuyendo a superar
desigualdades sociales, preservando los
derechos humanos, consolidar el principio de Estado de derecho y el principio
constitucional de acceso a la justicia.
Esto es, la base sobre la cual trabaja el
Instituto Federal de Defensoría Pública.
Pero dentro de ésta institución, sobresale la figura del Defensor Público Federal, no con ello queremos demeritar
las demás figuras existentes, pero si
queremos dar a notar que la figura del
defensor público es abiertamente más
conocida por la comunidad, la cual tiene mayor identificación de él.
Pero para desempeñar a cabalidad
esa función, ¿Qué cualidades, habilidades y estudios deberá tener la persona que quiera desempeñarlo?, para
responder a ésta interrogante; mencionaremos algunos de estos aspectos que deberá tener el elemento que
desee ocupar el cargo.
Tendremos que enfocarnos en primer
término del ser humano, del individuo, esto es, las aptitudes, cualidades,
valores y habilidades que debe poseer,
ante todo debe tener; vocación de
servicio, estos es, apegarse a los principios rectores contenidos en la constitución (legalidad, honradez, lealtad,
imparcialidad, eficacia), y ceñirse en
todo momento al ejercicio profesional,
aptitudes como: el razonamiento lógico, comprensión verbal y expresión
escrita, memoria, capacidad analítica,
de síntesis, de observación y razonamiento inductivo.
Los valores como la honestidad, rectitud,
prudencia y la justicia, que hagan resaltar el lado humano y la ética profesional.
Las habilidades que le ayuden a tener
un mejor desempeño en su devenir
diario profesional, éstas deben ser: capacidad de negociar, desenvolverse de
forma efectiva en los contextos de gran
tensión, socialización, para mejor escuchar, entender y comprender a las personas en su problemática específica.
Las cualidades importantes es la empatía para interactuar con quienes
demandan el servicio de una manera
integral, la asertividad traducida como
la capacidad de la persona para no
cumplir con observaciones de una
17
THEMIS | IUS AD HOC
procesales, Derechos Fundamentales
y Derechos Humanos, es uno de los
puntos fundamentales, pues si se carece de esta forma de pensamiento, se
estaría en desventaja, para entender el
fin de la justicia y el derecho.
Imagen: https://juristasyderechos.files.wordpress.com/2014/07/cropped-balanza.jpg
persona, para herir su sensibilidad,
esta capacidad sirve para reconocer
momentos en los que a la persona
se le debe negar una petición que resulte ociosa, improcedente o ineficaz,
el temple necesario para tomar decisiones de la manera más objetiva en
situaciones adversas, la valentía, para
enfrentar testigos hostiles (militares,
policías y/o defendidos) que consideran que el defensor público no debe
ayudar a los delincuentes, compromiso, la solidaridad ante quienes menos
tienen, el trabajo en equipo, el hablar
con la verdad siempre, sea para bien o
para mal, no engañar a la sociedad ni
al juez, pretendiendo que en las sentencias conceda la razón a su cliente,
cuando no la tiene.
Respecto a los conocimientos se debe
contar con el título de licenciado en
derecho o su similar, tener experiencia
en procesos penales, especialidad en
materia penal u procesal penal incluyéndose ejecución penal.
La Cosmovisión garantista del sujeto,
entendiendo al garantismo como el
respeto irrestricto de garantías infra-
18
Tener un buen desempeño como
Defensor Público Federal, no significa
saber más o tener en extremo experiencia, si bien es cierto que es de gran
ayuda para la realización de la profesión, no se debe de olvidar que se está
tratando con personas y no con números o expedientes, que ante todo
debe tener empatía con sus defendidos y familiares, que debe velar por el
debido proceso, por los derechos humanos y por el mayor beneficio dentro
de los límites del derecho y la justicia.
¿Cuál debería ser la mayor satisfacción
de ser Defensor Público Federal? El saber
que se hizo todo lo posible dentro del
marco del derecho y la justicia; y sobre
todo, el mejor pago que podría tener
un defensor público federal, es la satisfacción del defendido y familiares por el
servicio prestado y su agradecimiento.
Algo que se debe sumar a la institución en recursos humanos, se debe
contar con técnicos especialistas y
peritos investigadores para estar en
igualdad de armas con la autoridad.
BIBLIOGRAFÍA
http://www.ifdp.cjf.gob.mx/Quees/mision.asp
THEMIS | IUS AD HOC
Daño moral
Francisco Camacho García | Estudiante de la Facultad
de Derecho “Abogado Ponciano Arriaga Leija”.
“El sabio no se sienta para lamentarse, sino que se pone alegremente
a su tarea de reparar el daño hecho.” William Shakespeare.
Imagen: http://www.metro.pr/_internal/gxml!0/r0dc21o2f3vste5s7ezej9x3a10rp3w$fh24ylqltkeet6ei59b6w5phpeb12ys/ACosoLaboral.jpeg
E
l llamado daño moral ha tenido
una evolución interesante pues no
era considerado como un tema autónomo y relevante en los primeros
códigos civiles en México, cobra vida
a partir de la reforma del año de 1982
donde se modifica precisamente éste,
al considerar el atender los sentimientos o afectos, cuando se define con
mayor precisión los valores que protege el legislador, y lo interesante es
que incluye al Estado como posible
responsable, criterio avalado por la Suprema Corte de la Nación al confirmar
que las personas morales pueden ser
víctimas del daño moral en aquellos
valores que sean compatibles con su
naturaleza como seria la reputación.
México, en busca de un trato más
justo, ha venido incrementando la
protección a las víctimas, en especial
respecto al daño moral, se prevé como
excepción y únicamente cuando se
afectan, en materia de responsabilidad
civil, los bienes protegidos a los que se
hace referencia en el primer párrafo
del artículo 1916 del Código Civil para
el Distrito Federal, que a la letra dice:
Artículo 1916.- Por daño moral
se entiende la afectación que una
persona sufre en sus sentimientos,
afectos, creencias, decoro, honor,
reputación, vida privada, configuración y aspectos físicos, o bien en
la consideración que de sí mismo
tienen los demás. Se presumirá que
hubo daño moral cuando se vulnere
o menoscabe ilegítimamente la
libertad o la integridad física o
psíquica de las personas.
Respecto al honor, Gómez Palacios1
afirma: “el honor es la valoración que
las personas hacen de la personalidad
ético-social de un sujeto y comprende
las representaciones que la persona
tiene de sí misma, que se identifica
con la buen reputación. El honor es el
bien jurídico constituido por las proyecciones psíquicas del sentimiento
de estimación que la persona tiene de
sí misma atendiendo a lo que la colectividad en que actúa considera como
sentimiento estimable”. En efecto, el
honor es un valor que lleva al individuo a comportarse de acuerdo a las
normas morales y sociales que la sociedad considera apropiadas.
Este mismo autor nos ofrece las siguientes definiciones de vocablos
relacionados con el daño moral y a la
reputación de la persona, tales como:
Honra. “Estima y respeto de la dignidad
19
THEMIS | IUS AD HOC
actitud negativa de otros es generalizada o proviene de quien le importa,
como puede ser el aprecio, respeto o
estima de la persona hacia quien cambia su actitud de positiva a negativa.
En conclusión el daño moral se distingue por aproximar el derecho a lo
humano, al sufrimiento, al dolor, a los
afectos, a la vergüenza y en general al
temor que día a día nos azota, si bien,
la solución de ponerle precio a ello
no es perfecta. Llega hasta ese punto
donde se contemplan la condición
humana y la impartición de justicia.
Juicio Crítico.
Respecto a la investigación realizada,
tanto en normas jurídicas y textos de
apoyo, no estoy de acuerdo en ponerle
precio al daño irreversible provocado
por la afectación moral a la persona,
pues se trata de un perjuicio personalísimo que afecta sólo a la víctima, que
ni con terapias costosas, psicólogos y
psiquiatras muy bien preparados en la
materia podrían resarcir dicho perjuicio.
Imagen: http://i.ytimg.com/vi/AtpciQGzRfU/maxresdefault.jpg
propia. Buena opinión y forma, adquirida por la virtud y el mérito.
Imagen Propia. Figura, representación, semejanza y apariencia de algo.
Crédito. Reputación, forma, autoridad.
Decoro. “Honor, respeto, reverencia que
se debe a una persona por su nacimiento o dignidad, comportarse con arreglo
a la propia condición social, corresponder con actos o a su merecimiento.”
Respecto a la afectación psíquica,
nuestra cultura le otorga gran importancia al ego, al “yo” de la persona y por
ende sanciona el daño que se le pueda
infringir. En nuestro país la identidad
de la persona, conforman un bien real
y sólido, no es algo tangible, pero es un
bien que pueda vulnerarse, inclusive
puede afirmarse que su vulnerabilidad
es algo inmerso en nuestra manera de
ser, al punto que la persona constantemente se preocupa por incrementar su
buena imagen, tanto que algún gesto,
una mala cara o hasta una sonrisa pueden afectar su tranquilidad, su sueño
y hasta su paz interna, sobre todo si la
La violencia laboral puede ser consecuencia de la discriminación, situación que puede causar daño psicológico en quien la padece.
20
En México y otros países occidentales
deberíamos de empezar a darle menor importancia a nuestra imagen, lo
que puedan decir otras personas de
nosotros, a estar creando todos los
días y esforzándonos por tener una
mayor y mejor apariencia con los demás , porque solo es eso “Apariencia” y
le damos tanta importancia a nuestros
afectos, a nuestros sentimientos, que
nos hacemos personas débiles, vulnerables ante la sociedad, que al parecer
uno mismo se esmera por pulir o tener una buena reputación, la sociedad misma siempre estará buscando
algún error para manchar tu imagen,
tu nombre, tu reputación y nos afecta
mucho mas si ese daño proviene de
personas cercanas que le tenemos un
gran aprecio y no es justo que porque
alguien afecte nuestros sentimientos
de un momento a otro se derrumbe
todo lo que hemos construido, existen
personas exitosas, carismáticas, felices,
con logros, metas y sueños cumplidos
que por una afectación de éste tipo
descuidan sus vidas, no quieren seguir
adelante a pesar que deben tener todo
el apoyo y respaldo de sus seres queridos, en el ámbito jurídico cada vez se
ven más casos de suicidios, divorcios,
asesinatos y un sin fin de delitos a causa del daño sufrido por la víctima.
