MANUAL DE Inducción AL NUEVO FUNCIONARIO OK

Transcripción

MANUAL DE Inducción AL NUEVO FUNCIONARIO OK
MANUAL DE INDUCCIÓN INSTITUCIONAL
AL NUEVO FUNCIONARIO
Subdirección de Recursos Humanos
Departamento Desarrollo de las Personas
Unidad de Desarrollo Organizacional
MPP
MANUAL DE INDUCCIÓN AL NUEVO FUNCIONARIO
Actualización:
Septiembre 2013
BREVE RESEÑA HISTÓRICA
La historia del Hospital Regional Rancagua, se remonta al 12 de marzo de 1829, cuando el Cabildo de
Rancagua recibió la donación de la Hacienda Valdebenito, de propiedad de don José De La Carrera,
quien la dejó en su testamento para construir un hospital.
En 1841, Claudio Gay, describe nuestro establecimiento, diciendo que el edificio consta de 3 cañones
principales, con 4 patios, y un edificio aparte para los enfermos de viruela que en 1840, sumaron 50.
En 1945, la empresa Braden Coper Company, construye un edificio de 2 pisos destinado a cirugía
mujeres, en el que actualmente se encuentran la Dirección de Servicio y el Jardín Infantil.
El actual sector A, fue construido por el gobierno en los años sesenta y el sector B, fue donado por la
Sociedad Minera El Teniente en los años setenta y reacondicionado en 1980, para ser parte del
hospital. Cuenta con 19 servicios y unidades clínicas, los servicios clínicos básicos: Medicina,
pediatría, cirugía y ginecoobstetricia concentran el 64.3% de las camas disponibles.
De este modo, nuestro Hospital de Rancagua, llegó a constituirse en el más importante hospital de la
sexta región, atendiendo en la actualidad una población de 778.801 personas.
La Misión del Hospital Regional
Rancagua Brindar atención de salud a los
enfermos de la Región con patologías complejas,
privilegiando la seguridad, oportunidad, calidez
y la resolución en el menor tiempo posible,
mediante el diagnóstico y tratamiento de la más
alta calidad que se logre con la eficiente
utilización de los recursos disponibles en un
clima laboral armónico y con la participación de
la familia y la comunidad
La Visión Posicionar al Hospital
Regional de Rancagua como el Centro
Hospitalario más destacado en
regiones por su acogida y calidez en el
trato con las personas, usuarios y
funcionarios, tanto que sea
considerado como la primera elección
para atenderse como para trabajar en
él.
Los Valores Equidad - Compromiso - Respeto - Participación - Excelencia Responsabilidad Social - Trabajo en Equipo - Energía - Disposición al Cambio
DE LOS DERECHOS FUNCIONARIOS
Normas Generales (Estatuto Administrativo Ley 18834)
Artículo 83: Todo funcionario tendrá derecho de gozar de estabilidad en el
empleo y ascender en el respectivo escalafón, salvo los cargos de exclusiva
confianza; participar en los concursos; hacer uso de Feriados, permisos y
licencias; recibir asistencia en caso de accidentes en actos de servicio o
enfermedad contraída a consecuencia del desempeño de sus funciones, y a
participar en las acciones de capacitación, de conformidad con las normas del presente Estatuto.
Asimismo, tendrá derecho a gozar de todas las prestaciones y beneficios que contemplen los
sistemas de previsión y bienestar social en conformidad a la ley de protección a la maternidad, de
acuerdo a las disposiciones del Título II, del Libro II, del Código del Trabajo.
DE LAS OBLIGACIONES FUNCIONARIAS
Normas Generales
Artículo 55.- Serán obligaciones de cada funcionario:
a) Desempeñar personalmente las funciones del cargo en forma regular y continua, sin perjuicio
de las normas sobre delegación;
b) Orientar el desarrollo de sus funciones al cumplimiento de los objetivos de la institución y a
la mejor prestación de los servicios que a ésta correspondan;
c) Realizar sus labores con esmero, cortesía, dedicación y eficiencia, contribuyendo a
materializar los objetivos de la institución;
d) Cumplir la jornada de trabajo y realizar los trabajos extraordinarios que ordene el superior
jerárquico;
e) Cumplir las destinaciones y las comisiones de servicio que disponga la autoridad competente;
f) Obedecer las órdenes impartidas por el superior jerárquico;
g) Observar estrictamente el principio de probidad administrativa, que implica una conducta
funcionaria moralmente intachable y una entrega honesta y leal al desempeño de su cargo,
con preeminencia del interés público sobre el privado;
h) Guardar secreto en los asuntos que revistan el carácter de reservados en virtud de la ley, del
reglamento, de su naturaleza o por instrucciones especiales;
i) Observar una vida social acorde con la dignidad del cargo;
j) Proporcionar con fidelidad y precisión los datos que la institución le requiera relativos a
situaciones personales o de familia, cuando ello sea de interés para la Administración,
debiendo ésta guardar reserva de los mismos;
k) Denunciar a la justicia, con la debida prontitud, los crímenes o simples delitos y a la autoridad
competente los hechos de carácter irregular de que tome conocimiento en el ejercicio de su
cargo;
l) Rendir fianza cuando en razón de su cargo tenga la administración y custodia de fondos o
bienes, de conformidad con la Ley Orgánica Constitucional de la Contraloría General de la
República, y
m) Justificarse ante el superior jerárquico de los cargos que se le formulen con publicidad,
dentro del plazo que éste le fije, atendidas las circunstancias del caso.
