Nuevo esquema de la libranza

Transcripción

Nuevo esquema de la libranza
REGULACIÓN DE LA LIBRANZA O DESCUENTO
DIRECTO EN COLOMBIA
ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES EN RIESGOS
ASORIESGOS
Julio de 2013
William López Leyton
La libranza y su importancia en el marco del sector
financiero
Algunas cifras de la libranza con corte al 31 de diciembre de 2012
• Buena parte del crecimiento de la cartera de la banca en 2012 se debió al fuerte
repunte que tuvieron las libranzas.
• El crédito a través de libranza creció en un 18,5%, mientras que las tarjetas de
crédito lo hicieron en un 15,3%, los préstamos de libre inversión en un 13,3% y los
destinados para la adquisición de vehículo en un 11,1%.
• La libranza representa alrededor de una tercera parte de la cartera total del sistema
financiero al haber alcanzado los $23,2 billones en créditos.
• La cartera vencida en libranzas alcanza a diciembre tan solo 2,06%.
A finales de 2008 la cartera de libranza representaba el 22% de la cartera total, al
finalizar el 2012 representaba el 32,8% del saldo de créditos otorgados por la banca.
La libranza y su importancia en el marco del sector
financiero
Cifras para el primer trimestre de 2013
• De acuerdo con las últimas cifras reportadas por la Superintendencia Financiera, en
el primer trimestre del año la cartera de consumo registró una moderación en su tasa
de incremento real anual la cual se ubicó en un 12,78%. .
• No obstante a febrero de 2013, sobresale el incremento real anual de los créditos
por libranza (18,71%), de las tarjetas de crédito (15,28%), y los créditos de vehículos
(11,57%).
• Frente a la composición de la cartera de consumo, a febrero de 2013 los productos
más representativos fueron libranza (33,16%), libre inversión (23,21%) y tarjetas de
crédito (22,37%).
(Fuente Asobancaria y Superintendencia Financiera de Colombia)
La libranza y su importancia en el marco del sector
financiero
Por que la libranza ha crecido en las magnitudes anotadas?
La principal ventaja para los trabajadores es que no se requiere
codeudor, ni fiador, ni avalista, ni garantías adicionales al
compromiso de descuento.
Para los acreedores su atractivo consiste en que se asegura el
recaudo y, por lo tanto, se minimiza el riesgo de crédito.
Permite con facilidad que la población pueda incrementar su
consumo presente y mejorar su calidad de vida.
La libranza y su importancia en el marco del sector
financiero
Si la libranza resultaba un producto optimo porque regularlo?
El descuento directo presentaba algunos elementos que impedían
su universalización
• Era necesario incluir a los trabajadores bajo la modalidad de
prestación de servicios.
• Se requería que fuese obligatorio para el empleador debitar del
salario de los trabajadores el monto de la cuota del crédito –y no
fuese solamente potestativo como regía hasta le expedición de la
nueva ley.
La libranza y su importancia en el marco del sector
financiero
• Los trabajadores requerían que la aceptación del descuento por
parte de los patronos fuese gratuita y obligatoria.
• Resultaba pertinente también eliminar dualidades existentes entre
bancos y cooperativas, que impedían una mayor oferta por parte de
los bancos de esta modalidad, tales como la prelación de la
acreencia cooperativa frente a otros créditos.
1. La libranza y su importancia en el marco del sector
financiero
Era indispensable modificar el Código Sustantivo del Trabajo en la
medida en que las entidades solidarias podían ordenar retenciones
hasta del 50% del salario para cubrir sus créditos, mientras que los
demás acreedores estaban limitados a las disposiciones del Código
Sustantivo del Trabajo para los descuentos de nómina, que preveían
que el salario mínimo o convencional o la parte del salario declarada
inembargable, no pudiese ser objeto de ninguna retención o
deducción.
AGENDA
1. Elementos de la Ley 1527 de 2012
2. Nuevo esquema de la libranza
3. Principales riesgos que conlleva la libranza
2. Elementos de la Ley 1527 de 2012
La Ley 1527 de 2012 define la libranza como:
“la autorización dada por el asalariado o pensionado, al
empleador o entidad pagadora, según sea el caso, para que
realice el descuento del salario, o pensión disponibles por el
empleado o pensionado, con el objeto de que sean giradas a
favor de las entidades operadoras para atender los productos,
bienes y servicios objeto de libranza.”
2. Elementos de la Ley 1527 de 2012
A quien se dirige la libranza:
2. Elementos de la Ley 1527 de 2012
LA LIBRANZA NO ES UN TIPO DE
CRÉDITO SINO UN ESQUEMA DE PAGO
CON RETENCION EN LA FUENTE
APLICABLE A CUALQUIER MODALIDAD
DE CRÉDITO O FLUJO CIERTO DE
PAGOS.
2. Elementos de la Ley 1527 de 2012
Los principales aspectos de la Ley 1527 de 2012 son:
 No se requiere de codeudor, ni fiador, ni avalista, ni de garantías
adicionales al compromiso de descuento
 El descuento se vuelve obligatorio para todos los empleadores,
quienes no podrán cobrar a los trabajadores por realizarlo.
