Junta de Gobierno Local del 15/10/2012

Transcripción

Junta de Gobierno Local del 15/10/2012
Junta de Gobierno Local 15.10.2012
Sesión ordinaria
Borrador del acta de la SESION ORDINARIA celebrada por la JUNTA DE
GOBIERNO LOCAL de este Ayuntamiento el día 15 de OCTUBRE de 2012.
Asistentes:
D. Ignacio García Palacios
En la Villa de Navia, siendo las
Dª Mª Cruz Fernández Pérez
doce horas y cuarenta y cinco minutos del
Dª Margarita Suárez Pérez (se incorpora a las 12:48 horas)
día quince de octubre de dos mil doce, se
D. José-Luis Pérez Parrondo
reúne en la Alcaldía-Presidencia de la
No asistentes:
Casa Consistorial, la Junta de Gobierno
Dª Mª Rita Irusta Fernández
Local de este Ayuntamiento, y ello a fin de
celebrar sesión ordinaria, en primera
Interventora municipal:
Dª Paloma-Inés Bango Álvarez
convocatoria, y previa citación al efecto,
bajo la presidencia del Sr. Alcalde-
Secretario General:
Presidente, don Ignacio García Palacios, y
Dª Mª Covadonga Domínguez García
con asistencia de los Sres. Concejales que
al margen se relacionan.
Asiste la Interventora municipal
doña Paloma-Inés Bango Álvarez.
Da fe del acto la Secretario General,
doña Mª Covadonga Domínguez García.
Abierta la sesión por la Presidencia, una vez comprobado por la Secretario General la existencia de
quórum suficiente para que pueda celebrarse, se procede a la deliberación de los asuntos incluidos en el
siguiente
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Sesión ordinaria
ORDEN DEL DÍA
1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, BORRADOR ACTA SESIÓN ANTERIOR.
2.- APROBACIÓN DE FACTURAS, RECIBOS Y OTROS GASTOS

facturas

propuesta de gasto núm. 42/12: trabajos reportaje fotográfico del Concejo

pago subvención nominativa 2012: Fundación EDES

contratación servicios para realización de actividades de animación
3.- SOLICITUDES LICENCIAS Y OTRAS AUTORIZACIONES

autorizaciones de uso:
ALEJANDRA PÉREZ OLIVERA
expte. 0995/2012
autorización uso establo para 5 caballos en Omedo (Anleo)
SUSANA SUÁREZ PÉREZ
expte. 0356/2011
modificación licencia ampliación vivienda en Las Viñas, 4 de Navia
Mª FLORENTINA FERNÁNDEZ ÁLVAREZ
expte. 0521/2011
legalización obras construcción vivienda unifamiliar en Piñera
LOBOSLIFESTYLE, S.L.
expte. 0991/2012
adecuación de local en Avda. de la Dársena, 13 bajo de Navia
Mª ROSA GONZÁLEZ-BETES SUÁREZ
expte. 0992/2012
construcción de vivienda unifamiliar en c/ Caborno, 16-C Puerto Vega

licencias de obra:

ASUNTOS FUERA DEL ORDEN DEL DÍA (URGENCIA):

ACEPTACIÓN CESIÓN GRATUITA EMBARCACIÓN DE REMO

SOLICITUD PRESTACIÓN SAD DE D. JORGE-JUAN FERNÁNDEZ-JARDÓN SUÁREZ-VALDÉS (expediente núm. 0027/2012)

SOLICITUD PRESTACIÓN SAD DE D. FRANCISCO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ (expediente núm. 0027/20124)

