ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

Transcripción

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal
DÉCIMA OCTAVA ÉPOCA
26 DE NOVIEMBRE DE 2015
No. 226
Í N D I C E

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Jefatura

de Gobierno
 Decreto por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia para el Distrito Federal
4
Delegación

Iztapalapa
 Nota aclaratoria al Acuerdo por el que se delegan las facultades que se indican y se delimitan las Colonias del
Ámbito de Competencia a las Unidades Administrativas y de Apoyo Técnico-Operativo de la Delegación
Iztapalapa, denominadas Direcciones Territoriales, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el día 18 de
noviembre de 2015
8
Instituto

para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México (IAPA)
 Aviso en el que se informa la instalación de los Comités de Normalización en Materia de Prevención y en Materia
de Tratamiento e Integración Comunitaria del Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la
Ciudad de México

9
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
 Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.- Licitación Pública Nacional Número TSJDF/LPN-
016/2015.- Convocatoria 003/2015.- Adquisición de vehículos y motocicletas

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SECCIÓN DE AVISOS
 CER-Consultoría y Respuesta Estratégica, S.A. de C.V.
13
Continúa en la Pág. 2
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Índice
Viene de la Pág. 1
 Producciones Teatrales MZ, A.C.
14
 Resumen de Acuerdos de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Nutrika Group México, S.A. de
C.V. celebrada con fecha 9 de noviembre de 2015
15
 Evoli, S.A. de C.V.
16
 Tus Consulting, S.A. de C.V.
17
 Desarrollos Vista Verde, S.A. de C.V.
17
 Kaiya, S. de R.L. de C. V.
18
 Edictos
19
 Aviso
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JEFATURA DE GOBIERNO
DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN Y REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE
ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARA EL DISTRITO FEDERAL
(Al margen superior un escudo que dice: CDMX.- Ciudad de México)
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a sus habitantes sabed:
Que la H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal, VI Legislatura se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
(Al margen superior izquierdo el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- ASAMBLEA
LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.- VI LEGISLATURA)
ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
VI LEGISLATURA.
DECRETA
DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN Y REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE
ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARA EL DISTRITO FEDERAL.
ARTÍCULO ÚNICO.- Se adiciona un primer, quinto, sexto y séptimo párrafo al artículo 62; se adiciona un artículo 62 Bis;
se reforman el primer párrafo, las facciones II, III, V, VII y se agregan las fracciones IX, X, XI, XII, XIII y XIV del artículo
63; se reforman los párrafos segundo y tercero del artículo 64; se reforman los artículos 65 y 66; se adiciona el artículo 72
Bis de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia:
Artículo 62. Las medidas de protección son medidas urgentes y de carácter temporal implementadas por una autoridad
competente en favor de una mujer o niña en situación de violencia o de las víctimas indirectas en situación de riesgo.
Las medidas u órdenes de protección vinculadas a casos de violencia contra la mujer se aplicarán en los términos y
condiciones que se establecen en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, esta Ley, y las
legislaciones sustantivas y adjetivas aplicables al Distrito Federal.
Las medidas de protección tienen como propósito prevenir, interrumpir o impedir la comisión de un delito o que se actualice
un supuesto en materia civil o familiar que implique violencia contra las mujeres, a través de la emisión de una medida u
orden de protección.
Las medidas u órdenes de protección prohíben u ordenan la realización de determinadas conductas y son precautorias,
cautelares y de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima. Deberán otorgarse por el Ministerio Público
y los órganos jurisdiccionales penales, o los jueces civil y familiar, según corresponda, inmediatamente que conozcan los
hechos probablemente constitutivos delitos o supuestos del orden civil o familiar, que impliquen violencia contra la víctima
o víctimas indirectas.
Las medidas de protección deberán otorgarse de oficio por la autoridad competente desde el momento en que tenga
conocimiento del hecho de violencia.
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En el caso en que el Ministerio Público o el Órgano Jurisdiccional competente considere la existencia de extrema violencia
y urgencia, podrán implementar de manera directa e inmediata las medidas de protección necesarias para salvaguardar la
vida, integridad, libertad y seguridad de las víctimas, sin condicionarlas a la iniciación de una denuncia.
Las autoridades competentes deberán de establecer los lineamientos básicos para la implementación de las medidas de
protección en coordinación con las instancias responsables de atender a las mujeres y niñas en situación de violencia.
Artículo 62 Bis. Las autoridades emisoras y ejecutoras de las medidas de protección deberán observar los siguientes
principios:
I. Principio de protección: considerar de manera primordial la obligación de salvaguardar la vida, integridad, libertad y
seguridad de las personas;
II. Principio de necesidad y proporcionalidad: las medidas de protección deben responder a las necesidades inmediatas y
específicas de las víctimas, atendiendo a la situación de riesgo, peligro existente o a las consecuencias de los actos de
violencia.
III. Principio de confidencialidad: toda la información y actividad administrativa o jurisdiccional relacionada con el
ámbito de protección de las personas, debe ser reservada para los fines de la investigación o del proceso respectivo.
IV. Principio de oportunidad y eficacia: Las medidas deben ser otorgadas e implementadas de manera inmediata y
durante el tiempo que garanticen su objetivo.
V. Principio de accesibilidad: se deberá articular un procedimiento sencillo para garantizar la materialización de la
protección inmediata a las víctimas de acuerdo a sus condiciones específicas, tomando en consideración el contexto de la
violencia.
VI. Principio de integralidad: El otorgamiento de la medida a favor de la víctima deberá garantizar la salvaguarda de
todos los derechos de las víctimas, considerando los distintos aspectos que se presentan en cada caso.
VII. Principio de concentración: No se necesita una orden para cada medida, una sola orden de protección podrá
concentrar el número de medidas necesarias para garantizar la seguridad y bienestar de la mujer en situación de violencia
y en su caso de las víctimas indirectas.
VIII. Principio pro persona: Para interpretar lo referente al otorgamiento de las medidas de protección, en caso de duda,
con relación a la situación de violencia, se estará a lo más favorable para la víctima.
IX. Principio de interés superior de la niñez: Cuando las decisiones que se adopten relacionadas con el trámite de
medidas de protección, afecte de manera directa o indirecta a una niña, niño o adolescente se deberán evaluar y ponderar
las posibles repercusiones para evitar efectos negativos en su esfera de derechos
Artículo 63. …
I. …
II. Prohibición para asistir o acercarse al domicilio de la víctima directa o indirecta, así como acercarse al lugar de trabajo,
estudio o cualquiera lugar que frecuente.
