COMUNICADO - Fedequinas
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COMUNICADO - Fedequinas
Bogotá, D. C., 7 de diciembre de 2015. COMUNICADO PARA: Cuerpo Técnico – Montadores - Expositores – Criadores y público en general Decisiones importantes tomadas por la Junta Directiva de la Federación, relacionadas con el ajuste de reglamento de exposiciones, las cuales tendrán efecto a partir del 1 de enero de 2016. ARTÍCULO Y/O RESOLUCIÓN MODIFICADOS Art. 8 Art. 9 Arts. 9, 10 Art.13 Resolución de 2014 Art. 14 Art. 26 Art. 30 MODIFICACIONES Ejemplar del año.- Es el título que se otorga al ejemplar macho o hembra de cada andar, que mayor puntaje haya acumulado en competencias regulares en el año calendario anterior a la Exposición Nacional. De este total, la puntuación de las Exposiciones Grado A debe corresponder a la participación en las 5 zonas geográficas; los puntos en Exposiciones Grado B deben corresponder a mínimo cinco (5) Exposiciones, en al menos tres (3) zonas geográficas diferentes. Si el ejemplar que aspire a este título es mayor de sesenta meses (60) meses, se requiere un (1) hijo registrado con genotificación de parentesco por DNA, en el año calendario anterior a la Exposición Nacional. Si el ejemplar que aspire a este título es menor de sesenta meses (60) requiere presentar una prueba de fertilidad. Aplica para el título otorgado a partir de la XXXIII Exposición Nacional Equina en el 2017. Pista sonora.- Se elimina la pista de cemento y sólo se acepta la construida en madera con módulos de mínimo 1.20 metros de ancho. Días de juzgamiento.- En las exposiciones Grado A y Grado B, en cada uno de los días calendados por la Federación, deberá juzgarse al menos la totalidad de una modalidad en que se encuentran clasificados los Caballos Criollos Colombianos de Paso (P1, P2, P3, P4), salvo que por alto número de ejemplares inscritos en la modalidad, no permita su culminación a las doce (12) de la noche. Festivales Equinos.- El Cuerpo Técnico de Exposiciones de Festivales Avalados, 3381 podrá estar compuesto por aspirantes a Jueces, aspirantes a Veterinarios de Prepista, aspirantes a Locutores y aspirantes a Directores Técnicos. Puntajes según categoría de la exposición.- Se ratifica el doble puntaje para la Exposición Nacional de Jinetes No Profesionales, en comparación de la Exposición Nacional Equina. Funciones del Director Técnico.- Se elimina la responsabilidad del Director Técnico de verificar las inscripciones de los ejemplares, sin embargo, este funcionario debe comprobar que las mismas se realicen de acuerdo con el reglamento y programa de sistematización establecidos por la Federación. Inscripción de ejemplares.- La inscripción será responsabilidad de la Asociación Art. 40 Art. 47 Resol. 3672 2015 de Art. 51 Resol. 3672 2015 de Art. 62 Resol. 3672 2015 Arts. 87 y 88 Resol. 3607 2013 de de Arts. 92 y 93 Art. 97 Art. 112 Art. 114 Resol. 3672 2015 de avaladora. Quien realice la inscripción, deberá presentar en la oficina encargada de realizar este trámite, la cédula de ciudadanía del montador del ejemplar, o en su defecto, mostrar otro documento donde se registre el número de la cédula. De igual forma será obligatorio por parte del montador presentar ante el Veterinario de Prepista, en el momento de la revisión de los ejemplares para su ingreso a pista de juzgamiento, el carné con holograma de seguridad expedido por la Federación, que lo acredita como tal. Cuando quien monta es el propietario del ejemplar, sólo se exigirá la cédula de ciudadanía. Uso del Filete.- Este será permitido de manera opcional sólo a los ejemplares en proceso de adiestramiento. Hiperflexión.