Estoy de acuerdo con que apliquen
sanciones y que se les de mayor importancia a los delitos que afecten la
moral de la persona, que se trate de
resarcir el daño y que existan especialistas que ayuden a las personas con
trastornos que pueden llegar a ser
muy peligrosos e incluso empujarlos
a cometer acciones perjudiciales para
ellos mismos y las demás personas.
Pero todo esto mejoraría si nosotros
como personas cambiáramos nuestra
mentalidad, que nuestra cultura fuera
THEMIS | IUS AD HOC
mas propia y más amable, empezar a
darle valor a las cosas que en verdad
son importantes, es increíble como
otros países más pequeños cuentan
con un gran desarrollo, tanto industrial, como económico y su base principal son los valores inculcados en la
gente, la disciplina que tienen en su
entorno, desde las aulas de clase, el
respeto que se les tiene a las personas mayores y a los padres, a la convivencia entre sus semejantes, es impresionante el comportamiento de las
personas en un accidente de auto en
México, con un choque en otro país,
en México actúan de manera agresiva
y ninguna de las partes quiere llegar a
algún acuerdo favorable para ambos,
en cambio en el otro país, se disculpan
y de una manera muy atenta resuelven el problema.
Coreanos corren en la estación para llegar al trabajo “estricta cultura laboral”.
Otro buen ejemplo es su honradez y
sencillez, que se ve reflejada en los espacios públicos, pueden hacer uso de
los recursos que su gobierno les ofrece
sin dañarlos o maltrataros, antes bien
los cuidan y les dan un buen uso.
El tema no sólo se relaciona con temas
que se trabajan en clase, sino que también los vivimos en nuestra vida cotidiana, con las que convivimos, ya que
nosotros mismos, sin darnos cuenta,
desde el momento en que nos burlamos de algún error o aspecto físico de
algún compañero, estamos dañando
sus afectos, sus sentimientos, dañando
su autoestima, que conlleva a un menor desenvolvimiento dentro de sus
actividades, así como a una menor capacidad para desarrollarse socialmente. En clases se ve éste tema mucho
más a fondo ya que el daño moral en
la actualidad tiene mayor relevancia
para el jurista, ya que se refiere a dar
Imagen: http://portal.andina.com.pe/EDPfotografia2/Thumbnail/2008/02/15/0000054419W.jpg
Daño moral-dentro de la familia.
un trato más justo entre las personas y
que exista una mejor convivencia, más
sana y menos conflictiva.
En nuestros días el daño moral se
torna una tarea compleja, ya que al
tratarse de un daño impalpable, su
determinación resulta difícil así como
su cuantificación, es importante recalcar que se trata de una trasgresión a
los derechos personalísimos de una
persona a través de agravio a la dignidad, honorabilidad e integridad física.
El juez como juzgador debe apreciar
y estimar el daño tomando en cuenta algunos aspectos, como el grado
de cultura de la persona afectada, su
posición social y económica, puesto
que no hay una norma expresa que
establezca específicamente del daño
moral ocasionado, es decir el monto
puede variar, dependiendo de la situación en que se encuentre la persona y
también dependiendo del motivo que
causa el daño.
Dentro del ámbito profesional es
más importante saber, reconocer las
leyes y reformas que se tienen en
nuestro país, acoplándose a la vida
del hombre que día a día ha ido
cambiando y evolucionando.
Los beneficios que nos aporta el tema
en relación al ámbito familiar es de
suma importancia, ya que en la familia es donde se comienza a inculcar
muchos de nuestros valores, la familia es la base de nuestra educación y
cultura, dicha educación es el origen,
el pedestal, el sostén, el cimiento y el
principio de poder formarnos como
profesionistas y otorgarle algo bueno
a nuestra sociedad.
El daño moral desde el punto de vista
social presenta unas ciertas particularidades en las consecuencias que genera tanto en lo colectivo, como en lo
individual, podemos ver el daño moral
y su sanción como un medio de control social.
Aunque se trate de un daño psicológico no deja de afectar de manera integral a la persona y por ende perjudica
a todo el entorno social.
Gomez Palacios Ignacio, Daño moral y responsabilidad
civil, ed. Porrúa, México, 2012, p.27.
1
21
THEMIS | CONVOCATORIA THEMIS • SEMANA DE DERECHO 2014 • MEJORES ARTÍCULOS
Mtro. Jaime Loredo Hernández1| Comisión Estatal
de Derechos Humanos.
Imagen: http://www.mientrastantoenmexico.mx/wp-content/uploads/2014/11/FOTO.jpg
México estado fallido,
¿verdad o mentira?
E
n los aconteceres históricos del Estado Mexicano, desde el constituyente
de 1917, con sentido social se ha buscado por medio de un régimen constitucional y legal, la pacificación de la
sociedad en general con presunción
ha vislumbrando siempre el afán y el
distingo de un territorio basto y enriquecedor lleno de recursos naturales y
distintivo por la grandeza de su gente,
sin embargo por la falta de oportunidades consistentes concretamente en
la ausencia de políticas públicas entre
otras importantes decisiones, que definan y aseguren una calidad de vida
22
digna para los más de 60 millones de
pobres que día a día pasan hambre y
las múltiples necesidades que nunca
verán satisfechas, hacen que la realidad recrudezca el presente y el futuro
de las y los mexicanos que ven frustración y el panorama es desolador en
tanto la falta de empleos y salarios remunerados, sin acceso a la educación
particular en tanto continúe siendo
privilegio de aquéllas personas que
cuentan con ingresos suficientes para
recibirla, como si se tratara de postulados a quien mejor pague, la inseguridad que cada vez se hace más común
y de manera recurrente cualquier persona está presto a ser víctima de un delito con lujo de violencia, la discriminación que se hace presente en las calles
o en las escuelas del país y qué decir de
la violencia escolar y así se continuaría
una lista de los muchos problemas que
embargan al país y se sería interminable e indescriptible los aconteceres.
Entonces surgen los cuestionamientos ¿Para qué nos sirven los Poderes
públicos del Estado, las Instituciones
y sus representantes?, o a caso es un
adorno institucional, porque en la actualidad el compromiso que se asume
THEMIS | CONVOCATORIA THEMIS • SEMANA DE DERECHO 2014 • MEJORES ARTÍCULOS
es lograr el movimiento y transformación de México y es que el discurso no
se ajusta con la realidad a la que nos
enfrentamos donde prevalece la corrupción, la opacidad y desconfianza
en quienes nos gobiernan.
El discurso se ve rebasado por los últimos acontecimientos tan drásticos y
lamentables como es el caso de Ayotzinapan y Tlatlaya y de aquellos asuntos de gran relevancia que están pendientes de resolver por las autoridades
mexicanas, es donde el discurso no
concuerda con tan avasallantes tragedias y es que las promesas de progreso,
el desarrollo social y la justicia han quedado cortas en un orden jurídico mexicano que a pesar de sus reformas en
distintas materias sobre todo en las de
seguridad, justicia y derechos humanos en esta última donde los derechos
fundamentales simplemente se reconocen al amparo de los tratados internacionales y adquieren los derechos
humanos rango constitucional con
protección jurisdiccional, por medio
del juicio de amparo y las garantías ciudadanas como mecanismo protector
ante los abusos de las autoridades; no
es suficiente que estos mecanismos de
protección hayan sido plasmados en la
propia Constitución si no les damos su
vigor y plusvalía a través de la cultura
de la legalidad y de aplicación efectiva
por parte de las autoridades.
Es momento de hacer pausa y cuestionar lo que se hace ante tantas omisiones de parte del Estado Mexicano
que no ha sido capaz de resolver y de
Imagen: https://juantadeo.files.wordpress.com/2013/05/michoacc3a1n-guardias-comunitarias.jpg
ocuparse de los problemas que tiene
a la vista en ausencia de las facultades
legítimas, para actuar sin aspavientos y
en verdad se atreva a enfrentar la realidad con absoluto respeto a las libertades y derechos de las y los mexicanos,
al cumplimiento irrestricto de lo justo
para todas y todos se comenzaría hablar
de otra percepción que urge a los ojos
de cualquiera que tenga la necesidad
de paz y de justicia y no simplemente
que esto sea parte de lo mismo por que
el Estado Mexicano merece destacar en
todos los contextos aunque el lastre de
efectos y daños continué seguirá siendo un Estado fallido lleno de simulaciones que lo único que ocasionan es
el letargo de una sociedad lacerada de
llena de tanta indignación que a pesar
de las omisiones gubernamentales lucha todos los días contra la impunidad
y que el desenlace de los gobiernos
que desde los años 30’s han propuesto modernidad, justicia y bienestar solo
ha quedado en buenos deseos de que
estén extintos por incumplidos y ahora
con el retorno del gobierno de la inestabilidad e incertidumbre.
Se necesita algo distinto para que la
historia cambie el rumbo y se pueda
contar con sistemas democráticos que
capaciten a una sociedad merecedora
de un estado fortalecido y no fallido,
por sus ambiciones y torpezas entonces estimados lectores cuáles son sus
pronósticos o tendencias que más se
asemeja a una terrible realidad de un
Estado fallido sin remedio o solución
en tanto que la descomposición social, es inminente por la nuevas y inminentes crisis económica solo basta
ver con prospectiva hacia el próximo
año el petróleo por los suelos y el dólar
por los cielos, sin programas de austeridad gubernamental pero el gran
impulso a la Secretaría de Desarrollo
Social para fomentar el incremento en
el presupuesto con toda la intención
de que el programa “prospera” llego a
los marginados con toda la intención
de mantener el clientelismo electoral.
En fin, la decisión, como lo sostuvo el
filósofo Platón, la decisión está en tus
manos, como dijo el ex presidente
Chileno Salvador Allende “la historia
me juzgará”.
Maestro en Administración Pública, Abogado y Politólogo. Docente Certificado en Derechos Humanos por
SETEC. Actualmente se desempeña como abogado capacitador de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
1
23
THEMIS | CONVOCATORIA THEMIS • SEMANA DE DERECHO 2014 • MEJORES ARTÍCULOS
México en el Panorama Jurídico
Internacional, un recorrido desde
los Derechos Humanos
Dr. Francisco Parra Barbosa1 | Comisión Estatal
de Derechos Humanos de San Luis Potosí.
L
os Estados Unidos Mexicanos,
nombre oficial del Estado mexicano,
ha suscrito casi todos los documentos internacionales que en el ámbito
internacional se han ofertado sobre
los Derechos Humanos, ha sido no
solo impulsor de dichos instrumentos
jurídicos sino en su caso ha propiciado el establecimiento de los mismos.
