BASES PROYECTO INMPULS: “Convocatoria

Transcripción

BASES PROYECTO INMPULS: “Convocatoria
Ajuntament d’Alcoi
Innovació i Noves Tecnologies
BASES PROYECTO INMPULS:
Convocatoria del programa municipal de ayudas para
emprender (@emprende). Proyecto Alcoi_INMPuls 2013.
“
Objeto:
El objeto es apoyar económicamente a las personas emprendedoras en el período
de desarrollo de su proyecto de empresa, tutelado por el Área de Dinamización
Económica y Gestión Estratégica del Ayuntamiento de Alcoy o por cualquier otra
entidad pública o privada con experiencia en el campo del apoyo a la creación de
empresas, a saber, la Cámara de Comercio de Alcoy, el CEEI, el Campus de Alcoi de
la Politécnica de Valencia, con la finalidad de fomentar una actividad de interés
general como es la promoción de la cultura emprendedora y del autoempleo.
Requisitos de las personas beneficiarias
• Estar empadronadas en Alcoy.
• Ser mayor de edad.
• Estar desarrollando una iniciativa empresarial de creación de empresa en el
municipio de Alcoy, tutelada por el Àrea de Dinamización Económica y
Gestión Estratégica, Cámara de Comercio de Alcoi, CEEI de Alcoi, Campus de
Alcoi de la Politécnica de Valencia o institución de carácter empresarial o
social afincada en Alcoi con reconocida competencia en asesoramiento y
creación de empresas.
• No estar dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
Solamente podrán presentarse proyectos en fase de desarrollo, dado que la
finalidad de la convocatoria es apoyar el proceso de definición y puesta en marcha
de nuevas iniciativas emprendedoras.
Lugar y plazo de presentación
Plaça d’Espanya, 1 – Tel. 965 53 71 00 – Fax 965 53 71 61 – e-mail [email protected] – web http://www.alcoi.org
Ajuntament d’Alcoi
Innovació i Noves Tecnologies
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Alcoy,
por
vía
presencial
o
a
través
de
la
sede
electrónica
https://sedeelectrónica.alcoi.org, sin perjuicio de poder presentarlas en los demás
lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El plazo de presentación de solicitudes se inicia el día siguiente al de la publicación
de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y finaliza el 31 de
octubre de 2013.
La presente convocatoria tiene el carácter de abierta, realizándose dos
procedimientos de selección sucesivos, el primero con las solicitudes presentadas
desde el día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el B.O.P. de
Alicante hasta el día 31 de agosto de 2013, y un segundo procedimiento de
selección con las que se presenten entre el 1 de septiembre de 2013 y el 31 de
octubre de 2013.
El plazo máximo para resolver cada uno de los procesos de selección será de 6
meses a contar desde que finalice el período de presentación de solicitudes en
ambos procesos.
Las subvenciones se otorgarán hasta agotar el crédito consignado, por lo que de no
quedar crédito tras la resolución del primer proceso, las solicitudes incluidas en el
segundo proceso no serán objeto de estudio, ni tendrán derecho a subvención.
Criterios de valoración:
Los criterios de valoración para la concesión de la ayuda son los siguientes:
• Formación técnica relacionada con la actividad y en gestión empresarial.
…………………………………………………………..
Hasta 20 puntos.
• Experiencia profesional relacionada con la actividad y grado de implicación
en el proyecto de la persona promotora…..
Hasta 20 puntos.
• Grado de definición, claridad y calidad del proyecto/idea
Hasta 40 puntos.
• Grado de innovación del proyecto, actividades económicas emergentes o
grado de interés en términos de las líneas estratégicas marcadas en el plan
integral de política industrial i2+ (Sector textil,
metal-mecánico,
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agroalimentario y de la cosmética, tecnologías de la información y de la
comunicación, industria y servicios medioambientales, energías renovables y
eficiencia energética y diseño)……………………………………… Hasta 20 puntos.
El umbral mínimo de puntuación exigido para poder ser beneficiario de la ayuda
es de 40 puntos.
Cuantía y duración:
La cuantía del programa es de 10.000 euros de los presupuestos del 2013, con
cargo a la partida 05235.43300.48900.
El importe total de la ayuda se establecerá de conformidad con la puntuación
obtenida, con un límite de 300,00 euros mensuales y una duración máxima de 5
meses. Al importe de la ayuda se le descontarán, en su caso, las cantidades que
legalmente correspondan.
Ayuda de 200’00 € mensuales: Puntuación entre 40 y 70.
Ayuda de 300’00 € mensuales: Puntuación entre 71 y 100.
En el supuesto de que por el número de ayudas a conceder se superase la cuantía
de la consignación existente para el programa, el importe se repartirá entre los
proyectos que mayor puntuación obtengan hasta agotar el crédito asignado.
Justificación de las ayudas
Para el abono de la ayuda se requerirá el previo informe favorable de la comisión
de selección y seguimiento, que se encargará del análisis y evolución del proyecto.
El abono de la ayuda se realizará a mes vencido, mediante transferencia
Obligaciones de las personas beneficiarias:
Son obligaciones de las personas beneficiarias de las ayudas:
• Presentar una memoria en la que se detallen las actividades que se desean
realizar y los resultados esperados.
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• Realizar el programa de actividades incluido en el plan de trabajo que
fundamenta la concesión de la ayuda, que incluirá acciones formativas en
creación y gestión de empresas.
• Someterse a las acciones de comprobación que realice el Ayuntamiento en
relación con la ayuda concedida y la memoria presentada.
• Comunicar la solicitud u obtención de otras ayudas para la misma finalidad,
la consecución de un contrato de trabajo o la modificación de cualquier
hecho o circunstancia que se hubiera tenido en cuenta para su concesión.
Obligaciones de las entidades e instituciones tutoras:
En el caso de que la entidad sea el Ayuntamiento de Alcoy todas las acciones se
realizaran en el Àgora y por personal de Àgora, en el caso de otras entidades, éstas
acordarán la utilización de Àgora o de otras dependencias propias.
Son obligaciones de las entidades e instituciones tutoras del desarrollo del
proyecto empresarial de las personas subvencionadas:
• Compromiso de la entidad tutora de realizar las labores de tutoría,
formación, seguimiento y apoyo técnico al desarrollo del proyecto, éstas se
realizarán dentro del entorno del Proyecto Àgora.
• Dirigir y apoyar a las personas subvencionadas en la realización de las tareas
encomendadas.
• Suministrar los medios materiales y recursos necesarios para el desarrollo
del plan de trabajo.
• Seguimiento y evaluación del plan de trabajo: Compromiso de notificar al
Ayuntamiento el comportamiento improcedente o el incumplimiento, total o
parcial, del programa de actividades establecido, por la persona beneficiaria
de la ayuda.
Carácter:
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La concesión y el disfrute de la ayuda no supondrán vinculación laboral alguna, ni
entre la persona subvencionada y las entidades o centros donde se realicen los
proyectos empresariales, ni con el Ayuntamiento.
Compatibilidades:
Las ayudas previstas en las presentes bases serán incompatibles con otras
subvenciones que puedan otorgar el proyecto Alcoi_INMPuls 2013 excepto con el
programa @innovacentre.
Documentación preceptiva:
Las solicitudes de ayuda comprenderán la siguiente documentación:
• Impreso de solicitud (Anexo I)
• Declaración Responsable que comprenda los siguientes extremos (Anexo II):
- De conocer y aceptar las bases de la presente convocatoria de ayudas.
- De no hallarse incursa en procedimientos de reintegro o sancionadores de
subvenciones públicas.
- De no haber recibido ayudas para el mismo proyecto de inversión objeto de
esta solicitud.
- De no estar incurso en prohibición alguna para obtener la condición de
beneficiario a que hace referencia el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Si el/la solicitante falseara alguno de los datos incluidos en la declaración
conjunta, se podrá ver sometido al régimen sancionador procedente.
• Copia cotejada del Documento Nacional de Identidad.
• Memoria descriptiva del proyecto empresarial/idea. (Anexo III)
• En el caso de que una entidad con experiencia en el campo del apoyo a
personas emprendedoras se comprometa a tutelar el desarrollo del
proyecto, documento en el que se exprese dicho compromiso y programa de
las acciones de tutela previstas.
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• Documentación que acredite los dos primeros puntos de los criterios de
valoración.
Control del programa:
Corresponde al Área de Dinamización Económica y Gestión Estratégica la gestión
de las ayuda previstas en las presentes bases, a cuyo efecto se constituirá una
comisión de selección y seguimiento integrada por el/la dirección del
Departamento, los técnicos de la Agencia de Desarrollo Local, que se encargará del
análisis y evaluación de las solicitudes presentadas, previo informe del personal
técnico del Servicio de Innovación.
Así mismo dicha comisión propondrá entre el personal técnico del departamento a
la persona responsable del programa.
Las entidades colaboradores en este programa nombrarán un tutor/a por cada
persona subvencionada, así mismo, a las personas responsables del programa.
La entidad tutora podrá desistir de continuar su colaboración formativa con las
personas subvencionadas que falten reiteradamente o muestren un
comportamiento improcedente de acuerdo con los responsables del Área de
Dinamización Económica y Gestión Estratégica. En este caso, a propuesta de la
Comisión de Selección y Seguimiento, podría procederse a la revocación de la
ayuda. Así mismo, si la tutoría observara que, por circunstancias sobrevenidas, se
altera sustancialmente el plan de actividades preestablecido, podrá proponer la
finalización del mismo y la realización de otro alternativo.
La concesión de las ayudas para emprender se realizará, previa propuesta de la
Comisión de Selección y Seguimiento a la Junta de Gobierno Local, que será el
órgano competente para su resolución.
A los efectos de lo dispuesto en el art. 42 de la Ley 30/1992, el plazo para resolver
y notificar las solicitudes de ayuda será de seis meses, que se contarán a partir de
la finalización del plazo de presentación de solicitudes en cada proceso.
