PEE RIESGO INUNDACIONES

Transcripción

PEE RIESGO INUNDACIONES
PLAN ESPECIAL
DE EMERGENCIAS
ANTE EL RIESGO
DE INUNDACIONES
DE LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
HERRIZAINGO SAILA
DEPARTAMENTO DE INTERIOR
Herrizaingo Sailburuordetza
Larrialdiei Aurregiteko Zuzendaritza
Viceconsejería de Interior
Dirección de Atención de Emergencias
ANEXO
ACUERDO DE CONSEJO DE GOBIERNO DE 8 DE JUNIO DE 1999,
POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS
ANTE EL RIESGO DE INUNDACIONES
DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
«El artículo 14.3 de la Ley 1/1996, de 3 de abril, de Gestión de
Emergencias, prevé la elaboración de Planes especiales para hacer frente a
riesgos concretos cuya naturaleza requiera una metodología técnico-científica
concreta, específicamente en el caso de aquellos riesgos contemplados en la
Norma Básica de Protección Civil que tengan incidencia en la Comunidad
Autónoma, conforme a los resultados que arroje el análisis de riesgos.
El Plan de Protección Civil de Euskadi, “Larrialdiei Aurregiteko BideaLABI”, aprobado por decreto 153/1997, de 24 de Junio, (BOPV nº 138, de 21 de
julio de 1997), prevé en el apartado 2.º del capítulo IV de su Título III que será
objeto de elaboración de un Plan Especial, entre otros, el Riesgo de
Inundaciones, en coherencia con lo dispuesto en la clasificación de riesgos más
significativos a los que está afecta la Comunidad Autónoma, que se contiene en
el apartado 2.2.º del Título I del citado Plan de Protección Civil de Euskadi.
En la elaboración del Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de
Inundaciones, han participado las diversas instituciones y agentes implicados por
el mismo, habiendo sido informada favorablemente por la Comisión de
Protección Civil de Euskadi en fecha 11 de noviembre de 1998, y habiendo
obtenido la pertinente homologación, adoptada por acuerdo unánime de la
comisión Nacional de Protección Civil en fecha 23 de marzo de 1999.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Interior, previa deliberación y
aprobación el Consejo de Gobierno,
ACUERDA:
Primero. —Aprobar el Plan Especial de Emergencias ante el Riesgo de
Inundaciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que se anexa al
presente Acuerdo.
Segundo. —Por la Secretaría del Gobierno se ordenará su publicación en
el Boletín Oficial del País Vasco».
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
2
RESOLUCIÓN 15/1999, de 15 de junio, del Director de la Secretaría
del Gobierno y de relaciones con el Parlamento por la que se dispone la
publicación del acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el
Plan Especial de Emergencias ante el Riesgo de Inundaciones de la
Comunidad Autónoma del País Vasco.
Habiendo adoptado el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el
día 8 de junio de 1999, a propuesta del Consejero de Interior, el Acuerdo por el
que se aprueba el Plan Especial de Emergencias ante el Riesgo de
Inundaciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y a los efectos de
darle la publicidad debida
RESUELVO:
Artículo único. Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco 1
el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de junio de 1999, por el que se
aprueba el Plan especial de Emergencias ante el Riesgo de Inundaciones de la
Comunidad Autónoma del País Vasco, que se contiene como Anexo a la
presente Resolución.
En Vitoria-Gasteiz, a 15 de junio de 1999.
El Director de la Secretaría del Gobierno
Y de Relaciones con el Parlamento,
JOSÉ LUIS ERREKATXO LABANDIBAR
1
Resolución publicada en el BOPV 153/1999, de 12 de agosto.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
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PLAN ESPECIAL DE EMERGENCIAS
ANTE EL RIESGO DE INUNDACIONES
DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
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INDICE
1.- INTRODUCCIÓN. ........................................................................................................................................ 6
1.1.- OBJETO Y ALCANCE. ....................................................................................................................... 7
1.2.- FUNCIONES BÁSICAS. ...................................................................................................................... 7
1.3.- MARCO LEGAL Y REGLAMENTARIO. ........................................................................................ 9
1.4.- ÁMBITO DE APLICACIÓN. ............................................................................................................ 10
1.5.- TIPOLOGÍA Y CAUSAS DE LAS INUDACIONES EN EL PAÍS VASCO................................. 11
1.6.- GLOSARIO DE TÉRMINOS. ........................................................................................................... 13
2.- FUNDAMENTOS PARA LA PLANIFICACIÓN PROTECCIÓN CIVIL ANTE EL RIESGO DE
INUNDACIONES......................................................................................................................................... 17
2.1.- INFORMACIÓN TERRITORIAL DEL PLAN............................................................................... 17
2.1.1.- Red hidrográfica del País Vasco. Características físicas y morfométricas............................ 18
2.1.1.1.- Localización Geográfica. ................................................................................................... 18
2.1.1.2.- Características morfométricas. ......................................................................................... 20
2.1.2.- Caracterización climática........................................................................................................... 23
2.1.2.1.- Precipitaciones medias....................................................................................................... 24
2.1.2.2.- Precipitaciones máximas. .................................................................................................. 25
2.1.3.- Hidrología media y extrema. ..................................................................................................... 26
2.1.4.- Redes de observación meteorológica y foronómica. ................................................................ 26
2.1.5.- Infraestructura hidráulica. ........................................................................................................ 26
2.1.6.- Cubierta vegetal. ......................................................................................................................... 31
2.1.7.- Demografía y usos del territorio................................................................................................ 35
2.2.- ANÁLISIS Y DEFINICIÓN DE LAS ZONAS DE INUNDACIÓN POTENCIAL. ..................... 38
2.2.1.- Inundaciones históricas y puntos conflictivos de inundación. ................................................ 38
2.2.2.- Zonas de inundación potencial. ................................................................................................. 41
2.3.- ANÁLISIS DE RIESGOS POR INUNDACIONES. ........................................................................ 42
2.3.1.- Zonas de riesgo histórico de inundación................................................................................... 42
2.3.2.- Mapa de Riesgos de Inundación 1:25.000................................................................................. 46
2.4.- SISTEMAS DE PREVISIÓN DEL PELIGRO DE INUNDACIONES.......................................... 47
2.4.1.- Sistema de avisos de meteorología adversa del C.M.T. del País Vasco.................................. 48
2.4.3.- Sistemas de avisos del estado de presas y embalses. ................................................................ 50
2.5.- SUPUESTOS DE APLICACIÓN. FASES Y SITUACIONES DE EMERGENCIA POR
INUNDACIONES. .............................................................................................................................. 50
2.5.1.- Fase de Preemergencia. .............................................................................................................. 50
2.5.2.- Fase de Emergencia. ................................................................................................................... 51
2.5.2.1.- Situación 0........................................................................................................................... 51
2.5.2.2.- Situación 1........................................................................................................................... 52
2.5.2.3.- Situación 2........................................................................................................................... 52
2.5.2.4.- Situación 3........................................................................................................................... 52
2.5.3.- Fase de Normalización. .............................................................................................................. 53
3.- ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DEL PLAN.................................................................................. 54
3.1.- DIRECTOR DEL PLAN. ................................................................................................................... 54
3.2.- COMITÉ DE DIRECCIÓN. .............................................................................................................. 56
3.3.- EL CONSEJO ASESOR..................................................................................................................... 56
3.4.- EL GABINETE DE INFORMACIÓN. ............................................................................................. 57
3.5.- CECOP/CECOPI. ............................................................................................................................... 57
3.5.1. Definición, funciones y ubicación................................................................................................ 57
3.5.2.- Constitución en CECOPI. .......................................................................................................... 59
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
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3.6.- PUESTOS DE MANDO AVANZADO (PMA)................................................................................. 59
3.7.- GRUPOS DE ACCIÓN. ..................................................................................................................... 60
3.7.1.- Grupo de Intervención, Salvamento y Rescate. ....................................................................... 61
3.7.2.- Grupo de Seguridad. .................................................................................................................. 62
3.7.3.- Grupo Sanitario. ......................................................................................................................... 62
3.7.4.- Grupo de Apoyo Logístico. ........................................................................................................ 63
3.7.5.- Grupo de Apoyo Técnico............................................................................................................ 64
4.- OPERATIVIDAD. ....................................................................................................................................... 66
4.1.- ACCIONES OPERATIVAS............................................................................................................... 66
4.1.1.- Sistemas de Previsión, Alerta y de Alarma por inundaciones. ............................................... 66
4.1.1.1.- Alerta por inundaciones. ................................................................................................... 67
4.1.1.2.- Alarma por inundaciones. ................................................................................................. 67
4.1.2.- Medidas para la protección de personas y bienes en emergencias por inundaciones........... 68
4.1.2.1.- Protección a la población................................................................................................... 68
4.1.2.2.- Medidas de auxilio y socorro............................................................................................. 69
4.1.2.3.- Protección de infraestructuras y bienes. .......................................................................... 70
4.1.3.- Avisos e información a la población.......................................................................................... 70
4.1.4.- Control y neutralización de la inundación y/o avenida. .......................................................... 72
4.2.- SITUACIONES OPERATIVAS EN EMERGENCIAS POR INUNDACIONES. ........................ 73
4.2.1.- Tácticas Operativas relativas al riesgo de inundaciones. ........................................................ 73
4.2.2.- Modalidades de aplicación conforme a la situación de emergencia. ...................................... 74
4.2.3.- Declaración formal de cada situación. ...................................................................................... 77
4.3.- DESARROLLO DE LA OPERATIVIDAD DEL PLAN................................................................. 77
4.3.1.- Operatividad en la Fase de Preemergencia. ............................................................................. 78
4.3.2.- Operatividad en la Fase de Emergencia. .................................................................................. 80
4.3.2.1.- Funcionograma operativo en Situación 0...................................................................... 81
4.3.2.2.- Funcionograma en Situaciones de gravedad 1 y 2........................................................ 82
4.3.2.3.- Operatividad en Situación 3. .......................................................................................... 83
4.3.3.- Operatividad en la Fase de Normalización............................................................................... 83
4.3.3.1.- Reposición de Servicios Esenciales. .................................................................................. 85
4.3.3.2.- Vuelta a la Normalidad...................................................................................................... 86
4.4.- GUÍAS DE INFORMACIÓN BÁSICA DE LAS ZONAS DE RIESGO PARA LOS GRUPOS
DE ACCIÓN. ....................................................................................................................................... 86
4.4.1.- Definición y objeto. ..................................................................................................................... 86
4.4.2.- Contenido mínimo. ..................................................................................................................... 87
4.5.- CATÁLOGO DE MEDIOS Y RECURSOS. .................................................................................... 88
5.- PLANES DE EMERGENCIA DE PRESAS.............................................................................................. 90
5.1.- FUNCIONES Y CONTENIDO MÍNIMO. ....................................................................................... 90
5.2.- CLASIFICACIÓN DE LAS PRESAS EN FUNCIÓN DEL RIESGO POTENCIAL. PRESAS
QUE HAN DE DISPONER DE PLAN DE EMERGENCIA. ........................................................... 91
5.3.- ESCENARIOS DE SEGURIDAD Y DE PELIGRO DE ROTURA DE PRESAS. ....................... 93
5.4.- DIRECCIÓN DE LOS PLANES DE EMERGENCIA DE PRESAS. ............................................ 94
5.4.1.- Director del Plan de Emergencia de Presas.............................................................................. 94
5.4.2.- Constitución del Comité Permanente de Presa. ....................................................................... 94
5.4.3.- Interfase con el Plan Especial. ................................................................................................... 95
6.- PLANES DE ACTUACIÓN DE ÁMBITO LOCAL FRENTE A LAS INUNDACIONES. ................ 96
6.1.- OBJETO Y FUNCIONES BÁSICAS DEL PLAN DE ACTUACIÓN LOCAL............................ 96
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
6
6.2.- INTERRELACIÓN DE LOS PLANES DE ACTUACIÓN LOCAL Y EL PLAN ESPECIAL
POR INUNDACIONES DE EUSKADI. .............................................................................................. 97
6.3.- IMPLANTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL PLAN DE ACTUACIÓN. ................................ 98
7.- PREVENCIÓN............................................................................................................................................. 99
7.1.- MEDIDAS PREVENTIVAS NO ESTRUCTURALES.................................................................... 99
7.2.- ACTUACIONES ESTRUCTURALES. .......................................................................................... 101
8.- IMPLANTACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA EFICACIA DEL PLAN. ..................................... 102
8.2.- IMPLANTACIÓN............................................................................................................................. 102
8.2.1.- Verificación de la Infraestructura del Plan Especial............................................................. 103
8.2.2.- Formación del Personal de los servicios implicados en el Plan. Simulacros........................ 103
8.2.3.- Información del Plan Especial ante Inundaciones a la Población. ....................................... 104
8.3.- MANTENIMIENTO. ........................................................................................................................ 105
8.3.1.- Concepto. Programa de Mantenimiento................................................................................. 105
8.3.2.- Actualización-revisión. ............................................................................................................. 105
8.3.3.- Simulacros. ................................................................................................................................ 106
8.3.4.- Formación permanente. Ejercicios de adiestramiento. ......................................................... 106
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
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ANEXO I.-
Mapa Director, 1:150.000 del Riesgo de Inundaciones.
ANEXO II.-
Información Territorial de las cuencas hidrográficas.
ANEXO III.-
Pluviometría extrema.
ANEXO IV.-
Hidrología extrema.
ANEXO V.-
Análisis histórico de inundaciones.
ANEXO VI.-
Mapa 1:25.000 de las zonas de inundación potencial de las cuencas
hidrográficas de la C.A.P.V.
ANEXO VII.-
Mapa 1:25.000 de Riesgos de inundación de la cuencas hidrográficas de la
C.A.P.V.
ANEXO VIII.-
Guía de consejos para la población ante el riesgo de Inundaciones y sus
fenómenos asociados.
ANEXO IX.-
Guía de información básica de las zonas de riesgo para los grupos de
acción.
ANEXO X.-
Estudio de Seguridad de las "Grandes Presas". Conclusiones.
ANEXO XI.-
Documentación de Referencia.
Plan Especial de Emergencia ante el Reisgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
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1.- INTRODUCCIÓN.
Las grandes precipitaciones y sus consecuentes riadas, en su contexto catastrófico,
constituyen uno de los más graves peligros naturales que amenazan a la comunidad por los
daños y pérdidas que ocasionan en personas, bienes y servicios. Este peligro de inundaciones
se transforma en muchas zonas en patente riesgo, agravado como consecuencia del
progresivo incremento del uso del territorio y de los asentamientos de población que la
sociedad realiza en las zonas potencialmente inundables.
Estas circunstancias que concurren en las inundaciones, como factores desencadenantes
de situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, a que se refiere la Ley 2/1985
de 21 de enero, sobre protección civil, hacen necesario el empleo coordinado de todos los
medios y recursos pertenecientes a las distintas administraciones públicas e incluso a los
particulares.
En este sentido, el riesgo que las inundaciones y sus fenómenos geológicos asociados
representan en el ámbito del País Vasco, viene siendo combatido en los últimos años y
fundamentalmente desde las inundaciones acaecidas los días 26 y 27 de agosto de 1983, por
las Administraciones Públicas tanto con métodos directos (obras de contención y corrección)
como con métodos indirectos (estudios preventivos y de planificación).
El presente Plan se inscribe en la segunda de las líneas de actuación descritas y pretende
mediante la aplicación de una metodología técnico-científica y funcional, por un lado el
conocimiento del territorio vasco y el riesgo de inundación que soporta y por otro hacer
frente, de forma ágil y coordinada a la posible emergencia que genera.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
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1.1.- OBJETO Y ALCANCE.
El Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones en El País Vasco se
integra en el Sistema de Emergencias de la Comunidad Autónoma Vasca-Larrialdiei
Aurregiteko Bidea (LABI), que abarca los distintos riesgos específicos susceptibles de un
plan especial, entre ellos las inundaciones provocadas bien por precipitaciones extremas in
situ, avenidas extraordinarias de ríos o rotura de presas.
El objeto fundamental del PLAN es establecer la organización y procedimientos de
actuación de los recursos y servicios propios de la Comunidad Autónoma Vasca en los casos
de emergencias por inundaciones, asegurando la necesaria coherencia operativa entre los
mismos, al objeto de que no pueda darse en ningún caso situaciones disfuncionales.
Asimismo, este Plan Especial de la C.A.P.V. se desarrolla de acuerdo con la Directriz
Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones, que establece los
requisitos mínimos de su contenido con el fin de presentar una coordinación conjunta con el
resto de las Administraciones implicadas ante la existencia de un posible interés
suprautonómico, tal y como se determina en el apartado 9 de la Norma Básica de Protección
Civil.
1.2.- FUNCIONES BÁSICAS.
Las funciones básicas que desarrolla el Plan Especial de Emergencia por Inundaciones
del País Vasco son las siguientes:
- Recopilar y analizar los factores del País Vasco geomorfológicos, hidrológicos, físicos,
estructurales, forestales, demográficos y urbanísticos, que determinan los riesgos
potenciales de las inundaciones.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
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- Definir las zonas del País Vasco en función del riesgo de inundaciones y las
previsibles consecuencias, delimitando áreas según los requerimientos de intervención
para protección de la población y localizando la infraestructura física a utilizar en las
operaciones de emergencias.
- Prever la estructura organizativa y los procedimientos para la intervención en
emergencias por inundaciones dentro del territorio de la Comunidad Autónoma Vasca.
- Crear la plena coordinación con el Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo de
Inundaciones, garantizando una adecuada integración.
- Establecer la necesaria conexión entre las informaciones meteorológicas e hidrológicas
y las medidas o actuaciones de previsión y alarma, mediante un sistema de alerta
precoz que permita adoptar las medidas necesarias antes de producirse efectos no
deseados.
- Establecer las directrices para la elaboración de planes de actuación de ámbito local de
aquellos municipios o entidades locales por este riesgo y los sistemas de articulación
con los mismos.
- Prever los procedimientos de alerta ante inundaciones generadas por rotura o
funcionamiento incorrecto de presas, así como las actuaciones necesarias para el aviso
a las autoridades municipales y a la población y para la protección de personas y
bienes.
- Especificar los procedimientos de información a la población.
- Catalogar los medios y los recursos específicos de las actuaciones previstas en las
situaciones de emergencia.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
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1.3.- MARCO LEGAL Y REGLAMENTARIO.
Para la elaboración del PLAN se ha tenido en cuenta el Real Decreto 407/1992 de 24 de
abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil, y la Directriz Básica de
Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones (BOE 14 de febrero de
1995).
Asimismo, para situar el marco reglamentario del Plan Especial de Emergencia ante el
Riesgo de Inundaciones en el País Vaco, se señalan las siguientes normas:
A) ESTADO
- Constitución Española de 1978, articulo 30.4
- Ley 2/1985, de 21 de enero, de Protección Civil.
- Real Decreto 2022/1986 sobre Riesgos Extraordinarios sobre Personas y Bienes.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
- Ley 29/1985, de 2 agosto, de Aguas.
- Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
- Real Decreto 1378/1985, de 1 de agosto, sobre medidas provisionales para la actuación
en situaciones de emergencia.
- Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio
Público Hidráulico, que desarrolla los títulos Preliminar, I, IV, V, VI y VII de la Ley de
Aguas. En su artículo 14 define las zonas inundables, y las atribuciones del Gobierno
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
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para establecer las limitaciones en el uso de las mismas que garanticen la seguridad de
las personas y bienes.
- Real Decreto legislativo de 18 de abril de 1986, que aprueba el texto refundido de las
disposiciones legales en materia de Régimen Local.
- Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, en desarrollo de los
títulos II y III de la Ley de Aguas.
- Resolución del Consejo de las Comunidades Europeas, de 8 de julio de 1991, sobre la
mejora de la Asistencia Recíproca entre estados miembros, en caso de catástrofes
naturales o tecnológicas.
- Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, Norma Básica de Protección Civil.
- Orden de 12 de marzo de 1996 por la que se aprueba el Reglamento Técnico sobre
Seguridad de Presas y Embalses.
- Real Decreto 903/1997, de 16 de junio, sobre acceso mediante redes de
telecomunicaciones al servicio de atención de llamadas de emergencias a través del
número 112.
B) PAÍS VASCO
- Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para el País Vasco,
artículo 17.
- Decreto 34/1983, de 8 de marzo, de Creación de los Centros de Coordinación Operativa.
- Ley 1/1996, de 3 de abril, de Gestión de Emergencias.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
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- Decreto 153/1997 de 24 de junio por el que se aprueba el Plan de Protección Civil de
Euskadi, Larrialdiei Aurregiteko Bidea-Sistema de Atención de Emergencias (LABI).
- Por Orden de 1 de agosto de 2001, del Consejero de Interior se aprueban las “Tácticas
Operativas” del Sistema Vasco de Atención de Emergencias y se crea el Servicio de
Intervención Coordinadora de Emergencias dentro de la Dirección de Atención de
Emergencias.
1.4.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.
El ámbito territorial de aplicación del presente Plan es la totalidad de la Comunidad
Autónoma del País Vasco, prestando esta planificación, especial interés en aquellas zonas en
las que por la mayor incidencia de las inundaciones, deben desarrollar un plan de actuación
por el riesgo de inundaciones.
La relación de las cuencas que componen la red hidrográfica del País Vasco se presenta
en el cuadro 1.1., diferenciadas por la vertiente a que drenan y con indicación de la
competencia, autonómica o estatal, ejercida en el dominio público hidráulico de las mismas.
Este ámbito territorial se expresa cartográficamente en el Mapa Director 1/150.000 del
Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V. contenido en el anexo I y esquematizado en la figura
1.1. Este Mapa refleja, sobre base topográfica simplificada la red hidrográfica, los puntos de
la red de control foronómica y/o meteorológica, y los puntos negros históricos de
inundación.