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III. La desocupación inmediata por parte del agresor, del domicilio de la víctima, independientemente de la acreditación de
propiedad o posesión del inmueble, aún en los casos de arrendamiento del mismo, del matrimonio en sociedad conyugal o
de separación de bienes, y en su caso, el reingreso de la mujer en situación de violencia una vez que se resguarde su
seguridad.
IV. …
V. La entrega inmediata de objetos de uso personal y documentos de identidad de la víctima que tuviera en posesión el
agresor, y en su caso, los de sus hijas e hijos. En este caso deberá contar con el acompañamiento, del Ministerio Público y
del personal de la policía de investigación.
VI. …
VII. Custodia personal y o domiciliaria a las víctimas, que estará a cargo de los cuerpos policiacos adscritos a la
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, según
corresponda, con base a la disponibilidad de personal con el que estas instancias cuenten.
VIII. …
IX. Canalizar a las víctimas directas e indirectas para alojamiento temporal en espacios seguros tales como casas de
emergencia, refugios y albergues que garanticen su seguridad y dignidad, en términos de las disposiciones aplicables de esta
ley.
X. Reingreso de la mujer y en su caso víctimas indirectas al domicilio, una vez que se salvaguarde su seguridad, en caso de
que así lo desee.
Para el cumplimiento de esta medida se garantizará el acompañamiento, del Ministerio Público y del personal de la policía
de investigación, a la víctima de violencia para acceder al domicilio, lugar de trabajo u otro, en cualquier caso, podrá ser
acompañada de una persona de su confianza. En caso de que no haya personal de policía de investigación disponible, el
acompañamiento será a cargo de personal de cualquier institución de seguridad pública que garantice la seguridad de las
víctimas.
XI. Prohibición a la persona agresora de intimidar o molestar por si, por cualquier medio o interpósita persona, a la mujer en
situación de violencia y en su caso sus hijas e hijos u otras víctimas indirectas o testigos de los hechos o cualquier otra
persona con quien la mujer tenga una relación familiar, afectiva, de confianza o de hecho.
XII. La reserva del domicilio, lugar de trabajo, profesión o cualquier otro dato que permita que la persona agresora o su
familia puedan ubicar a la víctima.
XIII. Implementar medidas para evitar que se capten y/o se transmitan por cualquier medio o tecnologías de la información
y la comunicación, imágenes de la mujer en situación de violencia que permitan su identificación o la de sus familiares.
Tratándose de niñas hay una prohibición absoluta de transmitir datos e imágenes que permitan su identificación.
XIV. Además de los anteriores, aquellas y cuantas sean necesarias para salvaguardar la integridad, vida, libertad y seguridad
de la mujer y las víctimas indirectas en situación de violencia.
Artículo 64. Una vez que el Juez reciba la solicitud, otorgará de plano cualquiera de las medidas de protección previstas en
el artículo anterior, fundada y motivadamente, debiendo tomar en cuenta, los principios de actuación para la
implementación de tales medidas, otorgándolas en un plazo que no exceda de 6 horas.
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Artículo 65. …
Dentro de los cinco días siguientes a la imposición de las medidas de protección previstas en las fracciones I, II y III del
artículo 63 de esta Ley, deberá celebrarse una audiencia en la que el órgano jurisdiccional correspondiente podrá
ratificarlas, ampliarlas o cancelarlas, en este último caso siempre y cuando se encuentre documentado que el riesgo ha
cesado.
En caso de que la persona agresora incumpla cualquier medida de protección, con independencia de la posible
responsabilidad penal del sujeto activo, reforzarán las acciones que se contemplaron en un primer momento con la finalidad
de salvaguardar la vida y seguridad de las víctimas directas o indirectas.
Artículo 66. Las medidas de protección tendrán una duración máxima de sesenta días, prorrogables hasta por treinta días y
en caso de no cesar la violencia, las medidas de protección se mantendrán vigentes con una revisión trimestral que justifique
su permanencia, para salvaguardar la vida, integridad, libertad y seguridad de las mujeres y niñas en situación de violencia,
así como de las víctimas indirectas en situación de riesgo.
Artículo 72 Bis. Las medidas de protección deberán ser registradas en el banco nacional de datos e información sobre casos
y delitos de violencia cometida en contra de mujeres
ARTÍCULO TRANSITORIO
PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal.
Recinto de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a los treinta días del mes de abril del año dos mil quince.POR LA MESA DIRECTIVA.- DIP. MANUEL ALEJANDRO ROBLES GÓMEZ, PRESIDENTE.- DIP.
ORLANDO ANAYA GONZÁLEZ, SECRETARIO.- DIP. ALEJANDRO RAFAEL PIÑA MEDINA,
SECRETARIO.- FIRMA.
En cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 48, 49 y 67, fracción II, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para su
debida publicación y observancia, expido el presente Decreto Promulgatorio en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno
del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.- EL JEFE DE
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.- FIRMA.- LA
SECRETARIA DE GOBIERNO, DORA PATRICIA MERCADO CASTRO.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE
DESARROLLO SOCIAL, JOSÉ RAMÓN AMIEVA GÁLVEZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SEGURIDAD
PÚBLICA, HIRAM ALMEIDA ESTRADA.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN, MARÍA
ALEJANDRA BARRALES MAGDALENO.