El transcurso de este plazo sin que se haya producido la notificación de la
resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio
administrativo la concesión de la ayuda.
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El acuerdo de la Junta de Gobierno Local por el que se otorgue la ayuda, pondrá
fin a la vía administrativa, pudiendo interponer los interesados recurso
contencioso-administrativo ante la Jurisdicción competente y, potestativamente,
recurso de reposición, con carácter previo a aquél, ante el órgano que dictó el acto.
Reintegro.
La presentación de la solicitud de la ayuda comporta la aceptación incondicional
de las presentes bases. En este sentido el incumplimiento de cualquiera de los
requisitos o condiciones exigidas en las bases comportará el reintegro de las
cantidades percibidas.
Para lo no previsto en las presentes bases será de aplicación la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, Reglamento de la Ley, y la Ordenanza
General Reguladora de la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Alcoy.
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PROGRAMA MUNICIPAL DE AYUDAS PARA EMPRENDER (@emprende).
PROYECTO ALCOI_INMPuls 2013.
Anexo I. Solicitud
1.- DATOS DEL SOLICITANTE
Apellidos
Nombre
NIF
Domicilio a efecto de notificaciones
C. Postal
Teléfono
Correo Electrónico
Localidad
Ente que tutela el proyecto de empresa
2.- SOLICITUD
Que me sea concedida la ayuda municipal para emprender (@emprende). Proyecto
Alcoi_INMPuls 2013.
Alcoi,
de
de 2013.
EL SOLICITANTE,
Fdo.: ………………
Sr. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOY.
Los datos por Vd. facilitados serán incluidos en un fichero titularidad del Ayuntamiento de Alcoy, cuya finalidad es gestionar la petición manifestada en el presente
documento. La no comunicación de los datos y entrega de los documentos adjuntos, que fuesen requeridos en su caso, puede provocar la no atención de la
solicitud efectuada. Informamos que su datos serán objeto de cesión a los organismos públicos a los cuales sea necesario facilitar sus datos para poder gestionar su
solicitud.
Conforme a lo dispuesto en la L.O. 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal. Vd. puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y
en su caso oposición, enviando una solicitud por escrito, acompañada de una fotocopia de su DNI, dirigida al Ayuntamiento de Alcoy, Plaza de España, 1. C.P.
03801 Alcoy, o mediante entrega de la solicitud ante el Ayuntamiento con la exhibición del D.NI original. Ante cualquier duda podrá dirigirse a la asesoría jurídica
del Ayuntamiento de Alcoy.
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PROGRAMA MUNICIPAL DE AYUDAS PARA EMPRENDER (@emprende).
PROYECTO ALCOI_INMPuls 2013.
Anexo II. DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./Dñª . ……………………………………………………………………, con N.I.F. ………………………
DECLARO:
- Que conozco y acepto las bases del Programa municipal de ayudas para
emprender (@emprede). Proyecto Alcoi_INMPuls 2013.
- Que no me encuentro incurso en procedimientos de reintegro o
sancionadores de subvenciones públicas.
- Que no he percibido ayudas para el mismo proyecto de inversión objeto de
esta solicitud.
- Que no estoy incurso en prohibición alguna para obtener la condición de
beneficiario a que hace referencia el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Alcoy, ………… de …………………………. de 2013.
Fdo.:…………………………………
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PROGRAMA MUNICIPAL DE AYUDAS PARA EMPRENDER (@emprende).
PROYECTO ALCOI_INMPuls 2013.
Anexo III. MEMORIA DESCRIPTIVA DEL PROYECTO EMPRESARIAL/IDEA.
- Objetivos del proyecto empresarial/idea:
- Definición de las características generales del proyecto a poner en marcha:
Alcoy, ……… de ……………………. de 2013.
Fdo.: ………………………………
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PROGRAMA MUNICIPAL DE AYUDAS PARA EMPRENDER (@emprende).
PROYECTO ALCOI_INMPuls 2013.
DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA A LA SOLICITUD.
Declaración responsable (Anexo II)
Copia cotejada del D.N.I.
Memoria descriptiva del proyecto empresarial/idea. (Anexo III)
Documentación acreditativa de los dos primeros puntos de los criterios de
valoración.
Documento de compromiso de la entidad que tutele el desarrollo del
proyecto.
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Convocatoria del programa municipal (@micro) de
ayudas económicas para la creación de microempresas.
Proyecto Alcoi_INMPuls 2013)
Objeto:
Tiene como objeto el establecimiento y regulación de un régimen de ayudas, con el
fin de apoyar e incentivar la creación y localización de microempresas en Alcoi.
Requisitos de empresas beneficiarias:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas aquellas empresas de nueva creación,
cualesquiera que sea su forma, y que, estando domiciliadas en el término
municipal de Alcoi, ejerzan una actividad lucrativa y tengan una plantilla media
igual o inferior a 10 personas.
Podrán acogerse a esta línea de ayuda las empresas de nueva creación constituidas
a partir del 1 de septiembre de 2012. Se tomará como fecha de inicio de la
actividad la fecha de alta en Hacienda.
Acciones subvencionables:
Serán objeto de ayuda los gastos incurridos por las empresas creadas durante el
periodo antes citado, que estén relacionados con la puesta en marcha e inicio de la
actividad empresarial y, en concreto, con los siguientes conceptos:
• Gastos notariales, registrales y de asesoría, derivados de la constitución de
sociedades mercantiles y comunidades de bienes, así como otros gastos de
carácter obligatorio necesarios para iniciar la actividad (gastos de colegiación
obligatoria,..).
• Gastos por la elaboración de proyecto técnico y memoria descriptiva,
necesarios para la concesión de licencias municipales (actividad, obra y
apertura). Este proyecto y memoria deberán estar firmados por personal
técnico competente y visados por el correspondiente colegio oficial.
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• Gastos iniciales de promoción: diseño de la imagen corporativa y
documentación promocional en la que ésta se refleje (tanto en soporte
papel u otros soportes informáticos), mailings, registro de dominios, e
inserción de publicidad en medios de comunicación, etc.
Cuantía:
Las cuantías correspondientes a cada uno de los conceptos subvencionables serán
los siguientes:
- Gastos notariales, registrales y de asesoría se subvencionarán hasta un
máximo de un 40 por ciento del coste, con un límite máximo de 200 euros.
- Gastos por la elaboración de proyecto técnico y memoria descriptiva
necesarios para la concesión de licencias municipales se subvencionarán hasta un
máximo de un 40 por ciento del coste, con un límite máximo de 400 euros.
- Gastos iniciales de promoción, se subvencionarán hasta un máximo de un
40 por ciento del coste, con un límite máximo de 200 euros.
Los porcentajes anteriores se incrementarán en 10 puntos porcentuales
(alcanzando así un máximo del 50 por ciento), siempre que no sobrepasen las
cuantías indicadas, en los siguientes casos:
1.- Cuando la empresa haya sido creada por mujeres y desarrolle una
actividad considerada tradicionalmente masculina (Se considerará que una
empresa está constituida por mujeres cuando el grupo promotor cuente con más
del 50 por ciento de mujeres).
2.- Cuando la actividad de la empresa está enmarcada en alguno de los
siguientes sectores estratégicos definidos por el Ayuntamiento, de acuerdo en el
Pla Integral de Política Industrial i2+ (Sector textil,
metal-mecánico,
agroalimentario y de la cosmética, tecnologías de la información y de la
comunicación, industria y servicios medioambientales, energías renovables y
eficiencia energética y diseño).
Obligaciones de las empresas beneficiarias:
Las empresas beneficiarias de estas ayudas estarán obligadas a:
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a) Someterse a las actuaciones de comprobación del Ayuntamiento y a
las de control financiero que corresponden a la Intervención General
del mismo y a las previstas en las normas.
b) Comunicar al Ayuntamiento la modificación de cualquier circunstancia,
tanto objetiva como subjetiva, que hubiese sido tenida en cuenta para
la concesión de la subvención.
c) Facilitar al Área de Dinamización Económica y Gestión Estratégica
cuanta información y/o documentación complementaria se considere
necesaria para la comprensión y evaluación de la solicitud de ayuda.
d) Ejercer la actividad económica objeto de ayuda durante al menos 2
años a partir de la fecha de concesión de la misma. En caso de cierre
en plazo inferior al señalado, la empresa beneficiaria deberá
comunicarlo al Ayuntamiento y se valorará, de acuerdo a criterios
técnicos o personales, si se procede al reintegro o devolución
proporcional de la subvención concedida, en función del tiempo
pendiente de transcurrir desde la fecha del cese de la actividad hasta
la fecha en que se hubieren completado los 2 años, contabilizados a
partir de la fecha de concesión de la ayuda.
e) Excepcionalmente, no se solicitará la devolución precitada en los
siguientes supuestos:
• En caso de cierre del negocio por enfermedad grave o fallecimiento
del/de la titular.
• En caso de traspaso del establecimiento, siempre que,
independientemente del/de la titular, se cumplan los 2 años de
mantenimiento de la actividad, manteniéndose la responsabilidad de
la posible devolución de la subvención por parte de la empresa
perceptora de la misma.
Disponibilidad presupuestaria:
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La cuantía del programa es de 20.000 euros de los presupuestos del 2013, con
cargo a la partida 05235.43300.48900.
En el supuesto de que por el número de ayudas a conceder se superase la cuantía
de la consignación existente para el programa, el importe se repartirá entre los
proyectos que mayor puntuación obtengan hasta agotar el crédito asignado
En todo caso, sólo se tramitará un expediente de ayuda por empresa y año por los
conceptos recogidos en estas bases.
Incompatibilidad con otras ayudas y subvenciones:
Las ayudas previstas en las presentes bases serán incompatibles con otras
subvenciones que puedan otorgar el proyecto Alcoi_INMPuls 2013 excepto con el
programa @innovacentre.