Cuencas Vertiente Cantábrica
Intracomunitarias
Intercomunitarias
BIDASOA*
URUMEA
OIARTZUN
ORIA
UROLA
IBAIZABAL
DEBA
NERVIÓN
ARTIBAI
CADAGUA
LEA
AGÜERA
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
Cuencas Vertiente Ebro
Intercomunitarias
PURÓN
OMECILLO
BAYAS
ZADORRA
ARAIA
INGLARES
14
OKA
ARTIGAS
ESTEPONA
BUTRON
GOBELAS, ASUA,
GALINDO
MERCADILLO
CARRANZA
CALERA
EGA
EBRO
* Las subcuencas vertientes a la ría del Bidasoa.
Cuadro 1.1.- Relación de las cuencas hidrográficas de la C.A.P.V.
1.5.- TIPOLOGÍA Y CAUSAS DE LAS INUNDACIONES EN EL PAÍS VASCO.
Tal y como se refleja en el Mapa Director (anejo I), el territorio del País Vasco
hidrográficamente participa de dos vertientes, la atlántica y la mediterránea. Los fuertes
relieves de esta divisoria constituyen una barrera natural que provoca intensas
precipitaciones en la cornisa y su vertiente norte y, al mismo tiempo, en escasas decenas de
kilómetros desniveles cercanos a los 1.000 metros e incluso superiores.
La topología de esta red de drenaje y las circunstancias climáticas se complementan en
la constitución de un marco muy adecuado para que se produzcan inundaciones con cierta
periodicidad, cuyas causas se pueden clasificar por su origen en los siguientes grupos:
1.- Precipitaciones in situ.
2.- Avenidas (ondas de crecida).
3.- Temporales ciclónicos.
4.- Acciones del mar.
5.- Obstrucciones de cauces.
6.- Insuficiencia de drenaje.
7.- Efectos de presas y embalses.
Estas causas no son excluyentes y es frecuente que la inundación (la menos severa, de
menor periodo de retorno) se presente como consecuencia de varias de estas causas
combinadas, en la que fenómenos de tipo natural (causas 1 a 5) se pueden agravar por los
producidos por la acción del hombre (causas 5, 6 y 7).
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
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Si bien todas estas causas han actuado en alguna ocasión en las cuencas del País Vasco con excepción de la rotura de presas-, la mayoría de las veces la causa fundamental ha sido
las avenidas provocadas por los temporales de tipo ciclónico (frontales y de gota fría) y
orográficos; el segundo lugar lo ocupan las obstrucciones y roturas de puentes, las acciones
del mar y las obstrucciones de cauces e insuficiencias del drenaje pluvial en las ciudades.
En este sentido, son los ríos de la vertiente atlántica por la morfología de sus cuencas,
que se describe en el epígrafe 2.1.1., los que más inundaciones producen debido siempre a
episodios tormentosos muy semejantes. Sus efectos devastadores son fruto, principalmente,
de los siguientes factores:
- Rapidez con la que se generan, que las convierte en avenidas relámpago (flash foods)
por lo reducido de los tiempos de concentración de las cuencas.
- Alta velocidad de las aguas producida por las elevadas pendientes longitudinales de
los
cauces (valles fluviales, en general, cortos y de gran pendiente).
- Arrastre de caudales sólidos en cantidades importantes.
- Efectos de las mareas que, cuando coinciden en su pleamar con las puntas de las
avenidas, retardan la evacuación de caudales y elevan el nivel de las aguas.
En la vertiente mediterránea los ríos vascos presentan, en general, una menor incidencia
del riesgo de inundaciones, dada, por un lado, la menor pluviometría e intensidad en esta
vertiente y por otro la menor pendiente de sus cuencas.
En esta vertiente la problemática se centra fundamentalmente en la Llanada Alavesa
donde la causa principal de las inundaciones es la insuficiencia de drenaje de los ríos en el
denominado Cuaternario de Vitoria que unida a su alta ocupación humana (urbana, industrial
y agrícola) incrementa el riesgo de inundaciones bien por precipitaciones in situ, o bien por
crecidas de los ríos que en él confluyen, cuyo curso principal es el Zadorra.
No obstante los embalses del Sistema Zadorra (Ullibarri-Gamboa, Urrúnaga y Albina)
con 218 hm3 de volumen total garantizan la regulación de las avenidas provocadas por
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
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lluvias intensas en cabecera. Si bien no siempre se puede disponer de ellos para laminar
avenidas. Las curvas de embalsado de este sistema para garantizar el abastecimiento, obligan
en episodios de lluvias persistentes, a repentinos desembalses que, si bien garantizan la
seguridad de las presas, pueden provocan leves pero súbitas inundaciones aguas abajo.
1.6.- GLOSARIO DE TÉRMINOS.
A efectos del presente Plan se entenderá por:
- Avenida: Aumento inusual del caudal en un cauce fluvial al recibir su cuenca una cantidad
tal de aportes de agua que supera su capacidad de almacenamiento, desagüe e infiltración.
Como consecuencia se produce una subida del nivel de las aguas, pudiéndose desbordar el
cauce e inundar las áreas adyacentes.
- Cauce natural de un río o arroyo: El terreno cubierto por la aguas en las máximas
crecidas ordinarias.
- Cuenca intercomunitaria: Cuenca hidrográfica comprendida en más de un territorio
autónomo y sobre la cual ejerce competencias plenas sobre el dominio público hidráulico el
Estado a través de la Confederación Hidrográfica correspondiente y sin perjuicio de la
gestión que en materia de aguas tenga encomendada cada comunidad autónoma.
- Cuenca intracomunitaria: Cuenca hidrográfica comprendida íntegramente dentro del
territorio de la C.A.P.V. y en la cual ejerce competencias plenas la administración de la
Comunidad Autónoma del País Vasco sobre el dominio público hidráulico.
- Chubasco: O aguacero. Precipitación, frecuentemente fuerte y de corta vida, que cae desde
nubes convectivas; las gotas o partículas sólidas son generalmente mayores que en lluvias.
Los chubascos se caracterizan por su comienzo y final repentinos, con grandes cambios de
intensidad y, más frecuentemente, por la apariencia del cielo con alternancia de nubes
oscuras y amenazantes y claros.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
17
- Elementos en riesgo (E): Son la población, núcleos de población, viviendas, instalaciones
industriales y comerciales, servicios básicos, etc. damnificados por una inundación.
- Inundación por precipitación in situ: Aquella inundación producida exclusivamente por
la lluvia caída en la zona inundada y su cuenca aportadora siempre y cuando ésta no se
produzca por desbordamiento de cauces considerados de aguas públicas.
- Inundación: Sumersión temporal de terrenos normalmente secos, como consecuencia de la
aportación inusual y más o menos repentina de una cantidad de agua superior a la que es
normal en una zona determinada.
- Isoyetas: Líneas de igual precipitación.
- Llanura de inundación: Franja adyacente al curso del río que éste ocupa con cierta
periodicidad en episodios de avenida y que se construye y delimita a expensas de estos
episodios.
- Llovizna: Precipitación cuasi-uniforme compuesta exclusivamente de pequeñas gotas de
agua (diámetro menor de 0,5 mm), muy cerca unas de otras.
- Lluvia: Precipitación de partículas de agua líquida en forma de gotas de diámetro mayor de
0,5 mm, o bien más pequeñas, pero muy dispersas.
- Lluvias débiles: Son aquellas cuya intensidad es menor o igual que 2 mm por hora.
- Lluvias fuertes: De intensidad mayor que 15 y menor o igual que 30 mm por hora.
- Lluvias moderadas: De intensidad mayor que 2 y menor o igual que 15 mm por hora.
- Lluvias muy fuertes: Su intensidad es mayor que 30 y menor o igual que 60 mm por hora.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
18
- Lluvias torrenciales: De intensidades mayores de 60 mm por hora.
- Peligrosidad (P): Probabilidad de ocurrencia dentro de un período determinado y en un
área específica de una inundación y/o avenida perjudicial. Por tanto expresa la
inundabilidad de una zona.
- Periodo de Retorno (T): Tiempo que tarda en reproducirse una avenida, una precipitación
extrema o una inundación de una magnitud dada. Se define también como el inverso de la
Probabilidad de Ocurrencia.
- Probabilidad de Ocurrencia: Probabilidad de que en un año se reproduzca una avenida de
una magnitud dada. Para las avenidas potencialmente perjudiciales la Probabilidad de
Ocurrencia coincide con la Peligrosidad.
- Riesgo específico (RS): Grado de pérdida esperado debido a una inundación. Se expresa
como el producto de P por V.
- Riesgo total: El producto del riesgo específico (RS) por los elementos en riesgo (E).
- Vulnerabilidad (V): Grado de pérdida provocado por la ocurrencia de una inundación de
un T dado, causado en un elemento o conjunto de elementos en riesgo. Se expresa en una
escala de 0 (sin daño) a 1 (pérdida total).
- Zona inundable: La delimitada por los niveles teóricos que alcanzarían las aguas en las
avenidas cuyo periodo de retorno sea de quinientos años, sin perjuicio de la delimitación
que en cada caso resulte más adecuada al comportamiento de la corriente.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
19
2.- FUNDAMENTOS PARA LA PLANIFICACIÓN PROTECCIÓN CIVIL ANTE
EL RIESGO DE INUNDACIONES.
El presente capítulo expone por una parte (epígrafe 2.1. y anexo II), la información del
territorio que fundamenta el conocimiento de los riesgos potenciales de las inundaciones en
el País Vasco: Los factores geomorfológicos; hidrológicos y climáticos; forestales; físicos y
estructurales; urbanísticos y demográficos, etc. Y por otra parte en el epígrafe 2.2 las zonas y
puntos inundables de recurrencia histórica (2.2.1. y anexo V), así como las áreas de
inundación calculadas para los T de 10, 100 y 500 años * (2.2.2. y anejo VI).
Con todo lo anterior se analizan los riesgos por inundación del territorio (epígrafe 2.3 y
anexo VII), con definición de las diferentes zonas con riesgo potencial en cada cuenca de la
red hidrográfica y su clasificación relativa conforme a la Directriz.
Así mismo, se recogen como fundamentos para la planificación ante el riesgo de
inundaciones, los elementos operativos del Plan: los sistemas de previsión-alerta y de avisos
(epígrafe 2.4.), y la definición de fases y situaciones de emergencia (epígrafe 2.5.).
2.1.- INFORMACIÓN TERRITORIAL DEL PLAN.
La exposición de la información del territorio se hace de forma general para la totalidad
de la red hidrográfica del País Vasco, presentando en los epígrafes siguientes los aspectos
del territorio que mejor permiten el conocimiento del fenómeno de las inundaciones.
De forma más concreta, esta información territorial se recoge en el anexo II clasificada
para cada una de las cuencas hidrográficas y expresada cartográficamente en el Mapa
1:25.0000 de las Zonas de Inundación Potencial elaborado también por cuencas
hidrográficas e incluido en el anexo VI.
*
Para las cuencas de los ríos Deba, Urola y Oiartzun las zonas inundables que se incluyen son para T de 10,
100 y 1000 años.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
20
2.1.1.- Red hidrográfica del País Vasco. Características físicas y morfométricas.
La unidad natural para el análisis e información de los fenómenos relacionados con las
dinámicas pluvial y fluvial, es la cuenca hidrográfica. Las cuencas que configuran la red
hidrográfica en el País Vasco y que son objeto del posterior análisis de inundaciones (cuadro
1.1.) se reflejan en el Mapa Director del anejo I y en la figura 1.1, clasificadas por la
vertiente, cantábrica o mediterránea, a que drenan. Se describe a continuación la situación
geográfica de la red hidrográfica vasca y las características físicas y morfométricas de las
cuencas que la forman.
2.1.1.1.- Localización Geográfica.
A grandes rasgos puede considerarse que la Comunidad Autónoma Vasca está
atravesada de este a oeste por tres alineaciones montañosas: Las Montañas Septentrionales
con la divisoria cántabro-mediterránea, las Montañas de Transición (Bóveda, Arkamo,
Badaya, Montes de Vitoria, Izki, Entzia y Sierra de Urbasa) y las Montañas Meridionales
(Sierra de Arcena, Sierra de Toloño, Sierra de Cantabria y Sierra de Codés).
La divisoria de las vertientes cantábrica y mediterránea representa en el País Vasco el
principal accidente geográfico formado por las sierras de Aralar, Aitzgorri, Amboto, Gorbea
y Salvada (figura 1.1. y anejo I). Al Este se encuentran los Pirineos occidentales donde nace
el río Bidasoa y al Oeste los montes de Ordunte y Carranza (ríos Agüera, Carranza y
Barbadun).
Dentro de la Montañas Atlánticas, al Norte de la divisoria y próximos a la costa, están
ubicados los montes costeros, entre los que cabe destacar, en sentido O-E: La Cruz, Umbe,
Sollube (686 m), Oiz (1.029 m), Erlo (1.026 m), Ernio, etc. Este relieve define a la vertiente
cantábrica como una elevada muralla frente al mar, drenada por la red fluvial atlántica que se
abre paso a su través y se extiende en llanuras aluviales, próximas a su desembocadura en
rías o abras, donde se concentra la población y la industria.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
21
Al Sur de la divisoria, se encuentran las mencionadas Montañas de Transición sierras de
Urbasa-Andia y los montes de Vitoria (donde nacen el río Ayuda, principal afluente del
Zadorra, y el río Berrón, afluente del Ega) que dejan en medio los Valles Subatlánticos como
Zuya y Cuartango (cuenca alta y media del Bayas), la Llanada Alavesa (cuenca del Zadorra)
el corredor de Alsasua (Cuenca del Araia-Arakil).
Entre estas Montañas de Transición y las denominadas Meridionales, sierras de Toloño,
Cantabria y Codes, se sitúan los valles submediterráneos de Treviño-Miranda (cuenca baja
del Zadorra) de Campezo (cuenca del Ega) y cuenca del río Inglares.
Al Sur de las últimas sierras meridionales se sitúa el valle del Ebro que en el País Vasco,
se extiende desde Sobrón hasta la Rioja Alavesa. En el tramo comprendido entre dichas
localidades confluyen con el Ebro los ríos Purón, Omecillo, Bayas, Zadorra e Inglares. El
Ega vierte al Ebro, fuera de la Comunidad, en San Adrián (Navarra).
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
22
2.1.1.2.- Características morfométricas.
Las principales características morfométricas: superficie (St), perímetro (P) y longitud
del cauce principal (Lcp) se indican en el cuadro 2.1.
CUENCA
BIDASOA
OIARTZUN
URUMEA
ORIA
UROLA
DEBA
ARTIBAI
LEA
1)
EA
1)
LAGA
OCA
2)
SOLLUBE
1)
ARTIGAS
1)
ESTEPONA
1)
ANDRAKAS
BUTRON
3)
GOBELAS y Udondo
3)
ASUA
IBAIZABAL
NERVION
3)
GALINDO
CADAGUA
BARBADUN
AGÜERA (en Bizkaia)
CARRANZA
CALERA
PURON
OMECILLO
BAYAS
ZADORRA
EGA
INGLARES
1)
Área (km2)
Long. máx. (km)
538,63
85,27
277,84
882,53
337,47
538,63
101,17
83,74
16,35
35,61
178,10
33,27
9,05
25,55
19,00
173,96
44,95
73,44
456,73
511,50
54,17
582,86
127,38
65,50
110,72
23,12
42,39
357,61
302,10
1.336,61
1.288,63
89,70
65,59
20,30
59,97
82,65
64,50
65,59
27,00
25,00
5,00
5,00
27,00
5,00
6,50
10,00
4,00
39,50
8,00
19,00
49,00
57,00
15,00
69,00
26,00
11,49
14,00
12,98
17,00
38,00
57,00
77,00
107,50
25,50
Perímetro (km)
165,07
58,56
93,97
181,13
140,28
165,07
50,00
50,00
16,00
18,00
68,00
26,00
14,00
24,00
17,92
68,00
30,00
37,00
116,00
125,00
34,00
141,00
64,00
42,46
45,00
33,91
42,00
92,5
124,50
190,00
23,00
50,50
Intercuenca costera de Bizkaia. 2) Subcuenca de la ría de Gernika (río Oka). 3) Subcuenca de la ría de Bilbao.
Cuadro 2.1. Características morfométricas de la red hidrográfica del País Vasco
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
23
La descripción morfológica (superficie y relieve) individual de cada cuenca de la red
hidrográfica vasca, acompañada de su plano del drenaje fluvial y perfil longitudinal de al
menos el cauce principal de la cuenca se recogen en el anejo II de información territorial.
Por otra parte los valores que determinan el perfil longitudinal de las cuencas: altura
máxima y mínima de desagüe, pendiente media y rango de variación de la pendiente puntual,
se expresan en el cuadro 2.2. Estos valores arrojan las siguientes conclusiones:
La cuenca del río Purón es la que presenta la pendiente media más alta y su red fluvial
es la más homogénea desde su cabecera hasta su confluencia con el Ebro. Estas
características hidrográficas, reflejo de valle fluvial muy encajonado, alargado y de
dimensiones casi constantes, son más semejantes a las cuencas guipuzcoanas que a las
propias de Álava.
Las cuencas Oka y Artibai presentan una disminución muy rápida de la pendiente,
comparable a la de ríos guipuzcoanos como Urumea, Bidasoa y Oiartzun, lo que evidencia
dos aspectos: el corto recorrido de los ríos que integran sus redes de drenaje, incluido el
principal, y los bruscos saltos estructurales (fallas ortogonales a los ejes de cuenca).
La red del Bidasoa presenta las pendientes de cabecera (cauces de orden 1) más altas y
fluctuantes, pasando del 30% en la zona de los Pirineos al 0,6 % en los cauces situados en
torno a la costa.
En general los ríos de Gipuzkoa tienen las mayores pendientes y con excepción del
Urola, Deba y Oria la mayor disminución del relieve.
Las pendientes medias de los ríos vizcaínos son mayores que las de los ríos alaveses, si
bien los cauces de primer orden de los ríos alaveses próximos a la divisoria Norte-Ebro,
presentan pendientes puntuales más altas, como se puede observar en los valores máximos
de los rangos indicados en el cuadro 2.2.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
24
CUENCA
BIDASOA
OIARTZUN
URUMEA
ORIA
UROLA
DEBA
ARTIBAI
LEA
OCA
BUTRON
GOBELAS
ASUA
GALINDO
NERVIÓN
IBAIZABAL
GADAGUA
BARBADUN
AGÜERA (Bizkaia)
CARRANZA (Bizkaia)
CALERA (Bizkaia)
PURON
OMECILLO
BAYAS
ZADORRA
EGA
INGLARES
Hmáx
HmIn
(m.s.n.m.) (m.s.n.m.
)
900
0
320
0
600
0
1000
0
620
0
860
0
200
0
650
0
200
0
250
0
100
0
100
0
640
0
1000
0
900
0
450
0
350
0
580
120
640
110
1010
240
960
500
820
450
1180
450
880
450
830
320
920
450
pm
(%)
Rango
(%)
1,51
1,24
1,51
1,73
1,73
1,73
1,53
1,43
1,73
1,43
0,09-30
0,27-20
0,09-30
0,11-32
0,11-32
0,11-32
1,00-4
1,00-7
1,00-8
1,00-7
1,43
1,00-7
1,31
1,48
1,48
1,73
1,48
1,48
1,48
3,20
1,28
1,28
0,86
1,28
1,28
1,00-4
1,00-13
1,00-13
1,00-8
1,00-13
1,00-13
1,00-13
1,00-6
0,36-20
0,36-20
0,13-20
0,36-20
0,36-20
Cuadro 2.2. Valores de la altitud máxima (Hmáx), y altitud mínima (Hmin) y
valores de pendiente media (pm) y rango de variación de la
pendiente puntual de las cuencas de la red hidrográfica del País
Vasco.
En los ríos vizcaínos el relieve cae mucho más rápidamente que en los ríos alaveses: la
velocidad media de disminución de la pendiente en los ríos de Bizkaia es de 32 a 155 veces
mayor que en los de Álava (sin incluir los casos particulares del Artibai y Purón).
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
25
2.1.2.- Caracterización climática.
Como ya se ha indicado en la descripción geomorfológica de 2.1.2., la divisoria
hidrográfica de las vertientes cantábrica y mediterránea constituye en el País Vasco, por su
altitud y proximidad a la costa, uno de los factores más determinantes de su clima.
Este factor orográfico, que define la continentalidad-oceanidad del territorio, junto a la
latitud entre los 43º 32' y 41º 54' N, que condiciona la incidencia de la radiación recibida y la
situación dentro de la circulación general de la atmósfera, provocan una diversidad climática
muy compleja con transiciones, en escasas distancias, de clima extremadamente húmedo a
semiárido y de oceánico a mediterráneo.
Así, ocurre que la delimitación precisa en el País Vasco de los meteoros que definen el
clima (temperatura, humedad, precipitación, irradiación, evaporación, etc.) resulta
dificultosa, dados los importantes gradientes con que estos se manifiestan. Con la Red de
Control Hidrometeorológico implantada recientemente por la Dirección de Aguas del
Departamento de Transportes y Obras Públicas del Gobierno Vasco y la respectivas
Diputaciones Forales (figura 1.1 y
Mapa Director, anejo I) se espera que mejore el
conocimiento meteorológico, climático e hidrológico del territorio.
La caracterización climatológica del País Vasco que aquí se presenta está enfocada al
conocimiento del comportamiento fluvial, tanto ordinario como extraordinario, de las
cuencas hidrológicas. En el anejo II de Información Territorial del Plan, se desarrolla la
climatología de cada cuenca hidrográfica que contempla el presente Plan (cuadro 1.1.).
De la recopilación de datos pluviométricos de las estaciones situadas tanto en la
C.A.P.V. como en zonas colindantes y la homogeneización, selección y reconstrucción de las
series pluviométricas, realizadas en la Climatología del Mapa Hidrogeológico del País Vasco
(E.V.E., 1996), se adopta el mapa de precipitaciones medias anuales, presentado en la figura
2.1.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
26
Siendo la precipitación el meteoro fundamental para el conocimiento del
comportamiento hidrológico extraordinario que persigue el Plan, se hace en los siguientes
epígrafes una descripción de las precipitaciones medias * y máximas ** en el País Vasco.
2.1.2.1.- Precipitaciones medias.
