El río Castro - AEMS

Transcripción

El río Castro - AEMS
UN RÍO ASFIXIADO
El río Castro: Desecado y bloqueado por la piscifactoría
de TRES MARES desde 1969
Septiembre de 2010
© AEMS-RÍOS CON VIDA
C/ Fuente de los Gallegos, nº 3
05270 EL TIEMBLO- Valsanmartín-(Ávila)
España
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ONG Premio Nacional de Medio Ambiente 1998
Texto y fotos:
Comité gallego de AEMS-RÍOS CON VIDA
Introducción
La desecación y bloqueo de nuestros cursos fluviales es una constante en
España. A pesar de que normas tan antiguas como la Ley de Pesca Fluvial de
1907 velaban ya entonces por la imposición obligatoria de escalas para peces
y de ciertos caudales que hoy llamaríamos “mínimos”, cuestión que se repitió
en las sucesivas reformas legislativas del siglo XX que llegan hasta hoy en
día, la tozuda realidad nos muestra que la Administración hidráulica ha mirado
siempre hacia otro lado década tras década, ignorando su obligación de velar
por los recursos públicos frente a los intereses privados de los concesionarios.
En este informe trataremos en profundidad uno de los casos más llamativos
en Galicia y a escalanacional: la inaceptable situación del río Castro.
El río Castro nace a 200 metros de altura, en la ladera del monte Escaleira,
situado en el municipio de Vimianzo, provincia de La Coruña. Atraviesa el
valle de esa localidad y, tras 30 km de curso en los que hace de linde entre
los municipios de Muxía-Dumbría y Muxía-Cee, desemboca en la ría de Lires.
Su cuenca está limitada al norte por la del río Grande y al sur por la del río
Xallas, abarcando un área de 140 km². Su caudal absoluto medio en la
desembocadura de esta ría es de 5,2 m³/s.
Ubicación de las instalaciones de la Piscifactoría Tres Mares.
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Esta ría, junto al propio río Castro, en la denominada Costa da Morte, se
encuentra amparada por el Derecho comunitario europeo al ser Lugar de
Importancia Comunitaria de la Red Natura 2000 (Clave ES1110005). Está
situada entre el Cabo de Touriñán y el Cabo de Finisterre, en una costa de
gran valor ecológico al ser zona de paso de numerosas aves marinas y donde
es frecuente el paso de especies migratorias de gran valor ecológico. Es
además Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA ES0000176) y Zona
de Especial Protección de los Valores Naturales, figura reglada por la Ley
gallega 9/2001, de Conservación de la Naturaleza.
La normativa específica de este espacio natural protegido se recoge en:
* Decreto 72/2004, de 2 de abril (DOG n.º 69, de 12 de abril de 2004).
* Resolución de 30 de abril de 2004 (DOG n.º 95, de 19 de mayo de 2004).
* Decisión de la Comisión, de 7 de diciembre de 2004 (Diario Oficial da Unión
Europea, L 387, do 29 de diciembre de 2004).
Durante su recorrido, el Castro dibuja paisajes de impresionante belleza que
forman parte del patrimonio gallego, destacando los que se pueden
contemplar en el lugar de O Castro. Aquí el río forma una serie de rápidos que
producen en las rocas de su cauce curiosas formas alveolares conocidas por
los vecinos como As Caldeiras do Castro, proporcionando a esta parte del río
una especial atractivo natural, con un desnivel de unos ocho metros de altura,
que supone el límite natural de acceso para los peces migradores en esta
cuenca.
Esta hermosa estampa se ve más acentuada si cabe por la presencia de un
área recreativa que forma un todo con la capilla del siglo XVII. Aguas abajo,
el Castro empieza a embalsarse en Vaosilveiro para abastecer de agua a la
piscifactoría TRES MARES, en la parroquia de Lires, municipio de Cee.
Normalmente el río desembocaría en el mar, pero en este caso la totalidad del
caudal del Castro se deriva para abastecer el funcionamiento de dicha
piscifactoría. Los meses de invierno, con mayor abundancia de caudal, hacen
rebosar el caudal por encima de la presa por lo que al menos discurre parte
del agua en el tramo final del río, que no llega a los 1300 m. antes de
desembocar en el Atlántico. Pero durante los meses más secos, por la parte
baja del río Castro no corre ni una gota de agua.