 El consumidor tiene derecho a decidir con qué entidad quiere acceder
al crédito
 Se permite la continuidad de la libranza cuando el trabajador cambia
de empleo
 La libranza permite el acceso al crédito formal particularmente de los
trabajadores de menores ingresos
 Las tasas de interés que ofrecen los bancos para la libranza son
sustancialmente menores que las de otros créditos de consumo
2. Elementos de la Ley 1527 de 2012
ENTIDADES OPERADORAS
Que
sean
entidades
autorizadas por la ley para el
manejo del ahorro del público,
de los aportes o ahorros de sus
asociados
Que realicen dicha operación
con sus propios recursos o a
través de mecanismos de
financiamiento
autorizados
por la ley
• Entidades financieras
• Cooperativas Financieras o
que ejercen la actividad
financiera con sus asociados
• Cajas de compensación
• Fondos de empleados
• Instituciones de Fomento y
Desarrollo
• Sociedades comerciales
• Sociedades mutuas
• Cooperativas no financieras
2. Elementos de la Ley 1527 de 2012
Aspecto regulado
1.Oferta del producto
2. Escogencia del operador
Antes de la ley de libranza
La oferta de créditos bajo la
modalidad de libranza estaba
dirigida a empleados y
pensionados.
El beneficiario no tenía la
posibilidad
de
escoger
libremente la entidad con la cual
quería tener libranza
Al cambiar de entidad pagadora,
3. Continuidad en el caso de la persona debía asumir los
pagos de la libranza frente a la
cambio de empleador
entidad operadora o cancelar el
saldo pendiente.
Ley 1527 de 2012
Se incluyen como beneficiarios de
la libranza a los contratistas y a los
cooperantes.
El beneficiario tiene total libertad
para escoger gratuitamente la
entidad operadora. Además, de no
existir previamente, la entidad
pagadora no puede negarse a
establecer un acuerdo de
operación con la entidad que el
usuario escoja.
Se establece la continuidad de la
autorización de descuento, lo que
significa que la autorización
suscrita con el primer empleador
faculta a la entidad operadora a
solicitar al nuevo empleador los
giros correspondientes a la deuda
2. Elementos de la Ley 1527 de 2012
Aspecto regulado
Antes de la ley de libranza
Ley 1527 de 2012
La información sobre tasas de Las
Superintendencias
no
estaba Financieras, de Sociedades y de
4. Información al usuario de financiamiento
centralizada.
Economía Solidaria pondrán a
libranza
disposición del usuario en sus
páginas
institucionales,
la
información correspondiente a las
tasas de financiamiento de las
entidades
operadoras
que
ofrezcan por libranza:

Créditos para vivienda

Planes complementarios de
salud y/o educación.
2. Elementos de la Ley 1527 de 2012
Aspecto regulado
5. Transparencia
Antes de la ley de libranza
No existía la posibilidad de
verificar la existencia de la
entidad con las que se tomaba
la libranza
Ley 1527 de 2012
Se creó el Registro Único Nacional
de Entidades Operadoras de
Libranza, al cual puede acceder
cualquier persona que desee
constatar el registro de una entidad
operadora. La ley establece que el
registró será desarrollado por el
Ministerio de Hacienda y Crédito
Público
2. Elementos de la Ley 1527 de 2012
Supervisión y control (i)
 Los operadores que utilizan recursos propios desarrollen su
actividad bajo un esquema de regulación, se estableció que
estarán sometidas a la vigilancia y control de la Superintendencia
de Sociedades
 Para el resto de entidades, la supervisión está a cargo de la
Superintendencia Financiera de Colombia, de Economía Solidaria
o de Sociedades, dependiendo de su naturaleza jurídica.
2. Elementos de la Ley 1527 de 2012
Supervisión y control (ii)
 Las entidades operadoras deberán cumplir con los reglamentos
de los bancos de datos de información financiera, crediticia y de
servicios de acuerdo con lo señalado en la Ley 1266 de 2008
(Hábeas Data) para efectos del reporte de la suscripción de créditos
en la modalidad de libranza, así como la Ley 1581 sobre la
protección de datos personales.
 La nueva normativa obliga al registro único de entidades
operadoras de libranzas para eliminar la aparición de entidades
prestadoras de libranzas “informales”, sin los recursos para fondear
estas operaciones, dificultando el acceso a las empresas y elevando
el costo para los deudores al cobrar comisiones de otorgamiento y
de aval.
2. Elementos de la Ley 1527 de 2012
Condiciones (i)
1. El beneficiario debe autorizar de manera expresa e
irrevocable a la entidad pagadora, a efectuar la libranza.
2. La tasa de interés pactada para los productos y servicios
adquiridos en libranza no pueden superar la tasa máxima legal
permitida.
