la posada de belén la posada de belén

Transcripción

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LA POSADA DE BELÉN
e-mail: [email protected]
web: http://www.laposadadebelen.org
LA POSADA DE BELÉN
1.- GENERALIDADES
DIRECCIÓN:
Jr. Markapata 219 ; Sicuani – Canchis – Cusco
TELÉFONO:
084 351225
RESPONSABLE:
PADRE LUCIANO IBBA
PERFIL:
Centro de Atención Residencial
Dirigido a niños, niñas y adolescentes en situación de
maltrato, abandono o riesgo
HORARIO DE ATENCIÓN: De 9 a 13 a.m. De 15 a 19 pm (horario administrativo)
HORARIO DE VISITAS:
Se concertará con la dirección de la institución
2. BASE LEGAL: Asociación Civil sin Fines de Lucro, Constituida como Persona Jurídica
mediante Escritura Pública Registro Nº Doscientos Treinta y Nueve de fecha 15 de Junio
del año 2005, la misma que se halla inscrita en la partida No. 11003429 de la Oficina Registral del Cusco inscrita en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos.
Aunque inscrita en 2005, la Posada viene funcionando desde el 24 de diciembre de 2002.
Actualmente, está comenzando el proceso de registro en el MINDES, como Institución que
atiende y acoge temporalmente a la infancia en riesgo.
La Posada de Belén orienta su trabajo hacia los siguientes objetivos:
Objetivo general
Intervención y prevención del maltrato infantil desde una perspectiva de atención integral
de la persona y de colaboración con las instituciones que trabajan en el área del maltrato infantil.
Objetivos específicos:
• Brindar un servicio de acogida temporal e integral a niños, niñas y adolescentes víctimas
de abandono y maltrato en todas sus formas.
• Sensibilizar a la juventud local sobre la realidad del maltrato infantil mediante espacios de
formación y promoviendo su compromiso social con dicha realidad, mediante acciones de
voluntariado.
• Cooperar con las instancias locales que tienen como objetivo la defensa y protección de la
niñez y adolescencia en riesgo.
• Promover una cultura comunitaria de respeto de los derechos del niño, niña y adolescente.
3. FINANCIAMIENTO: Recibe su apoyo financiero del “Grupo de Amigos de la Posada de
Belén”; con sedes en Italia y España, de la comunidad local de Sicuani, y de personas particulares de muy diversa procedencia.
Su funcionamiento está basado preferentemente en el voluntariado local que constituye el recurso humano fundamental sobre el que se sostiene el proyecto.
4. RECURSOS HUMANOS CON LOS QUE CUENTA:
Organización institucional:
·
·
Consejo directivo (3)
Asamblea de miembros (6)
Director
Psicóloga
Administradora
Educadores:
· Jóvenes voluntarios/as extranjeros
· Jóvenes voluntarios/as locales
Profesores/as voluntarios/as de refuerzo escolar
Mamit
(1)
(1)
(1)
(2)
(15)
(2)
(1)
5. INGRESO DE LOS NIÑOS Y/O ADOLESCENTES
5.1 PROCEDENCIA DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Todos los/as menores que ingresan en la Posada son derivados por las instituciones del estado
(nacionales regionales y locales) que se dedican a la atención de la infancia:
· Defensoría del Niño y del Adolescente
· Centro de Emergencia mujer
· Comisaría de Familia
· Juzgados Mixtos de Sicuani
Generalmente, los/as menores son residentes en las provincias altas de la Región del Cusco,
principalmente Canchis, aunque también recibimos menores de otras provincias como Cusco.
5.2
MOTIVOS DE INGRESO
Las causas de ingreso son todas aquellas que pongan en peligro la integridad física o psíquica
del/la menor y que, generalmente, tienen que ver con maltrato físico, maltrato psicológico, abuso sexual, negligencia, explotación comercial, abandono, etc, y siempre que no exista en ese
momento la posibilidad de un apoyo familiar o comunitario.
5.3
VACANTES PARA EL INGRESO DE NIÑOS Y ADOLESCENTES
Dispone de 20 plazas para la acogida de menores (mixto), y el nº de vacantes es variable a lo
largo del año. Las edades de ingreso pueden oscilar entre 1 y 14 años.