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DELEGACIÓN IZTAPALAPA
LIC. DIONE ANGUIANO FLORES, Jefa Delegacional en Iztapalapa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 segundo
párrafo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal, he tenido a bien expedir la siguiente:
NOTA ACLARATORIA AL ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN LAS FACULTADES QUE SE INDICAN Y
SE DELIMITAN LAS COLONIAS DEL ÁMBITO DE COMPETENCIA A LAS UNIDADES
ADMINISTRATIVAS Y DE APOYO TÉCNICO-OPERATIVO DE LA DELEGACIÓN IZTAPALAPA,
DENOMINADAS DIRECCIONES TERRITORIALES, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO
FEDERAL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DE 2015
Página 58, Último Párrafo
Dice:
PRIMERO.- El Órgano Político-Administrativo en Iztapalapa cuenta con ocho Unidades Administrativas y de Apoyo TécnicoOperativo, denominadas “Direcciones Territoriales”, contempladas en el Manual Administrativo publicado en la Gaceta Oficial del
Gobierno del Distrito Federal el día 18 de junio del 2013; así como, en el “Acuerdo Delegatorio de Facultades y Atribuciones a las
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo de la Delegación Iztapalapa denominadas Direcciones Territoriales” que se
indican en su contenido, publicado el día 28 de mayo del año 2012, en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal, reconociéndose
su estructural-funcionalismo, atribuciones y competencia respectiva, mismas que a continuación se enlistaran, con su respectiva
estructura:
Debe decir:
PRIMERO.- El Órgano Político-Administrativo en Iztapalapa cuenta con ocho Unidades Administrativas y de Apoyo TécnicoOperativo, denominadas “Direcciones Territoriales”, contempladas en el Manual Administrativo publicado en la Gaceta Oficial del
Gobierno del Distrito Federal el día 18 de junio del 2013; así como, en el “Acuerdo Delegatorio de Facultades y Atribuciones a las
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo de la Delegación Iztapalapa denominadas Direcciones Territoriales” que se
indican en su contenido, publicado el día 10 de Octubre del año 2012, en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal,
reconociéndose su estructural-funcionalismo, atribuciones y competencia respectiva, mismas que a continuación se enlistaran, con su
respectiva estructura:
Página 95, Segundo Transitorio
Dice:
Segundo. Se deroga el Acuerdo Delegatorio de facultades y atribuciones a las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo de
la Delegación Iztapalapa, Denominadas Direcciones Territoriales, que se indican publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28
de Mayo del 2012.
Debe decir:
Segundo. Se deroga el Acuerdo Delegatorio de facultades y atribuciones a las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo de
la Delegación Iztapalapa, Denominadas Direcciones Territoriales, que se indican publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 10
de Octubre del 2012.
TRANSITORIO
Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Iztapalapa, Distrito Federal, a 20 de noviembre de 2015.
ATENTAMENTE
LA JEFA DELEGACIONAL EN IZTAPALAPA
(Firma)
_______________________________________
LIC. DIONE ANGUIANO FLORES
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INSTITUTO PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LAS ADICCIONES EN LA CIUDAD DE
MÉXICO (IAPA)
DR. RAFAEL EDGARDO CAMACHO SOLÍS, Director General del Instituto para la Atención y Prevención de las
Adicciones en la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 97 y 98 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal;
2°, 3° fracciones IV y IX, 40, 47, 54 fracción I y 71 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal; 62, 64 fracción I incisos a) y e), 71 fracciones I, III, IV, VI, XXII y XXV de la Ley para la Atención Integral del
Consumo de Sustancias Psicoactivas del Distrito Federal; y 18 fracciones I, XX y XXIV del Estatuto Orgánico del Instituto
para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México, emite el siguiente:
AVISO EN EL QUE SE INFORMA LA INSTALACIÓN DE LOS COMITÉS DE NORMALIZACIÓN
EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y EN MATERIA DE TRATAMIENTO E INTEGRACIÓN
COMUNITARIA DEL INSTITUTO PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LAS ADICCIONES
EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Con fecha 29 de septiembre de 2015, el Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México
(IAPA), instaló los Comités de Normalización, quedando integrados de la siguiente manera:
Comité de Normalización en materia de Prevención del Consumo de Sustancias Psicoactivas en la Ciudad de
México:
Presidente del Comité: Dr. Rafael Camacho Solís, Director General del IAPA;
Presidencia Ejecutiva: Dra. Cristina Muñoz Cota Múgica, Directora de Prevención y Promoción del IAPA;
Secretaría Técnica: Soc. Luis Alonso Robledo, Subdirector de Programas Sociales del IAPA;
Vocales: Ing. Mario Misshael Ortíz Varela, Representante de proyectos estratégicos de la Secretaría de Salud del D.F.;
Mtro. Alejandro Sánchez Guerrero, Director de Prevención de Centros Integración Juvenil, A.C.;
Dr. Agustín Anaya García, Representante de la Federación de Instituciones Mexicanas Particulares de Educación
Superior, A.C.;
Lic. Gabriela Gálvez Chico, Representante de la Asociación Mexicana sobre la Adicción, A.C.;
Lic. Jéssica Paredes Durán, Representante de la Fundación de Investigaciones Sociales, A.C.;
Mtra. María Del Carmen Fernández Cáceres, Directora General de Centros de Integración Juvenil;
Lic. Alejandro Álvarez Tostado, Director de Capacitación y Formación del IAPA;
Dr. Miguel Ángel López Brambila, Subdirector de Investigación Epidemiológica del IAPA;
Mtra. Adriana Lozano Gómez, Directora de Desarrollo de Políticas Públicas del IAPA; y
Mtra. Alejandra Prieto de la Rosa, Jefa de Unidad Departamental de Integración de Información del IAPA.
Comité de Normalización en materia de Tratamiento e Integración Comunitaria en la Ciudad de México:
Presidente del Comité: Dr. Rafael Camacho Solís, Director General del IAPA;
Presidencia Ejecutiva: Dr. Gustavo Castillo Ramírez, Director de Tratamiento y Rehabilitación del IAPA;
Secretaría Técnica: Psic. Ignacio Tagle Olvera, Jefe de Unidad Departamental de Proyectos Especiales del IAPA;
Vocales: Psic. Jesús García Rosete, Subdirector de Capacitación y Seguimiento del IAPA;
Dr. Miguel Ángel Mendoza Meléndez, Director de Investigación y Evaluación del IAPA;
Lic. Dulce María Rodríguez Cervantes, Directora de Supervisión y Regulación de CAA´s del IAPA;
Dr. Alejandro Mercado Becerril, Representante de la Clínica Hospitalaria de Especialidades Toxicológicas
Venustiano Carranza;
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Lic. Leonardo Román Lugo, Representante de la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de
México;
C. Enrique Octavio Becerril Amador, Representante del Consejo Nacional Familiar por la Esperanza, A.C., “La
Única Salida”;
C. Alfredo Gil Segura, Representante del Centro Contra las Adicciones Nueva Identidad A.C.;
Mtra. Claudia María Palencia Huezo, Representante del Centro de Integración para Adictos y Familiares, A.C.
(Monte Fénix); y
Lic. Gabriel Federico Castro Perdomo, Representante de Drogadictos Anónimos.