3. La tasa pactada inicialmente solo será modificada (con la
expresa autorización del beneficiario) en los eventos de:
•
Novación
•
Refinanciación
•
Cambios en la situación laboral del beneficiario
2. Elementos de la Ley 1527 de 2012
Condiciones (ii)
4. El descuento no puede superar el 50% del neto del salario o la
pensión, una vez sean realizados los descuentos por ley. Al respecto,
esta previsión incluye el salario mínimo pues se releva de forma explícita
la aplicación del numeral 2º del artículo 149 del Código Sustantivo del
Trabajo, de las deducciones o retenciones que realice el empleador o
entidad pagadora, derivadas de las operaciones de libranza o descuento
directo, siempre y cuando el trabajador no reciba menos del 50% del
neto. Un ejemplo utilizando el salario mínimo de 2013, puede ilustrar el
monto que puede comprometer el trabajador a través de la libranza:
Salario
Descuentos de ley
Total
Limite del 50%
589500
-50300
539200
269600
2. Elementos de la Ley 1527 de 2012
Retos (i)
Retos para entidades operadoras y pagadoras:
 Generar sinergias para realizar los ajustes operativos necesarios para
lograr una adecuada comunicación entre ellas.
 Cambiar el statu-quo actual para migrar al modelo que establece la
ley.
 Dar correcta aplicación a las normas sobre evaluación de los riesgos
derivados de la colocación, originación por terceros y compras de
cartera.
2. Elementos de la Ley 1527 de 2012
Retos (ii)
Retos para entidades públicas:
 Ministerio de Hacienda: Definir reglas claras y establecer las condiciones que
se deben cumplir para poder ingresar al Registro Único de Entidades
Operadoras de Libranza.
 Ministerio de Salud y Protección Social: Establecer en coordinación con las
entidades operadoras, un mecanismo de consulta a las bases de datos de
seguridad social ágil, eficiente y seguro.
 Superintendencias Financiera, de Sociedades y de Economía Solidaria:
Diseñar controles adecuados que permitan verificar el correcto cumplimiento de
la norma, en particular para aquellas entidades que hacen operaciones de
libranza con recursos propios.
2. Elementos de la Ley 1527 de 2012
REGISTRO UNICO DE ENTIDADES OPERADORAS DE LIBRANZA
La Ley 1527/12 creó el Registro Único Nacional de Entidades Operadores de Libranza el cual
será llevado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Mediante el decreto 1881 de11 de septiembre de 2012
Aplaza la entrada en vigencia del Registro por nueve meses contados desde la expedición del
decreto, plazo que venció 11 de junio de 2013 y señala que
las operaciones realizadas con anterioridad a la expedición de la Ley 1527 de 2012 continuarán
rigiéndose por los términos y plazo en que fueron pactadas.
La cesión, reliquidación o cualquier modificación a las condiciones inicialmente pactadas, se
sujetarán a lo establecido por la Ley 1527 de 2012.
No podrá exigirse al empleador o entidad pagadora el cumplimiento de la obligación de
verificación de la inscripción, por tanto, no se le podrá endilgar responsabilidad solidaria en el
pago de la obligación adquirida por el beneficiario del crédito.
2. Elementos de la Ley 1527 de 2012
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público publicó para comentarios el día 17 de Mayo de 2013
el Proyecto de Decreto que reglamenta el Runeol. Los principales aspectos regulados por el
proyecto de decreto mencionado son los siguientes:
Fija el procedimiento para la inscripción de los operadores de libranza y la asignación del
código único para descuentos.
Establece la documentación que debe allegarse para la inscripción.
Establece la obligación de renovar anualmente los documentos para permanecer en el registro
y conservar el código único de descuento.
Estipula las causales para la cancelación del código para descuentos Establece las causales
de cancelación del código.
El proyecto de Decreto establece que corresponde al empleador consultar el RUNEOL para
realizar los descuentos autorizados por sus empleados. Dicha consulta podrá realizarse de forma
gratuita por internet.
Finalmente el Ministerio expide el 10 de julio de 2013 el decreto 1455 ampliando la entrada en
vigencia del Registro por un plazo de 15 meses contados desde la expedición del decreto 1881
de 2012, plazo que vence el 11 de diciembre de 2013.
AGENDA
1. Elementos de la Ley 1527 de 2012
2. Nuevo esquema de la libranza
3. Principales riesgos que conlleva la libranza
3. Nuevo esquema de la libranza
Acorde con las modificaciones derivadas de la ley la diferencia práctica entre el
esquema antiguo y el nuevo esquema es el siguiente:
Nuevo esquema
Vinculación
del cliente
Vinculación
del pagador
desembolso
descuento
Vinculación
del cliente
desembolso
descuento
Anterior esquema
Vinculación
del pagador
3. Nuevo esquema de la libranza
El nuevo modelo implica un cambio radical en la operación de la libranza:
Nuevo esquema
Vinculación
del cliente
Vinculación
del pagador
desembolso
descuento
Artículo 4°. En cualquier caso el beneficiario tiene derecho de escoger libre y
gratuitamente cualquier entidad operadora para efectuar operaciones de libranza,
así como aquella a través de la cual se realiza el pago de su nómina, honorarios o
pensión.
