propuestas para el proximo pliego de condiciones de la

Transcripción

propuestas para el proximo pliego de condiciones de la
PROPUESTAS PARA EL
PROXIMO PLIEGO DE
CONDICIONES DE LA
CONTRATA DE
CONSERVACION DE
ZONAS VERDES DEL
AYUNTAMIENTO DE
ZARAGOZA.
COMITÉ EMPRESA FCC PARQUES Y JARDINES ZARAGOZA.
1. CRITERIOS OBJETIVOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONCURSO
1. OFERTA TÉCNICA................................................................. 55,0 PUNTOS
1.1. ORGANIZACIÓN Y PROGRAMAS DE GESTIÓN
DE LAS LABORES ..................................................................... 23,0 PUNTOS
1.1.1. Desarrollo del Programa de Gestión solicitado .......................12,0 PUNTOS
1.1.2. Adecuación de este Programa por zonas de trabajo ..................5,0 PUNTOS
1.1.3. Desarrollo del Programa de Gestión Informática ......................6,0 PUNTOS
1.2. VEHÍCULOS, MAQUINARIA Y HERRAMIENTAS ................... 12,5
PUNTOS
Se valorará en este apartado la utilización de maquinaria con las últimas
innovaciones en relación con la disminución del impacto ambiental
(contaminación acústica, atmosférica, etc), así como se ponderará de manera
proporcional al número adicional ofertado sobre los mínimos establecidos para
vehículos, maquinaria y herramientas en el pliego de condiciones técnicas. La
máxima puntuación se otorgará a la mejor oferta según los criterios expuestos,
valorándose el resto de manera proporcional.
1.2.1. Utilización de maquinaria con las últimas innovaciones en relación con la
disminución del impacto ambiental (contaminación acústica, atmosférica, etc)
........................7,0 PUNTOS
1.2.1.1. Disminución del impacto debido al combustible....4,0 PUNTOS
1.2.1.2. Disminución de la emisión sonora ........................3,0 PUNTOS
1.2.2. Maquinaria, vehículos y herramientas adicionales ...................3,0 PUNTOS
1.2.2.1. Conservación ...........................................2,0 PUNTOS
1.2.2.2. Limpieza ..................................................1,0 PUNTOS
herramientas ofertadas .....................................................................2,5 PUNTOS
1.3. ORGANIZACIÓN Y CATEGORÍAS DEL PERSONAL .............. 17,0
PUNTOS
Se valorará en este apartado la distribución y organización territorial del personal
ofertado, así como el número adicional ofertado sobre los mínimos establecidos
en el pliego de condiciones técnicas.
La máxima puntuación corresponderá, en cada subepígrafe, a las ofertas que
presenten una organización territorial y distribución del personal más detallada y
adecuada o con mayor número de personas adscritas a cada categoría concreta,
valorándose el resto de las ofertas de forma proporcional.
1.3.1. Personal operativo adicional ....................................................15,0 PUNTOS
1.3.1.2. Conservación ...........................................5,0 PUNTOS
1.3.1.3. Limpieza ..........................5,0 PUNTOS
1.3.2. Encargados y capataces adicionales ........................................3,0 PUNTOS
1.3.3. Personal técnico adicional .......................................................2,0 PUNTOS
1.3.4. Personal de inspección adicional .............................................1,0 PUNTOS
1.4. SERVICIOS DE COMUNICACIONES.......................................2,5 PUNTOS
2. MEJORAS ............................................................................. 25,0 PUNTOS
La oferta deberá incluir un presupuesto detallado para las mejoras con precios
unitarios del cuadro de Precios del Ayuntamiento de Madrid en vigor, así como
documentación gráfica detallada y distribución cronológica hasta la finalización
del contrato de todas y cada una de ellas. En el caso de obras, el nivel de detalle
será el de anteproyecto.
Igualmente, la oferta deberá contener la justificación técnica y de la idoneidad de
las mejoras propuestas.
La valoración de las mejoras será de 25 puntos para aquella más ventajosa para
la Administración, utilizándose como criterio para la valoración el valor
económico de aquellas actuaciones ofertadas como mejora que desde el punto de
vista técnico se consideren adecuadas a las necesidades del servicio, siendo
proporcional a la cantidad ofertada en el resto de los casos.
Se admitirá la presentación en las ofertas, de las mejoras relacionadas con los
siguientes aspectos:
2.1. OBRA CIVIL E INSTALACIONES........................................... 8,0 PUNTOS
2.1.1. Mejoras y adecuación de obra civil e instalaciones: red de riego, saneamiento y
drenajes, caminos, zonas terrizas, accesos, cerramientos, equipamientos ambientales,
señalización y cartelería, pavimentos, elementos de protección y seguridad.
2.1.2. Se valorarán los equipos y medios auxiliares que supongan una innovación
tecnológica en la forma de prestar el servicio de conservación de redes de riego, como
pueden ser métodos de auscultación, reparaciones sobre los tramos de red sin afectar en
superficie, telemando y control centralizado de las instalaciones, etc
2.2. VEGETALES Y FAUNÍSTICAS............................................... 6,0 PUNTOS
2.2.1. Estudio y valoración de la introducción de nuevas especies vegetales. Selección
de especies tipo.
2.2.2. Jardines temáticos de nueva creación. Remodelación y adecuación de los
existentes.
2.2.3. Control de la sanidad vegetal. Estudio sobre daños bióticos y abióticos en las
masas vegetales. Lucha biológica integrada.
2.2.4. Fomento de la fauna: estudio, introducción, instalaciones y manejo.
2.2.5. Protección del arbolado.
2.2.6. Abonado específico para el arbolado.
2.3. INFRAESTRUCTURAS...........................................................5,0 PUNTOS
2.3.1. Construcción y mejora casetas para el personal.
2.3.2. Circuitos bicicletas.
2.3.3. Accesibilidad y barreras arquitectónicas.
2.4. PLANES................................................................................4,0 PUNTOS
2.4.1. Remodelación de zonas verdes degradadas / mal diseñadas: estudio, diseño y
proyecto.
2.4.2. Renovación del arbolado con elevado índice de peligrosidad.
2.4.3. Instalaciones de ocio y recreo.
2.4.4. Control y seguimiento de los conjuntos histórico / artísticos.
2.4.5. Ordenación y mejora.
2.4.6. Criterios de sostenibilidad en el mantenimiento de zonas verdes.
2.5. PERSONAL.......................................................................... 2,0 PUNTOS
2.5.1. Dotación de oficina técnica con técnicos y administrativos para la realización de
informes, estudios y documentación de carácter técnico y administrativo relativa
al objeto del contrato.
3. OFERTA ECONÓMICA ..............................................................20 PUNTOS
TOTAL .......................................................................................100 PUNTOS
2. normativa aplicable.
Se detallara toda la normativa aplicable vigente, tanto estatal, autonómica y local como
las normativas europeas, que serán de obligatorio cumplimiento.
3. Ámbito de actuación.
3.1. Recepción de zonas verdes y elementos a conservar.
Las zonas verdes a conservar son las relacionadas en el Anexo 1 más aquéllas otras que,
aún no habiendo sido incluidas en el mismo, por serlo posteriormente a la publicación
del Concurso, se encuentren en conservación en el momento del comienzo de los
trabajos, siendo objeto de inmediata ampliación..
El Ayuntamiento podrá modificar, por aumento o disminución, los límites de las zonas
enumeradas en el Anexo 1. Para ello, deberá avisar al adjudicatario con un mes de
anticipación.
En caso de producirse modificaciones en los límites territoriales de los distritos
municipales objeto del presente pliego, la Empresa adjudicataria está obligada
igualmente a asumir los posibles cambios de asignación de zonas verdes que ello
pudiera suponer.
En todo caso, se observarán los condicionantes y procedimientos legal y
reglamentariamente establecidos a dichos efectos.
3.2.Obras nuevas y mejoras.
Dentro de las zonas, el Ayuntamiento tendrá absoluta libertad para realizar tanto
obras nuevas como mejoras en las zonas verdes entregadas a conservación. A tal
efecto podrán crearse nuevos macizos de plantas de flor, nuevos céspedes, plantar
árboles, trasplantarlos y cuantas actuaciones se juzguen oportunas, sin que haya
lugar a incremento alguno del importe a abonar.
El adjudicatario no podrá realizar obras nuevas ni mejoras que alteren o modifiquen el
trazado característico de los elementos a conservar, salvo autorización expresa del
Servicio de Parques y Jardines.
En caso de que las actuaciones realizadas supongan modificación del carácter de la
zona verde, a criterio de los Técnicos municipales, se realizará el correspondiente
expediente para la modificación del importe a abonar que conlleve dicho carácter.
El presente contrato incluye las tareas de mantenimiento y conservación de las zonas
verdes, arbolado y mobiliario a conservar y que son todas las relacionadas en el
inventario que se incluye, así como las que hayan sido recibidas por el Ayuntamiento
hasta el momento de la adjudicación.
Las mediciones totales que figuran en el inventario citado servirán como base para la
presentación de la oferta, aunque desde el comienzo del contrato los trabajos deberán
realizarse sobre todos los elementos realmente existentes en el ámbito de actuación de la
contrata.
El adjudicatario deberá zonificar las zonas verdes, arbolado y mobiliario en las que se
llevará a cabo la conservación conjunta incluyendo un plano general, y planos
particulares para cada espacio o zona de mantenimiento, así como fichas en las que se
identifiquen todos los elementos a conservar y el personal que considera preciso para un
correcto mantenimiento.
Recepción de las zonas verdes y elementos a conservar por el adjudicatario
La prestación de los servicios de conservación deberá comenzarse en el plazo máximo
de treinta días a partir de la fecha en que el contratista reciba la notificación de la
adjudicación.
El adjudicatario, antes de finalizar el primer semestre a contar desde la adjudicación,
presentará al Servicio de Parques y Jardines un nuevo inventario actualizado e
informatizado de todas las zonas verdes y elementos del contrato, en los casos en que
existan variaciones respecto a los datos facilitados por el Servicio de Parques y Jardines.
Las ofertas deben especificar expresamente el cumplimiento de dicho plazo o su rebaja,
que será valorada según se contempla en el Pliego de Condiciones Administrativas.
