Nosotros: DOUGLAS ARQUÍMIDES MELÉNDEZ RUÍZ, mayor de

Transcripción

Nosotros: DOUGLAS ARQUÍMIDES MELÉNDEZ RUÍZ, mayor de
Contrato No.43/2016
LP-No. 11/2016
CONTRATO No.43/2016
LICITACION PÚBLICA No.11/2016
“SUMINISTRO DE LLANTAS”
Nosotros: DOUGLAS ARQUÍMIDES MELÉNDEZ RUÍZ, mayor de edad, Abogado, del
domicilio de San Salvador, portador del Documento Único de Identidad número cero dos
millones seiscientos setenta y dos mil novecientos veintidós guión cuatro, actuando en
nombre y representación del Estado y Gobierno de El Salvador, específicamente de la
Asamblea Legislativa, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce
guion cero diez mil ciento doce guion cero cero dos guión cinco y que en el transcurso de
este instrumento me denominaré “LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE O ASAMBLEA
LEGISLATIVA” y CESAR EDUARDO FLANDES RODAS, mayor de edad, estudiante, del
domicilio de San Salvador, departamento de San Salvador, con Documento Único de
Identidad número cero tres siete seis cinco cero ocho tres guión seis, con Número de
Identificación Tributaria cero seis catorce guión dos nueve cero nueve ocho seis guión
ciento cinco guión seis, actuando en calidad de Apoderado General Administrativo y
Mercantil de la sociedad ESTRUCTURAS METÁLICAS Y CONSTRUCCIONES, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse ESTRUCONS, S.A. DE C.V. del
domicilio de San Salvador, departamento de San Salvador, de nacionalidad salvadoreña,
con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce guión uno cinco cero tres
nueve cero guión uno cero tres guión cuatro y Registro de Contribuyente del Impuesto a la
Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios número cuatro uno uno uno
cinco guión nueve, que en el transcurso del presente instrumento me denominaré “LA
CONTRATISTA” convenimos en celebrar el presente contrato de “SUMINISTRO DE
LLANTAS”, conforme a las cláusulas que a continuación se especifican: PRIMERA: OBJETO
DEL CONTRATO. LA CONTRATISTA se compromete a suministrar los bienes de
conformidad a los ítems que a continuación se detallan:
Página 1 de 12
Contrato No.43/2016
LP-No. 11/2016
No.
ÍTEM
Marca
Modelo
Clase
COLOR
AÑO
1
TOYOTA
HILUX
PICK UP
BLANCO
2
MITSUBI
SHI
LANCER EX
AUTOM
OVIL
MITSUBI
SHI
LANCER EX
5
TOYOTA
8
CANTIDAD
Precio
Unitario
(Iva
Incluido)
Precio
Total
(Iva
Incluido
)
4
$
119.50
$
478.00
4
$
78.00
$
312.00
No
MOTOR
SERIE
2011
2KD5270
195
265/70R16
GRIS
OSCURO
2009
CQ57754
B11
205/60R16
AUTOM
OVIL
BLANCO
2009
CP09364
205/60R16
B11
4
COROLLA
GLI
AUTOM
OVIL
BLANCO
2013
2ZR1080
876
4
$
74.00
$
296.00
TOYOTA
HIACE
MICRO
BUS
GRIS CLARO
2010
2KD5054
385
195R15
4
$
78.00
$
312.00
9
MITSUBI
SHI
DX
MICRO
BUS
AZUL
2008
4D56,LG
7671
195R14
4
$
71.00
$
284.00
10
MITSUBI
SHI
DX
MICRO
BUS
BLANCO
2008
4D56LG7
462
195R14
4
$
71.00
$
284.00
11
MITSUBI
SHI
DX
MICRO
BUS
AZUL
2008
4D56LG7
540
195R14
4
$
71.00
$
284.00
12
NISSAN
URBAN
MICRO
BUS
GRIS
2007
ZD30091
754K
195R15
4
$
71.00
$