3. Nuevo esquema de la libranza
El nuevo modelo implica un cambio radical en la operación de la libranza:
Nuevo esquema
Vinculación
del cliente
Vinculación
del pagador
desembolso
descuento
Artículo 6°. Todo empleador o entidad pagadora estará obligada a deducir, retener y girar
de las sumas de dinero que haya de pagar a sus asalariados, contratistas, afiliados o
pensionados, los valores que estos adeuden a la entidad operadora para ser depositados
a órdenes de esta, previo consentimiento expreso, escrito e irrevocable del asalariado,
contratista, afiliado o pensionado en los términos técnicos establecidos en el acuerdo que
deberá constituirse con la entidad operadora, en virtud a la voluntad y decisión que toma el
beneficiario al momento de escoger libremente su operadora de libranza y en el cual se
establecerán las condiciones técnicas y operativas necesarias para la transferencia de los
descuentos. El empleador o entidad pagadora no podrá negarse injustificadamente a la
suscripción de dicho acuerdo.
3. Nuevo esquema de la libranza
El problema de la originación :
Evaluación
Colocación
Administración
Descuento
ORIGINADOR
ENTIDAD
FINANCIERA
Monitoreo
Liquidación
3. Nuevo esquema de la libranza (Cir. 4/13 SFC)
Reglas para la adquisición de cartera de créditos a entidades no vigiladas por la SFC.
Requisitos de los originadores :
1. Contar con las autorizaciones o registros legales.
2. Contar con políticas y procedimientos para el suministro de la información a los deudores.
3. Reportar a las centrales de riesgo la información sobre el comportamiento crediticio de sus
deudores.
4. Cumplir con las disposiciones legales que regulan las tasas de interés y sus límites máximos.
5. En el caso de libranza, cumplir en todo momento con los límites máximos de descuento
salarial, de acuerdo con la legislación laboral vigente.
6. Contar con la información sobre el comportamiento de los deudores, de manera tal que el
establecimiento de crédito que adquiere la cartera pueda dar correcta aplicación a las
disposiciones establecidas en la Circular Básica Contable y Financiera. Esta información
debe incluir, en todo caso, el comportamiento de pago histórico del deudor.
3. Nuevo esquema de la libranza (Cir. 4/12 SFC)
Requisitos para los establecimientos de crédito:
1. Incorporar en sus manuales de riesgo crediticio políticas y procedimientos explícitos
para la selección de los originadores, los cuales deben contemplar como mínimo:
I.
Criterios de selección del originador, dentro de los cuales deberá verificar
por lo menos su trayectoria, experiencia en la actividad de originación de
créditos y conocimiento del nicho de mercado que atiende.
II. Parámetros para el análisis y estudio detallado de la situación patrimonial
del originador.
III. Lineamientos de diversificación por producto y por originador,
estableciendo límites máximos de concentración los cuales deben tener
en cuenta tanto los cupos para compras de cartera como los cupos de
crédito otorgados al originador.
2. Conocer y tener debidamente documentadas las políticas y procedimientos de crédito
del originador en cada uno de los procesos (otorgamiento, seguimiento y recuperación).
3. Nuevo esquema de la libranza (Cir. 4/12 SFC)
3. Establecer los criterios mínimos de selección de los créditos objeto de compra, en
cuanto a perfil de riesgo y capacidad de pago de los deudores.
4. Establecer mecanismos que garanticen la custodia, conservación y consulta de la
documentación de los créditos objeto de compra, incluyendo aquella relacionada con las
garantías.
5. En los eventos en que el tipo de cartera de créditos objeto de compra no haga parte
del nicho de mercado del establecimiento de crédito, se deberán informar previamente a
esta Superintendencia las políticas y estrategias implementadas para el acceso al
nuevo mercado.
Las anteriores políticas y mecanismos deben ser aprobados por la Junta Directiva u
organismo que haga sus veces en el establecimiento de crédito, y ser revisadas
periódicamente a fin de que se ajusten en todo momento a las condiciones particulares
de la entidad y del mercado.
AGENDA
1. Elementos de la Ley 1527 de 2012
2. Nuevo esquema de la libranza
3. Principales riesgos que conlleva la libranza
La regulación de la actividad crediticia debe conducir a
los operadores de libranzas a la formalización de su
actividad
Modelo de
Gobierno
Corporativo
Estandarización
contable y
financiera
Sistemas de
administración
de riesgos
FORMALIZACION
La actividad financiera, sea realizada con recursos
intermediados o con recursos propios, debe ajustarse al
siguiente criterio “mismo negocio, mismos riesgos,
mismas reglas”.