Con independencia del procedimiento inicial referido en los párrafos anteriores, el
adjudicatario deberá hacerse cargo desde el primer día de vigencia del contrato de la
conservación y arreglos que se le propongan.
Las posibles diferencias que lleguen a producirse al contrastar los datos del
adjudicatario y los que hayan servido de base para la adjudicación, se tendrán en cuenta
a efecto de certificaciones posteriores.
El inventario será revisado y actualizado por adjudicatario periódicamente, como
máximo anualmente, y una vez aceptado por el Servicio de Parques y Jardines, servirá
como base para las certificaciones de trabajos realizados. Las modificaciones deberán
ser facilitadas en formato informático(las fichas serán facilitadas por el Servicio de
Parques y Jardines).
Variación del ámbito de actuación
El adjudicatario estará obligado a admitir para su conservación las zonas verdes de
nueva creación, el arbolado y mobiliario que con motivo de obra nueva, ampliaciones,
recepciones, adquisiciones, etc., incrementen la superficie de actuación, en las mismas
condiciones que el resto de la misma, debiendo mantener la ratio ofertado.
La conservación de dichas zonas por parte del contratista deberá comenzar a partir del
día especificado por el Servicio de Parques y Jardines.
Al comenzar los trabajos en un lugar determinado se presentará por la empresa
adjudicataria un informe sobre la situación de la zona o elemento objeto de la
ampliación. Este documento indicará todos los defectos constatados en la fecha de la
recepción por el adjudicatario y una vez contrastado y aprobado, servirá de base para
garantizar la incorporación de dicha zona al ámbito retributivo.
3.3. CONSERVACIÓN DE ZONAS VERDES
El adjudicatario, con el personal idóneo en número y competencia profesional,
que a todos los efectos permanecerá a su cargo, con los equipos de maquinaria y
herramientas y con los sistemas idóneos y más eficaces, atenderá debidamente
en tiempo y forma la realización de las labores que se describen más adelante.
El nivel de prestación de los servicios de mantenimiento, junto con las mejoras
naturales que el paso del tiempo ocasiona en los elementos vegetales, ha de
redundar en un incremento del estado vegetativo y ornamental de estos parques
y jardines, zonas verdes, arbolado y jardineras.
Todos los desperfectos que pudiera originar la Empresa adjudicataria en obra
civil, instalaciones, servicios y/o equipamientos de las zonas objeto de este
contrato, como consecuencia de cualquier tipo de actuación de conservación,
deberá repararlos de inmediato y a su cargo.
El conjunto de labores obligatorias que han de realizarse para conservar los
elementos vegetales de las zonas verdes es el siguiente:
CONSERVACIÓN DE ELEMENTOS VEGETALES
CONSERVACION DE ZONAS TERRIZAS
CONSERVACIÓN DE ZONAS DE JUEGOS INFANTILES,
DEPORTIVAS Y DE OCIO
CONSERVACION DE RED DE DRENAJE
Las labores mínimas a realizar serán las siguientes:
- riego
- limpieza de malas hierbas
- limpieza diaria de todas las zonas verdes y de las papeleras correspondientes.
- plan de recogida de residuos diarios y recepción en el ecoverterdero.
- desinfección de papeleras y contenedores mensual.
- entrecavado preparación y mejora del terreno.
- siegas y perfilado.
- abonado.
- regeneración.
- siembra.
- recorte de setos y arbustos.
- poda.
- arbolado: poda, abonado y retirada de restos.
- mantenimiento de red de riego.
- actuación para minimización del uso de agua en riego.
- reposición de plantas de temporada y de arbolado.
- mantenimiento de fuentes.
- reposición de arena, grava, etc en los caminos.
- productos fitosanitarios: en la oferta se detallara un cambio en el sistema de aplicación
de estos productos por otros alternativos y ecológicos, bien sean manuales o con
productos ecológicos.
La empresa realizara en su oferta un plan de reducción de estos productos hasta su
erradicación al final de la contrata.
- mantenimiento de zonas infantiles, se establece un pliego especial sobre este tema al
final del pliego que será de obligatorio cumplimiento.
4. trabajos incluidos en el convenio.
4.1.por canon. Se detallara una tabla con los trabajos por canon.
4.2.Por valoración.
- Condiciones de los trabajos.
Todos los trabajos objeto del presente contrato se realizarán siguiendo los
criterios descritos en este pliego y las condiciones especificadas, que se
consideran mínimas.
El adjudicatario deberá realizar una actualización mensual del inventario de las
zonas verdes dentro de la contrata, que incluirá planos y fichas particulares para
cada espacio o zona de mantenimiento, que haya podido sufrir una variación en
superficie, infraestructuras o mobiliario, respecto a la situación en que se
encontraba la mensualidad anterior.
RESPONSABILIDAD TECNICA Y CONTROL DEL SERVICIO DE
CONSERVACIÓN
POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO
La Dirección e inspección técnica de los trabajos descritos en este Pliego de
Condiciones se ejercerá directamente por los Técnicos municipales de acuerdo con
las competencias establecidas para los mismos.
Existirá un Libro de Órdenes donde se reflejarán las decisiones de los técnicos,
debiendo ser cumplidas, por el adjudicatario o persona que en cada momento lo
represente, y que deberá ser preferentemente un técnico titulado de grado superior
o medio de la rama agronómica o forestal, de forma inmediata o en su caso en el
plazo que se fije. Así mismo, se podrán transmitir órdenes e instrucciones de trabajo
mediante cartas con acuse de recibo.
POR PARTE DEL ADJUDICATARIO
La Empresa intervendrá directamente, sin necesidad de los Técnicos municipales, en
aquellas operaciones de inspección y de reparación que requieran actuaciones
contempladas en el importe a abonar en concepto de conservación, pues es su
obligación la detección de cualquier circunstancia que se origine en el parque o zona
verde y que pueda suponer perjuicio, riesgo o desmerecimiento de su buen estado
siguiendo el Programa de Gestión elaborado.
Intervendrá, asimismo, en actuaciones que por su urgencia sean necesarias, fuera
del horario normal.
La Empresa está obligada a realizar inspecciones diarias para la detección de
anomalías, incidencias o daños producidos por obras, accidentes, tormentas u
otros. En dichas inspecciones se tomarán datos de aquellas labores que es preciso
acometer de forma inmediata y se tendrá especial atención en la detección de
árboles que tapan semáforos y señales de tráfico, árboles secos y peligrosos,
alcorques con desnivel importante del terreno, y cualquier otra incidencia o
situación que puedan verse afectados personas o bienes.
En caso de la detección de daños en el arbolado, u otros elementos objeto del
presente pliego, ocasionado por obras o trabajos en la vía pública, el adjudicatario
deberá comunicarlo de forma inmediata a los Técnicos competentes aportando la
siguiente información: unidades afectadas y daños ocasionados, necesidad de
actuación, empresa que ha realizado el daño, fotografías y fecha de inspección.
La no detección ni notificación de estas circunstancias a los Técnicos municipales
será motivo de sanción.
Si existieran dudas de interpretación sobre si la operación a realizar está
íntegramente incluida en el importe a abonar en concepto de conservación, el
adjudicatario consultará al Técnico municipal, el cual resolverá considerándose tal
resolución de obligado cumplimiento, sin perjuicio de las posteriores reclamaciones
a que hubiera lugar por parte del adjudicatario. Cuando los trabajos a ejecutar rebasen
total o parcialmente el alcance de las operaciones definidas para la modalidad de
importe a abonar en concepto de conservación, el adjudicatario presentará al Técnico
municipal una propuesta de actuación, especificando las operaciones que en su caso han
de ser acometidas por importe a abonar en concepto de conservación y una relación
valorada de las que hayan de certificarse por valoración de obra, servicio o suministro.
Aceptada por el Técnico municipal, deberá ser ejecutada en el plazo que éste indique.
Cuando el Técnico municipal considere que el estado de deterioro de un elemento no
admite más intervenciones puntuales contempladas en la modalidad de importe a abonar
en concepto de conservación, podrá ordenar la ejecución de los trabajos de reposición
con cargo a la modalidad de valoración de obra, servicio o suministro.
Si el adjudicatario, por propia iniciativa, efectuara trabajos de mejora o que rebasen el
alcance puntual que este Pliego establece para las actuaciones incluidas en el
importe a abonar en concepto de conservación, al objeto de ahorrarse reiteradas
intervenciones sobre un elemento determinado, aquellos trabajos serán también
considerados íntegramente incluidos en la modalidad de importe a abonar en
concepto de conservación.
El adjudicatario es responsable de los daños, perjuicios o molestias ocasionadas a
bienes o terceras personas con motivo tanto de los trabajos en la vía pública, como
de la no realización de los mismos en el tiempo debido.
De igual modo deberán disponer, a su cargo, de todas las medidas de protección y
señalización que garanticen la seguridad tanto del personal que trabaja en la vía
pública como del público en general.
La Empresa adjudicataria deberá señalizar con 48 horas de antelación las zonas de
trabajo si afectasen a vehículos estacionados, teniendo que anotar sus matrículas.
El adjudicatario está obligado a mantener en todo momento los servicios públicos
existentes en la zona afectada por obras. No podrá instalar vallas publicitarias de
ningún tipo, salvo los carteles normalizados de indicación de obra municipal que
serán instalados a su cargo.
La Corporación declina formalmente cualquier responsabilidad que pueda derivarse
del incumplimiento de dichas normas y medidas por parte de los contratistas al
margen de poder imponer las penalidades que procedan.
Salvo supuestos de fuerza mayor, en caso de que se produjeran alteraciones que
supongan la paralización total o parcial del servicio, la Empresa adjudicataria
deberá acordar con el Departamento correspondiente la materialidad de los trabajos
para los servicios mínimos que determine la Ley, siendo responsable la
adjudicataria de los daños que se puedan producir en las zonas verdes objeto del
contrato.
Los Servicios Técnicos del Ayuntamiento podrán recabar de la Empresa
adjudicataria, asistida por sus colaboradores cualificados los informes, datos,
apoyo en operaciones de inventario, planificación, mediciones, trabajos de índole
experimental, medios materiales y humanos, etc., que sean necesarios para
mejorar o racionalizar los trabajos objeto del contrato, sin cargo alguno.