Éste breve estudio de la participación
de México en el plano del derecho
internacional, vinculado con los Derechos Humanos, buscará abordar a
manera panorámica la secuencia de
dicha imbricación y cómo se ha traducido esa labor jurídica hacia el derecho interno.
1.- El Derecho Internacional en el
Marco Jurídico mexicano.
El Artículo 133 Constitucional señala
en su texto lo siguiente: “Esta Constitución, las leyes del Congreso de la
Unión que emanen de ella y todos los
Tratados que estén de acuerdo con la
misma, celebrados y que se celebren
por el Presidente de la República, con
aprobación del Senado, serán la Ley
Suprema de toda la Unión. Los jueces
de cada Estado se arreglarán a dicha
Constitución, leyes y tratados, a pesar
de las disposiciones en contrario que
pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados.”2
24
Éste es el fundamento que desde la
Ley Suprema se esgrime en nuestro
país para incorporar la legislación internacional a nuestro ordenamiento
legal interno. Actualmente se sigue
el criterio sustentado por la Suprema
Corte de Justicia de la Nación considerando a los Tratados Internacionales
en un segundo nivel jerárquico pero
por encima de las Leyes Federales, así
lo contempla tesis aislada que aparece publicada en la página 46 del tomo
X, noviembre de 1999, del Semanario
Judicial de la Federación y su Gaceta3.
Antes de entrar en detalle sobre los
instrumentos internacionales que México ha suscrito, es necesario señalar
que existe una variedad de los mismos,
entre los que encontramos Declaraciones, Tratados, Protocolos, Resoluciones, Recomendaciones, Acciones y un
extenso etcétera que puede llegar a
confundirnos sobre la primacía y obligatoriedad de los mismos.
Si nos atenemos al texto constitucional podemos decir que las Declaraciones internacionales de la especie
que sean, no son vinculantes al Estado Mexicano porque el propio artículo 133 no las contempla, además
que éstos documentos generalmente
son expresiones de Principios que los
Estados sólo consideran como planteamientos de buena fe pero sin otra
consecuencia. En cambio, los Tratados
Internacionales a los que también se
les denomina: Pactos, Acuerdos, Convenios o Convenciones, como sinónimos de la palabra Tratado, sí se les
asigna carácter obligatorio y por lo
tanto si el Estado mexicano los suscribe y ratifica y además los publica en
el Diario Oficial de la Federación conforme a la Ley sobre la celebración de
Tratados vigente4, adquieren carácter
de ley interna y la legislación subordinada deberá adecuarse a dichas
disposiciones y someterse a ese criterio internacional, ahora de derecho
interno. En el caso de los Protocolos,
derivan siempre de un Tratado Internacional, por lo que su carácter legal al
ser complementario de un instrumento jurídico superior los hace también
de obligatorio cumplimiento.
La única excepción para el cumplimiento tanto de Tratados como de
Protocolos, serían los casos de Reserva que el Estado mexicano realizara a
dichos instrumentos internacionales,
entendiendo por tal lo que el Artículo
2, inciso D, de la Convención de Viena
sobre el Derecho de los Tratados5, señala: se entiende por “reserva” una declaración unilateral, cualquiera que sea
THEMIS | CONVOCATORIA THEMIS • SEMANA DE DERECHO 2014 • MEJORES ARTÍCULOS
su enunciado o denominación, hecha
por un Estado al firmar, ratificar, aceptar
o aprobar un tratado o al adherirse a él,
con objeto de excluir o modificar los efectos jurídicos de ciertas disposiciones del
tratado en su aplicación a ese Estado6 .
En el mismo sentido se expresa la Ley
sobre la celebración de Tratados7 en el
artículo 2 fracción VII sobre la reserva.
Para el caso de las Resoluciones y Recomendaciones cabe decir que si el
Estado mexicano se somete y adhiere
a las disposiciones de los diversos organismos internacionales de los que
forme parte, entonces se le podrá exigir su cumplimiento.
Por último debe mencionarse que
tanto al Senado de la República como
al titular de Ejecutivo, la Constitución
Federal les da atribuciones para incorporar legislación internacional al ámbito interno, de conformidad con los
artículos 76 fracción I y 89 fracción X,
respectivamente.
2. México, Estado parte en el
concierto internacional.
A nivel Internacional existe una diversidad de Organismos Internacionales
que pueden agruparse en varios niveles, así por ejemplo hay organismos
mundiales o globales como también
se les conoce y que contienen a casi
Imagen: http://embamex.sre.gob.mx/francia/images/stories/Francia/fotos/mxico-onu.jpg
todos los Estados. Existe una segunda
agrupación por Continente, denominada también como Regional. Luego
aparece una tercera vertiente binacional o de mas países de diversas regiones. Algunas otras agrupaciones pueden darse por intereses comunes aún
en la lejanía geográfica.
El Estado mexicano forma parte de un
sinnúmero de Organismos Internacionales como la Organización de las Naciones Unidas(ONU), dentro de la cual
se encuentran otros órganos como el
Alto Comisionado para todos los Derechos Humanos (ACNUDH), la Corte
Internacional de Justicia(CIJ), el Consejo de Derechos Humanos y el Alto
Comisionado de las Naciones Unidas
para los Refugiados(ACNUR), así como
una amplia cantidad de comités para
la protección de grupos vulnerables
como por ejemplo el Comité de los
Derechos del Niño, el Comité de seguimiento para la CEDAW(Convención
para la Eliminación de la Discriminación contra las Mujeres), los Comités
para dar seguimiento a los Pactos de
Derechos Civiles y Políticos y de los
Derechos Económicos, Sociales y Culturales, por citar algunos.
A nivel Regional, México forma parte
de la Organización de Estados Americanos y dentro esta última está sujeto
a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos así como a la Corte
Interamericana de Derechos Humanos, ambos órganos establecidos en
la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Existen otros organismos internacionales que buscan proteger Derechos
Humanos específicos, sea que dependan de la ONU o de otros mecanismos
globales o regionales y de los cuales
México es Estado Parte, entre ellos encontramos a la Organización Mundial
de la Salud(OMS), la UNESCO(Organización de las Naciones Unidas para la
Educación, la Ciencia y la Cultura), la
UNICEF(Fondo de las Naciones Unidas
para la Infancia), la OIT(Organización
25
THEMIS | CONVOCATORIA THEMIS • SEMANA DE DERECHO 2014 • MEJORES ARTÍCULOS
en materia de Derechos Humanos,
continuó hasta inicios de éste nuevo
siglo XXI, aún con un gobierno bajo la
alternancia partidista.
Imagen: http://www.lapolaka.com/la-leyenda-negra-de-tetoleyzaola/
Internacional del Trabajo), la FAO(Organización de las Naciones Unidas
para la Agricultura y la Alimentación) y
la UNIFEM(Fondo de Desarrollo de las
Naciones Unidas para la Mujer).
Existen otros organismos regionales de
carácter económico en los cuales México también participa, como el Fondo Monetario Internacional, el Banco
Mundial, el Banco Interamericano de
Desarrollo y la Comisión Económica
para América Latina(CEPAL), inclusive,
a partir de la caída del Muro de Berlín
en 1989 y con ello la caída del bloque
socialista, acontecimiento que produjo
una recomposición global en bloques
económicos regionales, aparecen nuevos núcleos internacionales derivados
de Tratados Internacionales como por
ejemplo el Tratado Trilateral de Libre
Comercio de América del Norte, con
Canadá, Estados Unidos de América y
México como integrantes o la Unión
Europea en el caso del viejo continente.
Podríamos resumir diciendo que México ha sido un Estado activo en el
concierto internacional de naciones,
26
ya que desde que se conformó la
ONU, fue uno de los cincuenta y un
miembros fundadores y esa ha sido
la tónica que en su política internacional ha seguido, quizá alterándose
con ciertos desaguisados durante la
administración foxista de 2000-2006,
más por situaciones personalizadas
frente a algunos presidentes de Latinoamérica que por otras cuestiones,
incluso, irónicamente, en esa época
muchos de los tratados suscritos por
el Estado mexicano pendientes de
aprobación, en especial en materia
de Derechos Humanos, fueron ratificados. Y es que aunque México había
estado suscribiendo casi todos los tratados sobre Derechos Humanos que
se le proponían desde los años 40’s
del Siglo XX, fue hasta el sexenio del
expresidente José López Portillo que,
por ejemplo, se ratificaron los dos Pactos de Derechos Civiles y Políticos y el
de los Derechos Económicos, Sociales
y Culturales, es decir, pasaron varias
décadas para aprobar instrumentos
internacionales que se habían firmado
en los años 60’s. Esa política de ser candil de la calle y oscuridad de su casa
3. Efectos del Derecho Internacional
al ámbito del Derecho Interno en
México, en materia de Derechos
Humanos.
Aunque en nuestro país se ha continuado la corriente monista del Derecho Internacional Público, planteada
por Cesar Sepúlveda8, consistente en
considerar el régimen de predominio
constitucional sobre los Tratados Internacionales, con la reforma Constitucional del 10 de Junio de 20119, que
incorpora a los Derechos Humanos
en el Capítulo que antes se denominaba Garantías Individuales, ahora se
transforma por completo el panorama
jurídico de nuestro derecho interno
y abre nuevas posibilidades para que
los Derechos Humanos sean el nuevo
ducto jurídico, toda vez que el artículo 1° considera “En los Estados Unidos
Mexicanos todas las personas gozarán
de los derechos humanos reconocidos
en esta Constitución y en los tratados
internacionales de los que el Estado
Mexicano sea parte…”. Habrá que ver
cómo esta visión y su aplicación en la
cotidianeidad normativa transforman
las nuevas prácticas jurídicas. Sólo
para vislumbrar lo que podría depararnos el destino sobre el particular,
traigo a la memoria tres situaciones
que desde el Derecho Internacional se
han producido a favor de los Derechos
Humanos y cómo han repercutido en
nuestro derecho interno.
El primer caso es el de la Convención
de los Derechos de los Niños, México
suscribió dicha Convención en Septiembre de 1989 y la ratifico en 1990,
THEMIS | CONVOCATORIA THEMIS • SEMANA DE DERECHO 2014 • MEJORES ARTÍCULOS
sin embargo fue hasta el 12 de Diciembre de 200510 que se reformó el
artículo 18 de la Constitución Federal,
obligando a replantear la edad penal
a partir de los 18 años cumplidos y
creando Leyes de Justicia para los Menores en conflicto con la Ley, sobre esa
situación aún hay mucho por hacer
pero es un ejemplo de la repercusión
y adecuación de un Tratado al ámbito
interno legal.
