spa informacion general - sae.servicios de administración
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S. A. E. Servicios de Administración Especializada del Levante Las ventajas del alquiler desde el Programa SPAVIV • Garantías del Programa SPAVIV. • Gestión y financiación de las reformas. • Devolución de la vivienda en perfectas condiciones. • Alquiler tranquilo. Muchos son los informes que revelan dudas de los propietarios para poner su vivienda en alquiler. La inseguridad jurídica y la posibilidad de que la vivienda sufra desperfectos inquietan a todo aquel que quiere alquilar una vivienda en el mercado actual. Dos son las consecuencias de esta situación. Por un lado, el escaso tamaño del mercado de alquileres y, por otro, el gran número de viviendas vacías existente. Las personas físicas son titulares de más del 85% de las viviendas arrendadas. Todos estos particulares se beneficiarán de la existencia de un gran gestor de alquileres que les facilitará la tarea de poner una vivienda en alquiler. El hecho de alquilar una vivienda vacía proporciona varias ventajas al propietario. Si además se procede a alquilar la vivienda a través del Programa SPAVIV de la Sociedad Pública de Alquiler el propietario puede beneficiarse de las siguientes ventajas adicionales: • La Sociedad Pública de Alquiler es una sociedad anónima de capital público adscrita al Ministerio de Vivienda, con el objeto de ser una empresa gestora de viviendas alquiladas que ofrezca garantías a los propietarios. • La Sociedad Pública de Alquiler garantiza la percepción de una cantidad de dinero mes a mes con independencia del comportamiento del inquilino desde la firma del primer contrato de arrendamiento hasta la extinción y resolución del contrato de gestión firmado por el propietario y la Sociedad. De este modo, además de obtener el beneficio de la revalorización del inmueble, se podrá conseguir por la vivienda una rentabilidad fija y asegurada por la Sociedad Pública de Alquiler, que se verá materializada mensualmente a través de una transferencia bancaria. Central: Ctra. Nal. 340, número 110, Local 4 Edificio Santa Bárbara Apartado de correos nº79 04600 HUERCAL-OVERA (ALMERÍA) Teléfono / fax: 950 134 501 Delegación: Calle la Zanja, 14 - bajo 5 04620 VERA (ALMERÍA) Teléfono / fax: 950 139922 web: http://www.gestisae.net / e-mail: [email protected] S. A. E. Servicios de Administración Especializada del Levante • En caso de que la vivienda necesite una reforma para incorporarse en el Programa SPAVIV, la Sociedad Pública de Alquiler ofrece la posibilidad de gestionar las reformas necesarias y su financiación. • La Sociedad Pública de Alquiler garantiza la devolución de la vivienda en las mismas condiciones en que fue entregada. Se elaborará un inventario del estado de la vivienda y del mobiliario con que se entrega en el momento de la firma del contrato con el propietario. Desde entonces la propia Sociedad se encargará de reparar todos los posibles desperfectos ocasionados por los inquilinos. Para ello, toda vivienda integrada en el Programa SPAVIV contará con una Póliza Multiriesgo Hogar suscrita con una Compañía Aseguradora. • El arrendamiento de la vivienda a través del programa ofrecido por la Sociedad Pública de Alquiler libera al propietario de las preocupaciones propias generadas al alquilar una vivienda (si el inquilino paga puntualmente o si hace buen uso de la vivienda, entre otras) durante la vigencia del contrato. El Programa SPAVIV le ofrece la posibilidad de no tener que dedicar tiempo a estos trámites y de contar con un arrendamiento tranquilo y sin sobresaltos. • La Sociedad Pública de Alquiler actuará como intermediario entre propietario e inquilino ante cualquier problemática entre ambas partes. Abriéndose así la posibilidad de resolver los conflictos de manera amistosa evitando las molestias de tener que acudir a los Tribunales. • La Sociedad ofrece asistencia letrada en los litigios derivados del contrato de arrendamiento. • La gestión del alquiler por parte de la Sociedad Pública de Alquiler permite al propietario tener el mínimo contacto con el inquilino. Corresponde a la Sociedad proponer el inquilino que considere más adecuado para su vivienda. A partir de la firma del contrato, el inquilino deberá dirigirse a la Sociedad Pública de Alquiler para cualquier cuestión relacionada con el arrendamiento de la vivienda. • La titularidad de la vivienda continúa correspondiendo al propietario. El propietario únicamente podrá vender la vivienda en el momento que considere oportuno, a un tercer adquirente que consienta por escrito subrogarse en la posición contractual Central: Ctra. Nal. 340, número 110, Local 4 Edificio Santa Bárbara Apartado de correos nº79 04600 HUERCAL-OVERA (ALMERÍA) Teléfono / fax: 950 134 501 Delegación: Calle la Zanja, 14 - bajo 5 04620 VERA (ALMERÍA) Teléfono / fax: 950 139922 web: http://www.gestisae.net / e-mail: [email protected] S. A. E. Servicios