ADHESIÓN AL PROGRAMA JUEGOS DEPORTIVOS DEL PRINCIPADO 2012/2013 (expediente núm. 0994/2012)
5.- RUEGOS Y PREGUNTAS

no se presenta ninguna
1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, BORRADOR ACTA SESIÓN ANTERIOR.
Por la Presidencia se da cuenta del borrador de acta de la sesión anterior, celebrada en fecha
08.10.12, previamente distribuido, hallándose todos conformes con el mismo. Sometido a votación, es
aprobado con el voto favorable de los TRES (3) miembros de la Junta de Gobierno Local presentes en la
sesión.
2.- APROBACIÓN DE FACTURAS, RECIBOS Y OTROS GASTOS.
Por la Interventora municipal se da cuenta de las facturas y/o recibos presentados hasta la
fecha, debidamente formalizadas; la Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le han
sido conferidas por resolución de delegación de Alcaldía, de fecha 15.06.11; dentro de los límites del
importe de los créditos fijados por la Corporación en el Presupuesto vigente, acuerda, con el voto
favorable de sus TRES (3) miembros presentes, y con su abstención en aquellos pagos que les afectan,
aprobar la siguiente relación de gastos, con aplicación a sus correspondientes Partidas Presupuestarias:
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Nº
PARTIDA
TERCERO
1604
342 632.00
FAILDE, S.L.
IMPORTE
3.569,50
CONCEPTO
suministro de limpia fondos para la piscina
complejo deportivo en La Granja
1605
multiaplicación
E.ON C.U.R., S.L.
1606
multiaplicación
E.ON ENERGÍA, S.L.
1607
multiaplicación
SOLRED, S.A.
2.926,35
consumo de energía eléctrica mes de septiembre
12.145,75
consumo de energía eléctrica mes de septiembre
2.481,16
consumo de combustible para vehículos mes de
septiembre
1608
231 226.11
ANA RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ
1609
920 222.01
CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A.
1610
342 479.00
EL CALEYO DERIVADOS, S.A.
900,00
proyecto de integración local (clases de español)
920,94
gastos de correo mes de septiembre
6.733,33
canon por gestión del complejo deportivo en La
Granja mes de septiembre
1611
920 213.00
ORONA S. COOP.
377,52
mantenimiento ascensor edificio Santo Domingo
(4º trimestre)
1612
920 212.00
MUNIELLO ELECTRICIDAD, S.A.
1613
165 619.00
FUNDICIONES INFIESTA, S.A.
870,26
suministro de proyectores para espacio cultural
“El Liceo”
1.649,23
suministro de 2 farolas fundición para alumbrado
público
***************
Por la Intervención municipal se da cuenta de la propuesta de gastos núm. 42/12 de la Alcaldía
ante la necesidad de realizar fotografías del Concejo; considerando, pues, conveniente efectuar la
contratación de dicho servicio.
Visto que se trata de un contrato menor de servicios al no exceder su importe estimado, sin
IVA, de 18.000,00 € (artículo 138.3 TRLCSP).
La Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le han sido conferidas por
resolución de delegación de Alcaldía, de fecha 15.06.11; dentro de los límites del importe de los créditos
fijados por la Corporación en el Presupuesto vigente, adopta, con el voto favorable de sus TRES (3)
miembros presentes, el siguiente
ACUERDO
Aprobar un gasto por importe de ochocientos cuarenta y siete euros (847,00 €) (IVA incluido) en
concepto de

realización de diez (10) fotografías de Navia y concejo
con cargo a la partida presupuestaria 912.226.01, a favor de doña ÁNGELES GIL DOMÍNGUEZ, con DNI
10822208-H.
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***************
EN ESTOS MOMENTOS, SIENDO LAS 12:48 HORAS, SE INCORPORA A LA SESIÓN LA SRA. SUÁREZ
PÉREZ.
***************
A continuación, por la Interventora se propone el pago de la subvención a las asociaciones que
han aportado, a esta fecha, toda la documentación justificativa (expediente núm. 0055/2012).
La Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le han sido conferidas por
resolución de delegación de Alcaldía, de fecha 15.06.11, adopta, con el voto favorable de sus CUATRO (4)
miembros presentes, el siguiente
ACUERDO
Aprobar el pago de las subvenciones nominativas previstas en el Presupuesto General de la
Entidad ejercicio 2012; según detalle:
TERCERO
PARTIDA PRESUPUESTARIA
FUNDACIÓN EDES
231.480.00
IMPORTE
950,00 €
***************
Por la Intervención municipal se da cuenta del presupuesto presentado por doña LETICIA
RODRÍGUEZ GONZÁLEZ para la realización de trabajos de animación hasta final de año.
Visto que se trata de un contrato menor de servicios al no exceder su importe estimado, sin
IVA, de 18.000,00 € (artículo 138.3 TRLCSP).
La Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le han sido conferidas por
resolución de delegación de Alcaldía, de fecha 15.06.11; dentro de los límites del importe de los créditos
fijados por la Corporación en el Presupuesto vigente, adopta, con el voto favorable de sus CUATRO (4)
miembros presentes, el siguiente
ACUERDO
Aprobar un gasto por importe de dos mil cuatrocientos veinte euros (2.420,00 €) (IVA incluido) en
concepto de

realización del Programa de Animación Infantil y Juvenil (meses noviembre y
diciembre/2012)
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con cargo a la partida presupuestaria 337.226.09, a favor de doña LETICIA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, con DNI
76944826-M.
3.- SOLICITUDES LICENCIAS Y OTRAS AUTORIZACIONES.
Por la Secretario General se da cuenta de los siguientes expedientes sobre solicitudes de
licencias y autorizaciones municipales, adoptándose los acuerdos procedentes:

