descargar reglamento de la subasta
Transcripción
descargar reglamento de la subasta
REGLAMENTO DE LA I SUBASTA DE OBJETOS Y OBRAS DE ARTES “DALE UNA MANO DE AMOR Y PAZ” PRO FONDOS DE LA FUNDACION NIÑOS CON VIH/SIDA CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN - COMPRADOR I. CONCEPTOS BÁSICOS. SERVICIOS DE SUBASTA 1.- DEFINICIÓN La Coordinadora de la Subasta, está conformada por los ciudadanos Soraya Castillo Ceballos, Carlos Vidal Guzmán y Vicente Mancini Pozatti, en representación de la Fundación El Buen Samaritano, quienes serán los mediadores de contratación, cuyo objeto viene constituido por la venta en subasta voluntaria, de los bienes, objetos artísticos o de similar naturaleza, que le son encomendados a tal fin, a mejor postor, en dinero de circulación legal en el País, establecidos en la ciudad de Caracas, Venezuela. En consecuencia, La Coordinadora, actúa como mediadora entre La Fundación y los compradores de cada Objeto u Obra de Arte, en nombre de éste, y los posibles compradores. 2.- EXPOSICIÓN Los Objetos y Obras de Arte, que han de subastarse serán expuestos previamente a la subasta en los locales asignados para tal evento, (Salón de los Espejos del Trasnocho Cultural, Centro Comercial Paseo Las Mercedes, Municipio Baruta, Estado Miranda, Caracas) a fin de permitir un perfecto examen y conocimiento de los mismos a los posibles compradores. La exposición será Abierta al público el día 25 de Julio de 2.013, a las 7:00PM. Acto seguido en fecha 31 de Julio de 2.013, a las siete de la noche 7:00PM, operará la Subasta de Objetos y Obras de Arte denominada I Subasta de Objetos y Obras de Arte DALE UNA MANO DE AMOR Y PAZ, pro fondos de la Fundación del Niño con VIH/Sida, en el Teatro Trasnocho, del Trasnocho Cultural, Centro Comercial Paseo Las Mercedes, Avenida Enrique Eraso, Municipio Baruta Caracas. Venezuela. 3.- ESTADO DE LOS OBJETOS Y OBRAS DE ARTE Los Objetos y Obras de Artes, se subastarán en el estado en que se encuentren, no aceptando La Coordinación de la Subasta, ni la Fundación Buen Samaritano, ninguna responsabilidad ni reclamación sobre restauraciones, desperfectos, roturas, etc., que aquéllos pudieran presentar, aunque no se hayan hecho constar en el catálogo. La exposición de los Objetos y Obras de Arte, tiene por finalidad permitir un perfecto examen y estudio de los mismos. Hasta el momento de la Subasta, el personal de la Sala se encontrará a disposición de los interesados para ofrecer las aclaraciones y orientación, que éstos pudieran solicitar sobre cualquiera de los Objetos y Obras de Arte. 4.- DATOS DEL CATÁLOGO Toda declaración contenida en el catálogo relativa al autor, autenticidad, origen, antigüedad, procedencia, medidas y estado de los Objetos y Obras de Arte, se forma sobre la base de las manifestaciones de sus donantes, y en su caso, cuando así hubiese sido expresamente solicitada por aquéllos, después de una cuidada investigación y asesoramiento; pero, sobre su exactitud, la Coordinación de la Subasta, ni la Fundación, no aceptan responsabilidad alguna. 5.- ORGANIZACIÓN DE OBJETOS Y OBRAS DE ARTE La Coordinación de la Subasta y la Fundación Buen Samaritano, se reservan el derecho de organizar por lotes los Objetos y Obras de Arte, cambiarlos o subdividirlos en varios grupos, de conformidad a su prudente y experto criterio; podrá asimismo combinar la exposición de las obras y retirarlos por causa justificada. 6.- ADMISIÓN DE LOS OBJETOS Y OBRAS DE ARTE Y CIFRA DE SALIDA La cifra de salida de cada Objeto u Obra de Arte, en la subasta, se determina de mutuo acuerdo entre el donante/La Coordinación de la Subasta por medio de un experto tasadorCurador; a cuyo fin, La Coordinación, traslada al Donante, su mejor criterio y experiencia derivados de su intervención, como mediadora, en operaciones precedentes y análogas, en otras operaciones comerciales de esta índole o Subastas. La cifra de salida de cada Objeto u Obra de Arte, se especifica en el catálogo y no tiene porqué guardar relación con el valor del objeto en cuestión. La cifra de salida constituirá el precio mínimo de venta. 7.