Organización y control
Las ofertas contendrán una organización de los medios de las contratas para los
trabajos objeto de las mismas, justificando la vinculación de cada equipo de trabajo
a un área de influencia, así como la previsión de programas de ejecución específicos
según lo indicado en los artículos anteriores.
En la puesta en marcha de la contrata se ajustarán estos detalles de organización
con los Técnicos municipales competentes.
El control por parte de los Técnicos municipales de la organización de los medios
materiales y humanos, trabajos y operaciones previstos conforme la proposición
contenida en los planes y programas de trabajo solicitados al principio del contrato
y las mejoras que se consideren adecuadas, sin variar el importe económico, será
continuo e inmediato a través de los Programas de gestión.
La Empresa adjudicataria someterá a los Servicios Técnicos programas de trabajo
de cada una de las labores a realizar alternativamente al programa ordinario para
cuando, por motivo de fuerza mayor o lluvia, no sea posible la realización de este
último.
En las operaciones de frecuencia diaria (mínimo cinco días a la semana) la Empresa
adjudicataria garantizará que en ningún caso se produzca un cese del servicio
superior a cuarenta y ocho horas, sea cual fuere la norma que las establezca. En las
operaciones de frecuencia alterna en que se produzca tal circunstancia, se
mantendrá este mismo criterio.
A tal efecto, los Servicios Técnicos conformarán la programación de los trabajos que
se vean afectados por esta circunstancia.
La Empresa adjudicataria deberá atender los trabajos de tipo urgente, imprevisibles,
de responsabilidad o riesgo especial, fijando en su oferta con claridad el sistema,
persona y modo de contacto con los Técnicos municipales.
La empresa adjudicataria entregará los siguientes documentos de trabajo:
- Planificación semanal de trabajos a ejecutar en cada zona definida en la
oferta según la programación establecida.
- Resumen semanal de los trabajos ejecutados.
- Listados mensuales correspondientes al personal por zonas, composición de
brigadas, trabajos o servicios especiales y todos los datos requeridos en los
programas de gestión, operaciones que no dispongan de fecha fija y todos
- Informes de incidencias establecidos en los Programas de Gestión.
- Parte semanal de los suministros.
Los formatos y modelos de partes, así como el sistema de comunicación, serán
facultad de los Servicios Técnicos municipales, modificándose, si hubiera lugar, de
acuerdo con el interés del Ayuntamiento, incorporando las informaciones de los
contratistas que tengan consecuencias operativas.
Mensualmente y como resumen de los Programas de Gestión que se desarrollen se
presentará un plan de los trabajos a realizar durante el mes siguiente. Dicho plan,
en casos puntuales o por inclemencias del tiempo, podrá sufrir modificaciones, si el
servicio técnico lo considera necesario. Los incumplimientos del plan o de órdenes
de trabajo serán motivo de sanción deduciéndose ésta de las certificaciones
correspondientes.
Inspección y control del servicio prestado.
Las funciones del personal inspector serán las siguientes:
a) Controlar que las labores se efectúan oportunamente y en la forma estipulada en el
pliego.
b) Respecto a las labores incluidas en el canon que se llevan a cabo de forma reiterativa,
se llevará a cabo la comprobación en dos zonas verdes elegidas de forma aleatoria de
entre las existentes en cada una de las zonas operativas descritas por el contratista, que
el n° de labores es el estipulado en el cronograma de la oferta.
c) Respecto a las labores incluidas en el canon que se lleven a cabo de forma no
reiterativa, se controlará que el número de unidades sobre el que se ha actuado es el
ofertado, de forma que en las últimas certificaciones se pueda llevar a cabo las
detracciones necesarias en el caso de que no se llegase a dicha cifra.
d) Controlar si se cumple tanto lo estipulado en el pliego, como los posibles
compromisos posteriores del adjudicatario en cuanto al número y calificación del
personal.
e) Determinar si los equipos, maquinaria y herramientas de que dispongan para la
realización de las labores satisfacen las condiciones exigidas en el Pliego y se
corresponden con lo ofertado por el adjudicatario.
f) Vigilar si el aseo, vestuario y competencia del personal afecto a la plantilla del
adjudicatario, reúne las condiciones exigidas a su rango, lugar de actuación e
importancia de la misión que tenga encomendada.
g) Fiscalizar el consumo de agua para que sea el mínimo compatible con la realización
de los riegos necesarios.
A la vista del resultado de estas inspecciones, se determinarán las correcciones o
modificaciones que se estimen oportunas en la organización de los trabajos, así como
las correcciones en las certificaciones mensuales, reflejándose las órdenes
correspondientes, que serán cumplidas de forma inmediata, o en su caso, en el plazo que
oportunamente se fije por el Servicio de Parques y Jardines.
Servicio público de control de calidad.
Se creara un servicio público de control de calidad del servicio prestado en el que
estarán representadas las asociaciones vecinales, asociaciones sociales, representantes
de los trabajadores y el propio servicio municipal de parques y jardines de Zaragoza.
5. organización y condiciones de la empresa.
personal.
La oferta de trabajadores y trabajadoras mínimos que la empresa realice tendrán un
contrato indefinido.
Al frente de la plantilla deberá figurar un titulado superior de rama agrónoma con
dedicación exclusiva, que será el interlocutor con oficial con el ayuntamiento de
Zaragoza.
La ratio será de 10.000 metros cuadrados por trabajador como mínimo. Las ofertas
podrán mejorar dicha ratio, manteniéndose durante la incorporación de zonas nuevas
aquella ratio ofertada por la empresa adjudicataria y manteniendo también el porcentaje
de oficiales y personal de oficios según la superficie de las nuevas adjudicaciones de
zonas verdes.
Personal mínimo dirección de oficina.
- 1 RESPONSABLE CONTRATA. Ingeniero superior rama agrónoma (agrónoma o
montes)
- Titulados medios, ingenieros técnicos agrónomos o montes.
- 1 Arquitecto o aparejador
- 1 encargado general que dispondrá como mínimo de una titulación técnica agrónoma o
montes.
- 1 administrativo y 2 auxiliares administrativos como mínimo en personal de oficina.
Personal de campo.
-
-
Personal fijo mínimo:
Capataces:
Oficios:
Oficial albañil
Oficial electricista
Oficial fontanero
Oficial herrero
Oficial pintor
Oficial carpintero
Oficiales conductores
Jardinería:
oficial jardinero:
Operarios de jardinería u oficios
El adjudicatario vendrá obligado a mantener el personal que defina en la oferta.
La empresa deberá cumplir en todo momento el convenio colectivo estatal de jardinería
en vigor así como el acuerdo laboral vigente, con especial referencia a la clausula de
subrogación. El incumplimiento de cualquier de estos hechos supondrá una sanción
muy grave con la inmediata retirada de la adjudicación de la contrata.
En todos los casos de incorporaciones por suplencia de vacaciones, ampliaciones, etc se
mantendrá la homologación de categoría y especialidades.
La sustitución de las bajas, suplencias de vacaciones serán obligatorias.
La empresa realizara un listado de localización-personal fijo en aéreas concretas, con
personal, categorías, asignación a puestos, o unidades de trabajo… en cada zona o
centro de trabajo. Se especificara en cada parque y en cada zona concreta el personal
mínimo asignado. Una vez revisados y aceptados por los servicios técnicos competentes
se confeccionara una lista que se considerara el documento inicial partida y servirá
como referencia obligatoria de personal mínimo asignado fijo en cada zona o centro de
trabajo.
Ejemplo:
Parque
Oficial
Jardinero
Peon
Oficios
p.bruil
1
2
1
1
p.grande
p. tio jorge
Dedicación y horario.
el personal deberá prestar sus servicios en jornada completa, de lunes a viernes y con
turnos de un sábado cada cuatro, en el que realizaran tareas de guardia y de limpieza de
instalaciones. A todo esto será obligatorio el cumplimiento del acuerdo laboral, siendo
el domingo festivo para toda la plantilla.
Uniformidad.
Todos los operarios irán provistos de uniforme, en el uniforme ira obligatoriamente el
logo y el nombre del ayuntamiento de Zaragoza. El servicio municipal de parques dará
el visto bueno a la oferta de uniformidad de la empresa adjudicataria.
Cada operario dispondrá de una tarjeta de identificación como trabajador de la contrata
municipal de parques y jardines.
Formación.
En la oferta que la empresa realice deberá reflejar un plan de formación para el
personal, de forma que exista un proceso continuo de mejora en la profesionalización de
todo el personal.
Contrataciones.
Se creara una bolsa de trabajo en la que se reflejara bien claro el baremo de puntos para
cada persona, teniendo en cuenta los estudios realizados en relación a dicho trabajo, la
experiencia profesional en el campo de la jardinería y en el mantenimiento de zonas
verdes publicas…
Medidas de igualdad.
El plan de igualdad que acuerde el ayuntamiento de Zaragoza será de obligatorio
cumplimiento para la empresa adjudicataria, y llevando a cabo todas aquellas medidas
necesarias que dicho plan acuerde.
Además de esto, la empresa podrá realizar una oferta sobre medidas de igualdad de
oportunidades entre hombres y mujeres y diversas medidas con respecto al acceso al
empleo, formación o promociones, etc, las cuales nunca serán menores al plan del
ayuntamiento.
Instalaciones.
El adjudicatario podrá disponer para su uso, de las casetas que actualmente dispone el
ayuntamiento de Zaragoza, en las zonas verdes objeto de licitación. La empresa
adjudicataria aportará casetas e instalaciones para uso del personal y herramientas en su
oferta de concurso. En el plazo máximo de dos meses las nuevas instalaciones deberán
estar en servicio.
La empresa adjudicataria tiene la obligación de acondicionar o ampliar las instalaciones
de acuerdo con la legislación higiénico-sanitaria en vigor. Todas las casetas deberán
estar acondicionadas para un uso mixto hombres/ mujeres.
Es obligación del adjudicatario como mínimo:
-
Limpieza diaria de la caseta.
Desinfección semanal de aquellos locales que lo precisen
Pintar una vez al año la totalidad de la edificación.
Reposición inmediata de los deterioros que sufra cualquier elemento de la
caseta.
Adaptación a la normativa aplicable en cada momento a este tipo de
instalaciones.