AUTORIZACIONES DE USO
A) Visto el expediente núm. 0995/2012, tramitado a instancia de doña ALEJANDRA PÉREZ
OLIVERA (R.E. núm. 6072/12) solicitando autorización de que una explotación ganadera para albergar
cinco (5) caballos en Omedo (Anleo), cumple con la legislación aplicable.
Visto el informe FAVORABLE de la Oficina Técnica Municipal de fecha 11.10.12, en el que
consta que el edificio donde se pretende implantar la actividad se ajusta a la ordenación prevista en las
NNSS municipales y el uso previsto está de acuerdo con el destino del predio, conforme a la calificación
urbanística establecida y su legislación específica por cuanto se cumple el ordenamiento urbanístico y
procede otorgar la licencia de uso solicitada.
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia
en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CUATRO (4) miembros presentes, adopta el
siguiente
ACUERDO
Primero.- Conceder a Dª ALEJANDRA PÉREZ OLIVERA con DNI 45434283-Z autorización para la
puesta en funcionamiento de una explotación ganadera consistente en un establo para albergar cinco (5) caballos,
de acuerdo con las siguientes determinaciones:
emplazamiento
Omedo, s/n (Anleo)
Normativa de aplicación
Normas Subsidiarias municipales (BOPA Nº 237/92)
clasificación del suelo
suelo no urbanizable
calificación del suelo
interés agrícola (SNUI)
otras autorizaciones
no proceden
Segundo.- Aprobar la siguiente liquidación
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Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de documentos administrativos...............artículo 6
8.3. otras autorizaciones administrativas...........................
33,00 €
Tercero.- Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que
lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo
en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la
notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar
cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no
se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
Si lo que se impugna es el acuerdo de liquidación la interposición del recurso de reposición, en el
plazo señalado, es requisito previo para la impugnación del mismo en vía contencioso-administrativa ante
el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo.

LICENCIAS DE OBRA
A) Visto el expediente núm. 0356/2011 tramitado a instancia de doña SUSANA SUÁREZ
PÉREZ (R.E. núm. 2407/11) solicitando la concesión de licencia municipal de obras para la ampliación de
vivienda en c/ Las Viñas, 4 de Navia. Licencia concedida por acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno
Local en sesión de fecha 25.04.11.
Visto que la interesada presenta solicitud de modificado de la licencia de obra (R.E. núm.
5931/12); constando el informe técnico y jurídico.
Visto el informe FAVORABLE de la Oficina Técnica Municipal de fecha 08.10.12; a salvo los
derechos de propiedad y sin perjuicio de terceros, con las demás autorizaciones que procedan.
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia
en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CUATRO (4) miembros presentes, adopta el
siguiente
ACUERDO
Primero.- Conceder licencia municipal a Dª SUSANA SUÁREZ PÉREZ, con DNI 45431893-Q, para
la ejecución de obras consistentes en modificación de las obras de ampliación de vivienda, que afecta a la superficie
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construida; de acuerdo con el proyecto redactado por el Arquitecto don José-Carlos Fernández del Rey y las
siguientes determinaciones:
emplazamiento
Las Viñas, 4 de Navia
normativa de aplicación
Normas Subsidiarias municipales (BOPA Nº 237/92)
clasificación del suelo
suelo no urbanizable
calificación del suelo
núcleo rural
otras autorizaciones
Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Expediente CUOTA 533/2011
uso
residencial
altura
la existente
superficie construida
160,69 m2 :

60,80 m2 en planta semisótano

67,17 m2 en planta baja destinada a vivienda y balcón

32,72 m2 en planta bajo cubierta destinada a desván
ocupación de parcela
67,17 m2 en planta baja
superficie de parcela
899,00 m2 según proyecto presentado
plazo de ejecución
dos (2) años
Esta autorización queda condicionada al cumplimiento de las siguientes prescripciones:

Las edificaciones mantendrán los siguientes retranqueos mínimos:

A lindero: 3m.

A caminos: la mayor de las distancias siguientes: 4,00 m al eje o 1,00 m al borde.

A carretera local: 8,00 m. desde la arista exterior de la calzada.

La propiedad deberá tener en cuenta las siguientes condiciones:
 De conformidad con el artículo 5.9 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias, será
requisito imprescindible disponer, a pie de obra, de copia autorizada de la licencia municipal, así como la
colocación del cartel indicador en el que se haga constar el nombre y los apellidos de los técnicos
directores y del contratista, ordenanza que se aplica, fecha de expedición de la licencia, el plazo de
ejecución de las obras, el número de plantas autorizadas y el número de expediente.
 La licencia de obras caducará al año de su concesión si dentro del mencionado plazo no hubiera
dado comienzo la realización de la obra amparada por licencia. Igualmente se declarará caducada la
licencia cuando se interrumpan las obras por un plazo superior a seis meses. El plazo para acabar las obras
no podrá ser superior a dos años. (art. 6.1 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias).
Transcurridos los plazos concedidos, el Ayuntamiento podrá iniciar el expediente de caducidad de la
licencia siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 6.2 de las ordenanzas que regulan la
concesión de licencias.

Será preceptiva la solicitud y obtención de licencia de primera utilización, de conformidad con el
artículo 9 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias.