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Vista aérea de la desembocadura del río, donde se aprecia la gran extensión de la piscifactoría,
la presa y el canal de derivación de las aguas del río Castro
La piscifactoría de la empresa “Tres Mares”
La mayor piscifactoría de España de trucha arco-iris (Oncorhyncus mykiss) se
abastece de caudales del río Castro a través de una presa que funciona desde
1969 con una autorización de la Dirección General de Montes, Caza y Pesca
Fluvial, 2ª Comisaría de Pontevedra, de fecha 20 de agosto del mismo año,
otorgada a “Piscifactorías del Norte”, la antecesora de Tres Mares.
Según publicita la misma empresa (“La Voz de Galicia”, de 15 de agosto de
2010), las instalaciones cuentan con 350 piscinas destinadas a la cría de
trucha arco-iris y que ocupan 95.255 m 2 de superficie, donde se produce el
10% del total nacional de este sector de la acuicultura continental. En 2009
su facturación se elevó a 4’5 millones de euros, previéndose que alcance los 8
millones de euros en 2010. La empresa asegura que su compromiso
ambiental se ha reforzado desde 2008 con una inversión de 3,1 millones de
euros. Sin embargo, de la información obtenida a través de su página web en
septiembre de 2010 (www.grupotresmares.com), se desprende que la política
ambiental de la empresa se reduce a la gestión de los efluentes
contaminantes que emite este centro de producción intensiva de animales,
con balsas de decantación “en fase de implantación”; oxigenación del agua de
las piscinas y uso eficiente de los piensos de alimentación; tratamiento de los
residuos del procesado de las truchas y reciclaje de envases. Nada se dice de
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los principales efectos ambientales de la instalación: la derivación de las
aguas del río Castro y la barrera que suponen la presa y el propio tramo
segmentado a los movimientos de la ictiofauna, dentro de una zona fluvial
protegida.
En todo caso, la actividad cuenta con certificados de calidad de Bureau
Veritas, la Internacional Food Standard y el Global Gap. Estas certificaciones
evidentemente no han tenido en cuenta el tremendo impacto ambiental de las
instalaciones esta empresa sobre el ecosistema del río Castro, de modo que
cabe preguntarse qué razones han motivado su otorgamiento.
En cuanto al régimen de uso del río Castro, el 14 de octubre de 1984, por
resolución de la Comisaría de Aguas del Norte de España se otorga a D.
Román Arregui del Valle la concesión de un aprovechamiento de 1500 l/seg
de aguas públicas del río Castro en la parroquia de Lires, destinada a esta
piscifactoría.
El 20 de agosto de 1986, por resolución de la antigua Confederación
Hidrográfica del Norte, se autoriza la transmisión de la titularidad de dicha
concesión a Agrofish S.A., al mismo tiempo que se le concede un aumento del
caudal concesional de 2000 l/seg, pasando a 3500 l/seg, para ser empleados
en la ampliación del establecimiento de acuicultura. En esta misma resolución
se estipulaba que el plazo concesional sería de 75 años, que empezaría a
contarse un día después de notificar la resolución al interesado. Dicha
notificación tuvo lugar el 2 de septiembre de 1986, por lo que la fecha del fin
del plazo otorgado será el 2 de septiembre del año 2061. Por tanto, si no
cambia esta situación, el río Castro permanecerá desecado y troceado cerca
de un siglo con todo el beneplácito de la Administración.
Si no cambia la situación actual de expolio, el río Castro permanecerá
en este estado hasta el año 2061: Casi un siglo.
Actualmente, el titular de la concesión es la empresa Tres Mares S.A., en
virtud de la resolución dictada por el presidente de Aguas de Galicia el 28 de
Diciembre del 2005.
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Cómo “Tres Mares” bloquea y deseca el río Castro
La derivación de las aguas del río Castro hacia la piscifactoría se realiza
gracias a una presa que ronda los 10 metros de altura y los 70 metros de
longitud.
En las siguientes imágenes podemos observar la supuesta escala para peces
en abril de 2010, cuando el río todavía mantenía un caudal aceptable y
discurría agua por la escala.
