NUEVOS AFILIADOS AL SINDICATO suficiente

Transcripción

NUEVOS AFILIADOS AL SINDICATO suficiente
NUEVOS AFILIADOS AL SINDICATO
En nombre de todo el equipo de trabajo de SOGOS, deseamos comunicarle que nos sentimos muy
complacidos de tenerlos en nuestro equipo de trabajo esperamos que juntos podamos generar, la
suficiente fuerza gremial para el logro de los objetivos trazados.
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Alejandro Sabogal Concha.
Juliana Tamayo Perez.
Beatriz Ossa…
Fredy Quintero….
Jose Raul Lambertino ….
Arturo Cardona Ospina.
Martha Perez…..
Susana Cardenas …..
Carlos Buitrago…..
Heleodora Pandales…..
COMPENSACIONES DE LOS AFILIADOS PARTICIPES Y SISTEMA DE PAGO
DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS OBTENIDOS EN DESARROLLO DEL CONTRATO
SINDICAL: Los ingresos obtenidos por el desarrollo de un contrato sindical se distribuirán en tres
componentes generales: Primero: SOSTENIMIENTO DEL CONTRATO y PAGO DE SEGURIDAD
SOCIAL Segundo: BENEFICIOS PARA EL AFILIADO PARTÍCIPE. Tercero: COMPENSACION
AFILIADO PARTICIPE.
INGRESOS PARA SOSTENIMIENTO DEL CONTRATO y PAGO DE SEGURIDAD SOCIAL:
Incluye gastos como planta de cargos destinada a operar un contrato, llevar indicadores de
gestión, contabilidad, procesos de talento humano, aspectos jurídicos, gestión de procesos de
salud contratados, secretaría, mensajería, archivo, aspectos de salud ocupacional y el pago
integral de la seguridad social de los afiliados partícipes. Este valor corresponde al 21 % del total
facturado en desarrollo de los contratos que se celebren.
INGRESOS PARA BENEFICIOS DEL AFILIADO PARTÍCIPE. Del total del valor facturado en el
contrato sindical y una vez descontado el 21% correspondiente a sostenimiento y pagos de
seguridad social, se destinará un 18% para ser aplicados a los siguientes beneficios
Para su implementación se constituirá una subcuenta para cada Afiliado Participe, quien podrá
beneficiarse del fondo de acuerdo con su aporte a él, a través de este fondo el Sindicato podrá
pagar en forma total o parcial:
1. El aseguramiento de los riesgos propios del afiliado Participe ó su grupo familiar, a través de
compañías de seguros u otras formas jurídicas que para este fin estén autorizadas en Colombia.
2. Beneficio de Alimentación: Propenderá éste por asignar al trabajador afiliado de una provisión a
fin de solventar así sea parcialmente, los costos generados por alimentación. El monto de este
auxilio no podrá ser superior a 2 SMLMV.
3. El aseguramiento de sus riesgos en salud: medicina prepagada, pólizas de salud y otros
conceptos que contribuyan al mejoramiento de la salud física o mental del afiliado Participe o su
grupo familiar.
4. Dado que para el aporte de trabajo a un contrato sindical, el afiliado partícipe debe coordinar la
cobertura de diferentes cuadros de turnos, en diferentes municipios, se pagará por el Sindicato el
valor de la comunicación celular que requiera para la correcta coordinación de las labores.
5. Aportes a cuentas AFC y/o Pensión Voluntaria. Cuando para el afiliado partícipe existan
remanentes luego de aplicar los conceptos de los numerales 1 a 4, estos serán trasladados a
cuentas AFC o Fondos de Pensiones Voluntarias.
Aspectos normativos de este fondo:
a. Para su aplicación se entenderá por núcleo familiar el conformado
por el afiliado partícipe en forma permanente con su familia
progenitora o su descendencia, establecida sobre vínculos de
parentesco por consanguinidad hasta el segundo grado, afinidad o
civil hasta el primer grado.
Para afiliados partícipes que no tengan beneficiarios en estos niveles
de consanguinidad, afinidad o civil, se permitirá hasta tercero grado
de consanguinidad.
b. También se podrán cubrir con este fondo los demás conceptos que
contribuyan al mejoramiento de su calidad de vida o la de su familia
según reglamente la Junta Directiva.
c. Para ser beneficiario de este fondo, el afiliado partícipe debe
entregar al Sindicato en forma oportuna el soporte respectivo y este
hará el pago directamente al tercero.
d. Dado que el propósito de la organización es el otorgamiento de
beneficios a los afiliados partícipes y sus familias, los recursos de
este fondo solo podrán ser entregados en dinero en caso de retiro de
su participación en el contrato sindical.
