seccion tercera

Transcripción

seccion tercera
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA
Año CLXXIX
Viernes, 28 de septiembre de 2012
Núm. 224
SUMARIO
SECCION TERCERA
Excma. Diputación Provincial de Zaragoza
Anuncio sobre rectificación de error material advertido en el anexo
de las bases de la convocatoria para la provisión del puesto de trabajo
de jefe de Sección de Instalaciones y Mantenimiento [clave 809]
(BOPZ núm. 200, de fecha 31 de agosto de 2012) ...............................
Anuncio sobre aprobación inicial de la modificación del Reglamento
de gestión del Boletín Oficial de la Provincia ......................................
Anuncio relativo al período de exposición al público de las listas
cobratorias y de cobro en período voluntario de valores recibo
de los impuestos sobre bienes inmuebles y actividades económicas
del ejercicio 2012 .................................................................................
Anuncio relativo a la exposición al público y período de cobro
en voluntaria de recursos locales ..........................................................
SECCION QUINTA
Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza
Anuncio sobre notificación a interesados de expedientes relativos
a procedimiento declarativo de baja por inscripción indebida
en el padrón municipal de habitantes de esta ciudad de Zaragoza .......
Anuncio relativo a expediente de ordenanza de medidas
de intervención en la actividad urbanística,
convenio de colaboración .....................................................................
Anuncio del Servicio de Disciplina Urbanística sobre notificación
de expediente administrativo a interesado ............................................
Anuncio del Servicio de Inspección Urbanística relativo
a expedientes sobre cumplimiento de obligación de sometimiento
a la inspección técnica de edificios de varios inmuebles
sitos en diferentes emplazamientos ......................................................
Anuncios (3) del Servicio de Licencias de Actividad sobre
información pública de expedientes relativos a solicitudes
de licencias de actividad en distintas ubicaciones ................................
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SECCION SEXTA
Corporaciones locales
Alfajarín (3) ..........................................................................................
Boquiñeni (3) ........................................................................................
Caspe (3) ..............................................................................................
Comarca Campo de Borja ....................................................................
Cuarte de Huerva ..................................................................................
Ejea de los Caballeros ..........................................................................
La Almunia de Doña Godina (2) ..........................................................
La Puebla de Alfindén ..........................................................................
Lécera ..................................................................................................
Trasmoz ................................................................................................
Terrer ....................................................................................................
Torralba de Ribota ................................................................................
Villamayor de Gállego .........................................................................
SECCION SEPTIMA
Administración de Justicia
Juzgados de Primera Instancia
Juzgado núm. 6 .....................................................................................
Juzgado núm. 10 ...................................................................................
Juzgado núm. 15 ...................................................................................
Juzgado núm. 21 ...................................................................................
Juzgados de lo Social
Juzgado núm. 2 .....................................................................................
Juzgado núm. 4 (2) ...............................................................................
Juzgado núm. 5 (2) ...............................................................................
Juzgado núm. 6 (3) ...............................................................................
Juzgado núm. 7 (4) ...............................................................................
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2
SECCION TERCERA
Excma. Diputación Provincial
de Zaragoza
28 septiembre 2012
HACIENDA Y REGIMEN INTERIOR
Núm. 10.555
SECCION DE HACIENDA (RENTAS)
Núm. 10.522
Advertido error material en la descripción de funciones contenida en el
anexo de la convocatoria aprobada por decreto núm. 2.198, de 20 de agosto
de 2012, de la que se dio publicidad en el BOPZ núm. 200, de 31 de agosto de
2012, para la provisión, mediante concurso de méritos, de un puesto de trabajo
de jefe de Sección de Instalaciones y Mantenimiento [clave 809], esta Presidencia, por decreto núm. 2.562, de 20 de septiembre de 2012, ha dispuesto su rectificación, por lo que se hace público para conocimiento de los interesados que las
funciones que corresponden al puesto de trabajo convocado son las siguientes:
«DESCRIPCIÓN DEL PUESTO: Elaboración y evaluación de programas de mantenimiento de las instalaciones de los edificios provinciales adscritos al Servicio. Organización y seguimiento del mantenimiento y conservación de las instalaciones de los edificios provinciales adscritos al Servicio. Redacción de los
proyectos de instalaciones que por su competencia y especialidad le sean encomendados por el jefe del Servicio. Colaboración en la redacción de proyectos
realizados por el Servicio. Colaboración con la Sección de Talleres Provinciales de mantenimiento en lo concerniente al Taller de Electricidad y al de Fontanería. Control y gestión de consumos de agua, electricidad y otros suministros. Control y gestión de los contratos de mantenimiento de ascensores. A
requerimiento del Servicio de Patrimonio e Inventario, la emisión de informes
técnicos en relación con los expedientes que se produzcan en ese Servicio relativos a bajas de vehículos en el inventario de bienes, derechos y acciones de la
DPZ en los que se valore y acredite el carácter del bien como no utilizable».
Lo que se hace público para conocimiento de los interesados.
Zaragoza, 21 de septiembre de 2012. — El presidente, Luis María Beamonte Mesa.
La Excma. Diputación Provincial de Zaragoza, en sesión ordinaria del
Pleno celebrada el día 12 de septiembre de 2012, acordó:
Primero. — Aprobar inicialmente la modificación del Reglamento de gestión del Boletín Oficial de la Provincia añadiendo un punto séptimo al artículo
14 del precitado Reglamento.
Segundo. — Someter la modificación del Reglamento a información pública y audiencia a los interesados durante el plazo de treinta días, a partir de su
publicación en el BOPZ, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Tercero. — De no presentarse alegaciones, la modificación del Reglamento de gestión del Boletín Oficial de la Provincia se entenderá aprobada definitivamente.
Cuarto. — La presente modificación, una vez publicado el texto de la
misma en el BOPZ, entrará en vigor una vez transcurrido el plazo previsto en
el artículo 65.2 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local (Ley
7/1985, de 2 de abril).
La Ordenanza aprobada inicialmente está disponible para su consulta por
los interesados, en horas hábiles de oficina (de 8:30 a 14:30 horas), en la Sección de Hacienda (Rentas), situada en la tercera planta del Palacio Provincial,
calle Cinco de Marzo, 8.
Zaragoza, 24 de septiembre de 2012. — El presidente, Luis María Beamonte Mesa.
SERVICIO DE GESTION
Y ATENCION TRIBUTARIA
Núm. 10.504
ANUNCIO relativo al período de exposición al público de las listas cobratorias y de cobro en período voluntario de valores recibo de los impuestos
sobre bienes inmuebles y actividades económicas del ejercicio 2012.
La Diputación de Zaragoza, por decretos de Presidencia números 2.556,
2.557, 2.559 y 2.558, de fecha 20 de septiembre de 2012, ha aprobado, respectivamente, las listas cobratorias de los impuestos sobre bienes inmuebles (IBI)
(naturaleza urbana, rústica y características especiales) y actividades económicas de los municipios de esta provincia, excepto Zaragoza capital, Alfajarín,
Calatayud, Caspe, Figueruelas, Illueca, Nuez de Ebro, Osera de Ebro, Puebla
de Alfindén (La), Tarazona, Tauste, Utebo y Villafranca de Ebro, de todos los
mencionados impuestos, y del impuesto sobre bienes inmuebles, naturaleza
urbana, de los municipios de Almunia de Doña Godina (La), Bardallur, Cadrete, Cariñena, Cuarte de Huerva, Ejea de los Caballeros, Joyosa (La), Perdiguera, Pozuelo de Aragón, San Mateo de Gállego, Tabuenca, Uncastillo, Velilla de
Ebro y Villamayor de Gállego, y de naturaleza rústica, de los municipios de
Almunia de Doña Godina (La), Cadrete, Joyosa (La), Pozuelo de Aragón, San
Mateo de Gállego, Tabuenca y Velilla de Ebro.
Dichas listas cobratorias estarán expuestas al público en las oficinas de los
Ayuntamientos respectivos y en la oficina del Servicio de Gestión y Atención
BOP Zaragoza.—Núm. 224
Tributaria de Zaragoza, al objeto de que los interesados puedan examinarlas y
formular, en su caso, las oportunas reclamaciones durante el plazo de quince
días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en
el BOPZ.
Los interesados podrán interponer contra el acto administrativo de aprobación de las listas cobratorias recurso de reposición ante la Diputación Provincial de Zaragoza, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al del término de la exposición pública, tal y como establece el artículo 14 del Real
Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (BOE núm. 59, de 9 de
marzo). Contra su desestimación expresa o presunta cabe recurso contenciosoadministrativo ante los Juzgados de ese orden, en el plazo de dos meses desde
el día siguiente al de la notificación de la resolución del recurso de reposición,
si fuese expresa, y si no lo fuera, en el plazo de seis meses desde el día siguiente al de aquel en que se produzca el acto presunto.
No obstante, cuando la reclamación se interponga contra los actos de inclusión, exclusión o variación de los datos del padrón del impuesto sobre bienes
inmuebles que figuran en las listas cobratorias, que se harán constar en los
documentos de ingreso y justificantes de pago del impuesto, en aplicación de
lo señalado en el artículo 77.6 del el texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, el recurso de reposición deberá presentarse ante la
Delegación Especial de Economía y Hacienda en Aragón-Zaragoza, Gerencia
Regional del Catastro, en el plazo de un mes; o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Administrativo Regional, en el mismo plazo, a contar desde el día siguiente al del término del período voluntario o, en su caso, al
de la notificación expresa o presunta de la resolución del recurso previo de
reposición. No podrá simultanearse la interposición del recurso de reposición y
la reclamación económico-administrativa. (Arts. 222 y 223 de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria).
El período de cobro en voluntaria de los recibos correspondientes a dichos
padrones comprenderá desde el día 1 de octubre al 30 de noviembre de 2012.
(Art. 62.3, segundo párrafo, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria). Transcurrido este plazo se iniciará el procedimiento de cobro en
vía de apremio, siendo de aplicación los recargos de apremio e intereses de
demora que legalmente correspondan.
Para poder realizar el abono de estas cuotas, los contribuyentes que no tengan domiciliado el pago recibirán la carta de pago para realizar el ingreso en
cualquier sucursal de la Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón (CAI) e
Ibercaja.
Los contribuyentes que hasta el día 5 de noviembre de 2012 no hayan recibido la documentación mencionada podrán obtener duplicado de la misma en
las oficinas del Servicio de Gestión y Atención Tributaria o a través de la página de Internet http://gestiontributaria.dpz.es, o en el teléfono de atención al
contribuyente 976 203 473.
La no recepción del documento de pago no exime de la obligación de realizarlo.
Las cuotas de los contribuyentes que en años anteriores domiciliaron el
pago serán cargadas en sus cuentas durante el período de cobro voluntario, y
recibirán en sus domicilios el justificante del pago emitido por la entidad financiera.
Las oficinas del Servicio de Gestión y Atención Tributaria de la Diputación
son las siguientes:
Localidad
ZARAGOZA
CALATAYUD
CASPE
EJEA DE LOS CABALLEROS
TARAZONA
Dirección
C/ Alfonso I, 17, 7.ª planta
Pza. Joaquín Costa, 13
Pza. Heredia, 22
C/ Aragón, 12
Av. La Paz, 3
Zaragoza, 21 de septiembre de 2012. — El presidente, Luis María Beamonte Mesa.
SERVICIO DE GESTION
Y ATENCION TRIBUTARIA
Núm. 10.505
ANUNCIO relativo a la exposición al público y período de cobro en voluntaria de recursos locales.
La Diputación de Zaragoza, por decreto de Presidencia número 2.555, de
fecha 20 de septiembre de 2012, ha aprobado los padrones fiscales de los municipios, conceptos impositivos y períodos que se detallan a continuación:
MUNICIPIO
AMBEL
ARIZA
BARBOLES
BELCHITE
BUSTE EL
BUSTE EL
CADRETE
CASTILISCAR
CETINA
ENCINACORBA
ENCINACORBA
ENCINACORBA
EPILA
FRASNO, EL (INOGES)
CONCEPTO
VIGILANCIA DE CAMINOS
TASAS MUNICIPALES
AGUA POTABLE
AGUA POTABLE Y CANON
AGUA POTABLE
ALCANTARILLADO
BASURA
AGUA Y VERTIDO,
BASURA
BASURA
AGUA POTABLE
ALCANTARILLADO
LABOR Y SIEMBRA
AGUA ALCANTARILLADO Y BASURA
PERIODO
ANUAL
ANUAL
1 SEMESTRE
3 TRIMESTRE
2.º CUATRIMESTRE
2.º CUATRIMESTRE
4.º TRIMESTRE
3.º TRIMESTRE
2 SEMESTRE
3.º TRIMESTRE
3.º TRIMESTRE
3.º TRIMESTRE
ANUAL
1 SEMESTRE
EJERCICIO
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
BOP Zaragoza.—Núm. 224
MUNICIPIO
FRASNO, EL (ALUENDA)
FRASNO, EL (PIETAS)
FRASNO, EL
GELSA
JARABA
JOYOSA, LA
LAYANA
MAELLA
MALEJAN
MALEJAN
MALON
MONTON
MONTON
MORES
MUEL
MUEL
MUEL
NOVILLAS
PARACUELLOS DE JILOCA
PASTRIZ
PEDROSAS, LAS
PLASENCIA DE JALON
PRADILLA DE EBRO
PRADILLA DE EBRO
PRADILLA DE EBRO
PRADILLA DE EBRO
PRADILLA DE EBRO
PRADILLA DE EBRO
PRADILLA DE EBRO
SABIÑAN
SABIÑAN
SADABA
SIERRA DE LUNA
SIERRA DE LUNA
SIERRA DE LUNA
TOSOS
TORRELLAS
VILLAFELICHE
VILLAMAYOR DE GALLEGO
VILLANUEVA DE HUERVA
CONCEPTO
28 septiembre 2012
AGUA ALCANTARILLADO Y BASURA
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
AGUA POTABLE Y CANON
AGUA POTABLE Y CANON
AGUA CANON VERTIDO Y BASURA
AGUA POTABLE Y CANON
AGUA POTABLE
AGUA POTABLE Y CANON
AGUA POTABLE Y CANON
AGUA POTABLE Y CANON
BASURA
ALCANTARILLADO
AGUA POTABLE
AGUA VERTIDO Y BASURA
AGUA POTABLE, BASURA Y CANON
CARTELES PUBLICITARIOS
VADOS
AGUA POTABLE Y CANON
BASURA
AGUA POTABLE Y CANON
AGUA POTABLE
BASURA
BASURA
BADENES
AGUA VERTIDO Y CANON
PARCELAS MUNICIPALES
LABOR Y SIEMBRA
TRANSITO DE GANADO
TASA DIQUE VERDIZAL
BASURA
BADENES
AGUA POTABLE, VERTIDO Y CANON
ALCANTARILLADO
BASURA
CONSERVACION CAMINOS
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
TASAS DE CEMENTERIO
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
AGUA VERTIDO Y BASURA
AGUA VERTIDO Y CANON
PERIODO
1 SEMESTRE
1 SEMESTRE
1 SEMESTRE
1 SEMESTRE
1.º TRIMESTRE
1 SEMESTRE
3.º TRIMESTRE
1 SEMESTRE
3 BIMESTRE
4 BIMESTRE
3.º TRIMESTRE
3.º TRIMESTRE
3.º TRIMESTRE
2.º TRIMESTRE
3.º TRIMESTRE
ANUAL
ANUAL
3.º BIMESTRE
2 SEMESTRE
3.º TRIMESTRE
1 SEMESTRE
ANUAL
ANUAL
ANUAL
1 SEMESTRE
ANUAL
ANUAL
ANUAL
ANUAL
ANUAL
ANUAL
3.º TRIMESTRE
2 SEMESTRE
2 SEMESTRE
ANUAL
1 SEMESTRE
ANUAL
3 TRIMESTRE
2 TRIMESTRE
1 SEMESTRE
EJERCICIO
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2012
2011
2012
2012
2012
Dichos padrones estarán expuestos al público, al objeto de que los interesados puedan examinarlos y formular, en su caso, las oportunas reclamaciones
durante el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOPZ.
