no son invenciones
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no son invenciones
Los Departamentos de Derecho y de Ingeniería de la Universidad Iberoamericana y la Asociación Mexicana para la Protección de la Propiedad Intelectual, A.C. Les damos una cordial bienvenida al CURSO-TALLER AVANZADO DE REDACCIÓN DE PATENTES MÓDULO 2 DISEÑOS – MECÁNICA - ELÉCTRICA A cargo de los siguientes Expositores Q.F.B. ALMA S. ÁLVAREZ DELUCIO ING. CARLOS RAÚL ANAYA ANAYA Q.F.B. ISRAEL JIMÉNEZ HERNÁNDEZ ING. JORGE JUÁREZ OCEGUERA DR. JUAN MANUEL LÓPEZ ROBLES ING. MARCOS MÉNDEZ MARÍN TALLER AVANZADO DE REDACCIÓN DE PATENTES GENERALIDADES DISEÑOS – MECÁNICA - ELÉCTRICA Q.F.B. ALMA S. ALVAREZ Y DELUCIO INVENCIÓN OMPI Un producto o procedimiento que aporta, en general, una nueva manera de hacer algo o una nueva solución técnica a un problema. INVENCIÓN Ley de la Propiedad Industrial …”toda creación humana que permita transformar la materia o la energía que existe en la naturaleza, para su aprovechamiento por el hombre y satisfacer sus necesidades concretas.” EXCEPCIONES NO SON INVENCIONES (ART. 19 ) Principios teóricos o científicos Descubrimientos EXCEPCIONES NO SON INVENCIONES Métodos para realizar actos mentales Métodos de negocios EXCEPCIONES NO SON INVENCIONES Métodos matemáticos, Programas de computo EXCEPCIONES NO SON INVENCIONES Formas de presentación de información Obras artísticas o literarias EXCEPCIONES NO SON INVENCIONES Métodos quirúrgicos, terapéuticos y diagnósticos Yuxtaposición de invenciones, cambio de forma, uso, tamaño. EXCEPCIONES NO SON PATENTABLES (ART. 16) Procesos esencialmente biológicos para la producción, reproducción y propagación de plantas y animales. Material biológico o genético tal como se encuentra en la naturaleza. EXCEPCIONES NO SON PATENTABLES Razas animales. El Cuerpo Humano y las partes vivas que lo componen Variedades Vegetales OTRAS PROHIBICIONES Artículo 4o.- No se otorgará patente, registro o autorización, ……………. cuando sus contenidos o forma sean contrarios al orden público, a la moral y a las buenas costumbres o contravengan cualquier disposición legal. REQUISITOS DE PATENTABILIDAD • NOVEDAD • ACTIVIDAD INVENTIVA • APLICACIÓN INDUSTRIAL NOVEDAD NUEVA: totalmente desconocida con anterioridad en todo el mundo. NO divulgada XPublicación XExhibición XExplotación ESTADO DE LA TECNICA Conocimientos que existen sobre una materia o técnica específica y que estén documentados y a disposición del público, por escrito o de otra forma o en uso. APLICACIÓN INDUSTRIAL Implica que la invención debe ser producida o empleada, según el caso, en algún ramo de la industria o actividad económica. ACTIVIDAD INVENTIVA Implica un esfuerzo creativo para proporcionar algo no esperado. La invención es No obvia, comparada con lo conocido (Estado de la técnica) para un experto en la materia. ACTIVIDAD INVENTIVA Evaluación de la invención Problema Solución Definir claramente el problema técnico que resuelve. OBVIEDAD Por obvio se entiende lo que no va más allá del progreso ordinario de la tecnología, que se deduce de modo simple y lógico a partir del estado de la técnica. OBVIEDAD que no supone el ejercicio de Aquello ninguna pericia o habilidad más allá de lo esperado para un experto en la materia EXPERTO EN LA MATERIA • • • Un especialista hipotético en el campo de la técnica de la invención que posee el “common general knowledge”; Un grupo o equipo de personas especialistas; Es el experto en el campo del problema técnico, no en el de la solución. INDICADORES DE LA ACTIVIDAD INVENTIVA • Superación de un prejuicio técnico existente; • Un efecto técnico inesperado; nueva propiedad que no ha sido aún • Una detectada; en un proceso de una etapa • Eliminación hasta ahora considerada necesaria, sin efecto perjudicial para el producto final. INDICADORES DE OBVIEDAD (Contra la actividad inventiva) El resultado obtenido previsto por el experto; Única diferencia entre la invención y el estado de la técnica radica en la implementación de equivalentes bien conocidos; La esencia de la invención es un nuevo uso de una sustancia conocida mediante la explotación de sus propiedades conocidas; INDICADORES DE OBVIEDAD (CONTRA LA ACTIVIDAD INVENTIVA) Lo esencial de la invención es la aplicación de un producto o proceso conocido a una situación análoga; La invención proporciona solo una agregación de los efectos de características conocidas, sin ningúna particular consecuencia de una combinación funcional de las características. SUFICIENCIA DESCRIPTIVA Artículo 47, LPI Debe definirse completamente la invención destacando todas sus peculiaridades y diferenciándola de lo conocido. Establecerse límites claros sobre la aportación novedosa y las características propias de la invención. SUFICIENCIA DESCRIPTIVA Incluir el mejor método para llevar a cabo la invención. Debe estar descrito para llevarla a cabo sin esfuerzo excesivo. Si la caracterización se basa en parámetros, ser especifico en los parámetros y como obtener los parámetros sin esfuerzo excesivo. Gracias Alma Alvarez [email protected]