CORPORACIÓN SERVICIO EVANGÉLICO PARA EL

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CORPORACIÓN SERVICIO EVANGÉLICO PARA EL
CORPORACIÓN SERVICIO EVANGÉLICO PARA EL DESARROLLO, SEPADE
ORIENTACIONES SOBRE LA EDUCACIÓN DE LA SEXUALIDAD
EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DE LA INSTITUCIÓN
1. El propósito de la educación sexual en los establecimientos educaciones de
SEPADE, es habilitar a alumnos y alumnas para orientar y vivir su sexualidad en
función de sus afectos, valores y proyectos de vida. La meta es formar personas
capaces de tomar decisiones asertivas y responsables sobre su propia sexualidad.
Lo anterior significa que el proceso educativo debe brindar a alumnas y alumnos
oportunidades para el fortalecimiento progresivo de su autoestima y capacidad de
discernimiento, habilitándolos para asumir su vida sexual como un aspecto integral
de su proyecto de vida.
2. La educación sexual no ha de entenderse como una actividad especializada, sino
como una dimensión que cruza toda actividad humana, y por lo mismo, involucra
transversalmente todo el programa educativo. Aunque no estén conscientes de ello,
todas las personas que asumen funciones directivas, docentes y paradocentes, están
contribuyendo a formar una visión de la sexualidad a través de la manera en que se
relacionan con su propio cuerpo y con el de los demás; la manera en que expresan o
reprimen sus emociones y afectos; la manera en que estimulan u obstaculizan el
desarrollo de la autoestima y la capacidad de discernimiento autónomo; en el
lenguaje que utilizan para referirse al cuerpo, las diferencias de género, y las
relaciones humanas en general. Reconocer el carácter transversal de la educación
sexual significa incorporar conscientemente estos temas en las actividades de
planificación y de formación interna de los equipos de trabajo.
3. No obstante lo anterior, es necesario incorporar al currículo actividades que tengan
el propósito de abordar específicamente la educación sexual. Tales actividades
deben ser adecuadas a la edad y características culturales del grupo, y han de tener,
preferentemente, un carácter interdisciplinario. De esta manera se busca garantizar
un abordaje más integral del tema, evitando cualquier tipo de reduccionismo, ya sea
a los aspectos puramente biológicos, morales, u otros.
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4. Como una forma de estimular la responsabilidad de la familia en la educación
sexual de alumnos y alumnas, los equipos directivos de los establecimientos
educacionales deben propender a la mayor participación posible de los padres,
madres y/o apoderados en las actividades programadas para este propósito. Por lo
menos debe asegurarse la presencia de padres/madres y/o apoderados en una
reunión consultiva con los docentes responsables de la actividad de educación
sexual, con el objetivo de informar con transparencia acerca de sus propósitos y
contenidos, y recoger sus expectativas y temores. Lo ideal es generar una situación
de cooperación en función de objetivos compartidos.
5. Los contenidos y metodología de las actividades de educación sexual han de
adecuarse al contexto específico de cada situación (edad, cultura local,
características particulares del grupo, etc.). No obstante lo anterior, en todos los
casos la actividad ha de concebirse como la generación de un espacio con el clima
adecuado para una conversación abierta, veraz y realista sobre la sexualidad. El
carácter abierto se refiere al reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones,
particularmente en materia de valores. Esta apertura incluye la explicitación
respetuosa de los valores derivados de la identidad cristiana-ecuménica de la
institución. La veracidad y realismo se refieren a la transparencia en la entrega de
información (incluyendo la información disponible respecto a los derechos de salud
sexual y reproductiva), y al equilibrio en el tratamiento de las dimensiones
fundamentalmente positivas y de los riesgos derivados del abuso o ejercicio
irresponsable de la sexualidad.
6. Para el mejor cumplimiento de estas orientaciones, SEPADE debe facilitar el
intercambio de experiencias sobre educación sexual entre los diversos equipos
institucionales, y recomendar materiales apropiados, sean éstos de elaboración
propia o adaptaciones de otras instancias. Todo lo anterior sin limitar la necesaria
libertad creativa de las personas que en última instancia serán las responsables de
llevar a cabo las actividades con sus destinatarios específicos.
7. Las normativas de convivencia de los hogares o internados institucionales, deben
ser coherentes con las orientaciones acerca de la educación sexual contenidas en el
presente documento. Por lo mismo, tales normativas deben incluir explícitamente la
prohibición de relaciones sexuales en los recintos institucionales y durante los
períodos de residencia bajo la responsabilidad del establecimiento.
8. Cuando alumnos o alumnas buscan orientación de docentes o para-docentes con
relación a su vida sexual fuera del establecimiento, se establece una relación
confidencial de consejería que es de responsabilidad del propio consejero o
consejera, y no del establecimiento. No obstante lo anterior, se invita a docentes y
para-docentes que cumplan tal labor, a tener en cuenta las siguientes
recomendaciones:
 Mantener, hasta donde sea posible, la coherencia con el propósito de la
educación sexual declarado en el punto número uno del presente documento.
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


Resistir la tentación de tomar decisiones en lugar de los/as alumnos/as que
solicitan su ayuda. Su papel es ayudarles a asumir responsablemente sus
propias decisiones.
Facilitar, en la medida de lo posible, la participación de los padres/madres
y/o apoderados en la orientación y acompañamiento de sus hijos/as.
Facilitar, en los casos que sea necesario, su derivación al Servicio de Salud
que corresponda, ya que no es parte de la responsabilidad de la Escuela
asumir directamente la atención específica en salud sexual y reproductiva.
9. En conformidad con el principio de no-discriminación, es política de SEPADE
facilitar, en la medida de lo posible, la continuación de los estudios de las niñas que
hubieran quedado embarazadas o hubieran dado a luz antes del término de sus
estudios de enseñanza media. Debe ser una parte explícita de las medidas concretas
que se tomen para facilitar la continuidad de los estudios, el transformar la situación
misma en una experiencia educativa orientada a:
 Facilitar la acogida de tales niñas por parte del conjunto de la comunidad
escolar;
 Capitalizar la experiencia en términos de prevención del embarazo
adolescente, de tal manera que se evite la interpretación de la acogida como
un estímulo al ejercicio irresponsable de la sexualidad.
 En caso que el padre sea parte de la comunidad escolar, estimularlo a asumir
responsablemente su paternidad, participando activamente en el proceso
para facilitar la continuación de los estudios de la madre adolescente.
10. En coherencia con la importancia que SEPADE asigna a la vivencia de la
sexualidad en el desarrollo de las personas, los equipos directivos de los
establecimientos educacionales tienen la responsabilidad de escuchar y tomar en
serio cualquier denuncia responsable (es decir, respaldada con la firma de la/s
persona/s denunciante/s) de abuso o acoso sexual ocurrido dentro de la comunidad
escolar, sea que involucre a personal o a alumnos/as del establecimiento. SEPADE
reconoce el derecho de las personas o familias afectadas a denunciar ante los
Tribunales de Justicia a las personas supuestamente responsables de tales conductas.
No obstante lo anterior, los equipos directivos deberán iniciar un procedimiento
disciplinario interno orientado a tomar las medidas precautorias o las sanciones que
la situación amerite, con el fin garantizar la tranquilidad y seguridad de la
comunidad escolar.
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