2013_07_21 NP Consumo Clausula Suelo pdf

Transcripción

2013_07_21 NP Consumo Clausula Suelo pdf
 G OBIERNO DEL P RINCIPADO DE A STURIAS
CONSEJERÍA DE SANIDAD
NOTA DE PRENSA
(Domingo, 21.07.2013)
Consumo exige a los bancos que eliminen la cláusula
suelo de las hipotecas (2 páginas)
• Anima a los afectados a que reclamen la supresión de unas
condiciones que el Tribunal Supremo considera “abusivas”
• El Principado abrirá expedientes sancionadores a las entidades
bancarias que las incluyan en los préstamos hipotecarios
El Servicio Asturiano de Consumo ha requerido a las entidades bancarias que eliminen
de las hipotecas la cláusula suelo que impide al consumidor beneficiarse de las bajadas
de los tipos de interés de referencia. Este organismo, dependiente de la Dirección
General de Salud Pública, recuerda que estas condiciones han sido consideradas
abusivas por el Tribunal Supremo.
Consumo anima a las personas que hayan firmado una hipoteca con cláusula suelo a que
soliciten a su entidad bancaria la eliminación de estas condiciones. Debido a la
prolongada vigencia temporal de los préstamos hipotecarios, en muchos casos de más
de 25 años, este tipo de cláusulas tienen una repercusión económica muy importante
para el consumidor, que no puede beneficiarse de los hipotéticos descensos de los tipos
de interés.
Las entidades bancarias han incluido en los contratos de préstamo hipotecario durante
los últimos años la cláusula suelo que, al establecer el pago de un tipo mínimo de interés
por el dinero prestado, impide al consumidor beneficiarse de las bajadas del tipo de
referencia utilizado en la hipoteca, generalmente el Euribor.
El Tribunal Supremo, en una sentencia de 9 de mayo de 2013, considera que estas
cláusulas son “abusivas” por falta de transparencia cuando concurre alguno de los
siguientes motivos:
a) La creación de la apariencia de un contrato de préstamo a interés variable en el
que las oscilaciones a la baja del índice de referencia repercutirán en una
disminución de la cuota hipotecaria, cuando en realidad es un contrato a un
interés mínimo fijo, variable nada más al alza.
b) Falta de información suficiente de que se trata de un elemento definitorio del
objeto principal del contrato.
c) Utilización de un techo para crear la apariencia de que la cláusula suelo tiene
como contraprestación la fijación de un techo.
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G OBIERNO DEL P RINCIPADO DE A STURIAS
CONSEJERÍA DE SANIDAD
d) No haber proporcionado al consumidor en fase precontractual una simulación
que incluya escenarios diversos con la previsible evolución de los tipos de
interés.
e) Falta de advertencia clara y comprensible acerca del coste comparativo con otros
productos de la entidad.
f) Inclusión de la cláusula entre una gran cantidad de datos que dificultan su
comprensión.
Los consumidores afectados por una cláusula suelo abusiva deben dirigirse en primer
lugar a su entidad bancaria, para solicitar su eliminación al concurrir alguno de los
criterios establecidos por el Tribunal Supremo.
Si en el plazo de dos meses el banco no accede a su solicitud o no le responde, los
afectados pueden presentar una denuncia ante el Servicio de Consumo del Principado de
Asturias, ya que la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos constituye una
infracción administrativa sancionable en materia de consumo.
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