Nuevo esquema de la libranza
Transcripción
Nuevo esquema de la libranza
REGULACIÓN DE LA LIBRANZA O DESCUENTO DIRECTO EN COLOMBIA ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES EN RIESGOS ASORIESGOS Julio de 2013 William López Leyton La libranza y su importancia en el marco del sector financiero Algunas cifras de la libranza con corte al 31 de diciembre de 2012 • Buena parte del crecimiento de la cartera de la banca en 2012 se debió al fuerte repunte que tuvieron las libranzas. • El crédito a través de libranza creció en un 18,5%, mientras que las tarjetas de crédito lo hicieron en un 15,3%, los préstamos de libre inversión en un 13,3% y los destinados para la adquisición de vehículo en un 11,1%. • La libranza representa alrededor de una tercera parte de la cartera total del sistema financiero al haber alcanzado los $23,2 billones en créditos. • La cartera vencida en libranzas alcanza a diciembre tan solo 2,06%. A finales de 2008 la cartera de libranza representaba el 22% de la cartera total, al finalizar el 2012 representaba el 32,8% del saldo de créditos otorgados por la banca. La libranza y su importancia en el marco del sector financiero Cifras para el primer trimestre de 2013 • De acuerdo con las últimas cifras reportadas por la Superintendencia Financiera, en el primer trimestre del año la cartera de consumo registró una moderación en su tasa de incremento real anual la cual se ubicó en un 12,78%. . • No obstante a febrero de 2013, sobresale el incremento real anual de los créditos por libranza (18,71%), de las tarjetas de crédito (15,28%), y los créditos de vehículos (11,57%). • Frente a la composición de la cartera de consumo, a febrero de 2013 los productos más representativos fueron libranza (33,16%), libre inversión (23,21%) y tarjetas de crédito (22,37%). (Fuente Asobancaria y Superintendencia Financiera de Colombia) La libranza y su importancia en el marco del sector financiero Por que la libranza ha crecido en las magnitudes anotadas? La principal ventaja para los trabajadores es que no se requiere codeudor, ni fiador, ni avalista, ni garantías adicionales al compromiso de descuento. Para los acreedores su atractivo consiste en que se asegura el recaudo y, por lo tanto, se minimiza el riesgo de crédito. Permite con facilidad que la población pueda incrementar su consumo presente y mejorar su calidad de vida. La libranza y su importancia en el marco del sector financiero Si la libranza resultaba un producto optimo porque regularlo? El descuento directo presentaba algunos elementos que impedían su universalización • Era necesario incluir a los trabajadores bajo la modalidad de prestación de servicios. • Se requería que fuese obligatorio para el empleador debitar del salario de los trabajadores el monto de la cuota del crédito –y no fuese solamente potestativo como regía hasta le expedición de la nueva ley. La libranza y su importancia en el marco del sector financiero • Los trabajadores requerían que la aceptación del descuento por parte de los patronos fuese gratuita y obligatoria. • Resultaba pertinente también eliminar dualidades existentes entre bancos y cooperativas, que impedían una mayor oferta por parte de los bancos de esta modalidad, tales como la prelación de la acreencia cooperativa frente a otros créditos. 1. La libranza y su importancia en el marco del sector financiero Era indispensable modificar el Código Sustantivo del Trabajo en la medida en que las entidades solidarias podían ordenar retenciones hasta del 50% del salario para cubrir sus créditos, mientras que los demás acreedores estaban limitados a las disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo para los descuentos de nómina, que preveían que el salario mínimo o convencional o la parte del salario declarada inembargable, no pudiese ser objeto de ninguna retención o deducción. AGENDA 1. Elementos de la Ley 1527 de 2012 2. Nuevo esquema de la libranza 3. Principales riesgos que conlleva la libranza 2. Elementos de la Ley 1527 de 2012 La Ley 1527 de 2012 define la libranza como: “la autorización dada por el asalariado o pensionado, al empleador o entidad pagadora, según sea el caso, para que realice el descuento del salario, o pensión disponibles por el empleado o pensionado, con el objeto de que sean giradas a favor de las entidades operadoras para atender los productos, bienes y servicios objeto de libranza.” 2. Elementos de la Ley 1527 de 2012 A quien se dirige la libranza: 2. Elementos de la Ley 1527 de 2012 LA LIBRANZA NO ES UN TIPO DE CRÉDITO SINO UN ESQUEMA DE PAGO CON RETENCION EN LA FUENTE APLICABLE A CUALQUIER MODALIDAD DE CRÉDITO O FLUJO CIERTO DE PAGOS. 