- Se aclara que los ejemplares reportados por HIPERFLEXIÓN no se homologan; la comisión sanitaria autorizada por la Federación será la encargada de emitir un DIAGNÓSTICO, buscando determinar mediante el análisis clínico y con ayudas diagnósticas si es necesario, la posible causa de la presentación de la HIPERFLEXIÓN en el ejemplar; con el diagnóstico presentado, la Federación tomará la decisión de desbloquear o no al ejemplar en el sistema de registros; en el caso de ser reactivado, y el caballo en una exposición es nuevamente reportado por el mismo problema, inmediatamente es bloqueado en el sistema. Edad mínima del montador para presentar ejemplares en Exposiciones Equinas.- En exposiciones equinas no podrán montar amazonas o jinetes menores de catorce (14) años. En exposiciones de Jinetes No Profesionales, se admiten amazonas y jinetes con edad mínima de 10 años. Uniforme.- El uniforme para jinetes mayores de 14 años, será el establecido para montadores profesionales; para jinetes menores de 14 y amazonas mayores de 10 años, será el utilizado en Equitación de Caballo Criollo Colombiano (Chalanería). Clasificación y categorías establecidas para el juzgamiento de Caballos Criollos.- La edad de los ejemplares en Proceso de Adiestramiento será de 36 hasta 48 meses; las siguientes categorías son: mayores de 48 y hasta 60 meses, mayores de 60 y hasta 78 meses y mayores de 78 meses. No se permite el uso de la falsa rienda en ejemplares mayores de 48 meses de edad. Se cambia el nombre de “Primera Etapa o de Calentamiento” por el de “Primera Etapa”.Tablero electrónico.- Se establece el uso del tablero electrónico, como herramienta para comunicar los resultados de los juzgamientos a expositores y público en general. Esta norma rige a partir de la Exposición Nacional Equina del año 2016. Juzgamiento de mulares.- Se ratifica que no existe restricción de color para la inscripción y juzgamiento de mulares. Se adiciona igualmente, que para la expedición de registros, tampoco existe restricción por color. Títulos de los asnales.- En los Asnales se otorgarán los títulos de Campeón (a) Asnal, Campeón (a) Asnal Reservado (a), y de Primero y Segundo Finalistas. Los Campeonatos y los Campeonatos Reservados de Asnales, para cada sexo, se Art. 115 Resol. 3607 2013 Arts. 117 y 118 seleccionan entre los ejemplares calificados como primeros y segundos puestos en las categorías de Asnales Criollos mayores de treinta y seis (36) meses hasta sesenta (60) meses y Asnales Criollos mayores de sesenta (60) meses de edad. El bozal en la jáquima.- Se corrige que sólo se aceptan bozales de correa plana de hechos en cuero. Fuera de concurso.- Se otorgará el título de Fuera de Concurso a un ejemplar una vez cumplidos los requisitos, bien sea por solicitud del propietario del ejemplar, o por decisión autónoma de la Federación. El título también puede ser otorgado a ejemplares muertos. Si la Federación otorga a un ejemplar el Título de Fuera de Concurso sin la solicitud expresa de su propietario, no es obligatoria la presencia del ejemplar en una exposición del ámbito de la Federación. Tampoco lo será cuando el ejemplar presenta dificultades sanitarias debidamente comprobadas por la Federación. Si el propietario es quien solicita la otorgación del título, el ejemplar debe estar presente para el acto de lectura de la Resolución, para lo cual no es requisito inscribirlo en la categoría de ejemplares mayores de 78 meses de su respectivo sexo y modalidad, quedando a voluntad de su propietario, el inscribirlo en la Categoría de Ratificación de Fuera de Concurso. El título de Fuera de Concurso rige a partir de la fecha en que se le otorga la Resolución, fecha que también quedará activo como tal en el sistema de ferias de la Federación. Cordialmente, FIRMADO EN ORIGINAL ELISEO CÁRDENAS ROBAYO Secretario Técnico