La clasificación de las pluviometrías anuales, mediante un ajuste frecuencial tipo normal
ha permitido determinar las precipitaciones correspondientes a los años muy húmedos,
húmedos, medios, secos y muy secos (E.V.E., 1996). Las precipitaciones de estos años tipo
correspondientes a diez estaciones consideradas representativas de las diferentes cuencas del
País Vasco, se presentan en el cuadro 2.3, comprobándose, en líneas generales, una mayor
dispersión de los valores absolutos de precipitación en los asentamientos correspondientes a
las áreas montañosas. Se puede ver, por ejemplo, que en los observatorios de las áreas más
lluviosas el intervalo máximo entre años muy secos y muy húmedos puede ser superior
incluso a 1.000 mm, frente a las estaciones de las áreas secas en las que la diferencia es de
300 mm.
Estación
Años
Años
Años
Años
pluviométrica
muy secos
secos
medios
húmedos
Elduain
1425
1748
1995
2231
Gorbea
1288
1625
1684
2103
Igeldo
1115
1387
1555
1723
Durango
999
1221
1379
1537
Bergara
990
1210
1366
1522
Sondika
929
1118
1253
1387
Arluzea
770
983
1135
1286
Vitoria-Gasteiz
584
719
814
910
Salinas de Añana
439
566
656
745
Villabuena
296
382
443
504
Cuadro 2.3.- Precipitaciones anuales medias por estaciones. Valores en mm.
Años muy
húmedos
2564
2441
1959
1760
1742
1576
1499
1044
872
590
*
Climatología del Mapa Hidrogeológico del País Vasco. E.V.E., 1996.
Estudio Pluviométrico del Plan Integral de Prevención de Inundaciones de la C.A.P.V. Gobierno Vasco,
1992.
**
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
27
Con este mismo tratamiento de las pluviometrías, realizado para la totalidad de las
estaciones con sus valores medios se generan los mapas de isoyetas de años húmedos y de
años secos, figuras 2.2 y 2.3, en los que se evidencia aún más si cabe el comportamiento
desigual de las áreas más lluviosas de las secas en lo que se refiere a valores absolutos de
precipitación.
Así, el extremo nororiental de Gipuzkoa muestra una mayor pluviosidad a pesar de no
ser una zona excesivamente elevada. Esto se debe a que una parte importante de las masas de
aire húmedo procedentes del Cantábrico, después de atravesar parte del litoral se ve obligada
finalmente a remontarse en altitud (a pesar de que no hay grandes cadenas) para pasar a la
depresión del Ebro. Esta acumulación de aire húmedo provoca importantes lluvias de
carácter convectivo, siendo la orografía el principal detonante del proceso.
Normalmente, las lluvias de origen convectivo tienen un carácter más local que las de
tipo frontal (choque de dos masas de aire con distintas propiedades), las cuales afectan
generalmente a grandes áreas. En la vertiente cantábrica de la Comunidad Autónoma del
País Vasco las precipitaciones intensas están normalmente asociadas a lluvias de carácter
convectivo, contribuyendo de forma importante este tipo de lluvias al volumen total de la
precipitación anual.
2.1.2.2.- Precipitaciones máximas.
Los objetivos fundamentales que persigue el estudio de precipitaciones máximas para
conocer su distribución (espacial y temporal) y su recurrencia en el territorio, son:
- Definir los mapas de isoyetas máximas en 24 horas para 5, 10, 25, 50, 100, 500 y
1000 años de periodo de retorno.
- Establecer las leyes que permitan establecer la intensidad de precipitación, para esos
periodos de retorno, en duraciones inferiores a 24 horas (curvas Intensidad-Duración
-
Frecuencia).
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
28
En las figuras 2.4, 2.5 y 2.6 se presentan los mapas de isoyetas máximas en 24 horas
para 10, 100 y 500 años de periodo de retorno. Por otra parte en el anejo III de Pluviometría
extrema se incluyen: la descripción de los procedimientos de análisis y selección de datos
seguidos en el estudio de precipitaciones extremas, y las curvas de Intensidad-DuraciónFrecuencia como resultados obtenidos para cada pluviografo.
2.1.3.- Hidrología media y extrema.
En el anejo IV se incluyen los caudales medios y los recurrentes para periodos de
retorno de 10, 100, 500 y 1.000 años en los puntos significativos (confluencia de cauces,
estaciones de aforo, puntos conflictivos de inundación) relacionados por cuenca hidrográfica.
2.1.4.- Redes de observación meteorológica y foronómica.
En la figura 1.1. y en el Mapa Director 1:150.000 del Riesgo de Inundaciones de
Euskadi recogido en el anejo I se reflejan las estaciones meteorológicas y foronómicas que
componen la Red de control hidrometeorológica del País Vasco, con indicación en relación
adjunta de sus características y sensores de medida de que consta cada estación.
2.1.5.- Infraestructura hidráulica.
Las infraestructuras hidráulicas que se consideran en el presente apartado de
Información Territorial del Plan, por su mayor incidencia en los episodios de avenidas son:
· Soluciones estructurales o actuaciones en cauces. Defensas contra
inundaciones.
· Las grandes redes de abastecimiento.
· Los embalses y presas (de regulación y/o abastecimiento).
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
29
Los encauzamientos más relevantes que datan de principio de siglo, son los del Urumea
en Donostia, la ría de Gernika y la ría de Bilbao. Desde entonces las soluciones estructurales
utilizadas preferentemente, han sido los dragados, encauzamientos, diques de contención y
obras de defensa puntuales, soluciones que a raíz de las inundaciones de agosto de 1983 se
han incrementado fundamentalmente en los puntos negros de estas inundaciones (Anexo I).
En el anexo II de información territorial se recogen para cada cuenca hidrográfica las
soluciones estructurales o actuaciones en cauces con mayor incidencia en la defensa contra
inundaciones.
Entre las grandes redes de abastecimiento de agua cabe destacar, por su incidencia en
los episodios de inundaciones, el trasvase del sistema de embalses del Zadorra (vertiente
Ebro) al embalse de Undurraga en la cabecera del río Arratia (vertiente Norte), para
abastecimiento de la comarca del Gran Bilbao. La toma se hace desde el embalse de
Urrunaga, sobre el río Santa Engracia. Este embalse a la vez está unido al de Ullibarri, sobre
el río Zadorra. La conexión de los embalses se hace por una galería en carga de 3,5 Km. de
longitud y 2,5, m de diámetro interior. El trasvase se hace por un túnel de 12,5 Km. de
longitud y un diámetro interior de 4,25 m, siendo así su capacidad de transporte de 34 m3/s.
Este trasvase se completa con la conducción a Bilbao capaz para 9 m3/s.
En cuanto a la regulación por embalses de las cuencas hidrográficas del territorio vasco,
su capacidad se considera muy baja incluso prácticamente nula, excepción hecha de los ríos
Urumea, Arratia y Ordunte en la vertiente Atlántica y cuenca Zadorra en el Ebro. Esta escasa
capacidad de laminación de avenidas mediante embalses radica, por una parte en la
geomorfología de sus cuencas hidrográficas, ya indicada en 2.1.1., en la que conseguir
volúmenes de embalse adecuados exige grandes alturas de presa en tramos superiores de los
ríos, de pendiente longitudinal muy pronunciada; y por otra en el alto nivel de ocupación
industrial y de población de los valles, de pendientes más moderadas.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
30
Todas las presas y embalses se especifican para cada cuenca hidrográfica en el anexo II.
En el cuadro 2.4. adjunto se relacionan estas presas con expresión de sus datos más
relevantes y con arreglo a la siguiente clave de siglas:
EXPLOTADOR
TIPO DE PRESA
TIPO DE
USO
ALIVIADERO
AMVISA
C.A.B.
D.F.A.
AA.HH.
C.A.G.
M.A.A.
M.A.T.
Aguas Municipales de Vitoria
Consorcio de Aguas de Bilbao
Diputación Foral de Alava
Altos Hornos de Vizcaya
Consorcio de Agua de Gipuzkoa
Mancomunidad de Aguas del Añarbe
Mancomunidad Agua de Txingudi
TR
GV
ER
MP
CF
Tierras
Gravedad
Escollera
Mampostería
Contrafuertes
L
C
Lámina libre
Compuertas
ab
he
in
Abastecimien
Hidroeléctric
Industrial
Las presas que deben disponer de Plan de Emergencia de Presa son las que resulten
clasificadas en las categorías A o B según la Directriz Básica y el Reglamento Técnico sobre
Seguridad de Presas.
Los Planes de Emergencia de Presas quedan contenidos en el capítulo V y la información
provisional de sus estudios de seguridad y comportamiento frente a las avenidas, en tanto se
aprueban estos Planes de presa, en el anexo X.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
31
GV
41,5
Área
Emb.
(ha)
280
10,4
GV
25,2
50
6
C
60
‘’
132
CF
31
785
72
C
‘’
274
CF
31,8
1489
147
C
Zubialde
‘’
ArrazuaUbarrundia
Cigoitia
‘’
‘’
‘’
7,2
10
GV
GV
12
13
1,16
2
0,02
0,1
L
UNDÚRRAGA
Arratia
Zeanuri
Ibaizabal
28,6
ER.
36
15,2
1,91
LEKUBASO
Lekubaso
Galdakano
‘’
6
TR
11
1
ARANCELAY
Ergoien
Galdakano
"
2,2
GV
13,9
ELEJALDE
Elejalde
Galdakano
"
1
GV
ARKOTXA
Txarrota
Zaratamo
"
0,2
BENGOETXE
Bengoetxe
Galdakano
"
MAROÑO
Izoria
Amurrio
Nervión
LLODIO
Ayo. Olarte
Llodio
‘’
ZOLLO
Cruceta
Arrankudiaga
‘’
ORDUNTE
Ordunte
Valle de Mena
ARCENIEGA
Arceniega
ARTIBA
PRESA
RÍO
MUNICIPIO
CUENCA
SOBRÓN
Ebro
Ebro
ALBINA
Albina
Lantarón y
Valdegovia
Legutiano
Zadorra
URRUNAGA
Sta. Engracia
Legutiano
ULLIVARRIGAMBOA
GORBEA I
GORBEA II
Zadorra
Cuenca
vertiente
(Km2)
TIPO
H
(m)
VOL.
(Hm3)
Aliviadero
Tipo m3/s
20
C
1.800
AÑO
USO
EXPLOTA
DOR
he
Iberdrola
1945
ab
AMVISA
406
1957
ab he Iberdrola
447
1957
ab he Iberdrola
1869
1869
ab
ab
Ayto. Vitoria
3
L
116
1973
ab
C.A.B.
0.22
L
18
1957
ab
Galdakao
1,3
0,17
L
12
1964
ab
Galdakao
8
0,08
0,02
L
5
1968
ab
Galdakao
GV
13
0,2
0,03
L
20
1963
ab
Galdakao
0,64
GV
6
0,3
0,05
L
15
1975
22,07
GV
45
25
2,5
L
107
1990
ab
D.F.A.
TR
21
1,3
0,085
L
60
1972
ab
Llodio
2
GV
32
3.2
0.37
L
33
1924
ab
Bilbao
Cadagua
47,01
GV
55
139
22,2
L
300
1950
ab
Bilbao
Valle de Mena
‘’
10,5
TR
31,8
7,5
0,75
L
156
1990
ab
D.F.A.
Azordoiaga
Barakaldo
‘’
2,7
GV
43
4,4
0,64
L
22,2
1965
ab
C.A.B.
NOCEDAL
Nocedal
Güeñes
‘’
3,52
GV
39
3,5
0,43
L
22,2
1964
ab
C.A.B.
GOROSTIZA
Castaños
Barakaldo
Galindo
22,94
GV
17
30
1,4
C
125
1943
in
AA.HH.
EL REGATO
Castaños
Barakaldo
‘’
9,58
GV
15
5
0,14
L
51
1897
in
AA.HH.
OIOLA
Oiola
Barakaldo
‘’
5,05
GR
37,1
9,7
0,87
L
22,2
1965
ab
C.A.B.
LERTUEXE
Lertuetxe
Leioa
Udondo
0,5
ER
7,8
2,3
0,85
L
14
1964
ab
Leioa
Cuadro 2.4. Relación de Presas.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
Galdakao
(Continúa)
32
PRESA
RÍO
MUNICIPIO
CUENCA
SOLLUBE
Sollube
Butrón
LAUKARIZ
Oleta
Bermeo
(Meñaka)
Mungia
Cuenca
vertiente
(km2)
1,75
TIPO
H
(m)
GV
14,4
Butrón
1,67
TR
24,3
URBIETA
Lemoniz
Lemoniz
Ver.costera
1,5
GV
URKULU
Urkulu
Aretxabaleta
Deba
10,7/ 8,5*
AIXOLA
Aixola
Zaldibar
‘’
JARUTABE
Aranzazu
Oñati
BARRENDIOLA
Artzanburu
IBAI-EDER
Área
Emb.
(ha)
VOL.
(hm3)
Aliviadero
Tipo
m3/s
AÑO
0,02
L
5
1961
ab
Mungia
6,67
0,38
L
20
1974
ab
Bilbaína
28
7
0,52
L
24
1974
in
Iberdrola
ER
47
54
10,8
L
61,4
1980
ab
C.A.G.
7,96
ER
50
17
2,64
L
60
1981
ab
C.A.G.
‘’
37,67
MP
25
1,2
0.45
L
58
1906
he
Oñati
Legazpia
Urola
3,9/ 1,33*
ER
40
1,5
L
39
1981
ab
C.A.G.
Ibai-Eder
Azpeitia
‘’
29
ER
62
11,32
L
300
1991
ab
C.A.G.
URTATZA
Urtatza
Legazpia
‘’
3
CF
35
0,65
14
1956
in
P.Etxeberria
BETXIN
Leizaran
Elduayen
Oria
GV
14,5
2,5
0,182
L
25
he
Iberdrola
LARREO
Lando
Ataún
‘’
0,7/ 5,1*
ER
32,7
20
2,33
L
15
1988
ab
C.A.G.
ARRIARAN
TROYA
Arriaran
Estanda
Beasain
Ormaiztegi
‘’
"
7,5/ 4*
6,5
GV
ER
51
30
16,9
3,55
1,05
L
56
provisional
1993
1985
ab
in
C.A.G.
exminesa
ARTIKUTZA
Enobieta
Goizueta (NA)
Urumea
6,2
GR
40,3
21
2,7
L
60
1962
ab
Donosti
AÑARBE
Añarbe
Arano (NA)
‘’
62,9
GR
79
43,65
C
593
1976
ab
M.A.A.
SAN ANTÓN
Endara
Lesaka (NA)
Bidasoa
10,5
ER
56
16,42
5,1
L
47
1988
ab
M.A.T.
DOMICO
Endara
Lesaka
‘’
6
ER
23,7
3,05
0,42
L
10
1958
ab he
M.A.T.
MENDAUR
Aritaurri
Iturren (NA)
‘’
1,25
GV
27
9,7
0,58
L
47
1955
he
LEURZA S.
LEURZA I.
Leurza
Leurza
Urroz de
Santesteban
‘’
‘’
1,8
2,8
GV
GV
20,5
21
2
6
0,55
0,78
L
L
5
8,5
1920
1920
he
he
Papelera
Aralar
Iberdrola
Iberdrola
Cuadro 2.4. Relación de Presas.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
33
USO
EXPLOTA
DOR
2.1.6.- Cubierta vegetal.
Como ya se ha indicado (2.1.3) la orografía del País Vasco es uno de los factores más
determinantes de su clima. Los vientos dominantes de componente norte, en su tránsito
desde el Cantábrico hasta el Ebro transportan la humedad atmosférica, la cual, debido a
esta orografía, afecta en grado diferente a cada una de las cuencas y zonas acotadas por
esta topografía, contribuyendo a que adquieran un paisaje vegetal característico.
En este sentido, las umbrías de las tres alineaciones montañosas, indicadas en 2.1.1,
(de orientación general E-O) actúan como captadoras de humedad atmosférica, al
condensar el vapor del agua del aire que asciende impulsado por los vientos del norte. Es
decir, actúan como tres filtros de humedad consecutivos de forma que los valles situados a
sotavento son progresivamente más secos.
A parte de la descripción general que aquí se incluye de la cubierta vegetal del
territorio en función de su gradación climática, la vegetación particularizada para cada
cuenca, se presenta en el anejo II de Información Territorial.
Se describen a continuación los rasgos generales sobre la vegetación de los cuatro
conjuntos de valles en que la orografía dominante y la gradual transición entre el clima
oceánico de las cuencas atlánticas y el mediterráneo del Valle del Ebro, divide el País
Vasco:
Vegetación de los Valles Atlánticos:
Al Norte de la divisoria atlántico-mediterránea, la alta pluviosidad provocada por los
vientos predominantes del NO cargados de humedad, la frecuencia de nieblas en las
montañas y lo abrupto del relieve, se traducen en la presencia de plantas montañas a bajas
altitudes. Es muy frecuente, especialmente en Gipuzkoa, la presencia de hayas en altitudes
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
34
propias del roble que favorecidas por la persistencia de humedad atmosférica, descienden
por muchas vaguadas y barrancos.
No obstante el paisaje vegetal actual está muy transformado; salvo algunas
excepciones, se localizan sólo pequeñas y alteradas masas boscosas espontáneas. La mayor
parte del paisaje lo componen los prados con parcelas de cultivo y repoblaciones forestales
de coníferas exóticas entre las que Pinus radiata (P: insignis) es, con gran diferencia, la
más extendida y abundante, con una incidencia significativa de la superficie arbolada
sometida a tala entre el 5 y el 20% (cuadro 2.5).
Vegetación de los Valles Subatlánticos:
Las cuencas hidrográficas de estos valles como Zuya y Cuartango (cuenca alta y
media del Bayas), la Llanada Alavesa (cuenca del Zadorra) el corredor de Alsasua (Cuenca
del Araia-Arakil), aun siendo de vertiente mediterránea, presentan un clima y un paisaje
vegetal con bastantes rasgos en común con la zona netamente atlántica del País, por lo que
se califican estos valles como subatlánticos, siendo el bosque potencialmente dominante el
robledal de Quercus robur.
Sin embargo en estos valles subatlánticos el paisaje vegetal actual difiere bastante del
potencial. El robledal de los fondos de valle y de suaves laderas ha sufrido una drástica
reducción, quedando como "bosques isla" y sustituido por cultivos agrícolas y en menor
medida por prados que alternan con plantaciones de coníferas; también los bosques
ribereños se han visto mermados por las obras de canalización y limpieza de márgenes
fluviales.
En las montañas la afección humana no es tan intensa conservando estos valles
extensos hayedos en las umbrías y zonas altas, así como majorales y carrascales que
protegen de la erosión en las solanas. Asimismo, se conservan masas notables de
quejigales en las faldas de las montañas. Por último, en las laderas meridionales de las
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
35
montañas de la divisoria (sierras de Elgea-Urkilla y Gorbea) se mantienen aún grandes
bosques de Quercus pyrenaica, formados en muchos casos por ejemplares jóvenes.
Vegetación de los Valles Submediterráneos:
Los valles Treviño-Miranda (cuenca baja del Zadorra) y de Campezo (cuenca media
del Ega) se denominan submediterráneos, ya que tanto el clima como el paisaje vegetal
presentan rasgos comunes con las comarcas más mediterráneas del País, siendo los
quejigales y carrascales los bosques más extendidos.
Al igual que en la zona subatlántica, en estos valles submediterráneos la intensa
utilización humana ha supuesto una drástica reducción de los bosques en los fondos de
valle, así como de los bosques ribereños. Cabe destacar los grandes bosques de Quercus
pyrenaica que aún se mantienen en Izkiz.
Por otra parte la incidencia de las plantaciones forestales en el paisaje de estos valles
es mucho menor que en las comarcas más atlánticas del País (cuadro 2.5).
Vegetación de la zona Ebro:
Las montañas más meridionales del País Vasco (sierras de Cantabria y Codes) a la
sazón, actúan como una importantísima barrera climática en cuyas laderas septentrionales
queda retenida buena parte de la humedad procedente del Cantábrico. Así, se justifica la
intensa presencia en las umbrías de estas sierras de los hayedos y hayedo con boj, que
dominan el paisaje. Por debajo de la franja de los hayedos se instalan los quejigales con
boj en abundancia.
En la cuenca alta del Ega (transición norte de Sierra de Cantabria con los montes de
Izkiz) se dan hayedos acidófilos, majorales en considerables extensiones y, de forma
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
36
puntual, robledales acidófilos de Quercus robur, que alcanzan aquí su límite meridional en
el País Vasco.
En las solanas, los carrascales con boj son los bosques más extendidos y en las zonas
más húmedas los quejigales. Como sustitución de varios tipos de bosques, abundan en
ambas vertientes de estas sierras los bujedos.
Destacan a pie de la sierra de Toloño y de la de Codes enclaves de encinar (carrascal
estellés) como testigos de climas más cálidos y húmedos de otras épocas.
Los campos de cultivo ocupan los mejores suelos en las depresiones más amplias,
como la cuenca del Inglares (diapiros de Ocio y Peñacerrada), la cubeta de Pipaón y la
cabecera del Ega, dominando en general la vegetación arvense.
Al Sur de estas sierras se extiende la Rioja Alavesa cuyo paisaje vegetal actual es
resultado de la secular actuación humana, con predominio de viñedos, presencia de
olivares y de almendros en las laderas pedregosas y secas. Mínima incidencia tienen las
plantaciones forestales (cuadro 2.5) y consisten en mayoritariamente en pequeñas choperas
situadas junto a los cursos de agua.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
37
CUENCA
BIDASOA
OIARTZUN
URUMEA
ORIA
UROLA
DEBA
ARTIBAI
LEA
OCA
BUTRON
GOBELAS
ASUA
NERVION-IBAIZABAL
CADAGUA
BARBADUN
CARRANZA (Bizkaia)
OMECILLO
BAYAS
ZADORRA
EGA (Álava)
INGLARES
Superficie arbolada
(%)
35,16
38,3
52,14
58,40
63,26
70,07
74,30
70,39
62,26
44,27
16,8
33,84
62,7
56,12
45,08
45,31
61,92
55,53
38,24
65,99
54,15
(km2)
25,92
35,37
74,23
456,71
215,68
388,35
79,01
76,76
148,65
103,9
7,43
24,65
645,13
176,81
61,57
63,32
150,09
175,14
418,87
267,58
53,21
Superficie sometida a tala
(%)
11,14
7,69
8,79
4,46
5,82
8,37
3,55
6,39
6,49
8,54
11,57
20,56
7,34
8,93
11,69
4,01
0,013
0,33
0,89
0,00
0,00
(km2)
2,89
2,72
6,53
20,40
12,56
32,52
3,79
4,91
9,66
8,88
0,86
5,07
47,38
15,8
7,20
2,50
0,02
0,58
3,75
0,00
0,00
Cuadro 2.5.- Superficie forestal arbolada y superficie sometida a tala en las
distintas cuencas de la Comunidad Autónoma Vasca. Tomado
del Inventario Forestal del Gobierno Vasco (1988).