La empresa se compromete a habilitar y mantener un espacio como lugar de reunión
para los comités e seguridad y salud.
La empresa, bien en un lugar municipal o en su defecto en un lugar habilitado por la
misma, se compromete a habilitar y mantener un espacio para el funcionamiento del
comité de empresa. A si mismo, se habitará y mantendrá un espacio como lugar de
trabajo para cada sección sindical, diferenciado cada uno de ellos y no pudiendo ser
conjunto.
Vehículos, maquinaria, herramientas y materiales.
El adjudicatario dispondrá de la maquinaria y medios auxiliares necesarios para el
desarrollo de su misión y la detallara en la oferta por zonas o centros de trabajo.
Se tendrá en cuenta.
-
-
-
Aplicación del real decreto de la alcaldía 12 de abril de 2007 sobre utilización de
combustibles ecológicos en los vehículos del parque de tracción municipal y de
las contratas municipales.
La aplicación de la normativa de contratas municipales en relación a los
vehículos ecológicos.
Introducción de vehículos eléctricos y ecológicos, así como limitar a 10 años de
antigüedad los vehículos en uso. Todo ello beneficiara a un desarrollo mas
sostenible y ecológico de nuestra ciudad y de nuestros parques.
Nuevas tecnologías disponibles en el mercado.
Aplicación de las últimas innovaciones tecnológicas en relación con la
disminución del impacto ambiental( contaminación acústica, atmosfera, etc)
Los horarios de uso de maquinaria será reflejada por la normativa municipal.
La maquinaria y el total del material necesarios para la prestación de los servicios
propuestos será de uso exclusivo para la contrata objeto del presente pliego de
mantenimiento de parques y jardines de Zaragoza, quedando totalmente prohibido el
uso de esta maquinaria para cualquier otro trabajo privado o que este fuera de los
márgenes de la contrata. El incumplimiento de estos hechos serán considerados como
muy graves con una sanción aplicable que podría resultar el fin del contrato actual con
la empresa adjudicataria.
La sustitución de la maquinaria averiada debe ser inmediata.
Ejemplo maquinaria
categoria
tipologia
unidades
tractor
…
1
cortasetos
…
20
desbrozadora
…
56
Vehículos.
Deberá constar expresa y detalladamente el material móvil que decidan adscribir al
servicio. Los vehículos serán nuevos en su totalidad. Estos vehículos serán de uso
exclusivo de la contrata objeto del presente pliego.
Queda prohibido al adjudicatario introducir vehículos de tracción mecánica en las zonas
verdes, salvo los casos necesarios para las labores propias de conservación de las
mismas(abonado, retirada hierba…).
Todos los vehículos llevaran el logo y el nombre del ayuntamiento de Zaragoza.
Ejemplo vehículos.
Categoría
Tipo
unidades
Furgoneta
…
…
Vehiculo autopropulsado
…
…
camiones
…
…
Comunicaciones.
Presentaran en su oferta los servicios de comunicaciones que utilizaran:
-
Sistema de comunicación de servicios de vigilancia con los servicios de
emergencia tanto de la empresa como del ayuntamiento.
Sistemas de comunicación de los responsables del servicio por parte de la
empresa y el ayuntamiento.
Sistemas de comunicación internos de la empresa.
6. infracciones y sanciones.
Se creara un baremo de infracciones y sanciones semejante al que exponemos a
continuación.
INFRACCIONES.
Las infracciones por incumplimiento de las prescripciones de este Pliego o de normas
de carácter general aplicables al presente contrato se clasificarán en leves, graves y muy
graves.
1.- Son infracciones leves:
a) Falta de uniforme reglamentario en el personal, el estado indecoroso del mismo, o
llevar distintivos ajenos al diseño establecido.
b) El incumplimiento de las tareas mínimas exigibles de acuerdo con el presente Pliego
o con la oferta realizada.
c) Utilización de maquinaria y herramientas en mal estado de conservación o
funcionamiento.
d) Omisión del deber de comunicar de inmediato las situaciones de personal.
e) Modificación de un servicio sin causa justificada y sin notificación previa.
f) Las riñas o peleas entre operarios durante el desempeño del servicio.
g) Otros incumplimientos de las normas generales y específicas previstas en este Pliego.
2.- Son infracciones graves:
a) Ocupación del personal en tareas distintas a las especificadas en el contrato.
b) El detraer personal de la contrata para dedicarlo a otros cometidos o incorporar a
ella personal proveniente de otros centros de trabajo sin conocimiento del
Ayuntamiento.
c) Negarse o demorarse en facilitar la información, que relativa al servicio
contratado, sea demandada por el Ayuntamiento.
d) El falseamiento de la documentación relacionada con todos los elementos de la
empresa.
e) La desobediencia inexcusable a las órdenes que el Ayuntamiento dé por escrito
para corregir deficiencias concretamente señaladas por éste.
f) Falta de los elementos de seguridad necesarios para la prestación de cada
servicio.
g) La comisión de tres faltas leves en el periodo ininterrumpido de doce meses.
3.- Son infracciones muy graves:
a) La comisión de dos faltas graves en el periodo ininterrumpido de doce meses.
b) La falta de afiliación de algún trabajador a la Seguridad Social.
- SANCIONES.
A las infracciones señaladas en la cláusula anterior les serán de aplicación sanciones
consistentes en multas por importe de las cuantías que a continuación se detallan,
revisándose las mismas de igual forma que el precio del contrato para años sucesivos:
- Infracciones leves: de 300,00 a 1.500,00 euros.
- Infracciones graves: de 1.500,001 a 3.000,00 euros.
- Infracciones muy graves: de 3.000,01 a 30.000,00 euros.
El importe de las multas se hará efectivo contra la facturación primera posterior a su
imposición o, en última instancia, contra la garantía definitiva, debiéndose ésta reponer
en su importe en el plazo de quince días.
7. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Incluir en el pliego un apartado específico sobre la Prevención de Riesgos Laborales permite
regular y obligar a la empresa contratada a cumplir ciertos requisitos no regulados por la Ley
de Prevención de Riesgos Laborales, aumentando la seguridad que impone esta Ley para los
propios trabajadores y para el resto de personas que comparten los lugares de trabajo como
son los viandantes y los usuarios de los parques y jardines.
Unidades básicas del servicio:
.Riegos
.Entrecavados, escardas, formación de alcorques, mantenimiento de céspedes,
plantaciones, recogida de residuos.
-Abonados y enmiendas.
-Podas de arbolado, arbusto, cirugía arbórea, apeos y destoconados.
-Tratamientos fitosanitarios.
-Cargas y descargas de residuos.
-Conservación y reparación de infraestructuras.( riego, drenajes, etc).
Van a ser estas unidades las que se van a usar como base para efectuar la valoración de riesgos
laborales, y poder tomar así las medidas oportunas para su prevención.
DETERMINACION DE RIESGOS
A partir de las fichas de evaluación de riesgos, que se incluyen al final del presente anexo, se
identifican los riesgos que se prevé pueden presentarse en la realización de las operaciones
básicas.
RIESGOS LABORALES
Riegos
- Atropellos por vehículos
- Colisiones de vehículos
- Caídas
- Erosiones por calzado inadecuado
- Erosiones por manipulación del material
- Golpes por uso incorrecto de mangueras o del material de conexión a la red
- Lesiones musculares por malas posturas
- Enfriamientos por efecto del agua
- Electrocuciones
Entrecavados, escardas, formación de alcorques, mantenimiento de céspedes,
plantaciones, recogida de residuos
- Atropellos por vehículos
- Colisiones de vehículos
- Caídas
- Erosiones por calzado inadecuado
- Erosiones por manipulación de las herramientas y materiales de extracción y plantación
- Atrapamientos por maquinaria
- Lesiones musculares por manipulación de objetos pesados
- Lesiones musculares por malas posturas
- Golpes
- Cortes
- Ruidos
- Vibraciones
Abonados y enmiendas
- Atropellos por vehículos
- Colisiones de vehículos y vuelcos
- Caídas
- Erosiones por calzado inadecuado
- Erosiones en manos por manipulación de herramienta
- Dolores musculares por manejo de objetos pesados
- Dolores musculares por malas posturas
- Atrapamientos por maquinaria
- Ingestión por inhalación de productos tóxicos
- Ingestión por vía oral de productos tóxicos
- Irritaciones oculares por contacto con productos químicos
- Irritaciones cutáneas por contacto con productos químicos
- Proyecciones de partículas a los ojos
- Ruido
- Quemaduras por cal viva
- Olores
Podas de arbolado, arbusto, cirugía arbórea, apeos,
Destoconados
- Atropellos por vehículos
- Colisiones de vehículos
- Caídas desde las copas, escaleras o cesta de poda
- Erosiones por calzado inadecuado
- Erosiones en manos por herramienta o material de poda
- Dolores musculares por malas posturas
- Dolores musculares por manipulación de objetos pesados
- Atrapamientos por maquinaria
- Cortes
- Amputaciones
- Golpes
- Aplastamientos de miembros
- Proyección de partículas a los ojos
- Ruidos
- Vibraciones
- Electrocuciones
Tratamientos fitosanitarios
- Atropellos por vehículos
- Colisiones de vehículos y vuelcos
- Caídas
- Erosiones por calzado inadecuado
- Dolores musculares por manejo de objetos pesados
- Incendio por inflamación de productos químicos
- Ingestión por vía oral de productos químicos
- Ingestión por inhalación de productos químicos
- Irritaciones cutáneas
- Irritaciones oculares
- Vibraciones
- Atrapamientos
Cargas y descargas de residuos
- Atropellos por vehículos
- Atrapamientos por maquinaria
- Caídas desde un distinto nivel
- Heridas punzantes por manipulación de residuos
- Salpicaduras de residuos
- Caídas de objetos
- Colisiones y vuelcos
- Polvo
Riesgos producidos por agentes atmosféricos
- Por efecto mecánico del viento
- Por tormentas con aparato eléctrico
- Por efecto del hielo, agua o nieve
- Por efecto del sol
Conservación y reparación de infraestructuras (riego,
drenajes, etc)
- Atropellos por vehículos
- Atrapamientos por maquinaria
- Caídas desde un distinto nivel
- Heridas punzantes por manipulación de herramientas
- Caídas de objetos
- Colisiones y vuelcos
- Polvo
- Irritaciones cutáneas
- Irritaciones oculares
- Vibraciones
- Atrapamientos
- Ruidos
- Electrocuciones
Riesgos eléctricos
- Por deficiencias de maquinaria, vehículos, instalaciones, etc.