ARTÍCULO 15. COMPENSACIONES AL AFILIADO PARTICIPE:
Se determinará luego de descontados los montos aplicados para sostenimiento y seguridad
Social, cada afiliado partícipe, por el aporte de trabajo en un contrato sindical tendrá
los
siguientes derechos económicos, que para valorarlos, se tendrá como referente los diferentes
tipos de contratación suscritos por el Sindicato (evento, hora, proceso, subproceso, distribución
por trabajo de núcleos, en relación con los manuales tarifarios u otros referentes de orden legal).
Así mismo deberá considerarse la participación de cada afiliado partícipe en el respectivo contrato,
disponiendo para ello una subcuenta en la contabilidad del sindicato.
1. COMPENSACIÓN BÁSICA MENSUAL:
El Sindicato reconocerá al afiliado partícipe una compensación mensual del 40% de este
componente y se
establecerá en compensación de su trabajo, la cantidad, función,
responsabilidades, complejidad y la especialidad exigida, el rendimiento, la productividad y los
valores de la contratación marco.
En caso de existir diferencias en las condiciones del trabajo aportado en razón a la formación,
tales como subespecialidades o se acredita entrenamiento específico, la Asamblea General
delega en la Junta Directiva la posibilidad de definir compensaciones acordes con estas
diferencias y con las características y modalidad de pago del proceso contratado.
2. COMPENSACIÓN ANUAL. (Se homologa a la naturaleza jurídica de las Cesantías, en el
marco de lo definido en el presente reglamento de contrato sindical):
Se le reconocerá a cada afiliado partícipe, el siete con cuatro por ciento (7,4%) mensual del valor
de este componente, en forma acumulada al período trabajado.
La Compensación Anual podrá ser solicitada por el afiliado partícipe con destinación a compra y/o
arreglo de vivienda, educación, pago de impuestos (predial de vivienda, impuesto de renta,
impuesto de vehículo) o compra de vehículo; el Sindicato girará el cheque directamente al tercero
(Banco, Colegio, Universidad, concesionario, etc.)
En caso que el afiliado partícipe decida consignar a un fondo de cesantías, dicha consignación
debe tener una periodicidad no inferior a un año y previa autorización escrita del afiliado Participe.
Aspectos normativos:
a. Para su aplicación se entenderá por núcleo familiar el conformado
por el afiliado partícipe en forma permanente con su familia
progenitora o su descendencia, establecida sobre vínculos de
parentesco por consanguinidad hasta el segundo grado, afinidad o
civil hasta el primer grado.
Para afiliados partícipes que no tengan beneficiarios en estos
niveles de consanguinidad, afinidad o civil, se permitirá hasta
tercero grado de consanguinidad.
b. Los recursos de esta compensación solo podrán ser entregados
en dinero en caso de retiro de su participación en el contrato
sindical.
3. INTERESES SOBRE COMPENSACIÓN ANUAL. (Se homologa a la naturaleza jurídica de los
intereses a las cesantías, en el marco de lo definido en el presente reglamento de contrato
sindical):
Al momento del pago de la compensación anual, se le reconocerá a cada afiliado partícipe, un uno
por ciento (1%) mensual del valor de la misma, en la calidad de intereses.
Los intereses sobre la compensación anual serán cancelados proporcionalmente al momento de
retirar la compensación anual cumpliendo con las mismas condiciones.
4. COMPENSACIÓN SEMESTRAL (Se homologa a la naturaleza jurídica de prima de servicios,
en el marco de lo definido en el presente reglamento de contrato sindical):
Con carácter periódico y sin corresponder a la naturaleza de la compensación básica, se le
reconocerá a cada afiliado partícipe un ocho con seis por ciento (8,6%) de este componente, el
cual, con el fin de mejorar el flujo de caja del afiliado partícipe, se pagará cada tres (3) meses.
Pagaderos en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre.
La junta
directiva podrá modificar según el flujo de caja o las condiciones económicas del sindicato las
fechas de pago.
5. COMPENSACION POR DESCANSO (Se homologa a la naturaleza jurídica de las vacaciones
en el marco de lo definido en el presente reglamento de contrato sindical).
El Afiliado Partícipe tendrá derecho a quince (15) días de descanso por cada año de labores en un
contrato sindical o proporcional por fracción, el cual será el equivalente al dos por ciento (2%) de
este componente.
Para el evento del reconocimiento del descanso anual compensado a los Afiliados partícipes que
se desvinculen del contrato sindical sin haber disfrutado de dicho descanso en los términos del
presente artículo, la liquidación se realizará proporcional o por fracción de año de servicios.
