Acta N 29-2016, S.O.N 20-2016, 16-05-2016
Transcripción
Acta N 29-2016, S.O.N 20-2016, 16-05-2016
* MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO * ACTA N° 29 -2016, SESION ORDINARIA N° 20-2016 CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE GUACIMO EL DIECISEIS DE MAYO DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS TRECE HORAS, EN LAS INSTALACIONES DEL SALON DE SESIONES MUNICIPALES DIRECTORIO Regidores Propietarios Manrique Mejías Quirós - Preside María del Carmen Meoño Hernández Cynthia Hyman Schatruell Alejandra López Lee Melvin Jiménez Quirós Plácido López Díaz Eladio Retana Fallas Síndicos Propietarios Blanca Rosa Mejía Medina Manuel Antonio Angulo Solano Oscar Fonseca Guillen Omar Alberto López Cerdas Alfredo Herrera Elizondo (*) Ausente (+) sustituyó Funcionarios Gerardo Fuentes González – Alcalde Emilce León Céspedes –Secretaria Regidores Suplentes Ana María Esquivel Mesen Juan Diego Ortega Ortiz Odilie Méndez Ramirez Yessica Paola Centeno Gómez David Rojas Aguilar Laurita López López Doris Maybell Ruiz López Síndicos Suplentes José Lidier Azofeifa González María Fernanda Vega Rojas Mayra Pilar Bravo Rojas. Deylin Odalis Arrieta Castillo Alejandra Solera Duarte * Se comprueba el quórum y se da inicio al desarrollo de la sesión con la siguiente orden del día: I. Juramentación de los representantes del Comité de Caminos Macadamia – Tierra Grande. II. Atención al Publico III. Mociones IV. Lectura, aprobación actas anteriores. V. Correspondencia. ----- 0 ----- Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 02. ORACION: El Concejo Municipal período 2010 – 2016, inicia la sesión pronunciando una oración de gracias e invocando a Dios como guía espiritual en el desempeño de la función de cada uno de los integrantes y personas presentes. Realizada por parte del Reg. Plácido López Díaz. CAPITULO Nº I. JURAMENTACIÓN DE LOS REPRESENTANTES DEL COMITÉ DE CAMINOS MACADAMIA – TIERRA GRANDE. El Reg. Manrique Mejías Quirós – Presidente Municipal, procede a dar lectura a oficio AMG-522-2016, de fecha 16-05-16, firmado por Sr. Gerardo Fuentes González – Alcalde Municipal, el cual remite oficio UTGV-297-2016, de la Promotora Social Marcela Núñez que dice: Sirva la presente para saludarle y a la vez comunicarle que; el pasado 10 de mayo en asamblea de vecinos, realizada a las 2:00 p.m. en la Escuela de Macadamia - Tierra Grande, se conformó el Comité de Caminos de esta comunidad. Esta comunidad tiene gran preocupación por la conservación vial, así como la disposición de colaborar con la Municipalidad y otras instituciones para el mejoramiento de sus calles y caminos. Le agradezco traslade esta información al Concejo Municipal, para conocimiento y la juramentación de sus miembros, quienes se presentarán el próximo lunes 16 de Mayo, 2016 a la 1:00 p.m. El Reg. Manrique Mejías Quirós – Presidente Municipal, procede a realizar la debida juramentación según el artículo 194 de la Constitución Política a las siguientes personas como representantes del Comité Cantonal de Deportes y Recreación Guácimo. Nombre Completo Número de Cédula Puesto Geive Luis Corrales García 1 691 602 Presidente Mariela Vargas Sánchez 7 136904 Vicepresidenta Sara Guiselle Rojas Castillo 1 739567 Secretaria Xenia Mora Chavarría 7 0~2 967 Tesorera José Alvaro Calderón Benavides 7060 133 Fiscal Marcela Guerrero Sánchez 3299 103 Vocal 1 José Adam López Sánchez 8081 609 Vocal 2 Juan Carlos Ramírez Mora 1 593 376 Vocal 3 Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 03. CAPITULO N° II. ATENCION AL PÚBLICO 1. Grupo Organizado: Asociación Pro Mejoras Parismina Representado por: Francisco Ugalde Molina Asunto a tratar: Solicitud de cambio de sede de Festejos Populares El Sr. Francisco Ugalde - Asociación Pro Mejoras Parismina, solicita que se cambie la sede de los Festejos Populares para que se realice en el campo Ferial de Guácimo, ya que desde un principio no se había prestado el campo ferial porque la Asociación necesitaba dicho espacio para hacer una escuela móvil, por eso se pensaba hacer la actividad en Parismina, pero el MEP no lo autorizo, por tal motivo la Asociación ahora si lo autoriza. El Reg. Manrique Mejía Quirós – Presidente Municipal, manifiesta que no ve ningún inconveniente en que realizar el cambio de sede. La Reg. María del Carmen Meoño Hernández – Vicepresidenta municipal comenta que si dicha actividad no coincide con alguna otra no ve ningún problema en que se apruebe. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Modificar el acuerdo Nº 1, tomado en la sesión ordinaria Nº 05-16, celebrada el 02-02-16, quedando de la siguiente manera: Conceder visto bueno para que la Asociación Pro Mejoras Parismina representado por el Sr. Francisco Javier Ugalde Molina, realicen Festejos Populares en el campo Ferial de Guácimo los días 18, 19, 20, 21, 26, 27, 28 y 29 de agosto 2016. Asimismo se les concede dos patentes temporales de licor para ser explotas en dicha comunidad. Debiendo cumplir con las disposiciones legales ante las Instancias correspondientes, Ministerio de Salud, Cruz Roja, Fuerza Pública y Departamento de Patente de la Municipalidad. Debiendo presentar informe de económico del resultado de la actividad. Acuerdo Nº Uno. Aprobado unánimemente. 2. Grupo Organizado: Vecina de Siquirres Representado por: Virginia Santa María Pirson Asunto a tratar: Solicitud de visto bueno para trasladar casa de habitación de Siquirres a Cartagena. La Sra. Virginia Santa María Pirson - Vecina de Siquirres, solicita visto bueno para trasladar su casa de Siquirres a Cartagena en virtud de que su hermano falleció y su hermana de Cartagena le va ceder un espacio en su terreno. El Reg. Manrique Mejía Quirós – Presidente Municipal comenta que el tema presentado por la vecina es competencia del Ingeniero Municipal y no de este Gobierno Local, motivo por el cual la insta a que realice los respectivos tramites de permiso ante el Depto. de Ingeniería. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 04. Conocida la información presentada, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Solicitarle al Sr. Gerardo Fuentes González – Alcalde Municipal, que instruya al Ing. Johnny Jiménez Corrales – Ingeniero Municipal, que atienda e informe a la Sra. Virginia Santa María Pirson - Vecina de Siquirres, los tramites que debe realizar para trasladar su casa de habitación de Siquirres a Cartagena de Guácimo. Acuerdo Nº Dos. Aprobado unánimemente. 3. Grupo Organizado: Vecina de Guácimo Representado por: Virginia Sánchez Rojas Asunto a tratar: Solicitud de limpieza en las aceras frente a Pali La Sra. Virginia Sánchez Rojas - Vecina de Guácimo, solicita apoyo para que se arregle las aceras por el PALI de Guácimo, ya que cuando llueve las aceras se llenan y se inundan, lo cual ocasiona que los transeúntes se tiren a la calle. El Sr. Gerardo Fuentes González – Alcalde Municipal, solicita a la vecina que le pase la denuncia con las respectivas fotos para hacer los trámites a El Reg. Eladio Retana manifiesta que como Concejo podemos enviar nota al CONAVI solicitando a petición de los vecinos por el peligro de los niños que se trasladan a la Escuela La Reg. Alejandra López Lee, sugiere que la Fuerza Pública les apoye en este tema. La Sra. Virginia Sánchez Rojas – Vecina de Guácimo, comenta que cuando solicito apoyo a la Fuerza Pública les respondieron que ellos no tenían nada que ver con esto, ya que incluso ellos mismo dejan las patrullas atravesadas en la acera. Conocida la información presentada, se acuerda: Ante preocupación presentada por la Sra. Virginia Sánchez Rojas – Vecina de Guácimo, referente a que en el trayecto que va desde el Colono Agropecuario hasta la antigua secadora, en ambos lados de la calle está siendo invadido por vehículos ( camiones, furgones, taxis informales y vehículos particulares), los cuales se estacionan en las aceras e impiden el paso peatonal, obligando a los peatones a tener que transitar por la carretera exponiendo en riesgo sus vidas, por tanto, este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Solicitarle al MOPT, CONAVI, Ingeniería de Transito, su apoyo a la mayor brevedad posible, para evitar accidentes o muertes en nuestro cantón. Asimismo se le solicita al Capitán Wilson Carvajal Jiménez – Jefe Delegación Policial Cantonal de Guácimo, su apoyo en este tema mientras el MOPT y el CONAVI, nos colabore en este tema en virtud de que es Ruta Nacional 248. Acuerdo Nº Tres. Aprobado unánimemente. Acuerdo en firme. 4. Grupo Organizado: COOPEGUACIMEÑAS Representado por: Mayra Segura y Hannia Ramírez Asunto a tratar: Presentación de Proyecto al nuevo Concejo Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 05. La Sra. Hannia Ramírez – COOPEGUACIMEÑAS, comenta que son un grupo de mujeres que están trabajando desde hace más de cinco años por el proyecto reciclaje y hace más de dos años presentaron su proyecto ante el Concejo anterior, del cual el Alcalde, Odilie, Erlinda entre otras regidoras las acompañaron a Guanacaste a ver este Proyecto, conjuntamente con el Ing. Johnny Jiménez, Lic. Danny Arguello Morales, para gestionar un centro de acopio y en vista de que no se logró concretar, tienen cinco años de estar manteniendo este proyecto sin salarios y sin ningún tipo de ayuda, solo recibieron un poquito de ayuda por parte de la Municipalidad, porque solo les prestaron un carrito cuando se podía, porque casi siempre esta malo, pero no pudieron seguir cubriendo los gastos porque les aumentaron el alquiler, nunca tienen un salario solo para gar, de 23 mujeres solo quedaron 3 mujeres valientes al frente de todo esto, presente una carta en el Concejo pasado y no le dieron ninguna resolución en 4 años, por lo que hacen la solicitud nuevamente ya sea para que el proyecto sea para ellas mismas o a quien se lo deseen dar, porque en el cantón se recolecta muchos desechos porque lamentablemente cuando lo presentaron don Omar Sancho y don Alfredo Hidalgo no quisieron que el proyecto se avanzara, me lo tirar y me lo tiraron y ahí está el acalde que le ha ayudado un montón de veces y no se pudo hacer nada. El Sr. Gerardo Fuentes González – Alcalde Municipal, comenta que hace varios años comenzaron con el tema de reciclaje, sin embargo hace seis años el compañero Alfredo Hidalgo Bermúdez dijo que estas señoras tenían que pagarle a la Municipalidad lo cual lo vi vulgar e indecente, porque esta señoras están haciendo algo que debemos hacerlo nosotros, e ahí comenzó lo que era la COOPERATIVA, en donde se fueron varias señoras que colaboraban en este tema, por lo cual se continuo con la COOPERATIVA, y llevan casi seis años en este proceso. Los acompañe a Guanacaste, Grecia, a ver el tema de las COOPERATIVAS, nos ayudaron hacer todo el programa y se hizo un perfil bien detallado, pero eso se quedó en la carpeta, tengo un camión pequeño que es personal el cual se los preste con chofer y combustible con tal de ayudarles, pero eso se fue muriendo, el Lic. Arguello Morales tiene algo sobre ese tema, incluso les conseguí un terreno de 2500 metros, incluso lo segregue, pero ese terreno esta votado, pero si les apoye en todo lo que pude. El Reg. Manrique Mejía Quirós – Presidente Municipal, manifiesta que este tema es de mucha importancia ya que es el sustento de madres jefa de hogar que se esmeran por sus hijos. Asimismo solicita que se olviden del Concejo pasado, ya que está cansado de escuchar que hablan del Concejo pasado, porque tuvieron 6 años de estar aquí y nunca les dio el mani para hacer ciertas cosas. El Reg. Eladio Retana Fallas, comenta que estuvo compartiendo con las COOPEGUACIMEÑAS en diferentes cursos. Asimismo afirma que a este Gobierno le ha faltado voluntad política, desinterés por el trabajo que desarrollan las mujeres y mal trato, porque existe una Ley 8839, que debe ser de acatamiento obligatorio para todos los Gobiernos Locales y que este Gobierno Local debía haber elaborado un Reglamento para aplicar esa Ley para el manejo integral de Residuos Sólidos como una política con estrategias a nivel de todo el cantón