LA LIBRANZA Y EL SARC
ELEMENTOS DEL SARC
1. POLÍTICAS DE ADMINISTRACION DEL RC
2. PROCESOS DE ADMINISTRACION DEL RC
3. MODELOS LA ESTIMACION DE PERDIDAS
ESPERADAS
4. SISTEMA DE PROVISIONES
4. PROCESOS DE CONTROL INTERNO
1. POLITICAS (i)
Estructura
organizacional
• Personal idóneo
• Reglas de prevención y sanción de conflictos de interés
• Adecuada infraestructura tecnológica – Información
confiable
Límites de exposición
crediticia y de
pérdida tolerada
• Niveles de exposición de crédito totales, individuales y
por portafolios
• Cupos de adjudicación y límites de concentración por
deudor, sector o grupo económico
Otorgamiento de
crédito (Alta
Dirección)
• Características básicas de los sujetos de crédito,
tolerancia al riesgo y potenciales clientes
• Análisis de las operaciones
• Garantías aceptables - Realización de avalúos
1. POLITICAS (i)
Seguimiento y control
• Evaluación continua de calificación y recalificación
• Frecuencia y criterios
Provisiones generales e • Mayores en períodos de alto crecimiento
individuales
Nivel de patrimonio o
capital económico para • Evaluación de la suficiencia del patrimonio
pérdidas no esperadas
Políticas y
procedimientos de
cobro de cartera
• Comunicaciones, cobro prejudicial, cobro judicial
• Reestructuraciones
2. PROCESOS (i)
OTORGAMIENTO
SEGUIMIENTO
RECURPERACIÓN
2. PROCESOS (ii)
Responsabilidades de cada
órgano o funcionario
Contenido mínimo de los
procesos de otorgamiento
Contenido mínimo del
seguimiento y control
Contenido mínimo de la
recuperación
• Definición de lideres para cada proceso
•
•
•
•
Información previa
Selección de variables, segmentación de portafolios
Capacidad de pago del deudor
Garantías y criterios de valoración y eficacia
• Monitoreo y calificación continua de las operaciones
• Análisis de riesgo inherente y análisis de futuros
cambios. Dos veces al año como mínimo
•
•
•
•
Criterios de cobro
Acciones en caso de mora
Soluciones de obligaciones morosas diferente al pago
Criterios de castigo
4. CONTROL
PROVISIÓN
OTORGAMIENTO
CONTROL
SEGUIMIENTO
RECUPERACIÓN
Y cuales son los avances en materia de SARC
para el sector solidario, bajo las premisas
anotadas?
Antecedentes
• Documento CONPES 3639 de febrero 01 de 2010. Líneas
estratégicas:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
Regulación para el desarrollo empresarial
Ajuste institucional del sector para el desarrollo empresarial
Simplificación y racionalización de los trámites para el registro y
la supervisión de la forma solidaria
Prevención del uso inadecuado de las cooperativas y
precooperativas de Trabajo Asociado – CTA’s y PCTA’s
Optimización de los esquemas de regulación y supervisión
para la prestación de servicios financieros
Facilitación para el acceso a instrumentos de fomento
Fortalecimiento del suministro de información y estadísticas del
sector.
Objetivos
 Administración por riesgos
 Regulación y supervisión similar, con base en estándares
internacionales provenientes de Basilea, COSO, Fincen,
Gafi, Gafisud
 Guía de buen gobierno corporativo – Carta circular 005 de
2013 de la SES:
“… Se espera que en las asambleas de 2014 las
supervisadas adopten códigos de buen gobierno.”
Guía de buen gobierno corporativo (SES)
Guía de buen gobierno corporativo (SES)
Modificaciones al entorno legal
Adopción de normas internacionales de información
financiera
Administración y auditoría interna basada en riesgos
SARC
SARLAFT
SARO
Sistema de
control
Interno
SARM
SARL
Sistema de
Atención a de
Clientes
48
Contenido de los ajustes
 Administración y supervisión por riesgo - SAR
SES con
FOGACOOP
SF con FOGAFIN
Sarc: Modelo de Referencia:
• Carteras de consumo y comercial
• Provisiones contracíclicas
PÉRDIDA ESPERADA= [Probabilidad de
incumplimiento] x [Exposición del activo en
el momento del incumplimiento] x [Pérdida
dado el incumplimiento]
Circular externa 003, febrero 13 de 2013 Modificación a la
Circular Básica Contable y Financiera (004 de 2008)
 Capítulo II – Cartera de créditos
•
•
•
•
2.3.2. Criterios mínimos para el otorgamiento de créditos
2.4. Proceso de seguimiento y control
2.4.1. Comité de evaluación de cartera de créditos
6. Provisiones
 Capítulo III – Cuentas por cobrar
• 3.1. Cuentas por cobrar derivadas de operaciones de créditos
• 4.2. Provisión de las deudoras patronales
 Capítulo XII - Presentación de información. Validaciones previas
a la transmisión de estados financieros
• Se adicionan dos formatos, 57 (Convenios de recaudo) y 42
(Operaciones de CNB)
Capítulo II – Cartera de créditos
 Criterios mínimos para el otorgamiento de créditos.
• Capacidad de pago
 Consulta a centrales de riesgo
 ¿Qué hacer sí se aprueba un valor diferente al solicitado?
 Ley de Libranzas, descuento
 Préstamos a entidades públicas territoriales, ley 358 de 1997.
• Límite máximo, autorizaciones y cumplimiento plan.
