Noticias y Novedades
Transcripción
Noticias y Novedades
Noticias y Novedades Escrito por Administrador Viernes, 28 de Diciembre de 2012 12:54 - Actualizado Miércoles, 27 de Enero de 2016 18:38 Creado por la Ley 4950/2013, el SOAT es un instrumento de protección para todas las víctimas de accidentes de tránsito, orientado a cubrir las lesiones o muerte de personas que están involucradas en un accidente de tránsito que pueden ser el conductor, acompañantes o peatones. CUANDO ENTRA EN VIGENCIA? 1/4 Noticias y Novedades Escrito por Administrador Viernes, 28 de Diciembre de 2012 12:54 - Actualizado Miércoles, 27 de Enero de 2016 18:38 A partir del 02 de enero de 2014 y las pólizas serán exigidas para la obtención o renovación de habilitaciones con vigencia 01-07-2014 / 30-06-2015) y licencias de conducir para motocicletas con vigencia 01-04-2014/31-03-2015. QUIEN DEBE CONTRATAR EL SOAT? Todo propietario de vehículo automotor que circule por el territorio de la República y todos los que posean licencia para conducir motocicletas (sean propietarios o no) CUANTO ES EL COSTO ANUAL? Motocicletas (propietario) Motocicletas (conductor) Autos y camionetas Camiones Transporte de pasajeros Gs. 105.000.Gs. 60.000.Gs. 365.000.Gs. 565.000.Gs. 765.000.- 2/4 Noticias y Novedades Escrito por Administrador Viernes, 28 de Diciembre de 2012 12:54 - Actualizado Miércoles, 27 de Enero de 2016 18:38 QUE CUBRE A CADA PERSONA ACCIDENTADA? Asistencia médica hastaGs. 30019.133.400 jornales Incapacidad permanenteGs. parcial 19.133.400 hasta 300 jornales Incapacidad permanenteGs. total 31.889.000 hasta 500 jornales Fallecimiento 500 jornales Gs. 31.889.000 SE DEBE COMPRAR EL SOAT SI EL VEHICULO YA CUENTA CON OTRO SEGURO? SI, El SOAT es obligatorio y está enfocado totalmente a brindar la atención que requieran las personas. Los otros seguros convencionales brindan cobertura a aquellos riesgos que no están asegurados por el SOAT como robo, daños materiales o responsabilidad civil derivada de un accidente. 3/4 Noticias y Novedades Escrito por Administrador Viernes, 28 de Diciembre de 2012 12:54 - Actualizado Miércoles, 27 de Enero de 2016 18:38 COMO SE VERIFICA SU CUMPLIMIENTO? Sin la presentación del comprobante de contratación del SOAT ninguna Municipalidad concederá y renovara la habilitación del vehículo y la concesión o renovación de licencia para conducir motocicletas. A QUE NOS EXPONEMOS EN CASO DE SU INCUMPLIMIENTO? La Policía Nacional, la Policía Caminera y la Policía Municipal de Transito realizaran el control ingresando el numero de Cédula en la base de datos del SOAT. En caso de incumplimiento, según dispone la Ley, inhabilita al vehículo para circular y la autoridad competente deberá retener el vehículo e impedir su circulación hasta que el propietario acredite la contratación del seguro y abone la correspondiente multa. La inhabilitación se realizara con orden expresa del Fiscal interviniente. 4/4