condiciones y servicios incluidos

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condiciones y servicios incluidos
CONDICIONES Y SERVICIOS INCLUIDOS – ANEXO 1
I.
CONSIDERACIONES PRELIMINARES
Todos los servicios contenidos en el condicionado son de prestación a nivel nacional y deben ser solicitados
por el beneficiario titular del plan contratado.
Todas las coberturas aplican para el titular del producto.
El límite de la cobertura cambia según el plan contratado para cada uno de los productos, cuando el servicio
supere el límite de la cobertura, el excedente del servicio debe ser asumido por el Titular.
Los servicios prestados corresponden a emergencias que ocurren dentro de la vigencia de la asistencia.
II.
DESCRIPCIÓN DE SERVICIOS, COBERTURAS Y EXCLUSIONES
A. AUXILIO POR ROBO O EXTRAVÍO DE EQUIPAJE
En los casos en que el beneficiario sea víctima de robo o extravío de equipaje, AssisPrex suministrará
asesoría legal telefónica inmediata indicando los trámites y entidades a las que se debe remitir para declarar
el hurto y reemplazar los documentos y elementos hurtados. Para la solicitud de reposición del equipaje el
beneficiario deberá presentar como constancia denuncia con el detalle de los hechos.
Este servicio se presta con las siguientes características de acuerdo a la duración de la Tarjeta:
-Tarjeta de 1 mes (un (1) evento hasta $25.000 en cobertura)
-Tarjeta de 3 meses (un (1) evento hasta $50.000 en cobertura)
B. AUXILIO POR ROBO DE DOCUMENTOS
En los casos en que el beneficiario sea víctima de hurto calificado, AssisPrex suministra asesoría legal
telefónica inmediata indicando los trámites y entidades a las que se debe remitir para declarar el hurto y
reemplazar los documentos hurtados. En casos de necesitar reposición de cédula de ciudadanía, pasaporte o
licencia de conducción, AssisPrex hace acompañamiento en el trámite de reposición, asumiendo los gastos
hasta el monto máximo según el plan contratado.
TARJETA VIAJEROS
Para la solicitud de reposición de documento deberá presentar como constancia la denuncia donde se
constate la calidad de hurto calificado. El límite de cobertura corresponde según el plan contratado.
Este servicio se presta con las siguientes características de acuerdo a la duración de la Tarjeta:
-Tarjeta de 1 mes: (un (1) evento hasta $25.000 en cobertura)
-Tarjeta de 3 meses: (un (1) evento hasta $50.000 en cobertura)
C. INFORMACIÓN Y RESERVA TELEFÓNICA DE TIQUETES EN TERMINALES DE TRANSPORTE Y
AEROPUERTOS NACIONALES
AssisPrex pondrá a disposición del beneficiario los servicios de asesoría para cualquier consulta telefónica
relacionada con asuntos de tiquetes en terminales de transporte y aeropuertos nacionales. Este servicio es
informativo, en caso de realizar una reserva AssisPrex no garantiza la calidad en los servicios o los gastos
que sean acordados con el beneficiario.
Este servicio se presta con las siguientes características de acuerdo a la duración de la Tarjeta:
-Tarjeta de 1 mes: (Ilimitado)
-Tarjeta de 3 meses: (Ilimitado)
D. HOTEL POR CONVALECENCIA
En caso de encontrarse en viaje nacional y durante el viaje se presente una emergencia, como bloqueo de
vía, inmovilidad del vehículo, enfermedad o accidente, AssisPrex pagará la estancia en un hotel hasta el límite
de cobertura contratado en el plan.
Este servicio se presta con las siguientes características de acuerdo a la duración de la Tarjeta:
-Tarjeta de 1 mes: (un (1) evento por una (1) noche hasta $30.000 en cobertura)
-Tarjeta de 3 meses: (un (1) evento por una (1) noche hasta $60.000 en cobertura)
TARJETA VIAJEROS
E. TRASLADO LOCAL DE FAMILIAR
En caso de hospitalización del beneficiario por causa de accidente o enfermedad súbita mayor a 5 días,
AssisPrex gestionará y cubrirá el costo del traslado de un familiar. El servicio se coordina dentro del perímetro
urbano de las ciudades principales Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena de Indias, Cúcuta,
Bucaramanga, Santa Martha, Villavicencio o Manizales. El servicio es terrestre a nivel local en la ciudad de
residencia del beneficiario.