Riesgo de incendio
- Por deficiencias de maquinaria, vehículos, instalaciones, etc.
RIESGOS DE DAÑOS A TERCEROS
Derivados, principalmente por el desarrollo de las actividades de podas, tratamientos a arbolado
y realización de obras.
- Atropellos
- Colisiones
- Caídas a distinto nivel
- Salpicaduras con productos químicos (abonos líquidos, fungicidas, etc.)
- Golpes por uso incorrecto de mangueras o del material de conexión a la red
- Enfriamientos por efecto del agua
- Caídas de objetos
- Ruido
- Polvo
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES
Los riesgos laborales se pueden resumir en:
- Atropellos.
- Atropellos por vehículos.
- Erosiones por calzado inadecuado.
- Erosiones por manipulación de las herramientas, maquinaria y otros elementos (desechos de
poda, residuos, etc).
- Heridas punzantes y cortes por manipulación de residuos o herramientas.
- Erosiones y heridas punzantes en pies por calzado inadecuado.
- Lesiones musculares por posturas inadecuadas.
- Lesiones musculares por manipulación de objetos pesados.
- Daños oculares por proyección de objetos.
- Colisiones y vuelcos.
- Atrapamientos por maquinaria.
- Golpes por uso incorrecto de mangueras o del material de conexión a la red.
- Enfriamientos por efecto del agua.
- Quemaduras.
- Salpicaduras de residuos y productos químicos (abonos, fitosanitarios, etc.).
- Ingestión de productos tóxicos (diversas vías).
- Caídas de objetos.
- Caídas desde distinto nivel.
- Ruido.
- Vibraciones.
- Olores.
- Riesgos producidos por agentes atmosféricos.
- Riesgos eléctricos.
- Riesgos de incendios.
NORMAS DE ACTUACION
La mejor forma de disminuir las probabilidades de un accidente debidas a un determinado
riesgo, consiste en el cumplimiento de unas determinadas normas de seguridad. Por tanto, se
exponen a continuación las normas básicas de Seguridad e Higiene que deben seguirse.
Todo el personal que realice labores en la vía pública “a pie”, entre el tráfico de vehículos, para
evitar posibles atropellos, deberá prestar mucha atención al tráfico. Para evitar distracciones
tendrá prohibido el uso de auriculares. El trabajo lo realizará siempre que sea posible desde la
acera y cuando deba bajar a la calzada en zona de intensa circulación, extremará las
precauciones, realizando su labor de cara al tráfico, si ello fuera factible.
El vestuario de trabajo se confeccionará con tejidos de colores muy visibles, preferentemente en
colores vivos y con bandas reflectantes.
Aquellos trabajadores que realicen operaciones manuales, riego, y en general, todos los
operarios, para los días de lluvia, dispondrán de ropa de agua en dos piezas.
Para los trabajos a desarrollar en el servicio de mantenimiento en general, no se considera
preciso el calzado de seguridad, salvo para casos excepcionales como son los oficios varios
(carpinteros, albañiles, etc.), no obstante para una mayor protección en este tipo de trabajo se
empleará calzado homologado, fuerte y cómodo, no admitiéndose el empleo de cualquier otro
tipo de calzado diferente al suministrado por la Empresa.
En los trabajos de podas de arbolado de gran porte y tala, se considera aconsejable el uso de
calzado de seguridad en prevención de daños por caída de ramas de grandes dimensiones o
troncos.
Para las operaciones manuales de riego y en general, para los días de lluvia, se recomendará a
los operarios el empleo de botas de goma, que serán suministradas por la Empresa.
Será de obligación para todo el personal el empleo de guantes de protección de uso general,
tanto para evitar erosiones por roces con el material de trabajo y la vegetación, como por
higiene. A este respecto, el personal no deberá tocar los residuos, estando terminantemente
prohibida la recogida de residuos a mano.
Se instruirá al personal en la manera más adecuada para elevar cargas (flexionando las piernas,
en vez de realizar el esfuerzo con la zona lumbar), la posición correcta de desarrollar las labores,
etc., de modo que se eviten lesiones musculares (esguinces, lumbalgias, etc.) en operaciones de
carga y descarga de residuos de poda, traslados de maquinaria, etc., facilitándose cinturones
lumbares a todo aquel que lo solicite.
Asimismo, se les instruirá en la forma adecuada de manejar la vegetación en función de sus
características botánicas, con el fin de minimizar los riesgos que la manipulación de las mismas
comporta.
El personal que realice trabajos con mangueras deberá comprobar, antes de abrir la llave de paso
del agua, que la manguera y los elementos de conexión a la red se hallan correctamente unidos,
y la manguera asida por un operario y con la boquilla dirigida hacia el suelo, de modo que se
evite el riesgo de golpes de cimbreo de la manguera o mojaduras por salidas repentinas de agua.
En ningún caso se dirigirá el chorro contra cableados eléctricos.
Durante las labores que requieran la utilización de maquinaria se deberá tener en cuenta la
seguridad del ciudadano, por lo que se desaconseja efectuar este tipo de operaciones a menos de
5 metros de los transeúntes, delimitando esta área, si es preciso, por medio de vallado.
El personal que realice estas operaciones, deberá ir provisto del equipamiento de seguridad
adecuado a cada trabajo, como pueden ser cascos protectores auditivos, protectores faciales,
guantes, pantalón de seguridad, botas, arneses, etc., que les será proporcionado por la Empresa.
En el caso de las operaciones de poda en arbolado de gran porte que requieran ser hechas con
gran destreza y seguridad, para lo que se tomarán las medidas necesarias de aseguramiento del
personal mediante cuerdas y arneses, así como del material a podar que, en general son ramas de
gran calibre.
Las labores se coordinarán con la Policía Municipal si afectan a las vías públicas.
En los trabajos que requieran la manipulación de productos químicos, se requerirá una especial
atención, pudiendo aportar las siguientes normas básicas: almacenar los productos en armarios
adecuados cerrados con llave, preparar las mezclas necesarias en un lugar al aire libre y sin
gente, no trasvasar productos de sus envases originales, no reutilizar los envases y reciclarlos de
forma adecuada, utilizar en las labores el equipo de seguridad (casco de tratamientos y ropa
protectora), no limpiar boquillas y filtros soplando sobre ellos, no realizar tratamientos en días
de viento, ya que son ineficaces y peligrosos, y no verter los productos indiscriminadamente.
Las manipulaciones que se efectúen sobre la maquinaria se realizarán con el motor parado a ser
posible, para evitar atrapamientos.
El personal conductor encargado de la conducción de vehículos (camiones, furgonetas,
tractores, cisternas, etc.), deberán extremar la atención al tráfico para evitar colisiones.
Cuando la circulación se realice en áreas peatonales se deberán extremar aún más las
precauciones, dado que el tránsito se realiza entre ciudadanos y se pueden ocasionar atropellos
de personas que salen de locales o viviendas.
Debido a los riesgos que entrañan las detenciones en la vía pública de los vehículos con
elementos especiales para efectuar labores (camión grúa con cesta para podas, cisterna de
riegos, etc.), éstos deberán ser muy visibles para que su presencia sea detectada a cierta
distancia y alerte a los conductores y peatones.
Por ello, se deberá pintar su parte frontal y posterior con colores claros y con bandas reflectantes
o llamativas de atención en colores rojo y blanco. Además, el techo en su parte más visible
dispondrá de un girofaro con luz naranja, el cual deberá estar en funcionamiento junto con los
intermitentes de emergencia cuando el sincronizado con la marcha atrás, que alerta de esta
operación a personas que pueden estar cercanas al punto donde se desarrollen las operaciones.
Si fuera necesario se procederá al balizamiento de la zona mediante conos o cinta.
El seguimiento de estas normas de actuación dará lugar al empleo de una serie de equipos de
protección tanto de carácter individual como colectivo. Además, para aquellas normas que sea
posible su explicación gráfica, se diseñarán una serie de dibujos los cuales servirán de base para
la realización de carteles y pasquines.
PROTECCIONES INDIVIDUALES
Protecciones de la cabeza:
- Casco: Para todos los trabajadores que participen en labores que impliquen la
posible caída desde zonas elevadas de materiales (por ejemplo en podas), o
sea necesario el empleo de maquinaria pesada, incluidos visitantes.
- Gafas contra impactos y antipolvo: de uso en trabajos donde puedan proyectarse partículas o
pueda producirse polvo.
- Máscaras antipolvo: en los trabajos en los que se pueda producir éste o formar aerosoles.
- Auriculares: para los operarios que realicen trabajos en ambientes o con maquinaria de
elevado nivel sonoro, siempre que no se contravengan normas.
- Casco de tratamientos: para los operarios que realicen las labores de tratamientos
fitosanitarios.
Protecciones del cuerpo:
- Mono de trabajo: de uso general para todos los trabajadores. Se tendrán en cuenta las
reposiciones a lo largo del servicio, según convenio colectivo.
- Trajes de agua: de dos piezas de uso general para todos los trabajadores.
- Chalecos reflectantes: de uso en trabajos en vías con tráfico.
- Mono protector: para trabajos de aplicación de productos fitosanitarios.
- Traje de motoserrista: para aquella persona que utilice esta herramienta.
Protecciones de las extremidades superiores:
- Guantes de uso general: para manejo de materiales.
- Guantes específicos: para las distintas labores.
- Guantes de goma: para manejo de residuos.
Protecciones de las extremidades inferiores:
- Botas homologadas: de uso general para todos los trabajadores.
- Botas de agua: para trabajos en zonas mojadas o en días de lluvia.
- Botas de seguridad: para trabajos específicos (podas, talas, etc.).
PROTECCIONES COLECTIVAS
- Extintores para locales: almacenes o zonas de combustible.
- Interruptores diferenciales: en cuadros y maquinarias.
- Señales ópticas y acústicas: de marcha en maquinaria.
- Cinta de balizamiento, vallas ,señales y conos
- Balizamiento luminoso.