Lugar y plazo de presentación.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Alcoy,
por
vía
presencial
o
a
través
de
la
sede
electrónica
https://sedeelectrónica.alcoi.org, sin perjuicio de poder presentarlas en los demás
lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El plazo de presentación de solicitudes se inicia el día siguiente al de la publicación
de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y finaliza el 31 de
octubre de 2013.
La presente convocatoria tiene el carácter de abierta, realizándose dos
procedimientos de selección sucesivos, el primero con las solicitudes presentadas
desde el día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el B.O.P. de
Alicante hasta el día 31 de agosto de 2013, y un segundo procedimiento de
selección con las que se presenten entre el 1 de septiembre de 2013 y el 31 de
octubre de 2013.
El plazo máximo para resolver cada uno de los procesos de selección será de 6
meses a contar desde que finalice el período de presentación de solicitudes en
ambos procesos.
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Las subvenciones se otorgarán hasta agotar el crédito consignado, por lo que de no
quedar crédito tras la resolución del primer proceso, las solicitudes incluidas en el
segundo proceso no serán objeto de estudio, ni tendrán derecho a subvención.
Criterios de Valoración:
Perfil Académico …………………………………….
siguiente detalle:
- Sin estudios o nivel bachillerato …………..
- Ciclo formativo de grado medio …………..
- Ciclo formativo de grado superior ……….
- Dipolomatura o Ingeniería Técnica ……..
- Licenciatura o Ingeniería Superior ………
- Doctorado o master ……………………………
Hasta 10 puntos, con el
0 puntos.
2 puntos.
4 puntos.
6 puntos.
8 puntos.
10 puntos.
Experiencia profesional ………………………
Hasta 20 puntos, otorgándose
2 puntos por cada año de trabajo en actividades vinculadas con el sector de su
proyecto empresarial o empresa. Los parados de larga duración sumarán 2 puntos
sobre los de experiencia profesional, sin que se puedan sobrepasar los 20 puntos.
Proyecto empresarial. Se tendrá en cuenta la descripción de la idea empresarial, su
actividad, el sector y el ámbito territorial, priorizando los sectores tratados en el
plan integral de política industrial de Alcoi, su orientación internacional, su
participación en mercados extranjeros, el tipo de participación, etc., en concreto,
se valorará la trayectoria empresarial y la proyección internacional de la empresa o
del proyecto empresarial …………………………………….
Hasta 50
puntos, con la siguiente distribución:
-Descripción
detallada
del
proyecto
o
actividad
empresarial
……………………………………............................
Hasta 10 puntos.
- Relación del proyecto o empresa con los sectores considerados estratégicos en las
bases reguladoras ……......................
Hasta 10 puntos.
- Proyección internacional del proyecto o empresa o proyecto de empresa de
economía social: ………………………………......
Hasta 10 puntos.
- Viabilidad económica ………………………….
Hasta 5 puntos.
- I+D+i …………………………………………………..
Hasta 5 puntos.
- Otras singularidades del proyecto ……..
Hasta 5 puntos.
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- Originalidad y novedad del proyecto ….
Hasta 5 puntos.
Condiciones personales. ……………………
siguiente distribución:
- Joven menor de 35 años o mujer ……..
- Discapacitado …………………………………..
Hasta 10 puntos, con la
5 puntos.
5 puntos.
Vinculación del emprendedor/a o la empresa con otros emprendedores u otras
iniciativas emprendedoras.
Hasta 10 puntos,
conforme a la siguiente distribución:
- Empresa preincubada o adscrita a otro centro emprendedor: 10 puntos.
- Empresa apoyada por Àgora…………….
10 puntos.
Para poder ser beneficiario de la ayuda es necesario obtener un mínimo de 50
puntos.
Documentación preceptiva:
Las solicitudes comprenderán la siguiente documentación:
•
Impreso de solicitud (Anexo I)
• Declaración responsable que comprenda los siguientes extremos (Anexo II):
- De conocer y aceptar las bases de la presente convocatoria de ayudas.
- De no hallarse incursa en procedimientos de reintegro o sancionadores de
subvenciones públicas.
- De no haber recibido ayudas para el mismo proyecto de inversión objeto de
esta solicitud.
- De no estar incurso en prohibición alguna para obtener la condición de
beneficiario a que hace referencia el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Si el/la solicitante falseara alguno de los datos incluidos en la declaración
conjunta, se podrá ver sometido al régimen sancionador procedente.
• En caso de persona física: Copia cotejada del Documento Nacional de
Identidad.
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• En caso de persona jurídica: copias cotejadas del CIF, de las escrituras de
constitución de la sociedad y poderes de representación, en su caso.
• Certificados actualizados de hacienda y seguridad social que acrediten que
la empresa se encuentra al día de sus obligaciones fiscales y laborales. Se
comprobará de oficio si la empresa solicitante se encuentra al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Alcoy.
• Documento de alta en Hacienda.
•
Documento de alta en la Seguridad Social.
•
TC1 y TC2 del último mes o, en el caso de autónomos sin personal a su
cargo, recibo de pago de autónomos del último mes. En el supuesto de
empresas de nueva creación constituidas en los meses en que finalizan cada
uno de los procesos, la presentación, en su caso, de los modelos TC1 y TC2,
se sustituirán por los correspondientes contratos laborales.
• Proyecto de empresa que incluya una memoria descriptiva de los datos
básicos de actividad de la empresa, el currículo de las personas socias y el
estudio de viabilidad económica y comercial de la misma, etc. (Anexo III)
•
Facturas originales y fotocopias correspondientes a los conceptos
subvencionables, con justificantes de pago.
• Titulaciones académicas.
• Documentación acreditativa de la experiencia profesional (certificados de
empresa, de cursos, etc.)
• Certificado acreditativo de la discapacidad.
• Acreditación de que se trata de una empresa preincubada o adscrita a otro
centro emprendedor.
• Copia cotejada licencia apertura, o en su caso, documento acreditativo del
visto bueno del Ayuntamiento para el funcionamiento de la actividad.
Tramitación y Procedimiento:
1.- Corresponde al Área de Dinamización Económica y Gestión Estratégica la
gestión de las ayudas previstas en las presentes bases, a cuyo efecto se constituirá
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una comisión de selección y seguimiento, integrada por el/la director/a del
Departamento de Desarrollo Económico y Emprendedurismo, dos técnicos de la
Agencia de Desarrollo Local de Alcoy, que se encargará del análisis y evaluación de
las solicitudes presentadas, previo informe del personal técnico de la Unidad de
Innovación.
2.- La concesión de las ayudas se realizará, previa propuesta de la comisión de
selección y seguimiento a la Junta de Gobierno Local, que será el órgano
competente para resolver.
A los efectos de lo dispuesto en el art. 42 de la Ley 30/1992, el plazo para resolver
y notificar la concesión de la ayuda será de seis meses, que se contarán a partir de
la finalización del plazo de presentación de solicitudes en cada proceso. El
transcurso de este plazo sin que se haya producido la notificación de la resolución,
legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la
concesión de la ayuda.
El acuerdo de la Junta de Gobierno Local por el que se otorgue la ayuda, pondrá
fin a la vía administrativa, pudiendo interponer los interesados recurso
contencioso-administrativo ante la Jurisdicción competente y, potestativamente,
recurso de reposición, con carácter previo a aquél, ante el órgano que dictó el acto.
Reintegro.
La presentación de la solicitud comporta la aceptación incondicional de las
presentes bases. En este sentido el incumplimiento de cualquiera de los requisitos
o condiciones exigidas en las bases comportará el reintegro de las cantidades
percibidas.
Para lo no previsto en las presentes bases será de aplicación la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, Reglamento de la Ley, y la Ordenanza
General Reguladora de la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Alcoy.
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PROGRAMA MUNICIPAL (@micro) DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA CREACIÓN DE
MICROEMPRESAS. PROYECTO Alcoi_INMPuls 2013
Anexo I. Solicitud
1.- DATOS DEL SOLICITANTE
Nombre y apellidos o razón social
NIF o CIF
Domicilio actividad
Teléfono
C. Postal
Fax
Actividad
Localidad
Correo Electrónico
Fecha de alta en Hacienda
Tipo de empresa
Representante legal, en su caso
NIF
Domicilio a efecto de notificaciones
C. Postal
Localidad
2.- SOLICITUD
Que me sea concedida la ayuda económica del Programa Municipal (@micro) para la creación
de microempresas. Proyecto Alcoi_INMPuls 2013.
Alcoi,
de
de 2013.
EL SOLICITANTE,
Fdo.: ………………
Sr. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOY.
Los datos por Vd. facilitados serán incluidos en un fichero titularidad del Ayuntamiento de Alcoy, cuya finalidad es gestionar la petición manifestada en el presente
documento. La no comunicación de los datos y entrega de los documentos adjuntos, que fuesen requeridos en su caso, puede provocar la no atención de la
solicitud efectuada. Informamos que su datos serán objeto de cesión a los organismos públicos a los cuales sea necesario facilitar sus datos para poder gestionar su
solicitud.
Conforme a lo dispuesto en la L.O. 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal. Vd. puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y
en su caso oposición, enviando una solicitud por escrito, acompañada de una fotocopia de su DNI, dirigida al Ayuntamiento de Alcoy, Plaza de España, 1. C.P.
03801 Alcoy, o mediante entrega de la solicitud ante el Ayuntamiento con la exhibición del D.NI original. Ante cualquier duda podrá dirigirse a la asesoría jurídica
del Ayuntamiento de Alcoy.
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PROGRAMA MUNICIPAL (@micro) DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA CREACIÓN
DE MICROEMPRESAS. PROYECTO Alcoi_INMPuls 2013
Anexo II. DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./Dñª . ……………………………………………………………………, con N.I.F. ………………………
DECLARO:
- Que conozco y acepto las bases del Programa municipal (@micro) de
ayudas económicas para la creación de microempresas. Proyecto
Alcoi_INMPuls 2013.