Los padrones están a disposición de los interesados en las oficinas de los
Ayuntamientos respectivos y en la oficina del Servicio de Gestión y Atención
Tributaria de Zaragoza.
Los interesados podrán interponer contra el acto administrativo de aprobación de los padrones recurso de reposición ante la Diputación Provincial de
Zaragoza, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al del término
de la exposición pública, tal y como establece el artículo 14 del Real Decreto
legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (BOE núm. 53, de 9 de marzo
de 2004).
No obstante, cuando la reclamación se interponga contra las cuotas del
canon de saneamiento que se encuentran incluidas de manera inseparable en
los recibos por abastecimiento de agua, en aplicación de lo regulado en los
artículos 50 y siguientes de la Ley 6/2001, de 17 de mayo, de Ordenación y
Participación en la Gestión del Agua en Aragón, desarrollada por Decreto
266/2001, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento regulador
del canon de saneamiento, el recurso deberá presentarse ante el Instituto Aragonés del Agua o ante la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas
de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al del término del período voluntario.
El período de cobro en voluntaria de los recibos correspondientes a dichos
padrones comprenderá desde el día 1 de octubre al 30 de noviembre de 2012
(párrafo segundo del art. 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria).
Para poder realizar el abono de estas cuotas, cada contribuyente recibirá la
documentación necesaria, de la cual la “carta de pago” le será diligenciada de
“recibí” en el momento del abono de la cuota por la entidad a través de la cual
efectúe el pago.
Los contribuyentes que hasta el día 5 de noviembre de 2012 no hayan recibido la documentación mencionada deberán solicitarlo en cualquier oficina del
Servicio de Gestión y Atención Tributaria de las que a continuación se relacionan, o podrán obtener un duplicado a través de la página de Internet http://gestiontributaria.dpz.es, o en el teléfono de atención al contribuyente 976 203 473.
Localidad
ZARAGOZA
CALATAYUD
CASPE
EJEA DE LOS CABALLEROS
TARAZONA
Dirección
C/ Alfonso I, 17, 7.ª planta
Pza. Joaquín Costa, 13
Pza. Heredia, 22
C/ Aragón, 12
Av. La Paz, 3
La no recepción del documento de pago no exime de la obligación de realizarlo.
Las cuotas de los contribuyentes que en años anteriores domiciliaron el
pago serán cargadas en sus cuentas durante el período de cobro voluntario, y
recibirán en sus domicilios el justificante del pago emitido por la entidad
financiera.
3
Transcurrido el plazo voluntario, los débitos impagados serán exigidos por
el procedimiento de cobro en vía de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Zaragoza, 21 de septiembre de 2012. — El presidente, Luis María Beamonte Mesa.
SECCION QUINTA
Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza
Area de Presidencia, Economía
y Hacienda
Dirección de Organización Municipal, Eficiencia
Administrativa y Relaciones con los Ciudadanos
Unidad de Estadística Municipal y Gestión Padronal
Núm. 10.439
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículo 72
del vigente Reglamento de Población y Demarcación Territorial de Entidades
Locales (Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, modificado por Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre), y la resolución conjunta de la presidenta del
Instituto Nacional de Estadística y del director general de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones a los Ayuntamientos sobre la gestión
y revisión del padrón municipal (apartado II, 1 c), se pone en conocimiento de
los interesados que en los expedientes relacionados en anexo se tramita procedimiento declarativo de baja por inscripción indebida en el padrón municipal
de habitantes de esta ciudad de Zaragoza, por no quedar acreditada su residencia y permanencia en nuestra ciudad la mayor parte del año en la dirección que
igualmente se indica.
Por el presente escrito se les otorga trámite de audiencia para que en un
plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de recepción de la
presente publicación, comparezcan en la Unidad de Estadística y Gestión
Padronal (calle Domingo Miral, sin número), en horario de 8:30 a 13:30, al
efecto de comprobar su permanencia y de que manifiesten si están o no de
acuerdo con la baja. A tal efecto podrán presentar los justificantes que estimen
pertinentes al objeto de acreditar que en este municipio residen la mayor parte
de días al año.
Lo que se comunica a los citados efectos.
Zaragoza, 20 de septiembre de 2012. — La jefa de la Unidad de Estadística
y Gestión Padronal, Inmaculada Pérez Aragüés.
ANEXO
Expediente
0351920/12
0356493/12
0357085/12
0357220/12
0357684/12
0357684/12
0357684/12
0357684/12
0358290/12
0362039/12
0362039/12
0362039/12
0363610/12
0363610/12
0363707/12
0363770/12
0363770/12
0363990/12
0363990/12
0363990/12
0363990/12
0363990/12
0363990/12
0363990/12
0363990/12
0364324/12
0368832/12
0369167/12
0370042/12
0370665/12
0370787/12
0371257/12
0371257/12
0371257/12
0373273/12
0373273/12
0373273/12
0373273/12
0373334/12
0373578/12
0373578/12
0373847/12
Nombre y apellidos
Relación que se cita
DORIN-L DOCHIANU
FRANK APPIAH
HERBERT AFFUL
ALEXANDER POSADA HOYOS
ISMAEL-LUCAS LOPEZ MONTEIRO
CARLOS-MANUEL LOPEZ MONTEIRO
DANILO TAVARES DE OLIVEIRA
MARISA MONTEIRO SANCHES
LOURDES-SOUYAPA PEREZ
IOAN JIANU
ALINA-REBECA MARIUTANU
MARIA JIANU
HOUSSAIN SRAIGHANI
MOHCINE SRAIGHANI
KRYSTYNA LAWRYNOWICZ
MALCON VILLAVICENCIO RODRIGUEZ
JESSICA RICARDO GARCIA
GILY-LUCIAN CRISAN
MADILENA-M CRISAN
ALBERTO-LUCIAN CRISAN
MIHAELA-LUIZA CIRJOVETE
RAIRA-MALI CIRJOVETE
MARIUS-ROBERT GEORGESCU
EMANUELA-STEFAN NICOLAE
ALIN-ALEXANDRU SERBAN
M-TERESA LINARES BASA
LENUTA GRIGORE
SOFIANE HADJ.SAHRAOUI
MUAMADU-FATU GUMANEH
DIEGO ANGLADA ARGANDOÑA
JOHNSON DWAMENA
CONSTANTIN-V MOSNEGUTA
ADRIANA PINTILEI
MARICEL VARATUCEANU
M-RAMONA FERNANDEZ ADAMES
ROSA-MARIA MAGDALENA GARCIA
IGNACIO HERRERO MEDRANO
MOUSTAFA BEZZAI
ELENA-CORINA GHITOIU
MARIA JURJ
ALINA-BOJIDARCA JURJ
MICHELE-SONIA EKANI NANA
Dirección
MARIANO CEREZO 32 4 IZ
VIA VERDE 8 3 DA
MIGUEL LEON GRACIA 4 3 IZ
ALICANTE 22-24 6 B
SALVADOR ALLENDE 46 1 C
SALVADOR ALLENDE 46 1 C
SALVADOR ALLENDE 46 1 C
SALVADOR ALLENDE 46 1 C
SAN JUAN DE LA PEÑA 181 23 4 B
AV. ACADEMIA GRAL MILITAR 41 2 B
AV. ACADEMIA GRAL MILITAR 41 2 B
AV. ACADEMIA GRAL MILITAR 41 2 B
DAROCA 45 1 IZ
DAROCA 45 1 IZ
SOMPORT 24 15 BJ
CONDE ARANDA 63 1 DA
CONDE ARANDA 63 1 DA
ALICANTE 18 1 B
ALICANTE 18 1 B
ALICANTE 18 1 B
ALICANTE 18 1 B
ALICANTE 18 1 B
ALICANTE 18 1 B
ALICANTE 18 1 B
ALICANTE 18 1 B
CN. DE LAS TORRES 24 4 C
AGUSTINA DE ARAGON 34 2
CONCEPCION ARENAL 4-6 3 A
ITALIA 58 PL H
EMILIO CASTELAR 13-17 4 A
SAN JUAN DE LA PEÑA 127 3 IZ
GONZALO DE BERCEO 3 2 12 DA
GONZALO DE BERCEO 3 2 12 DA
GONZALO DE BERCEO 3 2 12 DA
SAN ROQUE 13-15 2 D
SAN ROQUE 13-15 2 D
SAN ROQUE 13-15 2 D
SAN ROQUE 13-15 2 D
SAN JUAN DE LA CRUZ 20 4 C
AGUSTINA DE ARAGON 38 1 B
AGUSTINA DE ARAGON 38 1 B
AV. SAN JOSE 124 5 A
4
Expediente
0373847/12
0373847/12
0373847/12
0373847/12
0373847/12
0373847/12
0374403/12
0374501/12
0374501/12
0374710/12
0375239/12
0375239/12
0375398/12
0375606/12
0376479/12
0376651/12
0380414/12
0384641/12
0384641/12
0384641/12
0386253/12
0386888/12
0386888/12
0388256/12
0388928/12
0389900/12
0390310/12
0390419/12
0391721/12
0391721/12
0394330/12
0394330/12
0394330/12
0394330/12
0394550/12
0394550/12
0395556/12
0396442/12
0396442/12
0396442/12
0396759/12
0396894/12
0396894/12
0397560/12
0397718/12
0397755/12
0399930/12
0401503/12
0402156/12
0402266/12
0402266/12
0402999/12
0402999/12
0403726/12
0403726/12
0403740/12
0409090/12
0409431/12
0410664/12
0410941/12
0411044/12
0411044/12
0411044/12
0411349/12
0411349/12
0411349/12
0411349/12
0411349/12
0411349/12
0414507/12
0414507/12
0414507/12
0414507/12
0414507/12
0414507/12
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0414507/12
0415711/12
0415711/12
28 septiembre 2012
Nombre y apellidos
JOSE-LUIS GONZALEZ GOMEZ
BENYAHIA BENKETIRA
ARNOLD-JUNIOR TEMANFO
HERVE-DUPARC TCHATCHIM KAMSEU
ELHADJI ONDO
LEROY SADZE
ANGEL BORJA IBAÑEZ
FLORICA SAVUCA
TICU TOMACHE
AXENIA TULCEANU
VALENTIN-MIHAITA MAXIM
LILIANA-DANIELA CHIRIAC
WILSON MOSQUERA GUTIERREZ
ROSA-ESMERALDA PEÑA MARQUEZ
BESSI-SARAI CASAÑA RAPALO
LIBERATO NSUE MAYE
FABIAN MORENO MICAN
SORIN BLAND
DANIEL-IOAN AVRAM
NICOLAE DUMITRU
SARAH HAKIM
NINA VERESOVA
IONUT-CRISTINEL MIA
AKWASI BOATENG
VERONICA TAKACS
JOSE-GUILLERMO PEÑA MARQUEZ
KARINA-A MEDINA RODRIGUEZ
JOHNNY-F MEJIA ALVAREZ
ALEXANDER OPPONG
ISABEL MAFUMAN EKO
ALEXANDER BALDA
VICTOR BALDA
DANIELA MALDONADO BALDA
DIEGO MALDONADO BALDA
CLAUDIU-CIPRIAN ARTENE
ALINA-GABRIELA ANTON
LARS-MARK SANCHEZ ESPINOZA
OMAR TAMBEDOU
SETTE NIANG
MASS DIAGNE
LISSETTE ALVAREZ ESPINOSA
MARIBEL ANDEME ESONO
FABIOLA MANGUE ANDEME
JOHANNA-ELIZABETH ALBAN CHAPI
JUAN SANZ SANCHEZ
CARMEN-LIBRADA VASQUEZ QUESADA
SUNIL KUMAR
JAVIER-EFRAIN AUQUILLA BUENO
VICTOR-VINICIO VELASCO PANILUISA
JUDITH EKAYE
HAPPINNES EKAYE
ISRAELINA MANGUE BENDANG
FRANCISCO ONDO MANGUE
MOUSTAPHA NDIAYE
MALICK SARR
BELKIS-JOHANA GRANDEZ SOTO
GINA-X VILLARREAL MORALES
TONNY MATATA AIDOO
PEDRO-NEL ECHAVARRIA BURITICA
FANICA OPRESCU
AHMED EL-HABBAZ
RACHID ABOUNOUAS
MOHAMED COULIBALY
BOUCHRA KADDOURI
OXANA ZINOVA
MADIAGNE SENE
ANDRIY KARPENKO
MIHAIL COTOVICI
BILLALY SAMAKE
SIDY TRAORE
SIDY COULIBALY
YELLY CAMARA
TRAORE BOUYAGUI
DEMBA TOURE
ABOUBAKAR-L TOURE
LASSANA-SIDI COULIBALY
SADIO TRAORE
MIHAIL-DANIEL BASNO
GEORGEL SIMION
Dirección
AV. SAN JOSE 124 5 A
AV. SAN JOSE 124 5 A
AV. SAN JOSE 124 5 A
AV. SAN JOSE 124 5 A
AV. SAN JOSE 124 5 A
AV. SAN JOSE 124 5 A
AL ESTE DEL EDEN 5 3 A
DELICIAS 40 1 C
DELICIAS 40 1 C
SANTA TERESITA 34 C 3 D
MONTAÑES 4 3 DA
MONTAÑES 4 3 DA
BORJA 10D. 2
MELILLA 24 1 B
LUGO 66 3
ANDRES VICENTE 15 2 DA
FRANCISCO QUEVEDO 23 IZ 3 IZ
FRAY JULIAN GARCES 40-42 3 C
FRAY JULIAN GARCES 40-42 3 C
FRAY JULIAN GARCES 40-42 3 C
MOLINO DE LAS ARMAS 40 2 4 B
SANTA CRUZ TENERIFE 4 1 DA
SANTA CRUZ TENERIFE 4 1 DA
GERMANA DE FOIX 14 4 DA
AV. DE NAVARRA 17 5 A
MELILLA 24 1 B
ROSA CHACEL 17 7 A
GOMEZ AVELLANEDA 25 5 D
VIA VERDE 8 3 DA
VIA VERDE 8 3 DA
RAMON Y CAJAL 21-27 IZ 8 G
RAMON Y CAJAL 21-27 IZ 8 G
RAMON Y CAJAL 21-27 IZ 8 G
RAMON Y CAJAL 21-27 IZ 8 G
ANA ISABEL HERRERO 8 2 DA
ANA ISABEL HERRERO 8 2 DA
VIDAL DE CANELLA 10 1 B
COMPROMISO CASPE 47 2
COMPROMISO CASPE 47 2
COMPROMISO CASPE 47 2
DOMENECH 20-24 3 B
VIA UNIVERSITAS 55 4 B
VIA UNIVERSITAS 55 4 B
SANTA CRUZ TENERIFE 1 3 O
LUIS LEGAZ LACAMBRA 29 BJ D
MIGUEL SERVET 204 2 A
JOSE MONCASI 16 4 CT-IZ
PS. DE CALANDA 19 DA 6 F
LEOPOLDO ROMEO 7 IN 3 A
RIO DUERO 15-19 3 C
RIO DUERO 15-19 3 C
ANTONIO SANGENIS 66 4 IZ
ANTONIO SANGENIS 66 4 IZ
COMPROMISO CASPE 47 2
COMPROMISO CASPE 47 2
PASEO CUELLAR 51 1 DA
TOMAS ZUMALACARREGUI 36 2 A
UNCETA 39 4 B
GRANADA 11-15 IZ 4 E
SAN IGNACIO LOYOLA 4 6 DA
MIGUEL SERVET 49 2 IZ
MIGUEL SERVET 49 2 IZ
MIGUEL SERVET 49 2 IZ
MIGUEL SERVET 49 1 IZ
MIGUEL SERVET 49 1 IZ
MIGUEL SERVET 49 1 IZ
MIGUEL SERVET 49 1 IZ
MIGUEL SERVET 49 1 IZ
MIGUEL SERVET 49 1 IZ
AV. MADRID 235-241 IZ 4 E
AV. MADRID 235-241 IZ 4 E
AV. MADRID 235-241 IZ 4 E
AV. MADRID 235-241 IZ 4 E
AV. MADRID 235-241 IZ 4 E
AV. MADRID 235-241 IZ 4 E
AV. MADRID 235-241 IZ 4 E
AV. MADRID 235-241 IZ 4 E
ROGER DE FLOR 5 DA 6 A
ROGER DE FLOR 5 DA 6 A
Area de Urbanismo, Infraestructuras,
Equipamientos y Vivienda
Dirección de Servicios de Información y Organización
de la Gerencia de Urbanismo
Núm. 10.437
ORDENANZA de medios de intervención en la actividad urbanística, convenios de colaboración en servicios de comprobación documental técnica o
sobre el cumplimiento de la normativa aplicable en determinadas actuaciones urbanísticas. Informes de idoneidad y calidad documental.