y no andar haciendo esfuerzos individuales y aislados en los distritos, para conseguir recursos para apoyar proyectos muy puntuales en algunos lados sin que se haya cumplido lo que establece la Ley hace más de 10 años, porque se toman acuerdo que no les dan seguimiento porque no hay voluntad política ni interés, si Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 06. tomamos acuerdos hay que darles seguimiento y llevarlos hasta las últimas consecuencias o hasta que se cumplan, pero tomar acuerdos por tomarlos como es el caso de los tomados por el Concejo anterior en donde viene planteado todo el Convenio, que está en la sesión del 10-022015, en donde se especifica que financiamiento les iban a dar a las mujeres de esta cooperativa, en que iba apoyar el Gobierno Local y en que se comprometían ellas como cooperativas y al final determinan trasladar este convenio al Lic. Carlos Soto, pero se toman acuerdos y luego se dejan porque no hay interés político, así que como coordinador de la Comisión de Ambiente vamos a darle seguimiento a este tema y vamos a llegar hasta las últimas consecuencias porque tengo un compromiso moral y humano con estas mujeres madres solteras y trabajadoras. El Reg. Placido López Fallas, manifiesta que es muy doloroso el irrespeto que se le ha tenido a las Guacimeñas, porque en ese tiempo se consiguió unas máquinas para coser con el IMAS y se dejaron llevar para que las metieran en un reciclaje, después llego otro conflicto porque las de la COOPERATIVAS eran otras, pero últimamente les han ofrecido el IMAS, pero el Concejo no les quiso colaborar, creí que en realidad las iban ayudar pero siempre las engañaron. El Reg. Manrique Mejías Quirós – Presidente Municipal, manifiesta que el tema está suficientemente discutido y no es necesario seguir redondeando el tema. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Solicitarle a la Comisión de Asuntos Ambiente que atienda el tema de las COOPEGUACIMEÑAS y brinde informe ante este Gobierno Local en un plazo de 30 días. Acuerdo Nº Cuatro. Aprobado unánimemente. 5. Grupo Organizado: CECUDI Representado por: Damaris Chen Asunto a tratar: Presentación de la Red de Cuido La MSc. Damaris Chen – Red de Cuido CECUDI, expone la siguiente presentación: Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 07. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 08. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 09. La MSc. Damaris Chen – Red de Cuido CECUDI continua diciendo: El interés de realizar esta presentación es porque el contrato del CECUDI vence el 01 de julio, pero el contrato de la Municipalidad dice que se puede renovar por 3 años consecutivos según el criterio que tenga el municipio con respecto a la institución, realizamos conexiones con diferentes institución para cumplir con todo lo solicitado por la Municipalidad. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 10. El Reg. Eladio Retana Fallas, comenta que desconoce el tema del CECUDI porque no se ha involucrado mucho en este tema, pero desea que le expliquen cual es el proceso del contrato. La MSc. Damaris Chen – Red de Cuido CECUDI manifiesta que esto es financiado por FODESAT y lo remite al IMAS que es quien le paga a la Municipalidad que es la que paga el servicio administrativo y de educación correspondiente, el contrato municipal era por un año y decía que es prorrogable a tres años más, la Municipalidad no aporta el dinero sino que es el IMAS, pero si da el visto bueno para continuar. El Reg. Manrique Mejía Quirós – Presidente Municipal comenta que se le debe dar seguimiento a estos temas porque cultivan el cantón, porque no se debería renovar por 3 meses sino por 6 o mas años. El Reg. Eladio Retana Fallas da visto bueno para que sea prorrogable, sin embargo sugiere que se presupueste dinero para darle mantenimiento a este edificio. La Reg. María del Carmen Meoño Hernández, comenta que conoce el CECUDI sin embargo el cuidar niños es una labor importante, por lo que le gustaría ampliar su conocimiento. La Reg. Cynthia Hyman Schatruell manifestó que el CECUDI es un edificio muy hermoso y está beneficiando al cantón y amerita que continúe en Guácimo, por lo que más bien se les debe dar más, se debería hacer unos aleros para evitar que entre el sol, entre otras cosas, por lo que solicita que se les de todo el apoyo posible porque lo amerita. La Reg. Alejandra López Lee, manifiesta que el día de hoy visito el CECUDI, lo cual es importante recalcar que ya están haciendo las gestiones con doña Flor Valerin para abrir el CECUDI de noche por lo que debemos brindarle todo el apoyo que esté en nuestras manos. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Renovar por tres años el Contrato del Centro de Cuido y Desarrollo Infantil – CECUDI del cantón de Guácimo con la Municipalidad de Guácimo, en virtud de que vence en julio 2016. Asimismo se le comunica al Sr. Gerardo Fuentes González – Alcalde Municipal, Gobierno Local estará haciendo visitas periódicas. que este A su vez se le solicita que instruya a la Contadora Municipal para que busque contenido económico para el mantenimiento de dicho edificio. Acuerdo Nº Cinco. Aprobado unánimemente. Acuerdo en firme. CAPITULO N° III. MOCIONES. 1. Se dio lectura a moción presentada por el Regidor Manrique Mejías Quirós – Presidente Municipal, acogida por los Reg. Alejandra López Lee, Cynthia Hyman Schatruell y María del Carmen Meoño Hernández dice: Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 11. MOCIONO: Para que se derogue el acuerdo N° 27, tomado en sesión ordinaria N° 25-2010, del 22-06-2010, con el objetivo de que se envíe a publicar otro Reglamento que se encuentra debidamente actualizado. El Reg. Eladio Retana Fallas manifiesta que hay un tema de forma que se debe corregir y para eso se requiere la consulta correspondiente en esa materia, que tiene que ver en el uso de la lengua por la parte de la forma, porque en este tipo de documentos no se debe plantear de esta manera. Tampoco se si leyeron esta propuesta de reglamento por lo que sugiero que se traslade este proyecto de reglamento a la Comisión de Asuntos Jurídicos, ya que se deben analizar algunos puntos tales como que las actas deben estar listas 2 horas antes de iniciar la sesión, que las actas deben estar listas para conocerse en la sesión siguiente posterior, etc., por lo que debería consultar mas aspectos legales. El Reg. Manrique Mejía Quirós – Presidente Municipal, responde que los puntos mencionados están explícitos en el Código Municipal y en el Reglamento de Sesiones por lo cual no hay nada más que consultar porque está redactado explícitamente como consta en el Código Municipal. Conocida la moción presentada es sometida a votación resultando los Regidores Mejías Quirós, Meoño Hernández, Hyman Schatruell, y López Lee votaron afirmativamente y los votos disidentes de los Regidores Retana Fallas, Jiménez Quirós y López Díaz, por tanto se acuerda: Este Concejo Municipal por mayoría simple acuerda: Derogar el acuerdo N° 27, tomado en la sesión ordinaria N° 25-2010, celebrada el 22-06-2010, en donde se aprobó la publicación del proyecto de nuevo reglamento interno de sesiones y comisiones del concejo de la municipalidad de Guácimo. Acuerdo Nº Seis. Aprobado por mayoría simple. Asimismo se acuerda: Conocida la moción presentada es sometida a votación resultando los Regidores Mejías Quirós, Meoño Hernández, Hyman Schatruell, y López Lee votaron afirmativamente y los votos disidentes de los Regidores Retana Fallas, Jiménez Quirós y López Díaz, por tanto se acuerda: Este Concejo Municipal por mayoría simple acuerda: Enviar a publicar el siguiente Proyecto de Reglamento Interno de Sesiones y Comisiones del Concejo de la Municipalidad de Guácimo. MUNICIPALIDAD DE GUACIMO Que el Concejo Municipal del cantón de Guácimo, en su sesión ordinaria Nº 20, bajo el inciso uno, capitulo mociones, celebrada el día 16 de mayo del año del 2016, aprobó el Reglamento Interno de Sesiones y Comisiones del Concejo de la Municipalidad del Cantón de Guácimo. PROYECTO DE REGLAMENTO INTERNO DE SESIONES Y COMISIONES DEL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE GUACIMO. Artículo 1º—El Concejo Municipal del Cantón de Guácimo, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Nº 7794, Código Municipal, artículos 4º, inciso a), 13, inciso c), 43 y 50, dicta el presente Reglamento que regulará el procedimiento de celebración de las sesiones ordinarias y extraordinarias que celebre el Concejo, así como la conformación y funcionamiento de la Comisiones Municipales. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 12. CAPÍTULO I De las sesiones del Concejo Artículo 2º—Las sesiones ordinarias del Concejo se celebrarán los días y las horas fijadas por el Concejo, previa publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Artículo 3º—El Concejo Municipal podrá celebrar las sesiones extraordinarias que se requieran, pero solamente serán remuneradas dos de ellas, las dos primeras que se celebren en forma posterior a las sesiones ordinarias acordadas previamente y publicadas en La Gaceta. Deberán celebrarse el mes, día y hora que se indique en la convocatoria. Artículo 4º—Las sesiones ordinarias y extraordinarias se efectuarán en el local sede de la Municipalidad, pudiendo celebrarse las segundas en los distritos del cantón cuando vayan a tratarse asuntos relativos a los intereses de los (las) vecinos (as) de la localidad. Se impone la obligación de convocar a todas las sesiones a los (las) síndicos (as). Artículo 5º—A la convocatoria a sesiones extraordinarias deberán ser convocados todos los miembros y salvo votación de mayoría absoluta de los miembros del Concejo, no deberá ser publicada en el diario oficial La Gaceta. Deberá hacerse por lo menos con veinticuatro horas de anticipación, mediante convocatoria en sesión anterior, acordada por mayoría absoluta y cuya notificación puede ser en forma escrita, telefónica o por cualquier medio establecido por la Ley General de la Administración Pública. Los miembros del Concejo Municipal deberán comunicar por escrito a la secretaría del Concejo Municipal el señalamiento del lugar, apartado, fax o cualquier otra forma que permita la seguridad del acto de comunicación personal de la convocatoria a sesiones extraordinarias u ordinarias que no se fueren a celebrar en el local sede de la Municipalidad. En caso de omisión de este señalamiento, la convocatoria a sesión se tendrá por notificada con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Artículo 6º—En sesiones extraordinarias se conocerán exclusivamente los asuntos indicados expresamente en la convocatoria, salvo que por unanimidad de los (las) regidores (as) propietarios (as) presentes se decida conocer otros asuntos, previo a la orden del día que indique el (la) Presidente (a) Municipal. Artículo 7º—El objeto de la sesión extraordinaria debe ser motivado por razones de necesidad y no de manera arbitraria. Artículo 8º—El quórum para las sesiones ordinarias o extraordinarias será de cuatro regidores (as) propietarios (as), siempre que no estén presentes los regidores suplentes, quienes serán llamados a ocupar la curul del respectivo propietario ausente. Ese mismo número deberá estar presente en el salón de sesiones al inicio de la sesión, durante las deliberaciones y al efectuarse las votaciones. Artículo 9º—Las sesiones del Concejo deberán iniciarse a la hora acordada, dentro de los quince minutos siguientes conforme lo indique el reloj del salón de sesiones o del recinto donde se lleve a cabo la sesión. Pasados los quince minutos anteriores, si no hubiere quórum, se dejará constancia en el libro de actas, y se consignará el nombre de los (las) regidores (as) presentes. A falta de reloj en el lugar, se tomará la hora que marque el reloj del señor (a) Presidente (a) del Concejo Municipal o en su defecto, la de la Secretaria(o) Municipal. Artículo 10.