El Segundo caso es el de la Convención de Belem Do Pará (Convención
Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la
Mujer), Adoptada en Belem do Pará,
Brasil el 9 de junio de 1994 y ratificada
por México el 19 de junio de 199811 y
que se promulgó y publicó en Mexico
en el DOF. como la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia del el 1 de febrero de 2007.
En San Luis Potosí se hizo lo propio
con la Ley de Acceso de las Mujeres a
una Vida Libre de Violencia del Estado
de San Luis Potosí, del 7 de Agosto de
200712. Actualmente sigue la repercusión en el establecimiento de los
Centros de Justicia para Mujeres y en
la instrumentación de otras acciones
que van desde la prevención en las
políticas públicas hasta la reforma de
otros ordenamientos federales y locales así como el diseño de Normas Oficiales Mexicanas tendientes a eliminar
la violencia contra las Mujeres.
El último caso paradigmático de cómo
el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, permea hacia el
Derecho interno mexicano, es el hecho de que el Estado mexicano haya
aceptado someterse a la Jurisdicción
no solo consultiva sino también contenciosa de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos13, quitando la
reserva que se hacía a la Convención
Americana sobre Derechos Humanos
en ese punto específico. En Diciembre de 1998 nuestro país ingresa en
el seno de la OEA a un nuevo terreno
donde se hace efectiva la protección
internacional regional para todas y
todos los mexicanos de sus derechos
humanos. A partir de esa fecha y hasta la actualidad, se han presentado
diversas sentencias que han trastocado los privilegios autoritarios del régimen político mexicano, y se ha doblegado para modificar la legislación
contraria al respeto y cumplimiento
de los Derechos Humanos, basta con
citar la sentencia de la Corte Interamericana en el Caso de Jorge G. Castañeda vs el Estado Mexicano14 y su
consecuencia en la reforma política
de los artículos 39 al 41 de la Constitución Federal y la autorización de
las candidaturas ciudadanas. Otros
casos emblemáticos son las sentencias por ejemplo de Campo Algodonero15 (Muertes de Mujeres en Ciudad
Juárez) y el caso de Rosendo Radilla16
(sobre desaparición forzada).
Actualmente continúa la transformación de nuestro derecho interno, las
reformas jurídicas son profundas y van
en dos sentidos, unas a favor de lineamientos dictados para favorecer al Mercado Internacional y otras a favor de la
protección de los Derechos Humanos,
veremos cuáles predominan durante
estos años, si aquellas que favorecen
el reconocimiento y protección de la
Dignidad de la Persona o aquellas que
se interesan por lo contrario.
Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, España. Se
desempeña adscrito al Proyecto de la Defensoría de
Derechos Universitarios de la UASLP y en el área de
educación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí.
2
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_
07jul14.pdf 4 de Noviembre de 2014, 11:46hrsam
3
https://www.scjn.gob.mx/conocelacorte/ministra/
tratados-internacionales-toluca.pdf 4 de Noviembre de
2014, 11:51hrsam
4
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/216.
pdf 4 de Noviembre de 2014, 12:10hrspm.
5
Clase de Instrumento: Tratado internacional
Fecha de firma: 23 de mayo de 1969
Fecha de entrada en vigor internacional: 27 de enero
de 1980
Vinculación de México: 25 de septiembre de 1974
(Ratificación)
Fecha de entrada en vigor para México: 27 de enero
de 1980
DOF: 14 de febrero de 1975 https://www.scjn.gob.
mx/libro/InstrumentosConvencion/PAG0319.pdf 4 de
Noviembre de 2014, 12:27hrspm.
6
Ib. 4 de Noviembre de 2014, 12:27hrspm.
7
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/216.
pdf 4 de noviembre de 2014, 12:38hrspm.
8
Derecho Internacional (México: Porrúa, 2002)
9
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/proceso/
lxi/117_DOF_10jun11.pdf 4 de noviembre de 2014,
21:59hrspm
10
http://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Documentos/
Tesis/168/168870.pdf 4 de noviembre de 2014,
22:46hrspm.
11
http://www.inmujeres.gob.mx/index.php/ambito-internacional/convencion-de-belem-do-para 4 de
noviembre de 2014, 23:07hrspm
12
http://vidasinviolencia.inmujeres.gob.mx/sites/default/files/pdfs/ambito_estatal/leyes_violencia/leysanluispotosi.pdf 4 de noviembre de 2014, 23:15hrspm
13
http://www.oas.org/OASpage/press2002/sp/A%C3%B1o98/121698.htm 4 de noviembre de 2014,
23:34hrspm
14
http://jorgecastaneda.org/index.php?pageId=1220897439671675421 4 de noviembre de 2014,
23:35hrspm
15
http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_205_esp.pdf 4 de noviembre de 2014, 23:36hrspm
16
http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_209_esp.pdf 4 de noviembre de 2014, 23:37hrspm.
Abogado, egresado de la Facultad de Derecho de
la UASLP, cursó la Maestría en Derecho del Posgrado
de la misma Facultad y estudios de Doctorado en la
1
27
THEMIS | CONVOCATORIA THEMIS • SEMANA DE DERECHO 2014 • MEJORES ARTÍCULOS
La realidad del Derecho Penal
Internacional en el Sistema Jurídico
Mexicano
Mtro. Hugo Óscar Granja | Ángel Paredes Zamarripa1
Imagen: http://2.bp.blogspot.com/_Siim2bXKNBU/TMYYut6rdmI/AAAAAAAAAfs/Z07cnU04aqo/s1600/a+la+captura+de+halcones.jpg
L
os últimos tres sexenios presidenciales en México se han caracterizado, entre otras situaciones, por el
incremento en los niveles de delitos
relacionados con la delincuencia organizada, principalmente aquellos que
tienen relación con el narcotráfico. Este
problema social de seguridad pública
ha trascendido a la esfera internacional
por las medidas que el gobierno federal, en colaboración con los gobiernos
estatales y municipales, han empleado
para tratar de contener y disminuir dicha violencia, sin embargo los resultados no han sido del todo favorecedores, y pareciera que a mayores medidas
28
en materia de política criminal, se incrementan los grupos delictivos y con
el ello el aumento de los niveles de
violencia en el país, que en algunos
de los casos podría catalogarse como
extrema2.
Ante la comisión de hechos, que generan una extrema violencia, por parte de grupos de civiles armados y del
Estado mexicano contra la población
civil que harían suponer la existencia
de un Estado fallido, el Derecho internacional, sobre todo el Derecho penal
internacional, ¿qué papel deberían
desempeñar ante esta situación?
El Derecho penal internacional en
el sistema jurídico mexicano se va a
consolidar, en una primera etapa con
la suscripción del Estatuto de Roma y
con la posterior ratificación de dicho
instrumento internacional3. El proceso
de adaptación al sistema internacional
del Derecho penal, por parte del Estado mexicano, venía de la mano con un
proceso paralelo de reconocimiento
del Derecho internacional de los Derechos Humanos4, este último, el que
permaneció en un constante debate
interinstitucional en el Poder Judicial
de la Federación, incluyendo a la propia
Suprema Corte de Justicia de la Nación,
THEMIS | CONVOCATORIA THEMIS • SEMANA DE DERECHO 2014 • MEJORES ARTÍCULOS
por cerca de 94 años5, y que finalmente
se va a resolver de manera desfavorable
durante el primer semestre de este año.
El tema cobra relevancia, en principio por la incapacidad del sistema de
administración de justicia en México
para sancionar las violaciones graves
a los derechos humanos, como resultado de la inseguridad pública generada por la delincuencia organizada;
y en segundo por la ratificación del
Estatuto de Roma hecha por el Estado
mexicano, un instrumento internacional, que hay que decirlo, no admite
ningún tipo de reservas, es decir, el reconocimiento del Estatuto es pleno y
esto incluye a la jurisdicción de la Corte Penal Internacional. Sin embargo, el
20 de junio de 2005 (un día anterior a
la ratificación del Estatuto de Roma)
se publicó en el Diario Oficial de la
Federación un decreto por el cual se
reformaba el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en el que se adicionaba un
octavo párrafo, que a la letra menciona
lo siguiente: El ejecutivo federal podrá,
con la aprobación del senado en cada
caso, reconocer la jurisdicción de la corte
penal internacional.
Estableciéndose una reserva anticipada de facto, contraviniendo el compromiso internacional asumido por el
Estado mexicano frente al Estatuto de
Roma, disposición constitucional que
por medio de un fraus legis facta6 de
manera evidente viola el derecho penal internacional; sin embargo esta figura de fraude a la ley es exclusiva del
Derecho Internacional Privado y no
del Derecho Internacional Público.
La falta de atención a esta realidad flagrante de violación e inobservancia
Imagen: http://weblogs.upyd.es/europa/wp-content/uploads/sites/33/2015/02/CPI.png
de los compromisos internacionales
adoptados por el Estado mexicano,
ha generado una inestabilidad considerable no sólo en el sistema político
sino también en el sistema normativo
y sistema judicial mexicano, la que
incluso, ha alcanzado a la Suprema
Corte de Justicia de la Nación y que
se materializa con los criterios jurisprudenciales de enero, marzo y de
abril de 2014 que respaldan los excesos del poder político agudizando
la debilidad del sistema normativo.
Esta intolerancia asimétrica le abre
las puertas al poder político para que
en su afán de mantener el control y
represión sobre los problemas de inseguridad pública en el país, utilice
cualquier medio legislativo, creaciones y adiciones, en materia de seguridad pública y justicia penal que atenten contra los Derechos Humanos de
la población civil en México.
Licenciado en Derecho, Maestro en Política Criminal,
Master en Derecho Penal Internacional y Doctorando
en Derecho.
Estudiante del quinto semestre en la Facultad de
Derecho “Ponciano Arriaga Leija” UASLP.
2
Según la CNDH, había al menos 15.921 cadáveres sin
identificar y se habían exhumado más de 1.400 restos
de fosas comunes clandestinas. En marzo, el Grupo
de Trabajo de la ONU sobre Desapariciones Forzadas
o Involuntarias hizo público un informe que ponía de
relieve el alarmante índice de desapariciones forzadas
e impunidad en México. (Amnistía Internacional,
Informe anual 2013)
3
El Estado mexicano suscribe el Estatuto de Roma el
7 de septiembre de 2000 y lo ratifica el día 21 de junio
de 2005.