El interesado comunicará al Ayuntamiento el final de la obra para comprobación del Técnico
Municipal.
Segundo.- Aprobar la siguiente liquidación
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presupuesto de ejecución material (modificación)
a)
impuesto (2,8 % p.e.m.)
b)
tasa (0,5 % p.e.m.; mínimo 40 €)
24.430,00 €
684,04 €
122,15 €
tasa (a+b)
806,19 €
Tercero.- Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que
lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo
en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la
notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar
cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no
se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
Si lo que se impugna es el acuerdo de liquidación la interposición del recurso de reposición, en el
plazo señalado, es requisito previo para la impugnación del mismo en vía contencioso-administrativa ante
el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo.
***************
B) Visto el expediente núm. 0521/2011 tramitado a instancia de la OFICINA TÉCNICA
municipal que, en informe de fecha 15.06.11 (R.E. núm. 4173/11) denuncia la ejecución de obras sin
licencia en Piñera.
Visto que en escrito de fecha 05.10.11 (R.E. núm. 6601/11) se presenta solicitud de legalización
de obras a nombre de doña Mª FLORENTINA FERNÁNDEZ ÁLVAREZ; licencia denegada por acuerdo
de la Junta de Gobierno Local adoptado en sesión de fecha 23.07.12 al emitirse informes desfavorables por
el Consejo de Patrimonio Cultural de Asturias, la Oficina Técnica Municipal y la Secretaría General; al no
cumplir el proyecto de legalización determinadas prescripciones técnicas obligatorias por encontrarse las
obras incluidas en zona de protección del camino de Santiago.
Visto que la interesada, en fecha 27.07.12 (R.E. núm. 4446/12) aporta documentación de
subsanación de las deficiencias declaradas en el proyecto; constando el informe técnico y jurídico.
Visto el informe FAVORABLE de la Oficina Técnica Municipal de fecha 11.10.12; a salvo los
derechos de propiedad y sin perjuicio de terceros, con las demás autorizaciones que procedan.
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Sesión ordinaria
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia
en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CUATRO (4) miembros presentes, adopta el
siguiente
ACUERDO
Primero.- Conceder licencia municipal a Dª Mª FLORENTINA FERNÁNDEZ SUÁREZ, con DNI
45425579-G, para la ejecución de obras consistentes en legalización de obras de rehabilitación de vivienda unifamiliar;
de acuerdo con el proyecto redactado por el Arquitecto don Juan A. Crespo López-Urrutia y las siguientes
determinaciones:
emplazamiento
Piñera
normativa de aplicación
Normas Subsidiarias municipales (BOPA Nº 237/92)
clasificación del suelo
suelo no urbanizable
calificación del suelo
núcleo rural
otras autorizaciones
Servicio Patrimonio Cultural. Expediente CPCA 1222/11
uso
residencial
altura
8,03 m. al alero
superficie máxima permitida
541,57 m2 superficie construida vivienda:

161,31 m2 en planta baja destinada a vivienda y porche

160,25 m2 en planta primera destinada a vivienda y terraza

144,20 m2 en planta segunda destinada a vivienda

078,81 m2 en planta bajo cubierta destinada a vivienda
207,00 m2 superficie construcción auxiliar:

145,17 m2 en planta baja destinada a garaje

061,83 m2 en planta primera destinada a trastero
ocupación de parcela
748,57 m2
superficie de parcela
4.054,92 m2 según proyecto presentado
plazo de ejecución
un (1) año
Esta autorización queda condicionada al cumplimiento de las siguientes prescripciones:

Las previstas en el Acuerdo del Consejo de patrimonio Cultural de Asturias, acordado en sesión
de fecha 19.09.12, y aprobado en su reunión de fecha 26.09.12:

Las cubiertas del inmueble serán inclinadas a varias aguas, según soluciones tradicionales con
alero, y con faldones de inclinación no superior a 30º.

Se deberá mantener, en lo posible, la imagen conjunta del acabado de la cubierta.

Se ejecutará la cubierta en pizarra, con aparejos asimilables a los existentes.

En limas y cumbreras, se prohíbe expresamente el uso de teja, debiendo resolver los encuentros
según soluciones en pizarra, con láminas, baberos, etc., ocultos, o con elementos metálicos acabados en
colores oscuros y tonos mate que se integren en la imagen de los faldones de pizarra.

Los canalones y bajantes vistos no son admisibles de P.V.C, debiendo utilizarse a este fin cobre o
zinc.
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
El canto de los aleros será en todos los casos, inferior o igual a 15 cm., prohibiéndose los
macizados. La cara inferior y el canto de los aleros deberán tratarse de forma adecuada, reinterpretando la
importancia del aspecto de estas partes en las edificaciones tradicionales o históricas.

El acabado de los paramentos exteriores será enfoscado y pintado. No se admiten chapados de
piedra, con aparejo irregular o desconcertado, en grandes paños de fachada, ni en la ejecución de zócalos,
recercos, impostas, cornisas o cualquier otro elemento compositivo. En todo caso se admitirán los
chapados de piedra a base de elementos geométricos y aparejos regulares. Se utilizarán pinturas con tonos
y colores que armonicen con el entorno, preferiblemente en las gamas de blancos, arenas o tierras.

La geometría de los vanos, deberá responde a composiciones verticales, a excepción de los
accesos a garajes. Se admitirán excepcionalmente, en puntos concretos, soluciones según composiciones
horizontales con marcado carácter longitudinal, según lenguajes arquitectónicos contemporáneos.

En los elementos de madera situados en fachada o la parcela deberán pintarse con colores oscuros
y tonos mates.

Los elementos metálicos que afecten a la fachada o la parcela deberán pintarse con colores
oscuros y tonos mates.