1) Con fecha 17 de julio de 2012 (expte. 484.448/2012), el Consejo de
Gerencia Municipal de Urbanismo adoptó el siguiente acuerdo:
Primero. — Quedar enterado de la solicitud de convenio de colaboración en
servicios de comprobación documental técnica o sobre el cumplimiento de la
BOP Zaragoza.—Núm. 224
normativa aplicable en determinadas actuaciones urbanísticas en el Ayuntamiento de Zaragoza, presentada por la entidad Oca Socotec, S.A. (CIF
A-40.007.460), con domicilio en carretera de Madrid, kilómetro 315,700, Centro Empresarial Miralbueno, 50012 Zaragoza, a tenor de lo dispuesto en la
Ordenanza de medios de intervención en la actividad urbanística y directrices
de desarrollo.
Segundo. — Mostrar conformidad a la documentación que acompaña, que
acredita el cumplimiento de los requisitos previstos en las directrices generales
para la utilización de dichos convenios de colaboración, tras la evaluación preliminar realizada.
Tercero. — Aprobar la propuesta de convenio según texto adjunto, los
modelos de guías de contenidos y memoria e informes de idoneidad y calidad
documental, con las aportaciones y modificaciones realizadas por los servicios
gestores, según formatos adjuntos, sin perjuicio de su adaptación a la normativa vigente, que serán incorporados como parte del convenio.
Cuarto. — Dar traslado del presente acuerdo, texto de convenio y modelos
anexos a la entidad Oca Socotec, S.A., solicitando su conformidad, para proseguir las actuaciones necesarias para el desarrollo de dicha colaboración y formalización del oportuno convenio, de acuerdo a lo previsto en dichas directrices y en los decretos de delegación de competencias en el consejero de
Urbanismo, Infraestructuras, Equipamientos y Vivienda.
Quinto. — Dar traslado del acuerdo a la Secretaría Técnica, direcciones y
jefaturas de servicio de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Departamento de
Economía y Hacienda (Informática y Gestión Tributaria), para su conocimiento y puesta en funcionamiento.
Sexto. — Publicar este acuerdo y la firma del convenio en el “Boletín Oficial de Aragón” y guías de contenido y formatos de informes de idoneidad y
calidad documental en la web municipal.
2) Con fecha 6 de septiembre (expte. 484.448/2012), el consejero de Urbanismo, Infraestructuras, Equipamientos y Vivienda resolvió:
Primero. — Quedar enterado de la conformidad manifestada al texto del
convenio de colaboración en servicios de comprobación documental técnica o
sobre el cumplimiento de la normativa aplicable en determinadas actuaciones
urbanísticas en el Ayuntamiento de Zaragoza, y a los modelos de guías de contenidos y memoria e informes de idoneidad y calidad documental, aprobados
por el Consejo de Gerencia de Urbanismo con fecha 17 de julio, por la entidad
Oca Socotec, S.A. (CIF A-40.007.460), con domicilio en carretera de Madrid,
kilómetro 315,700, Centro Empresarial Miralbueno, 50012 Zaragoza, a tenor
de lo dispuesto en la Ordenanza de medios de intervención en la actividad
urbanística y directrices de desarrollo.
Segundo. — Proseguir las actuaciones necesarias para el desarrollo de
dicha colaboración y formalización del oportuno convenio por las personas
representantes de ambas partes.
3) Con fecha 12 de septiembre se procedió a la firma del convenio de referencia por parte del consejero de Urbanismo, Infraestructuras, Equipamientos
y Vivienda, don Carlos Pérez Anadón, y el director de la Delegación de
Zaragoza de la entidad Oca Socotec, S.A., don Jesús Oliveros Esco, con entrada en vigor en dicho día, incluyendo los siguientes procedimientos:
—X-404. Licencia urbanística de obra mayor: Nueva edificación.
—X-406. Licencia urbanística de obra mayor: Restauración y conservación
exterior de edificaciones.
—X-406. Licencia urbanística de obra mayor: Artículo 51, apartado b),
números 1 al 6.
—X-406. Licencia urbanística de obra mayor: Supresión de barreras arquitectónicas e instalación de ayudas técnicas que no afecte a elementos estructurales.
—X-406. Licencia urbanística de obra mayor: Acondicionamiento de
viviendas.
—X-407. Licencia urbanística de obra mayor: Rehabilitación integral de
edificios.
—X-413. Propuesta de intervención de edificios catalogados.
—X-403. Licencias urbanística y ambiental de actividad clasificada: Nueva
construcción. Actividades sujetas a la Ley 7/2006, de 22 de julio, de Protección
Ambiental de Aragón.
—X-408. Licencias urbanística y ambiental de actividad clasificada: Obra
mayor de nueva planta sometida a la Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos
Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
—X-414. Licencias urbanística y de apertura: Acondicionamiento de local
y apertura.
—X-495. Licencias urbanística y de apertura: Para establecimientos sujetos
a la Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los Espectáculos Públicos,
Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, y excluidos de calificación por la Ley 7/2006, de 22 de junio,
de Protección Ambiental. Acondicionamiento de local.
—X-415. Licencia urbanística y ambiental de actividad clasificada: Obra
mayor. Acondicionamiento de local para actividades sujetas a la Ley 11/2005,
de 28 de diciembre, reguladora de los Espectáculos Públicos, Actividades
Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de
Aragón.
—X-417. Licencia ambiental de actividad clasificada: Sujeta a la Ley
7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón.
BOP Zaragoza.—Núm. 224
28 septiembre 2012
—X-448. Licencias urbanística y ambiental de actividad clasificada: Acondicionamiento de Local. Actividades sujetas a la Ley 7/2006, de 22 de junio, de
Protección Ambiental de Aragón.
—X-446. Apertura de actividades no calificadas.
4) Las guías de contenidos de memorias y proyectos y formatos de informes de idoneidad y calidad documental se encuentran disponibles en la guía de
documentación técnica:
http://www.zaragoza.es/ciudad/urbanismo/informa/buscarDoc_GuiaProc
Zaragoza, a 18 de septiembre de 2012. — El director de Servicios de Información y Organización, José Abadía Tirado.
Servicio de Disciplina Urbanística
de la Gerencia de Urbanismo
Núm. 10.438
Habiendo resultado fallido el intento de notificación personal en los expedientes que se dirán, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58.1 y
59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente se pone de manifiesto que el órgano municipal competente resolvió los
expedientes que se relacionan en el anexo, relativos a solicitudes de licencia de
apertura de actividades sujetas al Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, con las condiciones que se indican en
dichos acuerdos.
Lo que se comunica para su conocimiento y efectos, advirtiéndose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde
el día siguiente a la notificación de la presente resolución, ante el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.º y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
No obstante, previamente podrá interponerse recurso de reposición ante el
Consejo de Gerencia Municipal de Urbanismo en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente al de notificación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de
13 de enero, y artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de
abril, todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier
acción o interponer el recurso que estime pertinente.
Zaragoza, 18 de septiembre de 2012. — El jefe del Servicio de Disciplina
Urbanística, Angel Sierra Acín.
ANEXO
Relación que se cita
Expediente: 1.164.354/2010.
Fecha: Consejo de Gerencia de 2 de febrero de 2012.
Titular: Hernando Jaime Quiramo Robles (bar “San Rafael”).
Emplazamiento: Calle San Rafael, 29.
Resolución: Denegar licencia de funcionamiento para la actividad de bar.
Servicio de Inspección Urbanística
de la Gerencia de Urbanismo
Núm. 10.436
A los efectos de proceder a la publicación en sustitución de la notificación,
surtiendo sus mismos efectos, de conformidad con lo establecido en el artículo
59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente se pone de manifiesto que el coordinador general del Area de Urbanismo,
Infraestructuras, Equipamientos y Vivienda y gerente de Urbanismo, con fecha
13 de septiembre de 2012, acordó lo siguiente:
Primero. — Tener por cumplida la obligación de sometimiento a la inspección técnica de edificios de los edificios que figuran en el anexo, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza reguladora del deber de conservación,
edificación e inspección técnica de edificios.
Segundo. — Incluir en el Registro de la Inspección Técnica de Edificios los
datos de dichos edificios, de conformidad con lo establecido en el artículo 36
de la Ordenanza reguladora del deber de conservación, edificación e inspección técnica de edificios.
Tercero. — Comunicar a la propiedad la obligación de sometimiento a la
inspección técnica de edificios de tales edificios dentro del año 2020, de conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la ya citada Ordenanza reguladora del deber de conservación, edificación e inspección técnica de edificios
Lo que se comunica para su conocimiento y efectos, advirtiéndose que la
anterior resolución agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes y ante el
mismo órgano que dictó el acto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 24, 31 y 32 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, y concretamente los artículos 107,
116 y 117 de la misma, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos
5
meses, de conformidad con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda
ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.
Zaragoza, 13 de septiembre de 2012. — El gerente de Urbanismo, P.D.: El
jefe del Servicio, Miguel Angel Abadía Iguacén.
ANEXO
Edificios con acuerdo favorable de fecha 13 de septiembre de 2012
teniendo por cumplida la obligación de sometimiento
a la inspección técnica de edificios
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
16.
17.
18.
Emplazamiento y número de expediente
Martín Cortés, 3. 870.940/12.
Avenida de Montañana, 512. 871.152/12.
Teodora Lamadrid, 7. 879.788/12.
Berenguer de Bardají, 42. 882.813/12.
Conde de la Viñaza, 27. 884.596/12.
José M.ª Lacarra Miguel, 18. 894.101/12.
Ricla, 12. 894.186/12.
Rigel, 17. 894.602/12.
José Zamoray, 15. 850.500/12.
López de Luna, 23. 791.710/12.
Berenguer de Bardají, 19. 741.999/12.
Avenida de la Constitución, 3, barrio de Casetas. 890.399/12.
Batalla de Bailén, 6. 812.334/12.
Santander, 35. 813.244/12.
Numancia, 6. 793.187/12.
Venecia, 55. 887.424/12.
Avenida de Compromiso Caspe, 69. 887.400/12.
Avenida de Tenor Fleta, 1. 879.764/12.
Servicio de Licencias de Actividad
de la Gerencia de Urbanismo
Núm. 10.440
Habiendo resultado fallidos los intentos de notificación a los vecinos que
obran a continuación, en referencia a las solicitudes de licencia ambiental de actividad clasificada y licencia urbanística y de actividad ambiental clasificada, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 65.2 de la Ley 7/2006, de 22 de junio,
de Protección Ambiental de Aragón, como vecino inmediato al lugar de emplazamiento, se le pone de manifiesto el expediente correspondiente durante el
plazo de quince días, a contar del siguiente al de publicación de esta notificación,
a fin de que pueda presentar las alegaciones que estimen oportunas mediante instancia dirigida al Servicio de Licencias de Actividad, que será presentada en el
Registro General de esta Gerencia de Urbanismo en horas de oficina.
N.º expte.
Actividad
101921/2012 Vestuario, recogida de herramientas de limpieza y oficinas
Vecino: Julián Mediavilla Medina-Pte. Cdad. Prop.
Domicilio: Calle La Torre, 16, 4.º izquierda
514280/2012 Centro religioso
Vecino: Luis Castellón Cortés -Pta. Cdad. de Prop. de Vidal de Canellas, 7.
Domicilio: Paseo María Agustín, 84, 7.º b
653162/2012 Transformación de polietileno para fabricación de bolsas e impresión
perforando dos pozos para aprovechamiento de geotermia
Vecino: CEIME, S.L.
Domicilio: Calle Castillo Peracense, 17
717687/2012 Supermercado
Vecino: Concepción Sanz Sánchez -Pta. Cdad. de Prop.
Domicilio: Calle Delicias, 42, 3.º b
759774/2012 Comercio al por menor productos alimentos y bebidas
Vecino: Alberto Zapico (administrador).
Domicilio: Avenida de Valencia, 4
Ubicación
Calle Torre, 18
Calle Vidal de Canellas, 9
Calle Castillo Peracense, 17
Calle Delicias, 40-42
Avda. de Valencia, 6, acceso alternativo calle Burgos, 7
Zaragoza, 18 de septiembre de 2012. — El consejero de Urbanismo, Infraestructuras, Equipamientos y Vivienda, Carlos Pérez Anadón.
Servicio de Licencias de Actividad
de la Gerencia de Urbanismo
Núm. 10.441
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 11/2005, de
28 de diciembre, reguladora de los Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Aragón, se comunica que se abre un
período de información pública por término de un mes, durante el cual todos
los que se consideren afectados por la solicitud que obra a continuación podrán
formular por escrito las alegaciones que estimen convenientes mediante instancia dirigida al Servicio de Licencias de Actividad de la Gerencia Municipal
de Urbanismo.
Número de expediente: 818.967/2012.
Actividad: Bar-restaurante.
Ubicación: Calle Méndez Núñez, Casto, 36, local.
Asimismo, y habiendo resultado fallidos los intentos de notificación individual a los vecinos que obran a continuación, en referencia con la antedicha
licencia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16.2 de dicha ley y
6
28 septiembre 2012
artículos 58.1 y 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, como vecino inmediato al lugar de emplazamiento, se le pone de
manifiesto el expediente correspondiente durante el plazo de un mes, a contar
del siguiente al de publicación de esta notificación, a fin de que pueda presentar las alegaciones que estime oportunas mediante instancia dirigida al Servicio de Licencias de Actividad, que será presentada en el Registro General de
esta Gerencia de Urbanismo en horas de oficina.