TRANSITORIO
Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
19 de noviembre del 2015
ATENTAMENTE
(Firma)
Dr. Rafael Edgardo Camacho Solís
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL
CONVOCATORIA DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Convocatoria 003/2015
El Licenciado Carlos Vargas Martínez, con fundamento en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y conforme a lo
dispuesto en los artículos 27 Fracción I inciso a), 39 del Acuerdo General 36-36/2012 emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal y
Artículo 182 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, convoca a través de
la Oficialía Mayor a todos los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional de conformidad con el calendario siguiente:
No. de
Licitación



Venta y Costo de
las Bases
Junta de
Aclaración de
Bases
Segunda Etapa:
Dictamen y Técnico
Emisión de Fallo
26, 27 y 30
Adquisición
de
Vehículos
y
01 de
08 de diciembre
10 de diciembre
de noviembre de
Motocicletas para el Tribunal Superior
diciembre
10:00 hrs.
15:00 hrs.
2015
10:00 hrs.
de Justicia del Distrito Federal.
$1,655.00
No. de Licitación
Descripción General (Cantidades y unidades de medida detalladas en los anexos de las bases)
Adquisición de Vehículos y Motocicletas: 23 vehículos, con las siguientes características mínimas Motor 1.25L, aire
acondicionado, 4 cilindros, transmisión manual de cinco velocidades; 1 vehículo, características mínimas 1.8L, aire acondicionado, 4
TSJDF/LPNcilindros, transmisión automática; 2 Vehículos de carga, características mínimas unidad de carga tipo panel, Motor 2.4L, aire
016/2015
acondicionado, transmisión manual de cinco velocidades; 1 Vehículo de carga, características mínimas unidad de carga tipo
estacas,1,100kg, Motor 4 cilindros, gasolina, transmisión manual de cinco velocidades y 6 motocicletas, características mínimas
motor 4 tiempos enfriado por aire HOHC, un cilindro, transmisión de cinco velocidades.
Se comunica a los interesados que las bases y anexos técnicos están a disposición de los interesados para su consulta en la Dirección de Adquisiciones
perteneciente a la Dirección Ejecutiva de Recursos Materiales, sita en Isabel la Católica No. 165. Segundo piso, Colonia Centro, Delegación Cuauhtemoc,
Ciudad de México, los Días 26, 27 y 30 de noviembre de 2015, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, así mismo podrán consultarlas a través de Internet en
www.poderjudicialdf.gob.mx, en la Sección de Servicios para el Ciudadano (Licitaciones).
Pago de Bases: Según el calendario previsto de la licitación, el costo de las bases es de $1,655.00 (UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO
PESOS 00/100 M.N.), que deberá cubrirse mediante pago electrónico realizado en los kioscos y cajeros, mediante la tarjeta única emitida por el Tribunal
Superior de Justicia del Distrito Federal, misma que está a la venta en la Planta Baja de los Inmuebles Principales del propio Tribunal; posteriormente, una
vez que cuente con su ticket de pago, es necesario lo presente el mismo día de su adquisición para su validación y entrega de las bases en las oficinas de
la Dirección de Adquisiciones, sita en el domicilio antes indicado.
Las Propuestas: Deberán ser idóneas y solventes, redactarse en idioma español y cotizar precios fijos y firmes en moneda nacional.
El plazo de la entrega-recepción de los bienes adjudicados se realizará de conformidad al lugar y calendario establecido en bases.
TSJDF/LPN016/2015

Concepto del Procedimiento
Primera Etapa: Presentación de
Propuestas y Apertura del sobre
único que contiene la
documentación Legal y
Administrativa, Propuesta Técnica
y Económica
 Los pagos: serán por los bienes entregados dentro de los 20 días naturales siguientes a la fecha de aceptación de la factura y documentación soporte, mismas
que deberán estar con la verificación y validación de la Dirección Ejecutiva de Obras, Mantenimiento y Servicios del Tribunal Superior de Justicia del
Distrito Federal.
 Anticipo: el Tribunal no contempla otorgar anticipo.
 La (s) Junta (s): de Aclaración de Bases, la Presentación y Apertura del sobre único que contenga la Documentación Legal y Administrativa, Propuesta
Técnica, Económica y Emisión de Fallo, se efectuarán en las fechas señaladas, en la sala de usos múltiples de la Dirección Ejecutiva de Recursos Materiales
del Tribunal, sita en la calle de Isabel la Católica No. 165, 2° piso, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06000, México, D.F., previo registro.
 En la (s) junta (s) de aclaraciones únicamente podrán participar quienes hayan adquirido las bases de la licitación.
ATENTAMENTE
CIUDAD DE MÉXICO A 20 DE NOVIEMBRE DE 2015
OFICIAL MAYOR DEL TRIBUNAL SUPERIOR
DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL
(Firma)
LIC. CARLOS VARGAS MARTÍNEZ
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SECCIÓN DE AVISOS
CER-CONSULTORIA Y RESPUESTA ESTRATEGICA, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
De conformidad con las Cláusulas Décima Octava y Décima Novena de los Estatutos Sociales de CER-CONSULTORIA
Y RESPUESTA ESTRATEGICA, S.A. DE C.V., y lo dispuesto por los artículos 179, 182 fracción III, 183, 186 y 187 de
la Ley General de Sociedades Mercantiles, se CONVOCA a los Accionistas de la Sociedad a la ASAMBLEA GENERAL
EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, que se celebrará a las 9:00 horas del día 14 de diciembre de 2015, en el
domicilio social ubicado en Matías Romero número 86, Colonia San Sebastián, Delegación Azcapotzalco, Código Postal
02040, México Distrito Federal, para discutir y votar los asuntos contenidos en el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
I.- Designación de Presidente, Secretario y Escrutador de la Asamblea, elaboración de lista de asistencia, verificación de
quórum y, en su caso, declaratoria de estar legalmente instalada la Asamblea.
II.- Propuesta, análisis, discusión y, en su caso, aprobación de la disminución del capital social en su parte variable.
III.- Designación de Delegado Especial para protocolizar el acta de la Asamblea ante fedatario público.
Los Accionistas de la Sociedad podrán concurrir a la Asamblea y votar en ella, personalmente o por medio de apoderados,
que podrán ser nombrados por simple carta poder, pudiendo fungir como mandatario cualquier persona, excepto si se trata
de Administrador Único o Comisario de la sociedad. Los títulos de las acciones deberán ser depositados en el domicilio
social indicado, el día señalado para la Asamblea, contra la entrega de una tarjeta de admisión.