Este servicio se presta con las siguientes características de acuerdo a la duración de la Tarjeta:
-Tarjeta de 1 mes: (un (1) evento.
-Tarjeta de 3 meses: (un (1) evento.
F. ASISTENCIA LEGAL TELEFÓNICA POR ACCIDENTE DE TRÁNSITO.
AssisPrex pondrá a disposición del beneficiario los servicios de asesoría legal telefónica las 24 horas del día,
los 365 días del año, para cualquier consulta telefónica, relacionada con asuntos de tránsito. Este servicio es
informativo y los resultados obtenidos no dependen del profesional encargado de la asesoría.
Este servicio se presta con las siguientes características de acuerdo a la duración de la Tarjeta:
-Tarjeta de 1 mes: (Ilimitado)
-Tarjeta de 3 meses: (Ilimitado)
III. EXCLUSIONES GENERALES
Quedan excluidos de los servicios establecidos, las reclamaciones o solicitudes de servicios por los siguientes
conceptos:
a) Daños intencionales, así como los causados por guerra, rebelión, asonada, motín, protesta, paro y
situaciones que alteren la seguridad pública.
b) Cuando por orden de autoridad competente se impida la ejecución de los trabajos.
TARJETA VIAJEROS
c) Los servicios que el Titular o Beneficiario haya contratado sin previo consentimiento de ASSISPREX; salvo
en caso de comprobada fuerza mayor que le impida comunicarse con la misma o con terceros encargados de
prestar dichos servicios.
d) Cuando el Titular y/o Beneficiario se niegue a colaborar con los abogados y en general con el personal
designado por ASSISPREX para la prestación de los servicios de asistencia.
e) Los fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario tales como inundaciones, terremoto, erupciones
volcánicas, tempestades ciclónicas, derrumbes, caídas de cuerpos siderales y aerolitos, etc.
f) Hechos derivados de terrorismo, motín o tumulto popular, hechos o actuaciones de las fuerzas Armadas o
de hechos de las fuerzas o cuerpos de seguridad.
g) Cuando el Titular o Beneficiario no proporcione información veraz y oportuna, que por su naturaleza no
permita atender debidamente el asunto.
h) Cuando los Titulares o Beneficiarios incumplan cualquiera de las obligaciones indicadas en este
documento. En todo caso, ASSISPREX no prestará los servicios de asistencia descritos en el presente
ANEXO, cuando en la localidad donde sean solicitados dichos servicios, no exista la infraestructura pública o
privada o las condiciones de la localidad no permitan llevar a cabo la realización de dicho servicio, con la
obligación para ASSISPREX de poner en conocimiento del Titular tales circunstancias.
IV. OBLIGACIONES DEL TITULAR O BENEFICIARIO
Con el fin de que el Titular o Beneficiario pueda disfrutar de los servicios contemplados, deberá cumplir con
las siguientes obligaciones:
a) Abstenerse de realizar gastos o arreglos sin haber consultado previamente con ASSISPREX.
b) Dar aviso oportuno a ASSISPREX del cambio de domicilio. Queda entendido que en caso de que el Titular
establezca su residencia permanente en un lugar distinto, ASSISPREX se verá liberado de su obligación de
prestar los servicios contemplados en el presente ANEXO y el Titular se verá liberado de su obligación de
pagar las cuotas necesarias para recibir los servicios aquí establecidos.
c) Identificarse como Titular o Beneficiario ante los empleados y/o dependientes de ASSISPREX o ante las
personas que esta última compañía contrate con el propósito de prestar los servicios contemplados en el
presente documento.
d) Ser usuario y/o suscriptor activo del servicio prestado por ASSISPREX.
