Nota ENRE 110647 BUENOS AIRES, 11 DIC 2013 Sr. Presidente

Transcripción

Nota ENRE 110647 BUENOS AIRES, 11 DIC 2013 Sr. Presidente
Nota ENRE 110647
BUENOS AIRES, 11 DIC 2013
Sr. Presidente de EDESUR S.A.
Sr. José María Hidalgo
S / D
Ref.: Plan Operativo de Emergencia
Solicitud de información.
Nos dirigimos a Usted en el marco de Plan Operativo de Emergencia, en los términos de la
Resolución ENRE Nº 905/1999, a fin intimarlo a que en el término de CUARENTA Y OCHO (48)
horas de recibida la presente nota, presente un listado de los recursos externos afectados a
dicho Plan, en particular Cooperativas de Trabajo y Empresas contratistas, que se encuentren
disponibles y operativos para intervenir en todos los casos que la contingencia así lo requiera.
En particular la información deberá presentarse con un nivel de desagregación adecuado en
orden a coordinar en forma eficiente y eficaz ante eventuales situaciones de emergencia,
debiendo los recursos externos adicionales estar disponibles como mínimo para los siguientes
rubros:
1. Operación y Mantenimiento Normal.
2. Adicionales Emergencia Operativos.
3. No operativos reasignables en Emergencias y
4. Contratistas Comerciales Emergencias.
En todos los casos la información brindada deberá ser concreta, claramente circunstanciada,
estar sostenida por la documentación correspondiente y ser auditable.
Asimismo, deberá garantizar aun en casos fortuitos o de fuerza mayor —como único
responsable frente al Estado Concedente por eventuales ineficiencias en que incurriera en la
atención de emergencias en su zona de concesión— la continuidad, regularidad, eficiencia y
calidad del servicio eléctrico en los términos de lo establecido en el Artículo 25 inciso a), g) e y)
de su Contrato de Concesión, previsionando en el Plan de Contingencia los costos de operación
y planificación del sistema eléctrico, en relación a los clientes críticos con la debida
disponibilidad de personal capacitado para actuar en la emergencia, disponibilidad de grupos
electrógenos, sistema para aislación de fallas, diagrama de guardias, atención de llamadas de
emergencia.
Se hace saber que el presente requerimiento se realiza en los términos del Artículo 25, inciso x)
de su Contrato de Concesión y bajo apercibimiento de lo previsto en el Artículo 36 y 37 del
referido Contrato, ello sin perjuicio de hacer responsable a la Empresa de las multas, sanciones
y del cobro de los gastos en que el Estado haya incurrido con motivo de la ineficiente atención
en casos de emergencia.
Queda Usted notificado.
Dr. ENRIQUE GUSTAVO CARDESA, DIRECTOR. — Ing. LUIS BARLETTA,
VICEPRESIDENTE, ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD. — Ing. MARIO H.
DE CASAS, PRESIDENTE, ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD.
Nota ENRE 110648
BUENOS AIRES, 11 DIC 2013
Sr. Presidente de EDENOR S.A.
Sr. Ricardo Torres
S / D
Ref.: Plan Operativo de Emergencia
Solicitud de información.
Nos dirigimos a Usted en el marco de Plan Operativo de Emergencia, en los términos de la
Resolución ENRE Nº 905/1999, a fin intimarlo a que en el término de CUARENTA Y OCHO (48)
horas de recibida la presente nota, presente un listado de los recursos externos afectados a
dicho Plan, en particular Cooperativas de Trabajo y Empresas contratistas, que se encuentren
disponibles y operativos para intervenir en todos los casos que la contingencia así lo requiera.
En particular la información deberá presentarse con un nivel de desagregación adecuado en
orden a coordinar en forma eficiente y eficaz ante eventuales situaciones de emergencia,
debiendo los recursos externos adicionales estar disponibles como mínimo para los siguientes
rubros:
1. Operación y Mantenimiento Normal.
2. Adicionales Emergencia Operativos.
3. No operativos reasignables en Emergencias y
4. Contratistas Comerciales Emergencias.
En todos los casos la información brindada deberá ser concreta, claramente circunstanciada,
estar sostenida por la documentación correspondiente y ser auditable.
Asimismo, deberá garantizar aun en casos fortuitos o de fuerza mayor —como único
responsable frente al Estado Concedente por eventuales ineficiencias en que incurriera en la
atención de emergencias en su zona de concesión— la continuidad, regularidad, eficiencia y
calidad del servicio eléctrico en los términos de lo establecido en el Artículo 25 inciso a), g) e y)
de su Contrato de Concesión, previsionando en el Plan de Contingencia los costos de operación
y planificación del sistema eléctrico, en relación a los clientes críticos con la debida
disponibilidad de personal capacitado para actuar en la emergencia, disponibilidad de grupos
electrógenos, sistema para aislación de fallas, diagrama de guardias, atención de llamadas de
emergencia.
Se hace saber que el presente requerimiento se realiza en los términos del Artículo 25, inciso x)
de su Contrato de Concesión y bajo apercibimiento de lo previsto en el Artículo 36 y 37 del
referido Contrato, ello sin perjuicio de hacer responsable a la Empresa de las multas, sanciones
y del cobro de los gastos en que el Estado haya incurrido con motivo de la ineficiente atención
en casos de emergencia.
Queda Usted notificado.
Dr. ENRIQUE GUSTAVO CARDESA, DIRECTOR. — Ing. LUIS BARLETTA,
VICEPRESIDENTE, ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD. — Ing. MARIO H.
DE CASAS, PRESIDENTE, ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD.

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