Las aduanas alemanas informan en su web sobre lo que puede

Transcripción

Las aduanas alemanas informan en su web sobre lo que puede
Zaragoza, a 7 de septiembre de 2015
CIRCULAR Nº 141 - 15
ASUNTO: Salario mínimo en Alemania (6)
Les comunicamos que a través de otras asociaciones y no por vía oficial, hemos obtenido información
sobre las obligaciones a las que están obligadas las empresas de transporte para dar cumplimiento a lo
establecido en la regulación arriba referenciada.
Las aduanas alemanas informan en su web sobre lo que puede considerarse una leve
relajación en las obligaciones de información y de registro para las empresas de transporte
relativas al "famoso" salario mínimo.
Los detalles de la normativa establecen algunas disposiciones pertinentes de la Ordenanza
refundida sobre las obligaciones de documentación y registro de salario mínimo
(Mindestlohndokumentationspflichtenverordnung - MiLoDokV) en breves palabras:
Las obligaciones de información y registro de conformidad con el MiLoG dejan de
aplicarse si:
1. El salario mensual bruto del conductor supera los 2.958€, o
2. El salario mensual regular sostenido excede los 2000€ brutos cuando el empresario
pueda presentar pruebas de dicho pago durante los últimos doce meses completos.
Sería pues aconsejable, en el caso de que se cumpla alguno de los dos supuestos dotar al
conductor de copia del documento (nómina o certificado anual de percepciones) probatorio.
En esos casos, como indican las aduanas alemanas, ya no sería necesario por parte de la
empresa cumplir con los requisitos de información vía fax del ingreso en territorio alemán
del trabajador.
De no ser así, las empresas deberán informar del desplazamiento del trabajador a la dirección
Federal de Hacienda en Colonia (Bundesfinanzdirektion West. Köln), antes de la realización de los
viajes y de acuerdo al MODELO DE FORMULARIO ADJUNTO aportando los siguientes datos:
Apellidos, nombre y fecha de nacimiento del conductor.
Inicio y duración prevista de las operaciones en Alemania.
Dirección en la que se almacenen los documentos justificativos del cumplimiento del pago del
salario mínimo.
Escrito certificando que, a solicitud de las autoridades alemanas, el empleador proporcionará las
pruebas de que se paga al conductor el salario mínimo. Esta notificación previa se deberá
redactar en alemán y podrá referirse a un periodo de hasta 6 meses.
El empleador deberá registrar el inicio, final y duración de las horas trabajadas en Alemania en los 7
días siguientes a la operación y conservar todos los documentos justificativos, así como los de que los
salarios pagados cumplen la normativa alemana de salario mínimo. Si el lugar de registro no está
localizado en Alemania, deberá realizar una declaración certificando que todos estos documentos están
a disposición de las autoridades alemanas para facilitar el control; para ello, deberá firmar el último
apartado del formulario donde indica En la medida en que los documentos necesarios están
disponibles en el extranjero, declaro que los proporcionaré a petición de la dirección de aduanas en
lengua alemana.
En relación con la cumplimentación del FORMULARIO os indicamos que:

Deberá remitirse antes del desplazamiento por FAX al siguiente destinatario:
Bundesfinanzdirektion West, Köln
Fax: 0049 (0) 221964872.



En la indicación del sector, en el desplegable no aparece el transporte por carretera, porque no
tiene un tratamiento específico a efecto del salario mínimo. Se puede dejar en blanco o indicar
Road transport.
Si el lugar de conservación de los documentos que justifican el cumplimiento de las
obligaciones salariales no está en Alemania, se deberá firmar también, más abajo, la
declaración de que se proporcionarán los documentos traducidos, en su caso, a requerimiento
de las autoridades alemanas.
Los datos de empleo del anexo, fecha exacta de inicio y fecha prevista de finalización se
refieren al desplazamiento de los trabajadores a Alemania.
Se adjunta copia del formulario en español, aunque recordamos que el único formulario que las
Autoridades Alemanas consideran válido es el redactado en ALEMAN que también les
adjuntamos.
Esperando que esta información sea de su interés, reciba un cordial saludo,
Rosa Cavero
A.E.T.I.V.A
Circular remitida a las Empresas directamente afiliadas
Asociación Empresarial de Transportes Interurbanos de Viajeros en Autobús de Aragón (AETIVA)
Avda. de Navarra, 80. Estación Central de Autobuses de Zaragoza - 50011 ZARAGOZA
Telf.: 976-700575 - [email protected] - www.aetiva.es

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