284.00
17
MITSUBI
SHI
LANCER
GLXI
AUTOM
OVIL
BLANCO
2008
4G18JG7
709
195/60R15
4
$
65.00
$
260.00
18
MITSUBI
SHI
LANCER
GLXI
AUTOM
OVIL
ROJO
2009
CJ99474
B11
4
$
78.00
$
312.00
19
MITSUBI
SHI
LANCER
GLXI
AUTOM
OVIL
BLANCO
2008
4G18JG5
395
4
$
65.00
$
260.00
20
TOYOTA
COROLLA
GLI
AUTOM
OVIL
BLANCO
2012
2ZR0939
589
4
$
74.00
$
296.00
21
MITSUBI
SHI
LANCER
GLXI
AUTOM
OVIL
AZUL
2008
4G18JG6
571
4
$
65.00
$
260.00
4
Página 2 de 12
205/55R16
205/60R16
195/60R15
205/55R16
195/60R15
$
78.00
$
312.00
Contrato No.43/2016
LP-No. 11/2016
22
TOYOTA
HILUX 4X4
PICK UP
GRIS
OSCURO
2010
1KD7926
203
265/70R16
4
$
119.50
$
478.00
23
TOYOTA
HILUX 4X4
DC
PICK UP
VERDE
2006
2KD9433
080
265/70R16
4
$
119.50
$
478.00
24
TOYOTA
HILUX 4X4
PICK UP
GRIS
2010
4
$
119.50
$
478.00
25
NISSAN
TIIDA SE
GAS
AUTOM
OVIL
PLATEADO
2008
HR16317
385A
195/60R15
4
$
65.00
$
260.00
26
MITSUBI
SHI
LANCER
GLXI
AUTOM
OVIL
GRIS CLARO
2008
4G18JG5
403
195/60R15
4
$
65.00
$
260.00
27
TOYOTA
HILUX
PICK UP
GRIS
OSCURO
2011
2KD5274
906
4
$
119.50
$
478.00
28
FORD
EXPLORER
SPORT
PICK UP
VERDE
METALICO
2004
S/N
4
$
115.00
$
460.00
40
NISSAN
FRONTIER
PICK UP
4X2
BLANCO
2013
KA24592
126A
195R15
4
$
78.00
$
312.00
41
NISSAN
FRONTIER
PICK UP
4X2
BLANCO
2013
KA24592
024A
195R15
4
$
78.00
$
312.00
42
NISSAN
FRONTIER
PICK UP
4X2
GRIS
2013
KA24591
046A
195R15
4
$
78.00
$
312.00
43
NISSAN
FRONTIER
PICK UP
4X2
VERDE
2013
KA24588
252A
195R15
4
$
78.00
$
312.00
44
NISSAN
FRONTIER
PICK UP
4X2
GRIS
2013
195R15
4
$
78.00
$
312.00
45
NISSAN
FRONTIER
PICK UP
4X2
GRIS
2013
KA24590
634A
195R15
4
$
78.00
$
312.00
46
TOYOTA
HILUX
PICK UP
4X2
BLANCO
2013
2KDU139
074
205/70R15
4
$
77.00
$
308.00
47
TOYOTA
HILUX
PICK UP
4X2
BLANCO
2013
2KD5892
688
205/70R15
4
$
77.00
$
308.00
48
NISSAN
FRONTIER
LCV
PICK UP
4X2
AZUL
2014
YD25607
702P
4
$
78.00
$
312.00
Página 3 de 12
1KD7877
789
KA24590
322A
265/70R16
265/70R16
235/70R16
195R15
Contrato No.43/2016
LP-No. 11/2016
49
NISSAN
FRONTIER
LCV
PICK UP
4X2
GRIS
2015
YD25619
909P
195R15
4
$
78.00
$
312.00
51
TOYOTA
HIACE
MICRO
BUS
BLANCO
DIST INST
2012
2KD5718
534
195R15
4
$
78.00
$
312.00
52
MITSUBI
SHI
LANCER
GLXI
AUTOM
OVIL
AZUL
2008
4G18JG5
613
195/60R15
4
$
65.00
$
260.00
53
MITSUBI
SHI
LANCER
GLXI
AUTOM
OVIL
NEGRO
2009
CK47784
B11
205/60R16
4
$
78.00
$
312.00
54
NISSAN
FRONTIER
LCV
PICK UP
BLANCO
2014
YD25605
060P
255/70R16
4
$
125.00
$
500.00
55
TOYOTA
HILUX
PICK UP
BLANCO
2015
4
$
119.50
$
478.00
56
TOYOTA
HILUX
PICK UP
GRIS
OSCURO
2011
1KD51166
265/70R16
28
4
$
119.50
$
478.00
57
MITSUBI
SHI
L200
PICK UP
GRIS
OSCURO
2014
4D56UC
ET1283
245/70R16
4
$
122.00
$
488.00
58
TOYOTA
HILUX
PICK UP
BLANCO
2011
2KD5270
698
265/70R16
4
$
119.50
$
478.00
59
TOYOTA
HILUX 4X4
PICK UP
NEGRO
2010
1KD7926
184
265/70R16
4
$
119.50
$
478.00
60
MITSUBI
SHI
LANCER EX
AUTOM
OVIL
BLANCO
2009
CN85224
B11
205/60R16
4
$
78.00
$
312.00
61
TOYOTA
HILUX
PICK UP
AZUL
2011
1KD51320
265/70R16
48
4
$
119.50
$
478.00
62
MITSUBI
SHI
LANCER
GLXI
AUTOM
OVIL
GRIS CLARO
2008