4
La impunidad a nivel mundial de violaciones de los
derechos humanos constituye el nexo entre los derechos humanos y el DPI. El objetivo del DPI es acabar
con la impunidad y remitir a los autores de graves
violaciones a los derechos humanos a la persecución
penal supranacional (Kai Ambos, Diálogo Político.
Publicación trimestral de la Konrad-Adenauer-Stiftung
A. C. Año XXI - Nº 3 - Septiembre, 2004
5
Fechas de criterios del Poder Judicial de la Federación
respecto a los Tratados Internacionales
6
La noción de fraude a la ley en Derecho internacional
privado radica en evitar la aplicación de una norma
imperativa mediante el cambio de punto de contacto.
(Mansilla y Mejía María Elena, UNAM).
1
Asumir las exigencias que demanda la
comunidad internacional sobre el ejercicio de los Derechos Humanos y la administración de la justicia penal no implica abandonar las facultades estatales,
decimonónicas, relativas a la Soberanía
e Independencia nacional, sino modificarlas y transformarlas de tal modo que
beneficie a la población civil.
29
THEMIS | CONVOCATORIA THEMIS • SEMANA DE DERECHO 2014 • MEJORES ARTÍCULOS
México, ¿estado fallido?
¿verdad o mentira?
Roberto Monsiváis Rodríguez | Estudiante de
la Facultad de Derecho UASLP
“México: una democracia bárbara”. José Revueltas.
como héroes y queríamos ser como
ellos algún día; la cuestión es ¿Cuándo
los héroes se convirtieron en villanos?
¿Cuándo un policía para mi dejó de
portar un silbato y una macana, para
cargar consigo un fusil AK47?, ¿En qué
momento pasaron a infundir miedo
en lugar de seguridad a la población?
Imagen: http://www.vivelohoy.com/wp-content/uploads/2012/03/140424746.jpg
E
l Estado de Derecho es la organización política de la vida social sujeta
a procedimientos regulados por ley
en el cual los actos del Estado están
limitados y guiados por el Principio
de Legalidad y el respeto absoluto
de los derechos fundamentales. Muchos pensadores han aportado a lo
largo del tiempo fundamentos para
llegar al concepto actual de Estado
de Derecho.
En México al asumir la presidencia en
diciembre de 2012, el Presidente Enrique Peña Nieto admitió que la “guerra
contra el narcotráfico” iniciada por su
predecesor, Felipe Calderón, había
generado una enorme inestabilidad
en la seguridad pública, misma que
30
repercute en todos los ámbitos de la
sociedad mexicana.
A diario encontramos en los periódicos la foto de alguna madre o padre de
familia, de algún hijo o hermano que
ha desaparecido, nos estremecemos
en nuestros asientos porque cada día
son más, porque no podemos creer
en las palabras de esperanza cuando
una madre desesperada llora por no
saber en dónde está su hijo, cuando
nos venden falsas ideas de libre expresión pero estamos más cerca de tener
el primer lugar mundial de periodistas
asesinados según la CNDH (Comisión
Nacional de los Derechos Humanos).
Hoy desconfiamos de las autoridades
cuando de pequeños los veíamos
La respuesta es muy sencilla a todos
estos cuestionamientos, la verdad
no se puede mantener oculta para
siempre y hoy no nos pueden ocultar las más de 5,000 investigaciones
que realizó la Procuraduría General de
Justicia Militar, de presuntos abusos
cometidos por esos héroes de nuestra
infancia; y lo más grave es que ese es
el número de los que se atrevieron a
denunciar, si consideramos que prácticamente es nula la cultura de la denuncia en este país, resulta un número
por demás aterrador.
Dejamos de lado la solidaridad, por
ejemplo en el tema de la migración al
aprovecharnos de nuestros hermanos
que vienen de países vecinos, cuando
no sabemos cómo ayudarlos, porque
no sabemos cómo ayudarnos a nosotros mismos y cuando si podemos
hacerlo, cuando si les extendemos
la mano grupos de delincuentes nos
amenazan nos quitan las posibilidades,
arrancándonos nuestros ánimos y las
esperanzas. Porque los compañeros de
clase cargan una navaja a lado de los
THEMIS | CONVOCATORIA THEMIS • SEMANA DE DERECHO 2014 • MEJORES ARTÍCULOS
Imagen: https://autorreferencial.files.wordpress.com/2014/10/marcha.jpg
libros los cuales deberían de ser nuestras únicas armas para defendernos ahí
afuera, cuando me doy cuenta de que
el vecinito de alguien ya no quiere ser
astronauta si no sicario, ese que con
dos piedras hacía una portería mismo
que ya no sale a jugar, porque hasta
para ir a la escuela debería de llevar un
casco y un chaleco antibalas.
Ante la crisis en la que estamos inmersos desde sexenios anteriores hemos
visto disminuida la actividad de la sociedad, no solo el ámbito económico
sino en todos los ámbitos, pues al carecer de unas condiciones mínimas
de seguridad se debilita todo en el
engranaje que hace que una sociedad
funcione y terminamos inmersos en un
círculo vicioso que, de seguir las actuales condiciones no lograremos vencer.
En días pasados ante empresarios de la
Coparmex el presidente Peña, en respuesta a lo que los empresarios comentaron, “Aseguró que el trabajo conjunto
entre gobierno y sociedad debe llevar a
modelar el país que todos queremos: de
valores, de respeto a los mismos y de instituciones que cumplan a cabalidad con
sus obligaciones” e insistió en que tiene
un compromiso “para que prevalezca la
legalidad y el estado de derecho”.1
El “Estado fallido” ha sido utilizado para
dar significado y explicar las situaciones
tan complicadas como lo es la ineficacia
gubernamental, inseguridad y falta de
respuestas en el sistema político. Cuando un Estado no cumple con su trabajo
que es proporcionar los servicios básicos, por fallar en el aspecto social, político y económico, caracterizándose por
tener un gobierno tan frágil que, no tiene control sobre su territorio con altos
niveles de corrupción y de criminalidad.
Estas, entre otras realidades de nuestro
país nos llevan a pensar que vivimos
realmente en un Estado fallido donde
el comportamiento estatal no puede
ser discrecional. Los actos del Estado
están sometidos a la Constitución política del Estado, marco que no debe rebasar. Además esos actos deben estar
guiados, siempre, por el Principio de Legalidad, ya sea el formal o sustancial.
Vargas R. y Miranda J. (2014) Reitera Peña Nieto
compromiso con la legalidad y el estado de derecho.
La Jornada. Recuperado el 1 de noviembre de 2014
http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2014/10/30/reitera-pena-nieto-compromiso-con-la-legalidad-y-el-estado-de-derecho-4151.html
1
31
THEMIS | CONVOCATORIA THEMIS • SEMANA DE DERECHO 2014 • MEJORES ARTÍCULOS
México en el concierto internacional
Arturo Rubio Azuara | Estudiante de la Facultad
de Derecho UASLP
Imagen: http://elhorizonte.mx/foto/470000/479876_elena_poniatowska_reyes_espana_premio_cervantes.jpg
E
n la era moderna de acelerada inversión extranjera y apertura de mercados que la acompañan, nuestro
país tiene el reto de no rezagarse en
los temas de cultura, justicia, derechos
humanos y autentico desarrollo social,
que le preserven estabilidad y armonía
en todos los niveles de su población.
La impunidad, la corrupción y la violencia deben desaparecer de nuestro
entorno nacional.
Si en el plano interno México hace un
gran esfuerzo para consolidarse como
32
Estado soberano, superando debilidades y deficiencias institucionales a fin
de que a la comunidad mexicana le
sean respetados sus derechos y protegidas sus garantías, mismas que la indolencia, en el tiempo, ha deteriorado.
México se proyecta con organización
sólida a fin de alternar internacionalmente con las demás soberanías que
conforman el mundo contemporáneo.
Son diversos los planos que conforman
nuestras relaciones internacionales destacando naturalmente el diplomático,
el cultural, el comercial, el turístico, el
migratorio, el laboral, el deportivo, el
industrial, el militar, etc.
En sus relaciones internacionales,
México ha tenido momentos cumbres durante los cuales ha sostenido
tesis, aceptadas mayoritariamente,
como la del reconocimiento de los
gobiernos surgidos en circunstancias
críticas, previó el periodo de no intervención hasta en tanto se determine
la legitimidad de las autoridades
(Doctrina Estrada).
THEMIS | CONVOCATORIA THEMIS • SEMANA DE DERECHO 2014 • MEJORES ARTÍCULOS
Se ha constatado que importantes
son nuestras relaciones culturales con
otros pueblos de la Tierra. Por ejemplo los esfuerzos de nuestro país por
recuperar objetos y emblemas que
pertenecen originalmente a nuestra
cultura, siendo notable el de la solicitud de México al gobierno de Austria
para lograr la devolución del “Penacho
de Moctezuma”, actualmente instalado en exhibición en el Museo Nacional
de Viena. En el mismo tenor, México ha
tenido la satisfacción de registrar los
reconocimientos internacionales a favor de las obras de los escritores Octavio Paz y Carlos Fuentes, finados, y de
la escritora Elena Poniatowska.
nes hidropónicas (invernaderos) que ya
funcionan en el país y el amplio ámbito
comercial que origina en todas partes
del mundo; si a esto agregamos las instalaciones de máquina a las que son
muy aficionados los inversionistas nos
estamos internando en el océano comercial que amenaza con extenderse.
En el contexto internacional México
cuenta con una infraestructura importante en el orden histórico, que nos
mantiene en intensa comunicación
con todos los pueblos de la tierra. Los
servicios turísticos permiten al México contemporáneo conocer personalmente sitios y hechos históricos
de importancia universal y el movimiento de divisas por este concepto
es realmente importante. Hay mucho
que exponer de nuestras relaciones
internacionales y, seguramente, esta
actividad se incrementará en el futuro.
Ante esta espectacular y compleja
actividad mexicana en el plano internacional, el gobierno de nuestro país
debe consolidar su infraestructura
tanto pública como privada, a fin de
que los avances logrados concilien y
no dividan la opinión oficial nacional
con la opinión de organismo internacionales especializados, como recientemente ocurrió con el tema de los
Derechos Humanos.
En el ámbito comercial se han incrementado notablemente nuestras relaciones, sobre todo en esta época de
globalización. Es acelerado el crecimiento comercial entre los países con
motivo de este fenómeno. La instalación de fábricas productoras de todo
tipo de vehículos con toda clase de
marcas comerciales, sin contar con el
origen de los capitales invertidos, nos
sitúa en un lugar importante en la distribución, intercambio y uso de estos
vehículos en buena parte del mundo.