Vecino y domicilio
Federico Fernández. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 32, 1.º A.
Titular del piso. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 32, 1.º B.
Marcos Martínez. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 32, 1.º C.
Carmen Medina. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 32, 3.º A.
Titular del piso. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 32, 3.º B.
Anastasio Lozano. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 32, 3.º C.
Carmen Díez Otero. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 32, 4.º A.
Titular del piso. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 32, 4.º B.
Juan Diego Miguel. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 32, 5.º A.
Joaquín Arbiol. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 32, 5.º B.
Víctor Araguás. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 32, 5.º C.
David Echeguiquia. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 36, 2.º A.
Felisa Cisneros. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 36, 2.º B.
Jaime Ramos. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 36, 3.º A.
Alejandro Aznar. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 36, 3.º B.
José Aquilué. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 36, 4.º A.
Araceli Naval. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 36, 4.º B.
Luisa Arguis. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 38, 2.º iz.
Carlos Buil. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 38, 3.º dc.
Antonio Isac. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 38, 3.º iz.
Carlos Giménez. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 38, 4.º dc.
José M. Alonso. Calle Méndez Nuñez, Casto, núm. 38, 4.º iz.
Zaragoza, 18 de septiembre de 2012. — El consejero delegado de Urbanismo, Infraestructuras, Equipamientos y Vivienda, Carlos Pérez Anadón.
Servicio de Licencias de Actividad
de la Gerencia de Urbanismo
Núm. 10.482
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 11/2005, de
28 de diciembre, reguladora de los Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Aragón, se comunica que se abre un
período de información pública por término de un mes, durante el cual todos
los que se consideren afectados por la solicitud que obra a continuación podrán
formular por escrito las alegaciones que estimen convenientes mediante instancia dirigida al Servicio de Licencias de Actividad de la Gerencia Municipal
de Urbanismo.
Número de expediente: 872.135/2012.
Actividad: Bar-restaurante.
Ubicación: Plaza de los Lagos Azules, 1.
Asimismo, y habiendo resultado fallidos los intentos de notificación individual a los vecinos que obran a continuación, en referencia con la antedicha
licencia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16.2 de dicha ley y
artículos 58.1 y 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, como vecino inmediato al lugar de emplazamiento, se le pone de
manifiesto el expediente correspondiente durante el plazo de un mes, a contar
del siguiente al de publicación de esta notificación, a fin de que pueda presentar las alegaciones que estime oportunas mediante instancia dirigida al Servicio de Licencias de Actividad, que será presentada en el Registro General de
esta Gerencia de Urbanismo en horas de oficina.
Vecino y domicilio
Titular del piso. Plaza de los Lagos Azules, núm. 1, 1.º A.
Titular del piso. Plaza de los Lagos Azules, núm. 1, 1.º C.
Omar Raslan. Plaza de los Lagos Azules, núm. 1, 1.ºD.
Inés Serrano. Plaza de los Lagos Azules, núm. 1, 2.º A.
Honorato Martín. Plaza de los Lagos Azules, núm. 1, 2.º C.
Francisco Solera. Plaza de los Lagos Azules, núm. 1, 2.º D.
Mateo Gutiérrez. Plaza de los Lagos Azules, núm. 1, 3.º A.
Titular del piso. Plaza de los Lagos Azules, núm. 1, 3.º B.
Titular del piso. Plaza de los Lagos Azules, núm. 1, 3.º C.
José Luis Burriel. Plaza de los Lagos Azules, núm. 1, 3.º D.
Titular del piso. Plaza de los Lagos Azules, núm. 1, 4.º A.
Javier Lázaro. Plaza de los Lagos Azules, núm. 1, 4.º B.
Titular del piso. Plaza de los Lagos Azules, núm. 1, 4.º C.
Titular del piso. Plaza de los Lagos Azules, núm. 1, 4.º D.
Miguel Egido. Plaza de los Lagos Azules, núm. 1, 5.º A.
Antonio Palacios. Plaza de los Lagos Azules, núm. 1, 5.º B.
Titular del piso. Plaza de los Lagos Azules, núm. 1, 5.º C.
Titular del piso. Plaza de los Lagos Azules, núm. 2, 1.º A.
Julia Horno. Plaza de los Lagos Azules, núm. 2, 1.º C.
BOP Zaragoza.—Núm. 224
Arturo Andrés. Plaza de los Lagos Azules, núm. 2, 2.º B.
Diego Bailón. Plaza de los Lagos Azules, núm. 2, 2.º C.
Eduardo Sánchez. Plaza de los Lagos Azules, núm. 2, 2.º D.
Titular del piso. Plaza de los Lagos Azules, núm. 2, 3.º A.
David Ibáñez. Plaza de los Lagos Azules, núm. 2, 3.º B.
Zaragoza, 18 de septiembre de 2012. — El consejero delegado de Urbanismo, Infraestructuras, Equipamientos y Vivienda, Carlos Pérez Anadón.
SECCION SEXTA
CORPORACIONES LOCALES
ALFAJARIN
Núm. 10.462
De conformidad con lo previsto en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y el apartado II.I c.2)
de la Resolución de 9 de abril de 1997, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos para la gestión y revisión del padrón de habitantes, se ha incoado de
oficio expediente para proceder a dar de baja en el padrón de habitantes de este
municipio, así como en el censo electoral por haberse comprobado que no residen en el mismo, a las siguientes personas:
Ionela Sisca, con NIE X-7.304.348-P.
Verónica Bota, con NIE X-6.977.828-L.
I.A.P., con NIE Y-84.717-E.
Domicilio: Calle General Palafox, número 28.
Intentada la notificación a los interesados sin que esta se pudiera practicar
por desconocerse el domicilio de los mismos, podrán presentarse reclamaciones durante el plazo de diez días, a contar desde la publicación del anuncio en
el BOPZ.
Alfajarín, a 18 de septiembre de 2012. — El alcalde, Francisco Verge Salvado.
ALFAJARIN
Núm. 10.480
De conformidad con lo previsto en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y el apartado II.I c.2)
de la Resolución de 9 de abril de 1997, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos para la gestión y revisión del padrón de habitantes, se ha incoado de
oficio expediente para proceder a dar de baja en el padrón de habitantes de este
municipio, así como en el censo electoral por haberse comprobado que no reside en el mismo, a la siguiente persona:
Nikolay Plamenov Kostadinov, con número de identificación 355.790.195.
Domicilio: Calle Los Huertos, número 82.
Intentada la notificación al interesado sin que esta se pudiera practicar por
desconocerse el domicilio del mismo, podrán presentarse reclamaciones durante
el plazo de diez días, a contar desde la publicación del anuncio en el BOPZ.
Alfajarín, a 21 de septiembre de 2012. — El alcalde, Francisco Verge Salvado.
ALFAJARIN
Núm. 10.481
De conformidad con lo previsto en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y el apartado II.I c.2)
de la Resolución de 9 de abril de 1997, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos para la gestión y revisión del padrón de habitantes, se ha incoado de
oficio expediente para proceder a dar de baja en el padrón de habitantes de este
municipio, así como en el censo electoral por haberse comprobado que no reside en el mismo, a la siguiente persona:
Asif Mahmood Bhatti, con documento KH-261.078.
Domicilio: Calle Ramón y Cajal, número 47.
Intentada la notificación al interesado sin que esta se pudiera practicar por
desconocerse el domicilio del mismo, podrán presentarse reclamaciones durante
el plazo de diez días, a contar desde la publicación del anuncio en el BOPZ.
Alfajarín, a 18 de septiembre de 2012. — El alcalde, Francisco Verge Salvado.
Núm. 10.512
BOQUIÑENI
Mediante acuerdo de este Ayuntamiento Pleno, adoptado en sesión celebrada el 6 de septiembre del presente, se aprobó provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de
uso público con mesas y sillas.
En cumplimiento de dicho acuerdo y de conformidad con lo establecido en
el artículo 17 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
queda expuesto al público el expediente por plazo de treinta días, a efectos de
examen y reclamaciones por los interesados, por plazo de treinta días.
Si transcurrido dicho plazo no se hubieran presentado reclamaciones, se
entenderá definitivamente aprobado el acuerdo provisional.
Boquiñeni, a 19 de septiembre de 2012. — El alcalde, Miguel Angel Sanjuán Pérez.
BOP Zaragoza.—Núm. 224
28 septiembre 2012
BOQUIÑENI
Núm. 10.513
BOQUIÑENI
Núm. 10.514
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las de Haciendas Locales, se somete a información pública la
cuenta general de este Ayuntamiento del ejercicio de 2011, con sus justificantes y el informe de la Comisión Especial de Cuentas, por término de quince
días. Durante dicho plazo y ocho días más se admitirán los reparos que puedan
formularse por escrito y serán examinados por dicha Comisión, que practicará
cuantas comprobaciones sean necesarias, emitiéndose nuevo informe.
Boquiñeni, a 19 de septiembre de 2012. —El alcalde, Miguel Angel Sanjuán Pérez.
Mediante acuerdo de este Ayuntamiento Pleno, adoptado en sesión celebrada el 6 de septiembre del presente, se aprobó provisionalmente la modificación de las ordenanzas fiscales reguladoras de los tributos que se detallan a
continuación:
—Tasa por prestación de servicios del cementerio municipal (número 2).
—Tasa por utilización de piscinas municipales (número 4).
—Tasa por servicio de fax (número 5).
—Tasa por suministro de agua en zona rústica (número 6).
—Tasa por suministro domiciliario de agua (número 7).
—Tasa por servicio de voz pública (número 8).
—Tasa por barracas, casetas y puestos de venta en mercado (número 9).
—Tasa por servicio de fotocopiadora (número 13).
—Tasa por canalones (número 15).
—Tasa por alcantarillado (número 16).
—Tasa por recogida de basuras (número 17).
—Tasa por expedición de documentos administrativos (número 18).
—Tasa por la prestación de los servicios de lavandería y comedor en el
Centro de Día (número 22).
—Tasa por la prestación del servicio de Escuela de Educación Infantil de
primer ciclo de 0 a 3 años (número 23).
—Tasa por licencia de autotaxis y demás vehículos de alquiler (número 24).
En cumplimiento de dicho acuerdo y de conformidad con lo establecido en
el artículo 17 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
queda expuesto al público el expediente por plazo de treinta días, a efectos de
examen y reclamaciones por los interesados, por plazo de treinta días.
Si transcurrido dicho plazo no se hubieran presentado reclamaciones, se
entenderá definitivamente aprobado el acuerdo provisional.
Boquiñeni, a 19 de septiembre de 2012. — El alcalde, Miguel Angel Sanjuán Pérez.
CASPE
Núm. 10.509
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 17 de septiembre de
2012, aprobó la matrícula definitiva del impuesto sobre actividades económicas correspondiente al ejercicio económico de 2012.
Dicho padrón se expondrá al público por un plazo de quince días, a contar
desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el BOPZ, durante el cual
estará a disposición de los interesados en las oficinas del servicio municipal de
Intervención-Tesorería.
Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas
al mismo podrá formularse recurso de reposición ante el alcalde-presidente, en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización de la exposición pública del citado padrón.
El plazo de ingreso en período voluntario se extenderá desde el 1 de octubre al 30 de noviembre de 2012.
El pago podrá efectuarse en la oficina del Banco Santander, sita en plaza de
España, número 5, en horario de oficina. Los recibos domiciliados se cargarán
en las cuentas señaladas por los contribuyentes el día 2 de noviembre de 2012.
Para poder realizar el abono de estas cuotas, cada contribuyente recibirá la
documentación necesaria, de la cual la “carta de pago” le será diligenciada de
“recibí” en el momento del abono de la cuota. Los contribuyentes que hasta el
día 15 de noviembre no hayan recibido la documentación mencionada o el recibo abonado a través de la entidad bancaria en que domicilió el pago, deberán
pasarse por las oficinas del servicio de Intervención-Tesorería para subsanar el
posible error y abonar su cuota antes del 30 de noviembre de 2012, fecha en
que finaliza el período voluntario de cobro.
Transcurrido el período voluntario de pago se iniciará el período ejecutivo,
que determinará, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 161
de la Ley General Tributaria, la exigencia de los intereses de demora y los
recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la
citada ley y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.
Caspe, 18 de septiembre de 2012. — El alcalde.
7
CASPE
Núm. 10.510
CASPE
Núm. 10.511
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 17 de septiembre de
2012, aprobó el padrón fiscal de la tasa por recogida de basuras correspondiente al primer semestre del ejercicio 2012.
Dicho padrón se expondrá al público por un plazo de quince días, a contar
desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el BOPZ, durante el cual
estará a disposición de los interesados en las oficinas del servicio municipal de
Intervención-Tesorería.
Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas
al mismo podrá formularse recurso de reposición ante el alcalde-presidente, en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización de la exposición pública del citado padrón.
El plazo de ingreso en período voluntario se extenderá desde el 1 de octubre al 30 de noviembre de 2012.
El pago podrá efectuarse en la oficina del Banco Santander, sita en plaza de
España, número 5, en horario de oficina. Los recibos domiciliados se cargarán
en las cuentas señaladas por los contribuyentes el día 2 de noviembre de 2012.
Para poder realizar el abono de estas cuotas, cada contribuyente recibirá la
documentación necesaria, de la cual la “carta de pago” le será diligenciada de
“recibí” en el momento del abono de la cuota. Los contribuyentes que hasta el
día 15 de noviembre no hayan recibido la documentación mencionada o el recibo abonado a través de la entidad bancaria en que domicilió el pago, deberán
pasarse por las oficinas del servicio de Intervención-Tesorería para subsanar el
posible error y abonar su cuota antes del 30 de noviembre de 2012, fecha en
que finaliza el período voluntario de cobro.
Transcurrido el período voluntario de pago se iniciará el período ejecutivo,
que determinará, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 161
de la Ley General Tributaria, la exigencia de los intereses de demora y los
recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la
citada ley y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.
Caspe, 18 de septiembre de 2012. — El alcalde.
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 6 de
agosto de 2012, fue aprobada la enajenación de los bienes inmuebles que posteriormente se describen, mediante procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, un único criterio de adjudicación al precio más alto y el
pliego de cláusulas administrativas particulares.
Se publica en el BOPZ y en el perfil de contratante, por plazo de quince días
naturales, el anuncio de licitación del contrato de enajenación de los bienes
inmuebles, para seleccionar a los compradores, con sujeción a las siguientes
cláusulas:
1. Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Ayuntamiento de Caspe.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.
c) Número de expediente: 24/2012.
2. Objeto del contrato: Las parcelas que a continuación se relacionan:
—Parcela 141-c, polígono 25. Superficie: 00.96.91 hectáreas. Tasación
pericial: 2.486 euros.
—Parcela 269-a (parte), polígono 27. Superficie: 02.00.00 hectáreas. Tasación pericial: 2.242 euros.
—Parcela 392, polígono 36. Superficie: 00.41.88 hectáreas. Tasación pericial: 754 euros.
—Parcela 1161, polígono 56. Superficie: 00.12.34 hectáreas. Tasación
pericial: 372 euros.
—Parcela 1575, polígono 56. Superficie: 00.49.74 hectáreas. Tasación
pericial: 3.955 euros.
—Parcela 144, polígono 68. Superficie: 00.35.03 hectáreas. Tasación pericial: 631 euros.