- Que no me encuentro incurso en procedimientos de reintegro o
sancionadores de subvenciones públicas.
- Que no he percibido ayudas para el mismo proyecto de inversión objeto de
esta solicitud.
- Que no estoy incurso en prohibición alguna para obtener la condición de
beneficiario a que hace referencia el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Alcoy, ………… de …………………………. de 2013.
Fdo.:…………………………………
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PROGRAMA MUNICIPAL (@micro) DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA CREACIÓN
DE MICROEMPRESAS. PROYECTO Alcoi_INMPuls 2013
Anexo III. PROYECTO DE EMPRESA.
1.- Objetivos del proyecto empresarial y presentación de los promotores
- Definición de las características generales del proyecto a poner en marcha
- Presentación de los promotores: formación, experiencia empresarial, etc.
2.- La actividad de la empresa: el producto o servicio
- Definición de las características del producto o servicio
- Necesidades que cubre
- Características diferenciadoras respecto de los productos o servicios de la
competencia
3.- El mercado
- Definición del mercado al que se dirigirá el producto o el servicio
- Previsión de la evolución del mercado
- La competencia: identificación de las empresas competidoras, características de las
mismas, posición en el mercado.
4.- La comercialización
- Presentación del producto o servicio
- Determinación del precio de venta
- Penetración en el mercado
- Acciones de promoción
- Previsión de ventas
- Garantías, servicios técnicos, servicio post-venta
5.- La producción
- Determinación del proceso de fabricación
- Selección de instalaciones y equipos necesarios
6.- Localización
- Criterios de localización
7.- Las personas
- Puestos de trabajo creados
- Distribución por categorías y asignación de responsabilidades
- Perfiles de las personas a contratar: conocimientos, experiencia, etc.
- Previsiones de crecimiento del empleo
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8.- La financiación
- Necesidades económicas del proyecto: recursos propios y ajenos, ayudas públicas,
etc.
- Identificación y selección de fuentes de financiación
- Previsión de Cuenta de pérdidas y ganancias
- Previsión de Cuenta de tesorería
9.- Aspectos formales del proyecto
- Elección de la forma jurídica
- Trámites administrativos a realizar
Alcoy, ……… de ……………………. de 2013.
Fdo.: ………………………………
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PROGRAMA MUNICIPAL (@micro) DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA CREACIÓN
DE MICROEMPRESAS. PROYECTO Alcoi_INMPuls 2013
DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA A LA SOLICITUD.
Declaración responsable (Anexo II)
Copia cotejada del D.N.I.
En caso de persona jurídica: copias cotejadas del CIF, de las escrituras de
constitución de la sociedad y poderes de representación.
Certificados o informes de la A.E.A.T (Hacienda) y de la Tesorería de la
Seguridad social de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social.
Copia cotejada del documento de alta en Hacienda.
Copia cotejada del documento de alta en la Seguridad Social.
TC1 y TC2 del último mes o, en el caso de autónomos sin personal a su
cargo, recibo de pago de autónomos del último mes.
Facturas originales y fotocopias correspondientes a los conceptos
subvencionables, con justificantes de pago.
Titulaciones académicas.
Documentación acreditativa de la experiencia profesional (certificados de
empresa, de cursos, etc.).
En su caso, certificado acreditativo de la discapacidad
Proyecto empresarial. (Anexo III)
Acreditación de que se trata de una empresa preincubada o adscrita a otro
centro emprendedor.
Copia licencia apertura o, en su caso, documento acreditativo del visto
bueno del Ayuntamiento para el funcionamiento de la actividad.
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Convocatoria del programa municipal (@Emprenduca) de
ayudas económicas para la creación de empresas por
alumnos de centros educativos de Alcoi. Proyecto
Alcoi_INMPuls.
Objeto:
Tiene como objeto el establecimiento y regulación de un régimen de ayudas, con el
fin de apoyar la iniciativa empresarial a los alumnos de último curso de ciclos
formativos de formación profesional, de títulos universitarios de diplomatura o
licenciatura o títulos de grado y máster de las nuevas titulaciones universitarias.
Requisitos beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las ayuda aquellas personas que bien han finalizado
alguno de los estudios reseñados en el objeto de la convocatoria, o se encuentran
en vías de finalizar el año de la convocatoria (en este caso el centro educativo
tendrá que certificar esta situación). Además tendrá que tratarse de empresas de
nueva creación, cualesquiera que sea su forma, y estar domiciliadas en el término
municipal de Alcoi.
Podrán acogerse a esta línea de ayuda las empresas de nueva creación constituidas
a partir del 1 de septiembre de 2012. Se tomará como fecha de inicio de la
actividad la fecha de alta en Hacienda.
Acciones subvencionables:
Serán objeto de ayuda los gastos incurridos por las empresas creadas durante el
periodo antes citado, que estén relacionados con la puesta en marcha e inicio de la
actividad empresarial y, en concreto, con los siguientes conceptos:
• Gastos notariales, registrales y de asesoría, derivados de la constitución de
sociedades mercantiles y comunidades de bienes, así como otros gastos de
carácter obligatorio necesarios para iniciar la actividad (gastos de colegiación
obligatoria,..).
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• Gastos por la elaboración de proyecto técnico y memoria descriptiva,
necesarios para la concesión de licencias municipales (actividad, obra y
apertura). Este proyecto y memoria deberán estar firmados por personal
técnico competente y visados por el correspondiente colegio oficial.
• Gastos iniciales de promoción: diseño de la imagen corporativa y
documentación promocional en la que ésta se refleje (tanto en soporte
papel u otros soportes informáticos), mailings, registro de dominios, e
inserción de publicidad en medios de comunicación, etc.
• Obras de mejora siempre que se justifique una intervención de mejora del
local.
Cuantía:
Las cuantías correspondientes a cada uno de los conceptos subvencionables serán
los siguientes:
- Gastos notariales, registrales y de asesoría se subvencionarán hasta un
máximo de un 40 por ciento del coste, con un límite máximo de 200 euros.
- Gastos por la elaboración de proyecto técnico y memoria descriptiva
necesarios para la concesión de licencias municipales se subvencionarán hasta un
máximo de un 40 por ciento del coste, con un límite máximo de 500 euros.
- Gastos iniciales de promoción, se subvencionarán hasta un máximo de un
40 por ciento del coste, con un límite máximo de 200 euros.
- Obras de mejora, se subvencionará hasta un máximo de un 40 por ciento
del coste total, con un límite máximo de 500 euros.
Los porcentajes anteriores se incrementarán en 10 puntos porcentuales
(alcanzando así un máximo del 50 por ciento), siempre que no sobrepasen las
cuantías indicadas, en los siguientes casos:
1.- Cuando la empresa haya sido creada por alumnos de, al menos ,dos
centros educativos diferentes.
2.- Cuando la actividad de la empresa esté enmarcada en alguno de los
siguientes sectores estratégicos definidos por el Ayuntamiento, de acuerdo con el
Plan Integral de Política Industrial i2+ (Sector textil,
metal-mecánico,
agroalimentario y de la cosmética, tecnologías de la información y de la
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comunicación, industria y servicios medioambientales, energías renovables y
eficiencia energética y diseño).
Obligaciones de las empresas beneficiarias:
Las empresas beneficiarias de estas ayudas estarán obligadas a:
• Someterse a las actuaciones de comprobación del Ayuntamiento y
a las de control financiero que corresponden a la Intervención
General del mismo y a las previstas en las normas.
• Comunicar al Ayuntamiento la modificación de cualquier
circunstancia, tanto objetiva como subjetiva, que hubiese sido
tenida en cuenta para la concesión de la subvención.
• Facilitar al Área de Dinamización Económica y Gestión Estratégica
cuanta información y/o documentación complementaria se
considere necesaria para la comprensión y evaluación de la
solicitud de ayuda.
• Ejercer la actividad económica objeto de ayuda durante al menos 2
años a partir de la fecha de concesión de la ayuda. En caso de
cierre en plazo inferior al señalado, la empresa beneficiaria deberá
comunicarlo al Ayuntamiento y se valorará de acuerdo a criterios
técnicos y personales si se procede al reintegro o devolución
proporcional de la ayuda concedida, en función del tiempo
pendiente de transcurrir desde la fecha del cese de la actividad
hasta la fecha en que se hubieren completado los 2 años,
contabilizados a partir de la fecha de concesión de la ayuda.
• Tener un tutor del centro educativo que valorará el proyecto
empresarial y controlará durante el año de subvención la viabilidad
de la empresa y asesoramiento a los nuevos empresarios.
• Excepcionalmente, no se solicitará la devolución precitada en los
siguientes supuestos:
• En caso de cierre del negocio por enfermedad grave o fallecimiento
del/de la titular.
• En caso de traspaso del establecimiento, siempre que,
independientemente del/de la titular, se cumplan los 2 años de
mantenimiento de la actividad, manteniéndose la responsabilidad de
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la posible devolución de la ayuda por parte de la empresa perceptora
de la misma.
Disponibilidad presupuestaria:
La cuantía del Programa es de 10.000 euros de los presupuestos del 2013, con
cargo a la partida 05235.43300.48900.
En el supuesto de que por el número de ayudas a conceder se superase la cuantía
de la consignación existente para el programa, el importe se repartirá entre los
proyectos que mayor puntuación obtengan hasta agotar el crédito asignado.
En todo caso, sólo se tramitará un expediente de ayuda por empresa y año por los
conceptos recogidos en estas bases.
Incompatibilidad con otras ayudas y subvenciones:
Las ayudas previstas en las presentes bases serán incompatibles con otras
subvenciones que puedan otorgar el proyecto Alcoi_INMPuls 2013 excepto con el
programa @innovacentre.