4G18JG7
009
195/60R15
4
$
65.00
$
260.00
63
TOYOTA
HILUX 4X4
PICK UP
ROJO
2006
2KD9443
265/70R16
969
4
$
119.50
$
478.00
65
TOYOTA
HILUX
PICK UP
GRIS
OSCURO
2011
1KD5129
931
265/70R16
4
$
119.50
$
478.00
67
TOYOTA
HILUX 4X4
PICK UP
NEGRO
2010
1KD7940
595
265/70R16
4
$
119.50
$
478.00
Página 4 de 12
2KDS433
948
265/70R16
Contrato No.43/2016
LP-No. 11/2016
68
MITSUBI
SHI
L200
PICK UP
GRIS
OSCURO
2015
4
$
122.00
$
488.00
70
MITSUBI
SHI
L200
PICK UP
GRIS
OSCURO
2015
4D56UCF
C6611
245/70R16
4
$
122.00
$
488.00
71
TOYOTA
HILUX
PICK UP
AZUL
2011
1KD51142
02
4
$
119.50
$
478.00
73
TOYOTA
HILUX 4X4
PICK UP
CAFÉ
2010
1KD7928
129
265/70R16
4
$
119.50
$
478.00
76
MITSUBI
L200 4X4 DC PICK UP
SHI
BEIGE
2012
4D56UC
CY8135
245/70R16
4
$
122.00
$
488.00
78
TOYOTA
HILUX
PICK UP
GRIS
OSCURO
2011
2KD5271
083
265/70R16
4
$
119.50
$
478.00
80
MITSUBI
SHI
L200
PICK UP
GRIS
OSCURO
2014
4D56UC
ET0759
245/70R16
4
$
122.00
$
488.00
82
MITSUBI
SHI
L200
PICK UP
BLANCO
2012
4D56UC
CY5338
245/70R16
4
$
122.00
$
488.00
84
TOYOTA
HILUX
PICK UP
BLANCO
2015
2KDS435
617
265/70R16
4
$
119.50
$
478.00
86
TOYOTA
HILUX 4X4
PICK UP
BLANCO
2010
1KD7940
674
265/70R16
4
$
119.50
$
478.00
88
MITSUBI
SHI
L200
PICK UP GRIS CLARO
2015
4D56UCF
245/70R16
C5724
4
$
122.00
$
488.00
89
MITSUBI
SHI
L200
PICK UP GRIS CLARO
2015
4D56UCF
245/70R16
C5726
4
$
122.00
$
488.00
90
TOYOTA
HILUX 4X4
PICK UP
CAFÉ
2006
2KD9416
502
265/70R16
4
$
119.50
$
478.00
92
MITSUBI
SHI
LANCER
AUTOM
OVIL
GRIS CLARO
2009
CQ51854
B11
205/60R16
4
$
78.00
$
312.00
93
TOYOTA
HILUX
PICK UP
GRIS
OSCURO
2015
1KDU704
265/70R16
280
4
$
119.50
$
478.00
94
TOYOTA
HILUX
PICK UP
GRIS
OSCURO
2015
1KDA779
884
4
$
119.50
$
478.00
Página 5 de 12
4D56UCF
245/70R16
C5867
265/70R16
265/70R16
Contrato No.43/2016
LP-No. 11/2016
95
TOYOTA
HILUX
PICK UP
GRIS
OSCURO
2015
1KDA776
112
265/70R16
96
TOYOTA
HILUX
PICK UP
GRIS
OSCURO
2015
1KDA778
831
265/70R16
97
TOYOTA
HILUX
PICK UP
GRIS
OSCURO
2015
1KDA785
968
265/70R16
4
$
119.50
$
478.00
4
$
119.50
$
478.00
4
$
119.50
$
478.00
TOTAL
$25,492.00
LA CONTRATISTA garantiza que entregará el suministro antes descrito en el plazo y forma
establecidos en el presente instrumento. A efectos de garantizar el cumplimiento del objeto de este
contrato LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE podrá realizar todas las gestiones de control en los
aspectos material, técnico, financiero, legal y contable, que razonablemente considere necesarias a
efectos de salvaguardar los intereses que persigue. SEGUNDA: DOCUMENTOS CONTRACTUALES.
Forman parte integral del presente contrato los documentos siguientes: a) El acuerdo emitido por la
Junta Directiva número setecientos veinticinco de fecha dieciocho de noviembre de dos mil quince,
por medio del cual se aprobaron las bases de la Licitación Pública Número LP- once/dos mil dieciséis
“SUMINISTRO DE LLANTAS”, b) Las especificaciones técnicas, c) La oferta y sus documentos, d) El
acuerdo de adjudicación parcial emitido por la Junta Directiva número novecientos cincuenta y