México, Distrito Federal, a 19 de noviembre de 2015.
(Firma)
__________________________
JORGE ALBERTO PUGIBET BOBEA
ADMINISTRADOR ÚNICO PROVISIONAL
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26 de Noviembre de 2015
“PRODUCCIONES TEATRALES MZ”, ASOCIACION CIVIL
AVISO DE TRANSFORMACIÓN
Se comunica al público en general, que mediante Resoluciones Unánimes Adoptadas en Asamblea General Extraordinaria
de Asociados de “PRODUCCIONES TEATRALES MZ, ASOCIACION CIVIL, de fecha tres de agosto de dos mil
quince, se aprobó, entre otros puntos, la transformación de la sociedad en una SOCIEDAD ANONINMA DE CAPITAL
VARIABLE y, por consiguiente, la reforma integral de los Estatutos Sociales, por lo que la denominación será
“PRODUCCIONES TEATRALES MZ”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
Asimismo se comunica al público en general el último Balance de dicha sociedad:
“PRODUCCIONES TEATRALES MZ”, ASOCIACION CIVIL
BALANCE GENERAL AL 31/07/2015.
DESCRIPCION
SALDO FINAL DEL MES
DESCRIPCION
PASIVO A CORTO PLAZO
ACREEDORES DIVERSOS
TOTAL DE PASIVO A CORTO
PLAZO
TOTAL DE PASIVO
CAPITAL CONTABLE
RESULTADO DE EJERCICIOS
ANTERIORES
TOTAL DE CAPITAL CONTABLE
TOTAL ACTIVO
--------------------------------------------------------------------0.00
TOTAL PASIVO + CAPITAL
México, Distrito Federal, a cuatro de agosto de dos mil quince.
(Firma)
__________________________________
MOISES ZUKERMAN UCHITEL
DIRECTOR DE LA ASOCIACION
SALDO FINAL DEL MES
65,098.80
---------------------------------65,098.80
65,098.80
-65,098.80
----------------------------------65,098.80
------------------------------------------------------------------0.00
26 de Noviembre de 2015
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RESUMEN DE ACUERDOS DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE
NUTRIKA GROUP MÉXICO, S.A. DE C.V. CELEBRADA CON FECHA 9 DE NOVIEMBRE DE 2015
Se hace del conocimiento de los accionistas de NUTRIKA GROUP MÉXICO, S.A. DE C.V. (la “Sociedad”) que conforme
a la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad de fecha 9 de noviembre de 2015, misma que fue
debidamente convocada en primera y segunda convocatorias, en términos de las convocatorias publicadas el día 18 de
septiembre de 2015 y el día 16 de octubre de 2015 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en el Sistema Publicidad
Mercantil operado por la Secretaría de Economía de los días 18 de septiembre de 2015 y el día 16 de octubre de 2015,
respectivamente, fueron adoptadas, entre otras, las siguientes resoluciones:
I. Aumento de la Parte Variable del Capital Social de la Sociedad en la cantidad de $56´882,000.00 (cincuenta y seis
millones ochocientos ochenta y dos mil pesos 00/100 Moneda Nacional), los cuales quedarían amparados mediante la
emisión de 56,882 (cincuenta y seis mil ochocientas ochenta y dos) acciones ordinarias, nominativas, con valor nominal de
$1,000.00 (un mil pesos 00/100 Moneda Nacional) cada una, representativas de la parte variable del capital social de la
Sociedad.
II. Designación de Delegados Especiales que formalicen los acuerdos adoptados por la Asamblea.
Se hace del conocimiento de los Accionistas de la Sociedad, que en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 131 de la
Ley General de Sociedades Mercantiles y de los Estatutos Sociales de la Sociedad los Accionistas Gozarán de un plazo de
15 días naturales para ejercer el derecho de preferencia referido, debiendo notificar de dicho ejercicio a la Sociedad por
conducto del Presidente de su Consejo de Administración.
México, D.F. a 19 de noviembre de 2015
(Firma)
Ricardo Quibrera Saldaña
Persona Autorizada por la Asamblea.
9 de noviembre de
2015
EVOLI S.A. DE C.V.
AVISO DE LIQUIDACIÓN
En cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 240, 242 fracción V primer párrafo y 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, y la legislación aplicable en lo
conducente se informa que EVOLI S.A. DE C.V. se encuentra en Proceso de Liquidación, de conformidad con el Estado de Resultados que contiene el presente aviso, en razón
al Balance General formulado bajo las siguientes bases:
a).- Con fecha 22 de Octubre del año 2015 se realizo Asamblea General Extraordinaria de Socios, mediante la cual, entre otros se acordó, disolver la sociedad, destacándose el
inicio, el procedimiento de liquidación anticipada de la sociedad, designación de liquidador y sus facultades, nombrándose como tal a la ciudadana JULIETA E. EVOLI
AGUADO.
b).- La liquidación se realiza con base en el Balance General elaborado con fecha 20 de octubre de 2015.
c).- Transcurrido el plazo de 15 días hábiles posteriores la tercera publicación que se hiciera de éste, con intervalos de la misma de 10 días entre cada una, se efectuará una
Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de EVOLI S.A. DE C.V., para concluir y finalizar la liquidación que nos ocupa y surta todos los efectos legales, administrativos y
fiscales a que haya lugar.
EVOLI S.A DE C.V. EN LIQUIDACIÓN
RFC: EVO850502KC0
EVOLI, S.A. DE C.V.
EVOLI, S.A. DE C.V.
