Reglamento de Acciones Formativas CPIC
Transcripción
Reglamento de Acciones Formativas CPIC
COLEGIO DE PROFESIONALES EN INFORMÁTICA Y COMPUTACIÓN REGLAMENTO GENERAL DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 2 de 30 Contenido CAPITULO PRIMERO .................................................................................................................4 DISPOSICIONES GENERALES ...................................................................................................... 4 Artículo 1. Propósito ................................................................................................................. 4 Artículo 2. Ámbito de Aplicación ............................................................................................... 4 Artículo 3. Definiciones ............................................................................................................. 4 CAPITULO SEGUNDO .............................................................................................................. 13 PARTICIPANTES DE LAS ACCIONES FORMATIVAS ................................................................... 13 CAPÍTULO TERCERO ................................................................................................................ 16 PROCEDIMIENTO DE LAS EVALUACIONES ............................................................................... 16 CAPÍTULO CUARTO ................................................................................................................. 17 RECURSOS DE REVOCATORIA, APELACIÓN Y REVISIÓN .......................................................... 17 CAPÍTULO QUINTO ................................................................................................................. 18 ASISTENCIA .............................................................................................................................. 18 CAPÍTULO SEXTO .................................................................................................................... 20 CONDICIÓN DE APROBACIÓN, APLAZAMIENTO Y REPROBACIÓN .......................................... 20 CAPITULO SÉPTIMO................................................................................................................ 21 PROHIBICIONES ....................................................................................................................... 21 CAPITULO OCTAVO ................................................................................................................ 23 INSCRIPCIONES ........................................................................................................................ 23 CAPITULO NOVENO ................................................................................................................ 23 MATERIALES REQUERIDOS PARA LA ACTIVIDAD FORMATIVA ................................................ 23 CAPITULO DÉCIMO ................................................................................................................. 24 ACCESO A LOS ESPACIOS BRINDADOS POR EL CPIC ................................................................ 24 CAPITULO UNDÉCIMO ............................................................................................................ 27 DE LAS FALTAS Y SANCIONES .................................................................................................. 27 REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 3 de 30 Tipo I: Faltas disciplinarias....................................................................................................... 27 Tipo II. Irrespeto. ..................................................................................................................... 27 Tipo III. Falta de Aseo dentro y fuera del aula. ....................................................................... 28 Tipo IV. Conductas fraudulentas. ............................................................................................ 29 CAPITULO DUODÉCIMO ......................................................................................................... 29 PAGOS ..................................................................................................................................... 29 CAPITULO DECIMOTERCERO .................................................................................................. 30 ENCUESTA DE SATISFACCIÓN .................................................................................................. 30 REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 4 de 30 CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Propósito: Regular todas las actividades formativas que realice el Colegio de Profesional en Informáticos y Computación. Artículo 2. Ámbito de Aplicación: Las normas, procedimientos y disposiciones del presente reglamento son aplicables a los colegiados(as) profesionales, a los(as) funcionarios(as) e instructores (as) docentes y al público en general que participen en las actividades formativas ofrecidas por el CPIC. Artículo 3. Definiciones. Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá por: CPIC: Colegio de Profesionales en Informática y Computación. Participante: A toda persona física que desee participar en las actividades formativas dentro de las instalaciones del Colegio o en el reciento destinado al afecto. Pueden ser colegiados, colegiadas, sus familiares, empresarios, empresarias, trabajadores, personal o público en general. Funcionario y funcionaria: Toda persona física que preste a la institución sus servicios materiales e intelectuales en forma subordinada y a cambio de una retribución o salario en virtud de nombramientos efectuados mediante los trámites exigidos por el CPIC. Capacitación: Proceso sistemático de enseñanza y aprendizaje mediante el cual, la persona desarrolla habilidades, destrezas conocimientos y actitudes REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 5 de 30 para un desempeño, productivo, eficaz y eficiente del trabajo y del desarrollo integral personal. Aprendizaje: Cambio relativamente permanente de la conducta, que permite alterar los conocimientos, habilidades, destrezas y las actitudes. Enseñanza: Proceso que facilita y orienta el aprendizaje, se mide por la forma y el tipo de recursos empleados: los programas, los recursos institucionales y audiovisuales, el recurso humano docente y la logística administrativa. Actividad formativa: Cualquier acción educativa dirigida a capacitar, actualiza o perfeccionar los conocimientos, actitudes, habilidades y destrezas, requeridos para el desempeño laboral; considerando las exigencias específicas del trabajo, el desarrollo personal y la adaptación a la cultura organizacional. Modalidades de actividades formativas: Es una categorización universalmente utilizada en la programación de actividades formativas para clasificar cada actividad según los objetivos, contenidos y el enfoque metodológico que se empleará. Específicamente son los cursos, talleres, seminario, congresos, conferencias, simposios, charlas, foros, paneles, asesorías u otros eventos similares que poseen un programa debidamente estructurado, a partir de objetivos, contenidos de aprendizaje y metodologías de enseñanza. Congresos: Son reuniones periódicas (anuales, bianuales y otros) que generalmente vinculan a los miembros de una asociación o entidad. La duración de cada uno puede variar entre dos y cinco días aproximadamente. Dentro de esos días, se realizan diferentes actividades que pueden ser, de acuerdo a su metodología. El objetivo principal de estas reuniones es la actualización de la información y consensos sobre la temática a la que se dedican los participantes. REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 6 de 30 Conferencia: Disertación en público sobre algún tema concreto. El disertante expone durante un tiempo determinado su posición o investigación con respecto a temas que no necesariamente deben ser académicos como en el caso de los seminarios que son propiamente académicos. Simposios: Evento en el cual generalmente participan diversos oradores que abordan un tema desde aspectos diferentes. Generalmente tienen una duración de 2 horas, cada uno de los oradores desarrolla su tema por 15 minutos. Al finalizar puede abrirse un espacio de preguntas o conclusiones. Cursos: Reunión en donde se desarrolla en profundidad un tema determinado que generalmente abarca cuestiones de enseñanza y actualización hacia los asistentes. Cada uno de los oradores expone en forma individual su punto de vista desde su área específica. La actividad se caracteriza por el certificado que se entrega al participar. La duración varía de acuerdo al programa (desde 2 horas, hasta 3 meses con una determinada frecuencia). Seminario: Encuentro didáctico donde un especialista interactúa con los asistentes en trabajos en común para difundir conocimientos o desarrollar investigaciones. El seminario es una reunión especializada, de naturaleza técnica o académica, que intenta desarrollar un estudio profundo sobre una determinada materia. Por lo general, se establece que un seminario debe tener una duración mínima de dos horas y contar con, al menos, cincuenta participantes. El aprendizaje en un seminario es activo, ya que los participantes deben buscar y elaborar la información en el marco de una colaboración recíproca entre sí y a partir de la interacción con el especialista. Mesa redonda: Es un evento donde una cierta cantidad de sujetos se reúne para desarrollar un debate en torno a un determinado tema que no REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 7 de 30 necesariamente debe ser académico, puede ser de interés general. Se escoge un tema de trascendencia y se escogen los panelistas que tengan criterios para debatir en torno al tema. Los asistentes normalmente participan con preguntas. Existe la figura del coordinador quien tiene el deber de dirigir el debate de la forma más imparcial posible, exponiendo las preguntas y tomando el tiempo de cada intervención. Panel: Sesiones grupales en las que concurren de cuatro a seis especialistas para dialogar y debatir sobre determinado tema o problema ante un auditorio. El panel es menos formal que el simposio y puede darse un sentido de mayor espontaneidad en las intervenciones e intercambio de ideas y opiniones de los panelistas, su característica esencial radica en el dialogo y la discusión dentro de cierto orden establecido, que debe mantener el coordinador o moderador. Foro: Es un tipo de reunión en la que distintas personas conversan y opinan en torno a un tema de interés común. Es, esencialmente, una técnica de comunicación oral. El objetivo del foro es conocer las opiniones sobre un tema concreto. El foro se basa en la libre expresión de ideas y opiniones de los integrantes, y en permitir la discusión de cualquier tema. Los panelistas exponen sus ponencias uno a uno con un tiempo determinado, sin interrupciones. Al final generalmente el público formula preguntas concretas y estimulantes referidas al tema. Talleres: Un taller es una actividad académica y didáctica en el cual los participantes son parte de las actividades programadas, obteniendo al final del taller un producto que será de utilidad en su trabajo intelectual o en su ejercicio profesional. Los participantes deben tener materiales para