Dr. Jorge R. Boasso

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Dr. Jorge R. Boasso
Dr. Jorge R. Boasso Bloque Intransigencia y Renovación Radical Concejo Municipal de Rosario Visto: Los reclamos de los vecinos de Costanera y bajada Puccio reclamando medidas de seguridad y control en estas inmediaciones donde funciona una confitería que cambia de nombre, durante la semana como Tahos y Jade los fines de semana. Y considerando Que los vecinos de la zona mencionada, están pasando cada fin de semana en los horarios que funciona esa confitería bailable, ruidos molestos, por el alto volumen de la música y de los jóvenes que a la salida se concentran en dicha cuadra en gran número, además de sufrir situaciones desagradables de las personas alcoholizadas que entran y salen de dicha confitería.
Que la concentración de jóvenes a la salida ocasiona un gran griterío y peleas, entre los que se encuentran numerosos menores. Que según los vecinos, ese local esta habilitado como Peña Folklórica y funciona como confitería bailable con show eróticos. Que los vecinos llamaron innumerables veces a la GUM y a tránsito sin obtener soluciones. Que se trata de un barrio donde habita un gran número de familias y estas exigen que se respete “su derecho a descansar los fines de semana”. Que es insoportable la situación que se genera cada fin de semana, y los vecinos son acosados, amenazados, incluso en varias oportunidades les han roto los vidrios de sus casas. Que son reiterados los reclamos de los vecinos para que se tomen medidas urgentes. Que los vecinos solicitan que el Municipio considere este pedido, como ciudadanos que cumplen con sus obligaciones a la hora de pagar sus impuestos. Que es deber de la Municipalidad de Rosario bregar por la seguridad y tranquilidad de todos los vecinos de la ciudad, por lo tanto debe buscar la forma de solucionar la situación de los vecinos de bajada Puccio y Costanera, que se sienten indefensos y expuestos a las amenazas. Que se adjuntan en este expediente fotos de la actividad desarrollada por la supuesta Peña Folklórica y cartas de los vecinos. Que forma parte de este expediente anexo con fotografías del lugar. Es por todo lo expuesto que el concejal abajo firmante propone para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de: DECRETO: Artículo 1º: Encomiendase al Departamento Ejecutivo para que a través de la repartición correspondiente proceda a informar a este cuerpo, en un plazo que no exceda los 15 (quince) días de aprobado el presente, lo siguiente: ●
si la habilitación otorgada a la supuesta Peña Folklórica en Bajada Puccio y Costanera corresponde con la actividad que desarrolla ●
Si las confiterías Thao que funciona durante los días de semana y Jade que funciona los fines de semana con show en el mismo local cuentan con la habilitación correspondiente. ●
Si se han realizado inspecciones en el lugar, en caso afirmativo remitir la documentación correspondiente. Artículo 2º: Encomiéndese al Departamento Ejecutivo, que en un plazo que no exceda los 30 días, en caso de que la confitería Thao y/o Jade cuenten con la habilitación correspondiente, verifique el cumplimiento, de los requisitos establecidos en el Art. 3º inciso 3 de la Ordenanza Nº 7218. 3.3. Seguridad interna y externa: Los titulares de las habilitaciones tendrán a su cargo la seguridad interna del local, así como la tranquilidad del entorno externo, para lo que deberán contratar seguridad interna privada debidamente identificada, policía adicional, agentes de tránsito y de control urbano, en proporción a la capacidad máxima de asistentes autorizada. Asimismo deberá contar con detector de metales (Ordenanza n° 6455), y cumplir con las normas de seguridad previstas en la Ordenanza N° 7048. Artículo 3º: Encomiéndese al Departamento Ejecutivo, que en el caso de detectar faltas o irregularidades, intime al propietario de la Confitería a tomar las medidas necesarias para regularizar la situación. Artículo 4º: Comuníquese con sus considerandos. De forma. Antesalas, 22 Septiembre de 2008. ­ 

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