2. Elementos de la Ley 1527 de 2012 Los principales aspectos de la Ley 1527 de 2012 son: No se requiere de codeudor, ni fiador, ni avalista, ni de garantías adicionales al compromiso de descuento El descuento se vuelve obligatorio para todos los empleadores, quienes no podrán cobrar a los trabajadores por realizarlo. El consumidor tiene derecho a decidir con qué entidad quiere acceder al crédito Se permite la continuidad de la libranza cuando el trabajador cambia de empleo La libranza permite el acceso al crédito formal particularmente de los trabajadores de menores ingresos Las tasas de interés que ofrecen los bancos para la libranza son sustancialmente menores que las de otros créditos de consumo 2. Elementos de la Ley 1527 de 2012 ENTIDADES OPERADORAS Que sean entidades autorizadas por la ley para el manejo del ahorro del público, de los aportes o ahorros de sus asociados Que realicen dicha operación con sus propios recursos o a través de mecanismos de financiamiento autorizados por la ley • Entidades financieras • Cooperativas Financieras o que ejercen la actividad financiera con sus asociados • Cajas de compensación • Fondos de empleados • Instituciones de Fomento y Desarrollo • Sociedades comerciales • Sociedades mutuas • Cooperativas no financieras 2. Elementos de la Ley 1527 de 2012 Aspecto regulado 1.Oferta del producto 2. Escogencia del operador Antes de la ley de libranza La oferta de créditos bajo la modalidad de libranza estaba dirigida a empleados y pensionados. El beneficiario no tenía la posibilidad de escoger libremente la entidad con la cual quería tener libranza Al cambiar de entidad pagadora, 3. Continuidad en el caso de la persona debía asumir los pagos de la libranza frente a la cambio de empleador entidad operadora o cancelar el saldo pendiente. Ley 1527 de 2012 Se incluyen como beneficiarios de la libranza a los contratistas y a los cooperantes. El beneficiario tiene total libertad para escoger gratuitamente la entidad operadora. Además, de no existir previamente, la entidad pagadora no puede negarse a establecer un acuerdo de operación con la entidad que el usuario escoja. Se establece la continuidad de la autorización de descuento, lo que significa que la autorización suscrita con el primer empleador faculta a la entidad operadora a solicitar al nuevo empleador los giros correspondientes a la deuda 2. Elementos de la Ley 1527 de 2012 Aspecto regulado Antes de la ley de libranza Ley 1527 de 2012 La información sobre tasas de Las Superintendencias no estaba Financieras, de Sociedades y de 4. Información al usuario de financiamiento centralizada. Economía Solidaria pondrán a libranza disposición del usuario en sus páginas institucionales, la información correspondiente a las tasas de financiamiento de las entidades operadoras que ofrezcan por libranza: Créditos para vivienda Planes complementarios de salud y/o educación. 2. Elementos de la Ley 1527 de 2012 Aspecto regulado 5. Transparencia Antes de la ley de libranza No existía la posibilidad de verificar la existencia de la entidad con las que se tomaba la libranza Ley 1527 de 2012 Se creó el Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza, al cual puede acceder cualquier persona que desee constatar el registro de una entidad operadora. La ley establece que el registró será desarrollado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público 2. Elementos de la Ley 1527 de 2012 Supervisión y control (i) Los operadores que utilizan recursos propios desarrollen su actividad bajo un esquema de regulación, se estableció que estarán sometidas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Sociedades Para el resto de entidades, la supervisión está a cargo de la Superintendencia Financiera de Colombia, de Economía Solidaria o de Sociedades, dependiendo de su naturaleza jurídica. 2. Elementos de la Ley 1527 de 2012 Supervisión y control (ii) Las entidades operadoras deberán cumplir con los reglamentos de los bancos de datos de información financiera, crediticia y de servicios de acuerdo con lo señalado en la Ley 1266 de 2008 (Hábeas Data) para efectos del reporte de la suscripción de créditos en la modalidad de libranza, así como la Ley 1581 sobre la protección de datos personales. La nueva normativa obliga al registro único de entidades operadoras de libranzas para eliminar la aparición de entidades prestadoras de libranzas “informales”, sin los recursos para fondear estas operaciones, dificultando el acceso a las empresas y elevando el costo para los deudores al cobrar comisiones de otorgamiento y de aval. 2. Elementos de la Ley 1527 de 2012 Condiciones (i) 1. El beneficiario debe autorizar de manera expresa e irrevocable a la entidad pagadora, a efectuar la libranza. 