BALANCE GENRAL AL 20 DE OCTUBRE DE 2015
ESTADO DE RESULTADOS AL 20 DE OCTUBRE DE 2015
INGRESOS POR VENTAS Y SERVICIOS
1,414,511.20
DESCRIPCIÓN
DESCRIPCIÓN
ACTIVOS CIRCULANTES
BANCOS
INVENTARIOS
IVA ACREDITABLE
TOTAL
DE
ACTIVO
CIRCULANTE
ACTIVOS FIJOS
MAQUINARIA Y EQUIPO
MOBILIARIO Y EQUIPO DE
OFICINA
EQUIPO DE CÓMPUTO
GASTOS DE INSTALACIÓN
TOTAL
DE
ACTIVOS
FIJOS
TOTAL DE ACTIVO
64,151.87
24,124.83
861.09
89,137.79
41,045.02
24,124.83
1,105.60
84,967.45
151,584.06
PASIVO A CORTO PLAZO
ACREEDORES DIVERSOS
IMPUESTOS POR PAGAR
5,150,863.74
45,591.35
TOTAL DE PASIVO A
CORTO PLAZO
CAPITAL CONTABLE:
CAPITAL SOCIAL
RESULTADO DE EJERCICIOS
ANTERIORES
RESULTADO DEL EJERCICIO
TOTAL DE CAPITAL
TOTAL DE PASIVO
CAPITAL
Y
5,196,455.09
COSTO DE VENTAS
UTILIDAD BRUTA:
GASTOS DE OPERACIÓN:
GASTOS DE ADMINISTRACIÓN
UTILIDAD DE OPERACIÓN
226,208.87
1,188,302.33
2,480,816.77
-1,292,514.44
COSTO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO:
4,800,575.00
-9,195,289.83
-560,918.41
4,955,633.24
240,921.85
240,821.85
(Firma)
LIC. JULIETA E. EVOLI AGUADO
LIQUIDADOR
GASTOS FINANCIEROS
UTILIDAD ANTES DE OTROS GASTOS Y
PRODUCTOS
OTROS PRODUCTOS
UTILIDAD CONTABLE ANTES DEL
I.S.R. Y P.T.U.
3,340.30
-1,395,854.74
734,936.33
-560,918.41
26 de Noviembre de 2015
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
17
TUS CONSULTING, S.A. DE C.V.
(EN LIQUIDACION)
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE OCTUBRE DEL 2015
Cifras en pesos
ACTIVO
CIRCULANTE
BANCOS
CUENTAS POR COBRAR
SUMA ACTIVO CIRCULANTE
SUMA ACTIVO
0.00
0.00
0.00
0.00
PASIVO
INMEDIATO A CORTO PLAZO
CUENTAS POR PAGAR
0.00
SUMA PASIVO
0.00
CAPITAL
CAPITAL SOCIAL
RESULTADO DE EJERCICIOS ANTERIORES
RESULTADO DEL EJERCICIO
SUMA CAPITAL
SUMA PASIVO Y CAPITAL
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
El presente balance se publica para dar cumplimiento a lo establecido en la fracción II del artículo 247 de la Ley General de
Sociedades Mercantiles.
(Firma)
LIQUIDADOR.
Francisco Javier Pérez Rodríguez
DESARROLLOS VISTA VERDE, S.A. DE C.V.
Balance Final de Liquidación al 20 de octubre de 2015
En cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 247 Fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se
Publica el Balance Final de Liquidación
Activo
Bancos
$0.00
Deudores Diversos
$0.00
Impuestos Anticipados $0.00
Activos Circulantes
Suma de Activo
$0.00
$0.00
Pasivo
Acreedores Diversos
Impuestos por Pagar
Pasivo a Corto Plazo
Capital
Capital Social
Resultado del Ejercicio
Resultado de Ejercicios Anteriores
Suma de Pasivo y Capital
México, Distrito Federal a 20 de octubre de 2015
Liquidador
(Firma)
Enrique Padilla Torres
$0.00
$0.00
$0.00
$0.00
$0.00
$0.00
18
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
26 de Noviembre de 2015
KAIYA, S. de R.L. de C. V.
Estado de Posición Financiera Final de Liquidación
Al 16 de Noviembre de 2015
(Cifras Expresadas en Pesos)
En base de lo dispuesto en el artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publica el balance final de
liquidación de la empresa KAIYA, S. de R.L. de C. V. en liquidación.
ACTIVO
Caja
Bancos
$10,189.00
$48,686.66
Total Activo
$58,875.66
PASIVO
Capital Social
Reserva Legal
Resultados Anteriores
Resultado Ejercicio
Total Pasivo Mas Capital
$100,000.00
$5,000.00
-$100,000.00
0
$5,000.00
El capital contable será reembolsado a cada uno de los accionistas en proposición al nuevo de sus acciones de las cuales son
tenedores.
Los papeles y libros de la sociedad quedan a disposición de los accionistas para efectos legales correspondientes.
México, D. F, a 16 de Noviembre de 2015
FENGQIN KAN DONG (Liquidadora)
(Firma)
26 de Noviembre de 2015
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
19
E D I C T O S
“Año de la consolidación de la justicia Oral’
EDICTO
EN EL CUADERNO DE TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO PROMOVIDO POR MATILDE FAINSTEIN DE
ZAIDENWEBER RELATIVO AL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL PROMOVIDO POR FACTORING ANAHUAC,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE HOY SU CESIONARIO FELIPE ANTONIO BUJALIL SPINOLA
EN CONTRA DE BINYAN SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, EXPEDIENTE NÚMERO A- 1416/96,
LA C. JUEZ TRIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL, DRA. RAQUEL MARGARITA GARCÍA INCLÁN. DICTÓ UNA
SENTENCIA DEFINITIVA DE FECHA CINCO DE OCTUBRE DE DOS MIL QUINCE. EN LA QUE SE ORDENÓ EN
EL RESOLUTIVO TERCERO PUBLICAR LOS PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA SENTENCIA DEFINITIVA QUE SE
SEÑALA EN LÍNEAS QUE ANTECEDEN, SIENDO LOS SIGUIENTES.- PRIMERO.- ES IMPROCEDENTE LA
TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO PROMOVIDA POR MATILDE FAINSTEIN DE ZAIDENWEBER.
RESPECTO DEL INMUEBLE CONSISTENTE EN EL DEPARTAMENTO NÚMERO 16 (DIECISÉIS), DEL
CONDOMINIO UBICADO EN AVENIDA PARQUE DE CÁDIZ, NÚMERO 96 (NOVENTA Y SEIS),
FRACCIONAMIENTO PARQUE DE LA HERRADURA HUIXQUILUCAN, ESTADO DE MÉXICO, YA QUE NO
ACREDITÓ UNO DE LOS ELEMENTOS ESENCIALES DE PROCEDIBILIDAD DE SU ACCIÓN, AL SER
INSUFICIENTE SU DOCUMENTO BASE: Y LA EJECUTANTE JUSTIFICÓ PARCIALMENTE SUS EXCEPCIONES
Y DEFENSAS, Y LA EJECUTADA SE CONSTITUYÓ EN REBELDÍA. SEGUNDO.- NO SE HACE ESPECIAL
CONDENA EN COSTAS A NINGUNA DE LAS PARTES. TERCERO.- NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE A
BINYAN, S.A. DE C.V., LOS PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA PRESENTE SENTENCIA, POR MEDIO DE EDICTOS
QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES CONSECUTIVAS EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO
FEDERAL Y EXPÍDASE UNA COPIA PARA QUEDAR EN EL LEGAJO CORRESPONDIENTE. ASÍ
DEFINITIVAMENTE JUZGANDO, LO RESOLVIÓ Y FIRMA LA C. JUEZ TRIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL.