FORMACIÓN
Todo el personal recibirá en el momento de ingreso en la Empresa, una exposición de los
métodos de trabajo y los riesgos que éstos pudieran entrañar, juntamente con las medidas de
seguridad que deberá emplear.
Asimismo, será informado cada vez que se produzcan cambios en las normas de seguridad a
aplicar, bien por actuaciones de la Empresa como por las derivadas de los acuerdos adoptados
por el Comité de Seguridad y Salud.
MEDICINA PREVENTIVA Y PRIMEROS AUXILIOS.
Botiquines.
Se dispondrá, en las instalaciones centrales, de un local para botiquín.
Además, cada vehículo dispondrá de otro botiquín portátil de primeros auxilios, conteniendo el
material especificado en la Ordenanza General de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Asistencia de accidentados.
Cada operario estará informado del emplazamiento de los diferentes Centros Médicos (Servicios
propios, Mutuas Patronales, Mutualidades Laborales, Ambulatorios, etc.) donde deben
trasladarse a los accidentados para su más rápido y efectivo tratamiento.
Se dispondrá en las instalaciones centrales y oficinas administrativas de un teléfono, y en sitio
bien visible, de una lista con los números de teléfono y direcciones de los centros de urgencias,
ambulancias, taxis, etc., para garantizar un rápido transporte de los posibles accidentados a los
centros de asistencia.
Además, cada vehículo dispondrá de un equipo de radiofonía móvil, que permitirá su
comunicación con la nave taller y oficinas administrativas para dar aviso de las incidencias que
se pudieran producir.
Reconocimiento médico.
Todo el personal que empiece a trabajar en la Empresa, pasará un reconocimiento médico
previo al trabajo, recibiendo las vacunas oportunas.
Posteriormente, cada año se realizarán revisiones médicas junto con seguimientos
psicofisiológicos.
PREVENCION DE DAÑOS A TERCEROS
NORMAS DE ACTUACION
Las normas de actuación básicas en la prevención de daños a terceros consisten esencialmente
en hacer notar a los ciudadanos la presencia de equipos de trabajo.
Esto se consigue con el empleo en los vehículos de bandas de llamada de atención, girofaros y
avisadores acústicos de marcha atrás o simplemente de marcha. Balizando y vallando las zonas
donde se realicen trabajos que impliquen un alto riesgo, como podas, talas, etc., impidiendo si
fuese posible el acceso a estas zonas.
En general, la prevención de daños a terceros se conseguirá siguiendo todas las normas de
actuación y de buena práctica que se han indicado dentro del Capítulo “Prevención de riesgos
laborales”.
PROTECCIONES COLECTIVAS
- Señales ópticas y acústicas: de marcha en maquinaria.
- Señales de seguridad.
- Cinta de balizamiento.
- Balizamiento luminoso.
CONDICIONES DE LOS MEDIOS DE PROTECCION
Todas las prendas de protección personal o elementos de protección colectiva, tendrán fijado un
periodo de vida útil, desechándose a su término.
Cuando por las circunstancias del trabajo, se produzca un deterioro más rápido en una
determinada prenda o equipo se repondrá ésta, independientemente de la duración prevista o
fecha de entrega.
Toda prenda o equipo de protección que haya sufrido un trato límite, es decir, el máximo para el
que fue concebido, será desechado y repuesto al momento.
Aquellas prendas que por su uso hayan adquirido más holguras o tolerancias de las admitidas
por el fabricante, serán repuestas inmediatamente.
El uso de una prenda o equipo de protección nunca representará un riesgo en sí mismo.
PROTECCIONES PERSONALES
Todo elemento de protección personal se ajustará a las Normas de Homologación del Ministerio
de Trabajo (O.M. 17-5-74) (B.O.E. 29-5-74).
En los casos en los que no exista Norma de Homologación Oficial, serán de calidad adecuada a
sus respectivas prestaciones.
El personal encargado de control y vigilancia del servicio es el responsable de velar por la
correcta utilización de estas prendas y de exigir a los empleados la utilización de los elementos
de protección personal precisas para realizar los trabajos encomendados.
El extravío o deterioro por mal uso de la prenda, debe implicar su sustitución inmediata.
PROTECCIONES COLECTIVAS
Los elementos de protección colectiva se ajustarán a las características fundamentales
siguientes:
- Señales de circulación: Cumplirán lo previsto en el artículo 701 del Pliego de prescripciones
Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes (PG-3/75, B.O.E. 7.7.76) y se atendrán a
lo indicado en la Norma 8.3.-I.C.Señalización de obras (Orden 31.8.87, B.O.E. 18.9.87).
- Señales de seguridad: Se proveerán y colocarán de acuerdo con el Real Decreto 1.403/1.986,
de 9 de marzo, por el que se aprueba la norma sobre señalización de seguridad en los centros y
locales de trabajo (B.O.E. 8.7.86).
- Extintores: Serán adecuados en agente extintor y tamaño al tipo de incendio previsible, y se
revisarán cada seis meses como máximo. Los encargados y capataces son los responsables de
velar por la utilización de los medios de protección colectiva, contando con el asesoramiento de
los Técnicos de Seguridad y del Departamento Técnico de la Empresa.
SERVICIOS DE PREVENCIÓN
SERVICIO TÉCNICO DE SEGURIDAD Y SALUD
La explotación contará con el asesoramiento de dos Técnicos de Seguridad, cuya misión será la
prevención de riesgos que puedan presentarse y asesorar sobre las medidas de seguridad a
adoptar.
Asimismo, investigarán las causas de los accidentes ocurridos para modificar los condicionantes
que los produjeron y evitar su repetición.
Todas las labores de los Técnicos de Seguridad serán supervisadas por una mutua patronal de
accidentes, la cual elaborará anualmente un programa de actuación en materia de Seguridad y
Salud.
SERVICIO MÉDICO
La Empresa dispondrá de un Servicio Médico de Empresa propio y adecuado al número de
trabajadores.
DELEGADO DE PREVENCIÓN Y COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD
DELEGADO DE PREVENCION
Se nombrará un Delegado de Prevención de acuerdo con lo previsto en la Ley de Prevención de
Riesgos Laborales (31/95), el cual tendrá funciones específicas en materia de prevención de
riesgos en el trabajo.
De acuerdo con la Ley antes mencionada, las competencias de este Delegado de Prevención
serán las siguientes:
- Colaborar con la Dirección de Empresa en la mejora de la acción preventiva.
- Promover y fomentar la colaboración de los trabajadores en la ejecución de la normativa sobre
prevención de riesgos laborales.
- Ser consultado por el Empresario, con carácter previo a su ejecución, acerca de las decisiones
a que se refiere el artículo 33 de la presente Ley.
- Ejercer una labor de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa de prevención
de riesgos laborales.
COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD
Se constituirá un Comité de Seguridad Y Salud para la zona que se adjudique.
Este Comité, estará formado por los Delegados de Prevención, de una parte, y por igual número
de representantes de la Empresa, por la otra.
Serán competencias de este Comité las siguientes:
- Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de
prevención de riesgos de la Empresa.
- Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de los
riesgos, proponiendo a la Empresa la mejora de las condiciones o la corrección de las
deficiencias existentes.
COORDINADOR DE CONTRATAS
Será un Técnico municipal designado por su servicio, responsable de las relaciones con la
Empresa contratada según regula el artículo 41 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de
Contratos del Sector Público
Sus funciones serán:
-Deberá cumplir y supervisar el cumplimiento de la Ley de Prevención de riesgos Laborales
dentro de la Empresa adjudicataria.
-Deberá cumplir y vigilar el cumplimiento de las cláusulas de los pliegos de condiciones
técnicas relativas a la coordinación empresarial conforme al Procedimiento de Prevención de
Riesgos Laborales PPRL-403
-Mantener reuniones semestrales con el Comité de Seguridad y Salud y participando en la
mejora continua de la prevención.
-Establecer con los técnicos en Prevención de la empresa los mecanismos o vías para una eficaz
comunicación así como para un adecuado intercambio de informaciones.
-Recabar de la Empresa contratista la documentación preceptiva y cuanta documentación se
estime necesaria, verificando que esta documentación se ajusta a la legislación vigente.
-Mantener el archivo generado por la documentación entregada.
-Contemplar explícitamente la forma de llevar a cabo la presencia de los recursos preventivos de
conformidad con el artículo 22 bis del R.D. 39/1997 de 17 de enero.
INSTALACIONES TÉCNICAS
La Empresa dispondrá en las instalaciones centrales de un local con botiquín central,
conteniendo el material especificado en la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el
Trabajo.
Los botiquines se revisarán mensualmente, reponiéndose inmediatamente el material
consumido.
INSTALACIONES DE HIGIENE Y BIENESTAR
Los vestuarios y aseos tendrán como mínimo, 2 m2, por persona, el primero dispondrá de
taquillas individuales provistas de cerradura, asientos e iluminación.
Los servicios higiénicos tendrán un lavabo y una ducha por cada 5 trabajadores, con agua fría y
caliente, un retrete por cada 20 trabajadores, y dispondrán, además, de espejos e iluminación.
Todos los locales puestos a disposición del servicio se ventilarán oportunamente,
manteniéndose además un buen estado de limpieza y conservación.
DISPOSICIONES LEGALES DE APLICACIÓN:
La Empresa debe comprometerse al cumplimiento de las disposiciones
contenidas en las siguientes referencias legislativas:
-Procedimientos 403 ; 403-1; 403-2; 403-3; 403-4 del Exc. Ayuntamiento de Zaragoza.(en
anexos)
Estos Procedimientos han sido elaborados por el Ayuntamiento de Zaragoza para la
integración de la Prevención de Riesgos Laborales en la coordinación de las distintas
actividades empresariales, en las contratas y subcontratas de obras y servicios.
- Estatutos de los Trabajadores (Ley 8/1980 de 10-3-1980) (B.O.E. 14-3-1980).
- Ordenanza General de la Seguridad e Higiene en el Trabajo (O.M. 9-3-71)
(B.O.E. 13-3-71).
- Ordenanza de Trabajo de la Construcción del Vidrio y la Cerámica (O.M. 28-8-70) (B.O.E.
17-10-70).
- Plan Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo (O.M. 9-3-71) (B.O.E. 173-71).
