“Firmé un co m u n i ca d o es t ú p i d o”: Iván Carvajal
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“Firmé un co m u n i ca d o es t ú p i d o”: Iván Carvajal
PÁGINA DOS LO MÁS DESTACADO ACTUALIDAD 2 SOCIEDAD 4 UMAJINGA NO DEJARÁ LA PREFECTURA Y APELARÁ LA SANCIÓN DE CONTRALORÍA EL CÁNCER APAGÓ LA VOZ DE DONNA SUMMER, LA REINA DE LA MÚSICA DISCO 14 EN 5 AÑOS SE RETIRÓ A UNOS 2.014 MENORES QUE TRABAJABAN EN BASURALES DECANO DE LA PRENSA NACIONAL EDICIÓN FINAL - 32 Páginas | Nº 46.414 | Ecuador VIERNES 18 MAYO 2012 LA DECLARACIÓN ESTÁ EN LA ÚLTIMA REVISTA DEBATE ACTUALIDAD “Firmé un comunicado estúpido”: Iván Carvajal El filósofo y poeta ecuatoriano hace una autocrítica fuerte del manifiesto de los escritores publicado en el diario El País, de España, el pasado 25 de febrero ACTUALIDAD Policía desaloja a los invasores en Morona Antonio Valencia Volante, M. United Jefferson Montero Volante, Betis Cristhian Noboa Volante, Dynamo Édison Méndez Volante, Liga (Q.) Jaime Ayoví Delantero, Pachuca 3 SUSPENSIÓN DEL SERVICIO INICIARÁ EN EL NORTE 210 sectores de Guayaquil no tendrán agua en el corte más grande del año El racionamiento de agua potable que, en lo que va del año, afectará a más sitios en Guayaquil -210 en total- empezará mañana a las 20:00 y se extenderá hasta las 18:00 del domingo. El norte, el centro, el sur y tres cantones más serán los que padecerán la escasez del líquido vital por 22 horas consecutivas. Según Interagua, la razón del corte masivo es la rehabilitación del acueducto ubicado en el Fuerte Huancavilca. 8 Geovanny Espinoza Defensa, D. Quito Cristian Benítez Delantero, América Luis F. Saritama Volante, D. Quito Solo dos sorpresas en la lista de Rueda En la nómina destacan Pedro Quiñónez y Renato Ibarra. La “Tri” visitará a Argentina y recibirá a Colombia el 2 y 10 de junio 17-18 Walter Ayoví Defensa, Monterrey Miembros de la Policía Nacional y del Ejército destruyeron, la noche del miércoles, 20 casas de caña guadua, paja y tabla asentadas en terrenos que han generado disputa entre shuaras y colonos de Shaime, en Morona Santiago. Las personas que habían tomado posesión de esos terrenos aducían que esas propiedades les pertenecían como derecho ancestral. Los colonos advierten que reciben amenazas diarias por parte de shuaras. 5 Segundo Castillo Volante, Pachuca ECONOMÍA El precio de la saca de arroz se fijó en $33,25 Joao Rojas Delantero, Morelia Juan Carlos Paredes Defensa, D. Quito Los representantes de la cadena productiva del arroz: productores, industriales y piladores llegaron a un consenso luego de más de tres horas de diálogo y fijaron el precio de la saca de 200 libras de arroz cáscara para la cosecha de invierno 2012, en 33,25, dólares, con 20% de humedad y 5% de impurezas. El Consejo Consultivo mantendrá reuniones periódicas para tratar temas como la presencia del caracol, la caída de la productividad, líneas de crédito, etc. 6 QUITO La historia contada en un museo “vivo” Pedro Quiñónez Volante, Emelec Oswaldo Minda Volante, Chivas Renato Ibarra Volante, Vitesse Christian Suárez Delantero, Santos Jayro Campos Defensa, Barcelona Gabriel Achilier Defensa, Emelec Jorge Guagua Defensa, Atlante Diego Calderón Defensa, Liga (Q.) Máximo Banguera Arquero, Barcelona Alexánder Domínguez Arquero, Liga (Q.) Adrián Bone Arquero, D. Quito Frickson Erazo Defensa, Barcelona ACCIONES DE BANKIA SE DESPLOMARON UN 28,28% La crisis afecta a la banca española y el gobierno niega corrida de fondos La crisis financiera se agudiza en España. La prima de riesgo española cerró ayer en 490 puntos, lo que ubica al país en “zona de rescate”. Por efectos de la recesión, la agen- W cia calificadora Moody's rebajó las notas de 16 bancos españoles entre uno y tres escalones. El Gobierno niega que haya una retirada masiva de depósitos. 16 Navegue en el móvil con un clic www.eltelegrafo.com.ec El proceso de emancipación de 1809 y la proclamación de la Constitución Quiteña de 1812 son parte de la muestra artística y teatral que ofrece, gratuitamente, la Fundación Museos de la Ciudad, en un escenario montado sobre la explanada de La Ronda, en el Centro Histórico. La presentación estará abierta al público en general hasta el próximo 15 de julio. Hoy se conmemora el Día Internacional de los Museos. 9 EN LA WEB Facebook: Especial de WikiLeaks HAZTE FAN DE DIARIO EL TELÉGRAFO Y PARTICIPA DE NUESTROS DEBATES Revise nuestros informes de los cables secretos que envió la Embajada de EE.UU. sobre Ecuador Twitter: @EL_TELEGRAFO SÍGUENOS. TU OPINIÓN ES IMPORTANTE 02 Página dos El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 LA ARTISTA FINALIZABA LA PRODUCCIÓN DE UN NUEVO ÁLBUM VIERNES 18 EN INTERIORES La música disco pierde a su reina: Donna Summer La cantante, que entre el 70 y 80 popularizó temas como “Hot stuff” y “I feel love”, falleció ayer debido a un cáncer de mama que mantuvo en secreto Redacción y agencias [email protected] UN PLANTÓN EN GUAYAQUIL POR EL DÍA CONTRA LA HOMOFOBIA Con pancartas, disfraces y mucho color se celebró el Día Internacional contra la Homofobia, en una fecha en la que se recuerda la eliminación de la homosexualidad del listado de enfermedades mentales de parte de la Asamblea Mundial de la Salud. Los representantes de estos grupos pidieron respeto a sus preferencias. 14 Disputa por el liderato Cuando restan siete jornadas para que finalice la primera etapa del Campeonato Nacional, la pelea por el primer lugar está compartida entre seis equipos. 19 Summer cantó en los coros de una iglesia. FOTONOTICIA|MEBERE, MAURITANIA|3 DE MAYO DE 2012| AFP CONMEMORACIÓN MUNDIAL Donna Summer era de aquellas cantantes que se atrevía a todo en una época aún conservadora a mediados del setenta. Lo demostró cuando convenció a sus productores de que ella era la voz ideal para popularizar “Love to love you baby”. Una canción con una fuerte carga de erotismo, pues en él se escuchan 22 gemidos y jadeos parecidos a los de un orgasmo. Fue el primero de muchos temas más que sonaron incesantemente en pistas de bailes y discotecas, al igual que otros como “Hot stuff”, “I feel love”, “Last dance”, “Could it be magic”, “On the radio”, que la llevaron a ser bautizada como la “Reina de la música disco”, un título que hasta ese entonces ostentaba Gloria Gaynor. LaDonna Adrian Gaines, nombre real de Donna Summer, también era de esas mujeres llenas de energía que sabía manejar su fama. La imagen seductora y provocativa que proyectaba no reflejaba su real forma de ser, más bien discreta. Quizás por esa misma razón la cantante mantuvo en secreto su batalla contra el cáncer de mama que padecía y que ayer le arrebató la vida a sus 63 años. “Esta mañana perdimos a Donna Summer Sudano, una mujer con muchas dotes, la mayor de ellas su fe. Mientras lloramos su muerte, celebramos en paz su extraordinaria vida y su continuado legado”, expresó su familia en un comunicado. La cantante se encontraba enfocada en terminar su nuevo trabajo discográfico, con el que pretendía regresar a los escenarios, como lo hizo hace cuatro años cuando lanzó su último disco “Crayons”, con el que se embarcó en un tour y del que se refirió: “Lo veo así: cuando Picasso tenía 35 años, ¿alguien le dijo que dejara de pintar porque tenía esa edad?... Soy una artista, tengo que hacer lo que hago, es el don que Dios me dio (...). Mientras tenga el corazón, la capacidad, la salud y la voz para hacerlo, es lo que debo hacer, pintar imágenes para el público con mi voz”. Y se la continuará escuchando, aunque ya no esté físicamente. En Brasil se investigarán los delitos de lesa humanidad La presidenta brasileña, Dilma Rousseff, instaló la Comisión de la Verdad que investigará las violaciones de los derechos humanos cometidos durante la dictadura (1964-1985), en la cual ella fue víctima. 15 El EDOC 11 gana en sedes Hasta el 27 de mayo en Quito, el festival de cine documental añadirá a Flacso Cine a sus espacios regulares. Multicines CCI y la ex Factory serán locales alternos. 22 El instinto de supervivencia en su máxima expresión. Una niña traslada un envase con agua desde un campamento de refugiados, a 60 SUCEDIÓ UN DÍA COMO HOY El señor de los vampiros En 1897 se publica en Inglaterra la novela “Drácula”, del autor irlandés Bram Stoker, con lo que nace la leyenda del personaje. kilómetros de la frontera con Malí. A ese sitio llegan diariamente cerca de 1.000 personas que buscan compartir los productos de necesidad básica. Frase del día Ernesto Laclau, teórico político argentino “SIN VIDELA, EN ARGENTINA, Y PINOCHET, EN CHILE, LOS PLANES DEL NEOLIBERALISMO NO HUBIESEN SIDO POSIBLES EN LA REGIÓN” Servicios a la Comunidad Emergencias 911 Cruz Roja 131 Policía Nacional 101 Bomberos 102 Banco de Sangre 2582482 Defensa Civil 2469009 Farmacias Comisarías Aeropuertos Servicios básicos Cruz Azul Alborada etapa 11. Albocentro local 1. 2277639 Cruz Azul Calle 29 y Oriente. 2662612 Cruz Azul Sauces 5. Mz. 258, villa 2. 2826262 Fybeca Cdla. Los Ceibos. Av. Principal y la décima. 2350590 Sana Sana Coop. 7 Lagos. Mz. 50, villa A-2. 2440095 Sana Sana Flor de Bastión. Bloque 1B Mz. 561, solar 10. 08-7038005 COMISARÍA SEXTA Dirección: Aguirre y Malecón (Gobernación) 2309890 COMISARÍA SEGUNDA Dirección: Aguirre y Malecón (Gobernación) 2322686 COMISARÍA PRIMERA Dirección: Aguirre y Malecón (Gobernación) 2309886 Aeropuerto de Guayaquil 04-2169000 Quito 02-2944900 / 2944901 Cuenca 07-2867120 Eléctrica de Guayaquil Para reparaciones 3802000. Ext. 1 Para consulta de saldos Ext. 2 Servicio al cliente Ext. 3 Denuncias Ext. 5 Empresa Eléctrica de Quito Teléfonos: (02) 3964700 -136 Empresa Eléctrica (Cuenca): 07-2872700 CNT Todo el país: 100 Policía Judicial Guayaquil 04-287-0439. Quito 02-2550918 / 2503945 / 2550770 Cuenca 07-2822200 Actualidad El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 03 LA CONFESIÓN DE UNO DE LOS ESCRITORES QUE RUBRICARON EN EL DIARIO EL PAÍS UNA PROTESTA “INTELECTUAL” FORO DE COMUNICACIÓN “El comunicado evidencia una falta de comprensión” Democratización de los medios es una necesidad en el país En el número 85 de la revista Debate, Iván Carvajal señala varias críticas al Gobierno. Y en la misma declaración destaca los errores de la izquierda ecuatoriana en estos meses Orlando Pérez Director Al analizar el tema de la opinión pública el poeta y filósofo Iván Carvajal no escatima frontalidad para expresar públicamente lo que piensa: “Apareció un comunicado que es estúpido y que lo firmé por circunstancias especiales, que evidencia un atraso en la comprensión de los procesos”. Y a continuación también explora el tema de la opinión pública en esta coyuntura: “Del otro lado también la defensa de la libertad de expresión, de la libertad de opinión de los medios es muy limitada, es decir no existe una problematización de lo que es el espacio público, el problema de la opinión”. Lo dice en la sección Diálogo sobre la Coyuntura, de la revista Debate, número 85. Se trata de una publicación cuatrianual, de reconocida trayectoria y donde algunos intelectuales reflexionan sobre diversos temas del acontecer nacional. Y en esta ocasión, la revista en esa parte aborda el tema Protesta social y reactivación de la oposición política. En el diálogo participan los intelectuales, aparte de Carvajal, Hernán Ibarra, Pablo Andrade y José Sánchez Parga. Y todos ellos enfocan concretamente el rol de los medios de comunicación en esta etapa y la movilización y marcha indígena de marzo de este año. En el primer caso hay de todo: desde las críticas de Pablo Andrade a los medios públicos, que parece no los lee ni los ve, porque solo los califica de maquinaria de propaganda sin otro argumento que su puro prejuicio, hasta los señalamientos muy certeros del mismo Carvajal y de Ibarra de cómo los periódicos privados pasaron a ser actores políticos. De igual modo analizan la reactivación de la Conaie como un movimiento social que incide en la política y agenda nacional. Y cómo esa marcha de marzo fue “potenciada” por los medios de comu- En el encuentro participó el sociólogo e historiador argentino Ernesto Laclau. La captura de pantalla de la noticia sobre el manifiesto de los intelectuales en el sitio web del diario español El País. nicación: “se produce un encuentro con los medios de comunicación durante el transcurso de la marcha, es decir la coalición temporal de oposición social, incluye a los medios de comunicación...”. Lo sorpresivo de todo es la declaración de Carvajal sobre el comunicado firmado por varios intelectuales el 25 de febrero y publicado en el diario El País. El “Manifiesto por la libertad de expresión en Ecuador: Hablar, escribir, criticar” fue firmado por unos 100 escritores, donde puntualmente se cuestionaban las sentencias al diario El Universo y a los autores del libro El gran hermano. “La intimidación política y el manejo impropio del proceso judicial han permitido este despropósito jurídico y la desmesura en la indemnización solicitada. Son señales evidentes de un abuso de poder dirigido El filósofo critica a la derecha, a la izquierda y a los medios de comunicación social no sólo a subsanar un supuesto daño moral y a obtener un rápido enriquecimiento personal, sino a intimidar a todos los escritores y periodistas, así como a las editoriales y medios de prensa, que realizan una labor crítica y de libre expresión del pensamiento”, decía el escrito. Ahora, transcurridos tres meses de esa publicación, Carvajal reconoce la “estupidez” y al mismo tiempo la autocrítica de que ahí no hubo REPRESENTANTE DE CHIMBORAZO AUGURÓ BENEFICIOS EN OBRAS Juntas formarán parte del BEDE Delegados del Consejo Nacional de Gobiernos Parroquiales del Ecuador se reunieron ayer con el presidente Rafael Correa, quien expresó su apoyo a estos organismos y anunció que serán parte del directorio del Banco del Estado El presidente Rafael Correa se reunió ayer con delegados del Consejo Nacional de Gobiernos Parroquiales del Ecuador (Conagopare), a quienes ratificó el apoyo del Ejecutivo para el desarrollo de su gestión en cada uno de los territorios que representan. El Primer Mandatario resaltó la importancia administrativa que tienen estos organismos a nivel nacional, pues el “trabajo articulado con el Gobierno Nacional permite el desarrollo de sus localidades”. “Hay una complementariedad y hasta interdependencia, creemos en los gobiernos locales”, indicó el Jefe de Estado y destacó el apoyo que ha dado su administración a las juntas parroquiales. “Se ha incrementado en casi siete veces el presupuesto para las mismas”, manifestó. Actualmente, las juntas parroquiales no solo son sujetos de crédito, sino también de subsidio por parte del Banco del Estado (BEDE). Por eso Correa anunció que estos organismos serán socios del Banco del Estado (BEDE). A partir de ahora las juntas parroquiales tendrán un representante en la entidad financiera, lo que fue calificado como histórico por Hugo Quiroz, representante de las juntas parroquiales de Chimborazo. Quiroz indicó que esto servirá para que las juntas parroquiales se beneficien de obras, sin interponerse con los gobiernos municipales. “comprensión de los procesos”. De hecho, en su declaración el filósofo y poeta dice: “Nos encontramos con la emergencia de nuevos problemas que son de trascendencia estratégica, pero frente a los cuales la derecha responde de manera absolutamente convencional”. Asimismo cuestiona a la izquierda: “Por el otro lado tenemos una izquierda en la que curiosamente afloran nuevos problemas, pero que ideológicamente está 40 años atrás y me refiero no solamente a Alejandro Moreano que parece que está 80 años atrás sino a estos sectores que aparecieron en la revolución ciudadana”. A la vez considera que “el grado de conciencia social sobre los problemas asociados a la minería a gran escala, al problema del agua y los aspectos ecológicos esté suficientemente maduro en el Ecuador”. La consolidación de los medios públicos en el Ecuador y cómo lograr el empoderamiento de los ciudadanos fueron los temas analizados ayer entre el secretario de Comunicación de la Presidencia, Fernando Alvarado, y varios académicos internacionales, como Ernesto Laclau, Paula Biglieri, Susana Sel y Cheryl Martens. Allí coincidieron en la necesidad de aprobar una Ley de Comunicación que reconozca la importancia de democratizar el acceso a los medios y su sostenibilidad en el tiempo. Alvarado explicó que el financiamiento es un tema álgido al interior de la Comisión Legislativa que trabaja el proyecto, pues anotó que la prensa privada califica como una “competencia desleal” que los medios públicos puedan acceder a publicidad privada, lo que revela que para ellos es “un tema meramente económico”, pero que deberá resolverlo la Asamblea. Biglieri anotó que, en el mundo, los medios de comunicación privados son actores políticos que intentan imponer sus intereses e insistió en la importancia de democratizar los medios. En el diálogo también participaron los expertos Ernesto Vivares, Isabel Ramos, Mauro Cerbino y Adrián Bonilla, docentes de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, quienes indicaron que si bien la constitución de los medios públicos significa a un primer paso hacia la democratización de la comunicación, es necesario garantizar su sostenibilidad y que la ciudadanía se sienta identificada con ellos. Conocedores de que la aprobación de la Ley de Comunicación es un mandato constitucional, los exponentes coincidieron en que es oportuna y necesaria. SIETE MINISTROS YA CONFIRMARON SU PRESENCIA El Consejo de Energía de la Unasur se reúne en Caracas El Consejo Energético Suramericano tendrá hoy su tercera reunión en Venezuela para avanzar, entre otros, en la búsqueda de seguridad energética regional y la utilización sustentable de los recursos naturales, informó la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur), cuya sede está en Quito. Según la Secretaría de la Unasur, hasta el momento han confirmado su presencia a la cita siete ministros del área y tres viceministros de los Estados miembros del grupo. El encuentro estará presidido por el canciller venezolano, Nicolás Ma- duro; el ministro de Petróleo y Minería de Venezuela, Rafael Ramírez, y la secretaria general de la Unasur, María Emma Mejía. Durante la jornada, Venezuela, que ejerce la presidencia del Consejo Energético Suramericano, expondrá los avances de esta instancia, señala un comunicado de la Unasur. Así mismo, la delegación argentina presentará el Balance Energético Suramericano y, el secretario ejecutivo de la Organización Latinoamericana de Energía (Olade), Vitorio Oxilia, se referirá a los alcances del mencionado estudio. Actualidad El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 ALBERTO ACOSTA, LUIS VILLACÍS Y GUSTAVO LARREA PARTICIPARÁN EN LA CITA La Coordinadora de Izquierdas se juega su futuro con convención PACHAKUTIK DENUNCIÓ PERSECUCIÓN DEL RÉGIMEN “Prefecto Umajinga tomó decisiones al margen de ley” TOMADO DE CECIVELASQUE.BLOGSPOT.COM 04 Entre los objetivos de la reunión está definir el proceso de primarias y analizar las precandidaturas. Por su parte Pachakutik quiere que le hablen claro para decidir si continúa en la alianza El prefecto de Cotopaxi, César Umajinga (centro), habría incurrido en irregularidades. Algunos ex miembros del movimiento PAIS, como César Rodríguez (derecha), forman parte de la Coordinadora de Izquierdas. Redacción Actualidad [email protected] Pachakutik asistirá mañana a la Convención de la Coordinadora Plurinacional de las Izquierdas con un planteamiento concreto: “Que todos los sectores participantes hablen claro”. Así lo dijo Rafael Antuni, coordinador nacional de la Conaie. Esa será la propuesta del sector indígena que va a la cita con la intención de definir el proyecto político. La asambleísta Lourdes Tibán (Pachakutik) señaló que se analizarán los candidatos para las elecciones primarias, de allí saldrán las precandidaturas, aunque aclaró que la suya queda en firme. Esto pese a que en junio o julio el movimiento indígena establecerá a su candidato definitivo. En el movimiento indígena, según Jorge Escala, asambleísta del MPD, se barajan los nombres de Tibán, Salvador Quishpe, Auki Tituaña. Desde el MPD suenan los nombres de Lenin Hurtado y Guadalupe Llori. También se barajan las postulaciones de Alberto Acosta (Montecristi Vive) y Gustavo Larrea (Participación). Estos dos últimos, afirmó Humberto Cholango, presidente de la Conaie, están invitados a la Convención. Delfín Tenesaca, presidente de la Ecuarunari, afirma que espera que todos los “sectores hablen claro porque se necesita mayor radicalidad y nos interesará conocer que a todos les mueva un interés de país”. Esta será la quinta vez que el movimiento indígena buscará una alianza política, “y eso es lo que nos hemos cuestionado en los últimos tiempos y por ello esperamos esta vez no equivocarnos”, afirma Tenesaca. Este criterio comparte Antuni, quien sostiene que ya se ha 7 organizaciones, entre ellas, Concertación y Participación, forman la Coordinadora reunido en varias ocasiones con Larrea y Acosta, pero que aún nada se ha definido. Al parecer, las bases estarían presionando para que se analice bien una futura alianza electoral, a pesar de que en las comunidades, según Delia Caguano, dirigenta de Chimborazo, la decisión final la toman “los de arriba y hasta quienes ni siquiera cuentan con bases y hablan a nombre del pueblo”. Dirigentes como Francisco Morocho, de Chimborazo, asegura que en las comunidades los indígenas no conocen de las “alianzas o uniones con MPD y otros sectores”. No hay interés presidencial Tenesaca indica que a ellos la agenda electoral no les presiona, pero que son conscientes que a sectores representados por Larrea y Acosta sí les mueve un “interés político, ellos sí están atrás de consensos, de alguna manera, pero ya el pueblo y los movimientos sociales serán capaces de discernir”. Por eso reitera que “nosotros, como movimiento indígena, ya lo hemos dicho, que no vamos a prestarnos para cualquier cosa ni para cualquier persona, sino quien tenga cercanía, porque somos conscientes que varias personas nos han utilizado y nada más”. Antuni afirma que al movimiento indígena no le preocupa la presentación de candidatos presidenciales para las elecciones del 17 de febrero del 2013, pues su fuerza estará en los gobiernos locales. “Allí nos interesará fortalecer”, reconoce. Para el dirigente indígena, la Convención será fundamental porque de ella dependerá si la Conaie sigue en la Coordinadora de Izquierdas. También servirá para decidir si se ratifica una vez más el convenio que firmaron en 2009 con el MPD. Luis Villacís, presidente del MPD, asegura que “los intereses de los pueblos y nacionalidades, además de los trabajadores, es lo único que les motiva a avanzar y que por ello no deben temer”. Humberto Cholango, presidente de la Conaie, dice que no se definirá ningún candidato en la Convención, sino más bien se unirán “para ratificar la unidad de todos los movimientos sociales y partidos políticos de izquierdas”. Para él “no está en duda la unidad de la alianza con los movimientos de izquierda” e informó que se consultó a las bases sobre el proceso electoral en el país. Y es que, según un boletín de la Ecuarunari del 25 de abril pasado, una de las resoluciones de la Convención del 20 de abril fue iniciar un proceso profundo de consulta a las provincias respecto de la permanencia de Pachakutik en la Coordinadora Plurinacional, a la que pertenece el MPD. El propio Cholango reconoce que “se va a analizar” la ratificación de la alianza entre MPD y Pachakutik, que se firmó en 2009, así como alianzas con Larrea y Acosta. “No somos un movimiento que camina a ciegas. Las decisiones se analizan al interior. En el movimiento indígena no hay jefes, ni hay mandamases, ni peor chequeras que presionen”, dijo el dirigente. Un examen de la Contraloría General del Estado (CGE) indicó que César Umajinga, prefecto de Cotopaxi, tomó decisiones al margen de la ley, lo cual ocasionó indebidos desembolsos por concepto de aportes patronales y fondos de reserva, la expedición de nombramientos ilegítimos y casos de nepotismo, por lo que se resolvió su destitución. El funcionario provincial señaló que apelará esta sanción ante el Tribunal Contencioso Administrativo. “Umajinga Guamán expidió nombramientos sin cumplir con los procesos de concursos de merecimiento y oposición y suscribió contratos de trabajo con parientes de los consejeros, de la viceprefecta y de la propia autoridad nominadora, incurriendo en las causales establecidas en el artículo 45 de la Ley Orgánica de la Contraloría del Estado”, explica el examen especial practicado por la Dirección Regional 9 de la CGE. Con la notificación, remitida el pasado miércoles a las 10:00, Umajinga, miembro de Pachakutik, fue informado de su destitución en la Prefectura de Cotopaxi y una sanción administrativa equivalente a $ 5.280. La acción de control de la CGE correspondió al período comprendido entre el 1 de junio de 2007 y el 31 de diciembre de 2009. Sin embargo, Umajinga aseguró que no renunciará a su cargo y comunicó que apelará la decisión del organismo de control ante el Tribunal Contencioso Administrativo, aunque no definió aún la fecha. Ante esto, Pachakutik reaccionó. Mediante rueda de prensa el bloque legislativo manifestó que esto se trata de una persecución política contra los dirigentes indígenas que están en contra del presidente Rafael Correa. No obstante, el informe de la CGE indicó que Umajinga nunca presentó documentos o argumentos en su defensa que lo deslinden de la responsabilidad administrativa ($ 5.280). Humberto Cholango, presidente de la Conaie, convocó para ayer en la tarde a una reunión del movimiento en Latacunga, para solidarizarse con el prefecto. Por su parte, Lourdes Tibán afirmó que su coideario sí deberá justificar el dinero de la multa administrativa impuesta por la CGE, pero acotó que no puede existir una sanción de destitución. “La narcovalija debió sacar al canciller Ricardo Patiño del puesto por el escándalo que socavó nuestra imagen de país, pero no ha pasado nada”, se quejó. Según Umajinga, aún quedan 30 días para que pueda presentar una apelación. De persistir la destitución, la Prefectura sería asumida por Blanca Guamangate, de Pachakutik. EN LOS RÍOS SE DESPACHARON 1.547 CAUSAS La Judicatura invertirá en Loja 22 millones de dólares Una nueva Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia empezó a operar desde ayer en Catamayo, provincia de Loja. La Unidad forma parte de la reestructuración judicial, que incluye el incremento de 55 jueces para 2013 en esta ciudad. Esto requerirá una inversión de 22 millones de dólares, según anunció Tania Arias, integrante del Consejo de la Judicatura (CJ). La nueva Unidad funcionará en forma temporal en un local arrendado, mientras termina la construcción de un edificio ubicado en la avenida Eliseo Arias. A la inauguración también asistió Fernando Yávar, vocal del organismo, quien detalló que “cuando llegamos al CJ había mucha deficiencia, ni siquiera se sabía cuantos servidores judiciales trabajaban”. Además, enfatizó que se ha iniciado un proceso interno de revisión de las recomendaciones hechas por Baltasar Garzón, el integrante de la Veeduría Internacional, la cual entregó el primer informe sobre la Reforma al Sistema Judicial. Sobre este tema, Arias detalló que el Consejo, desde hace nueve meses ha conocido más de 1.200 expedientes disciplinarios y los ha investigado. Yávar resaltó que los concursos se han hecho con transparencia. Adicionalmente, el CJ informó que desde el pasado 3 de mayo hasta el miércoles, en Babahoyo se han depurado 1.547 causas gracias a la creación de la Unidad Interinstitucional de descongestionamiento de Causas Represadas, cuyo objetivo es justamente acelerar el despacho de las querellas. Este trabajo se hace en coordinación con la Fiscalía General del Estado. Actualidad 05 CORTESÍA El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 FUERZA PÚBLICA DESPLIEGA EFECTIVOS En Shaime no desaparece el riesgo de un ataque masivo Las autoridades desalojaron veinte casas de supuestos invasores. En San José de Morona temen el desabastecimiento de víveres Redacciones Quito y Cuenca [email protected] La Policía y el Ejército destruyeron la noche del miércoles 20 casas de caña guadua, paja y tabla, asentadas en terrenos que han generado disputa entre indígenas shuar y colonos de Shaime, en Morona Santiago. En menos de un mes, el saldo es de 24 casas destruidas (20 de invasores y cuatro de colonos), un joven de 24 años muerto (Carlos Noboa) y varias tiendas de víveres amenazadas por líderes shuar con ser incendiadas para provocar desabastecimiento en la zona. Tampoco descartan impedir el ingreso del transporte público para obligar a los colonos a abandonar sus tierras, pese a que tienen títulos de propiedad otorgados en 1991 por el ex IERAC. El miércoles más de 600 policías y 160 miembros del Ejército participaron en el operativo de desalojo en Shaime, a 6 kilómetros de Puerto Morona. Marco Rivadeneira, intendente de Policía de la provincia, dijo que el operativo se cumplió por orden de Wilson Solís, director distrital de la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria, en contra de Juan Vera y los hermanos Rosendo, Darío y Felipe Nurinkias Mashiant, quienes -bajo el argumento de reclamar tierras ancestrales- se posesionaron de las propiedades de los colonos José López y María Supliguicha. Aclaró además que no se utilizó la violencia, ya que quienes ocupaban esas fincas abandonaron voluntariamente el lugar. Rosendo Nurinkias, asambleísta alterno por Morona Santiago (de filas de Pachakutik), quien junto al presidente de la Junta parroquial de San José, Tello Pinchu, son señalados por los colonos como los líderes de las invasiones, calificó al CASO “GRAN HERMANO” Gobernador dice que pidió al Gobierno decretar el estado de excepción en los sectores en conflicto operativo de “persecución a los pueblos nativos (shuar)”. Dijo que fueron destruidas 20 pequeñas viviendas y que las familias quedaron a la intemperie. “El perjuicio es alto para mujeres y niños. Denunciaremos el hecho en la Asamblea Nacional y en la Comisión de Derechos Humanos para que se indemnice a los afectados”, indicó. Colonos denuncian amenazas “El miedo aumentó porque a través de llamadas telefónicas a los líderes de la parroquia y amenazas de personas en moto, sabemos que los shuar y los invasores advirtieron que quemarán las tiendas de víveres ubicadas en San José de Morona, en el Puente y la Gabarra”, denunció ayer el colono Luis Peralta Kashijint, vocal de la parroquia. Señaló que las agresiones continúan, pese a que a la zona fueron movilizados 600 policías de los comandos de Cuenca (Azuay) y Puyo (Pastaza) para dar resguardo. “Los mismos policías y militares no saben cómo frenar los ataques de los shuar y de los invasores, quienes para causar daño actúan en la noche como las lechuzas”, acotó. Dijo que los colonos no se explican por qué el gobernador de la provincia, Carlos Arcos, tarda en ordenar el desalojo de los invasores en San José, Puerto Morona y Shaime. Sin embargo, a través de un comunicado, Arcos aseguró que ya SESIÓN POR LOS 50 AÑOS DE VIDA INSTITUCIONAL Juez prohíbe la salida del país a cuatro ex veedores CORTESÌA | ANDES Correa y Asamblea honran a la Universidad Católica El juez Adrián Yánez (i) dictó la medida durante la audiencia de formulación de cargos. Los cuatro ex veedores que investigaron los contratos que mantuvo Fabricio Correa, hermano del Presidente, con el Estado no podrán salir del país. Así lo dispuso ayer el juez del Tribunal Quinto de Garantías Penales de Pichincha. La resolución forma parte de la demanda interpuesta por el Jefe de Estado en contra de Pablo Chambers, José Quisphe, Gerardo Portilla y Víctor Hidalgo, por falso testimonio y perjurio. Estos ex veedores afirmaron en su informe que el Mandatario conocía de los contratos de su hermano que perjudicaron al país en alrededor de $ 143 millones. En Shaime, hasta ayer, permanecían los escombros de las 20 viviendas de los presuntos invasores, que fueron destruidas por la Policía. El juez encargado, Adrián Yánez, en su fallo prohibió la salida del país de los demandados y ordenó que se presentaran cada 15 días en la corte. Además ordenó la apertura de la instrucción fiscal por 90 días. El fiscal encargado del caso, Patricio Navarrete, manifestó que el informe de los veedores estuvo basado solo en notas de prensa. Los asilos políticos solicitados por Chambers, Quishpe, Portilla e Hidalgo en las embajadas de Costa Rica, Gran Bretaña, Estados Unidos y Panamá aún no tienen una respuesta diplomática, informaron los abogados de los ex veedores. El presidente de la República, Rafael Correa, participó ayer de la sesión solemne por los 50 años de vida institucional de la Universidad Católica Santiago de Guayaquil, entidad de la que fue alumno y en donde consiguió su título de economista. Durante su discurso, el Mandatario emplazó a las autoridades y alumnos de la universidad a trabajar no tan solo en la formación profesional sino también en la espiritual, con el objetivo de formar ciudadanos que luchen contra las desigualdades que aún persisten en la región. Correa hizo un recuento del proceso de reestructuración de la Educación Superior que ha emprendido su régimen. Esta parte de la intervención le sirvió para recordarle a los presentes las inequidades sociales, económicas y culturales que habían en el Ecuador y que ahora se intentan eliminar con la participación ciudadana. Antes del discurso del gobernante, el rector de la Universidad Católica, Mauro Toscanini, recordó parte de los 50 años de historia de la entidad educativa, recordando de manera especial a los religiosos y profesionales que fundaron la institución. En el acto la Asamblea Nacional también rindió homenaje a la entidad confiriéndole la medalla Dr. Vicente Rocafuerte. La entrega del reconocimiento fue realizada por el pre- El presidente Rafael Correa saluda al rector de la U. Católica, Mauro Toscanini. sidente encargado del Legislativo, Juan Carlos Cassinelli, y la lectura del Decreto la hizo el asambleísta Rolando Panchana, ambos ex alumnos de esta universidad. De la misma manera, el Ministerio de Educación entregó un reconocimiento por la trayectoria de la institución y, además, por el fomento de la comunicación a través del canal de televisión y estación de radio que dirige la Universidad Católica. La distinción fue concedida por Mónica Franco, viceministra de la Gestión Educativa, también ex alumna y ex catedrática de la entidad. pidió al presidente Rafael Correa decretar el estado de excepción en los sectores en conflicto para contar con el control permanente de la fuerza pública. Luis Rizo, titular de la Asociación de Agricultores de Puerto Morona, denunció ayer que entre las cuatro casas quemadas en la madrugada del martes último, por parte de invasores, constaban la de su hermano Vicente y la del colono Fernando Valencia, quienes perdieron enseres de hogar, mercadería y productos de primera necesidad que tenían en las viviendas. Además, a las 20:00 del miércoles fue baleada -en Shaime- la casa de la colona Damia Pillacela. No hubo víctimas ni detenidos, pero la Policía incautó tres carabinas. Óscar Bonilla, viceministro de Gobernabilidad, y José Larrea, viceministro de la Política, llamaron a las partes a superar las diferencias a través del diálogo. Villacreses oficializa su salida del Concejo Cantonal para asumir nuevo cargo en la Cancillería Octavio Villacreses, del movimiento oficialista PAIS, renunció a su cargo para ser el coordinador de la zona 5 del Ministerio de Relaciones Exteriores. En una rueda de prensa, el ahora ex edil contó que la invitación fue hecha por el canciller Ricardo Patiño, la cual tuvo la aprobación del presidente Rafael Correa. Villacreses dijo que su objetivo en el nuevo cargo será impulsar el comercio internacional de las provincias que conforman la zona 5: Bolívar, Los Ríos, Santa Elena, Galápagos, y Guayas. No se incluye a Guayaquil, Samborondón ni Durán, que forman un distrito metropolitano. “La Revolución Ciudadana ha puesto sus ojos en mí para servir en otra trinchera”, aseguró Villacreses, quien agradeció la oportunidad de pertenecer a las filas del movimiento gobiernista. También se refirió “a toda la comunidad guayaquileña” que ha apoyado su labor como concejal desde 2007. Sobre su relación con el alcalde del puerto principal, Jaime Nebot, y el resto de sus concejales dijo que no tiene problema con ellos. “No quedan rencillas ni resentimientos. Siempre seremos adversarios políticos, pero en lo personal no queda ningún rencor”, señaló. Viviana Bonilla, gobernadora del Guayas, quien acompañó a Villacreses, lo felicitó públicamente por la labor realizada durante estos cinco años. Villacreses presentará su dimisión al cargo de concejal de Guayaquil el próximo lunes en audiencia con Nebot, a quien le hará la entrega oficial de su renuncia. Asimismo, presentó a Hanne Holst, quien lo sustituirá de aquí en adelante durante las sesiones semanales del Concejo Municipal. 06 Economía El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 AGROCALIDAD INICIA ACCIONES CONTRA UNA PLAGA EN LA GRAMÍNEA APARECIDA EN LA PROVINCIA DE EL ORO Quintal de arroz tiene nuevo precio Redacción Economía [email protected] El Consejo Consultivo del arroz, que se reunió el miércoles en Guayaquil, acordó fijar en 33,25 dólares el nuevo precio mínimo de sustentación de la saca de 200 libras de arroz en cáscara, con 20% de humedad y 5% de impurezas. Anteriormente era de 31 dólares. Tras aproximadamente tres horas de reunión, los productores, industriales y representantes del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (Magap) coincidieron en aumentar a 2,25 dólares el valor del producto, pese a que tanto los productores arroceros como los industriales llevaron sus propias propuestas. Los primeros pedían que el valor de la saca sea de 36 dólares, mientras que los segundos solicitaron que se mantenga el precio de 31 dólares. Julio Carchi, presidente de la Junta de Riego América Loma, de Daule, dijo que el nuevo valor del arroz “rige inmediatamente”. “Nuestras aspiraciones fueron un 70% satisfechas, por lo que hemos aceptado gustosamente este acuerdo”, indicó Carchi. Una vez aprobado el nuevo valor de 33,25 dólares por la saca de la gramínea, el sector industrial mostró preocupación por la posible afectación que habría en el futuro, principalmente para el consumidor final. Rosa Lema, presidenta de la Corporación de Industriales Arroceros del Ecuador (Corpcom), mencionó que en el tema de la comercialización tendrían varios inconvenientes. “Con el precio anterior no éramos competitivos a nivel internacional, más ahora con un precio alto. Sí se MIGUEL CASTRO | EL TELÉGRAFO Representantes del Ministerio de Agricultura, industriales y productores, en Consejo Consultivo, acordaron fijar en 33,25 dólares la saca de 200 libras de arroz en cáscara, con 20% de humedad y 5% de impurezas Alrededor de 220.000 hectáreas de la gramínea se cosechará en el invierno. ayuda al agricultor, pero nos complicamos en la comercialización”, manifestó. La titular de Corpcom indicó que el invierno no ha afectado considerablemente la actual cosecha de arroz, estimada en alrededor de 220.000 hectáreas. En la sesión ayer estuvieron también el viceministro de Agricultura, Luis Valverde; subsecretarios del Magap y representantes de los sectores agrícolas. Por otra parte, la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro (Agrocalidad) inició acciones por la presencia de una plaga en los cultivos de arroz en El Oro. Se analizan muestras recolectadas en el sector de La Cuca, del cantón Arenillas, para determinar el agente causal de la plaga que ocasiona pérdidas en las cosechas de la provincia. VARIOS AÑOS DE INVESTIGACIÓN TOMÓ A ORGANISMO El Iniap prueba 25 nuevas líneas avanzadas de trigo Veinte y cinco nuevas líneas avanzadas de trigo con cualidades de precocidad, productividad, resistencia a las enfermedades, calidad de grano, alto rendimiento harinero y buena calidad molinera, son probadas con éxito en los campos de investigación de la Estación Experimental del Austro del Instituto Nacional de Investigaciones Agropecuarias (Iniap), por parte de investigadores del Programa Nacional de Cereales. Jorge Coronel, responsable del Programa Nacional de Cereales, señala que las 25 líneas avanzadas de trigo son el resultado de varios años de investigaciones realizadas con materiales producidos por cruces nacionales e introducidos desde el Centro Internacional de Mejoramiento de Maíz y Trigo (Cimmyt), de México, los mismos que se prueban en las zonas de producción, desde el Carchi hasta la provincia de Loja, dentro de los procesos de investigación participativa, en el que los propios agricultores escogen los mejores materiales como potenciales variedades en el futuro. La investigación participativa permite que los investigadores seleccionen, en base a los gustos y criterios de los agricultores e industriales, materiales que reúnan cualidades de productividad, calidad de grano, precocidad, resistencia a las enfermedades, también otros valores adicionales, como fenología, tipo de gluten, rendimiento harinero, peso hectolítrico, entre otros. LA UNA RECEPTA PRODUCTO EN CENTROS DE ACOPIO Magap e industriales evalúan absorción de cosecha de maíz Una nueva reunión se realizó entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (Magap) y el sector industrial del maíz para evaluar la absorción de la cosecha del grano. En el encuentro estuvo el ministro del ramo, Javier Ponce. El sector señaló que uno de los inconvenientes que actualmente hay en la captación del grano es el exceso de humedad –lo que genera que el proceso de secado se lleve más tiempo–, por lo tanto retrasa la compra del maíz a los productores. La industria balanceadora se comprometió a buscar nuevas alternativas de almacenamiento para aumentar la capacidad de captación del producto. Hasta la fecha, los balanceadores han absorbido aproximadamente 90.000 toneladas, según las cifras de la Subsecretaría de Comercialización. Además, la Unidad Nacional de Almacenamiento (UNA) también continúa comprando el grano a los productores que cumplen las normas de humedad e impurezas. Los centros de acopio receptan las cosechas de arroz y maíz a los pequeños y medianos productores del país. La UNA puso a disposición más centros que están distribuidos en las provincias de Los Ríos, Guayas y Manabí, con una capacidad de aproximadamente 50.000 quintales cada uno. La institución recuerda que el precio oficial del maíz es de $ 16,50 (13% de humedad y 1% de impureza). Economía El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 El Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, para dar cumplimiento a las obligaciones internacionales Interamericana de Derechos Humanos en el caso Salvador Chiriboga vs. Ecuador. El IESS busca afiliar a cuatro millones de ecuatorianos antes de culminar el presente año El director del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), Agustín Ortiz, informó que durante los primeros cuatro meses del 2012, el número de afiliados llega a cuatro millones y prevé que se incremente aún más durante el resto del año a nivel nacional. “Creo que una de las obras más importantes que se han realizado en Seguridad Social es que el servicio llegue a mucha más gente, nosotros siempre hacemos referencia de que cuando llegó al poder el presidente Rafael Correa habían aproximadamente 1.300.000 afiliados, y en este momento, después de cuatro años de gestión, estamos por 2.500 millones de afiliados”, explicó el funcionario a una radio guayaquileña. Recalcó que “una de las cosas que fueron positivas para lograr este número de afiliados fue la consulta popular del 2011, donde una de sus preguntas dicta que se penalice la no afiliación”. En la provincia del Guayas se aspira alcanzar los 900.000 afiliados al término de este año, y por lo cual se enfocarán principalmente en las empresas que privan a sus empleados de dicho derecho. CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CASO SALVADOR CHIRIBOGA VS. ECUADOR RESUMEN OFICIAL EMITIDO POR LA CORTE SENTENCIA DE 6 DE MAYO DE 2008 (Excepciones Preliminares y Fondo) SENTENCIA DE 3 DE MARZO DE 2011 (Reparaciones y Costas) El 6 de mayo de 2008 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante la Corte o el Tribunal), mediante su Sentencia de excepciones preliminares y fondo, encontró responsable internacionalmente al Estado de Ecuador por violación a los artículos 21.2 (Derecho a la Propiedad Privada), en relación con los artículos 8.1 (Garantías Judiciales) y 25.1 (Protección Judicial) de la Convención Americana de Derechos Humanos, todo ello en relación al artículo 1.1 (Obligación de Respetar los Derechos) de ese mismo instrumento, en perjuicio de la señora Salvador Chiriboga. El 13 de mayo de 1991 el Concejo Municipal de Quito resolvió “declarar de utilidad pública [y] autorizó el acuerdo propiedad de los hermanos Salvador Chiriboga, consistente en un predio de 60 hectáreas. La Corte constató que la declaratoria de utilidad pública tenía como objeto destinar dicho predio al denominado “Parque Metropolitano”. Anteriormente el terreno se encontraba afectado por la ordenanza Nº 2092 de 26 de enero de 1981, denominada “Plan Quito”, y la ordenanza Nº 2818 de 19 de octubre de 1990 que determinó los límites del Parque Parque Metropolitano como área de recreación y protección ecológica de la ciudad de Quito. A raíz de ello, los hermanos Salvador Chiriboga interpusieron diversos procesos subjetivos con el objetivo de impugnar la declaratoria de utilidad pública, algunos de los cuales aún se encontraban pendientes al dictarse la Sentencia de fondo de este Tribunal, como lo son: el recurso subjetivo No.1016 iniciado el 11 de mayo de 1994 y el recurso subjetivo No. 4431 iniciado el 17 de diciembre de 1997. Además, el 16 de julio de 1996 el Municipio de Quito presentó una demanda de expropiación del predio de los hermanos Salvador Chiriboga ante el Juzgado Americana y el derecho ecuatoriano. La Corte debió resolver si la limitación al derecho de la propiedad del predio de la señora María Salvador Chiriboga, para la construcción del Parque Metropolitano de la Ciudad de Quito, se llevó a cabo de conformidad con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Convención. Al respecto, el Tribunal estimó que en casos de expropiación el pago de una indemnización constituye un principio general del derecho internacional, el cual deriva de la necesidad de buscar un equilibrio entre el interés general y el del propietario. Dicho principio ha sido recogido en la Convención Americana en su artículo 21, al referirse al pago de una “justa indemnización”. Esta Corte consideró que para alcanzar el pago de una justa indemnización ésta debe ser adecuada, pronta y efectiva. La Corte estimó que, en casos de expropiación, para que la justa indemnización sea adecuada se debe tomar como referencia el valor comercial del bien objeto de la expropiación anterior a la declaratoria de utilidad pública de éste, y atendiendo el justo equilibrio entre el interés general y el interés particular a que se ha hecho referencia en la presente Sentencia. En conclusión, la Corte sostuvo que el Estado privó del derecho a la propiedad privada a la señora María Salvador Chiriboga por razones de utilidad pública legítimas y debidamente fundamentadas, las cuales consistieron en la protección del medio ambiente a través del establecimiento del Parque Metropolitano. Sin embargo, el Estado no respetó los requerimientos necesarios para restringir el derecho a la propiedad acogidos en los principios Estado incumplió con las formas establecidas en la ley al vulnerar la protección y garantías judiciales, ya que los recursos interpuestos han excedido para su resolución el plazo razonable y han carecido de efectividad. Lo La producción y exportación de cacao fino de aroma en Ecuador se fortalece por el apoyo estatal El Gobierno ejecuta políticas públicas articuladas para fortalecer la producción del cacao fino de aroma, promover su industrialización e intensificar su exportación, dijo el viceministro de Industrias y Productividad, Juan Francisco Ballén, en la apertura de la IV Edición del Salón del Chocolate, que inició el miércoles en el Centro Cultural de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador. Ballén señaló que el país es líder mundial en la producción y exportación de cacao fino y de aroma, pues la participación del producto ecuatoriano en el mercado internacional es del 63%, debido a su calidad y características organolépticas. Desde el régimen trabajamos para que la actividad cacaotera se consolide, dijo el Viceministro. Informó que en el país hay 434 mil 420 hectáreas dedicadas al cultivo del cacao, de las cuales el 85% está concentrada en la región Costa, especialmente en las provincias de Los Ríos, Guayas, Manabí, y últimamente con fuerza en Esmeraldas. Indicó que la producción de la denominada “pepa de oro” ha permitido al país ingresos por aproximadamente 581 millones de dólares. lo que ha ocasionado una incertidumbre tanto jurídica como fáctica, la cual ha derivado en cargas excesivas impuestas a la misma, convirtiendo a dicha expropiación en arbitraria. Por tanto, el Estado es responsable de la violación del derecho consagrado en el artículo 21.2 de la Convención Americana, en relación con los derechos establecidos en los artículos 8.1 y 25.1 de dicha Convención, todo ello en relación con el artículo 1.1 de dicho instrumento, en perjuicio de María Salvador Chiriboga. El 3 de marzo de 2011, la Corte emitió su Sentencia de Reparaciones y Costas en el presente caso. La Corte de pago de una justa indemnización, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.2 de la Convención. La Corte notó que la determinación del avalúo de un predio objeto de expropiación por razones ambientales puede depender de varios elementos y no es siempre adecuado evaluarlo en comparación con bienes en el valor de un bien objeto de expropiación, se debe tomar en cuenta sus características esenciales, es decir, limitaciones o posibilidades del uso del suelo y su vocación). Al respecto, la Corte encontró que el predio es rústico con características particulares debido a su localización urbana, el cual tenía una serie de limitaciones jurídicas con anterioridad a la declaratoria de utilidad pública. Al efecto, las Ordenanzas No. 2092 de 1981, y de Quito, así como otras áreas de protección ecológica, en donde solo estarían permitidos los usos agrícolas, forestales y de conservación de la vegetación natural. Debido a dicha reglamentación como de otros actos limitaciones establecidas lo convirtieron en un inmueble destinado a la protección del medio ambiente. En razón de esto, cuando se emitió la declaratoria de utilidad pública el 13 de mayo de 1991, el predio ya contaba con las limitaciones jurídicas de uso, y por consiguiente, su valor comercial había disminuido. Por tanto, de acuerdo a las pretensiones de las partes, las restricciones jurídicas que afectan el predio, las cuales impactaron sobre su valor, puesto que el inmueble objeto de la expropiación ha sido destinado a la protección ambiental y recreación, lo cual es de gran relevancia e interés público para la ciudad de Quito, en atención al justo equilibrio entre el interés público y el interés particular, la Corte, de acuerdo a los criterios de razonabilidad, incluyó el valor del inmueble expropiado y sus accesorios. Asimismo la Corte ordenó como medidas de reparación integral, las siguientes: a) por concepto de daño material c) como medida de restitución ordenó al Estado devolver una cantidad determinada por concepto de impuestos y multas indebidamente cobrados, y sus intereses; d) como medidas de satisfacción ordenó la publicación de 07 08 Guayaquil El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 CUATRO CANTONES NO TENDRÁN EL SERVICIO ESTE FIN DE SEMANA Corte de agua más grande será mañana Más de dos centenares de zonas se quedarán sin el líquido vital durante 22 horas consecutivas, debido a la rehabilitación del acueducto ubicado en el Fuerte Huancavilca. Los racionamientos serán hasta el mes de octubre Redacción Guayaquil [email protected] Este sábado 19 y domingo 20 de mayo será suspendido el servicio de agua potable en 210 puntos distintos de la ciudad, cifra que convierte al corte en el más grande de la historia de la ciudad. La magnitud de esta nueva limitación del servicio es ligeramente equiparable al primer racionamiento ejecutado el 20 y 21 de enero del año en curso. En ese entonces 95 áreas no pudieron acceder al líquido vital por 22 horas consecutivas. La causa por la que no habrá agua mañana, según informó la concesionaria Interagua, es la rehabilitación del acueducto de 800 y 1.250 mm ubicado en el Fuerte Huancavilca. Según la empresa, para seguir con el Proyecto Huancavilca y poder trabajar es necesario dejar a los acueductos sin líquido. Entre las labores que ejecutarán está el cambio de válvula dentro del Fuerte Huancavilca, cambio de válvula de aire y neplo en la vía a Daule, Restricciones La suma de áreas afectadas en lo que va del año ha sido: 95 durante el 20 y 21 de enero; 73 entre el 10 y 11 de febrero; 49 el 3 y 4 de marzo; 72 el 23 y 24 de marzo; 86 el 27 y 20 de abril. Desde las 20:00 de hoy hasta las 12:00 del sábado no tendrán agua en el norte Puerta de Hierro, Anexo a Colinas de los Ceibos, Colinas de los Ceibos; Coops. 