2.1.7.- Demografía y usos del territorio.
En la descripción de la Demografía del País Vasco y los usos del territorio, una vez
más hay que distinguir desde el punto de vista de la dinámica hidráulica, las dos zonas
geográficas diferenciadas: la vertiente cantábrica y la vertiente mediterránea.
El medio agrario en las cuencas cantábricas, demográficamente sigue el modelo de
caserío vasco, generalmente disperso, que domina las cotas bajas y medias (hasta los 600
m) y que ha permanecido invariable los últimos siglos. El uso del suelo, sin embargo,
tradicionalmente de soporte agrícola y ganadero, ha cambiado en los últimos cincuenta
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
38
años, cediendo ante la presión de la explotación forestal de rápido crecimiento que incluso
ha superado la citada cota, para entrar en el dominio forestal autóctono.
En la cuenca del Ebro, este medio agrario se rige según un modelo de pequeñas
poblaciones en forma de núcleos, desde los que se gobierna la explotación cerealista,
forrajera o vitícola, de ámbito generalmente coincidente con el término municipal.
El medio urbano, sí ha sufrido un cambio radical a partir de la revolución industrial,
ya que partiendo de los polos o núcleos medievales y de centros mineros, fabriles o
portuarios, se ha desarrollado un esquema que invariablemente -excepto en el caso de
Vitoria-Gasteiz-, presenta forma de eje, casi siempre a lo largo de una o más cuencas
fluviales.
Así, los asentamientos urbanos en las cuencas del Norte se concentran en torno a la
costa y las cuencas bajas de los cauces, hecho muy acentuado en las conurbaciones
formadas en torno a las dos capitales, Bilbao y Donostia, en las respectivas
desembocaduras del Nervión y del Urumea. La densidad de población para esta zona
cantábrica es de 300 habitantes por km2 de media, si bien la distribución de densidades de
población tiene una notable dispersión dentro de cada cuenca, desglosándose por cuencas
(cuadro 2.5) destacan por su alta densidad las cuencas más orientales de Gipuzkoa
(Urumea, Oiartzun y regata de Jaizubia en la cuenca Bidasoa) y sobre todo la comarca del
Gran Bilbao, donde las cuencas de la Ría en su margen izquierda llegan a superar los 4.000
hab/km2. Por el contrario los valles más occidentales resultan los menos poblados (cuencas
del Agüera, Karranza y Calera).
La cuenca hidrográfica del Ebro, con 33 hab/km2, es un territorio de baja densidad de
población. Si bien la zona de la C.A.P.V. vertiente al Ebro, coincidente prácticamente con
el territorio de Álava, no llega a ese grado general de despoblación (90 hab/km2 de media),
tampoco alcanza los elevados índices de densidad de las cuencas cantábricas.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
39
CUENCA
BIDASOA
OIARTZUN
URUMEA
ORIA
UROLA
DEBA
ARTIBAI
LEA
OKA
BUTRON
GOBELAS
ASUA
NERBION-IBAIZABAL
GALINDO
KADAGUA
BARBADUN
AGÜERA
KARRANZA Y CALERA
OMECILLO
BAYAS
ZADORRA
INGLARES
ARAIA
EGA
DENSIDAD DE
POBLACIÓN
POBLACIÓN APORTACIÓN
ESPECÍFICA MEDIA ANUAL
Hab/km2
1.061
914
659
146
191
284
172
108
136
142
1.914
238
612
4.366
42
104
19
29
5
11
152
4
17
9
Hab/m3/s
25.652
16.071
4.828
7.700
10.980
7.130
4.747
6.814
8.487
*
*
28.483
*
2.378
4.639
813
997
178
595
10.087
422
456
683
m3/s
4
12
26
8
13
2
2
4
3
*
*
22
*
10
3
2
3
11
6
21
1
4
5
* totalizada en el Nervión-Ibaizabal.
Cuadro 2.6.- Densidad de población y número de habitantes por recursos
hídricos de la cuencas hidrográficas de la C.A.P.V.
Los usos del territorio y actividades económicas de cada cuenca analizada en el Plan
se presentan en el anejo II de información territorial, conteniendo una descripción de la
actividad económica de la cuenca con desglose de los usos industrial y comercial del uso
residencial, así como una distribución de empleo dentro de la cuenca por los sectores
primario, industrial, construcción y servicios. Así mismo, se indican las zonas de especial
protección recogidas en el Registro de la Red de Espacios Naturales Protegidos de la
Comunidad Autónoma del País Vasco (Decreto 42/1996 de 26 de febrero, B.O.P.V. nº 51
del 12 de marzo).
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
40
2.2.- ANÁLISIS Y DEFINICIÓN DE LAS ZONAS DE INUNDACIÓN POTENCIAL.
Para definir la magnitud de las inundaciones y consecuentemente las zonas expuestas
a las mismas, el Plan emplea dos análisis distintos que en conjunto definen de forma muy
real las zonas inundables de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Estos son los
siguientes:
1) Análisis de inundaciones históricas. Se definen directamente las zonas inundables,
a partir de las referencias históricas, como aquellas más frecuentemente castigadas
por las inundaciones y/o con mayor intensidad, estableciéndose las causas
principales que las produjeron, los daños principales y su magnitud relativa.
2) Análisis Hidrometeorológico de cuencas; mediante modelización hidrológica de
cuenca se calculan los caudales máximos de avenida para determinados periodos
de retorno y en cada uno de sus perfiles transversales de la misma establecidos, y
se determinan los niveles de inundación alcanzados por estos caudales máximos.
2.2.1.- Inundaciones históricas y puntos conflictivos de inundación.
Con el fin de observar la problemática de las inundaciones en el territorio, a través del
tiempo, y así localizar y definir las zonas más frecuentemente castigadas a lo largo de la
historia, se presenta una recopilación de las inundaciones ocurridas en el País Vasco en el
último medio milenio *, junto con un inventario de los puntos y lugares de los cauces que
han resultado más conflictivos en las inundaciones ocurridas en agosto del 1983 **.
Ambas informaciones quedan recogidas en el anexo V, y la situación de los puntos
conflictivos de inundación se refleja en el Mapa Director 1:150.000 incluido en el anejo I.
*
Tomado del Estudio de Inundaciones Históricas. Mapa de Riesgos Potenciales. Cuenca Norte.
Comisión Técnica de Inundaciones. Diciembre 1985.
**
Extraído del Estudio básico de la avenida de agosto de 1983 y de los puntos negros de las
cuencas afectadas en el País Vasco. D.G.O.H. 1984.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
41
De toda esta información se pueden extraer las zonas más azotadas por las
inundaciones en el País Vasco. De estas zonas, las más significativas y recurrentes se
describen en el cuadro 2.7., con recuento del número de inundaciones detectadas durante
los quinientos últimos años, los meses en que se han presentado más frecuentemente, así
como la tipología y causas que las generaron.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
42
Vertiente
Zona histórica de inundación
TIPOLOGÍA Y CAUSAS
Nº de inundaciones en 500 años
Mes/es de ocurrencia (%)
BILBAO
39
mayo, septiembre, junio (44%)
Bilbao, situada en las márgenes de la Ría del Nervión, en una zona próxima su desembocadura, está afectada por las avenidas separadas o conjuntas de los ríos Nervión
e Ibaizabal, que se agravan por el efecto hidráulico de represamiento que suponen la confluencia de sus afluentes aguas abajo, Cadagua principalmente, y la acción de la
pleamar de la Ría.
C
A
N
T
Á
B
R
I
C
A
ALTO NERVIÓN
9
junio (44%)
Se considera curso alto del río Nervión el tramo comprendido desde su nacimiento, en tierras alavesas, hasta su unión con el Ibaizabal, aguas arriba de Basauri. Este
tramo, de grandes pendientes, discurre por valles encajados donde se han producido numerosas avenidas que han causado serias inundaciones, en Llodio y Amurrio
principalmente, con pérdidas de vidas humanas y graves daños materiales.
TOLOSA
18
junio, octubre (33%)
El casco urbano de Tolosa está situado en el curso medio del río Oria en una zona, casi horizontal, donde el valle se abre y el río principal recibe la aportación de
importantes afluentes como el Araxes y el Zelai. Las avenidas, separadas o conjuntas de estos ríos han sido la causa principal de que se produjeran inundaciones con
graves daños a las casas e industrias. Las obras, que desde el siglo XVII, se vienen realizando para aumentar la capacidad de desagüe de los cauces, dragados, limpiezas
y encauzamientos principalmente, han disminuido, notablemente, el riesgo potencial de inundaciones.
DONOSTIA
9
octubre, diciembre (60%)
Donostia está situada en la desembocadura del río Urumea, extendiéndose a lo largo de las bahías de Gros, donde desemboca el Urumea y de la Concha, donde,
probablemente, en tiempos pretéritos lo hacía el Oria. A pesar de que el último tramo del río se encuentra encauzado y de que los puentes que lo cruzan tienen suficiente
capacidad de desagüe, la ciudad se ha visto repetidas veces inundada por los desbordamientos del Urumea agravados por la acción de las mareas, en los barrios de
Martutene y Loiola principalmente. Las tormentas marinas, superando las defensa, han inundado las calles próximas al mar.
RENTERIA
10
octubre, abril (60%)
Rentería está situada en la margen izquierda del río Oiartzun en una zona próxima a su desembocadura. Este río, de escasa longitud y fuertes pendientes, produce grandes
inundaciones que han provocado serias inundaciones en la villa, especialmente cuando coincidieron con mareas altas. Las aguas han causado graves destrozos en casas
campos y vías de comunicación, así como numerosas pérdidas humanas.
E
B
R
O
VILLARREAL DE ÁLAVA
1
enero
VITORIA
6
diciembre, enero.
SALVATIERRA
1
octubre
BERANTEVILLA
1
noviembre
Cuadro 2.7. Zonas de inundación histórica más significativas del País Vasco.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
43
2.2.2.- Zonas de inundación potencial.
La morfología de las manchas de inundación está cartografiada en el Mapa 1:25.000 de
Zonas de Inundación Potencial de las cuencas hidrográficas de la C.A.P.V., que se recoge en
el anejo VI.
Esta información ha sido básicamente extraída del Estudio Hidráulico de los ríos
autonómicos de Gipuzkoa y del Plan Integral de Prevención de Inundaciones estudios que,
como objetivo principal, obtienen las líneas de inundación para los periodos de retorno de 5,
10, 25, 50, 100, 500 y 1000 años, por aplicación del modelo HEC *. En una primera etapa,
mediante la aplicación de un modelo de transformación de precipitación en escorrentía
(HEC1) que considera la geomorfología y edafología del territorio, se obtienen los caudales
máximos de avenida en los puntos significativos y de interés de los cauces. Posteriormente
con el modelo HEC2, a partir de la geometría del cauce definida topográficamente, se
calculan los niveles de inundación para los caudales máximos asociados a distintos períodos
de retorno y que permiten representar las líneas de inundación correspondientes.
En el presente Plan de Emergencia por inundaciones se consideran de especial utilidad
las zonas inundables siguientes:
- Nivel medio estacional del tramo de río. Cauce típico.
- Nivel previsto para la crecida de periodo de retorno de 10 años.
- Nivel previsto para la crecida de periodo de retorno de 100 años.
- Nivel previsto para la crecida de período de retorno de 500 años.
Sobre mapa para cada cuenca a escala 1:25.000 que contiene la información del
territorio expresada en 2.1. y desarrollada y clasificada por cuenca en el anejo II, se han
cartografiado las manchas de inundación indicadas, así como los puntos más problemáticos
en caso de inundación (puentes, azudes y zonas con riesgo de deslizamiento de laderas).
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
44
Para el caso de las cuencas no incluidas en ninguno de los dos estudios hidráulicos
indicados y con relevancia territorial (Barbadun, Calera, Purón, Omecillo, Bayas, Araia,
Inglares, Ega, Ebro y Bidasoa) se han considerado como zonas de inundación potencial la
llanura de inundación geomorfológica * como entorno de referencia para estas cuencas que,
salvo casos muy puntuales, presentan un índice de riesgo bajo, dado su escaso nivel de
ocupación.
2.3.- ANÁLISIS DE RIESGOS POR INUNDACIONES.
El valor del riesgo histórico puede inducir a error al interpretar el mismo como
equivalente al riesgo actual. Sin embargo esta relación directa, si bien se da en la mayoría de
los casos, no es absoluta, ya que por una parte se dan zonas donde el riesgo histórico no se
ha materializado (ausencia de infraestructuras o bienes humanos) por lo que no queda
reflejado y sin embargo en la actualidad el riesgo se presenta de forma importante, y también
se presenta el caso contrario, riesgo histórico de importancia y en la actualidad, gracias a
diversas actuaciones humanas, ha disminuido en su importancia. Par ello hay que considerar
el riesgo histórico como un valor orientativo que indica las zonas del territorio humanizadas,
que a lo largo del registro histórico han sufrido y que por ello deben ser consideradas como
zonas sujetas a estudio y observación y no relacionar de forma directa el riesgo histórico,
para todos los casos, como equivalente al riesgo actual.
2.3.1.- Zonas de riesgo histórico de inundación.
Para el análisis del riesgo potencial de las zonas y puntos conflictivos históricamente
inundables (anexo V), se ha tenido en cuenta la frecuencia observada en las inundaciones
históricas, y a su vez se ha valorado la siguiente tipología de daños ocurridos:
· Pérdida de vidas humanas
· Vías de comunicación.
· Infraestructura de abastecimiento y saneamiento de agua.
*
*
Procedente del Hydrologic Engineering Center de la U.S. Army Corps of Engineers.
Obtenida de Síntesis Geológica de la Comunidad Autónoma del País Vasco. EVE, 1992.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
45
· Infraestructura urbana.
· Suministro de energía
· Redes de riego y drenaje
· Telecomunicación.
· Industrias
· Áreas agropecuarias.
Del análisis de toda esta información histórica sobre inundaciones, extraida del Estudio
de Inundaciones Históricas y Mapa de Riesgos Potenciales de la Cuenca Norte, se
identifican para las cuencas hidrográficas del País Vasco, hasta 37 zonas que históricamente
presentan riesgo potencial de inundación. Estas zonas relacionadas por su nivel de riesgo
(alto, medio y significativo) son las que siguen:
ZONAS DE RIESGO HISTÓRICO ALTO:
Las zonas que a continuación se relacionan, han sido las más castigadas,
tradicionalmente, ya que en el periodo de quinientos años analizado, se han visto inundadas,
unas u otras, casi en cien ocasiones; en algunos de estos casos las avenidas han sido
generalizadas afectando simultáneamente a varias de las zonas en cuestión y produciendo
daños de enorme repercusión.
- Bilbao y los núcleos próximos ribereños del Nervión y la ría desde aguas abajo de Basauri
hasta su desembocadura en el Abra.
- Zonas ribereñas del curso bajo del Urumea, desde Hernani hasta su desembocadura en
Donosti.
- Ambas márgenes del curso medio del Oria, desde Ikaztegieta hasta Andoain y curso del
río Leizaran hasta la central eléctrica.
- Ambas márgenes del curso medio del Urola, entre Azkoitia y Zestona incluyendo el río
Regil.
- Curso medio del río Deba entre Bergara y Mendaro.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
46
- Curso medio del río Oka, desde 1 Km. aguas arriba del arroyo Ugarete hasta 1,5 Km. al
Norte de la confluencia del arroyo Arrazua en la ría.
- Cabo Matxitxako, zona litoral que va desde las ría de Gernika hasta el Monte Urzurri y
comprende las cuencas de los ríos Artigas, Estepona y Andrakas.
- Cabecera y curso alto del Nervión, desde su nacimiento en los Montes de Orduña hasta
Miravalles, con parte de sus afluentes Izoria, Arnauri y Altube.
- Curso medio del Nervión, desde Miravalles hasta Basauri y su entronque con el Ibaizabal
desde Amorebieta.
- Cuenca del Cadagua desde el embalse de Ordunte hasta Alonsotegi.
ZONAS DE RIESGO HISTÓRICO MEDIO:
La frecuencia con la que se producen las inundaciones en estas zonas, en general
cuencas altas de los ríos, así como los daños que causan, son mucho menores, ya que suelen
ser zonas de menor extensión en las que, las avenidas proceden en general de un sólo río, o
de una pequeña red de drenaje, y además, los asentamientos humanos son menos numerosos
y no se localizan tan próximos a los cauces como en los cursos bajos.
- Irún en la desembocadura del Bidasoa.
- Márgenes del Oiartzun desde Ergoien hasta su desembocadura.
- Curso alto del Oria, desde su nacimiento en la Sierra de Urkilla hasta aguas abajo de
Legorreta.
- Orio en la desembocadura del Oria.
- Curso alto del Deba desde su nacimiento (Sierra de Elgea) hasta la confluencia del río
Oñate.
- Zonas ribereñas del Artibai en Markina-Xemein.
- Curso alto-medio del río Butrón, desde Fruniz hasta su confluencia con el arroyo Azolo.
- La zona oriental del Abra de Bilbao, que comprende los términos municipales de Getxo y
Berango.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
47
- Márgenes del curso alto-medio del Ibaizabal, desde su nacimiento hasta su confluencia
con el río Mañaria.
- Curso del río Arratia y su afluente el Indusi, desde su nacimiento hasta la confluencia
con el Ibaizabal.
- Curso medio-alto del río Asua, en la zona denominada Sondika-Larrabezua.
- Márgenes del río Herrerías en su cabecera, a su paso por Arceniega.
- Zona occidental del Abra, que comprende ambas márgenes del río Galindo.
- Cuenca alta-media del Zadorra, desde la Sierra de Elgea hasta la localidad de
Trespuentes.
ZONAS DE RIESGO HISTÓRICO SIGNIFICATIVO:
Se incluyen en este grupo aquellas zonas en las que ya se han producido en ocasiones
inundaciones o presentan puntos conflictivos en episodios de avenidas, existiendo además
infraestructura, bienes y servicios de alguna importancia.
- Curso alto-medio del Urumea desde Goizueta hasta Hernani.
- El entorno de la villa de Zarautz afectado por el curso de la regata San Pelayo.
- Márgenes del curso alto del Urola, desde el embalse de Barrendiola hasta Zumárraga.
- Curso bajo del Urola, desde su confluencia con el Alzolaras hasta su desembocadura.
- Curso del río Ego.
- Témino municipal de Motrico.
- Curso bajo del Artibai, desde Berriatua hasta su desembocadura.
- Curso bajo del Lea en Lekeitio.
- La zona de los municipios de Elantxobe e Ibarrangelua.
- Márgenes de la ría de Plencia.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
48
- Curso alto-medio del Barbadun y su afluente el río Galdames, desde su nacimiento hasta
su confluencia.
- Curso bajo del Barbadun, desde Santellices hasta su desembocadura.
- Márgenes de los ríos Albina y Urkiola en Legutiano.
- Curso bajo del río Ayuda a su paso por la localidad de Berantevilla.
- Salvatierra, a pie de la vertiente Norte de los Montes de Iturrieta, en la cabecera del
Zadorra.
2.3.2.- Mapa de Riesgos de Inundación 1:25.000.
La evaluación de las consecuencias de una hipotética inundación se realiza mediante la
valoración de los vulnerables existentes en las zonas potencialmente inundables, reflejadas
en el anejo VI y, por tanto, de las afecciones y daños esperados por la ocurrencia de la
inundación. Este análisis ha permitido zonificar el territorio en función de su riesgo potencial
de inundación y de las previsibles medidas de intervención a aplicar, con arreglo al siguiente
criterio de zonificación * :
- Zonas A-1 de riesgo ALTO FRECUENTE. Aquellas zonas en las que las avenidas de
10 años de T producirán graves daños a núcleos urbanos.
- Zonas A-2 de riesgo ALTO OCASIONAL. Aquellas zonas en las que las avenidas de
100 años producirán graves daños a núcleos urbanos.
- Zonas A-3de riesgo ALTO EXCEPCIONAL. Son aquellas zonas en las que las
avenidas de 500 años producirán graves daños en núcleos urbanos.
- Zonas B de riesgo SIGNIFICATIVO. Son aquellas zonas, no coincidentes con las
zonas A, en las que la avenida de T=100 años pueden producir daños en zonas
aisladas, y las avenidas de período de retorno igual o superior a los cien años, daños
significativos a instalaciones comerciales, industriales o de servicios.
- Zonas C de riesgo BAJO. Son aquellas zonas, no coincidentes con las zonas A ni con
las zonas B, en las que la avenida de 500 años puede producir impactos a viviendas
*
Establecido en la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
49
aisladas y/o daños pequeños a instalaciones comerciales, industriales o servicios
básicos.
En la delimitación de cada una de estas zonas se ha valorando la vulnerabilidad de los
núcleos urbanos, comerciales e industriales, los servicios básicos y los puntos aislados
potencialmente inundables. Así, las zonas de riesgo según la clasificación establecida, se han
obtenido mediante la intersección de las manchas de inundación, reflejadas en el Mapa de
zonas de inundación potencial (anejo VI), en primer lugar con las zonas urbanas o
urbanizables edificadas o de próxima edificación según el planeamiento urbanístico vigente,
y posteriormente con los usos de esas zonas, residencial o industrial y sus características
(edificación alta o baja, dispersa o agrupada, etc.).