- USO Y NORMAS En su carácter de mediadora, La Coordinadora se regirá, al llevar a cabo la subasta de los Objetos y obras de Arte, que se le encomienden a tal fin, donadas por los autores o propietarios de las mismas, por las normas generales del derecho, las leyes que rijan la materia y el presente reglamento, en cada momento aplicables y vigentes, así como a los usos comerciales por los que tradicionalmente viene rigiéndose este tipo de operaciones, que se basan en el principio de la buena fe. 8.- ESCALA DE PUJAS Las pujas se establecerán y/o incrementarán con arreglo a la siguiente escala: De De De De De De De Escala 5.000Bs hasta 10.001 Bs hasta 20.001 Bs hasta 50.001 Bs hasta 100.001 Bs hasta 200.001 Bs hasta 500.000 Bs hasta 10.000 Bs 20.000 Bs 50.000 Bs 100.000 Bs 200.000 Bs 500.000 Bs en adelante Importe Puja 500 Bs 1.000 Bs 2.500 Bs 5.000 Bs 10.000 Bs 25.000 Bs 50.000 Bs En cualquier caso, de conformidad a su experiencia, La Coordinación de la Subasta, podrá variar el sistema de pujas en casos concretos. 9.- INCREMENTO MÍNIMO El Director de la subasta tiene derecho a rechazar toda puja que no sobrepase la precedente en la cuantía en cada caso aplicable. El propio Director de la subasta podrá pedir la ratificación de una puja realizada. 10.- ADJUDICACIÓN AL MEJOR POSTOR Y DESACUERDOS Los Objetos y Obras de Arte, se adjudicarán al mejor postor. El desacuerdo entre dos o más licitadores o postores sobre la cantidad que ha constituido la puja más alta y, en general, cualquier diferencia que surja entre los licitadores de una subasta, será dirimida por el Director de la subasta, designado para el caso por la Coordinadora, que adjudicará el Objeto u Obra de Arte, a quien estime oportuno, de manera inapelable. Si el Director de la subasta no resolviera sobre la marcha el desacuerdo o la diferencia surgida entre postores, la Sala tendrá la facultad de proceder a una nueva subasta del Objeto u Obra de Arte en cuestión, en la misma sesión o en la inmediata siguiente, o bien podrá proceder a una subasta privada del mismo. 11.- GASTOS DE EMBALAJE Y TRANSPORTE. PERMISOS ESPECIALES Los gastos de embalaje y transporte de Los Objetos y Obras de Arte, adjudicados serán siempre por cuenta del adjudicatario/comprador, y de su exclusiva responsabilidad los daños que pudieran ocasionarse al mismo durante su transporte. El adjudicatario/comprador es responsable de obtener y de aportar donde corresponda, a su exclusiva cuenta y cargo, la documentación legal y administrativa, licencias y permisos de cualquier clase, incluidos los de exportación e importación, que sean eventualmente requeridos por las Autoridades, para el transporte legal de los Objetos y Obras de Arte, adjudicados y/o adquiridos en la Subasta, para lo cual se le otorgara un certificado de adquisición. 12.- SERVICIO DE INFORMACIÓN La Sala pone a disposición del público, durante los días y horas de exposición, un servicio de atención constituido por un grupo de expertos y anfitrionas, que informarán sobre el estado de conservación, autor a quien se atribuye, precios de mercado, o sobre cualquier otro dato relacionado con los Objetos y Obras de Arte incluidos en el catálogo de la subasta. Dicho servicio de atención al público se prestará conforme a principios de buena fe y de razonable y fundado criterio de La Coordinadora, adquirido con la experiencia, pero sin asumir ésta responsabilidad alguna en cuanto a las informaciones y opiniones facilitadas. 13.- SERVICIO DE VALORACIONES La Coordinadora dispone de un servicio de valoración que realiza tasaciones por escrito para seguros. II. COMPRADOR 14.- REFERENCIAS Las personas que deseen pujar en la subasta deberán presentar su Cedula de identidad y RIF. Si la puja la realiza en nombre de un tercero deberá aportar autorización escrita acompañada de copia de la cedula del poderdante. Si es persona jurídica aportará Documento de Constitución de la empresa y última acta o donde aparezca la cualidad del comprador o su representante, así como documento que acredite poder suficiente para actuar en nombre de la sociedad. 15.- COMPROBACIÓN DE LOS OBJETOS Durante la exposición de los Objetos y Obras de Arte, quien desee participar en la subasta deberá comprobar el estado y demás condiciones del objeto que desee adquirir, a fin de cerciorarse sobre si la descripción del catálogo concuerda con su apreciación. 