Este reconocimiento sólo podrá hacerse en dinero en los casos de retiro del afiliado partícipe del
contrato sindical ó en los casos previstos por la Ley para el descanso.
6. PRIMA POR DESCANSO ANUAL COMPENSADO:
Con el fin de promover las adecuadas condiciones de descanso del afiliado partícipe y de su
familia, se reconocerá, adicional al valor de la compensación por descanso a aquel que preste sus
servicios efectivamente durante un año completo e ininterrumpido en virtud del Contrato Sindical,
el valor correspondiente a un tres por ciento (3%) de este componente.
La cancelación de la prima por descanso anual compensado se realizará al iniciar el disfrute del
descanso anual, en el evento, que el afiliado partícipe se desvinculen del contrato sindical sin
haber disfrutado de dicho descanso, la liquidación se realizará proporcional o por fracción de año
de servicios.
7. AUXILIO PARA LOS GASTOS DE DESPLAZAMIENTO DE LOS AFILIADOS PARTÍCIPES:
Este fondo se alimenta del 20% de los ingresos destinados a este componente, y se dirije a cubrir
la necesidad de desplazarse entre diferentes instituciones donde se desarrollan contratos
sindicales, incluso por fuera del Municipio de su domicilio. Comprende los costos por concepto de
desplazamientos, peajes y parqueaderos.
OTRAS BONIFICACIONES POR CALIDAD E INCENTIVOS: De acuerdo con el flujo de recursos
de cada contrato sindical, la Junta Directiva podrá definir un sistema de incentivos y
bonificaciones, que constituye un conjunto de medidas para estimular el desarrollo laboral y
académico del afiliado partícipe, y reconocer el volumen de trabajo aportado y la calidad de este.
FORMA DE PAGO: Por regla general las compensaciones y los derechos económicos en el
presente reglamento, le serán entregados directamente al afiliado partícipe en cheque o por medio
de una transferencia electrónica. En todo caso, se expedirá una relación escrita ó electrónica
donde conste el monto y concepto de los mismos. Cuando por alguna circunstancia el afiliado
Participe se le dificulte recibir personalmente su compensación y demás derechos económicos,
podrá autorizar por escrito a un tercero.
ASAMBLEA ORDINARIA
El día 30 de Octubre de 2012, se llevara a cabo la segunda Asamblea General Ordinaria del
año 2012, la cual tendrá lugar en el auditorio del Edificio LATITUDE, ubicado en la carrera
43 A No 17-106 Hora 6:30 P.M El objetivo principal de la Asamblea es dar a conocer los
Estados Financieros del Sindicato y la Ejecución presupuestal con corte a junio de 2012.
CONTAMOS CON SU PARTICIPACION, RECUERDE QUE LA NO ASISTENCIA SIN
JUSTIFICACION GENERA UNA SANCION ECONOMICA EQUIVALENTE AL VOLOR PROMEDIO
DE HORA QUE DURE DICHA ACTIVIDAD.
GRAN FIESTA DE LA FAMILIA SOGOS
Se nos llego la hora de la fiesta vamos a disfrutar toda la familia anímate a
participar El día sábado 27 de octubre se realizará la fiesta de la familia,
deseamos compartir un espacio entre amigos y familiares para que todos nuestros
afiliados disfruten de actividades recreativas y lúdicas esperamos contar con su
presencia.
HORA:
11:00 am 5:00 p. m
LUGAR.
Finca Mazatlán Vereda tres puertas, ubicada a 100 mts del
semáforo del Mall LLanogrande.
PROGRAMACION
HORA
11:00 am-12:00 am
12:00 am -1:00 pm
1:00 pm-2:00pm
2:00 pm-3:00 pm
3:00 pm 4:00 pm
4:00 pm- 5:00 pm
ACTIVIDAD
Coctel de Bienvenida invitados SOGOS .
Inflable – Pista Jabonosa
Partido de Futbol SOLTEROS Y CASADOS
Almuerzo Bandeja Paisa
Carrera de relevos para niños y adultos.
Juegos, inflable, entrega de raspados, Fuente de chocolate, hora loca
RECOMENDACIONES
1. Las personas que desean participar en el partido de Futbol se debe comunicar con el Dr
Carlos Álvarez Estrada al celular……….. técnico oficial del equipo de solteros
2. Llevar ropa cómoda y de cambio.
3. Realizar inscripciones en 3521060 con Eliana Álzate ¿ YA TE INSCRIBISTE ? SOLO FALTAS
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