2. La tasa de interés pactada para los productos y servicios adquiridos en libranza no pueden superar la tasa máxima legal permitida. 3. La tasa pactada inicialmente solo será modificada (con la expresa autorización del beneficiario) en los eventos de: • Novación • Refinanciación • Cambios en la situación laboral del beneficiario 2. Elementos de la Ley 1527 de 2012 Condiciones (ii) 4. El descuento no puede superar el 50% del neto del salario o la pensión, una vez sean realizados los descuentos por ley. Al respecto, esta previsión incluye el salario mínimo pues se releva de forma explícita la aplicación del numeral 2º del artículo 149 del Código Sustantivo del Trabajo, de las deducciones o retenciones que realice el empleador o entidad pagadora, derivadas de las operaciones de libranza o descuento directo, siempre y cuando el trabajador no reciba menos del 50% del neto. Un ejemplo utilizando el salario mínimo de 2013, puede ilustrar el monto que puede comprometer el trabajador a través de la libranza: Salario Descuentos de ley Total Limite del 50% 589500 -50300 539200 269600 2. Elementos de la Ley 1527 de 2012 Retos (i) Retos para entidades operadoras y pagadoras: Generar sinergias para realizar los ajustes operativos necesarios para lograr una adecuada comunicación entre ellas. Cambiar el statu-quo actual para migrar al modelo que establece la ley. Dar correcta aplicación a las normas sobre evaluación de los riesgos derivados de la colocación, originación por terceros y compras de cartera. 2. Elementos de la Ley 1527 de 2012 Retos (ii) Retos para entidades públicas: Ministerio de Hacienda: Definir reglas claras y establecer las condiciones que se deben cumplir para poder ingresar al Registro Único de Entidades Operadoras de Libranza. Ministerio de Salud y Protección Social: Establecer en coordinación con las entidades operadoras, un mecanismo de consulta a las bases de datos de seguridad social ágil, eficiente y seguro. Superintendencias Financiera, de Sociedades y de Economía Solidaria: Diseñar controles adecuados que permitan verificar el correcto cumplimiento de la norma, en particular para aquellas entidades que hacen operaciones de libranza con recursos propios. 2. Elementos de la Ley 1527 de 2012 REGISTRO UNICO DE ENTIDADES OPERADORAS DE LIBRANZA La Ley 1527/12 creó el Registro Único Nacional de Entidades Operadores de Libranza el cual será llevado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Mediante el decreto 1881 de11 de septiembre de 2012 Aplaza la entrada en vigencia del Registro por nueve meses contados desde la expedición del decreto, plazo que venció 11 de junio de 2013 y señala que las operaciones realizadas con anterioridad a la expedición de la Ley 1527 de 2012 continuarán rigiéndose por los términos y plazo en que fueron pactadas. La cesión, reliquidación o cualquier modificación a las condiciones inicialmente pactadas, se sujetarán a lo establecido por la Ley 1527 de 2012. No podrá exigirse al empleador o entidad pagadora el cumplimiento de la obligación de verificación de la inscripción, por tanto, no se le podrá endilgar responsabilidad solidaria en el pago de la obligación adquirida por el beneficiario del crédito. 2. Elementos de la Ley 1527 de 2012 El Ministerio de Hacienda y Crédito Público publicó para comentarios el día 17 de Mayo de 2013 el Proyecto de Decreto que reglamenta el Runeol. Los principales aspectos regulados por el proyecto de decreto mencionado son los siguientes: Fija el procedimiento para la inscripción de los operadores de libranza y la asignación del código único para descuentos. Establece la documentación que debe allegarse para la inscripción. Establece la obligación de renovar anualmente los documentos para permanecer en el registro y conservar el código único de descuento. Estipula las causales para la cancelación del código para descuentos Establece las causales de cancelación del código. El proyecto de Decreto establece que corresponde al empleador consultar el RUNEOL para realizar los descuentos autorizados por sus empleados. Dicha consulta podrá realizarse de forma gratuita por internet. Finalmente el Ministerio expide el 10 de julio de 2013 el decreto 1455 ampliando la entrada en vigencia del Registro por un plazo de 15 meses contados desde la expedición del decreto 1881 de 2012, plazo que vence el 11 de diciembre de 2013. AGENDA 1. Elementos de la Ley 1527 de 2012 2. Nuevo esquema de la libranza 3. Principales riesgos que conlleva la libranza 3. Nuevo esquema de la libranza Acorde con las modificaciones derivadas de la ley la diferencia práctica entre el esquema antiguo y el nuevo esquema es el siguiente: Nuevo esquema Vinculación del cliente Vinculación del pagador desembolso descuento Vinculación del cliente desembolso descuento Anterior esquema Vinculación del pagador 3. Nuevo esquema de la libranza El nuevo modelo implica un cambio radical en la operación de la libranza: Nuevo esquema Vinculación del cliente Vinculación del pagador desembolso descuento Artículo 4°. En cualquier caso el beneficiario tiene derecho de escoger libre y gratuitamente cualquier entidad operadora para efectuar operaciones de libranza, así como aquella a través de la cual se realiza el pago de su nómina, honorarios o pensión. 