7 de Diciembre, 16 de Septiembre, Mapasingue Oeste, 9 de Enero, Colinas del Hipódromo, Los Ceibos, Ceibos Norte, Ceibos Altos, Las Cumbres, Los Corales, Olimpo y Los Olivos. reparación de fuga en válvula de aire en calle 24 B NO y 10mo Pasaje 38 E NO (Fábrica Indeltro) y varias más. La restricción de este sábado empezará a las 20:00 y se prolongará hasta los 18:00 del domingo. Además, como en varias fechas anteriores, el corte alcanza a los cantones de Durán, Nobol y Samborondón. Algunos ciudadanos como Eduardo Delgado, habitante de la ciudadela Alborada, se encuentran habilitando una cisterna y adquiriendo bombas de agua por los diversos cortes que se han realizado a lo largo de 2012. “Lo único que nos queda hacer es invertir en sitios para almacenar, porque cuando no tenía debía ir a casa de mi suegro para bañarme y cocinar, pero mañana, aunque intente hacer eso, no me serviría porque en su casa, Metrópolis, tampoco habrá agua”. La concesionaria señaló a inicios del año que para realizar su proyecto programó 12 cortes, de 22 horas, en diferentes sectores de la ciudad, y que se desarrollarían hasta el 20 octubre. Ilfn Florsheim, vocera de Interagua, indicó entonces que los trabajos se llevarían a cabo por el mal estado de las redes de la urbe. “Son tuberías que tienen más de 50 años en funcionamiento y que nunca recibieron un mantenimiento adecuado”, aclaró Florsheim. Suspensión del servicio de agua potable Con el propósito de garantizar el abastecimiento de agua potable a Guayaquil, Interagua emprenderá la urgente rehabilitación de los grandes acueductos, de acuerdo a su proyecto Huancavilca. Lomas de Sargentillo Peen Pe Pen nite itte ite ten nci nc cciia iarí arría aarí ra rí Río Daule R ule GUAYAS La Puntilla Pas Pa P a ccua as cu uales u less Guayaquil Gua G Gu u uaayaq yyaaq aquil uiill ui Ver Ve V eerrge gel gel e eess Baas B Bas astión sstió tió tión iió ón Poppu Po Pop ula ul ular lar Fuerte Hu Hua H uaancav u anca nccaavvili ca nc In Inm nm maaco macon acco consa nsssaa n 10 km Zonas en detalle Motivo de la suspensión del servicio: trabajos de rehabilitación del acueducto ubicado en el Fuerte Huancavilca. Ter TTe erm min m miin n nal aall Ter TTe Terre erres er res re estre ttrrree Aeerro Aer Ae Aeropu oppu opu puert errto o Ceeen CCen Cent ntro nt ro o Av. Q uito Po Pol Po ollic iccíía icí Jud uddic iici cciial al Su Sub Su ubburb burb urrb rbio io Pu Pue P uert u rto to to LLiiissa Lis Desde hace 18 meses y en el afán de seguir mejorando el servicio para bien de los ciudadanos, DFRUGH FRQ OD UHVSRQVDELOLGDG VRFLDO HPSUHVDULDO \ OD FRQ¿DELOLGDG TXH RIUHFHQ ORV DYDQFHV tecnológicos, venimos realizado una inversión importante para adquirir medidores de última tecnología, siendo la primera Empresa distribuidora de energía eléctrica en Latinoamérica en implementar una infraestructura de medición avanzada A.M.I. (Advanced Metering Infrastructure), TXHHQWUHRWURVEHQH¿FLRVSHUPLWHDOFOLHQWHREWHQHUODLQIRUPDFLyQSUHFLVD y oportuna de sus consumos diarios y actuar con inmediatez en caso de presentarse fallas del servicio eléctrico, pues este sistema está en capacidad de emitir visualmente alarmas, lo que nos permite actuar de manera inmediata para normalizar el servicio en el menor tiempo posible. Optimizamos tiempo y recursos. Hemos instalado hasta hoy 32.000 medidores inteligentes en Puerto Azul, Belo Horizonte, 7HUUDQRVWUD &HLERV &XPEUHV 0LUDÀRUHV HQWUH RWUDV XUEDQL]DFLRQHV (Q HVWH FLFOR HVWDPRV trabajando en las ciudadelas Urdesa y Kennedy, donde los moradores han registrado PRGL¿FDFLRQHV HQ OD IHFKD GH OD WRPD GH OHFWXUD SDUD OD IDFWXUDFLyQ TXH HQ ODV PHQFLRQDGDV ciudadelas era los días 13 de cada mes; y, una vez puesto en marcha el servicio de medición inteligente en sus hogares, el nuevo ciclo de facturación será los días 30, como se señala en el espacio de mensaje al consumidor de la planilla de consumo de energía eléctrica destinada a esas ciudadelas. Todos nuestros usuarios pueden tener control de sus consumos diarios realizando los siguientes pasos: * Si posee un teléfono celular Blackberry, ingrese a nuestra página web www.electricaguayaquil. gob.ec\GHVFDUJXHHOLFRQRGHODDSOLFDFLyQ³(OpFWULFD0yYLO´ 6LLQJUHVDDQXHVWURSRUWDOGHVGHFXDOTXLHURWURGLVSRVLWLYRPyYLORFRPSXWDGRUFRQDFFHVRD ,QWHUQHWKDJDFOLFHQODRSFLyQ6(59,&,26(1/Ë1($\GLJLWHHOFyGLJRGHVXPLQLVWURDFRQVXOWDU * Una vez ingresados estos datos, aparecerá una ventana, en donde usted visualizará las lecturas y consumos diarios de la semana. Inclusive podrá conocer si su comportamiento de consumo de HQHUJtDPXHVWUDXQLQFUHPHQWRRGHFUHPHQWRFRQODRSFLyQ³*Ui¿FRGH&RQVXPR´TXHGHWDOOD los kWh generados y su costo en dólares. /D(OpFWULFDGH*XD\DTXLOPHMRUDHQEDVHDODSR\RGHWRGRVQXHVWURVXVXDULRVSRUHVRLQYLWDPRV D FRPXQLFDU VXV LQTXLHWXGHV D WUDYpV GH WRGDV QXHVWUDV DJHQFLDV GH VHUYLFLR DO FOLHQWH FDOO FHQWHU7ZLWWHU#HOHFWULFDJTXLO\QXHVWUDSiJLQDZHEwww.electricaguayaquil.gob.ec EMPRESA ELÉCTRICA PÚBLICA DE GUAYAQUIL, E.P Durán SSantay Sa Chongón CCer Cerr errrro ro Sa ro SSan anta an nta ta A An Ana na na A nuestros usuarios del servicio de medición inteligente A.M.I. Nobol Aca A Ac ccaacia ciaas Perim et Río Gu uaya ayass ral Issl Isl sla sla Trinit Tri Tr niittaari arrriia LLo Los oss Es o EEstero Ester stter teeero oss Guasm Gua G uasm ua ssmo mo mo Norte No Nor te Guasmo Gua G Gu ua uasm ssmo mo m o Cen Ce Cen entra tra tr ral Pu uerto uerto rto to Mar Ma M aarrííti íttiimo im mo o SECTORES NORTE: Kennedy, Adace, Luis Vernaza, Mall del Sol, Coop. Vivienda Empleados Ietel, Bosques del Salado, Urdenor 1 y 2, Ciudad Colón, La Herradura, Alborada (todas las etapas), Los Álamos, Sauces (todas las etapas), Garzota (etapas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7), Brisas del Río, Acuarela del Río, Cdla. Brisas del Norte, Metrovía, CTE, Terminal Terrestre, Samanes (todas las etapas), Guayacanes (etapas 1, 2 y 4); colegio Teniente Hugo Ortiz, Paquisha, terrenos de Indulac, Metrópolis I, Mucho Lote (etapas 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7), Bastión Popular (bloques 1A-B, 2, 3, 4, 5, 6, 6A, 7A-B, 8, 9,10, 11,10A, B-C-D), Los Geranios, Orquídeas (etapas 2-3), Vergeles (etapas 2y 3), Colinas de la Alborada, El Cóndor, Cdla. Fco. de Orellana, Voluntad de Dios, Unión Cívica, Estrella de Belén, Juan Montalvo, Pájaro Azul, Pastor Vera, Jardines de la Esperanza, Lotes con Servicio Alegría (bloques 2, 3, 7), Los Rosales, Carlomagno Andrade, Beata Mercedes Molina, Cervecería Nacional, 5 de Diciembre, Petrocomercial, La Germania, Cdla. La Florida, Lotización Industrial Inmaconsa, Padres Salesianos, Plamavit, Sector Buenos Aires, Fábrica de Pilas, Lincoln Salcedo, Bella Visión, Colinas del Sol, Montebello, Tottori, El Caracol, Mercado de Transferencia de Víveres de Guayaquil, Cumbres del Sol, Mercado Mayorista - Hospital Universitario, Cervecería Ambev, terrenos fábrica Cridesa, Lago de Capeira, Industria Aceitera, Taensa S.A., Finavesa, Jabonería Nacional, recinto las Mercedes, Guayaquil Country Club, Avícola San Carlos, Hacienda Germania, Ciudad Santiago, Costeña del Río, Campo Chino, Cerro del Carmen, Cementerio, Junta de Beneficencia, cerro Sta. Ana, barrio Las Peñas, Junta de Calificación, Hospital Militar, Hospital del Niño, Hospital Siquiátrico Lorenzo Ponce, barrio Cerrillo Verde, Coop. Hospital Territorial, Coop. de Vivienda de los Profesores del Aguirre Abad, Universidad Laica Vicente Rocafuerte, bloques Base Aérea, La FAE, Cdla. Naval Norte, Los Álamos, Atarazana, Urbanor, La Guardianía, Lomas de Urdesa, Paz y Amor, Urdesa Norte, Principado de las Lomas de Urdesa, Portón de Las Lomas, terrenos de la Universidad de Guayaquil, Aeropuerto, Simón Bolívar, colegio San Zonas con Interrupción del servicio de agua potable. Horarios de corte: desde las 20:00 del sábado 19 hasta las 18:00 del domingo 20 de mayo de 2012. Gua Gu G uaasmo u Su SSur u urr José La Salle, Mirador del Norte, Cdla. J. Tanca Marengo, Martha de Roldós, Cdla. La Roca, Urb. Central, Lotes Señora de Pareja, Saint Gallen, Schoenstatt, CTE (canchón) y Pinturas Unidas, terrenos Academia Naval Illingworth, Los Claveles, Santorini, San Felipe, Lomas de Prosperina, 3 de Diciembre, Río Guayas Club, Base Naval Norte y Santa Leonor. CENTRO: Parroquias Febres Cordero, Letamendi, Estero Salado, Abel Gilbert, Puerto Lisa, La Chala, Batallón del Suburbio, Coop, San Francisco de Asís, Lindo Horizonte, La Laguna, Isidro Ayora, Guayaquil Hospitalario, Colegio Fiscal Técnico Industrial, Barrio Las Peñas, hospital Luis Vernaza, Rocafuerte, Olmedo, Bolívar, Las 5 Esquinas, La Sabana y El Bale. SUR: Cristo del Consuelo, Cdla. Guangala, Hospital del Seguro, Sopeña, Guayasur, Floresta, Los Laureles, Los Jazmines, Almendros, Universidad Agraria, La Saiba, Nueve de Octubre, Pradera, Finca Rosario S.A., Coop. Guasmo Norte, 7 Lagos, Caraguay, Casitas del Guasmo, Los Cipreses, Los Vergeles, Islas Galápagos, Nueva Granada, Centinela del Guasmo, Carlos Castro, Hogar de los Pobres, Empresa Vopak, Jaime Toral, Esmeraldas Libre, Las Malvinas, Los Claveles, Asaad Bucaram, Cdla. del IESS, Naval Sur, 25 de Julio, Cdla. del Periodista, Huancavilca, Morán Valverde, Cdla. del Maestro, Las Acacias, Autoridad Portuaria, Esmeraldas Chiquita, Jaime Roldós, Malvinas, CoviemMercado, 28 de Mayo, Los Esteros, Santa Mónica, Fertisa, Las Tejas, Los Jardines, Los Esteros Populares, Santiaguito Roldós, Electro Guayas, Transelectric, Fragatas Populares, Viernes Santo, Guasmo Oeste, Autoridad Portuaria, Instituto Oceanográfico de La Armada (Inocar), Industria Cartonera Ecuatoriana, Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE), Trinipuerto, Nelson Mandela, Jacobo Bucaram, Los Olivos, Valdivia, Las Terrazas y Riocentro, Guasmo Norte, Central, Sur y Oeste; Fundación de Guayaquil, Coop. de Vivienda de la Armada, parque Stella Maris e INFA. Fuente: Interagua / Gráfico: El Telégrafo / [email protected] Quito El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 09 HOY SE CONMEMORA EL DÍA INTERNACIONAL DEL MUSEO La creatividad es la base para enseñar historia en Quito La Fundación Museos de la Ciudad presenta la Feria del Bicentenario, en la explanada de La Ronda, en el Centro Histórico. Es una propuesta para que los niños, jóvenes y adultos aprendan de forma divertida. La función es gratuita y estará abierta hasta el 15 de julio FOTOS: EMILIA ALBÁN | EL TELÉGRAFO Redacción Quito [email protected] En pleno siglo XXI nadie pensó que sería el propio Antonio Ante, prócer del Bicentenario, quien contaría la historia de la Revolución Quiteña. Un museo viviente es la nueva propuesta de la Fundación Museos de la Ciudad. Allí cuentan de forma lúdica y con audiovisuales el proceso de la Revolución Quiteña y la Primera Constitución de la República. Un hombre vestido con traje de la época, 1800, de color azul, camisa blanca con vuelos y zapatos negros con una gran hebilla dorada, sale de pronto y da la bienvenida al público. Pero, ¿quién es ese hombre extraño?, se pregunta la gente, que aún no entiende la nueva manera de contar la historia. Él, como todo un caballero, se presenta y explica lo que sucederá en la primera carpa del museo viviente. Se trata del personaje Antonio Ante, quien de un brinco va al siguiente escenario, la Iglesia de la Compañía, en donde en una pantalla se recrea la conversación del Conde Ruiz de Castilla, en cuya contra se prepraba una sublevación. Pasada esta escena, el prócer Ante pregunta al público si conocen al mentalizador de la revolución: Eugenio Espejo; con puño al aire y gran sonrisa invita al público a honrar su memoria con aplausos. Así transcurre el tiempo y Antonio Ante pasa por los años 1808 y 1809 hasta llegar a 1812, fecha en que Carlos Montúfar Larrea toma protagonismo en la Independencia del Ecuador. Ahí termina el recorrido por la primera etapa del Bicentenario. Ante invita al público a seguir a la siguiente carpa, en donde la tónica de la historia cambia. La prioridad de la Feria es que los Con una obra de teatro se cuenta cómo se redactó la Constitución Quiteña de 1812 niños se diviertan y son ubicados en las primeras filas. Ya listos en sus lugares, el rock empieza a envolver el escenario, en donde ocho personas vestidas de negro salen a escena para participar de una coreografía. Luego de una introducción musical que remite al público a 1812, uno de los bailarines se transforma en el padre Miguel Antonio Rodríguez, quien redactó la Constitución Quiteña. A él lo acompaña la conversona, inquieta, pero fiel Panchita, su sirvienta. En un ambiente de muebles vivientes, la historia de la Primera Constitución transcurre. Con bromas y canciones, los actores cuentan cómo se escribió la Primera Constitución del país. El momento en que los niños sacan fuertes carcajadas, fue cuando Panchita, al buscar im- “A mí me gustó cuando cantaron la historia en ritmo de rock. Yo sí aprendí historia aquí” Arlin Vélez (9 años), asistente plementos dentro de un cofre, empieza a gritar cuando lo cierra; todos creen que se lastimó los dedos, pero no fue así, son sus largas trenzas las que se quedaron atrapadas. Ese humor cautiva a los niños, quienes ponen toda su atención en el relato. Carlos Montúfar aparece en escena, como un gran galán, al cual todas la mujeres quieren poseer, pero él tiene su mirada puesta en la independencia de la región. Con él actúan dos personajes y títeres que también lo apoyaban. La historia culmina con la muerte de los próceres y una canción rockera que proclama “América libre para los americanos”. Antonio Ante sorprende de nuevo a la gente y los invita a la siguiente carpa. Es el último recorrido de la historia, en donde el prócer organiza un bingo y entrega premios a los niños. Esta es la nueva forma de enseñar historia, que la Fundación Museos de la Ciudad presenta desde el pasado 7 de abril. Mario Díaz, productor general de la Feria, explica que la idea de presentar la historia de una manera creativa, didáctica y audiovisual es para que los niños aprendan historia sin aburrirse. Para Mauricio Gallegos, actor que representa a Miguel Antonio Rodríguez, la puesta en escena de manera creativa sobre la Constitución aporta a que los jóvenes aprendan de manera divertida. “ Si me enseñaban a mí de esa manera, yo sí habría aprendido”, dijo entre risas. Los niños y adultos que asistieron a la presentación, salieron con sonrisas en su rostro y recordaban las escenas que más les hizo reír. Para el asistente Danni Basantes (30 años), la inclusión de los artistas de teatro y la actuación de manera graciosa permitió aprender más. La Empresa Eléctrica Quito cambió transformador de la subestación Floresta La subestación Floresta (número 12) fue construida en 1972 y disponía de un transformador de 10/12 MVA de capacidad. La Empresa Eléctrica Quito la está remodelando y en una primera etapa reemplazó ese transformador por otro de 15/20 MVA de capacidad. La inversión fue de 700 mil dólares. Para realizar el montaje de los equipos que se reemplazarán, en una segunda etapa se construirá una sala de control. En esta etapa se retirará el transformador de 10 MVA que se encuentra en operación comercial, debido al reducido espacio físico que se dispone en la subestación. El nuevo transformador de la subestación tiene su área de influencia sobre los barrios Floresta, Colina, González Suárez, El Girón y La Pradera, razón que determinó el aumento de capacidad del transformador para atender el crecimiento futuro de la zona, explicó la Empresa Eléctrica Quito mediante un comunicado. Desde el lunes 21 se podrá pagar el impuesto predial en algunas cooperativas de crédito A partir del próximo lunes, 19 cooperativas de ahorro y crédito pertenecientes a la Red Nacional de Finanzas Populares y Solidarias del Ecuador (RENAFIPSE) se incorporarán al sistema de recaudación del Municipio Metropolitano de Quito, con un total de 41 puntos de recaudación. Las entidades atenderán, en una primera etapa, el cobro de impuestos prediales, tanto urbanos como rurales. El servicio es gratuito. Los requisitos que se solicitarán son la cédula o la clave catastral. El ciudadano recibirá un comprobante con las respectivas firmas autorizadas, que servirá para la realización de trámites en el Registro de la Propiedad o Notarías, sin necesidad de canjearlo por otro documento. Entre las cooperativas que ofrecen el servicio están: 23 de Mayo, en Chillogallo; 29 de Agosto, Guangopolo; Agrouniversitaria, Yaruquí; Alangasí, en Alangasí;Alianza Minas, Cotocollao y otras. Ayer, Día Mundial del Reciclaje, estudiantes presentaron trabajos realizados con desechos El prócer Antonio Ante da un recorrido a la historia de la Revolución Quiteña; para esto utliza varias herramientas En el marco del Día Mundial del Reciclaje, 100 estudiantes de 13 instituciones educativas de primaria de la Zona Quitumbe, expusieron los artículos elaborados solo con material reutilizado como plástico, papel, cartón, metal y vidrio. La exposición se realizó en el Parque Temático María Clara, ubicado en la Ciudadela del Ejército II. Los niños mostraron a los visitantes la forma de confeccionar dichos artículos y su utilidad práctica, mediante un exhibición. En la exposición participaron las escuelas Rafael Cruz Cevallos, escuela Manuel Nieto Cadena, Unidad Educativa Celiano Monge, escuela Bogotá, Unidad Educativa Rincón del Saber, escuela Ceibo School, escuela Julio Tobar Donoso, escuela Jorge Romero Pinto, escuela Riobamba, Unidad Educativa Oswaldo Lombeyda. 10 Judicial El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 DIRECCIÓN DE AVIACIÓN CIVIL DESCARTA FALTA DE CONTROL EN ESPACIO AÉREO EN EL CASO DE LA AVIONETA Los campesinos son amenazados Un detenido revela que el centro de procesamiento de droga fue instalado por ciudadanos colombianos. La Policía mantiene vigilancia para evitar atentados contra habitantes del sector [email protected] El laboratorio de refinamiento de cocaína, localizado en el sitio Salto de Bigua, perteneciente a Jama, habría sido instalado por ciudadanos de nacionalidad colombiana. Así lo reveló Edisson Velásquez Cheverría, uno de los tres detenidos en el allanamiento ejecutado -la mañana del miércoles- en la hacienda situada en la vía San Isidro-Jama, a 20 kilómetros de Pedernales. Velásquez relató que los extranjeros le ofrecieron dinero para que les rentara la parte baja de la propiedad, es decir unos 2.000 metros cerro a bajo, de la vivienda principal que está en la vía rural Jama-San Isidro-Chone, donde la espesa vegetación no permitía observar lo que ocurría en el lugar. El coronel Ramiro Mantilla, comandante de la Zona 4 de la Policía Nacional, informó que el laboratorio podía procesar hasta una tonelada de cocaína, pero no estaba totalmente terminado, ya que faltaba instalar varias tuberías. En el lugar había áreas de distribución para el procesamiento, secado, prensado, etiquetado, almacenamiento, además se hallaron sustancias químicas líquidas y sólidas. También contaba con garitas de seguridad, comedor, cocina, incluso la Instantes en que personal policial trasladaba las evidencias halladas en la hacienda. planta eléctrica estaba ubicada en una zona subterránea con aisladores de sonidos. Dentro de caleta (hoyos en la tierra) estaban camuflados 189 paquetes que tenían un peso de 304.403 gramos de pasta base de cocaína. En la operación San Isidro capturaron también a Berdi Rodolfo Cevallos Mendoza y María Angulo Quiñónez, dueños de la hacienda. Mantilla reveló que se mantendrán vigilantes por las amenazas a los habitantes del sector Taiche de Coaque, donde cayó la avioneta me- xicana que transportaba 1’345.000 dólares en efectivo. Sobre el porqué la nave no fue identificada por los radares ecuatorianos, Carlos Jácome, subsecretario de Transporte Aéreo, descartó que la incursión de la avioneta denotara falta de control por parte de la Dirección de Aviación Civil (DAC). “No es la falta de control, sino al revés, por el control que tenemos esta gente... se metió en la cabeza que lo puede hacer jugándose la vida y esas son las consecuencias”. “Un vuelo nocturno debe hacerse a partir de los 200 pies. Cuando vuela a 100 ó 200 metros es posible que los radares no los detecten, pero un piloto que conoce no se arriesga a volar a 50 metros y peor en la noche”, explicó. El país tiene activos tres radares secundarios ubicados en Quito, Guayaquil y San Cristóbal. A fines de año se instalarán en Cuenca y Manta. En relación a los controles en esta última ciudad, el canciller de la República, Ricardo Patiño, aseguró que Ecuador ha tenido grandes logros en controlar delitos como el narcotráfico, incluso tras la salida de la Base de Manta. Según el periódico digital El Ciudadano, Patiño desmintió que la ausencia de la base norteamericana en suelo ecuatoriano sea un determinante para evitar hechos como el de la clandestina avioneta mexicana accidentada. “En todas partes esto sucede, no nos quedamos tranquilos porque esto suceda, pero puede suceder”, dijo, asegurando que la Base de Manta no era un elemento que garantizaba la inmunidad para el país, pues se conocen de casos de narcotráfico aun cuando operaba el puesto militar estadounidense. Patiño manifestó que las embajadas de México y Ecuador al momento comparten información respecto al accidente. $ 7'860.000 invierte el Consejo de la Judicatura para construir la Corte en el sur de la ciudad El Consejo de la Judicatura de Transición (CJT) asignó una inversión de $ 7'860.000 para construir la nueva Corte en la ciudadela Valdivia, al sur de Guayaquil. El vocal del CJT, Fernando Yávar Umpiérrez, indicó que los trabajos están en marcha y se prevé que la obra sea entregada en noviembre próximo. “Esta es una nueva edificación que albergará alrededor de 30 judicaturas”, manifestó. La compañía Adorasa S.A. es la encargada de concluir la obra. El vocal de la entidad de control confirmó que la infraestructura estará compuesta por tres edificios, dos con seis niveles y uno con cinco. Hasta el momento se ha realizado el 100% de los trabajos relacionados con el hincado de los pilotes. Acotó que paralelamente se fabrica la estructura metálica destinada para levantar las edificaciones. “Ya está avanzado en un 60%”, acotó Yávar. Informó que el área destinada para la construcción de las edificaciones es 13.700 metros cuadrados y que el complejo judicial contará con áreas de parqueo para más de 200 vehículos. POLICÍA Y EMPRESA ELÉCTRICA UNEN ESFUERZOS Plan de alumbrado inicia para reducir actos delictivos MARCOS PIN | EL TELÉGRAFO CORTESÍA Redacción Judicial Trabajadores de la Eléctrica de Guayaquil cambian las luminarias. La Empresa Eléctrica de Guayaquil y el Distrito Metropolitano de Guayaquil de la Policía Nacional unen esfuerzos para reforzar la seguridad en las zonas consideradas vulnerables a robos por la escasez de iluminación. A través de una reunión, realizada en la Gobernación del Guayas, se acordó establecer los sitios que carecen de iluminación para que la institución a cargo del servicio eléctrico haga las reparaciones correspondientes. “Ayer (miércoles) ya iniciamos por el sector conocido como la oreja del Cementerio General debido a los daños que registran las luminarias. Esta área es de competencia municipal, pero como eléctrica de Guayaquil vamos a asumir los arreglos para que el sector quede iluminado”, dijo Enrique Jonyaux, coordinador de la Gerencia General de la empresa. “Este es un plan para aportar con la seguridad ciudadana, pues la iluminación va ligada a la prevención”. En la cita el comandante del Distrito Metropolitano de Guayaquil, Patricio Pazmiño, se comprometió a notificar los sectores de la ciudad donde la falta de este recurso se ha convertido en un factor que incide en los niveles de inseguridad. Los trabajos de reparación se realizarán progresivamente en distintas zonas de la ciudad. Al finalizar el plan se espera que bajen los índices de delitos vinculados con el asalto y robo a personas, principales actos ilícitos que acechan en las calles oscuras. Judicial El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 11 FEMICIDIO EN DURÁN UN NUEVO MODELO DE GESTIÓN EN LA REHABILITACIÓN SOCIAL ESTÁ EN MARCHA Tres nuevos pabellones se suman a la Penitenciaría Mujer es degollada con una espada por su ex esposo En los próximos meses funcionarán en Guayaquil 12 pabellones que reemplazarán al actual centro carcelario del Litoral, los que albergarán a 2.400 personas privadas de la libertad. Además, la construcción del CRS Regional-Guayas, que confinará a 3.717 sentenciados Redacción Judicial [email protected] Tres nuevos pabellones con capacidad para doscientas personas privadas de libertad (ppl) cada uno, fueron habilitados ayer en el Centro de Rehabilitación Social de Varones de Guayaquil (CRSV-G). La infraestructura inaugurada es parte de un complejo penitenciario compuesto por 12 pabellones en total, en los cuales el Ministerio de Justicia confinará a las ppl que estén siendo aún procesadas por diversos delitos. Así lo informó la titular de esa cartera de Estado, Johanna Pesántez, quien agregó que el plazo de entrega de esa obra civil es a principios del próximo año. Mientras que el Centro de Rehabilitación Social Regional-Guayas, que se construye en un vasto terreno situado al lado del pabellón de máxima seguridad conocido como “La Roca”, recluirá a 3.717 ppl, todas ya sentenciadas, provenientes del CRSV-G y de las cárceles de Babahoyo, Vinces y Machala. La Ministra aprovechó la inauguración de estos pabellones -aunque uno ya está ocupado desde el pasado 16 de abril- para informar sobre el nuevo modelo de gestión penitenciario que rige en el país. El modelo, que basa su accionar en ejes como el educativo y laboral, así como la preservación de vínculos familiares y un sistema de méritos y progresividad, inició en Guayaquil y se prolongará en el centro de rehabilitación social en la Sierra centro-norte, cuya construcción registra un avance del 70%, y en el de la zona Sierra centro-sur, que reemplazará las cárceles de Cuenca, Azogues, Macas y Loja. Ambos reclusorios tendrán 1.540 ppl cada uno. Héctor Reyna, director del CRSV-G, indicó que el nuevo modelo de gestión penitenciaria contempla el hecho de que todas las ppl realicen alguna actividad mientras permanezcan en la cárcel, en cumplimiento Instantes en que un perito de la Policía Judicial retira del lugar el arma homicida. La Ministra chequea los controles automáticos de seguridad de los nuevos pabellones. La acompaña el director del CRSV-G, Héctor Reyna. al principio del “cero ocio”. Para esto, detalló que se han adecuado talleres educativos y de producción; y destinado espacios para canchas deportivas y áreas de recreación, con el objetivo de que las ppl cumplan un horario de actividades durante el día. Inclusive se tiene programado que en las noches se proyecten películas con mensajes positivos. Además, en los nuevos pabellos, cuyas celdas albergarán a dos ppl cada una, no podrán tener artefactos eléctricos, porque no hay tomacorrientes y las luces están controladas, esto con el fin de evitar que se vulnere el fluido eléctrico. Pesántez añadió que el incipiente modelo viabiliza el funcionamiento de un sistema de economato, en el que las ppl puedan acceder a la compra de productos varios, a través de tiques, sin que exista con esto abusos en los precios y posibles casos de extorsión. El recinto penitenciario estará reforzado con circuito cerrado de vigilancia y 479 guías penitenciarios, todos debidamente capacitados en la Escuela Politécnica del Ejército (ESPE) y por la Secretaría de Política Criminal de Argentina, de la Gendarmería de Chile y francesa. Mientras tanto, las autoridades realizan un diagnóstico integral a las ppl al ingreso a los centros de rehabilitación, para su posterior clasificación, de acuerdo a parámetros como el de si son procesadas o condenadas; y luego, en mínima, mediana y máxima seguridad. POLICÍA AÚN NO DETERMINA NÚMERO DE INTEGRANTES DE ORGANIZACIÓN Caen más de la banda de Endara Tras operativos realizados al norte de Quito, uniformados policiales detuvieron a otra persona que se presume tendría nexos con la banda de la “Mama Lucha”. Es sospechoso del robo de vehículos y alteración de datos para su posterior venta El Grupo Operativo Antidelincuencial de la Policía Nacional detuvo a dos personas que presuntamente se dedicaban al robo de vehículos en el sector del Comité del Pueblo. Según las investigaciones, uno de los antisociales, Marco Vinicio Reisancho Sulca formaría parte de la banda de la “Mama Lucha”. Entre sus antecedentes están dos boletas de captura y registra siete detenciones por robo. Hasta el momento la Policía no ha podido de- terminar el número real de personas que pertenecen a la banda formada por la fallecida María Luisa Endara. Otro de los detenidos es César Idrobo Vega, quien tenía una boleta de captura y una detención anterior. También se retuvo un vehículo marca Fiat color azul, de placas PJL-904, que aparentemente tendría alterados los sistemas de identificación vehicular como número de motor y chasis. En el sector donde fueron aprendidos, las personas se quejaron por el alto índice de robo a vehículos. El pasado miércoles, 27 miembros de la organización delincuencial más grande de la capital fueron encontrados culpables del delito de asociación ilícita y deberán afrontar una pena de hasta cinco años. En varios operativos, la Policía anunció que alrededor de 40 miembros de la banda fueron detenidos, pero a 13 de ellos no se les encontró la evidencia suficiente para ser procesados. SE DESCONOCEN CIRCUNSTANCIAS REO CONDENADO A 25 AÑOS FUGA DE CRSV-G Sergio Silvio Zavala Sánchez, de 28 años, se convirtió en la octava persona privada de libertad (ppl) que se fuga del Centro de Rehabilitación Social de Varones de Guayaquil (CRSV-G) en los últimos doce meses. Héctor Reyna, director del reclusorio, indicó que Zavala es un reo de suma peligrosidad que ha sido sentenciado a 25 años de reclusión mayor especial por el delito de asesinato. El funcionario relató que desconoce aún las circunstancias en que se dio la evasión y espera que sea recapturado como se hizo con otros 6 evadidos. Una mujer, identificada como Mercedes Shirley Barén Loor, de 38 años, fue degollada, supuestamente, por su ex conviviente en el interior de su vivienda, situada en la primera etapa de El Recreo, en Durán. El sospechoso, quien responde a los nombres de Otto Eduardo Sánchez Salvatierra, utilizó una espada -que permanecía en la pared de la casa como especie de adorno- para asesinar a la mujer, de quien se había separado hace unos 15 días, y está prófugo, desde las 09:00 de ayer, en que se produjo el suceso. “La encontramos en la sala, semidesnuda en un colchón. Se presume que la degolló con una espada. Esta fue limpiada pero aún tenía vestigios de sangre”, señaló César Rocafuerte, jefe de la Policía Judicial de Durán (PJ-D). Agregó que el sospechoso, según registros de la PJ-D, registra antecedentes por robo en el año 1993. Otto Sánchez supuestamente agarró fuertemente a Shirley después que ella dejó a la única hija de ambos, Sisi, de 11 años, en la escuela 14 de Septiembre, situada a poca distancia de la casa que compartieron un poco menos de 15 años. Ahí vivía la pareja, Sisi y Melany, de 15 años, hija de un anterior compromiso de Shirley, pero que Otto crió desde que era una bebé. Pero hace 15 días, tras constantes discusiones, ella y las niñas se fueron a la segunda etapa de El Recreo. Roque Barén, hermano de Shirley, fue quien halló el cadáver. Logró entrar rompiendo el candado de la puerta con un combo. La imagen de su consanguínea muerta lo dejó perplejo por un segundo, pero luego llamó a la Policía y a su familia para comunicarles lo sucedido. ABOGADO DENUNCIA SUPUESTA AMENAZA DE MUERTE Ex comisaria Hurtado fue trasladada a cárcel en Quito La ex comisaria del Guayas, Jacqueline Hurtado, quien tienen tres procesos abiertos por presuntos delitos de corrupción y enriquecimiento ilícito, fue trasladada desde la Penitenciaria del Litoral hasta la cárcel cuatro en Quito, ayer a las 09:00. Esta cárcel es conocida por albergar a policías y autoridades que cometieron delitos, pero no son de alta peligrosidad. Según las autoridades, su traslado se ordenó para precautelar la seguridad de Hurtado, pues su abogado Mayquel Godoy denunció que una interna la habría amenazado de muerte la noche del domingo. Godoy pidió mayores garantías para su defendida, pero aclaró que en ningún momento solicitó su traslado, pues es arbitrario que se la saque de la jurisdicción en donde se lleva su caso. Para la mañana de ayer estaba previsto que Hurtado rindiera su versión por una de las indagaciones abiertas. La ex funcionaria fue acusada por los dueños de bares en Guayaquil por abuso de autoridad. Tres ex comisarios más implicados en los mismos delitos se encuentran prófugos de la justicia. 12 Opinión El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 Editorial Ilitch Verduga Vélez Especialista en DD.HH. Las veedurías son, ante todo, una tarea muy ciudadana D urante décadas, los movimientos sociales y muchas organizaciones políticas han demandado una mayor ciudadanización de la política y de la gestión pública. Y con esa bandera, esas y otras organizaciones llegaron a Montecristi, y su objetivo se cumplió. Quizá no en la dimensión que se proponían algunas personas, imaginando que toda la gestión pública y hasta las decisiones más ejecutivas debían pasar por la consulta y hasta aprobación de todos los ciudadanos. De ahí que las veedurías, que antes eran iniciativa y hasta financiadas por ONG nacionales y extranjeras, tomaron un sentido y una acción concreta a partir de la aprobación de la Constitución en el año 2008 y con la creación del Consejo de Participación Ciudadana. Para algunas de esas organizaciones y movimientos sociales que lucharon por ese objetivo, todavía Algunos confunden la participación con la fiscalización, quizá porque están más interesados en el exhibicionismo está en deuda la participación porque ellas y ellos no están allí, porque sus dirigentes no lideran esos procesos y también porque sus opiniones -en algunos casos muy restringidas a las de una persona- no coinciden con la ley y los reglamentos. Y no está por demás señalar que esos actores sociales confundieron participación con fiscalización política. Eso, si bien es una parte, no constituye una plataforma para el posicionamiento de quienes aspiran a algún protagonismo político, y mucho menos de quienes en el pasado ya lo hicieron y el electorado no les favoreció. Las veedurías tienen un rol fundamental en la nueva estructura política, pero son, ante todo, una acción y tarea voluntaria, muy comprometida, para dar seguimiento a los procesos de gestión pública. Eso no elimina el control y hasta la fiscalización, pero también debe ser un acompañamiento para prevenir cualquier acto de corrupción. Y no puede descartarse que sea una forma de inclusión en el proceso mismo de desarrollo de la obra pública. Pero no confundamos los roles ni los apetitos. Lectores 23.685 Envíe su mensaje a través de twitter a http://twitter.com/el_telegrafo El 30% de los ecuatorianos tiene acceso a Internet--->> @el_telegrafo. Poco todavía, ¿en qué lugar entre países latinoamericanos estaremos? @javierlucin javier lucín Durante esta semana me han dejado por cortesía la edición impresa de @el_telegrafo. Sinceramente excelente edición e información. Ya me cambié. @carlitostamayo Carlitos Antonio Valencia llegó al país de “sorpresa”--->> @el_telegrafo Bienvenido campeón. A descansar y a disfrutar de su familia, sobre todo de sus padres. @rosamaria_calde Rosamaría Calderón T Carlos Bastidas Argüello l 13 de mayo de 1958, en La Habana, fue alevosamente asesinado un joven periodista ecuatoriano, Carlos Bastidas Argüello, por los sicarios de la Policía del dictador Fulgencio Batista. El crimen fue uno de los miles cometidos en la patria de Martí, por la sanguinaria autocracia del batistato y su círculo de privilegiados y matarifes sedientos de sangre humana. Empero la muerte de Carlos Bastidas tenía y tiene un significado especial para Cuba y el Ecuador, no solo porque nuestro compatriota fue víctima de la venganza, de la acción atrabiliaria del déspota. No hay que olvidar que, días antes de su muerte, había entrevistado a Fidel Castro en la propia comandancia de la guerrilla, y además, y de igual manera bajo el seudónimo de Atahualpa Recio, en la Radio Rebelde -la voz de insurgencia cubana- que transmitía desde el célebre escarpado de la Sierra Maestra, entregó su mensaje solidario, su pensamiento fraterno, como un torrente certero y diáfano, contra el autoritarismo sanguinario de los espadones que indignamente reinaban en Centroamérica. Mas, también y sobre todo porque su vida fue un ejemplo de consecuencia profesional y social, en un momento en que el panorama del mundo latinoamericano de esos tiempos era desolador y casi sin esperanza, cuando las satrapías de los Trujillo, los Somoza, los Duvalier, que plagaban de dolor, terror y pesimismo la geografía martirizada del suelo latinoamericano estaban en la cima de su poder despótico, hubo comunicadores que lo arriesgaron todo, por la libertad y la justicia. En Cuba, el régimen opresor de Batista, impúdico y criminal, convencido de su inven- E cibilidad, ejecutó atrocidades sin nombre, como el atentado facineroso contra Bastidas Argüello, amparados por miembros de gobiernos derechistas y absolutistas; que en un error siniestro de preferir la escoria sediciosa y rapaz de los tiranuelos surgidos de las madrugadas golpistas, antes de quienes apoyan de corazón la equidad y la libertad humana; sostuvo los vanos intentos de la dictadura, para que el pavor acallara la revolución y que su savia generosa fuera vencida por los determinismos históricos, cuya ortodoxia se habían blandido desde la enmienda Platt. El último esfuerzo castrense de Batista fue la ofensiva con más 10.000 soldados contra los bastiones rebeldes en las provincias de Oriente. Con patrocinio de tanques y aviones pretendió vencer al ejército popular. La incursión, como se sabe, fue una vergonzosa derrota y generó el desbande de las huestes de la tiranía y la posterior caída y espantada de Fulgencio Batista, al feudo de Trujillo. A todo esto, los asesinos de Carlos Bastidas fugaron, después del 1 de enero de 1959, escaparon de la justicia y se refugiaron en el Estado de la Florida, junto a otros connotados criminales, torturadores y pícaros desfalcadores de los caudales públicos de la isla. Alguna vez, en Miami, viejos amigos que conocían el episodio, me indicaron que un octogenario ex policía cubano les confidenció que conocía a quien había disparado y matado a Carlos Bastidas. El sujeto señalado era un homínido consumidor de licores y de drogas que deambulaba por los bares de la ciudad, pidiendo y mendigando con la mirada vacía, fiero, sucio y maloliente, una extracción del infierno. Roberto Follari “Indignados”, resistencia y política a política había desaparecido de Europa en la larga prosperidad de las últimas décadas. Se la reemplazó por la administración y gestión del capital, por la simple ordenación técnica de las decisiones. Todos los partidos parecían lo mismo, y a la población todos le importaban nada; bastaba con que los buenos dividendos continuaran. Se impuso eso que Raciere llamó “policía”, con un término demasiado cargado; en todo caso, no había política. No había opciones, debates ni pluralidad de programas y puntos de vista. Bastaba con gozar de la abundancia. La enorme crisis económica posterior desbarató todo. Y surgieron en España los “Indignados”, que llevan ya un año en su protesta contra los ajustes y la falta de opciones ante la depresión económica. Esa que lleva a Rajoy a salvar a los bancos con tanto dinero como el quitado a salud y educación, en sintonía con las órdenes que Merkel sostiene como gobernanta de hecho en toda Europa. Emperatriz del ajuste, el hambre y la desocupación, como recetas restrictivas típicas de las derechas y de los organismos de crédito en tiempos de L Sebastián Vallejo [email protected] Son demasiados años de apoliticidad, de individualismo craso, de desorganización colectiva La desilusión ubo un punto en este proceso electoral (como hace cuatro años que todos los “posibles” están en campaña) en que pensé que las elecciones 2013 serían el escenario que el país necesitaba para evaluar a profundidad, desde las propias candidaturas, los problemas estructurales y coyunturales, y ponerlos en la mesa de debate. Pero luego Mauricio Rodas aseguró que su movimiento sí tendría candidato presidencial propio (mi suposición es que ÉL será el candidato de SU partido). No lo digo por cuestionar la idoneidad de su candidatura. Lo digo por la manera en que se ha venido dando todo el proceso. Primero lo escuchamos decir que estaría dispuesto a renunciar a una posible candidatura por ese famoso “candidato único”. No lo hizo; bien por él. Ahora busca plantear su movimiento de participación ciudadana como una verdadera alternativa. La idea es, por decirlo de algún modo, interesante, pero completamente inviable y poco atractiva para aquel que no pueda dar “Me gusta” o que no tiene acceso a un SMS o el formulario digital. Es decir, para el grueso de la población (incluso de la gran mayoría de aquellas 200 mil firmas que llevó a CNE). Pero puedo estar equivocado. En lo que no puedo estar equivocado es en lo que Rodas lleva a la palestra. Rodas fue el que hace un año H M estaba refunfuñando por un debate con el Presidente. Cuando la entonces ministra Nathalie Cely fue a debatir con él vi a un “posible” con ganas de ser escuchado, pero sin mucho que decir. Evidentemente no estuvo a la altura de la postura técnico-científica de Cely. La otra posibilidad fue el contertulio entre los Vera, Montúfar, Gutiérrez y compañía. ¿Cuál sería su propuesta? ¿Qué tipo de debate político aceptable podría salir de aquello? Una oposición por el afán de oponer no puede aportar al debate más que animadversión visceral y carencia de una propuesta concreta. Y en el supuesto no consentido de que, de hecho, ganaran las elecciones, ¿qué harían después? ¿Serían el gobierno de la concertación? ¿Serían capaces de establecer un plan de gobierno aquellos que alguna vez fueron parte de la destitución de uno de sus aliados? Álvaro Noboa pareciera que lo hace por deporte, y creo que todos somos conscientes de lo que él aporta al debate político. Lo ha hecho cinco veces y su línea está más que definida. Entonces la desilusión política es inevitable. Más allá de apoyar o no al actual modelo de gobierno, es imperante que se escudriñe públicamente y en el plano político la gestión, las posibilidades y los errores. Un candidato que pueda confrontar, en igualdad de condiciones, al presidente Correa. ¿Rezamos por la iluminación de Guillermo Lasso? Director: Orlando Pérez. Editores Jefes: Néstor Espinosa / Fabián Mosquera. Editora Regional: Geovanna Meléndres Gerente General: Ing. Jaime Velásquez Eguez. Gerente de Ventas: Gabriela Egas. Gerente de Circulación y Mercadeo: Vicente Orellana D D escasez. Los “Indignados” resisten la política existente, pero no organizan claramente políticas alternativas. Más allá de la mínima coordinación de las manifestaciones, no promueven alguna modalidad organizativa que ponga a la defensiva a los políticos del ajuste. Es que son demasiados años de apoliticidad, de individualismo craso, de desorganización colectiva. Quizá la profundización del ajuste económico con sus terribles consecuencias sociales, lleve en plazo no largo a una superación de la indignación, la cual es un primer momento de la política, un motor de la acción, pero no configura aún organización ni posibilidad de encuadramiento masivo de la protesta (y menos aún de una opción diferente). Si miraran a América Latina, verían en naciones como Ecuador, Bolivia, Brasil o Argentina algunas decisiones políticas a proponer para sus países. Lo han dicho economistas como Kruger o Stiglitz. Pero es difícil que lo adviertan: la mirada etnocéntrica se ha impuesto en estos países, como rémora de sus tiempos de abundancia. Y, lamentablemente, no advierten que existen modelos económicos de salida muy diferentes a los del achicamiento constante y la creciente desactivación de la demanda. Guayaquil: Avenida Carlos Julio Arosemena Km. 1.5, Guayaquil. PBX: 2595700. Quito: San Salvador E6-49 y Eloy Alfaro. PBX 022522331. Opinión El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 Pablo Salgado Jácome Cartas al Director [email protected] La batalla del quinto poder mportantes las lecciones del periodista español Ignacio Ramonet en su disertación en la Capilla del Hombre. Nos recordó que el poder económico y el poder mediático se han convertido en almas gemelas para intentar sustituir a los partidos políticos desprestigiados. Y también que el rol de los “latifundios mediáticos” es el de domesticar a la sociedad. De ahí, por ejemplo, la generación constante de programas de televisión que apelan a lo más bajo de la condición humana para vender y alcanzar altos niveles de audiencias, sobre todo en los sectores populares, tal es el caso de los programas “En carne propia”, conducido por José Delgado, y “Sorprendente”, de Jonathan Carrera. Al que debemos sumar ahora “Todo es posible”, conducido por Nathalie Toledo. Estos tres programas recurren a los temas truculentos (lo insólito, lo imposible), el hombre de las mandíbulas de acero, el hombre que come gallinas I vivas, el hombre que mata a sus hijos, y un largo etcétera. Todo con un tratamiento de escándalo y sensacionalismo y altas dosis de crudeza; en carne viva y sin el más mínimo pudor y respeto por los televidentes, y peor para los propios protagonistas. En el caso de “Todo es posible”, se intenta dotarle de un vestido liviano, con un rostro amable (Toledo) y acompañada de personajes de farándula (Gaby Díaz, de “En corto”, en el estreno) para suavizar los temas. Pero no hay planificación, no hay investigación y tampoco manejan mínimos niveles de información, como sucedió en el caso del ya manido tema de la “sacrificada y dura” recolección de cangrejos, con un mensaje final de antología: “suban los precios de los cangrejos”. Y Nathalie Toledo convertida en la Jonathan Carrera “light”. Algo extraño si se trata de un programa producido por Janeth Hinostroza. Otro elemento recurrente es el ya cansino hecho que los periodistas son no solo 13 los protagonistas sino los héroes de cada uno de los reportajes. No se puede contar una historia sin convertir al periodista en el dios omnisciente que está en todas partes y en todas las escenas. Este hecho es aún más notorio en los reportajes de viajes, un modelo de los años 80 que persiste ante la falta de nuevas propuestas e ideas, como sucede, por ejemplo, con la familia Ehlers. Ramonet dice que se trata solo de vender (incluso ciudadanía) a los anunciantes. Cuando la verdadera responsabilidad de los medios de comunicación y, sobre todo, de la opinión pública debe ser más bien la de construir ciudadanía. Hoy, ante la crisis del cuarto poder (los medios de comunicación), se trata, insiste Ramonet, de emprender la batalla del quinto poder: los ciudadanos deben armarse de las nuevas herramientas de la comunicación para generar opinión pública y con ella “corregir los errores de los tres poderes de la democracia”. San Ramón, 17 de mayo 2012 Señor Orlando Pérez Director de diario El Telégrafo Presente.Estimado señor Director, El 9 de mayo, diario El Telégrafo publicó un editorial titulado: “Europa, capitalismo en crisis” firmado por Leonardo Vicuña. En el artículo se menciona la decisión del tribunal arbitral de la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya en el caso Chevron. Vale aclarar algunos puntos sobre esta resolución. Primero, una corte distrital holandesa ratificó que el tribunal, bajo el Tratado Bilateral de Inversiones que resolvió el caso, actuó de manera correcta y que las defensas de la República del Ecuador sobre las demandas comerciales no tenían fundamento. Segundo, la decisión de la corte holandesa confirmó la decisión del tribunal arbitral que las inversiones de Texaco Petroleum sí están protegidas por el Tratado Bilateral de Inversiones entre Ecuador y Estados Unidos, que entró en vigor en 1997. Tercero, el sistema judicial ecuatoriano “resolvió” las demandas comerciales solo después de que Chevron interpusiera la demanda arbitral contra la República del Ecuador en 2006 por denegación de justicia. Las demandas estuvieron sin resolverse en cortes ecuatorianas más de 15 años. Cuarto, las autoridades ecuatorianas afirman constantemente que las decisiones de cortes en Europa y Estados Unidos en su contra no tienen validez o son deficientes. Sin embargo, esperan que el mundo crea que la sentencia claramente fraudulenta de Lago Agrio es legítima, a pesar de que el juez luego fue destituido por haber liberado a un supuesto narcotraficante en otro caso. Atentamente James Craig Asesor de Comunicación para América Latina de Chevron Corporation Señor Jaime Velásquez Egüez Gerente General Diario El Telégrafo Guayaquil De mis consideraciones: La Junta Provincial del Guayas de la Cruz Roja Ecuatoriana expresa a usted, señor gerente, un cordial saludo y agradecimiento por su apoyo brindado a nuestra institución en su homenaje al Día Mundial de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. Una vez más la comunidad pudo conocer el trabajo de nuestros voluntarios y voluntarias a través de las páginas de su prestigioso medio de comunicación escrito. Hago propicia esta oportunidad para reiterar a usted el testimonio de mi más distinguida consideración y estima. Juan Cárdenas Espinoza Columnista invitado Atentamente De precandidatos y paraísos fiscales l “cuándo no” se lanza otra vez al ruedo, henchido de indignación, pues se considera un perseguido político porque le llegó la hora de pagar impuestos. Por el apuro ni siquiera ha notificado la decisión a una de sus empresas, el Prian, tanto que a sus asambleístas les tomó por sorpresa el anuncio de la precandidatura presidencial. Dijo que lo hace porque le han pedido muchas personas, incluida su mujer y sobre todo para poder defenderse en las cortes de la persecución del SRI. ¿O sea que los 32 incidentes judiciales que provocó resistiéndose a pagar los 300 millones de dólares en impuestos que debe al fisco y que han sido reconocidos en última y definitiva instancia judicial, no son acaso un abuso en su derecho de defensa? Pretende con su estatus de precandidato volver a activar el interminable carrusel de sus leguleyadas, con tal de no pagar ni un solo centavo. He allí el fondo de su mensaje: ¡viva la evasión!, convertir E al Ecuador en un paraíso fiscal, donde nadie informe de sus actividades ni pague impuestos. Hablando de paraísos fiscales, el SRI, con la rigidez de su histórica responsabilidad fiscal y luego de analizar el comportamiento tributario de algunos Estados, elaboró un listado de aquellos que se niegan a intercambiar información sobre impuestos, a donde migran ingentes recursos de dudosa procedencia, sin políticas fiscales ni normativa sobre la materia. Recientemente el país reconoció el comportamiento y los esfuerzos de Uruguay para regular su situación tributaria y fue excluido de la lista. Panamá se ha hecho de la vista gorda; y, ¡oh sorpresa!, acaba de aplicarnos una medida de retorsión que en cristiano significa una ausencia de relaciones contractuales entre Estados. Por ventaja, la medida no afecta a los fletes por utilizar el canal. Sin embargo este pintoresco episodio sirvió para que los empresarios criollos muestren su forzado disgusto opo- Lcdo. Gustavo Valderrama Relaciones Públicas Las cartas al Director tendrán una extensión máxima de 1.200 caracteres, en caso de exceder ese límite, nuestro diario se reserva el derecho de editarlas. sitor, pues es sabido que con Panamá mantenemos una balanza comercial deficitaria, de tal forma que no nos afectan sus antojos “retorcidos”, cuando la tendencia mundial es hacia la regularización en el intercambio de información fiscal y la suscripción de acuerdos para evitar la doble tributación. Eso es imposible con los paraísos fiscales. El anuncio de la precandidatura del “pingüino” fue recibido como un balde de agua helada por la oposición que busca con ansias locas el candidato único ideal; no pues un perdedor que no obstante ha dado muestras de viveza criolla al querer forzarles a un apoyo supuestamente inevitable; o quedará como el globo de ensayo de Paúl Carrasco, abortado de entrada por pasarse de vivo. El problema para la reacción, digo para la oposición, sería apoyar a un candidato evasor en un país donde se expande una muy saludable cultura tributaria y ciudadanía fiscal. Entonces volverá a perder. Facebook 7.672 Súmate al club de fans de Diario El Telégrafo BCE pondrá en circulación monedas de un dólar de la serie “Presidentes de los EE.UU.”