FERNANDO GOMEZ PUNZANO, SECRETARIO

Transcripción

FERNANDO GOMEZ PUNZANO, SECRETARIO
A YU NT A MI E NT O
DE
HUECAS
(TOLEDO)
C.P.45511 – P4507800C
BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE DOS PEONES DE CONTROL
Y MANTENIMIENTO DE LA PISCINA MUNICIPAL.
PRIMERA.- Se convocan pruebas selectivas para la contratación de DOS PEONES DE CONTROL Y
MANTENIMIENTO de la piscina municipal de Huecas.
Los trabajos a realizar consistirán en el mantenimiento y limpieza de la piscina municipal (vestuarios,
aseos, zona de recreo, solario y pradera), así como el buen orden en las instalaciones, control de la
taquilla, y de cualquier otro cometido acorde con el puesto a desempeñar.
SEGUNDA.- La naturaleza de los contratos a celebrar será laboral temporal, contrato de obra o servicio
determinado, dentro del ámbito de la redacción vigente del artículo 15 del Real Decreto Legislativo
1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores y su desarrollo normativo.
TERCERA.- La duración de los contratos será la del plazo en que la piscina municipal permanezca
abierta dependiendo de la meteorología, y comprenderá aproximadamente tres meses, sin que la
referencia a este período tenga carácter distinto al de mera previsión.
CUARTA.- Las retribuciones brutas mensuales a percibir por los trabajadores contratados al amparo de
las presentes bases ascenderán a 770 euros/mes brutos, incluido pagas extraordinarias y las demás
indemnizaciones que pudieran corresponderle.
La jornada de trabajo será de 40 horas semanales que se prestará con arreglo a la organización del
servicio donde se ubique cada puesto de trabajo, conforme con las disposiciones que al respecto se
establezcan por la Corporación Municipal.
El horario de trabajo se ajustará al del funcionamiento de la Piscina Pública, así como al necesario para
su apertura y cierre.
QUINTA.- El tiempo de estos servicios y el desempeño de la función que se le encomiende no dará a
los contratados más derechos frente al Ayuntamiento que los estrictamente especificados en el contrato
que se les celebre, de acuerdo con su naturaleza de contrato laboral temporal de obra o servicio
determinado, sujeto a lo establecido por la Ley 63/97, de 26 de diciembre, de medidas urgentes para la
mejora del mercado de trabajo y el fomento de la contratación indefinida, el R.D. 2720/98, de 18 de
diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de
contratos de duración determinada, el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones
normativas concordantes.
SEXTA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, antes de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes:
- Ser español/a o ciudadano/a de un Estado miembro de la Unión Europea, en los términos de la
Ley 07/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, no obstante podrán
participar quienes no siendo españoles/as o nacionales de un Estado Miembro de la Unión
Europea, se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titular de documento que
les habilite para residir y poder acceder sin limitaciones al mercado laboral, conforme a lo
establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los
extranjeros en España y su integración social, modificado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de
diciembre y en el reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 4/2000.
- Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, de la
Administración Local, Autonómica o Institucional ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas.
- Estar en posesión de certificado de escolaridad.
- Estar en posesión del carnet o certificado de manipulador en vigor y expedido por organismo
oficial.
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HUECAS
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-
Figurar como desempleado y demandante de empleo en el registro competente del órgano
autonómico.
SÉPTIMA.- El anuncio de convocatoria será expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, las
bases y el modelo de solicitud se podrán obtener en las oficinas administrativas municipales.
Las instancias, sujetas al modelo oficial que acompaña a estas bases, en la que los interesados
manifiesten reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en las presentes bases, acompañados
de fotocopia del D.N.I., se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento hasta el día 9 de
junio de 2.015, antes de las 14:00 horas.
A la instancia deberán acompañarse los documentos o fotocopia compulsados de los mismos,
justificativos de los requisitos y méritos alegados.