DE LAS PROHIBICIONES
Articulo 78.- El funcionario estará afecto a las siguientes prohibiciones:
a) Ejercer facultades, atribuciones o representación de las que no está legalmente investido, o
no le hayan sido delegadas;
b) Intervenir, en razón de sus funciones, en asuntos en que tengan interés él, su cónyuge, sus
parientes consanguíneos hasta el tercer grado inclusive o por afinidad hasta el segundo
grado, y las personas ligadas a él por adopción;
c) Actuar directa o indirectamente contra los intereses del Estado o de las instituciones que de
él formen parte, salvo que se trate de un derecho que ataña directamente al funcionario, a su
cónyuge o a sus parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o por afinidad hasta el
segundo grado y las personas ligadas a él por adopción;
d) Intervenir ante los tribunales de justicia como parte, testigo o perito, respecto de hechos
de que hubiere tomado conocimiento en el ejercicio de sus funciones, o declarar en juicio en
que tenga interés el Estado o sus Organismos, sin previa comunicación a su superior
jerárquico;
e) Someter a tramitación innecesaria o dilación los asuntos entregados a su conocimiento o
resolución, o exigir para estos efectos documentos o requisitos no establecidos en las
disposiciones vigentes;
f) Solicitar, hacerse prometer, o aceptar donativos, ventajas o privilegios de cualquier
naturaleza para sí o para terceros;
g) Ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal, material o
información reservada o confidencial del organismo para fines ajenos a los institucionales;
h) Realizar cualquier actividad política dentro de la Administración del Estado o usar su
autoridad, cargo o bienes de la institución para fines ajenos a sus funciones;
i) Organizar o pertenecer a sindicatos en el ámbito de la Administración del Estado; dirigir,
promover o participar en huelgas, interrupción o paralización de actividades, totales o
parciales, en la retención indebida de personas o bienes, y en otros actos que perturben el
normal funcionamiento de los órganos de la Administración del Estado;
j) Atentar contra los bienes de la institución, cometer actos que produzcan la destrucción de
materiales, instrumentos o productos de trabajo, o disminuyan su valor o causen su deterioro,
y
k) Incitar a destruir, inutilizar o interrumpir instalaciones públicas o privadas, o participar en
hechos que las dañen.
TRAMITES FRECUENTES
Feriado Legal: es el descanso a que tiene derecho el funcionario, con el goce de todas las
remuneraciones durante el tiempo y bajo las condiciones que señala el Estatuto Administrativo.
Menos de 15 años, le corresponden 15 días hábiles
Desde 15 años hasta menos de 20 años, le corresponden 20 días hábiles
20 a más años, le corresponden 25 días hábiles
Los funcionarios podrán hacer uso del feriado en forma fraccionada, pero una de las fracciones no
podrá ser inferior a 10 días. La autoridad correspondiente autorizará dicho fraccionamiento de
acuerdo
a
las
necesidades
del
El funcionario que ingrese a la Administración del Estado no
servicio.
tendrá derecho a hacer uso de feriado mientras no haya
cumplido efectivamente un año de servicio.
Permisos: se entiende por permiso la ausencia transitoria de la institución por parte de un
funcionario en los casos y condiciones que más adelante se indican.
El jefe superior de la Institución, o el Director de Servicio, podrá conceder o denegar
discrecionalmente dichos permisos.
Los funcionarios podrán solicitar permisos para ausentarse de sus labores por motivos particulares
hasta por seis días hábiles en el año calendario, con goce de remuneraciones. Estos permisos
podrán fraccionarse por días o medios días.
El funcionario podrá solicitar permiso sin goce de remuneraciones:
a) por motivos particulares, hasta por seis meses en cada año calendario
b) para permanecer en el extranjero, hasta por dos años.
Este límite no será aplicable en el caso de funcionarios que obtengan becas otorgadas de acuerdo a
la legislación vigente.
Licencias Médicas: es el derecho que tiene el funcionario de ausentarse o reducir su jornada de
trabajo durante un determinado lapso, con el fin de atender al restablecimiento de su salud, en
cumplimiento de una prescripción profesional certificada por un Médico Cirujano, Dentista o
Matrona, según corresponda, autorizada por el competente Servicio de Salud o Instituto de Salud
Previsional. Durante su vigencia, el funcionario continuará gozando del total de sus remuneraciones.