La presa con la supuesta escala íctica a la izquierda, que cae directamente sobre unas rocas y la maleza
Esta “escala de peces” es en realidad una rampa de unos 3 metros de longitud
que discurre -desde una pequeñísima hendidura de aproximadamente 45
centímetros de ancho y 5 centímetros de cota cincelada en el borde superior
de la presa- sobre la pared de la misma, lisa, con una pendiente de
aproximadamente el 70%, que cae en plano sobre el hormigón y que va
seguida de unas minúsculas artesas que llegan a la base de la presa,
absolutamente imposible de remontar por la ictiofauna propia del río.
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Este grotesco e inútil dispositivo parece haber servido para justificar a
posteriori el impacto ambiental que supone la barrera de hormigón tan
próxima a la desembocadura del río, que impide el acceso de las diversas
especies de peces al curso fluvial aguas arriba del obstáculo, a la vez que
también su retorno al mar, una cuestión que todavía hoy demasiado a
menudo no se tiene debidamente en cuenta en este tipo de infraestructuras.
Detalle de la rampa superior de la “escala de peces”,
completamente infranqueable para la ictiofauna.
Desde hace más de 40 años, esta presa y la derivación del caudal ha venido
alterando gravemente el ecosistema y extinguido la totalidad de especies
migradoras en este río. El salmón atlántico (Salmo salar), el reo o trucha
migradora (Salmo trutta trutta), la trucha común (Salmo trutta), la anguila
(Anguilla anguilla), la lamprea (Petromyzon marinus) y otras especies
anádromas han perdido el hábitat necesario para desarrollar su ciclo vital
entre el río y el mar, afectando de paso a otras especies protegidas que
dependen de ellas como la nutria (Lutra lutra). Por otra parte, como es obvio,
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la desecación del cauce afecta al lecho y la geomorfología fluvial, así como al
bosque de ribera, aguas abajo de la presa de derivación.
La presa en el verano de 2010. Obsérvese la inútil rampa seca a la izquierda de la imagen.
Estas son razones más que suficientes para estudiar la apertura de este río al
paso de especies migradoras, tal y como se recoge en el “Plan gallego de
ordenación de los recursos piscícolas y ecosistemas acuáticos continentales”
elaborado por la Xunta de Galicia. El inventario de obstáculos de la propia
Xunta reconoce que esta presa es de “imposible remonte” y “difícil descenso”
para la ictiofauna.
Por si fuera poco, las instalaciones utilizan una captación de agua del regato
de Vilachán, no incluida en el acto concesional, conduciendo sus aguas a la
piscifactoría, lo que impide que en el tramo situado entre la desembocadura y
este arroyo pueda circular siquiera algo de agua, como se puede apreciar en
la fotografía siguiente.
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“Tres Mares” cuenta con un largo historial oficial por el incumplimiento de la
normativa vigente. De acuerdo con una solicitud de información remitida a la
Xunta de Galicia, nos contestan oficialmente en abril de 2010 que se tiene
conocimiento de las siguientes denuncias tramitadas:
- Tuvo abiertos expedientes sancionadores en Medio Ambiente en el año
1994 por denuncia de la Guardería Fluvial por inobservancia de caudal
ecológico.
- Tuvo abiertos expedientes sancionadores en la Xunta, por denuncia de la
Asociación Gallega de Pesca Fluvial en el año 1997. Por inobservancia de
caudal ecológico y ausencia de rejillas (tanto en Medio Ambiente como en
Augas de Galicia).
- Tuvo denuncias por los mismos hechos y otros presentadas por la
Asociación Ecologista Arco Iris así como por la Asociación de Pesca Fluvial Río
Grande de Ponte do Porto.
En la actualidad se está tramitando un proyecto de construcción de escala a
través de Augas de Galicia. La Consellería de Medio Rural ha rechazado por
dos veces el proyecto por inadecuado.
Nuestra Asociación denunció tras una inspección in situ la desecación del río y
los vertidos ante la Guardia Civil el 3 de mayo de 2010.
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Sólo unas charcas entre piedras, producto de filtraciones, es lo que queda del río entre la presa y el
mar.