La relación de admitidos y excluidos (con indicación de la causa), se expondrá en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento en el plazo de dos días siguientes al de finalización de presentación de instancias
para conocimiento general. Los aspirantes excluidos dispondrán de dos días para examinar su
expediente y presentar las alegaciones que estimen pertinentes. Seguidamente se aprobará la lista
definitiva de aspirantes admitidos indicándose la composición nominal de la Comisión de Selección y el
día, hora y lugar de realización de la prueba práctica.
OCTAVA.- SELECCIÓN DE LOS ASPIRANTES.
A.- Concurso: Se valorarán las solicitudes admitidas de acuerdo con el siguiente baremo:
Mayor titulación que la exigida
- Graduado Escolar o equivalente
0,25 punto
- Bachiller, FPII o equivalente
0,50 punto
- Diplomatura, grado medio o equivalente
0,75 punto
- Licenciatura, grado superior equivalente
1 punto
Estar desempleado y no percibir ninguna prestación, subsidio o ayuda por
desempleo
Estar desempleado y percibir subsidio o ayuda por desempleo
Empadronamiento en el municipio con anterioridad a la fecha de
aprobación de estas bases
1 punto
0,5 puntos
2 punto
Desempleados con responsabilidades familiares:
Perteneciente a unidad familiar con todos sus miembros en desempleo, percibiendo algún
tipo de prestación alguno de sus miembros que no sea el interesado.
1 punto
Perteneciente a unidad familiar con todos sus miembros en desempleo y sin
prestaciones ni subsidios ni ayudas.
Por cargas familiares de hijos menores de 16 años
2 punto
0,5 puntos
Haber sido contratado alguna vez por el Ayuntamiento para este puesto de trabajo, en los
últimos 12 meses en alguna bolsa de trabajo del Ayuntamiento o con cargo a algún plan
para la contratación de personal
- 2 puntos
Ingresos mensuales por cada miembro de la unidad familiar:
Entre 0 y 170 €
Entre 171 y 300 €
Entre 301 y 450 €
Entre 451 y 600 €
2 puntos
1,5 puntos
1 punto
0,5 puntos
Las rentas superiores a 1.000 euros serán penalizadas con – 1 punto.
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DOCUMENTACIÓN A APORTAR PARA SU VALORACIÓN
La Comisión de selección deberá disponer de los documentos acreditativos de las causas de exclusión
y puntuación que se hayan establecido y que regirán el proceso de selección.
Por ello, las solicitudes irán acompañadas de copias de los documentos que los interesados aporten
para su valoración en el plazo establecido:
Acreditación de mayor titulación.
- Fotocopia compulsada de la titulación.
Acreditación de no percibir prestación o subsidio.
Mediante declaración responsable efectuada por el interesado. En este caso, el Ayuntamiento realizará
las actuaciones de comprobación y verificación que estime pertinentes, y si se detectara omisión de
datos o falsedad en los datos declarados por algún participante, será causa de prohibición de contratar
con la Administración Pública durante un año desde la comisión de la infracción. Todo ello, sin perjuicio
de la responsabilidad civil y penal en que incurran los declarantes por falsedad documental.
Acreditación del empadronamiento en el municipio
Los aspirantes no tendrán que presentar documentación alguna para la acreditación de esta
circunstancia por disponer el Ayuntamiento de esta información.
Acreditación de las responsabilidades familiares
- Se entenderá por unidad familiar la integrada por los cónyuges no separados legalmente, y si
los hubiere:
a) los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan
independientes de éstos.
b) los hijos mayores de edad discapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada
o rehabilitada.
En los casos de separación legal o cuando no existiera vínculo matrimonial, la formada por el
padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro.
- Fotocopia del libro de familia para acreditar las responsabilidades familiares de los hijos
menores de 16 años.
Acreditación de ser demandante de empleo y de estar desempleado.
- Ser demandante de empleo se acreditará mediante la presentación de la tarjeta de demandante
de empleo. Y estar desempleado se acreditará mediante declaración responsable.
Determinacion de la Renta Familiar.
La determinación de la renta familiar mensual se computara con la presentación de nóminas,
certificados de prestación, subsidio o ayuda del último mes de todos los miembros de la unidad familiar.