—Si en el curso de una sesión se rompiera el quórum, el (la) presidente (a) instará a los regidores (as) que se hubieren retirado sin permiso, para que ocupen de nuevo sus curules. Transcurridos diez minutos sin que se pueda establecer el quórum, se levantará la Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 13. sesión, siempre que no estén presentes los regidores suplentes, quienes serán llamados a ocupar la curul del respectivo propietario ausente. Artículo 11.—El (La) regidor (a) propietario (a) que llegare después de transcurridos quince minutos contados a partir de la hora señalada para iniciar la sesión, perderá el derecho de devengar la dieta, aunque no se hubiere efectuado su sustitución; sin embargo, puede permanecer en la barra del público, en el transcurso de la sesión como ciudadano (a); pero sin derecho a voto. Artículo 12.—El (la) regidor (a) suplente que sustituyera a un (a) propietario (a),tendrá derecho a permanecer durante toda la sesión como miembro (a) del Concejo, con voz y voto y el derecho a devengar la dieta, si la sustitución se hubiere efectuado después de los quince minutos a que se refiere el artículo anterior y el (la) propietario (a) no se hubiere presentado. Artículo 13—Todas las sesiones del Concejo serán públicas, sin perjuicio de que en casos muy especiales, previo Acuerdo, determinada sesión o parte de ella sea declarada secreta. CAPÍTULO II De la Orden del Día Artículo 14.—Las sesiones del Concejo se desarrollarán conforme a la orden del día previamente elaborada por el (la) Presidente (a) Municipal, y debe darse a conocer por lo menos al inicio de cada sesión. La orden del día solamente podrá ser alterada o modificada, mediante una moción de orden, aprobada por parte del Concejo. Tratándose de sesiones ordinarias, con votación de al menos dos terceras partes de los miembros (as) del Concejo, podría alterarse la orden de los asuntos que se van a conocer o bien ampliar la orden del día, incluyéndose otros asuntos nuevos. En el caso de sesiones extraordinarias, la inclusión de asuntos nuevos, sólo es procedente si media Acuerdo tomado por unanimidad de los (las) regidores (as) que sesionan. Artículo 15.—El (la) presidente (a) municipal, calificará los asuntos de trámite urgente y ordenará a la (el) Secretaria (o) incluirlos en la orden del día previa calificación. En igual sentido se faculta al (la) (a) Presidente (a) en coordinación con la Secretaria (o) del Concejo Municipal, para que de previo analicen la documentación enviada al Concejo. En sesión podrán incluirse asuntos de trámite urgente por iniciativa del (de la) presidente (a), Alcalde (Alcaldesa) o de uno o más regidores (as), si el Concejo así lo acuerda por simple mayoría, mediante la presentación de una moción de orden. Artículo 16.—Cuando algún miembro (a) desee que se conozca algún asunto de su especial interés, lo hará saber al (la) Presidente (a) antes que la orden del día haya sido confeccionada, a efecto de que ocupe el campo correspondiente, para lo cual se deberá presentar por escrito, indicando el objetivo, fundamento y fines de lo solicitado, conforme a lo establecido en el artículo 19 de este Reglamento. Artículo 17.—La orden del día será elaborada por la Secretaria (o) con instrucciones del (de la) Presidente (a) Municipal y se tratará en lo posible de confeccionarla con los siguientes apartados, seleccionados por el señor (a) Presidente (a) en cuanto a su orden se refiere. a) Audiencias. b) Lectura, discusión y aprobación del acta anterior o anteriores. c) Asuntos de trámite urgente, acorde con lo establecido en el artículo 16. d) Correspondencia. e) Mociones de los (las) regidores (as) y Alcalde. f) Informe del Alcalde Municipal. g) Proposiciones de los Síndicos. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 14. h) Dictámenes de Comisiones Permanentes, Especiales. i) Asuntos varios. Artículo 18.—Cualquier asunto, ya sea: correspondencia, iniciativas, mociones, audiencias, dictámenes u otro material, contemplado en el artículo anterior, para que forme parte de la Orden del Día, debe seguir las siguientes reglas de presentación ante la Secretaria o ante el Presidente (a), ambos del Concejo Municipal: a) Hacerlos llegar a la Secretaría del Concejo, al menos con dos horas de anticipación, exceptuándose aquellos casos que por su urgencia, sean admitidos el mismo día en que se celebra la sesión. En el caso de la intervención de terceros, deberá presentarse al menos con dos días de anticipación. b) Presentarse por escrito, firmadas por el interesado, señalando su número de cédula, e indicándose claramente, el asunto, justificación y fines de lo presentado. En caso de que la comunicación provenga de un cuerpo colegiado, debe indicarse también el número de acta y Acuerdo mediante el cual fue aprobado. c) Establecer un medio de comunicación (teléfono, correo electrónico, fax u otro) así como un lugar para recibir notificaciones. d) Además de los requisitos anteriores, en caso de las mociones, iniciativas y audiencias, se utilizará el machote preestablecido, que se anexa al presente reglamento. f) La moción de orden, sea la que surge con base en la deliberación misma durante las sesiones o en casos calificados en que no haya podido presentar por escrito, puede hacerse verbalmente; para su justificación el (la) proponente hará uso de la palabra hasta por un máximo de cinco minutos. Artículo 19.—Otros. Cualquier otro asunto que de forma excepcional sea parte de la orden del día, se regirá por sus mismas reglas en cuanto a forma y fondo. Tratándose del informe de labores ordinarias del señor Alcalde, éste debe ser presentado ante el Concejo de manera verbal o escrita, y se dispone con tiempo máximo de exposición de treinta minutos, plazo prorrogable hasta por diez minutos más, a criterio del Presidente Municipal. CAPÍTULO III Del uso de la palabra por parte de los miembros del Concejo Artículo 20.—Todos los miembros (as) del Concejo, tienen derecho al uso de la palabra, debiendo concentrarse en el tema que es objeto de discusión, si se desviara del mismo, repite conceptos y su participación no aporta nada nuevo al debate, de inmediato el (la) Presidente (a) le hará un llamado de atención para que desista de tal actitud, de persistir en lo mismo le suspenderá su derecho a continuar en el uso de la palabra. Para obtener la autorización del uso de la palabra, se hará levantando la mano en forma visible o bien poniéndose de pie y manifestando a viva voz en forma respetuosa ―Señor (a) Presidente (a), pido la palabra.‖ Las manifestaciones propias de los señores (as) regidores (as) que estos deseen que no consten en actas, lo harán saber así, con anticipación a la Secretaria (o). Si la previsión anterior no se hace con la debida antelación, la Secretaria (o) deberá consignarlas en el acta respectiva, sin que sea posible posteriormente, acto en contrario. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 15. Artículo 21.—El (la) proponente de una moción, sea de la que se trate, tiene prioridad en el uso de la palabra y, para tal efecto se le concederá hasta cinco minutos. Podrá intervenir de nuevo sobre la moción propuesta hasta por tres minutos más, a efectos de que ejerza la réplica a que tiene derecho, si su moción es combatida. Artículo 22.—Cualquier miembro (a) del Concejo en uso de la palabra, podrá si así lo tiene a bien, permitir una interrupción para efectos de aclaración o adicción del tema que trata. El tiempo que dure la interrupción no podrá ser superior a dos minutos. El Presidente tendrá que hacerle ver al orador de turno que su tiempo de interrupción se agotó, para que quien fue interrumpido prosiga con su intervención. Artículo 23.—Quien funja como Secretario (a) del Concejo, llevará el control del tiempo autorizado en cada situación, y cuando se haya vencido, se lo hará saber al (la) Presidente (a), quien sonando el timbre o campañilla le indicará al (la) exponente que el tiempo ha llegado a su fin. Artículo 24.—El Presidente Municipal observará que la orden del día tenga un tiempo determinado de cuatro horas, dejando para un trámite posterior los asuntos que no se puedan ver después de fijado este tiempo. Mediante Acuerdo, se determinará el momento oportuno para deliberar los asuntos que no se pudieran discutir, dejándose en todo caso los asuntos pendientes para conocerse en orden prioritario en la próxima sesión o bien mediante Sesión Extraordinaria si así lo acordara el Concejo. En caso de emergencia, el Presidente Municipal someterá a votación ampliar el tiempo de duración de las sesiones. Todo lo anterior se regirá por sistema de votación de mayoría simple. CAPÍTULO IV De las actas Artículo 25.—De toda sesión del Concejo se levantará un acta en la que se hará constar: los Acuerdos tomados y, sucintamente, las deliberaciones habidas, salvo en casos de nombramientos o elecciones, en los que se hará constar únicamente el Acuerdo tomado. Una vez que el Concejo haya aprobado las actas, deberán ser firmadas por el (la) Presidente (a) Municipal y el Secretario (a), del Concejo Municipal, para su debida foliación. Artículo 26.—Las actas de las sesiones deberán ser aprobadas en la Sesión Ordinaria inmediata posterior, salvo que circunstancias especiales de fuerza mayor lo impidan, en cuyo caso la aprobación se pospondrá para la Sesión Ordinaria siguiente. Artículo 27.— Una vez entregada el acta y antes de su aprobación, en uso de sus facultades, el Presidente (a) Municipal, verbalmente solicitará, a los Miembros del Concejo se pronuncien sobre cualquier cambio, modificación o alteración de forma, respecto del acta que se encuentra pendiente de aprobación. De existir cambios de mera forma, los mismos se harán saber en el momento, de lo contrario se tendrá por aprobada el acta. Tratándose de aspectos de fondo, se aplicará lo establecido en el artículo siguiente referente al Recurso de Revisión, Artículo 28.— Una vez entregada y antes de ser aprobada el acta, cualquier regidor (a) podrá plantear revisión de Acuerdos, salvo respecto de los que hayan sido aprobados definitivamente conforme al Código Municipal. Para la admisión de la moción que plantea el Recurso de Revisión, debe contarse con la mayoría mínima que se requirió para tomar el Acuerdo objeto del recurso. Artículo 29.—Las actas para su aprobación, se colocarán en las respectivas curules, de los (las) regidores (as) por lo menos dos horas antes de iniciarse la sesión siguiente. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 16. CAPÍTULO V De los Acuerdos y votaciones Artículo 30.—Los Acuerdos del Concejo serán tomados por mayoría simple de votos, salvo los casos que de conformidad con la ley, requieran una mayoría diferente. Es deber de la administración, responder en tiempo los Acuerdos. Éstos se deben tramitar a través de la Alcaldía, salvo que el Alcalde en Sesión Ordinaria, consienta la solicitud directa por parte del Concejo, a cualquier instancia de la Administración. Cuando se omita un plazo concreto por la naturaleza del asunto, se entenderá que la Administración cuenta con plazo máximo de 15 días para contestar. Artículo 31.—Los Acuerdos tomados por el Concejo Municipal quedarán firmes al aprobarse el acta respectiva en la sesión ordinaria siguiente. En casos especiales de urgencia, emergencia o necesidad, el Concejo por votación de las dos terceras partes de la totalidad de sus miembros, podrá declarar sus Acuerdos como definitivamente aprobados. Si el acta no se ha presentado para su aprobación, se puede pedir firmeza de un Acuerdo, mediante moción de orden, pero debe aprobarse mediante mayoría calificada. Artículo 32.—Toda iniciativa tendiente a adoptar, reformar, suspender o derogar disposiciones reglamentarias, deberá ser presentada o acogida para su trámite por el Alcalde Municipal o alguno de los regidores. Salvo el caso de los reglamentos internos, el Concejo mandará publicar el proyecto en La Gaceta y lo someterá a consulta pública no vinculante, por un plazo mínimo de diez días hábiles, luego del cual se pronunciará sobre el fondo del asunto. Toda disposición reglamentaria deberá ser publicada en La Gaceta y regirá a partir de su publicación o de la fecha posterior indicada en ella. Artículo 33.