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1er CONGRESO IBEROAMERICANO SOBRE SEDIMENTOS Y ECOLOGÍA QUERÉTARO, QUERÉTARO MÉXICO, 21-24 JULIO 2015 DETERMINACIÓN DE LA ALTERACIÓN DEL RÉGIMEN HIDROLÓGICO NATURAL Y OBJETIVO AMBIENTAL PARA EL CÁLCULO DEL CAUDAL ECOLÓGICO Mario Lopez Perez¹, Laureano Mendoza Camacho¹, Aarón Antonio Schroeder Aguirre¹* (1) Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), Av. Insurgentes Sur # 2416, Colonia Copilco el Bajo, Delegación. Coyoacán, México D.F., C.P. 04340 [email protected], [email protected], [email protected]* Antecedentes Desarrollo Para favorecer el desarrollo sustentable, se debe satisfacer las necesidades en diferentes usos, sin comprometer la capacidad de futuras generaciones, elaborando planes de manejo integral de agua tomando como referencia el uso ambiental o de conservación ecológica junto con los usos establecidos en la Ley de Aguas Nacionales (LAN). Para el proceso de determinación del régimen de caudal ecológico es necesario identificar en la serie histórica de datos si se presenta algún grado de alteración con respecto al régimen hidrológico natural (RHN) y cuantificarlo, entendiendo que dentro de un régimen de caudal ecológico existen principios como el paradigma del RHN y el gradiente de la condición biológica. El uso ambiental o para conservación ecológica, es definido en la Ley de Aguas Nacionales artículo 3 Fracción LIV, es el caudal o volumen mínimo necesario en cuerpos receptores, incluyendo corrientes de diversa índole o embalses, o el caudal mínimo de descarga natural de un acuífero, que debe conservarse para proteger las condiciones ambientales y el equilibrio ecológico del sistema. El incremento de los usuarios dentro de las actividades socioeconómicas presentes en el país, provocan, por una parte, el cambio de uso del suelo, una reducción significativa de los caudales y una modificación de los regímenes originales de flujo en las corrientes superficiales y subterráneas (acuíferos), en consecuencia resulta en la desaparición parcial o total de los flujos superficiales o la descarga procedente del subsuelo; y por otra, la contaminación de las aguas, utilizando las corrientes y cuerpos de agua como receptores de los residuos sólidos y líquidos que generan dichas actividades. Las diversas obras hidráulicas han modificado los escurrimientos naturales en cantidad, calidad y distribución a lo largo del año y, en consecuencia, han causado variación en la morfología del cauce, transporte de sedimentos, materia orgánica y nutrimentos, temperatura del agua, entre otras variables, y han impactado a los ecosistemas correspondientes. La extracción intensiva, propicia la modificación de patrones de flujo subterráneo seguido de una disminución o desaparición de la descarga de agua subterránea hacia la superficie por medio de manantiales, caudal base hacia los ríos, descarga a lagos, lagunas, humedales y al mar. La descarga de agua subterránea representa en muchos casos, especialmente en las regiones áridas y semiáridas del país, la única fuente permanente de agua hacia los ecosistemas, por lo que su disminución o desaparición implica cierta afectación. La metodología es válida, ya que permite la ponderación ecológica de cada componente dentro de un RHN, además de genera propuestas para la conservación o restablecimiento de la zona riparia, desde un punto de vista funcional a mediano y largo plazo por medio de los objetivos ambientales contemplados en la NMX-AA-159-SCFI-2012. Asimismo, reconoce que un ecosistema acuático modifica sus servicios ambientales en respuesta al aumento o disminución de los niveles de estrés, desde el punto de vista conceptual, para la determinación de caudales ecológicos, partiendo de reconocer las condiciones naturales del régimen hidrológico (RHN) dentro de una corriente o cuerpo de agua, su estado actual (RHA), posibilidades de conservación o recuperación de los componentes del régimen hidrológico para alcanzar o mantener un estado ecológico