Capítulo II – Cartera de créditos
 Criterios mínimos para el otorgamiento de créditos.
• Solvencia del deudor (sin cambio)
• Garantías (cambia referencia a decreto 2555 de 2010)
 Ratifica que la libranza es un mecanismo de pago
 Ata pignoración de rentas a ley 358
Capítulo II – Cartera de créditos
 Proceso de seguimiento y control
 Orienta el tema de revisión de la cartera en tres aspectos:
o Primero, “… establecer metodologías y técnicas analíticas que
permitan medir el riesgo ante futuros cambios potenciales en las
condiciones iniciales de la cartera de crédito vigente …” (sic).
o En el siguiente párrafo ratifica que “dicha evaluación no consiste
en la revisión física de las carpetas de crédito, sino en el
establecimiento de metodologías y técnicas analíticas que
permitan conocer los potenciales riesgos futuros y el estado de
calidad de la misma”
o Esta evaluación será al menos una vez al año.
Capítulo II – Cartera de créditos
 Proceso de seguimiento y control
• Orienta el tema de revisión de la cartera en tres aspectos:
 Segundo, “Tales metodologías y técnicas deben fundamentarse,
entre otros criterios, en la información relacionada con el
comportamiento histórico del deudor en la organización solidaria,
las garantías que lo respalden, el comportamiento crediticio del
deudor en otras entidades y la información financiera o información
alternativa que permita conocer adecuadamente su situación
financiera.”
Capítulo II – Cartera de créditos
 Proceso de seguimiento y control
• Orienta el tema de revisión de la cartera en tres aspectos:
 Tercero, casos en los cuales la evaluación será trimestral:
− Organizaciones solidarias “sometidas a cualquier medida
cautelar”, evaluación total de créditos cuyo monto aprobado
exceda 50 SMLM
− Cuando el indicador de cartera vencida supere en dos
desviaciones estándar el promedio del sector
− Crédito en mora luego de ser reestructurados o novados
− Créditos otorgados a entidades públicas territoriales
− Créditos otorgados a personas jurídicas que no cumplen con lo
establecido en la ley 79 de 1988
Capítulo II – Cartera de créditos
 Comité de evaluación de cartera de créditos
• Comité con tres a cinco miembros
• Elegidos por el consejo o la junta
• Un directivo y funcionarios o asociados idóneos.
Capítulo II – Cartera de créditos
 Provisiones
• Provisión general:
 Mínimo el 1% de la cartera bruta total
 ¿Cómo y quien decide un valor superior al mínimo?
 Plazo de ajuste entre marzo y diciembre de 2013
 Cooperativas que tengan indicador de cartera vencida de más de
dos desviaciones estándar por encima del promedio, harán un
0,2% adicional por cada una.
Capítulo II – Cartera de créditos
 Provisiones
• Provisión individual:
 Nueva tabla con porcentaje mínimo
 Sin límite superior, valor establecido por política del consejo o junta
 Si la organización solidaria tiene créditos con personas jurídicas
que no cumplen lo ordenado en la ley 79 de 1988, deberán
desmontarlas según instrucciones de la SES. Si estas deudas son
novadas o reestructuradas, se provisionarán al 100%
 Los créditos a entidades públicas territoriales cuyo endeudamiento
supere su capacidad de pago, también se provisionarán al 100%.
Capítulo II – Cartera de créditos
 Provisiones. Individual - Tabla anterior
A
NORMAL
B
ACEPTABLE
C
APRECIABLE
D
SIGNIFICATIVO
E
INCOBRABILIDAD
VIVIENDA días
Provisión
0-60
0%
61-150
1% - 9%
151-360
10% -19%
361-540
20%-29%
541-720 (1)
30%-59%
CONSUMO
Provisión
0-30
0%
31-60
1%-9%
61-90
10%-19%
91-180
20%-49%
181-360 (2)
50%-99%
MICROCRÉDITO
Provisión
0-30
0%
31-60
1%-19%
61-90
20%-49%
91-120
50%-99%
+ de 120
100%
COMERCIAL
Provisión
0-30
0%
31-90
1%-19%
91-180
20%-49%
(1) De 721 a 1080 días, la provisión será de 60% a 99% y mayor a 1081 días, 100%
(2) Mayor a 360 días, 100%
181-360
50%-99%
+ de 360
100%
Capítulo II – Cartera de créditos
 Provisiones. Individual – NUEVA Tabla
A
NORMAL
B
ACEPTABLE
VIVIENDA días
Provisión
0-60
0%
61-150
1%
CONSUMO
Provisión
0-30
0%
MICROCRÉDITO
Provisión
COMERCIAL
Provisión
D
SIGNIFICATIVO
E
INCOBRABILIDAD
151-360
10%
361-540
20%
541-720 (1)
30%
31-60
1%
61-90
10%
91-180
20%
181-360 (2)
50%
0-30
0%
31-60
1%
61-90
20%
91-120
50%
+ de 120
100%
0-30
0%
31-90
91-180
20%
181-360
50%
+ de 360
100%
1%
C
APRECIABLE
(1) De 721 a 1080 días, la provisión mínima será de 60% y mayor a 1081 días, 100%
(2) Mayor a 360 días, 100%
Capítulo II – Cartera de créditos
 Provisiones
• 6.3. Efecto de las garantías sobre las provisiones:
 Incluyó la parte de aportes sociales como garantía, sin cambio
 Elimina las dos excepciones o ventajas:
− No hay descuento para cálculo de la provisión individual, si la
cooperativa tiene pérdidas acumuladas y excedentes del
ejercicio
− Fondos de empleados, aportes y ahorros
 La decisión de descontar o no los aportes, será por política del
Consejo o Junta. Las cooperativas solo podrán descontar los
aportes sociales cuando la solvencia no esté respaldada en más
del 80% por capital mínimo irreductible.