La carpintería será de aluminio lacado en colores oscuros y tonos mates, o de madera con
acabados mates. No son admisibles las particiones ficticias en los vidrios, ni soluciones que se logren
mediante el falseamiento funcional o constructivo de las particiones, marcos, etc. No son admisibles
vidrios reflectantes, ni aquellos cuyo aspecto externo, tonalidades o colores, difiera del tipo de
transparente incoloro. La opacidad de los vanos acristalados deberá resolverse con persianas,
contraventanas, etc. al interior, del mismo material y color que el resto de la carpintería.

Se evitarán todo tipo de figuras o elementos decorativos figurativos prefabricados, en remates,
cubiertas y paramentos del cierre de parcela o de las edificaciones. Del mismo modo se prohíben
soluciones ornamentales ajenas al lugar.

El cierre de parcela deberá resolverse conjuntamente con la edificación, y tratarse con el mismo
lenguaje arquitectónico.

La presente licencia no amparará el cierre existente de parcela, que requerirá un nuevo y previo
informe de la Comisión Permanente y la posterior obtención de licencia municipal

La propiedad deberá tener en cuenta las siguientes condiciones:
 De conformidad con el artículo 5.9 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias, será
requisito imprescindible disponer, a pie de obra, de copia autorizada de la licencia municipal, así como la
colocación del cartel indicador en el que se haga constar el nombre y los apellidos de los técnicos
directores y del contratista, ordenanza que se aplica, fecha de expedición de la licencia, el plazo de
ejecución de las obras, el número de plantas autorizadas y el número de expediente.
 La licencia de obras caducará al año de su concesión si dentro del mencionado plazo no hubiera
dado comienzo la realización de la obra amparada por licencia. Igualmente se declarará caducada la
licencia cuando se interrumpan las obras por un plazo superior a seis meses. El plazo para acabar las obras
no podrá ser superior a dos años. (art. 6.1 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias).
Transcurridos los plazos concedidos, el Ayuntamiento podrá iniciar el expediente de caducidad de la
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licencia siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 6.2 de las ordenanzas que regulan la
concesión de licencias.

Será preceptiva la solicitud y obtención de licencia de primera utilización, de conformidad con el
artículo 9 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias.

Será preceptiva la solicitud y obtención de licencia de primera utilización, de conformidad con el
artículo 9 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias.

El interesado comunicará al Ayuntamiento el final de la obra para comprobación del Técnico
Municipal.
Segundo.- Aprobar la siguiente liquidación
presupuesto de ejecución material
331.903,82 €
a)
impuesto (2,8 % p.e.m.)
9.293,31 €
b)
tasa (0,5 % p.e.m.; mínimo 40 €)
1.659,52 €
tasa (a+b)
10.952,83 €
Tercero.- Requerir a Dª Mª FLORENTINA FERNÁNDEZ SUÁREZ, para que proceda, en el plazo de
dos (2) meses, a contar desde el día siguiente al recibí de la notificación del presente acuerdo, a la
legalización del cierre de parcela, ajustándose a las determinaciones de las NNSS del planeamiento
municipal y al acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo de Patrimonio Cultural de Asturias de
fecha 17.10.11.
Cuarto.- Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que
lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo
en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la
notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar
cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no
se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
Si lo que se impugna es el acuerdo de liquidación la interposición del recurso de reposición, en el
plazo señalado, es requisito previo para la impugnación del mismo en vía contencioso-administrativa ante
el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo.
***************
C) Visto el expediente núm. 0991/2012 tramitado a instancia de LOBOSLIFESTYLE, S.L. (R.E.
núm. 6040/12) solicitando licencia municipal de obras consistentes en la adecuación de local en Avda. de
la Dársena, 13 bajo de Navia; en el que constan los informes técnico y jurídico.
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Visto el informe FAVORABLE de la Oficina Técnica Municipal de fecha 08.10.12; a salvo los
derechos de propiedad y sin perjuicio de terceros, con las demás autorizaciones que procedan.
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia
en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CUATRO (4) miembros presentes, adopta el
siguiente
ACUERDO
Primero.- Conceder licencia municipal a LOBOSLIFESTYLE, S.L. con CIF B-74288143, para la
adecuación de local para tienda de moda de acuerdo con el proyecto redactado por la Arquitecto Técnico Dª.
Débora Méndez Méndez y las siguientes determinaciones:
emplazamiento
Avda. de la Dársena, 13 bajo-2 de Navia
normativa de aplicación
Normas Subsidiarias municipales (BOPA Nº 237/92)
clasificación del suelo
suelo urbano
calificación del suelo
manzana abierta (MA 4)
otras autorizaciones
no proceden
superficie máxima permitida
64,74 m2
plazo de ejecución
dos (2) meses
Esta autorización queda condicionada al cumplimiento de las siguientes prescripciones:

Antes del comienzo de la obra deberá aportar y obtener la siguiente documentación:

Proyecto, firmado y visado por el Colegio Oficial correspondiente

Certificado que acredite la dirección facultativa del Arquitecto Técnico o Aparejador, firmado y
visado por el Colegio Oficial correspondiente

La propiedad deberá tener en cuenta las siguientes condiciones:

De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ordenanza municipal de limpieza
viaria y recogida de residuos urbanos:

Cuando se realicen pequeñas obras en la vía pública, los materiales sobrantes y los
escombros habrán de ser retirados dentro de las 24 horas siguientes a la terminación de los
trabajos, dejándolos mientras tanto debidamente apilados o amontonados, de modo que no se
perturbe la circulación de peatones y de vehículos.