- Reglamento de los Servicios Médicos de Empresa (O.M. 21-11-59) (B.O.E. 2711-59)
- Reglamento Electrotécnico en Baja Tensión (O.M. 20-9-73) (B.O.E. 9-10-73).
- Normas para Señalización de Obras en Carretera (O.M. 14-3-60) (B.O.E. 23-360).
- Señalización de Seguridad en los centros de trabajo (R.D. 1403 de 9-5-86).
- Convenio General del Sector.
- Prevención de accidente mayores (R.D. 886/88 y 952/90).
- Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995).
- Condiciones mínimas de seguridad que han de cumplir los equipos de protección individual
(EPI) para su comercialización y libre circulación intracomunitaria. (R.D. 1407/92).
- Directiva europea sobre prescripciones mínimas de Seguridad e Higiene en las obras
(92/57/CEE).
- Reglamento de Seguridad en máquinas (R.D. 1495/86).
- Protección contra el ruido (R.D. 116/89).
- Ley de infracciones y sanciones de orden social (Ley 8/1988).
- Regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos (R.D.
2001/1983)
- Prohibición de trabajos nocturnos a menores de 18 años (D.1156/60) (B.O.E.
23-6-1960).
- Reglamento de Seguridad e Higiene en la Industria de la Construcción (O.M.
20-5-82) (B.O.E. 15-6-82).
- Homologación de Medios de Protección Personal de los Trabajadores (O.M. 175-74) (B.O.E. 29-5-74).
- Las Normas UNE e ISO, que alguna de las disposiciones anteriores señalan como de obligado
cumplimiento.
- Demás disposiciones oficiales relativas a la Seguridad, Salud y Medicina del Trabajo, que
puedan afectar a los trabajos que se realicen en la prestación del servicio.
8. PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL
SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACION INTEGRAL DE LAS
ÁREAS DE JUEGOS INFANTILES Y MOVILIARIO URBANO EN EL
EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
1- OBJETO:
El objeto del presente pliego es definir las operaciones necesarias para el
mantenimiento , conservación, sustitución y reparación integral (materiales y
mano de obra) de todos y cada uno de los elementos de los juegos que componen las
áreas de juegos infantiles municipales instalados ,o por instalar en los parques ,
jardines ,y en las zonas verdes públicas de la ciudad de Zaragoza, así como el
mantenimiento de las superficies de dichas áreas incluido los areneros , los
pavimentos continuos de seguridad ,el mantenimiento ,conservación y la reparación
de los cerramientos perimetrales de dichas áreas, y de los carteles indicativos e
informativos.
2-CONDICIONES GENERALES DE LAS ÁREAS DE JUEGO:
2.1- ENTRADA DE LAS ÁREAS DE JUEGO:
En la entrada de cada área de juego o en lugar bien visible deberá existir un cartel
informativo con las siguientes características:
- Situado aproximadamente a la altura de los ojos de forma que sea bien visible pero no
suponga un obstáculo para el tránsito.
- Deberán evitarse materiales de fácil fractura que puedan producir
fragmentos cortantes.
- La altura de las letras a utilizar deberá ser como mínimo de 15 mm. Los pictogramas
deberán tener como mínimo 10 x 10 mm.
- Deberán contener, como mínimo, la siguiente información:
o Grupo de edades recomendado para la que está destinada el área de juego. Si las
edades de cada elemento no son homogéneas se indicará la edad recomendada para cada
uno de ellos.
o Número de teléfono para conservación o incidencias (según proceda, Talleres
municipales y Oficina de Parques y Jardines).
o Número de teléfono para emergencias
o Prohibición de entrada de animales de como Referencia a que el correcto uso de los
equipos queda bajo la
responsabilidad de padres y acompañantes adultos, con indicación expresa de la
necesidad de vigilancia adulta para niños de 0 a 3 años en aquellas áreas para este grupo
de edad.
- La información descrita debe ocupar una superficie mínima de 0,36 m2.
- El cartel será de un material robusto, no fraccionable y resistente a la intemperie, con
imprimación “antigrafiti”.
- El soporte será un poste metálico de resistencia suficiente y con anclaje sólido al suelo.
pañía.
2.2 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS MATERIALES A EMPLEAR EN
LOS JUEGOS INFANTILES:
• La selección de materiales y su uso deberán estar en concordancia con las normas
europeas específicas para cada uno de ellos.
• Se prestará una atención especial a los riegos de toxicidad potencial de los
revestimientos protectores de las superficies.
• Los materiales se seleccionarán y protegerán de tal forma que la
integridad del equipo que ha sido fabricado con tales materiales no se vea afectada
antes de la próxima inspección relevante de mantenimiento.
• En la elección de los materiales o sustancias para la reparación de equipos, deberá
tenerse en consideración cara a su futuro reciclaje.
• Para evitar el riesgo de incendio y peligros asociados, no se utilizarán materiales que
produzcan superficies inflamables.
2.3 CERTIFICACIONES DE CALIDAD Y SEGURIDAD DE LOS JUEGOS:
Para garantizar el grado de seguridad necesario de los distintos equipamientos de juegos
infantiles a instalar, será imprescindible para poder ofertar, la presentación de los
certificados TÜV (expedidos por el Geprüfte Sicherheit) u
homogénea certificación española, de los juegos ofertados con respecto al cumplimiento
de la normativa europea de seguridad EN-1176 así como de la EN-1177 para aquellos
casos en que se utilicen pavimentos sintético.
Con la finalidad de obtener la calidad deseada en las instalaciones, las empresas
ofertantes deberán contar con la certificación ISO 9001, respecto de estándares de
calidad en todas las operaciones del proceso de fabricación e
instalación y deberá poseer la certificación ISO 14001 de calidad medioambiental.
En cualquier caso será exigible la siguiente normativa:
UNE-EN 1176-1: 1.999 :
Equipamiento de las áreas de juego. Parte 1: Requisitos generales de seguridad y
métodos de ensayo (11/05/1999).
UNE-EN 1176-1/A1: 2.002 :
Equipamiento de las áreas de juego. Parte 1: Requisitos generales de
seguridad y métodos de ensayo.
UNE-EN 1176-1/A2: 2.003:
Equipamiento de las áreas de juego. Parte 1: Requisitos generales de
seguridad y métodos de ensayo.
UNE-EN 1176-2: 1.999:
Equipamiento de las áreas de juego. Parte 2: Requisitos de seguridad
específicos adicionales y métodos de ensayo para columpios
(15/06/1999).
UNE-EN 1176-2/A1: 2.003:
Equipamiento de las áreas de juego. Parte 2: Requisitos de seguridad
específicos adicionales y métodos de ensayo para columpio.
UNE-EN 1176-3: 1.999:
Equipamiento de las áreas de juego. Parte 3: Requisitos de seguridad
específicos adicionales y métodos de ensayo para toboganes
(15/06/1999).
UNE-EN 1176-3/A1: 2.003:
Equipamiento de las áreas de juego. Parte 3: Requisitos de seguridad
específicos adicionales y métodos de ensayo para toboganes.
UNE-EN 1176-4: 1.999:
Equipamiento de las áreas de juego. Parte 4: Requisitos de seguridad
específicos adicionales y métodos de ensayo para tirolinas (15/06/1999).
UNE-EN 1176-4/A1: 2.003:
Equipamiento de las áreas de juego. Parte 4: Requisitos de seguridad
específicos adicionales y métodos de ensayo para tirolinas.
UNE-EN 1176-5: 1.999:
Equipamiento de las áreas de juego. Parte 5: Requisitos de seguridad
específicos adicionales y métodos de ensayo para carruseles
(18/08/1999).
UNE-EN 1176-5/A1: 2.002:
Equipamiento de las áreas de juego. Parte 5: Requisitos de seguridad
específicos adicionales y métodos de ensayo para carruseles.
UNE-EN 1176-5/A2: 2.003:
Equipamiento de las áreas de juego. Parte 5: Requisitos de seguridad
específicos adicionales y métodos de ensayo para carruseles.
UNE-EN 1176-6: 1.999:
Equipamiento de las áreas de juego. Parte 6: Requisitos de seguridad
específicos adicionales y métodos de ensayo para balancines
(15/06/1999).
UNE-EN 1176-6/A1: 2.002:
Equipamiento de las áreas de juego. Parte 6: Requisitos de seguridad
específicos adicionales y métodos de ensayo para balancines.
UNE-EN 1176-7: 1.998:
Equipamiento de las áreas de juego. Parte 7: Guía para la instalación,
inspección, mantenimiento y utilización (14/07/1999).
UNE-EN 1177: 1.998:
Revestimientos de las superficies de las áreas de juego absorbentes de
impactos. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo (08/07/1998).
UNE-EN 1177/A1: 2.002:
Revestimientos de las superficies de las áreas de juego absorbentes de
impactos. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo.
UNE 147101: 2000 IN:
Equipamiento de las áreas de juego. Guía de aplicación de la norma
UNE-EN 1176-1.
UNE 147102: 2000 IN:
Equipamiento de las áreas de juego. Guía de aplicación de la norma
UNE-EN 1176-7 a la inspección y el mantenimiento.
UNE 147103: 2001
Planificación y gestión de las áreas y parques de juego al aire libre.
UNE 172001: 2004 IN
Señalización de las áreas de juego.
UNE-EN 71-3:1996
Seguridad de los juguetes. Parte 3: Migración de ciertos elementos.
UNE-EN 351-1:1996
Durabilidad de la madera y de los productos derivados de la madera.
Madera maciza tratada con productos protectores. Parte 1: Clasificación
de las penetraciones y retenciones de los productos protectores.
UNE-EN 351-2:1996
Durabilidad de la madera y de los productos derivados de la madera.
Madera maciza tratada con productos protectores. Parte 2: Guía de
muestreo de la madera tratada para su análisis.