 No cambiaron los cuadros de garantía admisible no hipotecaria y
garantía hipotecaria
LA LIBRANZA Y EL SARLAFT
Modelo de administración del riesgo de LA y FT
Estructuración en tres etapas por fases :
Etapa 1
Cultura
Sarlaft
Etapa 2
Enfoque
Cualitativo
Etapa 3
Enfoque
Cuantitativo
(opcional)
ETAPA 1 : CULTURA INTERNA SARLAFT
Fase 1
Fase 2
Sensibilización
Inducción
Entrenamiento
Fase 3
Concientización
Capacitación
del personal
Diseño y normalización
Manual
ETAPA 2 : ENFOQUE CUALITATIVO
Fase 1
Fase 2
Definiciones Identificación
Fase 3
Medición ó
evaluación
Fase 4
Fase 5
Control
Monitoreo
Retroalimentación y Mejoramiento continuo
ETAPA 3 : ENFOQUE CUANTITATIVO
Fase 1
Diseño
Costo de la regulación
Administración del Riesgo de LA y FT
¿Qué se debe entender por riesgo de la y ft?
Circular 22 de 2007
Posibilidad de “pérdida o daño” por la “propensión” a ser utilizada a
través de sus operaciones como instrumento para el LA y FT
¿Esta “pérdida o daño” se puede y debe cuantificar?
Pérdida: Consecuencia negativa que puede ocasionar un riesgo, sea
financiera o de otro tipo.
No debe verse este riesgo como una pérdida que deba ser
cuantificada para efectos de asignación de capital, pero si puede
afectar el estado de resultados y reflejarse en una una reducciones
en los activos.
¿Es el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo un
Riesgo?
¿O existen los riesgos asociados al LA y FT?
Lo que debe ser objeto de administración son los “riesgos
financieros asociados” a la propensión o vulnerabilidad que tiene
una entidad financiera no solo de ser utilizada para cometer tales
delitos (es solo una de las formas como se puede expresar el riesgo
legal), sino también a todos los otros riesgos financieros
El riesgo de LA/FT se materializa a través de los riesgos
asociados. CIRCULAR 22/07 DE LA SFC
Los riesgos asociados sirven para determinar el impacto, la
medición y los controles de los riesgos identificados y objeto de
administración
Son dos conceptos diferentes:
Administrar los riesgos asociados al LA y FT (fase 1)
La obligación de cooperar con las autoridades derivada de la
condición de sujeto obligado (fase 2).
¿Es la etapa del “control” de un SAR la adecuada para realizar el
reporte de operaciones sospechosas?
SI
“En concordancia con el artículo 97 del Estatuto
Orgánico del Sistema Financiero, con sus
modificaciones y /o adiciones y demás disposiciones
legales vigentes sobre la materia, las entidades deben
suministrar al público la información necesaria con el
fin de que el mercado pueda evaluar las estrategias de
administración del riesgo de lavado de activos y
financiación del terrorismo”
RESPONSABILIDAD EN EL CUMPLIMIENTO DE LOS
CODIGOS DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO
De acuerdo con los estándares internacionales emitidos en la ley
Sarbanes-Oxley (SOX) y el nuevo acuerdo de Basilea II, el
Código de Buen Gobierno corporativo debe comprometer a los
directivos de las organizaciones a definir políticas y
procedimientos para controlar riesgos.
LA LIBRANZA Y EL SISTEMA DE
ATENCION AL CONSUMIDOR
SISTEMA DE ATENCION AL CONSUMIDOR
FINANCIERO APLICADO A LA LIBRANZA
VEAMOS A LO QUE SE ENFRENTAN LOS ORIGINADORES DE
LIBRANZA Y LAS ENTIDADES CON ACTIVIDAD FINANCIERA
CON LA APLICACIÓN DE LA LEY 1328 DE 2009…
Capítulo I
Aspectos Generales
Artículo 1.
Artículo 2.
Artículo 3.
Artículo 4.
Objeto y ámbito de aplicación.
Definiciones.
Principios.
Asociación y representación adecuada.
Capítulo II
Derechos y Obligaciones
Artículo 5.
Artículo 6.
Artículo 7.
Derechos de los consumidores financieros.
Prácticas de protección propia por parte de los consumidores financieros.
Obligaciones especiales de las entidades vigiladas.