5.4 REQUISITOS PARA EL INGRESO
· El caso tiene que ser derivado por alguna de las instituciones del estado mencionadas.
· Los/as menores tienen que encontrarse en el rango de edad mencionado (ambos sexos).
· Las causas de ingreso deben obedecer a las expuestas en el apartado de motivos para el
ingreso, y tiene que demostrarse que no existe una red social y familiar que ,en el momento del ingreso, pueda atender la situación del/la menor.
· El tiempo de estancia en la Posada es de un tiempo no superior a 6 meses y las instituciones que derivan a los/as menores tienen que tener el compromiso explícito de investigar y
hacer todo lo que sea necesario para resolver la situación del/la menor.
· En la medida de lo posible, debe establecerse desde el ingreso las condiciones que se trabajarán para facilitar la salida del/la menor (trabajar con la familia para su reingreso, explorar las red de familia extendida, las posibilidades de acogida por familias ajenas, condiciones para un futura adopción, o traslado a un hogar con una fórmula de acogida familiar, etc).
5.5 IMPEDIMENTOS PARA EL INGRESO
· El/la menor presenta condiciones médicas que no pueden ser atendidas en la institución.
· El/la menor requiere de un acompañamiento profesional que no puede proveer la Institución.
· El/la menor ya ha estado anteriormente en la Institución.
· El/la menor presenta conductas que pueden poner en riesgo a los/as otros/as menores o a
él /ella mismo/a.
· No cumplir alguno de los requisitos mencionados en el apartado de “requisitos para el ingreso”
5.6 PROCEDIMIENTO PARA EL INGRESO
·
Las Instituciones del Estado que trabajan por la infancia, informan a la dirección de la
Posada de la situación del/la menor y de la posibilidad de una vacante.
· Si el/la menor es acogido/a, el caso debe ser derivado con un oficio de internamiento y
con el compromiso explícito de todas las coordinaciones necesarias para resolver la situación.
· Deben cumplirse todos los procedimientos para la revisión de su salud física y mental, así
como la exploración de la red familiar y social.
· Se debe entregar la documentación disponible y necesaria para la integración del/la menor en los servicios de salud y educación comunitarios.
6. EGRESO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES
6.1. MOTIVOS PARA EL EGRESO
Los motivos para el egreso se producirán cuando las siguientes condiciones mencionadas demuestren que reúnen los requisitos oportunos para garantizar la seguridad y el desarrollo adecuado del/la menor y siempre en coordinación con las Instituciones del Estado oportunas:
· Reintegración familiar
· Colocación familiar
· Adopción
· Traslado a un hogar con una fórmula de acogida basada en la familia.
Además, es necesario que el/la menor se muestre de acuerdo con la condición de egreso y esté oportunamente preparado/a para ello.
En ocasiones, la Posada de Belén, siempre en coordinación con la Institución del Estado que
derivó al menor o con el Juzgado, puede decidir unilateralmente el egreso de un/a menor, y
su traslado a una institución más adecuada siempre que el/la susodicho/a presente conductas
que puedan poner en riesgo su persona o a los/as otros/as menores albergados y que no puedan ser oportunamente atendidas por el personal de la Institución. En otras ocasiones, es el/la
menor el/la que decide unilateralmente su salida y se fuga.
6.2 PROCEDIMIENTO PARA EL EGRESO
La salida del/la menor se produce en coordinación con la institución del Estado que lo/a derivó y, cuando es preciso, junto con el Poder Judicial. Para ello se elaboran los documentos de
entrega oportunos.
7. NORMAS COMPLEMENTARIAS
Todos los/as menores albergados deben participar en el cumplimiento de las normas de convivencia de la Institución.
Actualmente se está trabajando para el desarrollo de un reglamento interno y un manual de
funciones.

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