El plazo de presentación de la Licencia
Médica es de 72 horas hábiles a contar
de la fecha en que se empieza a hacer
uso de ésta.
PREVENCION DE RIESGOS
Los funcionarios públicos se encuentran afectos a la Ley 16.744, en materia de protección de
accidentes laborales y enfermedades profesionales.
Accidente del trabajo
Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o
muerte.
Son también Accidente del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la
habitación y el lugar de trabajo.
Enfermedad Profesional
La causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una
persona y que le produzca incapacidad o muerte.
IMPORTANTE:
QUE HACER EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO??
1. Avisar a la Jefatura, quien deberá en conjunto con el
funcionario completar el Formulario de Denuncia
Individual de Accidente de Trabajo (DIAT)
2. Concurrir al Servicio de Urgencia del Hospital Regional
Rancagua
3. Entregar DIAT en la Unidad de Prevención de Riesgos
del HRR
4. Dirigirse a la Agencia Regional del Instituto de
Seguridad Laboral, quien entregará una Orden de
Atención a un Centro Médico en convenio para recibir el
correspondiente tratamiento.
Riesgos Ocupacionales en el área de salud
a) Riesgos biológicos – infecciosos: Son bacterias, virus, hongos o parásitos.
b) Riesgos químicos: corresponde a químicos capaces de ser potencialmente tóxicos o irritativos para
el cuerpo humano, incluyendo medicamentos, soluciones y gases.
c) Riesgos físicos: radiaciones, temperaturas anormales, ruidos, etc.
d) Riesgos psicosociales: son trastornos emocionales y/o problemas interpersonales.
Residuos de establecimientos de salud
RESIDUOS PATOGENICOS
RESIDUOS PELIGROSOS
RESIDUOS
COMUNES
-Cultivos de laboratorio
-Restos
orgánicos
provenientes de quirófanos,
hemodiálisis,
hemoterapia,
anatomía patológica, morgue,
algodones, gasas, vendas
usadas, que hayan estado en
contacto
con
agentes
patogénicos a nivel de riesgo
visiblemente contaminado
Aquellos generados en sitios
tales como, laboratorios,
químicos,
farmacéuticos,
colorantes,
disolventes
orgánicos,
líquidos
reveladores
y
fijadores
radiológicos, Hg, radioactivos
Aquellos generados en las
áreas
de
administración,
restos de comida del personal
de salud, papeles, cartones,
envoltorios, todo lo asimilable
a residuos domiciliarios no
contaminado biológicamente.
Descartar incorrectamente los residuos es UNA DE LAS CAUSAS PRINCIPALES DE ACCIDENTES.
Hagamos entre todos que funcione la cadena de solidaridad. Evitemos accidentes de trabajo.
IMPORTANTE SABER:
Si se produce un incendio




Mantenga la calma. No grite.
Avisar a compañeros del sector.
Comuníquese telefónicamente con SAMU 131
Informe y espere instrucciones.
Para evacuar el edificio.
 NO UTILICE LOS ASCENSORES.
 Siga las instrucciones de los líderes de evacuación
 No corra. Camine
 Aléjese del edificio, diríjase al punto de reunión establecido.
Responsable de piso
En cada piso existe un supervisor que organiza y dirige los procedimientos.
CAPACITACIÓN
Como acceder a la Capacitación? los funcionarios pueden participar a través del Programa Anual de
Capacitación PAC Local, PAC Transversal, Extra PAC en modalidad presencial y en Educación a
Distancia a través de Teleduc, Biblioredes, Uvirtual, ISL de acuerdo a perfil requerido para cada
actividad.
Inscripciones, Plazos y Financiamientos; existen algunos formularios que se deben utilizar, con
plazos establecidos de presentación para justificación de ausencias.
Actualización de Históricos Individuales de Capacitación; cada funcionario puede solicitar en la
Unidad de Capacitación del Hospital, un informe Histórico por todos sus cursos realizados a través
del Servicio, siendo su responsabilidad informar de los cursos realizados en forma particular.
CITÓFONOS SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
Subdirector de Recursos Humanos
728496
Departamento
- Unidad
- Unidad
- Unidad
728345
Administración de las Personas
de Presupuesto
de Personal
de Gestión de Contratos
Departamento Desarrollo de las Personas
- Unidad de Reclutamiento y Selección
- Unidad de Desarrollo Organizacional
- Unidad de Capitación
Unidad de COLDAS
Departamento Salud Ocupacional
- Unidad de Prev. De Riesgos y Med.
Ambiente
- Unidad de Policlínico Funcionario
Departamento Calidad de Vida
- Unidad Apoyo Social al Funcionario
- Unidad Bienestar y Previsión social
- Unidad Sala cuna, Jardín Infantil y
Centro escolar
-728270
-728723
-728259
-728485
-722116
-728089
-722119
-722118
-728720

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