—Los Acuerdos del Concejo originados por iniciativa del Alcalde Municipal o los regidores, se tomarán previa moción o proyecto escrito y firmado por los proponentes, acorde con las reglas de presentación establecidas en el artículo 19 del presente reglamento. CAPÍTULO VI De las Mociones Artículo 34.—La Moción es una proposición que se presenta al Concejo, con la intención de lograr un determinado Acuerdo. Artículo 35.—Durante las Sesiones, la alteración de la orden del día se solicitará mediante una moción de orden, la cual puede hacerse verbalmente; para su justificación el (la) proponente hará uso de la palabra hasta por un máximo de cinco minutos, conforme a las reglas establecidas en el artículo 19. Artículo 36.—El (la) Presidente (a) Municipal, no dará curso o declarará fuera de orden las proposiciones o mociones que evidentemente resulten improcedentes o que simplemente tiendan a dilatar u obstruir el curso normal del debate o la resolución de un asunto. Artículo 37.—Todo regidor (a) propietario (a) o suplente en propiedad, presentará sus mociones y proposiciones por escrito y se presentarán acorde con las reglas de establecidas en el artículo 19 del presente reglamento y bajo el formato previamente establecido, exceptuándose únicamente las mociones de orden, contempladas en el artículo 43. Artículo 38.—Igual que los regidores (as) propietarios (as), los (las) regidores (as) suplentes y síndicos (as) pueden presentar mociones, siempre que sean presentadas en los términos dichos y acogidas para su trámite por un regidor (a) propietario (a), debiendo consignarse en la misma el nombre del regidor (a) que acogió la moción. En los mismos términos se procederá con toda iniciativa tendiente a adoptar, reformar, suspender o derogar disposiciones reglamentarias. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 17. Artículo 39.—La Secretaria, anotará la hora y fecha en que fueron presentadas las mociones y deberán ser aprobadas mediante mayoría simple. Artículo 40.—Las mociones de orden deben ser conocidas, discutidas y puestas a votación en riguroso orden de presentación. Artículo 41.—En cualquier momento del debate podrán presentarse mociones de orden en relación al asunto que se discute. La moción de orden suspenderá el debate hasta tanto no sea discutida y votada por el Concejo. Artículo 42.—Son mociones de orden las que se presenten para regular el debate; para prorrogarle el uso de la palabra a un (a) regidor (a), para alterar la orden del día, para incluir un asunto, o para que se posponga el conocimiento de un asunto y se note en la orden del día y aquellas que el (la) presidente (a) califique como tales. En este último caso, si algún regidor (a) tuviere opinión contraria al criterio del (la) residente (a), podrá presentar un Recurso de Revisión ante el Concejo y éste decidirá por simple mayoría de votos, acorde con lo establecido en el artículo 153 del Código Municipal. Artículo 43.—Presentada una moción de orden, se concederá el uso de la palabra en primer término al (a la) proponente y luego a los regidores (as) que la soliciten, sin que pueda excederse de cinco minutos cada intervención. Artículo 44.—Al dar por discutido un asunto, el (la) presidente (a) del concejo, dará un término prudencial, para recibir la votación correspondiente; procurando que ésta se realice cuando todos los (las) regidores (as) presentes estén ocupando sus curules; caso contrario, se aplicarán las reglas contempladas en el artículo 10 del presente Reglamento. CAPÍTULO VII De las Comisiones Artículo 45.—Los dictámenes emitidos por todas las Comisiones del Concejo tendrán el carácter de recomendación, por lo cual no deciden sobre el fondo del asunto objeto de consulta. Artículo 46.—Los dictámenes deberán ser presentados con veinticuatro (24) horas de anticipación ante la Secretaría del Concejo, conforme a lo establecido en el artículo 19 del presente Reglamento, y serán incluidos en la orden del día, siguiendo el orden en que fueron presentados a la Secretaría, para ese efecto la Secretaría al recibir los dictámenes consignará al pie de ellos la hora y fecha de presentación. Artículo 47.—En la sesión del Concejo posterior inmediata a la instalación de sus miembros, el Presidente nombrará a los integrantes de las Comisiones Permanentes, cuya conformación podrá variarse anualmente. Se integrará como mínimo siete Comisiones Permanentes: de Hacienda y Presupuesto, Obras Públicas, Asuntos Sociales, Gobierno y Administración, Asuntos Jurídicos, Asuntos Ambientales, Asuntos Culturales y protocolo, y Condición de la Mujer. Al integrarlas, se procurará que participen en ellas todos los partidos políticos representados en el Concejo. Teniendo entre sus funciones generales las siguientes: Comisión de Hacienda y Presupuesto: Brindar al Concejo Municipal un análisis con bases técnicas, serias y concisas, para aprobar el Plan de Desarrollo Municipal, Plan-presupuesto Ordinario, junto con las modificaciones y presupuestos extraordinarios, que se les realice a solicitud del Alcalde ante el Concejo Municipal y realizar su posterior control político. Igualmente, entre sus funciones se contempla: Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 18. a) Elaborar los informes necesarios sobre los expedientes relativos al plan-presupuesto municipal (ordinario, extraordinario y sus modificaciones). b) Apoyar a los concejales en el análisis de los proyectos de planes operativos, presupuestos ordinarios y extraordinarios, modificaciones cuya aprobación sea de competencia del Concejo Municipal y proyectos de partidas específicas que presente la Administración y los Concejos de Distrito y responder a los oficios que en esta materia dicte la Contraloría General de la República, la Auditoría Interna u otro órgano competente. c) Asesorar en materia presupuestaria a los Concejos de Distrito. d) Analizar el informe de liquidación del plan-presupuesto para que sea el texto base de análisis y discusión en Concejo Municipal y su posterior informe final, para tomar los Acuerdos pertinentes. e) Preparar los estudios, las bases de datos, los informes y los listados que permitan el seguimiento y el control de las partidas específicas y las transferencias con el fin de suministrarlos al Concejo Municipal. f) Asesorar y capacitar a los regidores y a los síndicos en la preparación de mociones y listados y en la solicitud de ejecución justificada de modificaciones ante el Alcalde, en los diferentes proyectos del plan-presupuesto. g) Obtener datos estadísticos y elaborar propuestas para implementar metodologías y clasificadores, dentro del ciclo presupuestario. h) Asesorar, en materia presupuestaria, dependencias internas y externas. Comisión de Gobierno y Administración: Analiza los asuntos relacionados con las políticas que toma el Concejo Municipal, el control sobre el funcionamiento de las Comisiones, Concejos de Distrito, seguimiento a los Acuerdos municipales y al Programa de Gobierno presentado por el Alcalde Municipal, analizar los convenios, analizar las plazas y perfiles que presente el Alcalde, adicionalmente, emitir criterios sobre el nombramiento o remoción y políticas de los funcionarios o miembros que dependen directamente del Concejo Municipal. Comisión de Obras Públicas: Conocerá todo lo relacionado con obras de infraestructura, caminos vecinales, terminales de buses, trasportes, comunicaciones, etc. Comisión de Asuntos Jurídicos: Estudia los proyectos relacionados con reglamentos, y todo otro asunto esencialmente jurídico, analiza lo que corresponda, para brindar asesoría al Concejo Municipal sobre la comunicación, al Tribunal Supremo de Elecciones, las faltas que justifiquen la remoción automática del cargo de regidor o Alcalde Municipal. Adicionalmente, conocer los informes de auditoría o contaduría según el caso, y recomendar al Concejo lo que corresponda, junto con el análisis de los informes y resoluciones que emitan los Órganos Directores de Procedimiento, la Contraloría General de la República, la Procuraduría y otros Órganos Judiciales o Administrativos que afectan a la Municipalidad. Comisión de Asuntos Sociales: Conoce los asuntos de Trabajo y Seguridad Social, Salud, Protección Social y Educación, solicitud de ayudas, recomendar lo que corresponda en materia de distinciones honoríficas, y recursos destinados para organizaciones sociales. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 19. Comisión de Medio Ambiente: Estudia, analiza e investiga los problemas relacionados con el medio ambiente y el desarrollo sostenible. Propondrá las soluciones y medidas correctivas correspondientes que competan a la Municipalidad. Comisión de Condición de la Mujer: Conoce y dictamina los proyectos que se relacionen con la situación de las mujeres o la afecten. Realiza un control político sobre la actuación de la Administración, en todo lo referente a la situación de las mujeres. Comisión de Asuntos Culturales y Protocolo: Al amparo de la normativa vigente, estudia y conoce de todo lo relativo a las actividades de promoción y fortalecimiento de la cultura del Cantón, en sus diversas ramas: danzas populares, artesanías, pintura, desarrollo de las artes dramáticas, de la música, entre otros; y coordina, planifica y organiza todos los actos protocolarios de la municipalidad, entre estos: la atención de personeros, delegaciones e invitados de otras entidades u organizaciones públicas o privadas estableciendo el personal de apoyo para la atención de los asistentes, programación de eventos, atención a los medios de prensa, inauguración de obras o actos y clausura de los mismos, conmemoración de efemérides, así como la dirección de las premiaciones y distinciones que otorgue el Concejo Municipal. Podrán existir las Comisiones Especiales que decida crear el Concejo; el Presidente Municipal se encargará de integrarlas, tomando en consideración el carácter técnico o particular de los asuntos a tratar. Cada Comisión Especial estará integrada al menos por tres miembros: dos deberán ser escogidos de entre los regidores propietarios y suplentes. Podrán integrarlas los síndicos propietarios y suplentes; estos últimos tendrán voz y voto. Los funcionarios municipales y los particulares podrán participar en las sesiones con carácter de asesores. Artículo 48.—Una vez designadas las comisiones por el (la) Presidente (a) Municipal, sus miembros (as) en la sesión de instalación que deberá celebrarse dentro de los quince días siguientes, nombrará de su seno, a un Presidente (a) y un (a) Secretario (a) y deberán dictarse su propio Plan Interno de Trabajo. Como mínimo, debe establecer constancia, del sitio y hora de reunión, metodología de trabajo, y sistema de audiencias. Artículo 49.— Previo al inicio de sus labores, cada comisión permanente deberá contar con un libro de actas debidamente foliado, donde se trascriban el acta de la sesión, asuntos tratados, asistencia de invitados especiales, Acuerdos tomados, y demás asuntos que la Comisión estime pertinentes. El manejo del libro de actas estará a cargo y custodia de la (el) Secretaria (o) de la Comisión. Artículo 50.—El quórum para las Sesiones de Comisión, será de dos regidores (as) propietarios (as) o suplentes. Ese mismo número deberá estar presente al inicio de la sesión, durante las deliberaciones y al efectuarse las votaciones, en el sitio designado para efectuarse las reuniones de Comisión. Artículo 51.—Las comisiones deberán rendir sus dictámenes ante el Concejo, en un plazo no mayor de quince días hábiles, salvo los casos especiales en los cuales, el (la) Presidente (a) del Concejo, en forma expresa fije un término menor o superior. En caso de solicitarse una prórroga del plazo otorgado por parte del Presidente de la Comisión, se autorizará a juicio del (la) Presidente (a) Municipal y solamente en casos especiales, por lo que ameritan ser justificados ante el Concejo Municipal. Artículo 52.