Lugar y plazo de presentación
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Alcoy,
por
vía
presencial
o
a
través
de
la
sede
electrónica
https://sedeelectrónica.alcoi.org, sin perjuicio de poder presentarlas en los demás
lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El plazo de presentación de solicitudes se inicia el día siguiente al de la publicación
de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y finaliza el 31 de
octubre de 2013.
La presente convocatoria tiene el carácter de abierta, realizándose dos
procedimientos de selección sucesivos, el primero con las solicitudes presentadas
desde el día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el B.O.P. de
Alicante hasta el día 31 de agosto de 2013, y un segundo procedimiento de
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selección con las que se presenten entre el 1 de septiembre de 2013 y el 31 de
octubre de 2013.
El plazo máximo para resolver cada uno de los procesos de selección será de 6
meses a contar desde que finalice el período de presentación de solicitudes en
ambos procesos.
Las subvenciones se otorgarán hasta agotar el crédito consignado, por lo que de no
quedar crédito tras la resolución del primer proceso, las solicitudes incluidas en el
segundo proceso no serán objeto de estudio, ni tendrán derecho a subvención.
Criterios de Valoración:
Perfil Académico …………………………………….
siguiente detalle:
- Sin estudios o nivel bachillerato …………..
- Ciclo formativo de grado medio …………..
- Ciclo formativo de grado superior ……….
- Dipolomatura o Ingeniería Técnica ……..
- Licenciatura o Ingeniería Superior ………
- Doctorado o master ……………………………
Hasta 10 puntos, con el
0 puntos.
2 puntos.
4 puntos.
6 puntos.
8 puntos.
10 puntos.
Experiencia profesional ………………………
Hasta 20 puntos, otorgándose
2 puntos por cada año de trabajo en actividades vinculadas con el sector de su
proyecto empresarial o empresa. Los parados de larga duración sumarán 2 puntos
sobre los de experiencia profesional, sin que se puedan sobrepasar los 20 puntos.
Proyecto empresarial. Se tendrá en cuenta la descripción de la idea empresarial, su
actividad, el sector y el ámbito territorial, priorizando los sectores tratados en el
plan integral de política industrial de Alcoi, su orientación internacional, su
participación en mercados extranjeros, el tipo de participación, etc., en concreto,
se valorará la trayectoria empresarial y la proyección internacional de la empresa o
del proyecto empresarial …………………………………….
Hasta 50 puntos, con la
siguiente distribución:
Descripción
detallada
del
proyecto
…………………………………….............................
o
actividad
empresarial
Hasta 10 puntos.
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- Relación del proyecto o empresa con los sectores considerados estratégicos en las
bases reguladoras ……...............................
Hasta 10 puntos.
- Proyección internacional del proyecto o empresa o proyecto de empresa de
economía social: ……………………………….....
Hasta 10 puntos.
- Viabilidad económica ………………………….
Hasta 5 puntos.
- I+D+i …………………………………………………..
Hasta 5 puntos.
- Otras singularidades del proyecto ……...
Hasta 5 puntos.
- Originalidad y novedad del proyecto ….
Hasta 5 puntos.
Condiciones personales. ……………………
siguiente distribución:
- Joven menor de 35 años o mujer ……..
- Discapacitado …………………………………..
Hasta 10 puntos, con la
5 puntos.
5 puntos.
Vinculación del emprendedor/a o la empresa con otros emprendedores u otras
iniciativas emprendedoras.
Hasta 10 puntos, conforme a la
siguiente distribución:
- Empresa preincubada o adscrita a otro centro emprendedor: 10 puntos.
- Empresa apoyada por Àgora…………….
10 puntos.
Para poder ser beneficiario de la ayuda es necesario obtener un mínimo de 50
puntos.
Documentación preceptiva:
Las solicitudes comprenderán la siguiente documentación:
• Impreso de solicitud. (Anexo I)
• Declaración responsable que comprenda los siguientes extremos (Anexo II):
- De conocer y aceptar las bases de la presente convocatoria de ayudas.
- De no hallarse incursa en procedimientos de reintegro o sancionadores de
subvenciones públicas.
- De no haber recibido ayudas para el mismo proyecto de inversión objeto de
esta solicitud.
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- De no estar incurso en prohibición alguna para obtener la condición de
beneficiario a que hace referencia el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Si el/la solicitante falseara alguno de los datos incluidos en la declaración
conjunta, se podrá ver sometido al régimen sancionador procedente.
• En caso de persona física: Copia cotejada del Documento Nacional de
Identidad.
• En caso de persona jurídica: copias cotejadas del CIF, de las escrituras de
constitución de la sociedad y poderes de representación, en su caso,
• Certificados actualizados de hacienda y seguridad social que acrediten que
la empresa se encuentra al día de sus obligaciones fiscales y laborales. Se
comprobará de oficio si la empresa solicitante se encuentra al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Alcoy.
• Documento de alta en Hacienda.
•
Documento de alta en la Seguridad Social.
• TC1 y TC2 del último mes o, en el caso de autónomos sin personal a su
cargo, recibo de pago de autónomos del último mes. En el supuesto de
empresas de nueva creación constituidas en los meses en que finalizan cada
uno de los procesos, la presentación, en su caso, de los modelos TC1 y TC2,
se sustituirán por los correspondientes contratos laborales.
•
Proyecto de empresa que incluya una memoria descriptiva de los datos
básicos de actividad de la empresa, el currículo de las personas socias y el
estudio de viabilidad económica y comercial de la misma, etc., valorado y
con el visto bueno del centro educativo o centros educativos al que
pertenecen los alumnos. (Anexo III)
•
Facturas originales y fotocopias correspondientes a los conceptos
subvencionables, con justificantes de pago.
• Carta de aceptación del tutor de centro y programa de las acciones de tutela
previstas, en el caso de pertenecer a varios centros solo será necesario un
tutor de empresa.
• Certificado del centro educativo haciendo constar su situación académica.
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• Titulaciones académicas.
• Documentación acreditativa de la experiencia profesional (certificados de
empresa, de cursos, etc.)
• Certificado acreditativo de la discapacidad.
• Acreditación de que se trata de una empresa preincubada o adscrita a otro
centro emprendedor.
• Copia cotejada licencia apertura o, en su caso, documento acreditativo del
visto bueno del Ayuntamiento para el funcionamiento de la actividad.
Tramitación y Procedimiento:
1.- Corresponde al Área de Dinamización Económica y Gestión Estratégica la
gestión de las ayudas previstas en las presentes bases, a cuyo efecto se constituirá
una comisión de selección y seguimiento, integrada por el/la director/a del
Departamento de Desarrollo Económico y Emprendedurismo, un técnico de la
Agencia de Desarrollo Local de Alcoy, un representante de cada uno de los centros
educativos de Alcoy que imparten formación para el empleo bien de niveles de
formación profesional o similar, bien de niveles Universitarios. Esta comisión
analizará el proyecto de la nueva empresa y del tutor/a de empresa y formulará su
propuesta a la Junta de Gobierno Local, que será el órgano competente para
resolver.
A los efectos de lo dispuesto en el art. 42 de la Ley 30/1992, el plazo para resolver
y notificar la concesión de la ayuda será de seis meses, que se contarán a partir de
la finalización del plazo de presentación de solicitudes en cada proceso. El
transcurso de este plazo sin que se haya producido la notificación de la resolución,
legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la
concesión de la ayuda.
El acuerdo de la Junta de Gobierno Local por el que se otorgue la ayuda, pondrá fin
a la vía administrativa, pudiendo interponer los interesados recurso contenciosoadministrativo ante la Jurisdicción competente y, potestativamente, recurso de
reposición, con carácter previo a aquél, ante el órgano que dictó el acto.
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Reintegro.
La presentación de la solicitud comporta la aceptación incondicional de las
presentes bases. En este sentido el incumplimiento de cualquiera de los requisitos
o condiciones exigidas en las bases comportará el reintegro de las cantidades
percibidas.
Para lo no previsto en las presentes bases será de aplicación la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, Reglamente de la Ley, y la Ordenanza
General Reguladora de la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Alcoy.
Plaça d’Espanya, 1 – Tel. 965 53 71 00 – Fax 965 53 71 61 – e-mail [email protected] – web http://www.alcoi.org
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PROGRAMA MUNICIPAL (@emprenduca) DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA CREACIÓN DE
EMPRESAS POR ALUMNOS DE CENTROS EDUCATIVOS DE ALCOI. PROYECTO Alcoi_INMPuls
2013
Anexo I. Solicitud
1.- DATOS DEL SOLICITANTE
Nombre y apellidos o razón social
NIF o CIF
Domicilio actividad
Teléfono
C. Postal
Fax
Actividad
Localidad
Correo Electrónico
Fecha de alta en Hacienda
Tipo de empresa
Representante legal, en su caso
NIF
Domicilio a efecto de notificaciones
C. Postal
Localidad
2.- SOLICITUD
Que me sea concedida la ayuda económica del Programa Municipal (@emprenduca) para la
creación de empresas por alumnos de centros educativos de Alcoi. Proyecto Alcoi_INMPuls
2013.
Alcoi,
de
de 2013.
EL SOLICITANTE,
Fdo.: ………………
Sr. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOY.
Los datos por Vd. facilitados serán incluidos en un fichero titularidad del Ayuntamiento de Alcoy, cuya finalidad es gestionar la petición manifestada en el presente
documento. La no comunicación de los datos y entrega de los documentos adjuntos, que fuesen requeridos en su caso, puede provocar la no atención de la
solicitud efectuada. Informamos que su datos serán objeto de cesión a los organismos públicos a los cuales sea necesario facilitar sus datos para poder gestionar su
solicitud.
