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CIRCULAR INFORMATIVA. Cir.J-06/16
APOYO FINANCIERO A LA INVERSIÓN INDUSTRIAL EN EL MARCO
DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE REINDUSTRIALIZACIÓN Y
FORTALECIMIENTO DE COMPETITIVIDAD INDUSTRIAL PARA EL
AÑO 2016
Extracto de la orden del 04/03/2016.- BOE 09/03/2016
Plazo solicitudes 2016: desde el 18/04/2016 y hasta el 01/06/2016.
El objeto de esta orden es la concesión de apoyos financieros para la realización de inversiones
con carácter industrial que contribuyan a reforzar la competitividad de las empresas industriales,
y a favorecer el desarrollo de la industria.
La finalidad de dicho apoyo es favorecer el desarrollo de empresas y proyectos estratégicos,
estimulando las iniciativas innovadoras, que contribuyan a la generación de empleo y al aumento
de las exportaciones.
OBJETO
Ejecución de inversiones materiales destinadas a la creación o traslado de
establecimientos industriales y a las ampliaciones de capacidad de producción instalada,
y mejora y/o modificación de líneas de producción previamente existentes previstas en la
Orden IET/619/2014.
Se determinan zonas específicas y la zona general que comprende todo el territorio
nacional.
PLAZO DE REALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES
Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el 01/01/2016, hasta un plazo
máximo de 18 meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.
CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DE LOS PRÉSTAMOS A CONCEDER
Préstamos reembolsables de hasta el 75% de la inversión financiable con un plazo de
amortización total de 10 años y 3 años de carencia.
Presupuesto mínimo de las inversiones de 75.000€.
El importe total que se va a destinar a todas las solicitudes es de 757.573.075€.
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BENEFICIARIOS
Sociedades válidamente constituidas que no formen parte del sector público, y desarrollen o
vayan a desarrollar una actividad industrial productiva encuadrada en la Sección C-Divisiones 10
a 32 de la CNAE 2009 (Industria Manufacturera).
ACTUACIONES FINANCIABLES
Podrán ser objeto de apoyo financiero las inversiones industriales de las siguientes
tipologías:
•
•
•
•
•
Creación de establecimientos industriales del territorio nacional
Traslado: cambio de localización de una actividad de producción previa hacia cualquier
punto del territorio nacional.
Ampliaciones de la capacidad de producción con nuevas líneas productivas.
Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción previamente existentes.
Las implementaciones de tecnologías de la “Industria Conectada 4.0” de las tipologías
anteriores.
CONCEPTOS DE GASTO FINANCIABLE
Podrá financiarse la adquisición de activos fijos de carácter material, a condición de que sean
necesarios para la creación de dicho establecimiento industrial, y ello en los siguientes términos:
•
•
•
Obra civil: inversiones materiales en urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa
de terrenos.
Edificación: inversiones materiales para la adquisición, construcción, ampliación o
adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados
directamente al proceso productivo.
Adquisición de aparatos y equipos materiales directamente vinculados a la producción,
excluidos los elementos de transporte exterior.
La suma de los conceptos de obra civil y edificación no podrá superar el 70% del presupuesto
financiable total.
Para las inversiones para traslado de establecimiento, ampliación de la capacidad de producción
y mejora y/o modificación de las líneas de producción, en los siguientes términos.
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•
•
•
•
Obra civil: inversiones materiales en urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa
de terrenos.
Edificación: inversiones materiales para la adquisición, construcción, ampliación o
adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados
directamente al proceso productivo.
Aparatos y equipos de producción: Adquisición de activos fijos materiales directamente
vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior.
Ingeniería de proceso de producción: Gastos de personal propio, materiales necesarios,
y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos,
directamente vinculados con los aparatos y equipos del apartado anterior. Se excluye
cualquier forma de ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de la
financiación solicitada.
PERSONAS DE CONTACTO PARA LA GESTIÓN DE LA AYUDA
[email protected]
[email protected]
Les saludamos muy atentamente,
ATISA/Área Jurídica
Marzo/2016
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