DRA. RAQUEL MARGARITA GARCÍA INCLÁN, ANTE EL SECRETARIO DE ACUERDOS LICENCIADO
ARMANDO VÁZQUEZ NAVA, CON QUIEN ACTÚA, AUTORIZA Y DA FE. DOY FE.
SECRETARIO DE ACUERDOS “A”
(Firma)
LIC. ARMANDO VÁZQUEZ NAVA.
PARA SU PUBLICACIÓN EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, POR TRES VECES
CONSECUTIVAS.
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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
26 de Noviembre de 2015
“Año de la consolidación de la Justicia Oral”
EDICTOS.
En los autos de Expediente número 351/1990, relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por MERCON
COFFEE CORPORATION en contra de CAFETALERA CHIAPAS, S.A DE C.V., Y OTROS, El C. JUEZ 40° DE
LOS CIVIL DE ESTA CIUDAD DE MEXICO DISTRITO FEDERAL DICTO UN AUTO QUE A LA LETRA DICE:--México, Distrito Federal a cinco de noviembre del año dos mil quince .---Vistas las constancias de autos y de conformidad
con lo dispuesto por la fracción VIII del artículo 1055 del Código de Comercio, se regulariza el presente procedimiento a
efecto de complementar la parte conducente del proveído de fecha veintiséis de octubre del año en curso, en la parte en
donde dice:“ …procédase a dar a JOSE MANUEL ARAGON..”; debiendo decir: “…procédase a dar cumplimiento a la
notificación personal ordenada a JOSE MANUEL ARAGON…; aclaración que forma parte integrante de dicho proveído,
para los efectos legales conducentes. NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma el C Juez Cuadragésimo de lo Civil del Distrito
Federal LICENCIADO JUAN HUGO MORALES MALDONADO, ante la C. Secretaria de Acuerdos Licenciada
María Verónica Silva Chávez, quien autoriza y da fe.---OTRO AUTO.---México, Distrito Federal a veintiséis de octubre
del año dos mil quince .--- … como lo solicita toda vez que el presente juicio se tramita conforme al Código de Comercio
anterior a las Reformas del año dos mil novecientos noventa y seis, procédase a dar a JOSE MANUEL ARAGON
MENDOZA en auto de fecha veintisiete de enero del año en curso, mediante la publicación de los edictos respectivos, los
cuales deberán publicarse por TRES VECES consecutivas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en términos de lo
dispuesto por el artículo 1070 del Código de Comercio, por lo que elabórense de nueva cuenta el oficio y los edictos
respectivos. NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma el C JUEZ CUADRAGÉSIMO DE LO CIVIL, LICENCIADO JUAN
HUGO MORALES MALDONADO, ante su C. Secretaria de Acuerdos Licenciada MARÍA VERÓNICA SILVA
CHÁVEZ, quien autoriza y da fe. Doy fe.--- OTRO AUTO.--- México, Distrito Federal a veintinueve de septiembre del
año dos mil quince.---…procédase a insertar un extracto del proveído veintisiete de enero del año dos mil quince en los
edictos ordenados en autos, que bajo su más estricta responsabilidad señale la ocursante… NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y
firma el C Juez Cuadragésimo de lo Civil del Distrito Federal LICENCIADO JUAN HUGO MORALES
MALDONADO, ante la C. Secretaria de Acuerdos LICENCIADA MARÍA VERÓNICA SILVA CHÁVEZ, quien
autoriza y da fe.---OTRO AUTO.---México Distrito Federal, a veinticinco de mayo del año dos mil quince.--….notifíquese al codemandado JESUS ORANTES ARAMONI y al señor JOSE MANUEL ARAGON MENDOZA,
para el caso de ser los propietarios de los bienes que fueron inventariados en la diligencia de fecha treinta y uno de
mayo de dos mil once, pasen a recogerlos en el lugar en el que se ubican, esto en, la bodega A-113, del negocio
denominado U-Storage, ubicado en Carretera México –Toluca, Kilometro 46.50, Lerma, Estado de México, Código
Postal 52740, para lo cual se les concede un término de QUINCE DIAS contados a partir de su notificación, con el
apercibimiento que en caso de no hacerlo en dicho plazo, se dictaran las medidas necesarias, pertinentes y legales
que conforme a derecho procedan en el caso en particular... Por lo que dichos autos han CAUSADO EJECUTORIA,
de conformidad con lo dispuesto por las fracciones II del artículo 426 del Código de Adjetivo Civil, lo que se hace del
conocimiento de las partes para los efectos legales conducentes. NOTIFIQUESE. Lo proveyó y firma el C Juez
Cuadragésimo de lo Civil del Distrito Federal LICENCIADO JUAN HUGO MORALES MALDONADO, ante la C.
Secretaria de Acuerdos Licenciada María Verónica Silva Chávez, quien autoriza y da fe.SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.
México, D.F., a 09 de NOVIEMBRE DE 2015
LA C, SECRETARIA DE ACUERDOS “A”
(Firma)
LICENCIADA MARIA VERÓNICA SILVA CHÁVEZ
26 de Noviembre de 2015
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
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PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MEXICO
JUZGADO CUARTO CIVIL DE TLALNEPANTLA, CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN
DE JUAREZ, ESTADO DE MEXICO
EDICTO
Persona a emplazar: Graciela, María Aurora, Rosa, y Gloria Araceli, toda de apellidos Díaz Corona, así como a Juan
Manuel Díaz Corona por su propio derecho.
Que en los autos del expediente 630/2010,relativo al JUCIO ORDINARIO CIVIL, promovido por Carlos Peláez Murrieta,
en contra de Juan Manuel Díaz Monroy, hoy su Sucesión y de la Sucesión de Rosa María Murrieta López, tramitado en el
Juzgado Cuarto Civil de Naucalpan de Juárez, Estado de México, en el que por autos dictados en fechas once de marzo de
dos mil catorce, un de julio del año dos mil quince y doce de octubre del año dos mil quince, se ordeno la publicación del
siguiente edicto.