En las obras en las que se produzcan cantidades de escombros superiores a un metro
cúbico, habrán de utilizarse, para su almacenamiento en la vía pública, contenedores específicos
amparados por la correspondiente autorización, realizándose la retirada de éstos por la empresa
responsable de contenedores.

Queda expresamente prohibido verter restos de hormigón, cemento, restos de limpieza
de hormigoneras o cualquier otra materia de construcción en la red de saneamiento,
independientemente de la sanción por incumplimiento de esta prohibición, el infractor estará
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obligado a reparar o sufragar los gastos de reparación de toda la red de saneamiento que pueda
haber sido afectada.

De conformidad con el artículo 5.9 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias, será
requisito imprescindible disponer, a pie de obra, de copia autorizada de la licencia municipal, así como la
colocación del cartel indicador en el que se haga constar el nombre y los apellidos de los técnicos
directores y del contratista, ordenanza que se aplica, fecha de expedición de la licencia, el plazo de
ejecución de las obras, el número de plantas autorizadas y el número de expediente.

La licencia de obras caducará al año de su concesión si dentro del mencionado plazo no hubiera
dado comienzo la realización de la obra amparada por licencia. Igualmente se declarará caducada la
licencia cuando se interrumpan las obras por un plazo superior a seis meses. El plazo para acabar las obras
no podrá ser superior a dos años. (art. 6.1 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias).
Transcurridos los plazos concedidos, el Ayuntamiento podrá iniciar el expediente de caducidad de la
licencia siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 6.2 de las ordenanzas que regulan la
concesión de licencias.

Será preceptiva la solicitud y obtención de licencia de primera utilización, de conformidad con el
artículo 9 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias.

El interesado comunicará al Ayuntamiento el final de la obra para comprobación del Técnico
Municipal.
Segundo.- Aprobar la siguiente liquidación
presupuesto de ejecución material
a)
impuesto (2,8 % p.e.m.)
b)
tasa (0,5 % p.e.m.; mínimo 40 €)
15.853,45 €
443,90 €
79,27 €
tasa (a+b)
523,17 €
Tercero.- Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que
lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo
en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la
notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar
cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no
se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
Si lo que se impugna es el acuerdo de liquidación la interposición del recurso de reposición, en el
plazo señalado, es requisito previo para la impugnación del mismo en vía contencioso-administrativa ante
el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo.
***************
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D) Visto el expediente núm. 0992/2012 tramitado a instancia de don Jesús García Manrique en
nombre de doña Mª ROSA GONZÁLEZ-BETES SUÁREZ (R.E. núm. 6045/12) solicitando licencia
municipal para la realización de obras consistentes en la construcción de vivienda unifamiliar en c/
Caborno 16-C de Puerto de Vega; en el que constan los informes técnico y jurídico.
Visto el informe FAVORABLE de la Oficina Técnica Municipal de fecha 09.10.12; a salvo los
derechos de propiedad y sin perjuicio de terceros, con las demás autorizaciones que procedan.
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia
en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CUATRO (4) miembros presentes, adopta el
siguiente
ACUERDO
Primero.- Conceder licencia municipal a Dª Mª ROSA GONZÁLEZ-BETES SUÁREZ, con DNI
01398033-R, para la construcción de vivienda unifamiliar, de acuerdo con el proyecto redactado por el Arquitecto
D. Jesús García Manrique y las siguientes determinaciones:
emplazamiento
c/ Caborno, 16-C de Puerto de Vega
normativa de aplicación
Normas Subsidiarias municipales (BOPA Nº 237/92)
clasificación del suelo
suelo urbano
calificación del suelo
vivienda unifamiliar
otras autorizaciones
no proceden
uso
residencial
altura
3,94 m. al alero
superficie máxima permitida
332,01 m2

113,98 m2 en planta sótano destinada a aseo, cuarto técnico y local de juegos

218,03 m2 en planta baja destinada a vivienda
ocupación de parcela
218,03 m2 en planta baja
superficie de parcela
759,00 m2 según proyecto presentado
plazo de ejecución
doce (12) meses
Esta autorización queda condicionada al cumplimiento de las siguientes prescripciones:

Antes del comienzo de la obra deberá aportar y obtener la siguiente documentación:

Proyecto de ejecución, firmado y visado por el Colegio Oficial correspondiente

Acta de replanteo firmada por el técnico de la obra y la Oficina Técnica municipal

Certificado que acredite la dirección facultativa del Arquitecto y Arquitecto Técnico o Aparejador,
firmado y visado por el Colegio Oficial correspondiente

La propiedad deberá tener en cuenta las siguientes condiciones:

De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ordenanza municipal de limpieza
viaria y recogida de residuos urbanos:
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Sesión ordinaria

Cuando se realicen pequeñas obras en la vía pública, los materiales sobrantes y los
escombros habrán de ser retirados dentro de las 24 horas siguientes a la terminación de los
trabajos, dejándolos mientras tanto debidamente apilados o amontonados, de modo que no se
perturbe la circulación de peatones y de vehículos.