3. Nuevo esquema de la libranza El nuevo modelo implica un cambio radical en la operación de la libranza: Nuevo esquema Vinculación del cliente Vinculación del pagador desembolso descuento Artículo 6°. Todo empleador o entidad pagadora estará obligada a deducir, retener y girar de las sumas de dinero que haya de pagar a sus asalariados, contratistas, afiliados o pensionados, los valores que estos adeuden a la entidad operadora para ser depositados a órdenes de esta, previo consentimiento expreso, escrito e irrevocable del asalariado, contratista, afiliado o pensionado en los términos técnicos establecidos en el acuerdo que deberá constituirse con la entidad operadora, en virtud a la voluntad y decisión que toma el beneficiario al momento de escoger libremente su operadora de libranza y en el cual se establecerán las condiciones técnicas y operativas necesarias para la transferencia de los descuentos. El empleador o entidad pagadora no podrá negarse injustificadamente a la suscripción de dicho acuerdo. 3. Nuevo esquema de la libranza El problema de la originación : Evaluación Colocación Administración Descuento ORIGINADOR ENTIDAD FINANCIERA Monitoreo Liquidación 3. Nuevo esquema de la libranza (Cir. 4/13 SFC) Reglas para la adquisición de cartera de créditos a entidades no vigiladas por la SFC. Requisitos de los originadores : 1. Contar con las autorizaciones o registros legales. 2. Contar con políticas y procedimientos para el suministro de la información a los deudores. 3. Reportar a las centrales de riesgo la información sobre el comportamiento crediticio de sus deudores. 4. Cumplir con las disposiciones legales que regulan las tasas de interés y sus límites máximos. 5. En el caso de libranza, cumplir en todo momento con los límites máximos de descuento salarial, de acuerdo con la legislación laboral vigente. 6. Contar con la información sobre el comportamiento de los deudores, de manera tal que el establecimiento de crédito que adquiere la cartera pueda dar correcta aplicación a las disposiciones establecidas en la Circular Básica Contable y Financiera. Esta información debe incluir, en todo caso, el comportamiento de pago histórico del deudor. 3. Nuevo esquema de la libranza (Cir. 4/12 SFC) Requisitos para los establecimientos de crédito: 1. Incorporar en sus manuales de riesgo crediticio políticas y procedimientos explícitos para la selección de los originadores, los cuales deben contemplar como mínimo: I. Criterios de selección del originador, dentro de los cuales deberá verificar por lo menos su trayectoria, experiencia en la actividad de originación de créditos y conocimiento del nicho de mercado que atiende. II. Parámetros para el análisis y estudio detallado de la situación patrimonial del originador. III. Lineamientos de diversificación por producto y por originador, estableciendo límites máximos de concentración los cuales deben tener en cuenta tanto los cupos para compras de cartera como los cupos de crédito otorgados al originador. 2. Conocer y tener debidamente documentadas las políticas y procedimientos de crédito del originador en cada uno de los procesos (otorgamiento, seguimiento y recuperación). 3. Nuevo esquema de la libranza (Cir. 4/12 SFC) 3. Establecer los criterios mínimos de selección de los créditos objeto de compra, en cuanto a perfil de riesgo y capacidad de pago de los deudores. 4. Establecer mecanismos que garanticen la custodia, conservación y consulta de la documentación de los créditos objeto de compra, incluyendo aquella relacionada con las garantías. 