deseado (objetivo ambiental). Determinación de la alteración Régimen Hidrológico Natural del El régimen hidrológico en estado natural y en estado actual son dos condiciones necesarias para determinar el grado de alteración del régimen hidrológico por presencia de infraestructura hidráulica o hidroeléctrica (p.e. grandes presas o derivadoras) o tomas de agua (p.e. bombeo de pozos, azud) que afecten al régimen hidrológico de caudales y a los ecosistemas acuáticos asociados. En todos estos casos es necesario la identificación del grado de alteración que existe en el régimen hidrológico actual (RHA) con relación al natural (RHN). El procedimiento para determinar el grado de alteración a partir del régimen hidrológico natural se basa en volúmenes 1er CONGRESO IBEROAMERICANO SOBRE SEDIMENTOS Y ECOLOGÍA QUERÉTARO, QUERÉTARO MÉXICO, 21-24 JULIO 2015 mensuales y anuales medidos y contempla los puntos siguientes: 1. Identificar corrientes donde se realizará el estudio de los caudales ecológicos (Figura 1). La información hidrométrica a escala diaria o mensual con al menos 20 años de registros. 2. Determinar el régimen de caudales ordinarios (máximos y mínimos) según el procedimiento que se detalla a continuación: • Ordenar a partir de la información hidrológica de la serie diaria, los caudales medios mensuales, separando las series en régimen hidrológico natural (RHN) y en régimen hidrológico actual (RHA), que se muestran en las Figuras 2 y 3 respectivamente. • Organizar los caudales mensuales en años naturales para ambas series. • Calcular para cada mes del año en la serie de RHN los percentiles 90 y 10, tanto mensuales como anuales (Tabla 1). • Calcular para cada año de la serie de RHA los la suma de los promedios mensuales y 90 y 10 (Tabla 2). A partir del régimen hidrológico natural (RHN) se calcula el percentil 10 y 90 de cada uno de los meses. El cálculo del percentil 50 se toma como una referencia de la media del RHN. 3. Verificar si los caudales actuales (RHA) a manera mensual y anual se encuentran contenidos en el régimen de caudal ordinario máximo (P90) y mínimo (P10) sugeridos por el RHN (Figura 4 y Figura 5), en donde: • Si el régimen hidrológico actual (RHA) cumple en magnitud mensual y anual > 50 % con relación al RHN, se considerará hidrológicamente no alterado. • Si el cumplimiento del régimen hidrológico actual (RHA) es < 50 % en su magnitud mensual y anual con relación al RHN, se considerará alterado. Ilustración 1. Régimen Hidrológico (1946-2002) Ilustración 2. Régimen Hidrológico Natural (1946-1965) 1er CONGRESO IBEROAMERICANO SOBRE SEDIMENTOS Y ECOLOGÍA QUERÉTARO, QUERÉTARO MÉXICO, 21-24 JULIO 2015 Ilustración 3. Régimen Hidrológico Actual (1983-2002) Tabla 1. Valores Mensuales de Percentiles (10, 50 y 90), Régimen Hidrológico Natural (1946-1965) Percentil 10 Percentil 50 Percentil 90 Qm actual Mes m³/s m³/s Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre 2.54 1.68 1.39 1.27 1.09 2.04 34.39 66.46 66.37 14.03 3.34 2.68 3.94 3.05 2.37 1.77 1.60 12.35 72.18 109.24 128.92 37.46 5.54 4.52 21.36 14.28 4.60 2.78 2.15 31.65 152.01 180.70 243.68 120.66 14.83 12.89 45.67 14.60 4.85 5.65 1.86 12.88 88.05 123.70 145.94 61.11 20.33 10.92 Aportación Media (Σ) Caudal Medio Anual (Promedio) 197.26 16.44 382.94 31.91 801.59 66.80 535.56 44.63 Tabla 2. Valores Anuales de Percentiles (10, 50 y 90), Régimen Hidrológico Actual (1983-2002) Percentil 10 Percentil 90 RHA Año m³/s m³/s 197.26 801.59 489.41 1983 197.26 801.59 561.00 1984 197.26 801.59 837.76 1985 197.26 801.59 494.06 1986 197.26 801.59 288.45 1987 197.26 801.59 630.61 1988 197.26 801.59 339.22 1989 197.26 801.59 879.85 1990 197.26 801.59 509.46 1991 197.26 801.59 1,075.84 1992 197.26 801.59 947.32 1993 197.26 801.59 323.50 1994 197.26 801.59 492.86 1995 197.26 801.59 351.12 1996 197.26 801.59 333.86 1997 197.26 801.59 435.40 1998 197.26 801.59 634.16 1999 197.26 801.59 420.21 2000 197.26 801.59 333.62 2001 197.26 801.59 333.45 2002 1er CONGRESO IBEROAMERICANO SOBRE SEDIMENTOS Y