En caso de accidente deportivo Trimurcia
Transcripción
En caso de accidente deportivo Trimurcia
PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN CASO DE SINIESTRO En caso de accidente deportivo, es importante que leas detenidamente la información que a continuación exponemos. En ella podrás encontrar el listado de centros de atención sanitaria a los que puedes acudir y el número de teléfono al que debes llamar para iniciar el procedimiento. PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN CASO DE SINIESTRO Mediante el presente documento pretendemos explicar a los responsables de los clubes las normas generales a seguir en caso de que a consecuencia de algún siniestro se necesite la asistencia médica del seguro deportivo. Para la Temporada 2015 FEDERACION TRIATLON MURCIA ha contratado la póliza de seguro obligatorio deportivo nº 04 ACS 7031753 con la compañía LIBERTY SEGUROS, a través de la agente de seguros Maria Dolores Garnés Martínez Adjunto a la presente os enviamos el listado de centros concertados para recibir la asistencia tanto en la Región de Murcia como en el resto de España. Para la correcta gestión del accidente la cia. LIBERTY SEGUROS emplea un sistema de atención telefónica al accidentado al cual se accede llamando al número de atención telefónica 902 11 24 17 En esta llamada se realizan las siguientes acciones: 1. Identificación y comprobación de la cobertura, para lo que será necesario dar los datos 0personales y los de la Federación. 2. Se realizará un breve cuestionario telefónico. 3. Se asignará un número de autorización, que será necesario para la continuación de la asistencia. 4. Derivación al Centro Médico correspondiente más adecuado al accidentado en base al cuadro de centros médicos concertados. 5. Además el accidentado deberá cumplimentar y enviar a la Federación y a la Compañía el Volante o Parte de accidente para colectivos. RESPONSABILIDADES DEL CLUB Cada club es responsable de suministrar previamente toda la información que los deportistas necesiten en caso de siniestro. Para ello cada club debería nombrar uno o varios responsables de gestionar estos siniestros. Estas personas responsables deberían tener siempre disponibles (tanto en competiciones como en entrenamientos): El número de atención telefónica al accidentado y la relación de centros Médicos Concertados. Y aconsejar a los deportistas de a qué centro médico es el más adecuado para que asistan a él. Es importante tener una copia de este listado para los desplazamientos, de modo que se pueda comprobar los centros concertados a los que asistir fuera de la Región. PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN CASO DE SINIESTRO La responsabilidad del club acaba una vez que se informa de los centros concertados, se informa de la forma de actuación al deportista y se entregan los documentos. Muy importante es que desde el club se informe claramente a los deportistas que la asistencia a cargo del seguro es únicamente en los centros concertados (salvo accidente de con riesgo vital). Es importante explicar a los deportistas que a partir de este momento, la responsabilidad es toda suya y por tanto todas las cosas que no tramiten correctamente correrán de su cargo. A continuación se describen sus responsabilidades. ACTUACIÓN Y RESPONSABILIDADES DEL DEPORTISTA La asistencia médica garantizada en la póliza, será prestada por el Cuadro Medico concertado por la Compañía Aseguradora, que se puede consultar en los listados suministrados Para acceder a la asistencia médica es imprescindible presentar en el centro médico la siguiente documentación: 1. Dirigirnos al área de URGENCIAS de un centro concertado (el club le informará a los que se puede dirigir) 2. Licencia Federativa y/o DNI. IMPORTANTE: El plazo máximo para asistir al centro médico es de DOS DIAS desde el momento de ocurrencia del siniestro. Una vez atendido, el centro médico debe entregar una copia del correspondiente informe de asistencia de urgencias. Acto seguido, con un plazo máximo de 48 horas, el accidentado, deberá comunicar el accidente enviando escaneados todos los documentos (parte de accidente y cualquier otro informe emitido por el centro médico) vía mail a las siguientes direcciones que se le indiquen. Es MUY IMPORTANTE que bajo ningún concepto el centro médico se quede con el original del parte de accidente. El deportista debe guardar los documentos originales y de los partes o informes que rellenen en el centro médico. Es habitual que en el centro médico indiquen que ellos se quedan toda la documentación y ellos lo notifican a la compañía. El deportista no se debe fiar NUNCA de esto y notificarlo el mismo. La Compañía Aseguradora, una vez comunicado el accidente verificará los datos con la Federación, por lo que no se harán cargo de siniestros que no se hayan notificado correctamente. Para casos de URGENCIA CLÍNICA GRAVE, el lesionado podrá recibir asistencia sanitaria en el Centro sanitario más próximo. La Compañía Aseguradora se hará cargo de las facturas derivadas de la primera asistencia de Urgencia. Una vez superada esta primera asistencia de Urgencia (máximo 24 horas), el lesionado deberá ser trasladado a un Centro concertado para la continuación de su tratamiento. En caso contrario, es decir, en caso de PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN CASO DE SINIESTRO permanencia en un Centro no concertado más allá de la primera asistencia de Urgencia, el Asegurador no se hará cargo de las facturas derivadas de estos servicios. AUTORIZACIONES PARA LA GARANTÍA DE ASISTENCIA SANITARIA Será preceptiva la autorización de la Compañía en el supuesto de que el deportista precisara: 1. Continuación de asistencia (visita para valoración por especialista o para seguimiento de la lesión, etc.) 2. Estudios complementarios como: Resonancia Magnética, TAC, Ecografía, Artrografías, etc. 3. Artroscopias. 4. Intervenciones Quirúrgicas. 5. Rehabilitación. En estos casos el Médico tratante deberá solicitar por escrito la prueba a realizar mediante informe médico detallado, que incluya el diagnostico, mecanismo de producción de la lesión, tratamiento o prueba solicitada, y motivo de la solicitud. Dicha solicitud debe ser enviada a la compañía y a la federación adjunta al parte de accidente por el propio federado solicitando a la Compañía su autorización. No se realizara ningún acto diagnostico o terapéutico sin la misma. Las respuestas a las solicitudes de Autorización se enviaran al Medico solicitante. Tras obtener la oportuna autorización se remitirá informe del resultado de la Prueba o tratamiento, e informes sucesivos del estado y/o evolución del paciente, con una periodicidad de al menos 20 días, de acuerdo en cualquier caso con las directrices que indique la Compañía. Cualquier prueba o tratamiento realizado sin la autorización previa de la compañía correrá a cargo del asegurado.