Conforme a lo dispuesto en la L.O. 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal. Vd. puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y
en su caso oposición, enviando una solicitud por escrito, acompañada de una fotocopia de su DNI, dirigida al Ayuntamiento de Alcoy, Plaza de España, 1. C.P.
03801 Alcoy, o mediante entrega de la solicitud ante el Ayuntamiento con la exhibición del D.NI original. Ante cualquier duda podrá dirigirse a la asesoría jurídica
del Ayuntamiento de Alcoy.
Plaça d’Espanya, 1 – Tel. 965 53 71 00 – Fax 965 53 71 61 – e-mail [email protected] – web http://www.alcoi.org
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PROGRAMA MUNICIPAL (@emprenduca) DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA
CREACIÓN DE EMPRESAS POR ALUMNOS DE CENTROS EDUCATIVOS DE ALCOI.
PROYECTO Alcoi_INMPuls 2013
Anexo II. DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./Dñª . ……………………………………………………………………, con N.I.F. ………………………
DECLARO:
- Que conozco y acepto las bases del Programa municipal de ayudas
económicas para la creación de empresas por alumnos de centros
educativos de Alcoi. Proyecto Alcoi_INMPuls 2013.
- Que no me encuentro incurso en procedimientos de reintegro o
sancionadores de subvenciones públicas.
- Que no he percibido ayudas para el mismo proyecto de inversión objeto de
esta solicitud.
- Que no estoy incurso en prohibición alguna para obtener la condición de
beneficiario a que hace referencia el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Alcoy, ………… de …………………………. de 2013.
Fdo.:…………………………………
Plaça d’Espanya, 1 – Tel. 965 53 71 00 – Fax 965 53 71 61 – e-mail [email protected] – web http://www.alcoi.org
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CREACIÓN DE EMPRESAS POR ALUMNOS DE CENTROS EDUCATIVOS DE ALCOI.
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Anexo III. PROYECTO DE EMPRESA.
1.- Objetivos del proyecto empresarial y presentación de los promotores
- Definición de las características generales del proyecto a poner en marcha
- Presentación de los promotores: formación, experiencia empresarial, etc.
2.- La actividad de la empresa: el producto o servicio
- Definición de las características del producto o servicio
- Necesidades que cubre
- Características diferenciadoras respecto de los productos o servicios de la
competencia
3.- El mercado
- Definición del mercado al que se dirigirá el producto o el servicio
- Previsión de la evolución del mercado
- La competencia: identificación de las empresas competidoras, características de las
mismas, posición en el mercado.
4.- La comercialización
- Presentación del producto o servicio
- Determinación del precio de venta
- Penetración en el mercado
- Acciones de promoción
- Previsión de ventas
- Garantías, servicios técnicos, servicio post-venta
5.- La producción
- Determinación del proceso de fabricación
- Selección de instalaciones y equipos necesarios
6.- Localización
- Criterios de localización
7.- Las personas
- Puestos de trabajo creados
- Distribución por categorías y asignación de responsabilidades
- Perfiles de las personas a contratar: conocimientos, experiencia, etc.
- Previsiones de crecimiento del empleo
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8.- La financiación
- Necesidades económicas del proyecto: recursos propios y ajenos, ayudas públicas,
etc.
- Identificación y selección de fuentes de financiación
- Previsión de Cuenta de pérdidas y ganancias
- Previsión de Cuenta de tesorería
9.- Aspectos formales del proyecto
- Elección de la forma jurídica
- Trámites administrativos a realizar
Alcoy, ……… de ……………………. de 2013.
Fdo.: ………………………………
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PROGRAMA MUNICIPAL (@emprenduca) DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA CREACIÓN DE
EMPRESAS POR ALUMNOS DE CENTROS EDUCATIVOS DE ALCOI. PROYECTO Alcoi_INMPuls
2013
DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA A LA SOLICITUD.
Declaración responsable (Anexo II)
Copia cotejada del D.N.I.
En caso de persona jurídica: copias cotejadas del CIF, de las escrituras de constitución de
la sociedad y poderes de representación.
Certificados o informes de la A.E.A.T (Hacienda) y de la Tesorería de la Seguridad social
de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social.
Copia cotejada del documento de alta en Hacienda.
Copia cotejada del documento de alta en la Seguridad Social.
TC1 y TC2 del último mes o, en el caso de autónomos sin personal a su cargo, recibo de
pago de autónomos del último mes.
Facturas originales y fotocopias correspondientes a los conceptos subvencionables, con
justificantes de pago.
Carta de aceptación del tutor del centro y programa de las acciones de tutela previstas.
Certificado del centro educativo haciendo constar su situación académica.
Titulaciones académicas.
Documentación acreditativa de la experiencia profesional (certificados de empresa, de
cursos, etc.).
En su caso, certificado acreditativo de la discapacidad
Proyecto empresarial. (Anexo III)
Acreditación de que se trata de una empresa preincubada o adscrita a otro centro
emprendedor.
Copia licencia apertura o, en su caso, documento acreditativo del visto bueno del
Ayuntamiento para el funcionamiento de la actividad.
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Convocatoria de ayudas económicas para el apoyo a la
modernización, la innovación y la mejora de la
competitividad de las pequeñas empresas implantadas o
en trámites de implantación del centro urbano de Alcoy,
año 2013 programa @innovacentre dentro del Proyecto
Alcoi_INMPuls 2013
Objeto:
Es objeto de las presentes bases, la regulación de la convocatoria y concesión, en
régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas económicas que el
Ayuntamiento de Alcoy, a través del Área de Dinamización Económica y Gestión
Estratégica, a fin de colaborar en la implantación de pymes urbanas, en cualquier
sector estratégico del plan i2+, así como la reforma, la innovación en el comercio y
la mejora de la competitividad de las ya existentes.
Estas ayudas económicas tienen la forma de subvenciones a fondo perdido.
Ámbito de aplicación:
Las ayudas reguladas en las presentes bases irán destinadas a financiar los gastos
de implantación, reforma, equipamiento y modernización de las empresas ya
existentes en el centro de Alcoi, así como la creación de nuevas empresas, o de
traslado de otras zonas de la ciudad, del tipo señaladas en el plan integral de
política industrial ubicada en el centro histórico de la ciudad de Alcoi.
Será condición indispensable que las empresas objeto de estas ayudas estén
situadas dentro de los límites de las zonas comerciales de interés preferente
indicadas en el anexo IV.
Bases Específicas:
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Comentario: ¿Dónde está el
anexo I?
Comentario: No esta la idea es
colocar, ya en el documento final
un plano del centro para delimitar
este.
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Ayudas a las pequeñas empresas de los sectores comercio, hostelería, servicios y
los reseñados en “Pla Integral de Política Industrial i2+” (Sector textil, metalmecánico, agroalimentario y de la cosmética, tecnologías de la información y de la
comunicación, industria y servicios medioambientales, energías renovables y
eficiencia energética y diseño) ubicadas en las zonas descritas en el anexo IV.
Personas beneficiaria:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas que contemplan las presentes bases las
siguientes personas, físicas o jurídicas, que hayan implantado un establecimiento
del tipo reseñado anteriormente en el centro de Alcoi o que hayan acometido la
modernización de su establecimientos, a partir del 1 de de septiembre de 2012.
Se podrán beneficiar de estas ayudas las personas físicas o jurídicas que cumplan
las siguientes condiciones:
• Que su plantilla no supere las 15 personas empleadas.
• Que su volumen de negocios o su balance general anual no supere los 10
millones de euros.
• Que no se halle participada directa o indirectamente en más de un 25% por
empresas que no reúnan alguno de los requisitos anteriormente expuestos.
• El local de negocio o establecimiento deberá estar situado dentro de los
límites del centro histórico de Alcoy. A estos efectos, se entenderá que un
local comercial/ empresarial está situado dentro de dichos límites siempre
que lo esté el acceso al establecimiento.
• Se considerará actividad económica nueva, a los efectos de estas bases, la
que haya comenzado en el ejercicio objeto de la convocatoria (o en el último
cuatrimestre del año anterior), tomando como fecha de inicio de actividad la
del alta en Hacienda. Para acceder a las ayudas para la reforma o desarrollo
de los negocios ya existentes, las empresas tendrán que estar constituidas
con una antigüedad mínima de dos años, tomando como fecha inicial la del
alta en Hacienda. No se contemplará el plazo de dos años en el supuesto de
obras necesarias para el mantenimiento del propio local. En el caso de
modificaciones de titularidad de la actividad económica, bien sea por
sucesión de la misma, por cambio en su forma jurídica o porque se
independice de una empresa preexistente, no se iniciará un nuevo cómputo
de dos años, sino que se mantendrá el que se hubiera iniciado antes de dicha
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modificación. El/la solicitante deberá justificar esta antigüedad preexistente
mediante el documento de alta en Hacienda.
En el caso de empresas que lleven desarrollando su actividad económica con una
antigüedad mínima de 2 años según la fecha de alta en Hacienda, que pretendan
efectuar reformas en su local con el objetivo de producir una mejora innovadora,
se podrá considerar el proyecto de reforma como subvencionable, siempre que
el/la solicitante justifique expresamente en una memoria:
- La razón de la mejora innovadora en su actividad.
- Las obras de reforma o acondicionamiento que va a realizar en su local.
• Encontrarse al corriente de sus obligaciones frente a las diferentes
Administraciones Públicas con las que tengan exigencias de carácter tributario,
así como al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. La situación
tributaria respecto al Ayuntamiento de Alcoi será comprobada de oficio.
• Tanto para los establecimientos de nueva implantación, como para la reforma
de los ya existentes, habrá de cumplirse estrictamente la normativa vigente,
tanto de carácter urbanístico y arquitectónico, como en materia de salubridad e
higiene. El Ayuntamiento de Alcoi comprobará de oficio la solicitud y obtención
de la licencia de apertura por parte de las empresas solicitantes de la
subvención.
• En cualquier caso, quedan excluidas las sociedades públicas y entidades de
derecho público.