—Los dictámenes de las comisiones, deberán respetar, en lo que les sea aplicable, los lineamientos de presentación contemplados en el artículo 19 ya citado, Asimismo, deberán ser firmados por todos los (las) miembros(as) de la comisión que los emiten. Cuando no Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 20. existiera Acuerdo unánime sobre un dictamen, los (las) miembros (as) de la comisión que no lo aprueben, podrán rendir dictamen por separado si lo estiman conveniente. De existir dictámenes de minoría se conocerán primero los positivos y luego los negativos. Artículo 53.—El Concejo Municipal podrá pasar los dictámenes de comisión a conocimiento de otra comisión, o alguna designada especialmente por el (la) Presidente (a), para que se pronuncie sobre un caso en concreto. Artículo 54.—Los Acuerdos en el seno de las comisiones, se tomarán con el carácter de firmes y se decidirán por mayoría simple, conformando parte del expediente de cada proyecto o asunto del cual rindieron recomendación. CAPÍTULO VIII De la intervención de particulares Artículo 55.—Cuando la índole de un asunto lo amerite previo Acuerdo al respecto, podrá el Concejo invitar a personas particulares que tengan interés en los asuntos de la Municipalidad del Cantón, para que asistan a sesiones. Artículo 56.— De la atención al público: a) Se concederá un máximo de tres audiencias en cada sesión ordinaria que celebre el Concejo. b) Para su debida atención y orden, los particulares deberán presentarse en la Sesión respectiva, a más tardar, a la hora de inicio de la misma. c) Preferiblemente todo grupo comunal, vecino o particular(a), a efecto de poder ser atendido, deberá cumplir con la presentación de su asunto por escrito, con dos días de antelación ante la Secretaría del Concejo Municipal. d) Se deberá indicar en forma clara, el nombre completo de la persona física, jurídica o grupo organizado que solicita la audiencia, el exponente, lugar de pertenencia, dirección postal, teléfono, dirección electrónica y motivo de la audiencia. e) La Secretaría del Concejo Municipal, de conformidad con la fecha de acuse de recibo de la solicitud de atención al público, programará la fecha de la presentación ante el Concejo Municipal, de manera que no exista recargo en la agenda de las sesiones . f) Dependiendo del motivo de las audiencias, el Concejo Municipal podrá citar al responsable del área municipal con relación al asunto a tratar. h) Podrá el Concejo, por alteración de la orden del día en casos excepcionales y dependiendo de la urgencia del caso, ampliar el número de audiencias o bien recibir un grupo de vecinos sin previa cita en concordancia con el Código Municipal. Artículo 57.—El (la) Presidente (a) luego de las palabras de saludo, les hará saber que cuentan con un máximo de diez minutos para que en forma resumida expongan la esencia del tema objeto de su visita y podrán presentarlo en forma escrita con todos los antecedentes que el estudio requiera. Una vez hecha la exposición y a criterio del Presidente Municipal fuere necesario alguna aclaración de fondo, éste le concederá una nueva intervención hasta por cinco minutos extra. Sobre un mismo tema habrá un máximo de dos expositores (as), salvo que se hiciere necesario la participación de un (a) especialista (a) en la materia. Artículo 58.—El (la) exponente debe concretarse al tema de su visita, el cual debe ser preciso y resumido, la Presidencia le hará saber al expositor que cualquier desacato a este Concejo, le será suspendido inmediatamente su derecho al uso de la palabra. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 21. Artículo 59.—Queda facultado el (la) Presidente (a) para trasladar el asunto en exposición a la comisión competente, Alcaldía Municipal o bien someterlo a votación. Artículo 60.—Cuando el objeto de la audiencia fuere un asunto de competencia del señor (a) Alcalde, (Alcaldesa) el (la) Presidente (a) ordenará a la Secretaria (o), remitir el memorial presentado a dicho(a) funcionario (a), para que éste le dé el trámite correspondiente y lo diligencie acorde con las competencias de la Administración. La (el) Secretaria (o) lo hará del conocimiento de los (las) interesados (as). CAPÍTULO IX De la Presidencia del Concejo Artículo 61.—El Presidente del Concejo durará en su cargo dos años y podrá ser reelegido. En sus ausencias temporales será sustituido por el vicepresidente, designado también por el mismo período que el Presidente, las ausencias temporales del Presidente y Vicepresidente serán suplidas por el regidor propietario presente de mayor edad. Artículo 62.—Corresponde al Presidente del Concejo, además de lo señalado en el artículo 34 del Código Municipal: a) Preparar la orden del día en coordinación con la (el) Secretaria (o) del Concejo Municipal. b) Solicitar al señor Alcalde, que se sirva formalizar el nombramiento de los asesores de la administración que formarán parte de las comisiones, en la sesión siguiente a la conformación de cada comisión. CAPÍTULO X Del Secretario (a) del Concejo Artículo 63.—El Concejo Municipal contará con un Secretario (a), nombrado por el Concejo Municipal, éste será suspendido o destituido de su cargo, en caso de existir justa causa. Artículo 64.—Son deberes del Secretario del Concejo Municipal, además de lo señalado en el artículo 53 del Código Municipal: a) Recibir y clasificar en coordinación con el (la) Presidente (a), del Concejo, toda la documentación dirigida al Concejo Municipal, con el objeto de diligenciar hacia la Administración, aquella que no fuera competencia del Concejo. b) Solicitar la cooperación de funcionarios especializados de la administración, para determinar la competencia más adecuada del asunto, dada la naturaleza del caso o la materia. CAPÍTULO XI De los Regidores Artículo 65.— Además de los señalados en el artículo 26 del Código Municipal, los regidores tendrán las siguientes obligaciones: a) Ejercer su derecho a la deliberación, cooperando y respetando los lineamientos establecidos en el artículo 19 de este reglamento. b) Estar sentados en sus curules al momento del inicio de la sesión, así como en el momento en que la Presidencia someta a votación el asunto que esté en conocimiento del Concejo. De no ser así, el voto no será recibido por la Presidencia y en consecuencia, se computará como si el regidor estuviere ausente del salón de sesiones. c) Guardar durante el desarrollo de las sesiones la debida presentación y comportamiento personal que enaltezca al Concejo Municipal de Guácimo. No se permitirá el ingreso al salón de Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 22. sesiones a los concejales que se presenten en evidente estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias enervantes, estupefacientes o tóxicos. d) No hacer uso de teléfonos celulares durante la atención al público o deliberaciones. e) Solicitar permiso a la Presidencia para hacer abandono, en forma temporal y no mayor a quince minutos, de la sala de sesiones. f) Hacer uso de la palabra, sujetándose estrictamente al tema en discusión, con respeto a los integrantes del Concejo, a los miembros de la administración municipal y a la ciudadanía en general. g) Los demás deberes que expresamente señale este Reglamento, leyes y disposiciones conexas. Artículo 66.—De los regidores suplentes: Estarán sometidos a las mismas disposiciones que regulan a los regidores propietarios, conforme al artículo 28 y siguientes del Código Municipal. Artículo 67.—Los gastos de viáticos se calcularán y pagarán bajo la tabla que para tal efecto emite la Contraloría General de la República. CAPÍTULO XII De los Síndicos Artículo 68.—En lo conducente, serán aplicables a los síndicos las disposiciones de este reglamento respecto a los requisitos, impedimentos, prohibiciones, reposición, juramentación y toma de posesión del cargo de regidores. Artículo 69.—Toda manifestación del Concejo de Distrito, mediante su representante, ante el Concejo Municipal, deberá efectuarse por escrito y respetando los lineamientos de presentación contemplados en el artículo 19 del presente Reglamento. Se dará prioridad o relevancia, a los asuntos que tengan como referencia un Acuerdo del Concejo de Distrito, en cualquier otro aspecto será regulado por el Presidente Municipal. CAPÍTULO XIII Elección del Directorio Artículo 70.—Del Directorio Provisional. Los regidores y síndicos tomarán posesión de sus cargos el primer día del tercer mes posterior a la elección correspondiente, quienes se juramentarán ante el directorio provisional, conforme a lo establecido en el artículo 29 del Código Municipal. Artículo 71.—El directorio lo integran un Presidente (a) y un Vicepresidente (a), nombrados por un periodo de dos años, a partir del primero de mayo y los cuales pueden ser reelectos en sus puestos. Artículo 72.—La Sesión Solemne mediante la cual se elige el Directorio, será de tipo extraordinario, y se celebrará a las doce horas, salvo Acuerdo en contrario para variar la hora por mayoría absoluta de los miembros del Concejo. Deberá celebrarse en el lugar sede de la Sala de Sesiones del Concejo Municipal. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 23. Artículo 73.—Para la elección del Directorio, conforme al artículo 29 del Código Municipal, solamente votarán los regidores propietarios, sin que sea necesario la existencia de debate alguno, pero sí es necesario autorizarse algún periodo de discusión para la presentación de los candidatos. Artículo 74.—Puede haber cualquier número de candidatos, siempre que sean escogidos entre los regidores propietarios, presentes o no. En caso de que el candidato no se encuentre en la Sesión del 1° de mayo, éste debe dejar previo y por escrito su aceptación a la postulación. No es requisito para ser candidato, la postulación previa. Artículo 75.—De la Votación. La votación es secreta y mediante documento escrito, para lo cual se facilitará una boleta, cuyo modelo se anexa. En la votación no cabe la abstención, y de existir, anulará únicamente el voto de quien se abstuvo. Deben realizarse votaciones independientes para la elección del cada cargo, sea Presidente (a) y Vicepresidente (a). Cualquier regidor propietario puede votar por sí mismo. Los votos en blanco se le sumarán al candidato con mayor cantidad de votos. Artículo 76.— El conteo de votos debe hacerse por parte del Secretario (a) del oncejo y otra persona a designar por el Concejo Municipal mediante votación de mayoría absoluta en la Sesión Solemne en el cual se elige el Directorio. Artículo 77.—El nuevo Directorio debe juramentarse ante el Presidente (a) saliente. Si el Presidente resultare reelecto, debe ser juramentado por el Vicepresidente, una vez que este último haya sido juramentado por el Presidente. Artículo 78.—La conformación del nuevo Directorio, no amerita Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Artículo 79.—En el acta que se levante de esa Sesión, se hará constar únicamente los nombramientos y no las deliberaciones efectuadas con ocasión de la misma. CAPÍTULO XIV Disposiciones generales Artículo 80.—Los funcionarios municipales deberán asistir a las sesiones del Concejo a que fueren convocados, sin que por ello puedan cobrar remuneración alguna. Artículo 81.—Los regidores, están en la obligación de ser parte de las comisiones que se creen en la Municipalidad. CAPÍTULO XV Del cumplimiento de este Reglamento y las sanciones Artículo 82.—La Presidencia del Concejo velará por el fiel cumplimiento de este Reglamento, para lo cual contará con la colaboración de los (las) miembros (as) del Concejo Municipal y la Secretaria Municipal. Artículo 83.—El (la) Presidente (a) llamará la atención de los (las) miembros (as) del Concejo que no acaten las disposiciones contenidas en este Reglamento, haciéndoles ver las violaciones en que incurren y por no más de dos veces a cada miembro, llamándolos al orden. De persistir la desobediencia y de Acuerdo a la gravedad de los hechos, la Presidencia podrá levantar la sesión en el acto, sin perjuicio de lo que reste por conocerse según la orden del día. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 24. Artículo 84.