—Parcela 149, polígono 68. Superficie: 00.06.84 hectáreas. Tasación pericial: 273 euros.
—Parcela 346, polígono 68. Superficie: 00.08.56 hectáreas. Tasación pericial: 304 euros.
—Parcela 55, polígono 74. Superficie: 00.07.37 hectáreas. Tasación pericial: 283 euros.
—Parcela 403, polígono 75. Superficie: 00.08.54 hectáreas. Tasación pericial: 304 euros.
—Parcela 124-ah, polígono 76. Superficie: 00.45.28 hectáreas. Tasación
pericial: 6.271 euros.
—Parcela 166, polígono 76. Superficie: 00.48.28 hectáreas. Tasación pericial: 6.687 euros.
—Parcela 168, polígono 76. Superficie: 00.83.62 hectáreas. Tasación pericial: 6.946 euros.
—Parcela 188, polígono 76. Superficie: 00.36.24 hectáreas. Tasación pericial: 1.265 euros.
—Parcela 196 (parte), polígono 76. Superficie: 01.00.00 hectáreas. Tasación pericial: 7.500 euros.
—Parcela 210, polígono 76. Superficie: 00.04.81 hectáreas. Tasación pericial: 273 euros.
8
28 septiembre 2012
—Parcela 222, polígono 78. Superficie: 00.68.44 hectáreas. Tasación pericial: 1.885 euros.
—Parcela 346-d, -e, -g, -i, -j, -l, polígono 78. Superficie: 00.90.91 hectáreas. Tasación pericial: 2.564 euros.
3. Tramitación y procedimiento:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
4. Presupuesto base de licitación: Queda fijado en la relación de parcelas,
que será mejorable al alza por los licitadores.
5. Garantía provisional: No se exige.
6. Obtención de documentación e información: Ayuntamiento de Caspe.
Plaza de España, 1. Teléfono: 976 639 066. Fax: 976 639 069.
7. Fecha límite de obtención de documentos e información: El día en que
finalice el plazo para la presentación de proposiciones.
8. Criterios de valoración de las ofertas: Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá exclusivamente al precio más alto de las proposiciones presentadas.
9. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación:
a) Fecha límite de presentación: Quince días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el BOPZ y en el perfil del
contratante del Ayuntamiento de Caspe, excepto si coincidiese con sábado, que
se trasladaría al siguiente día hábil.
b) Documentación a presentar: La establecida en la cláusula octava del pliego.
c) Lugar de presentación: Ayuntamiento de Caspe. Plaza de España, 1,
50700 Caspe.
10. Apertura de las ofertas: En la Casa Consistorial, a las 12:00 horas del
primer día hábil siguiente al de conclusión del plazo de presentación de proposiciones, excepto si coincidiese con sábado, que se trasladaría al siguiente día
hábil.
11. Gastos de anuncios: Los que se establecen en la cláusula decimosexta
del pliego.
12. Perfil del contratante donde figuran las informaciones relativas a la convocatoria y donde pueden obtenerse los pliegos: http://perfilcontratante.dpz.es.
Caspe, a 19 de septiembre de 2012. — El alcalde.
COMARCA CAMPO DE BORJA
Núm. 10.536
CUARTE DE HUERVA
Núm. 10.507
EJEA DE LOS CABALLEROS
Núm. 10.508
De conformidad con lo establecido en el articulo 212 del Real Decreto
legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete a información pública
la cuenta general del ejercicio 2011, con sus justificantes y el informe de la
Comisión Especial de Cuentas, por término de quince días. En este plazo y
ocho días más se admitirán los reparos que puedan formularse por escrito, los
que serán examinados por dicha Comisión, que practicará cuantas comprobaciones crea necesarias, emitiéndose un nuevo informe.
Borja, 24 de septiembre de 2012. — El presidente, Eduardo Arilla Pablo.
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 17 de septiembre de 2012, acordó aprobar provisionalmente el establecimiento de la tasa
por la realización de la actividad municipal conducente a la obtención/denegación de acuerdo municipal determinando la eficacia de la declaración responsable exigible para el ejercicio de actividades en establecimientos públicos
sujetas a la Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los Espectáculos
Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como la modificación de la Ordenanza fiscal
número 3, reguladora de la tasa por concesión de licencias, autorizaciones o
tomas de razón para el ejercicio de actividades.
Se expone al público dicho acuerdo, junto con el expediente de su razón,
durante un plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la
publicación del correspondiente anuncio en el BOPZ, durante el cual los interesados a que se refiere el artículo 18 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de
5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que
estimen oportunas ante el Pleno, que dispondrá del plazo de un mes para resolverlas; en caso de que no se presenten reclamaciones en el plazo señalado, el
acuerdo se considerará automáticamente adoptado de forma definitiva.
Cuarte de Huerva, a 18 de septiembre de 2012. — El alcalde, Jesús Pérez
Pérez.
BASES del concurso para la contratación de seis educadores generalistas de
personas adultas, en régimen de personal laboral temporal, del M.I. Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros.
Primera. — Número, denominación y características de las plazas a proveer.
Es objeto de estas bases la contratación de seis educadores generalistas de
personas adultas, a dos tercios de jornada, mediante concurso, en régimen
laboral temporal.
BOP Zaragoza.—Núm. 224
La realización de actividades de educación de adultos se inscribe en el
“Plan provincial de educación de las personas adultas” para el curso 20122013, por lo que el profesorado se adscribirá a dicho Plan en las tareas educativas, así como en la coordinación, seguimiento, evaluación y perfeccionamiento docente. Le será de aplicación la normativa vigente del Departamento
de Educación y Ciencia, por su adscripción al CPEA, desarrollando su actividad en el municipio de Ejea de los Caballeros y en el ámbito territorial de Ejea
de los Caballeros y sus pueblos.
La contratación referida está asimilada al grupo A-2 de la función pública
(nuevo grupo según art. 76 de la Ley 7/2007, del EBEP), vinculada al Area de
Servicios Sociales y Derechos Ciudadanos, y las funciones que tiene encomendadas son:
—Actividades docentes de formación académica.
—Actividades de dinamización sociocultural.
—Actividades de programación, organización, gestión, seguimiento y evaluación del Plan de adultos.
—Realización de todas aquellas actividades que se desarrollan en el marco
relacional que une a las aulas de adultos con los centros públicos de educación
de personas adultas (estas actividades, en general, suelen ser aquellas que se
derivan de la organización educativa, aspectos didáctico-pedagógicos, formación y perfeccionamiento del profesorado, etc.).
Segunda. — Requisitos de los aspirantes.
1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad: Ser español/a o nacional de algún Estado miembro de la
Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el
cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás estados
miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado al que en
virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del
cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus
expensas, o ser extranjero con residencia legal en España. Pueden acceder,
igualmente, los extranjeros con residencia legal en España.
b) Edad: Tener cumplidos dieciséis años de edad y no haber alcanzado la
edad de jubilación forzosa.
c) Titulación: Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: Título
de diplomado/a o licenciado/a universitario/a.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación y además se adjuntará al
título su traducción jurada.
d) Compatibilidad funcional: Acreditar no padecer enfermedad, así como
poseer las condiciones físicas y psíquicas adecuadas para el ejercicio de las
funciones propias del cargo.
e) Habilitación: No hallarse incurso en causa de incapacidad ni hallarse
inhabilitado o suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber
sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las Administraciones públicas.
2. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día
de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el
momento de la toma de posesión.
Tercera. — Instancias: forma y plazo de presentación.
Las instancias solicitando tomar parte en las correspondientes pruebas de
acceso, en las que los/as aspirantes harán constar que reúnen las condiciones
exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán
al señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros y se
presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento, o bien mediante
el procedimiento que regula el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre. El plazo de presentación de solicitudes concluye a partir de los diez
días naturales, contados desde el día siguiente a su publicación en el BOPZ,
debiendo presentar con la solicitud los siguientes documentos:
—Instancia dirigida al ilustrísimo señor alcalde-presidente solicitando la
plaza.
—Currículum vítae.
—Fotocopia del DNI.
—Fotocopia de los títulos académicos.
—Certificación de los méritos de formación.
—Certificación de los méritos profesionales.
—Presentación de un ejemplar de un proyecto educativo aplicado al ámbito donde se va a desarrollar la actividad. Dicho proyecto constará de tres partes
claramente diferenciables: análisis de la realidad o diagnóstico, necesidades
educativas y planificación o proyecto educativo.
No serán tenidos en cuenta los méritos alegados sin el suficiente respaldo
documental. Las fotocopias de los méritos alegados se presentarán debidamente compulsadas.
Los/as aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en
sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación, mediante
escrito motivado dentro del plazo de presentación de instancias, establecido en
las presentes bases.
BOP Zaragoza.—Núm. 224
28 septiembre 2012
Cuarta. — Admisión de los aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. La resolución se
publicará en el tablón de edictos y en la página web del Ayuntamiento, con
expresión del plazo de subsanación de errores que se conceda a los aspirantes
excluidos, y determinando lugar y fecha del comienzo de los ejercicios y orden
de actuación.
En la misma resolución se indicará la composición del tribunal. Esta publicación será determinante a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
Los/as aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de
exclusión o no aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluido/as en
la relación de admitido/as, serán excluido/as de la realización de pruebas.
En el supuesto de que no existieran reclamaciones contra la lista publicada,
se entenderá elevada a definitiva sin la necesidad de nueva publicación.
Quinta. — Tribunal calificador.
El tribunal calificador, de conformidad con el artículo 247 de la Ley
7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, y la Ley 7/2007, de
12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, estará constituido de la
siguiente forma:
• Presidente: La jefa de Area de Alcaldía del Ayuntamiento de Ejea de los
Caballeros.
• Vocales:
—Un técnico de la Diputación Provincial de Zaragoza.
—Un técnico del Departamento de Educación y Cultura del Gobierno de
Aragón.
—La jefa de Area de Servicios Sociales y Derechos Ciudadanos.
—El secretario general del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue,
que actuará también como secretario del tribunal.
En la composición del tribunal se establecerán los titulares y suplentes.
Todos los miembros del tribunal deberán poseer un nivel de titulación igual
o superior al exigido para el ingreso en las plazas convocadas.
El presidente del tribunal coordinará la realización de las pruebas y dirimirá los posibles empates en las votaciones con voto de calidad.
Podrá disponerse la incorporación de asesores especialistas, para todas o
alguna de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección
exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas y tendrán voz,
pero no voto.
El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará a lo dispuesto en los
artículos 22 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común. A partir de su constitución el tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes, incluidos
el presidente y el secretario.
Contra los actos y decisiones del tribunal que imposibiliten la continuación
del procedimiento para el interesado o produzcan indefensión se podrá interponer recurso de alzada ante la Alcaldía, de conformidad con lo establecido en
el artículo 114.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
y ello sin perjuicio de la interposición de cualesquiera otros recursos que se
estimen oportunos.
El tribunal podrá requerir en cualquier momento al/ la candidato/a para que
acredite su personalidad.
Las presentes bases se interpretarán en el sentido finalista que mejor garantice la preservación de los principios de igualdad, mérito y capacidad.
Igualmente, el tribunal queda autorizado para resolver las incidencias que
se produzcan. Si en algún momento llega a conocimiento del tribunal que alguno de los/as aspirantes carece de uno o varios de los requisitos exigidos en la
convocatoria, deberá proponer su exclusión a la Alcaldía, quien resolverá, previa audiencia del interesado.
El tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría que
corresponda al grupo funcionarial en que se integre la plaza, a los efectos de la
percepción de asistencias por parte de sus miembros.
Sexta. — Sistema de selección de los aspirantes.
El sistema de selección de los/as aspirantes será el de concurso.
En la fase de concurso se valorarán: titulación, formación, experiencia profesional y el proyecto educativo.
Séptima. — Calificación.
La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en la valoración de la fase de concurso.
En aquellos casos en los que varios aspirantes hayan obtenido el total máximo de puntuación, cifrado en 12 puntos, se volverá a revisar la documentación,
sin tener en cuenta el máximo establecido en cada apartado, realizando la
selección por orden de puntuación total obtenida.
Octava. — Propuesta de contratación.
Concluidas las pruebas, el tribunal publicará en el tablón de edictos y en la
página web del Ayuntamiento la relación de aspirantes por orden de puntuación.
En ningún caso se podrá declarar que han superado las pruebas un número
superior de aspirantes al de plazas convocadas. Las propuestas que infrinjan
esas normas serán nulas de pleno derecho.
Seguidamente el tribunal elevará dicha relación junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al/la aspirante o aspirantes
seleccionados, al órgano correspondiente que efectuará el nombramiento.
9
El tribunal establecerá una relación complementaria que generará una lista
de contratación para la cobertura de necesidades temporales de personal en la
categoría con los/as aspirantes que hubiesen superado todas las pruebas sin
haber obtenido plaza y según la puntuación obtenida, con el fin de asegurar la
cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los/as aspirantes
seleccionados/as.
Novena. — Presentación de documentos y contratación.
Los/as aspirantes aprobados presentarán en la Secretaría General del Ayuntamiento los documentos acreditativos de las condiciones exigidas en la convocatoria, dentro del plazo de cinco días naturales desde la publicación de la
lista definitiva de aprobados.
Si no presentan la documentación en el plazo indicado, salvo los casos de
fuerza mayor, o si no reúnen los requisitos exigidos en estas bases, no podrán
ser contratados/as y quedarán anuladas y sin efecto todas sus actuaciones anteriores, sin perjuicio de las responsabilidades en que hayan podido incurrir por
falsedad en las instancias de solicitud de tomar parte en las pruebas selectivas.
La resolución de contratación será adoptada por la Alcaldía en favor de
los/as aspirantes propuestos por el tribunal.
Décima. — Legislación aplicable.
La convocatoria se regirá por lo dispuesto en estas bases. En su defecto,
será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del
Régimen Local; la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón;
el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas
básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de
selección de los funcionarios de la Administración Local; el Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado; el Decreto 222/1991, de 17
de diciembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba el
Reglamento Marco de la Organización de las Policías Locales de Aragón, y
legislación concordante.
Undécima. — Recursos.
Estas bases y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas y de
la actuación del tribunal podrán ser impugnados por los/as interesados/as en
los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Ejea de los Caballeros, 17 de septiembre de 2012. — El alcalde, Javier
Lambán Montañés.
ANEXO
Baremo
A) TITULACIÓN Y FORMACIÓN (máximo 4 puntos).
1. Titulación.
—Diplomado en Educación General Básica o Magisterio: 1 punto.
—Licenciado en Educación Social: 1 punto.
—Licenciado en Pedagogía: 1 punto.
—Licenciatura o diplomatura en otras disciplinas: 0,5 puntos.
2. Formación (se valorará solamente la impartida por las Administraciones públicas y centros homologados).
• Formación del profesorado relacionada con la educación de personas
adultas. Por cada curso o seminario:
—De 0 a 100 horas acumulativas: 0,1 puntos.
—De 100 a 200 horas acumulativas: 0,2 puntos.
—De 200 a 300 horas: 0,3 puntos.
—Más de 300 horas: 0,4 puntos.
• Formación del profesorado relacionada con la especialidad demandada
por el Ayuntamiento. Por cada curso o seminario:
—De 100 a 200 horas acumulativas: 0,1 puntos.
—De 200 a 300 horas acumulativas: 0,2 puntos.
—De 300 a 400 horas: 0,3 puntos.