trabajar y se desarrollan competencias aplicadas a los contenidos de la carrera o profesión. El instructor dirige el proceso de elaboración y los participantes aportan sus conocimientos previos. REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 8 de 30 Charla: Exposición de corta duración y de características semiformales normalmente, las charlas se encuentran organizadas a partir de las siguientes partes: apertura (a partir de alguna frase se anuncia el comienzo de la charla), orientación (implica la presentación del tema), desarrollo (está compuesto por las diferentes participaciones presentes en la charla), conclusión (se finaliza el tema de conversación con un remate) y cierre (se cierra formalmente la conversación con el uso de alguna frase de cierre). Reuniones o encuentros: Si el evento que se está planificando, no encuadra en ninguna de las opciones anteriores, muchas veces se lo llama de esta forma. Se realizan tanto actividades académicas, científicas como sociales. Horas: número de horas pedagógico didácticas requeridas para lograr los objetivos propuestos del proceso de enseñanza aprendizaje, de una temática determinada. Emisión de certificados: Categoría que designa el tipo de certificado otorgado por concepto de una actividad formativa, según la duración del proceso en horas. Los certificados serán emitidos bajo los siguientes conceptos y tiempos: a) Asistencia: se harán acreedores de este tipo de certificados los participantes en actividades de capacitación inferiores a doce (12) horas, que cumplan una asistencia mínima de 85%. b) Participación: se harán acreedores de este tipo de certificados los participantes en actividades de capacitación iguales o superiores a doce (12) horas naturales de instrucción efectiva, que cumplan con una asistencia mínima de 85%, en las que se valora exclusivamente la asistencia y la participación de las personas que reciben la capacitación. REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 9 de 30 c) Aprovechamiento: se harán acreedores de este tipo de certificados los participantes en actividades formativas con más de 40 horas naturales, que cumplan con una asistencia mínima de 85% y demuestren mediante criterio objetivos de evaluación previamente definidos por el(la) docente, que su rendimiento en la asimilación de conocimientos, habilidades y actitudes. Es equivalente a un 80% o más, según sea la escala aplicada para la evaluación de los participantes. Objetivos: Es una categorización de acciones generales y específicas tendiente a medir la experiencia efectiva directa de enseñanza y aprendizaje de los(as) participantes, en el lugar donde se desarrolle la actividad y el efecto de dicho proceso en la ejecutoria del puesto y en la institución como un todo. Objetivo general: Debe expresar lo que el participante será capaz de aplicar en su lugar o puesto de trabajo mediante los conocimientos, habilidades y actitudes obtenidas, una vez concluida dicha actividad formativa. Objetivos específicos: Son los objetivos de enseñanza y aprendizaje que buscan definir los medios o mecanismos a través de los cuales se mide, objetivamente, la incorporación o aprehensión de los conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes programadas en las diversas actividades de las actividades formativas, de manera que formen parte del acervo cognitivo y emocional de los participantes al concluir el proceso de enseñanzaaprendizaje. Contenidos: se refieren a los temas y subtemas que se abordarán en el proceso y los enfoques que se aplicarán, mediante los cuales se cumplirán los objetivos de la actividad. REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 10 de 30 Metodología didáctica: es el procedimiento que seguirá el o la facilitador(a) para garantizar el cabal cumplimiento de los objetivos específicos de la actividad. Duración: es el total de horas programadas para la actividad, ya sean, presenciales, a distancia virtual o bimodalmente (presenciales y a distancia o virtual). Mínimo de horas de asistencia: es el total de horas efectivas (presenciales o a distancia) que requerirán los participantes para aprobar la actividad formativa. Sistema de evaluación: se refiere a la forma como se evaluará y determinará la aprobación o reprobación de los participantes en la respectiva actividad de acción formativa, en la modalidad de aprovechamiento y participación, el método de la evaluación determina el puntaje y porcentaje dado a exámenes cortos, exámenes parciales, examen final, asignación de proyectos individuales o grupales. Calificación o nota mínima de aprobación: Es la ponderación de todas las calificaciones de las evaluaciones, el promedio final que debe dar por resultado 80 o más de puntaje. Cronograma de la actividad: Se refiere a la fecha, los días y horas de inicio y finalización de la actividad de capacitación programada, incluidos los recesos y otras acciones inmersas en la actividad formativa. Actividades didácticas: Se refiere a las acciones educativas utilizadas en el proceso de enseñanza-aprendizaje, seleccionadas o estructuradas por los (as) instructores, mediante los cuales se busca alcanzar determinadas metas de aprendizaje en el aula o lugar donde se desarrolla el proceso mencionado. Corresponde a la aplicación de aquellos métodos y técnicas de enseñanzaaprendizaje que toman más efectiva y provechosa la actividad formativa, REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 11 de 30 dentro de los cuales se puede citar, el trabajo en pequeños grupos, lluvias de ideas, foros de análisis y discusión, Phillip 66, exposición y defensa de trabajos extra clase y otros. Nivel de complejidad: Es una caracterización que busca prever