—Para los efectos de este Reglamento y en apego a la política del género e igualdad, ambos como principios universales, no habrá distinción alguna entre hombres y mujeres. Artículo 85.—El presente Reglamento deroga cualquier disposición reglamentaria interna o Acuerdo municipal anterior que verse sobre las regulaciones de las sesiones del concejo y sus comisiones. Artículo 86.—Se publica en el Diario Oficial La Gaceta, y se somete a consulta pública no vinculante por un plazo de 10 días hábiles, según lo establece el artículo 43 del Código Municipal. Acuerdo Nº Siete. Aprobado por mayoría simple. 2. Se dio lectura a moción presentada por el Regidor Eladio Retana Fallas, acogida por los Reg. Melvin Jiménez y Placido López. CONSIDERANDO: Para la elaboración de un Reglamento nuevo deben cumplirse algunos requisitos. Tener relación con Leyes y jurisprudencia al respecto. Recoja el sentir de disciplina y respecto al ser humano. MOCIONO: Para que el Reglamento Decoro y Vestimenta para la celebración de sesiones del Concejo Municipal sea enviado para consulta legal ya sea a la Unión de Gobiernos Locales, el IFAM o Comisión de Asuntos Jurídicos. El Reg. Manrique Mejía Quirós – Presidente Municipal, manifiesta que la moción presentada no procede en virtud de que debe ser avalada por 4 regidores y no por 3. El Reg. Eladio Retana Fallas comenta que este Reglamento es delicado porque no cumple con los requisitos de la presentación y elaboración de un Reglamento, por lo que manifesté en su momento que iba hacer las averiguaciones del caso, hice las consultas legales ante la UNGL, IFAM, y algunos abogados de la Asamblea Legislativa, incluso no encontré en ninguna municipalidad ningún reglamento de esta forma, ante todas las consultas que realice es que planteo esta moción y la vez pasada manifesté que si tengo que acudir a otras instancias para revocar este reglamento lo voy hacer, porque si este Concejo por mayoría de 4 a 3 lo aprueban lo respeto pero un reglamento tiene sus procedimientos, debe justificarse y debe tener su fundamento jurídico y Legal y debe estar de acuerdo a la jurisprudencia y a la normativa de este país y el derecho, por eso trato de ejercer ese derecho porque nadie puede alegar ignorancia de la Ley. El Reg. Manrique Mejía Quirós – Presidente Municipal, agradece la información brindada por el Reg. Retana Fallas, pero si nos vamos a la jurisprudencia y a Leyes ninguna moción prospera sino está debidamente avalada, por eso es que no procede la moción. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 25. 3. Se dio lectura a moción presentada por el Regidor Manrique Mejías Quirós – Presidente 3Municipal, acogida por los Reg. Alejandra López Lee, Cynthia Hyman Schatruell y María del Carmen Meoño Hernández dice: Considerando: Que en días anteriores habíamos quedado compañeros en invitar a esta sala a importantes actores de diferentes instituciones de la República y entre esas estaba Acueductos y Alcantarillados. Propongo: Que se convoque para el mes de junio a la señora presidenta ejecutiva de AyA, ya la Junta Directiva en pleno (no mandos medios), para que en el marco de una sesión extraordinaria sea contemplado el tema del Recurso Hídrico en este Cantón. Que se le pase copia de ese acuerdo a los Diputados de la Provincia así mismo como a casa presidencial. Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Convocar sesión extraordinaria el jueves 26-05-16, a la 1:00 pm con el punto único Atención a la Sra. Yamileth Astorga – Presidenta Ejecutiva AyA, para analizar conjuntamente problemas de escases de agua en el cantón de Guácimo, entre otros. Acuerdo Nº Ocho. Aprobado unánimemente. Acuerdo en firme. Asimismo se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Solicitarle muy respetuosamente y con carácter de urgencia a la Presidenta Ejecutiva del AyA – Yamileth Astorga, y Junta Directiva AyA, su presencia en una sesión extraordinaria el jueves 26 de mayo del presente año a la 1:00 pm en el salón de sesiones de la Municipalidad de Guácimo, con el objetivo de atender problemas de suma importancia en nuestro cantón como es la escases de agua principalmente en el casco central, entre otros. (enviar copia del acuerdo a todos los Diputados de la provincia de Limón) Acuerdo Nº Nueve. Aprobado unánimemente. Acuerdo en firme. 4. Se dio lectura a moción presentada por el Regidor Manrique Mejías Quirós – Presidente Municipal, acogida por los Reg. Alejandra López Lee, Cynthia Hyman Schatruell y María del Carmen Meoño Hernández dice: Propuesta: Una de las cosas que están pasando las Municipalidades y sobre todo el cantón de Guácimo es a través de una circular que emitió el ex ministro don Carlos Segnini con referente a la separación del MOPT de los Municipios a través de la aprobación de la nueva ley de transferencia de Capital. Aquí lo interesante es: Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 26. Que aquella vinculación de Ley constante que es un Ministerio que tiene la tutela de la Obra Pública del País, se está des vinculando de una forma no aceptable ni razonable para los Municipios de la Provincia de Limón y del cantón de No está claro cuál va a ser la posición con referente a ellos a través de los Municipios. Por lo tanto lo que se quiere es transcribirle al señor Ministro de Obras Públicas y Transporte que defina cuál va a ser la Situación de la Circular DM-CIR- 2015-0034. Estamos en contra totalmente de esa circular en vista de que el nacimiento del Ministerio de Obras públicas y Transportes no está definido en que si quiere o no colaborar con los Municipios, es una opción constitucional, ellos tienen que hacerlo por fuerza; aparte de la situación raramente comercial que nos están vendiendo los materiales más caros que Meco u otras instancias y la probabilidad jurídica en que una institución del estado le venda a otra si nacieron para colaborarse técnica y jurídicamente. Entonces la intención mía es que este Concejo Municipal indique que no está de acuerdo con la circular que ya hice mención y que queda incorporada en el acta, pero que indique que no estamos de acuerdo pues de fondo se está separando la ayuda de material y técnica que aunque antes no era de un 100% pero había colaboración. Aparte de eso el inciso N°9 de la circular, le prohíbe a los ingenieros de la zona, participar en las Juntas Viales. Entonces tiene una connotación importante, que cercena el Órgano total, al quedar separados del órgano, quiere decir que el órgano en estos momentos estaría incompleto, no debería funcionar. Porque la nueva ley no separa al MOPT, eso es una decisión muy propia de ellos que tomaron esa decisión no les gustó que se repartieran setenta mil millones de colones más entonces tomaron esa decisión. Desde el mes de diciembre está apagada la planta de asfalto, todo el esfuerzo que ustedes realizaron se perdió por una decisión antojadiza de conservación. Explica ampliamente. Conocida la moción presentada, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Informarle muy respetuosamente al Ministro de Obras Públicas y Transporte - Ing. Carlos Villalta, que este Gobierno Local no está de acuerdo con la Circular DM-CIR- 2015-0034 ya que de fondo se está separando la ayuda de material y técnica que aunque antes no era de un 100% pero había colaboración. Además en vista de que el nacimiento del Ministerio de Obras públicas y Transportes no está definido en que si quiere o no colaborar con los Municipios, es una opción constitucional, ellos tienen que hacerlo por fuerza; aparte de la situación raramente comercial que nos están vendiendo los materiales más caros que Meco u otras instancias y la probabilidad jurídica en que una institución del estado le venda a otra si nacieron para colaborarse técnica y jurídicamente. Asimismo se le solicita que nos aclare cuál va a ser el vínculo y se le traslade a los Diputados de la Zona para que ellos nos sigan ayudando. Acuerdo Nº Diez. Aprobado unánimemente. Acuerdo en firme. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 27. CAPITULO N° IV. LECTURA Y APROBACION DE ACTAS ANTERIORES. 1. El Reg. Manrique Mejías Quirós – Presidente Municipal, somete a revisión el Acta Nº 26 2016, de la Sesión Extraordinaria Nº 09-2016, celebrada el día 01 de mayo 2016, resultando aprobada y firmada como corresponde. 2. El Reg. Manrique Mejías Quirós – Presidente Municipal, somete a revisión el Acta Nº 27 2016, de la Sesión Ordinaria Nº 18-2016, celebrada el día 02 de mayo 2016, resultando lo siguiente: El Reg. Placido López Fallas, solicita que se lea correctamente en donde dice Placido López Fallas, en lugar de López Díaz. No habiendo más observaciones al acta es aprobada y firmada como corresponde. 3. El Reg. Manrique Mejías Quirós – Presidente Municipal, somete a revisión el Acta Nº 28 2016, de la Sesión Ordinaria Nº 19-2016, celebrada el día 09 de mayo 2016, resultando aprobada y firmada como corresponde. CAPITULO N° V. CORRESPONDENCIA. 1. Vista la información levantada por la Comisión respectiva, de conformidad con la Ley 7783 del 23 de abril de 1998, ―Autorización para que la Municipalidad de Guácimo pueda traspasar propiedades cedidas según la Ley 3411, del 30 de setiembre de 1964 y sus reformas, este Concejo Municipal, acuerda donar a Carlos Manuel Reyes Reyes, cédula Nº 6-0174-0516, el área de terreno que mide 407 m², según plano castrado Nº L-1262587-2008 inscrito a nombre de la Municipalidad de Guácimo, según folio Real N°. 7010889-000, con los siguientes linderos: Norte: Alicia Miranda Hernández Sur: Orlando Sequeira Espinoza Este: Calle Pública Oeste: Francisco Gómez Miranda Por haber cumplido con lo dispuesto en la citada ley, por consiguiente de conformidad con el artículo quinto de la citada ley, se estipula la siguiente cláusula ―Los inmuebles adjudicados y traspasados conforme a lo establecido en el artículo 292 del Código Civil no podrán ser vendidos, gravados, arrendados, cedidos ni traspasados a terceros, hasta tanto no hayan transcurridos diez (10) años de la presente adjudicación y traspaso. Se exceptúan, las operaciones de los adjudicatarios con entes autorizados del Sistema Nacional de Vivienda‖. Que por lo antes descrito damos fe del cumplimiento conforme a lo establecido en los artículos 320 siguientes y concordantes de la Ley General de Administración Pública y los establecidos en la ley 7783, de acuerdo con la información levantada y aportada por la Comisión respectiva. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 28. Por consiguiente, se traslada la información la República para su aprobación definitiva. Acuerdo Nº Once. Aprobado unánimemente. a la Procuraduría General de Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Nombrar a la Sind. Mayra Pilar Bravo Rojas y al Reg. Placido López Díaz como representantes ante la Comisión Especial Ley 7783 ―AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO PARA DONAR TERRENOS‖. Ley publicada en la Gaceta 98, del Viernes 22 de mayo de 1998. Acuerdo Nº Doce. Aprobado unánimemente 2. Se dio lectura a oficio ESC-002-2016, con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo el 10-05-16, firmado por MSc. Mario Hernández Ramírez Director Escuela Cartagena, el cual solicita sustituir al Sr. Carlos Villegas Duarte. Conocida la información presentada, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Nombrar a Pablo Ruiz Guzmán ced. 7-0162-0160 en sustitución de Carlos Villegas Duarte como integrante de la Junta de Educación de Escuela Cartagena. Periodo de vigencia 30-04-2014 – Periodo de vencimiento 30-04-2017. Acuerdo Nº Trece. Aprobado unánimemente. 3. Se dio lectura a oficio de fecha 15-05-16, firmado por Sra. Mayra Torres Loco – Asociación de Desarrollo Integral del Limbo, la cual solicita 2 vagonetas para el traslado de tierra, ya que les regalaron dicho material y lo están vendiendo a 5.000.00 cada una para recaudar fondos para la escuela de futbol de dicha comunidad. Conocida la información presentada, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Sr. Gerardo Fuentes González – Alcalde Municipal oficio de fecha 15-05-16, firmado por Sra. Mayra Torres Loco – Asociación de Desarrollo Integral del Limbo, la cual solicita 2 vagonetas para el traslado de tierra, ya que les regalaron dicho material, con el objetivo de que analice dicha solitud y brinde respuesta a la administrada con copia a este Gobierno Local. Acuerdo Nº Catorce. Aprobado unánimemente. 