Sí hablamos de la agricultura nos estamos refiriendo a las miles de instalacio-
Imagen: Jesús Ramírez A. / https://visioninformativa.wordpress.com/2014/07/20/firma-convenio-de-colaboracion-el-gobierno-de-slp-y-la-empresa-bmw-s-a-de-c-v/
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THEMIS | IUS AD HOC
De todo un poco. Leyes ridículas
Ángel Alberto Paredes Zamarripa
• LONDRES. Es ilegal montar en un
taxi si se tiene la peste.
• EUA. En Vermont, las mujeres
necesitan un permiso firmado de
sus maridos para usar dentadura
postiza.
• REINO UNIDO. Un hombre que
se siente obligado a orinar en
público puede hacerlo siempre y
cuando apunte hacia la rueda de
su vehículo y mantenga su mano
derecha apoyada en él.
• EUA. En Los Ángeles no se permite lamer a los sapos. Algunos
sapos desprenden una sustancia
que algunos chupan para alcanzar
una ebriedad parecida a la de algunas drogas.
• FRANCIA. Es ilegal poner de nombre a un cerdo Napoleón.
• INDONESIA. La masturbación está
penada con la decapitación.
• CHINA. No se permite chupar los
palillos con los que se come.
• EUA. En New Jersey, está prohibido sorber la sopa.
34
• ITALIA. Necesitas saber montar
en bicicleta para tener el permiso
de conducir.
• MÉXICO. En SINALOA no a los narco
corridos y veto al reggaetón. En mayo
de 2011, el gobernador de Sinaloa,
Mario López Valdez, firmó un decreto
para prohibir la difusión narcocorridos
y la presentación en lugares públicos
de artistas que hicieran promoción
del crimen organizado en bares, cantinas, centros nocturnos y salones de
fiesta. Sin embargo, el 15 de febrero
de 2013, la Suprema Corte de Justicia
de la Nación revirtió la decisión del
gobierno de Sinaloa y ya se pueden
escuchar con toda libertad.
• MÉXICO. En DURANGO no hay elotes.
Autoridades del municipio de Durango
prohibieron en septiembre de 2013 la
venta de elotes durante la noche del
Grito de Independencia debido a que
podían ser utilizados como “proyectiles”, medida tomada por “indicaciones
de seguridad federales”.
• MÉXICO. No al grito “¡eeeh puto!”
Tras el mundial de Brasil 2014 la FIFA
pretendía sancionar a la Federación
Mexicana de Futbol Asociación. Todo
en relación al grito “¡eeeh puto!” que
sus aficionados gritaban cuando despeja el portero del equipo rival. Al final
el organismo señaló que el grito no es
considerado insultante en ese contexto por lo que no sancionará a México
por conducta inapropiada.
THEMIS
| ABCDERECHO
DEL DERECHO
ABC DEL
ABC del Derecho
A
lgunos términos usados en la técnica de la ciencia jurídica:
ACCESIÓN
Es un medio de adquirir la propiedad
mediante la unión o incorporación de
una cosa secundaria a una principal.
AGRAVIO
Todo menoscabo, toda ofensa a la persona, física o moral, menoscabo que
puede o no ser patrimonial, siempre
que sea material, apreciable objetivamente. En otras palabras: la afectación
que en su detrimento aduzca el quejoso debe ser real y no de carácter simplemente subjetivo.
APERCIBIMIENTO
El apercibimiento consiste en la conminación que el juez hace a una persona, cuando ha delinquido y se teme
con fundamento que está en disposición de cometer un nuevo delito, ya
sea por su actitud o por amenazas,
de que en caso de cometer éste, será
considerado como reincidente.
DISCRECIONALIDAD
Significa que la autoridad tiene la posibilidad de dictar un acto dentro de los
parámetros que la ley determina.
JURISDICCIÓN
Función soberana del Estado, que se
desarrolla a través de todos esos actos
de autoridad encaminados a solucionar un litigio mediante la aplicación
de la ley general al caso concreto
controvertido. La culminación de la
función jurisdiccional es la sentencia,
y la opinión dominante en la doctrina
sostiene el carácter jurisdiccional de
esta última.
LAGUNAS
Las lagunas de ley son aquellos vacíos
que existen en ésta, y que el juez tiene
que llenarlos al momento de aplicarla,
a virtud de que no puede alegar oscuridad en la ley o falta de previsión; no
puede dejar de resolver por falta de
norma aplicable. Cuando se presente
este problema, tiene que resolver utilizando los principios generales del Derecho, la equidad y la analogía.
LITISPENDENCIA
Consiste en una excepción procesal que
puede interponer el demandado alegando que la misma cuestión planteada
en el juicio en el cual se interpone, está
pendiente de resolverse, tramitándose,
a raíz de una demanda previamente entablada, ante otro juez, o ante el mismo
juez que conoce del segundo asunto.
Karla Daniela Tovar Nava
a dar una cosa por otra.
PRESUNCIÓN
Presunción es la consecuencia que
la ley o el juez deducen de un hecho
conocido, para averiguar la verdad de
otro desconocido: la primera se llama
legal, y la segunda humana.
PRESUPUESTO
Instrumento de carácter administrativo
y contable que, basado en la estimación de ingresos y de egresos para un
periodo determinado, define la distribución de recursos por dependencias
administrativas y por objeto del gasto.
RECUSACIÓN
Consiste en un expediente o trámite
para que el juez impedido, que no se
ha excusado, sea separado del conocimiento de ese asunto. Son los superiores del juez impedido, quienes conocerán de dicho trámite.
PARIMUTUO
Modalidad de apuesta en juegos o
participación en sorteos de símbolos
o números en que las posturas de los
apostadores o participantes se acumulan en un fondo para repartir su
monto entre los ganadores, una vez
descontado un porcentaje que retiene
el permisionario y que ha sido establecido previamente en el reglamento
interno del permisionario.
RETROACCIÓN
Es el periodo decretado por el Juez,
mediante el cual se pretende hacer
coincidir el estado legal de incumplimiento generalizado de obligaciones,
con el estado de incumplimiento generalizado de obligaciones de hecho,
posibilitándose la declaración de ineficacia de todas aquellas operaciones
o actos realizados por el comerciante
en esa época, a la que se retrotraen los
efectos de la declaración judicial.
PERMUTA
La permuta es un contrato por el cual
cada uno de los contratantes se obliga
TIPICIDAD
La tipicidad es la adecuación de la
conducta al tipo penal.
35
THEMIS | CONVOCATORIA THEMIS • SEMANA
DE DERECHO 2014 • MEJORES ARTÍCULOS
NOSOTROS
La Revista THEMIS otorga
reconocimientos a sus colaboradores
Juan Jesús Mendoza García
E
l grupo académico “THEMIS” está
integrado por estudiantes y egresados
de la Facultad de Derecho “Abogado
Ponciano Arriaga Leija” de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí.
Este proyecto surgió entre un grupo de
estudiantes a inicios del año 2009 como
una respuesta a una problemática que
adolecía nuestro desarrollo como futuros abogados, la ausencia de un medio
de difusión y divulgación, tanto de la
actualidad universitaria como de los
más recientes temas de actualidad en
el ámbito jurídico y social. En el transcurso de los últimos 6 años ha publicado 11 revistas y organizado una serie de
eventos académicos y culturales.
Como parte estas actividades existe
la propuesta de lanzar convocatorias
para invitar a nuevos autores a publicar artículos de análisis. De esta manera la revista THEMIS, como una manera
de alentar el aspecto inquisitivo del
futuro abogado, invitó a la comunidad
académica y sociedad en general, para
compartir sus puntos de vista, de una
manera responsable y bajo un sólido
argumento académico, acerca las problemáticas actuales de nuestro país.
En virtud de lo anterior, el pasado 26
de enero se realizó una ceremonia
para llevar a cabo la entrega de constancias a los mejores artículos participantes en la Convocatoria “THEMIS” de
la Semana de Derecho “Abogado Ponciano Arriaga” 2014.
36
Imágenes: Redacción revista THEMIS
La revista “THEMIS” en coordinación
con la Facultad de Derecho “Abogado
Ponciano Arriaga Leija”, llevó a cabo la
entrega de las constancias para los tres
primeros lugares, la ceremonia se realizó en el Aula Magna “Félix Fernández”
en punto de las 19:00 horas.
Entre los seleccionados encontramos
al maestro Jaime Loredo Hernández,
destacado abogado dentro de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, al obtener el primer lugar con el
tema: “México Estado Fallido, ¿Verdad o
Mentira?, el segundo lugar fue para el
doctor Francisco Parra Barbosa, con el
tema: “México en el Panorama Jurídico
Internacional, un recorrido desde los
derechos humanos”, y el tercer lugar
lo obtuvo el Doctorando Hugo Óscar
Granja y Ángel Paredes Zamarripa, estudiante de esta Facultad de Derecho,
con el tema “La realidad del Derecho
Penal Internacional en el Sistema Jurídico Mexicano”.
A palabras del maestro Jaime Loredo
Hernández, en el momento de recibir
su constancia como primer lugar: “Es
momento de hacer pausa y cuestionar
lo que se hace ante tantas omisiones
de parte del Estado Mexicano que no
ha sido capaz de resolver y de ocuparse
de los problemas que tiene a la vista en
ausencia de las facultades legítimas,
para actuar sin aspavientos y en verdad se atreva a enfrentar la realidad
con absoluto respeto a las libertades
THEMIS | NOSOTROS
y derechos de las y los mexicanos, al
cumplimiento irrestricto de lo justo
para todas y todos se comenzaría hablar de otra percepción que urge a los
ojos de cualquiera que tenga la necesidad de paz y de justicia”…
El doctor Francisco Parra Barbosa, comentó respecto al tema en el que desarrollo su investigación: “Los Derechos
Humanos brillan aún más como la luz
que no sólo es esperanza por mejorar
nuestras condiciones, sino que se convierten en la guía de lo que debe hacerse,
lo que debe conducirnos para equilibrar
las relaciones entre el abuso del poder
sea cual fuere éste y lo tenga quien lo
tenga, para limitarse al respeto no sólo
de la dignidad humana en lo singular,
sino en el respeto a la libre autodeterminación de un pueblo como el mexicano
que pide a gritos Paz y Armonía”…
De igual manera, el comité técnico
encargado de la revisión de los artículos participantes acordó otorgar una
mención honorífica a los estudiantes,
Roberto Monsiváis Rodríguez por su
artículo titulado México ¿Estado Fallido? ¿Verdad o mentira? y Arturo Rubio
Azuara por el artículo titulado “México
en el concierto internacional”.