nueve de fecha tres de febrero de dos mil dieciséis, e) El acuerdo de nombramiento de
administrador del contrato emitido por la Junta Directiva número novecientos sesenta de fecha tres
de febrero de dos mil dieciséis; f) Las Garantías; y g) Las resoluciones modificativas si las hubiere.
En caso de controversia entre estos documentos y el contrato, prevalecerá este último. TERCERA:
PLAZO. El plazo de vigencia del presente contrato será a partir de la fecha de la firma del presente
instrumento hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil dieciséis, obligándose la contratista a
cumplir durante dicho plazo, con las condiciones establecidas en los documentos contractuales
referidos en la cláusula segunda. CUARTA: PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio total por el
suministro del presente contrato asciende a la suma de VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS
NOVENTA Y DOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($ 25,492.00), monto que
incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, dicho monto
será pagado por la INSTITUCIÓN CONTRATANTE en un plazo máximo de sesenta días contados a
partir de la presentación en la Gerencia de Administración y Finanzas del recibo por el suministro de
llantas entregadas, copia del presente contrato y copia del acta de recepción parcial y/o final del
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Contrato No.43/2016
LP-No. 11/2016
suministro y cualquier otra documentación que le sea requerida para comprobar la entrega de las
llantas. Para que la contratante pueda hacer efectivo el pago, la contratista deberá presentar un
número de cuenta del Banco de su elección, en la que se realizará el depósito de la cantidad a
cancelar por el comprobante presentado para cobro. QUINTA: LUGAR, FORMA DE ENTREGA Y
RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO. LA CONTRATISTA deberá brindar el servicio en los talleres señalados
por LA CONTRATISTA en su oferta. Cuando por razones de prestar el servicio haya necesidad de
trasladar los vehículos, deberá solicitarse autorización al administrador del contrato y será
responsabilidad de LA CONTRATISTA el traslado, así como, el retorno del vehículo al lugar donde
estaba operando al momento de que surgió la necesidad de la ejecución del servicio o donde el
administrador de contrato lo señale. La recepción del servicio la realizará directamente el
Administrador del Contrato quien tendrá a su cargo verificar que el mismo cumpla con todos los
Términos de Referencia y cláusulas contractuales. SEXTA: COMPROMISO PRESUPUESTARIO. LA
INSTITUCIÓN CONTRATANTE hace constar que el importe económico del presente contrato será
aplicado a las asignaciones presupuestarias dos cero uno seis – cero uno cero cero – uno – cero uno
– cero tres – dos uno – uno del presupuesto general vigente, registrado con el número de
compromiso presupuestario tres uno uno.