de Administración Especializada del Levante del propietario, asumiendo todos y cada uno de los derechos y obligaciones adquiridas con la firma del contrato. De este modo siempre quedarán salvaguardados los derechos del inquilino. En caso de venta, la cantidad pagada por la Sociedad Pública de Alquiler será un derecho del nuevo adquiriente, en las mismas condiciones de que disponía el propietario. Ventajas del propietario alquiler • Mayor rendimiento. • Beneficios fiscales. • Mejor mantenimiento de la vivienda. • Vivienda como garantía. • Gestores de alquileres. para el España es el país de la Unión Europea con el parque de viviendas en alquiler más pequeño. Esto contrasta con el hecho de que además somos uno de los países con mayor porcentaje de viviendas vacías. Luego son muchos los propietarios de viviendas vacías que podrían beneficiarse de las ventajas de alquilar una vivienda. A continuación se ofrecen las ventajas de alquilar una vivienda: • El alquilar una vivienda no afecta nada al patrimonio. Es decir, cuando se alquila una vivienda se continúa manteniendo la propiedad de la misma a todos los efectos, nunca se pierde. El alquiler permite sacar un mayor rendimiento a su propiedad. • La casa puede ser un bien de inversión. Si se mantiene vacía se convierte en un bien que se revaloriza y que se necesita vender para ver materializada la revalorización. Pero, si además se alquila, también se podrá beneficiar de la renta, que le reportará una rentabilidad realizable mes a mes. • La vivienda se puede vender en cualquier momento aunque esté alquilada. Lo único que se tiene que hacer es informar al Central: Ctra. Nal. 340, número 110, Local 4 Edificio Santa Bárbara Apartado de correos nº79 04600 HUERCAL-OVERA (ALMERÍA) Teléfono / fax: 950 134 501 Delegación: Calle la Zanja, 14 - bajo 5 04620 VERA (ALMERÍA) Teléfono / fax: 950 139922 web: http://www.gestisae.net / e-mail: [email protected] S. A. E. Servicios de Administración Especializada del Levante comprador de la existencia del inquilino para que respete sus derechos en lo que dure el contrato de arrendamiento. • La renta recibida en concepto de alquiler puede servir para hacer frente a una parte o la totalidad de los gastos de la hipoteca. Si la casa está totalmente pagada, la renta le permitirá mantener la vivienda en buen estado y afrontar todos los gastos de conservación, evitando así que su valor se deprecie por estar en mal estado. • Las rentas obtenidas en concepto de alquileres tienen beneficios fiscales en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. Son deducibles, entre otros, todos los gastos necesarios para la obtención de la renta, los tributos y recargos no estatales, los gastos ocasionados por la formalización del contrato, los gastos de conservación y reparación y las cantidades destinadas a suministros. Además, desde enero de 2003 se puede aplicar una reducción del 50% del rendimiento neto obtenido por el arrendamiento de un inmueble destinado a vivienda. • Dejar una vivienda vacía tiene varios inconvenientes. Por un lado, se corre el peligro de que vaya deteriorándose con el tiempo y, por tanto, perdiendo valor. Por otro lado, supone una serie de gastos que hay que afrontar sin más remedio como son los pagos de los recibos de la comunidad y los pagos de impuestos como el Impuesto de Bienes Inmuebles. • El contar con una renta procedente del alquiler de una vivienda puede servir como garantía a la hora de solicitar préstamos bancarios, bien para sus propios intereses o bien para avalar a quien desee. • Siempre se puede acudir a la Sociedad Pública de Alquiler, a las Bolsas de Vivienda o a las Agencias de Alquiler de las Comunidades Autónomas para alquilar la vivienda, despreocupándose así de todos los trámites y de la gestión del alquiler a cambio de recibir una renta algo inferior a la de mercado. • El Gobierno Central y los de las Comunidades Autónomas son conscientes de la necesidad de potenciar el mercado del alquiler y están trabajando para facilitar la lucha contra las malas prácticas de los inquilinos. Cada vez los inquilinos se comportan mejor y el riesgo de daños en la vivienda ya no es tan elevado, aunque sí existe. Central: Ctra. Nal. 340, número 110, Local 4 Edificio Santa Bárbara Apartado de correos nº79 04600 HUERCAL-OVERA (ALMERÍA) Teléfono / fax: 950 134 501 Delegación: Calle la Zanja, 14 - bajo 5 04620 VERA (ALMERÍA) Teléfono / fax: 950 139922 web: http://www.gestisae.net / e-mail: [email protected] S. A. E. Servicios de Administración Especializada del Levante • Un mercado de alquileres activo y eficiente favorece y repercute positivamente en la productividad del país. Central: Ctra. Nal. 340, número 110, Local 4 Edificio Santa Bárbara Apartado de correos nº79 04600 HUERCAL-OVERA (ALMERÍA) Teléfono / fax: 950 134 501 Delegación: Calle la Zanja, 14 - bajo 5 04620 VERA (ALMERÍA) Teléfono / fax: 950 139922 web: http://www.gestisae.net / e-mail: [email protected]