Apertura de la Sesión. - Concejo Deliberante Viedma
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Apertura de la Sesión. - Concejo Deliberante Viedma
Concejo Deliberante de Viedma Capital de la Provincia de Río Negro Capital Histórica de la Patagonia Argentina - Apertura de la Sesión.- En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los días del mes de del año Dos Mil Nueve, siendo las horas, dice la SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Buenos días. Se inicia la sesión. Por Secretaría se procederá a pasar lista. - Así se hace. - Izamiento del Pabellón Nacional.SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Invito a la Señora Concejal Liliana Andaloro a izar el Pabellón Nacional y a los demás Señores Concejales y público presente a ponerse de pie. - Así se hace. (Aplausos). - Orden del Día.SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Tenemos dos puntos para tratar en el Orden del Día, de acuerdo a lo que en su momento dispusiera la Comisión de Labor Parlamentaria. Daremos comienzo con el expediente número 4702-D-09. Dirección de Administración y Presupuesto. Sobre Proyecto Decreto Necesidad y Urgencia incremento Presupuesto año 2009 por la suma de $ 51.078,31. Por Secretaría se dará lectura. SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) – ANTECEDENTES: Están dados por el expediente Nº 4702-D-09, del registro del Poder Ejecutivo Municipal. FUNDAMENTOS: Por Ordenanza Nº 6258 se autorizó al Poder Ejecutivo Municipal a lotear y enajenar a título oneroso una fracción de terreno con una superficie de 2.518,15 m2, ubicada en el barrio Don Bosco, resultante del fraccionamiento de las parcelas 01 y 02 de la manzana 572, sección B, de la ciudad de Viedma, nomenclatura catastral 18-1-B572-01 y 02. Asimismo, el artículo 2º de la norma citada, establece que los recursos obtenidos con la enajenación del bien mencionado serán destinados a financiar erogaciones de capital. 4 Concejo Deliberante de Viedma Capital de la Provincia de Río Negro Capital Histórica de la Patagonia Argentina Dado lo establecido en la Licitación Pública Nº 07/09, aprobada por Decreto Nº 472/09, PARTE I, correspondiente a la venta del terreno mencionado en el primer considerando de la presente, por la suma de $ 453.978,31 y la PARTE II, “Repavimentación de carpeta flexible y bacheo de Av. Francisco de Biedma entre boulevard Ituzaingó y Club Náutico de la ciudad de Viedma, por la suma de $ 453.978,31. Es necesario incorporar la suma de $ 51.078,31 que surge del valor base establecido en la Licitación y el monto de adjudicación, al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos del año 2009. Dada las facultades conferidas por el artículo 56º de la Carta Orgánica Municipal, el Poder Ejecutivo Municipal dicta el Decreto Nº 1202/09. Por lo expuesto es necesario realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes para la incorporación del importe al Presupuesto y Cálculo de Recursos del presente ejercicio, aprobado por Decreto Nº 1202 (17/12/09) del Poder Ejecutivo Municipal. Por ello: EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTÍCULO 1º: Ratificar Decreto Municipal Nº 1202 del Poder Ejecutivo Municipal. ARTÍCULO 2º: De forma. SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – En consideración. Si ningún Concejal va a hacer uso de la palabra, se va a votar el proyecto en tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo. - Resulta afirmativa. SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad. Punto número dos del Orden del Día. Expediente número 4692-S-09. Subsecretaría de Gobierno. Sobre declaración de estado de emergencia servicio de Guardavidas. Por Secretaría se dará lectura. SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) – ANTECEDENTES: Están dados por el expediente Nº 4692-S-09 del registro del Poder Ejecutivo Municipal. FUNDAMENTOS: La Ley Provincial Nº 1.311 y la Ordenanza de adhesión de la Municipalidad de Viedma Nº 2271 conceden potestades ante situaciones que “pueden ocasionar daño o perjuicios a los habitantes del Municipio” otorgando, para este caso, facultades al Intendente Municipal para declarar en Estado de Emergencia. Dado que los Guardavidas inscriptos, se negaron a realizar las pruebas de suficiencia física, convocadas primero por Resolución de la Secretaría de Gobierno Nº 570/09 de fecha 04/11/09 y luego a solicitud del Cuerpo de Guardavidas mediante acta 5 Concejo Deliberante de Viedma Capital de la Provincia de Río Negro Capital Histórica de la Patagonia Argentina de fecha 25/11/09, no presentándose nuevamente a rendir esta prueba con lo que se dan por agotadas las posibilidades para las coberturas de cargos. Por lo expuesto, es correspondiente tomar las medidas necesarias para garantizar seguridad a los bañistas en nuestras costas, estando ante una verdadera urgencia. Dada las facultades conferidas por el Artículo 56º de la Carta Orgánica Municipal, el Poder Ejecutivo Municipal dicta el Decreto Nº 1197 (07-12-09). Por ello: EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTÍCULO 1º: Ratificar Decreto Municipal Nº 1197 del Poder Ejecutivo Municipal. ARTÍCULO 2º: De forma. SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Está en consideración. Tiene la palabra el Señor Concejal Arizcuren. SR. CONCEJAL (Arizcuren) – Para hacer la aclaración que la necesidad del Decreto que permite la contratación de Guardavidas fuera de la norma que se aplica habitualmente, es en función de la situación de dominio público de ese momento, por un conflicto salarial del Sindicato de Guardavidas con el Municipio que no permitía cubrir la seguridad en las playas. De manera tal, que hubo que acudir a este mecanismo para poder garantizar la seguridad y que los ciudadanos de Viedma tengan la cobertura necesaria en esa época del año. Nada más. SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Tiene la palabra la Señora Concejal Andaloro. SRA. CONCEJAL (Andaloro) – Desde el Bloque del Frente para la Victoria ya lo habíamos manifestado en reunión de Labor Parlamentaria, que nosotros íbamos a votar en forma negativa este Decreto de Necesidad y Urgencia porque considerábamos que debían ser agotadas todas las instancias, pero dentro de los arreglos que se habían hecho cada vez que había un conflicto de este tipo con el Sindicato. No estábamos de acuerdo que se contratara personal por fuera del gremio, creemos que sienta un precedente peligroso con otro tipo de tramitaciones con empleados municipales. Por lo tanto, nuestro voto es negativo. SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Tiene la palabra el Señor Concejal Gallinger. SR. CONCEJAL (Gallinger) – Nosotros excepcionalmente vamos a acompañar la aprobación de este Decreto, pero queremos hacer alguna aclaración. Lo vamos a aprobar por el transcurso del tiempo, porque el conflicto se ha arreglado, porque han llegado a un acuerdo y demás. Yo diría que lo estamos tratando cuando ya no tiene una aplicación práctica, concreta, hoy este Decreto, pero la realidad es que no es una buena práctica que quien está en un conflicto gremial y es parte de ese 6 Concejo Deliberante de Viedma Capital de la Provincia de Río Negro Capital Histórica de la Patagonia Argentina conflicto gremial, se convierta en juez de ese conflicto y pueda él mismo establecer una medida de emergencia para salirse del marco de ese conflicto salarial, como lo calificaba recién el Concejal Arizcuren. Esto no es algo que se le ocurra a uno o que lo pueda decir en esta circunstancia y en este marco, sino, esto está establecido a nivel de la Organización Internacional del Trabajo, en relación a conflictos muchos más graves como han sido conflictos en Educación, conflictos en Salud y demás. El mecanismo correcto que debió haber recorrido el Municipio es haber pedido la intervención de la Subsecretaría de Trabajo; haber pedido la conciliación obligatoria para salir del marco de ese conflicto. Vuelvo a repetir, el conflicto ya ha sido superado, el verano pasó, llegó el frío y el invierno, de a poquito se está acercando, ya hoy ponernos en esta discusión me parece que tiene más un sentido para el futuro que lo que puede tener de interés práctico. Inclusive, nosotros hemos tratado de chequear con el gremio; el gremio tampoco plantea ninguna cuestión, a la vista está que no se ha acercado nadie. En lo práctico, va a haber que tener cuidado porque por el Decreto se deroga la prueba de suficiencia, con lo cual, nos vamos a quedar en el futuro sin prueba de suficiencia. Lo que va a haber que hacer en el futuro es sancionar una nueva prueba de suficiencia, sino el año que viene vamos a tener un problema porque por esta norma excepcional estamos derogando una norma de fondo. Con estas aclaraciones, vamos a acompañar la aprobación del Decreto. SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Independientemente de que comparto que a esta altura el Decreto es casi una cuestión de forma, de todas maneras, el Decreto hay que aprobarlo porque en alguna situación –especialmente cuando empezó la temporada- el Poder Ejecutivo debió trabajar y resolver este problema fuera del marco de la ordenanza que regula la actividad de Guardavidas y, consecuentemente, hay que darle respaldo especialmente a eso. Y, fundamentalmente, hay que darle respaldo porque sino, de acuerdo a lo que dice la ordenanza respecto de garantizarle a los Guardavidas noventa días de trabajo, en función del momento en que empezaron a trabajar, el Municipio debiera estar contratándolos hasta abril porque tuvieron un mes de retraso en el inicio de las tareas. No comparto con el Concejal Gallinger la opinión de que el Ejecutivo no debió haber sacado un Decreto de Necesidad y Urgencia para resolver la situación porque, en realidad, para mí no sacó un Decreto de Necesidad y Urgencia para resolver la situación salarial o para salirse del marco de la discusión de la situación salarial, sino que en el medio estaba la vida de los viedmenses que había que cuidar, entonces, había que buscar un mecanismo de protección para esa situación, fundamentalmente. En relación a la prueba de suficiencia, a mí me ha tocado trabajar cuatro años desde la Dirección General de Gobierno con los Guardavidas, y es un viejo reclamo de los Guardavidas respecto de las exigencias que tiene la prueba de suficiencia de la Municipalidad de Viedma. Ellos han planteado en muchas oportunidades que en otros lugares la prueba de suficiencia no es tan exigente y, por lo tanto, lo que se acordó y por eso está dispuesto así en el Proyecto de Necesidad y Urgencia, es que al cabo del año se va a discutir nuevamente los términos en que se van a tomar de aquí en adelante la prueba de suficiencia. Por eso, es verdad que queda derogado pero seguramente el 7 Concejo Deliberante de Viedma Capital de la Provincia de Río Negro Capital Histórica de la Patagonia Argentina Ejecutivo en el marco de esta negociación y discusión va a enviar el Proyecto de Ordenanza con una nueva prueba de suficiencia para que nosotros aprobemos. Si ningún otro Concejal va a hacer uso de la palabra, se va a votar el proyecto en tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo. - 7 Votos. SRA. PRESIDENTE (Schlitter) –Los Señores Concejales que estén por la negativa, sírvanse indicarlo. - 2 Votos. SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por mayoría. De esta manera damos por finalizada la sesión. Invito al Señor Concejal Arizcuren a arriar el Pabellón Nacional y a los demás Señores Concejales y público presente a ponerse de pié. - Así se hace. (Aplausos). SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Se levanta la sesión. 8