ECOLOGÍA QUERÉTARO, QUERÉTARO MÉXICO, 21-24 JULIO 2015 Ilustración 4. Índice de Alteración Mensual, Régimen Hidrológico (1946-2002) Ilustración 5. Índice de Alteración Anual, Régimen Hidrológico (1946-2002) Determinación de objetivos ambientales para las cuencas hidrológicas El procedimiento para determinar el objetivo ambiental debe ser consistente con el estado de conservación deseado partiendo de las bases mínimas a considerar a escala nacional, para la determinación de objetivos ambientales como un instrumento para la planificación o gestión hídrica. Para determinar el objetivo ambiental se debe incorporar la importancia ecológica y la presión de uso por el agua presente en cada cuenca como criterios fundamentales. Importancia ecológica En la valoración de la importancia ecológica se consideran aspectos bióticos y abióticos de los ecosistemas. Entre los aspectos bióticos se encuentran la diversidad de especies, su rareza, presencia de aquéllas en peligro de extinción o amenazadas, endemismos e intolerantes a las alteraciones del régimen hidrológico. Por lo que respecta a las condiciones abióticas, éstas son las relativas a la diversidad de hábitats, en el cauce y en las zonas riparias, su funcionamiento como refugio, corredores biológicos para rutas migratorias, su sensibilidad geomorfológica, la calidad del agua y a las alteraciones del régimen hidrológico. 1er CONGRESO IBEROAMERICANO SOBRE SEDIMENTOS Y ECOLOGÍA QUERÉTARO, QUERÉTARO MÉXICO, 21-24 JULIO 2015 Presión de uso Las ecuaciones que se utilizan para la obtención de la presión de uso deben integrar concesiones y asignaciones de agua en la cuenca. Para el cálculo de la presión de uso se utilizan las expresiones tanto de para agua superficial como en subterránea: Tabla 6. Matriz de objetivos ambientales Importancia Ecológica Para determinar si una cuenca presenta presión por el uso del agua se debe evaluar el volumen ejercida por los usuarios dentro de la cuenca sobre la disponibilidad de agua superficial y subterránea. Muy alta A A B C Alta A B C D Media B C C D Baja B Baja C D Media Alta Presión de Uso D Muy Alta Ecuación 1. Agua superficial Presión de uso UC Ex Ev V 100 D (1) Donde: UC = Volumen anual de extracción de agua superficial Ex = Volumen anual de exportaciones D = Disponibilidad media anual de agua superficial en la cuenca hidrológica EV = Volumen anual de evaporación en embalses ΔV = Volumen anual de variación de almacenamiento en embalses Ilustración 6. Condición biológica con respecto al gradiente del factor de estrés Ecuación 2. Agua subterránea Presión de uso VEXTEXT 100 DAS (2) Resultados VEXTET = Volumen de extracción de agua subterránea consignado en estudios técnicos DAS = Disponibilidad media anual de agua subterránea Se determina la presión de uso como la relación en porcentaje del volumen asignado más el concesionado entre la disponibilidad media anual por cuenca o acuífero. Obtenidos los valores de la presión de uso para agua superficial y subterránea, se clasifica la presión de uso conforme a los valores de la Tabla 5: Tabla 5. Criterios con base en porcentajes para identificar distintos niveles de presión de uso Muy Alta Alta Media Baja Presión de Uso ≥ 80 % ≥ 40 % ≥ 11 % ≤ 10 % Estado de conservación deseado y objetivos ambientales El estado de conservación deseado (muy bueno, bueno, moderado o deficiente) mostrado en la Figura 6 y el objetivo ambiental (A, B, C o D) se asigna conforme a las reglas de decisión mostradas en la Tabla 6, el cual representa e objetivo asignado para la cuenca. Aplicando los criterios se determinó que el régimen hidrológico actual no presenta alteración por la incorporación de infraestructura hidráulica, la asignación del objetivo ambiental “A” para un año húmedo se fundamenta con base en que la cuenca del río Acaponeta pertenece a una de las 18 cuencas con prioridad de conservación extrema y además de que es una reserva de agua con potencial ambiental y presenta una categoría alta, además en la evaluación de los dos