Preguntas y Respuestas resultante de la sesión de

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Preguntas y Respuestas resultante de la sesión de
Preguntas y Respuestas resultante de la sesión de
información realizada el Jueves 11 de Diciembre de 2014
por Esker Ibérica sobre el estado de la Factura Electrónica
en España.
¿Y aquellas administraciones que aún no han publicado los códigos DIR3???
Existen dos posibilidades: entidades adheridas a FACe y que no han publicado y otras que no están adheridas. En
cuanto a las primeras, es obligatorio por Ley el publicarlas por lo que no hay más que esperar y demandárselas a ellos
directamente.
En el segundo caso, para cada una de las administraciones que no estén en FACe, habrá que mirar las que lo tienen
previsto, por lo que se convertirían en la primera opción y las que no lo van a hacer, en este caso hay que tratar uno por
uno los casos, dado que no hay un denominador común.
¿Todas aquellas entidades de la administración pública que están adheridas al FACE están en la actualidad
recibiendo facturas por parte de los proveedores desde el FACE?
El último dato publicado a este respecto arrojaba un número muy bajo de facturas tramitadas pero es de esperar que
vaya en aumento.
¿En las facturas impresas, exentas de FACe por importe, es obligatorio incluir el DIR3?
No hay facturas exentas según la ley, solo por reglamentación propia algunos organismos lo pueden hacer, de
cualquier forma la inclusión de los códigos DIR3 en las facturas papel ya es obligatorio a día de hoy.
¿Estáis recibiendo a día de hoy los status de registro de factura desde el FACE?
Como seguro que sabes, los diferentes status y su tratamiento por medio del FACe fueron publicados hace pocas
semanas por lo que a día de hoy el sistema no está perfectamente depurado pero es de prever que para el 15 de Enero
todo estará en perfecto estado de revista.
¿Con la factura electrónica, ¿qué pasa con la información adicional que actualmente se incluye en una factura,
histórico de consumos, detalle de entregas, etc.?
Los datos a enviar en una factura siguen siendo los mismos que hasta ahora, solo se necesita la inclusión del DIR3 en
el caso del FACe, el resto de información se envía de la misma forma, da igual si la factura tiene una página o 100 y si
se envía con más o menos detalle.
¿Existe alguna opción alternativa a que extraigáis el flujo desde el ERP? alguna otra forma de enviar las facturas
desde SAP a Esker?
Tenemos varios sistemas de poder conectarnos entre el ERP y nuestro servicio, en SAP el más cómodo es mediante
una comunicación directa por protocolo SAPRouter (ya existente para el mantenimiento del propio SAP) donde puede
existir una comunicación bidireccional. Si esto no es posible, tenemos diferentes alternativas como sFTP, o un
dispositivo remoto. Hasta ahora no hemos encontrado una instalación que no pudiéramos conectar, no importa la
complejidad que nos encontremos.
¿Cuál es el circuito lógico de FACE...Yo envío a la CCAA y ellos las hacen llegar a FACE?
No, las facturas siempre se envían directamente a FACe y mediante los códigos DIR3 que identifican de forma única al
pagador, se envía la factura a su destino, digamos que FACe solo registra la factura y mantiene la comunicación
interna con la administración, por lo que las comunicaciones posteriores vendrían siempre desde el FACe.
¿FACE deberá recoger todas las facturas emitidas a org públicos? En ese caso como llegan las facturas emitidas a
portales propios de la CCAA?
No existe obligatoriedad alguna para que FACe tenga que recoger facturas de otros portales, pero en realidad se están
generando conexiones entre otros portales y FACe, en estos casos las facturas se podrán enviar por medio de ambos
portales y ambas serán legales.
¿Son válidos las facturas emitidas con códigos no DIR3?
Esta es una pregunta que al no ser abogado no puedo contestar
¿Ahora mismo es aceptable enviar facturas en PDF , este envio se computa como electronico para el año 2017 con
todos los clientes ? o la obligatoriedad será que se envíen facturae ( XML+PDF)?
Desde la última modificación de la ley de factura electrónica, todas las facturas emitidas en formato digital tienen
legalidad, incluso sin que estén firmadas, siempre y cuando tengan los campos exigidos por ley. Otra cosa son las
facturas emitidas a la administración y lo que ocurrirá para el 2017, es previsible que el sistema sea parecido al actual
del FACe, pero todavía es pronto para saber nada más.
Para la FacturaE, ¿hay que registrarse previamente los distintos puntos de entrado?, su es así ¿quién lo haría Esker?
No, para el FACe sólo es necesario un correo electrónico y los certificados que identifiquen la comunicación, en el
primer caso lo provee el cliente a ESKER y en el segundo es ESKER quien certifica la comunicación y firma la factura
haciéndola legal. En otros portales es necesario tratarlo uno por uno.
Para la firma, ¿se necesita una firma propia o puede ser una firma de terceros?
ESKER funciona como firma delegada, no es necesaria la firma electrónica de los clientes en ningún caso.
Si no tienes firma, y cargas la factura manualmente en FACE, ¿cómo se firma? ¿al conectarse en la página con un
certificado digital?
Si envías facturas directamente a FACe tienes que tener un certificado tuyo que firme la factura admitido por el
sistema, otra opción es que la envíe un tercero como ESKER.
¿Colegio e institutos de enseñanza se ven afectados por esta nueva normativa?
Siempre que sean administrados directamente por la administración y no tengan ninguna exención especificada en la
Ley.
¿Podrías explicar cómo es el control que realiza la administración pública portuguesa a la facturación privada?
En resumen, el nuevo sistema es que el ERP sea el que se conecte a la administración para pedir ese código antes de
poder facturar. Es una tendencia clara en muchos países no sólo de Europa.

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