EGIPTO Nota sobre Ley Contratos Públicos
Transcripción
EGIPTO Nota sobre Ley Contratos Públicos
NOTA SOBRE LA LEY DE CONCURSOS PÚBLICOS EN EGIPTO La Ley de Concursos Públicos y Subastas (89/1998) de Egipto está compuesta por 42 artículos estructurados en cuatro partes: • Parte 1: Adquisición de bienes, obras y servicios. • Parte 2: Adquisición y arrendamiento de bienes inmuebles. • Parte 3: Venta y arrendamiento de bienes inmuebles, muebles y proyectos concesiones específicas par el uso y explotación de inmuebles. • Parte 4: Previsiones generales. Los principales puntos a tener en cuenta son los siguientes: Para los contratos de adquisición de bienes muebles, contratas de construcción o transporte, aceptación de servicios, estudios de consultoría y trabajos técnicos, se establece la obligatoriedad para las empresas de convocar concursos públicos o práctica limitada (negociación). La autoridad competente será la que decida cual de los dos métodos aplicar dependiendo de las circunstancias y la naturaleza del contrato. Excepcionalmente, y justificado por medio de decreto por la autoridad competente, se permitirá emplear los métodos de concurso limitado, concurso local, práctica limitada (negociación) y compra directa (artículo 1). El artículo 2 establece que los concursos públicos deberán estar sujetos a los principios de publicidad, igualdad y libre competencia, enunciando su obligatoriedad de publicación en periódicos locales y/o extranjeros, dependiendo del tipo de concurso de que se trate. Sin embargo, el artículo 16 otorga un tratamiento preferencial a las empresas egipcias, estipulando que la oferta de las empresas locales será considerada como más barata si no excede en un 15 % el valor de la presentada por la empresa extranjera. En cuanto a los concursos públicos convocados por el Ministerio de Defensa y Producción Militar, esta entidad puede, en caso de necesidad, acudir a las fórmulas de concurso limitado, concurso local, negociaciones restringidas o acuerdos directos conforme a la ley 204/1957, según dicta el artículo 8. El concurso abierto es la fórmula más empleada por las autoridades egipcias. Para acudir a su convocatoria, las empresas extranjeras deberán estar representadas por un agente local. Las fases de convocatoria son las siguientes: A) Convocatoria pública (obligación de publicar el concurso en la prensa diaria o especializada). Los concursos públicos que no estén restringidos a empresas egipcias, deberán ser anunciados también internacionalmente. Todos los anuncios y publicaciones deberán ser divulgados en un periódico de gran tirada y opcionalmente en otros medios de comunicación, y deberán contener la información y especificaciones consideradas como esenciales, y señalar la proporción de producto local requerido para participar en el concurso. B) Adquisición del Pliego de Condiciones; C) Precalificación. Las empresas interesadas en participar en concursos públicos deberán en muchos casos registrarse ante determinadas agencias gubernamentales con las cuales pretenden hacer negocios, y frecuentemente para cada concurso particular. El cumplimiento de este requisito asegura el aviso de la convocatoria de posteriores concursos, y en ocasiones es condición necesaria para participar en las compras directas. D) Preparación del concurso La autoridad competente deberá nombrar un comité que llevará a cabo la preparación de las condiciones del concurso y sus especificaciones, y decidirá el sistema apropiado de evaluación de las ofertas, así como el valor estimado del concurso y la fianza previa necesaria para tomar parte en él. E) Presentación de ofertas Las empresas interesadas en participar en los concursos, deberán presentar por medio de su agente su oferta dentro del plazo establecido por la autoridad gubernamental competente. El precio propuesto en la oferta financiera deberá estar expresado en una divisa convertible. F) Fianza previa. Toda oferta debe venir acompañada por una garantía, bien en efectivo, bien mediante cheque bancario conformado, o por medio de fianza, que será incondicional y emitida o endosada por un banco egipcio. Esta fianza tiene por objeto asegurar la seriedad del oferente y la firmeza de la oferta presentada, evitando la retirada de una oferta en vigor, y asegurando que el oferente se verá obligado a ejecutar el contenido de la misma si le es requerido por el Departamento de Compras del organismo convocante. De acuerdo con el artículo 17 de la Ley 89/1998, la cantidad a exigir deberá ser determinada por la Autoridad Competente, y nunca deberá exceder el 2% del valor estimado del contrato. Esta suma deberá ser igual para todos los participantes y debe ser especificada en el anuncio del concurso. Las fianzas deberán ser devueltas inmediatamente (en todo caso en un máximo de siete días) después de la caducidad de la validez de las ofertas, sin que sea necesaria la solicitud del oferente para ello. G) Decisión. Como norma general, deberán ser creados dos comités por la autoridad competente cuya función será la de tomar una decisión acerca de las ofertas presentadas. Ambos deberán estar compuestos por expertos técnicos financieros y legales, que deberán tomar en consideración la naturaleza del contrato sujeto a concurso público. Uno de estos comités será el responsable de la apertura de los sobres, y el otro será el que elija la mejor oferta. En caso de concursos cuyo valor estimado sea menor a 50.000 libras egipcias (LE), existirá un solo comité que se encargará de la apertura de los sobres y la toma de decisión. Si el importe es superior a 250.000 LE, un miembro del Ministerio de Finanzas deberá formar parte del Comité de Decisión. Si esta cifra supera las 500.000 libras, adicionalmente deberá formar parte de dicho comité un miembro del correspondiente departamento consultivo del Consejo de Estado (artículo 6). El Comité de Decisión podrá decidir si diversos subcomités deben ser constituidos con el objeto de analizar las condiciones técnicas y financieras de cada oferta y asegurar su conformidad con los requisitos técnicos mínimos exigidos en la convocatoria. Una vez comprobado que las ofertas cumplen con los requisitos técnicos exigidos, se pasa a considerar otros aspectos como son las condiciones financieras, los plazos de ejecución y el precio, determinando qué oferta es la ganadora. Cualquier decisión de excluir una oferta del concurso deberá ser suficientemente argumentada. H) Resolución de conflictos La ley de licitación no hace referencia a la resolución de las disputas que surjan durante el concurso, por lo que una cláusula que resuelva tal punto deberá ser negociada con anterioridad a la firma del contrato. El arbitraje en Egipto o en el extranjero (esta última forma puede incluir la aplicación al caso concreto de la ley y los procedimientos y principios de arbitraje extranjeros), se prefiere al procedimiento judicial, aunque la efectividad de las resoluciones arbitrales no esté garantizada, porque la parte perjudicada por el laudo arbitral puede recurrirlo en los Juzgados egipcios (ya sea extranjero o egipcio).