Los resultados de este análisis se reflejan en una ficha para cada zona, área o núcleo
discretizado, en la que se incluye la situación, superficie, población estimada y
características del suelo afectado, y se agrupa en su grado de riesgo correspondiente (A1,
A2, B, etc.).
Por otra parte, estas zonas de riesgo se cartografían por cuencas, a escala 1:25.000,
constituyendo el Mapa de Riesgos de Inundación de las cuencas hidrográficas del País
Vasco que, junto con las correspondientes fichas, se presenta en el anejo VII. Este mapa
incluye, además, los puntos de control de accesos, zonas que pueden quedar aisladas,
considerándose el aislamiento para el caso de avenidas de 500 años de T, y los puntos
alternativos de recepción y albergue.
2.4.- SISTEMAS DE PREVISIÓN DEL PELIGRO DE INUNDACIONES.
Los sistemas de previsión y alerta del peligro de inundaciones del presente Plan se
articulan oficialmente, mediante las alertas de lluvias (L) y tormentas (T) que están
establecidas, a partir de unos umbrales específicos para la zona cantábrica, en el Plan
Regional de Predicción y Vigilancia de Fenómenos Meteorológicos Adversos, para el
territorio del País Vasco, elaborado por el Instituto Nacional de Meteorología (INM) con la
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
50
aportación de las unidades responsables de la Protección Civil en esta Comunidad
Autónoma.
Por otra parte el Plan de Inundaciones se alimenta de la información hidrometeorológica
de la Red de Control (RCHM) establecida por la Dirección de Aguas del Departamento de
Transportes y Obras Públicas del Gobierno Vasco y las correspondientes Diputaciones
Forales, que permite por un lado, el seguimiento y evolución de las precipitaciones en las
alertas de lluvias comunicadas por el INM, y por otro el control de los niveles (caudales)
alcanzados en los puntos de aforo de la mencionada red.
Se desarrollan a continuación los contenidos de ambos sistemas de información:
2.4.1.- Sistema de avisos de meteorología adversa del Instituto Nacional de
Meteorología (I.N.M.).
La finalidad del Plan Regional de Predicción y Vigilancia de Fenómenos Adversos del
I.N.M., es dar respuesta a los requerimientos de predicción y avisos de aquellos fenómenos
meteorológicos que, superados unos umbrales, pueden provocar situaciones de emergencia.
Las inundaciones, si bien obedecen al comportamiento hidrológico de la cuenca, se pueden
consideran una adversidad de origen intrínsecamente meteorológico (excepción hecha de las
roturas de presas y oclusiones de cauces).
En este sentido la utilidad, el citado Plan de Avisos del I.N.M. es básico para la
definición de alertas meteorológicas susceptibles de provocar situaciones críticas, y
determinante en la activación del presente Plan de Emergencia por su aporte informativo
sobre los siguientes meteoros:
-
Lluvias (L).
-
Tormentas (T).
-
Oleaje y viento en la mar (M).
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
51
y la previsión de los mismos, así como su localización concreta, su intensidad y su
persistencia cuando los conocimientos científicos y los recursos tecnológicos permitan
precisar estos factores.
En el supuesto de lluvias, los umbrales establecidos para que, cuando se espere vayan
estos a superarse proceda el I.N.M. a emitir uno de tales avisos, son los siguientes:
- Las precipitaciones recogidas en una hora. Umbral enfocado a las lluvias intensas y
establecido en el País Vasco en más de 30 litros por metro cuadrado, que según el léxico
meteorológico se conocen como precipitaciones dispersas muy fuertes en intensidad, tanto
seguras como probables.
- Precipitaciones recogidas en doce horas. Umbral enfocado a las lluvias persistentes y,
normalmente, extensas y establecido en 60 litros por metro cuadrado que según el léxico
meteorológico se conocen como precipitaciones ocasionalmente fuertes, precipitaciones
intermitentes moderadas y localmente fuertes y precipitaciones persistentes moderadas.
En algunas situaciones determinadas, ambos umbrales pueden coincidir produciendo
grandes precipitaciones.
2.4.2.- Sistema de Información de la Red de Control Hidrometeorológico del
País Vasco (RCHM).
El ServicioVasco de Meteorología de la Dirección de Aguas del Gobierno Vasco y las
Diputaciones Forales en este momento, están recibiendo información (meteorológica,
foronómica y de calidad del agua) a través de los que se denomina en el presente Plan de
Emergencias como la Red de Control Hidrometeorológico del País Vasco (RCHM).
La RCHM consta de dos redes, la Primaria y la Multiuso, ambas totalmente automáticas
cuyas estaciones se relacionan, dentro de la Información Territorial del Plan, en la figura 1.1.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
52
2.4.3.- Sistemas de avisos del estado de presas y embalses.
Las presas mediante el sistema de avisos que en sus Planes de Emergencia establecen,
informan de las situaciones de alerta y emergencia que de los escenarios de seguridad y de
peligro de rotura se derivan, tal y como se recoge en el epígrafe 5.3 del presente Plan.
Este sistema de avisos propio del Plan de Emergencia de Presa, cumple con dos
objetivos:
a) establece las comunicaciones con los Centros de Coordinación de Emergencia SOSDeiak, facilitando la fluidez de información, sobre los escenarios de emergencia de
presa, a la Dirección del presente Plan Especial ante Inundaciones y
b) asegura la comunicación rápida a la población existente en la zona inundable en un
intervalo no superior a treinta minutos, mediante señalizaciones acústicas u otros
sistemas
de viso alternativo, sin perjuicio de los sistemas de avisos a la
población que el presente Plan contempla en sus acciones operativas (epígrafe 4.1.3)
2.5.- SUPUESTOS DE APLICACIÓN. FASES Y SITUACIONES DE
EMERGENCIA POR INUNDACIONES.
Para llevar a cabo la valoración de los medios necesarios en la gestión de la emergencia
por inundaciones y establecer las estructuras directiva y operativa del Plan, a partir de las
previsiones de gravedad, se distinguen las siguientes fases y situaciones:
2.5.1.- Fase de Preemergencia.
La Fase de Preemergencia se identifica con situaciones hidrometeorológicas que, por
evolución desfavorable, pueden dar lugar a una situación de emergencia. Estas situaciones
derivan de los avisos y alertas de los sistemas de información y previsión del peligro de
inundaciones especificados en el anterior apartado 2.4, que básicamente son tres:
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
53
- Avisos de meteorología adversa (predicción de lluvias intensas y/o persistentes).
- Información pluviohidrológica (seguimiento de niveles en cauces).
- Avisos del estado de presas (comunicados de escenarios incidentales).
La Fase de Preemergencia se prolongará con el seguimiento de los sucesos hasta que se
concluya si la inundación es inminente, por lo que se pasará a la Fase de Emergencia, o bien
se produzca la vuelta a la normalidad.
2.5.2.- Fase de Emergencia.
Se establece en el momento en que se prevé, a partir de las informaciones
meteorológicas e hidrológicas, que las inundaciones son inminentes o bien ya han
comenzado.
También se establece la Fase de Emergencia del Plan de inundaciones en el momento en
que se defina en cualquier presa el escenario 1 de aplicación de medidas correctoras.
La Fase de Emergencia se mantiene durante todo el desarrollo de las inundaciones y
mientras persistan las precipitaciones intensas que las generan o la alerta meteorológica,
distinguiéndose, de acuerdo con la Directriz Básica de Protección Civil ante el Riesgo de
Inundaciones, las situaciones de emergencia siguientes:
2.5.2.1.- Situación 0.
La emergencia se calificará como situación 0 cuando la información meteorológica e
hidrológica permiten prever la inminencia de inundaciones, es decir cuando se detectan
lluvias intensas y/o persistentes, o bien los niveles de los cauces se aproximan a los valores
umbral que hacen previsible la inundación con peligro para personas y bienes.
Asimismo la situación 0 de la Emergencia se corresponderá con incidentes por
inundaciones o fenómenos geológicos asociados, muy localizados de carácter súbito y corta
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
54
evolución (arroyadas, balsas por precipitaciones in situ, corrimientos de tierras, etc.) sin
daños a personas o con daños materiales leves, y que son controlables en todo caso mediante
respuesta local.
2.5.2.2.- Situación 1.
Situación en la que se han producido inundaciones en zonas localizadas cuya atención,
si bien queda asegurada con los recursos y medios movilizables en estas zonas, es en todo
caso, necesaria el seguimiento supramunicipal de la emergencia por el presente Plan.
2.5.2.3.- Situación 2.
El Sistema de Comunicaciones y Alarmas de la red de medida meteorológica e
hidrológica, prevé una extensión o agravación significativa de las inundaciones y la situación
de las mismas supera la capacidad de atención local.
Asimismo, serán declaradas como Situación 2 aquellas emergencias en presas definidas
como escenarios 2 y 3 (definidos en 5.3 del presente Plan).
2.5.2.4.- Situación 3.
Inundaciones en las que se considera está en juego el interés suprautonómico y así sean
declaradas por el Ministro de Interior.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
55
2.5.3.- Fase de Normalización.
Fase consecutiva a la de emergencia y que se mantiene hasta el restablecimiento de las
condiciones mínimas imprescindibles para un retorno a la normalidad en las zonas afectadas
por la inundación. Durante esta fase se realizarán las primeras tareas de rehabilitación en
dichas zonas, consistentes fundamentalmente en la inspección del estado de edificios, la
limpieza de viviendas y vías urbanas, la reparación de los daños más relevantes, etcétera.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
56
3.- ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DEL PLAN.
La estructura de dirección y operativa del presente Plan Especial de Protección Civil
ante el riesgo de Inundaciones responde a la establecida en el Plan Territorial de Protección
de Euskadi (LABI), con el siguiente esquema estructural:
DIRECTOR
DEL
PLAN
CECOP
ESTRUCTURA
DIRECTIVA
CONSEJO
ASESOR
GABINETE DE
INFORMACIÓN
Situación
3
CECOPI
COMITÉ DE
DIRECCIÓN
PUESTO/S DE MANDO
AVANZADO
ESTRUCTURA
OPERATIVA
GRUPOS DE ACCIÓN
INTERVENCIÓN
SANITARIO
SEGURIDAD
LOGÍSTICO
APOYO
TÉCNICO
Con funciones que se detallan a continuación:
3.1.- DIRECTOR DEL PLAN.
Corresponde al Consejero de Interior la dirección única y coordinación del presente Plan
de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en todas las situaciones de gravedad en
las que el Plan sea activado, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 21 de la LGE.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
57
La dirección del Plan Especial ante inundaciones estará asistida por un consejo asesor, y
será ejercida por el director con las atribuciones y poderes que le otorga el artículo 19 de la
LGE, proporcionadamente a la gravedad de la emergencia decretada.
Las funciones fundamentales del Director del Plan son las siguientes:
a) nombrar a los miembros del Consejo Asesor, a los responsables de los grupos de
Acción y los responsables de los puestos de mando avanzado,
b) convocar al Consejo Asesor, total o parcialmente, según importancia y al Gabinete de
Información,
c) declarar la activación y aplicación formal del Plan Especial ante Inundaciones en
Euskadi,
d) declarar las fases y situaciones de emergencia establecidas en este Plan,
e) determinar la estructura organizativa que se activa en cada una de las situaciones.
f) determinar, en cada caso, las autoridades a las que es necesario notificar la existencia
de sucesos que puedan producir daños a las personas y bienes,
g) ordenar en cada momento, con asesoramiento del Consejo Asesor, las actuaciones más
adecuadas para hacer frente a la emergencia y la aplicación de las medidas de
protección a la población, personal que interviene en la emergencia, los bienes y el
entorno.
h) coordinar todas las actividades de las personas públicas y privadas en la resolución del
incidente,
i) dictar, por sí
o por delegación sus agentes, órdenes generales o particulares,
disponiendo incluso de cualquier tipo de medidas coactivas proporcionadas a la
situación de necesidad,
j) determinar y coordinar la información a la población, tanto la destinada a adoptar
medidas de protección, como la información general sobre el suceso.
k) Garantizar la información y el enlace con el Plan Estatal de Protección Civil ante el
Riesgo de Inundaciones.
l) constituir cuando sea necesario, el CECOPI,
m) asegurar la implantación, el mantenimiento y actualización del presente Plan ante
Inundaciones de Euskadi.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
58
n) declarar el fin de la emergencia por inundaciones, la vuelta a la normalidad y la
desactivación del presente Plan, con la consiguiente desmovilización de los medios y
recursos empleados.
3.2.- COMITÉ DE DIRECCIÓN.
Cuando concurran las circunstancias que definen la situación 3 en la fase de emergencia
por inundaciones y en las situaciones que el Director del Plan lo solicite, se constituirá el
Comité de Dirección, integrado por el representante del Consejero de Interior y el
representante del Ministerio de Interior.
3.3.- EL CONSEJO ASESOR.
En función de la situación declarada, el Director del Plan, para su asesoramiento y
análisis de las situaciones incidentales y de la evolución de la emergencia, reúne el Consejo
Asesor.
Está constituido por las siguientes personas y autoridades:
a) el Viceconsejero de Interior,
b) el Viceconsejero de Seguridad,
c) el Director General de Osakidetza,
d) el Director de Atención de Emergencias,
e) el Director de Seguridad Ciudadana,
f) el Director de Aguas,
g) el Director de Salud Pública,
h) representantes de la administración hidráulica del Estado.
i) los diputados Generales de los Territorios Históricos afectados,
j) alcaldes de los municipios afectados cuando estime oportuna su incorporación,
k) representantes de las Administraciones Hidráulicas competentes y
l) representante de la administración de Protección Civil del Estado.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
59
l) aquellas otras que sean convocadas por el Director del Plan miembros de la
Comisión de Protección Civil de Euskadi, jefes de los grupos de acción u otros cuya
presencia se estime necesaria.
3.4.- EL GABINETE DE INFORMACIÓN.
Depende directamente de la Dirección del Plan y estará ubicado en el CECOP/CECOPI,
siendo el único autorizado para emitir información oficial, sus funciones son las siguientes:
- Recoger toda la información sobre el suceso y su evolución.
- Difundir a través de los sistemas de avisos a la población previstos en el presente Plan,
las orientaciones, recomendaciones y consignas emanadas de la Dirección del Plan.
- Centralizar, coordinar y preparar la información general sobre la emergencia y
facilitarla a los medios de comunicación social, corrigiendo informaciones erróneas.
- Informar de la emergencia a los organismos que lo soliciten.
- Obtener, centralizar y facilitar toda la información relativa a posibles afectados,
facilitando los contactos familiares y la localización de personas.
La responsabilidad del Gabinete de Información será asumida por el Director del
Gabinete del Consejero del Departamento de Interior.
3.5.- CECOP/CECOPI.
3.5.1. Definición, funciones y ubicación.
El Centro de Coordinación Operativa (CECOP) es el centro donde realiza la dirección y
coordinación de todas las operaciones propias del Plan Especial por Inundaciones.
Constituye el puesto de mando del Director del Plan, y para ello debe disponer de la
capacidad y el equipamiento precisos para ejercer las funciones de comunicación,
coordinación y centralización de la información a fin de evaluar la situación de emergencia y
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
60
transmitir las decisiones a aplicar, así como para mantener en contacto directo al Director del
Plan con otros centros de dirección o control.
La infraestructura del centro de coordinación operativa debe ser apropiada para que se
ejerzan en el mismo las siguientes funciones:
a) servir como centro permanente de información; a tal fin el CECOP debe disponer de
terminales de recepción de datos hidrometeorológicos, estado de carreteras, puertos
y otros que permitan la valoración continuada del estado de riesgo y la emergencia
por inundaciones para activar, si procede, los mecanismos de alerta,
b) servir como centro de recepción y emisión de alarmas y alertas y de gestión de
todos
los sistemas de información y bases de datos necesarios,
c) Servir como instrumento de auxilio al Director en el proceso de toma de decisiones
y en el traslado y materialización de las órdenes, procediendo para ello al
procesamiento de la información recibida en relación a la emergencia.
El CECOP puede ubicarse en cada uno de los Centros de Coordinación de Emergencias
(SOS-Deiak) de la Dirección de Atención de Emergencias (DAE) del Departamento de
Interior, utilizándose la infraestructura de los mismos para coordinar las emergencias por
inundaciones que se puedan producir en el correspondiente Territorio.
El CECOP se constituirá, si fuera posible, en el centro SOS-DEIAK que resultare, a
juicio del Director, más adecuado en función de la localización hidrológica de la emergencia
por inundaciones.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
61
3.5.2.- Constitución en CECOPI.
En caso necesario el CECOP se constituirá en CECOPI cuando se integren los mandos
de la administración autonómica y estatal, tanto para la dirección y coordinación de la
emergencia, como para la transferencia de responsabilidades en los casos en que se declare el
interés suprautonómico.
De esta forma, el CECOPI, en principio, se ubica en el mismo lugar que el CECOP, y
comienza a funcionar como tal en el momento en que así sea solicitado por el Director del
Plan o en cualquier caso siempre que las inundaciones se declaren emergencia de interés
suprautonómico.
En el CECOPI se sitúa el Comité de Dirección junto al Consejo Asesor y el Gabinete de
Información.
3.6.- PUESTOS DE MANDO AVANZADO (PMA).
Es la estructura organizada de trabajo de la Dirección del Plan, desde donde se dirigen y
coordinan in situ los trabajos de los Grupos de Acción en la/s zona/s de atención de la
emergencia por inundaciones, siempre bajo la dirección del Director del Plan.
El responsable máximo de este puesto de mando será el determinado por el Director del
Plan.
En la fase de pre-emergencia y en la situación 0 de la fase de emergencia el Puesto de
Mando Avanzado se ubicará en el CECOP. En las situaciones 1, 2 y 3 la ubicación del
Puesto de Mando Avanzado de la emergencia dependerá de las características de las
inundaciones en le ámbito del Plan, y la determinará el Director del Plan, a través del
CECOP. De acuerdo con estas características podrá constituirse más de un Puesto de Mando
Avanzado.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
62
Del mismo modo, en función de la situación declarada y de las necesidades de
intervención frente a las inundaciones el PMA puede estar formado por los jefes y
responsables de los grupos de acción y de aquellos organismos o entidades cuyas
actuaciones sean decisivas para la consecución de los objetivos.
3.7.- GRUPOS DE ACCIÓN.
Son grupos organizados especializados, con los medios pertinentes que intervienen
desde los primeros momentos en la zonas afectadas o que puedan resultar afectadas por la
inundaciones, y ejecutan las acciones de protección, intervención, socorro y reparadoras
previstas en el Plan de forma coordinada frente a la emergencia.
Constituyen la base para la organización de los grupos de acción los servicios operativos
ordinarios comunes a todos los tipos de emergencias que contempla el Plan Territorial de
Protección Civil de Euskadi.
Los servicios y personal de cualquier administración, así como ciudadanos en general
que operen directamente en las zonas afectadas o de riesgo actuarán integrados en los tipos
de grupos de acción que se estructuran en el presente Plan de Inundaciones.
Los grupos de actuación del Plan son los siguientes:
- Grupo de Intervención, Salvamento y Rescate.
- Grupo de Seguridad y Orden.
- Grupo Sanitario.
- Grupo de Apoyo Logístico.
- Grupo de Apoyo Técnico.
En el capítulo VI de Operatividad del Plan se especifica para cada una de las fases y
situaciones definidas para la emergencia por inundaciones, la parte de estructura activada y
las responsabilidades y acciones que corresponden a estos Grupos de Actuación.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
63
3.7.1.- Grupo de Intervención, Salvamento y Rescate.
Este grupo ejecuta todas las medidas de intervención que contempla la operatividad del
Plan de Inundaciones. Son todas las operaciones que tienen por objeto eliminar, reducir y/o
controlar los efectos que las inundaciones (riadas, embalsadas, desprendimientos y
corrimientos de tierras, etc.) tienen sobre la población, los bienes y las infraestructuras,
fundamentalmente las de desagüe.
Las funciones básicas son:
- Controlar, reducir o neutralizar los efectos de la inundación
- Búsqueda, salvamento y rescate de personas y bienes.
- Colaborar con los otros Grupos en la adopción de medidas de protección a la
población.
- Reconocimiento y evaluación de las zonas afectadas y detección de riesgos asociados
a la inundación (desprendimientos de tierras, colapso de estructuras, etc.).
- Informar a la dirección del Plan sobre el riesgo, los daños y la viabilidad de las
operaciones a realizar.
- Levantamiento de diques provisionales y otros obstáculos que eviten o dificulten el
paso de las aguas.
- Reparación de urgencia de los daños ocasionados en diques o en otras obras de
protección y, en su caso, en elementos naturales o medioambientales.
- Eliminación de obstáculos y obstrucciones en puntos críticos de los cauces o apertura
de vías alternativas de desagües.
- Colaboración en las labores de limpieza y saneo de las áreas afectadas.
Está formado por:
- Servicios de Bomberos de las Diputaciones Forales y de Vitoria, Bilbao y San
Sebastián.
- Brigada Móvil de la Ertzaintza.
- Servicios de Obras Públicas de las Diputaciones Forales.
- Servicios de Obras Hidráulicas de Diputaciones Forales.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
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- Dirección de Aguas de Gobierno Vasco.
3.7.2.- Grupo de Seguridad.
Este grupo es el encargado de garantizar la seguridad ciudadana en las zonas afectadas
por las inundaciones, así como regular el tráfico y colaborar en la identificación de víctimas.
Sus funciones son, al menos, las siguientes:
- Garantizar la seguridad ciudadana.
- Control de accesos y regulación del tráfico en las zonas afectadas.
- Conducción de los integrantes de los Grupos de Acción a las zonas indicadas.
- Cooperar en la difusión de los avisos e información a la población.
- Facilitar la evacuación y alejamiento urgente de las personas de las zonas
inundables o en peligro.
- Protección de bienes ante posibles actos vandálicos y saqueos.
- Colaborar en las tareas de rescate y salvamento del grupo de intervención.
El grupo de seguridad y orden está constituido por los medios propios de la Ertzaintza y
los procedentes de las Policías Locales y Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado
asignados al Plan de Protección Civil de Euskadi (LABI).