En el caso de no presentar la documentación acreditativa de la renta familiar será penalizado el
interesado/a con – 1 punto.
Se advierte que el Ayuntamiento realizará las actuaciones de comprobación y verificación de los
datos presentados por los interesados. Si se detectara falsedad en los datos declarados por
algún participante, será motivo de exclusión del proceso selectivo, siendo una causa de
prohibición de contratar con la Administración Pública durante un año desde la comisión de la
infracción. Sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal en que incurran los declarantes por
falsedad documental.
B.- Prueba Práctica.
En esta segunda fase de selección, para conocer la capacidad del aspirante, la Comisión de Selección
realizará, una prueba práctica consistente en la resolución de operaciones aritméticas básicas (sumas,
restas, multiplicaciones y divisiones).
En la resolución definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se fijará el día, hora y lugar de realización
de la prueba práctica.
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La puntuación máxima a obtener en esta prueba será de 10 puntos.
La puntuación final vendrá determinada por la suma de la obtenida en la valoración del concurso y la de
la obtenida en la prueba práctica.
Los dos candidatos con más puntuación serán propuestos para su contratación por el órgano
competente (Alcalde-Presidente), el resto según el orden establecido, quedará en bolsa para suplir las
posibles bajas o ausencias de esta selección.
En caso de empate se resolverá por sorteo.
NOVENA.- COMISION DE SELECCIÓN.
La Comisión de Selección estará integrada, por razones de agilidad y economía procedimental por tres
miembros (Presidente, Secretario y Vocal), todos ellos con voz y voto, entre personal funcionario de
carrera y laboral fijo que ostentarán como mínimo la titulación exigida en la convocatoria.
La Comisión de Selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de sus tres miembros.
Los miembros de la Comisión de Selección deberán abstenerse cuando concurran las circunstancias
previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, notificándolo a la autoridad
convocante. Los aspirantes podrán recursarlos en forma legal.
La Comisión de Selección se clasifica en la Categoría 3.ª del Anexo IV del R.D. 462/2002, de 24 de
mayo, a efectos de devengo de asistencias, dietas e indemnizaciones
DÉCIMA.- Las presentes bases, la convocatoria y cuantos actos se deriven de los mismos y de la
actuación de la Comisión de Selección, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y
formas establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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ANEXO I
MODELO DE SOLICITUD
D. ________________________________________________________________, con D.N.I. número
_____________________, natural de _________________, vecino de ________________, provincia
de ___________________, con domicilio en C/_____________________________________________
_________________________________________ nº ___________, y teléfono de contacto
___________________________ ante el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Huecas,
comparece y como mejor proceda
EXPONE
Que enterado de la convocatoria pública efectuada por el Ayuntamiento de Huecas para la contratación
como personal laboral temporal de DOS PEONES DE CONTROL Y MANTENIMIENTO DE LA
PISCINA MUNICIPAL (Plan de Empleo Local 2015) y estimando reunir todos y cada uno de los
requisitos fijados por la misma, manifiesta su deseo de participar en la presente convocatoria,
aceptando íntegramente el contenido de las bases y comprometiéndose al cumplimiento estricto de las
mismas.
DECLARO
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, de la Administración
Local, Autonómica o Institucional ni hallarme inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Acompaño:
- Fotocopia compulsada de D.N.I. o documento acreditativo.
- Fotocopia compulsada de titulación exigida en la convocatoria.
- Fotocopia compulsada del carnet de manipulador expedida por organismo oficial.
- Fotocopia de la tarjeta de demandante de empleo en vigor.
- Fotocopia del libro de familia, en caso de tener el solicitante, hijos menores de 16 años.
- Declaracion Jurada.
Para la valoración de mi solicitud presento:
- Nóminas, certificados de prestaciones, subsidios o ayudas por desempleo, en su caso.
- Fotocopia del libro de familia, en caso de tener el solicitante, hijos menores de 16 años.
En base a cuanto antecede, SOLICITO ser admitido a la presente convocatoria.
En Huecas, a
de
de 2.015
Fdo.- ---------------------------------------------------------------
SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE HUECAS.

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