Con fundamento en los dispuesto por el artículo 1.181 de Código de Procedimientos Civiles, emplácese por medio de
edictos a Graciela, María Aurora, Rosa y Gloria Araceli, todas de apellidos Díaz Corona, así como a Juan Manuel
Díaz Corona por su propio derecho, ordenándose la publicación por tres veces de siete en siete días, en el periódico
oficial Gaceta de Gobierno, en el periódico de mayor circulación en donde se haga la citación y en el Boletín Judicial,
edictos que contendrá una relación sucinta de la demanda, haciéndoles saber que deberá presentarse dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la siguiente al de la última publicación a dar contestación a la demanda instaurada en su
contra, apercibiéndole que de no comparecer por si, por apoderado o por gestor que pueda representarla se seguirá el juicio
en su rebeldía, haciéndole las posteriores notificaciones por lista y Boletín Judicial, fíjese además en la puerta del Tribunal
una copia íntegra del proveído por todo el tiempo del emplazamiento. Relación sucinta de la demanda: PRESTACIONES:
Que en la vía Ordinaria Civil, promuevo juicio de usucapión, en ejercicio de la acción derivada del artículo 2.107 del
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México y de los artículos 5.127, 5.136, 5.140 del Código Civil de la
Entidad en contra de Juan Manuel Díaz Monroy hoy su Sucesión, esto es, Gloria Araceli, Sara Alicia, Graciela, María
Aurora, Rosa y Juan Manuel, todos de apellidos Díaz Corona, identificados en términos de la escritura pública número
28209, pasada ante la fe del Licenciado Francisco Solórzano Béjar Jr., Notario Público Número Ciento veintiséis del
Distrito Federal; lo anterior, respecto de la totalidad del predio ubicado en Circuito diecisiete, científicos número tres, lote
cincuenta y siete, manzana doscientos veintiocho, Fraccionamiento Ciudad Satélite, Naucalpan de Juárez, Estado de
México, el cual tiene una superficie de trescientos veinticinco metros cuadrados y cuenta con las siguientes medidas y
colindancias: al Norte, en trece metros con lotes cincuenta y uno y cincuenta y dos; al sur, en trece metros con circuito
científicos; al Oriente, en veinticinco metros con el lote cincuenta y seis; al Poniente, en veinticinco metros con el lote
cincuenta y ocho; bajo los antecedentes regístrales: Partida 170, Volumen 618, Libro Primero, Sección Primera, de fecha 30
de julio de 1984; con un precio de compraventa por $12,000,000.00 (doce millones de pesos 00/100 M.N.), pagados por la
compradora Rosa María Murrieta López al Representante Legal de la Sucesión de Juan Manuel Díaz Monroy.
Se expide para su publicación a los dieciséis días de octubre de dos mil quince.
Doy fe.
Validación: El doce de octubre del dos mil quince, se dictó auto que ordena la publicación de edictos; Licenciada Amada
Díaz Atenógenes, Secretario de Acuerdos y firma
(Firma)
22
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
26 de Noviembre de 2015
AVISO
PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y
Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así como al
público en general, los requisitos que habrán de contener los documentos para su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,
siendo los siguientes:.
1. El documento a publicar deberá presentarse ante la Unidad Departamental de Publicaciones para su revisión, autorización y según el
caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera sea publicado, esto para el caso de
las publicaciones ordinarias, si se tratase de las inserciones urgentes a que hace referencia el Código Fiscal del Distrito Federal,
estas se sujetarán a la disposición de espacios que determine la citada Unidad Departamental, esto en el horario de 9:00 a 13:30
horas, acompañado de la solicitud de inserción dirigida al titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos.
El documento a publicar tendrá que presentarse en original legible y debidamente firmado, señalando el nombre y cargo de quien lo
suscribe, asimismo, deberá ser rubricado en todas las fojas que lo integren.
2. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como
publicaciones se requieran.
3. La información a publicar deberá ser grabada en disco compacto, siendo un archivo generado en procesador de texto Microsoft Word
en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
IX.
Página tamaño carta;
Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;
Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3;
Tipo de letra Times New Roman, tamaño 10;
Dejar un renglón como espacio entre cada párrafo, teniendo interlineado sencillo;
No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento;
Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas generadas en Word;
Rotular el disco con el título del documento;
No utilizar la función de Revisión o control de cambios, ya que al insertar el documento en la Gaceta Oficial, se generarán cuadros
de dialogo que interfieren con la elaboración del ejemplar;
X. No utilizar numeración o incisos automáticos, así como cualquier función automática en el documento; y
XI. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación
Es importante destacar que la ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal son de estricta
responsabilidad de los solicitantes.
4. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, deberá solicitarse por escrito, con 3 días hábiles de
anticipación a la fecha de publicación, para el caso de publicaciones ordinarias, si se trata de publicaciones urgentes, será con al menos un
día de antelación a la publicación, en el horario establecido en el segundo numeral de este aviso.
SEGUNDO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito
Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así
como al público en general, que a partir de la primera emisión que se efectué en el año 2015, de este Órgano de Difusión Oficial, la Época
inserta en el Índice será la Décima Octava.
TERCERO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito
Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así
como al público en general, que la publicación de la Gaceta Oficial del Distrito Federal se realizará de lunes a viernes, en días hábiles,
pudiéndose habilitar, a juicio de esta Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, tantos números extraordinarios como se
requieran, así como emitir publicaciones en días inhábiles para satisfacer las necesidades del servicio.
AVISO IMPORTANTE
Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados,
por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.
26 de Noviembre de 2015
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
26 de Noviembre de 2015
DIRECTORIO
Jefe de Gobierno del Distrito Federal
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA
Consejero Jurídico y de Servicios Legales
MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS
Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos
CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO
Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios
FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA
Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones
EDGAR OSORIO PLAZA
Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios
MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ
INSERCIONES
Plana entera ...................................................................................... $ 1,702.00
Media plana............................................................................................ 915.50
Un cuarto de plana ................................................................................. 570.00
Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo,
C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.
Consulta en Internet
http://www.consejeria.df.gob.mx
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL,
IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,
CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA No. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860.
TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80
(Costo por ejemplar $26.50)

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