3.7.3.- Grupo Sanitario.
Cuando la situación lo requiera o aconseje y siempre en las situaciones 1, 2 y 3 de la
emergencia, se constituirá el Grupo Sanitario. Este grupo, por un lado, presta la asistencia
sanitaria a los afectados por las consecuencias de las inundaciones y su estabilización y
transporte a un centro hospitalario, y por otro adopta las medidas de control y prevención de
la salud pública (control sanitario de agua, etc.)
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
65
Sus principales funciones son:
- Atención sanitaria de urgencia de accidentados y heridos.
- Clasificar, estabilizar y evacuar a los heridos que así lo requieran.
- Organizar las infraestructuras de recepción hospitalaria.
- Colaborar con las autoridades judiciales y policiales competentes en la
identificación de cadáveres, así como de otras víctimas y afectados.
- Evaluación y control de las condiciones sanitarias en las zonas afectadas por las
inundaciones (control de brotes epidemiológicos, vacunaciones masivas, etc.) y
vigilar los riesgos latentes que afecten a la salud pública, una en la fase de
normalización.
- Suministro de medicinas a la población afectada.
- Informar de la situación real al Director del Plan.
Está formado por:
- Servicios de asistencia sanitaria procedentes de Osakidetza (Unidad Territorial de
Emergencias) y otras instituciones convenidas, que aseguren su actuación en las
zonas afectadas.
- Servicios de transporte sanitario urgente (Osakidetza, Cruz Roja, DYA, etc.).
- Centros asistenciales hospitalarios y de día.
- Servicios de Salud Pública del Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco.
3.7.4.- Grupo de Apoyo Logístico.
Este grupo tiene como función la provisión de todos los equipamientos y suministros
necesarios para las actividades desarrolladas por el resto de los grupos de acción en las
emergencias por inundaciones y como consecuencia de la evolución de las mismas.
Entre sus principales actuaciones están:
a) atender a la zonas aisladas por las inundaciones, completando los sistemas de
transmisiones existentes con el uso de unidades móviles u otros sistemas,
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
66
b) gestionar abastecimiento de carburantes, productos de primera necesidad, medios de
transporte tanto para los grupos intervinientes como para la población afectada,
estableciendo los centros de distribución necesarios,
c) gestionar albergue de emergencia, abastecimiento y transporte de la población
afectada,
definiendo los puntos de reunión en caso de evacuación,
d) evaluación de las necesidades de equipamientos y suministros necesarios para atender
a la población afectada.
La composición de este grupo se nutre de los equipos integrados en los Centros de
Coordinación de Emergencias SOS-Deiak, así como los servicios municipales de asistencia
social, incorporándose al mismo otros equipos procedentes de otros Departamentos de
Gobierno Vasco y demás instituciones adheridos y previstas en los Programas de Actuación
(Sanitario, Albergue y Asistencia, Transporte, Transmisiones, Abastecimiento, etc.) que el
Plan de Protección Civil de Euskadi (LABI) contempla.
3.7.5.- Grupo de Apoyo Técnico.
Este grupo asesora técnicamente a la Dirección del Plan sobre las medidas correctoras y
de reparación necesarias para hacer frente a los daños ocurridos o previsibles de unas
inundaciones o sus fenómenos geológicos asociados, sobre la evolución y previsión del
suceso y sobre la rehabilitación de los servicios esenciales.
A tal fin en una emergencia por inundaciones le corresponden, al menos, las siguientes
actuaciones:
a) proponer medidas de carácter corrector en zonas inundadas y embalses (de ingeniería
civil o de otro tipo), para controlar o aminorar los efectos de las inundaciones, así
como para la rehabilitación de los servicios esenciales,
b) decidir qué equipos especiales de trabajo y equipamiento son necesarios para la
aplicación de tales medidas,
c) seguimiento técnico del suceso y su evolución y de las acciones aplicadas,
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
67
d) informar a la Dirección del Plan de los resultados y necesidades.
Está formado principalmente por Técnicos de la Dirección de Atención de Emergencias,
y de la Dirección de Aguas (Servicio Vasco de Meteorología), técnicos precedentes de Obras
Públicas y Obras Hidráulicas de todas la administraciones y de empresas especializadas en
el campo de ingeniería civil para el control de situaciones de riesgos hidrológicos y de
inestabilidades del terreno; técnicos de Medio Ambiente y Salud Pública para la evaluación
de las afecciones medioambientales y sanitaria de la emergencia; así como de empresas
públicas o privadas que se consideren necesarias (Ente Vasco de la Energía, IHOBE,
compañías de gas, electricidad, consorcios y mancomunidades de abastecimiento y
depuración de aguas, etc.).
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
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4.- OPERATIVIDAD.
La operatividad del Plan Especial ante Inundaciones de la C.A.P.V. reúne el conjunto de
acciones, procedimientos y medidas aplicadas en tiempo y lugar oportuno para la
consecución de los objetivos del Plan (1.1). Implica una articulación flexible de estas
acciones y estrategias, conforme a la gravedad de las inundaciones y sus fenómenos
asociados, que se traduce en la puesta en marcha o activación de las distintas estructuras
operativas y organizativas que se prevén en el presente capítulo.
4.1.- ACCIONES OPERATIVAS.
Las acciones operativas que contempla el PLAN realizar por todos los recursos y
miembros de la organización y estructura del mismo, referidos en el capítulo III, desde su
activación hasta el final de la emergencia y normalización. Básicamente se concretan en los
siguientes aspectos:
4.1.1.- Sistemas de Previsión, Alerta y de Alarma por inundaciones.
Los sistemas de Alerta y Alarma del Plan Especial ante Inundaciones de Euskadi están
principalmente basados en los sistemas de previsión, meteorológica e hidrológica, así como
en los avisos que de sus escenarios de emergencia hagan las presas, especificados en el
apartado 2.4.3 de este Plan. Estas informaciones (meteorológica, hidrológica, estado de
presas, etc.) son recibidas en CECOP-CECOPI y son orientadas en una doble vertiente:
a) dar a conocer, en todo momento, a la Dirección del Plan los datos que argumenten la
activación del Plan Especial ante Inundaciones, la declaración de sus situaciones de
emergencia y la evaluación de los sucesos y sus posibles consecuencias desde los
primeros momentos.
b) permitir a la Dirección del Plan la puesta en disposición preventiva de los servicios y
recursos que hayan de intervenir en la emergencia y realizar las notificaciones de
Alerta y Alarma a los mismos, así como a la población afectada.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
69
4.1.1.1.- Alerta por inundaciones.
La Alerta por Inundaciones, derivada tanto de aviso de meteorología adversa como de
un seguimiento hidrológico o del comportamiento de presas, es una acción operativa que
pretende crear un estado de atención y vigilancia sobre las circunstancias que la provocan y
lleva implícita las tareas de previsión con el fin de disminuir los tiempos de respuesta para
una rápida intervención.
Normalmente la Alerta en Inundaciones supone estar en la fase de Preemergencia, por la
cual se trasmite dicha Alerta a los entes y organismos integrantes de los Grupos de Acción y
Alcaldes de las zonas que abarquen los avisos. Coyunturalmente y a criterio de la Dirección
del Plan, en la fase de Preemergencia la Alerta podrá ser trasmitida a la población a través
del Gabinete de Información, conforme a los sistemas de avisos previstos en el presente Plan
(expresados en el epígrafe 4.1.3).
4.1.1.2.- Alarma por inundaciones.
La Alarma por Inundaciones o fenómenos adversos asociados es una acción operativa
que induce inmediatamente a los que la reciben a tomar mediadas de protección frente al
suceso anunciado (desbordamiento de cauces, embalsamientos por precipitaciones in situ,
anegamiento de riberas, corrimientos de tierras, etc.). Se dirige a los Grupos de Acción para
su inmediata intervención (cortes de carreteras, evacuación de población, vigilancia de obras
hidráulicas, etc.) y a la población afectada con las consignas y recomendaciones de actuación
que correspondan con el tipo y gravedad del suceso esperado, conforme al sistema de avisos
previsto en el presente Plan (4.1.3).
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
70
4.1.2.- Medidas para la protección de personas y bienes en emergencias por
inundaciones.
Se consideran medidas de protección los procedimientos, actuaciones y medios previstos
en el presente Plan Especial, con el fin de evitar o atenuar las consecuencias de las
inundaciones o sus fenómenos geológicos asociados, inmediatas y diferidas, para la
población y el personal interviniente en las zonas afectadas, así como para los bienes y los
servicios básicos de la comunidad.
4.1.2.1.- Protección a la población.
Las medidas de protección para la población se concretan en la preparación previa de la
misma mediante información sobre medidas de autoprotección, o bien, su aviso o puesta en
marcha en caso de que preventivamente se decida el confinamiento o evacuación ante una
posible evolución negativa de la emergencia por inundaciones.
Las acciones anteriores tienen carácter inmediato y sólo pueden ser llevadas a cabo en
primera instancia con los recursos locales, es decir ubicados en el municipio, apoyados por
un primer nivel de recursos externos. En este sentido los Planes de Actuación Local,
indicados en el capítulo 6, deberán contener las medidas a adoptar en tales supuestos.
Las medidas de protección a la población que contempla el Plan son las siguientes:
- Medidas de autoprotección personal: son aquellas medidas sencillas que pueden ser
llevadas a cabo por la propia población. En el anejo VIII se adjuntan consejos y
recomendaciones generales que deberán divulgarse en la fase de implantación del Plan
Especial.
- Confinamiento: esta media consiste en el refugio de la población en sus propios
domicilios, recintos o habitáculos próximos en el momento de anunciarse la adopción
de la medida.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
71
- Alejamiento y refugio: consiste en el traslado de la población desde posiciones
expuestas a lugares seguros, generalmente poco distantes y utilizando sus propios
medios.
- Control de accesos y mantenimiento del orden en áreas afectadas.
- Evacuación: consiste en el traslado de la población que se encuentra en la zona de
mayor riesgo hacia zonas alejadas de la misma. Se trata de una medida definitiva, que
se justifica
únicamente si el peligro al que está expuesta la población es grande.
- Si no existe un peligro inminente, el alcalde del municipio puede proponer al Director
del Plan, a través de SOS-Deiak, la evacuación, correspondiendo entonces la decisión
de dar la orden de evacuación al Director del presente Plan Especial. En todos los
casos, el alcalde coordinará la evacuación en su municipio.
- Ante una situación de peligro inminente, la orden para que se efectúe una evacuación
podrá ser dada por el alcalde del municipio o por el director del plan Especial.
- Asistencia sanitaria: Primaria y urgente, así como de control sanitario de la población
(brotes de epidemias, plagas, etc.)
- Abastecimiento y control sanitario de alimentos y agua.
4.1.2.2.- Medidas de auxilio y socorro.
Las medidas de auxilio y socorro están dirigidas a la población directamente afectada
por las inundaciones y con grave riesgo para su integridad. Son medidas de aplicación
inminente y los recursos y medios necesarios para llevarlas a cabo son de movilización
automática e inmediata, entre ellas están:
- Búsqueda, rescate y salvamento.
- Evacuación en zonas aisladas por el agua.
- Asistencia sanitaria de urgencia y primeros auxilios.
- Clasificación, control y evacuación de damnificados para asistencia sanitaria y social.
- Albergue y abastecimiento de emergencia.
4.1.2.3.- Protección de infraestructuras y bienes.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
72
Incluyen todas aquellas medidas de protección contempladas en los planes de
emergencias y/o autoprotección de aquellas infraestructuras, industrias y centros que de ellos
dispongan.
Básicamente se aplicarán medidas protectoras y reparadoras a los bienes esenciales y
servicios básicos de la comunidad, a bienes de interés cultural y a aquellas infraestructuras
cuyo daño genere riesgo asociado.
4.1.3.- Avisos e información a la población.
Con independencia de las campañas de divulgación e información a la población que se
realicen sobre el riesgo de inundaciones y su emergencia, previstas en la Implantación del
Plan (capítulo 8), la operatividad del Plan Especial contempla como acción prioritaria en la
gestión de las emergencias por inundaciones, los avisos a la población. Estos avisos e
información, mediante mensaje de alerta, alarma, recomendaciones a seguir, constituyen una
medida de protección a la población fundamental, evitando la desprotección que implica la
falta de una información veraz y completa.
La información que se transmita a la población emanará, en todo caso, de la Dirección
del Plan que tras elaborar y cribar la información del Sistema de Previsión y Alerta
Hidrometeorológica, de los comunicados del estado de presas y de la emergencia en general,
mediante su Consejo Asesor, emitirá los mensajes a difundir por el Gabinete de Información.
Estos sistemas de avisos tienen por finalidad alertar a la población e informarla sobre la
actuación más conveniente en cada caso y sobre la aplicación de las principales acciones de
protección que debe adoptar: medidas de autoprotección, confinamiento, alejamiento,
evacuación, etc.
Los sistemas de avisos a la población que contempla el Plan son:
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
73
a) Avisos directos previstos en los Planes de Actuación Local.
Se realizan normalmente por megafonía local, fija y/o móvil a través de las fuerzas de orden
público municipales (Policía local) y resto de los servicios del grupo de intervención.
Estos avisos permiten informar directamente a la población sobre las medidas de protección
de aplicación más inminentes (alejamiento, evacuación, confinamiento, etc.).
b) Avisos a través de los medios de comunicación social.
Como ya se ha indicado los mensajes a difundir son facilitados a los medios de
comunicación social por el Gabinete de Prensa. Estos medios son entidades colaboradoras
del Director del Plan que, de conformidad con la legislación de Protección Civil, tienen la
obligación de colaborar en la difusión de los mencionados mensajes.
En este sentido, El Plan de Protección Civil de Euskadi (LABI), en el que se integra el
presente Plan Especial ante Inundaciones, promueve los protocolos, convenios o
acuerdos con las principales sociedades concesionarias de televisión y radiodifusión, lo
que garantiza la mayor difusión de los mensajes y avisos a la población que en
situaciones de emergencia por inundaciones se dirijan a la población.
De estos medios (radio, televisión) se informará a la población a través de las campañas
de divulgación previstas en la implantación.
c) Avisos a través de teléfonos de emergencias.
Durante la emergencia por inundaciones todos los teléfonos de emergencias existentes en
el País Vasco (088, 112, postes SOS de la red vial, policías municipales, bomberos, etc.)
podrán ser utilizados para comunicar los avisos, recomendaciones e información de la
emergencia en las llamadas que efectúe la población. El contenido de estos avisos y su
actualización será dictado por la Dirección del Plan y los transmitirán y coordinarán con
todos los teléfonos de emergencias los Centros SOS-Deiak.
4.1.4.- Control y neutralización de la inundación y/o avenida.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
74
Ante el avance de las inundaciones por avenidas, la regulación de las mismas mediante
embalses resulta una defensa muy efectiva de las inundaciones aguas abajo de los mismos,
ya que con una buena previsión (desembalses previos a lluvias muy intensas con escaso
tiempo de concentración en la cuenca) se puede laminar la punta del hidrograma de la
avenida que provocaría la inundación.
En todo caso, independientemente de la posibilidad de regular las avenidas, el control de
los niveles de seguridad en los embalses es fundamental en los episodios de lluvias intensas
y persistentes por el riesgo que entrañan, tanto para la seguridad de la propia presa como por
los niveles de inundación que se puedan generar aguas abajo, ante repentinos desembalses
para garantizar la seguridad de presa.
En las emergencia por inundaciones con el fin de minimizar sus efectos en las zonas
afectadas o que potencialmente sean afectadas los Grupos de Acción ejecutarán medidas y
acciones, instruidas a través de la Dirección del Plan, que favorezcan desaguar los cauces e
impidan anegarse las zonas próximas, tales como:
a) Levantamiento de diques provisionales y otros obstáculos que eviten o dificulten el
paso de las aguas.
b) Reparación de urgencia de los daños ocasionados en diques y obras de protección y
en elementos naturales que controlan las avenidas.
c) Eliminación y limpieza de obstáculos y obstrucciones generados por la avenida en
puntos críticos de los cauces.
d) Apertura de vías alternativas de desagües y canales de derivación.
e) Limpieza de las vías de comunicación y accesos afectados por desprendimientos
f) Limpieza y saneamiento del área afectada.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
75
4.2.- SITUACIONES OPERATIVAS EN EMERGENCIAS POR INUNDACIONES.
Las modalidades en la aplicación de la operatividad intentan dar la suficiente
flexibilidad a la misma en función de los contingentes de la emergencia (evolución lenta o
súbita del suceso hidrometeorológico o de sus fenómenos asociados, capacidad de
movilización de los recursos, etcétera).
De este modo pueden presentarse situaciones en las que si bien, no es necesaria la
activación formal del Plan, ya sea global o sectorialmente, sí requieren su atención por parte
de la estructura ordinaria presente en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que a estos
efectos se realiza mediante las tácticas operativas.
4.2.1.- Tácticas Operativas relativas al riesgo de inundaciones.
La aplicación no formal del presente Plan Especial por Inundaciones se traduce en la
gestión de las alertas y emergencias no graves que este riesgo pueda generar, a través de la
activación de la táctica operativa correspondiente relativa al riesgo de inundación.
Estas tácticas operativas son los protocolos de actuación que la Ley de Gestión de
Emergencias contempla en su capítulo III sobre la gestión de las emergencias no
calamitosas, cuyos criterios básicos de elaboración y aplicación los recoge en su artículo 26.
Los supuestos accidentales tipificados en el contexto de las inundaciones, susceptibles
de desarrollar táctica operativa como actuación previa a la posible activación formal del
presente Plan Especial por Inundaciones, se relacionan con la denominación de su táctica
correspondiente en el cuadro 4.1. adjunto.
Cada una de estas tácticas operativas es un plan sinóptico en el que se recogen los
diferentes factores condicionantes del incidente y su situación (lluvias, avisos de presas,
inundaciones...). En función de estos factores queda preestablecida la actuación de un
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
76
conjunto de servicios (grupos de acción del Plan Especial) o su preaviso, así como los avisos
a las personas y autoridades implicadas con el supuesto accidental al que la táctica pretende
dar respuesta.
Supuesto incidental
TÁCTICA OPERATIVA
Aviso de lluvias adversas
METEO
Lluvias persistentes y/o intensas
EURIA
Inundaciones
(riadas,
embalsamientos,
oclusiones
de UHOLDEAK
cauce...)
Avisos de escenarios incidentales en presas y embalses
PRESAS-URTEGIAK
Inestabilidades del terreno (Desprendimientos, etc.)
LURRA
Cuadro 4.1.- Tácticas Operativas relativas al riesgo de inundaciones.
4.2.2.- Modalidades de aplicación conforme a la situación de emergencia.
· Fase de Preemergencia:
En esta fase no se activa formalmente el presente Plan Especial ante inundaciones, si
bien se aplicará por los Centros de Coordinación la correspondiente táctica de alerta, Euria
en alerta de precipitaciones intensas y/o persistentes y Presa 1 en la notificación del
escenario 0 en alguna presa. Estas tácticas, como se ha indicado en 4.2.1, trasmiten en esta
fase de preemergencia avisos a los servicios oportunos y a los grupos de acción.
· Fase de Emergencia:
Declarada la emergencia por inundaciones y con arreglo a los criterios expresados en
2.5 en función de la situación de la gravedad de la misma, se pueden establecer las
siguientes modalidades de aplicación del Plan Especial:
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
77
- Situación 0:
La gravedad e incidencia de la situación 0 responde a lo expresado en 2.5.2.1 y cuyo
seguimiento lo realizan los servicios de la Comunidad Autónoma.
Lo normal en estos casos será la aplicación por parte de la Dirección de Atención de
Emergencias de la táctica operativa Uholde por la que, si bien no se activa formalmente el
Plan Especial ante Inundaciones de Euskadi, se movilizan de hecho parte de sus medios
para realizar funciones de apoyo y seguimiento, así como transmitirse alertas a los grupos
de acción o preparar medidas de protección.
Además la situación 0 (2.5.2.1) puede corresponderse con emergencias por
inundaciones o fenómenos asociados, circunscritas al ámbito municipal y que puedan ser
controladas mediante respuesta local. En estos casos, además de aplicarse la táctica
operativa ya indicada, lo normal será la activación en su caso del Plan de Actuación Local
o Municipal.
- Situación 1:
En tales circunstancias (2.5.2.2) se requiere la activación formal del Plan Especial ante
Inundaciones en Euskadi y corresponde su dirección y coordinación al Director del Plan
Territorial del Protección Civil de Euskadi. Quedarían integrados los planes de actuación
local que resulten afectados, si bien el Director del Plan Especial podrá encomendar la
coordinación de la respuesta sobre el lugar al Director del Plan Local correspondiente.
En esta situación el Plan Especial realiza funciones de coordinación y apoyo que al
menos serán el control hidrometereológico y de presas, seguimiento de la Alerta y
predicción meteorológica, intervenciones con sus propios medios (grupos de acción) en las
zonas de emergencia y adopción de medidas de protección e información a la población.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
78
Asimismo, si la emergencia lo requiere, el Plan Especial aplicará medidas reparadoras en
servicios públicos esenciales.
- Situación 2:
Ante la gravedad de las inundaciones en esta situación (2.5.2.3), de su previsible
evolución y sobrepasadas las posibilidades de respuesta municipal y foral, se requiere la
activación completa del Plan Especial ante Inundaciones utilizando medios propios, o
asignados por otras administraciones. Asimismo, quedarían integrados en el Plan Especial
los planes inferiores que resulten afectados (locales, forales y de presas).
- Situación 3:
En esta situación de gravedad (2.5.2.4), sin perjuicio de las delegaciones que se
establezcan en favor de las autoridades de la Comunidad Autónoma, el consejero de
Interior, como Director del Plan, designará la autoridad que, junto a la correspondiente por
parte de la Administración estatal, constituya el Comité de Dirección. El CECOP se
constituye en CECOPI y la dirección de la emergencia recae en el representante estatal
designado.
El Director del presente Plan Especial ante Inundaciones en Euskadi, siguiendo las
directrices del Comité de Dirección, conservará la coordinación de los medios propios y
asignados contemplados en el Plan.