• La Comisión de Selección y Seguimiento de esta línea de ayudas se reserva el
derecho a admitir como beneficiarios de estas ayudas a proyectos que, no
cumpliendo algunos de los requisitos indicados anteriormente, tengan un
impacto turístico positivo y relevante en la atracción turístico-comercial, en
razón de su especial morfología.
Acciones subvencionables:
Para el cálculo de la subvención se tendrá en cuenta el importe de los proyectos de
inversión realizados en el año de la presente convocatoria o en el inmediatamente
anterior, siempre que en este último caso la ejecución de la inversión se haya
materializado en el último cuatrimestre de dicho ejercicio. A estos efectos, se
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tomará como fecha de materialización de la inversión la de las facturas
correspondientes.
Dentro de esta línea de ayudas, se considerarán gastos subvencionables tanto para
las empresas de nueva implantación como para las preexistentes, los gastos
dirigidos a:
• Reforma del local:
La optimización de los recursos destinados a la iluminación, la implantación
de tecnologías de ahorro energético y de diseño,
• Contratación de estudios o proyectos técnicos relacionados con la mejora de
la competitividad, la innovación, la imagen.
• Diseño y puesta en marcha de planes que estimulen y fomenten la
innovación.
• Planes estratégicos empresariales que afecten a la mejora de la
competitividad del negocio.
Para las empresas de nueva implantación, se considerarán además
subvencionables los gastos de asesoramiento, notaría e inscripción en registro por
inicio de actividad.
No serán objeto de subvención los siguientes conceptos:
- Los portes y otros costes de transporte
- Las tasas por autorizaciones administrativas, licencias o similares, ni el pago
de ningún impuesto o tributo
- Los derechos de traspaso
- La compra de locales o inmuebles y las rentas de alquiler
- Los gastos de reparación, mantenimiento o sustitución de piezas
- Las inversiones realizadas mediante fórmulas de arrendamiento financiero o
similares
- En general, la adquisición de bienes o realización de gastos que no sean
estrictamente necesarios para la actividad empresarial, así como, aquéllos
que puedan ser susceptibles de uso privado de personas socias de las
empresas, propietarios o familiares (elementos de transporte, televisiones,
agendas electrónicas, cámaras digitales…).
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Cuantía de la subvención:
La subvención se otorgará en función de la actividad y su grado de innovación y
creatividad y se corresponderá con las siguientes categorías:
Categoría 1ª: hasta el 35% de la inversión subvencionable, para aquellos proyectos
empresariales o comerciales que han sido tutelados en el Àgora, La Cámara de
Comercio de Alcoy o CEEI Alcoy.
Categoría 2ª: hasta el 20% de la inversión subvencionable, aquellos proyectos
empresariales o comerciales que no están tutelados por ninguna de estas
instituciones.
El importe máximo de la subvención no podrá ser superior a 500,00 €.
Disponibilidad presupuestaria.
La cuantía del programa Innovacentre asciende a la cantidad de 20.000,00 €., con
cargo a la Partida 05235.43300.48900 del Presupuesto Municipal de 2013.
En el supuesto de que por el número de ayudas a conceder se superase la cuantía
de la consignación existente para el programa, el importe se repartirá entre los
proyectos que mayor puntuación obtengan hasta agotar el crédito asignado.
En todo caso, sólo se tramitará un expediente de ayuda por empresa y año por los
conceptos recogidos en estas bases.
Lugar y plazo de presentación
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Alcoy,
por
vía
presencial
o
a
través
de
la
sede
electrónica
https://sedeelectrónica.alcoi.org, sin perjuicio de poder presentarlas en los demás
lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
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El plazo de presentación de solicitudes se inicia el día siguiente al de la publicación
de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y finaliza el 31 de
octubre de 2013.
La presente convocatoria tiene el carácter de abierta, realizándose dos
procedimientos de selección sucesivos, el primero con las solicitudes presentadas
desde el día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el B.O.P. de
Alicante hasta el día 31 de agosto de 2013, y un segundo procedimiento de
selección con las que se presenten entre el 1 de septiembre de 2013 y el 31 de
octubre de 2013.
El plazo máximo para resolver cada uno de los procesos de selección será de 6
meses a contar desde que finalice el período de presentación de solicitudes en
ambos procesos.
Las subvenciones se otorgarán hasta agotar el crédito consignado, por lo que de no
quedar crédito tras la resolución del primer proceso, las solicitudes incluidas en el
segundo proceso no serán objeto de estudio, ni tendrán derecho a subvención.
Criterios de Valoración
- implantación en cualquier sector estratégico del plan i2+ ……. 15 puntos.
- Originalidad y novedad del proyecto ……………………… Hasta 20 puntos.
- I+D+i …………………………………………………..
Hasta 15 puntos.
- Otras singularidades del proyecto ……..
Hasta 5 puntos.
- Por cada puesto de trabajo a jornada completa se otorgarán 3 puntos, hasta un
máximo de ............................................
45 puntos.
Para ser beneficiario de la ayuda será imprescindible obtener un mínimo 30 de
puntos.
Para el supuesto de que distintos solicitantes obtuviesen la misma puntuación y no
hubiese disponibilidad presupuestaria suficiente para todos, se otorgará la ayuda
mediante sorteo, por insaculación. La fecha en que se celebre este acto se
comunicará a los afectados para que puedan estar presentes.
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Una empresa beneficiaria sólo podrá presentar al año una solicitud de ayuda por
local en el que desarrolle actividad económica, según los conceptos recogidos en
estas bases.
Obligaciones de las empresas beneficiarias:
Las personas físicas o jurídicas beneficiarias de estas ayudas estarán obligadas a:
• Someterse a las actuaciones de comprobación del Ayuntamiento, a las de
control financiero que corresponden a la Intervención General del mismo y a
las previstas en las normas.
• Comunicar al Ayuntamiento la obtención de subvenciones o ayudas para la
misma finalidad.
• Comunicar al Ayuntamiento la modificación de cualquier circunstancia tanto
objetiva como subjetiva que hubiese sido tenida en cuenta para la concesión
de la subvención.
• Acreditar, con anterioridad al cobro de la subvención, el cumplimiento de
sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
• Facilitar al Área de Dinamización Económica y Planificación Estratégica
cuanta información / documentación complementaria se considere
necesaria para la comprensión y evaluación de la solicitud de ayuda.
• Ejercer la actividad económica en el establecimiento objeto de ayuda
durante al menos 2 años a partir de la fecha de concesión de la subvención.
En caso de cierre del establecimiento en un plazo inferior al señalado, la
empresa beneficiaria deberá comunicar al Ayuntamiento ese cierre y deberá
proceder al reintegro o devolución de la subvención concedida, en una parte
proporcional al tiempo pendiente de transcurrir desde la fecha del cese de la
actividad hasta la fecha en que se hubieran completado los 2 años
contabilizados a partir de la fecha de concesión de la subvención.
Excepcionalmente, no se solicitará la devolución de la subvención percibida,
aún no habiendo trascurrido los 2 años desde la fecha de concesión de la
subvención, en los siguientes supuestos:
• En caso de cierre del negocio por enfermedad grave o fallecimiento del
titular.
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• En caso de traspaso del establecimiento, siempre que, independientemente
del titular, se cumplan los 2 años de mantenimiento de la actividad,
manteniéndose la responsabilidad de la posible devolución de la subvención
por parte del perceptor de la misma.
Inspección:
El Área de Dinamización Económica y Gestión Estratégica podrá realizar las
inspecciones y comprobaciones que estime oportunas en relación con la ejecución
de los proyectos subvencionados, debiendo aportar las empresas beneficiarias
cuanta información complementaria se les solicite.
El Área de Dinamización Económica y Planificación Estratégica se reserva el
derecho a arbitrar los procedimientos y métodos de control precisos para
determinar que los establecimientos para los cuales se solicitan ayudas cumplen
estrictamente la normativa existente, tanto de carácter urbanístico y
arquitectónico como en materia de salubridad e higiene.
Incompatibilidad con otras subvenciones o ayudas:
Las ayudas reguladas en la presente convocatoria serán incompatibles con
cualesquiera otras ayudas del proyecto Alcoi_INMPuls 2013.
Documentación preceptiva:
Las solicitudes comprenderán la siguiente documentación:
- Impreso de solicitud. (Anexo I)
- Fotocopia cotejada del Documento Nacional de Identidad en el supuesto de
que el/la solicitante sea una persona física.
- En el caso de personas jurídicas, copias cotejadas del Documento Nacional
de Identidad y de los poderes de representación de la persona solicitante,
fotocopia cotejada de los estatutos de la empresa y de las posteriores
modificaciones de los mismos, copia cotejada del C.I.F.
- Copia cotejada del documento de alta en Hacienda.
- Fotocopia cotejada del título de propiedad o contrato de arrendamiento
del establecimiento.
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- Declaración responsable que comprenda los siguientes extremos (Anexo II):
• De conocer y aceptar las bases de la presente convocatoria de ayudas.
• Declaración de cumplir los requisitos para ser considerada como
pequeña empresa.
• De no hallarse incursa en procedimientos de reintegro o
sancionadores de subvenciones públicas.
• De no haber recibido ayudas para el mismo proyecto de inversión
objeto de esta solicitud.
• De no estar incurso en prohibición alguna para obtener la condición
de beneficiario a que hace referencia el art. 13 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones.
Si el/la solicitante falseara alguno de los datos incluidos en la declaración
conjunta, se podrá ver sometido al régimen sancionador procedente.
- Memoria descriptiva de las características más significativas del local, de la
actividad desarrollada y de las inversiones efectuadas, que incluya al menos
la siguiente información (Anexo III):
•
•
•
•
Antigüedad de la actividad empresarial.
Actividad desarrollada
Características del local (ubicación, distribución…etc.).