16.- ADJUDICACIÓN Y GASTOS DE ALMACENAJE Las personas que deseen pujar en la subasta deberán rellenar el impreso de solicitud de paleta acreditativa de sus futuras compras y de la conformidad con las condiciones de la subasta, que se facilitará por la Sala en las mesas dispuestas al efecto, donde se entregará a cada postor, a continuación, el número correspondiente. La Sala solicitará la presentación de la cedula de identidad o RIF, vigente. Si la inscripción la realiza en nombre de un tercero deberá aportar autorización escrita acompañada de la cedula de identidad (copia). Si es persona jurídica aportará escritura pública de constitución, tarjeta acreditativa del Número de R.I.F., así como documento que acredite poder suficiente para actuar en nombre de la sociedad. Los Objetos adjudicados en Subasta, deberán ser pagados por el adjudicatario/comprador en el plazo máximo de tres días y retirados en el plazo máximo de CINCO DIAS, ambos plazos a contar desde la fecha de adjudicación en la subasta. Transcurrido este último plazo sin que el adjudicatario/comprador haya retirado el Objeto u Obras adquiridos, se devengarán unos gastos de custodia y almacenamiento por lote y día de (Bs.500,00), Transcurridos treinta días , desde la fecha de la subasta sin que el comprador haya pagado y/o retirado los Objetos u Obras, La Coordinadora, podrá dar por rescindida la venta sin perjuicio de las acciones legales que, ante tal situación, pudiera tomar. En cuanto a los daños que eventualmente se ocasionen en los Objetos u Obras de Arte, adjudicados, serán de la exclusiva responsabilidad del adjudicatario/comprador. 17.- FORMAS DE PAGO ADMITIDAS - Tarjeta de crédito o débito VISA o MASTERCARD - Transferencia bancaria a: Cuenta corriente. Numero 01050017641017515662. Banco -- Mercantil. Nombre: O. A.T. SOLUCIONES COMUNICACIONALES C.A. RIF: J-31060492-4 - Cheque bancario conformarle - No se admitirán pagos en efectivo por cantidades superiores a Bs 5.000,00 III.- OTROS 18.- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL Los derechos de los autores y de sus herederos sobre sus obras y creaciones se respetarán con arreglo a la Ley de Propiedad Intelectual. 19.- I.V.A. Y TRIBUTOS Salvo que otra cosa se diga expresamente en algún otro lugar de estas Condiciones Generales, todas las cifras, tarifas e importes que en las mismas se indican se entenderán expresados sin incluir el I.V.A. o cualquier otro tributo que fuese exigible. 20.- SOMETIMIENTO Y LEY APLICABLE En el caso de que surgieran discrepancias entre las partes por razón de las operaciones de subasta, La Coordinadora/vendedor, el adjudicatario/comprador y la propia Fundación, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Caracas. Las operaciones en que interviene La Coordinadora, en cuanto a su calificación jurídica y efectos consiguientes, quedan sometidas a las normas del Derecho Venezolano y más en concreto a los preceptos que regulan los contratos de mediación y de depósito y el Código Civil. 21.- DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Respecto a la Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos personales recabados con ocasión de la contratación, para participar en la Subasta, serán almacenados en ficheros, propiedad de la empresa, con la finalidad de establecer una base de datos de clientes a efectos informativos. ESPECÍFICACIONES EN MATERIA DE IDENTIFICACIÓN DE LAS OBRAS U OBJETOS Cualquier manifestación impresa en el catálogo y referida a la autoría, autenticidad, atribución, origen, fecha, edad, procedencia y condición de los lotes es siempre la expresión de una opinión que se rige por los términos interpretativos que a continuación detallamos: a) ONOFRE FRIAS (NOMBRE Y APELLIDOS).- Significa que, en nuestra opinión, es una obra auténtica del artista mencionado. b) OBJETOS A efectos de catálogo, se consideran como objetos los que tengan la apariencia o cosa, con materia, peso, volumen y masa propia y determinadas características propias que lo hacen especifico para ser considerado como objeto de arte por su valoración artística. Ver catalogo….