el nivel de conocimientos, habilidades, destrezas o actitudes requeridas de cada participante, al iniciar la actividad de capacitación, pretende garantizar la comprensión de la temática y su participación efectiva en el respectivo proceso de enseñanza y aprendizaje. a. Inicial: Corresponde a actividades dirigidas a participantes que desconocen o poseen escaso conocimiento, habilidades, destrezas y actitudes sobre la materia por impartir; es decir, que no han recibido capacitación previa sobre ella, o si la han recibido es elemental sin mayor profundización, en aspectos como métodos, técnicas, conceptos, comportamientos esperados, enfoques e instrumentos empleados en la materia objeto de la actividad. b. Intermedio: Corresponde a actividades dirigidas a participantes que ya poseen algunos conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes sobre la materia por impartir, es decir, que ya han recibido alguna capacitación y han profundizado en varios aspectos del temario de la actividad formativa. c. Avanzado: Corresponde a actividades dirigidas a participantes, que aunque poseen amplios conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes en la materia por tratar, en razón de los avances científicos y técnicos, requieren profundizar o ampliar en dichas materia, a efecto de mantenerse actualizado y eficientes en las labores que les encomienda la institución. REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 12 de 30 Estrategia metodológica: Es una categorización universal mediante la cual cada actividad se clasifica de conformidad con el tipo de relación que mantendrá el docente instructor con los participantes. a. Presencial: es una metodología esencialmente de relación física directa entre el facilitador y los participantes. b. A distancia: se fundamenta en los medios didácticos tradicionales (escritos) y tecnológicos (informáticos), más que en la relación física entre dichos actores, no requiere la presencia permanente y sistemática del participante a un área física (aula, salón, taller, sala o laboratorio) para recibir clases del docente instructor, el proceso se efectúa fuera de los recintos tradicionales a través de tutorías y medios electrónicos con el (la) facilitadora. c. Bimodal o mixta: es una mezcla o combinación de las dos metodologías anteriores, en la que el (a) docente programa, combina proporcionalmente las clases presenciales y trabajos de lectura y proyectos, la consulta telefónica y los medios electrónicos, son la forma de analizar y evaluar el rendimiento de los participantes en la actividad. Las horas presenciales y a distancia o en línea (dentro y fuera del recinto o aula), conforman el total de horas de la actividad. d. Virtual: Es la metodología e-learning que permite a las personas participantes construir su conocimiento de una manera activa y entretenida, eliminando a la vez barreras físicas y horarias ya que está accesible las 24 horas del día a través de internet. Se basa en la adecuada integración de cuatro elementos: contenido y material de apoyo virtual, actividades prácticas, plataforma de teleformación y sistema de evaluación en línea. REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 13 de 30 Recinto académico: Es el aula, laboratorio, auditorio, sala o taller que reúne las condiciones para desarrollar una actividad de enseñanza-aprendizaje. Facilitador: Es la persona que lidera, dirige y conduce el proceso de enseñanza-aprendizaje en el aula o lugar donde se realizan las actividades formativas, preparado docente y pedagógicamente en el tema, además de ser el encargado de descubrir los conocimientos, actitudes y habilidades de los participantes y de inducir las formas didáctico metodológicas que permiten el descubrimiento de dichas capacidades. CAPITULO SEGUNDO PARTICIPANTES DE LAS ACCIONES FORMATIVAS Artículo 4. Obligaciones de los Participantes: El participante de una acción formativa, está en la obligación de: 1. Conocer y aplicar las disposiciones del Reglamento General de Actividades Formativas del Colegio de Profesionales en Informática y Computación. 2. Asistir a las clases y demás actividades formativas a las que haya aceptado el compromiso de participar. 3. Cumplir con los horarios estipulados para inicio, cierre de las lecciones y los descansos tomando en cuenta refrigerio, almuerzo y cena en caso de que hubiese, durante las lecciones y por el total del número de días y horas que tarde la actividad formativa. 4. Observar normas de comportamiento adecuado como participante de la actividad formativa. REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 14 de 30 5. Mantener una compañeros(as) buena y relación personal con los(as) administrativo de facilitadores(as), apoyo, aseo, mantenimiento y de seguridad disponible en el lugar de realización de la actividad formativa, tratarles con el debido respeto a su integridad emocional y moral, así como su intimidad y sus bienes. 6. Abstenerse de manifestar vocabulario o conductas inmorales u obscenas dentro del CPIC y de la sala de capacitaciones o bien dentro del recinto donde se llevan las actividades formativas. 7. Abstenerse de ejecutar actos de discriminación racial, religiosa, sexual, política o de otra índole, hacia el/la facilitador(a), el personal o los demás participantes de la actividad formativa. 8. Ingresar al recinto donde se imparte la acción formativa con mascota o equipo especial que sea requerido por motivo de discapacidad. 9. Cuidar del aseo y el orden del recinto donde se imparta la actividad formativa, así como del equipo, mobiliario, garaje y jardines. 10. Investigar con el/la facilitador(a) que las evaluaciones fueron programadas y ejecutadas de acuerdo a lo previsto. 