En las obras en las que se produzcan cantidades de escombros superiores a un metro
cúbico, habrán de utilizarse, para su almacenamiento en la vía pública, contenedores específicos
amparados por la correspondiente autorización, realizándose la retirada de éstos por la empresa
responsable de contenedores.

Queda expresamente prohibido verter restos de hormigón, cemento, restos de limpieza
de hormigoneras o cualquier otra materia de construcción en la red de saneamiento,
independientemente de la sanción por incumplimiento de esta prohibición, el infractor estará
obligado a reparar o sufragar los gastos de reparación de toda la red de saneamiento que pueda
haber sido afectada.

De conformidad con el artículo 5.9 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias, será
requisito imprescindible disponer, a pie de obra, de copia autorizada de la licencia municipal, así como la
colocación del cartel indicador en el que se haga constar el nombre y los apellidos de los técnicos
directores y del contratista, ordenanza que se aplica, fecha de expedición de la licencia, el plazo de
ejecución de las obras, el número de plantas autorizadas y el número de expediente.

La licencia de obras caducará al año de su concesión si dentro del mencionado plazo no hubiera
dado comienzo la realización de la obra amparada por licencia. Igualmente se declarará caducada la
licencia cuando se interrumpan las obras por un plazo superior a seis meses. El plazo para acabar las obras
no podrá ser superior a dos años. (art. 6.1 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias).
Transcurridos los plazos concedidos, el Ayuntamiento podrá iniciar el expediente de caducidad de la
licencia siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 6.2 de las ordenanzas que regulan la
concesión de licencias.

Será preceptiva la solicitud y obtención de licencia de primera utilización, de conformidad con el
artículo 9 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias.

El interesado comunicará al Ayuntamiento el final de la obra para comprobación del Técnico
Municipal.
Segundo.- Aprobar la siguiente liquidación
presupuesto de ejecución material
a)
impuesto (2,8 % p.e.m.)
b)
tasa (0,5 % p.e.m.; mínimo 40 €)
198.000,00 €
5.544,00 €
990,00 €
tasa (a+b)
6.534,00 €
Tercero.- Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que
lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo
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en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la
notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar
cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no
se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
Si lo que se impugna es el acuerdo de liquidación la interposición del recurso de reposición, en el
plazo señalado, es requisito previo para la impugnación del mismo en vía contencioso-administrativa ante
el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo.
En este punto y, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 91.4, en relación con el 83 del ROF,
se somete a consideración de la Junta de Gobierno Local asuntos no incluidos en el orden del día,
manifestando que se trata de adoptar acuerdo sobre

ACEPTACIÓN CESIÓN GRATUITA EMBARCACIÓN DE REMO

SOLICITUD PRESTACIÓN SAD DE D. JORGE-JUAN FERNÁNDEZ-JARDÓN SUÁREZ-VALDÉS (expediente núm. 0027/2012)

SOLICITUD PRESTACIÓN SAD DE D. FRANCISCO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ (expediente núm. 0027/20124)