—Más de 400 horas: 0,4 puntos.
• Formación del profesorado relacionada con la educación en general. Por
cada curso o seminario:
—De 50 a 100 horas acumulativas: 0,05 puntos.
—De 100 a 200 horas acumulativas: 0,1 puntos.
—Más de 200 horas: 0,15 puntos.
B) EXPERIENCIA PROFESIONAL (máximo 4 puntos).
1. En educación de las personas adultas:
• Experiencia docente en planes provinciales de educación de adultos
(máximo 2 puntos):
—Por cada curso completo (mínimo 9 meses): 0,2 puntos.
—Por cada curso incompleto (menos de 9 meses): 0,05 puntos.
• Otras experiencias docentes en educación de adultos, en centros reconocidos oficialmente (máximo 1 punto):
—Por cada curso completo (mínimo de 9 meses): 0,1 puntos.
—Por cada curso incompleto (menos de 9 meses): 0,03 puntos.
2. Otras experiencias educativas:
• Experiencia docente en otros campos educativos, en centros reconocidos
oficialmente (máximo 1 punto):
10
28 septiembre 2012
—Por cada curso completo (mínimo de 9 meses): 0,05 puntos.
—Por cada curso incompleto (menos de 9 meses): 0,025 puntos.
C) PROYECTO EDUCATIVO (máximo 4 puntos).
—Diagnóstico o análisis de la realidad: hasta 1 punto.
—Necesidades educativas: hasta 1 punto.
—Planificación educativa o proyecto: hasta 2 puntos.
TOTAL MÁXIMO DE LOS APARTADOS A+B+C = 12 PUNTOS.
Modelo de solicitud
Don/doña ……, con DNI ……, vecino/a de ……, con domicilio en ……,
teléfonos ……,
EXPONE:
Que está interesado/a en participar en las pruebas selectivas para la provisión
en régimen de contratación laboral temporal de seis plazas de educador/a generalista de personas adultas del M.I. Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros.
Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria.
Que acompaña a esta instancia fotocopia del documento nacional de identidad, fotocopia del título acreditativo de la titulación exigida y fotocopia de
todos los méritos y circunstancias alegados que deban ser valorados. Todos los
documentos se presentan debidamente compulsados.
Que en vista de lo que ha expuesto,
SOLICITA:
Ser admitido/a como aspirante en el citado procedimiento selectivo.
Ejea de los Caballeros, …… de …… de 2012.
Fdo.:
SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE EJEA DE LOS CABALLEROS
LA ALMUNIA DE DOÑA GODINA
Núm. 10.458
Solicitada por Angel Sánchez Tejero licencia ambiental de actividad clasificada para el desarrollo de la actividad de “taller de reparación y suministro de
maquinaria industrial y agrícola”, con emplazamiento en el sector industrial
SU-4, sector 3, parcelas 1-28, 1-29, 1-40 y 1-41 (avenida de La Rioja, números
1-3, y avenida de Navarra, números 2-4) del término municipal de La Almunia
de Doña Godina, en este Ayuntamiento se tramita el oportuno expediente.
En cumplimiento con el artículo 65.2 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de
Protección Ambiental de Aragón, se procede a abrir período de información
pública por término de quince días desde la inserción del presente anuncio en
el BOPZ para que quienes se vean afectados de algún modo por dicha actividad
presenten las observaciones que consideren pertinentes.
El expediente objeto de esta información se encuentra depositado en las
dependencias de este Ayuntamiento, pudiéndose consultar el mismo durante
horario de atención al público (de 9:00 a 14:00 horas).
La Almunia de Doña Godina, 17 de septiembre de 2012. — El alcalde, Victoriano Herraiz Franco.
LA ALMUNIA DE DOÑA GODINA
Núm. 10.459
Solicitada por Pedro Gil García, en representación de Agro 21, S.L., licencia ambiental de actividad clasificada para el desarrollo de la actividad de
“almacén para usos agroindustriales”, con emplazamiento en el polígono
industrial “La Cuesta”, avenida de la Cuesta, sin número, del término municipal de La Almunia de Doña Godina, en este Ayuntamiento se tramita el oportuno expediente.
En cumplimiento con el artículo 65.2 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de
Protección Ambiental de Aragón, se procede a abrir período de información
pública por término de quince días desde la inserción del presente anuncio en
el BOPZ para que quienes se vean afectados de algún modo por dicha actividad
presenten las observaciones que consideren pertinentes.
El expediente objeto de esta información se encuentra depositado en las
dependencias de este Ayuntamiento, pudiéndose consultar el mismo durante
horario de atención al público (de 9:00 a 14:00 horas).
La Almunia de Doña Godina, 14 de septiembre de 2012. — El alcalde, Victoriano Herraiz Franco.
LA PUEBLA DE ALFINDEN
Núm. 10.517
Cumplidos los trámites reglamentarios, el Pleno de la Corporación, en
sesión de carácter ordinario celebrada el día 12 de septiembre de 2012, aprobó
la cuenta general del presupuesto ordinario del ejercicio 2010.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local, podrán denunciarse ante la Cámara de Cuentas de Aragón las irregularidades, tanto de la gestión económica
como de las cuentas aprobadas.
La Puebla de Alfindén, a 18 de septiembre de 2012. — La alcaldesa, Nuria
Loris Sánchez.
Núm. 10.506
LECERA
El Pleno de este Ayuntamiento de Lécera, en sesión del día 13 de septiembre del 2012, aprobó provisionalmente la modificación de la siguiente ordenanza fiscal:
BOP Zaragoza.—Núm. 224
—Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de
agua potable a domicilio del Ayuntamiento de Lécera.
El expediente incoado al efecto se encuentra expuesto al público en las oficinas municipales durante el plazo de treinta días, a fin de que pueda ser examinado
por todos los interesados y presentarse, en su caso, las reclamaciones oportunas.
Transcurrido el período de exposición al público sin que se haya presentado reclamación alguna, el acuerdo adoptará carácter definitivo, a tenor de lo
establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales.
Lécera, a 17 de septiembre del 2012. — El alcalde, P.D., Paquita López
Orduna.
TRASMOZ
Núm. 10.460
En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de Haciendas Locales, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la cuenta general
correspondiente al ejercicio presupuestario del año 2011, por un plazo de quince
días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar las reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.
Trasmoz, a 10 de septiembre de 2012. — El alcalde-presidente, don Javier
Moliner Cebollada.
TERRER
Núm. 10.519
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 212.3 del Real Decreto
legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda expuesta al público la
cuenta general del ejercicio 2011 por el plazo de quince días.
Si en este plazo y ocho días más, los interesados hubieran presentado alegaciones, reclamaciones o sugerencias, la Comisión procederá a emitir un
nuevo informe.
Terrer, a 17 de septiembre de 2012. — El alcalde, Tomás José Escolano
Serrano.
TORRALBA DE RIBOTA
Núm. 10.488
El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 20 de septiembre de
2012, ha aprobado inicialmente los expedientes números 1/2012, 2/2012 y
3/2012 de modificación presupuestaria del Ayuntamiento de Torralba de Ribota para el ejercicio 2012.
En virtud de lo dispuesto en los artículos 177 y siguientes del Real Decreto
legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público por el plazo
de quince días hábiles, durante los cuales podrán presentarse las reclamaciones
oportunas.
Si transcurrido el plazo anteriormente expresado no se hubieran presentado
reclamaciones, se considerará definitivamente aprobada esta modificación presupuestaria.
Torralba de Ribota, a 24 de septiembre de 2012. — El alcalde-presidente,
Alfonso Puertas Cantería.
Núm. 10.464
VILLAMAYOR DE GALLEGO
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de las
propuestas de resolución de los expedientes sancionadores que se relacionan a
continuación, por infracción urbanística, por el instructor designado por el
Pleno del Ayuntamiento, debido a que es desconocido el último domicilio de
los interesados:
—Expte. número 05/2012. Eugenio Gracia Ventura (DNI 73.074.195-K).
Propuesta: 34.422,35 euros.
—Expte. número 06/2012. Jairo Morón Campos (DNI 17.742.862-H). Propuesta: 34.370,60 euros.
—Expte. número 10/2012. Pedro Jesús Benedí Luna (DNI 17.113.010-K).
Propuesta: 32.177,85 euros.
Con esta fecha se envían los correspondientes edictos de propuesta de resolución al Ayuntamiento del último domicilio conocido de las personas o entidades denunciadas para la exposición en su tablón de anuncios.
Los correspondientes expedientes obran en el Ayuntamiento de Villamayor
de Gállego, ante el cual asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su
defensa estimen conveniente, con aportación de las alegaciones que consideren
oportunas y que no se hubieran podido presentar anteriormente, dentro del
plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de
la presente notificación en el BOPZ. Transcurrido dicho plazo sin que se haya
hecho uso del derecho, la propuesta de resolución se dará traslado al Pleno para
su resolución.
Villamayor de Gállego, a 21 de septiembre de 2012. — El alcalde, José
Luis Montero Lostao.
BOP Zaragoza.—Núm. 224
SECCION SEPTIMA
ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgados de Primera Instancia
JUZGADO NUM. 6
28 septiembre 2012
Núm. 10.066
La secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Zaragoza;
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado al número 80/2012A se ha dictado resolución, cuyos encabezamiento y fallo son del tenor literal
siguiente:
«Sentencia núm. 511/2012. — En nombre de S.M. don Juan Carlos I, rey
de España. — En Zaragoza, a 3 de septiembre de 2012. — Doña María Angeles Callizo López, jueza sustituta del Juzgado de Primera Instancia número 6
de los de esta capital, ha visto los presentes autos seguidos en este Juzgado bajo
el número 80/2012-A, entre partes: de una y como parte demandante, Mamadou Cámara, nacido en Guinea, mayor de edad y que ostenta NIE X-1.379.084G, representado por el procurador don José Antonio García Medrano y asistido
por el letrado don Víctor Barra Pardos, y de otra y como parte demandada,
María Luisa Gamazo Pamplona, nacida en Zaragoza, mayor de edad y que
ostenta DNI 17.216.706, en situación procesal de rebeldía, y con la preceptiva
intervención del Ministerio fiscal, sobre guardia y custodia, alimentos y régimen de visitas con oposición, y demás pedimentos conexos, y…
Fallo: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de Mamadou Cámara contra María Luisa Gamazo Pamplona, sobre guarda y custodia, alimentos y régimen de visitas respecto de la hija
común no matrimonial, acuerdo la adopción de las siguientes medidas definitivas:
1. La guarda y custodia de la hija común menor de edad, Amanda, se atribuye a la madre, compartiendo ambos progenitores la autoridad familiar. En el
ejercicio de la autoridad familiar será necesario el consentimiento de ambos
progenitores o, en su defecto, autorización judicial para adoptar las decisiones
que afecten a los aspectos más trascendentes de la vida, salud, educación y formación de la menor. En particular, quedan sometidas a este régimen y no
podrán ser adoptadas unilateralmente por el progenitor custodio, a título meramente ejemplificativo, las decisiones relativas a fijación del lugar de residencia de la menor y posteriores traslados de domicilio que aparten a esta de su
entorno habitual; las referidas a salidas del territorio español; a la elección del
centro escolar o institución de enseñanza, pública o privada, y sus cambios
ulteriores; las relativas a la orientación educativa, religiosa o laica, y a la realización de actos de profesión de fe o de culto propios de una confesión religiosa; y el sometimiento a tratamientos o intervenciones médicas preventivas,
curativas o quirúrgicas, así como de terapias psicológicas o psiquiátricas, esté
o no cubierto por la Seguridad Social, salvo supuestos de urgencia, que requieren la puesta en conocimiento del otro progenitor de las medidas adoptadas por
el medio más rápido posible. Ambos progenitores tienen derecho a ser informados por terceros de todos los aspectos que afecten a su hija y a que se les
facilite a los dos la información académica y boletines de evaluación, así como
a obtener información a través de las reuniones habituales con tutores o servicios de orientación del centro escolar. Del mismo modo, ambos progenitores
tienen derecho a obtener información médica de la menor y a que se les faciliten los informes que cualquier de los dos soliciten.
2. Se establece el siguiente régimen de visitas, comunicación y estancias a
favor del progenitor no custodio, para que pueda estar en compañía de la
menor, consistente en visitas tuteladas en el punto de encuentro familiar, sábados alternos, desde las 17:00 hasta las 20:00 horas, por un período mínimo de
cinco meses. Transcurrido dicho período, en función de su desarrollo y adaptación de la menor, y previo informe favorable del equipo técnico del indicado
centro que así lo aconseje, dicho régimen consistirá en sábados y domingos
alternos, sin pernocta, desde las 11:00 hasta las 20:00 horas, con entregas y
recogidas en el punto de encuentro familiar.
3. En concepto de contribución a los gastos de asistencia ordinarios de la
hija común menor de edad se fija la cantidad de 70 euros mensuales, que el
padre abonará a la madre, en doce mensualidades al año y dentro de los cinco
primeros días de cada mes, mediante ingreso en la cuenta corriente o libreta de
ahorro que designe aquella. La citada cantidad se actualizará anualmente con
efectos de primero de septiembre de cada año, conforme a las variaciones que
al alza o a la baja experimente el IPC publicado por el INE u organismo que le
sustituya.
4. Con carácter general, cada progenitor contribuirá a sufragar el 50% del
importe de los gastos extraordinarios, necesarios y no necesarios, que la crianza y educación de la menor conlleva. Por gastos extraordinarios necesarios se
entienden los gastos médicos o farmacéuticos no cubiertos por el sistema
público de salud o seguro médico, pero no los de colegios o cuidado diario de
la hija menor de edad, que deben ser incluidos en el importe de la asignación
periódica. Por gastos extraordinarios no necesarios se entienden, a título ejemplificativo, los relativos a actividades extraescolares, música, deporte y/o idiomas, viajes o actividades de verano relacionadas con su educación o formación. La realización del gasto extraordinario del tipo que sea requerirá el
consentimiento de ambos progenitores expresado por escrito o, en su defecto,
11
deberá recabarse previa declaración judicial sobre su procedencia, salvo los
urgentes e inaplazables.
Sin expresa imposición de las costas procesales causadas en esta instancia
a ninguna de las partes.
Al notificarse esta sentencia a las partes, hágaseles saber que contra la
misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Ilustrísima Audiencia
Provincial de Zaragoza, el que deberán interponer ante este Juzgado dentro del
plazo de veinte días hábiles siguientes a su notificación y previa acreditación
de haber consignado como depósito la cantidad de 50 euros en la cuenta de
depósitos y consignaciones abierta a nombre de este Juzgado en la entidad de
crédito Banesto.
La presente sentencia quedará depositada y debidamente coleccionada en el
libro de sentencias de este Juzgado bajo la custodia de la secretaria judicial, y
de la que se dejará certificación literal en los autos de los que dimana.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo».
Y al objeto de notificar la indicada resolución a María Luisa Gamazo Pamplona, en ignorado paradero, expido la presente en Zaragoza a tres de septiembre de dos mil doce. — La secretaria judicial.