· Fase de Normalización:
En esta fase de normalización (2.5.3), consecutiva a la de la emergencia, se considera
plenamente activado el Plan Especial ante Inundaciones en Euskadi en tanto se consigue el
restablecimiento de las condiciones mínimas imprescindibles para un retorno a la
normalidad en las zonas afectadas por la inundación, es decir, mientras la carencia de
servicios esenciales constituya por sí misma una emergencia.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
79
4.2.3.- Declaración formal de cada situación.
La declaración de Preemergencia por inundaciones o por vigilancia intensiva de presas
(escenario 0), así como la situación 0 de la Emergencia supondrán la activación, no formal,
del Plan Especial de Inundaciones, y será realizada por la Dirección de Atención de
Emergencias mediante la aplicación, arriba descrita, de la correspondiente táctica operativa
(Uholde, Euria o Presa).
Cuando concurran las circunstancias (indicadas en 2.5.2) que determinan la situación 1
de Emergencia por inundaciones o superiores se procede a la declaración formal de la
aplicación del Plan Especial ante Inundaciones en Euskadi por parte del Director.
4.3.- DESARROLLO DE LA OPERATIVIDAD DEL PLAN.
Con el fin de mejorar sensiblemente la coordinación de las acciones en el desarrollo de
la operatividad y de racionalizar las propias actuaciones, la Dirección del Plan Especial en el
planteamiento de las acciones a ejecutar en función de los niveles de gravedad potencial
atribuibles a cada una de las fases y situaciones, analizará los distintos escenarios y
consecuencias de las inundaciones y sus fenómenos asociados para acercarse lo más posible
a la realidad en su estrategia operativa.
Esta concreción y detalle se desarrolla en el presente capítulo para determinar el qué,
cómo y cuándo de las operaciones a realizar en cada una de las fases y situaciones de
emergencia por inundaciones. No obstante se ha de admitir en su interpretación un cierto
grado de flexibilidad, procurando evitar tanto la rigidez, que conllevaría un excesivo detalle
de las operaciones, como que el planteamiento se limite a vagas directrices de actuación.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
80
En todo caso, la planificación operativa comprenderá,
a) evaluación de las consecuencias,
b) análisis de las zonas afectadas o potencialmente afectadas,
c) los Puestos de Mando Avanzado que han de establecerse,
d) la delimitación de las zonas de operaciones, estableciendo las áreas de intervención,
socorro y base,
e) las medidas de intervención, protección, información, socorro y reparadoras a
adoptar,
f) la determinación de los medios y recursos a emplear.
Determinadas estas operaciones, cada uno de los grupos de acción ajustará su actuación
conforme a los procedimientos de actuación establecidos, expresados en el presente capítulo
para cada una de las situaciones de emergencia por inundaciones previstas (apartados 2.5 y
4.2.2) y dentro del marco del mando único.
4.3.1.- Operatividad en la Fase de Preemergencia.
Por lo general, la Preemergencia por riesgo de inundaciones se declara desde el
momento en que se recibe cualquiera de los avisos del Sistema de Previsión y Alerta por
Inundaciones especificados en 2.4 y ante la previsión de que por evolución desfavorable
puedan dar lugar a una situación de emergencia. Los avisos de riesgo de inundaciones que
pueden entrar en los Centros de Coordinación de Emergencias SOS-Deiak, susceptibles de
activar la Preemergencia del presente Plan, son, al menos, los siguientes:
- Avisos de meteorología adversa:
Alerta derivada de la predicción de precipitaciones intensas y/o persistentes y/o bien
temporal costero por parte del I.N.M.
- Información pluviohidrológica:
Consiguiente a la alerta derivada de aviso de meteorología adversa, se establece el
seguimiento pluviohidrológico del S.V.M. para confirmar o no la situación de riesgo
y su evolución. Se puede establecer asimismo la fase de preemergencia a partir
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
81
exclusivamente de los avisos del seguimiento pluviohidrológico con independencia
de
que se den o no los avisos meteorológicos.
- Avisos del estado de presas:
También se establece la preemergencia desde el momento en que cualquiera de las
presas integradas en el Plan, relacionadas en el epígrafe 5.1, declare el escenario 0,
por el cual, dadas las condiciones existentes y previsiones de evolución en la misma,
el plan de emergencia de la presa aconseja una intensificación de su vigilancia sin ser
necesaria ninguna especial intervención.
Declarada la Preemergencia en los Centros SOS-Deiak el Plan de Emergencias ante
Inundaciones no se activa formalmente, si bien el seguimiento de las previsiones y
comunicados de la alerta queda asegurado con la activación de la táctica operativa
correspondiente (4.2.1) según el siguiente funciograma:
FUNCIONOGRAMA DE LA PREEMERGENCIA ANTE EL RIESGO DE
INUNDACIONES
Sistema de previsión, alerta y alarma por Inundaciones
Predicción
I.N.M.
Seguimiento
pluviohidrológico
RCHM
Centros de Coordinación de
Emergencias
SOS D i k
ALERTA
desembalses o
escenario 0 en
PRESAS
Inundaciones inminentes.
Escenario 1.
FIN del
episodio
SÍ
Director del Plan
TÁCTICAS OPERATIVAS:
·METEO
·PRESA
....
FIN DE LA
ALERTA
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
EMERGENCIA
INUNDACIONES
82
4.3.2.- Operatividad en la Fase de Emergencia.
En esta fase está previsto que la organización funcional de los Centros de Coordinación
de Emergencias SOS-Deiak varíe según la gravedad de la situación (0, 1, 2 o 3), la extensión
territorial afectada y la cantidad y características de los recursos a movilizar. Este nivel de
movilizaciones también variará dentro de una misma situación de emergencia, por lo que se
deja abierta la posibilidad de ir aumentando el número de personas que atiendan la
emergencia según las características de la misma.
Desde el momento en que comienza la emergencia, las movilizaciones de recursos se
solapan con las actuaciones para efectuar el seguimiento de la predicción meteorológica
adversa y el seguimiento y vigilancia pluviohidrológica y de presas.
En este sentido, los servicios de Intervención y de SOS-Deiak de la Dirección de
Atención de Emergencias, bajo la Dirección del Plan, además de la movilización de los
recursos y de las intervenciones correspondientes, efectuarán un seguimiento de la situación
en los municipios del entorno, para comprobar el alcance de la situación (cuencas afectadas,
nivel y previsión de daños, etc.), contrastando esta información con el estado y evolución del
suceso a través del seguimiento pluviohidrológico, la predicción meteorológica y el estado
de presas.
Los funciogramas operativos básicos de la estructura y organización del Plan Especial
ante Inundaciones en la Fase de Emergencia se presentan esquematizados en los siguientes
epígrafes.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
83
4.3.2.1.- Funcionograma operativo en Situación 0.
ALERTA
INUNDACIONES
Detección de
sucesos locales y
leves
SOS-DEIAK
Táctica operativa:
UHOLDE
ELURRA
PRESA
GRUPOS DE ACCIÓN
AYUNTAMIENTO
.....
FIN INCIDENTE
O EPISODIO DE ALERTA
SI
FIN DE EMERGENCIA
NO
PREEMERGENCIA
DIRECTOR
DEL PLAN
ACTIVACIÓN DEL
PLAN ESPECIAL ANTE
INUNDACIONES
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
84
4.3.2.2.- Funcionograma en Situaciones de gravedad 1 y 2.
Sistema de Previsión, Alerta y Alarma por
SOS-DEIAK
(CECOP)
DIRECTOR
PLAN
Situación
2
Situación
1
CONSEJO
ASESOR
GABINETE
DE
INFORMACIÓN
GRUPOS
DE ACCIÓN
AYUNTAMIENTO
P.A.L
PUESTO DE MANDO AVANZADO
GRUPOS DE ACCIÓN:
· INTERVENCIÓN.
· SANITARIO.
· SEGURIDAD.
· LOGÍSTICO
· APOYO TÉCNICO.
NO
Incidente controlado
Fin episodio
SÍ
SÍ
Incidentes controlados
Fin episodio lluvias
Paso a
Situación 1
NO
FASE
DE
NORMALIZACIÓN
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
SITUACIÓN
3
85
4.3.2.3.- Operatividad en Situación 3.
La situación de gravedad 3 de las inundaciones se determinará en los sucesos en los que
se considere que está en juego el interés estatal, y así sea declarada por el Ministro de
Interior.
Se constituirá el Comité de Dirección del Plan, el CECOP (SOS-Deiak) se constituirá en
CECOPI.
Esta situación 3 se mantendrá hasta que el Ministro del Interior declare el fin de la
emergencia y paso a la fase de Normalización o el paso a una situación de gravedad inferior
dentro de la emergencia por inundaciones.
4.3.3.- Operatividad en la Fase de Normalización.
Finalizadas las situaciones de emergencia por inundaciones y sus fenómenos asociados,
se plantean los problemas en el restablecimiento de las condiciones mínimas imprescindibles
que permitan una vuelta a la normalidad en las zonas afectadas. Estos problemas muchas
veces pueden estar agravados por el progresivo agotamiento de los recursos intervinientes en
la emergencia y de los propios recursos locales, así como por la frecuente inexistencia en el
término municipal de materiales y maquinaria especial para estas funciones.
El Plan Especial en esta fase de normalización se mantiene activado, en tanto en las
zonas afectadas existan carencias importantes en sus servicios esenciales que impidan un
retorno a la vida normal. En estas situaciones corresponderá a la Dirección del Plan Especial
el coordinar las labores y actuaciones tendentes a la reposición de los servicios mínimos que
son esenciales para la población.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
86
Los Programas de Actuación Sectorial, integrados en el Plan Territorial de Protección
Civil de Euskadi (LABI), son programas cuyas estructuras y organización están diseñadas
para la recuperación y puesta en funcionamiento de servicios públicos esenciales (sanitario,
carreteras, transporte, abastecimiento, seguridad ciudadana, etc.) o bien para brindar a la
población otros servicios alternativos. Estos programas sectoriales establecen los protocolos
que permiten contactar, a través de la Dirección del Plan, con las personas encargadas, en
cada uno de los servicios, de efectuar las labores de reanudación de los suministros.
Los Programas de Actuación Sectorial que no se hayan activado en las fases de
emergencia y que resulten necesarios en esta fase de normalización, se integrarán en el
presente Plan Especial. La Dirección ha de basar la funcionalidad de los mismos en un
elevado grado de flexibilidad, por lo cual podrá activarse uno o varios programas de
actuación sectorial con independencia de la estructura que esté activada del Plan Especial en
cada momento. Asimismo, en función de las disponibilidades operativas y técnicas de las
respectivas compañías suministradoras, la Dirección del Plan establecerá las prioridades en
la cadencia de reanudación de los suministros.
Con el fin de proporcionar la máxima información a la población afectada por las
inundaciones se mantendrán informados a los municipios, a través de su Alcalde, de las
actuaciones que desarrollen las distintas compañías suministradoras. Al mismo tiempo se
solicitará de los municipios afectados la información del estado de los suministros de los
diversos servicios con el propósito de canalizar la información de retorno a los responsables
de la reanudación de los mismos.
En esta fase de normalización de las zonas afectadas el Plan Especial contempla las
siguientes actuaciones:
-
las encaminadas para la reposición de los servicios básicos o esenciales.
-
las tendentes a una vuelta a la normalidad.
4.3.3.1.- Reposición de Servicios Esenciales.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
87
En tanto quedan restablecidos los servicios esenciales y se reanudan los suministros, se
coordinarán y arbitrarán las soluciones, contempladas en los programas de actuación
sectorial, para proveer de servicios alternativos a la población afectada.
Las soluciones alternativas que pueden suplir provisionalmente la carencia de los
servicios esenciales afectados, son las siguientes:
1.
El suministro de agua potable:
El suministro alternativo de agua potable se realizará según lo previsto en el Programa
de Actuación de Abastecimiento en su vertiente de avituallamiento, mediante el reparto
de agua embotellada o mediante vehículos cisterna habilitados.
2.
Suministro eléctrico:
El suministro eléctrico alternativo se priorizará a los lugares y grupos de población
críticos (hospitales, centros asistenciales y lugares de acogida). Este suministro se
realizará mediante grupos electrógenos que serán movilizados según lo previsto en el
Programa de Actuación de Abastecimiento en su vertiente de maquinaria y
rehabilitación. Tanto las empresas suministradoras como los servicios municipales son
responsables de restablecer el suministro en coordinación con la organización del Plan
Especial.
3.
Servicio telefónico:
El servicio telefónico será suplido, en su defecto, por la comunicación vía radio. Las
frecuencias a utilizar serán las de la Red de Comunicaciones del Gobierno Vasco, así
como del resto de las Administraciones, incluyéndose a la Red de Emergencia
Municipal (REM), la cual permite enlazar directamente a las autoridades municipales
con SOS-Deiak.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
88
4.
Suministros de gas:
Se procederá al suministro de gas embotellado mediante la acción coordinada y conjunta
con las empresas suministradoras. La necesidad de vehículos especiales de transporte
para este suministro se realizará de acuerdo con lo previsto en el Programa de
Actuación de Transportes.
4.3.3.2.- Vuelta a la Normalidad.
Tras unas inundaciones y sus devastadores efectos, la fase de vuelta a la normalidad
puede comprender las siguientes acciones:
- Reconstrucción de infraestructuras y reparación de daños.
- Limpieza de zonas afectadas (desescombro, retirada de lodos, enterramiento de
animales...).
- Reposición de servicios no esenciales.
- Tramitación de indemnización por daños a personas y/o bienes.
- Pago a los servicios movilizados en la emergencia.
4.4.- GUÍAS DE INFORMACIÓN BÁSICA DE LAS ZONAS DE RIESGO PARA
LOS GRUPOS DE ACCIÓN.
4.4.1.- Definición y objeto.
Las Guías de Información Básica de las zonas de riesgo de inundaciones son un resumen
de información directa y sucinta de estas áreas de posible emergencia, realizado para cada
cuenca de la Red Hidrográfica del País Vasco, y con el fin de aportar los datos territoriales
más necesarios en la Preemergencia y primeros momentos de las emergencias por
inundaciones o sus fenómenos asociados, a los Grupos de Acción.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
89
El objeto fundamental de estas Guías es, por tanto, servir de primer apoyo informativo a
cualquiera de las tácticas operativas relativas al riesgo de inundaciones (cuadro 4.1), tácticas
que, como se ha indicado en 4.2.1, permiten agilizar la atención de la emergencia en tanto se
active o no formalmente el presente Plan Especial, es decir al menos, durante la
Preemergencia y la situación 0 de la Emergencia por inundaciones.
Las Guías de Información Básica del Riesgo de Inundaciones obrarán en poder de todos
los componentes de los distintos Grupos de Acción, así como de los Centros SOS-Deiak.
4.4.2.- Contenido mínimo.
Estas Guías están elaboradas una para cada cuenca hidrográfica de las diferenciadas en
el cuadro 1.1. y en el Mapa Director 1/150.000 del Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V., y
se acompañan de su respectivo plano de la cuenca confeccionado a la escala más adecuada
para su lectura y manejo.
La información que reflejan es un resumen de la Información Territorial del presente
Plan Especial, centrándose su contenido en los datos más básicos y esclarecedores del
territorio de cada cuenca. Estos son:
- Características fisiográficas de la cuenca.
- Principales afluentes.
- Relación de municipios.
- Precipitaciones medias y extremas.
- Caudales extremos y niveles en puntos significativos.
- Estaciones meteorológicas y foronómicas.
-.Presas y embalses.
- Zonas inundables de riesgo alto frecuente.
- Puntos de control de inundación.
- Zonas con riesgo de inestabilidad del terreno.
El modelo de estas Guías con el desarrollo de su contenido se presenta en el anejo IX.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
90
4.5.- CATÁLOGO DE MEDIOS Y RECURSOS.
Son medios y recursos movilizables en el presente Plan Especial de Protección Civil
ante Inundaciones, tal y como expresa el LABI, los elementos humanos y materiales, y de
éstos últimos los de cualquier naturaleza o titularidad, susceptibles de ser utilizados en casos
de situación de riesgo o calamidad.
La movilización y utilización de medios y recursos de titularidad privada se efectuarán
según los criterios del artículo 20 de la L.G.E. y de conformidad con lo dispuesto en la
legislación reguladora de los deberes ciudadanos ante situaciones de emergencia (Capítulo II
de la Ley 2/1985, de 21 de enero).
El LABI dispone de su propio catálogo de medios y recursos, en el cual se integran
todos los catálogos de medios y recursos creados y mantenidos por las diferentes
administraciones locales o forales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como los
medios y recursos de otras administraciones que se adscriban al mismo. Corresponde a la
D.A.E., mantenerlo permanentemente actualizado.
En el presente Plan especial hay que diferenciar entre los medios y recursos existentes
para el seguimiento pluviohidrológico y los medios y recursos movilizables en caso de
emergencia.
a) Medios y recursos para el seguimiento pluviohidrológico:
Son los diferentes puntos de la red de observación hidrometeorológica del País
Vasco descrita en el apartado 2.4, con el personal de vigilancia y control de los
mismos.
b) Medios y recursos movilizables en caso de emergencia.
- Los recursos de tipo general (ambulancias, grúas, vehículos especiales, recursos de
albergue...) se hallan incluidos en el catálogo de medios y recursos del LABI.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
91
- Los recursos municipales, públicos y privados, incluidos en los Planes de
Actuación Municipal (apartado 6.2. del presente Plan).
- Los centros de coordinación SOS-Deiak disponen de listados de empresas de
maquinarias del sector privado para obra pública y de infraestructuras, con los
datos precisos para su localización.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
92
5.- PLANES DE EMERGENCIA DE PRESAS.
La planificación de emergencias ante el riesgo de funcionamiento incorrecto, rotura o
avería grave de presas se fundamenta en la elaboración e implantación de los Planes de
Emergencia de Presas, por los titulares de las mismas, en la previsión de actividades de
protección de personas y bienes que ante esa eventualidad efectua en el presente Plan
Especial de la C.A.P.V. y en los de Actuación Municipal cuyo ámbito territorial pueda verse
afectado.
Dichos planes han de ser elaborados e implantados por los titulares de las presas, y
establecerán la organización de los recursos humanos y materiales necesarios para el control
de los factores de riesgo que puedan comprometer la seguridad de la presa de que se trate.
Asimismo, se establecerán los sistemas de información, alerta y alarma de los servicios
y recursos que hayan de intervenir para la protección de los servicios y recursos que hayan
de intervenir para la protección de la población en caso de rotura o avería grave de la presa,
y posibilitar el que la población potencialmente afectada adopte las medidas de
autoprotección necesarias.
5.1.- FUNCIONES Y CONTENIDO MÍNIMO.
Las funciones básicas
que establece la Directriz de los referidos Planes son las
siguientes:
a) Determinar, tras el correspondiente análisis de seguridad, las estrategias de intervención
para el control de situaciones que puedan implicar riesgos de rotura o de avería grave de
la presa y establecer la organización adecuada para su desarrollo.
b) Determinar la zona inundable en caso de rotura, indicando los tiempos de propagación de
la onda de avenida y efectuar el correspondiente análisis de riesgos.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
93
c) Disponer la organización y medios adecuados para obtener y comunicar la información
sobre incidentes, la comunicación de alertas y la puesta en funcionamiento, en caso
necesario, de los sistemas de alarma que se establezcan.
De acuerdo con estas funciones los Planes de Emergencia de Presas en su contenido
recogerán los análisis de seguridad de la presa, la zonificación territorial y los análisis de los
riesgos generados por una posible rotura. Quedarán definidos los recursos humanos y
materiales para controlar los elementos de riesgo y los sistemas de información para la
protección de personas y bienes potencialmente afectados por una rotura.
5.2.- CLASIFICACIÓN
POTENCIAL.
DE
PRESAS
LAS
QUE
PRESAS
HAN
EN
DE
FUNCIÓN
DISPONER
DEL
DE
RIESGO
PLAN
DE
EMERGENCIA.
Tanto la Directriz Básica como el Reglamento Técnico sobre Seguridad de Presas y
Embalses (marzo, 1996) establecen tres categorías de presas-A, B y C- en función del riesgo
potencial en caso de rotura o funcionamiento incorrecto:
- Categoría A: se incluyen aquellas presas cuya rotura o funcionamiento incorrecto
pueda afectar gravemente a núcleos urbanos o servicios esenciales y producir daños
materiales o medioambientales muy importantes.
- Categoría B: se refiere a las presas cuya rotura puede ocasionar daños materiales o
medioambientales importantes o afectar a un número reducido de viviendas.
- Categoría C: Incluye a las presas cuya hipotética rotura causaría daños materiales
moderados y sólo incidentalmente pérdida de vidas humanas. En todo caso a esta
categoría pertenecerán todas las presas no incluidas en las categorías A o B.
El Reglamento Técnico sobre seguridad de Presas y Embalses es de aplicación para
infraestructuras calificadas como "gran presa", en la que se incluyen aquellas -de altura
superior a 15 metros y las que tienen entre los 10 y 15 metros de altura con una capacidad de
embalse superior a 1 Hm3. Asimismo incluye las que resulten clasificadas como A y B en
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
94
función de su riesgo potencial aunque no estén contempladas en la definición de "gran
presa".
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
95
De acuerdo con esta clasificación se implantarán los denominados Planes de Emergencia
en las presas que resulten definidas por su riesgo potencial como de categoría A o B.
En tanto las presas y embalses ubicadas en el territorio de la C.A.P.V. o que afectan al
mismo (reflejadas con sus principales características en el cuadro 2.1.1) obtengan la
mencionada clasificación, por los organismos competentes en materia hidráulica, las que se
seleccionan como "gran presa" a la luz del Reglamento Técnico, arriba citado, y a efectos de
este documento, son las indicadas en el cuadro 5.1.