11. Responder en forma personal todas las pruebas de evaluación. 12. Ser puntual y cumplir con las actividades programadas de cada acción formativa. 13. Pedir al facilitador(a) en forma respetuosa, una explicación de las calificaciones obtenidas antes de ser registradas en el sistema. 14. Pedir al facilitador(a) la devolución de todo trabajo, con su respectiva revisión, pasada una semana de presentado. REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 15 de 30 15. Estar informado acerca de los avisos y actividades que se celebren o convoquen en el CPIC, ya sea en la página de la institución o en las redes sociales. 16. Exigir respeto y por consiguiente darlo, ninguna persona debe estar sujeto a burlas ni bromas por su religión, raza, origen, así como la ocupación o labores que desempeña. 17. Reportar al/la facilitador(a) los errores o fallas que tenga el equipo. 18. Cancelar los gastos que se ocasionen por reparación o reposición del equipo dañado por el mal uso, por descuido o negligencia, serán cubiertos por el (la) participante responsable del equipo. Artículo 5. Derechos de los participantes: El participante de una acción formativa, tendrá los siguientes derechos: 1. Solicitar los reglamentos institucionales, así como otras normas emanadas de esta. 2. Estar siempre dispuesto al diálogo respetuoso con el/la facilitador(a) y con los funcionarios del CPIC. 3. Obtener oportunamente los materiales de enseñanza-aprendizaje y documentación relacionada vigente, en buen estado y acorde con la actividad formativa a la que se presente. 4. Recibir debidamente calificadas todas las pruebas que aplique y trabajo que entregue con su correspondiente solucionario, hoja de respuestas, lista de cotejo o instrumento de medición de los aprendizajes de acuerdo al tipo de prueba aplicada: practica, teórica u oral. 5. Consultar el resultado de las evaluaciones ante el/la facilitador(a) personalmente a más tardar una semana hábil de efectuada la evaluación. REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 16 de 30 6. Recibir el promedio final a más tardar una semana cinco días luego de efectuada la última evaluación, en forma personal y privada mediante documento detallado impreso. 7. Solicitar y recibir oportuna y correctamente la certificación de la actividad. 8. Utilizar los servicios y las instalaciones de la institución de conformidad con las disposiciones reglamentarias correspondientes. 9. Derecho a que se le explique la materia y no la den por vista, de preguntar cuantas veces sea necesario para que se le aclare cualquier duda dentro de los periodos asignados para eliminar dudas y consultas de la sesión de enseñanza-aprendizaje. 10. Derecho a ser respetado por sus ideologías y cultura. CAPÍTULO TERCERO PROCEDIMIENTO DE LAS EVALUACIONES Artículo 6. Reclamos: Los reclamos o recursos de apelación sobre las notas de las evaluaciones y el promedio final se hace por escrito a el/la facilitador(a), dentro de los siete días posteriores, contados a partir del día que se le hizo entrega de la evaluación o promedio final. Artículo 7: este derecho lo ejercerá personalmente y por escrito ante el representante del CPIC en el lugar de la realización de la actividad formativa, de su trámite debe recibir un comprobante firmado por el representante administrativo, hasta tres días hábiles posteriores a la entrega de la resolución de la apelación del/la facilitador(a). REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 17 de 30 Artículo 8: Para efectos de reclamos el participante tiene que presentar la prueba original, resuelta en lapicero de tinta azul o negro, sin corrector líquido, ni ninguna señal que dude de su veracidad y el documento que sustente la medición de los aprendizajes, además los archivos digitalizados y todos los trabajos desarrollados y presentados en el transcurso de la actividad de capacitación, cuando de promedio final se trate. CAPÍTULO CUARTO RECURSOS DE REVOCATORIA, APELACIÓN Y REVISIÓN Artículo 9: En caso de que el participante considere que el facilitador incurrió en errores en la calificación, que no fueron atendidos cuando efectuó el reclamo al facilitador, puede interponer recursos de revocatoria, apelación y revisión en contra de la calificación realizada ante el Departamento de Formación Académica. Artículo 10: El recurso de revocatoria será interpuesto por el participante, dentro de los tres días hábiles posteriores a la entrega del resultado de una evaluación o entrega de promedio final, ante el/la docente instructor de la actividad formativa que emita la calificación, quien será competente para resolverlo, en un plazo de tres días hábiles por escrito, con copia al Departamento de Formación Académica. Artículo 11: El recurso de apelación se interpondrá ante el Departamento de Formación Académica por el participante, dentro de los tres días hábiles posteriores a la entrega del resultado del recurso de revocatoria, el cual se resuelve en un plazo de tres días. Artículo 12: El recurso de revisión de interpondrá ante el Departamento de Formación Académica, dentro de los tres días posteriores a la entrega del resultado de la apelación, una vez tramitados los recursos de revocatoria y REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 18 de 30 apelación, compete al Departamento de Formación Académica decidir en última instancia, en un plazo de tres días hábiles. CAPÍTULO QUINTO ASISTENCIA Artículo 13. Asistencia: Para cada una de las actividades, el departamento de formación académica creará una lista con las personas oficialmente inscritas a la actividad, mismos que serán la base sobre la que se realiza la planificación logística (materiales, alimentación, certificados y otros). Dicha lista será de conocimiento del gremio a través de la página web del Colegio, indicando la siguiente información: número de colegiado, nombre completo de la persona participante y confirmación de asistencia. Artículo 14: Una vez inscrito el/la agremiado(a), se compromete a asistir a la actividad formativa seleccionada. De no poder asistir a la actividad deberá informarlo al Departamento de Formación Académica con 5 días de anticipación. Artículo 15: El Departamento de Formación Académica elaborará una lista con los participantes, la cual deben de firmar los colegiados y colegiadas al terminar la actividad formativa. Es responsabilidad exclusiva de la persona participante validar su participación a través de las firmas de asistencia que sean requeridas por la Administración La asistencia debe ser puntual, de lo contrario se verá afectado el certificado de participación. Artículo 16: Requisitos para la aprobación de la actividad formativa: El participante de cualquier actividad formativa deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder aprobar la misma: REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 19 de 30 a. Asistencia: El/la participante aprobará la actividad formativa, debiendo cumplir con los requisitos de asistencia y evaluación particulares de dicha actividad, los cuales estarán sujetos al plan de la misma b. Ausencias y llegadas tardías: se entiende por llegada tardía, la asistencia de la persona participante a las actividades formativas hasta veinte minutos luego de haberse empezado, tres llegadas tardías equivalen a una hora de ausencia. Ausencias: se considera una ausencia, la presentación de una persona participante pasados veinte minutos después de haber comenzado la actividad formativa. Reprobación de la actividad formativa: Se establece por llegadas tardías y ausencias acumuladas. Las ausencias implicarán la pérdida del curso, cuando el número de ausencias sea superior al 8% del total de horas que conste la capacitación. Artículo 17. Justificación de llegadas tardías y ausencias: Las llegadas tardías y ausencias deben justificarse siempre por formalidad tres días hábiles posterior a la inasistencia y se consideran justificadas por los siguientes motivos: 1. Enfermedad o accidente de la persona participante. 2. Enfermedad grave de cualquiera de sus familiares en primer grado de consanguinidad, cónyuge o compañero. 3. Muerte de algún familiar, hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad. 4. Salud: cirugías, parto, enfermedad comprobable o citas médicas con especialistas de la Caja Costarricense del Seguro Social. REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 20 de 30 5. Fuerza mayor: fenómenos naturales (deslizamientos, terremotos, inundaciones, tornados o bloqueos públicos, huelgas, manifestaciones y otros). 6. Cualquiera de los motivos anteriores debe comprobarse mediante documentos de prueba idóneos, utilizando los formularios correspondientes de justificación de ausencias y llegadas tardías. En caso de faltar una prueba el participante deberá llegar a un acuerdo con el/la facilitador(a) para que se le programe en una nueva fecha, siempre y cuando haya cumplido con los requisitos de justificación de ausencia. CAPÍTULO SEXTO CONDICIÓN DE APROBACIÓN, APLAZAMIENTO Y REPROBACIÓN Artículo 18. Sistema de evaluación. La evaluación de una actividad formativa debe ser una escala numérica, para las modalidades de aprovechamiento, participación o asistencia, sea presencial, a distancia, en línea o virtual. Las evaluaciones realizadas deben aportar equivalencia cuantitativa Artículo 19: Para aprobar la acción formativa el(a) participante debe obtener una nota mínima final igual o superior a 80. Artículo 20: la persona participante que obtenga un promedio igual o superior al 65%, pero inferior al 80%, adquiere la condición de aplazamiento, puede aplicar una sola prueba para alcanzar la nota mínima de aprobación. REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 21 de 30 Artículo 21: La prueba de aplazamiento puede ser teórica y/o práctica, dependiendo de la actividad formativa desarrollada y abarca el total de los objetivos planteados para dicha actividad, la nota final obtenida es la que se consigna en el registro final de calificaciones. Artículo 22: La convocatoria para la prueba de aplazamiento se efectuará cinco días hábiles luego de entregado el reporte final de calificaciones a los participantes de las actividades formativas. Artículo 23: El resultado de la prueba de aplazamiento se entrega cinco días hábiles posteriores a la realización de la prueba. Artículo 24: se adquiere la condición de reprobado cuando no se alcanza la nota mínima (80) en la prueba de aplazamiento. CAPITULO SÉPTIMO PROHIBICIONES Artículo 25. Queda terminantemente prohibido 1. Matricular actividades formativas a los colegiados que se encuentren en situaciones de morosidad, suspendidos o investigaciones por falta al código de ética. 2. Ingresar al recinto académico sin presentar el carné o comprobante de pago de la actividad formativa respectiva. 3. Entrar con armas de cualquier índole, sustancias nocivas o peligrosas para la salud o seguridad de las personas, materiales o equipos que puedan afectar la salud o seguridad de los participantes. 4. La permanencia de niños dentro del recinto educativo. REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 22 de 30 5. Fumar o consumir bebidas y alimentos, en la sala de estar, la recepción o el recinto de la actividad formativa, puede consumir bebidas y alimentos solamente en los lugares destinados para estos efectos. 