SÉPTIMA: OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA. LA
CONTRATISTA se obliga a prestar el servicio objeto del presente contrato de acuerdo a las
condiciones siguientes: a) Poner a disposición de la Asamblea Legislativa, sus instalaciones que
cumplen con los requerimientos establecidos en las bases de licitación, garantizando la seguridad
del vehículo y del representante de su institución. Las zonas de trabajo son pavimentadas, las
sucursales son accesibles, contando con la capacidad de parqueo requerida para los vehículos
objeto del presente contrato; b) Garantizar la mano de obra ejecutada por el personal de servicio,
en armados y desarmados, montaje y desmontaje, balanceo y alineado. c) Efectuar un chequeo
técnico del vehículo, antes de la ejecución del alineado, para determinar posibles problemas
mecánicos, de dirección, suspensión y amortiguación, el cual pueda afectar el funcionamiento del
mismo, en caso de no poder alinearse se entregara un reporte con las fallas diagnosticadas; d)
Proporcionar los servicios de: Desarmado de llantas usadas, Armado de llantas nuevas, balanceo
delantero, accesorios válvulas contrapesas, y un alineado por cada 4 llantas instaladas al mismo
vehículo, a excepción de los vehículos pesados y motocicletas que solo es la instalación; e)
Responsabilizarse cuando por razones de necesidad se deban trasladar los vehículos, será
responsabilidad de la Contratista el traslado, así como, el retorno del vehículo al lugar donde estaba
operando al momento de la ejecución de los servicios, o donde la Asamblea Legislativa lo señale; f)
Presentar un informe mensual de los vehículos que han sido objeto del servicio; y g) Cualquier otra
obligación que derive de los documentos contractuales relacionados en la cláusula segunda de este
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Contrato No.43/2016
LP-No. 11/2016
instrumento. OCTAVA: ADMINISTRACIÓN. En la relación administrativa del presente contrato el
enlace entre la Asamblea Legislativa y el Contratista, será el Ing. José Santos Escobar, Jefe del
departamento de Transporte quien tendrá la responsabilidad de verificar el cumplimiento del
presente contrato en los aspectos técnicos, administrativos y financieros.
NOVENA. GARANTÍA.
