Nota de la Agencia Tributaria Leído en la red

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Nota de la Agencia Tributaria Leído en la red
Boletín - jueves, 29 de septiembre de 2016
BOE de 29/09/2016
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Nota de la Agencia Tributaria
Nuevos sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con
la Agencia Tributaria (Ley 39/2015)
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Boletín - jueves, 29 de septiembre de 2016
Jueves 29 de septiembre de 2016
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Recursos de inconstitucionalidad
Recurso de inconstitucionalidad n.º 2255-2016, contra los
artículos 1, 4, 9.1, 11 y 12 de la Ley del Parlamento de
Cataluña 14/2015, de 21 de julio, del impuesto sobre las
viviendas vacías y de modificación de normas tributarias y de
la Ley 3/2012.
El Pleno del Tribunal
Constitucional, por
PDF (BOE-A-2016-8871 - 1 pág. - 147 KB)
auto de 20 de
Recurso de inconstitucionalidad n.º 2256-2016, contra el art.
septiembre actual, en
19.6 de la Ley del Parlamento de Cataluña 16/2015, de 21 de
el recurso de
julio, de simplificación de la actividad administrativa de la
inconstitucionalidad
Administración de la Generalidad y de los gobiernos locales de
número 2256-2016,
Cataluña y de impulso a la actividad económica.
promovido por el
PDF (BOE-A-2016-8872 - 1 pág. - 146 KB)
Abogado del Estado,
en representación del
Presidente del
Gobierno, ha
acordado levantar la
suspensión
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Boletín - jueves, 29 de septiembre de 2016
Nota de la Agencia Tributaria
Nuevos sujetos obligados a relacionarse
electrónicamente con la Agencia Tributaria (Ley
39/2015)
El 2 de octubre de 2016 es la fecha de entrada en vigor de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Las presentaciones
Esta Ley obliga, entre otros, a las personas jurídicas y a las
entidades
sin
personalidad
jurídica
a
relacionarse
electrónicamente con las Administraciones Públicas. Entre las
entidades
sin
personalidad
jurídica
se
incluyen
las
de documentos y
solicitudes dirigidos
a la Agencia
asociaciones, las sociedades civiles, las comunidades de
Tributaria deben
bienes,
realizarse
las
herencias
yacentes
y
las
comunidades
de
propietarios.
obligatoriamente a
Esta relación electrónica comprende tanto las notificaciones como
través del registro
la presentación de documentos y solicitudes a través de registro.
electrónico (www.ag
La presentación de declaraciones y autoliquidaciones se continuará
enciatributaria.gob.e
haciendo como hasta ahora, por no estar afectada por la Ley
s).
39/2015.
Las presentaciones de documentos y solicitudes dirigidos a la
Agencia Tributaria deben realizarse obligatoriamente a través
del registro electrónico (www.agenciatributaria.gob.es).
En el ámbito aduanero, todos los operadores económicos
(personas físicas o jurídicas que se relacionan con la Administración
para la aplicación de la legislación aduanera en el desarrollo de una
actividad profesional) deben efectuar la presentación de los
documentos y solicitudes previstos en la legislación aduanera
obligatoriamente
a
través
(www.agenciatributaria.gob.es),
del
registro
excluyéndose
electrónico
únicamente
las
excepciones establecidas en el Código Aduanero de la Unión y en
los Reglamentos que lo desarrollan.
El incumplimiento de esta obligación puede ser constitutivo de la
infracción tributaria prevista en el artículo 199 de la Ley 58/2003, de
17 de diciembre, General Tributaria, que establece la imposición de
una sanción consistente en multa pecuniaria fija de 250 euros.
Se excluyen de esta obligación de presentación por vía electrónica
las excepciones previstas en el resto de la normativa vigente que
obligan a la presentación en papel o soporte físico (originales de
avales, documentos notariales, judiciales, etc.).
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Boletín - jueves, 29 de septiembre de 2016
Leído en la red
La banca tendrá la mayor subida de la retención del Impuesto de Sociedades
El Gobierno en funciones aprobará mañana viernes un decreto ley para que las
empresas de más de 10 millones de facturación adelanten el Impuesto de
Sociedades con una cuota general del 23%, lo que permitirá aumentar este mismo
año la recaudación en unos 8.000 millones de euros. El cambio en la tributación
supone un esfuerzo mayor para los bancos, que estarán obligados a hacer un pago
fraccionado del 25% sobre el resultado contable.
El decreto, que debe ser convalidado en el Congreso, ha de permitir al Ejecutivo frenar
el crecimiento del déficit público por el hundimiento de los ingreses tributarios,
especialmente el de sociedades.
El Ejecutivo en funciones está obligado, además, a presentar en Bruselas el próximo 15
de octubre la aprobación del cambio en la tributación del Impuesto de Sociedades,
para tratar de evitar así una multa de 5.500 millones de euros por incumplimiento del
déficit.
EL PAÍS 1, 37/EL MUNDO 31/ABC 2, 35/LA VANGUARDIA 55/EL PERIÓDICO 24/LA RAZÓN
36/CINCO DÍAS 1, 30/EL ECONOMISTA 1, 48/AGENCIAS
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