--->> Esa es la herencia de Mahuad, no tiene nada que ver el mashi Rafael. Fernando Loor EE.UU. y el matrimonio gay, columna de Fabrizio Reyes--->> Que no utilicen esa reivindicación por intereses electorales. Antonio Tapia Blacio Sin la base de Manta se captura más droga ahora--->> ¡Cierto! Jéssica Quintana 14 Sociedad El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 EXPLOTACIÓN LABORAL DE NIÑOS EN EXTERIORES DEL PALACIO DE JUSTICIA 2.014 menores fueron retirados de basurales entre 2004 y 2009 Plantón para recordar el Día contra la Homofobia “El trabajo infantil en Ecuador” plasma los beneficios sociales que se obtienen al erradicar esta práctica. Fander Falconí y Juan Ponce son los autores de la obra que se presentó el miércoles en Quito Porcentaje de niños que trabajan en Ecuador 2007 2008 2009 6,70 2,9 5,70 3 5,70 2,9 REGIÓN Sierra Costa Amazonía 6 3,9 5,2 5,5 3,1 6,4 5 3,7 5 ETNIA Indígena Blanco Mestizo Afroecuatoriano 9,3 5,9 4,4 3,2 10,7 3,9 3,8 4 8,1 3,8 4,1 2,7 GRUPO DE EDAD De 5 a 11 años De 12 a 14 años De 15 a 17 años 0,2 5,9 15,7 0,1 4,3 14,3 0,2 3,7 13,7 ÁREA Urbano Rural 2,6 8,8 2,3 7,8 2,4 7,6 SEXO Hombre Mujer Pancartas y disfraces fueron utilizados en el plantón para hacer llegar su mensaje. Fuente: Libro "El Trabajo Infantil en Ecuador" Redacción Sociedad [email protected] Más de 1.110 millones de dólares obtendría el Ecuador como beneficio por erradicar el trabajo infantil, ya que un niño inmerso en la vida laboral informal termina por presentar, por ejemplo, cuadros graves de salud y, al carecer de formación académica o profesional sostenida, no logra aportar al Estado en su adultez. Una proyección presentada en el libro “El trabajo infantil en Ecuador” señala que en los próximos 20 años -empezando desde 2010- los beneficios pueden ser significativos, si se fija como meta alcanzar la cobertura universal de educación básica y el 75% de matrícula en bachillerato hasta 2015. La publicación detalla que el Ecuador experimentó una importante reducción de la incidencia del trabajo infantil. Entre 2004 y 2009, por ejemplo, se reduce del 16% al Ecuador fue uno de los países que registró mayor disminución de la pobreza en los últimos 5 años 10%. Esto ha sido posible gracias a algunas intervenciones, como la del Programa de Erradicación del Trabajo Infantil, a cargo del Ministerio de Relaciones Laborales, que invirtió 732.451 dólares. Con este plan se logró retirar de los basurales a 2.014 niños y adolescentes y se ejecutaron 3.000 inspecciones a las empresas para control del empleo de niños y su regulación. El texto, presentado el pasado miércoles en Quito, fue analizado por varios expertos del área social. Juan Ponce, subdirector académico de la Facultad Latinoamericana de El Ministerio de Relaciones Laborales busca terminar con la explotación infantil. Ciencias Sociales (Flacso) y coautor del libro, habló de otros beneficios si se consigue erradicar el trabajo infantil: “En educación, por ejemplo, los niños que se insertan en el sistema escolar tienen más posibilidades de participar en la vida democrática y cultural del país”. Según la publicación, por cada año adicional de escolaridad, los ingresos laborales se incrementan en un 11%. El entorno educativo también incluiría una cultura de salud. Las madres mejor educadas tienen menores tasas de fecundidad, hay hijos e hijas mejor alimentados. Dentro del área de la salud, se eliminarían las peores formas del trabajo infantil. Tamara Merizalde, quien asistió en representación de Doris Soliz -titular del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES)-, indicó que existen 43 formas de trabajo que someten a los menores de edad a condiciones infrahumanas. Fander Falconí, titular de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (Senplades) y coautor del libro, recordó que la reducción de la explotación laboral en niños se ejecuta en cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y Plan del Buen Vivir, el cual formula varias estrategias, entre las cuales se encuentra identificar los riesgos puntuales de las principales actividades y empresas que demandan mano de obra infantil. También busca establecer un mapa de riesgo para controlar a los empleadores. Ana María Larrea, subsecretaria de Senplades, se refirió a este punto. Recordó que en las provincias de Manabí y Guayas se registra la tercera parte del total de niños trabajadores. Esto se debe a que son sectores donde predominan las bananeras y los espacios agrícolas. “Diversos es igualdad ante la ley”, “Mujer y mujer, linda familia”, “Quiero caminar por la calle sin que me jodan”, eran algunos de los carteles que destacaban durante el plantón contra la homofobia que se realizó en los bajos del Palacio de Justicia, de parte de diferentes organizaciones GLBT (gays, lesbianas, bisexuales y transgéneros) que luchan por sus derechos. Pancartas, caras pintadas y disfraces eran las herramientas utilizadas por los grupos Silueta X, Fundación Ecuador, entre otros, para hacer escuchar y transmitir su mensaje a los cientos de transeúntes y vehículos que circulaban por la Av. 9 de Octubre. “Por una vida sin discriminación y sin violencia, las lesbianas hacemos presencia”, decía con un megáfono Lía Burbano, presidenta de la agrupación Mujer y Mujer. “Hoy estamos aquí para recordar que la homosexualidad no es una enfermedad y que la homofobia sí lo es. Asimismo, queremos manifestar al Ecuador que tenemos derecho a constituir familias diversas. Han pasado 5 años de esta Constitución... Nosotras también ayudamos a construir el país, sin embargo, en un momento de exigibilidad de derechos, se nos discrimina”. “Estamos aquí para pedir respeto hacia nosotros. Ya no más burlas en programas de radio, en programas de televisión donde se nos tilde de “maricas” o “badeas”, esos son términos despectivos”, indicó Óscar Ugarte, de la fundación Diverso Ecuador. Esa y otras instituciones por la lucha de los derechos de los homosexuales llevan adelante un proyecto denominado la “Clínica del Hombre”, que busca prevenir las enfermedades de transmisión sexual y el VIH en hombres que tienen sexo con hombres (HCH). “Promocionamos el estudio sobre la prevalencia de VIH-1 en la población HCH en Guayaquil. Están entregando ciertos objetos, pancartas y regalos que tienen que ver con el El 17 de mayo de 1990 se eliminó la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales proyecto para que la gente se informe”, indicó Frankin Sotomayor, de la fundación Diverso Ecuador. El 17 de mayo de 1990, la Asamblea Mundial de la Salud eliminó la homosexualidad de su listado de enfermedades mentales recogidas en el documento DSM IV. Se entiende como “homofobia” y “transfobia” al conjunto de creencias, opiniones, actitudes y comportamientos de agresión y desprecio contra las personas homosexuales, bisexuales, intersexuales y transexuales. JORNADA POR LA SALUD Vigilia en Quito en memoria de fallecidos por VIH/sida En el mundo, más de 25 millones de personas han muerto desde 1981, a causa del virus del VIH. En el Ecuador, las cifras también han sido alarmantes, Entre 1984 (año en que se notificó el primer caso de VIH) hasta diciembre de 2009, se han registrado 21.810 personas con VIH y/o sida, de las cuales se han reportado 4.970 personas fallecidas a causa de enfermedades asociadas con ese mal. Con ese antecedente, la Dirección Provincial de Salud de Pichincha organiza la “Vigilia internacional en memoria de las personas que han fallecido a causa del sida”. El acto se llevará a cabo en Quito, en el bulevar de la avenida Naciones Unidas, el sábado 19 de mayo, de 17:00 a 20:00. La vigilia internacional es un acto de conmemoración que inició en 1983 y actualmente se realiza en 115 países con el apoyo de alrededor de 1.200 organizaciones. El Ministerio de Salud Pública (MSP) estima que a finales de 2009 se registraron más de 37.000 personas que viven con VIH, de las cuales el 42% desconocía su estado o que portaba el virus. Los ciudadanos que estén interesadas en apoyar la lucha contra esta enfermedad o quieran asistir al evento, pueden ingresar a la dirección electrónica http://www.coalicionecuatoriana.org. Mundo El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 15 LA MANDATARIA BRASILEÑA ESTUVO PRESA POR DOS AÑOS Y FUE TORTURADA Rousseff instala Comisión de la Verdad con recuerdo de caídos AFP El nuevo organismo tendrá dos años para investigar los abusos a los derechos humanos durante la última dictadura militar de Brasil; sin embargo, los responsables de esos actos no podrán ser llevados a los tribunales, debido a la Ley de Amnistía promulgada en 1979 Agencia EFE Brasilia Con lágrimas en los ojos y la voz entrecortada, la presidenta Dilma Rousseff instaló el miércoles la Comisión de la Verdad que investigará las violaciones de los derechos humanos durante la dictadura militar (1964-1985). La Mandataria fue torturada en su juventud y durante su discurso recordó los muertos y desaparecidos en esa época. La gobernante dejó claro que la Comisión de la Verdad será totalmente independiente y contará con todo el respaldo del Gobierno para que “sin revanchismos esclarezca lo que ocurrió” durante los llamados “años del plomo”. La Comisión tendrá un plazo de dos años para investigar crímenes contra los derechos humanos ocurridos entre 1946 y 1988, aunque se centrará en el último régimen militar. Agregó que la misión de la comisión será restablecer la verdad sin violar la Ley de Amnistía de 1979 que impide llevar ante la justicia a los acusados de crímenes como tortura, secuestro, desaparición o asesinato durante la dictadura. “No nos mueve el revanchismo, el odio o el deseo de escribir la historia de una forma diferente a lo que Otro reglamento firmado por la Presidenta fue el de la Ley de Acceso a la Información La presidenta de Brasil, Dilma Rousseff, fue escoltada por los ex mandatarios del país. ocurrió, sino la necesidad de conocer sin ocultamientos lo que ocurrió”, afirmó la Mandataria, que fue torturada y estuvo presa dos años por su militancia en organizaciones de izquierda que combatieron la dictadura. La Comisión de la Verdad, cuyos siete integrantes se reunieron por REINA SOFÍA CANCELÓ VISITA A MONARCA INGLESA primera vez el miércoles poco después de tomar posesión, podrá identificar a los responsables de las violaciones de los derechos humanos durante la dictadura, pero no podrá llevarlos a la justicia. Rousseff aseguró que sólo la recuperación de la verdad permitirá la pacificación y la reconciliación nacional. “Brasil merece la verdad, las nuevas generaciones merecen la verdad y especialmente merecen la verdad quienes perdieron amigos y parientes y que continúan sufriendo como si ellos muriesen de nuevo cada día”, destacó. Sin citar la Ley de Amnistía de 1979 y tras recordar que Brasil recuperó la democracia gracias a diferentes acuerdos políticos, Rousseff aseguró que tanto su gobierno como la comisión respetarán esos “pactos”. Y aprovechó la ceremonia para firmar el decreto que reglamenta la Ley de Acceso a la Información, que entró en vigor ayer y obliga a toda institución pública a ofrecer las informaciones solicitadas por cualquier ciudadano. La presidenta explicó que la ley impedirá que las informaciones relativas a violaciones de los derechos Detalles La Mandataria llegó a la ceremonia junto a los ex presidentes José Sarney (1985-1990), Fernando Collor (1990-1992), Fernando Henrique Cardoso (1995-2002) y Luiz Inácio Lula da Silva (2003-2010). Cuarenta países han instalado comisiones de la verdad, entre ellos Argentina, Chile, El Salvador, Guatemala, Sudáfrica y Ecuador. Las autoridades brasileñas dijeron que tendrán un enfoque propio. humanos puedan volver a ser declaradas reservadas o secretas. “Las dos iniciativas son fruto del largo proceso de construcción de la democracia de tres décadas en el que participaron siete presidentes de la República”, dijo. En ese sentido, manifestó su complacencia por estar acompañada por todos sus antecesores en el cargo desde el regreso de la democracia en 1985, con excepción del fallecido Itamar Franco (1992-1994). Recordó que la comisión fue creada en el gobierno de Lula y tuvo como precedente la decisión del gobierno de Cardoso de reconocer la responsabilidad del Estado en las violaciones a los derechos humanos durante la dictadura y la de Collor de hacer públicos miles de documentos militares. Pese a que la ley que creó la comisión prevé la investigación tanto de las violaciones cometidas por los agentes del Estado como por los opositores a la dictadura, sus integrantes han dejado claro que se centrarán en los primeros por ser los más numerosos. Esa decisión fue reforzada por el ex ministro de Justicia José Carlos Dias, que pronunció un discurso en la ceremonia en representación de todos los miembros del nuevo organismo. MLADIC ES PROCESADO POR LA MATANZA DE SREBRENICA CORTESÍA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA España no quiere “calentar” El juicio contra un acusado su relación con Inglaterra de genocidio se suspende La reina Sofía canceló su visita a Londres debido a los problemas surgidos en Gibraltar. El gobierno español no desea “calentar” la relación con el Reino Unido ni llegar a “posiciones extremas” en relación con Gibraltar, sino defender lo que considera los intereses legítimos de España. Fuentes del Ejecutivo español realizaron esta afirmación ante la polémica suscitada por la cancelación del viaje de la reina Sofía de España a Londres para participar en la celebración de los 60 años en el trono de Isabel II, al entender que era “poco adecuado” ese desplazamiento en las actuales circunstancias. “No se va a dejar de hacer lo que hace un país serio, defender sus intereses”, recalcaron las citadas fuentes después de que las autoridades gibraltareñas hayan expulsado a los pescadores españoles de su costa y vetado algunas artes tradicionales de pesca. El Ejecutivo de Mariano Rajoy recalca que sólo defiende lo que entiende que es la legalidad internacional, así como el ejercicio legítimo de la actividad de los pesqueros. Sin embargo, desde Londres se afirmó que este contencioso deberá ser resuelto por el gobierno instalado en Gibraltar. El juicio contra el ex general Ratko Mladic en el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia fue suspendido ayer sin fecha para la reanudación, debido a “errores” de la Fiscalía, anunció al final de la sesión el juez Alphons Orie. La Fiscalía “ha cometido errores en la presentación de documentos relevantes”, señaló Orie al finalizar los alegatos iniciales del Ministerio Fiscal, que se centró en probar la responsabilidad criminal directa del acusado de la matanza de Srebrenica, en la que murieron casi 8.000 varones bosnios musulmanes. “Debemos evaluar los efectos” de esos errores, señaló el juez, que finalizó su declaración señalando que se retomará el juicio “lo antes posible”. Hasta ahora estaba previsto el 29 de mayo como la fecha de reanudación del juicio. En la sesión de ayer, los fiscales Peter McCloskey y Dermont Groome prosiguieron con los alegatos iniciales que comenzaron en la sesión del miércoles, la primera vista del juicio. La Fiscalía hizo un primer resumen probatorio de los hechos, ya que el desfile de testimonios y pruebas, más de 400, deberá iniciarse en la reanudación del juicio, cuando también se dé voz a la defensa de Detalles En el vídeo presentado se observa a un Mladic que ejerce la autoridad como general y que es “consciente de sus actos”, señaló el fiscal Peter McCloskey, quien destacó igualmente "la obsesión del acusado con los musulmanes". De los 8.000 asesinados, se han podido identificar hasta el día de hoy 5.917 cadáveres, con pruebas de ADN. Mladic, acusado de crímenes de guerra, lesa humanidad y genocidio. La Fiscalía se ha valido de pruebas audiovisuales, de capturas de mensajes de radio y otros documentos y testigos para probar que Mladic “planeó, instigó y ordenó el genocidio”. El juez Orie ya alertó ayer de los posibles retrasos que podría acarrear para la preparación de la defensa la tardanza en la presentación de las pruebas por parte de la Fiscalía. El inicio del juicio al “carnicero de los Balcanes” se produce doce meses después de su arresto y 17 años después de la primera acusación. La Junta Militar de Egipto asegura haberle permitido a la gente “conducir el barco a lugar seguro” La Junta Militar egipcia aseguró ayer que el próximo presidente de Egipto será elegido en libertad y pidió al pueblo que respete los resultados de los comicios, cuya primera vuelta se celebrará los próximos 23 y 24 de mayo. “Millones de egipcios se dirigirán a las urnas para elegir por su voluntad y en libertad al próximo presidente”, destacó el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas en un comunicado. En ese sentido, indicó que “al pueblo se le ha dado el derecho de conducir el barco a lugar seguro en los próximos años y todos deben unirse en torno al nuevo presidente”. “Debemos aceptar los resultados de las elecciones, sea cual fuere la tendencia del jefe de Estado electo, y darle la oportunidad total para que cumpla su programa”, subrayó. Asimismo, la cúpula castrense señaló que los comicios “serán admirados por todo el mundo y probarán que Egipto es la madre del mundo”. Serán las primeras elecciones tras la Revolución de Tahrir. 16 Mundo El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 AUTORIDADES NIEGAN FUGA DE DEPÓSITOS COMO YA OCURRE EN GRECIA DUDAS SOBRE CONTINUIDAD EN ZONA EURO Para España cada día es más difícil obtener financiamiento EL GOBIERNO GRIEGO DE TRANSICIÓN ASUME SIN PODER DE DECISIÓN En la sesión de ayer, la prima de riesgo española cerró en un máximo histórico: 490 puntos, lo que ubica al país ibérico en la llamada “zona de rescate”, como lo estuvieron Grecia, Irlanda y Portugal. Mientras tanto las acciones de Bankia siguen cayendo AFP Agencia EFE Madrid La prima de riesgo española anotó ayer un nuevo máximo histórico de cierre, 490 puntos básicos. Aunque durante la sesión del miércoles la prima de riesgo llegó a superar los 500 puntos básicos, un hito en la historia del euro. Pero, ¿qué significan estos datos para España? La prima de riesgo es el interés que debe pagar el país ibérico de los bonos de Estado que pone en el mercado. España, como el resto de los países desarrollados, obtiene dinero fresco con la colocación de bonos, los cuales paga en 10, 15 ó 20 años. Pero esos papeles incluyen un interés que debe pagar el Estado español, esa es la llamada prima de riesgo, la cual toma como referencia a los bonos alemanes, considerados los más seguros de Europa. La prima de riesgo depende de la volatilidad de los mercados, los cuales ahora están muy nerviosos por la situación política en Grecia y su posible salida del euro. Así las cosas, la rentabilidad de los bonos españoles a diez años subió ayer hasta el 6,31 por ciento. Esto equivale que España debe pagar más para conseguir liquidez. Cuando la prima de riesgo de Grecia, Irlanda y Portugal superó los 400 puntos, estos países se vieron obligados a solicitar un salvataje al Banco Central Europeo, una posibilidad que descartan, por el momento las autoridades españolas. Lo cierto es que el tamaño de la economía española obligaría a un millonario rescate que sobrepasa los límites del fondo de estabilización europeo. En esto radica la gravedad de la situación. Si la prima de riesgo continúa subiendo, España no podrá conseguir recursos simplemente porque le es muy caro. Y la otra posibilidad, el rescate europeo parece lejano e improbable. Por lo que en el horizonte aparece la tormenta perfecta: que España se NUEVO GOBIERNO QUIERE AUSTERIDAD HOLLANDE REBAJA SU SUELDO Y EL DE TODOS SUS MINISTROS Un español retira dinero de un cajero de Bankia, el cuarto banco de España, y que fue nacionalizado la semana pasada. quiebre, es decir que se quede sin dinero para cumplir sus obligaciones. Ahora bien, la crisis no solo es pública, también afecta al sector privado. Las acciones de Bankia, el cuarto banco español, intensificó su caída al desplomarse un 28,28% en la Bolsa española, lo que supone su décima jornada de números rojos después de que la semana pasada se anunciara la nacionalización del grupo financiero. Pocos minutos después del mediodía, los títulos de Bankia se situaban en mínimos, en 1,18 euros por acción, después de que los inversores intercambiaran más de 5,4 millones de títulos por más de 7 millones de euros. Desde que debutó en la Bolsa española en julio pasado, a 3,75 euros por título, las acciones de Bankia han perdido ya el 68,5% de su valor bursátil. De su lado, el gobierno español negó que se haya producido una fuga de depósitos en Bankia, como ya ocurre en Grecia, donde el miércoles se registró una corrida de 800 millones de euros. El secretario de Estado de Economía, Fernando Jiménez Latorre, negó en una conferencia de prensa que haya habido una retirada masiva de depósitos de la entidad y aseguró que el nuevo proyecto reúne todos EL AHORA DETENIDO FUE LIBERADO EN 2009 POR LA GUERRILLA Fiscalía detiene a ex secuestrado Las autoridades colombianas consideran como sospechoso al ex diputado Sigifredo López, quien estuvo retenido por las FARC junto con otros 11 políticos. Él fue el único superviviente de la masacre que terminó con la vida de sus compañeros El ex diputado Sigifredo López, único sobreviviente de un grupo de 12 legisladores regionales colombianos secuestrados por las FARC en 2002, fue detenido ayer como sospechoso de haber tenido implicación en esos hechos. El portavoz de la Fiscalía General de Colombia, Omar Alberto Jaimes, indicó que el fiscal encargado aún no ha establecido la fecha para cumplir con la indagatoria de López, que fue detenido este miércoles en Cali. El nuevo Gobierno interino griego dirigido por el presidente del Consejo de Estado, Panayotis Pikrammenos, asumió ayer su cargo con la tarea de llevar al país a los próximos comicios, previsiblemente el 17 de junio. Pikrammenos, de 67 años, fue elegido el miércoles para encabezar un Gobierno que no tiene mandato para alcanzar ningún compromiso de peso, sino la simple gestión del Estado hasta las nuevas elecciones legislativas. La incertidumbre política en Grecia, debido a la incapacidad para formar Gobierno por la fragmentación parlamentaria, tras las elecciones del 6 de mayo, ha elevado la dudas sobre la continuidad del endeudado país en el euro, lo que ha generado turbulencias económicas en toda la Eurozona. Tanto el nuevo jefe de Gobierno como sus ministros juraron sus cargos ante el Presidente de Grecia en la sede oficial del Jefe del Estado, acto seguido se ha convocado el primer Consejo de Ministros. El gobierno de Pikrammenos, de carácter técnico, está compuesto casi en exclusiva por magistrados y catedráticos, y el único político es el ministro de Exteriores, Petros Molyviatis, quién ya ocupó ese mismo cargo durante el mandato de Costas Karamanlís. Ese fiscal ordenó la captura del político ex secuestrado al considerar que se debe investigar “su presunta intervención en el secuestro masivo” que tuvo lugar en abril de 2002 y en la muerte del policía Carlos Alberto Cendales, que custodiaba la sede de la Asamblea del departamento del Valle del Cauca, en Cali. Durante el secuestro fueron asesinados los otros once legisladores en confusas circunstancias. Sus cuerpos fueron hallados en 2007. El secuestro se produjo cuando guerrilleros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) irrumpieron en la Asamblea del Valle del Cauca e hicieron creer a los legisladores que se trataba de un desalojo por un supuesto explosivo. Cuando López fue liberado unilateralmente por los rebeldes el 5 de febrero de 2009, explicó que fue el único superviviente de los doce diputados secuestrados porque había sido trasladado a otro campamento. los requisitos para ser un éxito de futuro. También dijo que espera que en los próximos días los nuevos gestores de Bankia presenten sus planes de viabilidad y resaltó que el Estado aportará el capital necesario para garantizar la viabilidad de la cuarta entidad bancaria española. Bankia por su parte aseguró a sus clientes que “pueden estar absolutamente tranquilos” sobre la seguridad de su dinero. La situación de Bankia hundió el principal indicador de la Bolsa española, el IBEX 35, a un nuevo mínimo anual tras ceder un 1,11 % en la sesión. François Hollande inició su mandato con la primera reunión del Gabinete, en la que se adoptó una significativa rebaja del 30 por ciento en los sueldos de todo el equipo. Los 17 hombres y 17 mujeres del primer Ejecutivo paritario de la V República de Francia pasarán a tener así un salario bruto mensual de 9.940 euros, mientras que Hollande y el primer ministro, Jean-Marc Ayrault, ganarán 14.910 euros al mes. Además se acordó también bajar un 10% las dotaciones de los respectivos ministerios, y el número de colaboradores de los ministros, así como el de ministros delegados. Como muestra de la "ejemplaridad" y transparencia que el Gobierno quiere convertir en los dos pilares de su método de trabajo, se firmó igualmente un código deontológico que busca evitar conflictos de intereses y obliga a los ministros a renunciar a los puestos ejecutivos locales que ocuparán antes de su ascenso, además de rechazar invitaciones privadas y regalos. UNA PERSONA HA MUERTO DURANTE LA CRISIS Cárcel amotinada registra nuevo tiroteo en Venezuela Un nuevo tiroteo se registró ayer en una cárcel del centro de Caracas en la que hace dos semanas comenzó un motín, que hasta el momento ha causado la muerte a un vecino de la zona que fue alcanzado por una bala perdida y que las autoridades siguen sin poder controlar. La ministra para el Servicio Penitenciario, Iris Varela, indicó al canal de televisión estatal VTV que hay una “situación de enfrentamiento interno” en el centro penitenciario de La Planta, con “un grupo que pretende mantener sometida a la mayoría utilizando para ello la fuerza de la violencia y de las armas”. “Están enfrentados y nosotros estamos protegiendo a la población”, indicó. El conflicto en La Planta comenzó a finales de abril tras la decisión del gobierno venezolano de cerrar esa penitenciaría, situada en la parroquia caraqueña de El Paraíso, por su falta de condiciones para albergar personas. Posteriormente se produjo un intento de fuga, que según las autoridades quedó en huida frustrada, y protestas de los familiares que se niegan al traslado de los presos, así como diversos incidentes. GODOY CRUZ vs. ARGENTINOS JRS. (15:10) TIGRE vs. NEWELL’S (17:15) El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 17 GUADAMUD FUE EL MEJOR EN LOS 94 KG., EN EL PREOLÍMPICO 18 SEIS EQUIPOS SE DISPUTAN LA PUNTA DEL TORNEO 19 TRAORÉ, LA PIVOT AFRICANA QUE JUEGA EN MAVORT 20 ENTREVISTA A REINALDO RUEDA, ESTRATEGA DE LA SELECCIÓN NACIONAL HUBO DOS SORPRESAS “Quedó claro que mi cargo está en juego todos los días” Verónica Naranjo Hidalgo [email protected] No se atreve a hacer un balance exacto de los 21 meses que lleva al frente de la selección ecuatoriana de fútbol (desde el 1 de septiembre 2010) porque “solo se hará cuando concluya el proceso eliminatorio y ojalá con una nueva clasificación mundialista”, afirma el técnico colombiano Reinaldo Rueda, quien se encuentra feliz por la hospitalidad recibida en Ecuador y, claro, muy a gusto con la gastronomía nacional. Mientras observa una de las prácticas de los “legionarios” en la cancha del complejo de Tumbaco, accede a dialogar con El Telégrafo. Perfil Nombre Completo: Reinaldo Rueda. PILAR CACERES | EL TELÉGRAFO El seleccionador de 55 años espera convertirse en el tercer colombiano en llevar a Ecuador a un Mundial de fútbol. Lo antecedieron Hernán Gómez y Fernando Suárez en 2002 y 2006 Fecha de nacimiento: 16 de abril de 1957. Lugar: Cali, Colombia. Mundiales: Sudáfrica 2010, con Honduras. Logros: Tercer lugar en el Mundial Juvenil 2003 y campeón del torneo Esperanzas de Toulon 2003. ¿La concepción inicial que tenía del futbolista ecuatoriano se modificó con la convivencia? Cambió para bien, porque de todas formas ya hay un mejor conocimiento del jugador. No es lo mismo haber tenido a Ecuador de rival, ni escuchar solo los conceptos de la gente amiga, de entrenadores que pasaron por aquí antes de nosotros, que vivir dentro del medio y convivir con los jugadores y conocerlos directamente. ¿Fue fácil acoplarse a la identidad y cultura del jugador nacional? Creo que difícil nunca fue; esto es más cuestión de tiempo y creo que la adaptación es bilateral, tanto de nosotros como de ellos; es más, pienso que a ellos les costó más adaptarse a una metodología. ¿Será la primera vez que enfrente ¿Es una ventaja que Messi no funcione en la selección como lo hace con el Barcelona? Eso es relativo, todo dependerá del juego que realicemos; esperamos que ese día todos estén bien claritos para meterla. Por algo Lionel Messi es el mejor jugador del mundo en este momento. ¿Su relación con los jugadores trasciende lo profesional? Básicamente tratamos de manejar asuntos solamente de trabajo. Evito agobiarlos con cosas diferentes a lo estrictamente futbolístico y cuando es necesario solo con pocos se manejan temas personales. A algunos les gusta hablar y a otros no; ese espacio se debe respetar. ¿Cómo parte de su trabajo; usted imparte charlas motivacionales? Sí, siempre las incluimos en la dinámica de trabajo de la selección como temas de desarrollo profesional y cohesión de equipo. Son variadas, a veces son vivencias personales, videos... ¿Cuál era la idea que tenía antes de llegar? Sabía que había un buen material y recurso humano. Aunque todas las generaciones son diferentes, quizás uno se hace una apreciación por los jugadores que enfrentó en algún momento y los conceptos de gente que ha trabajado acá, pero creo que todas las culturas futbolísticas evolucionan y Ecuador después de dos mundiales así lo ha demostrado. ¿Se puede decir que en la historia de Ecuador hay un antes y un después de Hernán Gómez? El “Bolillo” entregó ese sabor del triunfo y la clasificación. Esa fue una identidad que se fue construyendo desde hace mucho tiempo; incluso, con el doctor (Francisco) Maturana, y seguro que el logro de una clasificación mundial marca toda una historia en un país. referencia previo al duro rival que tendremos en este reinicio del proceso eliminatorio En su periplo no incluyó a Brasil, donde está Joffre Guerrón. ¿Alguna razón en especial? Lo de México y Europa fue desgastante y el tiempo no nos alcanzó para ir a Brasil y Rusia. Tampoco nos hemos comunicado telefónicamente con Joffre Guerrón porque si bien atraviesa un buen momento es cuestión de valoración y en su puesto (delantero) tenemos varias alternativas. Él tendrá su oportunidad. a su país en un partido oficial? Así es, solo tuve de rival a Colombia en encuentros amistosos cuando dirigí a Honduras y también la enfrenté con Ecuador. ¿Es especial rivalizar en las eliminatorias con Colombia? Se tiene una exigencia y siempre se quiere ganar, por todo lo que representa para uno y para el cargo que tiene, para su profesión. Hay que vivirlo de esa forma. Después de Copa América, ¿sintió que su cargo estaba en riesgo? Todos los días está en juego. Ahí con más razón, y eso quedó claro. Mientras no se logren los resultados esperados por todos habrá riesgo. Esa es la ley de nuestra profesión. ¿Por eso su efusividad para festejar el triunfo ante Venezuela? Fueron meses difíciles tras la Copa América; y luego poder vencer a un rival que nos complicó la vida, gracias al fruto del trabajo de todos, además de ver cómo se entregaron los muchachos, me emocionó. ¿Fue el monto de la rescisión del contrato lo que lo mantuvo? (Se pone muy serio). Ese tema está superado y al momento no me hace bien a mí, en lo personal, ni al entorno de la selección tocarlo. ¿Es una presión mayor el empate que se logró en la eliminatoria pasada con Argentina? Creo que no, ojalá podamos repetir ese resultado; es un buen punto de ¿Tiene definidos los esquemas tácticos para enfrentar a Colombia y Argentina? He pasado estos meses (seis) haciendo alineaciones tentativas, incluyendo y sacando jugadores. Pero espero comenzar el trabajo para definir con precisión a quiénes utilizaré. Al final todo solo servirá si ganamos esos compromisos. ¿Maneja un perfil bajo que le permite transitar sin problema? Ecuador le brinda a uno esa situación de ir con tranquilidad. Vivimos dentro del fútbol y por fortuna se puede disfrutar de esos espacios, a ratos complejos por uno u otro factor. Por fortuna aquí la gente ha sido muy respetuosa y receptiva, por eso ha existido buena convivencia. IBARRA RECIBE SU PRIMER LLAMADO A LA “TRICOLOR” La alegría con la que encontró al volante Renato Ibarra cuando visitó Holanda y las buenas referencias que le dieron los integrantes del cuerpo técnico del Vitesse, motivaron al técnico Reinaldo Rueda a convocar por primera vez para el proceso eliminatorio rumbo a Brasil 2014 al ex seleccionado Sub 20. “Lo encontré con esa energía de siempre, feliz y muy dispuesto para el trabajo. Incluso, en la semana que fui, él era la imagen de su plantel y eso demuestra el momento que está atravesando”, refirió el estratega sobre el jugador, que fue sorpresa en la lista. Ibarra, de 21 años, lleva 10 meses en el balompié del exterior y con su trabajo, desde inicios de 2012, se ha convertido en el titular indiscutible por la banda derecha, posición similar a la del mejor jugador ecuatoriano Antonio Valencia y, como él, su único club en Ecuador fue El Nacional. Otra de las sorpresas fue Pedro Quiñónez, a quien el estratega criticó anteriormente por ser muy temperamental. “Vamos a ver cómo llega para trabajar”, acotó Rueda Por otro lado, el defensa central imbabureño, Geovanny Espinoza, se sorprendió gratamente al enterarse de su llamado por parte del adiestrador colombiano. “No me lo esperaba porque no había sido convocado en este proceso, pero esa noticia me dio alegría y ahora me centraré en pensar en lo que se viene e iré con todas las ganas a esos cotejos. La selección tiene mucha categoría y experiencia”, afirmó Espinoza, quien fue parte de la “Tri” en los dos mundiales a los que asistió. (VNH) Convocados DT: Reinaldo Rueda Arqueros Equipo Máximo Banguera Adrián Bone Alexander Domínguez Barcelona D. Quito LDU-Q Defensas Gabriel Achilier Walter Ayoví Jairo Campos Diego Calderón Frickson Erazo Giovanny Espinoza Jorge Guagua Juan Carlos Paredes Emelec Monterrey Barcelona LDU-Q Barcelona D. Quito Atlante D. Quito Volantes Cristhian Noboa Segundo Castillo Renato Ibarra Édison Méndez Oswaldo Minda Jefferson Montero Pedro Quiñónez Luis Fernando Saritama Antonio Valencia Dinamo Pachuca Vittese LDU-Q Chivas USA Real Betis Emelec D. Quito M. United Delanteros Jaime Ayoví Christian Benítez Cristhian Suárez Joao Rojas Pachuca América S. Laguna Morelia 18 Fanático El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 EL GOLERO DE BARCELONA HA ATAJADO EN 5 PARTIDOS DE LA TEMPORADA “Me motiva saber que el DT está pendiente de mí” La trinchera de Vito Vito Muñoz @vitomuñoz_u FAL-KO en el área es fulminante Banguera contó que previo a la convocatoria recibió una llamada de Rueda, en la que el estratega se mostró interesado por su recuperación MIGUEL CASTRO | EL TELÉGRAFO Redacción Fanático [email protected] De las 15 fechas del Campeonato Nacional, Máximo Banguera solo ha participado en 5 ocasiones. La última fue el sábado pasado, en la victoria 2-0 de Barcelona sobre Olmedo, luego de volver de una lesión en la pierna derecha que lo tuvo alejado de las canchas por 68 días. Pese a su para de más de dos meses y su poca actividad en la presente temporada, el estratega de la selección nacional, Reinaldo Rueda, convocó al golero guayaquileño para los partidos de la “Tricolor” ante Argentina (el 2 de junio en Buenos Aires) y Colombia (el 10 del mismo mes en Quito), por la quinta y sexta fecha, respectivamente, de las eliminatorias sudamericanas para el Mundial de Brasil 2014. Además de Banguera, los porteros citados por Rueda para los cotejos eliminatorios fueron Alexander Domínguez, de Liga de Quito, y Adrián Bone, de Deportivo Quito. Al igual que el guardameta “canario”, Bone no ha tenido regularidad en esta temporada, ya que el titular en el arco “chulla” es Marcelo Elizaga. “Convocamos a esos goleros porque han sido los que han estado cerca en nuestro proceso y en el caso de Máximo es un arquero de gran potencial, ecuatoriano de excelente nivel y fue el titular en la consecución del oro panamericano en Río de Janeiro (en 2007)”, dijo Rueda al preguntársele del porqué del llamado de Banguera y Bone. Además, el DT pidió “respeto para todos los jugadores. Por el entorno solo voy a hablar de los que están y no de quienes no forman parte de esta convocatoria. Hay muchos que se quedaron”, esto con respecto a guardametas como Elizaga y Esteban Dreer (Emelec), quienes han destacado con sus equipos. Media hora antes de que Rueda diera la nómina de convocados (la rueda de prensa fue a las 11:00 de ayer) Banguera salió del entrenamiento de Barcelona y se refirió a su inminente llamado a la “Tricolor”. “En las últimas horas recibí lla- Máximo practicó ayer la ejecución de tiros libres en el entrenamiento de Barcelona. 68 días estuvo sin atajar. Volvió el sábado pasado de una lesión en su pierna derecha madas de varias personas, que me preguntaban cómo me sentía. El profesor Rueda se comunicó conmigo después del último partido (el sábado ante Olmedo) y me dijo que me siguiera esforzando. Me motiva saber que el DT está pendiente de mí”. Otro de los integrantes del cuerpo técnico que se contactó con el golero fue el preparador físico de la selección. “El lunes hablé con el profesor Rueda y ayer dialogué con (Car- los) Velasco, quien me preguntó cómo seguía y si tenía alguna molestia. Esas llamadas me dejaron tranquilo y muy emocionado”. Sobre su lesión, Banguera aclaró que “gracias a Dios me recuperé al 100%; si pudiese atajar con la selección sería lindo. Es lo mejor representar al país, es lindo estar ahí, fortaleciendo al grupo”. Acerca del cotejo frente a los dirigidos por el técnico Alejandro Sabella, cuya selección cuenta con jugadores como Lionel Messi (del Barcelona de España) y Sergio Agüero (delantero del Manchester City de Inglaterra), el golero “torero” indicó que “enfrentar a grandes jugadores a nivel mundial siempre va a ser motivante para un futbolista, pero en la cancha todos somos iguales. Solo resta esperar el partido y salir a ganar en Argentina”. (MRM) ÉXITO EN EL PREOLÍMPICO Guadamud fue oro en Guatemala El pesista ecuatoriano fue el mejor en la categoría de 94 kg. Levantó un total de 367 kg (166 en la modalidad de arranque y 201 en envión). La delegación patria acumula hasta el momento 4 medallas, y falta que compitan Nieves y Arroyo El pesista Eduardo Guadamud ganó el miércoles por la noche la medalla de oro en el Preolímpico de Guatemala, que finaliza hoy y en el que Ecuador busca un cupo en varones para acudir a los JJ.OO. Al momento la delegación nacional acumula cuatro medallas (1 de oro, 1 de plata y dos bronces). Guadamud, en los 94 kg, fue el campeón del Grupo “A” al levantar 367 kg (166 en arranque y 201 en envión). La plata la consiguió el cubano Javier Vanega Ríos al completar Aclamado por todos, cotizado por los mejores equipos, el jugador colombiano está causando furor, gracias a su cuota goleadora. 363 kg (170- 193) y el bronce fue del venezolano Jesús González con 362 kg (162- 200). En días anteriores, la medalla de plata la consiguió Alexandra Escobar (58 kg) y los dos bronces fueron de Freddy Tenorio (85 kg) y Rosa Tenorio (69 kg). Hasta el momento ya han intervenido diez pesistas ecuatorianos de una delegación de 12 halteristas. Los últimos en competir serán: Seledina Nieves (+75 kg) y David Arroyo (105 kg). El Campeonato Panamericano, en el que participan halteristas de 15 países, otorga cupos a los JJ.OO. para los siete primeros puestos en varones por equipos (uno por país). Una vez que finalice el Preolímpico, la Federación Ecuatoriana de Levantamiento de Pesas (FELP) anunciará el nombre de la tercera pesista femenina que irá a Londres, ya que Escobar y Nieves lograron sus cupos en el Campeonato Mundial de Halterofilia en Francia, en noviembre pasado. No llegó a ser beisbolista profesional: En 1986 nació Falcao, en Santa Marta. Su nombre de pila combina el de su padre, quien había sido un futbolista recio y de sacrificio, y el apellido de Pablo Roberto Falcao, volante de gran talento que jugó en la muy recordada selección de Brasil que destacó en los mundiales de 1982 y 1986. Heredó la capacidad de sacrificio, el bajo perfil y el temple de su padre, y nació dotado con el despliegue técnico del gran volante de creación brasileño. Criado en Venezuela, donde jugaba su papá (de milagro no se convirtió en beisbolista profesional, el deporte que practicó de niño), y se formó como futbolista en las categorías menores. El Ajax lo quiso: Ajax de Amsterdam fijó sus ojos en este jugador; a los 11 años sugirieron llevarlo a Holanda. Sin embargo, su familia consideró que era muy joven aún para separarse de sus padres. El 28 de agosto de 1999, con 13 años, se vinculó al equipo Lanceros Fair Play (hoy conocido como Patriotas, de Tunja), y debutó ante Deportivo Pereira. Entrenó un año con Millonarios, donde no fue reconocido su talento; la pista de la joven promesa se perdió. Tiempo después se supo que estaba en Buenos Aires, en River Plate, donde hizo el tránsito desde la octava hasta la tercera división. Años de soledad y sacrificio, donde demostró lo heredado por su padre: el temple y la determinación. Regresó anotándole a Boca: En el primer equipo de River debutó en 2005, ante Instituto de Córdoba. Al comienzo parecía estar negado al gol, hasta que el 2 de octubre anotó ante Independiente de Avellaneda. A partir de ese momento despegó su fama de goleador y representó a Colombia en el Mundial Juvenil de aquel año, llegando a octavos de final, marcando 2 goles en 3 partidos. En el 2006 una lesión de los ligamentos de la rodilla no permitió que estuviese sobre el gramado verde durante casi todo el año. Su regreso a las canchas se dio en el 2007, en los torneos de verano austral. Le marcó un gol a Boca, el eterno rival de River, y la hinchada comenzó a idolatrarlo. Con Simeone, doble campeón: Mucho se habla de que un equipo necesita solo de buenos jugadores, o solo de un gran técnico. Para que un equipo triunfe tiene que tener jugadores de categoría, además de un técnico que sepa explotar las capacidades de sus jugadores. Diego Simeone sabe de los dotes de Falcao, su habilidad, determinación, destreza con el balón, sabe pegarle con las dos piernas y además es un eximio cabeceador; esas características completan su variado repertorio técnico. Solo ganó un torneo con River, el Tornero Clausura, en el 2008; el técnico era Simeone, actual orientador del Atlético de Madrid, que acaba de coronarse campeón de la Europa League. Ese año se casó con la cantante argentina Lorelei Tarón. Apenas tenía 22 años y ella 20. El mejor de Europa Su desempeño ha denotado tanta euforia y tanta algarabía en los colombianos y en todos los que disfrutamos del fútbol. El histórico “Pibe” Valderrama ha señalado que “Falcao puede superar lo que hicimos el resto de jugadores que fuimos a Europa”. Opiniones en las redes sociales destacaban su labor en la final, en la que dos golazos dejaron anonadados a los hinchas. Juan Manuel Santos felicitó así al futbolista por Twitter: “Falcao una vez más orgullo de Colombia en el exterior. Su actuación deja muy en alto el nombre de nuestro país”. 0,86 promedio de gol: Su adaptación al fútbol europeo no le fue difícil. En el 2009-2010 que llegó al Porto de Portugal, se adaptó de inmediato y sus tantos no se hicieron esperar. Aquel año anotó 46 goles, con un promedio de 0,86 goles por partido. En la siguiente temporada ganó con su equipo la liga y la Copa de Portugal, así como la Supercopa y la Europa League, en la que marcó el tanto del triunfo ante el Sporting Braga, también de Portugal. En las dos temporadas con la camiseta del Porto decretó 72 goles en 84 partidos. El Atlético de Madrid pagó 40 millones de euros por su pase. Ha marcado 24 dianas, y solo lo superan Messi, con 50, y Ronaldo con 46. En la Europa League anotó 12 tantos, quedando como el artillero. Es el primer jugador que queda primero en la tabla de arponeros dos ediciones seguidas, la anterior con el Porto, marcando 17. Con el Atlético de Madrid ha marcado 36. En su carrera, tanto en clubes como con selecciones colombianas, ha anotado 164 goles en 291 partidos. 100 millones por su pase: El Chelsea está dispuesto a dar a Fernando Torres, el pase más caro de la Premier, y desembolsar 20 millones de dólares más por él. El futuro de Falcao es incierto, pero algo quieren los colombianos de este asombroso delantero, y es que Colombia necesita sumar de a 3 en las fechas eliminatorias que se vienen en junio frente a Perú y Ecuador. Necesitan gritar sus goles. Atlético 2-Millonarios 1 No se cansa de hacer goles, el miércoles en el amistoso entre el Atlético y el equipo del que Falcao es hincha confeso, Millonarios, el colombiano se mandó un golazo. De espaldas al arco la paró con el pecho y tras un remate de media chilena venció a Nelson Ramos a los 3’. Fanático El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 19 INDEPENDIENTE Y LIGA DE LOJA COMPARTEN EL PRIMER LUGAR Seis clubes luchan por la punta Quedan 21 unidades en disputa para que termine la primera etapa del torneo nacional. Entre el líder y el sexto de la tabla solo hay 3 puntos de diferencia. La fecha 16 se inicia hoy (20:00) en Cuenca, entre el local y Liga de Quito Estadísticas de la fecha 16, por Antonio Ubilla Un vistazo a los 6 primeros en la tabla Independiente vs. Olmedo Mañana 18:00 Partidos jugados: 9 Triunfos Independiente: 3 Goles a favor: 12 Empates: 4 Triunfos Olmedo: 2 Goles a favor: 9 1 26 pts. + 6 Redacción Fanático [email protected] Cuando restan siete jornadas para que finalice la primera etapa del Campeonato Nacional, la pelea por el primer lugar está entre seis equipos: Independiente del Valle, Liga de Loja, Liga de Quito, Barcelona, Emelec y Deportivo Cuenca. Entre el primero y el sexto hay solo tres puntos de diferencia, por lo que un triunfo o una derrota puede hacer que un club sea el nuevo líder o descienda varias ubicaciones. Hoy (20:00) se inicia la fecha 16 del torneo con el encuentro entre Deportivo Cuenca y Liga de Quito. Un triunfo de la escuadra quiteña la colocaría provisionalmente en el primer puesto, mientras que los cuencanos ven un poco lejana esa posibilidad. Tienen 23 puntos y -4 de gol diferencia, mucho menos que los líderes del torneo. La punta, por ahora, está en manos de Independiente y Liga de Loja y no pertenece a los favoritos como Barcelona, El Nacional, Liga de Quito, Deportivo Quito o Emelec; que, entre todos suman, 51 títulos. Con 21 puntos aún en disputa el equipo que quiera ser finalista deberá ser regular para llegar a disputar el campeonato. Entre hoy, mañana y el domingo las posiciones en la tabla podrían dar un giro total. Sin embargo, los punteros son favoritos para permanecer ahí, pues juegan en condición de local. Independiente recibe mañana (18:00) a Olmedo, que es último en la tabla de posiciones y nunca ha podido ganar en Sangolquí. Barcelona hará de local (18:00) en el Monumental ante Macará, noveno en la tabla, pero dependerá de otros resultados para ser el líder absoluto. En 75 partidos disputados entre ambos, los ambateños ganaron en 3 ocasiones en Guayaquil. Mientras tanto, los lojanos reciben el domingo a Deportivo Quito en el estadio Reina del Cisne (15:00), escenario en el que solo han cedido dos empates y ganaron cinco encuentros. No obstante, en torneos pasados, el actual campeón ya ganó en esa cancha en dos ocasiones. Otro candidato para la punta es LDU Loja vs. D. Quito Domingo 15:00 Partidos jugados: 9 Triunfos LDU Loja: 3 Goles a favor: 10 Empates: 1 Triunfos D. Quito: 5 Goles a favor: 18 2 26 pts. + 4 Emelec, que visita a Técnico Universitario, también el domingo (11:30). Para los azules, ganar en el Bellavista no es novedad, ya que lo han hecho en 9 ocasiones. Además, desde que el uruguayo Mario Saralegui se hizo cargo del conjunto ambateño, aún no ha ganado, acumula dos derrotas y dos empates. Con el primer partido de la fecha, esta noche en el estadio Serrano Aguilar, sea cual sea el resultado, la tabla de posiciones se moverá. Liga está en los primeros puestos, pero se muestra inconforme con el nivel que ha presentado. “Nadie está contento con el nivel de juego de Liga; nosotros somos los primeros en estar preocupados. Cada partido será así, una final, no solo para nosotros, sino para todos los que estamos peleando por llegar primeros”, dijo el juvenil del conjunto “albo” José F. Cevallos. Solo el gol diferencia separa a los del Valle con los de la “Garra”, los primeros tienen +6 y los otros +4 Néicer Reasco también se refirió al momento futbolístico de Liga: “Tenemos muchas imprecisiones y la desesperación por salir de este momento nos hace tener más desconfianza. Creo que si nosotros mejoramos el rendimiento individual se verá reflejado en lo colectivo”. Deportivo Cuenca, por su parte, deberá suplir la baja de Geovanny Caicedo, que sufrió la rotura del tendón rotuliano de su pierna derecha y estará fuera cinco meses. El paraguayo Miguel Paniagua podría ser su reemplazante. Es la tercera lesión de gravedad que sufre un elemento de Deportivo Cuenca. Antes también entró al quirófano el defensa Deison Méndez por la rotura del tendón de Aquiles y el delantero argentino Federico Laurito fue operado de los meniscos de su rodilla derecha y podría regresar la próxima semana. (AGM) *D. Cuenca vs. Liga de Quito Hoy 20:00 Partidos jugados: 133 Triunfos Liga de Quito: 55 Goles a favor: 172 Empates: 41 Triunfos D. Cuenca: 37 Goles a favor: 131 3 Barcelona vs. Macará Mañana 18:00 Partidos jugados: 75 Triunfos Barcelona: 36 Goles a favor: 120 Empates: 20 Triunfos Macará: 19 Goles a favor: 77 4 25 pts. + 12 25 pts. + 11 T. Universitario vs. Emelec Domingo 11:30 Partidos jugados: 77 Triunfos T. Universitario: 25 Goles a favor: 84 Empates: 13 Triunfos Emelec: 39 Goles a favor: 128 5 25 pts. + 9 *D. Cuenca vs. Liga de Quito Los "morlacos" son los que tienen menos probabilidades de escalar a la cima, por su gol diferencia. Para topar lo más alto no solo necesitarían vencer a los "albos", sino golearlos y esperar el traspié de Independiente, Loja, Barcelona y Emelec. 