4. Se dio lectura a oficio con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 12-0516, firmado por Yesenia Cerdas Duran – Urbanización Los Colegios, la cual solicita apoyo con unas alcantarillas que se encuentran dañadas ya que sale el agua sucia ocasionando malos olores. Conocida la información presentada, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Sr. Gerardo Fuentes González – Alcalde Municipal oficio con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 12-05-16, firmado por Yesenia Cerdas Duran – Urbanización Los Colegios, la cual solicita apoyo con unas alcantarillas que se encuentran dañadas ya que sale el agua sucia ocasionando malos olores, con el objetivo de que instruya al Departamento correspondiente para que realice la debida inspección y brinde informe ante este Gobierno Local de las acciones a tomar. Acuerdo Nº Quince. Aprobado unánimemente. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 29. 5. Se dio lectura a oficio con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 16-0516, firmado por Honorio Marín Pérez Presidente Comité Por Mejoras Barrio San Martin Pocora Sur, el cual comunica que gracias al apoyo del municipio lograron colocar alcantarillas para el drenaje de aguas residuales en dicha comunidad, sin embargo aún falta la segunda etapa que consiste en la construcción de las cajas de registro, motivo por el cual solicitan apoyo de materiales para concluir dicho proyecto. Conocida la información presentada, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Sr. Gerardo Fuentes González – Alcalde Municipal, oficio con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 16-05-16, firmado por Honorio Marín Pérez Presidente Comité Por Mejoras Barrio San Martin Pocora Sur, el cual solicita apoyo de materiales para concluir la construcción de cajas de registro de las aguas residuales de dicha comunidad, con el objetivo de que instruya al departamento correspondiente para que realice la debida inspección y brinde recomendación ante este Gobierno Local de las acciones a tomar. Acuerdo Nº Dieciséis. Aprobado unánimemente. 6. Se dio lectura a oficio con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 16-0516, entregado por Comité Pro Mejoras Carmen Norte de Pocora, quienes presentan el Plan de Trabajo 2016 que consiste en: Proyecto de alcantarillado Ampliación de calle Lastreo y pavimentación Ampliación de la calle nacional Ampliación de la calle hacia la Gallera Establecimiento de aceras Oficializar diámetro o ancho del reglamento par planos catastrados y visados Solicitan donación de lote para salón comunal ya que la ruta 32 los dejo aislados Solicitud de maquinaria del MOPT para crear paralela norte a la ruta 32 del puente aéreo hasta el salón comunal. Conocida la información presentada, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Informarle al Comité Pro Mejoras Carmen Norte de Pocora, que los temas relacionados a la ruta 32 no son competencia de este Gobierno Loca, por lo cual se les insta hacer los respectivos trámites ante el CONAVI. Acuerdo Nº Diecisiete. Aprobado unánimemente. 7. Se dio lectura a oficio con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 16-0516, entregado por Comité Pro Mejoras Carmen Norte de Pocora, quienes solicitan apoyo ya que desde el año pasado habían solicitado al MOPT ampliar la calle paralela a la ruta 32 desde el Puente Aéreo hasta el salón comunal para prevenir accidentes y muertes. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 30. Conocida la información presentada, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Trasladar al Sr. Gerardo Fuentes González – Alcalde Municipal oficio con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 16-05-16, entregado por Comité Pro Mejoras Carmen Norte de Pocora, quienes solicitan apoyo ya que desde el año pasado habían solicitado al MOPT ampliar la calle paralela a la ruta 32 desde el Puente Aéreo hasta el salón comunal para prevenir accidentes y muertes, con el objetivo de que analice dicho tema y brinde informe de las acciones a tomar. Acuerdo Nº Dieciocho. Aprobado unánimemente. 8. Se dio lectura a oficio con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 16-0516, firmado por representantes del Comité Pro-Desarrollo del Barrio Nuevo Amanecer Cuadrante Sur de Pocora, quienes solicitan la juramentación de dicho comité. Conocida la información presentada, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Nombrar a las siguientes personas como representantes del Comité Pro-Desarrollo del Barrio Nuevo Amanecer Cuadrante Sur de Pocora, para que sean debidamente juramentados ante la Alcaldía Municipal. Alexander Solano Sojo Presidente Juan Castro Salas Vicepresidente Marvin Rivera Ureña Secretario Griselda Avalo Cisneros Tesorera Oscar Herrera Fernandez Vocal 1 Renato Zumbado Araya Vocal 2 Freddy Solano Salas Vocal 3 Jonathan Núñez Solera Fiscal David Quiros Aguilar Fiscal suplente Acuerdo Nº Diecinueve. Aprobado unánimemente. 9. Se dio lectura a oficio con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 16-0516, firmado por Roberto Sánchez Bonilla – Presidente Comité Pro Mejoras El Edén Guácimo, quienes manifiesta preocupación por el alumbrado de la calle la Angelina la cual comunica el Edén con Jiménez se encuentra aproximadamente 500 metros de vía que van desde la Iglesia Católica hasta la torre del ICE los cuales no cuentan con alumbrado público. Conocida la información presentada, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Enviar al Instituto Costarricense de Electricidad Departamento Desarrollo en Guápiles oficio con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 16-05-16, firmado por Roberto Sánchez Bonilla – Presidente Comité Pro Mejoras El Edén Guácimo, quienes manifiesta preocupación por el alumbrado de la calle la Angelina la cual comunica el Edén con Jiménez, con el objetivo de que nos brinden apoyo con este alumbrado, por lo que se les agradecería nos informes las acciones a tomar. Acuerdo Nº Veinte. Aprobado unánimemente. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 31. 10. Se dio lectura a oficio con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 10-0516, firmado por MSc. Ivy Myrie Mc Farlane – Directora Escuela Los Naranjos, la cual solicita transporte los días martes 17 en la Escuela la Rita y jueves en la Escuela Central de Guácimo. Conocida la información presentada, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Informarle a la MSc. Ivy Myrie Mc Farlane – Directora Escuela Los Naranjos que cualquier tramite de préstamo de la busera municipal se realizara a través del Alcalde municipal, por lo cual se le insta a realizar las gestiones ante dicho departamento. Acuerdo Nº Veintiuno. Aprobado unánimemente. 11. Se dio lectura a oficio con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 1105-16, firmado por Lic. Luis Diego Chavarría García – Jefe Delegación de Pococi y Guácimo, el cual invita a participar en la rendición de cuentas a la población sobre el trabajo realizado durante el año 2015 el 25-05-16, a las 8:00 am en la Sala Magna de los Tribunales de Justicia en Pococi. Conocida la información presentada, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Nombrar a Doris Maybell Ruiz López, María Fernanda Vega Rojas y María del Carmen Meoño Hernández como representantes de este Gobierno Local para que participen de la rendición de cuentas a la población sobre el trabajo realizado durante el año 2015 el 25-05-16, a las 8:00 am en la Sala Magna de los Tribunales de Justicia en Pococi. Asimismo se le solicita al Sr. Gerardo Fuentes González – Alcalde Municipal que coordine el respectivo transporte dicho día. Acuerdo Nº Veintidós. Aprobado unánimemente. 12. Se dio lectura a oficio con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 1605-16, firmado por Asilde Jiménez Torres – Decana a.i. CUNLIMON, la cual solicita audiencia el lunes 23-05-16, con motivo de poder presentar los proyectos de construcción de la sede de Guácimo del Colegio Universitario de Limón. Conocida la información presentada, se acuerda: Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Informarle a la Sra. Asilde Jiménez Torres – Decana a.i. CUNLIMON, que este Gobierno Local con gusto la atenderá el próximo lunes 23-05-16, a la 1:00 pm en el salón de sesiones del municipio. Acuerdo Nº Veintitrés. Aprobado unánimemente. 13. Se dio lectura a oficio DRHMG-120-2016, con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 16-05-16, firmado por Ángela Espinoza López – Coordinadora Recursos Humanos la cual solicita la aprobación de aumento de plazas de Auditoría Interna y Vicealcaldesa Municipal. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 32. Conocida la información presentada, se acuerda: De conformidad al estudio de Sostenibilidad Financiera para aumento salarial, presentada por la Contadora Municipal, así como notas que sustentan la necesidad de un incremento salarial, presentadas por la Seccional ANEP, respalda por la aprobación de la Administración, este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Aprobar en todas sus partes que se conserve el mismo aumento salarial para las plazas de Auditoria Interna, Alcalde y Vicealcaldesa Municipal con la finalidad de mantener el equilibrio salarial, para el aumento salarial de un 2%, el cual deberá aplicar a partir del I Semestre del año 2016 a favor de todos los Empleados de la Municipalidad de Guácimo. Acuerdo Nº Veinticuatro. Aprobado unánimemente. 14. Se dio lectura a Recurso de Revocatoria con Apelación en subsidio contra el acuerdo N. 1 de la sesión ordinaria 11-2016 del 25 de abril del 2016, según se estipula en el artículo 156 del Código Municipal, que dice: La suscrita, Licenciada Magda Verónica Taylor Wa chong, Asesora Externa de la Federación CAPROBA, presento formal recurso de revocatoria, en contra del acuerdo N.7 adoptado en la sesión ordinaria 172016 del día 25 de abril del 2016. Primero: El acuerdo en cuestión contiene una manifestación que excede las competencias legales de los miembros del Concejo Municipal que integraban el mismo al momento de su adopción, sobre este particular la suscrita no es funcionaria o empleada de la Municipalidad de Guácimo; por cuanto mi contrato de Servicios profesionales lo es a través de un concurso público por medio de un proceso de contratación administrativa llevada a cabo por la Federación CAPROBA para que se brindaran ciertos tipos de servicios de asesoría a favor del área administrativa de la Municipalidad de Guácimo. Segundo: Violación al principio constitucional del debido proceso y del derecho de defensa constitucional consagrados en los numerales 39 y 41 de la Carta Magna. El acuerdo adoptado se conoció en ausencia de la suscrita, así como tampoco en la supuesta investigación realizada, la cual no consta en actas, tampoco pude presentar ningún alegato en mí defensa, lo cual contraviene - como ya se dijo- a los numerales 39 y 41 de la Carta Magna. En todo caso, para la adopción de este acuerdo, era necesario otorgarme el debido proceso y el derecho de defensa constitucional. El numeral 136 de la ley general de la administración pública establece que deben ser motivados, con mucha mayor razón, los actos que supriman derechos subjetivos y a mí ese debido proceso y el derecho de defensa, me fueron violentados. Sobre las actividades asignadas para ser atendidas en esta municipalidad la coordinación y supervisión de las mismas lo es a cargo del despacho de alcaldía y no del respetable Concejo Municipal, en todo caso el acuerdo en cuestión corresponde a un acto arbitrario y como se dijo fuera de las competencias del Concejo, en donde en-ningún momento y como ustedes podrán acreditar se llevó a cabo ningún proceso ajustado a derecho en donde si quiera se refleje el que se me haya garantizado mi derecho constitucional a la defensa. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 33. En el contenido del acuerdo sobre el cual se presenta esta acción recursiva si bien se menciona la existencia de un supuesto informe de investigación este no es parte del acta y tampoco hay incorporada prueba alguna que lo respalde con lo cual nuevamente se confirma lo arbitrario y desproporcionado del acuerdo adoptado. Tercero: Sobre mí proceso de contratación y de previa a que este concejo asuma una posición, es pertinente se requiera un informe sobre su trámite ante la Federación CAPROBA, quienes podrán confirmar que el mismo está plenamente ajustado a los lineamientos de la Ley de Contratación Administrativa. Cuarto: El elemento subjetivo se refiere al autor del acto, sea, la Administración Pública, a través de su respectivo órgano o ente. El Título Tercero del Libro Primero de la Ley General de la Administración Pública, se encarga de regular lo relativo a la competencia, aspecto en el que no ahondaremos por cuanto no viene al caso. En ese sentido, basta con transcribir lo que sobre el particular indica el artículo 129 de la Ley General de la Administración Pública: "Artículo 129.El acto deberá dictarse por el órgano competente y por el servidor regularmente designado al momento de dietario, previo cumplimiento de todos los trámites sustanciales previstos al efecto y de los requisitos indispensables para el ejercicio de la competencia." Quinto: Sobre el tema de los perfiles de proyecto la alcaldía en su momento según consta en oficio fechado 14 de abril del 2016, dirigido a ese órgano colegiado, en el cual la alcaldía manifiesta su posición al respecto, la cual en resumen concluye que no hubo ningún tipo de relación con el supuesto retraso del presupuesto extraordinario y mi persona. Sexto: El acuerdo adoptado en su momento por el anterior Concejo Municipal refleja una persecución en mí contra, la cual atribuyo a que mí contrato consiste en dar asistencia y soporte al área administrativa de esta municipalidad, y los acuerdos, deben fundarse - en cada caso concreto- en las normas legales que regulan la actividad general del órgano administrativo que dicta el acto de que se trate y, debe ser verdadero y real. Proceder en sentido contrario, implicaría que se incurra en desviación de poder. En la actuación del órgano colegiado se denotan varias irregularidades, una de ellas es que se toma un acuerdo que no está en el orden del día y ello violenta lo dispuesto en el inciso 4 del artículo 54 de la Ley General de la Administración Pública. En todo caso igualmente creo que en situaciones como esta es oportuno que los nuevos miembros de este concejo puedan conocer y valorar la naturaleza de los servicios de todos y cada uno de los profesionales que préstamos apoyo a favor de esta Municipalidad, o preguntar sobre estos al señor alcalde municipal. Por lo cual me permito referirme a lo indicado por la Procuraduría General de la República, la cual ampliamente también se ha manifestado al respecto indicando: Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 34. "En apego al principio de legalidad -y sin riesgo de incurrir en arbitrariedades- al tomar cualquier decisión administrativa concreta, el análisis y valoración acerca de la validez del acto o contrato específico que decida adaptarse, y que a su vez definirá su conformidad con el marco competencial fijado por ley, habrá de estar referido a un análisis de su motivo, contenido y fin, elementos que determinarán la conformidad con la Ley. En efecto, la motivación del acto (en la que se plasma y de la cual se desprende el motivo y el fin) se convierte, en esta hipótesis, en el elemento determinante para valorar si el acto resulta apegado al marco de competencias fijado por ley, y por ende si resulta válido desde el punto de vista de la conducta administrativa. Ello por cuanto las razones y motivos que se puedan sostener para la adopción del acto serán las que determinen su conformidad con las competencias genéricas legalmente establecidas. Petitoria: Por los motivos expuestos, solicito se revoque el acuerdo en cuestión, por las inconsistencias señaladas anteriormente y por ser evidente que el mismo no está antecedido de un debido proceso. Señalo a para oír notificaciones la siguiente dirección: 25 metros norte del Banco Nacional de Guácimo, casa blanca a mano derecha. Por Disposición del Concejo Municipal se traslada a la Comisión de Asuntos Jurídicos Recurso de Revocatoria con Apelación en subsidio contra el acuerdo N. 1 de la sesión ordinaria 11-2016 del 25 de abril del 2016, según se estipula en el artículo 156 del Código Municipal, para su respectivo análisis. Debiendo rendir informe ante este Gobierno Local. 15. Se dio lectura a oficio con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 1605-16, firmado por PhD. Marcelo Duran Bonilla – Escuela Iroquois, el cual solicita apoyo de instrumentos musicales. Por Disposición del Concejo Municipal se traslada a la Comisión de Cultura oficio con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 16-05-16, firmado por PhD. Marcelo Duran Bonilla – Escuela Iroquois, el cual solicita apoyo de instrumentos musicales, para su respectivo análisis. Debiendo rendir informe ante este Gobierno Local. 16. Se dio lectura a oficio con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 1605-16, firmado por Flor Valerin Cabalceta hace entrega del inventario de equipo y mobiliario que se compraron con recursos de la Comisión de Cultura 2010-2016, para uso de las actividades que realizaban, a continuación detalla. 1- Sillas de Metal de color Negro, la cantidad de 86 sillas, las cuales 80 están en buen estado y seis dañadas. 2- Mesas Blancas Plásticas para capacidad de 8- personas, la cantidad de 10 mesas, las cuales contamos con nueve, 8 mesas en buen estado, una dañada y la otra extraviada, la cual se prestó y no la devolvieron. . 3- Toldos 5x5 la cantidad de 2, Color Azul, con el logo Municipal de frente, en excelente estado. La Última actividad oficial que fueron utilizadas fue el 08 de mayo 2016, en el 45 Aniversario del Cantón de Guácimo. Por Disposición del Concejo Municipal se traslada a la Comisión de Cultura oficio con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 16-05-16, firmado por Flor Valerin Cabalceta hace entrega del inventario de equipo y mobiliario que se compraron con recursos de la Comisión de Cultura 2010-2016, para uso de las actividades que realizaban, para su respectivo análisis. Debiendo rendir informe ante este Gobierno Local. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 35. 17. Se dio lectura a oficio de fecha 15-05-16, firmado por el Reg. Melvin Jiménez, el cual solicita que se abra el camino público que Yucatica tiene cerrado en la colindancia con Mola 2 y que comunica el Limbo con las parcelas de la Lidia que pertenece al cantón de Guápiles. Por Disposición del Concejo Municipal se traslada a la Comisión de Obra Públicas y transporte el oficio de fecha 15-05-16, firmado por el Reg. Melvin Jiménez, el cual solicita que se abra el camino público que Yucatica tiene cerrado en la colindancia con Mola 2. 18. Se dio lectura a oficio DAI-031-2016, con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 10-05-16, firmado por Licda. Damaris Vega Diaz – Auditora Municipal, la cual en atención a la nota adjunta con fecha 03-05-2016 por la Asociación de Desarrollo Pro Mejora El Hogar, relacionada a los fraccionamientos simples con fines urbanísticos en la Comunidad del Edén donde se indica que denunciaron según expediente No.14-10019-1027-CA a la Municipalidad de Guácimo y la Empresa Alligator Snapping Turtle S, A., Timonejo Azul S, A ante el Tribunal Contencioso Administrativo lo cual se ha dictado una medida cautelar hasta la fecha de hoy. Por la supuesta violación a los trámites requeridos en la Leyes y Reglamentos vigentes. Por Disposición del Concejo Municipal se traslada a la Comisión de Asuntos Jurídicos el oficio DAI-031-2016, con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 10-05-16, firmado por Licda. Damaris Vega Diaz – Auditora Municipal, la cual en atención a la nota adjunta con fecha 03-05-2016 por la Asociación de Desarrollo Pro Mejora El Hogar, relacionada a los fraccionamientos simples con fines urbanísticos en la Comunidad del Edén donde se indica que denunciaron según expediente No.14-10019-1027-CA a la Municipalidad de Guácimo y la Empresa Alligator Snapping Turtle S, A., Timonejo Azul S, A ante el Tribunal Contencioso Administrativo lo cual se ha dictado una medida cautelar hasta la fecha de hoy, para su respectivo análisis. Debiendo rendir informe ante este Gobierno Local de las acciones a tomar. 19. Se dio lectura a oficio DCM-32-2016M,con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 12-05-16, firmado por Licda. Rocío Vargas Moya – Contadora Municipal, la cual rinde informe de las Modificaciones IV trimestre 2015. CONOCIMIENTO. 20. Se dio lectura a oficio DCM-35-2016M,con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 12-05-16, firmado por Licda. Rocío Vargas Moya – Contadora Municipal, la cual rinde informe de las Modificaciones I trimestre 2016. CONOCIMIENTO. 21. Se dio lectura a oficio CM-5-6, de fecha 10-05-16, firmado por Laura Rojas Torres – Ministerio de Hacienda, Sara Víquez Calderón – Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, José Bernal Alvarado Delgado – Ministerio de la Presidencia quienes comunican que el Poder Ejecutivo ha decidido incluir en el Proyecto de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2017 el monto que será destinado para las partidas específicas correspondientes al año 2017. Importante mencionar que la fecha límite para la entrega de los proyectos a financiar para el 2017, según los recursos otorgados mediante la Ley Nº 7755, Ley de Control de las Partidas Específicas con cargo al Presupuesto Nacional y comunicados por parte de la Comisión Mixta, es el primero de junio 2016. Acta N° 29-2016 S. O. N° 20-2016 Fecha: 16-05-16 Pág. N° 36. Municipalidad de Guácimo CODIGO 706 DISTRITO Guácimo MONTO MONTO MONTO POBLACIÓN EXTENSIÓN POBREZA 7.923.729.00 8.465.008.00 22.912.500.00 Asimismo, y de conformidad con los criterios y porcentajes mencionados, esta Comisión, al tenor de lo dispuesto en el artículo 11 del Reglamento a la Ley No. 7755, procede a comunicar la distribución distrital de la suma indicada en el párrafo anterior, la cual deberá hacerse de conocimiento de los Concejos de Distrito en lo concerniente a cada uno de ellos. Municipalidad de Guácimo CODIGO DISTRITO MONTO FINAL 706 Guácimo 39.301.236,9 70601 Guácimo 10.756.963,0 70602 Mercedes. 6.102.014,2 70603 Pocora 7.145.161,6 Río 70604 8.096.799,7 Jiménez 70605 Duacari 7.200.298,3 Fuente: Comisión Mixta Partidas Específicas 2017 CONOCIMIENTO EN VIRTUD DE QUE SE LES HIZO ENTREGA A CADA SINDICO PROPIETARIO DURANTE LA SESION DEL DIA DE HOY. 22. Se dio lectura a oficio con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 12-0516, firmado por Grace Chávez Vargas – Secretaria Ministro del MOPT Carlos Villalta Villegas, la cual le remite al Ing. Sebastián Urbina Cañas – Viceministro de Transporte Publico y Seguridad Vial, el oficio SMG-080-2016, referente a audiencia para tratar el tema de la construcción de la Delegación de Transito en la zona debido a la densidad y a la problemática con los porteadores, entre otros. CONOCIMIENTO. 23. Se dio lectura a oficio con fecha de recibido en la Secretaría del Concejo Municipal el 08-0516, firmado por Guillermo Rojas Elizondo - Co-Fundador del cantón de Guácimo, el cual saluda al Concejo Municipal y al equipo de trabajo, por lo que les desea un mejor futuro en el trabajo emprendido a beneficio de todos los habitantes del cantón de Guácimo. CONOCIMIENTO. Concluye la sesión cuarenta y cinco minutos. Manrique Mejías Quirós Presidente Municipal el Presidente Municipal, siendo las dieciséis horas, Emilce León Céspedes Secretaria del Concejo