Para garantizar las obligaciones emanadas del presente contrato LA CONTRATISTA se obliga a
presentar dentro del plazo de cinco días hábiles posteriores a la recepción del contrato firmado
por ambas partes, una GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO por un monto de DOS MIL
QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE DÓLARES CON VEINTE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA ($2,549.20) equivalente al diez por ciento del valor total del contrato, para
asegurar que cumplirá con todas las cláusulas establecidas en este contrato y que el suministro será
entregado a entera satisfacción. Esta Garantía se incrementará en la misma proporción en que el
valor del contrato llegase a aumentar y deberá permanecer vigente por un plazo igual al plazo
contractual más noventa días. La no presentación de esta garantía en el plazo establecido dará por
caducado el contrato y se entenderá que LA CONTRATISTA ha desistido de su oferta, sin detrimento
de la acción que le compete a LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE para reclamar los daños y perjuicios
resultantes. Se aceptarán como garantías: fianza o garantía bancaria, emitida por institución
bancaria, sociedades de seguro, afianzadoras nacionales y extranjeras, sociedades de garantías
reciprocas, siempre y cuando su emisión de garantías lo hicieren por medio de alguna de las
instituciones autorizadas por medio de la Superintendencia del Sistema Financiero y deberán ser
otorgada con calidad de solidaria, irrevocables y ser de ejecución inmediata como garantía a primer
requerimiento. DÉCIMA. PROHIBICIONES: Queda expresamente prohibido a LA CONTRATISTA
traspasar o ceder a cualquier título los derechos y obligaciones emanados del presente contrato, así
como subcontratar. La trasgresión de esta disposición además de las causales comprendidas en el
Artículo Noventa y Cuatro de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública,
dará lugar a la caducidad del contrato procediéndose a hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento
de Contrato. DÉCIMA PRIMERA: MULTA POR MORA. En caso de mora en el cumplimiento del
presente contrato por parte de LA CONTRATISTA, se aplicará lo dispuesto en el artículo ochenta y
cinco de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración pública, sin perjuicio de
declarar la caducidad del contrato. DÉCIMA SEGUNDA: MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA. De común
acuerdo el presente contrato podrá ser modificado o prorrogado en su plazo de conformidad a la
Ley. En tales casos, la institución contratante emitirá la correspondiente resolución modificativa o
prorroga según sea el caso, debiendo ser firmada por el Fiscal General de República y la Contratista.
DÉCIMA TERCERA: TERMINACIÓN BILATERAL. Las partes podrán acordar la extinción de las
obligaciones que emanan de este contrato en cualquier momento, siempre y cuando no concurra
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otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que razones de interés público hagan
innecesario o inconveniente la vigencia del contrato. DÉCIMA CUARTA: CASO FORTUITO Y FUERZA
MAYOR. Por motivos de casos fortuitos o fuerza mayor y de conformidad al artículo ochenta y seis
de la LACAP LA CONTRATISTA, podrá solicitar una prórroga del plazo de cumplimiento de las
obligaciones contractuales objeto del contrato en ejecución, debiendo justificar y documentar su
solicitud, la cual para que sea efectiva, deberá ser aprobada por la Institución Contratante; si
procediere la aprobación, LA CONTRATISTA deberá entregar la ampliación de la garantía de
cumplimiento de contrato. En todo caso y aparte de la facultad de la institución para otorgar tal
prórroga, la misma se formalizará por medio de resolución modificativa que formará parte
integrante del presente contrato. DÉCIMA QUINTA: SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Para resolver las
diferencias o conflictos que surgieren durante la ejecución del presente contrato se estará a lo
dispuesto en el Título VIII, Capítulo I de la LACAP. DÉCIMA SEXTA: JURISDICCIÓN Y LEGISLACIÓN
APLICABLE. Para los efectos jurisdiccionales de este contrato las partes se someten a la legislación
vigente de la República de El Salvador cuya aplicación se realizará de conformidad a lo establecido
en el artículo cinco de la LACAP. Asimismo, señalan como domicilio especial el de esta ciudad a la
competencia de cuyos tribunales se someten. DÉCIMA SÉPTIMA: NOTIFICACIONES. Las
notificaciones entre las partes deberán hacerse por escrito y tendrán efecto a partir de su recepción
en las direcciones que a continuación se indican: LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE, a través del
administrador de contrato con copia a la presidencia: Palacio Legislativo, Centro de Gobierno, San
Salvador y LA CONTRATISTA: 29 Avenida Sur y Calle Antigua Ferrocarril, número 1533 Colonia
Cucumacayan, San Salvador. En fe de lo cual firmamos este contrato en la ciudad de San Salvador, a
los dieciséis días del mes de febrero de dos mil dieciséis.