5. En los eventos en que el tipo de cartera de créditos objeto de compra no haga parte del nicho de mercado del establecimiento de crédito, se deberán informar previamente a esta Superintendencia las políticas y estrategias implementadas para el acceso al nuevo mercado. Las anteriores políticas y mecanismos deben ser aprobados por la Junta Directiva u organismo que haga sus veces en el establecimiento de crédito, y ser revisadas periódicamente a fin de que se ajusten en todo momento a las condiciones particulares de la entidad y del mercado. AGENDA 1. Elementos de la Ley 1527 de 2012 2. Nuevo esquema de la libranza 3. Principales riesgos que conlleva la libranza La regulación de la actividad crediticia debe conducir a los operadores de libranzas a la formalización de su actividad Modelo de Gobierno Corporativo Estandarización contable y financiera Sistemas de administración de riesgos FORMALIZACION La actividad financiera, sea realizada con recursos intermediados o con recursos propios, debe ajustarse al siguiente criterio “mismo negocio, mismos riesgos, mismas reglas”. LA LIBRANZA Y EL SARC ELEMENTOS DEL SARC 1. POLÍTICAS DE ADMINISTRACION DEL RC 2. PROCESOS DE ADMINISTRACION DEL RC 3. MODELOS LA ESTIMACION DE PERDIDAS ESPERADAS 4. SISTEMA DE PROVISIONES 4. PROCESOS DE CONTROL INTERNO 1. POLITICAS (i) Estructura organizacional • Personal idóneo • Reglas de prevención y sanción de conflictos de interés • Adecuada infraestructura tecnológica – Información confiable Límites de exposición crediticia y de pérdida tolerada • Niveles de exposición de crédito totales, individuales y por portafolios • Cupos de adjudicación y límites de concentración por deudor, sector o grupo económico Otorgamiento de crédito (Alta Dirección) • Características básicas de los sujetos de crédito, tolerancia al riesgo y potenciales clientes • Análisis de las operaciones • Garantías aceptables - Realización de avalúos 1. POLITICAS (i) Seguimiento y control • Evaluación continua de calificación y recalificación • Frecuencia y criterios Provisiones generales e • Mayores en períodos de alto crecimiento individuales Nivel de patrimonio o capital económico para • Evaluación de la suficiencia del patrimonio pérdidas no esperadas Políticas y procedimientos de cobro de cartera • Comunicaciones, cobro prejudicial, cobro judicial • Reestructuraciones 2. PROCESOS (i) OTORGAMIENTO SEGUIMIENTO RECURPERACIÓN 2. PROCESOS (ii) Responsabilidades de cada órgano o funcionario Contenido mínimo de los procesos de otorgamiento Contenido mínimo del seguimiento y control Contenido mínimo de la recuperación • Definición de lideres para cada proceso • • • • Información previa Selección de variables, segmentación de portafolios Capacidad de pago del deudor Garantías y criterios de valoración y eficacia • Monitoreo y calificación continua de las operaciones • Análisis de riesgo inherente y análisis de futuros cambios. Dos veces al año como mínimo • • • • Criterios de cobro Acciones en caso de mora Soluciones de obligaciones morosas diferente al pago Criterios de castigo 4. CONTROL PROVISIÓN OTORGAMIENTO CONTROL SEGUIMIENTO RECUPERACIÓN Y cuales son los avances en materia de SARC para el sector solidario, bajo las premisas anotadas? Antecedentes • Documento CONPES 3639 de febrero 01 de 2010. Líneas estratégicas: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. Regulación para el desarrollo empresarial Ajuste institucional del sector para el desarrollo empresarial Simplificación y racionalización de los trámites para el registro y la supervisión de la forma solidaria Prevención del uso inadecuado de las cooperativas y precooperativas de Trabajo Asociado – CTA’s y PCTA’s Optimización de los esquemas de regulación y supervisión para la prestación de servicios financieros Facilitación para el acceso a instrumentos de fomento Fortalecimiento del suministro de información y estadísticas del sector. Objetivos Administración por riesgos Regulación y supervisión similar, con base en estándares internacionales provenientes de Basilea, COSO, Fincen, Gafi, Gafisud Guía de buen gobierno corporativo – Carta circular 005 de 2013 de la SES: “… Se espera que en las asambleas de 2014 las supervisadas adopten códigos de buen gobierno.” Guía de buen gobierno corporativo (SES) Guía de buen gobierno corporativo (SES) Modificaciones al entorno legal Adopción de normas internacionales de información financiera Administración y auditoría interna basada en riesgos SARC SARLAFT SARO Sistema de control Interno SARM SARL Sistema de Atención a de Clientes 48 Contenido de los ajustes Administración y supervisión por riesgo - SAR SES con FOGACOOP SF con FOGAFIN Sarc: Modelo de Referencia: • Carteras de consumo y comercial • Provisiones contracíclicas PÉRDIDA ESPERADA= [Probabilidad de incumplimiento] x [Exposición del activo en el momento del incumplimiento] x [Pérdida dado el incumplimiento] Circular externa 003, febrero 13 de 2013 Modificación a la Circular Básica Contable y Financiera (004 de 2008) Capítulo II – Cartera de créditos • • • • 2.3.2. Criterios mínimos para el otorgamiento de créditos 2.4. Proceso de seguimiento y control 2.4.1. Comité de evaluación de cartera de créditos 