En el presídium estuvieron presentes,
el Secretario de la Facultad de Derecho, el licenciado Daniel Berrones, en
representación personal del licenciado
Fernando Sánchez Lárraga, Director,
así como, la licenciada Sanjuana Idalia
Guerrero Reyes, representante de “THEMIS”, el maestro Edmundo Riojas Cantú
y el licenciado Francisco Meza García
como representantes del comité editorial encargado de la revisión y dictaminación de los artículos participantes
en la convocatoria.
La revista “THEMIS” felicita a cada uno
de los participantes por su magnífico empeño y su apoyo a este tipo
de eventos donde se ve reflejada la
participación de personalidades de
diferentes organismos públicos, profesionales del Derecho, académicos
y alumnos.
Agradecemos el gran interés de la comunidad universitaria por participar
en estas actividades e invitamos a los
estudiantes a continuar enviando artículos de análisis y opinión, para seguir
enriqueciendo el acervo académico
de nuestra Casa de Estudios.
37
THEMIS | NOSOTROS
Nuestra Facultad reconocida por la
ANUIES y la SCJN
Por la Redacción
Imagen: http://laorquesta.mx/obtiene-facultad-de-derecho-de-la-uaslp-el-distintivo-vanguardia/
E
l pasado mes de diciembre, la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), en
el marco de la XLVI sesión ordinaria de la asamblea general, celebrada en la Universidad de Guanajuato (UGTO), junto con la
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), entregaron a la Universidad Autónoma de San Luis Potosí el “Distintivo Vanguardia” que la califica como única institución del estado que cumple con la adecuación de sus planes de estudio en el nuevo
sistema de justicia penal en México.
El Rector, arquitecto Manuel Fermín Villar Rubio, recibió el distintivo de alto nivel que otorga la SCJN, en especial a las labores
realizadas por la Facultad de Derecho, abogado Ponciano Arriaga Leija. La distinción acredita que al plantel de la UASLP cumple con una serie de acciones que permiten un adecuado desempeño de los planes y programas de estudios jurídicos de la
Licenciatura en Derecho que ofrece en todo el Estado.
Reconociendo el habilitar la infraestructura necesaria para responder a las exigencias del nuevo sistema de justicia penal en
nuestro país, aspectos que permitirán un desempeño de calidad a los egresados de la institución. Además, se le distingue
el colaborar en la capacitación y formación en el rubro del nuevo sistema de justicia penal acusatorio, a la comunidad de
abogados y personal de las áreas correspondientes en el estado. El Distintivo Vanguardia lo firman el presidente de la SCJN,
ministro Juan N. Silva Meza, y por la ANUIES, el secretario general ejecutivo, el doctor Enrique Fernández Fassnacht.
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THEMIS | NOSOTROS
Facultad de Derecho de la UASLP
presentó el libro: Repensando
la Constitución
Francisco Meza García
Imágenes proporcionadas por: Depto. de Comunicación Social de la UASLP
S
an Luis Potosí, SLP.- Según los resultados de las consultas realizadas por instituciones jurídicas, un alto porcentaje de la
población mexicana, alrededor del 90%, ha manifestado que no conoce el contenido de la constitución, lo que indica que
hay un escaso diálogo entre la población, los institutos políticos y los funcionarios y representantes de la sociedad detalló el
doctor Guillermo Luévano Bustamante en la presentación del libro Repensando la Constitución, realizado en la Facultad de
Derecho, abogado Ponciano Arriaga Leija de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí el pasado 05 de febrero.
Se trata del primer tomo de una serie de varios libros que realizarán catedráticos de la institución, de cara al centenario de la
carta magna que data de 1917. Repensando la Constitución, Historia, derecho y política desde el contexto local, es una obra
que comprende una serie de artículos de catedráticos e investigadores de la institución, los cuales fueron analizados por los
coordinadores: Alejandro Rosillo Martínez, Urenda Queletzú Navarro Sánchez y Guillermo Luévano Bustamante.
En la presentación que fue realizada en el aula Félix Fernández, a la que acudieron los coordinadores y algunos escritores de
los artículos, así como el director de la Facultad Fernando Sánchez Lárraga, los alumnos pudieron realizar algunas preguntas,
escuchar esbozos de algunos de los textos y adquirir el libro a un costo de presentación de $50 pesos.
39
THEMIS | NOSOTROS
En entrevista el doctor Luévano Bustamante detalló que es tiempo de que
el gobierno, las autoridades y también
la ciudadanía entiendan el contenido
de la constitución y que esta no se
mantenga ajena a la sociedad, pues se
supone es su destinataria.
Por su parte la coordinadora Urenda
Queletzú Navarro Sánchez detalló
que dentro del libro hay artículos que
rescatan los cambios sustantivos o reformas de la constitución que tienen
impactos o repercusiones a nivel estatal o local, es el caso de los temas que
escribieron las doctoras María Gabriela Torres Montero y María de Lourdes
Uribe Soto que hablan del derecho en
materia agraria, ambos escritos, dejan
claro que los cambios en los articulados de la constitución, no se dieron
de forma pacífica y que sí mermaron
la estructura agraria de la población,
pues la organización de un grupo de
personas que comprende varios municipios se vio afectada.
Finalmente el doctor Guillermo Luévano agregó que hablar de la constitución con los jóvenes es importante
para que estos conozcan de asuntos
como participación democrática y de
cultura de la legalidad, pues son la esperanza de la democratización del país.
Detalló que aunque los ciudadanos deben enterarse de esta clase de temas,
40
también es importante comprender
que en la historia de nuestro país, se
han marcado salidas de participación
social para lograr la transformación del
Estado, pues la unión, organización y
la participación ciudadana, ha dado la
vuelta al sistema cuando este no responde a los intereses generales.
THEMIS | NOSOTROS
Mtro. Fernando López Díaz de León
recibió medalla Alfonso Quiroz
Cuarón
Elvira Meza García.
E
n el marco del 7° Congreso Mundial
de Criminalística y Criminología se entregó por segunda ocasión la presea “Alfonso Quiroz Cuarón” a un catedrático
de la Facultad de Derecho, “Abogado
Ponciano Arriaga Leija”: el maestro Fernando López Díaz de León, quien destaca por su trayectoria en la materia.
El docente universitario aseguró que
se ha dedicado a la aplicación de dicha ciencia y recordó al primer congratulado: “el profesor Juan Manuel
Ramírez Delgado, quien en el año
de 1989 llevó a cabo el 3er Congreso Nacional de Criminología, que por
primera vez trataba temas de interés,
bajo la sugerencia de la doctora María
de la Luz Lima, en donde se abordó
como asunto central la: victimología”.
Al mencionar el significado de recibir
este reconocimiento destacó: “Más
que un investigador propiamente, he
procurado ser un difusor de la cultura
de la Universidad Autónoma de San
Luis Potosí, cumpliendo cada uno de
sus postulados y misiones, desarrollando la figura del docente universitario”. Señaló que dentro de la terna
de participantes, hubo trabajos destacados en la investigación, y por ello
le resulta sorprendente y significativo
que se hayan fijado en su labor, pues
estimó que lo que tomaron en cuenta,
fue su trayectoria en la docencia.
Imagen: http://elheraldoslp.com.mx/2015/03/18/catedratico-de-la-uaslp-recibio-la-medalla-alfonso-quiroz-cuaron/
Acerca del avance de los estudios
de criminología en San Luis Potosí,
el maestro Fernando López Díaz de
León, explicó: “en estos momentos ya
varias instituciones particulares se han
interesado en el estudio, pero detalló
que la madre de todo este saber, de
todos estos conocimientos es el alma
mater de la Autónoma de San Luis
Potosí, pues de ahí han surgido otras
instituciones que han venido a difundir la palabra, han salido los iniciadores
de la Universidad de Matehuala, quienes crearon aquellas instituciones que
poco a poco van desarrollando sus
propios horizontes, igualmente otras
instituciones que se han visto fomentadas con los alumnos egresados de la
Facultad de Derecho de la UASLP, que
han difundido el conocimiento”.
41
THEMIS | NOSOTROS
La UASLP presentó libro del
magistrado Ricardo Sánchez
Márquez
E
l pasado 10 de febrero, el magistrado Ricardo Sánchez Márquez, catedrático de la Facultad de Derecho, “Abogado Ponciano Arriaga Leija”, habló a
detalle de la publicación de su libro
Código Familiar, Civil, Ley Del Registro Civil, Ley del Registro Público de la
Propiedad, una edición impulsada por
el rector de la Universidad Autónoma
de San Luis Potosí, arquitecto Manuel
Fermín Villar Rubio.
El magistrado del Supremo Tribunal
de Justicia del Estado mencionó que
se trata de una compilación de leyes:
“las hemos reunido en un solo ejemplar, porque son ordenanzas que están muy relacionadas entre sí. El Código Civil, se podría decir que es el que
abarca el todo, de hecho comprende
42
el Código Familiar, la Ley del Registro
Civil, y la Ley Del Registro Público de
la Propiedad, que hoy forman cuerpos
independientes, y en otro tiempo estuvieron dentro del Código Civil”.
Sin embargo, detalló que la dinámica del Derecho ha generado una
autonomía de otras ramas como es
la cuestión del Código Familiar, todo
lo que era la familia regulada por el
código civil, hoy está regulada en un
Código Familiar junto a los temas de
matrimonio, divorcio, patria potestad, patrimonio familiar, tutela, adopción, etcétera, “en la doctrina desde
hace mucho tiempo se propugnaba
porque la materia familiar fuera tratada en un código independiente, que
no estuviera dentro del código civil;
Cristian Ramírez Copado
ahora en San Luis Potosí es una realidad a partir del 2009 que entró en
vigor el Código Familiar ya tenemos
una legislación especial”.
Asimismo, mencionó que en el libro,
los artículos con alguna inconsistencia
se destacaron con una nota al margen
que menciona la falla en el artículo, ya
sea que podría tener una mejor redacción, o se remite al artículo correcto: “el
libro tiene este tipo de aportaciones,
y desde luego está al día para la consulta más fidedigna de cualquier dato
que contemple estos códigos”.