Esta situación contradice abiertamente la política europea en materia de
acuicultura, dirigida principalmente a la sostenibilidad de esta actividad, como
pone de manifiesto la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y
al Consejo de 8 de abril de 2009 - Construir un futuro sostenible para la
acuicultura - Nuevo impulso a la Estrategia para el desarrollo sostenible de la
acuicultura europea. COM (2009) 162 final. Asimismo, vulnera de plano el
principio jurídico del buen estado ecológico de las aguas de la Directiva
200/60/CE, Marco del Agua, pues es obvio que la desecación y
compartimentación de un río que además es un espacio natural protegido no
puede ser compatible con la principal norma comunitaria en materia de aguas.
Otra cuestión a estudiar son los efectos de los vertidos orgánicos y químicos
causados por la mayor granja de truchas arco-iris de España. Recordemos
que se trata de una actividad de acuicultura intensiva donde se crían
hacinados muchos miles de ejemplares de una especie exótica, que producen
grandes cantidades de excrementos, y a los cuales se suministran antibióticos
y otros tratamientos veterinarios. En cuanto al carácter invasor de la trucha
arco-iris y los posibles escapes accidentales desde esta piscifactoría al medio
fluvial, hay que estudiar el cumplimiento de estas instalaciones y su carácter
cerrado respecto del Reglamento (CE) nº 708/2007 sobre el uso de las
especies exóticas y las especies localmente ausentes en la acuicultura, la
normativa nacional recogida en el RD 1082/2009, de 3 de julio, sobre
requisitos sanitarios para el movimiento de animales de explotaciones
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cinegéticas y piscícolas, y el RD 1614/2008, de 3 de octubre, relativo a los
requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura,
así como a la prevención y el control de determinadas enfermedades de los
animales acuáticos, reformado por el Real Decreto 1590/2009, de 16 de
octubre. A este respecto, remitimos a nuestro reciente informe Truchas
invasoras, de marzo de 2010, disponible en nuestra página web.
Hay que apuntar que a finales de 2009 hubo una elevada mortandad de aves
acuáticas ictiófagas en el estuario de Lires, entre ellas garzas, cormoranes y
gaviotas (“La Voz de Galicia” de 21 de noviembre de 2009).
Consecuencias jurídicas y económicas
Además del estudio de la posible ilegalidad de los vertidos, pueden
desprenderse los siguientes tipos de responsabilidades respecto de la
desecación del río Castro y el efecto barrera ocasionado por la presa y el
propio tramo fluvial derivado:
Penales: Por la presunta comisión de un delito contra los recursos naturales,
agravado por afectar a un espacio natural protegido y a especies catalogadas,
junto con el de captación abusiva de aguas. A la pena de prisión se sumaría la
inhabilitación del ejercicio profesional para las personas responsables de la
empresa. Por otra parte, las reiteradas denuncias sin resultado y la
persistencia de la situación actual harían posible la condena de los
responsables en materia hidráulica de la Xunta en la modalidad de comisión
por omisión.
Administrativas: Por el presunto incumplimiento de las cláusulas de la
concesión, se podría declarar la caducidad de la misma y, de acuerdo con la
Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas, la demolición de las
obras. En su caso, la sanción administrativa, incluyendo multas coercitivas,
por inobservancia de la Ley de Aguas nacional y la normativa gallega de pesca
fluvial y conservación de la Naturaleza, por incumplimiento del régimen de
caudales mínimos y de la obligatoriedad de la instalación de una escala íctica
eficaz.
Por otro lado, hay que estudiar si la piscifactoría cuenta con las oportunas
licencias municipales de apertura, instalación y urbanística y si está al
corriente del pago de las mismas. Del mismo, modo, habrá que estar a la
legalidad de su afección al dominio público marítimo-terrestre.
Económicas: Por un lado, nos encontraríamos ante la indemnización por
daños al dominio público hidráulico y el coste de reponer los terrenos
afectados a su situación original, a lo que habría que añadir el pago por daños
ambientales de acuerdo con la Ley de Responsabilidad Medioambiental de
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2007. Por otro lado, tendríamos la posible pérdida y el reembolso de las
subvenciones del Fondo Europeo de la Pesca, por incumplimiento de la
normativa comunitaria. A todo ello habría que sumar también el reembolso a
Aguas de Galicia del canon por el agua captada en exceso al incumplir el
caudal mínimo concesional.
Otra vista del río Castro desecado a pie de la presa de Tres Mares.
Las aguas del Castro, derivadas y camino de la piscifactoría.
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