convenio en formato pdf - Universidad Simón Bolívar

Transcripción

convenio en formato pdf - Universidad Simón Bolívar
POLITE CNICO
D I M I LANO
•
UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR
CONVENIO DE INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES ENTRE
LA UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR (Venezuela) Y
EL POLITÉCNICO DE MILANO (Italia)
::~~·s~.;~:~·:~.-
'·
Entre la Universidad Simón Bolívar, Institución de Educación Superior, creada por Decreto t):) a'
·(
Presidencia de la República Nº 878 de fecha 18 de julio de 1967, publicado en la Gaceta Ofi i~f e
la República de Venezuela Nº 28.387, de fecha 22 de julio de 1967, modificado por el Dec ~o Nº . : '
·,
Nº
94 de fecha 09 de julio de 1969, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venez
1
28.968, de fecha 12 de julio de 1969, cuya autonomía consta en el Decreto Nº 755, de fecha~ 8 de
~
julio de 1995, emanado de la Presidencia de la República y debidamente publicado en la G \~eta
,
·
·
Oficial de la República de Venezuela Nº 35 .756, de fecha 19 de julio de 1995, e inscrita en 'e:l:_ · ·
Registro de Información Fiscal bajo el Nº G-20000063-5, ubicada en Sartenejas, Municipio
Autónomo de Baruta del · Estado Miranda, Venezuela, la cual en lo sucesivo y a los efectos del
presente Convenio "Se· de110minará ;11.'USB", >.debidamente representada en este acto por su Rector,
profesor Dr. Enrique Aurelio Planchart R, mayor de edad, de nacionalidad Venezolana, de este
domicilio y titular de la cédula de identidad Nº l. 716.499; debidamente facultado según consta en el
Acta de Proclamación de fecha 28 de mayo de 2009 y en el Acta de Juramentación y Toma de
Posesión de fec~1a ~ ~ dy jpli~ P
S2,q,p<¡'! Xid~~~$~&eb~~; ~~,tQr}~ap8 ~Q, ~?s,ióp ~11 Consejo Directivo
ol.~te~111,~~ P.~ ~1lano, Facult~d~s de
del dí~ ~l de marzo ,d~, iºl.~\ ~or., ~p~,¡>~ft~ · ·gr · ~,
Ingemena. y Faculta~ de Ar~q~1t~~~~r~ ,~ 1, ~ "·J
,~i
~:
·~ e~sEt~zza Leonardo da V111c1 32,
r, ,, · ~trgag,p del Rector para Redes
20133 Milano (ltaha), y represeµtado ~n < ~.,; ..,;,,
Internacionales, Prof. Giancarlo . Spinelli~ gonviérieri)-értovar'.elpresente' convenio suscrito en fecha
1Ode DiÓiembre de 2002,"de aoti~rdb.~&rfld si'gli'ient~füw :;, "'! .""'
'
. ,f:~¡ f '' f:/' ~.'§:; ' . ·":!'::}:~-:\> ;' ~·~f,;:~f.~i\:,.;,'.<+.~:1;\Ú,, '.
ria
1. OBJETIVO
( .11IJ1··
\'2
El presente convenio tiene
enseñanza.
·
la;..~,in~l~ªª4t<le
a~1a~ol1ttr
it:ttefcatnbíosr~cadémicos
y de cooperación en
.. t ;;'. .)
1:' ,., " ·''' .\• --: . · "'' S' ·
,
y¡¡
2. ACTIVIDADES PREVISTAS
El convenio prevé actividades de intercambio de estudiantes. La duración del período de
intercambio será establecida por ·las · dos ,partes según el 1 plan de estudios definido para los
estudiantes ·participantes." Sin erhbarg6, no podrá ser inferior a ' los seis meses o superior a un año
académico.
1
''
'
1
;,,
3. ESTUDIA.l'i!TES fAR'.f:ICIPA~TES , ,:
, 1,
'· · ,¡;:J \l i1 . 1d,1, ,,
Cada año partici~atá~· por cada'' in~titÚciÓn· tu~ »má,dqió: lde : 5 ' ~stltdiantes para las Facultades de
Ingeniería, y un máximo de 4 esfüdiantes por 1dda i~stitttción'- para la Facultad de Arquitectura y
Sociedad.
· '·
11
4. GASTOS
Los gastos de viaje y estancia de los estudiantes correrán por cuenta de los párticipantes. La
Universidad que recibe se compromete a facilitar los procedimientos de acogida de los estudiantes y
darles las mismas facilidades previstas para sus ptopios estudiantes.
Convenio entre la USB y P. Milano, Italia Abr 2012
113
•
UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR
"a~.$'
IJ!.Noe c
La Universidad de origen debe garantizar, antes de la partida de los estudiantes, que éstos estén - -- ·
cubiertos por los seguros médicos requeridos.
Ninguna de las universidades, la de origen y Ja de acogida, tendrá alguna obligación financie;.:r..::ª.:..·----~
Los estudiantes que participen en el intercambio pagarán los derechos de matrícula y de asistencia ....."-"'"