6. Toda conducta de acoso u hostigamiento sexual tanto para participantes como para el personal administrativo del CPIC. 7. Escenas amorosas exageradas, gestos o señas indecentes, discusiones sin control e insultos entre compañeros o visitas en la sala de capacitaciones, aula, laboratorio, taller, recinto académico u otras instalaciones donde se desarrolle la actividad formativa del CPIC. 8. Utilizar grabadoras, radios o cualquier otro equipo de sonido sin audífonos en las instalaciones. 9. Copiar software instalado cuya licencia de uso lo prohíba, o utilizar el equipo para copiar software con licencia que prohíba su reproducción total o parcial. 10. Utilizar los equipos para acceder a equipos locales o remotos en los cuales el usuario no tenga autorización explícita, o en su uso intentar violar la seguridad de acceso. 11. Utilizar claves de acceso de otros usuarios o permitir que otros usen la propia. 12. Violar la seguridad del sistema del equipo, o de la red, utilizando un nombre de usuario diferente al propio, o una cuenta exclusiva del personal de informática. 13. Instalar software sin autorización del personal encargado del equipo de cómputo. REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 23 de 30 14. Desconectar los cables del fluido eléctrico, de la red, interfaces, componentes, antenas inalámbricas u otros pertenecientes al sistema computacional. 15. Rayar o rotular los equipos, introducir los objetos dentro del hardware o cualquier componente del equipo computacional, cortar o dañar los cables, abrir el equipo o sus componentes. CAPITULO OCTAVO INSCRIPCIONES Artículo 26: Se pondrán inscribir únicamente aquellos(as) agremiados(as) que se encuentren al día con los pagos respectivos de la colegiatura. Artículo 27: Toda persona que desee inscribirse en cualquier actividad formativa, debe completar el formulario de inscripción correspondiente y enviarlo en la fecha indicada y por el medio facilitado. Artículo 28: Se dará prioridad a los agremiados(as) que no hayan participado en actividades recientes, con la finalidad de que el servicio sea equitativo. Artículo 29: La inscripción quedará concluida únicamente cuando se presente el formulario correspondiente completado y la cancelación total del monto respectivo de la actividad formativa. CAPITULO NOVENO MATERIALES REQUERIDOS PARA LA ACTIVIDAD FORMATIVA REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 24 de 30 Artículo 30: Se detallará con anterioridad cuáles serán los materiales que se facilitarán a todos los (as) participantes que asistan a la actividad. Asimismo si fuese necesario que el/la colegiado aporte algún material en específico, se avisará con la anticipación pertinente. Artículo 31: Cada colegiado(a) recibirá la misma cantidad y calidad de materiales, solamente se hará excepciones a aquellas personas que presenten alguna dificultad o necesidad especial en áreas como la visual, auditiva o de acceso. Artículo 32: Las presentaciones serán dadas a los(as) participantes únicamente si la actividad lo amerita, de ser así se proporcionarán exclusivamente en material físico. CAPITULO DÉCIMO ACCESO A LOS ESPACIOS BRINDADOS POR EL CPIC Artículo 33: El CPIC cuenta únicamente con 30 espacios de inscripción para capacitaciones, por lo que la asignación de los cupos para las actividades se darán en términos del ingreso de la solicitud respectiva por parte del colegiado(a) interesada, mismo que una vez inscrito se compromete a asistir y realizar la cancelación del canon respectivo. Artículo 34: Debido al espacio limitado, la inasistencia injustificada a alguna de las actividades formativas, será registrada impidiendo la inscripción a futuras actividades durante los siguientes tres meses. REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 25 de 30 Artículo 35: Las practicas a realizarse en la sala de capacitaciones del CPIC o en otro recinto académico dispuesto fuera de las instalaciones, será supervisados por el/la facilitador(a) que se encuentre a cargo de la actividad formativa en ese momento. Artículo 36: Los usuarios permitidos en la sala de capacitación o en los recintos académicos serán los colegiados (as) inscritos en las capacitaciones, así como sus familiares, empresarios y público general matriculados en las actividades formativas. Artículo 37: Los evaluadores y observadores del proceso de enseñanzaaprendizaje, así como invitados conferencistas, asesores o expositores deben solicitar un permiso especial de visitante, a la administración, expedido por el/la funcionario(a) responsable de la sala de capacitaciones o recinto académico respectivo. Se exceptúa de esta disposición los miembros de Departamento de Formación Académica y la Junta Directiva. Artículo 38: El CPIC se reserva el derecho de cambiar el recinto académico donde se desarrollará la actividad formativa, previo aviso al participante, por otro que reúna las condiciones similares, obligado por razones de fuerza mayor. Artículo 39: Los funcionarios del CPIC, ni el CPIC no se hacen responsables de objetos extraviados dentro de las instalaciones o del recinto académico fuera de las instalaciones del Colegio. Artículo 40: En el caso que deba presentarse a las sesiones de la actividad formativa, por razones de fuerza mayor portando material, herramientas, aparatos o equipos es necesario que sean reportados con el funcionario administrativo de la recepción, recibir una boleta con la descripción detallada de sus pertenencias y firmarla, la boleta es un documento que exime al CPIC REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 26 de 30 de cualquier eventualidad que pueda suceder a las pertenencias declaradas, durante su permanencia en la actividad formativa, o dentro de las instalaciones por cualquier motivo, estarán bajo su completa y estricta responsabilidad en todo momento, por cuanto el CPIC no se hace responsable por objetos que no pertenezcan al Colegio. Artículo 41: El personal administrativo revisará el estado de morosidad del colegiado en el momento de inscripciones y verificará los comprobantes de ingresos autorizados. Artículo 42: Sin excepción todo invitado debe pagar con antelación, en los periodos establecidos, la cuota de ingreso establecida en caso de que hubiese. Artículo 43: Las acciones correctivas específicas que se aplicarán en los casos de indisciplina son: 1. Amonestación verbal. 