LIC. DOUGLAS ARQUÍMIDES MELÉNDEZ RUÍZ----------ILEGIBLE------------FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA--------------SELLO FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA-----------SR. CESAR EDUARDO FLANDES RODAS----------------ILEGIBLE------------------------CONTRATISTA--------------SELLO CONTRATISTA-----------------------ILEGIBLE---------SELLO NOTARIO”””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””
En…
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la ciudad de San Salvador, a las quince horas con tres minutos del día dieciséis de febrero de dos mil
dieciséis. Ante mí, DAYSI GUADALUPE REYES LARREYNAGA, notario, de este domicilio, comparecen
los señores:
DOUGLAS ARQUÍMIDES MELÉNDEZ RUIZ, de cuarenta y nueve años de edad,
Abogado, del domicilio de San Salvador, persona de mi conocimiento a quien identifico por medio
de su Documento Único de Identidad número cero dos millones seiscientos setenta y dos mil
novecientos veintidós-cuatro, actuando en nombre y representación del Estado y Gobierno de El
Salvador, específicamente de la Asamblea Legislativa, Institución con Número de Identificación
Tributaria cero seiscientos catorce guión cero diez mil ciento doce guión cero cero dos guión cinco;
en su carácter de Fiscal General, personería que doy fe de ser legitima y suficiente por haber tenido
a la vista el Decreto Legislativo Número Doscientos Treinta y Cinco, emitido por la Asamblea
Legislativa el día seis de enero de dos mil dieciséis, publicado en el Diario Oficial Número Cinco,
Tomo Número Cuatrocientos Diez, de fecha ocho de enero de dos mil dieciséis, mediante el cual la
Asamblea Legislativa eligió en el cargo de Fiscal General de la República, al Licenciado Douglas
Arquímedes Meléndez Ruiz, para el período de tres años contados a partir del día seis de enero de
dos mil dieciséis que concluyen el cinco de enero de dos mil diecinueve, y sobre la base de lo que
disponen los artículos Ciento Noventa y Tres, Ordinal Quinto de la Constitución de la República;
Dieciocho literal ”i” de la Ley Orgánica de La Fiscalía General de la República; y Dieciocho, Inciso
Cuarto de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, los cuales le
conceden facultades para celebrar contratos como el presente y que en el transcurso de este
instrumento se denominará “LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE”; y por otra parte el señor CESAR
EDUARDO FLANDES RODAS, de veintinueve años de edad, estudiante, del domicilio de San
Salvador, departamento de San Salvador, persona a quien ahora conozco e identifico por medio de
su Documento Único de Identidad número cero tres siete seis cinco cero ocho tres guión seis, con
Número de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro guión dos nueve cero nueve ocho seis
guión uno cero cinco guión seis, actuando en calidad de Apoderado General Administrativo y
Judicial de la sociedad ESTRUCTRURAS METÁLICAS Y CONSTRUCCIONES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse ESTRUCONS, S.A. DE C.V. del domicilio de San Salvador,
departamento de San Salvador, de nacionalidad salvadoreña, con Número de Identificación
Tributaria cero seis uno cuatro guión uno cinco cero tres nueve cero guión uno cero tres guión
cuatro y Registro de Contribuyente del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la
Prestación de Servicios número cuatro uno uno uno cinco guión nueve, cuya personería también
doy fe de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista fotocopia Certificada por notario de la
escritura de Poder General Administrativo y Mercantil con cláusulas especiales, otorgada en esta
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ciudad a las doce horas con quince minutos del día veintitrés de septiembre de dos mil catorce, ante
los oficios del notario José Guillermo Miranda, por medio de la cual se confiere Poder General
Administrativo y Mercantil con cláusulas especiales al Señor Cesar Eduardo Flandes Rodas,
facultándolo ampliamente para actuar en representación de la sociedad en actos, diligencias y
contratos como el presente; inscrita en el Registro de Comercio al número TREINTA Y CINCO del
Libro MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UNO del Registro de Otros Contratos Mercantiles, el día treinta
de septiembre de dos mil catorce; el notario autorizante del Poder dio fe de la existencia legal de la