2.4- INSPECCIÓN:
Se realizará una inspección ocular y visual para proceder a reparar toda la
tornillería,cadenas,asientos,redes,cuerdas,baldas,protecciones,escaleras,rampas,barras,
elementos de unión, partes móviles etc., areneros, pavimentos de seguridad, vallas de
cerramiento, carteles informativos, etc. todo ello se inspeccionará como mínimo una vez
por semana, y una inspección funcional más específica y profunda que la ocular, se debe
comprobar el funcionamiento y la estabilidad de los juegos, y en particular detectar
roturas, anomalías, desperfectos, averías ,posibles muestras de desgaste de
partes móviles o fijas ,como mínimo una vez por semana, y una inspección anual que se
realizará con la finalidad de establecer el nivel total de seguridad del equipo, los
anclajes, cimentaciones y superficies de caída. Esta inspección requerirá en caso
necesario excavar o desmontar total o parcialmente los elementos del equipo para su
comprobación que se deberá hacer siguiendo las instrucciones del fabricante.
Si durante la inspección se descubriesen defectos que pudieran poner en peligro la
seguridad, éstos deberán ser corregidos de inmediato y si esto no fuese posible, se
procederá a su retirada o clausura.
Cuando una pieza del equipo deba ser reparada o sustituida y ello implique su
desmontaje, los elementos, anclajes o cimientos que queden sueltos deberán ser
igualmente retirados o garantizar la inaccesibilidad a la instalación por parte de los
usuarios.
Será obligación del adjudicatario, fijar y establecer los medios mínimos e itinerarios de
inspección de forma que quede perfectamente asegurada la frecuencia de paso.
2.5- TRABAJOS PREVENTIVOS Y CORRECTIVOS:
El adjudicatario con el personal idóneo en número y competencia profesional a su cargo
a todos los efectos, así como con equipos de maquinaria y herramienta de tipos,
sistemas y características modernas y eficaces, atenderá debidamente en tiempo y forma
la realización de las labores :
-
Ajustes de piezas de unión (incluye tornillería, puntas, escuadras y otras
pequeñas piezas).
-
Reparación de cadenas de columpios.
-
Lubricación y sustitución de cojinetes.
-
Limpieza del equipo.
-
Limpieza de pintadas.
-
Pintado de los equipos.
-
Mantenimiento de los suelos amortiguadores sintéticos.
-
Nivelación, limpieza y renovación de suelos amortiguadores formados por
materiales granulosos sin cohesión.
-
Retirada de restos de cimentaciones u otros elementos peligrosos.
-
Sustitución de piezas de unión.
-
Trabajos de soldadura.
-
Desmontaje de juegos defectuosos.
-
Precintado de juegos peligrosos y vallados de seguridad.
Cualquier otro que, no estando incluido en esta relación, tuviera carácter
reiterado y pudiera considerarse como mantenimiento de rutina.
2.6- MANTENIMIENTO DE JUEGOS INFANTILES:
Como norma general se establecen las siguientes labores:
-Limpieza diaria del área de los juegos infantiles y de su zona de influencia.
-Lijado de la madera y pintado de las unidades que lo requieran y en cualquier caso
siempre que así lo determinen los servicios técnicos municipales.
Se realizará siempre que se considere necesario en previsión de posibles riesgos de
seguridad, de tal forma que.
+ Se repare de inmediato.
+ Se retire el juego, sin dejar anclajes, oquedades, u otros restos que puedan suponer un
riesgo de accidente.
+ Se señalice adecuadamente para evitar su utilización, hasta su reposición o retirada, en
un plazo máximo de 48 horas desde la comunicación de la incidencia.
2.7- REPARACIÓN Y CONSERVACIÓN DE LOS PAVIMENTOS DE
SEGURIDAD
Consiste en la reparación de los pavimentos continuos de seguridad de las áreas de los
juegos infantiles a mantener, que se hayan deteriorado, desgastado o desolarizado.
Dichos pavimentos han de permanecer en buen estado de conservación al objeto de que
cumplan con las condiciones legales de seguridad exigibles.
2.8- REPARACIÓN Y PINTADO DE LOS PANELES/CARTELES
INDICATIVOS Y DE INFORMACIÓN
Todos los carteles indicativos, informativos de las áreas de los juegos infantiles han de
permanecer en buen estado de conservación tanto en lo relativo a su leyenda, pintura,
elementos de sustentación de anclaje y explicación, al objeto que cumplan con el fin
para el que se han instalado.
3- ANCLAJE Y DESANCLAJE
Todos los elementos de mobiliario urbano deben estar anclados. El anclaje está
condicionado al lugar de ubicación, diferenciando:
-
Anclaje en zonas de terrizo: se realiza con dados de hormigón, H175Kg./cm2 de árido máximo de 40mm. Y consistencia plástica.
Anclaje en zonas pavimentadas: depende del elemento a colocar, siendo los
métodos más frecuentes:
+Dados de hormigón, mínimo
40x 40 x 40 cm.
+Anclajes rápidos o expansivos.
+Placas de anclaje.
Los elemento que no resulten aptos para su uso, deberán ser desanclados y retirados al
almacén o vertedero.
4- PINTADO, ESMALTADO Y ENGRASADO
Todos los elementos de mobiliario urbano, requieren de una conservación de acabados
anticorrosivos, decorativos o protectores sobre metales o maderas.
Los trabajos a realizar dependiendo del tipo de material son:
-Sobre elementos metálicos, se realizarán protecciones aplicando una capa de
imprimación y una o dos de pintura que, según los casos, podrán ser esmaltes sintéticos
industriales, oxirón, epoxi, al zinc y acabados térmicos y electrolíticos, como el
galvanizado.
En el caso que fuera necesario se utilizarán productos desoxidantes, decapantes y
disolventes, incluso procesos de chorreado.
-Sobre elementos de madera, se realizarán tratamientos en autoclave de vacsolizado o
tanalizado para elementos nuevos, aplicando sobre ellos, y sobre elementos ya en uso,
acabados decorativos de poro abierto con acción protectora, insecticida, fungicida e
hidrófuga.
-Sobre las articulaciones o elementos rotatorios, deberá aplicarse grasa, limpiando
previamente la parte a engrasar en caso necesario, para mantener el mecanismo en
perfecto funcionamiento.
5- DISEÑO
El diseño de los juegos habrá de ser tal que permita una gran variedad de actividades
para distintas edades, además de incluir algún elemento o conjunto de integración, que
permita ser usado por niños minusválidos. El diseño ha de ser además moderno,
práctico y divertido para los niños.
6- CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE ARENEROS
Los areneros existentes en las distintas zonas verdes, deberán ser limpiados y
rastrillados cada día a primera hora.
La limpieza de la arena en áreas de juegos infantiles ha de contemplar las siguientes
operaciones:
-Rastrillado en superficie una vez al día, con una profundidad mínima de 15 cm para
eliminar eventuales cuerpos extraños.
-Volteado de la arena en todo su espesor una vez cada dos meses.
Se repondrá la pérdida de arena de seguridad existente en las zonas de juegos, como
mínimo cada dos meses y se renovará la totalidad de la arena una por semestre.
7- FUENTES DE BEBER
Son objeto del mantenimiento las distintas fuentes públicas de beber, así como la parte
de sus acometidas.
Se realizará el mantenimiento de grifos y desagües, permitiendo el correcto estado de
uso.
Además se llevará a cabo el pintado de todas la fuentes de beber dos veces al año.
8- MOVILIARIO URBANO
El Servicio que se ha de prestar por el adjudicatario comprende la realización, sobre los
elementos de mobiliario urbano existentes (bancos, juegos, fuentes de beber, etc.), así
como sobre los que se puedan instalar, de los trabajos de mantenimiento y reparación
que garanticen que todos ellos se encuentren siempre en las mejores condiciones de
conservación.
Deberá entenderse por mantenimiento aquellos trabajos necesarios para conservar en
buen estado todos los elementos del mobiliario urbano.
La reparación consistirá en sustituir, en el momento de detectarse, la parte del elemento
que se haya roto, ofrezca poca seguridad y/o corra peligro de producir lesiones al
público.
Será a cargo del contratista la retirada a los almacenes municipales de elementos enteros
o parciales que sólo sirvan para chatarra.
Los materiales empleados en las labores de conservación o en las reparaciones, deberán
cumplir las Especificaciones Técnicas aplicables a los mismos.
El Servicio de Parques y Jardines podrá realizar los pertinentes ensayos de calidad en
cuanto a los materiales empleados en estas labores.
Frecuencias de las labores de mantenimiento:
-Todos los elementos de mobiliario urbano deberán limpiarse con agua a presión, al
menos una vez cada dos meses.
-Deberán pintarse y/o barnizarse al menos una vez al año.
-Las reparaciones de los mismos deberán comenzarse en el plazo de 48 horas siguientes
al momento en que el adjudicatario tenga constancia de las mismas, o en su caso la
retirada del mobiliario deteriorado para evitar el riesgo de posibles accidentes.
El adjudicatario deberá prever para la realización de estas labores cinco o más
furgonetas taller, adecuadas a las características específicas de los trabajos a realizar, así
como dispones de los correspondientes Oficiales de oficios( carpintería, herrero, pintor,
etc..) que precisen este tipo de trabajos, para garantizar su seguridad y perfecto
funcionamiento.
9- PLAN DE RIESGOS LABORALES
El concursante deberá elaborar y presentar con su propuesta la Evaluación de Riesgos
de todas las actividades que, de acuerdo con la misma vaya a realizar, así como el
correspondiente Plan de Seguridad y Salud. Al propio tiempo redactará un documento
informativo para los trabajadores, en el que describa los riesgos a que están expuestos, y
las medidas preventivas que deben de llevar a cabo para reducirlos o eliminarlos.
Por otra parte, se acreditará la existencia de técnicos expertos y competentes en
prevención de riesgos laborales en la empresa, para cuando la situación lo requiera.
10- PROTECCIÓN Y SEÑALIZACIÓN E INFORMACIÓN DE LOS
TRABAJOS
Se considera de especial importancia las condiciones de seguridad a adoptar durante la
realización de los trabajos, que permitan garantizar al máximo la eliminación de riesgos
para usuarios, así como de los propios trabajadores. La zona de trabajo deberá acotarse
debidamente mediante vallas o cintas señalizadoras, en los trabajos de corta duración y
palenques en los restantes, y señalizarse adecuadamente.
11- ELIMINACIÓN DE RESIDUOS
Los residuos resultantes de la realización de los trabajos, así como
embalajes, envases vacíos, etc.. serán retirados de forma inmediata por el adjudicatario,
sin que se permita la permanencia de los mismos en el lugar de las obras.

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