DERECHOS PECUNIARIOS - Escuela Militar de Suboficiales

Transcripción

DERECHOS PECUNIARIOS - Escuela Militar de Suboficiales
ACUERDO No. 019
DERECHOS PECUNIARIOS AÑO 2016
ACUERDO CONSEJO ACADÉMICO No. 019 DEL 04 DE DICIEMBRE DE 2015
(POR EL CUAL SE ESTABLECEN LOS DERECHOS PECUNIARIOS PARA EL
AÑO ELECTIVO 2016 DE LA ESCUELA MILITAR DE SUBOFICIALES
SARGENTO INOCENCIO CHINGA.
EL CONSEJO ACADÉMICO DE LA ESCUELA MILITAR DE SUBOFICIALES
SARGENTO INOCENCIO CHINGA EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES
LEGALES Y ESTATUTARIAS, Y
CONSIDERANDO:
Que la Escuela Militar de Suboficiales Sargento Inocencio Chinea es una
Institución de Educación Superior de nivel Tecnológico y se encuentra inscrita en
el Sistema Nacional de Educación Superior con el código No. 3902.
Que la Ley 30 de 1992 en su artículo 122 a tenor dice "los derechos pecuniarios
que por razones académicas pueden cobrar las instituciones de Educación
Superior son los siguientes:
a) derechos de Inscripción
b) Derechos de Matricula
c) Derechos por realización de exámenes de habilitación, supletorios y
preparatorios
d) Derechos por realización de cursos especiales y de educación permanentes
e) Derechos de grado
Que mediante resolución 1780 de 2010 que en su artículo No. 5 determina que
entre el primero de noviembre y el 15 de diciembre de cada año las Instituciones
de Educación Superior en cumplimiento de su deber de informar deberán:
a) Dar a conocer al Ministerio de Educación Nacional al correo electrónico
[email protected]. la dirección web donde se publiquen los
actos internos, mediante los cuales se establecen los valores e incrementos
de los derechos pecuniarios y cuando hubiere lugar la justificación
b) Cargar y actualizar en el SNIES la información correspondiente a través de
los mecanismos establecidos (...)
Que la Escuela Militar de Suboficiales Sargento Inocencio Chinea decidió
incrementar los derechos pecuniarios y complementarios con base a las normas
institucionales establecidas
Que la Escuela Militar de Suboficiales Sargento Inocencio Chinea, tienen como fin
institucional la alta calidad en la educación, busca el logro de la excelencia
académica mediante la acreditación y re-acreditación de los programas actuales,
así como el mejoramiento continuo con el objetivo de lograr altos estándares de
reconocimiento como Institución de Educación Superior;
Que el Consejo académico en su sesión del día 4 de diciembre de 2015 aprobó
los valores correspondientes a los Derechos Pecuniarios y complementarios para
el año lectivo de 2016;
ARTÍCULO PRIMERO: Valores Cursos ordinarios y extraordinarios de
suboficiales.
El personal civil aspirante a ingresar a la EMSUB que haya aprobado el
proceso de selección e incorporación al programa de formación como Cabo
Tercero, cancelarán los valores que se establecen a continuación en el
artículo cuarto del presente Acuerdo.
Los soldados profesionales que aprueben el proceso de incorporación a la
EMSUB como curso extraordinario, tendrán un descuento del 5% sobre los
costos establecidos en el artículo cuarto del Acuerdo.
Los Alumnos de los cursos ordinarios y extraordinarios cancelarán los
valores establecidos corno derechos pecuniarios a que hace referencia el
presente Acuerdo
ARTÍCULO SEGUNDO: Valores curso administrativo
El personal civil aspirante a ingresar a la EMSUB que haya aprobado el
proceso de selección e incorporación al programa de formación como Cabo
Tercero del Cuerpo Administrativo, cancelarán el 55% de los valores que se
han establecido a continuación en el artículo cuarto del presente Acuerdo
ARTÍCULO TERCERO: Valor de la inscripción y la carpeta.
Se establecen los siguientes valores, que serán pagados por los aspirantes a
ingresar a los programas de Educación Superior Militar y Complementaria de
la EMSUB, así:
Inscripción
$ 63.000.00
Carpeta
$ 52.000.00
ARTÍCULO CUARTO. Derechos de matrícula.
Se fija el valor del derecho a la matricula semestral de un (01) salario mínimo
mensual legal vigente (SMMLV) para el año 2016.
PARÁGRAFO PRIMERO: El valor del equipo de incorporación se estipulará
semestralmente, costo que incluye valores por concepto de primer pago de
lavandería, marcado de uniformes y elementos del equipo, pruebas de
toxicología, primer esquema de vacunación y fondo de permanencia. El
anterior valor será cancelado por una única vez al ingreso del aspirante
admitido y matriculado.
ARTÍCULO QUINTO.
grado y duplicados.
Valor
habilitaciones,
certificados, derechos de
Se establecen los siguientes valores así:
Habilitaciones por materia
$ 42.000.00
Exámenes de validación y/o suficiencia por materia
$ 42.000.00
Certificados y constancias
$ 16.000.00
Duplicados de diplomas
$ 63.000.00
Derechos de grado
$ 73.000.00
Proceso de Homologación
$ 203.000.00
Contenidos Programáticos (Valor por hoja)
$ 1000
ARTÍCULO SEXTO.
Suboficiales Orgánicos de la EMSUB
Los suboficiales orgánicos de la EMSUB cancelaran el 50% del valor
establecido para el proceso de Homologación. Lo anterior sin perjuicio de los
valores que se deban cancelar por procesos de validación y/o suficiencia de
conocimientos inherentes al campo del entrenamiento y la gestión militar.
ARTÍCULO SÉPTIMO. El presente Acuerdo rige a partir su fecha de expedición
y deroga las demás disposiciones que el sean contrarias
COMUNIQÚESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Tolemaida-Nilo Cundinamarca^ a los 04 días del mes de diciembre de
2015
Coronel ABDIAS CAPERA TOVAR
Presidente Consejo Académico
Coronel WILLIAM FERNADM^PRIETO RUIZ
Vicerrector AdmiTlístrativo

Documentos relacionados