TARJETA VIAJEROS
V. RESPONSABILIDAD
a) Limitación: En cuanto se produzca un incidente que pueda motivar una intervención asistencial, el Titular
y/o Beneficiario deberán tomar todas las medidas necesarias para limitar sus consecuencias.
b) Responsabilidad: ASSISPREX no será responsable de los retrasos o incumplimiento de sus obligaciones
o prestaciones, en los casos de fuerza mayor que impidan tal cumplimiento. La mayor parte de los
proveedores de los servicios asistenciales son contratistas independientes debidamente autorizados por
ASSISPREX y no empleados del mismo. ASSISPREX será responsable frente a Prever de los actos u
omisiones por parte de dichos proveedores.
VI. PROCESO GENERAL DE SOLICITUD DEL SERVICIO DE ASISTENCIA
En caso de que un Titular y/o Beneficiario requiera de los servicios contemplados, se procederá de la
siguiente forma:
a) El Titular o Beneficiario que requiera del servicio se comunicará al número telefónico asignado en la tarjeta
para atender las emergencias (018000518910 opción 2).
b) Contestarán directamente del call center de ASSISPREX, donde un agente atenderá la solicitud.
c) El Titular o Beneficiario procederá a suministrarle al empleado y/o dependiente de ASSISPREX que
atienda la llamada respectiva, todos los datos necesarios para identificarlo como Titular o Beneficiario del
Programa de Asistencia activo, así como usuario y/o suscriptor de ASSISPREX y todos los demás datos que
sean necesarios con el fin de poder prestar el servicio solicitado, tales como un número telefónico en el cual
localizarlo, descripción del problema y el tipo de ayuda que precise.
d) Una vez cumplidos todos los requisitos indicados, ASSISPREX prestará al Titular los servicios solicitados a
los cuales tenga derecho de conformidad con los términos, condiciones y limitaciones del presente
documento. En caso de que no se cumpla adecuadamente con los requisitos indicados ASSISPREX no
asumirá responsabilidad ni gasto alguno relacionado con la no prestación de los servicios relacionados con el
presente ANEXO. Como caso de excepción, en relación con los casos de absoluta y comprobada urgencia o
imposibilidad del Titular o Beneficiario, para cumplir con el procedimiento anteriormente señalado o previa
autorización de ASSISPREX el Titular o Beneficiario podrá acudir directamente ante terceros a solicitar el
servicio correspondiente. En tal caso, ASSISPREX reembolsará al Titular los gastos erogados de acuerdo con
los límites y coberturas señalados en el presente ANEXO. Queda entendido que con el fin que el Titular tenga
derecho al reembolso aquí establecido, deberá presentar la correspondiente solicitud, acompañada de factura
a nombre de ASSISPREX , dentro de un plazo máximo de ocho (8) días calendario contados a partir del
momento en que se haya concretado el Servicio. El reembolso se efectuará dentro de los quince (15) días
hábiles siguientes a la correcta presentación de la solicitud.
TARJETA VIAJEROS
VII. PRESTACION DE LOS SERVICIOS
ASSISPREX podrá prestar los servicios en forma directa, con recursos técnicos y humanos propios, o en
forma indirecta, por intermedio de contratistas, subcontratistas o proveedores, siempre que en el lugar en
donde ha de prestarse el servicio de asistencia exista la infraestructura pública o privada, tales como vías y
calles que permitan el acceso al DOMICILIO o las condiciones de seguridad y vigilancia pública o privada que
garanticen la integridad personal del funcionario, colaborador, técnico o proveedor que vaya a prestar el
servicio de asistencia.
VIII. EXCEDENTES
Cualquier costo que supere los montos establecidos en las coberturas de este ANEXO, deberá ser pagado
por parte del Titular y/o Beneficiario con sus propios recursos antes de la prestación del servicio.
IX. TERMINACION DEL SERVICIO DE ASISTENCIA
Se dará por terminado el servicio de asistencia de acuerdo al tiempo de caducidad que la tarjeta determine (1
mes o 3 meses).
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