sólo en la Universidad de origen.
/"-:( ''' · · .•
/
· 1
No se exigirá ningún tipo de tasas por el establecimiento de acogida durante la durac~ó "del
~~te~";~;:
·.••·
Cada institución designará un responsable del programa de intercambio.
(
'\
,
' ~\
·;
'";'i'fnr/
.. .
~:..-::.
Este representante realizará el seguimiento de los estudiantes participantes desde su incorpora'0~1r1:' ·:!·,e "'" \'
hasta el momento de la finalización de sus actividades académicas; permanecerá en contacto coñ~·~.:~ .:..::...-··
ellos durante su estadía; velará para que el proceso de reconocimiento de las actividades académicas
realizadas por el estudiante sea satisfactorio al regresar a su universidad de origen.
>. .
Este representante además acogerá a los estudiantes de la otra universidad que participarán en el
intercambio desde el momento de su llegad<1 ala úntvew~igad de destino; controlará periódicamente
como se desenvuelven con el programa "dé 1 ··~~tudlos cl~f~hte ¡:¡u permanencia en la institución de
acogida; verificará que las oficinas 'contpeténtes ··enJf' propja•'tl:Jniversidad compilen de modo
adecuado los documentos necés!ll'i0s..para···ef' reconocimfento 'efiP·1a l.miversidad de origen de las
actividades desarrolladas en el curso del periodo"de intercambio:'"' . ···;. .·,.
'>.~
~·,'
\-.
, -~;.. '
. ·~'
'W~;';';,t.e~_;,:~>- .· "'>'<\e<~~~-..
'°';~-'
Con el objeto de coordinaf' y-prómoeionar las actividadesprevis{as' en 'este Convenio, s.e designan
como responsables; por parte de la "USB" ál Director de Relaciorics lnt~rnacionales, actualmente a
cargo del profesor Héctor'Máldbnado Lira, y por parte del J>.oHtécbico de Milano el Delegado del
Rector para Redes Internacionales, Prof. Giancarlo Spinelli. t ' \. . :·
t~: !fi_· .:.)\ _\ _ .:. _
_ -~:· -:- . _, .' !t·~ i.~~ lx:i; ·>·. ' .
6. PROGRAMA DE ESTUDidS Y' :REó::>NOCI~lENTt) At}tt1E-NiJco
:··:'
El programa de estudios de los estudiantes que participarán en las actividades de intercambio será
acordado previamente a la partida de los mismos, y sometido a la aprobación de las respectivas
dependencias académicas competentes.
Deberá ser garantizado el pleno reconocimiento de las actividades desarrolladas en el período de
intercambio; la transferencia de créditos académicos será decidida por ambas partes y será
determinada por las dependencias académicas competentes.
7. SEGURIDAD, PREVENCIÓN
El estudiante participante del intercambio, deberá contratar un seguro de accidentes y vida,
tramitado por cuenta propia.
8. DURACIÓN
El presente convenio entrará en vigor en la fecha de Ja firma de ambas partes y tendrá una duración
de cinco (5) años. Podrá ser renovado, previa verificación de las actividades efectivamente
desarrolladas durante su vigencia y previo acuerd<;> entre las partes.
9. MODIFICACIONES
Convenio entre la USB y P. Milano, Italia Abr 2012
213
,_,.
.
,.
POLITECNICO
DI MILANO
UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR
Las partes pueden, de mutuo acuerdo, aportar modificaciones al presente acuerdo.
1O. RESCISIÓN
f
Cada una de las partes podrá comunicar la rescisión de este convenio en cualquier momento, e . ·
quedará sin efecto a los 180 días de la llegada de la notificación o comunicación de la rescis '
la . . ·.
contraparte. Todas las actividades que se encuentren efectivas al momento de esta noti · 'p<\'ción, . · ~
- ·., .
deberán mantenerse hasta su culminación.
(
1~·, ., ,'. i , i~
<·a·
~,
11. CONTROVERSIAS
Las partes concuerdan resolver amigablemente cualquier controversia que pueda surgir
interpretación del acuerdo.
·~
,
(:¡,}µ ,
" ~........
·:
. ..... ;
\'
1
..
12. IDIOMA
El presente convenio ha sido firmado en cuatro originales, dos en inglés y dos en español,
En Sartenejas, Venezuela /
P;_j_; I cZJ
En Milano, Italia
t~ Í J
.El Delegado .de Redes
· · PoHtécnico'di Milano .
/ ~¿
Internacionales del
t<r''ao< " .(.76:. ~~.. . ,14" d
Giincarlo
SPINELL;;:· · .
..
Convenio entre la USB y P. Milano, Italia Abr 2012
313

Documentos relacionados