Capítulo III
Sistema de Atención al Consumidor F.
Artículo 8.
Sistema de Atención al Consumidor Financiero, SAC.
Artículo 9.
Artículo 10.
Contenido mínimo de la información al consumidor financiero.
Oportunidad de la información al consumidor financiero.
Artículo 11.
Artículo 12.
Prohibición de utilización de cláusulas abusivas en contratos.
Prácticas abusivas.
Artículo 13.
Artículo 14.
Artículo 15.
Artículo 16.
Artículo 17.
Artículo 18.
Artículo 19.
Funciones de la Defensoría del Consumidor Financiero.
Asuntos exceptuados del conocimiento del Defensor del Consumidor Financiero.
Pronunciamientos del Defensor del Consumidor Financiero.
Atención a los consumidores de todo el país.
Independencia y autonomía de los Defensores del Consumidor Financiero.
Designación y requisitos de los Defensores del Consumidor Financiero.
Terminación en el ejercicio de las funciones del Defensor del Consumidor
Financiero.
Capítulo VII
Procedimientos
Artículo 20.
Procedimientos para la resolución de quejas o reclamaciones
por parte de los Defensores del Consumidor Financiero.
Capítulo VIII
Régimen sancionatorio
Artículo 21.
Artículo 22.
Régimen sancionatorio.
Referencias normativas.
Capítulo IV
Información al consumidor financiero
DEL RÉGIMEN DE
PROTECCIÓN
AL CONSUMIDOR
FINANCIERO
Capítulo V
Cláusulas y prácticas abusivas
Capítulo VI
Defensoría del Consumidor Financiero
Y QUE HA ESTABLECIDO LA SUPERINTEDENCIA
FINANCIERA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SAC
SAC
C. E. 015/2010
SFC
Consideraciones Generales.
-(i) Fortalecer la normatividad existente sobre la
materia.
-(ii) Buscar el equilibrio contractual entre las
partes y.
- Evitar la asimetría en la información.
Ámbito de Aplicación.
-Las siguientes entidades sometidas a la
inspección y vigilancia de la SFC, en adelante
“entidades vigiladas”, deben implementar un SAC.
Definiciones de la debida atención y
protección al CF.
- Se entiende por debida atención y protección al
CF, el conjunto de actividades que desarrollen las
entidades vigiladas con el objeto de propiciar un
ambiente de protección y respeto por los CF.
Alcance del Sistema de Atención al
Consumidor Financiero.
-El SAC que desarrollen las entidades vigiladas
deberá ser implementado acorde con su
estructura, tamaño y objeto social de tal forma
que les permita identificar, medir, controlar y
monitorear todos aquellos hechos o situaciones
que puedan incidir en la debida atención y
protección de los CF.
Elementos mínimos que componen el
SAC.
- Políticas.
- Procedimientos.
- Documentación.
- Estructura Organizacional.
- Infraestructura.
- Capacitación e Instrucción a los funcionarios.
- Educación financiera al Consumidor financiero.
- Información al Consumidor financiero.
Etapas del sistema de atención al CF.
- Identificación.
- Medición.
- Control.
- Monitoreo.
Que es el SAC ?
El Sistema de Atención y Protección al Consumidor Financiero
es una estrategia derivada de la Ley 1328 de 2009 mediante la
cual se establece una Política Pública relacionada con el servicio al
consumidor financiero, con el propósito de buscar el equilibrio
contractual entre las partes y propender, entre otras cosas, por:
- Evitar la asimetría en la información,
- Diseñar figuras especiales de protección al consumidor y
-- Establecer
-reclamos.
procedimientos de atención de peticiones, quejas y
Y cuales son sus objetivos?
Objetivo General:
Consolidar una cultura de atención, respeto y servicio a los
consumidores financieros y de seguros, adoptar sistemas
para el suministro de información adecuada, fortalecer los
procedimientos para la atención de sus quejas, peticiones y
reclamos, y propiciar la protección de los derechos y la
educación del consumidor financiero .
Y cuales son sus objetivos?
Objetivos Específicos:
1. Incrementar la confianza de los consumidores financieros y
de seguros en la administración de las entidades al mejorar
su relación con ésta.
2. Mejorar la percepción del consumidor financiero frente a las
entidades financieras y de seguros.
3. Mejorar la expresión del servicio y la confianza en los
usuarios financieros .
4. Dar cumplimiento a la normatividad financiera y de seguros.
ESTANDAR A IMPLEMENTAR
A partir de un análisis de los estándares internacionales, el régimen de
protección al consumidor financiero previsto en la Ley 1328/09 puede
integrarse en cuatro conceptos generales cuya instrumentación debe hacerse
para lograr el cumplimiento de los objetivos de protección al consumidor:
INFORMACION
SOLUCIONES
CONSUMIDOR
EDUCACION
FINANCIERA
PRESTACION DEL
SERVICIO
En el desarrollo de los objetivos del SAC se debe cumplir los siguientes pasos en el
proceso de administración de los riesgos derivados del modelo de atención
MUCHAS GRACIAS
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