tramos utilizados para determinar la presión de uso en el río Acaponeta se determinó que esta presenta un índice menor al 2 % por lo que se considera una categoría baja en cuanto a la presión de uso. Conclusiones y Recomendaciones La metodología para la evaluación del grado de alteración de un régimen hidrológico indica que el régimen hidrológico actual no está alterado, además la asignación de un objetivo ambiental “A” corresponde a un sitio que por sus características eco-hidrológicas debe ser conservado, ya sea para la conservación del medio ambiente en una zona prioritaria como Marismas Nacionales o incorporarlo a una reserva de agua por medio de la integración de un régimen de caudal ecológico considerando dicho volumen como parte del balance de la cuenca, todo esto es con la finalidad de asegurar la conservación de los principales ecosistemas en el país y de conservación sustentable de los ecosistemas riparios. 1er CONGRESO IBEROAMERICANO SOBRE SEDIMENTOS Y ECOLOGÍA QUERÉTARO, QUERÉTARO MÉXICO, 21-24 JULIO 2015 Referencias AGUILAR V., M. KOLB, P. KOLEFF Y T. URKIZA HASS. Las cuencas de México y su biodiversidad: Una visión integral de las prioridades de conservación. Capítulo 29 en “Las cuencas hidrográficas de México. Diagnóstico y Priorización”, 2011, pp. 142-153. ARTHINGTON A.H., THARME R.E., BRIZGA S.O, PUSEY B.J., AND KENNARD M.J. Environmental Flow Assessment with Emphasis on Holistic Methodologies, 2004, Australia. 31 pp. ARTHINGTON, A.H., S.E. BUNN, N.L. POFF Y R.J. NAIMAN. The challenge of providing environmental flow rules to sustain river ecosystems. Ecological Applications 16, 2006, pp. 1311-1318. APSE C., E. KENDY, M. DE PHILLIP, S. FLACK, C. O’NEILL AND J. ZIMMERMAN. Ecological Limits Of Hydrological Alteration (ELOHA). 4th Usace Conservancy Partnership Conference, Projects to systems: Restoring and protecting our nation’s natural capital, Stevenson, Washington, USA, October 2009, pp. 26-28. COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA. Identificación de reservas potenciales de agua para el medio ambiente en México, SEMARNA, 2011, 87 pp. COMISIÓN NACIONAL PARA EL CONOCIMIENTO Y USO DE LA BIODIVERSIDAD Y COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS. Sitios prioritarios para la conservación de los ecosistemas acuáticos epicontinentales. Escala 1:250,000. Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad y Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas. México, D.F., 2010. CONVENCIÓN DE RAMSAR. Convención relativa a humedales de importancia internacional, 1971. DAVIES S. P. Y JACKSON S.K. The Biological Condition Gradient: A Descriptive Model for Interpreting Change in Aquatic Ecosystems. Ecological Applications: Vol. 16, No. 4, 2006, pp. 1251–1266. GARCÍA, E.; GONZÁLEZ, R.; MARTÍNEZ, P.; ATHALA, J.; Y PAZ, G. Guía de Aplicación de los Métodos de Cálculo de Caudales de Reserva Ecológicos en México. Comisión Nacional del Agua, Instituto Mexicano de Tecnología del Agua. México, 1999, 190 pp. GARRIDO A., CUEVAS M. L. Y COTLER H. El estado de alteración ecohidrológica de los ríos de México. 108-11 pp. En: Cotler H. (Coord). Las cuencas hidrográficas de México: diagnóstico y priorización, Instituto Nacional de EcologíaFundación Gonzalo Río Arronte I.A.P., México, 2010, 232 pp. GARRIDO A., CUEVAS M. L. Y COTLER H. Evaluación del grado de alteración ecohidrológica de los ríos y corrientes superficiales de México en Investigación ambiental. Ciencia y política pública, Vol. 2, N° 1, 2010. GARRIDO A. COTLER H., RODRÍGUEZ Y. Sistema de consulta de cuencas hidrográficas de México. Diagnóstico de cuencas. Aplicación de internet (http://cuencas.ine.gob.mx/cuenca2/diagnostico.html) Instituto Nacional de Ecología-Fundación Gonzalo Río Arronte I.A.P. Centro Geo A.C., México, D.F., 2008. POFF, N.L., J.D. ALLAN, M. B. BAIN, J.R. KARR, K.L. PRESTEGAARD, B. RICHTER, R. SPARKS, Y J. STROMBERG. The natural flow regime: a new paradigm for riverine conservation and restoration. BioScience 47, 1997, pp. 769-784.