ADHESIÓN AL PROGRAMA JUEGOS DEPORTIVOS DEL PRINCIPADO 2012/2013 (expediente núm. 0994/2012)
No se producen intervenciones, entendiéndose ratificada por los CUATRO (4) miembros presentes de la
Junta de Gobierno Local (lo que supone la mayoría absoluta del número legal de sus miembros) su
inclusión en el orden del día:
 ACEPTACIÓN CESIÓN GRATUITA EMBARCACIÓN DE REMO
Por la Secretario se da cuenta del escrito presentado por don José-Manuel Peláez López en
nombre de COMISIÓN PRO-COMPRA EMBARCACIÓN NAVIA (R.E. núm. 6153/12) de propuesta de
cesión de una embarcación de remo a favor del Ayuntamiento de Navia.
Vista la documentación que se adjunta sobre justificación de la titularidad sobre la
embarcación.
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia
en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CUATRO (4) miembros presentes, adopta el
siguiente
ACUERDO
Primero.- Aceptar la cesión gratuita a favor del Ayuntamiento de Navia de una embarcación
de remo “Nuestra Sra. de la Barca”.
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El bien cedido tendrá el carácter de bien patrimonial.
Segundo.- Reconocer a favor del CLUB DE REMO DE NAVIA la gestión deportiva del uso de la
embarcación; que contará, en todo caso, con la supervisión municipal y el bien se pondrá a disposición del
Ayuntamiento cuando éste lo solicite.
Tercero.- Autorizar al Alcalde-Presidente, don IGNACIO GARCÍA PALACIOS, a la firma de cuantos
documentos resultaran precisos para la formalización y cumplimiento de este acuerdo.
Cuarto.- Dar cuenta de este acuerdo al interesado, comunicándole que contra el mismo, podrá
interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha
dictado o bien impugnarlo directamente ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Asturias en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir
del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados
puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de
reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
 SOLICITUD PRESTACIÓN SAD DE D. JORGE-JUAN FERNÁNDEZ-JARDÓN
SUÁREZ-VALDÉS (expediente núm. 0027/2012)
Se da cuenta del escrito presentado por doña Mª Concepción Fernández-Jardón Suárez Valdés en
nombre de don JORGE-JUAN FERNÁNDEZ-JARDÓN SUÁREZ VALDÉS (R.E. núm. 5357/12) solicitando
la prestación del Servicio de Ayuda a domicilio dependencia; adjuntando la documentación justificativa.
Vista la propuesta FAVORABLE emitida por la Trabajadora Social, en el que se señala la
propuesta de “prestar a Jorge atención domiciliaria por dependencia, 1 hora y media diaria de lunes a
viernes, para aseo personal y paseo, y un copago del 24,27%”.
La Junta de Gobierno Local, en base a la competencia que le atribuye el artículo 11 de la
Ordenanza municipal reguladora del SAD aprobada definitivamente por el Ayuntamiento Pleno en sesión
de fecha 21.11.11, con el voto favorable de sus CUATRO (4) miembros presentes, adopta el siguiente
ACUERDO
Primero.- Conceder a D. JORGE-JUAN FERNÁNDEZ-JARDÓN SUÁREZ-VALDÉS, con DNI 71852342C, la prestación del SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO POR DEPENDENCIA de acuerdo con las
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determinaciones establecidas en la propuesta emitida por los Servicios Sociales y mientras se mantengan
las condiciones y requisitos previstos en las Ordenanzas municipales.
Segundo.- Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que
lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo
en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la
notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar
cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no
se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
 SOLICITUD PRESTACIÓN SAD DE D. FRANCISCO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ
(expediente núm. 0027/20124)
Se da cuenta del escrito presentado por doña Noemí González Rodríguez en nombre de don
FRANCISCO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ (R.E. núm. 5327/12) solicitando la prestación del Servicio de
Ayuda a domicilio dependencia; adjuntando la documentación justificativa.
Vista la propuesta FAVORABLE emitida por la Trabajadora Social, en el que se señala la
propuesta de “prestar a Francisco atención domiciliaria por dependencia, 1 hora diaria de lunes a
domingo, para aseo personal, y un copago de 0,78%”.
La Junta de Gobierno Local, en base a la competencia que le atribuye el artículo 11 de la
Ordenanza municipal reguladora del SAD aprobada definitivamente por el Ayuntamiento Pleno en sesión
de fecha 21.11.11, con el voto favorable de sus CUATRO (4) miembros presentes, adopta el siguiente
ACUERDO
Primero.- Conceder a D. FRANCISCO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, con DNI 11267707-F, la prestación
del SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO POR DEPENDENCIA de acuerdo con las determinaciones establecidas
en la propuesta emitida por los Servicios Sociales y mientras se mantengan las condiciones y requisitos
previstos en las Ordenanzas municipales.
Segundo.- Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que
lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo
en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la
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Sesión ordinaria
notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar
cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no
se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
 ADHESIÓN AL PROGRAMA JUEGOS DEPORTIVOS DEL PRINCIPADO 2012/2013
(expediente núm. 0994/2012)
Por la Secretario se da cuenta del expediente núm. 0994/2012, en que consta la propuesta de
adhesión al Programa de los juegos deportivos curso 2012/13 remitida por la Dirección General de
Deportes (R.E. núm. 6063/12).
La Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le han sido conferidas por
resolución de delegación de Alcaldía, de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CUATRO (4)
miembros presentes, adopta el siguiente
ACUERDO
Primero.- El AYUNTAMIENTO DE NAVIA como integrante de la cuenca Navia, cuya cabecera a
efectos administrativos y de coordinación es el Concejo de Valdés, se adhiere al Programa de los Juegos
Deportivos del Principado 2012/13, con las obligaciones derivadas del desarrollo del mismo.
Segundo.- Dar traslado de este acuerdo a la Dirección General de Deportes para su conocimiento
y efectos procedentes.
4.- RUEGOS Y PREGUNTAS
No se formula ninguno/a.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión de orden de la Presidencia, siendo
las trece horas y quince minutos del día expresado en el encabezamiento; de todo lo cual, yo, la Secretario
General, DOY FE.
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Sesión ordinaria
Vº Bº
LA SECRETARIO GENERAL,
EL ALCALDE-PRESIDENTE,
Fdo.: Ignacio García Palacios.
Fdo.: Mª Covadonga Domínguez García
DILIGENCIA.- La pongo yo, la Secretario General, para hacer constar que el presente borrador
consta de veintiún páginas. DOY FE.
LA SECRETARIO GENERAL,
Fdo.: Mª Covadonga Domínguez García.
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