6. Provisiones Capítulo III – Cuentas por cobrar • 3.1. Cuentas por cobrar derivadas de operaciones de créditos • 4.2. Provisión de las deudoras patronales Capítulo XII - Presentación de información. Validaciones previas a la transmisión de estados financieros • Se adicionan dos formatos, 57 (Convenios de recaudo) y 42 (Operaciones de CNB) Capítulo II – Cartera de créditos Criterios mínimos para el otorgamiento de créditos. • Capacidad de pago Consulta a centrales de riesgo ¿Qué hacer sí se aprueba un valor diferente al solicitado? Ley de Libranzas, descuento Préstamos a entidades públicas territoriales, ley 358 de 1997. • Límite máximo, autorizaciones y cumplimiento plan. Capítulo II – Cartera de créditos Criterios mínimos para el otorgamiento de créditos. • Solvencia del deudor (sin cambio) • Garantías (cambia referencia a decreto 2555 de 2010) Ratifica que la libranza es un mecanismo de pago Ata pignoración de rentas a ley 358 Capítulo II – Cartera de créditos Proceso de seguimiento y control Orienta el tema de revisión de la cartera en tres aspectos: o Primero, “… establecer metodologías y técnicas analíticas que permitan medir el riesgo ante futuros cambios potenciales en las condiciones iniciales de la cartera de crédito vigente …” (sic). o En el siguiente párrafo ratifica que “dicha evaluación no consiste en la revisión física de las carpetas de crédito, sino en el establecimiento de metodologías y técnicas analíticas que permitan conocer los potenciales riesgos futuros y el estado de calidad de la misma” o Esta evaluación será al menos una vez al año. Capítulo II – Cartera de créditos Proceso de seguimiento y control • Orienta el tema de revisión de la cartera en tres aspectos: Segundo, “Tales metodologías y técnicas deben fundamentarse, entre otros criterios, en la información relacionada con el comportamiento histórico del deudor en la organización solidaria, las garantías que lo respalden, el comportamiento crediticio del deudor en otras entidades y la información financiera o información alternativa que permita conocer adecuadamente su situación financiera.” Capítulo II – Cartera de créditos Proceso de seguimiento y control • Orienta el tema de revisión de la cartera en tres aspectos: Tercero, casos en los cuales la evaluación será trimestral: − Organizaciones solidarias “sometidas a cualquier medida cautelar”, evaluación total de créditos cuyo monto aprobado exceda 50 SMLM − Cuando el indicador de cartera vencida supere en dos desviaciones estándar el promedio del sector − Crédito en mora luego de ser reestructurados o novados − Créditos otorgados a entidades públicas territoriales − Créditos otorgados a personas jurídicas que no cumplen con lo establecido en la ley 79 de 1988 Capítulo II – Cartera de créditos Comité de evaluación de cartera de créditos • Comité con tres a cinco miembros • Elegidos por el consejo o la junta • Un directivo y funcionarios o asociados idóneos. Capítulo II – Cartera de créditos Provisiones • Provisión general: Mínimo el 1% de la cartera bruta total ¿Cómo y quien decide un valor superior al mínimo? Plazo de ajuste entre marzo y diciembre de 2013 Cooperativas que tengan indicador de cartera vencida de más de dos desviaciones estándar por encima del promedio, harán un 0,2% adicional por cada una. Capítulo II – Cartera de créditos Provisiones • Provisión individual: Nueva tabla con porcentaje mínimo Sin límite superior, valor establecido por política del consejo o junta Si la organización solidaria tiene créditos con personas jurídicas que no cumplen lo ordenado en la ley 79 de 1988, deberán desmontarlas según instrucciones de la SES. Si estas deudas son novadas o reestructuradas, se provisionarán al 100% Los créditos a entidades públicas territoriales cuyo endeudamiento supere su capacidad de pago, también se provisionarán al 100%. Capítulo II – Cartera de créditos Provisiones. Individual - Tabla anterior A NORMAL B ACEPTABLE C APRECIABLE D SIGNIFICATIVO E INCOBRABILIDAD VIVIENDA días Provisión 0-60 0% 61-150 1% - 9% 151-360 10% -19% 361-540 20%-29% 541-720 (1) 30%-59% CONSUMO Provisión 0-30 0% 31-60 1%-9% 61-90 10%-19% 91-180 20%-49% 181-360 (2) 50%-99% MICROCRÉDITO Provisión 0-30 0% 31-60 1%-19% 61-90 20%-49% 91-120 50%-99% + de 120 100% COMERCIAL Provisión 0-30 0% 31-90 1%-19% 91-180 20%-49% (1) De 721 a 1080 días, la provisión será de 60% a 99% y mayor a 1081 días, 100% (2) Mayor a 360 días, 100% 181-360 50%-99% + de 360 100% Capítulo II – Cartera de créditos Provisiones. Individual – NUEVA Tabla A NORMAL B ACEPTABLE VIVIENDA días Provisión 0-60 0% 61-150 1% CONSUMO Provisión 0-30 0% MICROCRÉDITO Provisión COMERCIAL Provisión D SIGNIFICATIVO E INCOBRABILIDAD 