2. Amonestación escrita. 3. Pérdida de puntos de la nota de conducta o concepto. 4. Reparación o reposición del material, equipo o mobiliario dañado. 5. Obligación de retractarse públicamente por la falta cometida y las disculpas que correspondan en forma escrita y publica hacia el(a) afectado (a) o el CPIC. 6. Interrupción temporal del proceso de enseñanza-aprendizaje. 7. Interrupción definitiva de la actividad formativa. REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 27 de 30 CAPITULO UNDÉCIMO DE LAS FALTAS Y SANCIONES Artículo 44: Tipificación de faltas: Tipo I: Faltas disciplinarias. Son las Cometidas dentro de la Sala de Capacitaciones o del recinto académico dispuesto para el desarrollo de la actividad formativa. Se considera como interrupción cualquier acto que no permita iniciar con las actividades planificadas por el/la facilitador (a). Dicha falta se considera, luego de dos llamadas de atención e implicará un rebajo de cinco puntos en la nota de conducta o concepto de la actividad formativa. Tipo II. Irrespeto. Se considera irrespeto toda acción o falta contra la integridad de cualquier persona, sea compañeros, funcionario o facilitadores, incluyendo invitados, conferencistas, penalistas, observadores y evaluadores de la sesión. Se evaluaran las faltas leves y moderadas al respeto. Faltas leve: 1. Realizar trabajos que no correspondan a la actividad formativa en ese momento. 2. Utilizar aparatos electrónicos prohibidos: teléfonos celulares, iPhone, SmartPhone, juegos electrónicos, entre otros. 3. Usar inadecuadamente el vocabulario, haciendo referencia vulgaridades, obscenidades e insultos. 4. Desobedecer las instrucciones de las diferentes autoridades del CPIC. a REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 28 de 30 5. Consumir alimentos dentro del aula, sin objetivo pedagógico o de salud. Sanción. Llamada de atención verbal e indicación de la necesidad de que deposite el equipo en un lugar que no interfiera con el desarrollo de la actividad formativa. Si existe reiteración en la acción, se solicitará al participante el abandono de las instalaciones, por el espacio de la lección correspondiente ese día. Faltas moderadas: 1. Desafiar la autoridad. 2. Irrespetar los símbolos patrios. 3. Utilizar apodos, palabras ofensivas, burlas, gestos despectivos e irreverentes hacia compañeros, docentes, funcionarios y cualquier persona que se encuentre en las instalaciones del CPIC presente durante la actividad formativa. 4. Sustraer, manipular, destruir y/o perder bienes ajenos o del CPIC. 5. Dañar voluntariamente el inmueble y la infraestructura del CPIC. Sanción: estas faltas implicarán un rebajo de 10 puntos en la anota de conducta de la actividad formativa, además de la reposición de la falta. Tipo III. Falta de Aseo dentro y fuera del aula. Se entiende como aseo el adecuado mantenimiento del espacio y mobiliario utilizado asignados para la sala de capacitación o recinto académico. Dicha falta se considera luego de una llamada de atención e implicará un rebajo de cinco puntos en la nota de conducta de la acción formativa. Se contempla en estas faltas: REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 29 de 30 1. Dejar desaseado o desordenada el área de trabajo o el recinto académico. 2. Ensuciar los jardines internos o externos, el garaje, la recepción o la sala de estar con basura o desechos de cualquier tipo. Tipo IV. Conductas fraudulentas. Se entiende por conducta fraudulenta a todo acto que implique engaño para procurar un beneficio o ventaja personal en perjuicio de otro, ya sea identidad física o jurídica. Se contempla en estas faltas: 1. Copias de asignaciones que impliquen un valor sumatorio como tareas, trabajos, ensayos, prueba cortas, exámenes, entre otros. 2. Plagio o apropiación de ideas. 3. Sustracción, falsificación y/o alteración de documentos oficiales de la institución, esta falta amerita expulsión del participante de la actividad formativa y si este es colegiado se remite al Tribunal de Ética. CAPITULO DUODÉCIMO PAGOS Artículo 45: Cada actividad formativa contará con un monto correspondiente, el cual se le informará al colegiado dentro del anuncio de la misma. Artículo 46: El canon respectivo debe cancelarse en la fecha indicada. De no ser así se le otorgará la inscripción a otro colegiado (a) interesado. Artículo 47: Una vez cancelado el canon correspondiente no se realizarán rembolsos a participantes que no informen de su inasistencia en el periodo correspondiente (5 días antes). REGLAMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS “POR UN DESARROLLO TECNOLÓGICO Y ÉTICO DEL PAÍS” Página 30 de 30 CAPITULO DECIMOTERCERO ENCUESTA DE SATISFACCIÓN Artículo 48: El departamento de formación académica elaborará una encuesta general de satisfacción para todas las actividades formativas, donde se evalúan aspectos como: la metodología, el expositor y la logística en general. Artículo 49: El departamento de formación académica le dará la encuesta a cada participante y queda bajo responsabilidad únicamente del agremiado el complete de la misma.