CUENCA
ZADORRA
"GRAN PRESA"
Ullibarri-Gamboa
Urrunaga
Albina
IBAIZABAL
Undurraga
Lekubaso
NERVIÓN
Maroño
Zollo
CADAGUA
Ordunte
Arceniega
Nocedal
Artiba
GALINDO
El Regato
Oiola
Gorostiza
BUTRÓN
Laukariz
URUMEA
Artikutza
Añarbe
UROLA
Barrendiola
Ibai-Eder
Urtatza
DEBA
Urkulu
Aixola
BIDASOA
San Antón
Domico
ORIA
Arriaran
Ibiur
Lareo
Troya
Cuadro 5.1.- Grandes Presas de la C.A.P.V.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
96
Las conclusiones del Estudio de Seguridad de presas y de su comportamiento frente a
las avenidas (del Informe nº 5 del Plan Integral de Prevención de Inundación) se recogen
provisionalmente en el anejo VIII de presas del presente Plan.
Esta información se considera provisional en materia de seguridad de presas, en tanto la
Comisión Vasca de Protección Civil sea informada por parte de las administraciones
hidráulicas correspondientes (estatal o autonómica), de las resoluciones de las clasificaciones
de presas, así como de los ulteriores Planes de Emergencia de Presas, para cuya aprobación
habrá emitido esta Comisión informe previo, al menos de las presas en cuencas
intracomunitarias.
5.3.- ESCENARIOS DE SEGURIDAD Y DE PELIGRO DE ROTURA DE PRESAS.
Los Planes de Emergencia de presas establecerán 4 situaciones definidas como
escenarios de seguridad y de peligro de rotura de presas, para el establecimiento de las
normas y procedimientos de comunicación e información con los organismos públicos
implicados en la gestión de la emergencia.
- Escenario 0 de control de la seguridad: Las condiciones existentes y las previsiones,
aconsejan una intensificación de la vigilancia y el control de al presa, no requiriéndose la
puesta en práctica de medias de intervención para la reducción del riesgo.
- Escenario 1 de aplicación de medidas correctoras: Se han producido acontecimientos
que de no aplicarse medidas de corrección (técnicas de explotación, desembalse, etc.),
podrían ocasionar peligro de avería grave o de rotura de la presa, si bien la situación puede
solventarse con seguridad mediante la aplicación de las medidas previstas y los medios
disponibles.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
97
- Escenario 2 "excepcional": Existe peligro de rotura o avería grave de la presa y no pude
asegurarse con certeza que pueda ser controlado mediante la aplicación de las medidas y
los medios disponibles.
- Escenario 3 "límite": La probabilidad de rotura de la presa es elevada o ésta ya ha
comenzado, resultando prácticamente inevitable que se produzca la onda de avenida
generada por dicha rotura.
5.4.- DIRECCIÓN DE LOS PLANES DE EMERGENCIA DE PRESAS.
5.4.1.- Director del Plan de Emergencia de Presas.
La dirección del Plan estará a cargo de la persona a la que corresponda la dirección de la
explotación de la presa y con el desarrollo de las funciones básicas siguientes.
a) Intensificar la vigilancia de la presa en caso de acontecimiento extraordinario.
b) Disponer la ejecución de las medidas técnicas o de explotación necesaria para la
disminución del riesgo.
c) Mantener permanentemente informados a los organismos públicos implicados en
gestión de la emergencia.
d) Dar la alarma, en caso de peligro inminente de rotura de presa o, en su caso, de la
rotura de la misma, mediante comunicación a los organismos implicados en la gestión
de la emergencia.
5.4.2.- Constitución del Comité Permanente de Presa.
En situaciones que, aun siendo controlables con seguridad, requieran pasar de la mera
vigilancia a la adopción de medidas correctoras (escenario 1) tales como un vaciado parcial
del embalse, reparaciones de importancia, o bien en situaciones de avenidas, se constituirá el
Comité Permanente de Presas (art. 49 del Reglamento de la Administración Pública del
Agua y Planificación Hidrológica, R.D. 927/88).
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
98
El Comité Permanente podrá adoptar las medidas que estime oportunas, incluso
embalses y desembalses extraordinarios, sin necesidad de oír a la Comisión de Desembalses
de la Cuenca. Este Comité será Órgano de información y asesoramiento de la Dirección del
Plan Especial ante Inundaciones que ya en el Escenario 2 habrá sido activado.
5.4.3.- Interfase con el Plan Especial de Emergencia ante Inundaciones de la C.A.P.V.
Todos los escenarios de emergencia en presas serán comunicados por el Director del
Plan de Emergencia de Presas, indicando las medidas preventivas aplicadas y las previsiones
a corto y medio plazo, a SOS-Deiak, a las autoridades locales de la zona afectada, así como a
los órganos y servicios autonómicos competentes en la materia.
El director del presente Plan Especial activará el mismo, definiendo la situación que
corresponda, tal y como se define en el subcapítulo 2.5.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
99
6.- PLANES
DE
ACTUACIÓN
DE
ÁMBITO
LOCAL
FRENTE
A
LAS
INUNDACIONES.
El presente Plan Especial por Inundaciones de la C.A.P.V. estima conveniente prever
que los órganos competentes de los municipios o entidades locales, elaboren y aprueben
planes de actuación específicos para el riesgo de inundaciones (art. 17.2 de la LGE), por lo
que se facilitan algunas directrices para la organización municipal de la Protección Civil
orientadas a la prevención e intervención ante posibles inundaciones, sin perjuicio de la
necesaria elasticidad de interpretación y de actuación que las circunstancias en cada caso
requieran, así como de la estructura operativa y directiva que el propio Plan Especial de
Comunidad active.
Así, el presente capítulo constituye una guía básica para los Ayuntamientos y Entidades
locales que por su situación en zonas de potencial riesgo de inundaciones, deseen realizar el
plan de actuación ante este riesgo, especificándose sus funciones básicas y contenido.
6.1.- OBJETO Y FUNCIONES BÁSICAS DEL PLAN DE ACTUACIÓN LOCAL.
El objeto básico del plan de actuación local por riesgo de inundaciones es que los
ayuntamientos y la población de los municipios radicados en zonas inundables, se guíen por
un dispositivo permanente y actualizado de información, previsión, alerta y actuación ante
estas emergencias con capacidad de proteger a la población amenazada y, en lo posible,
evitar y al menos reducir los daños que puedan producir a los bienes y servicios esenciales,
de acuerdo con los medios y recursos locales disponibles plenamente integrados en la
organización del Plan Especial.
Las actuaciones fundamentales que debe desarrollar el Plan Local ante las situaciones de
emergencia por inundación son las siguientes:
1. Catalogación del territorio, de acuerdo con los riesgos de inundación que soporta e
identificación de vulnerables.
Plan Especial de Emergencia ante el Riesgo de Inundaciones de la C.A.P.V.
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2. Configuración de la estructura organizativa local, tanto ejecutiva como operativa, así
como los procedimientos para la intervención en las emergencias por inundaciones en su
ámbito local
3. Determinar los sistemas de alerta e información a la población.
4. Disponer de una relación actualizada de los recursos y medios, municipales o privados, de
los que se puede disponer para la evacuación, asistencia sanitaria, defensas, etc.
6.2.-
INTERRELACIÓN DE LOS PLANES DE ACTUACIÓN LOCAL Y EL PLAN
ESPECIAL POR INUNDACIONES DE EUSKADI.
Ante la puesta en marcha de un plan de actuación local frente a inundaciones, tanto en la
alerta como durante la emergencia, la dirección del mismo notificará y verificará que dicha
activación es conocida por el Director del Plan Especial por Inundaciones de Euskadi,
comunicando a través de los centros SOS-Deiak. Se informará asimismo de la situación y
desarrollo de las operaciones, confirmación de previsiones y alteraciones de la gravedad de
la emergencia y la finalización de la misma.
Especialmente deben comunicar inmediatamente a través de SOS-Deiak la previsión o
comprobación de la propia insuficiencia de capacidad de respuesta, la necesidad perentoria
de recursos no disponibles, o un alcance más allá de su territorio de los mismos. En todo
caso, las solicitudes de movilización de medios y recursos no dependientes del titular del
plan, se efectuarán a través de SOS-Deiak.
La activación del Plan Especial por Inundaciones de Euskadi y declarada la situación 2
de emergencia, supondrá la integración de estos Planes de Actuación Local por
inundaciones, y su activación automática caso de que no lo estuviesen.
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Activado el Plan Especial, por su parte notificará a través del CECOP/CECOPI de forma
inmediata a los municipios afectados cualquier declaración o comunicación formal de las
autoridades autonómicas o estatales relativas a situaciones de alerta, alarma o activación del
plan y sus finalizaciones, así como de cualquier circunstancia de riesgo que les pueda
afectar.
6.3.- IMPLANTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL PLAN DE ACTUACIÓN.
Los Planes de Actuación Municipal y de otras entidades locales por inundaciones, se
aprobarán por los órganos de las respectivas corporaciones en cada caso competentes. Serán
integrados dentro del Plan de Emergencia Municipal
Todo Plan de Actuación por inundaciones deberá ser objeto de actualizaciones y
revisiones que aseguren su eficacia, cuya comprobación se efectuará mediante la realización
de simulacros y ejercicios y, en todo caso, después de la emergencia por inundaciones, de
acuerdo con las experiencias obtenidas.
En el mantenimiento se observará fundamentalmente la eficacia en la transmisión de los
avisos a la población que en las emergencias habrá que dar según lo establecido en capítulo 4
de operatividad del presente Plan ante inundaciones. En el anejo VIII se recogen consejos
básicos para la población ante el riesgo de inundaciones y sus fenómenos asociados.
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7.- PREVENCIÓN.
En medida limitada, una comunidad está dispuesta a soportar cierta magnitud de
inundaciones, y durante un periodo de años la vida de la comunidad se adapta a esta
eventualidad. No obstante, la intensificación de la ocupación de las llanuras de inundación y
su importancia creciente para el bienestar social y económico del territorio origina una
mayor demanda de protección contra las inundaciones. Esta demanda se hace intensa cuando
se produce un desastre importante, como, por ejemplo, las inundaciones ocurridas en esta
comunidad en agosto de 1983.
La prevención de los desastres por inundaciones tiene como principal objeto atender esta
demanda mediante la formulación y aplicación de medidas permanentes a largo plazo que
sirvan bien para prever el impacto de fenómenos posiblemente peligrosos o bien para
combatirlos en la medida de lo posible y mitigar sus daños. Se establecen de esta forma dos
amplias categorías de medidas preventivas que se denominan medidas no estructurales y
medidas estructurales respectivamente.
7.1.- MEDIDAS PREVENTIVAS NO ESTRUCTURALES.
Las medidas no estructurales de prevención tienen por objeto alejar a la población y el
desarrollo económico y social de las zonas peligrosas, y en ellas se incluyen, además de la
propia planificación de la emergencia, las siguientes:
a) Procedimientos de información y alerta sobre sucesos y previsiones.
La predicción con el tiempo suficiente tanto de las lluvias torrenciales como de caudales
extremos, permite mitigar parte de sus efectos desastrosos y muy especialmente salvar vidas
humanas. El conjunto de actuaciones de este Plan y en particular la operatividad definida
para la fase de preemergencia y situación 0 va encaminada en este sentido.
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Los tres sistemas de preavisos considerados son:
- Avisos de meteorología adversa por parte del I.N.M.
- Información Pluviohidrológica proveniente de la Red de control Hidrometeorológica
- Avisos del estado de Presas proveniente del explotador de la presa
Todos ellos han alcanzado considerables niveles de eficiencia, sin embargo deben,
impulsados por el conjunto de la administración, superar dichos niveles, a fin de alcanzar
mayores cotas de seguridad.
b) Procedimientos de información pública y formación.
De igual forma los sistemas de transmisión de la información, tanto a la población en
general como a los distintos recursos operativos en particular, debe experimentar continuos
procesos de mejora. A la vez que tanto la población como los servicios operativos deben de
ser objeto de una importante labor en materia de formación que asegure un conocimiento
preventivo del riesgo, tal y como se expresa más adelante en el subcapítulo 8.2. sobre
Implantación del Plan.
c) Actuaciones en la ordenación del uso del territorio a partir del Mapa de
Riesgos de Inundación.
Una correcta ordenación del territorio en la que se considere la presencia de los cursos
de agua y las formaciones geomorfológicas asociadas a los mismos, además de como un
recurso natural de extraordinario valor como un posible foco de peligro, es sin lugar a dudas
la mejor herramienta en nuestro objetivo de alcanzar la mayor minimización del riesgo
existente.
Con este fin la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco a través
del Dpto. de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio ambiente ha redactado, estando en
proceso de aprobación, el Plan Territorial Sectorial de Ordenación de Márgenes de los Ríos
y Arroyos de la CAPV.
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El contenido de este documento, entre otros objetivos, viene a determinar unos criterios
que deben ser considerados en la ordenación urbanística de nuestra Comunidad y en concreto
en lo referente a la prevención de inundaciones y actuaciones hidráulicas.
A los efectos de este Plan y como herramienta de prevención se considera el citado Plan
Territorial Sectorial de Ordenación de Márgenes de los Ríos y Arroyos de la CAPV como un
instrumento de incuestionable valor, recogiendo las aportaciones en él contempladas.
7.2.- ACTUACIONES ESTRUCTURALES.
Las medidas estructurales de prevención son todas aquellas actuaciones y obras
efectuadas en los cauces y en el ámbito de su cuenca como defensas contra las inundaciones.
Son, en general, medidas de ingeniería civil y agroforestales para controlar el movimiento de
las aguas de las crecidas y/o de las lluvias torrenciales que permiten combatir las
inundaciones fluviales.
Las soluciones estructurales para defensa contra las inundaciones más comunes en las
cuencas hidrográficas del País Vasco son:
- Corrección de cuencas, conservación de suelos y acondicionamiento de márgenes.
- Embalses de laminación y regulación.
- Obras en los cauces: Canalizaciones y encauzamientos Defensas, dragados,
derivaciones, etc.
Todas estas actuaciones estructurales se recogen para cada cuenca hidrográfica en el
anejo II de información territorial.
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8.- IMPLANTACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA EFICACIA DEL PLAN.
8.1.- INTRODUCCIÓN.
Una vez aprobado el Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones en el País Vasco y
homologado por la Comisión Estatal de Protección Civil, la dirección del Plan de Protección
Civil de Euskadi (LABI) promoverá las actuaciones necesarias para la integración en el
mismo del presente Plan Especial y por tanto para su implantación y mantenimiento de la
operatividad.
La Dirección de Atención de Emergencias, establecerá una planificación anual de las
actividades de su implantación y mantenimiento que deban desarrollarse, tales como
dotación de infraestructuras, divulgación y simulacros, actualización y revisión periódica de
la información territorial del riesgo de inundaciones, etc.
8.2.- IMPLANTACIÓN.
La implantación del Plan Especial ante Inundaciones resume las acciones necesarias
para asegurar su correcta aplicación, tales como:
- Designación de los componentes del Consejo Asesor, Gabinete de Información y de
los Centros de Coordinación de Emergencias, así como los sistemas para su
localización.
- Designación de los mandos (y sus sustitutos), componentes y medios que constituyen
los Grupos de Acción y los sistemas para su movilización.
- Establecimiento de los protocolos, convenios, acuerdos necesarios con los organismos
y entidades participantes, tanto para clarificar actuaciones como para la asignación de
medios y/o asistencia técnica.
- Comprobación de la disponibilidad de todos lo medios y recursos asignados al Plan.
- Asegurar el conocimiento del Plan por parte de todos los intervinientes, en la medida
necesaria para que realicen correctamente sus cometidos.
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- Comprobar la eficacia del modelo implantado, el adiestramiento del personal y la
disponibilidad de medios, mediante la realización de un simulacro total o bien los
parciales que el Director considere imprescindibles.
8.2.1.- Verificación de la Infraestructura del Plan Especial.
Se verificará la existencia e idoneidad de funcionalidad de las infraestructuras básicas
para su funcionamiento, y en especial:
- Red de transmisiones: sistemas de comunicación entre servicios.
- Red de estaciones hidrometeorológicas y sus sistemas de adquisición de datos.
- Dotación de medios necesarios al CECOP, Gabinete de Información y Grupos de
Acción.
- Sistemas de avisos a la población (dotación a las fuerzas del orden, y en especial
Policías Locales y Grupos de Acción).
8.2.2.- Formación del Personal de los servicios implicados en el Plan. Simulacros.
La formación de las personas con responsabilidades en el Plan se inicia con el
conocimiento del Plan por los mismos, mediante su difusión, total o parcial, adecuada a las
acciones que a cada uno le competen.
Difundido el Plan se desarrollarán programas formativos y cursos de adiestramiento para
los diferentes servicios implicados (responsables del Plan, responsables de los grupos de
acción, cargos intermedios, medios de comunicación).
La formación se consolidará con la realización de ejercicios y simulacros (parciales o
globales) al objeto de comprobar la eficacia del modelo implantado, el adiestramiento del
personal y la disponibilidad de medios.
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8.2.3.- Información del Plan Especial ante Inundaciones a la Población.
Dentro de la fase de implantación se acometerá una política informativa de cara a la
divulgación del Plan entre la población, a fin de facilitar la familiarización de ésta con las
medidas de protección ante inundaciones contempladas en el punto 4.1.2. Las campañas de
comunicación a la población serán desarrolladas en la Dirección de Atención de
Emergencias, en colaboración con los Ayuntamientos de las zonas expuestas al riesgo de
inundaciones.
Esta campaña informativa del Plan se centrará en informar del riesgo de inundaciones en
el territorio y de las medidas de autoprotección, con el siguiente contenido mínimo:
- Transmitirá un conocimiento preventivo del territorio con el objetivo de conseguir una
concienciación de la población y convivencia positiva con el riesgo.
- Informará de la medidas de autoprotección y protección necesaria en casos de
emergencia (en el anejo VIII se recogen las recomendaciones y consejos de
autoprotección para la población ante el riesgo de inundaciones).
- Informará a través de los medios por los que en los casos de emergencia se transmitan
los avisos y situaciones de alerta y alarma, con el fin de fomentar una cultura
informativa de este riesgo y su emergencia en la población.
- La información sobre el riesgo de inundaciones se orientará en forma de campañas
periódicas dirigidas a diferentes grupos de población, aprovechando los periodos con
mayor probabilidad de que se produzca dicho riesgo para informar sobre el mismo.
La información que se facilite en la Preemergencia o cuando ya se haya producido el
fenómeno y sea necesario actuar de forma inmediata. Se transmitirá a través del Gabinete de
Información adscrito a la Dirección del Plan mediante los sistemas de avisos a la población y
contenidos previstos en el apartado 4.1.4.
La política informativa que se desarrolle ha de estar conforme a los principios
establecidos en el Plan de Protección Civil de Euskadi (LABI) (apartado 2.3. del V.5).
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8.3.- MANTENIMIENTO.
8.3.1.- Concepto. Programa de Mantenimiento.
Una vez implantado el Plan, y a lo largo de su vigencia el Director, a través de la
Dirección de Atención de Emergencias, procederá al mantenimiento de su eficacia, que tal
como se expresa en el Plan de Protección Civil de Euskadi, recoge las acciones dirigidas a
la plena operatividad de los procedimientos de actuación, como a su actualización y
adecuación a modificaciones futuras.
El conjunto de acciones que supone el mantenimiento del Plan Especial se acometerán
coordinadas en un programa de mantenimiento que será elaborado por la D.A.E y
posteriormente aprobado por el Consejero de Interior como Director del Plan.
Estas acciones son las que siguen:
8.3.2.- Actualización-revisión.
La vigencia técnica y operativa del Plan Especial ante Inundaciones será revisada y
actualizada periódicamente, con arreglo al programa de mantenimiento antes mencionado, o
de forma extraordinaria.
De esta forma, en la revisión anual que del Plan Territorial de Protección Civil de
Euskadi se haga se incluirá la del presente Plan Especial. Se introducirán las modificaciones
y actualización de la información territorial básica, del análisis de riesgos, de los medios y
personal actuante, así como las mejoras e innovaciones cuya necesidad se advierta en el
programa de mantenimiento.
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Como revisiones extraordinarias serán las derivadas de cambios normativos o en la
organización, de nuevos conocimientos y experiencias adquiridas en el tratamiento del riesgo
de inundaciones.
8.3.3.- Simulacros.
De acuerdo con la programación prevista, se realizarán simulacros del Plan Especial de
Inundaciones de forma global o parcial (Preemergencia y/o Emergencia), tras los cuales se
procederá a modificar o mejorar aquellos aspectos que demuestren no ser eficaces.
Deben establecerse criterios de evaluación tales como tiempos de respuesta de los
Grupos de Acción, de constitución de las estructuras del Plan, de llegada de los movilizados,
etc...
Asimismo, de cualquier episodio de alerta por lluvias intensas, inundaciones locales o
generalizadas, fenómenos geológicos asociados, escenarios de rotura o avería en presas y en
definitiva de las preemergencia y emergencias por inundaciones que hayan implicado la
activación de todo o parte del Plan Especial, se elaborarán informes sobre las causas,
consecuencias y eficacia desplegada, de tal forma que permitan la validación de las
informaciones de la Red Hidrometeorológica y de las previsiones de evolución de los
fenómenos meteorológicos adversos.
8.3.4.- Formación permanente. Ejercicios de adiestramiento.
La formación del personal implicado, contemplada en la fase de implantación, debe ser
una labor continuada ya que se trata de un documento vivo sujeto a constantes revisiones
como ya se ha indicado al principio, y se basa en los principios previstos en el apartado
8.2.2.
Los ejercicios de adiestramiento forman parte de la formación permanente y consisten
en la movilización parcial de los recursos y medios asignados o no al Plan, a fin de
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familiarizar a los diferentes grupos de acción con los equipos y técnicas que deberán utilizar
en los casos de inundaciones y fenómenos asociados reales.
El responsable de cada grupo de acción debe preparar, de acuerdo con un programa de
actividades, un ejercicio en el que los miembros del grupo deberán usar todos o parte de los
recursos y medios necesarios en los casos reales.
Tras el ejercicio se evaluará la eficacia de las actuaciones con el intercambio de
experiencias, impresiones y sugerencias de todos los miembros del grupo de acción, a fin de
mejorar la operatividad del Plan.
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