151-360 10% 361-540 20% 541-720 (1) 30% 31-60 1% 61-90 10% 91-180 20% 181-360 (2) 50% 0-30 0% 31-60 1% 61-90 20% 91-120 50% + de 120 100% 0-30 0% 31-90 91-180 20% 181-360 50% + de 360 100% 1% C APRECIABLE (1) De 721 a 1080 días, la provisión mínima será de 60% y mayor a 1081 días, 100% (2) Mayor a 360 días, 100% Capítulo II – Cartera de créditos Provisiones • 6.3. Efecto de las garantías sobre las provisiones: Incluyó la parte de aportes sociales como garantía, sin cambio Elimina las dos excepciones o ventajas: − No hay descuento para cálculo de la provisión individual, si la cooperativa tiene pérdidas acumuladas y excedentes del ejercicio − Fondos de empleados, aportes y ahorros La decisión de descontar o no los aportes, será por política del Consejo o Junta. Las cooperativas solo podrán descontar los aportes sociales cuando la solvencia no esté respaldada en más del 80% por capital mínimo irreductible. No cambiaron los cuadros de garantía admisible no hipotecaria y garantía hipotecaria LA LIBRANZA Y EL SARLAFT Modelo de administración del riesgo de LA y FT Estructuración en tres etapas por fases : Etapa 1 Cultura Sarlaft Etapa 2 Enfoque Cualitativo Etapa 3 Enfoque Cuantitativo (opcional) ETAPA 1 : CULTURA INTERNA SARLAFT Fase 1 Fase 2 Sensibilización Inducción Entrenamiento Fase 3 Concientización Capacitación del personal Diseño y normalización Manual ETAPA 2 : ENFOQUE CUALITATIVO Fase 1 Fase 2 Definiciones Identificación Fase 3 Medición ó evaluación Fase 4 Fase 5 Control Monitoreo Retroalimentación y Mejoramiento continuo ETAPA 3 : ENFOQUE CUANTITATIVO Fase 1 Diseño Costo de la regulación Administración del Riesgo de LA y FT ¿Qué se debe entender por riesgo de la y ft? Circular 22 de 2007 Posibilidad de “pérdida o daño” por la “propensión” a ser utilizada a través de sus operaciones como instrumento para el LA y FT ¿Esta “pérdida o daño” se puede y debe cuantificar? Pérdida: Consecuencia negativa que puede ocasionar un riesgo, sea financiera o de otro tipo. No debe verse este riesgo como una pérdida que deba ser cuantificada para efectos de asignación de capital, pero si puede afectar el estado de resultados y reflejarse en una una reducciones en los activos. ¿Es el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo un Riesgo? ¿O existen los riesgos asociados al LA y FT? Lo que debe ser objeto de administración son los “riesgos financieros asociados” a la propensión o vulnerabilidad que tiene una entidad financiera no solo de ser utilizada para cometer tales delitos (es solo una de las formas como se puede expresar el riesgo legal), sino también a todos los otros riesgos financieros El riesgo de LA/FT se materializa a través de los riesgos asociados. CIRCULAR 22/07 DE LA SFC Los riesgos asociados sirven para determinar el impacto, la medición y los controles de los riesgos identificados y objeto de administración Son dos conceptos diferentes: Administrar los riesgos asociados al LA y FT (fase 1) La obligación de cooperar con las autoridades derivada de la condición de sujeto obligado (fase 2). ¿Es la etapa del “control” de un SAR la adecuada para realizar el reporte de operaciones sospechosas? SI “En concordancia con el artículo 97 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, con sus modificaciones y /o adiciones y demás disposiciones legales vigentes sobre la materia, las entidades deben suministrar al público la información necesaria con el fin de que el mercado pueda evaluar las estrategias de administración del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo” RESPONSABILIDAD EN EL CUMPLIMIENTO DE LOS CODIGOS DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO De acuerdo con los estándares internacionales emitidos en la ley Sarbanes-Oxley (SOX) y el nuevo acuerdo de Basilea II, el Código de Buen Gobierno corporativo debe comprometer a los directivos de las organizaciones a definir políticas y procedimientos para controlar riesgos. LA LIBRANZA Y EL SISTEMA DE ATENCION AL CONSUMIDOR SISTEMA DE ATENCION AL CONSUMIDOR FINANCIERO APLICADO A LA LIBRANZA VEAMOS A LO QUE SE ENFRENTAN LOS ORIGINADORES DE LIBRANZA Y LAS ENTIDADES CON ACTIVIDAD FINANCIERA CON LA APLICACIÓN DE LA LEY 1328 DE 2009… Capítulo I Aspectos Generales Artículo 1. Artículo 2. Artículo 3. Artículo 4. Objeto y ámbito de aplicación. Definiciones. Principios. Asociación y representación adecuada. Capítulo II Derechos y Obligaciones Artículo 5. Artículo 6. Artículo 7. Derechos de los consumidores financieros. Prácticas de protección propia por parte de los consumidores financieros. Obligaciones especiales de las entidades vigiladas. Capítulo III Sistema de Atención al Consumidor F. Artículo 8. Sistema de