6 23 pts. - 4 GAD MUNICIPAL DE SAN JACINTO DE YAGUACHI AVISO DE PAGO El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de San Jacinto de Yaguachi ha determinado acreencias impagas a favor de Contratistas, razón por la cual se requiere a los Representantes Legales de: la Cía. LOOR S.A., que efectuó la reconformación de calles en el sector de “La Y” (Contratos 8 y 9); así como, al ING. MANUEL IBARRA AVILES por la construcción de una cancha de indor en el Recinto Cascol (Orden de Trabajo Nº 7). En tal virtud deberán acercarse lo antes posible a estas dependencias con los documentos que acredite el respaldo correspondiente. San Jacinto de Yaguachi, Mayo 05 del 2012 El Tesorero Municipal 20 Fanático El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 ES LA MAYOR ENCESTADORA CON 236 PUNTOS JUEGAN HOY EN EL ESTADIO DE CHILLOGALLO Astou Traoré impone su ley bajo el tablero en la Liga Femenina EMILIA ALBÁN | EL TELÉGRAFO Mundialistas participan de inauguración de selectivos EMILIA ALBÁN | EL TELÉGRAFO Es uno de los pilares de Mavort, que busca su clasificación para disputar los cotejos de “playoffs” de la fase semifinal. Orense, UTE, Santa María y San Camilo, también son firmes candidatos a entrar La cancha del estadio del Aucas luce en buena forma para el cotejo de esta mañana. Un singular acto por efectuarse hoy en el estadio de Sociedad Deportiva Aucas, desde las 10:00, marcará la inauguración oficial de los torneos selectivos estudiantiles en 12 disciplinas deportivas, cuya disputa se inició el miércoles anterior con vistas a la conformación de las selecciones nacionales que tomarán parte en los II Juegos Escolares Panamericanos en Guatemala y en los Juegos del Alba, en Bolivia. Uno de los atractivos del acto inaugural es el encuentro de fútbol de carácter amistoso a cargo de la primera selección ecuatoriana que clasificó a un campeonato mundial de fútbol, el de Japón y Corea 2002, bajo el comando técnico del colombiano Hernán “Bolillo” Gómez, según se pudo conocer, y un combinado nacional de ex figuras que será dirigido por Dussan Drascovick. El estadio del “Ídolo” capitalino recibirá por vez primera a una selección mundialista. Futbolistas como José F. Cevallos, actual ministro del Deporte; Iván Hurtado, Augusto Poroso, Alfonso Obregón, Edwin Tenorio, Kléber Chalá, Agustín Delgado, entre otros, jugarán por la “Tri”. El equipo de ex figuras contará con el concurso de conocidos elementos como Álex Cevallos, Wagner Rivera, Jimmy Montanero, Fricson George, Héctor Carabalí, Eduardo Hurtado, Carlos Alfaro Moreno y otros jugadores reconocidos. (FMR) Con uniforme azul, Astou Traouré (10), de Senegal, mira la trayectoria de su lanzamiento ante la mirada de Jéssica Preciado, de UTE. LA JORNADA [email protected] La recta final de la Liga Nacional Femenina de Baloncesto ha cobrado aires de espectacularidad. La segunda vuelta del certamen, iniciada la semana anterior, arroja resultados sorpresivos con triunfos de los quintetos visitantes como ocurrió el viernes anterior en el coliseo J.C. Hidalgo, cuando el equipo favorito UTE cayó en casa frente al representativo del Santa María-USFQ 77-80, mientras en Machala, el líder del certamen, Orense SC, fue superado 75-66 por el plantel mavorista. La senegalés Astou Traoré es la máxima encestadora de Mavort y del certamen, luego de la séptima fecha al registrar 236 puntos. Ante la afición capitalina la africana volvió a deleitar con su efectividad dentro y fuera de la llave; en todos los cotejos disputados, su media de conversión es de 30 puntos, aunque “hay partidos en que anoto hasta 48 (encestó 49 ante Uruguay), todo depende, porque no siempre se juega bien y se lo hace más o menos”, advierte la ex mundialista. Traoré se vinculó al elenco “constructor” hace una temporada, por medio de un agente de jugadoras de la liga española y europea. La senegalés es de las más valoradas técnicamente en la Liga y ha logrado convertirse en uno de los soportes de su equipo. Aún sin hablar fluidamente el español, habida cuenta de que en su país el idioma oficial es el francés -pero ella, también, se expresa en inglés-, no fue difícil entablar el diálogo, pues su militancia por varios años en la Liga 1 Profesional del Básquetbol de España le ha permitido aprender el castellano. Astou refiere que la práctica del baloncesto la inició cuando tenía 12 años y su trajinar por las canchas, QUINTETOS DE MAVORT Y UTE LOGRARON BOLETO PARA LAS SEMIFINALES Los representativos del Mavort y UTE lograron sendas victorias, la noche del miércoles anterior, en el marco de la Liga Nacional Femenina de Baloncesto. Las “constructoras” se levantaron con una apretada victoria 78-76 frente a un luchador y bien dispuesto conjunto del San Camilo-Quevedo, que experimentó una espectacular reacción. En este compromiso destacó la senegalés Astou Traoré, que anotó 34 puntos. En el cotejo estelar, UTE doblegó sin discusiones a su similar del Orense SC por 84-69. Las pivots Sarah Toch, del quinteto machaleño, y Gisella Vega, de las equinocciales, fueron gran aporte. españolas especialmente, se ha extendido por espacio de 19 temporadas (actualmente tiene 31 años). Dijo sentirse bien en su club, el Mavort, siendo esta su segunda incursión en la Liga Nacional Femenina Ecuatoriana. “Es un equipo que juega muy bien y soy la más efectiva; mi forma de jugar es 1 contra 1 y ese es mi fuerte, pero a veces estoy sola para poder lanzar de tres”, sostiene la alera pivot de 1,83 m de estatura. No hay antecedentes respecto a la participación de jugadoras africanas en el baloncesto ecuatoriano y posiblemente, es la primera en hacerlo, aunque ahora su compatriota Sarah Touch Ousmsul juega en el Orense, también como figura. Astou destaca el espíritu solidario de sus compañeras, porque “yo he venido acá para ayudarlas y ellas también tienen que apoyarme. Jugamos en equipo, por eso ganamos y en la cancha nos sentimos muy bien”. Al baloncesto ecuatoriano no lo considera auténticamente profesional, pues aseguró que no tiene la dureza que hay en España, pero ha procurado asimilar la situación. No ha tenido mayores inconvenientes para adaptarse al medio quiteño en cuanto a la alimentación, sin mostrar predilección por algún plato en especial. Afirmó que sus mejores actuaciones en Ecuador fueron en climas cálidos, porque son un tanto parecidos al de Senegal, en donde “nunca hace frío”. El técnico nacional Patricio Poncel sostiene que los aportes extranjeros (Astou Traoré y la ex Ourinhos, Yacquelyn Plutín) rinden de la mejor manera. “Son buenas jugadoras, muy positivas para el grupo, les gusta trabajar y estoy muy contento con ellas, pero todavía pueden dar más, no han llegado a un techo y no olvidemos que los demás equipos tienen excelentes extranjeras. Este año han venido profesionales de primer nivel”. Traoré tuvo gran presencia en la Liga Nacional del año anterior y en esta nueva incursión en el baloncesto ecuatoriano aspira a repetir su designación como la mayor encestadora. “Me encantaría ser la máxima anotadora de la Liga, tengo buenas posibilidades, pero debo esforzarme más, hay otras jugadoras que también tienen muchos méritos, así que va a ser difícil”. (FMR) SE MANTIENE COMO LÍDER ABSOLUTO E INVICTO Aucas sigue siendo una gran atracción para sus hinchas EMILIA ALBÁN | EL TELÉGRAFO Redacción Fanático El tradicional cuadro quiteño venció 3-1 a su similar de Cuniburo. La hinchada de Sociedad Deportiva Aucas volvió al estadio de Chillogallo y salió satisfecha luego de la victoria registrada el miércoles anterior frente al representativo del Cuniburo por 3-1, en cotejo con el carácter de diferido, cuyo desenlace afirmó en el tope del tablero posicional y en condición de invicto al plantel que adiestra el técnico nacional José Vicente Moreno, que acumula 30 puntos en 10 encuentros disputados. A pesar de ser un día laborable, alrededor de 3.500 seguidores de la divisa oro y grana se dieron cita en el escenario del sur de la ciudad. Identificados con camisetas y con cucayo en la mano, los fanáticos ingresaron por la tribuna principal (único sector que abrió sus puertas) para copar los graderíos y luego dispersarse hacia las localidades de la general. Alumnas de algún colegio del sector, luciendo elegantes uniformes, observaron atentas los goles de Gustavo Figueroa (36’), Juan Villacrés (86’) y Wellington Sánchez (91’), ni tampoco el transitorio empate de Jimmy Delgado a los 69’. Como un simple espectador, Jaime Iván Kaviedes siguió las incidencias del compromiso en los graderíos, acompañado de un pequeño, y firmó varios autógrafos. (FMR) CINE Y TELEVISIÓN El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 Cartelera de cines TV abierta ECUAVISA 05:00 06:00 07:00 08:00 08:20 08:30 11:00 11:15 12:00 13:00 14:00 15:00 16:00 17:00 18:00 19:00 20:00 20:45 21:00 22:00 23:00 00:00 00:30 01:00 02:00 Siete pecados Contacto al amanecer Contacto directo Contacto directo en la comunidad Estrellas y estrellados En contacto El pan nuestro Dragon Ball Z Doraemon Televistazo Así somos Rebelde Más sabe el diablo ¿Dónde está Elisa? Al fondo hay sitio Combo amarillo Televistazo Edición especial Estrellas y estrellados Cuchicheos Relaciones peligrosas Una maid en Manhattan Telemundo Código fútbol Sin senos no hay paraíso Oye bonita ECUADOR TV 05:30 06:00 07:45 08:30 09:00 09:30 10:00 12:30 12:50 13:30 13:40 14:00 14:20 14:50 17:30 18:00 18:30 19:00 19:25 19:37 19:45 20:15 20:45 21:45 22:30 00:00 01:00 01:45 02:15 02:45 03:45 04:30 05:00 Educando a la princesa Gente al día Lo público Los niños en su casa Educando a la princesa Mi árbol de naranja-lima Animados Meridiano Pequeños ángeles Bernardo/Cordero Shaun Pitufos/La pequeña Lulú Meridiano Bernardo/Pocoyo Animados Noticiero juvenil ECTV regional Lulú/Pitufos ECTV noticias Deportes ECTV Descubriendo al mundo con Samantha Educando a la princesa Encanto BBC ECTV noticias Bernard en la noche Auto, tuercas e hijos BBC ECTV noticias Encanto Bernard en la noche Auto, tuercas e hijos Pequeños ángeles COE RTS 05:27 05:30 06:00 07:25 07:45 09:30 10:50 12:00 13:00 14:00 16:00 17:00 18:00 19:00 20:00 22:00 22:45 23:25 23:50 Himno Nacional del Ecuador Caminos La noticia Copa La noticia en la comunidad El club de la mañana Un amor inolvidable Lo que callamos las mujeres Caso cerrado Vamos con todo Lo que callamos las mujeres Cada quien su santo Caso cerrado Sorprendente Combate La noticia Copa La noticia en la comunidad NCIS: Criminología naval TELEAMAZONAS 05:00 05:30 06:00 06:55 08:00 09:00 09:30 10:30 11:00 11:30 12:30 13:25 13:55 14:10 14:30 14:55 15:05 16:15 17:30 18:30 19:30 20:00 20:45 21:00 22:00 23:00 00:00 01:30 02:15 02:45 03:15 Tres Patines El chapulín colorado 24 horas La mañana 24 horas La plena Descifrando los secretos de los magos Vivos (r) Tremebunda corte La pareja feliz Los Simpson 24 horas Comunidad Deporte total En corto Lo grande de Pequeños gigantes Me duele cuando me río Chapulín colorado La familia Peluche Los Simpson Humor amarillo 24 horas Cápsulas de Pequeños gigantes Pareja feliz 3 Flor salvaje Amar y temer Una loca película de Esparta Detectives por accidente Videocontrol Reprise 24 horas Inspiración 16:00 17:00 18:00 19:00 20:00 21:00 22:00 23:00 00:00 00:30 01:15 02:00 02:30 03:30 04:30 Tu voz estéreo Dr. Oz Dos hogares Gamanoticias La que no podía amar Rosa de Guadalupe Abismo de amor Primera dama Los canarios Templo del fútbol Esperanza del corazón Natures Garden Marimar Teresa Miembros de la iglesia de Dios internacional 05:30 05:45 06:00 08:00 08:30 09:30 10:30 11:30 13:15 14:00 15:00 Pare de sufrir Chavo animado Gamanoticias T Ventas Chavo animado María la del barrio Teresa Dueños del mediodía Gamanoticias La rosa de Guadalupe Soy tu dueña GUAYAQUIL La dama de negro CINEMARK - MALL DEL SOL Comando especial Solo por dinero (e) 12 años 18:20 20:30 22:40 16 años (subtitulada) 17:30 La cosa de otro mundo 12 años (subtitulada) 13:00 15:20 17:30 19:40 21:50 12 años 16:50 Ópera madame Butterfly en 3D (e) Los Vengadores en 3D 12 años 19:00 TP (doblada) 15:15 18:15 21:15 Cuando te encuentre (e) 12 años 12:50 15:10 17:40 20:10 22:30 Venezzia (e) 12 años 14:30 19:20 21:40 Batalla naval en 2D TP (doblada) 13:20 16:20 19:10 Los Vengadores TP (doblada) 13:15 14:45 16:15 17:45 19:15 20:45 Los Vengadores TP (subtitulada) 22:15 Furia de titanes 2 en 3D TP (doblada) 21:45 Pescador en 3D LOS CEIBOS 12 años (subtitulada) 21:35 23:25 Venezzia (e) Reencarnación de los muertos (e) Cuando te encuentre (e) 16 años (subtitulada) 14:15 15:55 16:20 18:00 18:25 20:05 20:30 22:10 London River (e) 12 años (subtitulada) 16:20 18:40 21:10 Batalla naval digital TP (subtitulada) 15:00 18:00 21:00 Batalla naval TP (doblada) 14:10 16:50 19:40 22:30 Batalla naval TC TELEVISIÓN 00:30 01:30 02:00 02:30 03:30 04:00 04:30 05:30 06:00 06:45 08:00 08:25 09:10 10:00 12:00 12:30 13:30 14:30 15:30 16:30 18:00 19:00 20:00 21:00 22:00 23:30 Iglesia universal ¿Vieja yo? 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Vengadores en 3D Batalla naval digital TP (subtitulada) 16:00 18:40 21:20 TP (doblada) 13:15 14:00 15:45 16:15 16:30 17:00 18:45 19:15 19:30 20:00 21:45 22:30 Batalla naval Los Vengadores TTP (subtitulada) 15:10 17:40 20:20 TP (doblada) 18:10 20:45 21:10 23:45 Miniespías 4 MILENIUM PLAZA TP (doblada) 14:50 16:50 18:50 La dama de negro Reencarnación de los muertos (e) 12 años 14:10 20:50 16 años (subtitulada) 19:05 20:45 21:00 22:40 Batalla naval La cosa del otro mundo Solo por dinero (e) TP (doblada) 13:10 16:00 12 años (subtitulada) 14:45 Miniespías 4 Comando especial 12 años (subtitulada) 13:15 14:55 15:15 16:55 17:10 18:50 TP (doblada) 13:20 15:30 16 años (subtitulada) 21:50 Batalla naval Los Vengadores en 3D TP (doblada) 13:25 15:45 15:55 18:15 18:40 21:00 La dama de negro 12 años 14:30 Comando especial 16 años 13:00 La cosa de otro mundo 12 años 14:20 Los Vengadores en 3D TP (doblada) 13:30 16:30 19:30 TP (doblada) 14:30 15:00 17:30 18:00 20:30 Los Vengadores en 3D TP 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16 años (subtitulada) 14:30 19:20 21:40 Miniespías 4 Piratas, una loca aventura TP (doblada) 15:20 17:00 17:25 19:05 19:30 21:10 TP 13:15 14:55 La dama de negro MALL DEL RÍO Cuando te encuentre (e) 12 años (subtitulada) 13:30 15:45 18:00 20:15 22:30 London River (e) 12 años (subtitulada) 15:20 20:00 22:10 Batalla naval digital TP (doblada) 15:30 18:30 21:30 12 años (subtitulada) 21:05 22:50 Los Vengadores TP (doblada) 15:10 17:45 18:00 20:35 20:50 23:25 La cosa de otro mundo Reencarnación de los muertos (e) 12 años (subtitulada) 13:00 14:55 Batalla naval 16 años (subtitulada) 18:50 20:30 20:45 22:25 Batalla naval Comando especial TP (doblada) 13:00 16:00 19:00 22:00 16 años (subtitulada) 13:45 15:45 Miniespías 4 en 3D Miniespías 4 en 3D Los Vengadores en 3D TP (doblada) 13:25 15:05 TP (doblada) 15:00 17:15 19:30 TP (doblada) 13:05 14:00 15:40 16:10 16:35 17:05 18:20 18:45 19:15 20:10 20:55 21:50 Miniespías 4 Los Vengadores en 3D Los Vengadores en 3D Miniespías 4 TP (doblada) 14:20 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Flacso y Mundo Juvenil se suman INTERNET 22 "Cave of Forgotten Dreams" se verá en salas 3D de Supercines de Guayaquil. Redacción Cultura [email protected] Este año el Festival Internacional de Cine Documental EDOC (Encuentros del Otro Cine) no solo aumenta su programación a 85 documentales, de 20 países, sino que a las sedes ya establecidas en Quito -el cine Ochoymedio, Incine y sala Alfredo Pareja de la CCE- se añaden Flacso Cine (Edificio Biblioteca) y Mundo Juvenil. La primera es una sala de cine con tecnología de punta, inaugurada este año con un preestreno del filme “Pescador”; y el segundo, ya considerado sede del festival en 2010, sigue su proceso de transformación en un lugar central para la realización de actividades conjuntas -Corporación Cinememoria, organizadora de los EDOC, tiene sus oficinas en la fundación- en los campos educativo y cultural. Una de las principales atracciones de la programación de la décimo primera edición de los EDOC será el filme en 3D “Cave of Forgotten Dreams”, sobre las pinturas rupestres de la cueva de Chauvet-Pont-d’Arc (Francia), celebrada obra de Werner Herzog. Se proyectará en Multicines del CCI -el 22 de mayo, a las 18:00 y a las 20:00-. El filme, junto con “This is not a film”, de Moitaba Mirtahmasb y del realizador iraní Jafar Panahi, constituye la sección Presentaciones Especiales. Las sedes para ese apartado las completan la Plaza La J y el Centro Cultural de la Fundación Abril 19, situado en los locales de la antigua discoteca Factory. Flacso Cine proyectará entre 2 y 3 funciones diarias hasta el 27 de mayo, cuando concluirá el festival en Quito, mientras que en Mundo Juvenil habrá 2 funciones diarias hasta el 26 de mayo. Una de las más destacadas en este último espacio es “La casa del ritmo, A film about Los Amigos Invisibles”, coproducción ecuatoriano-estadounidense dirigida por el manabita Javier Andrade, a las 19:00 de este sábado. Se vende un pasaporte que da acceso a todas las funciones del EDOC 11 por $ 26. Los horarios pueden revisarse en 2012.festivaledoc.org. La siguiente ciudad en la que se verá el festival es Guayaquil, de mayo 31 a junio 6. Cultura El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 23 EL 25 DE JULIO, LA LLAMA OLÍMPICA PASARÁ JUSTO POR DELANTE DE ESTE GRAFITI Obra de Banksy, ¿contra el jubileo y los juegos? El enigmático grafitero británico ha sorprendido con su última creación, al norte de Londres, en la que parece arremeter contra el jubileo de diamantes de la reina Isabel II y las Olimpiadas que se celebrarán pronto en la capital inglesa. Los críticos ya discuten la pintura EFE Agencia EFE y Redacción [email protected] El más reciente grafiti de Banksy, pintado en la pared de un bazar, representa a un niño de origen asiático, sin zapatos y con ropa desgastada, trabajando ante una máquina de coser en la confección de una decena de banderas del Reino Unido, que estos días decoran las calles londinenses con motivo de los sesenta años en el trono -jubileo de diamantes- de Isabel II. La pintura se interpretó ayer en varios medios británicos como una crítica al gasto que supondrán las celebraciones de estos 60 años de reinado, en contraste con las condiciones de vida que existen en países menos desarrollados. Otros también han visto un ataque a Londres 2012, ya que recientemente se descubrió que los uniformes de los atletas británicos y voluntarios de los juegos estaban siendo fabricados en condiciones de explotación en talleres de Indonesia. Como es habitual en las obras de Banksy, los debates sobre su significado también se extendieron ayer entre los curiosos que se acercaron a ver el grafiti, ya protegido por un cristal y del que gran parte de las banderas han sido retiradas. Ryan, un joven que se acercó a ver la obra al descubrir que estaba en la esquina de su casa, celebró la aparición de una nueva obra de Banksy, al que calificó como "uno de los principales referentes del arte contemporáneo", pero no apreció en ella ninguna relación con el jubileo. "Si hubiera querido atacar a la monarquía, habría sido mucho más directo. Creo que se refiere a las condiciones laborales que hay en los países menos desarrollados para que nosotros podamos consumir. Está en la pared de un bazar, no es casualidad", opinó. Ángela Arboleda retomará su personaje La Dama de Urbina Jado en el Centro Cultural Sarao La narradora oral Ángela Arboleda ha prometido que esta noche, a las 21:00, “después de muchos años abriendo cabareces por Iberoamérica, vuelve al puerto de Guayaquil la vieja más dicharachera, la madrina, la gerente propietaria del Cabaré La Concha Dentada: La Dama de Urbina Jado”. Retoma así el espectáculo Cuentos del Cabaré “La concha dentada” que ha sido presentado en Manta y Ambato, además de en festivales de oralidad de Buga, Ríoacha, Bucaramanga, Medellín, Matanzas, Ciudad de México, Zacatecas, Alajuela, Barquisimeto y Buenos aires. Sus funciones en Elche, Albacete, Valencia, Burgos y Barcelona en España, recibieron excelentes críticas de la prensa especializada. Mañana, a la misma hora, habrá otra función. Las entradas tienen un valor de $10 y 8. Cuentario del crítico literario y escritor Rafael Montalván Barrera se revelará en Quito A diferencia de lo que sucedió con la obra en Melbourne, el nuevo grafiti ya cuenta con un vidrio de protección. En divergencia, otro transeúnte se mostraba convencido de que la obra está relacionada con la polémica sobre los Juegos Olímpicos y las condiciones de explotación en la factoría de Adidas donde se elaboran los uniformes del equipo británico. El misterio que envuelve la figura de Banksy, así como el contundente mensaje de sus grafitis, lo han convertido en un icono anticapitalista, a pesar de que sus obras se encuentran en todas las tiendas de "souvenirs" de Londres. Paralelamente en Melbourne, Australia, una pieza de arte urbano de Banksy, valorada en $ 50.000 fue destruida por accidente durante Banksy oculta su identidad a la prensa. Muchos periódicos dicen que podría ser Robert o Robin Banks unas obras de reparación de un local, informaron el miércoles medios locales. La obra, una plantilla de color negro que muestra una rata haciendo paracaidismo, fue pintada por el artista británico hace más de 15 años en una pared del barrio de Prahran. Los residentes del vecindario mostraron su asombro al darse cuenta de que el afamado grafiti había sido arruinado por unos trabajadores de la construcción que hicieron un agujero en la pared para dar paso a unas tuberías sin percatarse de la obra de arte. «Sin darse cuenta han destrozado una parte de la historia de esta ciudad», afirmó al canal ABC Tina McKenzie, propietaria de un negocio cercano. La pieza tenía un tamaño de unos 20 por 20 cm. Los residentes del barrio han instado al consejo local a establecer un registro de arte callejero para evitar destrozos. “Ficcionario Anónimo”, del crítico literario y escritor Rafael Montalván Barrera, se dará a conocer en la capital, hoy, a las 19:00, en Cafelibro (Leonidas Plaza N 23-56, entre Wilson y Veintimilla). Intervendrán Ernesto Torres Terán y Abdón Ubidia Un carácter híbrido se desprende del cuentario por la cabida que da a los subgéneros textuales que rasgan, además, sus ejes temáticos: ciencia, enciclopedismo, historia, fluir de la conciencia, ensayo, publicidad. Consta de 25 títulos que exponen varias técnicas en su constitución estructural. Su autor, Rafael Montalván Barrera (Guayaquil, 1963), es historiador, poeta, narrador, docente e investigador, y también ha ejercido el periodismo y la crítica literaria. El psicólogo y escritor Manuel Capella Palacio lo califica como libro raro. “La mejor forma de leer estos cuentos es imaginándose zootecnista, científico naturalista o paciente del instituto de Neurociencias”, recomienda. EXTRACTOS 24 CITACIONES REMATES El Telégrafo I viernes 18 de mayo del 2012 Gaceta DIRECCIÓN: GUAYAQUIL: Av. 10 de Agosto 601 y Boyacá. Teléf.: (04) 232-8814 QUITO: San Salvador E6-49 y Eloy Alfaro. Teléf.: (02)252-2331 • AGENCIA CLEMENTE PONCE: Clemente Ponce N14-13 y Hermanos Pazmiño.Teléf.: (02) 322-7153 HORARIO DE ATENCIÓN DE LUNES A VIERNES: 8:30 - 18:00 EXTRACTO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DOMICILIO DE LA COMPAÑÍA SERVICIOS GENERALES S.A. SEGESA, DE LA CIUDAD DE GUAYAQUIL AL CANTON SAMBORONDON Y REFORMA DEL ESTATUTO. EXTRACTO CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA ASESORES INTEGRADOS ASERINTEG S.A. La compañía ASESORES INTEGRADOS ASERINTEG S.A., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Cuadragésimo del Distrito Metropolitano de Quito, el 14/marzo/2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.12.002343 de 10/mayo/2012. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 1.600,00 Número de Acciones 1.600 Valor US$ 1,00. Capital Autorizado US$ 3.200,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: A) PRESTACIÓN DE TODA CLASE DE SERVICIOS EN LAS RAMAS DE AUDITORÍA, LEGALES, TRIBUTARIOS....... Quito, 10/mayo/2012 1.- ANTECEDENTES.- La compañía SERVICIOS GENERALES S.A. SEGESA, se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Cuarto del cantón Guayaquil, el 9 de mayo de 1989, aprobada mediante Resolución No. 89-2-1-1-04235 el 15 de junio de 1989, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil, el 23 de junio de 1989. 2.- CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de domicilio de la compañía SERVICIOS GENERALES S.A. SEGESA, de la ciudad de Guayaquil al cantón Samborondón, y reforma del estatuto, otorgada el 12 de enero de 2012, ante el Notario Vigésimo Octavo del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12 0002118 de 30 de abril 2012. 3.- OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada el señor Luis Burgos Valverde, en su calidad de Gerente, de estado civil casado, ecuatoriano y domiciliado en esta ciudad de Guayaquil. 4.- CAMBIO DE DOMICILIO, REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia Compañías mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12 0002118 de 30 de abril 2012, aprobó el cambio de domicilio de la compañía SERVICIOS GENERALES S.A. SEGESA, de la ciudad de Guayaquil, al cantón Samborondón, y reforma del estatuto y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 5.- AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de domicilio de la compañía SERVICIOS GENERALES S.A. SEGESA, de la ciudad de Guayaquil al cantón Samborondón, a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En el caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento de los demás requisitos legales. 6.- REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a lo siguiente: "CLAUSULA SEPTIMA: DOMICILIO.- La Sociedad tendrá su domicilio principal en la ciudad de Samborondón y capacidad de establecer agencias o sucursales en cualquier otro lugar de la República y aún en el extranjero". Guayaquil, 30 de abril de 2012 Ab. Víctor Anchundia Places INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE GUAYAQUIL Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. (93337) EXTRACTO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DOMICILIO DE LA COMPAÑÍA COMERCIALIZADORA MOLINA E HIJOS S.A. (COMOHI), DE LA CIUDAD DE GUAYAQUIL A LA DE MILAGRO Y REFORMA DEL ESTATUTO. 1.- ANTECEDENTES.- La compañía COMERCIALIZADORA MOLINA E HIJOS S.A. (COMOHI), se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Séptimo del Cantón Guayaquil, el 27 de Septiembre de 2004, aprobada mediante Resolución No. 04-G-IJ-0005644 el 6 de Octubre de 2004, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil, el 20 de Octubre de 2004. 2.- CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de domicilio de la compañía COMERCIALIZADORA MOLINA E HIJOS S.A. (COMOHI), de la ciudad de Guayaquil a la de Milagro, y reforma del estatuto, otorgada el 2 de septiembre de 2011, ante el Notario Primero del cantón Milagro, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12 0000470 de 27 de enero del 2012. 3.- OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada la señora Rosa Narcisa Gutiérrez Alvarado, en su calidad de Gerente General, de estado civil casada, ecuatoriana y domiciliada en la ciudad de Milagro. 4.- CAMBIO DE DOMICILIO, REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G12.0000470 de 27 enero del 2012, aprobó el cambio de domicilio de la compañía COMERCIALIZADORA MOLINA E HIJOS S.A. (COMOHI), de la ciudad de Guayaquil a la de Milagro, y reforma del estatuto y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 5.- AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de domicilio de la compañía COMERCIALIZADORA MOLINA E HIJOS S.A. (COMOHI), de la ciudad de Guayaquil a la de Milagro, a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En el caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública en la indicada compañía; y, al cumplimiento de los demás requisitos legales. 6.- REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a lo siguiente: “ARTICULO CUARTO.- El domicilio principal de la compañía es la ciudad Milagro, cantón Milagro, Provincia del Guayas, y podrá establecer sucursales o agencias, en cualquier lugar de la República o del exterior, conforme a la Ley”. CTB/AMR Coralia Guayaquil, 27 de enero del 2012 Ab. Víctor Anchundia Places INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE GUAYAQUIL May. 17-18-19 (93265) AVISO DE REQUERIMIENTO A LOS ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA INMOBILIARIA GINGIO S.A. EN LIQUIDACIÓN En atención a los que dispone el ART. 393 de la Ley de Compañías, requiero públicamente a los acreedores de la Compañía Inmobiliaria Gingio S. A., en liquidación, para que en el término de veinte días contados a partir de la última publicación de este aviso, presenten los documentos que acrediten su derecho ante el suscrito liquidador, en las calles Lizardo García 916 y Alcedo de esta ciudad de Guayaquil. Transcurrido este término se tomará en cuenta únicamente a los acreedores que hayan probado su calidad y a todos los reconocidos en los libros de la Compañía. EXTRACTO EXTRACTO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DOMICILIO DE LA COMPAÑÍA CAMARONES ROLESA S.A., DE LA CIUDAD DE GUAYAQUIL AL CANTÓN SAMBORONDON Y REFORMA DEL ESTATUTO. DE LA ESCRITURA PUBLICA DE DISOLUCIÓN VOLUNTARIA ANTICIPADA DE LA COMPAÑÍA DENOMINADA FLAXBY S. A. 1.- ANTECEDENTES.- La compañía CAMARONES ROLESA S.A., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Tercero del cantón Guayaquil, el 9 de julio de 1980, aprobada mediante Resolución No. 11.818 el 21 de julio de 1980, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil, el 22 de julio de 1980. 2.- CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de domicilio de la compañía CAMARONES ROLESA S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón Samborondón, y reforma del estatuto, otorgada el 6 de enero de 2012, ante el Notario Vigésimo Octavo del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC-IJDJC-G-12-0002067, de 27 de Abril del 2012. 3.- OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada el señor Luis Burgos Valverde, en su calidad de Presidente, de estado civil casado, ecuatoriano y domiciliado en esta ciudad de Guayaquil. 4.- CAMBIO DE DOMICILIO, REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12-0002067, de 27 de Abril del 2012, aprobó el cambio de domicilio de la compañía CAMARONES ROLESA S.A., de la ciudad de Guayaquil, al cantón Samborondón, y reforma del estatuto y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 5.- AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de domicilio de la compañía CAMARONES ROLESA S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón Samborondón, a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En el caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento de los demás requisitos legales. 6.- REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a los siguientes artículos: "ARTÍCULO PRIMERO: Con la denominación de Camarones Rolesa S.A., se constituye una compañía anónima con domicilio en la ciudad de Samborondón Ecuador y con cincuenta años de duración, contados desde la fecha de inscripción del contrato constitutivo en el Registro Mercantil. Podrá establecer sucursales y agencias dentro o fuera del territorio nacional, sujetándose a las normas pertinentes...ARTÍCULO VIGESIMO: El Presidente será elegido cada cinco años por la Junta General de Accionistas y podrá ser reelegido indefinidamente. Para hacerlo se requerirá la calidad de accionista de la compañía.... ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO.- El Vicepresidente será elegido cada cinco años por la Junta General de Accionistas y podrá ser reelegido indefinidamente. Deberá ser accionista de la compañía. Reemplazará al Presidente y al Gerente en todo caso de falta o impedimento de éstos... ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO: El Gerente será nombrado cada cinco años por la Junta General de Accionistas y podrá ser reelegido indefinidamente, para ejercer la Gerencia no se requiere ser accionista de la compañía...". Guayaquil, 27 de Abril del 2012 EXTRACTO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DOMICILIO DE LA COMPAÑÍA MATMOSA S.A., DE LA CIUDAD DE GUAYAQUIL AL CANTÓN SAN CRISTOBAL, PROVINCIA DE GALÁPAGOS Y REFORMA DEL ESTATUTO. 1.- ANTECEDENTES.- La compañía MATMOSA S.A., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Décimo Sexto del cantón Guayaquil, el 17 de febrero de 2011, aprobada mediante Resolución No. SC.IJ.DJC.G.11.0002037 el 30 de marzo de 2011, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil, el 18 de abril de 2011. 2.- CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de domicilio de la compañía MATMOSA S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón San Cristóbal, Provincia de Galápagos y reforma del estatuto, otorgada el 9 de febrero de 2012, ante Notario Público Interino Vigésimo Segundo del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12 0002110 de 30 abril de 2012. 3.- OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada el señor Julio Patricio Zabala Aguilar, en su calidad de Gerente General, de estado civil casado, ecuatoriano y domiciliado en la ciudad de San Cristóbal. 4.- CAMBIO DE DOMICILIO, REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12 0002110 de 30 de abril de 2012 aprobó el cambio de domicilio de la compañía MATMOSA S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón San Cristóbal, Provincia de Galápagos y reforma del estatuto y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 5.- AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de domicilio de la compañía MATMOSA S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón San Cristóbal, Provincia de Galápagos, a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En el caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento de los demás requisitos legales. 6.- REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a lo siguiente: "ARTICULO PRIMERO: El nombre de la compañía es MATMOSA S.A., que es una compañía anónima mercantil, regida por la Ley de Compañías y por el presente estatuto, de nacionalidad ecuatoriana, el domicilio de la misma será en la ciudad de Puerto Baquerizo Moreno, cantón San Cristóbal, Provincia de Galápagos, República del Ecuador, con un plazo de cincuenta años.". Guayaquil, 30 de abril de 2012 Ab. Natalia Rodríguez Aguirre SUBDIRECTORA JURÍDICA DE CONCURSO PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES EXTRACTO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE DISOLUCIÓN VOLUNTARIA ANTICIPADA DE LA COMPAÑÍA DENOMINADA TECNOTINTAS S. A. (TECNOTIN) 1. ANTECEDENTES.- La compañía denominada TECNOTINTAS S. A. (TECNOTIN), se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Séptimo del cantón Guayaquil, el 11 de octubre de 2006, inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil, el 19 de octubre de 2006. 2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de disolución voluntaria anticipada de la compañía denominada TECNOTINTAS S. A. (TECNOTIN), otorgada el 4 de enero del 2011, ante la Notaría Trigésima Octavo del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.G.11.0006143, del 27 de Octubre del 2011. 3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada la señora Ángela Marisela Morán Almeida, en su calidad de Gerente General de la compañía, de estado civil casada, de nacionalidad ecuatoriana y domiciliada en esta ciudad. 4. DISOLUCIÓN VOLUNTARIA Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.G.11.0006143, del 27 de Octubre del 2011, aprobó la disolución voluntaria anticipada y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público la disolución voluntaria anticipada de la compañía denominada TECNOTINTAS S. A. (TECNOTIN), a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción, puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia, dentro del término de los dos siguientes días, adjuntando el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. De no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la escritura pública de Disolución de la indicada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales. Guayaquil, 27 de Octubre del 2011 AB. ROBERTO RONQUILLO NOBOA DIRECTOR JURÍDICO DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA INTENDENCIA DE COMPAÑÍAS DE GUAYAQUIL May. 17-18-19 (93248) 3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública de Disolución Anticipada antes mencionado el señor LEOPOLDO RAYMUNDO MUÑOZ CARBO, en su calidad de Gerente General de la compañía, de estado civil casado, de nacionalidad Ecuatoriana y domiciliado en la ciudad de Guayaquil. 4. DISOLUCIÓN VOLUNTARIA Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.G.12. 0002338 el 11 de mayo de 2012, aprobó la disolución voluntaria anticipada y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Sé pone en conocimiento del público la disolución voluntaria anticipada de la compañía denominada FLAXBY S. A., a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción, puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia, dentro del término de los dos siguientes días, adjuntando el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. De no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la escritura pública de Disolución de la indicada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales. Guayaquil, 11 de mayo de 2012 May. 16-17-18 (93212) EXTRACTO CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA OFTALMEDICAL S.A. La compañía OFTALMEDICAL S.A. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo del cantón GUAYAQUIL, el 08/febrero/2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.G.12.0002203 el 4 de mayo de 2012. 1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$1.600,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD, CON ESTANCIA AMBULATORIA, PROLONGADA Y PERMANENTE,... Guayaquil, 4 de mayo de 2012 Ab. Melba Rodríguez Aguirre SUBDIRECTOR JURÍDICO DE CONCURSO PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. (93311) May. 16-17-18 (93220) May. 16-17-18 (93214) EXTRACTO EXTRACTO EXTRACTO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE DISOLUCIÓN VOLUNTARIA ANTICIPADA DE LA COMPAÑÍA DENOMINADA CAMARONES LAROCAN S.A. CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA SALCEDO & ASOCIADOS CIA. LTDA. AUDITORES Y CONSULTORES (CONSALCEDO). 1. ANTECEDENTES.- La compañía denominada CAMARONES LAROCAN S.A., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo del cantón Guayaquil, el 13 de julio de 1983, inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil el 30 de septiembre de 1983. 2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de disolución voluntaria anticipada de la compañía denominada CAMARONES LAROCAN S.A., otorgada el 11 de abril del 2012, ante la Notaria Trigésima Quinta del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.G.12.0002417, del 15 de Mayo del 2012. 3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada el señor Leopoldo Raymundo Muñoz Carbo en su calidad de Gerente General de la compañía de estado civil soltero, de nacionalidad ecuatoriana y domiciliado en el cantón Guayaquil. 4. DISOLUCIÓN VOLUNTARIO Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.G.12.0002417, del 15 de Mayo del 2012, aprobó la disolución voluntaria anticipada y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamentos de Oposición, como acto previo a su inscripción. 5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público la disolución voluntaria anticipada de la compañía denominada CAMARONES LAROCAN S.A., a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales. La compañía SALCEDO & ASOCIADOS CIA. LTDA. AUDITORES Y CONSULTORES (CONSALCEDO) se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Noveno Suplente del Cantón GUAYAQUIL, el 19/ Abril/2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.G.12.0002404, el 15 de Mayo del 2012. 1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 400,00 Número de Participaciones 400 Valor US$ 1,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE AUDITORIA EXTERNA DE TIPO CONTABLE, LEGAL, TRIBUTARIA Y FINANCIERA. Guayaquil, 15 de Mayo del 2012 Ab. Melba Rodríguez Aguirre SUBDIRECTOR JURÍDICO DE CONCURSO PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES Guayaquil, 15 de Mayo del 2012 JUAN X. SANTOS ICAZA LIQUIDADOR 2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de disolución voluntaria anticipada de la compañía denominada FLAXBY S. A., otorgada el 30 de marzo del 2012, ante el Notario Treinta y Cinco del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.G.12. 0002338 del 11 de mayo de 2012. AB. ROBERTO RONQUILLO NOBOA DIRECTOR JURÍDICO DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA INTENDENCIA DE COMPAÑÍAS DE GUAYAQUIL Ab. Víctor Anchundia Places INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE GUAYAQUIL May. 16-17-18 (93180) May. 16-17-18 (93179) 1. ANTECEDENTES.- La compañía FLAXBY S. A. Se constituyó, mediante escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Quinto del cantón Guayaquil, el 16 de octubre del 2006 inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil el 31 de octubre de 2006. AB. ROBERTO RONQUILLO NOBOA DIRECTOR JURÍDICO DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE GUAYAQUIL May. 17-18-19 (93277) NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. (93347) DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LA COMPAÑÍA TEXAS FOOD RESTAURANT S.A. TEXFORESA, POR LA DE CONSTRUCTORA INMOBILIARIA PENINSULAR COINPE S.A., Y REFORMA DEL ESTATUTO. 1.- ANTECEDENTES.- La compañía TEXAS FOOD RESTAURANT S.A. TEXFORESA, se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo Octavo del cantón Guayaquil, el 11 de mayo de 2009, aprobada mediante Resolución No. 09.G.IJ.0002931 el 25 de mayo de 2009, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil el 4 de junio de 2009. 2.- CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de denominación social de la compañía TEXAS FOOD RESTAURANT S.A. TEXFORESA por la de CONSTRUCTORA INMOBILIARIA PENINSULAR COINPE S.A., y reforma del estatuto, otorgada el 13 de abril de 2012, ante el Notario Trigésimo Octavo del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12 0002341 de 11 de mayo de 2012. 3.- OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada el señor Guillermo Orlando Delgado Rivera, en su calidad de Gerente General, de estado civil divorciado, ecuatoriano y domiciliado en la ciudad de Guayaquil. 4.- CAMBIO DE DENOMINACIÓN SOCIAL, REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañía mediante Resolución No. SC-IJDJC-G-12 0002341 de 11 de mayo de 2012, aprobó el cambio de denominación social de la compañía TEXAS FOOD RESTAURANT S.A. TEXFORESA por la de CONSTRUCTORA INMOBILIARIA PENINSULAR COINPE S.A., y la reforma del estatuto, y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de la oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 5.- AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de denominación social de la compañía TEXAS FOOD RESTAURANT S.A. TEXFORESA por la de CONSTRUCTORA INMOBILIARIA PENINSULAR COINPE S.A., a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En el caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la Inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento de los demás requisitos legales. 6.- REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a lo siguiente: "ARTICULO PRIMERO: DENOMINACIÓN Y DURACIÓN.- La compañía se denomina CONSTRUCTORA INMOBILIARIA PENINSULAR COINPE S.A., tiene plazo de duración de cincuenta años." Guayaquil, 11 de mayo de 2012 Ab. Natalia Rodríguez Aguirre SUBDIRECTORA JURÍDICA DE CONCURSO PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES May. 18-19-20 (93365) Gaceta varios 25 El Telégrafo I viernes 18 de mayo del 2012 EXTRACTO CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA PROMOFISH S.A. La compañía PROMOFISH S.A., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo del cantón GUAYAQUIL, el 02/abril/2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.G.12. 0002325 el 11 de mayo de 2012. 1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: VENTA AL POR MAYOR Y MENOR, EXPORTACIÓN, IMPORTACIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE PESCADOS, CONSERVAS DE ATUN, SARDINAS Y TODA CLASE MARISCOS... Guayaquil, 11 de mayo de 2012 EXTRACTO EXTRACTO CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA PROAVSA, ESTUDIO INMOBILIARIO CIA. LTDA. CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA WOODYCOM CIA. LTDA. La compañía PROAVSA, ESTUDIO INMOBILIARIO CIA. LTDA., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Quinto del cantón GUAYAQUIL, el 21/marzo/2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.G.12. 0002265 el 9 de mayo de 2012. 1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 1.600,00 Número de Participaciones 16 Valor US$ 100,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: PROMOVER Y PROMOCIONAR LA COMPRA, VENTA DE INMUEBLES, URBANIZACIONES, LOTIZACIONES Y CENTROS COMERCIALES, ASÍ COMO CONTRATAR Y EJECUTAR OBRAS DE INGENIERÍA... Guayaquil, 9 de mayo de 2012 Ab. Melba Rodríguez Aguirre SUBDIRECTOR JURÍDICO DE CONCURSO PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES Ab. Melba Rodríguez Aguirre SUBDIRECTOR JURÍDICO DE CONCURSO PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. (93323) (93321) DE LA ESCRITURA PUBLICA DE AUMENTO DEL CAPITAL Y REFORMA DEL ESTATUTO DE LA COMPAÑIA DENNEL S.A. DE LA ESCRITURA PUBLICA DE DISOLUCIÓN VOLUNTARIA O ANTICIPADA, LIQUIDACIÓN, CANCELACIÓN Y AVISO DE ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA DENOMINADA WILLYPACAR S.A. Guayaquil, 17 de abril del 2012 1. Se pone en conocimiento del público que, la Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.G.12.0002441, del 15 de Mayo del 2012, aprobó la escritura pública de disolución voluntaria, liquidación y cancelación de la compañía WILLYPACAR S.A., a fin de que quienes se creyeren asistidos del derecho de oposición previsto en el artículo 33 de la Ley de Compañías, como acto previo a su inscripción, puedan presentar una petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición notificará a ésta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública y al cumplimiento de los demás requisitos legales. 2. Al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada comparece el señor Edgar Aníbal Páez Carvajal, en su calidad de Gerente General, el compareciente es de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casado y domiciliado en esta ciudad, quien notifica a los acreedores para que en el término de veinte días contados a partir de la última publicación de este extracto, presenten los documentos que acrediten su derecho en la dirección domiciliaria de la compañía. Guayaquil, 15 de Mayo del 2012 Ab. Víctor Anchundia Places INTENDENTE DE COMPAÑIAS DE GUAYAQUIL (93331) AB. ROBERTO RONQUILLO NOBOA DIRECTOR JURÍDICO DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE GUAYAQUIL May. 18-19-20 (93339) EXTRACTO EXTRACTO CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA ARBOLES ECUATORIANOS S.A. ARBOLECUA CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA SERVICIOS NORMATIVOS DEL ECUADOR S.A. (SN) La compañía ARBOLES ECUATORIANOS S.A. ARBOLECUA se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo Segundo del cantón GUAYAQUIL, el 04/ mayo/2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.G.12. 0002359 el 14 de mayo de 2012. La compañía SERVICIOS NORMATIVOS DEL ECUADOR S.A. (SN) se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo Segundo del cantón GUAYAQUIL, el 18/ abril/2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.G.12. 0002376 el 14 de mayo de 2012. 1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS. 1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: PROMOVER, ORGANIZAR, EJECUTAR Y ASESORAR PLANES DE FORESTACIÓN O REFORESTACIÓN EN TERRENOS PROPIOS O DE TERCEROS FISCALES, INSTALAR O EXPLOTAR VIVEROS FORESTALES, EFECTUAR TRABAJOS DE CONSERVACIÓN FORESTAL... Guayaquil, 14 de mayo de 2012 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: CONSULTORÍA EN MATERIA DE NORMATIVA Y ESTANDARIZACIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL DE LA CALIDAD, EL MEDIO AMBIENTE Y LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y SALUD LABORAL... Guayaquil, 14 de mayo de 2012 Ab. Melba Rodríguez Aguirre SUBDIRECTOR JURÍDICO DE CONCURSO PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES Ab. Melba Rodríguez Aguirre SUBDIRECTOR JURÍDICO DE CONCURSO PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. (93393-1) (93393-2) PROCESADORA SANTA CATALINA PROSACA C.A. COOPERATIVA DE VIVIENDA "ARMADA NACIONAL" Comunica a las personas que trabajaron para la empresa durante el año 2011 y que aún no se han acercado a cobrar sus utilidades anuales, que deben dirigirse a cobrar las mismas en las oficinas ubicadas en la Urbanización La Puntilla, Avda. Primera #108 y Primera Oeste, Comunica que se va a proceder al Pago del Seguro de Vida del fallecido SEÑOR DIEGO ANTONIO CARRILLO JIMENEZ. Las personas que se crean con derecho a éste Beneficio deberán probarlo presentando la documentación legal en nuestras oficinas ubicadas en las calles Av. José Vicente Trujillo #101 y Calle "F". Teléf.: 2444872 / 444773, en un plazo de hasta 20 días a partir de la última publicación. La Gerencia LA GERENCIA May. 16-17-18 (93165) 2. CAPITAL: Suscrito US$ 1.600,00 Número de Participaciones 1.600 Valor US$ 1,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: A) PRODUCCIÓN, FABRICACIÓN, COMPRA, VENTA AL POR MAYOR Y MENOR, IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN,COMERCIALIZACIÓN, REPRESENTACIÓN, SUMINISTRO Y DISTRIBUCIÓN DE TODO TIPO DE: PINTURAS, MATERIALES Y ACABADOS PARA LA CONSTRUCCIÓN..... May. 11-18-25 (92954) CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA INDOMIA FORMACIÓN Y CONSULTORÍA S.A. La compañía INDOMIA FORMACIÓN Y CONSULTORÍA S.A., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo Primero del Distrito Metropolitano de Quito, el 02/ mayo/2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ. DJC.Q.12.002424 de 15/mayo/2012. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE CONSULTORÍA Y ASESORAMIENTO EMPRESARIAL EN EL CAMPO ADMINISTRATIVO... Quito, 15/mayo/2012 Quito, 07 de Mayo de 2012 NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. EXTRACTO El capital suscrito actual es CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, está dividido en CINCO MIL acciones de UN DÓLAR cada una de ellas y el capital autorizado es de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Además se reforma el artículo relacionado con las acciones: "ARTICULO SEXTO.- Las acciones estarán numeradas desde la cero cero cero uno a la cinco mil y serán firmadas por el Gerente General y Presidente de la compañía". 1.- DOMICILIO: Cantón ORELLANA, provincia de ORELLANA. Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS EXTRACTO Se comunica al público que la compañía DENNEL S.A., aumentó su capital suscrito por CUATRO MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, y reformó su estatuto por escritura pública otorgada ante el Notario Cuarto del cantón Guayaquil, el 19 de diciembre de 2011. Fue aprobada por la Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12 0001816, el 17 de abril de 2012. La compañía WOODYCOM CIA. LTDA., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Décimo Séptimo del Distrito Metropolitano de Quito, el 30 de Abril de 2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.12.002246 de 07 de Mayo de 2012. EXTRACTO Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. (93387) (93325) EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE REFORMA DE ESTATUTOS DE LA COMPAÑÍA CONSTRUPLANET CIA. LTDA. Se comunica al público que la compañía CONSTRUPLANET CIA. LTDA., reformó sus estatutos por escritura pública otorgada ante el Notario Primero del cantón Lago Agrio el 30 de Marzo de 2012. Acto societario aprobado por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJC.Q. 12.002410 de 15 de mayo de 2012. En virtud de la presente escritura pública la compañía reforma el artículo Vigésimo Quinto del Estatuto Social, referente a las atribuciones y deberes del Gerente General, que en adelante dirán: EXTRACTO CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA TRANSPORTES QUINCHIYACU S.A. La compañía TRANSPORTES QUINCHIYACU S.A., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Público del Cantón LA JOYA DE LOS SACHAS, el 26 de Abril de 2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ. DJC.Q.12.002319 de 10 de Mayo de 2012. 1.- DOMICILIO: Cantón LA JOYA DE LOS SACHAS, provincia de ORELLANA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 3.000,00 Número de Acciones 300 Valor US$ 10,00. “ARTICULO VIGÉSIMO QUINTO: ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL GERENTE GENERAL: j) El Gerente General está autorizado para firmar cualquier contrato con cualquier institución pública o privada”. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: SE DEDICARÁ EXCLUSIVAMENTE AL TRANSPORTE PÚBLICO INTRAPROVINCIAL A NIVEL LOCAL. Quito, 15 de mayo de 2012 Quito, 10 de Mayo de 2012 Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS NOTA: Este extracto debe publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. (93349) (93382) REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL No. 1 DEL CANTÓN GUAYAQUIL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE LOS RÍOS EXTRACTO DE PUBLICACIÓN EXTRACTO DE CITACIÓN A: EDITA HEREDITA MONTALVAN LOOR. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL No. 10722012, seguido por el señor MILTON EDISON GONZALEZ NARVAEZ en contra de EDITA HEREDITA MONTALVAN LOOR: ACTOR: MILTON EDISON GONZALEZ NARVAEZ. DEMANDADO: EDITA HEREDITA MONTALVAN LOOR. OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial que une al señor MILTON EDISON GONZALEZ NARVAEZ con la señora EDITA HEREDITA MONTALVAN LOOR de conformidad a lo establecido en el articulo 110 Numeral 11 inciso primero del Código Civil vigente. AUTO INICIAL: VISTOS: Por el estado de la causa y en virtud de que, del contenido del decreto anterior se desprenden que existe un error al indicar que se nombre curador Ad-litem, para que represente a los hijos menores de edad que existiere dentro del matrimonio, cuando en realidad los hijos habidos dentro del matrimonio, son mayores de edad; y en razón de que se debe hacer la citación por medio de la prensa, se corrige el decreto anterior, en estricto cumplimiento de lo que señala el Art. 290 en concordancia con el Art. 1014 del Código de Procedimiento Civil, de oficio revoco el decreto anterior disponiendo que el extracto a publicar debe estar en los siguientes términos: "En lo principal, la demanda de divorcio que propone el señor MILTON EDISON GONZALEZ NARVAEZ en contra de su cónyuge, la señora EDITA HEREDITA MONTALVAN LOOR, es clara y reúne los demás requisitos legales, por lo que se la acepta al trámite en la vía verbal sumaria.- En consecuencia, se dispone citar a la demandada EDITA HEREDITA MONTALVAN LOOR, acorde con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, dado que el accionante, bajo declaración juramentada realizada ante la suscrita jueza, declara que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada; dispongo que la citación a éste, se haga por medio de la prensa; lo que se efectuará por intermedio de 3 publicaciones, cada una de ellas en fecha distinta, mediando ocho días entre una publicación y otra, en uno de los siguientes diarios: "El Telégrafo", "El Universo", "Expreso" o "Extra" de la ciudad de Guayaquil, medios de amplia circulación en la provincia del Guayas.- La Actuaria del Despacho conferirá el extracto pertinente, para la indicada publicación de citación, la demandada en el extracto de citación será advertida de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial en esta ciudad de Guayaquil, para sus notificaciones, en caso de no comparecieren veinte días después de la última publicación, podrá ser considerada o declarada rebelde.- Téngase en consideración que el accionante declara no haber adquirido con su cónyuge demandada, bienes de ninguna naturaleza y que los hijos habidos dentro del matrimonio son todos mayores de edad.- Agréguense a los autos, los documentos que anexa el accionante a la demanda.- Notifíquese como lo solicita y téngase en cuenta la designación de Abogado que formula el demandante y el casillero señalado.- Que la señorita actuaria de la Unidad tome nota en los libros respectivos.- Intervenga la actuaria de la Unidad Judicial Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, la Ab. Natasha Blusztein Figueroa.- Hágase saber.-" Cúmplase y Notifíquese.- Lo que comunico a usted para los fines de Ley advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación y la de señalar casilla judicial para futuras notificaciones, en caso contrario será tenido o declarado rebelde. CUANTÍA: Indeterminada. JUEZ DE LA CAUSA: Abg. MARIANELA LEIDE PINARGOTE VALENCIA JUEZ TERCERO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS. Guayaquil, 12 de abril del 2012 SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA No. 1 CANTÓN GUAYAQUIL Ab. 23; May. 7-18 (91856) AL PÚBLICO SE LE HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el señor Hernán Francisco Lalangui Sarango deduciendo demanda de Concurso de Acreedores No. 80-2012, en contra de Indira Esmeralda Bravo Solórzano. cuyo extracto es como sigue:ACTOR: Hernán Francisco Lalangui Sarango. DEMANDADO: Indira Esmeralda Bravo Solórzano.OBJETO DE LA DEMANDA: El accionante manifiesta que de las veintisiete fojas útiles que adjunta demuestro que existe la presunción de insolvencia de INDIRA ESMERALDA BRAVO SOLÓRZANO, quien a pesar del requerimiento legal efectuado por el señor Juez Tercero de lo Civil de Los Ríos en Quevedo, dentro del Juicio Ejecutivo No. 687-2010, no canceló la cantidad de $ 6.371,41 dólares Americanos, no dimitió bienes conforme consta de la razón sentada por el secretario de dicha judicatura, adecuando su conducta a lo preceptuado en el numeral 1 del Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que demando el concurso de acreedores a la señora INDIRA ESMERALDA BRAVO SOLÓRZANO.Como fundamentos de derecho se ampara en lo dispuesto en el Art. 519 del Código de Procedimiento Civil numeral 1. CUANTIA: $ 6.371,41 Seis mil Trescientos Setenta y mil Dólares Norteamericanos con cuarenta y un centavos de dólar. TRAMITE: Especial. JUEZ DE LA CAUSA: Abogado Enrique Briones Sotomayor, Juez Tercero de lo Civil de Los Ríos, quien mediante providencia de fecha Marzo 05 del 2012, las 15h44, admite la demanda a trámite especial y declara con lugar la formación de concurso de acreedores o quiebra, ordenando la ocupación y depósitos de sus bienes, libros, correspondencia y documentos, así mismo manda que se haga público por uno de los periódicos de la localidad. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en esta ciudad para que reciba sus notificaciones y que deberá comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso, caso contrario podrá ser declarada rebelde. Certifico. Quevedo, abril 03 del 2012 Ab. Washington Carmigniani Cabrera SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Quevedo - Los Ríos Abr. 23, May. 7-18 (91883) 26 Gaceta varios El Telégrafo I viernes 18 de mayo del 2012 EXTRACTO EXTRACTO CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA MULTIHONOR S.A. EXTRACTO CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA ROPLEISPER S.A. La compañía MULTIHONOR S.A., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo del cantón GUAYAQUIL, el 27/marzo/2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.G.12.0002129, 2 de mayo de 2012. 1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 1.000,00 Número de Acciones 1.000 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 2.000,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: A) PRODUCTOS PLÁSTICOS PARA USO DOMÉSTICOS, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, IMPORTAR, EXPORTAR, COMPRAR, VENDER AL POR MAYOR Y MENOR, DISTRIBUIR,... MAQUINAS Y MAQUINARIAS PARA LA INDUSTRIA,... La compañía ROPLEISPER S.A., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo Octavo del cantón GUAYAQUIL, el 02/septiembre/2010, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.G.10. 0007072 el 14 de octubre de 2010. 1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: A) A LA ACTIVIDAD DE RECICLAJE DE MATERIALES,... Guayaquil, 14 de octubre de 2010 Guayaquil, 2 de mayo de 2012 Ab. Melba Rodríguez Aguirre SUBDIRECTOR JURÍDICO DE CONCURSO PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. Ab. Juan Brando Alvarez Subdirector Jurídico de Compañías NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. (93373) (93372) LLAMADO A ACREEDORES La compañía GEMSY DEL ECUADOR S.A., EN LIQUIDACIÓN, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 393 de la Ley de Compañías codificada, notifica a los acreedores de la compañía, para que en el término de veinte días contados desde la última publicación de este aviso, presenten los documentos que acrediten su derecho, en las oficinas de GEMSY DEL ECUADOR S.A., EN LIQUIDACIÓN, ubicadas en la Panamericana Norte Km 6 ½, Edificio Parkenor, oficina 72-73, de esta ciudad de Quito DM.- Atención señor Yunlai Guan Ruan. Sr. Yunlai Guan Ruan Liquidador May. 17-18-19 (93255) REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN A: HEREDEROS Y PRESUNTOS HEREDEROS DE LA SEÑORA MARIA LUISA GARCIA ARROYO. ACTOR: VICENTE ROBLEDO GUERRA MENDOZA Y CARDINA GRACIELA ZAMBRANO JIMENEZ. Que mediante sorteo ha tocado a esta Judicatura, el Juicio Ordinario de prescripción Adquisitiva de Dominio No. 568-A-2.004, seguido por Vicente Robledo Guerra. Mendoza y Cardina Graciela Zambrano Jiménez contra HEREDEROS Y PRESUNTOS HEREDEROS DE LA SEÑORA MARIA LUISA GARCIA ARROYO, cuyo extracto es del tenor siguiente: DEMANDADOS: HEREDEROS Y PRESUNTOS HEREDEROS DE LA SEÑORA MARIA LUISA GARCIA ARROYO. CUANTÍA: ES INDETERMINADA. JUEZ AB. EDUARDO SEMINARIO VINUEZA, JUEZ TEMPORAL DEL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL. AUTO INICIAL.- Guayaquil, 15 de octubre del 2004, A las 09:57:50. VISTOS: Se admite la demanda al trámite de juicio ordinario, de Prescripción Adquisitiva de Dominio, la demanda propuesta por los actores VICENTE ROBLEDO GUERRA MENDOZA Y CARDINA GRACIELA ZAMBRANO JIMENEZ, por reunir los requisitos determinados en los artículos 71 y 106 del Código de Procedimiento Civil, se ordena citar a los herederos de la señora María Luisa García Arroyo, a fin de que quince días proponga las excepciones dilatorias y perentorias permitidos por la ley, en mérito a la afirmación que bajo juramento hace la actora desconocer el domicilio de Herederos y presuntos Herederos de María Luisa García Arroyo, se dispone citarlo por la prensa, en el Diario El Telégrafo de esta ciudad de Guayaquil, conforme lo dispone el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil lo que comunico a usted para los fines de ley consiguientes advirtiéndole la obligación que tienen de señalar casilla judicial para las notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso caso contrario se lo considera rebelde. Guayaquil, 03 de mayo del 2012 Ab. Gonzalo Córdova Alvarado Secretario Juzgado Quinto Civil de Guayaquil FUNCIÓN JUDICIAL DISTRITO GUAYAS REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DÉCIMO OCTAVO CIVIL DE YAGUACHI REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL Ab. Víctor Anchundia Places INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE GUAYAQUIL May. 17-18-19 (93293) EXTRACTO:- Mediante providencia de abril 12 de 2012; las 10h10.- La señora Jueza encargada ha aceptado al trámite la presente demanda en la vía verbal sumario.- Con la demanda y este auto de calificación se ordena citar a la demandada Bélgica del Rocío Sánchez Aguirre a fin de que de creerlo necesario comparezca a juicio a hacer valer sus derechos si los tuviere.- Por afirmar bajo juramento la actor que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada Bélgica del Rocío Sánchez Aguirre se dispone que se lo cite de acuerdo al Art. 82 del C. P. C. y Art. 119 del Código Civil, en uno de los diarios amplia circulación de Ia Ciudad de Guayaquil (Universo, El Telégrafo, Expreso), mediando por lo menos ocho días entre una publicación y la otra.- Lo que comunico a Ud., a fin de que comparezca a juicio hasta dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación so pena de ser tenida como rebelde. Yaguachi, abril 20 de 2012.- f) Abg. Elis Arauio, Secretaría.- Ab. 23; May. 7-18 (91941) EXTRACTO DE CITACIÓN A: ANTONIO JAVIER JIMENEZ GALLEGOS. SE LE HACE SABER: Que por sorteo le ha tocado conocer a esta Judicatura el juicio de Divorcio # 55-2012-D, cuyo extracto es el siguiente: ACTORA: ELIZEN AZUCENA BALDA DE LA CRUZ. DEMANDADO: ANTONIO JAVIER JIMENEZ GALLEGOS. OBJETO DE LA DEMANDA: La disolución del vinculo matrimonial. AUTO INICIAL: El 27 de FEBRERO del 2012; a las 10h06.- VISTOS: Se aceptó la demanda al trámite en virtud de reunir los requisitos legales y se ordenó citar a la demandada de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. JUEZ DE LA CAUSA: DR. JUAN JIMENEZ G., JUEZ TEMPORAL DEL JUZGADO DUODÉCIMO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL. Lo que comunico a Ud. Para los fines legales, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y la de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será considerado en rebeldía. GUAYAQUIL, ABRIL 30 DEL 2012 AB. FRANCISCO ORRALA ORRALA SECRETARIO DEL JUZGADO DUODÉCIMO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL May. 7-18 (92601) REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL DE DAULE EXTRACTO DE CITACIÓN EXTRACTO DE CITACIÓN A: YOLANDA MERCEDES HAZ UNDA LE HAGO SABER: Que por sorteo de Ley, ha tocado conocer a esta, judicatura el proceso de Divorcio 0733-2011-R, seguida por VICTOR HUGO GONZALEZ MITE, contra YOLANDA MERCEDES HAZ UNDA cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: VICTOR HUGO GONZALEZ MITE. CUANTÍA: INDETERMINADA. OBJETO DE LA DEMANDA: Que por sentencia se declare la disolución del matrimonio.AUTO INICIAL: JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Guayaquil, lunes 5 de diciembre del 2011, las 10h30. VISTOS: Agréguese a los autos los escritos presentados por el actor; proveyendo los mismos y por cumplido lo ordenado en providencia anterior, se califica la demanda en los siguientes términos: la demanda que antecede presentada por VICTOR HUGO GONZALEZ MITE, en contra de la señora YOLANDA MERCEDES HAZ UNDA, por reunir los requisitos de legales previstos en los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil y 110 numeral 11 del Código Civil, se la admite a trámite en juicio verbal sumario.- En mérito del juramento rendido por el actor, de desconocer el domicilio y residencia de la demanda, cítesela a YOLANDA MERCEDES HAZ UNDA por la prensa de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Agréguese la partida de matrimonio y cuatro partidas de nacimiento que en copias certificadas, acompaña a su demanda.- Notifíquese.- AB. CARLOS SAMUEL ALVARADO CHAVEZ JUEZ TEMPORAL NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL. Lo que comunico a usted para los fines de ley, previéndole de la obligación que tiene de comparecer a Juicio y señalar casillero judicial para sus notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario se tramitará el juicio en rebeldía. Guayaquil, de abril de 2012 A: MARGARITA GUILLERMINA CARPIO NIOLA. LE HAGO SABER: Que en este juzgado Décimo Quinto de lo Civil de Daule, ha correspondido conocer el juicio de divorcio No. 221-2012, seguido en su contra por Miguel Antonio Briones Briones, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: MIGUEL ANTONIO BRIONES BRIONES. DEMANDADA: MARGARITA GUILLERMINA CARPIO NIOLA. DEMANDA: Que mediante sentencia se declare disuelto el vínculo matrimonial que une al actor con la demandada, de conformidad con lo establecido en el Art. 110, causal 11 del Código Civil. AUTO RECAÍDO: Daule, 3 de mayo del 2.012; las 11h05.- Vistos.- La demanda presentada por Miguel Antonio Briones Briones, por reunir los requisitos de ley, se la califica de clara y precisa, admitiéndola al trámite de juicio verbal sumario y por cuanto el compareciente declaro bajo juramento que le era imposible determinar la residencia de la demandada Margarita Guillermina Carpio Niola, se ordena citarla por la prensa en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Art. 119 del Código Civil. JUEZ DE LA CAUSA: AB. ANDRÉS GHERARDI AGUIÑO.TRAMITE: Verbal sumario,CUANTÍA: Indeterminada.Lo que cito a usted para los fines de Ley y le prevengo obligación de señalar domicilio y comparecer a juicio dentro de los 20 días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será considerada o tenida rebelde.- Ab. Martha Elizalde Cueva Secretaria Juzgado Noveno de lo Civil y Mercantil de Guayaquil May. 7-18; Jun. 1 (92646) JUZGADO DÉCIMO PRIMERO ADJUNTO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO CITACIÓN JUDICIAL EXTRACTO JUDICIAL ACTOR: ORTEGA BONILLA ZASKYA DEL ROSARIO DEMANDADO: MARTINEZ VILLACRES DAVID ALBERTO TRÁMITE: TENENCIA. CUANTÍA: INDETERMINADA PROVIDENCIA: JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PICHINCHA.- Quito miércoles 14 de marzo del 2012, las 11h39. VISTOS: Agréguese al proceso el Acta de desconocimiento de domicilio que antecede. Por cumplidos los requisitos establecidos en el Art. 67 del Código Adjetivo Civil, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos exigidos por la Ley; en consecuencia, se admite al trámite previsto en el Art. 271 del Código de la Niñez y Adolescencia.- Cítese al demandado MARTINEZ VILLACRES DAVID ALBERTO, por la prensa, conforme lo prevé el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, inciso primero; entréguese extracto para las correspondientes publicaciones. Se le advierte al demandado de su obligación de comparecer a juicio bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía.- En la presente causa intervenga el Departamento Técnico, quien realizará la investigación pertinente.- Agréguese al proceso la documentación presentada por el accionante.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y la facultad conferida a su Abogado defensor.- NOTIFÍQUESE. FIRMADO DR. ROBERTO OTAVALO CASTRO.- JUEZ ADJUNTO. LO QUE LLEVO A SU CONOCIMIENTO Y LE CITO, PREVINIÉNDOLE DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES. ALEXANDRA ESPINOSA S. SECRETARIA ADJUNTA (E) May. 16-17-18 (93150) 1.- ANTECEDENTES.- La compañía TREVIS S.A., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Séptimo del cantón Guayaquil, el 5 de julio de 1993, aprobada mediante Resolución No. 93-2-1-1-0002000 el 6 de agosto de 1993, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil, el 11 de agosto de 1993. 2.- CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de domicilio de la compañía TREVIS S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón Milagro, y reforma del estatuto, otorgada el 29 de febrero de 2012, ante el Notario Suplente Décimo Sexto del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12-0001752, de 13 Abril del 2012. 3.- OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada la señora doctora Francesca Foghini Fiumi, en su calidad de Presidenta Encargada, de estado civil casada, italiana y domiciliada en esta ciudad de Guayaquil. 4.- CAMBIO DE DOMICILIO, REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12-0001752, de 13 Abril del 2012, aprobó el cambio de domicilio de la compañía TREVIS S.A., de la ciudad de Guayaquil, al cantón Milagro, y reforma del estatuto y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 5.- AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de domicilio de la compañía TREVIS S. A., de la ciudad de Guayaquil al cantón Milagro, a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En el caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento de los demás requisitos legales. 6.- REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a lo siguiente: “ARTICULO CUARTO: El domicilio principal de la compañía es la ciudad de Milagro y podrá establecerse sucursales o agencias en cualquier lugar de la República o del exterior.” Guayaquil, 13 de Abril del 2012 A.- BÉLGICA DEL ROCIO SÁNCHEZ AGUIRRE JUICIO.- No. 267-12 Divorcio (V. S.) Actor: - MARCO ALFREDO VERA PLUAS Demandada:- BELGICA DEL ROCIO SÁNCHEZ AGUIRRE Jueza de la Causa: Abg. GINA SALAZAR May. 7-18, Jun. 1 (92589) DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DOMICILIO DE LA COMPAÑIA TREVIS S.A., DE LA CIUDAD DE GUAYAQUIL AL CANTÓN MILAGRO Y REFORMA DEL ESTATUTO. Daule, 4 de mayo del 2.012 JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN A: PRESUNTOS HEREDEROS UNIVERSALES DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ ROSARIO IGNACIA MUÑOZ PARRALES.LE HAGO SABER: Que s esta judicatura el juicio amparo posesorio No. 5132011 que sigue ARCECIO VARELA JIMENEZ, contra presuntos herederos universales de quien en vida se llamó ROSARIO IGNACIA MUÑOZ PARRALES, cuyo extracto de demanda y auto en ella recaído es del tenor siguiente. DEMANDANTE: ARCECIO VARELA JIMENEZ. DEMANDADA: PRESUNTOS HEREDEROS UNIVERSALES DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ ROSARIO IGNACIA MUÑOZ PARRALES.OBJETO DE LA DEMANDA: AMPARO POSESORIO. CUANTÍA: INDETERMINADA. Guayaquil, miércoles 14 de septiembre del 2011, las 08h48. VISTOS:- La demanda de amparo posesorio que propone ARCECIO VARELA JIMENEZ, es clara y reúne los demás requisitos legales, por lo que se la acepta al trámite en la vía verbal sumaria.- En consecuencia, dispónese citar a los presuntos herederos universales de quien en vida se llamó ROSARIO IGNACIA MUÑOZ PARRALES por la prensa, de conformidad con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Agréguese a los autos los documentos acompañados.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de Guayaquil.- Cítese y notifíquese, y téngase en cuenta la designación de Abogado que formula la demandante.- Hágase saber. f. Luis Carrillo Castro Juez Provisional del Juzgado Séptimo de lo Civil y Mercantil de Guayaquil. Advirtiéndole que tiene que señalar casillero judicial para sus notificaciones dentro de vente días hábiles posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será considerado rebelde. Actué el abogado Francisco Aguilera Barrientos secretario encargado.- Guayaquil, abril 9 del 2012 EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE REACTIVACIÓN Y REFORMA DE ESTATUTOS DE LA COMPAÑÍA GESPOR S.A. "EN LIQUIDACIÓN". Se comunica al público que la GESPOR S.A. "en liquidación", domiciliada en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas, se reactivó y reformó sus estatutos, por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo del cantón Guayaquil, el 12 de julio del 2011, aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.G.12. 0001718 del 11 de abril del 2012. El capital suscrito actual de la compañía es de ochocientos dólares de los Estados Unidos de América, dividido en ochocientas acciones de un dólar cada una. Se reforma la CLÁUSULA TERCERA: OBJETO SOCIAL.UNO.- Su actividad principal será prestar servicios de a) asesoría y consultoría contable, jurídica, psicológica, tributaria y económica. Guayaquil, 11 de abril del 2012 AB. ROBERTO RONQUILLO NOBOA DIRECTOR JURÍDICO DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA INTENDENCIA DE COMPAÑÍAS DE GUAYAQUIL (93316) FUNCIÓN JUDICIAL DISTRITO GUAYAS Juicio No. 2.011-0770 JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE GUAYAS EXTRACTO DE CITACIÓN A: YESID RAFAEL TETE NAVARRO. LE HAGO SABER: Que en este juzgado por sorteo de Ley, ha correspondido conocer el Juicio Verbal Sumario (Divorcio) No. 770-11-2 seguido por Margarita Clotilde Sánchez Ponce, cuyo extracto es el siguiente: ACTORA: Margarita Clotilde Sánchez Ponce. DEMANDADO: Yesid Rafael Tete Navarro. OBJETO DE LA DEMANDA: Que mediante sentencia se dé por terminado el vinculo matrimonial que une a la actora con el demandado por la causal 11ava. del Art. 110 del Código Civil. AUTO INICIAL: Guayaquil, miércoles 5 de octubre del 2011, las 9h11.- VISTOS: La demanda y el completamiento que antecede presentada por MARGARITA CLOTILDE SANCHEZ PONCE contra YESID RAFAEL TETE NAVARRO, se la califica de clara y completa por reunir los requisitos de Ley, razón por la cual se la admite al trámite verbal sumario.- En lo principal, en vista de la declaración bajo juramento, que hace la actora, quien manifiesta que le ha sido imposible determinar la residencia del demandado Yesid Rafael Tete Navarro, cíteselo por la Prensa de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. CUANTÍA: Indeterminada. JUEZ DE LA CAUSA: Dr. Johnny Coral Ron. Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y de señalar casillero judicial dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de éste aviso, caso contrario será considerado o declarado rebelde. Guayaquil, 22 de Noviembre del 2011 Ab. Francisco Aguilera B. SECRETARIO (E) JUZGADO 7 CIVIL Abr. 23; May. 7-18 (91851) Ab. EDITH BARRAGAN RUIZ Secretaria Juzgado Vigésimo Cuarto de lo Civil de Guayaquil Abr. 23, May. 7-18 (91965) ELECTROCABLES C.A. BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2011 ACTIVO CORRIENTE Caja Bancos Inversiones Cuentas y Doc por Cobrar Menos: Provisión para Incobrables Otras Cuentas por Cobrar Inventarios Importación en transito Otros activos 7,856,078.42 25,000.00 17,635,303.33 -141,876.94 11,344,997.22 11,789,802.30 2,514,122.69 2,195.20 TOTAL ACTIVO CORRIENTE 51,025,622.22 ACTIVO FIJO PASIVO CORRIENTE Cuentas por Pagar Distribución Dividendos Accionistas Obligaciones Financieras Obligaciones Emitidas Obligaciones Bancarias 9,512,847.04 3,619,318.86 17,971,833.30 1,237,500.00 5,757,296.06 TOTAL PASIVO CORRIENTE 38,098,795.26 PASIVO A LARGO PLAZO Terreno, Edificio e Instalaciones Maquinarias, muebles, enseres y equipos Vehículos Otros activos Depreciación Acumulada TOTAL ACTIVO FIJO 13,579,003.20 19,709,168.34 1,185,373.18 1,681,214.18 -29,662,344.61 6,492,414.29 OTROS ACTIVOS Obligaciones Financieras 3,271,925.00 TOTAL PASIVO L/P TOTAL PASIVO 3,271,925.00 41,370,720.26 PATRIMONIO Inversiones a largo plazo TOTAL INVERSIONES A L/P 187,819.89 187,819.89 TOTAL ACTIVO 57,705,856.40 Capital Reservas Superavit por Revaluación Aporte para Futura Capitalizacion 12,106,593.00 604.71 3,676,466.41 551,472.02 TOTAL PATRIMONIO TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO AB. JOSE LOPEZ BARZOLA Secretario del Juzgado 15 Civil Daule May. 7-18, Jun. 1 (92697) ELECTROCABLES C.A. ESTADO DE RESULTADO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2011 JUZGADO DUODÉCIMO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS EXTRACTO DE CITACIÓN A: HENRY EDWIN CHANGO YUMITAXI. LE HAGO SABER: Que dentro del Juicio de Alimentos No. 0028-2012, seguido por BLANCA PIEDAD BONILLA BAYAS, se encuentra lo siguiente: ACTORA: BLANCA PIEDAD BONILLA BAYAS. DEMANDADO: HENRY EDWIN CHANGO YUMITAXI. OBJETO DE LA DEMANDA: DERECHOS DE ALIMENTOS. JUEZ DE LA CAUSA: DOCTOR RICARDO CHIRIBOGA COELLO, JUEZ DUODÉCIMO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS. AUTO INICIAL: Guayaquil, viernes 20 de enero 2012, las 11H57. Agréguese a los autos el escrito presentado por la actora de fecha 17 de enero del 2012 a las 11H20. VISTOS: en mérito del sorteo de ley, avoco conocimiento de la presente acción de Prestación de Alimentos, propuesta por BLANCA PIEDAD BONILLA BAYAS contra HENRY EDWIN CHANGO YUMITAXI, la misma que por ser clara, precisa, completa y reúne los requisitos de ley, se la admite al trámite de ley, se fija la pensión provisional la cantidad de OCHENTA Y TRES CON 30/100, mas los beneficios de ley. Como la actora declara bajo juramento desconocer la residencia, domicilio y la individualidad de demandado HENRY EDWIN CHANGO YUMITAXI, de conformidad a lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil se dispone citarlo al demandado por el diario El Telégrafo, en tres días distintos, comparecer dentro de los veinte días posterior de la tercera y última publicación de este aviso. Hecho que sea realícese la Audiencia Única de Ley, su no comparecencia será considerado en rebeldía. Guayaquil,12 de Abril 2012 AB. ALICIA MIRANDA ARELLANO SECRETARIA DEL JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS (93334) INGRESOS Ventas Netas y/o Exportaciones Menos: Costo de Ventas 73,215,642.79 -59,570,389.74 UTILIDAD BRUTA 13,645,253.05 GASTOS DE OPERACIÓN Gastos de Ventas Gastos de Administración Gastos de Exportación Gastos Financieros 2,346,857.03 2,847,476.12 1,505,594.80 1,614,712.05 -8,314,640.00 5,330,613.05 MAS: Otros Ingresos 59,048.14 UTILIDAD DEL EJERCICIO 5,389,661.19 (-) 15% Trabajadores (-) Impuesto a la Renta (-) Distribución a Accionistas -808,449.18 -1,250,824.72 -3,330,387.29 NASSIB NEME ANTON VICEPRESIDENTE EJECUTIVO RUTH LITARDO FUENTES CONTADORA 16,335,136.14 57,705,856.40 Gaceta varios El Telégrafo I viernes 18 de mayo del 2012 27 AVISO DE REQUERIMIENTO A LOS ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA INALMOR S.A. "en liquidación" REPÚBLICA DEL ECUADOR REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DE COACTIVA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS JUZGADO DE COACTIVA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS EXTRACTO DE CITACIÓN AL SEÑOR JESÚS ALBERTO SÁNCHEZ SÁNCHEZ, PORTADOR DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 1706997259, REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA MEGATRIX S.A., ACCIONISTA DE LA SOCIEDAD FINANCIERA VALORFINSA S.A., EN LIQUIDACIÓN EXTRACTO DE CITACIÓN AL SEÑOR LÓPEZ NIETO RODRIGO, PORTADOR DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NO. 1703629066 ACCIONISTA DE LA SOCIEDAD FINANCIERA VALORFINSA S.A., EN LIQUIDACIÓN REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DE COACTIVA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS EXTRACTO DE CITACIÓN JUZGADO DE COACTIVA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS CITACIÓN PARA: EL AASSER MOHAMED SOLIMAN IBRAHIN, y SILVANA ELISABETH LITTUMA MALDONADO DE EL AASSER. Juicio Coactivo No. SBS-JC-MPS- 2012-002.- Auto de pago de fecha 27 de Abril del 2012.- En acatamiento de las disposiciones contenidas en la “Ley Reformatoria a la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero y a la Ley de Reordenamiento en Materia Económica en el Área TributarioFinanciera” publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 659 de 12 de marzo de 2012 y de la Resolución No. JB-2012-2140, de 2 de abril de 2012, publicada en el Registro Oficial No. 687 de 20 de abril de 2012, con la que la Junta Bancaria reformó la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y Junta Bancaria, que sustituye el capítulo XV, disponiendo el cobro de las pérdidas patrimoniales de las instituciones financieras que concluyeron sus procesos liquidatorios, en aplicación de la jurisdicción coactiva prevista en la Disposición Transitoria Décima de la Ley de Reordenamiento en Materia Económica en el Área Tributario-Financiera”, del título XVIII “ De la disolución, del proceso de resolución bancaria y liquidación de instituciones del sistema financiero”, Libro I “Normas generales para la aplicación de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero”, el señor Superintendente de Bancos y Seguros emitió la Orden de Cobro General contenida en el memorando No. SBS-IGINJ-SELC-2012-025 de 25 de abril de 2012.- COACTIVADOS: EL AASSER MOHAMED SOLIMAN IBRAHIN C.C. 1707818983, en calidad de Principal Administrador, Gerente General y Mayor Accionista de la Compañía ECUACAMBIO S.A. SOCIEDAD FINANCIERA, en liquidación, y de la señora SILVANA ELISABETH LITTUMA MALDONADO DE EL AASSER C.C. 1703576999, en calidad de Accionista de la misma. Para el pago y recaudación del valor constante en el título de crédito No. PP-2012-017, mismo que asciende a la suma de USD.$10´138.839,92 (DIEZ MILLONES CIENTO TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE 92/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA); más intereses que se generen hasta la cancelación del mismo, gastos judiciales, costas, honorarios y otras erogaciones señaladas en el artículo 965 del Código de Procedimiento Civil. PROVIDENCIA.- JUZGADO DE COACTIVA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS.- Quito, Distrito Metropolitano.- A 14 días del mes de mayo del 2012.- VISTOS.- Con merito a la razón que antecede, de la que se desprende la imposibilidad de citar al (los) coactivados EL AASSER MOHAMED SOLIMAN e IBRAHIN SILVANA ELISABETH LITTUMA, por desconocerse su individualidad o residencia, a pesar de las múltiples averiguaciones realizadas, en conformidad el art. 82 del Código de Procedimiento Civil, afirmo expresamente, bajo juramento, que la individualidad o residencia del (los) mencionados coactivados, es imposible determinar para el suscrito delegado del Señor Superintendente de Bancos, Juez de Coactivas, por lo que dispongo sea citado por tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito, o a nivel nacional. – Cítese.-Firmado por: Ec. Guillermo Jimbo Espinosa, Coordinador General Administrativo Financiero, Juez De Coactiva Delegado del Señor Superintendente de Bancos y Seguros.LO QUE COMUNICO Y CITO A USTED PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES, PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES SÍRVASE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL COMO DISPONE LA LEY. CERTIFICO.DR. MARCELO PÁEZ SÁNCHEZ SECRETARIO – ABOGADO REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL No. 1 DEL CANTóN GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIóN A: GUILLERMO CESAR TAFUR AVILES. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de Rectificación de Inscripción de Nacimiento N° 5083-2012, seguido por AB. TERRY MUÑOZ TOMALA p.l.d.q.r. PEDRO ENRIQUE ROCA CRUZ en contra de GUILLERMO CESAR TAFUR AVILES. OBJETO DE LA DEMANDA: Que se lo cite al demandado, el señor Juez mediante Resolución ordene que al margen de la INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO del señor PEDRO ENRIQUE COCA CRUZ, que se encuentra en el TOMO 13 PAG. 383 ACTA 4065, de fecha 21 de mayo de 1966, se deje sentada la RECTIFICACION, en el sentido de que los verdaderos nombres de los padres del señor son CARLOS TADEO ROCA GOMEZ Y JUDITH YOLANDA CRUZ TAPIA. AUTO INICIAL: LA AB. GLENDA ELIZABETH ORTEGA MARCIAL, JUEZA (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL, legalmente posesionada mediante acción de personal No. 01776-uarh-nvp, extendida por el consejo nacional de la judicatura y en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 y 234 del código orgánico de la función judicial y el respectivo sorteo que antecede, avoco conocimiento de la demanda de rectificación de inscripción de nacimiento, presentada por la abogada Terry Muñoz Tomalá, por los derechos que representa como procuradora judicial del señor Pedro Enrique Roca Cruz, la misma que por reunir los requisitos de ley se califica de clara y precisa y se la acepta al tramite sumario, tal como lo establece el articulo 89 de la ley de registro civil y cedulación.- En consecuencia, óigase al demandado a través del director provincial del registro civil del guayas por los derechos que representa del registro civil, con la copia de la demanda y esta providencia en el lugar que se indica para el efecto.- Cítese la demanda en un periódico de esta localidad, para dar cumplimiento con lo dispuesto en el inciso 3 del Art. 89 ibídem.- Notifíquese al actor en la casilla judicial no. 1685 y téngase en cuenta la procuración judicial.- actúe la Ab. Natasha Blusztein Figueroa, Analista Jurídica 2 de esta Unidad Judicial como Secretaria de este expediente.- Notifíquese y Cúmplase.CUANTÍA: Indeterminada JUEZA DE LA CAUSA: AB. GLENDA ELIZABETH ORTEGA MARCIAL, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS. Guayaquil, 05 de mayo del 2012 SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA No. 1 CANTóN GUAYAQUIL ACTOR: DOMICILIO: COACTIVADO: SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS. Av. 12 de Octubre N24-185 y Madrid, Quito. Señor JESÚS ALBERTO SÁNCHEZ SÁNCHEZ, portador de la cédula de ciudadanía No. 1706997259, representante legal de la empresa MEGATRIX S.A. JUICIO COACTIVO SBS-JC-LDG-2012-05. CUANTÍA: USD $ 2’481.358,81 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO 81/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). AUTO INICIAL DE PAGO: emitido a los 27 días del mes de abril del 2012, a las 16h45, por el señor Juez de Coactiva de la Superintendencia de Bancos y Seguros, Mst. Guillermo Jimbo Espinosa, Coordinador General Administrativo Financiero, delegado por el señor Superintendente de Bancos y Seguros, mediante Resolución No. ADM-2012-10907 de 25 de abril de 2012, dentro del juicio coactivo de la referencia.- En acatamiento de las disposiciones contenidas en la “Ley Reformatoria a la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero y a la Ley de Reordenamiento en Materia Económica en el Área Tributario-Financiera” publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 659 de 12 de marzo de 2012 y de la Resolución No. JB-2012-2140, de 2 de abril de 2012, publicada en el Registro Oficial No. 687 de 20 de abril de 2012, con la que la Junta Bancaria reformó la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria, sustituyendo el capítulo XV, por el siguiente: “Capítulo XV.- Del cobro de las pérdidas patrimoniales de las instituciones financieras que concluyeron sus procesos liquidatorios, en aplicación de la jurisdicción coactiva prevista en la Disposición Transitoria Décima de la Ley de Reordenamiento en Materia Económica en el Área Tributario-Financiera”, del título XVIII “De la disolución, del proceso de resolución bancaria y liquidación de instituciones del sistema financiero”, Libro I “Normas generales para la aplicación de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero”, el señor Superintendente de Bancos y Seguros emitió la Orden de Cobro General contenida en el memorando No. SBS-IG-INJ-SELC-2012-025 de 25 de abril de 2012; el Director Nacional Financiero en cumplimiento de la Delegación expedida por el señor Superintendente de Bancos y Seguros, mediante Resolución No. ADM-2012-10906, de 25 de los mismos mes y año, emitió el título de crédito No. PP-2012-015 de 26 de abril de 2012, en contra del representante legal y de los accionistas que representan el 6% o más del paquete accionario de la SOCIEDAD FINANCIERA VALORFINSA S.A., en liquidación, entre ellos, la accionista, empresa MEGATRIX S.A representada legalmente por el señor JESÚS ALBERTO SÁNCHEZ SÁNCHEZ, portador de la cédula de ciudadanía No. 1706997259; y, conforme los artículos 413, 945, 948 y 951 de la Codificación del Código de Procedimiento Civil, el Juez de Coactiva Delegado, ordenó el inicio de la ejecución coactiva para el pago o dimisión de bienes dentro del término de 3 días, para la recuperación del valor constante en el mencionado título de crédito No. PP-2012-015, más intereses que se generen hasta la cancelación del mismo, gastos judiciales, costas, honorarios y otras erogaciones señaladas en el artículo 965 del Código de Procedimiento Civil y se ofició a diferentes Instituciones del Estado, para que cumplan con las medidas cautelares. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS ZONAL QUITO REPÚBLICA DEL ECUADOR CITACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS PROVENIENTES DEL POZO PROFUNDO, UBICADO EN LA AVENIDA EL INCA, SECTOR FAJARDO, CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. EXTRACTO SEÑOR: Gaby Antoine Nmeir Seif, Gerente General y Representante Legal de la COMPAÑÍA IMPORTADORA CASA ANDRES IBT S.A. OBJETO DE LA SOLICITUD: Concesión del derecho de aprovechamiento de las aguas para uso doméstico con un caudal de 4.50 l/s. En el proceso N° 64-11 C.s. se ha dictado lo siguiente: SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA, DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS.- Zonal Quito - Trámite N° 64-11 C.s. (F.S).- Quito, 29 de febrero de 2012.Las 09H30.- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite en virtud de haber sido nombrado Líder del Centro Zonal Quito, mediante memorando N° SENAGUA-CDHE15-2012-0108-M, de fecha 07 de febrero de 2012.- Que mediante Acuerdo Ministerial N°. 2009-46 expedido el 13 de noviembre de 2009, se crea la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas.- Que mediante Acuerdo Ministerial N° 2009-48 de 4 de diciembre del 2009, se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Secretaría Nacional del Agua - SENAGUA.- Que mediante Acuerdo Ministerial N° 2011334 de 05 de septiembre de 2011, Art. 1, se establecen las delegaciones y atribuciones del Líder Zonal. En lo principal.- La solicitud de concesión del derecho de aprovechamiento de las aguas, presentada en esta Demarcación Hidrográfica por el señor Gaby Antoine Nmeir Seif, Gerente General y, Representante Legal de la COMPAÑÍA IMPORTADORA CASA ANDRES IBT S.A., provenientes de un pozo profundo en un caudal de 4.50 l/s. ubicada en el Sector Fajardo, Cantón Rumiñahui, Provincia de Pichincha en la cota 2.526 msnn Coordenadas 9’963.136 N y 781.708 E. Es clara y reúne los demás requisitos de ley los demás requisitos de ley por lo que se acepta a trámite, en consecuencia esta Autoridad. DISPONE: 1.- Se cite por la prensa a los usuarios conocidos o no, de las aguas cuya concesión se solicita, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 87 de la Codificación de la Ley de Aguas, mediante publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia en uno de los Diarios: El Telégrafo, El Comercio, Últimas Noticias, Hoy o La Hora, que se editan en esta ciudad, por tres veces, mediando de una a otra, el plazo de ocho días. 2.- Fíjense carteles durante treinta días en tres de los lugares más frecuentados del sector FAJARDO, comisionándose esta diligencia al señor Jefe Político del Cantón Rumiñahui de conformidad con lo dispuesto en el Art. 22 literal g. del Reglamento de la Ley de Aguas; el actor retirará de esta dependencia el extracto y los carteles. 3.- Agréguese al trámite los documentos adjuntados; Téngase en cuenta los números telefónicos 3227-749, 3227-352 y 0997-00000 señalados para futuras notificaciones.- De conformidad con el memorando N° CGAJ.4-0714 del 26 de octubre del 2010, actúe como Secretaria Ad-Hoc en el presente proceso la Ab. Fernanda Sandoval N. NOTIFÍQUESE...f) Dr. Patricio Montenegro Padilla LÍDER DEL CENTRO ZONAL QUITO DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS - SECRETARÍA NACIONAL DEL AGUA.Lo que comunico para los fines legales pertinentes.- Certifico. AUTO INICIAL DE PAGO: fue emitido a los 27 días del mes de abril del 2012, a las 16h45, por el señor Juez de Coactiva de la Superintendencia de Bancos y Seguros, Mst. Guillermo Jimbo Espinosa, Coordinador General Administrativo Financiero, delegado por el señor Superintendente de Bancos y Seguros, mediante Resolución No. ADM-2012-10907 de 25 de abril de 2012, dentro del juicio coactivo de la referencia.- En acatamiento de las disposiciones contenidas en la “Ley Reformatoria a la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero y a la Ley de Reordenamiento en Materia Económica en el Área Tributario-Financiera” publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 659 de 12 de marzo de 2012 y de la Resolución No. JB-2012-2140, de 2 de abril de 2012, publicada en el Registro Oficial No. 687 de 20 de abril de 2012, con la que la Junta Bancaria reformó la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria, sustituyendo el capítulo XV, por el siguiente: “Capítulo XV.- Del cobro de las pérdidas patrimoniales de las instituciones financieras que concluyeron sus procesos liquidatorios, en aplicación de la jurisdicción coactiva prevista en la Disposición Transitoria Décima de la Ley de Reordenamiento en Materia Económica en el Área Tributario-Financiera”, del título XVIII “De la disolución, del proceso de resolución bancaria y liquidación de instituciones del sistema financiero”, Libro I “Normas generales para la aplicación de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero”, el señor Superintendente de Bancos y Seguros emitió la Orden de Cobro General contenida en el memorando No. SBS-IG-INJ-SELC-2012-025 de 25 de abril de 2012; el Director Nacional Financiero, en cumplimiento de la Delegación expedida por el señor Superintendente de Bancos y Seguros, mediante Resolución No. ADM-2012-10906, de 25 de los mismos mes y año, emitió el título de crédito No. PP-2012-015 de 26 de abril de 2012, en contra del representante legal y de los accionistas que representan el 6% o más del paquete accionario de la SOCIEDAD FINANCIERA VALORFINSA S.A., en liquidación, entre ellos, el accionista, señor LÓPEZ NIETO RODRIGO, portador de la cédula de ciudadanía No. 1703629066; y, conforme los artículos 413, 945, 948 y 951 de la Codificación del Código de Procedimiento Civil, se ordenó el inicio de la ejecución coactiva para el pago o dimisión de bienes dentro del término de 3 días, por el valor constante en el mencionado título de crédito No. PP-2012-015, más intereses que se generen hasta la cancelación del mismo, gastos judiciales, costas, honorarios y otras erogaciones señaladas en el artículo 965 del Código de Procedimiento Civil.- Se ofició a diferentes Instituciones del Estado a fin de que cumplan con las medidas cautelares dispuestas en el auto de pago.El Juez de Coactivas Delegado, mediante providencia dictada el 11 de mayo del 2012 a las 15H00, ordenó la citación al demandado mediante la forma prevista en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, esto atento al juramento rendido por el actor, toda vez que ha sido imposible determinar la individualidad o residencia del mencionado coactivado. LO QUE COMUNICO Y CITO A USTED PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES. PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES SÍRVASE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL COMO DISPONE LA LEY. LO QUE COMUNICO Y CITO A USTED PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES. PARA NOTIFICACIONES QUE LE CORRESPONDAN, SÍRVASE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL COMO DISPONE LA LEY. Dra. Lorena Durán Gallardo SECRETARIA - ABOGADA JUZGADO DE COACTIVA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS Dra. Lorena Durán Gallardo SECRETARIA - ABOGADA JUZGADO DE COACTIVA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO JUDICIAL JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SEGUNDO DE INQUILINATO Y RELACIONES VECINALES CITACIÓN JUDICIAL A MOSQUERA SANTAMARIA ANA DOLORES Y OCAÑA SORIA WILDE AMADO JUICIO No. 253-2012-LA ACTOR: CELSO EDUARDO GONZALEZ NAJERA DEMANDADO: MOSQUERA SANTAMARIA ANA DOLORES Y OCAÑA SORIA WILDE AMADO. TRAMITE: EJECUTIVO CUANTÍA $. 22.000,oo CAUSAL Arts. 413, 415 y 419 del Código de Procedimiento Civil PROVIDENCIA JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 19 de abril del 2012, a las 14h36- VISTOS: En virtud del sorteo correspondiente y en mi calidad de Juez Encargado de esta Judicatura, avoco conocimiento de la presente causa.En lo principal la demanda que antecede es clara precisa y reúne los requisitos de Ley. En consecuencia, que los demandados señores: ANA DOLORES MOSQUERA SANTAMARIA Y WILDE AMADO OCAÑA SORIA, cumplan con la obligación demandada o proponga excepciones en el término de tres días.- Cítese a los demandados, mediante publicaciones por la prensa de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.- Téngase en cuenta el domicilio y casilla judicial señalada por el actor y la calidad en que comparece, como la autorización a sus abogados defensores.Notifíquese.- f).- Dr. Celso Ruiz Bedón, Juez. Lo que comunico a Usted y le CITO, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para futuras notificaciones en el lugar del juicio. A: COMPAÑÍA DEXTERCORP S.A., rep. por FERNANDO WASHINGTON BORJA ATIAGA. SE LE HACE SABER: Que por sorteo reglamentario, ha tocado el conocimiento del Juicio Verbal Sumario No. 0153-2012, seguido por LORENZO JULIO CRUZ BURGOS, cuyo extracto es del tenor siguiente: OBJETO DE LA DEMANDA: Que en sentencia se declare la terminación del contrato de arrendamiento, la desocupación y entrega del local arrendado, el pago de las pensiones adeudadas y las que se vencieren hasta la total desocupación y entrega del local arrendado y el pago de las costas procesales y los honorarios profesionales del Abogado patrocinador. FUNDAMENTO DE HECHO: La compañía arrendataria DEXTERCORP S.A., representada por el señor FERNANDO WASHINGTON BORJA ATIAGA, arrendataria de dos locales comerciales ubicado en las calles Luque No. 914-916, de esta ciudad de Guayaquil, no ha cancelado los cánones de arrendamiento pactados desde el mes de noviembre del 2011, encontrándose en mora de 5 meses, incurriendo en la falta de pago por más de 2 pensiones locativas de arrendamiento, a razón de $ 2.700,oo mensuales. FUNDAMENTO DE DERECHO: Art. 30 lit. a) de la Ley de Inquilinato. PROVIDENCIA: En el auto dictado a las 16h05 del día 27 de abril del 2012, se aceptó la demanda al trámite verbal sumario y se dispuso citar a la compañía DEXTERCORP S.A., en la persona de su representante FERNANDO WASHINGTON BORJA ATIAGA, por la prensa, a través de uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad, en virtud de la afirmación que bajo juramento efectúa el accionante amparado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. JUEZ DE LA CAUSA: Abogada Katty Delgado Pacheco, Juez Segundo de Inquilinato y Relaciones Vecinales de Guayaquil. Lo que comunico a Usted para los fines legales correspondientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar casilla judicial para posteriores notificaciones correspondan, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este extracto, caso contrario podrá ser declarado en rebeldía. Guayaquil, 8 del mayo de 2012 Dr. Galo Báez Jaime SECRETARIO JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA May. 17-18-21 (93298) CITACIóN AB. FILERMA MENDOZA DE CRUZ Secretaria del Juzgado 2° de Inquilinato y Relaciones Vecinales de Guayaquil (93319) EXTRACTO JUDICIAL CITACIóN JUDICIAL A: Herederos conocidos de Pedro Antonio Semanate Pallo y María Rosario Vinueza Guanoluiza: Luz María Semanate Vinueza y José Leónidas Parra Semanate a favor de sus hijos, nietos y bis nietos María Teresa, María Rosario, José Gonzalo, Ana María, Segundo Alfredo, Luis Héctor, María Angélica, y Luz María Semanate Vinueza y los señores Gloria Patricia, Enma Matilde, Celso Mauricio, Martha Cecilia, Carlos Alberto, Luis Gerardo, José Leónidas Parra Semanate, Luz María Saldaña García en representación de los menores Jonatahan Javier y Nayel Betsabe Parra Saldaña; y, herederos desconocidos de Celina Lastenia Jiménez Cosios. ACTOR: CELINDA LASTENIA JIMÉNEZ COSIOS. DEMANDADOS: Herederos conocidos de Pedro Antonio Semanate Pallo y María Rosario Vinueza Guanoluiza: Luz María Semanate Vinueza y José Leónidas Parra Semanate a favor de sus hijos, nietos y bis nietos María Teresa, María Rosario, José Gonzalo, Ana María, Segundo Alfredo, Luis Héctor, María Angélica, y Luz María Semanate Vinueza y los señores Gloria Patricia, Enma Matilde, Celso Mauricio, Martha Cecilia, Carlos Alberto, Luis Gerardo, José Leónidas Parra Semanate, Luz María Saldaña García en representación de los menores Jonatahan Javier y Nayel Betsabe Parra Saldaña; y, herederos desconocidos de Celina Lastenia Jiménez Cosios. ASUNTO: Demando a Herederos conocidos de Pedro Antonio Semanate Pallo y María Rosario Vinueza Guanoluiza: Luz María Semanate Vinueza y José Leónidas Parra Semanate a favor de sus hijos, nietos y bis nietos María Teresa, María Rosario, José Gonzalo, Ana María, Segundo Alfredo, Luis Héctor, María Angélica, y Luz María Semanate Vinueza y los señores Gloria Patricia, Enma Matilde, Celso Mauricio, Martha Cecilia, Carlos Alberto, Luis Gerardo, José Leónidas Parra Semanate, Luz María Saldaña García en representación de los menores Jonatahan Javier y Nayel Betsabe Parra Saldaña, y herederos desconocidos, la Prescripción Extraordinaria Adquisitiva del dominio del inmueble cuya individualidad dejo especificado. CUANTÍA: INDETERMINADA. JUICIO: PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, SIGNADO CON EL No. 2012-0193-DL SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 23 de abril del 2012, las 10h39. VISTOS.- Previo sorteo de ley correspondiente, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de juez titular de esta judicatura.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta al trámite Ordinario.- En consecuencia con el contenido de la misma y este auto córrase traslado a los demandados; por el término de quince días con apercibimiento de rebeldía después de legalmente citados.- En mérito al juramento que tiene rendido el actor y de conformidad con lo que dispone el Art. 82 y 83 del Código de Procedimiento Civil cítese a los demandados señores Herederos conocidos de Pedro Antonio Semanate Pallo y María Rosario Vinueza Guanoluiza: Luz María Semanate Vinueza y José Leónidas Parra Semanate a favor de sus hijos, nietos y bis nietos María Teresa, María Rosario, José Gonzalo, Ana María, Segundo Alfredo, Luis Héctor, María Angélica, y Luz María Semanate Vinueza y los señores Gloria Patricia, Enma Matilde, Celso Mauricio, Martha Cecilia, Carlos Alberto, Luis Gerardo, José Leónidas Parra Semanate, Luz María Saldaña García en representación de los menores Jonatahan Javier y Nayel Betsabe Parra Saldaña.- De conformidad con lo que dispone el Art. 83 del Código de Procedimiento Civil Notifíquese a los herederos desconocidos de Celina Lastenia Jiménez Cosios; por medio de la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de la localidad, para lo cual se extenderá el correspondiente extracto para las publicaciones.- Cuéntese con los personeros del Municipio Distrito Metropolitano de Quito en las personas del señor Alcalde y Procurador.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, para el efecto remítase atento oficio.