JUZGADO NUM. 10
Núm. 10.160
JUZGADO NUM. 15
Núm. 8.018
Doña María Dolores Ladera Sainz, secretaria judicial del Juzgado de Primera
Instancia número 10 de Zaragoza;
Da fe y testimonio: Que en el juicio verbal número 298/2011 se ha dictado
sentencia cuyos encabezamiento y parte dispositiva son del tenor siguiente:
«Sentencia. — En Zaragoza, a 18 de junio de 2012. — El ilustrísimo señor
don Carlos Isidro Marín Ibáñez, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia número 10 de esta ciudad, ha visto los autos número 298/2011 de juicio
verbal, sobre reclamación de cantidad, seguidos por Gestoría Martínez Comín,
S.L., representada por la procuradora señora Serrano Méndez, asistida por la
letrada señora Cajal Gil, siendo demandada Contenedores Simespi, S.L.,
declarada en rebeldía, y …
Fallo: Que estimando la demanda formulada por Gestoría Martínez Comín,
S.L., contra Contenedores Simespi, S.L., en reclamación de cantidad, debo
condenar y condeno a la demandada al abono a la demandante de la suma reclamada de 872,82 euros, más intereses y costas procesales causadas.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que no cabe interponer recurso
alguno.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. — Carlos Isidro
Marín Ibáñez». (Firmado y rubricado).
Y para que conste y sirva de notificación en forma a Contenedores Simespi, S.L., que actualmente se encuentra en ignorado paradero, expido la presente en Zaragoza a tres de septiembre de dos mil doce. — La secretaria judicial,
María Dolores Ladera Sainz.
Doña María José Martínez Romero, secretaria judicial del Juzgado de Primera
Instancia número 15 de Zaragoza;
Hace saber: Que en el presente procedimiento, seguido a instancia de
Lavandería Los Alpes, S.L., frente a Asesoramiento Comercial Gonzalvo,
S.L., se ha dictado sentencia cuyos encabezamiento y fallo son del tenor literal
siguiente:
«Sentencia número 121. — En la ciudad de Zaragoza, a 30 de mayo de
2012. — Doña María Pilar Salas Ausens, magistrada-jueza sustituta del Juzgado de Primera Instancia número 15 de los de Zaragoza, ha visto en nombre de
S.M. el Rey el presente juicio verbal seguido con el número 221/2012, a instancia de Lavandería Los Alpes, S.L., representada por el procurador don José
Antonio García Medrano y asistida por el letrado don José Angel Urgel Escolán, contra Asesoramiento Comercial Gonzalvo, S.L., en situación procesal de
rebeldía, y…
Fallo: Que estimando la demanda formulada por el procurador don José
Antonio García Medrano, en nombre y representación de Lavandería Los
Alpes, S.L., contra Asesoramiento Comercial Gonzalvo, S.L., en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a la citada demandada a pagar a la
actora la suma de 5.653,66 euros, más los intereses legales de dicha cantidad a
contar desde la interposición de la demanda. Todo ello con expresa imposición
de costas a la parte demandada.
Contra la presente sentencia, que no es firme, cabe interponer ante este Juzgado recurso de apelación en el plazo de veinte días siguientes a su notificación,
conforme a las disposiciones del artículo 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y teniendo en cuenta que para interponerlo será necesaria la
constitución de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, acreditando dicha consignación en el momento de interposición del recurso. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo».
Y encontrándose dicha demandada Asesoramiento Comercial Gonzalvo,
S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma, en Zaragoza a veintiocho de junio de dos mil
doce. — La secretaria judicial, María José Martínez Romero.
12
JUZGADO NUM. 21
Cédula de notificación
28 septiembre 2012
Núm. 10.169
En el procedimiento de juicio verbal número 1.149/2011-C3 se ha dictado
la resolución cuyos encabezamiento y fallo son los siguientes:
«Sentencia número 33/2012. — En Zaragoza, a 24 de febrero de 2012. —
Vistos por mí, Amalia de la Santísima Trinidad Sanz y Franco, magistradajueza titular del Juzgado de Primera Instancia número 21 de esta ciudad, los
presentes autos de juicio verbal, sobre reclamación de cantidad, que con el
número 1.149/2011 se siguen en este Juzgado a instancia de la procuradora
doña María Pilar Serrano Méndez, en representación de Comunidad de Propietarios de la finca sita en la calle Portugal, número 44, 1.º derecha, de Zaragoza,
contra Paulo César Zúñiga García, y…
Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña
María Pilar Serrano Méndez, en representación de Comunidad de Propietarios
de la finca sita en la calle Portugal, número 44, 1.º derecha, de Zaragoza, contra Paulo César Zúñiga García, debo declarar y declaro haber lugar a la misma
y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la parte demandada a que
pague a la actora la cantidad de 1.990,48 euros, más los intereses legales desde
la fecha de la interposición de la demanda y las costas procesales.
Así por esta mi sentencia, contra la que no cabe interponer recurso de apelación, la pronuncio, mando y firmo».
Y como consecuencia del ignorado paradero de Paulo César Zúñiga García,
se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación, en Zaragoza a
veintiséis de julio de dos mil doce. — El/la secretario/a judicial.
Juzgados de lo Social
JUZGADO NUM. 2
Cédula de notificación
Núm. 10.364
Doña Pilar Zapata Camacho, secretaria judicial del Juzgado de lo Social
número 2 de Zaragoza;
Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales
número 220/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Jorge
Raimundo Roque Machado contra la empresa Vedruna Hostelera, S.A., sobre
ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:
«Número de autos: Procedimiento ordinario número 875/2011 del Juzgado
de lo Social número 2.
Ejecución: Ejecución de títulos no judiciales número 220/2012.
Ejecutante: Jorge Raimundo Roca Machado.
Abogada: Teresa Robles Roca.
Ejecutada: Vedruna Hostelera, S.A.
Auto. — Magistrado-juez don César de Tomás Fanjul. — En Zaragoza a 12
de septiembre de 2012.
Parte dispositiva:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia de fecha 13
de julio de 2012 a favor de la parte ejecutante Jorge Raimundo Roque Machado frente a la parte ejecutada Vedruna Hostelera, S.A., por importe de 7.863,56
euros en concepto de principal, más 943 euros que se fijan provisionalmente en
concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución
y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
El presente auto, junto con el decreto que dictará el secretario judicial y
copia de la demanda ejecutiva, será notificado simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la Ley de Enjuiciamiento Civil,
quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los
artículos 251.2 y 239.3 de la Ley de la Jurisdicción Social.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición ante este órgano
judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, en el
que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la
resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción
de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de
la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieran acaecido con
posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas
admisible como causa de oposición a la ejecución.
Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros en
concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones número
4914000064022012, abierta en Banesto, debiendo indicar en el campo “concepto” la indicación “recurso”, seguida del código “30 Social-Reposición”. Si
el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta
referida, separados por un espacio, el código “30 Social-Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada
concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase,
indicando en el campo de “observaciones” la fecha de la resolución recurrida
utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso,
el Ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
BOP Zaragoza.—Núm. 224
Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe. — El magistrado-juez. — La
secretaria judicial».
«Número de autos: Procedimiento ordinario número 875/2011 del Juzgado
de lo Social número 2.
Ejecución: Ejecución de títulos no judiciales número 220/2012.
Ejecutante: Jorge Raimundo Roca Machado.
Abogada: Teresa Robles Roca.
Ejecutada: Vedruna Hostelera, S.A.
Decreto. — Secretaria judicial doña María Pilar Zapata Camacho. — En
Zaragoza a 12 de septiembre de 2012.
Antecedentes de hecho:
Unico. — En las presentes actuaciones se ha dictado auto despachando ejecución a favor de Jorge Raimundo Roca Machado frente a Vedruna Hostelera,
S.A., por la cantidad de 7.263,56 euros de principal, más 872 euros presupuestados provisionalmente para costas e intereses.
Fundamentos de derecho:
Unico. — Dispone el artículo 551.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que,
dictado el auto que contiene la orden general de ejecución, la secretaria juidicial responsable de la misma dictará decreto en el que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resulten procedentes, incluyendo el embargo de
bienes, y las medidas de localización y averiguación de los bienes de la parte
ejecutada que procedan, conforme a lo previsto en los artículos 589 y 590 de la
Ley de Enjuiciamiento Civil, así como el requerimiento de pago que deba
hacerse a la parte deudora en los casos que lo establezca la ley, dictándose de
oficio las resoluciones pertinentes conforme al artículo 237 de la Ley de la
Jurisdicción Social.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
Parte dispositiva:
En orden a dar efectividad a las medida concretas solicitadas, acuerdo:
—Requerir de pago a Vedruna Hostelera, S.A., en el plazo de diez días, por
la cantidad de 7.863,56 euros en concepto de principal y 943 euros por intereses y costas, e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda,
debiendo hacer dicho ingreso en la cuenta de consignaciones de este Juzgado
en Banesto número 4914000064022012, siendo, en su caso, el número de
transferencia 00301846420005001274 (beneficiario: Juzgado de lo Social
número 2 de Zaragoza, y concepto: 4914000064022012), y en caso de impago,
procédase al embargo de sus bienes en la medida suficiente para responder por
la cantidad por la que se ha despachado ejecución, más las costas de esta.
—Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que proceda, conforme a lo previsto en los
artículos 589 y 590 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
—Requerir a Vedruna Hostelera, S.A., a fin de que en el plazo de diez días
manifieste relacionadamente los bienes y derechos suficientes para cubrir la
cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas o gravámenes,
así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con
qué título, bajo apercibimiento de que en caso de no verificarlo podrá ser sancionada cuando menos por desobediencia grave en caso de que no presente la
relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes
propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas o gravámenes que
sobre ellos pesasen, y podrá imponérsele también multas coercitivas periódicas.
—Consultar las aplicaciones informáticas del órgano judicial para la averiguación de bienes de la ejecutada.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito
o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los
profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados
con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo
carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax,
dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo
de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución, en el plazo
de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de
la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (art. 188 de la Ley de
la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o
beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 00301846420005001274/
4914000064022012 de Banesto, debiendo indicar en el campo “concepto” la
indicación “recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión de resoluciones
secretario judicial”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, la indicación “recurso” seguida del código “31 Social-Revisión de resoluciones secretario judicial”. Si efectuara diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un
ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o
distinta clase, indicando en el campo de “observaciones” la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono,
en todo caso, el Ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las
entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
La secretaria judicial».
BOP Zaragoza.—Núm. 224
28 septiembre 2012
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina
judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban
revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Vedruna Hostelera, S.A.,
en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en
Zaragoza a doce de septiembre de dos mil doce. — La secretaria judicial, Pilar
Zapata Camacho.
JUZGADO NUM. 4
Cédula de notificación
Núm. 10.368
Doña Laura Pou Ampuero, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 4
de Zaragoza;
Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales
número 191/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Ana
Palacín Rubio contra la empresa Inversiones Lorzán Tres, S.L., sobre despido,
se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice:
«Auto. — Magistrado-juez don Mariano Fustero Galve. — En Zaragoza, a
23 de julio de 2012.
Dispongo: Despachar orden general de ejecución de acto de conciliación a
favor de la parte ejecutante Ana Palacín Rubio frente a Inversiones Lorzán
Tres, S.L., parte ejecutada, por importe de 998 euros en concepto de principal,
más 39,92 y 99,80 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de
esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en
quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de
traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia
provisional en la presente ejecución.
El presente auto, junto con el decreto que dictará la secretaria judicial y
copia de la demanda ejecutiva, será notificado simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la Ley de Enjuiciamiento Civil,
quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos
251.2 y 239.3 de la Ley de la Jurisdicción Social.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición ante este órgano
judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, en el
que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la
resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción
de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de
la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieran acaecido con
posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas
admisible como causa de oposición a la ejecución.
Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros en
concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado de lo Social número 4, abierta en Banesto, cuenta número 4916 0000 64
(número de procedimiento y año), debiendo indicar en el campo “concepto” la
indicación “recurso”, seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso
se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida,
separados por un espacio, el código “30 Social-Reposición”. Si efectuare
diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “observaciones” la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el
Ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales
y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe».
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina
judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban
revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Inversiones Lorzán Tres,
S.L., en ignorado paradero, se expide la presente para su inserción en el BOPZ,
en Zaragoza a trece de septiembre de dos mil doce. — La secretaria judicial,
Laura Pou Ampuero.
JUZGADO NUM. 4
Cédula de notificación
Núm. 10.370
Doña Laura Pou Ampuero, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 4
de Zaragoza;
Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales
número 59/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de David
Ibáñez Lacruz contra las empresas Aceduraflo España, S.L., y Tecnología en
Restauración de Tuberías en Obra, S.L., sobre despido, se ha dictado la
siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice:
13
«Decreto. — Secretaria judicial doña Laura Pou Ampuero. — En Zaragoza
a 14 de septiembre de 2012.
Acuerdo:
a) Declarar a las ejecutadas Aceduraflo España, S.L., y Tecnología en
Restauración de Tuberías en Obra, S.L., en situación de insolvencia total por
importe de 62.771,60 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos,
como provisional.
b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente
de este Juzgado, sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se
conocen nuevos bienes de la ejecutada.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito
o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los
profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados
con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo
carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax,
dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de
revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución, en el plazo de
tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la
infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (art. 188 de la Ley de la
Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o
beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de Banesto, debiendo indicar en el campo
“concepto” la indicación “recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión de
resoluciones secretario judicial”. Si el ingreso se hace mediante transferencia
bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, la indicación “recurso” seguida del código “31 Social-Revisión de resoluciones secretario judicial”. Si efectuara diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar
un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o
distinta clase, indicando en el campo de “observaciones” la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono,
en todo caso, el Ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las
entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
La secretaria judicial».
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina
judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban
revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Aceduraflo España, S.L.,
en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en
Zaragoza a catorce de septiembre de dos mil doce. — La secretaria judicial,
Laura Pou Ampuero.
JUZGADO NUM. 5
Cédula de notificación
Núm. 10.371
Don Miguel Angel Esteras Pérez, secretario judicial del Juzgado de lo Social
número 5 de Zaragoza;
Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales
número 188/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de María
Vidosa Raimundo y Ana Medrano Gómez contra la empresa Gumar Publicidad, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice:
«Parte dispositiva:
Dispongo: No ha lugar a despachar la ejecución interesada, por encontrarse la entidad ejecutada Gumar Publicidad, S.L., en situación de concurso.
Archívense las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito
o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los
profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados
con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo
carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax,
dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer en el
plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la
infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida (arts. 186 y 187 de la Ley de la Jurisdicción Social).
Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe».
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina
14
28 septiembre 2012
judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban
revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Gumar Publicidad, S.L.,
en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en
Zaragoza a trece de septiembre de dos mil doce. — El secretario judicial,
Miguel Angel Esteras Pérez.
JUZGADO NUM. 5
Cédula de notificación
Núm. 10.372
Don Miguel Angel Esteras Pérez, secretario judicial del Juzgado de lo Social
número 5 de Zaragoza;
Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales
número 216/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de María de
los Angeles Díez de la Resurrección contra la empresa Limpiezas Figueruelas,
S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice:
«Parte dispositiva:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la
parte ejecutante María de los Angeles Díez de la Resurrección frente a la parte
ejecutada Limpiezas Figueruelas, S.L., por importe de 1.785,62 euros en concepto de principal, más 285 euros que se fijan provisionalmente en concepto de
intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas
de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
El presente auto, junto con el decreto que dictará el secretario judicial y
copia de la demanda ejecutiva, será notificado simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la Ley de Enjuiciamiento Civil,
quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos
251.2 y 239.3 de la Ley de la Jurisdicción Social.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición ante este órgano
judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, en el
que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la
resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción
de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de
la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieran acaecido con
posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas
admisible como causa de oposición a la ejecución.
Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros en
concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado de lo Social núm. 5 abierta en Banesto, cuenta núm. 00308005400000000000,
debiendo indicar en el campo concepto “recurso”, seguida del código “30 SocialReposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir
tras la cuenta referida, separados por un espacio, el código “30 Social-Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un
ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o
distinta clase, indicando en el campo de “observaciones” la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono,
en todo caso, el Ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las
entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerda y firma su señoría».
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina
judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban
revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Limpiezas Figueruelas,
S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en
Zaragoza a trece de septiembre de dos mil doce. — El secretario judicial,
Miguel Angel Esteras Pérez.
JUZGADO NUM. 6
Cédula de notificación
Núm. 10.373
Don Luis Tomás Ortega Pinto, secretario judicial del Juzgado de lo Social
número 6 de Zaragoza;
Hace saber: Que en el procedimiento ordinario número 1.005/2011 de este
Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Pedro Miguel Bernabeu Pérez contra la empresa Las Delicias de las Delicias, S.L., y otros, sobre ordinario, se ha
dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice:
«Fallo: Que estimando como estimo parcialmente la demanda interpuesta
por Pedro Miguel Bernabeu Pérez contra Las Delicias de las Delicias, S.L., y
American Farmer Hosteleros, S.L., debo condenar y condeno a la codemandada Las Delicias de las Delicias, S.L., a abonar al actor la cantidad de 10.047,54
euros, que devengará el interés moratorio del 10%, salvo por lo que respecta al
importe de 238,26 euros, por tener naturaleza indemnizatoria, absolviendo a la
codemandada American Farmer Hosteleros, S.L., de las peticiones contenidas
frente a ella en el suplico de la demanda.
BOP Zaragoza.—Núm. 224
Remítase copia testimoniada de la presente resolución a la Inspección de
Trabajo, a los efectos que fuesen pertinentes.
Notifíquese a las partes, enterándoles que contra la presente resolución, y
dentro del plazo de cinco días, a contar desde su notificación, podrán anunciar
la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Aragón, manifestándose el letrado que ha de formalizar
el recurso.
Si recurriera la empresa condenada deberá acreditar, al tiempo de anunciar
el recurso, haber depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta en Banesto, número 4917 (seguido del número de autos), sucursal urbana de
plaza de Lanuza, en calle Torre Nueva, número 3, de esta ciudad, la cantidad
objeto de condena, haciendo referencia al número de autos y recurso. Igualmente deberá acreditar haber depositado en la cuenta corriente mencionada la
cantidad de 300 euros, haciendo referencia a “recursos de suplicación”.
Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos, lo pronuncio, mando y firmo».
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina
judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban
revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Las Delicias de las Delicias, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el
BOPZ, en Zaragoza a catorce de septiembre de dos mil doce. — El secretario
judicial, Luis Tomás Ortega Pinto.
JUZGADO NUM. 6
Cédula de notificación
Núm. 10.374
Don Luis Tomás Ortega Pinto, secretario judicial del Juzgado de lo Social
número 6 de Zaragoza;
Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales
número 198/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Patricia
Cortés Muñoz contra la empresa Afer Pirineos, S.L., se han dictado las siguientes resoluciones, cuyas partes dispositivas dicen:
«Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia de 18 de
abril de 2012 a favor de la parte ejecutante Patricia Cortés Muñoz frente a la
parte ejecutada Afer Pirineos, S.L., por importe de 6.887,57 euros en concepto
de principal, más 688,75 euros que se fijan provisionalmente en concepto de
intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas
de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
El presente auto, junto con el decreto que dictará el secretario judicial y
copia de la demanda ejecutiva, será notificado simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la Ley de Enjuiciamiento Civil,
quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los
artículos 251.2 y 239.3 de la Ley de la Jurisdicción Social, y a los representantes de los trabajadores de la empresa deudora, de conformidad a lo ordenado
por el artículo 252 de la Ley de la Jurisdicción Social.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición ante este órgano
judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, en el
que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la
resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción
de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de
la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieran acaecido con
posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas
admisible como causa de oposición a la ejecución.
Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros en
concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado de lo Social número 6 abierta en Banesto, cuenta número 4917, debiendo
indicar en el campo “concepto” la indicación “recurso”, seguida del código
“30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria
deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el código “30
Social- Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá
especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos
de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “observaciones” la
fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan
exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerda y firma su señoría».
«Decreto.
Parte dispositiva:
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
—Requerir de pago a Afer Pirineos, S.L., por la cantidad reclamada en concepto de principal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda, y si no pagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida
suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución,
más las costas de esta, librándose al efecto los correspondientes despachos.
BOP Zaragoza.—Núm. 224
28 septiembre 2012
—Consultar las aplicaciones informáticas del órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito
o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los
profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados
con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo
carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax,
dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
Y hallándose la empresa ejecutada en ignorado paradero, notifíquese a la
misma el auto y decreto del día de la fecha a través de edictos que se publicarán en el BOPZ.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo
de revisión, que deberá interponerse ante el presente órgano judicial, en el
plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (art. 186 de
la Ley de la Jurisdicción Laboral). El recurrente que no tenga la condición de
trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá
hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta núm. 4917, abierta en
Banesto, debiendo indicar en el campo “concepto” la indicación “recurso”,
seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, la indicación “recurso” seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuara diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada
concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase,
indicando en el campo de “observaciones” la fecha de la resolución recurrida
utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso,
el Ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
El secretario judicial».
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina
judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban
revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Afer Pirineos, S.L., en
ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en
Zaragoza a trece de septiembre de dos mil doce. — El secretario judicial, Luis
Tomás Ortega Pinto.
JUZGADO NUM. 6
Cédula de notificación
Núm. 10.375
Don Luis Tomás Ortega Pinto, secretario judicial del Juzgado de lo Social
número 6 de Zaragoza;
Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales
número 197/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Bady
Richard Cárdenas Zurita contra la empresa Zesmusic, S.L., se han dictado las
siguientes resoluciones, cuyas partes dispositivas dicen:
«Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia de 29 de
mayo de 2012 a favor de la parte ejecutante Bady Richard Cárdenas Zurita
frente a la parte ejecutada Zesmusic, S.L., por importe de 131,43 euros en concepto de principal.
El presente auto, junto con el decreto que dictará el secretario judicial y
copia de la demanda ejecutiva, será notificado simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la Ley de Enjuiciamiento Civil,
quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los
artículos 251.2 y 239.3 de la Ley de la Jurisdicción Social, y a los representantes de los trabajadores de la empresa deudora, de conformidad a lo ordenado
por el artículo 252 de la Ley de la Jurisdicción Social.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición ante este órgano
judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, en el
que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la
resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción
de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de
la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieran acaecido con
posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas
admisible como causa de oposición a la ejecución.
Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros en
concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado de lo Social número 6 abierta en Banesto, cuenta número 4917, debiendo
indicar en el campo “concepto” la indicación “recurso”, seguida del código
“30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria
deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el código “30
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Social-Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá
especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos
de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “observaciones” la
fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan
exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerda y firma su señoría».
«Decreto.
Parte dispositiva: Acuerdo declarar a la ejecutada Zesmusic, S.L., en situación de insolvencia total por importe de 131,43 euros, insolvencia que se
entenderá, a todos los efectos, como provisional.
Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes; incorpórese el original del presente al libro de decretos, dejando testimonio del mismo en las presentes actuaciones.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito
o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los
profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados
con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo
carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax,
dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo
de revisión, que deberá interponerse ante el presente órgano judicial, en el
plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (art. 186 de
la Ley de la Jurisdicción Laboral). El recurrente que no tenga la condición de
trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá
hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta núm. 4917, abierta en
Banesto, debiendo indicar en el campo “concepto” la indicación “recurso”,
seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, la indicación “recurso” seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuara diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada
concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase,
indicando en el campo de “observaciones” la fecha de la resolución recurrida
utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso,
el Ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
El secretario judicial».
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina
judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban
revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Zesmusic, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a
doce de septiembre de dos mil doce. — El secretario judicial, Luis Tomás Ortega Pinto.
JUZGADO NUM. 7
Cédula de citación
Núm. 10.376
Don Pablo Santamaría Moreno, secretario judicial del Juzgado de lo Social
número 7 de Zaragoza;
Hace saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso
seguido a instancia de Ana María Jiménez Bagüés Arruga, María Pilar Salas
Mir y Lara María Ariño Catalán contra Panadería Aranda, S.L., y su representante legal, registrado con el número de procedimiento ordinario 655/2012, se
ha acordado citar a Panadería Aranda, S.L., y su representante legal, en ignorado paradero, a fin de que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de
lo Social número 7 de Zaragoza (sito en calle Alfonso I, número 17) el día 18
de junio de 2013, a las 11:00 horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, a las 11:15 horas, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de
prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria
y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado
o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por
procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal
por escrito dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con
objeto de que trasladada tal intención al actor pueda este estar representado por
procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a
través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone
la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,
procurador o graduado social colegiado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina
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28 septiembre 2012
judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban
revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Asimismo se le advierte que la parte actora ha solicitado su interrogatorio de
parte, y si no comparece se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda.
Y para que sirva de citación a Panadería Aranda, S.L., y su representante
legal, se expide la presente cédula para su publicación en el BOPZ y colocación en el tablón de anuncios, en Zaragoza a trece de septiembre de dos mil
doce. — El secretario judicial, Pablo Santamaría Moreno.
JUZGADO NUM. 7
Núm. 10.377
Don Pablo Santamaría Moreno, secretario judicial del Juzgado de lo Social
número 7 de Zaragoza;
Hace saber: Que en el procedimiento ordinario número 841/2011 de este
Juzgado de lo Social, seguido a instancia de José Ramón López López contra
la empresa Edizarcon 2000, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la sentencia
núm. 275/2012 del tenor literal siguiente:
«Su señoría dicta sentencia “in voce” condenando a la empresa Edizarcon
2000, S.L., a que abone al trabajador José Ramón López López la suma de
4.530,14 euros brutos, más el 10% de intereses moratorios, únicamente sobre
los conceptos salariales. Notificada la presente a la parte actora manifiesta su
intención de no recurrir.
Asimismo notifíquese esta sentencia a la parte demandada, advirtiéndole de
que contra ella podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior
de Justicia de Aragón, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante
escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de
esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique
la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o
beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no
tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en Banesto, oficina 8005, a nombre de este
Juzgado con el número 3510-0000-65-0841-11, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al
pago de alguna cantidad, consignar en la misma cuenta la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la
responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el
anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la
tramitación del recurso al momento de anunciarlo».
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina
judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban
revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Edizarcon 2000, S.L., en
ignorado paradero, se expide la presente para su inserción en el BOPZ, en
Zaragoza a doce de septiembre de dos mil doce. — El secretario judicial, Pablo
Santamaría Moreno.
JUZGADO NUM. 7
Núm. 10.378
Don Pablo Santamaría Moreno, secretario judicial del Juzgado de lo Social
número 7 de Zaragoza;
Hace saber: Que en el procedimiento ordinario número 833/2011 de este
Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Jesús Barcelona Carreras contra la
empresa Calderería y Estructuras Metálicas Iguña, S.L., sobre ordinario, se ha
dictado la sentencia “in voce” núm. 274/2012 del tenor literal siguiente:
«Su señoría dicta sentencia “in voce” condenando a la empresa Calderería
y Estructuras Metálicas Iguña, S.L., a que abone al trabajador Jesús Barcelona
Carreras la suma de 7.199,07 euros, sin devengar interés por mora. Notificada
la presente a la parte actora manifiesta reservarse la facultad de recurrir.
BOLETIN
OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA
CIF: P-5.000.000-I
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Administración: Palacio de la Diputación de Zaragoza (Admón. del BOPZ)
Plaza de España, 2 - Teléf. * 976 288 800 - Directo 976 288 823 - Fax 976 288 947
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de Zaragoza (Registro General) - Plaza de España, número 2, 50071 Zaragoza
Correos electrónicos: [email protected] / [email protected]
BOP Zaragoza.—Núm. 224
Asimismo notifíquese esta sentencia a la parte demandada, advirtiéndole de
que contra ella podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que deberá ser anunciado por comparecencia o
mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le
practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en Banesto, oficina 8005, a
nombre de este Juzgado con el número 3510-0000-65-0833-11, acreditándolo
mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido
hasta la formalización del recurso, así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la misma cuenta la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que
se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este
Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar
letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo».
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina
judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban
revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Calderería y Estructuras
Metálicas Iguña, S.L., en ignorado paradero, se expide la presente para su
inserción en el BOPZ, en Zaragoza a once de septiembre de dos mil doce. — El
secretario judicial, Pablo Santamaría Moreno.
JUZGADO NUM. 7
Cédula de citación
Núm. 10.379
Don Pablo Santamaría Moreno, secretario judicial del Juzgado de lo Social
número 7 de Zaragoza;
Hace saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso
seguido a instancia de Lemaytt Mohamed Oumar Ould contra Panadería Aranda, S.L., registrado con el número de procedimiento ordinario 594/2012, se ha
acordado citar a Panadería Aranda, S.L., y su representante legal, en ignorado
paradero, a fin de que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo
Social número 7 de Zaragoza (sito en calle Alfonso I, número 17) el día 29 de
mayo de 2013, a las 11:00 horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente
valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no
se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado
o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por
procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal
por escrito dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con
objeto de que trasladada tal intención al actor pueda este estar representado por
procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a
través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone
la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,
procurador o graduado social colegiado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina
judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban
revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de citación a Panadería Aranda, S.L., y su representante
legal, se expide la presente cédula para su publicación en el BOPZ y colocación en el tablón de anuncios, en Zaragoza a trece de septiembre de dos mil
doce. — El secretario judicial, Pablo Santamaría Moreno.
TARIFAS Y CUOTAS
(Art. 7.º Ordenanza fiscal núm. 3 vigente)
1. Anuncios:
1.1. Cuando se remitan por correo electrónico o en soporte informático y cumplan las prescripciones técnicas establecidas en el Reglamento de gestión del BOPZ, de forma que permita su
recuperación sin necesidad de realizar ningún trabajo de composición y montaje:
—Anuncios ordinarios: Por cada carácter que integre el texto del anuncio, 0,025 euros.
—Anuncios urgentes: Idem ídem, 0,050 euros.
1.2. Cuando se remitan en soporte papel y sea necesario transcribir el texto del anuncio:
—Anuncios ordinarios: Por cada carácter que integre el texto del anuncio, 0,0300 euros.
—Anuncios urgentes: Idem ídem, 0,0600 euros.
2. Información en soporte electrónico:
2.1. Cada página de texto de una disposición o anuncio: 0,05 euros.
2.2. Si se facilita en disquete, además: 1 euro.
2.3. Si se facilita en CD-ROM, además: 3 euros.
3. Suscripción al BOPZ para su recepción por correo electrónico: 10 euros/mes.
4. Suscripción al BOPZ en formato papel: 50 euros/mes.
El BOP de Zaragoza puede consultarse en las siguientes páginas web: http://bop.dpz.es o www.dpz.es

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