Finalmente, detalló que la importancia de esta obra para el catedrático
universitario, es que tiene datos muy
actuales: “el profesor incluso con un
documento escrito como éste, puede
poner sus notas personales, que puede ir destacando, que puede incluso
poner en cuestionamiento ante los
alumnos en clase como un ejercicio. Y
desde luego, muchas cuestiones que
están en el código civil se vinculan
con otros ordenamientos, y sirve para
hacer un ejercicio de práctica incluso”.
Cabe mencionar que la publicación
del libro consta de mil ejemplares y
la impresión de éste fue realizada por
los Talleres Gráficos de la UASLP, la
edición y cuidado de la publicación
corrió a cargo de personal del Departamento de Comunicación Social de
la UASLP.
THEMIS | NOSOTROS
Inauguración del Centro Académico
de Justicia Alternativa
Karla Daniela Tovar Nava
Imágenes proporcionadas por: Depto. de Comunicación Social de la UASLP
L
a Facultad de Derecho “Abogado Ponciano Arriaga Leija” de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, inauguró el pasado
21 de febrero de 2015 el Centro Académico de Justica Alternativa, teniendo lugar en las antiguas oficinas del abogado general
de la UASLP, convirtiéndose así en la primera institución, afiliada a la Asociación Nacional de Facultades de Derecho (ANFADE)
en contar con dicho centro.
El evento estuvo encabezado por el Rector Manuel Fermín Villar Rubio, quien aseguró que a nivel internacional se están dando
transformaciones en la vida pública, y es, por ello que desde el año 2008 en México se dio marcha a una reforma al sistema de
justicia penal, y desde entonces la Facultad de Derecho de la UASLP se ha venido preparando para confirmar que solo con la
pertinencia, el compromiso, la responsabilidad social y modernización se pueden alcanzar los objetivos enfocados al más amplio
sentido humano.
Entre los objetivos del Centro Académico de Justicia Alternativa, se encuentra brindar un servicio social especializado a través
de un sistema académico para la resolución de conflictos, mediante un proceso voluntario y confidencial, posibilitando la
comunicación entre las partes para la construcción de acuerdos viables y satisfactorios según las necesidades de las partes.
Dirigido a la comunidad universitaria, a la sociedad y a las instituciones públicas y privadas. Así mismo, dicho centro cuenta
con los espacios dedicados a la Mediación, la Conciliación y el Arbitraje, para la solución de controversias surgidas en los
ámbitos, escolares, familiares, comunitarias, laborales, civiles, mercantiles y agrarias.
43
THEMIS | NOSOTROS
Teniendo como Coordinador General
al licenciado Vicente Torre Delgadillo,
y dentro del equipo de facilitadores;
se encuentran los profesores encargados de impartir la materia de Medios de Solución de Conflictos, así
como los estudiantes quienes están
comprometidos de manera neutral e
imparcial, a proporcionar un servicio
eficiente y gratuito para la resolución
pacífica de conflictos, apoyados en el
diálogo y la comunicación.
Al evento acudió como invitado el
presidente de ANFADE, doctor Máximo Carvajal Contreras, quien además
es doctor honoris causa por la UASLP,
quien hizo hincapié en felicitar a la
44
Facultad de Derecho de la UASLP por
ser la primera en cumplir una de las
metas fijadas en la reunión nacional
de ANFADE, la cual tuvo lugar en la
Facultad el pasado mes de mayo del
año 2014.
El Director de la Facultad de Derecho de la UASLP, licenciado Fernando
Sánchez Lárraga, comentó que los
abogados deben saber que si bien
los conflictos son inevitables es posible afrontarlos bajo los nuevos paradigmas sociales, auxiliados en el
diálogo y por los medios alternos de
solución de conflictos, tal como lo
contempla nuestra Carta Magna en
su artículo 17 Constitucional.
THEMIS | NOSOTROS
Ofertará UASLP licenciatura
en Criminología
Por la Redacción
E
l pasado 26 de marzo, el Consejo Directivo Universitario aprobó por
unanimidad tres nuevas carreras para
el ciclo escolar 2015-2016: Licenciado en Criminología en la Facultad de
Derecho; Ingeniería en Minerales en el
campus de Matehuala y la Licenciatura
en Filosofía y Letras en la Facultad de
Ciencias Sociales y Humanidades.
La nueva carrera de Criminología iniciará con un cupo de 30 alumnos. El
director de la Facultad de Derecho,
Fernando Sánchez Lárraga, expresó
que esta nueva carrera atiende básicamente a una necesidad social, además
de que contribuirá a la preparación de
científicos del crimen.
Las nuevas carreras se ofertan en este
proceso de preinscripción y con la cual
suman 95 carreras que ofrece la Universidad Autónoma de San Luis Potosí.
45
THEMIS | NOSOTROS
Se entrega el premio “Bufete de la
Garza” al ensayo jurídico
María Laura García Zermeño | Bufete de
la Garza, S.C.
P
ara conmemorar el trigésimo aniversario de la fundación de la firma de abogados Bufete de la Garza, S.C., en colaboración con la Facultad de Derecho se llevó a cabo una convocatoria para el otorgamiento del Premio “Bufete de la Garza”
al Ensayo Jurídico. Los temas sugeridos para este concurso fueron de actualidad
jurídica, habiéndose otorgado un premio en efectivo y diplomas de reconocimiento. El primer premio lo obtuvo Rutilo Eduardo Rodríguez Monter, estudiante
del cuarto semestre de la carrera de Licenciado en Derecho, con el trabajo titulado “Respeto a Derechos Fundamentales y Estado de Derecho”, mismo que se
publicará en el próximo número de la revista “THEMIS”.
Para llevar a cabo la entrega de los premios correspondientes, se celebró en el
Auditorio “Ponciano Arriaga”, el día 26 de mayo, un magno evento presidido por
el Lic. Fernando Sánchez Lárraga, director de la Facultad de Derecho, y por el Lic.
José Mario de la Garza Marroquín, socio director de Bufete de la Garza, S.C. En
este evento participó como conferencista el Dr. en Derecho Miguel Carbonell,
quien disertó sobre el tema “¿Cómo ser un mejor estudiante de Derecho?”. La magistral intervención del Dr. Carbonell fue del mayor interés de los concurrentes.
46
THEMIS | NOSOTROS
Facultad de Derecho de la UASLP,
anfitrión del curso presencial del
Nuevo Sistema Penal Acusatorio
para abogados litigantes
Sanjuana Idalia Guerrero Reyes
E
l pasado 4 de junio del presente año se dio inicio al programa de capacitación para Abogados Litigantes como parte de
las actividades de implementación del nuevo sistema de justicia penal, promovido por la Secretaría Técnica del Consejo de
Coordinación para la implementación del nuevo sistema de justicia penal en San Luis Potosí (SETEC) en coordinación con la
Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí. Su objetivo principal es obsequiar herramientas para
que pueda desarrollar y desenvolver formidablemente en el cambio significativo que conlleva esta reforma. El curso presencial tuvo una duración de 100 horas, el cual fue impartido por personal certificado de la SETEC, entre los que se encuentran
personal académico de la Facultad de Derecho como lo son Paola de la Rosa Rodríguez, Urenda Queletzú Navarro Sánchez
y Beatriz Sarahí Aguilera Gallegos.
A la ceremonia de inauguración asistió el director de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, el Licenciado Fernando Sánchez Lárraga, así como la licenciada Cristina Romero en representación de la Titular de la
Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para implementación del nuevo sistema de justicia penal en San Luis Potosí
(SETEC), académicos de la Facultad de Derecho y abogados postulantess.
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THEMIS | NOSOTROS
Se anuncian nuevos nombramientos
en la Facultad de Derecho
Por la Redacción
A
nte la apertura de la nueva carrera
de Licenciado en Criminología, misma
que inicia sus actividades en el ciclo
escolar 2015-2016. El Director de la Facultad de Derecho “Abogado Ponciano
Arriaga Leija” de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, Lic. Fernando
Sánchez Lárraga, dio a conocer nuevos
nombramientos en la organización interna de esta entidad académica, con
la creación de la Coordinación de la
Licenciatura en Derecho y la Coordinación de la Licenciatura en Criminología, una vez que han sido aprobados
por el Rector de nuestra Máxima Casa
de Estudios, M. en Arquitectura Manuel
Fermín Villar Rubio.
Como Coordinador de la Licenciatura en Derecho, se designó al Lic. Daniel Berrones Zapata, que hasta el pasado mes de julio se desempeñó como Secretario
Académico de la Facultad, puesto que ocupaba desde hace cinco años, además
de ser profesor hora clase desde el año 2000.
Se nombró al Mtro. Fernando López Díaz de León como Coordinador de la Licenciatura en Criminología, él es Profesor Investigador de Tiempo Completo, y
se desempeñaba como Coordinador de la Maestría en Política Criminal de la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de la UASLP, así como
Coordinador del Departamento de Educación Continua de la Facultad. Anteriormente había fungido como Secretario Académico de la Facultad (1997-2000) y
Secretario Escolar (2000-2008). Distinguido penalista y estudioso de la criminología, lo que le ha valido ser objeto de varios reconocimientos, el más reciente
otorgado por la Asociación Mexicana de Criminología, y recibido el pasado 15
de marzo del año en curso, por lo que se le consideró la persona idónea para
coordinar esta nueva licenciatura.
Para sustituir al Mtro. Fernando López Díaz de León, como Coordinador de la
Maestría en Política Criminal se designó al Dr. Luis Alberto Osornio Saldívar, Profesor Investigador de Tiempo Completo, Doctorado en Derecho por la Universidad
de Burgos, España, con formación académica y experiencia profesional en criminología, criminalística, seguridad pública y tecnologías aplicadas a la seguridad
pública. Es muy importante destacar el importante papel que ha desempeñado
en la formulación de la estructura curricular, académica y administrativa de la
nueva Licenciatura de Criminología.
Como Secretaria Académica de la Facultad de Derecho, se otorgó dicho nombramiento a la Mtra. María Guadalupe Rodríguez Zamora, Profesora Investigadora de
Tiempo Completo, Coordinadora del Departamento de Tutorías desde hace trece
años, integrante de la comisión de revisión curricular de la Facultad desde hace
más de ocho años, y coordinadora de los trabajos de reestructuración curricular
y académica, así como del Plan de Gestión de la Licenciatura en Criminología.
Sin lugar a dudas todos los perfiles cuentan con una larga trayectoria académica
que, además de volverlos acreedores a un merecido reconocimiento, garantizan la
experiencia y capacidad necesarias para asumir estas nuevas responsabilidades.
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