- Agréguese al proceso los documentos acompañados a la demanda.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado para sus notificaciones así como la designación de su abogado defensor.- Cítese y Notifíquese.- f) Dr. José Martínez Naranjo, JUEZ. DR. EDGAR HARO VALENZUELA SECRETARIO (E) DEL JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA May. 07-18 (92549) Guayaquil, 10 de mayo de 2012 UFREDO JOSÉ MORÁN BONILLA LIQUIDADOR May. 16-17-18 (93181) SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA DEMARCACIóN HIDROGRAFICA DE JUBONES CENTRO ZONAL NARANJAL GOBIERNO NACIONAL DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN EL ART. 87 DE LA LEY DE AGUAS CODIFICADA Y SU REGLAMENTO VIGENTE, SE CITA A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO, PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS, TENDIENTES A OBTENER LA CONCESIÓN Y APROVECHAMIENTO DE LAS AGUAS DEL ESTERO TROVADOR, PARA RIEGO, PERTENECIENTE A LA JURISDICCIÓN DE LA PARROQUIA SAN CARLOS, CANTÓN NARANJAL, PROVINCIA DEL GUAYAS. EXTRACTO TRAMITE No. DHJ-ZN-2012-082-C. SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA.- DEMARCACIóN HIDROGRÁFICA DE JUBONES.- CENTRO ZONAL NARANJAL. Naranjal, Abril 12 del 2012.- Las 10h40. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Líder del Centro Zonal Naranjal, de la Demarcación Hidrográfica Jubones, mediante Acuerdo Ministerial No. 2011-334, de fecha 05 de Septiembre del 2011. En lo principal la solicitud presentada por la señora Lastenia Victoria Guillen Moncada, en la que solicita la concesión del derecho de aprovechamiento de agua, en un caudal de 22 litros por segundo para riego, de las aguas del Estero Trovador, ubicada en la Parroquia San Carlos, Cantón Naranjal, provincia del Guayas, para destinarla a riego de cultivos de banano, es clara, completa y reúne los requisitos determinados en el Art. 86 de la Ley de Aguas Codificada; en tal virtud se la acepta al trámite y en consecuencia dispongo: 1.- A los usuarios presuntos y desconocidos cítese por la prensa de conformidad a lo dispuesto en el Art. 87 de la Codificación a la Ley de Aguas en uno de los diarios de amplia circulación en la ciudad de Guayaquil, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y ésta providencia por tres veces, mediando entre una y otra el plazo de ocho días; 2.- Fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la Parroquia San Carlos, Cantón Naranjal, durante el plazo de 30 días, de conformidad a lo dispuesto en el literal g, del Art. 22 del Reglamento a la Codificación de La Ley de Aguas, mediante comisión librada al señor Teniente Político de la Parroquia San Carlos; 3.- Oportunamente se designara perito para que se practique la inspección técnica solicitada; 4.- Agréguese al trámite los escritos y la documentación que se adjunta; 5.- Téngase en cuenta la dirección electrónica [email protected], señalada para notificaciones. Que actúe en calidad de Secretario el Doctor Carlos López López. Notifíquese.- Lo certifico.Particular que pongo en conocimiento del público para los fines de Ley, advirtiéndoles a los presuntos interesados de señalar domicilio judicial en las oficinas del Centro zonal, en éste cantón de Naranjal, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de éste extracto de citación.- JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Lo que comunico a ustedes para los fines de ley, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial.- CERTIFICO.- May. 02-10-18 (92237) JUICIO COACTIVO CUANTÍA: SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS. Av. 12 de Octubre N24-185 y Madrid, Quito. Señor LÓPEZ NIETO RODRIGO, portador de la cédula de ciudadanía No. 1703629066, accionista de la SOCIEDAD FINANCIERA VALORFINSA S.A., EN LIQUIDACIÓN SBS-JC-LDG-2012-05. USD $ 2’481.358,81 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO 81/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). El Juez de Coactivas Delegado, mediante providencia dictada el 11 de mayo del 2012 a las 15h30, ordenó la citación a la demandada a través de su representante legal, mediante la forma prevista en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, esto atento al juramento rendido por el actor, toda vez que ha sido imposible determinar la individualidad o residencia del mencionado coactivado. May. 17-18-21 (93286) SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA SENAGUA ACTOR: DOMICILIO: COACTIVADO: En atención a lo dispuesto en los artículos 393 de la Ley de Compañía y 27, literal H) del Reglamento pertinente, requiero públicamente a los Acreedores de la compañía en mención, a fin de que quienes se consideren como tal presenten ante el suscrito liquidador, en las oficinas de la Empresa, ubicada en Alborada séptima etapa, manzana 739, villa 1, de esta ciudad de Guayaquil, en el término de veinte días contados desde la última publicación de este Aviso los documentos que acrediten sus derechos, previniéndoles que de no hacerlo se tomarán en cuenta solamente a los Acreedores que hayan presentado su reclamación y los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía. EXTRACTO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE DISOLUCIóN VOLUNTARIA Y ANTICIPADA DE LA COMPAÑÍA CISNEROS & CHACON CIA. LTDA. ANTECEDENTES.- CISNEROS & CHACON CIA. LTDA., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Noveno del Distrito Metropolitano de Quito, el 28 de marzo de 2008, inscrita en el Registro Mercantil del mismo Distrito bajo el No. 1319, Tomo 139, el 30 de abril de 2008. 1.- CELEBRACIóN Y APROBACIóN.- La escritura pública de disolución voluntaria y anticipada de la compañía CISNEROS & CHACON CIA. LTDA., otorgada el 14 de junio de 2011 ante el Notario Vigésimo Noveno del Distrito Metropolitano de Quito, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ. DJDL. Q.12. 2241 07 de Mayo de 2012. 2. OTORGANTES.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada la señora Marcia Elena Chacón Bedón de Gálvez, en su calidad de Gerente y Representante Legal de la compañía, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casada y domiciliada en el Distrito Metropolitano de Quito. 3. PUBLICACIóN.- La Superintendencia de Compañías ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública pertinente, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. AVISO PARA OPOSICIóN.- Se pone en conocimiento del público la disolución voluntaria y anticipada de la compañía CISNEROS & CHACON CIA. LTDA., a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales. Distrito Metropolitano de Quito, a 07 de Mayo del 2012 PATRICIA CHIRIBOGA SANCHEZ DIRECTORA JURÍDICA DE DISOLUCIóN Y LIQUIDACIóN DE COMPAÑÍAS May. 16-17-18 (93167) Dr. Carlos López López SECRETARIO Abr. 23, May. 7-18 (91914) SECRETARÍA NACIONAL DEL AGUA SUBSCRETARIA REGIONAL DE LA DEMARCACION HIDROGRAFICA GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR CENTRO ZONAL DE GESTION GUAYAQUIL REPÚBLICA DEL ECUADOR SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA SUBSECRETARIA REGIONAL DE LA DEMARCACIóN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS CENTRO ZONAL DE GUAYAQUIL CITACIóN Se cita a los usuarios conocidos, desconocidos y presuntos de la quebrada sin nombre, en el cantón El Triunfo, Provincia del Guayas, propiedad del señor Jaime Willan Mañay Vique, ubicada en el cantón El Triunfo de la provincia del Guayas, aprovechamiento de Aguas. EXTRACTO Actor: JAIME WILLAN MAÑAY VIQUE. Objeto de la Petición: Concesión del Derecho de Aprovechamiento de Agua de la quebrada sin nombre, para la propiedad del señor Jaime Willan Mañay Vique, ubicada en el Cantón El Triunfo, de la Provincia del Guayas.- PROVIDENCIA: SUBSECRETARIA REGIONAL DE LA DEMARCACIóN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS.- Guayaquil, 9 de marzo del 2012, a las 08H12.- EXPEDIENTE No. 803-2012. Se dispone: 1.- Cítese a los usuarios conocidos señores: Gustavo Valle Idrovo, Luz Piedad Maldonado Guzman, Victoria Vallejo Mazacela, Gladys Ceraquive Quezada, Francisco Toral García, Econ, José Antonio Valarezo, Manuel León, y Silvia Paguay. 2.- A los usuarios conocido o no cítese por la prensa de conformidad con lo que señala el artículo 87 de la Ley de Aguas cítese a los usuarios conocidos o no, por la prensa, mediante un extracto de la solicitud y esta providencia en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Guayaquil, esto es: El Universo, El Expreso, El Telégrafo, por tres veces, mediando de una a otra el plazo de ocho días. 3.Fíjese carteles en tres de los parajes más frecuentados del Cantón El Triunfo, Provincia del Guayas, por el plazo de treinta días, concediéndole la practica de la diligencia al Señor Jefe Político del mencionado cantón.- f.- Abg. Vaneza Plaza Aguiño. Líder del Centro Zonal Guayaquil, sigue la certificación, abogada Anita Vallejo S., Secretaria ad-hoc.- Lo certifico.Lo que comunico al publico para los fines consiguientes, advirtiéndoles a los interesados de la obligación que tiene de señalar domicilio legal dentro del perímetro de este Centro Zonal de Guayaquil, para futuras notificaciones.Guayaquil, 18 de abril del 2012.Abg. Anita Vallejo Saltos SECRETARIA AD - Hoc Abr. 30; May. 9-18 (92183) REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL DE DAULE EXTRACTO DE CITACIóN A: MARIA EULOGIA LEON RONQUILLO; Y A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE JOSE LUIS LEON RONQUILLO. LE HAGO SABER: Que en este juzgado Décimo Quinto de lo Civil de Daule, ha correspondido conocer el juicio ordinario de Prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio No. 721-2009, seguido en su contra por Vicente Saturnino Loy Delgado, cuyo extracto es el siguiente; ACTOR: VICENTE SATURNINO LOY DELGADO. DEMANDADOS: MARIA EULOGIA LEON RONQUILLO; Y A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE JOSE LUIS LEON RONQUILLO. DEMANDA: Que mediante sentencia se declare que ha adquirido por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio un lote de terreno que tiene una superficie total de 0,58 Hectáreas, (1,83 cuadras), situado en el Recinto Lechugal de la Parroquia Los Lojas, jurisdicción del cantón Daule, Provincia del Guayas, de conformidad con lo establecido en los Arts. 715, 2392, 2394, 2410, 2411, y demás pertinentes del Código Civil. AUTO RECAIDO: Daule, 17 de noviembre del 2.009; las 15h10.- Vistos.La demanda presentada por Vicente Saturnino Loy Delgado, por reunir los requisitos de ley, se la califica de clara y precisa, admitiéndola al trámite del juicio ordinario.- Por cuanto el compareciente declaró bajo juramento que le era imposible determinar la residencia de los demandados, se ordenó citarlos por la prensa de conformidad con el Art 82 del Código de Procedimiento Civil. JUEZ DE LA CAUSA: AB. ANDRÉS GHERARDI AGUIÑO.TRÁMITE: Ordinario. CUANTÍA: Indeterminada. Lo que cito a usted para los fines de Ley y les prevengo la obligación de señalar domicilio y comparecer a juicio dentro de los 20 días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario serán considerados o tenidos rebeldes. Daule, 24 de diciembre del 2009 AB. JOSE LOPEZ BARZOLA Secretario del Juzgado 15 Civil Daule May. 16-17-18 (93217) 28 Gaceta varios El Telégrafo I viernes 18 de mayo del 2012 EXTRACTO DE CITACIÓN JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL MANABI - SANTA ANA EXTRACTO JUDICIAL A: HEREDEROS CONOCIDOS Y PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMO CARLOS EMILIO BURGOS GUERRA. LE HAGO SABER: Que en este juzgado ha tocado al conocimiento del juicio No. 99-2-2012 SUCESIÓN Seguido por CESAR AUGUSTO BURGOS SEGOVIA, CARLOS ALCIVAR BURGOS SEGOVIA Y FRANCIA NATIVIDAD BURGOS SEGOVIA. Cuyo extracto dice lo siguiente: OBJETO DE LA DEMANDA: Declarar abierta la sucesión intestada de bienes de su padre CARLOS EMILIO BURGOS GUERRA, conforme lo señalado en el Art. 640 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.AUTO INICIAL RECAIDO: Guayaquil, viernes 30 de marzo del 2012, las 11h25.VISTOS: En mérito de la acción de personal No. 606-UARH-KZF, de fecha 9 de febrero del 2012, remitida por el Consejo de la Judicatura, avoco conocimiento de la presente causa.- La demanda de sucesión de bienes presentada por CESAR AUGUSTO BURGOS SEGOVIA, CARLOS ALCIVAR BURGOS SEGOVIA y FRANCIA NATIVIDAD BURGOS SEGOVIA, por reunir los requisitos de los Art. 67 y 68 del código de Procedimiento Civil, se la califica de cLara, completa y precisa, por lo que se Le admite al tramite establecido en el Art. 629 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- En lo principal, con la copia notariada de la partida de defunción de quien en vida fue CARLOS EMILIO BURGOS GUERRA, ocurrida en la ciudad de Guayaquil el 11 de septiembre del 2010, se establece este hecho por lo que se declara abierta la sucesión de sus bienes desde su fallecimiento.- Publíquese esta declaratoria en uno de los diarios de Mayor circulación que se editan en la Ciudad.- Procédase al inventario y avalúo de los bienes dejados por el causante.- Cuéntese con el Director Regional de Servicios de Rentas Interna, para fines de Ley,- Cítese a los herederos presuntos o desconocidos de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Cítese a DIANA BURGOS ALVARADO, MONICA BURGOS ALVARADO, MARIBEL BURGOS ALVARADO, CARLOS BURGOS ALVARADO, HELEN BURGOS ALVARADO en el lugar señalado, para el efecto depréquese a uno de los señores Jueces de lo Civil del Cantón Quevedo.- Se designa como Perito para el avalúo e inventario de los bienes al Arq. Jorge Logroño Coloma, quien deberá posesionarse del cargo dentro de setenta y dos horas de notificado con esta providencia.- El señor Secretario del Juzgado desglose los documentos presentados dejando copias certificadas de los mismos a costas del peticionario.- Téngase en cuenta la casilla Judicial No. 3931; así como la autorización judicial que le concede a la Abogada Irene Arreaga A.- Notifíquese y cítese. JUEZ TEMPORAL DE LA CAUSA: F) AB. DIONICIO GUTIERREZ DEL VALLE, JUEZ TEMPORAL DEL JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL Lo que comunico a Ud. Para los fines de Ley, advirtiendo el de la obligación que tiene de señalar casilla judicial, dentro de los 20 días posteriores a la tercera y última publicación de este extracto. Guayaquil, Mayo 9 del 2012 A la señora LIDIA PATRICIA ZAPATA QUINDE, se le hace saber que en este Juzgado Décimo Quinto de Civil de Manabí - Santa Ana, se ha presentado una demanda de Divorcio controvertido, signada con el número 126-2012, cuyo extracto del Auto Inicial es el siguiente: ACTOR: VICTOR HUGO PICO BRAVO. DEMANDADA: LIDIA PATRICIA ZAPATA QUINDE. AB. DEL ACTOR: DANILO GARCÍA MERA. El actor solicita que mediante sentencia se declare disuelto el vinculo matrimonial que lo une a la señora Lidia Patricia Zapata Quinde, de conformidad al Inciso segundo, numeral 11 del artículo 110 del Código Civil. JUEZA DE LA CAUSA.- Dra. Martha Macías Barrezueta, Jueza Temporal del Juzgado Décimo Quinto de lo Civil de Santa Ana, la misma que con fecha Santa Ana, 5 de Abril del 2012; las 14h00.- acepta la demanda al trámite correspondiente dispone lo siguiente: Cítese a la demandada Lidia Patricia Zapata Quinde de conformidad a lo que establece el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es por medio de la prensa por tres publicaciones en un periódico de mayor circulación de la ciudad de Portoviejo de la Provincia de Manabí y del cantón General Villamil de la Provincia del Guayas en relación al artículo 119 del Código de Procedimiento Civil. Cítese y Notifíquese.- A la demandada Lidia Patricia Zapata Quinde se le hace saber de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar domicilio legal para recibir notificaciones en esta ciudad de Santa Ana, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de lo contrario se la considerará rebelde, siguiendo su trámite normal la presente causa.- F.) Dra. Martha Macías Barrezueta, Jueza Temporal del Juzgado Décimo Quinto de lo Civil de Manabí. Lo que pongo en conocimiento para los fines de Ley. Santa Ana, a 18 de Abril de 2012 Ab. Ramón Iñiguez Vera Secretario Juzgado Sexto de lo Civil de Guayaquil AB. PEDRO W. ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL DE MANABÍ May. 18; Jun. 1-14 (93356) May. 7-18, Jun. 1 (92497) JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL CITACIÓN - EXTRACTO REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN A: MONICA CONSUELO LIMONES BARCOS. LE HAGO SABER: Que dentro del Juicio de Divorcio # 1212-B-2011, seguido por RAMON FREDDY ROBLES PINCAY contra MONICA CONSUELO LIMONES BARCOS, se encuentra lo siguiente: ACTOR: RAMON FREDDY ROBLES PINCAY. DEMANDADA: MONICA CONSUELO LIMONES BARCOS. OBJETO DE LA DEMANDA: Que en sentencia el Juez declare disuelto el vinculo matrimonial que une a los cónyugues; Ramón Freddy Robles Pincay contra Mónica Consuelo Limones Barcos, conforme lo establecido en el Art. 110, numeral 11 inciso 2, y 119, del Código Civil. AUTO INICIAL: Guayaquil, jueves 5 de enero del 2012, las 15h21.- VISTOS: Agréguese a los autos el escrito y anexos que anteceden. La demanda presentada por RAMON FREDDY ROBLES PINCAY contra MONICA CONSUELO LIMONES BARCOS, la misma que por reunir los requisitos legales previstos en los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil, se la admite al trámite del juicio verbal sumario.- Cítese a la demandada, MONICA CONSUELO LIMONES BARCOS, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad (universo o expreso), de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y por haberlo manifestado bajo juramento, en concordancia con el Art. 119 del Código Civil.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado, así como la autorización que le concede a su abogada patrocinadora.- Hágase saber.- Notifíquese.- Fdo. Abg. Harry Hernández Pontón, Juez Cuarto de lo Civil de Guayaquil.Guayaquil, martes 10 de abril del 2012, las 15h40.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mérito de la Acción de Personal No. 01319-UARH-NVP del 26 de marzo del 2012, enviada por el Consejo de la Judicatura.- Agréguese a los autos los escritos que anteceden.- Visto lo manifestado por la parte actora se amplía que la citación a la demandada se la haga en el diario El Telégrafo de esta ciudad de Guayaquil.- Notifíquese.- Fdo. Abg. Peter Kuffo Ronquillo, Juez Temperé del Juzgado Cuarto de lo Civil de Guayaquil.CUANTÍA: Indeterminada. JUEZ DE LA CAUSA: Abg. Peter Kuffo Ronquillo, Juez Temporal del Juzgado Cuarto de lo Civil de Guayaquil. Lo que comunico a Ud. para fines de ley. Previniéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y de señalar casillero judicial dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será considerado o declarado rebelde. Guayaquil, 13 de Abril del 2012 Ab. Noria Barcia de Brito Secretaria del Juzgado 4to de lo Civil de Guayaquil May. 18; Jun. 1 (92915) SEGUNDA CONVOCATORIA Se convoca, por segunda ocasión, a los socios de la compañía Miño Rúales Flowers Cía. Ltda., a la Junta General Extraordinaria de Socios, a realizarse el día lunes 28 de mayo del 2012, a las 08h00 am, en la oficina 401, cuarto piso, del Edificio “Torre 1492”, ubicado en la Av. 12 de Octubre N26-97 de esta ciudad de Quito, donde se tratarán los siguientes puntos del orden del día: Uno.- Constatación del Quórum; Dos.- Lectura del Orden del Día; Tres.- Nombramiento de Presidente y de Gerente de la Compañía al encontrarse cumplidos los periodos para los que fueron designados. De conformidad al Artículo 237 de la Ley de Compañías, la Junta General se reunirá, en segunda convocatoria, con el número de socios presentes. Quito, 16 de Mayo del 2012 Marcelo Rúales Barreiro Presidente de Miño Rúales Flowers Cía. Ltda. (93340) A: NELLY LETY MORAN CARRIEL. LE HAGO SABER: Que por sorteo de ley correspondiente, ha tocado conocer a esta Judicatura el Juicio de Divorcio Litigioso signado con el N° 0831-C-2011, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: LUIS OSWALDO GUARANDA VERA. DEMANDADA: NELLY LETY MORAN CARRIEL. OBJETO DE LA DEMANDA: Que demanda a NELLY LETY MORAN CARRIEL en juicio de divorcio fundamentando su acción en la causal 11 del Art. 110 del Código Civil, para que en sentencia se declare disuelto el vinculo matrimonial que los une, y se disponga su marginación en el acta de matrimonio respectiva, en el Registro Civil de Guayaquil, acorde a lo señalado en el Art. 128 del mismo cuerpo de leyes. AUTO RECAÍDO; De fecha, Guayaquil, miércoles 21 de septiembre del 2011, las 15h11, por reunir los requisitos de ley, se admite la demanda al trámite, y, mediante providencia de fecha 5 de enero del 2012, las 14h08, se dispone citar a la demandada NELLY LETY MORAN CARRIEL de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil en mérito del reconocimiento de firmas y de la afirmación que bajo juramento hace el accionante, esto es, por uno de los medios de prensa escrita, diarios El Universo o Diario El Telégrafo. JUICIO: Verbal Sumario. CUANTÍA: Indeterminada. JUEZ DE LA CAUSA: Ab. LORENA ORELLANA BAJAÑA, Jueza Temporal del Juzgado Segundo de lo Civil de Guayaquil. Lo que comunico a Ud. para fines de ley. Previniéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y de señalar casillero judicial dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso caso contrario será considerado o declarado rebelde. Guayaquil, 03 de mayo de 2012 JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL (93343) EXTRACTO DE CITACIÓN A: FELIPE SANTIAGO MORA DUMES. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSALES N° 1395-2012, seguido por la señora JUSTINA VIOLETA VARGAS MIRANDA en contra de FELIPE SANTIAGO MORA DUMES. ACTORA: JUSTINA VIOLETA VARGAS MIRANDA. DEMANDADO: FELIPE SANTIAGO MORA DUMES. OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial que une a la señora JUSTINA VIOLETA VARGAS MIRANDA con el señor FELIPE SANTIAGO MORA DUMES de conformidad a lo establecido en el artículo 110 Numeral 11 inciso primero del Código Civil vigente. AUTO INICIAL: EL AB. JOHNNY FRANCISCO LITUMA JINES, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL, legalmente posesionado mediante Acción de Personal No.- 412-DNP, extendido por el Consejo Nacional de la Judicatura. Forme parte del proceso el Acta de Declaración Juramentada que ha rendido en esta Unidad Judicial Especializada la actora Justina Vargas Miranda.- En lo principal, la demanda de divorcio presentada por JUSTINA VOLETA VARGAS MIRANDA contra FELIPE SANTIAGO MORA DUMES, se la califica de clara, precisa y por reunir los demás requisitos legales que exige los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la admite al trámite en juicio verbal sumario.- En virtud de la declaración juramentada practicada por la actora ante el suscrito Juez de esta Unidad Judicial Especializada, se dispone que la diligencia de citación al demandado Felipe Mora Dumes, se la realice por medio de tres publicaciones que se harán en un periódico de mayor circulación que se edita en esta ciudad, en tres días diferentes, conforme lo establece el artículo 119 del Código Civil y artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, mediando ocho días entre una publicación y otra.- Dótese de curador ad litem a la adolescente Joselyne Mora Vargas, para lo cual deberá comparecer personalmente a esta Unidad Judicial en el día y hora que el suscrito Juez lo disponga, y una vez practicada la diligencia de citación.Tómese en cuenta el casillero judicial # 5353 que señala la actora para sus notificaciones y la autorización que confiere a su patrocinador.- Agréguese a los autos los documentos acompañados.- Notifíquese.- Hágase saber.- Lo que comunico a usted para los fines de Ley advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación y la de señalar casilla judicial para futuras notificaciones, en caso contrario será tenido o declarado rebelde. CUANTÍA: Indeterminada. JUEZ DE LA CAUSA: AB. JOHNNY FRANCISCO LITUMA JINES, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS. Guayaquil, 30 de marzo del 2012 SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA No. 1 CANTON GUAYAQUIL (93398) CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE PESADO WILTRANS S.A. La compañía COMPAÑIA DE TRANSPORTE PESADO WILTRANS S.A., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Tercero del Distrito Metropolitano de Quito, el 01 de Marzo de 2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ. DJC.Q.12.002364 de 11 de Mayo de 2012. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 1.200,00 Número de Acciones 1.200 Valor US$ 1,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: “SE DEDICARÁ EXCLUSIVAMENTE A TRANSPORTE COMERCIAL DE CARGA PESADA A NIVEL NACIONAL, SUJETÁNDOSE A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DE TRANSPORTE TERRESTRE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL...” JUZGADO UNDÉCIMO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL A: RIGOBERTO MORÁN SELLÁN. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha correspondido a esta Judicatura el conocimiento de la demanda de Concurso de Acreedores (Insolvencia), planteada en su contra por la EMPRESA ELÉCTRICA PÚBLICA DE GUAYAQUIL, EP, cuyo extracto de la misma y auto inicial, son del tenor siguiente: OBJETO DE LA DEMANDA: La EMPRESA ELÉCTRICA PÚBLICA DE GUAYAQUIL, EP, acude a esta Judicatura y fundamentando en el hecho de que el demandado RIGOBERTO MORÁN SELLÁN no ha cumplido con el mandamiento de ejecución dictado por el Señor Juez Temporal Encargado Duodécimo de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, esto es no ha pagado la suma de U.S.$ 3,628.64 dólares de los Estados Unidos de América, solicita que por presumirse la insolvencia del referido demandado, se declare haber lugar al concurso de acreedores en su contra Fundamentando su demanda en los Arts. 507; 519; y 521 del Código de Procedimiento Civil.PROVIDENCIA.- Por auto de fecha sábado 14 de abril del 2012, las 09h36, se admitió la demanda a trámite y por presumirse la insolvencia del demandado, se declaró haber lugar al concurso de acreedores en su contra, particular este que se dispuso poner en conocimiento del público por una sola vez transcurrido el término de ley. Previo al cumplimiento de lo anterior se le concedió al demandado, el término de tres días para que pueda oponerse a la insolvencia, de conformidad con lo normado en el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil y en vista de la declaración bajo juramento, que hizo la parte actora, quien manifestó que le ha sido imposible determinar la residencia del demandado RIGOBERTO MORÁN SELLÁN, se dispuso que se cite a éste por la prensa de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Iván Henry Jordán Romero, Juez Temporal (E) Undécimo de lo Civil de Guayaquil. Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. (93350) A: SUSY GUADALUPE YEPEZ AVILES (deudora principal). LE HAGO SABER: Que dentro del Juicio Ejecutivo # 762-D-2009, seguido por la Compañía CONSULCREDITO SOCIEDAD FINANCIERA S.A. contra SUSY GUADALUPE YEPEZ AVILES (deudora principal) y SONIA DEL ROCIO YEPEZ AVILES (codeudora solidaria), se encuentra lo siguiente: OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez ordene en sentencia el pago del capital adeudado, los intereses legales y de mora, expensas judiciales y costas procesales. AUTO INICIAL: Guayaquil, 20 de agosto del 2009, a las 15:37. VISTOS: Guayaquil, 20 de agosto del 2009, a las 15:37. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente demanda en mi calidad de Juez Suplente del Juzgado Segundo de lo Civil de Guayaquil, y en mérito de la acción de personal No. 454-OPD de 29 de marzo del 2007, remitido por el Consejo Distrital de la Judicatura.- La demanda que antecede presentada por RAUL ALBERTO QUEVEDO IÑIGUEZ, por reunir los requisitos de ley, se la califica de clara, completa y precisa, razón por la cual se la admite al trámite de Juicio Ejecutivo. En lo principal, las demandadas SUSY GUADALUPE YEPEZ AVILES como deudora principal y la señora SONNIA DEL ROCIO YEPEZ AVILES paguen a su acreedor la obligación demandada o propongan las excepciones de las que se crean asistidas dentro del término de tres días con apercibimiento de sentencia. Agréguese los documentos públicos acompañados a la demanda debiendo desglosarse y entregarse, dejandose fotoscopias certificadas en los autos. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora para sus futuras notificaciones y la autorización que confiere a su defensoras. Cítese y notifíquese f) Abg. Omar Aguiar Perez, Juez Suplente del Juzgado Segundo de lo Civil de Guayaquil. Lo que comunico a Ud., para los fines de ley. Guayaquil, lunes 11 de julio del 2011, las 11h29. Agréguese al proceso el escrito presentado por el accionante, por cuanto el actor manifiesta bajo juramento desconocer el domicilio de la demandada, se dispone citar a la accionada SUSY GUADALUPE YEPEZ AVILES, por la prensa esto es, por medio de tres publicaciones que serán en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad (El Universo, El Telégrafo, El Expreso). Todo conforme a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- NOTIFIQUESE.- f) Ab. Pablo Pazmiño Villalva, Juez Provisional. CUANTÍA: $ 5.223,95/100 CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTE Y TRES DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS 95/100. JUEZA DE LA CAUSA: AB. LORENA ORELLANA BAJAÑA, JUEZA JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL. Lo que comunico a usted, para los fines de ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar casillero judicial para futuras notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de éste aviso y en caso de no hacerlo podrá ser declarado rebelde. Guayaquil, 2 de mayo del 2012 Ab. Delia Pimentel Delgado Secretaria Juzgado Sexto de Tránsito del Guayas May. 7-18; Jun. 1 (92632) Ab. María Valdivieso De Lucca SECRETARIA (E) ACCIÓN DE PERSONAL No. 1014 UARH-KZF DEL 08-03-2012 JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL May. 16-17-18 (93260) CITACIÓN JUDICIAL A: GERMANIA NARCISA DE JESÚS ARAGON MOREJON ACTOR: WEEDY MONTGOMERY BERRONES GORDILLO DEMANDADA: GERMANIA NARCISA DE JESÚS ARAGON MOREJON JUICIO: INVENTARIOS No. 778-2008- C. M. TRAMITE: ESPECIAL CUANTÍA: INDETERMINADA PROVIDENCIA JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 18 de abril de 2012, las 08h26.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Titular de esta Judicatura. La demanda que antecede, es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. Por haberse justificado con la documentación acompañada a la demanda la disolución de la sociedad conyugal entre los señores Weedy Montgomery Berrones Gordillo y Germania Narcisa de Jesús Aragón Morejón, se declara con lugar la facción de inventarios de dicha sociedad y se ordena el avalúo e inventario de los mismos, para lo cual las partes nombrarán su perito. De conformidad con lo previsto en el Art. 252 del Código de Procedimiento Civil, el Juzgado se reserva el derecho de nombrar el perito respectivo. De acuerdo con el Art. 82 del Código Adjetivo Civil, y al juramento rendido por el actor de la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia, se dispone citar a la demandada señora Germania Narcisa de Jesús Aragón Morejón, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad de Quito. Agréguense al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el compareciente. NOTIFÍQUESE. f).- DR. RAUL MARIÑO HERNANDEZ, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones que le corresponda. DR. MANUEL AMON MEDINA SECRETARIO JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA May. 18; Jun. 4-15 (93332) REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL A: SONIA DAVILA RIVADENEIRA SE LES HACE SABER QUE dentro del Juicio Insolvencia Nº 177-A-2012, seguido por EMPRESA ELÉCTRICA PÚBLICA DE GUAYAQUIL contra SONIA DAVILA RIVADENEIRA se encuentra lo siguiente: CUANTÍA: $ 8.746,82 USD. AUTO INICIAL: Guayaquil, jueves 8 de marzo del 2012, las 13h11.- VISTOS: De conformidad con la acción de personal 603-UARH-KZF del 9 febrero del 2012, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal, la demanda que antecede presentada por el Doctor Carlos Coello Vera, en calidad de Procurador Judicial del Ing. ALBERTO TAMA FRANCO, Gerente General de la Empresa Eléctrica Pública de Guayaquil, EP, cuya intervención se declara legitimada en mérito del instrumento público acompañado contra SONIA DAVILA RIVADENEIRA, por reunir los requisitos determinados en los artículos 67- 68- 69 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y completa y se la admite al trámite establecido en el parágrafo Tercero de la Sección Cuarta, Titulo II, Libro II, del antes citado Código Adjetivo Civil. Por consiguiente como se acompaña a la demanda los recaudos de ley, donde consta que la demandada no dio cumplimiento al mandamiento de ejecución, se presume haber lugar al Concurso de acreedores en su contra. Ordenándose... CITESE a la demandada por uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad, de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, ya que el actor manifiesta bajo juramento que le es imposible determinar el domicilio o paradero de la demandada, a fin de que comparezca a juicio dentro del término de tres días a efecto de que pague la deuda o dimita bienes suficientes tal, cual lo ordena el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil, y dentro de ocho días presente el balance de sus bienes con expresión del activo y pasivo. Oportunamente... JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Félix Herrera Vergara, Juez Temporal Primero de lo Civil de Guayaquil. Lo que comunico para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para recibir posteriores notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación del presente aviso, caso contrario será considerado o tenido como rebelde. REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGÉSIMO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE MANABI MONTECRISTÍ A la señora SILVIA LORENA ROSALES CASTILLO y señorita PAMELA CRISTINA CORONEL ROSALES, se le hace saber que en este Juzgado Vigésimo Séptimo de lo Civil y Mercantil de Manabí, por sorteo de ley, le ha tocado el conocimiento de una demanda Verbal Sumaria de Divorcio, cuyo extracto es el siguiente: CAUSA: JUICIO: ACTOR: N° 060-2012 V. S. DIVORCIO AB. TANIA ALEXANDRA GOMEZ PINARGOTE (PROCURADORA JUDICIAL DEL SEÑOR MILTON SEGUNDO CORONEL REYES). DEFENSOR: AB. TANIA A. GOMEZ PINARGOTE DEMANDADA: SILVIA LORENA ROSALES CASTILLO CUANTÍA: INDETERMINADA. OBJETO DE LA DEMANDA: La Ab. Tania Alexandra Gómez Pinargote en su calidad de Procuradora Judicial y mandante del señor Milton Segundo Coronel Reyes, manifiesta que su mandante el señor Milton Segundo Coronel Reyes se encuentra casado con la señora Silvia Lorena Rosales Castillo, desde el 30 de Octubre de 2001 matrimonio celebrado en la ciudad de Guayaquil. Que desde el 02 de noviembre del 2007 su cónyuge de manera libre, voluntaria e injustificada abandonó el hogar que lo tenían formado, por lo que no han tenido ninguna clase de relación conyugal ni sexual. Amparada en el Art. 110 numeral 11 del Código Civil solicita que, luego del trámite legal, en sentencia se declare el vinculo matrimonial que los une. JUEZ DE LA CAUSA: DR. LUIS MERO LOPEZ, Juez temporal encargado del Juzgado Vigésimo Séptimo de lo Civil de Manabí, quien en providencia de fecha Montecristi 26 de marzo del 2012, a las 09H35, avocó conocimiento de la presente causa, por el sorteo de ley y califica de clara, completa y precisa la demanda propuesta y por reunir los requisitos la admite a trámite verbal sumario. Dispone se cite a la demandada señora Silvia Lorena Rosales Castillo, con el contenido de la demanda y auto recaído en ella por medio de la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación del cantón Guayaquil provincia del Guayas y en uno de mayor circulación de la capital de la provincia de Manabí, de conformidad con lo preceptuado en los Art. 82 del Código de Procedimiento Civil codificado y 119 de la codificación del Código Civil, por cuanto la mandante del actor afirma bajo juramento que desconoce su individualidad o residencia y le es imposible determinarlo. De igual manera se cite por la prensa a la menor púber señorita Pamela Cristina Coronel Rosales por desconocer individualidad o residencia como tiene determinado. Lo que se comunica para los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus notificaciones. Montecristi, marzo 30 del 2012 Dra. Zully Andrade García SECRETARIA JUZGADO XXVII DE LO CIVIL DE MANABÍ - MONTECRISTI (93230) REPÚBLICA DEL ECUADOR Juzgado Noveno de lo Civil de Pichincha AVISO JUDICIAL JUICIO Insolvencia Nro. 77-2012 JPV ACTOR: EUFEMIA LEONOR GONZALEZ ULLAURI DEMANDADO: TERESA DE JESÚS TOSCANO Cuantía: INDETERMINADA. DOMICILIO JUDICIAL: AB. LUIS GUERRERO JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito martes 27 de marzo del 2012; Las 14h35.- VISTOS: En virtud del sorteo realizado avoco conocimiento de la presente causa en calidad de juez titular legalmente posesionado.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y precisa por lo que se la acepta a TRÁMITE ESPECIAL.- De las copias certificadas adjuntas se desprende que la señora TERESA DE JESÚS TOSCANO, se halla comprendida en la situación prevista en el artículo 519, numeral 1ro. Del Código de Procedimiento Civil, lo cual se presume su insolvencia y se declara con lugar al concurso de acreedores, en consecuencia, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: Que se ocupen los bienes, correspondencia y demás documentos de la fallida que se entregarán al síndico de concurso al doctor Arnaldo Fiallos, quien se le nombra en este juicio.- Hágase conocer al público en General de este particular por medio de la prensa, para el efecto confiérase el extracto correspondiente.- Que se acumulen todos los juicios en contra de la demandada por obligaciones de dar o hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado.- Prohíbase a la demandada ausentarse del lugar del juicio, y del territorio nacional, para el efecto remítase atento oficio a la Dirección Nacional de Migración de la Policía Nacional.- Se ordena que se presente el balance de los bienes con indicación del activo y del pasivo, en el término de ocho días.- Remítase copia de lo actuado a uno de los señores Jueces de lo Penal, para la calificación de la insolvencia.- Como la fallida queda en interdicción de administrar sus bienes hágase saber del particular mediante comunicación escrita a los señores Notarios y Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito.- Ofíciese además a la Superintendencia de Bancos a fin de que haga conocer del particular a todos los Gerentes de los Bancos de la Localidad; Registrador Mercantil y a las demás entidades que se expresa en el libelo de demanda.- Cúmplase a cabalidad todas estas diligencias ordenadas.- Podrá sin embargo la demandada oponerse al presente juicio pagando el valor de lo adeudado o dimitiendo bienes equivalentes al crédito en el término legal de tres días.- Cítese a la demandada señora TERESA DE JESÚS TOSCANO, mediante publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación y que se editan en ésta ciudad de Quito.- Agréguense al proceso los documentos presentados.Téngase en cuenta el casillero y domicilio judicial designado por el actor.- Notifíquese. F) DR. Wagner Játiva Quiroz, (Juez). LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY. Guayaquil, abril 27 del 2012 Ab. Miriam Clavijo Murillo SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL Dr. Julio César Muñoz SECRETARIO JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA (93292) CITACIÓN JUICIO: 0264-C-2012 (09311-2012-0264) Quito, 11 de Mayo de 2012 EXTRACTO DE CITACIÓN A: HECTOR FEDERICO BERMEO JIMENEZ. ACTOR: LUIS ERNESTO ERAZO CHAGUAY. JUICIO: # 2012-0080 . CUANTÍA: $ 20.000,oo. JUEZ DE LA CAUSA: ABOGADO LUIS EDUARDO LUNA COELLO, JUEZ JURISDICCIONAL DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES DEL JUZGADO SEXTO DE TRANSITO DEL GUAYAS. GUAYAQUIL.OBJETO DE LA DEMANDA: El actor se fundamenta en el artículo 828 del Código de Procedimiento Civil y 2214 del Código Civil, el pago de una indemnización por los daños y perjuicios causados. AUTO INICIAL: Guayaquil, 14 febrero de 2012, a las 15h41.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente demanda, Verbal Sumario No. 2012-0080 deducida por LUIS ERNESTO ERAZO CHAGUAY en contra de: HECTOR FEDERICO BERMEO JIMENEZ en calidad de conductor y FERNANDO XAVIER VILLACIS GUEVARA, en calidad de GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA CARRARSA S.A. propietaria del vehículo de placas GRX-7101.- La demanda que antecede, por ser clara, precisa y completa y reúne los requisitos de Ley, se la acepta al trámite correspondiente en Juicio Verbal Sumario el mismo que es secuela de la Instrucción Fiscal No. 2011-0073, disponiendo que se cite al demandado HECTOR FEDERICO BERMEO JIMENEZ, conductor del vehículo de placas GRX-7101 y bajo juramento dice desconoce el domicilio del demandado y pide que se las cite de acuerdo con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fecha distinta en un diario de amplia publicación de la ciudad, debiendo elaborarse por secretaria el extracto correspondiente.- Actúe la Abogada Delia Pimentel Delgado, Secretaria del Despacho.- Guayaquil, 03 de Abril del 2012. 10h19.- VISTOS: Agréguese a los autos los escrito presentados por LUIS ERNESTO ERAZO CHAGUAY, Ing. FERNANDO JAVIER GUEVARA VILLACIS así como los anexos adjuntos y ABG. JORGE ENRIQUE ERAZO CHICO.- Proveyendo: Por cuanto el compareciente Luis Ernesto Erazo Chaguay afirma bajo juramento desconocer el domicilio del demandado HECTOR BERMEO JIMENEZ, de conformidad con lo determinado en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil se ordena citar al demandado HECTOR BERMEO JIMENEZ mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas distintas en un diario de amplia circulación de la ciudad, debiendo elaborarse por Secretaria el extracto correspondiente.- Téngase en cuenta la designación que hace el ING. FERNANDO XAVIER GUEVARA VILLACIS por los derechos que representa de la Compañía CARRARSA S.A. en su calidad de representante Legal a favor del abogado Julián Fajardo Aguilar así como casilla judicial No. 283 que señala para sus notificaciones.- Por Secretaría confiérase las copias certificadas que solicita el abogado Jorge Enrique Erazo Chico a costa de él.- Siga actuando la señora Secretaria titular del Despacho. Abogada Delia Josefina Pimentel Delgado de Ramírez. Notifíquese y Cítese.- f) Abg. Luis Eduardo Luna Coello Juez Sexto de Garantías Jurisdiccionales y Constitucionales del Juzgado Sexto de Tránsito del Guayas en Guayaquil.- Lo que CITO a Ud., para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar domicilio judicial dentro de los veinte días posteriores de la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será tenido o declarado rebelde.- Guayaquil, 04 de Abril del 2012. CITACIÓN - EXTRACTO REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL No. 1 DEL CANTÓN GUAYAQUIL EXTRACTO EXTRACTO DE CITACIÓN REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL DISTRITO GUAYAS REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SEXTO DE TRANSITO DEL GUAYAS Lo que comunico a Ud., para los fines de ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso de citación, caso contrario será tenido o considerado rebelde. REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL CITACIÓN - EXTRACTO EXTRACTO A: NARCISA BRIONES MONTOYA SE LE HACE SABER: QUE dentro del Juicio Insolvencia N° 181-A-2012, seguido por EMPRESA ELÉCTRICA PÚBLICA DE GUAYAQUIL contra NARCISA BRIONES MONTOYA se encuentra lo siguiente: CUANTÍA: $9.192,51 USD AUTO INICIAL: Guayaquil, jueves 8 de marzo del 2012, las 14h54.- VISTOS: De conformidad con la acción del personal 603-UARH-KZF del 9 de febrero del 2012, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal, la demanda que antecede presentada por el Doctor Carlos Coello Vera, en calidad de Procurador Judicial del Ing. ALBERTO TAMA FRANCO, Gerente General de la Empresa Eléctrica Pública de Guayaquil. EP, cuya intervención se declara legitimada en mérito del instrumento público acompañado contra NARCISA BRIONES MONTOYA, por reunir los requisitos determinados en los artículos 67- 68- 69 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y completa y se la admite al trámite establecido en el parágrafo Tercero, de la Sección Cuarta, Titulo II, Libro II del antes citado Código Adjetivo Civil. Por consiguiente como se acompaña a la demanda los recaudos de ley, donde consta que la demandada no dio cumplimiento al mandamiento de ejecución, se presume haber lugar al Concurso de acreedores en su contra. Ordenándose...CITESE a la demandada por uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad, de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, ya que el actor manifiesta bajo juramento que le es imposible determinar el domicilio o paradero de la demandada, a fin de que comparezca a juicio dentro del término de tres días a efecto de que pague la deuda o dimita bienes suficientes tal, cual lo ordena el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil, y dentro de ocho días presente el balance de sus bienes con expresión del activo y pasivo. Oportunamente... JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Félix Herrera Vergara, Juez Temporal Primero de lo Civil de Guayaquil. Lo que comunico para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para recibir posteriores notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación del presente aviso, caso contrario será considerado o tenido como rebelde. DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LA COMPAÑÍA TAGZINI S.A., POR LA DE ALLTRANSTRADER ECUADOR S.A., Y REFORMA DEL ESTATUTO. Guayaquil, 04 de Mayo del 2012 Guayaquil, abril 27 del 2012 Ab. Luis M. Serrano Pérez SECRETARIO Juzgado Décimo Primero de lo Civil de Guayaquil Ab. Miriam Clavijo Murillo SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL 1.- ANTECEDENTES.- La compañía TAGZINI S.A., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Noveno del cantón Guayaquil, el 9 de noviembre de 2011, aprobada mediante Resolución No. SC.IJ.DJC.G.11.0006438 el 14 de noviembre de 2011, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil el 15 de noviembre de 2011. 2.- CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de denominación social de la compañía TAGZINI S.A. por la de ALLTRANSTRADER ECUADOR S.A., y reforma del estatuto, otorgada el 17 de abril de 2012, ante el Notario Trigésimo del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12- 0002297 de 10 de mayo de 2012. 3.- OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada la señora licenciada Lucía Taína Wittong Lavallen, en su calidad de Gerente General, de estado civil divorciada, ecuatoriana y domiciliada en la ciudad de Guayaquil. 4.- CAMBIO DE DENOMINACIÓN SOCIAL, REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACIÓN.La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12- 0002297 de 10 de mayo de 2012, aprobó el cambio de denominación social de la compañía compañía TAGZINI S.A., por la de ALLTRANSTRADER ECUADOR S.A. y la reforma del estatuto, y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de la oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 5.- AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de denominación social de la compañía TAGZINI S.A. por la de ALLTRANSTRADER ECUADOR S.A. a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En el caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento de los demás requisitos legales. 6.- REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a los siguientes artículos: "ARTICULO PRIMERO: Con el nombre ALLTRANSTRADER ECUADOR S.A., se constituye una compañía anónima, se regirá por la Ley de Compañías y los presentes estatutos ARTÍCULO SEGUNDO: La compañía se dedicará: a) La representación comercial de empresas nacionales y extranjeras y a la distribución de mercaderías por vía marítima y aérea; consolidación, desconsolidación de todo tipo de carga ya sea marítima, aérea o terrestre; consignaciones y corretajes marítimos y terrestres; compraventa, asociación, arriendo a casco desnudo, fletamento, auto propulsadas o artefactos navegables, de uso público o privado, de servicio de transporte acuático.....". Guayaquil, 10 de mayo de 2012 Ab. Natalia Rodríguez Aguirre SUBDIRECTORA JURÍDICA DE CONCURSO PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES May. 18-19-20 (93389) Gaceta varios El Telégrafo I viernes 18 de mayo del 2012 REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL No. 1 DEL CANTÓN GUAYAQUIL REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO PRIMERO CIVIL Y MERCANTIL DE GUAYAQUIL CITACIÓN - EXTRACTO EXTRACTO DE CITACIÓN AVISO DE REMATE Pongo en conocimiento del público, que en Auto dictado el 10 de abril del 2012, a las 15h30, por el señor Juez de Coactiva de la Sucursal Mayor Guayaquil de la Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No. 319-2011, se ordenó el remate de los bienes inmuebles embargados, señalándose para el efecto, el día JUEVES 14 DE JUNIO DEL 2012, el que se llevará a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicado en las calles 9 de octubre No. 200 y Pichincha, mezzanine, de la ciudad de Guayaquil. CARACTERÍSTICAS DEL BIEN INMUEBLE A REMATARSE: 1) SEIS SOLARES SIGNADOS CON LOS NÚMEROS TRES, CUATRO, CINCO, SEIS, DIEZ, VEINTE UBICADOS EN LA LOTIZACIÓN LOS EMILIOS DE LA JURISDICCIÓN DEL CANTÓN MOCACHE, PROVINCIA DE LOS RÍOS, los mismos que se encuentra circunscrito dentro de las siguientes medidas y linderos: UNO) Solar número tres de la manzana P de la lotización Los Emilios con una superficie de doscientos metros cuadrados, con los siguientes linderos: POR EL NORTE: Con Calle; POR EL SUR: Solar numero trece; POR EL ESTE: Con los solares número uno y dos y POR EL OESTE: Con el solar numero cuatro, DOS) Solar numero cuatro de la manzana P con una superficie de doscientos metros cuadrados con los siguientes linderos : POR EL NORTE: Con Calle, POR EL SUR: Solar numero catorce, POR EL ESTE: Con el solar numero tres y POR EL OESTE: Con el solar numero cinco; TRES) Solar numero cinco de la manzana P con una superficie de doscientos metros cuadrados, con los siguientes linderos: POR EL NORTE: Con Calle, POR EL SUR: Solar numero quince; POR EL ESTE: Con solar numero cuatro; y POR EL OESTE: Con el solar numero seis, CUATRO) Solar numero seis de la manzana P con doscientos metros cuadrados, con los siguientes linderos: POR EL NORTE: Con Calle; POR EL SUR : Solar numero diez y seis; POR EL ESTE: Con el solar numero cinco; y POR EL OESTE: Con el solar numero siete; CINCO) Solar numero diez de la manzana P con doscientos cincuenta y ocho metros cuadrados, con los siguientes linderos: POR EL NORTE: Con Calle , POR EL SUR : Solar numero veinte; POR EL ESTE: Con el numero nueve; y POR EL OESTE: Con calle; SEIS) Solar numero veinte de la manzana P con trescientos cuarenta y ocho metros cuadrados, con los siguientes linderos: POR EL NORTE: Con el solar numero diez; POR EL SUR: Con Calle, POR EL ESTE: Con el solar numero diez y nueve ; y POR EL OESTE: Con Calle. AVALÚO: USD $ 127,509.44 (CIENTO VEINTISIETE MIL QUINIENTOS NUEVE 44/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). 2) MAQUINARIA LIMPIADORA DE GRANOS equipada con caja de absorción de impurezas marca Producción nacional, velocidad Transp.: 0,3M/SEG, motor prelimpia: 2hp, motor ventilador: 10hp, serie A2, color azul. AVALÚO: USD $ 5,250.00 (CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), A: GILBERTO MANUEL ZUÑIGA VALENCIA. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL No. 3896-2012, seguido por la señora LUZ OLINDA ARAUJO BAZURTO en contra de GILBERTO MANUEL ZUÑIGA VALENCIA: ACTOR: LUZ OLINDA ARAUJO BAZURTO. DEMANDADO: GILBERTO MANUEL ZUÑIGA VALENCIA. OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial que une a LUZ OLINDA ARAUJO BAZURTO con GILBERTO MANUEL ZUÑIGA VALENCIA de conformidad a lo establecido en el artículo 110 Numeral 11 inciso primero del Código Civil vigente. AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS. UNIDAD JUDICIAL NO. 1 DEL CANTÓN GUAYAQUIL.