Descripción de las inversiones o de los proyectos técnicos contratados,
justificando en ambos casos el objetivo de los mismos. Descripción de
las inversiones innovadoras realizadas y fotografías de la imagen
anterior y posterior a la reforma efectuada en el local.
• Fotocopias y facturas originales, así como documentos acreditativos
del pago de las mismas.
A fin de acreditar el coste real de las inversiones subvencionadas, se requerirá que
las facturas que superen los 3.000 euros sean pagadas por los posibles
beneficiarios mediante medios verificables documentalmente (transferencias
bancarias, recibos domiciliados, cheques nominativos…), así como acreditación del
cargo de los mismos en extractos bancarios. No se admitirán certificaciones de
empresa de haber recibido pagos en efectivo por valor superior a 3.000 euros.
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Asimismo, no se admitirán como subvencionables facturas emitidas por la propia
empresa que solicita la subvención.
- TC1 y TC2 del último mes o, en el caso de autónomos sin personal a su
cargo, recibo de pago de autónomos del último mes. En el supuesto de
empresas de nueva creación constituidas en los meses en que finalizan cada
uno de los procesos, la presentación, en su caso, de los modelos TC1 y TC2,
se sustituirán por los correspondientes contratos laborales.
- Certificado actualizado de la A.E.A.T (Hacienda) que acredite que la
empresa solicitante de la subvención se encuentra al corriente en sus
obligaciones tributarias.
- Certificado actualizado de la Tesorería General de la Seguridad Social de
que la empresa se encuentra al corriente en sus obligaciones.
- Copia cotejada licencia apertura o, en su caso, documento acreditativo del
visto bueno del Ayuntamiento para el funcionamiento de la actividad.
Tramitación y Procedimiento:
1.- Corresponde al Área de Dinamización Económica y Gestión Estratégica la
gestión de las ayudas previstas en las presentes bases, a cuyo efecto se constituirá
una comisión de selección y seguimiento, integrada por el/la director/a del
Departamento de Desarrollo económico y emprendedurismo, un técnico de la
Agencia de Desarrollo Local de Alcoy, Esta Comisión formulará su propuesta a la
Junta de Gobierno Local, que será el órgano competente para resolver.
A los efectos de lo dispuesto en el art. 42 de la Ley 30/1992, el plazo para resolver
y notificar la concesión de la ayuda será de seis meses, que se contarán a partir de
la finalización del plazo de presentación de solicitudes en cada proceso. El
transcurso de este plazo sin que se haya producido la notificación de la resolución,
legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la
concesión de la ayuda.
El acuerdo de la Junta de Gobierno Local por el que se otorgue la ayuda, pondrá fin
a la vía administrativa, pudiendo interponer los interesados recurso contenciosoadministrativo ante la Jurisdicción competente y, potestativamente, recurso de
reposición, con carácter previo a aquél, ante el órgano que dictó el acto.
Reintegro.
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La presentación de la solicitud comporta la aceptación incondicional de las
presentes bases. En este sentido el incumplimiento de cualesquiera de los
requisitos o condiciones exigidas en las bases comportará el reintegro de las
cantidades percibidas.
Para lo no previsto en las presentes bases será de aplicación la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, Reglamente de la Ley, y la Ordenanza
General Reguladora de la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Alcoy.
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PROGRAMA MUNICIPAL (@innovacentre) DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL APOYO A LA
MODERNIZACIÓN, LA INNOVACIÓN Y LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS PEQUEÑAS
EMPRESAS IMPLANTADAS O EN TRÁMITES DE IMPLANTACIÓN DEL CENTRO URBANO DE
ALCOY. PROYECTO Alcoi_INMPuls 2013
Anexo I. Solicitud
1.- DATOS DEL SOLICITANTE
Nombre y apellidos o razón social
NIF o CIF
Domicilio actividad
Teléfono
C. Postal
Fax
Actividad
Localidad
Correo Electrónico
Fecha de alta en Hacienda
Tipo de empresa
Representante legal, en su caso
NIF
Domicilio a efecto de notificaciones
C. Postal
Localidad
2.- SOLICITUD
Que me sea concedida la ayuda económica del Programa Municipal (@innovacentre) para el
apoyo a la modernización, la innovación y la mejora de la competitividad de las pequeñas
empresas implantadas o en trámites de implantación del centro urbano de Alcoy. Proyecto
Alcoi_INMPuls 2013.
Alcoi,
de
de 2013.
EL SOLICITANTE,
Fdo.: ………………
Sr. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOY.
Los datos por Vd. facilitados serán incluidos en un fichero titularidad del Ayuntamiento de Alcoy, cuya finalidad es gestionar la petición manifestada en el presente
documento. La no comunicación de los datos y entrega de los documentos adjuntos, que fuesen requeridos en su caso, puede provocar la no atención de la
solicitud efectuada. Informamos que su datos serán objeto de cesión a los organismos públicos a los cuales sea necesario facilitar sus datos para poder gestionar su
solicitud.
Conforme a lo dispuesto en la L.O. 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal. Vd. puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y
en su caso oposición, enviando una solicitud por escrito, acompañada de una fotocopia de su DNI, dirigida al Ayuntamiento de Alcoy, Plaza de España, 1. C.P.
03801 Alcoy, o mediante entrega de la solicitud ante el Ayuntamiento con la exhibición del D.NI original. Ante cualquier duda podrá dirigirse a la asesoría jurídica
del Ayuntamiento de Alcoy.
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APOYO A LA MODERNIZACIÓN, LA INNOVACIÓN Y LA MEJORA DE LA
COMPETITIVIDAD DE LAS PEQUEÑAS EMPRESAS IMPLANTADAS O EN TRÁMITES
DE IMPLANTACIÓN DEL CENTRO URBANO DE ALCOY. PROYECTO Alcoi_INMPuls
2013
Anexo II. DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./Dñª . ……………………………………………………………………, con N.I.F. ………………………
DECLARO:
- Que conozco y acepto las bases del Programa municipal de ayudas
económicas para el apoyo a la modernización, la innovación y la mejora de
la competitividad de las pequeñas empresas implantadas o en trámites de
implantación del centro urbano de Alcoi. Proyecto Alcoi_INMPuls 2013.
- Que cumplo los requisitos para ser considerada como pequeña empresa.
- Que no me encuentro incurso en procedimientos de reintegro o
sancionadores de subvenciones públicas.
- Que no he percibido ayudas para el mismo proyecto de inversión objeto de
esta solicitud.
- Que no estoy incurso en prohibición alguna para obtener la condición de
beneficiario a que hace referencia el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Alcoy, ………… de …………………………. de 2013.
Fdo.:…………………………………
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APOYO A LA MODERNIZACIÓN, LA INNOVACIÓN Y LA MEJORA DE LA
COMPETITIVIDAD DE LAS PEQUEÑAS EMPRESAS IMPLANTADAS O EN TRÁMITES
DE IMPLANTACIÓN DEL CENTRO URBANO DE ALCOY. PROYECTO Alcoi_INMPuls
2013
Anexo III. MEMORIA DESCRIPTIVA DE LAS CARACTERÍSTICAS MÁS
SIGNIFICATIVAS DEL LOCAL , DE LA ACTIVIDAD DESARROLLADA Y DE LAS
INVERSIONES EFECTUADAS.
1.- Antigüedad de la actividad empresarial.
2.- La actividad de la empresa: el producto o servicio
- Definición de las características del producto o servicio
- Necesidades que cubre
- Características diferenciadoras respecto de los productos o servicios de la
competencia
3.- Características del local (ubicación, distribución, etc.)
4.- Descripción de las inversiones o de los proyectos técnicos contratados, justificando en ambos
casos el objetivo de los mismos. Descripción de las inversiones innovadoras realizadas y
fotografías de la imagen anterior y posterior a la reforma efectuada en el local.
5.- Otra información.
Alcoy, ……… de ……………………. de 2013.
Fdo.: ………………………………
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MODERNIZACIÓN, LA INNOVACIÓN Y LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS PEQUEÑAS
EMPRESAS IMPLANTADAS O EN TRÁMITES DE IMPLANTACIÓN DEL CENTRO URBANO DE
ALCOY. PROYECTO Alcoi_INMPuls 2013
Anexo IV. PLANO DE DELIMITACIÓN DE LA ZONA URBANA OBJETO DE LAS
AYUDAS.
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Ajuntament d’Alcoi
Innovació i Noves Tecnologies
PROGRAMA MUNICIPAL (@innovacentre) DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL APOYO A LA
MODERNIZACIÓN, LA INNOVACIÓN Y LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS PEQUEÑAS
EMPRESAS IMPLANTADAS O EN TRÁMITES DE IMPLANTACIÓN DEL CENTRO URBANO DE
ALCOY. PROYECTO Alcoi_INMPuls 2013.
DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA A LA SOLICITUD.
Declaración responsable (Anexo II)
Copia cotejada del D.N.I.
En caso de persona jurídica, copias cotejadas de: D.N.I. y de los poderes de
representación de la persona solicitante, de los estatutos de la empresa y de las posteriores
modificaciones, del CIF de la empresa.
Certificados o informes de la A.E.A.T (Hacienda) y de la Tesorería de la Seguridad social
de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social.
Copia cotejada del documento de alta en Hacienda.
Copia cotejada del título de propiedad o contrato de arrendamiento del establecimiento.
TC1 y TC2 del último mes o, en el caso de autónomos sin personal a su cargo, recibo de
pago de autónomos del último mes.
Facturas originales y fotocopias correspondientes a los conceptos subvencionables, con
justificantes de pago.
Memoria descriptiva. (Anexo III)
Copia licencia apertura o, en su caso, documento acreditativo del visto bueno del
Ayuntamiento para el funcionamiento de la actividad.”
Alcoy, 25 de julio de 2013.
EL ALCALDE,
Fdo.: Antonio Francés Pérez
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