Atención al Consumidor Financiero, SAC. Artículo 9. Artículo 10. Contenido mínimo de la información al consumidor financiero. Oportunidad de la información al consumidor financiero. Artículo 11. Artículo 12. Prohibición de utilización de cláusulas abusivas en contratos. Prácticas abusivas. Artículo 13. Artículo 14. Artículo 15. Artículo 16. Artículo 17. Artículo 18. Artículo 19. Funciones de la Defensoría del Consumidor Financiero. Asuntos exceptuados del conocimiento del Defensor del Consumidor Financiero. Pronunciamientos del Defensor del Consumidor Financiero. Atención a los consumidores de todo el país. Independencia y autonomía de los Defensores del Consumidor Financiero. Designación y requisitos de los Defensores del Consumidor Financiero. Terminación en el ejercicio de las funciones del Defensor del Consumidor Financiero. Capítulo VII Procedimientos Artículo 20. Procedimientos para la resolución de quejas o reclamaciones por parte de los Defensores del Consumidor Financiero. Capítulo VIII Régimen sancionatorio Artículo 21. Artículo 22. Régimen sancionatorio. Referencias normativas. Capítulo IV Información al consumidor financiero DEL RÉGIMEN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR FINANCIERO Capítulo V Cláusulas y prácticas abusivas Capítulo VI Defensoría del Consumidor Financiero Y QUE HA ESTABLECIDO LA SUPERINTEDENCIA FINANCIERA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SAC SAC C. E. 015/2010 SFC Consideraciones Generales. -(i) Fortalecer la normatividad existente sobre la materia. -(ii) Buscar el equilibrio contractual entre las partes y. - Evitar la asimetría en la información. Ámbito de Aplicación. -Las siguientes entidades sometidas a la inspección y vigilancia de la SFC, en adelante “entidades vigiladas”, deben implementar un SAC. Definiciones de la debida atención y protección al CF. - Se entiende por debida atención y protección al CF, el conjunto de actividades que desarrollen las entidades vigiladas con el objeto de propiciar un ambiente de protección y respeto por los CF. Alcance del Sistema de Atención al Consumidor Financiero. -El SAC que desarrollen las entidades vigiladas deberá ser implementado acorde con su estructura, tamaño y objeto social de tal forma que les permita identificar, medir, controlar y monitorear todos aquellos hechos o situaciones que puedan incidir en la debida atención y protección de los CF. Elementos mínimos que componen el SAC. - Políticas. - Procedimientos. - Documentación. - Estructura Organizacional. - Infraestructura. - Capacitación e Instrucción a los funcionarios. - Educación financiera al Consumidor financiero. - Información al Consumidor financiero. Etapas del sistema de atención al CF. - Identificación. - Medición. - Control. - Monitoreo. Que es el SAC ? El Sistema de Atención y Protección al Consumidor Financiero es una estrategia derivada de la Ley 1328 de 2009 mediante la cual se establece una Política Pública relacionada con el servicio al consumidor financiero, con el propósito de buscar el equilibrio contractual entre las partes y propender, entre otras cosas, por: - Evitar la asimetría en la información, - Diseñar figuras especiales de protección al consumidor y -- Establecer -reclamos. procedimientos de atención de peticiones, quejas y Y cuales son sus objetivos? Objetivo General: Consolidar una cultura de atención, respeto y servicio a los consumidores financieros y de seguros, adoptar sistemas para el suministro de información adecuada, fortalecer los procedimientos para la atención de sus quejas, peticiones y reclamos, y propiciar la protección de los derechos y la educación del consumidor financiero . Y cuales son sus objetivos? Objetivos Específicos: 1. Incrementar la confianza de los consumidores financieros y de seguros en la administración de las entidades al mejorar su relación con ésta. 2. Mejorar la percepción del consumidor financiero frente a las entidades financieras y de seguros. 3. Mejorar la expresión del servicio y la confianza en los usuarios financieros . 4. Dar cumplimiento a la normatividad financiera y de seguros. ESTANDAR A IMPLEMENTAR A partir de un análisis de los estándares internacionales, el régimen de protección al consumidor financiero previsto en la Ley 1328/09 puede integrarse en cuatro conceptos generales cuya instrumentación debe hacerse para lograr el cumplimiento de los objetivos de protección al consumidor: INFORMACION SOLUCIONES CONSUMIDOR EDUCACION FINANCIERA PRESTACION DEL SERVICIO En el desarrollo de los objetivos del SAC se debe cumplir los siguientes pasos en el proceso de administración de los riesgos derivados del modelo de atención MUCHAS GRACIAS [email protected]