Impuesto a los espectáculos públicos (permanentes y ocasionales)

Transcripción

Impuesto a los espectáculos públicos (permanentes y ocasionales)
FORMATO LITERAL d) ART. 7 LOTAIP
Servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos, horarios de atención y demás indicaciones necesarias de la
dependencia del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito - MDMQ
HORARIOS DE ATENCIÓN: DE LUNES A VIERNES DE 08:00 - 16:30
NÚMEROS TELEFÓNICOS PARA OBTENER INFORMACIÓN: CALL CENTER 1800456789
SERVICIOS QUE ESTÁN DISPONIBLES EN LA PÁGINA DE INICIO DEL SITIO WEB INSTITUCIONAL: NO
No.
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
BREVE RESUMEN DEL SERVICIO
DMT-0003
Impuesto a los espectáculos
públicos (permanentes y
ocasionales)
Impuesto según: Ordenanza No. 204/29-03-2007, Ordenanza No. 284/0503-2009 Código Orgánico Tributario Art. 69; 103 Código Orgánico de
Organización Territorial, autonomía y descentralizacieon Art. 543, 544, 545.
LISTADO DE LOS SERVICIOS QUE OFRECE LA INSTITUCIÓN
Impuesto a los espectáculos públicos (permanentes y ocasionales) / TRÁMITE
BREVE DETALLE:
( NOMBRE DEL SERVICIO / TRÁMITE )
SE ACCEDE POR:
Se solicitará la autorización para la emisión del correspondiente boletaje,
además se adjuntará la documentación habilitante para la realización de un
espectáculo público y determinar la obligación tributaria por este tributo.
TRÁMITE EXTERNO (CIUDADANO)
ESPECTÁCULOS PÚBLICOS
REQUISITOS:
OCASIONALES
(un espectáculo al año o eventualmente)
• Solicitud dirigida al Director Metropolitano Tributario, con la especificación
del evento y boletaje requerido.
• Certificado de aforo del local certificado por el propietario del local o
establecimiento.
• Licencia de promotor u organizador de espectáculos públicos.
• Permiso de la Secretaría de Cultura para la realización del evento.
• Copia del RUC.
• Copia de cédula del representante legal.
• No se solicita comprobante de rendición de garantía de afianzamiento, ese
paso es posterior a la admisión del trámite.
• Impuesto único del 10% sobre el valor del precio de las entradas vendidas
de los espectáculos públicos legalmente permitidos; salvo el caso de los
eventos deportivos de categoría profesional que pagarán el 5% de este valor.
FRECUENTES
(tres o más espectáculos dentro de cada año calendario)
• Solicitud dirigida al Director Metropolitano Tributario, con la especificación
del evento y boletaje requerido.
• Certificado de aforo del local UNA SOLA VEZ.
• Copia del RUC.
• Copia de cédula del representante legal.
• Impuesto único del 10% sobre el valor del precio de las entradas vendidas
de los espectáculos públicos legalmente permitidos; salvo el caso de los
eventos deportivos de categoría profesional que pagarán el 5% de este valor.
COSTO:
Gratuito.
LUGAR DE PRESENTACIÓN:
Venezuela y Chile: Dirección Metropolitana Tributaria
RESPONSABLE:
Jefe/a de espectáculos públicos
FORMULARIOS:
No se requiere formulario
TIEMPO ESTIMADO DE ENTREGA:
• 2 días laborables
Página 1 de 2
FECHA ACTUALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN:
PERIODICIDAD DE ACTUALIZACIÓN:
31 DE DICIEMBRE DE 2014
MENSUAL
UNIDAD POSEEDORA DE LA INFORMACIÓN - LITERAL d):
DIRECCIÓN METROPOLITANA DE SERVICIOS
CIUDADANOS (DMSC)
RESPONSABLE DE LA UNIDAD POSEEDORA DE LA
INFORMACIÓN DEL LITERAL d):
DIRECTOR METROPOLITANO DE SERVICIOS
CIUDADANOS
CORREO ELECTRÓNICO DEL O LA RESPONSABLE DE LA
UNIDAD POSEEDORA DE LA INFORMACIÓN:
NÚMERO TELEFÓNICO DEL O LA RESPONSABLE DE LA UNIDAD
POSEEDORA DE LA INFORMACIÓN:
[email protected]
1800 - 456 - 789, OPCIÓN 6
COMISIÓN METROPOLITANA DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN - QUITO HONESTO
Página 2 de 2

Documentos relacionados