sociedad y de su otorgante por lo que el compareciente está plenamente facultado para otorgar el
presente contrato y que en el transcurso del presente instrumento se denominará “LA
CONTRATISTA”, y ME DICEN: Que en esta misma ciudad y fecha han celebrado un contrato de
“SUMINISTRO DE LLANTAS”, el cual me presentan para darle categoría de instrumento público,
dicho contrato ha sido celebrado conforme a las cláusulas que a continuación se especifican:
PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. LA CONTRATISTA se compromete al suministro de llantas de
conformidad a lo establecido en la cláusula primera del contrato que se auténtica. SEGUNDA:
DOCUMENTOS CONTRACTUALES. Forman parte integral del presente contrato los documentos
siguientes: a) El acuerdo número setecientos veinticinco de fecha dieciocho de noviembre de dos
mil quince, por medio del cual se aprobaron las bases de la Licitación Pública Número LP guión once
pleca dos mil dieciséis “SUMINISTRO DE LLANTAS”, b) Las especificaciones técnicas, c) La oferta y
sus documentos, d) El acuerdo de adjudicación parcial número novecientos cincuenta y nueve de
fecha tres de febrero de dos mil dieciséis, e) El acuerdo de nombramiento de administrador del
contrato número novecientos sesenta de fecha tres de febrero de dos mil dieciséis;
f) Las
Garantías; y g) Las resoluciones modificativas si las hubiere. En caso de controversia entre estos
documentos y el contrato, prevalecerá este último. TERCERA: PLAZO. El plazo de vigencia del
presente contrato será a partir de la fecha de la firma del presente instrumento hasta el treinta y
uno de diciembre de dos mil dieciséis o hasta que se agote el presupuesto asignado al presente
proceso, de ambas lo que suceda primero, obligándose la contratista a cumplir durante dicho plazo,
con las condiciones establecidas en los documentos contractuales referidos en la cláusula segunda.
CUARTA: PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio total por el suministro del presente contrato
asciende a la suma de por un monto de VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, monto que incluye el Impuesto a la
Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, dicho monto será pagado por la
INSTITUCIÓN CONTRATANTE en un
plazo máximo de sesenta días contados a partir de la
presentación en la Gerencia de Administración y Finanzas del recibo por el suministro de llantas de
acuerdo a la cantidad de llantas entregadas, copia del presente contrato y copia del acta de
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recepción parcial y/o final del suministro y cualquier otra documentación que le sea requerida para
comprobar la entrega de las mismas. QUINTA: LUGAR, FORMA DE ENTREGA Y RECEPCIÓN DEL
SUMINISTRO. LA CONTRATISTA deberá brindar el servicio en los talleres señalados por LA
CONTRATISTA en su oferta. Cuando por razones de prestar el servicio haya necesidad de trasladar
los vehículos, deberá solicitarse autorización al administrador del contrato y será responsabilidad de
LA CONTRATISTA el traslado, así como, el retorno del vehículo al lugar donde estaba operando al
momento de que surgió la necesidad de la ejecución del servicio o donde el administrador de
contrato lo señale. La recepción del servicio la realizará directamente el Administrador del Contrato
quien tendrá a su cargo verificar que el mismo cumpla con todos los Términos de Referencia y
cláusulas contractuales.” Dicho contrato contiene otras cláusulas que por estar claramente
detalladas en el mismo, se omite relacionar, no obstante los comparecientes las reconocen. Así se
expresaron los otorgantes, y yo, la notario, DOY FE: Que las firmas puestas en el documento por los
comparecientes, son AUTÉNTICAS, por haber sido puestas a mi presencia, además de las calidades
en las que comparecen y que expliqué a los comparecientes los efectos legales de la presente acta
notarial que consta de tres hojas útiles, y leída que les fue por mí, íntegramente, en un solo acto sin
interrupción, ratificaron su contenido y firmamos. DOY FE.
LIC. DOUGLAS ARQUÍMIDES MELÉNDEZ RUÍZ----------ILEGIBLE----------------FISCAL GENERAL DE LA
REPÚBLICA--------------------------SR. CESAR EDUARDO FLANDES RODAS-----------------ILEGIBLE-----------------------CONTRATISTA-------------------------------------ILEGIBLE----------SELLO NOTARIO””””””””””””””””””””””””””””””
Elaborado por: Elisa Olmedo
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