- Guayaquil, sábado 21 de abril del 2012, las 10h26. VISTOS: En mi calidad de Jueza Primera de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil, Encargada del despacho del Dr. Víctor Hugo Echeverría Bravo, Juez titular de esta judicatura, mediante acción de personal No. 1753-UARH-NVP de fecha 18 de abril de 2012, extendida por la Dirección General del Consejo de la Judicatura de Transición. Una vez que la accionante ha dado cumplimiento a la diligencia señalada por el señor doctor Víctor Hugo Echeverría, Juez titular de este despacho, de fecha viernes 20 de abril de 2012, a las 14h30 en la sala No. 3 de la Unidad Judicial Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia No. 1 del cantón Guayaquil. En lo principal, dentro de la presente demanda de DIVORCIO POR CAUSAL presentada por LUZ OLINDA ARAUJO BAZURTO contra su cónyuge GILBERTO MANUEL ZUÑIGA VALENCIA, se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, en consecuencia, se la admite al trámite del juicio verbal sumario (divorcio).- Cítese al cónyuge demandado GILBERTO MANUEL ZUÑIGA VALENCIA, por la prensa toda vez que la actora ha declarado bajo juramento ante la suscrita desconocer su actual residencia o domicilio y que a pesar la diligencias e investigaciones realizadas no le fue posible determinar el domicilio o residencia de la parte demandada; en el modo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el inciso segundo del Art. 119 del Código Civil, en uno de los siguientes diarios: El Universo, El Telégrafo, Expreso y/o Extra.- La Actuaria del despacho, confiera los extractos respectivos para su publicación. Hágase saber.- F) DR. PAOLA DE LOS ÁNGELES DÁVILA LÓPEZ, JUEZA ENCARGADA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y SECRETARIA AB. NATASHA BLUZSTEIN. JUEZ DE LA CAUSA: DR. PAOLA DE LOS ÁNGELES DÁVILA LÓPEZ, JUEZA ENCARGADA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS. Guayaquil, 02 de mayo del 2012 SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA No. 1 CANTÓN GUAYAQUIL De acuerdo a la reforma del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, publicado en el Suplemento-Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre de 2011, los postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio. Las personas naturales y/o jurídicas que deseen participar en el remate, deberán acudir a esta judicatura dentro del plazo de treinta días antes de la fecha de remate para que se realice la calificación respectiva, para el efecto el secretario de coactiva entregará los formularios correspondientes para que en base a la información reportada por parte de las personas interesadas, sean calificadas por la Corporación Financiera Nacional para que puedan participar en la presentación de posturas el día del remate. En tal virtud los interesados deberán retirar la documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos el día JUEVES 17 DE MAYO DEL 2012.- La Corporación informará oportunamente a los postores sobre el resultado de la calificación.- No se aceptarán ofertas por los postores que no hubieren sido previamente calificados por la institución.- Las posturas y mejoras se presentarán por escrito dirigidas al Juez de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, en las que se indicará la casilla judicial para las notificaciones de Ley, y deberán ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión, adjuntando copia de la cédula de ciudadanía o de identidad del interesado y copia de la credencial del abogado que le patrocina. Las posturas deberán ser presentadas personalmente por el abogado que patrocina al interesado o por el postor o conjuntamente el postor con su abogado patrocinador. No se admitirán posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas, por lo menos, del diez por ciento del valor total de la oferta, el que se consignará en dinero o en cheque certificado por el banco o en cheque girado por el banco a la orden de la Corporación Financiera Nacional; si el diez por ciento que se consigna sobrepasa los US$10.000,00 (DIEZ MIL, 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) los postores deben suscribir el formulario de licitud de fondos emitido por el CONSEP, a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en la Ley sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ni las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de las diecisiete horas del día señalado para el remate. Por tratarse del PRIMER SEÑALAMIENTO de remate, conforme a lo previsto en el Art. 468 del Código de Procedimiento Civil, no se admitirán posturas que no ofrezcan por los menos las dos terceras partes del valor del avalúo del bien materia del remate.- En virtud a la reforma del Art. 457 del Código de Procedimiento Civil, publicada en el Suplemento - Registro Oficial # 583 del 24 de Noviembre del 2011,en su parte pertinente del inciso segundo indica que se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen plazos de hasta ocho años, en el caso de remate de bienes inmuebles y de tres para los bienes muebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 461 del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas.- El remate del bien inmueble se lo realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil.- Todos los gastos de protocolización e inscripción y demás que se hagan para la transferencia de dominio del bien inmueble y mueble materia del remate, serán de cuentas del adjudicatario, condición que se hará constar en la respectiva publicación. De igual forma se hará constar que los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono y condominio (en caso de que sean bienes que se encuentren en propiedad horizontal) serán con cargo al coactivado.- Si fuera una persona natural que resultare ser la adjudicataria de los bienes a rematarse deberá contratar un seguro de desgravamen, siempre y cuando se rematare el bien a plazos.- De conformidad a lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Corporación Financiera Nacional, dicha Institución puede hacer posturas con imputación al valor de su crédito, sin necesidad de depositar el diez por ciento de su valor, aún cuando hubiere tercerías coadyuvantes, en este caso, se contará con uno de los Agentes Fiscales del distrito, quien representará para este exclusivo efecto, al propietario de la cosa materia del remate, para lo cual ofíciese a la Gerencia Regional Administrativa, a fin de que tenga conocimiento del remate que se va a efectuar.- Cualquier información adicional solicitarla al Juzgado de Coactiva la Corporación Financiera Nacional, Sucursal Guayaquil, al teléfono 2560888 ext. 1373.- Lo que comunico al público, para los fines de Ley.- Guayaquil, 18 de abril del 2012 Ab. Guillermo Vicente Peña Avilés SECRETARIO DE COACTIVA CITACIÓN - EXTRACTO EXTRACTO DE CITACIÓN A: ALEXANDRA BEATRIZ SANCHEZ PESANTES. LE HAGO SABER: Que por sorteo de Ley, ha tocado conocer a esta judicatura el juicio de divorcio verbal sumario No. 1128-A-2011, seguido por JUAN ISAIAS ORTEGA AREVALO contra ALEXANDRA BEATRIZ SANCHEZ PESANTES. OBJETO DE LA DEMANDA: Que se declare disuelto el vínculo matrimonial fundamentado en causal 11, inciso 1 del Art. 110, del Código Civil.CUANTÍA: Indeterminada. JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Shirley Ronquillo Bermeo, Juez Suplente del Juzgado Trigésimo Primero de lo Civil de Guayaquil. AUTO: Mediante auto dictado el lunes 19 de diciembre de 2011, las 09h11, la Juez de la causa, dispuso: "... VISTOS: Se califica la demanda presentada por el señor JUAN ISAIAS ORTEGA AREVALO, de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite del juicio verbal sumario (divorcio).- En consecuencia, cítese por la prensa a la demandada, señora ALEXANDRA BEATRIZ SANCHEZ PESANTES, mediante publicaciones en el diario Expreso o El Telégrafo en vista que el actor afirma, bajo juramento, que le es imposible determinar su residencia, de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil en relación con el Art. 119 del Código Civil.- Téngase en cuenta que el actor declara que no procrearon hijos y que la sociedad conyugal no adquirió bienes.- Agréguense los documentos acompañados ordenándose su desglose y devolución dejando fotocopias certificadas de los mismos en autos - La señora Secretaria del Juzgado confiera el correspondiente extracto de citación..." Mediante providencia dictada el jueves 8 de marzo de 2012, las 16h16, la Juez Suplente de la causa, dispone: "... Intervenga la señora Oficial Mayor del Juzgado por vacaciones de la señora Secretaria titular hasta que duren las mismas.- La Oficial Mayor sírvase conferir el extracto de citación a la parte actora, ordenado en el auto inicial, en el día, una vez notificada esta providencia, en vista del tiempo que ha transcurrido desde la calificación de la demanda..." Lo que comunico a usted para los fines de ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial para recibir las notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será tenida o declarada rebelde. Guayaquil, 12 de marzo de 2012 A: PRESUNTOS PROGENITORES Y FAMILIARES LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DECLARATORIA DE ADOPTABILIDAD N° 3226-2012, seguido por Lcda. YOLANDA RAQUEL GONZALEZ LASTRE en su calidad de Directora Provincial del Instituto de la Niñez y Adolescencia - Guayas MIES -INFA ACTOR: Lcda. YOLANDA RAQUEL GONZALEZ LASTRE DEMANDADO: PRESUNTOS PROGENITORES Y FAMILIARES OBJETO DE LA DEMANDA: Que se lo cite al demandado, el juez mediante sentencia declare en aptitud legal para ser adoptado el niño DALTON VALVERDE SANCHEZ. AUTO INICIAL: LA AB. SIXTA BARCOS PORROS, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL, legalmente posesionada mediante Acción de Personal No. 412- DNP, extendido por el Consejo Nacional de la Judicatura, y en virtud de lo dispuesto en el Art. 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial.- En lo principal la presente demanda de DECLARATORIA DE ADOPTABILIDAD, que presenta la señora Lcda. YOLANDA RAQUEL GONZALEZ LASTRE, p.l.d.q.r., en su calidad de Directora Provincial del Instituto de la Niñez y Adolescencia - Guayas MIES INFA, y como representante legal de la “Casa Hogar Guayaquil”, la misma que por ser clara, completa y, precisa y reunir los requisitos de ley, se acepta al trámite en consecuencia por cuanto lo actora manifiesta bajo juramento desconocer la identidad, domicilio e individualidad del demandado se dispone que se cite a los presuntos progenitores y familiares que se crean con derecho al niño DALTON VALVERDE SANCHEZ, en tres días distintos por medio de uno de los diarios de mayor circulación en el país.- De conformidad con lo determinado en el Art. 268 y 269 del Código de la Niñez y Adolescencia, la Policía Especializada en Niñez y Adolescencia - DINAPEN, proceda a efectuar una prolija investigación en lo relacionado al presente caso, y a fin de establecer el paradero de los padres del niño, así como la identidad de sus progenitores y parientes hasta el tercer grado de consanguinidad.- Intervenga la oficina técnica del juzgado de Niñez y Adolescencia y realice una exhaustiva investigación en esta causa en informe en la brevedad a este Juzgado.- Téngase en cuenta los documentos aparejados.- Tómese en cuenta la autorización que confiere la accionante en favor de sus patrocinadores y la casilla judicial que señala para sus notificaciones.- NOTIFÍQUESE. CUANTÍA: JUEZ DE LA CAUSA: AB. SIXTA BARCOS PORROS, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS. JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A GUSTAVO EFRAIN FERNANDEZ CUICHAN, DE LA DEMANDA DE DIVORCIO PROPUESTA EN SU CONTRA POR MARYLUZ ARAÑO REINA. ACTOR: MARYLUZ ARAÑO REINA DEMANDADO: GUSTAVO EFRAIN FERNANDEZ CUICHAN JUICIO: No. 0214-2012-ED.TRAMITE: VERBAL SUMARIO (DIVORCIO) CUANTÍA: Indeterminada FECHA DE INICIACIÓN: 16 de abril del 2012 PROVIDENCIA “JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 16 de abril del 2012, las 14h19.- VISTOS: Cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia inicial, la demanda que antecede se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite verbal sumario.- En lo principal, atenta al juramento rendido por la Actora y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al demandado SR. GUSTAVO EFRAIN FERNANDEZ CUICHAN, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha y tal como dispone el Art. 119 del Código Civil, se las hará mediando término de ocho días, por lo menos, entre la una y la otra publicación.Tómese nota de la cuantía y domicilio judicial señalados por la SRA. ARAÑO REINA MARYLUZ y la autorización que da a su abogado defensor.- Cítese y Notifíquese.- f) Dra. Mónica Flor Pazmiño, Jueza. “ Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial en esta ciudad de Quito para sus futuras notificaciones. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA ENCARGADA DEL JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Ab. Luisa Torres San Lucas OFICIAL MAYOR JUZGADO 31 CIVIL GUAYAQUIL ACCION P # 1679-OPD-DDGG-07 May. 18; Jun. 4-15 (93275) (93318) SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA No. 1 CANTÓN GUAYAQUIL JUZGADO ADJUNTO DÉCIMO CUARTO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL EXTRACTO DE PUBLICACIÓN A: JIMMY JAVIER GONZALEZ GARCIA, se le hace saber lo que se encuentra dentro del juicio de Prestación de Alimentos N° 1663-2011 seguido por MARIA LORENA HERNANDEZ CHALEN.JUICIO DE PRESTACIÓN DE ALIMENTOS N° 1663-2011.Guayaquil, miércoles 26 de octubre del 2011, las 10h19.- VISTOS: En virtud de lo dispuesto en el Art. 171 del Código Orgánico de la Función Judicial; la Resolución que contiene las Normas para el Funcionamiento Operativo y Administrativo de los Jueces Adjuntos Temporales, publicada en el Registro Oficial No. 264 del miércoles 25 de Agosto del 2010; avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez adjunto de esta Unidad Judicial Ampliada: En lo principal, por reunir los requisitos de Ley, la demanda propuesta por la señora MARIA LORENA HERNANDEZ CHALEN, p.l.d.q.r. de los menores JIMMY EDUARDO, EVELYN NICOLE Y MAURO XAVIER GONZALEZ HERNANDEZ, en contra de JIMMY JAVIER GONZALEZ GARCIA, se la califica de clara y precisa y se la admite al trámite, de conformidad con el Art. 271 y siguientes del Código de la Niñez y Adolescencia. De conformidad con lo establecido en los Artículos 9 y 35 enumerados de la Ley Reformatoria al Título V, Libro II del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia publicado en el Registro Oficial 643 de 28 de julio de 2009, se fija provisionalmente la cantidad de ($ 143,16 USD) CIENTO CUARENTA Y TRES DÓLARES CON DIECISÉIS CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA equivalente a 54,23 % del salario básico unificado, como pensión alimenticia a favor de los menores JIMMY EDUARDO, EVELYN NICOLE Y MAURO XAVIER GONZALEZ HERNANDEZ. Al demandado señor JIMMY JAVIER GONZALEZ GARCIA, con copia de la demanda y auto recaído en ella, en el lugar que se indica, mediante boleta única de citación a fin de que un miembro de la Policía Nacional del Ecuador colabore con la respectiva diligencia y siente la razón de citación, la actora brinde las facilidades pertinentes a fin de cumplir de manera oportuna la citación. Cumplida la citación ordenada, el demandado anunciará las pruebas que estime pertinentes hasta 48 horas antes de la realización de la Audiencia Única que se señalará oportunamente, a la que deberá concurrir personalmente o por intermedio de Procurador Judicial con Poder amplio y suficiente en cuanto a derecho se requiere, el mismo que necesariamente debe contener cláusula especial para transigir, audiencia en la que, se informará a las partes sobre las normas que rigen la fijación de las pensiones alimenticias, subsidios y beneficios y su cumplimiento, se evaluarán las pruebas y se fijará pensión definitiva de conformidad con el Principio de concentración constante en el Art. 168 numeral 6 de la Constitución. Tómese en cuenta la casilla judicial No. 2105, que señala la parte actora y la autorización que le confiere a su patrocinador. Agréguese a los autos los documentos que adjunta. Ofíciese conforme lo solicita.- NOTIFIQUESE Y CITESE.- Guayaquil, jueves 5 de abril del 2012, las 14H42. Agréguese a los autos el escrito presentado por la señora MARÍA LORENA HERNÁNDEZ CHALEN de fecha 3 de abril del 2012 a las 11H58, del contenido del mismo se establece que el demandado JIMMY JAVIER GONZÁLEZ GARCÍA tiene su domicilio ubicado en la Avenida José Vicente Trujillo y Calle C Bloque No. 1 Departamento 18 de la Primavera de esta Ciudad de Guayaquil, en consecuencia remítase copia del expediente a la Oficina de Citaciones de la Corte Provincial de Justicia del Guayas; que la parte actora de la presente Demanda de Pensiones de Alimentos proporcione las facilidades necesarias para llevar a cabo la diligencia de citación ordenada en el auto inicial.- Sígase notificando a la casilla judicial No. 174.- CUMPLASE Y NOTIFIQUESE.- Guayaquil, viernes 4 de mayo del 2012, las 12h15. Como de autos consta la razón de citación donde manifiesta que no se ha podido citar al Señor GONZALEZ GARCIA JIMMY JAVIER, se dispone que se lo cite por medio de la prensa, ya que la actora bajo juramento declara que desconoce y se le hace imposible determinar la residencia o domicilio del demandado, mediante 3 publicaciones que se harán cada una de ellas en fecha distinta; en un Periódico de amplia circulación nacional, previniéndole al demandado la obligación que tiene de comparecer a juicio 20 días después de la última publicación, será considerado rebelde de acuerdo a lo que determina el Art. 82 ultimo inciso del Código de Procedimiento Civil, la actora brinde las facilidades pertinentes a fin de cumplir de manera oportuna la citación. Se indica a la accionante que facilite las copias para la diligencia ordenada. HAGASE SABER.- F) Ab. CARLOS PINTO TORRES Juez Adjunto Décimo Cuarto de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil.- LO QUE COMUNICO A USTED, PARA LOS FINES DE LEY, ADVIRTIÉNDOLE AL DEMANDADO LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR DOMICILIO LEGAL PARA SUS NOTIFICACIONES, DENTRO DE LOS VEINTE DÍAS POSTERIORES A LA TERCERA Y ULTIMA PUBLICACIÓN DE ESTE AVISO, DE NO HACERLO SERA TENIDO O DECLARADO EN REBELDIA. Guayaquil, 11 de mayo del 2012. Ab. Mercedes Alvarez Gómez SECRETARIA DEL JUZGADO ADJUNTO DÉCIMO CUARTO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL May. 18, Jun. 1-14 (93335) -EXTRACTOJUICIO: ORDINARIO N ° 2011-1536-MY ACTOR: GLADYS DEL CARMEN ROJAS DEMANDADO: ROCIO JIJON DE HIDALGO TRAMITE: ORDINARIO OBJETO: Se declare con lugar la Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de dominio del local Nro. 161, alícuota 0.225900%, que forma parte del Edificio Centro Comercial Espiral, de una superficie de 3 metros cuadrados con 83 centímetros cuadrados, sector Santa Prisca, Quito. CUANTÍA: Indeterminada PROVIDENCIA JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 26 de enero del 2012, las 11h28. VISTOS.- Por cumplido con el requerimiento anterior.- La demanda, propuesta por Gladys del Carmen Rojas es completa, clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que declarándosela procedente se la admite a trámite, en juicio Ordinario.- En consecuencia, con la demanda y presente providencia córrase traslado a la señora Rocío Jijón de Hidalgo, por el término de quince días, a fin de que la conteste o proponga todas y cada una de las excepciones tanto dilatorias como perentorias de las que se creyere asistida, bajo apercibimiento en rebeldía.- En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la Actora, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a la señora Rocío Jijón de Hidalgo, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo.- Cuéntese en la presente causa, con los personeros del Distrito Metropolitano de Quito, en la persona del señor Alcalde y Procurador Síndico.- Previamente inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad Municipal del Cantón Quito, conforme lo dispone el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se notificará a la Entidad respectiva.- Incorpórense al proceso los documentos adjuntos.- Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la Actora, para sus notificaciones posteriores, así como el nombramiento y la autorización manifestada en favor de su Defensor.- NOTIFÍQUESE. f) Ab. Francisco Alvear Montalvo, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación de señalar domicilio judicial en esta ciudad de Quito para recibir posteriores notificaciones. Certifico.Dr. Nilo Gonzalo Almachi SECRETARIO JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA May. 18; Jun. 04-15 (93299) EXTRACTO DE CITACIÓN Guayaquil, 24 de abril del 2012 May. 18; Jun. 1-14 (93363) CITACIÓN JUDICIAL PARA LA SEÑORA ROCIO JIJON DE HIDALGO A: VICTOR HUGO COLOMA VILLALVA en calidad de deudor solidario. SE LE HACE SABER QUE dentro del juicio ejecutivo N° 161-A-2012, seguido por RONALD OMAR ALVAREZ URDIALES contra VICTOR HUGO COLOMA VILLALVA y otro se encuentra lo siguiente: CUANTÍA: $55.000,oo USD. AUTO INICIAL: Guayaquil, miércoles 28 de marzo del 2012, las 16h16.- VISTOS: De conformidad con la acción del personal 603-UARH-KZF del 9 de febrero del 2012, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal, la demanda presentada por el Ing. Ronald Omar Álvarez Urdiales, contra..., en su calidad de deudor y el señor Víctor Hugo Coloma Villalva, en calidad de Garante o deudor solidario, por reunir los requisitos determinados en los artículos 6768 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y completa y se la admite a trámite ejecutivo establecido en la Sección 2, Titulo, Parágrafo 2°, del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se dispone que los demandados, en el término de tres días pague a su acreedor la cantidad adeudada, o en el mismo término, deduzcan excepciones de la que se creyeren asistidas, bajo las prevenciones de Sentencia. CÍTESE Al demandado Víctor Hugo Coloma Rodríguez, en la dirección indicada en la demanda. Al demandado Víctor Hugo Coloma Villalva, CÍTESELO, por uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad, de conformidad con lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil... JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Félix Herrera Vergara, Juez Temporal Primero de lo Civil de Guayaquil. Lo que comunico para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para recibir sus notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación del presente aviso caso contrario será considerado o tenido como rebelde. Guayaquil, abril 25 del 2012 May. 18-31; Jun. 14 (93346) REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO TRIGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL AB. ROSANNA MARTÍNEZ ERAZO SECRETARIA (E) JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL Ab. Miriam Clavijo M. SECRETARIA DEL JUZGADO 1ro. DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL No. 1 DEL CANTÓN GUAYAQUIL A: GRETA HERLINDA VILLARRUEL ROSADO. SE LE HACE SABER QUE dentro del juicio verbal sumario (divorcio) N° 477-A-2011, seguido por JORGE ANIBAL INTRIAGO CORDERO contra GRETA HERLINDA VILLARRUEL ROSADO, se encuentra lo siguiente: Cuantía: Indeterminada. VISTOS: Guayaquil, jueves 19 de abril del 2012, las 15h43.- La demanda que antecede presentada por JORGE ANIBAL INTRIAGO CORDERO contra GRETA HERLINDA VILLARUEL ROSADO, por reunir los requisitos determinados en los artículos 67- 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y completa y se la admite a trámite Verbal sumario. En consecuencia, cítese a la demandada por uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad, conforme lo determina el Art. 82 del Código da Procedimiento Civil, en concordancia con el Art. 119 del Código Civil. Téngase ...SIGUE LA PROVIDENCIA: Guayaquil, jueves 19 de abril del 2012, las 15h43.- En mérito de la Acción de personal reformada N° 603-UARH-KZF de fecha 9 de febrero del 2012 asumo el conocimiento del presente juicio, en calidad de Juez Temporal encargado del Despacho de esta Judicatura.- En lo principal, agréguese a los autos el escrito que antecede presentado por JORGE ANIBAL INTRIAGO CORDERO.- Considérese que manifiesta que por un error involuntario en el libelo de su demanda consta la demandada como Greta Herlinda Villaruel Rosado, cuando lo correcto es GRETA HERLINDA VILLARRUEL ROSADO, por lo que corrige dicho error, y se aclara el auto de calificación dictado en la presente causa, teniéndose como demandada GRETA HERLINDA VILLARRUEL ROSADO.- Actúe la Ab. Rosanna Martínez Erazo, en calidad de Secretaria (E), mediante acción de personal N° 1674-UARM-KZF de fecha 16 de abril del 2012. Juez de la Causa: Ab. Félix Herrera Vergara, Juez Temporal Primero de lo Civil de Guayaquil. Lo que comunico para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para recibir notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación del presente aviso, caso contrario será considerado o tenido como rebelde. Guayaquil, abril 23 del 2012 May. 7-18; Jun. 1 (92636) Las características y demás especificaciones del bien inmueble y mueble a rematarse podrán ser apreciadas en el informe de avalúo que consta en el proceso, del cuál será obligación de los postores de conocer, a fin de evitar cualquier reclamo posterior. 29 REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DEL GUAYAS AVISO DE REMATE AL PUBLICO: SE LE HACE SABER: Mediante providencia dictada el 12 de Abril del 2012, las 10h07, por el Juez Temporal Cuarto de lo Civil de Guayaquil, Abg. Peter Kuffo Ronquillo, dentro del juicio de Embargo y Remate No. 316-B-2009 seguido por Galo Edison Freire Viera, se ha señalado para el día 20 de Junio del 2012 a partir de las 13h00 a 17h00 el remate del bien inmueble embargado de las siguientes características: UBICACIÓN DEL INMUEBLE: LOCALIZACIÓN: Solar No. 20, Manzana No. 57 (antes No. 56), sector 3 de la Primera Etapa de la ciudadela La Garzota, parroquia Tarqui, cantón Guayaquil, Provincia del Guayas, Dirección Calle No. 57, ciudadela La Garzota. CLASIFICACIÓN Y ENTORNO: El sector donde se encuentra el inmueble esta designado para vivienda para personas de clase media y en su alrededor podemos observar construcciones de una, dos y tres plantas, con estructura de hormigón armado, así como oficinas de prestación de servicios de diversa índole como la Empresa Eléctrica del Ecuador, la empresa telefónica TNT, etc. SERVICIOS QUE TIENE EL SECTOR: El sector cuenta con todos los servicios de infraestructura urbana, a saber red de agua potable y alcantarillado, servicio de energía eléctrica, servicio telefónico, calles pavimentadas con aceras y bordillos de hormigón, transporte público, alumbrado público, etc. LINDEROS Y MENSURAS DEL SOLAR: De acuerdo a la documentación adjunta al proceso, el solar tiene los siguientes linderos y mensuras: Por el Norte: Con el solar # 15, con 8 metros: Por el Sur, con la calle # 57 de la Urbanización, con 8 metros: Por el Este: Con el solar# 19, con 20 metros: Por el Oeste: Con el solar # 21, con 20 metros.- Medidas que dan una superficie de 160 metros cuadrados.- El predio tiene forma rectangular, su topografía es plana y su ubicación es medianera.- El solar cuenta con un cerramiento frontal cuya estructura es de hormigón armado, en todo su contorno. CARACTERÍSTICAS DE LA CONSTRUCCIÓN: El inmueble esta compuesto de solar y edificación de dos plantas, cuya planta baja se encuentra distribuida de la siguiente manera: garaje, hall de ingreso, sala, comedor, cocina, baño de visita, lavandería, cuarto de empleada y una pequeña bodega. A la segunda planta se accede a través de una escalera de hormigón armado y la misma tiene la siguiente distribución: Dos dormitorios con baño, un dormitorio master con baño, un estudio y un área que sirve de conección a los diferentes ambientes. ESTRUCTURA: Hormigón armado: PAREDES: Mampostería enlucida, empastada y pintada: PISO: Concreto revestido con marmetone: Cubierta: Hormigón armado: TUMBADO: Enlucido en planta baja y planchas de Gypsum en planta alta: VENTANAS: Aluminio y vidrio: PUERTAS: Madera (reja de hierro): IISS- Empotradas: IISS: Empotradas: CERRAMIENTO: Estructura de hormigón armado, rejas de hierro: AREA DE CONSTRUCCIÓN: 195,25: PLANTA BAJA: 95.50 metros cuadrados: PLANTA ALTA: 99.75 metros cuadrados. AVALUO DEL BIEN INMUEBLE: US$ 106,975.00 (CIENTO SEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). No se admitirán ofertas que no cubran por lo menos las dos terceras partes del valor del avalúo, a las que se acompañaran el 10% de cada oferta en dinero efectivo o en cheque certificado a la orden de esta judicatura.EI remate se llevará a efecto en el despacho de la Secretaría del Juzgado Cuarto de lo Civil de Guayaquil, en el tercer piso de la H. Corte Provincial del Guayas, ubicado en la Avenida 9 de Octubre y Pedro Moncayo. Particular que pongo en conocimiento del público para los fines de Ley. Guayaquil, 19 de abril del 2012 Abg. Noria Barcia de Brito SECRETARIA 13/8/97 JUZGADO 4TO. DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL Abr. 23, May. 7-18 (91964) AVISO AL PUBLICO: LE HAGO SABER: Que por auto dictado en Guayaquil, viernes 30 de marzo del 2012, las 11h25, por el señor Juez Temporal del Juzgado Sexto de lo Civil y Mercantil de Guayaquil Abogado Dionicio Gutiérrez Del Valle, dentro del juicio No. 992-2012, se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por el causante CARLOS EMILIO BURGOS GUERRA, desde su fallecimiento ocurrido el día 11 de Septiembre del 2010, y también se ordenó poner en conocimiento del público esta declaratoria. Lo que comunico a Ud. Para los fines de Ley. Guayaquil, Mayo 9 del 2012 Ab. Ramón Iñiguez Vera Secretario Juzgado Sexto de lo Civil de Guayaquil (93355) BANCO PROCREDIT S.A.: Pone en conocimiento, la pérdida de la libreta de la Cta. de Ahorros #1401011606559 de QUISHPI CHIMBOLEMA LUIS ALFONSO. Particular que se comunica para los fines legales. (93342) BANCO PROCREDIT S.A.: Pone en conocimiento, la pérdida de la libreta de la Cta. de Ahorros #4401010001861 de YANEZ VILLACIS WASHINGTON EDUARDO. Particular que se comunica para los fines legales. (93341) COOP. DE AHORRO Y CRÉDITO OSCUS LTDA., Comunica el extravío de la libreta de Ahorros No. 0126984311 perteneciente a CENTENO TITUANA MARIA ESTHER, por lo que se ha procedido a su anulación, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa, en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso. (93386) REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE ORELLANA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL: SR. VICENTE QUINATOA GALARZA Y BOLIVIA VARGAS YAMUCO. ACTOR: SR. SIMÓN WENCESLAO VILLAFUERTE CHOMPOL DOMICILIO DEL ACTOR: Casillero judicial número 7 del Abg. Jacinto Roby Anchundia. CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ: Abg. Tito Silva Calderón SECRETARIA: Sra. Noemí Iñahuazo Celi DEMANDA: En el juicio Verbal Sumario (Amparo Posesorio) Nro. 257-2010 propuesto por el señor SIMON WENCESLAO VILLAFUERTE CHOMPOL en contra del señor Víctor Quinatoa Galarza y la señora Bolivia Vargas Yamuco fundamentada en el Art. 715, 960 y 969 del Código Civil. PROVIDENCIA DEL JUZGADO DE LO CIVIL DE ORELLANA, 20 de julio del 2010, las 10H30.- VISTOS.- Por cumplido lo ordenado en providencia que antecede. La demanda presentada por el actor señor SIMÓN WENCESLAO VILLAFUERTE CHOMPOL, es clara y precisa, ya que reúne los requisitos exigidos por la Ley, por lo que se la admite a trámite solicitado en juicio Verbal Sumario, en consecuencia, en mérito al juramento rendido por el actor de desconocer la individualidad o residencia de los demandados señores VICTOR QUINATOA GALARZA Y BOLIVIA VARGAS YAMUCO, se ordena citarlos en el diario “EL TELÉGRAFO” por ser de amplia circulación nacional tal como lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Por tratarse de un predio urbano cuéntese con los señores representantes del Gobierno Municipal de Francisco de Orellana, a quienes se los citará en sus respectivos despachos. Inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad de este Cantón, tal como lo dispone el Art. 1.000 del Código de Procedimiento Civil. JUEZ DE LA CAUSA: Abg. Tito Silva Calderón, Juez de lo Civil de Orellana. Lo que comunico a Ud. para los fines de Ley, previniéndole a Ud. de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Francisco de Orellana, para futuras notificaciones, dentro del término de veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso; de no comparecer dentro del término indicado, serán tenidos o declarados rebeldes.- F) Noemí Iñahuazo Celi, Secretaria del Juzgado de lo Civil de Orellana.- Pto. Fco. de Orellana, 23 de abril del 2012. NOEMÍ IÑAHUAZO CELI, SECRETARIA DEL JUZGADO DE LO CIVIL DE ORELLANA May. 18; Jun. 04-15 (93344) CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA TURLATINO S.A. Se convoca a los Accionistas de la Compañía "TURLATINO S.A.", a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que se celebrará el día lunes 28 de Mayo de 2012, en el Salón de Sesiones del segundo Piso del Condominio Orellana, ubicado en las calles Los Ríos # 609, entre Quisquís y Primero de Mayo, de esta ciudad de Guayaquil, a partir de las 15H00, para resolver sobre los siguientes puntos: 1.- Conocer y resolver sobre el Informe realizado por el Perito Avaluador designado, por la Junta General de accionistas, respecto a la valuación, de los activos de la compañía Turlatino S.A., según lo dispone el reglamento pertinente, para la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades, (NIIF para PYMES). 2.- Revisión y aprobación del Cronograma de Implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), según lo dispone el reglamento pertinente, para la aplicación en las Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades, (NIIF para PYMES). 3.- Revisión y aprobación de la conciliación del Patrimonio Neto, al 31 de diciembre del 2010, provenientes del ajuste entre las Normas Ecuatorianas de Contabilidad y las Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades. 4.- Restructuración de los integrantes del Directorio de Turlatino S.A. El comisario de la compañía CPA. Rafael Omar Ramírez, y el Interventor, Ec. Guillermo Pardo Navarrete, han sido convocados de manera personal con el texto de la presente convocatoria. Los documentos a los que hace referencia esta convocatoria, están a disposición de los accionistas en las oficinas de la compañía, Machala 2228 y Capitán Nájera. Guayaquil, 18 de Mayo de 2012 Genaro Vásquez Pérez PRESIDENTE Gino Lucero Petao GERENTE (93369) Gaceta varios 30 El Telégrafo I viernes 18 de mayo del 2012 DIPAC MANTA S.A. ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2011 DIPAC MANTA S.A. ESTADO DE RESULTADOS INTEGRALES DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2011 (Expresados en dólares estadounidenses) (Expresados en dólares estadounidenses) ACTIVOS EXTRACTO PASIVOS Activos corrientes Efectivo y equivalentes de efectivo Clientes y otras cuentas por cobrar Inventarios 2,239,542 9,660,253 23,051,382 Total activos corrientes 34,951,177 Activos no corrientes Otras cuentas por cobrar Propiedades, planta y equipo 52,295 8,077,185 Total activos no corrientes 8,129,480 Total activos 43,080,657 2011 Pasivos corrientes Obligaciones con terceros Otros pasivos corrientes 18,372,190 3,460,173 Ventas netas Costo de ventas Utilidad bruta 79,823,598 (54,637,086) 25,186,512 Total pasivos corrientes 21,832,363 Gastos de administración y ventas (12,069,613) Pasivos no corrientes Obligaciones bancarias y financieras Otros pasivos no correintes Total pasivos no corrientes Total pasivos PATRIMONIO Total patrimonio Total pasivos y patrimonio Utilidad operacional 2,713,064 829,100 3,542,164 25,374,527 17,706,130 43,080,657 El Comité de Calificación de nuestra institución, en la sesión del 27 de marzo de 2012, basado en el análisis realizado por el personal técnico, a partir de la información financiera auditada proporcionada por el emisor con corte a diciembre del 2010, el corte interno al 31 de diciembre de 2011 y 31 de enero de 2012, detalle de activos libres de gravamen, además de información relacionada a la garantía específica, ha resuelto asignarle la calificación de la Primera y Segunda Emisión de Obligaciones de la compañía DIPAC MANTA S.A. por un monto de hasta US$ 2,000,000 y US$4,000,000 respectivamente, en la categoría de riesgo "AA+", la misma que se define de la siguiente forma: AA+ Corresponde a los valores cuyos emisores y garantes tienen una muy buena capacidad del pago de capital e intereses, en los términos y plazos pactados, la cual se estima no se vería afectada en forma significativa ante posibles cambios en el emisor y su garante, en el sector al que pertenecen y en la economía en general. El signo (+) indica la posibilidad de que la categoría asignada podría ascender hacia su inmediata superior. Características de la I Emisión: Monto: US$ 2,000,000 Saldo actual: US$ 750,000 Plazo: 4 años Tasa de interés: TPR+3% Amortización de capital: Trimestral Amortización de intereses: Trimestral Garantía: General y Específica Uso de los Fondos: Reestructuración pasivos Características de la II Emisión: Monto: US$ 4,000,000 Saldo actual: US$ 3,000,000 Plazo: 4 años Tasa de interés: TPR+3% Amortización de capital: Trimestral Amortización de intereses: Trimestral Garantía: General y Específica Uso de los Fondos: Reestructuración pasivos Los títulos valores se inscribieron en el Registro de Mercado de Valores el 27 de Septiembre y tienen como número de registro el 2010-2-02-00878. Breve información del Emisor DIPAC Manta S.A., se constituyó el 15 de Febrero de 1978 y su actividad principal es la importación, distribución y comercialización de productos de acero por cuenta propia o en representación de terceros. Inició su actividad comercial en la ciudad de Manta, y posteriormente aperturó sucursales en Portoviejo, Santo Domingo, Quito, y el resto del país, siendo la ciudad de Guayaquil donde se concentra el proceso de transformación. El giro del negocio del emisor, se concentra en la transformación de productos de acero, lo cual se ha constituido en su ventaja competitiva, atendiendo al cliente más pequeño, ofreciendo además una alta variedad de productos y permitiendo, si el cliente lo requiere, precisar aún más en sus características, al darle la opción del servicio de doblaje y cortado por el que cobran un valor adicional en función del grado de elaboración que requiera el cliente, pudiendo ser inclusive sin costo. Las ventas las realiza a través de sus 14 centros de venta ubicados en las principales ciudades del país: Quito, Guayaquil, Ibarra, Ambato, Riobamba, Santo Domingo, Quevedo, Machala, Milagro, Cuenca, Portoviejo, Manta, El Coca y Loja. En las ciudades de Quito y Guayaquil cuenta con dos sucursales en cada ciudad. En la ciudad de Quito se encuentra en Gualaquiza 295 y Av. de la Prensa, mientras que en la ciudad de Guayaquil la planta se ubica en la Vía a Daule, Km. 8.5. Dentro de su portafolio de productos se encuentran: Perfiles, Laminados en Frío y Caliente, Galvalum, Galvanizados, Zinc, Tubos, Vigas, Tuberías, Planchas navales, Techos, Ejes, Soldadura, Elementos de protección personal y demás accesorios relacionados; sus 3 principales productos son los Perfiles que representa el 16.7% de los ingresos a diciembre del 2011, seguido por Laminados con el 12.9% de participación y Galvalum con el 12.4%. Sus centros de servicio a nivel nacional ofrecen además servicios de cortes, doblado, trabajos en oxicorte, trabajos en plasma entre otros. El 14 de Septiembre del 2010 la fusión por absorción con su relacionada Negocios Globales Neglo S.A., aumento de capital, reforma y codificación de la compañía, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías e inscrita en el Registro Mercantil el 8 de Noviembre del 2010. En el mercado internacional y de acuerdo a la Asociación Mundial del Acero (WorldSteel), el consumo aparente de acero para el año 2011 tuvo un crecimiento del 6.8%, lo que significó alcanzar una demanda de 1,359 millones de toneladas (1,272 millones de toneladas en el año 2010), siendo China uno de los países con mayor demanda al captar un volumen de 638 millones de toneladas. Para el año 2012 se prevé que la demanda mundial de acero crecerá en 5.4%, hasta alcanzar un récord de 1,441 millones de toneladas; con esto se puede notar que la demanda mundial de acero está creciendo más lentamente de lo previsto, erosionando los beneficios a los productores de aceros, la razón de éste fenómeno se da por las economías en enfriamiento de China y Europa, donde los pedidos de productos de acero para casas, autos y maquinaria se han estancado; esto hará que exista más material Europeo Otros ingresos,neto Gastos financieros, neto 80,312 (1,340,252) Utilidad antes de Impuesto a la renta Impuesto a la renta Utilidad neta y resultado integral del año 11,856,959 (2,849,910) 9,007,049 y Chino en otros lados del mundo como Latinoamérica lo cual hará competitivo a los productores. Factores considerados para la Calificación: Para la presente calificación de riesgo, el emisor ha proporcionado entre otros requerimientos de información de la Calificadora, lo siguiente: Estados Financieros auditados desde el periodo 2004 al 2010 preparados bajo Normas Ecuatorianas de Contabilidad, además del corte interno al 31 de diciembre de 2011 y 31 de enero de 2012 preparados bajo Normas Internacionales de Información Financiera (NIIFs); detalle de activos libres de Gravámenes; etc. Los informes auditados reportados en el periodo antes mencionado presentaron razonablemente la Situación Financiera de la compañía. Cabe resaltar que la calificación otorgada está basada en la información proporcionada por el Emisor para el efecto, la cual debe cumplir con los requerimientos exigidos por la normativa legal, siendo el Emisor responsable de que la documentación entregada a la Calificadora sea idéntica a la presentada ante el organismo de control, sin perjuicio de que cualquier diferencia entre la información evaluada por la Calificadora y la presentada al ente de control pueda ser -una vez comunicada a la Calificadora- conocida y analizada por ésta en un nuevo Comité de Calificación. Una vez que se verificó que la información cumple con los parámetros de validez, suficiencia y representatividad para los últimos tres ejercicios anuales, acorde a la metodología interna de la Calificadora; y que el emisor tiene capacidad para cumplir sus gastos financieros vigentes, se procedió con la aplicación normal de los procedimientos de calificación. La Primera y Segunda emisión de Dipac Manta S.A., han sido estructuradas con Garantía General y Garantía Específica. Respecto a la Garantía General, se han constituido acorde a los términos señalados por la Ley de Mercado de Valores y sus reglamentos, evaluando por ello que el monto de los títulos colocados sea inferior al 80% del valor de los activos libres de todo gravamen de la empresa, menos las deducciones estipuladas en la Codificación de Resoluciones del C.N.V., verificándose, que dicho rubro cubre el saldo de las emisiones de obligaciones. Además cumplen con los resguardos estipulados en el Art. 11, capítulo III, subtítulo I, Título III de la resolución No. CNV-008-2006 del Consejo Nacional de Valores consistentes en: i) Tomar todas las medidas necesarias orientadas a preservar el cumplimiento del objeto social o finalidad de sus actividades; ii) No repartir dividendos mientras estén en mora las obligaciones y iii) Mantener la relación de los activos libres de gravamen sobre obligaciones en circulación. Garantía Específica I Emisión de Obligaciones Está constituida por un Fideicomiso Mercantil irrevocable denominado "FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN DIPAC", del cual se resume: • El fideicomiso se constituyó el 29 de Mayo del 2009, y tiene como objeto servir como fuente de pago de las obligaciones que emitirá Dipac Manta S.A. • Conforme a la cláusula cuarta del contrato de fideicomiso, aportaron el derecho de cobro que tiene Dipac Manta S.A. de percibir los flujos provenientes del cobro a sus clientes que se encuentren al día en sus pagos. El monto del derecho de cobro que se aporta deberá ser equivalente en todo momento al 125% del monto de las obligaciones colocadas y no redimidas. Se considerará además un castigo sobre el valor nominal de la cartera equivalente a la tasa promedio histórica de la morosidad de la cartera registrada en los últimos 36 meses, éste porcentaje de castigo se revisará mensualmente por Dipac Manta S.A. y validado por la fiduciaria; el castigo inicial fue del 20%. Para este efecto al contrato de fideicomiso se anexó un "Listado de clientes", en el que se detalla los clientes seleccionados para integrarlo y contendrá el monto de su deuda, con Dipac Manta S.A., con corte a la fecha de actualización, identificación de la operación, dirección, teléfono y demás características necesarias para su identificación. El listado de cartera de clientes de quienes se tiene el derecho de cobro el fideicomiso deberá actualizarse quincenalmente. De acuerdo a la información proporcionada por el emisor, al 31 de Enero del 2012 evidencian que el derecho de cobro de la cartera aportado al fideicomiso incluyendo el castigo del 20% fue de US$950 mil y cubre en 1.27 veces el saldo de la Primera Emisión de Obligaciones. Cabe indicar que el emisor presenta una morosidad de cartera inferior al 20% establecido inicialmente, sin embargo por decisión del emisor se continúa aplicando este porcentaje de castigo. La última inspección de los derechos de cobro realizada por la Fiduciaria de acuerdo al Listado de Clientes fue con corte al 1 de febrero del 2011, para lo cual tomó 60 facturas de muestra de distintos puntos de ventas, de los cuales se obtuvieron observaciones que fueron regularizadas por el Constituyente. De acuerdo al numeral 8.5 del contrato de fideicomiso, la Fiduciaria deberá provisionar, de la primera a la undécima semana de cada trimestre, el último día hábil de cada semana, el equivalente a un onceavo de lo requerido para cubrir el dividendo trimestral, además del pago de costos y honorarios originados por el contrato de fideicomiso. Una vez cubierto el dividendo el excedente se restituye al constituyente en dos días hábiles. De acuerdo a los Estados Financieros del Fideicomiso a Enero del 2012, el siguiente dividendo se empezó a provisionar a partir de la semana del 14 de enero de 2012, provisionando a la fecha 3 semanas por un monto de US$ 37,410.3, cuyo próximo dividendo a pagar es en abril del 2012. Garantía Específica II Emisión de Obligaciones Está constituida por un Fideicomiso Mercantil irrevocable denominado "FIDEICOMISO DE GARANTÍA SEGUNDA EMISIÓN DIPAC", del cual se resume: • El fideicomiso se constituyó el 9 de Noviembre del 2010, y tiene como objeto servir como garantía de las obligaciones que emitirá Dipac Manta S.A. según lo resuelto por su Junta General Extraordinaria Universal de Accionistas en sesión celebrada el 10 de agosto de 2010. • Conforme a la cláusula cuarta del contrato de fideicomiso, Dipac Manta S.A. aportó inventario ya sea de producto terminado o de materia prima, cuyo valor deberá ser siempre equivalente al 125% del saldo no redimido de las obligaciones colocadas y no redimidas. Además para la valoración del inventario que se aportó se considera un castigo del 10% del valor de dicho inventario. Para este efecto al contrato de fideicomiso se anexó un "Detalle de inventario", en el que se describe el inventario aportado por Dipac Manta S.A., y contendrá la descripción de los bienes que lo integran, cantidades y valoración de los mismos. Éste instrumento se actualizará mensualmente con la finalidad de recoger las variaciones producidas en el inventario como efecto de la rotación necesaria para atender las necesidades de producción del emisor, debiendo contar con la aprobación del representante de los obligacionistas. La fiduciaria indica que se ha realizado la respectiva sustitución mensual del inventario. • El patrimonio autónomo a la fecha de constitución del Fideicomiso estuvo conformado por el inventario, ya sea de producto terminado o de materia prima, que aportó el constituyente a la fecha de constitución del fideicomiso por un valor de US$5,003,425. De acuerdo al detalle proporcionado, el valor total del inventario que se aportó al fideicomiso al 31 de Enero del 2012 fue de US$4,166,814 del cual se dedujo el 10% determinado en el contrato de fideicomiso, registrándose un monto aportado por US$3,750,133, conformado en un 95% por materia prima y el 5% restante por productos terminado; cubriendo así en un 1.25 veces el saldo de la Segunda Emisión de Obligaciones. Calificación Final del Instrumento El crecimiento de la economía ecuatoriana, evidenciada en un aumento del PIB en un 5.3% para el año 2012, unido al crecimiento del precio del petróleo de los dos últimos años, luego del descenso abrupto en el 2009, ha confluido para que las ventas del emisor crezcan, cuyo segmento objetivo es el mercado minorista, por lo que su competencia no es a nivel de las grandes empresas metalmecánicas, importadoras y comercializadoras de acero, sino más bien un amplio mercado ferretero, lo que le permite dar un servicio más especializado a su portafolio de clientes, estrategia que a su vez le ha permitido mantenerse por más de 30 años en el sector. Al 31 de diciembre del 2011, las ventas de Dipac Manta Cia. Ltda., ascendieron a US$79.8 millones, cifra 14,07% superior a la del año previo, la que a su vez fue 19.16% mayor a la del 2009, ello por un mayor precio promedio en relación al del año previo, el mismo que ha crecido de US$ 1.18 a US$ 1.26 y a US$ 1.38 entre los años 2009, 2010 y 2011, respectivamente, y en un porcentaje menor por el crecimiento de los kilos vendidos; el aporte de ambos factores al crecimiento indicado es de 70% y 30% aprox., respectivamente. Lo ya descrito confirma la recuperación en volumen de ventas y en precios luego del descenso del 2009, ello de la mano con el crecimiento del precio del petróleo y de la economía ecuatoriana. A su vez, el margen bruto promedio de los cuatro últimos años fue de 32.16%, mismo que muestra un pequeño descenso en el 2011 con relación al del 2010; el cual, sin embargo, le permite cubrir gastos operacionales por 14.92%, gastos que descienden de manera importante en el 2011 frente al del 2010, tanto nominal como en participación relativa respecto a los ingresos; tolo lo cual redunda en un margen operativo de 17.02%. Con activos de US$ 40.7 millones, y una rentabilidad bajo NIIF de 39.47%, el emisor está en capacidad de generar un flujo de US$ 16 millones, mismo que desciende a $14 millones si se considera le flujo histórico de la compañía. Los activos empleados en la generación del efectivo libre fueron financiados en un 30% por pasivos con costo (no incluye financiamiento con proveedores) a diciembre del 2011 los cuales en un 32.6% son de largo plazo. Así mismo, la relación Deuda/Capital desciende de 1.05 en el 2010 a 0.73 en el 2011, lo cual se debe a que a esa fecha el monto del pasivo con costo ascendía $12.9 millones mientras que el patrimonio era de $17.7 millones. El emisor concentra su inversión en activos corrientes (81%), evidenciando una dependencia de su nivel de inventarios (53%). La primera y segunda emisión fueron estructuradas con garantía general, cumpliendo con los activos libres de gravamen de la empresa, e incluyen además los resguardos exigidos por ley, adicionalmente presentan una garantía específica que para la primera emisión, consiste en un Fideicomiso Mercantil de Administración al cual se aporta los flujos provenientes del cobro a sus clientes y para la segunda emisión un Fideicomiso Mercantil de Garantía al cual se aporta inventario ya sea de producto terminado o de materia prima; para ambos casos deben cubrir el 125% del monto de las obligaciones colocadas y no redimidas, lo cual se ha cumplido. El crecimiento del flujo generado por la empresa, el cual permite cubrir con suficiente holgura el pago de intereses de la emisión de obligaciones objeto de análisis, unido a factores cualitativos determinados por la aplicación de políticas prudentes, conocimiento del mercado objetivo, posición en su segmento meta, entre otros, determinaron que el Comité de Calificación se pronuncie por asignar a la I y II emisión de obligaciones de la empresa Dipac Manta S.A. ,por hasta un monto de US$2 millones y US$4 millones, respectivamente, la calificación final de "AA+" para ambas emisiones. Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 190 de la Ley de Mercado de Valores, a nombre de la Calificadora de Riesgo Humphreys S. A., y en mi condición de representante legal de la empresa, declaro bajo juramento que ni la calificadora de riesgo, ni sus administradores, miembros del Comité de Calificación, empleados en el ámbito profesional, ni los accionistas, se encuentran incursos en ninguna de las causales previstas en los literales del mencionado artículo. Cabe destacar que la calificación otorgada por la Calificadora a la I y II emisión de obligaciones DIPAC MANTA S.A., no implica recomendación para comprar, vender o mantener un valor, ni implica una garantía de pago del mismo, ni estabilidad de su precio, sino una evaluación sobre el riesgo involucrado en éste. KOBREC S.A. BALANCE GENERAL ESTADO DE RESULTADO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2011 EL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2011 PASIVO CORRIENTE Caja Bancos 13,737.33 Cuentas y Doc por Cobrar Cuentas por Pagar 415,214.51 122,518.02 Obligaciones Emitidas 625,000.06 Inventarios 49,950.46 Obligaciones Bancarias 489,998.35 Importaciones en Tránsito 15,267.30 Otros Pasivos Corrientes Otras Cuentas por Cobrar 19,602.98 Pagos Anticipados 13,613.49 Otros Activo Corrientes Obligaciones Emitidas TOTAL PASIVO NO CORRIENTE TOTAL PASIVO 485,000.00 1,047,920.23 Capital 468,000.00 4,417,226.65 Reservas Legal y de Capital 909,722.75 Superávit por Revaluación 430,969.43 -3,207,486.01 Utilidad del Periodo Resultado de Ejercicios Anteriores TOTAL ACTIVO FIJO TOTAL ACTIVO $ 253,458.84 Gastos Financieros $ 180,343.26 $ 478,486.03 $ 26,020.19 MAS: Maquinarias, muebles, enseres y equipos Depreciación Acumulada $ 44,683.93 Gastos de Administración 2,017,454.34 PATRIMONIO 22,749.19 $ 504,506.22 485,000.00 Edificio e Instalaciones Vehículos UTILIDAD BRUTA Gastos de Ventas ACTIVO FIJO ACTIVO -$ 660,954.85 1,532,454.34 PASIVO NO CORRIENTE 1,205,918.19 $ 1,165,461.07 Menos: Costo de Ventas 2,241.42 971,228.61 TOTAL ACTIVO CORRIENTE Ventas Netas y/o Exportaciones GASTOS DE OPERACIÓN TOTAL PASIVO CORRIENTE Otros Ingresos exentos $ 22,128.34 RESULTADO DEL EJERCICIO $ 48,148.53 48,148.53 -387,966.80 2,280,410.06 3,486,328.25 TOTAL PATRIMONIO 1,468,873.91 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 3,486,328.25 Fernando Bermeo Ch. Gerente General Margarita Garcia M. Contadora May. 18-20-22 (93330) BANCO COOPNACIONAL: Se comunica al público el extravío de la libreta de ahorros de la Cta. No. 321662283 perteneciente a NAVARRETE APOLINARIO ISABEL AURORA. Particular que se comunica para los fines de ley. May. 18-20-22 (93324) BANCO DEL LITORAL: LIBRETA EXTRAVIADA.Se comunica al público la pérdida de libreta de la cuenta de ahorro #235601 perteneciente al Sr. VILLAMAR ALVARADO EDDIE ARMANDO. Particular que se comunica para los fines legales. May. 16-18-21 (93171) BANCO COOPNACIONAL: Se comunica al público el extravío de la libreta de ahorros de la Cta. No. 3158666852 perteneciente a MORA MONTEZUMA WILSON HERIBERTO. Particular que se comunica para los fines de ley. May. 16-18-20 (93164) BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUC. CUMANDA: LIBRETA EXTRAVIADA Se comunica al público el extravío de la libreta de ahorros No. 1010103583 perteneciente a AVILES CALDERON MARTHA MELANIA. Particular que se comunica para los fines de ley. May. 16-17-18 (93159) BANCO COOPNACIONAL: Se comunica al público el extravío de la libreta de ahorros de la Cta. No. 218689470 perteneciente a DEL ROSARIO BARROSO JOSE GEOVANNY. Particular que se comunica para los fines de ley. May. 14-16-18 (93084) BANCO LITORAL: LIBRETA EXTRAVIADA Se comunica al público el extravío de la libreta de la cuenta de ahorro No. 240052 perteneciente a RIVERA DECIMAVILLA XAVIER VICENTE. Particular que se comunica para los fines de ley. May. 18 (93370) COOPERATIVA 29 DE OCTUBRE: LIBRETA EXTRAVIADA Se comunica al público el extravío de la libreta de cuenta corrientes No. 411014521 y cuenta de Aportaciones No. 413014521 perteneciente a ANDRANGO CHASIPANTA SEGUNDO JORGE. Particular que se comunica para los fines de ley. BANCO COOPNACIONAL: Se comunica al público el extravío de la LIBRETA de ahorros de la Cta. #404050573 perteneciente a LEON GARCIA MARIA ISABEL. Particular que se comunica para los fines de ley. May. 18 (93381) “ARTICULO DECIMO SEGUNDO: ORGANOS SOCIALES.La Compañía será gobernada por la Junta General de Accionistas y administrada por el Gerente y Subgerente de la misma.” “ARTICULO VIGESIMO SEXTO.- Corresponde al Gerente de la compañía la representación legal, judicial y extrajudicial de la misma.” Distrito Metropolitano de Quito, 11 de Mayo de 2012. Dr. Camilo Valdivieso Cueva INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO EXTRACTO CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA PLASTPOL INDUSTRIAS PLASTICAS CIA. LTDA. La compañía PLASTPOL INDUSTRIAS PLASTICAS CIA. LTDA. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Segundo del Distrito Metropolitano de Quito, el 09 de Mayo de 2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q. 12.002433 de 16 de Mayo de 2012. 1.- DOMICILIO; Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA. 2.- CAPITAL: suscrito US$ 400,00 Número de Participaciones 400 Valor US$ 1,00 Quito, 16 de Mayo de 2012 INGRESOS ACTIVO CORRIENTE En virtud de la mencionada escritura pública, la compañía reforma y codifica, entre otros, los siguientes artículos del Estatuto Social: 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: A) LA FABRICACIÓN DE MANGUERAS DE POLIETILENO Y SUS DERIVADOS; B) LA RECUPERACIÓN INDUSTRIAL DE PLÁSTICOS PARA OBTENER MATERIA PRIMA;... Calificadora de Riesgo Humphreys S.A. Marzo del 2012 KOBREC Se comunica al público que MOTRANSA C.A., con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, prorrogó su plazo de duración, reformó y codificó sus estatutos por escritura pública otorgada ante el Notario Tercero del Distrito Metropolitano de Quito el 18 de Abril del 2012. Actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJCPTE.Q.12.002349 de 11 de Mayo de 2012 “ARTICULO QUINTO: PLAZO Y DURACION.- El plazo por el cual se forma la Compañía es de noventa y nueve años, a contarse desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil de la presente escritura pública”. Jorge Calle R. Contador General Miguel Ángel Molina Z. Gerente General RESUMEN DE LA ACTUALIZACIÓN A LA CALIFICACIÓN DE RIESGOS DE LA PRIMERA Y SEGUNDA EMISIÓN DE OBLIGACIONES DE DIPAC MANTA S.A. A Marzo de 2012 13,116,899 DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE PRORROGA DE PLAZO DE DURACIÓN; REFORMA Y CODIFICACION DE ESTATUTOS DE MOTRANSA C.A. Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURIDICO DE COMPAÑIAS Gaceta varios El Telégrafo I viernes 18 de mayo del 2012 Alquilo locAl comerciAl buena ubicación, Pedro moncAyo 604 y quisquís. informe al 097915342, 2301788 Grace, verla previa cita. may. 14-16-18 (93062) CITACIÓN Se CITA a los herederos de la señora FRANCISCA MOROCHO BENITES a fin de que se presenten hasta el 1 de junio de 2012 para realizar la posesión efectiva de los bienes dejados por la causante comunicándose al teléfono 069199514. Atentamente Melchor Pullay May. 07-18-31 (92501) FUNCIÓN JUDICIAL DISTRITO GUAYAS REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO OCTAVO DE TRABAJO DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS EXTRACTO DE CITACIÓN A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE MARCO VICENTE CHALEN LASSO. LES HAGO SABER: Que en esta Judicatura se tramita la demanda presentada por Virgilio Arturo González Borbor dentro del Juicio laboral No. 265-11, cuyo extracto de demanda, y auto en ella recaída es del tenor siguiente: ACTOR: VIRGILIO ARTURO GONZÁLEZ BORBOR. DEMANDADOS: "G4S SECURE SOLUTIONS ECUADOR CIA. LTDA." MARCO VICENTE CHALEN LASSO Y GALO PATRICIO SANTACRUZ CORONEL. JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Elvia Enríquez Suarez, Juez Octavo de Trabajo Procedimiento Oral de Guayaquil.- Por cuanto el demandado MARCO VICENTE CHALEN LASSO, ha fallecido, de conformidad con lo que dispone el Art. 83 del Código de Procedimiento Civil, se ordena notificar a los herederos presuntos y desconocidos del de cojus, en uno de los diarios de esta ciudad, para lo cual la Actuaria de la Judicatura elaborara el correspondiente extracto.- Lo que comunico a ustedes para los fines de ley, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial para sus notificaciones dentro de veinte días posteriores a la publicación de este aviso, caso contrario serán considerados rebeldes. EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN A: LOS HEREDEROS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR MIGUEL COLON SERRANO PROAÑO. SE HACE SABER: Que en esta judicatura se ha asignado mediante sorteo el juicio laboral (consignación) de procedimiento Oral signado con el N.- 110-2011 ACTOR: JOSE LUIS SANTOS GARCIA en su calidad de GERENTE GENERAL de la empresa ECAPAG. DEMANDADO: Herederos Presuntos y desconocidos del señor MIGUEL COLON SERRANO PROAÑO. CUANTÍA: $ 779,61 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. TRAMITE: LABORAL DE PROCEDIMIENTO ORAL.- En mérito de los documentos que obran de autos se ordena publicar el extracto de Notificación A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR MIGUEL COLON SERRANO PROAÑO, conforme lo dispone el Artículo 82, del Código de Procedimiento Civil. JUEZ: AB. CARLOS ALFAGO VITE, JUEZ PRIMERO DE TRABAJO DEL GUAYAS. Lo que comunico a ustedes para los fines de Ley, advirtiéndole la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar domicilio para posteriores notificaciones, dentro de los veinte días siguientes a la tercera y última publicación de este extracto, caso contrario podrán ser declarados rebeldes. (93314) (93201) EN LA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA CIA. GESTIÓN EMPRESARIAL S.A. GESEMCONSULT, convocada para el día Lunes 21 de Mayo del 2012, a las 11h00, por error tipográfico aparece en la publicación, en el ORDEN DEL DÍA, numerados los puntos 3. Y 4., sin embargo se aclara que solo se tratarán 2 puntos, en dicha JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, los mismos que son. Puntos del ORDEN DEL DÍA: 1. CONOCIMIENTO Y RESOLUCIÓN SOBRE LA PRESIDENCIA DE LA COMPAñÍA. 2. NOMBRAMIENTO DEL COMISARIO PRINCIPAL Y SUPLENTE DE LA COMPAñÍA. EXTRACTO GERENTE GENERAL - SECRETARIO DE LA JUNTA (93327) DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DOMICILIO DE LA COMPAÑÍA FELDAN S.A., DE LA CIUDAD DE GUAYAQUIL AL CANTÓN DAULE Y REFORMA DEL ESTATUTO. 1.- ANTECEDENTES.- La compañía FELDAN S.A., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo del cantón Guayaquil, el 3 de marzo de 2010, aprobada mediante Resolución No. SC.IJ.DJC.G. 10.0001446 el 4 de marzo de 2010, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil, el 10 de marzo de 2010. 2.- CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de domicilio de la compañía FELDAN S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón Daule, y reforma del estatuto, otorgada el 6 de marzo de 2012, ante el Notario Interino Décimo Cuarto del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12 0002226 de 7 de mayo de 2012. 3.- OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada la señora Marisol Giovanka Friend Espinoza, en su calidad de Gerente General, de estado civil casada, ecuatoriana y domiciliada en esta ciudad de Guayaquil. 4.- CAMBIO DE DOMICILIO, REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACION.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12 0002226 de 7 de mayo de 2012, aprobó el cambio de domicilio de la compañía FELDAN S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón Daule y reforma del estatuto y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 5.- AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de domicilio de la compañía FELDAN S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón Daule, a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En el caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento de los demás requisitos legales. 6.- REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a lo siguiente: "ARTICULO PRIMERO: NOMBRE Y DOMICILIO.- La compañía se denomina FELDAN S.A., con domicilio principal en el cantón Daule, provincia del Guayas, República del Ecuador, pudiendo establecer agencias o sucursales dentro o fuera del territorio nacional". Guayaquil, 7 de mayo de 2012 Ab. Natalia Rodríguez Aguirre SUBDIRECTORA JURÍDICA DE CONCURSO PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES May. 18-19-20 (93402) FUNCIÓN JUDICIAL DISTRITO GUAYAS JUZGADO CUARTO PROVINCIAL DE PROCEDIMIENTO ORAL DE TRABAJO DEL GUAYAS AVISO DE REMATE En providencia de fecha martes 8 de mayo del 2012; las 12H08, el señor Juez Temporal Cuarto Provincial del Trabajo del Guayas, Ab. JUAN JAVIER VEINTIMILLA VERGARA, dentro del Juicio No. 0520-2006, seguido por JULIO EMILIO CEVALLOS ZURITA contra COMPAñÍA FRIOPORT S.A., se ha señalado para el día 4 de julio del 2012; desde las 14H00 hasta las 18H00, a fin de que se lleve a efecto el remate del bien inmueble embargado, compuesto por un lote denominado AGRO-PECHICHES, cuya cavidad, es de CIENTO VEINTE HECTÁREAS TREINTA Y SEIS CENTIÁREAS, ubicado en el Cantón Balao de la Provincia del Guayas, el mismo que ha sido avaluado en $ 1,143.420.oo. El remate tendrá lugar en la sala del despacho del Juzgado Cuarto de Trabajo calles José Antepara No. 908, entre 9 de Octubre y Hurtado. Se advierte que no se aceptarán posturas que no cubran por lo menos las dos terceras partes del valor del avalúo y que no acompañen el 10% de su postura en dinero en efectivo o cheque certificado a la orden del Juzgado Cuarto de Trabajo del Guayas. Guayaquil, mayo 16 del 2012 Lcdo. Luis Quijije Martillo SECRETARIO JUZGADO 4to. DE TRABAJO DEL GUAYAS PROCEDIMIENTO ORAL May. 18; Jun. 4-18 (93351-1) FUNCIÓN JUDICIAL DISTRITO GUAYAS JUZGADO CUARTO PROVINCIAL DE PROCEDIMIENTO ORAL DE TRABAJO DEL GUAYAS AVISO DE REMATE En providencia de fecha martes 8 de mayo del 2012; las 12H06, el señor Juez Temporal Cuarto Provincial del Trabajo del Guayas, Ab. JUAN JAVIER VEINTIMILLA VERGARA, dentro del Juicio No. 0390-2006, seguido por CLEMENCIA ZURITA MATEO contra COMPAñÍA FRIOPORT S.A., se ha señalado para el día 27 de junio del 2012; desde las 14H00 hasta las 18H00, a fin de que se lleve a efecto el remate del bien inmueble embargado, compuesto por un lote denominado AGRO-PECHICHES, cuya cavidad, es de CIENTO VEINTE HECTÁREAS TREINTA Y SEIS CENTIÁREAS, ubicado en el Cantón Balao de la Provincia del Guayas, el mismo que ha sido avaluado en $ 1,143.420.oo. El remate tendrá lugar en la sala del despacho del Juzgado Cuarto de Trabajo calles José Antepara No. 908, entre 9 de Octubre y Hurtado. Se advierte que no se aceptarán posturas que no cubran por lo menos las dos terceras partes del valor del avalúo y que no acompañen el 10% de su postura en dinero en efectivo o cheque certificado a la orden del Juzgado Cuarto de Trabajo del Guayas. Guayaquil, mayo 16 del 2012 Lcdo. Luis Quijije Martillo SECRETARIO JUZGADO 4to. DE TRABAJO DEL GUAYAS PROCEDIMIENTO ORAL May. 18; Jun. 4-18 (93351-2) Ab. Jorge W. Alejandro Lindao SECRETARIO Juzgado Octavo de lo Civil del Guayas May. 7-18, Jun. 1 (92508) JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA ACLARACIÓN Ab. Monserrath Baquerizo Yela SECRETARIA JUZGADO OCTAVO DE TRABAJO DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS EXTRACTO DE CITACIÓN A: RICARDO EFRAIN PACHECO LAYOSA. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de Divorcio No. 1212012-P, seguido por MARICELA JIMENA RIVERA SALAZAR contra RICARDO EFRAIN PACHECO LAYOSA.- se encuentra lo siguiente: ACTORA: MARICELA JIMENA RIVERA SALAZAR. DEMANDADO: RICARDO EFRAIN PACHECO LAYOSA. OBJETO DE LA DEMANDA: Con los antecedentes en la numeral 11°, del Art. 110 del Código Civil Vigente, concurre a demandar la disolución del vínculo matrimonial que la une con el demandado RICARDO EFRAIN PACHECO LAYOSA. AUTO INICIAL: El señor Abogado Alberto Robalino Durán, Juez Temporal del Juzgado Octavo de lo Civil de Guayaquil, en auto dictado el lunes 19 de marzo del 2012; las 11h22.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mérito de la acción de personal No. 1074-UARH-KZF del doce de marzo del 2012.- La demanda que antecede presentada por MARICELA JIMENA RIVERA SALAZAR, por reunir los requisitos de Ley, se la califica de clara, completa y precisa, razón por lo que se la admite al trámite del juicio verbal sumario (Divorcio).- En consecuencia se dispone citar con el contenido del escrito de demanda y auto en ella recaído al demandado RICARDO EFRAIN PACHECO LAYOSA.- Téngase en cuenta que la accionante manifiesta que dentro del matrimonio han procreado un hijo menor impúber, para lo cual se ordena que en cualquier día y en horas hábiles concurran dos parientes del menor o en su falta dos personas de reconocida honorabilidad y probidad del lugar para que le insinúen al curador Ad-litem y que en la sociedad conyugal no han adquirido bienes.- Cítese al demandado en el lugar señalado para el efecto.- Para la citación al demandado se ordena citarlo por la Prensa en el Diario El Telégrafo de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, ya que la accionante afirma bajo juramento desconocer la individualidad o residencia del demandado. Lo que comunico a usted, para los fines de ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para notificaciones dentro de los veinte días posteriores de la tercera y última publicación de este aviso, en caso contrario será tenida o declarada rebelde. Guayaquil, 23 de abril del 2012 EXTRACTO JUDICIAL AB. DANILO MEZA CAMPUZANO SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO DE TRABAJO DEL GUAYAS Guayaquil, 27 abril de 2012 BANCO DEL PACIFICO SUCURSAL MACHALA REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL REPÚBLICA DEL ECUADOR Guayaquil, 13 de Abril del 2012 REPÚBLICA DEL ECUADOR NOTARIA TRIGÉSIMA OCTAVA DEL CANTÓN GUAYAQUIL DR. HUMBERTO MOYA FLORES NOTARIO AVISO DE LA LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL: DOCTOR HUMBERTO MOYA FLORES. NOTARIO TRIGÉSIMO OCTAVO DEL CANTÓN GUAYAQUIL: Los señores OSWALDO SALOMÓN TIPAN ROJANO y el Ab. ADOLFO CAGUA CHAMAIDAN por los derechos que representa de la señora SILVIA PATRICIA MOREJON CHIRIGUAYA, en la Notaría a mi cargo otorgaron la escritura de liquidación de la sociedad conyugal, el 23 de Febrero del 2012. Publicación que se realiza en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 18 numeral 23 de la Ley Notarial. Guayaquil, Mayo 16 del 2012 DR. HUMBERTO MOYA FLORES NOTARIO XXXVIII DEL CANTÓN GUAYAQUIL (93362) JUZGADO TERCERO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO DE CITACIÓN ACTOR: JACKSON PATRICIO CANTOS MOLINA. DEMANDADO: LOURDES MAGALLY ROMERO VEGA. CAUSA: 6258-2009 TRAMITE: SECUELA DE REBAJA CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ DE LA CAUSA: ABOGADO GLEN MARCOS BODERO. La misma que por ser clara, precisa, completa, y reunir los requisitos de Ley, se la acepta al trámite. Cítese a la demandada por cuanto el actor declara bajo juramento desconocer la individualidad o residencia de conformidad con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Lo que comunico a usted para fines de Ley. AB. MARIA MOLINA MAZZINI SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO May. 18; Jun. 1-14 (93383) REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN A: FRANCISCO ANIBAL ALVARADO PLUAS. LE HAGO SABER: Que por sorteo de Ley, ha tocado conocer a esta judicatura el Proceso de Divorcio 0064-2012-R, seguido por DAISE KARINA COELLO MERELO, contra FRANCISCO ANIBAL ALVARADO PLUAS cuyo extracto es el siguiente. ACTORA: DAISE KARINA COELLO MERELO. CUANTÍA: INDETERMINADA. OBJETO DE LA DEMANDA: Que por sentencia se declare la disolución del matrimonio. AUTO INICIAL: JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Guayaquil, sábado 25 de febrero del 2012, las 08h04. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mérito de la acción de personal No. 4239 del 08 de agosto del 2011.- La demanda que antecede, presentada por DAISE KARINA COELLO MERELO en contra de FRANCISCO ANIBAL ALVARADO PLÚAS, se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite a trámite verbal sumario.- Previo a ordenar la citación a la demandada por la prensa, se dispone que comparezca el accionante a esta judicatura en cualquier día y hora hábil a efecto de manifestar bajo juramento todas las acciones que ha realizado y por las cuales le ha sido imposible determinar la individualidad o domicilio del demandado.- Agréguese la documentación presentada y téngase en cuenta la casilla judicial que señala, así como la autorización que le concede a su abogado patrocinador.Notifíquese.- F) AB. CARLOS SAMUEL ALVARADO CHAVEZ, JUEZ TEMPORAL NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL. JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Guayaquil, miércoles 4 de abril del 2012, las 11h11. Agréguese a los autos el escrito presentado por el Actor; proveyendo el mismo se dispone citar a la demandada por uno de los diarios de amplia circulación, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el Actor manifiesta bajo juramento que le ha sido imposible determinar su individualidad y residencia.- Notifíquese.- F) AB. CARLOS SAMUEL ALVARADO CHAVEZ, JUEZ TEMPORAL NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL. Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar casillero judicial para sus notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario se tramitara el juicio en rebeldía. Guayaquil, de abril de 2012 Ab. Martha Elizalde Cueva Secretaria Juzgado Noveno de lo Civil y Mercantil de Guayaquil May. 7-18; Jun. 1 (92525) 31 CITACIÓN JUDICIAL A OSCAR OMAR BASTIDAS MORALES JUICIO: DIVORCIO Nº. 2012-0387-M.Y ACTOR: SYLVIA DEL CARMEN VIZUETE CARVAJAL DEMANDADA: OSCAR OMAR BASTIDAS MORALES OBJETO: Declarar disuelto el vinculo matrimonial que les une conforme al inciso segundo de la causal décima primera del Art. 109 del Código Civil TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTÍA: INDETERMINADA. PROVIDENCIA JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 19 de abril del 2012, las 13h08. VISTOS: Por cumplido con el requerimiento anterior.- La demanda propuesta por la señora SYLVIA DEL CARMEN VIZUETE CARVAJAL, es completa, clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que declarándosela procedente se la admite a trámite, en juicio Verbal Sumario.- En consecuencia, en mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la parte Actora, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al señor OSCAR OMAR BASTIDAS MORALES, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, mediando ocho días laborables entre una y otra, para lo cual se entregará el extracto respectivo.- Incorpórense a los autos la documentación acompañada.- Tómese nota de la cuantía, el casillero judicial señalado por el Actor, para sus notificaciones posteriores, así como el nombramiento y autorización manifestados en favor de su Defensor.- Notifíquese. f) Ab. Francisco Alvear Montalvo, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación de señalar domicilio judicial en esta ciudad de Quito para recibir posteriores notificaciones.- Certifico. Dr. Nilo Gonzalo Almachi SECRETARIO JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA (93320) EXTRACTO CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA CORPORACIÓN FORMA CORPFORM S.A. La compañía CORPORACIÓN FORMA CORPFORM S.A. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo del cantón GUAYAQUIL, el 23/abril/2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.G.12. 0002457 el 16 de mayo de 2012. 1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: UNO) PRESTAR SERVICIOS DE CAPACITACIÓN DE PERSONAL DE INDUCCIÓN,... Guayaquil, 16 de mayo de 2012 Ab. Melba Rodríguez Aguirre SUBDIRECTOR JURÍDICO DE CONCURSO PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. (93395) EXTRACTO JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A LOS PRESUNTOS HEREDEROS Y DESCONOCIDOS DE SEñOR FERNANDO AUGUSTO MARCELO JIMENEZ JURADO. JUICIO: PARTICIÓN No. 728-11 E.A. ACTOR: CESAR OSWALDO JIMENEZ JURADO Y OTROS DEMANDADO: PRESUNTOS HEREDEROS Y DESCONOCIDOS DE SEñOR FERNANDO AUGUSTO MARCELO JIMENEZ JURADO DOMICILIO: DR. CESAR FLORES TRAMITE: ESPECIAL CUANTÍA: INDETERMINADA CASILLERO 853 JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA: Quito, sábado 10 de marzo del 2012, las 14h27: Agréguese al proceso los escritos y documentos presentados.- Por haberse justificado con la posesión efectiva la comparecencia de los señores Angel Marcelo, César Augusto, Carlos Alberto Jiménez Piedra en calidad de herederos del causante señor Fernando Augusto Marcelo Jiménez Jurado, por tanto en esa calidad dicha comparecencia, y se nombra como procurador de los mismos de conformidad con el Art. 523 del Código de Procedimiento Civil, al señor Angel Marcelo Jiménez Piedra. En lo principal por improcedente niégase las peticiones de la parte demandada toda vez que el juzgado claramente ha resuelto dichos puntos en providencia de 19 de septiembre del 2011, ya que además no es el estado procesal y la junta de familia tantas veces solicitada ya se efectuó ante el Juez Undécimo de lo Civil de Pichincha el 18 de agosto del 2009 a las 10h09, en la que las partes han llegado al acuerdo respecto de la partición de bienes hereditarios objeto de la demanda constante a fs. 115 y 116 del proceso.- Por tanto, el Juzgado se ratifica tanto en providencia de 5 de enero del 2012, las 15h46, como en lo determinado por el señor Juez Undécimo y adicionalmente por el señor Juez Noveno de lo Civil de Pichincha en su providencia de 22 de diciembre del 2010 que obra a fs. 177 del proceso. Por tanto y previamente que pasen los autos para resolver lo que en derecho corresponda, notifíquese a los herederos y presuntos y desconocidos del causante Fernando Augusto Marcelo Jiménez Jurado, para que hagan valer sus derechos.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Celso Fabián Ruiz Bedón. (JUEZ) (e). JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA: Quito, lunes 12 de marzo del 2012, las 16h05.- De oficio de conformidad con el Art. 290 del Código de Procedimiento Civil, se aclara la providencia de fecha 10 de marzo del 2012, las 14h27, en el sentido de que por improcedente niégase las peticiones de la parte actora, y no como erróneamente puesto en dicha providencia, en consecuencia las partes estarán a lo dispuesto en decreto mencionado anteriormente.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Celso Fabián Ruiz Bedón (Juez) (e). JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA: Quito, lunes 7 de mayo del 2012, las 16h03.- Agréguese los escritos presentados. En lo principal por interpuesto dentro de término el Recurso de Apelación, por parte de los actores, se lo concede; en consecuencia, previo a las formalidades legales, elévense los autos al Superior. Se apercibe a las partes en rebeldía. Desglósese y entréguese a los peticionarios la documentación solicitada en escrito de 15 de marzo del año en curso e igualmente a costa de los peticionarios y por secretaría confiéranse las copias certificadas y simples de las piezas procesales solicitadas en escritos precedentes. La parte demandante, en el término de tres días retire de la judicatura el extracto correspondiente para la notificación de los herederos presuntos y desconocidos del causante FERNANDO AUGUSTO MARCELO JIMENEZ JURADO, conforme se encuentra ordenado en providencia de 10 de marzo del año que decurre.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el señor Carlos Alberto Jiménez Piedra, para notificaciones futuras. NOTIFÍQUESE.Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio y casillero judicial en la forma y dentro del perímetro legal.- Certifico.DR. GALO BAEZ JAIME SECRETARIO JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA May. 18-21-22 (93300) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 431 A 450; Cta. Cte. No. 5591667; Girador: ZAMBRANO ZAMBRANO YOLANDA KATHERINE. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-1) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 1121 A 1170; Cta. Cte. No. 374008; Girador: HIDALGO SOTO SANDRA CARMEN. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-2) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 9111 A 9160; Cta. Cte. No. 2137933; Girador: SALAZAR CARDOSO FERNANDO MANUEL. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-3) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 2511 A 2560; Cta. Cte. No. 2279967; Girador: ESPINOZA VELEZ LUIS BOLIVAR. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-4) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 1851 A 1900; Cta. Cte. No. 2488213; Girador: GOROZABEL CEDEñO JORGE ENRIQUE. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-5) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 2041 A 2090; Cta. Cte. No. 2821826; Girador: PEREZ BLANCA CHAVEZ MERCHAN DE. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-6) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 971 A 1020; Cta. Cte. No. 2857057; Girador: NARCISA MARLENE CASTILLO OCAMPO DE RODRIGUEZ. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-7) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 2401 A 2450; Cta. Cte. No. 5062241; Girador: RIVERA FALQUEZ PEDRO JOSE. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-8) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 3851 A 3900; Cta. Cte. No. 5088167; Girador: JARAMILLO ESPINOZA PEDRO ALONSO. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-9) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 10851 A 10950; Cta. Cte. No. 6530427; Girador: VIVANCO FIGUEROA LUIS ALBERTO. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-10) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 1201 A 1250; Cta. Cte. No. 7228449; Girador: BARROS ESPINOZA RAMON ISAIAS. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-11) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 241 A 290; Cta. Cte. No. 7273878; Girador: CARRION AVILA JACKELINE ELIZABETH. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-12) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 4251 A 4550; Cta. Cte. No. 7317530; Girador: EL CHORRON DE LA SABANA CHORROSA CIA LTDA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-15) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 121 A 170; Cta. Cte. No. 7311362; Girador: BUELE MALDONADO MARILU DEL CARMEN. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-14) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 171 A 190; Cta. Cte. No. 7276680; Girador: ALVAREZ CASTRO DEYSI GIOVANNY. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-13) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 171 A 270; Cta. Cte. No. 7382677; Girador: GONZABAY PLACENCIO ENRIQUE ALExANDER. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-16) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 1 A 20; Cta. Cte. No. 7393245; Girador: LUZURIAGA FLORES EULER DAVID. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-17) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 23163; Cta. Cte. No. 6540171; Girador: COOPERATIVA INTERNACIONAL FRONTERIZA ASOCIADA CIFA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-18) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 2193; Cta. Cte. No. 7266502; Girador: MASACHE GALVEZ LISSETTE KATHERINE. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-19) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 2284; Cta. Cte. No. 7266502; Girador: MASACHE GALVEZ LISSETTE KATHERINE. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-20) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 2307; Cta. Cte. No. 7266502; Girador: MASACHE GALVEZ LISSETTE KATHERINE. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-21) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ABSTENCIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 2422; Cta. Cte. No. 7266502; Girador: MASACHE GALVEZ LISSETTE KATHERINE. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. (93328-22) EXTRACTO DE PUBLICACIÓN A: OLGA VERONICA PIN MONTECE, se le hace saber lo que se encuentra dentro del Juicio de REBAJA PRESTACION DE ALIMENTOS N°. 125-2011, que sigue el señor CARLOS ENRIQUE FIGUEROA PAEZ. JUZGADO NOVENO ADJUNTO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS CAUSA: REBAJA PRESTACION DE ALIMENTOS N°. 125-2011 Guayaquil, 14 de Marzo del 2012, a las 10h50 AB. JOSÉ GUSTAVO OLVERA BARBOTO.- En mi calidad de Juez Adjunto Temporal del Juzgado Noveno de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Guayaquil, mediante acción de personal 5817-UARH-KZF de fecha 31 de Octubre del 2011.- En mérito a la razón sentada por el actuario del despacho avoco conocimiento de la presente causa.- Agréguese a los autos el formulario de rebaja de pensión alimenticia, así como también el escrito presentado por la actora.- Atento a los mismos y de la revisión del proceso, se dispone: PRIMERO.- Que el actuario del despacho envié el proceso a Pagaduría a fin de que el Asistente Administrativo del juzgado, realice la respectiva liquidación de la presente causa. SEGUNDO.- Avoco conocimiento de la presente demanda con sus anexos, de REBAJA DE PRESTACIÓN DE ALIMENTOS presentada por el señor CARLOS ENRIQUE FIGUEROA PAEZ, es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de ley por lo que se la admite al trámite. Tramítese en el procedimiento contencioso general oral de conformidad con el artículo 271 y siguientes del Código de la Niñez y Adolescencia.- De conformidad con lo establecido en el artículo 9 y 35 Innumerado de las reformas al Código de la Niñez y Adolescencia publicado en el R.O. 643 de fecha 28 de Julio del 2009.- CITESE con la copia de la demanda y esta providencia a la demandada OLGA VERONICA PIN MONTECE, mediante Citación para lo cual deberá oficiarse al Jefe de la Sala de Citaciones de la Corte Provincial que delegue personal a su cargo, y colaboren con la diligencia de citación a la parte demandada y remitan a este despacho a la brevedad posible la razón de citación. Previniendo a la parte demandada de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en el término de 48 horas para sus notificaciones y en caso de no comparecer el demandado se procederá en rebeldía.- Hecho que sea realícese la audiencia única y contestación a la demanda a la que concurrirán las partes en virtud del principio de inmediación previsto en los artículos 75 y 169 de la Constitución de la República del Ecuador en forma personal; o por intermedio del procurador judicial con poder amplio y suficiente, que contenga cláusula especial para transigir; audiencia en la que de conformidad con el principio de concentración constante en el artículo 168 numeral 6 de la norma constitucional señalada, se presentarán las pruebas instrumentales; y.- Actué Ab. Manuel López Campos en calidad de secretario del Juzgado.- CUMPLASE Y NOTIFIQUESE.- f).- Abg. JOSÉ GUSTAVO OLVERA BARBOTO, Juez Temporal Noveno Adjunto de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil, sigue la certificación del Ab. Manuel López Campos secretario del juzgado certifica.- Lo que comunico para los fines de ley. SECRETARIO 9no. ADJUNTO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Abg. Manuel A. López C. May. 18; Jun. 1-14 (93310) 32 Espectáculos El Telégrafo | viernes 18 de mayo del 2012 LEYENDA DEL FUNK INTERNET El padrino del Go-go, Chuck Brown, fallece a los 75 años El músico que había sido ingresado en un hospital murió a causa de septicemia. El músico estadounidense Chuck Brown, considerado el “padrino del Go-go”, falleció ayer a los 75 años a causa de una septicemia (infección de la sangre), informó el diario The Washington Post. Brown era considerado una leyenda en Washington y el creador del “Go-go”, una especie de funk repleto de percusiones que se convirtió más tarde en el sonido identificativo de la capital estadounidense. Su muerte fue confirmada por su mánager Tom Goldfogle, quien precisó que el músico había sido ingresado en el hospital Johns Hopkins University, en las afueras de Washington, por complicaciones de una neumonía. Brown, guitarrista y cantante, saltó a la fama en la década del 70 como líder de la banda Soul Searchers con SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE GUAYAQUIL SUBSCRETARIA REGIONAL DE LA DEMARCACION HIDROGRAFICA CENTRO ZONAL DE GESTION GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN GOBIERNO NACIONAL DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR REPÚBLICA DEL ECUADOR SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA SUBSECRETARIA REGIONAL DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS CENTRO ZONAL DE GUAYAQUIL CITACIÓN Se cita a los usuarios conocidos, desconocidos y presuntos del pozo Lomaverd 03 ubicado en la Parroquia Taura, cantón Naranjal, Provincia del Guayas. EXTRACTO Actor: Compañía Agrícola Agriflorsa S.A. y Compañía Sacorpren S.A. Objeto de la Petición: Concesión del Derecho de Aprovechamiento de Agua del Pozo Lomaverd 03, Parroquia Taura, Cantón Naranjal, Provincia del Guayas.- PROVIDENCIA: SUBSECRETARIA REGIONAL DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS CENTRO ZONAL DE GESTIÓN GUAYAQUIL., EXPEDIENTE No. 727-2011. Guayaquil, 7 de marzo del 2012, a las 08H35, se dispone: 1.- A los usuarios conocidos o no, cítese por la prensa, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 87 de la Ley de Aguas, mediante un extracto de la solicitud y esta providencia en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Guayaquil, esto es: El Universo, El Expreso, El Telégrafo, por tres veces, mediando de una a otra el plazo de ocho días. 2.- Fíjese carteles en tres de los parajes más frecuentados de la Parroquia Taura del Cantón Naranjal, Provincia del Guayas, por el plazo de treinta días, concediéndole la practica de la diligencia al Señor Teniente Político de la referida Parroquia. Siga actuando la abogada Anita Vallejo Saltos, en calidad de Secretaria Ad-Hoc.- NOTIFIQUESE.- F.- Abogada Vaneza Plaza Aguiño, Líder del Centro Zonal de Guayaquil. Demarcación Hidrográfica del Guayas.Lo que comunico al publico para los fines consiguientes, advirtiéndoles a los interesados de la obligación que tiene de señalar domicilio legal dentro del perímetro de este Centro Zonal de Guayaquil, para futuras notificaciones. Guayaquil, 19 de Abril del 2011.- A: RITA MARICELA MENDOZA RIVERA. LE HAGO SABER: Que en esta judicatura el juicio divorcio litigioso No. 17-2012 que sigue ANGEL MERO MEZA, contra RITA MENDOZA RIVERA, cuyo extracto de demanda y auto en ella recaído es del tenor siguiente: DEMANDANTE: ANGEL DENNY MERO MEZA. DEMANDADO: RITA MARICELA MENDOZA RIVERA. OBJETO DE LA DEMANDA: TERMINACION DEL MATRIMONIO. CUANTIA: INDETERMINADA. Guayaquil, martes 31 de enero del 2012, las 14h13. VISTOS: Avoca conocimiento en virtud de la Acción de Personal # 4217-UARH-KZF del 4 de Agosto del 2011.La demanda de divorcio que propone ANGEL DANNY MERO MEZA, contra RITA MARICELA MENDOZA RIVERA, es clara y reúne los demás requisitos de los Arts. 67 y 68 del Código de procedimiento Civil, por lo que se la acepta al trámite correspondiente. Cítese a la demandada RITA MARICELA MENDOZA RIVERA, por cuanto el actor expresa bajo juramento desconocer el domicilio individual de la demanda, se ordena citarla por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad, de conformidad con lo expresa el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. En cualquier día y en hora hábil comparezcan dos parientes o personas de reconocida reputación para que insinúen al curador ad-litem que lo representará a la hija habida dentro de matrimonio. Agréguense a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta el casillero judicial que señala el actor para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su defensor.- Intervenga el Ab. Johnny Lituma Jinés Secretario encargado de esta judicatura según acción de personal No. 3366 UARH-KZF.- Cítese y notifiquese.- f. Luis Carrillo Castro Juez Provisional del Juzgado Séptimo de lo Civil y Mercantil de Guayaquil. Guayaquil, miércoles 29 de febrero del 2012, las 10h42. VISTOS: Por cuanto en el auto de calificación existe un error en el nombre del actor que dice DANNY, cuando en realidad el nombre es DENNY, con lo cual se corrige dicho error, en lo demás estése a lo ordenado en dicho auto.- Hágase saber.- Advirtiéndole que tiene que señalar casillero judicial para sus notificaciones dentro de veinte días hábiles posteriores a la tercera y última publicación de este, aviso caso contrario será considerado rebelde. Actué, el abogado Francisco Aguilera Barrientos secretario encargado. Guayaquil, marzo 13 del 2012 JUZGADO ESPECIAL DE COACTIVAS DEL BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL EL EMPALME EXTRACTO DE CITACIÓN A: LOS HEREDEROS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR DON LIZARDO COLON LOOR VERA. LE HAGO SABER: Que en el Juzgado Especial de Coactivas del Banco Nacional de Fomento Sucursal El Empalme, se ha iniciado el Juicio Coactivo No. 157-2010, seguido en contra del Señor don LIZARDO COLON LOOR VERA, cuyo extracto es el siguiente: OBJETO DE LA DEMANDA: El pago de obligación vencida, más los intereses legales, mora y costas procesales. AUTO INICIAL: Con fecha el 22 de Marzo del 2010; a las 09h04, se dictó el auto inicial, y mediante auto dictado el 08 Mayo del 2012, a las 08H30, se procede dar cumplimiento a lo preceptuado en el Código de Procedimiento Civil, disponiendo citar a los herederos conocidos personalmente o por boleta y los desconocidos del señor don LIZARDO COLON LOOR VERA, en uno de los periódicos de mayor circulación de la Capital de la Provincia del Guayas, para que en el término de tres días cumplan con la obligación insoluta. CUANTÍA: Cuatro Mil Quinientos Dólares de los Estados Unidos de América. JUEZ DE LA CAUSA: Eco. Joffre Bolívar Venegas Álava, Juez Delegado de Coactivas. Lo que comunico a usted, para los fines de Ley, a fin de prevenirle de la obligación de señalar domicilio legal para sus notificaciones, así como la de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso. El Empalme, 08 de Mayo del 2011 Abg. Anita Vallejo Saltos, SECRETARIA AD - Hoc Abr. 23, May. 7-18 (91921) REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL No. 1 DEL CANTÓN GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN A: VERONICA VIVIANA VEGA BAJAÑA. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL N° 3160-2012, seguido por HENRRY ALEX GALLO CHOEZ en contra de VERONICA VIVIANA VEGA BAJAÑA ACTOR: HENRRY ALEX GALLO CHOEZ DEMANDADO: VERONICA VIVIANA VEGA BAJAÑA OBJETO DE LA DEMANDA: Que se declare disuelta la Sociedad Conyugal. AUTO INICIAL: EL DR. LENIN ALBERTO PILALOT NAVARRETE, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL, legalmente posesionado mediante Acción de Personal No. 412-DNP, extendido por el Consejo Nacional de la Judicatura, y en virtud de lo dispuesto en el Art. 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial. VISTOS: La demanda que antecede de DISOLUCIÓN VOLUNTARIA DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, presentada por HENRRY ALEX GALLO CHOEZ, contra su cónyuge VERONICA VIVIANA VEGA BAJAÑA, se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite especial determinado en el Art. 813 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Para efectos de lo determinado en el Art. 814 del cuerpo de leyes citado. Cítese a la demandada, en la forma solicitada, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad, mediando el término de ocho días, por lo menos entre la una y la otra, a quien se le previene de la obligación de señalar casillero judicial y/o domicilio judicial electrónico para sus notificaciones. La actuaría confiera el correspondiente extracto. Agréguese la documentación acompañada.- Téngase en cuenta la autorización que el accionante confiere a su abogado patrocinador y la casilla judicial No. 1095 que señala para sus notificaciones.- Notifíquese y cítese. CUANTÍA: Indeterminada. JUEZ DE LA CAUSA: DR. LENIN ALBERTO PILALOT NAVARRETE, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS. Guayaquil, 27 de Abril del 2012 SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA No. 1 CANTÓN GUAYAQUIL May. 7-18; Jun. 1 (92717) Ab. Francisco Aguilera B. SECRETARIO (E) JUZGADO 7 CIVIL Sr. Mauricio Del Jesús León Saldarriaga SECRETARIO AD-HOC Abr. 23, May. 7-18 (91896) May. 17-18-21 (93384) JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN A: ANGEL ENRIQUE SALDAÑA LUCERO. LE HAGO SABER: Que dentro del Juicio de Prescripción Adquisitiva de Dominio No. 236-A-2012 que sigue YOLANDA VERONICA ZAMBRANO MOREIRA, contra ANGEL ENRIQUE SALDAÑA LUCERO, se encuentra lo siguiente: La actora manifiesta que es poseedora de un lote de terreno situado en el solar 6 de la manzana 66 ubicado en el sector 1 de la Lotización Comunal Parroquia Chongón, y que desde el 15 de diciembre de 1996, mantiene la posesión e ininterrumpida con el ánimo de señora y dueña no equivoca y en concepto de propietaria por mas de 15 años hasta la fecha de presentación de la demanda y que de su propio peculio a hecho el cerramiento total del terreno, y una casa que sirve de habitación y vivienda, así como un local comercial en la cual vive y trabaja por más de 15 años. Con estos antecedentes concurre ante el señor Juez y demanda en Juicio ordinario al señor Angel Enrique Saldaña Lucero, quien aparece como propietario del mencionado bien inmueble por donación de la Comuna San Pedro de Chongón, el cual no ha ejercido posesión alguna, a fin de que en sentencia disponga a mi favor, el dominio del antes descrito bien inmueble, ordenando la inscripción en el Registro de la Propiedad del cantón Guayaquil de conformidad con lo que dispone el Art. 2413 del Código Civil. Que la presente demanda la fundamenta en los Arts. 603, 715, 2392, 2398, 2410, 2411, y 2413 del Código Civil. Mediante auto de fecha 14 de abril del 2012, las 10h14, se admite al trámite en Juicio Ordinario, por reunir los requisitos determinados en los Artículos 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, y en mérito al juramento prestado por la actora en que manifiesta que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia del demandado, se ordena que se lo cite por medio de uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Lo que comunico a Usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tienen de señalar domicilio Judicial para notificaciones futuras, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será tenido o declarado rebelde. Guayaquil, 8 de Mayo del 2012 Ab. Sergia Alcívar Dueñas Secretaria del Juzgado Décimo de lo Civil de Guayaquil May. 16-17-18 (93161) la que editó éxitos como “I Need Some Money”, “Bustin’ Loose”, “We The People” o “Blow Your Whistle”. El “Go-go”, con sus larguísimas canciones e improvisaciones, era el emblema de la cultura afroamericana de Washington de las últimas tres décadas y Brown se convirtió en una gran influencia para bandas de funk y hip-hop durante el 80 y 90. El músico, que solía subir al escenario con un sombrero negro y lentes de sol oscuros, fue famoso por sus versiones de clásicos del jazz, como “Go-Go Swing” de Duke Ellington o “Run Joe” de Louis Jordan. En 2005 el músico recibió el premio “National Endowment for the Arts” por su legado musical y en 2011 fue nominado a un Grammy como R&B por su canción “Love”. REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL DE DAULE AVISO DE REMATE AL PUBLICO: SE LE HACE SABER: Que dentro del juicio ejecutivo No. 678-06 que sigue Roberto Patricio Bayas Bayas contra Lauro Eudaldo Moreira Macías, el Abogado Andrés Gherardi Aguiño, Juez Décimo Quinto de lo Civil del cantón Daule, mediante auto de fecha 16 de abril del 2.012 las 14h20, ha señalado para el día 22 de junio del 2.012 desde las 14H00 hasta las 17h00, para que tenga lugar el remate del bien inmueble embargado. DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE: Inmueble compuesto de solar y construcción medianeros, ubicados en la cabecera cantonal de Santa Lucía, provincia del Guayas, en lado oeste de la vía automotor que une Daule con Balzar, solar signado con el número 2, dentro de los siguientes linderos y medidas; Por el norte.- Con el solar No. 5 de Carlos Buenaño Mora con 21,00 metros; Por el sur.- Con el solar No. 1 de lss hermanas Judith Violeta y Verónica Patricia Buenaño Cabello con 24,80 metros; Por el este.- Con la vía automotor que une Daule con Balzar con 9,00 metros; y, Por el oeste - Con propiedad de Aníbal Cepeda con 9,00 metros. CARACTERÍSTICAS: En el inferior del solar y ocupando toda el área del mismo, está construida una edificación de tres niveles: uno planta baja, otro correspondiente al primer piso alto terminados y un segundo nivel alto sin terminar con pilares y paredes en construcción, con las siguientes especificaciones constructivas: Estructura de hormigón armado con dos losas y escaleras de hormigón armado, paredes de planta baja de ladrillos enlucidas interiormente y con bloques de hormigón simple en los dos pisos altos sin enlucir exteriormente, piso de la planta baja de hormigón simple pulido y parcialmente con cerámica en uno de los dos locales comerciales que funcionan en este nivel, sobrepiso con cerámica en el primer alto en que funciona un departamento, no exista sobrepiso en el segundo nivel por estar inconcluso, dos puertas metálicas enrollables para los dos locales comerciales y una puerta metálica principal por la que se accede a las plantas superiores, instalaciones eléctricas empotradas.- En la fachada del primer alto hacia la calle principal, un balcón con dos ventanales de aluminio y vidrio y una baranda metálica de protección. AVALÚO; ciento ochenta y un mil cuarenta y dos 88/100 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US$ 181.042,88). La especie a rematarse se encuentra bajo custodia del Depositario Judicial Federico Cuadrado Chalen.- El remate tendrá lugar el día y hora señalados en la sala del Juzgado Décimo Quinto de lo Civil del cantón Daule, ubicada en las calles Padre Aguirre y Olmedo de la ciudad de Daule.- De conformidad con lo establecido en el Art. 471 del Código de Procedimiento Civil por tratarse de un SEGUNDO SEÑALAMIENTO, el remate se efectuará sobre la base de la mitad del precio del avalúo.- Según lo dispuesto en el Art. 466 del Código de Procedimiento Civil, no se admitirán posturas que no vayan acompañadas, por lo menos del diez por ciento del valor de la oferta, el que se consignará en dinero o cheque certificado y girado a la orden de este Juzgado; ni la admitirán posturas en que se fijen plazos que excedan de cinco años contados desde el día del remate, ni las que se presentaren antes de las 14h00 o después de las 17h00. Daule, 19 de abril de 2012 Ab. José López Barzola Secretario Juzgado 15 Civil Daule May. 7-18, Jun. 1 (92712) POLICÍA NACIONAL SERVICIO DE CESANTÍA AVISO Nº 000762 Se va a proceder al pago de: SEGURO DE CESANTIA del que en vida fue CONDOR AUSAY JUAN Quienes se creyeren con derecho a este beneficio, podrán acercarse a presentar el reclamo respectivo en el Servicio de Cesantía de la Policía Nacional en Quito, en el transcurso de TREINTA (30) DÍAS a contarse de la presente publicación. JEFE FINANCIERO DEL SERVICIO DE CESANTÍA DE LA POLICÍA NACIONAL (93377) CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE "AGUALIFE S.A." Se convoca a los señores Accionistas y al Comisario principal de la compañía AGUALIFE S.A., señor Leonardo Castro Núñez, a la Junta General Extraordinaria que se celebrará en la ciudad de Guayaquil, el día 29 de mayo del 2012, a las 9h00, en el local social ubicado en Avenida del Ejército 431 y Luis Urdaneta, para tratar los asuntos que constan en el siguiente Orden del Día: 1. Conocer y resolver sobre la fusión por absorción de la compañía AGUALIFE S.A. con la compañía AQUALITESA S.A.; 2. Conocer y resolver sobre las bases de fusión por absorción de la Compañía AGUALIFE S.A., la misma que absorberá a la referida sociedad, AQUALITESA S.A.; y, 3. Conocer y resolver sobre cualquier otro tema relacionado directamente con la fusión referida. Guayaquil 15 de mayo del 2012 p. AGUALIFE S.A. Miguel Angel Carbo Jurado Presidente (93410) BANCO COOPNACIONAL: Se comunica al público el extravío de la libreta de ahorros de la Cta. No. 408451793 perteneciente a ZULLY XIOMARA CARDENAS PACHECO. Particular que se comunica para los fines de ley. May. 16-18-20 (93173) COOPERATIVA 29 DE OCTUBRE: EXTRAVÍO DE LIBRETA CERTIFICADO DE APORTACIÓN Se comunica al público el extravío del Certificado de Aportación No. 4500841642 perteneciente a CHINLLI POMAQUERO IVAN MOISES. Particular que se comunica para los fines de ley. May. 17-18-19 (93283)